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    ARANCEL PARA PROFESIONALES DELCOLEGIO DE INGENIEROS NAVALES DEL

    ECUADOR

    ARTICULO FUNDAMENTAL

    El presente Arancel cumple con lo dispuesto en la Ley de Ejercicio Profesionalde la Ingeniería y su Reglamento, en el mismo se establece los honorarios que

     percibirán los afiliados al Colegio de Ingenieros Navales del Ecuador(CINAVE) por concepto de servicios profesionales desarrollados deconformidad con su campo de acción, sea como persona natural o jurídica.

    ARTICULO I

    DE LAS DEFINICIONES 

    Para el presente Arancel se considerarán las siguientes definiciones:

    a.  INGENIERO, es la persona que habiendo obtenido su título de

    conformidad con lo establecido en la Ley de Educación Superior delEcuador o aquella que lo hubiere obtenido en el exterior y lo hayarevalidado e inscrito en una Universidad o Escuela Politécnica del País, talcomo lo establece la Ley de Ejercicio Profesional de la Ingeniería y quehabiéndose afiliado en el Colegio de Ingenieros Navales del Ecuadorobtuvo su Licencia Profesional para ejercer libremente su profesión deconformidad con el campo de acción establecido para el gremio.

     b.  CONTRATANTE, es toda persona natural o jurídica que contrate losservicios profesionales del Ingeniero.

    c. 

    OBRA MARITIMA,  es todo tipo de trabajo relativo al campo de accióndel Ingeniero tal como está definido en la Ley de Ejercicio Profesional de laIngeniería y su Reglamento.

    d.  DISEÑO MARITIMO, es todo estudio técnico-económico que se realiza para satisfacer los requirimientos en el área marítima cumpliendo con lasnormas de la ingeniería, se incluye en la misma: cálculos, estudio deimpacto ambiental, planos, especificaciones, presupuestos etc.

    e.  ELABORACION DE PLANOS,  es la acción por medio de la cual se

    representa gráfica y tecnicamente toda obra marítima.

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    f. 

    MEMORIA TECNICA, es el documento que elabora el Ingeniero para elContratante, en el que indica pormenorizadamente todo lo relativo a la obramarítima.

    g.  REPORTE TECNICO, es el documento que elabora el ingeniero para elcontratante, en el que indica pormenorizadamente todo lo relativo a lasinspecciones realizada.

    h.  CONSULTA TECNICA MARITIMA, es la visita o audiencia que elIngeniero da al Contratante respecto a un problema de ingeniería en su

    campo de acción, dándole asesoramiento para ayudarlo a tomar decisionesen una obra o emitiendo una opinión técnica de la misma, de manera verbalo escrita.

    i.  SUPERVISION TECNICA, Es la acción por la cual el ingeniero coordina

    la ejecución de la obra marítima de acuerdo al diseño.

     j.  ARBITRAJE, es la intervención del ingeniero para dirimir una discrepancia

    de carácter técnico.

    k.  AVALUO MARITIMO, es la valoración que se estima para cada rubro de

    la obra marítima de la cual se quiere determinar su costo global.

    l.  PERITAJE MARITIMO, es la opinión técnica imparcial que el ingenieroemite por escrito para dilucidar cualquier discrepancia marítima.

    m. INSPECCION MARITIMA,  es el acto por medio del cual el Ingenieroverifica, evalua o realiza cualquier actividad técnica, según losrequerimientos del Contratante con el objeto de emitir un reporte técnico.

    n.  OTROS SERVICIOS MARITIMOS, son aquellos que el Ingeniero puederealizar de conformidad con su campo de acción.

    o.  CONTRATO, es el instrumento legal por medio del cual se establecen lascondiciones en las que el Ingeniero presta sus servicios.

     p.  FISCALIZACION,  Es la acción por lo cual el ingeniero verifica, a favordel contratante, el cumplimiento de las normas establecidas para una obramarítima.

    m ESTUDIO COMPLEMENTARIO DE LA PRUEBA DEESTABILIDAD, es el reporte en que se analizan un número determinado

    de condiciones de carga. 

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    LIBRETO DE ESTABILIDAD, es el reporte en que se analizan todas lascondiciones posibles de carga. 

    s.  HONORARIO, es el pago que recibe el ingeniero por la prestación de sus

    servicios profesionales en la ejecución de una labor determinada,excluyendo el servicio bajo dependencia.

    p  VIATICO, es el valor que por concepto de subsistencia recibe el ingenierode parte del Contratante cuando por concepto de una obra marítima debetrasladarse a un lugar diferente al de su residencia. 

    r.  ESLORA, de un buque es la máxima medida longitudinal en metros de proaa popa, sin apéndices 

    ARTICULO II

    DE LOS HONORARIOS 

    a.  El diseño de una obra marítima: 1,5% del valor total de la obra.

     b.  La elaboración de planos de buques:

    - Cinco dólares por metro de eslora y por lámina (no incluye inspección)

    c. 

    La elaboración de la memoria técnica:

    - Cinco dólares por metro de eslora (No incluye inspección)

    d. 

    Los cálculos hidrostáticos incluidas las curvas cruzadas de estabilidad:

    - Diez dólares por metro de eslora.

    e. 

    En las Obras Marítimas no referidas a buques, la elaboración de planostendrá un costo de 200 dólares por lámina y la elaboración de memoriatécnica tendrá un costo de 300 dólares. No incluye inspección.

    f.  La Supervisión Técnica Marítima tendrá el costo equivalente al 5 % delmonto total de la obra marítima pero en ningún caso inferior a $ 250

    g.  El honorario por Avaluo marítimo, Peritaje o Arbitraje de cualquier obramarítima que requiera el servicio del Ingeniero, se fijan con relación almonto total y las mismas se indican en la siguiente tabla.

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    hasta 100.000 dólares el 5 %100.001 a 500.000 dólares 3 %500.001 a 1’000.000 dólares 2 %1’000.001 a 10’000.000 dólares 1.5 %10’000.001 dólares en adelante 1 %

    h.  La realización de la prueba de estabilidad y la elaboración del estudiocomplementario, será de 7 dólares por cada tonelada de arqueo bruto(Moorson o SUAT).

    La realización de la prueba de estabilidad y la elaboración de los libretos deestabilidad intacta y despúes de averías, será de un mil quinientos dólares.

     j  Las inspecciones técnicas en general, con otro fin distinto al indicado en elliteral g, tales como: arqueo, cubicaje, línea de carga, submarina, pruebasde mar, estado del casco, maquinarias y equipos, de impacto ambiental uotro, incluido el reporte respectivo, será de 25 dólares por hora laborable.

    k.  La consultoría marítima, incluído el reporte respectivo, será de cincuentadólares por hora laborable.

    l. 

    La fiscalización de toda obra marítima, incluído el reporte respectivo, seráde 5% del monto total de la obra.

    m. 

    El nombramiento de la representación técnica del Ingeniero, será de 600dólares anuales, valor que no incluye la supervisión, fiscalización,consultoría técnica del Contratante representado.

    n. 

    El viático del Ingeniero es de libre contratación, pero en ningún caso seráinferior a cien dólares diarios.

    ARTICULO III

    DE LAS RESPONSABILIDADES

    a. 

    Los honorarios del Ingeniero establecidos en el presente Arancel seconsideran mínimos y no podrán rebajarse por ningún concepto, el nocumplimiento de los mismos por parte de los ingenieros será sancionado

     por el Tribunal de Honor.

     b. 

    El Contratante cancelará los costos de movilización que se demaden por la

     presencia del Ingeniero en la obra marítima relacionada con su campo deacción.

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     c.

     

    La Publicidad que demande la construcción o modificación de la obramarítima será costeada por el Contratante.

    d.  El Ingeniero no está obligado a realizar estudios básicos para la ejecucióndel trabajo salvo que el objeto del contrato lo estipule, pero en todo casodeberá orientar a quien corresponda para su ejecución y evitar contratiempos

     posteriores.

    e.  Las variaciones de precios durante la ejecución de los trabajos originados

     por el alza del costo de materiales debidamente justificadas y variaciones deremuneraciones por resoluciones oficiales, deberán ser cubiertas por elContratante y los honorarios se calcularán en base del costo total y en la

     parte proporcional del trabajo que faltare por realizar. Esto surte efectosiempre y cuando no hayan cláusulas específicas en el contrato que serealiza.

    f.  Todos los contratos de obra marítima deberán obligatoriamente inscribirseen el CINAVE, por parte del Ingeniero contratado.

    g.  El Ingeniero o sus herederos conservarán la propiedad intelectual del

     proyecto que se entregue al Contratante. Este último adquirirá derechounicamente para ejecutar la obra contratada, sin que pueda enajenarlo,reproducirlo o servirse de el para otras obras.

    El CINAVE certificará lo indicado en el párrafo precedente siempre y cuandoel Ingeniero haya inscrito el contrato correspondiente.

    ARTICULO IV

    DISPOSICIONES GENERALES

    a) 

    Los contratos de construcción, reparación o carenamiento se regirán por los presupuestos respectivos, en base a la situación del mercado, pero loshonorarios de los ingenieros responsables de la obra se regirá conforme aeste arancel.

     b) 

    En otros trabajos marítimos tales como calibración de planchas, pruebas nodestructivas, evaluaciones ambientales, el honorario del ingeniero serácalculado de acuerdo a este arancel, independientemente de los gastos deequipo, personal y movilización.

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    c) 

    Las discrepancias que pudieran surgir entre el Contratante y el Ingeniero porincumplimiento del contrato serán sometidas a decisión arbitral delCINAVE, de conformidad con lo estipulado en su Estatuto, Ley de EjercicioProfesional de la Ingeniería y su Reglamento.

    d) Los servicios profesionales que se presten al CINAVE, se regirán por elreglamento correspondiente.

    ******************************

    Dado en la sala de Sesiones del Colegio de Ingenieros Navales del Ecuador, alos 22 días del mes de enero del año dos mil uno.

    LEONARDO CASTILLO MANRIQUEIngeniero Naval

    PRESIDENTE DEL CINAVE 

    Yo, César Egas Guerra, Secretario del Colegio de Ingenieros Navales delEcuador, CERTIFICO que el presente Arancel ha sido discutido y aprobado enlas sesiones de Directorio que comprenden desde el 13 de Septiembre de 1999hasta el 15 de Enero del 2001, en primera discusión y ratificado en segundadiscusión el 22 de Enero del 2001, según consta en las Actas de aprobación.

    CESAR EGAS GUERRA

    Ingeniero Naval SECRETARIO DEL CINAVE