copia de monografia periodismo judicial

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INTRODUCCIN

En los tiempos actuales, la informacin judicial interesa bastante ms al pblico y tambin a los mass media, por eso en los ltimos aos aparece un nuevo personaje por los pasillos de las administraciones de justicia: los periodistas. Entre el pblico durante una vista oral es normal ver a los diversos representantes de medios de informacin que acuden para seguir un juicio, interesarse por una sentencia o conocer datos de una investigacin que est realizando la polica judicial.Los periodistas demandan una mayor preparacin especfica de sus informadores sobre este complejo mundo. La buena formacin de un periodista en materia judicial redundar para mejorar la calidad y la veracidad de las informaciones que elabore para su medio de comunicacin y evitar grandes errores.El auge por la informacin judicial o de tribunales se ve reflejada en la prensa diaria donde los peridicos tienen secciones y pginas especficas para incluir este tipo de noticias. Las emisoras de radio tambin dan bastante importancia a la informacin de tribunales como las agencias de noticias e incluso en la televisin en la actualidad existen diversas cadenas que han creado programas especficos basados en informacin de sucesos y de tribunales.El periodista ante la informacin judicial se encuentra cada da en un mar de terminologa especfica y compleja. Para el informador judicial es una tarea difcil simplificar el lenguaje jurdico y convertirlo en lenguaje informativo cuando redacta la noticia para difundirla a la opinin pblica y que sta comprenda el mensaje.

CONCEPTO DE PERIODISMO DE TRIBUNALES O PERIODISMO JUDICIALEste periodismo est relacionado con la actividad que emana de las diferentes sedes judiciales. Desde un juzgado de menores, hasta el Tribunal Constitucional, desde el Supremo hasta un juzgado de paz. Recursos, comparecencias, autos y, por supuesto, las sentencias y los juicios.Los colectivos aludidos y las personas afectadas por una noticia son ms sensibles cada da y traducen la inexactitud de lo contado en una lesin a bienes como el honor o el prestigio profesional fundamento de indemnizaciones millonarias. Se generalizan acciones judiciales y peticiones de rectificacin.El resultado es la exigencia de que el periodista sea conocedor e incluso experto de la materia tratada. Parecera que para realizar la crnica de una intervencin quirrgica fuera necesario tener nociones de medicina. Es una realidad que la mayor trascendencia de lo publicado en cualquier mbito de la vida social genera la necesidad de mayor precisin y profesionalidad en el informador.En los tribunales de justicia, a las razones expuestas y de validez general, deben aadirse otras.En primer lugar, la naturaleza social del derecho como rama del saber humano. El derecho, a pesar de sus tecnicismos y sus obscuridades, se ocupa de solucionar conflictos entre individuos o colectividades.En segundo lugar, la especializacin es ms acuciante en el campo del periodismo de tribunales por cuanto la mayor democratizacin de la sociedad aumenta su participacin en el ejercicio y control de los poderes pblicos, entre los que se encuentra el Poder Judicial.En tercer lugar porque, sobre todo en el mbito penal, la noticia judicial suscita una gran atencin de la poblacin, cualitativamente mayor que en otros campos.Y finalmente, el rigor informativo se hace necesario en el campo de los tribunales, en tanto que los errores pueden generar daos muy superiores a los que se producen en otras esferas.La especialidad del periodismo de tribunales, ha tenido un inters creciente en los ltimos tiempos no slo en nuestro pas, sino en la mayora de nuestro entorno cultural.Casos internacionales, como el de Pinochet, los crmenes en la antigua Yugoslavia y Milosevic, as como el inters que despierta el propio delito, se incrementa por la popularidad de los implicados. La seccin de tribunales, habitualmente cercana a la pgina de sucesos, tiene derivaciones, cada da ms frecuentes en otras secciones como poltica, sociedad o deportes, cultura, etc...El periodismo judicial o periodismo de tribunales es aquel sector informativo, si se refiere al proceso penal, que incluye noticias relacionadas con hechos delictivos denunciados en los tribunales de justicia. A partir de ah abarca todas las actuaciones que pueden acabar en un juicio con su sentencia correspondiente de inocencia o culpabilidad. La informacin judicial aglutina diferentes campos, puede hacer referencia a noticias relacionadas con el narcotrfico, ecologismo, contrabando, corrupcin, prevaricacin, sectas, terrorismo, economa, espionaje, ejrcito, estafa, mbito poltico, evidentemente, el mbito social con las habituales informaciones que hacen referencia a violadores, ladrones o asesinos, etc...Es notorio que nos encontramos ante una de las secciones que tiene ms inters para la opinin pblica por su gran trascendencia y repercusin informativa frente a otras secciones ms especializadas y que slo interesan a parte de la sociedad.Siempre se ha vinculado el periodismo de tribunales con el morbo, el amarillismo pero estas posibles prcticas periodsticas quedan algo lejanas si se trata de medios pblicos y privados con rigor y serios. El sensacionalismo en el periodismo de tribunales corresponde a veces a medios de comunicacin muy pendientes de sus audiencias y de la publicidad ms que del principio informativo de contar esta noticia de tribunales.Del concepto ms genrico definido como Periodismo de Tribunales, se pueden distinguir categoras cercanas que en ocasiones, incluso, se mezclan o se confunden, como el periodismo de sucesos, el periodismo de investigacin y finalmente el que puede denominarse periodismo de los tribunales, que se refiere a la actividad de la familia judicial como colectivo: una huelga de funcionarios de justicia, el nombramiento de un fiscal jefe, o el ascenso de un juez a magistrado[footnoteRef:2]. [2: RONDA IGLESIAS, Javier .2003. Periodista de Tribunales y Sucesos de Canal Sur Radio. Sevilla. Consultado: 10/05/14 < http://grupo.us.es/grehcco/ambitos09-10/ronda.pdf>]

LA NECESIDAD DE UN PERIODISMO JUDICIAL SEGN RAL MENDOZA CNEPA, INVESTIGADOR DE LA CAJ, PERGeneralmente las noticias que refieren delitos son producto de una especialidad periodstica llamada periodismo policial. Quienes se encargan de dar noticia de crmenes o incluso de casos de corrupcin (ms en la esfera del periodismo poltico) son periodistas de carrera. Algunos de ellos se han formado en la experiencia y otros en institutos o universidades. El referente comn a todos ellos es que no tienen formacin jurdica y desconocen el tramado de Derecho que hay detrs de los procesos criminales o los delitos de corrupcin.Por lo general, lo que orienta el anlisis del periodista que sigue la suerte de un hecho delictivo, sea cual sea su especificidad, lo hace en base al sentido comn y la sospecha. En algunos casos es posible que la opinin periodstica siga la lnea del pensamiento mayoritario y presione por una condena eficaz y rpida, pasando por alto garantas fundamentales como la presuncin de inocencia. La presin de los medios es poderosa y puede afectar la independencia judicial, en el sentido que una demanda mayoritaria de los diarios puede inducir al juez a torcer su propio criterio para salvaguardar su imagen meditica.En muchos casos es probable tambin que el anlisis periodstico se base en especulaciones y lgicas ajenas al Derecho. En el Per se recuerda mucho el caso de un ciudadano del que se sospechaba haba violado a un nio. Los medios lo bautizaron como el Monstruo de Armendriz y la poblacin, guiada por los medios, abomin del sospechoso, al punto que una claudicacin judicial hubiera significado una revuelta popular contra la Justicia. El sospechoso, desde luego, fue fusilado. Los medios haban ganado a la masa y la masa acorralado a los jueces. Algunos aos despus aparecieron elementos que empezaron a poner en tela de juicio la autora y la imputacin, por lo que la condena fatal fue puesta en duda. Pero la pena era irreversible.Fall la prensa, fallaron los jueces, posiblemente. No hubo periodismo judicial o periodistas con conocimiento del Derecho o vocacin por la verdad y la justicia. Ese periodismo judicial debiera ser hoy una especialidad. Los derechos constitucionales, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, las garantas del debido proceso, los principios del Estado de Derecho y las tcnicas jurdicas del juez para llegar a la verdad en el proceso, son componentes de la formacin del abogado, que debieran serlo tambin de los periodistas.Los medios pueden condenar antes que los jueces o pueden deshacer honras con el juicio anticipado. Esto ocurre cuando no existe una conciencia jurdica o una nocin clara de los derechos fundamentales de las personas y las garantas del debido proceso.La llamada pepa o el inters periodstico, que rebasa la tica y la justicia, no pueden ser referentes del buen periodismo. Por el contrario, el buen periodismo es el que se afinca y sustenta en la verdad y ms precisamente en la verdad justa (que no es lo mismo que la verdad popular o populachera), esto es, aquella que esclarece sin vicios ni vilezas, sin desviarse de la misin sustancial de una prensa que se pretende autntica.

JUICIO A FUJIMORI ANALIZADO POR FERNANDO OPHELAN P. PRESIDENTE DE PROJUSTICIA

El juicio al ex presidente peruano, Alberto Kenya Fujimori Fujimori, por acusaciones de violacin de derechos humanos en el marco de su poltica de pacificacin de los aos noventa es el actual punto de encuentro y desencuentro de la prensa y la judicatura. Las audiencias del juicio se trasmiten en directo por dos canales de televisin, uno de cable y el otro de seal abierta. Adems, las audiencias son grabadas de comienzo a fin en video para los medios que deseen obtener una copia para sus propios programas nocturnos o del fin de semana. Adicionalmente, la prensa radial y escrita hace su propia cobertura con periodistas destacados al local de se realiza el juicio, pero sin mayor informacin y muchas veces sin conocimiento del procedimiento que se sigue en las audiencias. La informacin que publican los medios escritos de las audiencias diarias de este juicio no se limita a darnos una fotografa de lo ocurrido fecha a fecha, sino que va acompaada de tomas de posicin, opiniones, ampliacin y anlisis de interrogatorios, publicacin de nuevas pruebas que, en la mayora de los casos, buscan resaltar la culpabilidad del acusado o lo defienden. Estamos ante lo que se ha venido en denominar un juicio paralelo en pleno desarrollo. Segn el color del medio que informa, cuando recin estamos a la mitad de la primera parte del proceso: el interrogatorio a los testigos. Para unos medios, Fujimori ya es culpable y se debe pasar a dictar sentencia condenatoria, para otros es inocente y debe ser puesto en libertad inmediatamente. El tribunal ya ha hecho varias aclaraciones que lo que importa es lo que se diga en las audiencias y no lo que se trasmita en los medios. Adems, durante el juicio han desfilado como testigos hasta cuatro periodistas para informar sobre las entrevistas o investigaciones que realizaron sobre el accionar del destacamento o grupo Colina y la poltica gubernamental de lucha contra el terrorismo. El tribunal respet y resalt el amplio derecho de los periodistas a guardar reserva de sus fuentes que pidieron el anonimato, pese a los pedidos de la defensa para que los identifiquen o den algunos detalles que permitieran determinar su credibilidad. Los periodistas en cambio tuvieron que explicar sus mtodos de trabajo para explicar entrevistas, muchas veces, a personajes que se encontraban en ese momento en la clandestinidad[footnoteRef:3]. [3: JARA Umberto. Declara en juicio a Fujimori. Diversas publicaciones. Del 28 de marzo al 7 de abril del 2008.]

Si bien la relacin entre la prensa y el tribunal se desarrolla con respeto y apoyo mutuo, tuvo su punto lgido durante los primeros momentos, cuando se intent limitar el acceso de los periodistas al saln donde se llevan a cabo las audiencias, por falta de espacio. Al no comprender la labor de los periodistas de prensa escrita, el tribunal no consider un espacio para ellos en el mismo ambiente donde se realizara la audiencia, disponiendo que toda la prensa viera el proceso en un ambiente contiguo por circuito cerrado de televisin. Esto gener una portada en el diario La Repblica[footnoteRef:4] y que se denunciar un favoritismo a favor del acusado lo que oblig a los magistrados a reconsiderar su situacin. [4: Prensa ver juicio por TV. La Repblica. 30 Noviembre del 2007]

En el saln donde se realizan las audiencias hay espacio para unas cuarenta personas, que el tribunal distribuy equitativamente, 10 para los familiares de las 25 vctimas de los crmenes atribuidos a Fujimori y 10 para los familiares y colaboradores del nico acusado. Adems, se consider asientos para 10 observadores nacionales y 10 internacionales, en su mayora representantes de organismos defensores de los derechos humanos. Luego de la protesta de los medios escritos se consider diez asientos para ellos, cinco nacionales y cinco agencias internacionales de noticias, que veran el juicio en directo y tenan que elegirse por sorteo. Al cabo de cuarenta audiencias, los nicos que completan los espacios asignados son los medios escritos nacionales y los familiares de las vctimas, el resto de asientos permanece sin ocupar[footnoteRef:5]. [5: OPHELAN P. Fernando. Prensa y justicia: amores y desamores en el Per. Consulta 10/05/14 < http://projusticia.org.pe/downloads/documento/Prensa%20y%20Justicia%20-%20Amores%20y%20Desamores%20en%20el%20Peru.pdf>]

LA PRENSA Y LA JUSTICIADentro del espectro de temas que abundan cotidianamente en los medios de comunicacin, el fenmeno de la administracin de justicia se ha convertido en un eje central de informacin de los diferentes medios de comunicacin, pues la atraccin que ejercen sobre los medios los asuntos judiciales, son de importancia capital, lo que implica una agenda cotidiana de los medios cargada de temas judiciales. Diariamente un alto porcentaje de las noticias, emana del Poder Judicial, o de alguna forma tiene que ver con este Poder del Estado, sea que la noticia provenga de los que se denominan operadores jurdicos, los abogados o las partes o de una sentencia o resolucin dictada, de algn recurso presentado, de la opinin dada por algn Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, sea que se informe sobre conflictos entre instituciones y personas. Incluso el inters por la nota roja y sus implicaciones jurdicas, no estn circunscritas a un estrato social determinado. Como lo seala Guillermo Rothschuh Villanueva:

en un momento en que los medios aflojan sus polticas informativas ante las presiones del mercado, la violencia en todas sus variantes y los conflictos en todas sus manifestaciones terminan por acaparar la agenda de los diferentes medios, siendo la razn de ello el fenmeno de que los niveles de audiencia determinan, hoy ms que nunca, los mayores o menores volmenes de publicidad. La vida o muerte de un medio de comunicacin est determinada por el lugar que ocupa en las encuestas de opinin[footnoteRef:6]. [6: ROTHSCHUH VILLANUEVA, Guillermo, Medios y Tribunales: Tensiones y Realidades, Sala de Prensa, nmero 63, Enero 2004, ao V, Volumen 2.]

Adems de ello, sobre la justicia se emiten constantemente criterios de valor, refiriendo que esta est partidarizada, que est politizada, que existe corrupcin, que hay trfico de influencias, etc. Tan deteriorada, desacreditada y demeritada se aprecia la justicia, que aparentemente resulta ineluctable y comisorio, desmantelar el sistema actual y substituirlo por otro. Este es el fenmeno que se denomina la mediatizacin de la justicia.Para los medios de comunicacin, la independencia se basa en que no existan leyes que atenten contra la libertad de expresin y en el establecimiento de reglas claras que impidan los monopolios de los medios de comunicacin.En cuanto a la actuacin profesional y tica, el sistema de designacin de Jueces y Magistrados, asegura en gran medida tales caractersticas, a lo cual debe agregarse la necesidad de una continua capacitacin. La actuacin profesional y tica en el caso de los medios de comunicacin se basa entre otras cosas, en que periodistas y propietarios de medios de comunicacin mantengan su credibilidad ante la sociedad, en la existencia de cdigos deontolgicos y que los medios de comunicacin afronten el desafo de la autorregulacin que tienda a un comportamiento tico y responsable[footnoteRef:7]. [7: BERTONI, Eduardo A., La Prensa frente al sistema judicial, 2003]

DIFUSIN Y CONFUSIN DE LOS PROCESOS JUDICIALES

El periodista que no debe ser jurista ni letrado ante la informacin judicial se encuentra cada da en un mar de terminologa especfica y compleja. Para el informador judicial es una tarea difcil simplificar el lenguaje jurdico y convertirlo en lenguaje informativo cuando redacta la noticia para difundirla a la opinin pblica y que sta comprenda el mensaje. El periodista debe reconocer para empezar entre los diferentes rganos judiciales, los unipersonales (los juzgados) y los colegiados (Tribunal Supremo, Audiencia Nacional, Tribunal Superior de Justicia, Audiencia Provincial), adems de todo el gran aparato judicial que se relaciona con l. Hay que recordar tambin que las instituciones gubernamentales relacionadas son el Ministerio de Justicia y por transferencias la Consejera de Gobernacin[footnoteRef:8]. [8: ALARCN GONZLEZ, C. Y OTROS. Lxico jurdico para periodistas. Fundacin Universitaria San Pablo. Editorial CEU. Valencia, 1998.]

Tribunal constitucional Consejo general del poder judicial Defensor del pueblo Tribunal supremo Audiencia nacional Fiscala general del estado Consejo general de la abogaca Consejo general de procuradores Consejo general del notario Fiscala Audiencias provinciales Abogados Forenses ProcuradoresEl informador debe saber diferenciar la categora personal de un juez y su destino y conocer las fases de un proceso penal (diligencias previas, sumario, vista oral o juicio)Tambin conviene diferenciar entre un acusado, procesado, imputado y condenado. Contra la parte acusada solicitan penas, pero eso no significa una condena. El periodista debe conocer las distintas jurisdicciones (civil, penal, contenciosa, laboral).El respeto a la presuncin de inocencia nunca se debe perder por el periodista cuando se publique alguna informacin para evitar condenar a las personas de forma injusta.En algunas ocasiones se puede atentar contra el derecho de la presuncin de inocencia por parte del informador. A toda costa la presuncin de inocencia debe persistir hasta que se haya producido una sentencia condenatoria firme. De esta manera se evitara condenar o juzgar de una forma anticipada.Tambin en los ltimos aos han destacado las famosas campaas de prensa que atacan las vidas particulares de las personas consiguiendo su prestigio.Las campaas en algunos casos intentan proclamar las diferencias de actuacin, aunque se debe actuar de forma idntica sobre todos los ciudadanos.Otro aspecto destacado es el valor probatorio. Mientras las pruebas de una investigacin judicial han de reunir las garantas constitucionales previstas, en los medios de informacin algunas veces se suelen presentar de forma habitual sin exponer las fuentes.Tampoco se debe olvidar el secreto de la investigacin, aunque se puedan producir filtraciones sobre ella, deben ser siempre objetivas y nunca interesadas.Una de las claves que debe conocer el periodista es como se inicia un procedimiento penal: por denuncia de un particular, de oficio, por noticia telfono... y lo que es sobre todo ms interesante desde la perspectiva informtica: la investigacin. Los medios de investigacin son diversos y van desde los policiales. Hasta los jurisdiccionales y los parlamentarios. Las declaraciones se pueden realizar como inculpado o como testigo. Es importante recordar que los menores de edad nunca declaran, a los menores se les exploran.Por lo tanto la investigacin judicial debe reunir unos requisitos y unas garantas constitucionales, que se hacen valer ante el tribunal supremo como en el tribunal constitucional. La sentencia es uno de los mayores atractivos para el periodista judicial. No se debe olvidar que no solo hay que informar del fallo sino que hay que profundizar en el contenido para realizar una informacin ms completa. Se debe contar a que se debe el fallo, los pasos que se han seguido con sus fundamentos y la justificacin que argumente el tribunal. La publicidad (debe ser pblica, exceptuando algunos casos menores). De todas formas ante esta situacin los magistrados o jueces y el poder judicial intentarn saber las necesidades informativas de los medios de comunicacin. La oralidad, como principio del procedimiento. El principio de contradiccin (igualdad de partes) donde acusacin y defensa estn en el mismo plano con la interpretacin del juez. Y como principio de valoracinde la prueba est el in dubio pro reo (ante la duda, se busca siempre lo ms favorable para el sujeto).EL SECRETO DE SUMARIOLos periodistas nos encontramos ante el gran muro legal que establece la ley para garantizar una instruccin correcta sin interferencias o perturbaciones ajenas y mucho menos filtraciones informativas.No es extrao que en alguna ocasin hayan coincidido las investigaciones judiciales para el informador cuando se abusa del secreto del sumario por parte de los jueces o magistrados, pero es cierto que es necesario porque favorece la eficacia de la actividad procesal en muchos casos[footnoteRef:9]. [9: GONZLEZ BALLESTEROS, TEODORO. Diccionario jurdico para periodistas. Editorial: Centro de Estudios Ramn Areces. (CERA) ]

Algn medio de comunicacin podra culpar antes de probar y hay que tener una certeza aunque depender tambin de la responsabilidad profesional del periodista.El periodista debe guiarse por el buen profesional y plantearse los posibles daos contra terceras personas o una investigacin judicial. Por lo tanto, los periodistas deben admitir no vulnerar el secreto del sumario para no influir en la labor procesal, y de esta manera no daar a los imputados o a la investigacin judicial, aunque el informador podr buscar un punto intermedio y hacer gala de su responsabilidad a la hora de realizar su trabajo.QUERER Y NO PODER INFORMARLa tarea diaria para obtener informacin es difcil pero aumenta sin duda se trata de informar sobre asuntos judiciales. La decisin de que los medios de informacin puedan entrar con sus herramientas de trabajo (cmaras, grabadoras) en una sala en un juicio pblico corresponde a la decisin del juez o magistrado que dirija el juicio. Los periodistas en la actualidad si no son autoridades entrarn como la antigua usanza con papel y lpiz, limitando su trabajo que est condicionado a unos medios y soportes audiovisuales.La situacin en la actualidad no es ptima, pero se pretende normalizar. Adems est previsto que para facilitar la labor informativa en las audiencias provinciales se creen gabinetes de presa para facilitar informacin a los diferentes medios.EL ESCENARIO DE LA NOTICIA JUDICIALNo son campos de futbol, ni sedes de partidos polticos o un municipio. No suele haber ruedas de prensa por norma, la informacin de tribunales discurre por despachos de bogados, pasillos de juzgados, asistencia a juicios, esperas en las puertas del juzgado de guardias. Por estos derroteros se mueve el periodista de tribunales con un trabajo individual y sin fuentes informativas oficiales y sin convocatorias a ruedas de prensa o comunicados para los medios. As es el periodismo de tribunales diferente al resto.La proliferacin de estos escenarios, las sedes judiciales, requiere la presencia de informadores y ha generado en los ltimos aos que haya ms periodistas capacitados para cubrir informacin de tribunales. De todas formas, es posible que en alguna ocasin algn redactor novel se haya visto en la difcil situacin de cubrir una informacin de tribunales, sin apenas tener conocimientos elementales sobre las reglas que regulan un proceso judicial. Puede incluso que ni siquiera haya tenido la oportunidad de conocerlas. A pesar de ello tiene que hacer su crnica sin decepcionar a sus superiores en la empresa y, a la vez, sin provocar una demanda judicial contra su medio de comunicacin.Para entender mejor la situacin podramos imaginar las dificultades de un periodista que tuviera que hacer la crnica de un partido de tenis sin conocer las reglas sobre el saque, el sistema de puntuacin o el objetivo del juego. Seguramente podra dar el nombre del ganador. A partir de interpretar los gestos de cada jugador al acabar el partido, pero poco mas puede esperarse del contenido de sus comentarios. Sin convertirlo en un especialista de ese deporte, para contar en una simple crnica lo que ha ocurrido, resulta obvio que necesita conocer las reglas bsicas del juego.Problemas para los accesos a las sedes judiciales con el material indispensable para informar como una grabadora o una cmara filmadora o de fotos.FUENTES DEL PERIODISMO JUDICIALLa informacin judicial es muy complicada, tcnica y cerrada vista desde el exterior. Independientemente de la organizacin, los profesionales de la comunicacin suelen tener numerosos problemas para acudir a las fuentes para confirmar o constatar una noticia. Es el verdadero problema y caballo de batalla de esta especializacin periodstica. Evidentemente es ms fcil que un lder sindical, un director general, un alcalde o u cantante puedan ofrecer una entrevista o que pueda utilizar como fuente porque es relativamente ms fcil, que un juez, un fiscal o un presunto homicida que est en la crcel.El periodista de tribunales ha de tener bastante cuidado para confirmar su informacin si no quiere acabar con una querella. Es muy grave dar una noticia equivocada sobre la identidad de un violador, un asesino o un estafador, o el nombre de una empresa que ha cometido un delito ecolgico. Los jueces y magistradosEs uno de los responsables de los juzgados o salas. Suele tener toda la informacin pero ofrece muy poca a los medios de comunicacin, o ninguna, por su cometido como juez. No suele ser una buena fuente, ya que su celo profesional y el deber de mantener secretas las actuaciones y su gran ocupacin diaria y poco contacto con los periodistas le convierten en una fuente casi inaccesible. Sin embargo, algunas veces dependiendo del juez o magistrado puede dar una instruccin a un funcionario para que el de al periodista la informacin requerida. Si se ha notificado una sentencia que nos interesa, por ejemplo. Un juez o un magistrado casi nunca recibe a un periodista en su despacho. No suele ser una buena fuente informativa por queno ofrece detalles y lo mejor es no perder el tiempo en intentar conseguir hablar con l, salvo excepciones. Los secretariosComo fedatario, es el que conoce mejor, junto a los jueces y magistrados, como va un procedimiento.Si han citado a imputados a declarar, cuando lo van a hacer, que da, la hora, si ya el juez ha redactado la sentencia, si se archiva la causa, si se ha depositado una fianza, si ha declarado un testigo, etc... Dispone de informacin til para el periodista judicial pero tambin es difcil acceder a l. No obstante, suele ayudar en algunos casos a los periodistas y sirve como orientador en numerosas ocasiones. Suele atender al periodista y es una buena fuente informativa ms fcil y accesible que el propio juez, y que un periodista judicial puede tener. Los fiscales Es un colectivo que suele tener bastantes relaciones con los profesionales de la informacin. Como representantes del ministerio pblico suelen colaborar y ayudar casi siempre a los periodistas. El escrito de acusacin en un procedimiento, con el que se abre el juicio oral y, por tanto la fase publica del proceso, puede ser el documento al que tiene acceso un periodista para conocer un caso. El fiscal no lo suele ofrecer al periodista en la sala, juzgado, o uno de los abogados personales suele proporcionarlo al informador. El escrito de acusacin donde por ejemplo el fiscal acusa de estafa, agresin sexual, homicidio, apropiacin indebida, etc es suficiente inicialmente para que un periodista judicial pueda construir una informacin. Para el periodista de prensa o agencia informativa es muy til, no tanto para la radio o televisin porque en raras ocasiones suelen conceder una entrevista o quieren ponerse delante de un micrfono para hablar de un caso. Sin embargo, es una de las mejores fuentes informativas que tiene un periodista de tribunales. Su colaboracin es fundamental y de gran utilidad para los profesionales de la informacin. Los abogadosSin duda alguna es la mejor fuente informativa del periodista judicial. Tiene acceso a las acusaciones y son los que suelen informar a los periodistas. Su colaboracin para difundir una informacin judicial es total. Tambin hay que tener en cuenta que el abogado cuando ejerce una acusacin suele ser ms proclive a colaborar con el periodista. Cuando ejerce la defensa no tanto. Por ejemplo, el letrado que representa a una mujer violada siempre estar dispuesto a hablar con un periodista para defender a su clienta. El abogado del acusado, del violador, quizs no quiera hacer declaraciones y remita al periodista al seguimiento del juicio o de las acusaciones. Aunque cada caso es distinto evidentemente, los abogados constituyen el colectivo ms grande de la familia judicial y todo depende del letrado. Suelen colaborar, preguntan a su cliente, no suelen poner problemas para que se les grave en la radio o televisin y son los que aparecen mas y tienen mayor tiempo de pantalla tanto en la prensa, como en la radio o televisin y , por supuesto, en las agencias de noticias. La policaComo eslabn del suceso y el paso al juzgado del caso, es muy importante como fuente informativa. La polica cuenta con un servicio de prensa. Realizan notas de prensa, cuando el suceso ha pasado y el caso ya se encuentra en el juzgado. Como fuente es importante, y constituye siempre la versin oficial. Funcionan con notas de prensa o ruedas de prensa en ocasiones espaciales. Los denunciante y denunciadosEs una buena fuente informativa para par un periodista. Suelen acudir numerosas veces a los medios de comunicacin y a los periodistas para que les ayuden en su caso. Suelen entregar la documentacin y no hay problemas en que se les pueda hacer una entrevista para la radio o televisin. Algunas veces ven en los medios de comunicacin la ltima oportunidad para resolver su problema judicial. Un periodista de tribunales puede divisar a estas personas con bastante facilidad. Suelen ser muy dialogantes pero el periodista debe ser muy selectivo, porque el denunciante o denunciado su caso o asunto siempre ser el ms grave del mundo, pero a lo mejor no tiene inters informativo. Tambin puede perder el tiempo con estas personas, pero es aconsejable atenderlas siempre porque el periodista puede encontrar casos interesantes en algunas ocasiones.El prototipo es la persona que va a solicitar abogado de oficio, la madre que pide que le den libertad condicional a su hijo ingresado en prisin y que tiene una grave enfermedad, suelen ser bastantes casos de trascendencia social. En general suelen ser una buena fuente informativa.

Informador annimoComo parte interesada, es una fuente informativa que ofrecer al parodista la informacin que ms le convenga. No se identifica, y sueles contactar al periodista de forma telefnica o enviando una carta. Podra revelar informacin sobre torturas a un preso, una estafa a una empresa, abuso de un superior, etc, pone en la pista al periodista para que investigue. Suelen ser informaciones muy comprometidas, y por lo tanto en este caso es importante tener toda la informacin posible y contrastar al mximo la noticia antes de difundirla. Nuestro nico respaldo ser nuestro trabajo e investigacin del caso. Puede ser una buena fuente informativa, pero de entrada como consejo hay que poner en cuarentena la informacin. CiudadanoEs una fuente a tener en cuenta sobre todo en el denominado periodismo de denuncia. Suelen ponerse en contacto con los medios de comunicacin para denunciar ante el periodista hechos e ndoledomstico o vecinal.es tpica la llamada del vecino que aguanta el ruido de la discoteca, ya ha denunciado la comunidad en el juzgado al dueo del establecimiento, la polica va de vez en cuando se baja el volumen pero de momento el local sigue abierto. El ciudadano no ha denunciado directamente, pero est muy pendiente del caso. Suelen llamar a un medio de comunicacin cuando la situacin es extrema.

Anexo

MINISTERIO PBLICOEs el organismo constitucional autnomo creado por la constitucin poltica del Per de 1979, con la misin fundamental de defender la legalidad y los derechos humanos.El 16 de marzo de 1981 se promulgo la ley orgnica del ministerio pblico, decreto legislativo, N 052, que comprende un total de 107 artculos y V ttulosEl ministerio pblico cumple a travs de los fiscales las siguientes funciones: Promover de oficio, o a peticin de parte, la accin en defensa de la legalidad y los intereses pblicos tutelados por el derecho. Velar por la independencia de los rganos jurisdiccionales y por la recta administracin de justicia Representar a la sociedad en los procesos judiciales. conducir desde su inicio, la investigacin del delito. Ejercitar la accin penal de oficio o a peticin de parte. emitir dictamen previo a las resoluciones judiciales, en los casis que la ley contempla. Ejercer iniciativa en la formulacin de las leyes y dar cuenta al congreso, o al presidente de la repblica, de los vacos o defectos de la legislacinQuines lo integran? El sistema fiscal: fiscal de la nacin, los fiscales supremos, los fiscales superiores, los fiscales provinciales y los fiscales adjuntos, quienes actan independientemente, segn su propio criterioEl sistema administrativo, gerencia general, gerencias y personal administrativo de apoyo al trabajo fiscal. El instituto de medicina legal Lenidas Avendao Uretra: mdicos legistas y personal administrativo de las morgues ubicadas a nivel nacional.Quin es el fiscal de la nacin?Es el mximo representante del ministerio pblico, segn Pedro Mendez jurado: tiene la facultad de intervenir en asunto de su competencia en todo el territorio, atravs de los fiscales de las instancias provincial y superior.Tambin se preocupa por el mantenimiento del orden jurdico y de los intereses pblicos.[footnoteRef:10] [10: Velezmoro Contreras, Karla. Produccin de despachos en el rea judicial en CPN radio (http://sisbib.unmsm.edu.pe/bibvirtualdata/tesis/human/Velezmoro_C_K/introduccion.pdf) Fecha de consulta: 14/05/14]

El fiscal de la nacin tiene autoridad sobre todo los funcionarios cualquiera sea su categora o actividad funcional.Cundo debemos acudir al ministerio pblico?El ciudadano que haya sido agraviado en sus derechos, salud, propiedades y otras causales previstas en las leyes penales o civiles, puede formular una denuncia ante el ministerio pblico, sin necesidad de ir antes a una dependencia policial.Para ello, no es necesario contar con los servicios de un abogado ni realizar pago alguno, El trmite del servicio en el ministerio pblico es gratuito.La denuncia la puede presentar el ciudadano agraviado en papel simple y consta de dos partes:En la primera el denunciante debe anotar sus generales de ley (nombre y apellidos, documentos de identidad, domicilio, actividad o profesin, etc)En la segunda parte el ciudadano debe indicar el derecho violado o la comisin del delito, hacer un relato cronolgico de los hechos, de la manera ms sencilla.La denuncia puede ser hecha a manuscrito.

PODER JUDICIALEl Poder Judicial del Per es un organismo autnomo de la Repblica del Per constituido por una organizacin jerrquica de instituciones, que ejercen la potestad de administrar justicia, que en teora emana del pueblo, no obstante no es elegido directa ni indirectamente.Est encabezado por el presidente Javier Mendoza Ramrez y por la Corte Suprema de Justicia de la Repblica del Per que tiene competencia en todo el territorio. El segundo nivel jerrquico lo forman las Cortes Superiores de Justicia con competencia en todo un Distrito Judicial. El tercer nivel es formado por los Juzgados de Primera Instancia cuya competencia es, aproximadamente, provincial. Luego, se encuentran los Juzgados de Paz Letrados, con competencia distrital. Y finalmente los Juzgados de Paz(no letrados),encargados de resolver asuntos judiciales sencillos.

En el poder judicial se solucionan:a) Casos de delitosUn delito es una accin antijurdica y culpable, que se castiga por la ley mediante una pena o medida de seguridad, generalmente est relacionada con daos a la persona, a la propiedad, etc. Por ejemplo, un asesinato, un robo, una estafa a gran cantidad de personas, etc.b) Casos de faltasInfraccin involuntaria de la ley, ordenanza o reglamento, a la cual se seala una sancin leve, por ejemplo, una ria callejera, el arrojar basura en lugares prohibidos, etc. En el poder judicial imparten justicia en primera instancia el juez (persona que administra justicia en representacin del estado, expresando voluntad de la ley ante un conflicto de inters), en segunda instancia el vocal (funcionario pblico que administra justicia como parte de un ente colegiado, y en tercera y ltima instancia el vocal supremo (magistrado que integra la corte suprema)Los juzgadosJuzgados de paz no letrados: Investigan y sentencian en casos por faltas menores, de acuerdo a su competencia.Juzgados de paz letrados: Resuelven las apelaciones presentadas contra las sentencias emitidas por los juzgados de paz no letrados. Investigan y sentencian en casos de faltas, de acuerdo a su competencia.Juzgados especializados o mixtos: Investigan o realizan instruccin de los casos que les son presentados (procesos ordinarios). Investigan y sentencian en los procesos sumarios o especiales. Resuelven las apelaciones presentadas contras las apelaciones emitidas por los juzgados de paz letrados.

Corte superior Realizan el juzgamiento o juicio oral en los procesos ordinarios. Resuelven las apelaciones presentadas contra las sentencias de los juzgados mixtos o especializados.Corte suprema Es la ltima instancia ante la cual se pueden apelar todos los procesos judiciales que proviene de cualquier corte superior de justicia.

El proceso judicial En todo caso judicial hay dos partes. El demandante (la persona o institucin que inicia el proceso) y el demandado (la persona o institucin sobre la que se inicia el proceso). Cuando se inicia un proceso judicial ambas partes presentan al juez pruebas y alegatos con la finalidad de demostrar que tienen la razn. Basndose en ello y en su criterio el juez toma una decisin que se conoce con el nombre de sentencia. Si una persona no est conforme con la instancia puede apelar a la instancia superior.Segn el artculo 139 de la constitucin poltica del Per seala que el poder judicial a travs de sus rganos jurisdiccionales: es el nico llamado a administrar justicia en todo territorio nacional, con excepcin de la extensin jurisdiccional y el derecho consuetudinario precisado en el artculo 149 de la carta magna

Conclusiones

El periodismo judicial buscara profundizar en los conocimientos del mbito legal, ya que un especialista en periodismo judicial sabe desenvolverse mejor en el campo en el que se desempea.

El sumario como tal es un conjunto de datos, cuando el juez declara el sumario como confidencial, el periodista tiene dos opciones: conseguir esa informacin y especular respetar la ordenanza emitida por el juez.

Es importante que los periodistas nos especialicemos al momento que es importante para la sociedad, desde este modo sabremos nuestro derechos y deberes sin infringir la ley, las consecuencias que pueden caer en el amarillismo y en el morbo serian perjudcales para nuestra tica y la justicia que debe imperar

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