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Especificaciones de Supervisión Página 1 de 33 SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA FIDEICOMISO 1928 COORDINACIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO “SUPERVISIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL TÚNEL CANAL GENERAL” LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA COORDINACIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No OBJETO: "SUPERVISIÓN TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL DE CALIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN DEL TÚNEL CANAL GENERAL” Especificaciones particulares para los conceptos de trabajo de la supervisión, vigilancia y control de calidad de las obras.

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SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA

FIDEICOMISO 1928 COORDINACIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES DE

ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO

“SUPERVISIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL TÚNEL CANAL GENERAL”

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No

COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA

COORDINACIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES

DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

No

OBJETO: "SUPERVISIÓN TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y

DE CONTROL DE CALIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN DEL

TÚNEL CANAL GENERAL”

Especificaciones particulares para los conceptos de trabajo de la

supervisión, vigilancia y control de calidad de las obras.

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ESPECIFICACIONES DE SUPERVISIÓN.

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO.

SERVICIOS: “Supervisión para la Construcción del Túnel Canal General”

ÍNDICE: PERFILES DEL PERSONAL DE SUPERVISIÓN

Coordinador de Supervisión Jefe de Supervisión Supervisor de Obra “A” Ingeniero Electromecánico Jefe de Informática Secretaria Topógrafo Supervisor de Obra “B” Cadeneros Laboratorista Muestreador Analista de Precios Unitarios Supervisor “A” Seguridad y Área Ambiental Jefe de Instrumentación Jefe de Proyecto Dibujante de Autocad Especialista en Mecánica de Suelos Especialista en Hidráulica Especialista en Estructuras

Equipo mínimo requerido para los servicios de supervisión, los cuales el proponente deberá considerar en sus costos indirectos Organigrama para la Supervisión del Túnel Canal General Tabulador de salarios para personal con alta revolvencia

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“SUPERVISIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL TÚNEL CANAL GENERAL”

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PERFILES DEL PERSONAL DE SUPERVISIÓN Coordinador de Supervisión Particularidades adicionales que complementan y que regirán en forma adicional a los términos descritos en la Norma: CNA-SUP-01., CNA-SUP-02, CNA-SUP-03, CNA-SUP-04. y CNA-SUP-05. Definición Ingeniero Civil o Arquitecto titulado, con experiencia mínima comprobable de 15 años ejercidos y 8 en supervisión o coordinación en obras de Túneles, Lumbreras y obras hidráulicas similares. Deberá tener conocimiento de la normatividad vigente, las normas y especificaciones de construcción e instalaciones de la Coordinación Técnica del Proyecto y demás disposiciones aplicables por la Ley en esta materia. Alcances y funciones Representante en la Obra por parte de la Supervisión, desarrollará servicios de carácter técnico, informativo, para el seguimiento del programa físico - financiero y que se relacionan directamente con los servicios del presente Contrato. A continuación se relacionan algunos aspectos a título enunciativo, pero no limitativo, ya que realizará los servicios referentes a la Supervisión para la ejecución de las obras.

Será el responsable directo de la Residencia de Supervisión ante la Contratista y ante la Coordinación Técnica del Proyecto.

Tendrá a su cargo la coordinación general de las actividades del personal de Supervisión a fin de verificar la correcta ejecución de las obras en cuanto a calidad, cantidad, costo y tiempo.

Deberá implementar las medidas necesarias, acciones y políticas que considere convenientes en materia de planeación, para que la obra sea ejecutada en tiempo, costo y calidad.

Supervisará el adecuado funcionamiento de la Residencia de Obra, asistiendo técnica y administrativamente a los Residentes en beneficio de la ejecución de los servicios.

Supervisará el cumplimiento de las instrucciones giradas por los representantes de la Coordinación Técnica del Proyecto, así como el uso adecuado de los recursos financieros, administrativos, técnicos y humanos que se destinen a la ejecución de las obras en su totalidad.

Promoverá y coordinará la asistencia a las reuniones de evaluación y coordinación convocadas por la Coordinación Técnica del Proyecto, así como las visitas de trabajo a la Obra.

Asistirá a los representantes de la Coordinación Técnica del Proyecto en la adopción de soluciones a problemas que se originen en relación a la obra, ya sean técnicos, administrativos, de suministros de materiales o de cualquier otra índole, así como en adecuaciones al proyecto, especificaciones o al contrato de obra.

Dará seguimiento a las asignaciones presupuestales de los Contratos de obra, debiendo en su caso, formalizar de manera oportuna los cambios contractuales requeridos conforme a los procedimientos establecidos en la normatividad vigente, siendo de su responsabilidad la tramitación

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de dichas modificaciones, tales como: convenios, suspensiones de los servicios y su reinicio, reportes de avances físicos y financieros, reducciones, ampliaciones de asignación, reprogramaciones, etc.

Supervisará la correcta elaboración de las Estimaciones de Obra, aprobando, en su caso, su procedencia para el pago correspondiente.

Será el encargado de coordinar la integración de la información de la Residencia de Obra, con el objeto de elaborar los Reportes de Avance de Obra, que se entregarán de manera quincenal a la Coordinación Técnica del Proyecto.

Coordinará el trámite oportuno de los Conceptos de Obra Adicionales y Extraordinarios no considerados en el catálogo de conceptos, aportando, en su caso, los elementos de apoyo que evidencien su procedencia.

Coordinará y llevará a cabo ante los Contratistas, los actos relacionados con la Entrega - Recepción y Finiquito de los servicios, manteniendo el Expediente Único de Obra debidamente actualizado.

Al término de la obra, supervisará que las modificaciones que se hubiesen presentado al proyecto original, queden consignadas en los planos de obra terminada y los integrará como parte de la documentación que será entregada a la Coordinación Técnica del Proyecto.

Criterios de medición Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: 1).- Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2).- Tiempo extraordinario necesario. Por lo cual, la Supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, herramienta, equipo de oficina y materiales para la ejecución de los conceptos de trabajo de acuerdo al Programa. La Coordinación Técnica del Proyecto, en función de las necesidades reales de trabajo, podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Coordinación Técnica del Proyecto y que a juicio de ésta, haya desarrollado los servicios asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras. Forma de pago El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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Jefe de Supervisión Particularidades adicionales que complementan y que regirán en forma adicional a los términos descritos en la norma: CNA-SUP-01, CNA-SUP-02, CNA-SUP-03, CNA-SUP-04 y CNA-SUP-05. Definición Ingeniero Civil o Arquitecto titulado, con experiencia mínima comprobable de 10 años ejercidos y 5 en supervisión o coordinación en obras de Túneles, Lumbreras y obras hidráulicas similares (obras de drenaje, presas, acueductos) Deberá tener conocimiento en la normatividad vigente, las normas y especificaciones de construcción e instalaciones, aplicables por la Ley en esta materia. Alcances y funciones Fungirá como representante en la obra por parte de la Supervisora, desarrollará servicios de carácter técnico, informativo, para el seguimiento del programa físico financiero y que se relacionan directamente con los servicios del presente contrato. Estará a cargo del Coordinador de Supervisión y tendrá bajo su mando a los Jefes de Frente, a la Brigada Topográfica y al personal encargado del Control de Calidad. A continuación se relacionan algunos aspectos a título enunciativo, pero no limitativo, ya que realizará los servicios referentes a la Supervisión para la ejecución de las obras.

Deberá tener pleno conocimiento de la obra y sus objetivos, así mismo, conocer los términos del Contrato de obra del Contratista con la Coordinación Técnica del Proyecto y las atribuciones de sus niveles jerárquicos.

Conocer, verificar y dar seguimiento a los programas de ejecución de la obra y de erogaciones, a fin de que cumplan con lo pactado contractualmente.

Será el conducto para hacer llegar a la Coordinación Técnica del Proyecto toda la información que se genere en la obra.

Informará a la Coordinación Técnica del Proyecto sobre todos los aspectos referentes a la calidad, costo, tiempo, eficiencia y seguridad de la obra.

Avalar verificaciones de campo y comentarios técnicos para el análisis de conceptos extraordinarios de trabajo.

Revisar los números generadores de obra, elaborados por la Contratista y presentarlos para su aprobación. De igual forma, revisará y representará todo para su aprobación las estimaciones correspondientes para el pago de sus servicios.

Asistir a reuniones de carácter técnico que la Coordinación Técnica del Proyecto solicite y elaborar las Minutas de Trabajo correspondientes.

Tramitar ante la Coordinación Técnica del Proyecto en los períodos establecidos, las plantillas de personal y equipo propuesto para desarrollar los servicios dentro del alcance de los servicios de Supervisión.

Implementar y coordinar el personal y equipo asignado (especializado para realizar los servicios), verificar y ser conducto para entrega de datos a la constructora.

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Se encargará de que sea verificada la fuerza de trabajo de la Contratista, a fin de evitar en lo posible atrasos en la ejecución de los servicios y en su caso, deberá implementar las acciones correspondientes.

Verificar que los planos se actualicen de acuerdo a modificaciones autorizadas.

Vigilar que se de cumplimiento a las normas y especificaciones de construcción.

Revisar los informes necesarios para la evaluación y seguimiento de las obras en proceso de construcción.

Llevar el Expediente Único de la obra de manera ordenada, sistemática y cronológicamente. Criterios de medición Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: 1).- Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2).- Tiempo extraordinario necesario. Por lo cual, la Supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, herramienta, equipo de oficina y materiales para la ejecución de los conceptos de trabajo de acuerdo al Programa. La Coordinación Técnica del Proyecto, en función de las necesidades reales de trabajo, podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Coordinación Técnica del Proyecto y que a juicio de ésta, haya desarrollado los servicios asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras. Forma de pago El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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Supervisor de Obra “A” Particularidades adicionales que complementan y que regirán en forma adicional a los términos descritos en la norma: CNA-SUP-01, CNA-SUP-04 Y CNA-SUP-05. Definición: Ingeniero Civil o Arquitecto titulado, con experiencia mínima comprobable de 8 años ejercidos y 4 en supervisión o coordinación en obras de Túneles, Lumbreras y obras hidráulicas similares( obras de drenaje, presas, acueductos) Deberá tener conocimiento de la normatividad vigente, las normas y especificaciones de construcción e instalaciones de la Coordinación Técnica del Proyecto, y demás disposiciones aplicables por la Ley en esta materia. Alcances y funciones Personal profesional que se encargará directamente de los servicios relacionados con la vigilancia permanente en el sitio de las obras, a fin de verificar que éstas se ejecuten de acuerdo al programa de ejecución, al proyecto y/o a las modificaciones autorizadas, conforme a las normas de construcción e instalaciones y según las especificaciones técnicas particulares de construcción de las obras. Mantendrá bajo su control el avance de volúmenes de excavaciones, de colocación de concreto, de estructuras, etc. Efectuará los cálculos de volúmenes de la obra ejecutada, generará el diario de obra, elaborará notas para ser asentadas en Bitácora por el Jefe de Supervisión, tendrá un adecuado control de los planos de proyecto y presentación de informes. Recopilará, procesará y presentará con periodicidad diaria, semanal y mensual o según instrucciones de la Residencia, toda la información derivada de la vigilancia e inspección de las obras, llevará a cabo el procesamiento de la información generada a fin de elaborar los Reportes de Avances. Coordinará la entrega de la información de campo a efecto de que se procese en forma oportuna las Estimaciones correspondientes. Criterios de medición Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: 1).- Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2).- Tiempo extraordinario necesario. Por lo cual, la Supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, herramienta, equipo de oficina y materiales para la ejecución de los conceptos de trabajo de acuerdo al Programa. La Coordinación Técnica del Proyecto, en función de las necesidades reales de trabajo, podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Coordinación Técnica del Proyecto y que a juicio de ésta, haya desarrollado los servicios asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras. Forma de pago El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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Ingeniero Electromecánico Particularidades adicionales que complementan y que regirán en forma adicional a los términos descritos en la norma: CNA-SUP-01, CNA-SUP-04 Y CNA-SUP-05. Definición: Ingeniero Electromecánico titulado, con experiencia no menor comprobable de 8 años ejercidos y 4 en supervisión y mantenimiento de equipos hidráulicos y electromecánicos similares a los que contiene el conjunto excavador. Deberá contar con la capacidad de decisión y autorización por parte de su empresa para cualquier intervención durante los trabajos de rehabilitación y mantenimiento que le serán requeridos por la Coordinación Técnica. Alcances y funciones Personal profesional proporcionado por la supervisión, especialista en materia de mecánica e hidráulica y electricidad, capacitado y con autoridad suficiente para ordenar la modificación o suspender los trabajos si estuviera en riesgo la integridad del equipo ante posible afectación por mal uso o mala operación por parte de la contratista. Apoyará al proceso en forma oportuna y con periodicidad diaria, semanal y mensual o según instrucciones de la Coordinación Técnica del Proyecto. Recopilará, procesará y presentará con periodicidad diaria, semanal y mensual o según instrucciones de la residencia, y aportará todos los reportes concernientes en la materia. Tendrá a su cargo la supervisión de todos los servicios de mantenimiento del equipo excavador y presentará sus reportes con oportunidad, advirtiendo cuando se de mal uso del mismo. Criterios de medición Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: 1).- Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2).- Tiempo extraordinario necesario. Por lo cual, la Supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, herramienta, equipo de oficina y materiales para la ejecución de los conceptos de trabajo de acuerdo al Programa. La Coordinación Técnica del Proyecto, en función de las necesidades reales de trabajo, podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Coordinación Técnica del Proyecto y que a juicio de ésta, haya desarrollado los servicios asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras. Forma de pago El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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Jefe de Informática Particularidades adicionales que complementan y que regirán en forma adicional a los términos descritos en la Norma: CNA-SUP-01., CNA-SUP-04. y CNA-SUP-05. Definición: Ingeniero Civil o Arquitecto titulado o Licenciado en Informática, con experiencia mínima comprobable de 6 años ejercidos y 4 en servicios de control de obra e informática en cualquier trabajo de supervisión, coordinación y construcción de obras de cualquier tipo. Deberá tener conocimiento de la normatividad vigente, las normas y especificaciones de construcción e instalaciones de la Coordinación Técnica del Proyecto y demás disposiciones aplicables por la Ley en esta materia. Alcances y funciones Tendrá bajo su responsabilidad llevar de manera permanente el control del avance de las obras en ejecución y su correlación con los Programas de las mismas, siendo el encargado de la organización, control y seguimiento de la información generada inherente a la obra. Realizará las siguientes actividades, mismas que se enuncian de manera ejemplificativa, más no limitativa:

1 Deberá mantener debidamente actualizada la estadística de avances físicos y financieros y control de las obras, contando con disponibilidad inmediata de la información.

2 Llevar el estricto control de Estimaciones tramitadas, facturas, generadores, hojas de ruta y

volúmenes generados por frente de trabajo.

3 Llevar el control de las asignaciones presupuestales de los contratos contribuyendo a la formalización oportuna de los cambios contractuales requeridos, tales como: convenios modificatorios, suspensiones de los servicios y su reinicio, reporte de avances físicos, reducciones, ampliaciones de asignación, reprogramaciones, etc., de acuerdo a los procedimientos establecidos en la normatividad vigente.

4 Mantener el Expediente Único de Obra debidamente actualizado.

5 Tramitar oportunamente los conceptos adicionales y extraordinarios no considerados en el catálogo

de conceptos, aportando los apoyos y elementos que evidencien su procedencia. 6 Participar en el estudio de nuevos Precios Unitarios.

7 Revisar y dictaminar sobre los ajustes de costos presentados por la Contratista para, en su caso,

tramitar su aplicación. Para ello, deberá realizar el cálculo y aplicación de los porcentajes por ajuste de costos a los Precios Unitarios de los catálogos de los contratos de obra, con base en la solicitud del Contratista y a la comprobación de que a esa fecha, la obra se esté ejecutando conforme al programa de trabajo autorizado, es decir que no existan retrasos imputables al Contratista.

8 Procesar los datos obtenidos a partir de las Estimaciones, proporcionando reportes por contrato, por

frente de trabajo y por concepto de la asignación ejecutada y por ejecutar, así como sobre las modificaciones en el costo de las obras a realizar.

9 Integrar y remitir a la Coordinación Técnica del Proyecto los informes quincenales, reportes de

avances gráficos cuantitativos y de cumplimiento de programas.

10 Elaborar las Actas de Entrega-Recepción de las obras.

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11 Integrar la información necesaria para la elaboración del Finiquito de las obras. Criterios de medición Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: 1).- Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2).- Tiempo extraordinario necesario. Por lo cual, la Supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, herramienta, equipo de oficina y materiales para la ejecución de los conceptos de trabajo de acuerdo al Programa. La Coordinación Técnica del Proyecto, en función de las necesidades reales de trabajo, podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Coordinación Técnica del Proyecto y que a juicio de ésta, haya desarrollado los servicios asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras. Forma de pago El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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Secretaria Particularidades adicionales que complementan y que regirán en forma adicional a los términos descritos en la norma: CNA-SUP-01., CNA-SUP-02, CNA-SUP-03, CNA-SUP-04. y CNA-SUP-05. Definición: Técnico profesional o práctico con experiencia secretarial en servicios relacionados con la construcción de obras. Deberá contar con conocimientos básicos en el manejo de paquetes computacionales para oficina y equipo. Alcances y funciones Personal proporcionado por la Supervisión y bajo el mando de la Gerencia de Supervisión. Realizará todas las labores de tipo secretarial en la oficina de la Residencia de Supervisión, enlistándose a continuación, de manera enunciativa más no limitativa, las actividades que realizará. Será la encargada de transmitir las comunicaciones vía telefónica a la Gerencia de Supervisión. Asistirá a la Coordinación de Supervisión en la recepción y envío de la documentación generada entre la Coordinación Técnica del Proyecto y la Contratista con la Gerencia de Supervisión. Deberá mantener debidamente ordenada y actualizada la correspondencia que se genere entre las partes, a fin de poder contar de manera inmediata con la información solicitada por la Gerencia de Supervisión. Se encargará de mantener actualizado el inventario del equipo de oficina, verificando su adecuado funcionamiento y en su caso, reportarlo a la Coordinación de Supervisión para proceder a su reparación. Será la encargada del suministro de insumos y consumibles de oficina necesarios para la realización de los servicios de Supervisión. Criterios de medición Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: 1).- Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2).- Tiempo extraordinario necesario. Por lo cual, la Supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, herramienta, equipo de oficina y materiales para la ejecución de los conceptos de trabajo de acuerdo al Programa. La Coordinación Técnica del Proyecto, en función de las necesidades reales de trabajo, podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Coordinación Técnica del Proyecto y que a juicio de ésta, haya desarrollado los servicios asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras. Forma de pago El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará en el indirecto de obra.

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Topógrafo Particularidades que complementan y que regirán en forma adicional a los términos descritos en la norma: CNA-SUP01 CNA-SUP-02, CNA-SUP-03, CNA-SUP-04 y CNA-SUP-O5. Definición Ing. Topógrafo o técnico práctico con experiencia mínima comprobable de 6 años en topografía para la supervisión y construcción de obras civiles de cualquier tipo. Deberá tener experiencia en la utilización de los aparatos de topografía de alta precisión y tradicionales para establecer en campo la relocalización de trazos, nivelación y sus respectivos puntos de control (referenciación de puntos de inflexión y bancos de nivel) y su conservación y observación durante la ejecución de las obras. Alcance y funciones Personal proporcionado por la Supervisión, efectuará servicios en forma permanente en el sitio de las obras, para que éstas se ejecuten de acuerdo al proyecto y/o modificaciones autorizadas, para lo cual realizará los servicios topográficos requeridos para la verificación de líneas y niveles para el emplazamiento de las obras del túnel y auxiliares y el levantamiento y cálculo de los avances en la construcción de las obras. Realizará el levantamiento de datos y presentará en forma oportuna el informe de los servicios realizados (avances de construcción, planta de construcción de la contratista, etc.). Llevará a cabo el levantamiento de datos de los conceptos ejecutados a efecto de contar con la adecuada medición de volúmenes de obra para fines de Estimación de la obra ejecutada o bien, al final de cada etapa constructiva. Coordinará la ejecución de todos los servicios referentes a la topografía requerida para que la obra se ejecute. Con la finalidad de que los servicios de la Supervisión den los resultados esperados, exigirá por órdenes de la Coordinación Técnica del Proyecto, que las obras se construyan de acuerdo con las normas técnicas que dicten y que los actos que a esta concurran, se encaucen dentro de las leyes y sin perjuicio a terceros. Criterios de medición Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: 1).- Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2).- Tiempo extraordinario necesario. Por lo cual, la Supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, herramienta, equipo de oficina y materiales para la ejecución de los conceptos de trabajo de acuerdo al Programa. La Coordinación Técnica del Proyecto, en función de las necesidades reales de trabajo, podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Coordinación Técnica del Proyecto y que a juicio de ésta, haya desarrollado los servicios asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras.

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Forma de pago El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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Supervisor de Obra “B” Definición: Ingeniero Civil o Arquitecto titulado con experiencia mínima comprobable de 6 años ejercidos y 3 en supervisión de obras de cualquier tipo. Deberá tener conocimiento mínimos de las especificaciones de construcción. Alcances y funciones Personal profesional, que estará bajo el mando de los Supervisores “A”, estará de manera permanente en el sitio de las obras, para que estas se ejecuten de acuerdo al proyecto y/o modificaciones autorizadas, las normas y de construcción e instalaciones y las especificaciones técnicas particulares de construcción, para lo cual, efectuará servicios relacionados con la vigilancia, verificación e información de las obras en proceso de construcción. Auxiliará a los Supervisores “A” en cuanto al control del avance de volúmenes de excavaciones, de colocación de concreto, de estructuras, etc. Efectuará los cálculos de volúmenes de la obra ejecutada, generará el diario de obra, elaborará notas para ser asentadas en Bitácora por el Jefe de Supervisión, tendrá un adecuado control de los planos de proyecto y presentación de informes. Asistirá al Supervisor “A” en la recopilación, procesamiento y presentación de la información derivada de la vigilancia e inspección de las obras, llevará a cabo el procesamiento de la información generada a fin de elaborar los Reportes de Avances. Verificará diariamente la fuerza de trabajo de la Contratista a fin de evitar en lo posible atrasos en la ejecución de los trabajos. Entregará la información de campo a efecto de que se procese en forma oportuna e se integre el informe mensual correspondiente. Criterios de medición Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: 1).- Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2).- Tiempo extraordinario necesario. Por lo cual, la Supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, herramienta, equipo de oficina y materiales para la ejecución de los conceptos de trabajo de acuerdo al Programa. La Coordinación Técnica del Proyecto, en función de las necesidades reales de trabajo, podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Coordinación Técnica del Proyecto y que a juicio de ésta, haya desarrollado los servicios asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras. Forma de pago El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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Cadeneros Particularidades adicionales que complementan y que regirán en forma adicional a los términos descritos en la norma: CNA-SUP01, CNA-SUP02, CNA-SUP03, CNA-SUP04 y CNA-SUP05. Definición: Personal de apoyo del Topógrafo que participará en los servicios de campo para que la realización de los levantamientos topográficos se efectúe con la eficiencia requerida; estará sujeto a las instrucciones que reciba del jefe de la brigada de topografía. Alcances y funciones Personal proporcionado por la supervisión, y bajo el mando del topógrafo. Efectuará los servicios auxiliares de topografía consistentes en: fijar puntos en trazos, nivelaciones, bancos de nivel y seccionamientos, mediciones con cinta, con estadal, etc., Criterios de medición Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: 1).- Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2).- Tiempo extraordinario necesario. Por lo cual, la Supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, herramienta, equipo de oficina y materiales para la ejecución de los conceptos de trabajo de acuerdo al Programa. La Coordinación Técnica del Proyecto, en función de las necesidades reales de trabajo, podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Coordinación Técnica del Proyecto y que a juicio de ésta, haya desarrollado los servicios asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras. Forma de pago El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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Laboratorista Particularidades adicionales que complementan y que regirán en forma adicional a los términos descritos en la norma: CNA-SUP-01., CNA-SUP-02, CNA-SUP-03, CNA-SUP-04. y CNA-SUP-05. Definición: Técnico profesional o práctico con experiencia en campo y gabinete en muestreo, ejecución y cálculo de ensayes de laboratorio de terracerías y concretos, etc. Alcances y funciones : Personal proporcionado por la Supervisión y bajo el mando del Jefe de Supervisión. Realizará la toma de muestras, ensayes y cálculo de las muestras obtenidas en campo para la verificación de la calidad de los materiales usados en la construcción de la obra. Llevará a cabo la ejecución de todos los servicios referentes al control de calidad. No está facultado para ejercer ninguna acción de mando sobre la Contratista. Recopilará, procesará y presentará en forma oportuna y con periodicidad semanal y mensual o según instrucciones de la Residencia, todos los reportes producto de los ensayes de campo y laboratorio que se citan a continuación, verificando que las excavaciones y concretos cumplan con la calidad estipulada en el proyecto; si como resultado de éstas se observa que los servicios no cumplen lo especificado, se informará de inmediato a la Residencia a fin de instruir a la contratista la corrección en los procedimientos empleados en la construcción de las obras, realizando muestreos nuevamente hasta obtener su aceptación. Prueba Proctor SRH, incluyendo:

Granulometría por mallas. Peso volumétrico seco suelto. Contenido de agua. Límites de consistencia (líquido y plástico).

Todos los ensayes relativos a la fabricación del concreto hidráulico, de lodos bentoníticos y de inyecciones de lechada y mortero, y elaboración de proporcionamientos. Criterios de medición: Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: 1).- Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2).- Tiempo extraordinario necesario. Por lo cual, la Supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, herramienta, equipo de oficina y materiales para la ejecución de los conceptos de trabajo de acuerdo al Programa. La Coordinación Técnica del Proyecto, en función de las necesidades reales de trabajo, podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Coordinación Técnica del Proyecto y que a juicio de ésta, haya desarrollado los servicios asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras. Forma de pago El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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Muestreador Particularidades adicionales que complementan y que regirán en forma adicional a los términos descritos en la norma: CNA-SUP-01., CNA-SUP-O4 y CNA-SUP-05. Definición: Técnico profesional o práctico con experiencia en muestreo, ejecución y cálculo de ensayes de laboratorio de terracerías y concreto. Alcances y funciones Personal proporcionado por la Supervisión, el cual estará bajo el mando del Laboratorista. Apoyará en la toma de muestras, ensayes y cálculo de las muestras obtenidas en campo para la verificación de la calidad de los materiales usados en la construcción de la obra. Apoyará al Laboratorista en la recopilación y procesamiento de los reportes producto de los ensayes de campo y laboratorio efectuados. No está facultado para ejercer ninguna acción de mando sobre la Contratista. Criterios de medición Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: 1).- Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2).- Tiempo extraordinario necesario. Por lo cual, la Supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, herramienta, equipo de oficina y materiales para la ejecución de los conceptos de trabajo de acuerdo al Programa. La Coordinación Técnica del Proyecto, en función de las necesidades reales de trabajo, podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Coordinación Técnica del Proyecto y que a juicio de ésta, haya desarrollado los servicios asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras. Forma de pago El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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Analista de Precios Unitarios (Supervisor “A”) Particularidades adicionales que complementan y que regirán en forma adicional a los términos descritos en la norma: coordinación técnica del proyecto. SUP-01., CNA-SUP-02, BEOP, CNA-SUP-04. Y CNA-SUP-05 DEFINICIÓN Ingeniero Civil o Arquitecto titulado, con experiencia mínima comprobable de 10 años ejercidos y 5 en supervisión o coordinación en obras de infraestructura hidráulica. Deberá tener conocimiento en la elaboración de precios unitarios; de la LOP y SRM; así como el RLOPYSRM., deberá manejar la paquetería necesaria para el buen desempeño de sus actividades (Paqueteria en Precios Unitarios [Neodata y Opus vigente], Excel, PowerPoint, Word, autocar, Microsoft Project 2010, etc.) Debiendo realizar principalmente las siguientes actividades: ALCANCE Y FUNCIONES Personal profesional, que estará de forma permanente en el sitio de la obra para elaborar las estimaciones que se generen durante la ejecución de la obra en apego a la normatividad de la Coordinación Técnica del Proyecto. Auxiliará al Gerente de Supervisión en cuanto al control de volúmenes de avance de excavaciones, de colocación de concreto, de estructuras, etc. Efectuará los cálculos de volúmenes de la obra ejecutada, generará el diario de obra, elaborará notas para ser asentadas en bitácora por el jefe de supervisión, tendrá un adecuado control de los planos de proyecto y presentación de informes. Asistirá al Gerente de Supervisión en la recopilación, procesamiento y presentación de la información derivada de la vigilancia e inspección de las obras, llevará a cabo el procesamiento de la información generará a fin de elaborar los reportes de avances. Verificará diariamente la fuerza de trabajo de la contratista a fin de evitar atrasos en la ejecución de los trabajos. Entregará la información de campo efecto de que se procese en forma oportuna; se integre el informe mensual correspondiente. CRITERIOS DE MEDICIÓN Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: 1).-Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2).- Tiempo extraordinario necesario. Por lo cual, la supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, y en sus indirectos los cargos por herramienta, equipo de oficina y materiales, para la ejecución del presente concepto de trabajo acorde al programa. La Coordinación Técnica del Proyecto, en función de las necesidades reales de trabajo, podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Coordinación Técnica del Proyecto y que a juicio de ésta, haya desarrollado los trabajos asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras

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FORMA DE PAGO El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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Seguridad y Área Ambiental (Supervisor “A”) Particularidades adicionales que complementan y que regirán en forma adicional a los términos descritos en la norma: coordinación técnica del proyecto: SUP-01., CNA-SUP-02, BEOP, CNA-SUP-04. Y CNA-SUP-05 DEFINICIÓN Ing. Civil o Arquitecto, con experiencia mínima de 4 años en construcción o supervisión de obras de infraestructura hidráulica. Deberá tener conocimiento en las Normas y Reglamentos en materia de Impacto Ambiental, así como el manejo de productos de excavación y productos peligrosos. ALCANCE Y FUNCIONES Personal profesional, que estará de forma permanente en el sitio de la obra, para el seguimiento de las normas y leyes ambientales que regulen la elaboración de la obra. Auxiliará al Gerente de Supervisión en cuanto al control de impacto ambiental y seguridad en la ejecución de los trabajos, elaborará las notas para ser asentadas en Bitácora por el jefe de supervisión, tendrá un adecuado control de las normas y leyes de impacto ambiental. Asistirá al Gerente de Supervisión en la recopilación, procesamiento y presentación de la información derivada de la vigilancia e inspección de las obras, llevará a cabo el procesamiento de la información generará a fin de elaborar los reportes de avances. Entregará la información de campo a efecto de que se procese en forma oportuna, se integre el informe mensual correspondiente. CRITERIOS DE MEDICIÓN Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: 1).-Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2).- Tiempo extraordinario necesario. Por lo cual, la supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, y en sus indirectos los cargos por herramienta, equipo de oficina y materiales, para la ejecución del presente concepto de trabajo acorde al programa. La Coordinación Técnica del Proyecto, en función de las necesidades reales de trabajo, podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Coordinación Técnica del Proyecto y que a juicio de ésta, haya desarrollado los trabajos asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras FORMA DE PAGO El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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Jefe de Instrumentación (Supervisor “A”) Particularidades adicionales que complementan y que regirán en forma adicional a los términos descritos en la norma: coordinación técnica del proyecto: SUP-01., CNA-SUP-02, BEOP, CNA-SUP-04. Y CNA-SUP-05. DEFINICIÓN Ingeniero Civil con conocimiento pleno en comportamiento de suelos en la zona metropolitana, especificaciones de diseño y construcción similar a las de la presente licitación, con experiencia mínima de 6 años en Proyecto de Mecánica de Suelo y con experiencia en Proyecto de Hidráulica en Obras de Infraestructura. ALCANCE Y FUNCIONES Personal profesional, que estará de forma permanente en el sitio de la obra, para el seguimiento de las normas que regulen la elaboración de la obra. Auxiliará al Gerente de Supervisión en cuanto al control del comportamiento del suelo durante la construcción de las obras subterráneas, elaborará los reportes y las notas para ser asentadas en Bitácora tendrán un adecuado control de las normas y leyes de impacto ambiental. Verificara diariamente el comportamiento del suelo durante la construcción de la obra subterránea, llevando a cabo los registros de nivelación, durante la etapa de excavación verificara el nivel friático, así como los empujes del suelo en la etapa de excavación. Asistirá al Gerente de Supervisión en la recopilación, procesamiento y presentación de la información derivada de la vigilancia e inspección de las obras, llevará a cabo el procesamiento de la información generará a fin de elaborar los reportes de avances. Entregará la información de campo a efecto de que se procese en forma oportuna, se integre el informe mensual correspondiente. CRITERIOS DE MEDICIÓN Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: 1).-Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2).- Tiempo extraordinario necesario. Por lo cual, la supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, y en sus indirectos los cargos por herramienta, equipo de oficina y materiales, para la ejecución del presente concepto de trabajo acorde al programa. La Coordinación Técnica del Proyecto, en función de las necesidades reales de trabajo, podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Coordinación Técnica del Proyecto y que a juicio de ésta, haya desarrollado los trabajos asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras

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FORMA DE PAGO El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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Jefe de Proyecto (Supervisor “A”)

Particularidades adicionales que complementan y que regirán en forma adicional a los términos descritos en la norma: coordinación técnica del proyecto: SUP-01., CNA-SUP-02, BEOP, CNA-SUP-04. Y CNA-SUP-05.

DEFINICIÓN

Ingeniero Civil o Arquitecto con conocimiento pleno de las especificaciones de diseño y construcción similar a las de la presente licitación, con experiencia mínima de 4 años en Proyecto de Mecánica de Suelo o con experiencia en Proyecto de Hidráulica en Obras de Infraestructura o con experiencia en Estructuras en Obras de Infraestructura o con experiencia en proyecto y eléctricos de baja mediana y alta tensión e Instalaciones y demás disposiciones aplicables por la Ley en esta materia o con experiencia en Proyecto Arquitectónico en Obras de Infraestructura.

Personal profesional, estará de manera permanente en el sitio en donde se desarrolle el proyecto, deberá conocer las normas de construcción e instalaciones y las especificaciones técnicas particulares de construcción, para lo cual, efectuará trabajos relacionados con la vigilancia, verificación e información de las obras en proceso de diseño.

Auxiliará al Jefe de Supervisores en cuanto al control del avance. Revisará los cálculos de mecánica de suelos elaborados por la Contratista, elaborará notas para ser asentadas en Bitácora por el Jefe de Supervisión, tendrá un adecuado control de los planos de proyecto y presentación de informes. Asistirá al Jefe de Supervisores en la recopilación, procesamiento y presentación de la información derivada de la vigilancia e inspección del Proyecto en lo referente a Mecánica de Suelos, llevará a cabo el procesamiento de la información generada a fin de elaborar los Reportes de Avances.

Entregará la información de campo a efecto de que se procese en forma oportuna y se integre al informe mensual correspondiente.

CRITERIOS DE MEDICIÓN

Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: 1).- Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2).- Tiempo extraordinario necesario. Por lo cual, la supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, y en sus indirectos los cargos por herramienta, equipo de oficina y materiales, para la ejecución del presente concepto de trabajo acorde al programa. La Coordinación Técnica del Proyecto, en función de las necesidades reales de trabajo, podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Coordinación Técnica del Proyecto y que a juicio de ésta, haya desarrollado los trabajos asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de Proyecto.

FORMA DE PAGO

El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los

Servicios de Supervisión.

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Dibujante de Autocad Particularidades adicionales que complementan y que regirán en forma adicional a los términos descritos en la norma: CNA-SUP-01., CNA-SUP-04. Y CNA-SUP-05.

Definición: Profesional que se encargara de la elaboración de planos, laminas de presentación y graficas

de avance para presentaciones.

Alcances y funciones Personal proporcionado por la supervisión y bajo el mando del jefe de supervisión. Será el responsable de la elaboración de las secciones de las estructuras, a partir de la información proporcionada por los topógrafos. Coordinara los servicios requeridos para la entrega de planos de proyecto y las modificaciones autorizadas. Elaboración de los planos de Obra Terminada. Criterios de medición. Para fines de medición y pago, el precio unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación:

1. Salarios profesionales dentro de la jornada ordinaria de ocho (8) horas. 2. Tiempo extraordinario necesario.

Por lo cual, la supervisión deberá de considerar los cargos totales originados por los servicios profesionales adecuados y necesarios, herramienta, equipo de oficina y materiales, para la ejecución del presente concepto de trabajo acorde al programa. La residencia en función de las necesidades reales de trabajo podrá indicar las adecuaciones que se requieran al citado horario de trabajo. Queda estipulado que la plantilla de personal será sujeta de pago, solamente cuando exista autorización previa de la residencia y que a juicio de esta, haya desarrollado los servicios asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras.

Forma de pago El concepto de trabajo relacionado con este concepto se pagará al precio unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el contrato.

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Especialista en Mecánica de Suelos Profesionista en el campo de la ingeniería civil titulado y con estudios mínimos de maestría, con conocimientos en las áreas de geología y geotecnia, 10 años de experiencia comprobable en la supervisión, asesoría, análisis y diseño de obras subterráneas e hidráulicas, de túneles de 3.0m de diámetro o mayores, con una visión general de la formación de los materiales de suelo y roca, así como su correcta interpretación a través de datos de campo; conocedor de los procedimientos de construcción y capaz de presentar un diagnóstico más allá de la opinión geológica, involucrando los problemas ingenieriles y la información procesada para las soluciones de los mismos directamente en campo y/o gabinete. Con conocimiento de la normatividad vigente, las normas y especificaciones de construcción e instalaciones de la Residencia de Obra y demás disposiciones aplicables por la Ley en esta materia. Con conocimiento del Contrato y Términos de Referencia de este proyecto. Con capacidad de aplicación de criterios en el análisis de problemáticas y soluciones de esta disciplina para definición el rumbo de un proyecto. Que tenga amplio conocimiento del tema o temas que involucre el proyecto, para presentar sus criterios y sugerencias con nivel y oportunidad. Con capacidad de aplicación de criterios durante el desarrollo de la obra para los problemas de estabilización de taludes, sistemas de anclaje, deslizamientos de terreno, caída de rocas, y otros propios de su especialidad, estableciendo soluciones prácticas e ingenieriles que le permitan calificar y exigir al personal técnico de construcción. Que tenga conocimiento de software de computación para análisis –cuando se requiera–, que le permita distinguir detalles inaceptables o faltantes que se requieran para la seguridad y funcionalidad de la obra. Con conocimientos en la determinación de riesgos en obras civiles y la aplicación de medidas de solución y seguridad. Ortografía y Redacción profesional. Alcances y funciones • Analizar los estudios, memorias de cálculo, planos y documentación de este proyecto para emitir opiniones técnicas de la problemática que se vaya presentando. • Atenderá las solicitudes de visitas técnicas por parte de la dependencia y la Residencia de la obra , o en su caso previa autorización de la dependencia a solicitud de la misma supervisora, en forma periódica, extraordinaria o cuando se solicite con urgencia alguna consultoría para atender alguna problemática con el suelo en el que se construirá la obra. • Para la atención de los problemas ó cuestionamientos que se vayan presentando, considerará la Normatividad vigente indicada en los presentes Términos de Referencia, así como de la bibliografía a utilizar. • Será el responsable de opinar, emitir el dictamen fundado y motivado y dar seguimiento y recomendaciones o soluciones a los problemas o dudas que se presenten durante el avance de la obra. • Asistirá a reuniones cuando así se le solicite para emitir observaciones y comentarios oportunos de

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alguna situación o evento que se presente en obra • Por cada consultoría, visita ordinaria o extraordinaria, elaborará un informe con la definición de cuestionamientos, conocimiento del problema, análisis, observaciones, resultados, conclusiones y recomendaciones para implementar las medidas necesarias, acciones y políticas que se consideren, para que la obra sea ejecutada en tiempo, costo y calidad y lo presentará con oportunidad para atender y dar solución a la problemática o cuestionamiento, entregando el dictamen correspondiente debidamente firmado. • Asistirá a los representantes de la Residencia de Obra en la adopción de soluciones a problemas técnicos que se originen en relación a la obra, ya sean administrativos, de suministros de materiales o de cualquier otra índole, así como adecuaciones al proyecto, especificaciones o al contrato de obra. Criterios de medición Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Residencia de Obra y que a juicio de ésta, haya desarrollado los servicios asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras. La residencia de la obra se reserva el derecho de poder adecuar el horario de la visita por necesidades propias de la obra sin que esto repercuta en costos adicionales para la dependencia. Forma de pago El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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Especialista en Hidráulica Ingeniero Civil Titulado, con estudios mínimos de maestría en el ramo, con experiencia mínima de 10 años comprobable con la presentación de la documentación que avale su experiencia, anexa a su propuesta en el concurso, en asesorías y consultoría en problemáticas de hidráulica de obras de Captación y Descarga, comportamiento de canales a cielo abierto, incremento de los tirantes por descargas, y con experiencia en la construcción, proyecto o supervisión de túneles de 3 metros diámetro en adelante y obras similares a las del presente contrato. Con conocimiento de la normatividad vigente, las normas y especificaciones de construcción e instalaciones de la Residencia de Obra y demás disposiciones aplicables por la Ley en esta materia. Con conocimiento del Contrato y Términos de Referencia de este proyecto Con capacidad de aplicación de criterios en el análisis de problemáticas y soluciones de esta disciplina para definición del rumbo de un proyecto. Que tenga amplio conocimiento del tema o temas que involucre el proyecto, para presentar sus criterios y sugerencias con nivel y oportunidad. Que tenga el software de computación adecuado para análisis, cuando se requiera, que le permita distinguir detalles inaceptables o faltantes que se requieran para la seguridad y funcionalidad de la obra. Con conocimientos en la determinación de riesgos en obras civiles y la aplicación de medidas de solución y seguridad. Ortografía y Redacción profesionales. Alcances y funciones enunciativas más no limitativas. • Analizar los estudios, memorias de cálculo, planos y documentación de este proyecto para emitir opiniones técnicas de la problemática que se vaya presentando. • Atenderá las solicitudes de visitas técnicas por parte de las autoridades de la CONAGUA o de la misma supervisora en forma periódica, extraordinaria o cuando se solicite con urgencia alguna consultoría para atender alguna problemática o cuestionamientos del comportamiento hidráulico. • Para la atención de los problemas o cuestionamientos que se vayan presentando, considerará la Normatividad vigente indicada en los presentes Términos de Referencia, así como de la bibliografía a utilizar, • Será el responsable de opinar y dar seguimiento y recomendaciones ó soluciones a los problemas o dudas que se presenten durante el avance de la obra. • Asistirá a reuniones cuando así se le solicite para emitir observaciones y comentarios oportunos de alguna situación o evento que se presente en obra • Por cada consultoría, visita ordinaria o extraordinaria, elaborará un informe con la definición de cuestionamientos, conocimiento del problema, análisis, observaciones, resultados, conclusiones y recomendaciones para implementar las medidas necesarias, acciones y políticas que se consideren, para que la obra sea ejecutada en tiempo, costo y calidad y lo presentará con oportunidad para atender y dar solución a la problemática o cuestionamiento, entregando el dictamen correspondiente debidamente firmado. • Asistirá a los representantes de la Residencia de Obra en la adopción de soluciones a problemas técnicos que se originen en relación a la obra, ya sean administrativos o de cualquier otra índole, así como adecuaciones al proyecto, especificaciones o al contrato de obra. Criterios de medición

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Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Residencia de Obra y que a juicio de ésta, haya desarrollado los servicios asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras. La residencia de la obra se reserva el derecho de poder adecuar el horario de la visita por necesidades propias de la obra sin que esto repercuta en costos adicionales para la dependencia. Forma de pago El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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Especialista en Estructuras Definición. Ingeniero Civil Titulado con estudios mínimos de maestría, con experiencia mínima de 10 años comprobable con la presentación de la documentación que avale su experiencia, anexa a su propuesta en el concurso, en asesorías y consultoría en problemáticas de estructuras de obras de Túneles, Lumbreras o de obras hidráulicas similares (túneles de 3.0 m de diámetro en adelante y lumbreras de 6 metros de diámetro en adelante, así como experiencia en calculo de atraques, silletas y la interacción de los empujes hidráulicos entre estructuras y con el suelo). Con conocimiento de la normatividad vigente, las normas y especificaciones de construcción e instalaciones de la Residencia de Obra y demás disposiciones aplicables por la Ley en esta materia. Con conocimiento del Contrato y Términos de Referencia de este proyecto Con capacidad de aplicación de criterios en el análisis de problemáticas y soluciones de esta disciplina para definición del rumbo de un proyecto. Que tenga amplio conocimiento del tema o temas que involucre el proyecto, para presentar sus criterios y sugerencias con nivel y oportunidad. Que cuente con Conocimiento de las instalaciones para análisis y comportamiento de estructuras del tipo en el que se construirá esta obra Que tenga el software de computación adecuado para análisis, cuando se requiera, que le permita distinguir detalles inaceptables o faltantes que se requieran para la seguridad y funcionalidad de la obra. Con conocimientos en la determinación de riesgos en obras civiles y la aplicación de medidas de solución y seguridad. Ortografía y redacción profesionales. Alcances y funciones Analizar los estudios, memorias de cálculo, planos y documentación de este proyecto para emitir opiniones técnicas de la problemática que se vaya presentando. Atenderá las solicitudes de visitas técnicas por parte de las autoridades de la CONAGUA o de la misma supervisora previo acuerdo con el residente de la obra, en forma periódica, extraordinaria o cuando se solicite con urgencia alguna consultoría para atender alguna problemática o cuestionamiento con las estructuras que se tengan o con la proyección de las estructuras que se construirán, que se vayan a presentar o cuestionamientos del comportamiento de las estructuras. Para la atención de los problemas ó cuestionamientos que se vayan presentando, considerará la Normatividad vigente indicada en los presentes Términos de Referencia, así como de la bibliografía a utilizar. Será el responsable de opinar y dar seguimiento y recomendaciones ó soluciones a los problemas o dudas que se presenten durante el avance de la obra. Asistirá a reuniones cuando así se le solicite para emitir observaciones y comentarios oportunos de alguna situación o evento que se presente en obra Por cada consultoría, visita ordinaria ó extraordinaria, elaborará un informe con la definición de

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cuestionamientos, conocimiento del problema, análisis, observaciones, resultados, conclusiones y recomendaciones para implementar las medidas necesarias, acciones y políticas que se consideren, para que la obra sea ejecutada en tiempo, costo y calidad y lo presentará con oportunidad para atender y dar solución a la problemática ó cuestionamiento, entregando el dictamen correspondiente debidamente firmado. Asistirá a los representantes de la Residencia de Obra en la adopción de soluciones a problemas técnicos que se originen en relación a la obra, así como adecuaciones al proyecto y especificaciones. Criterios de medición Para fines de medición y pago, el Precio Unitario del concepto de trabajo relacionado con este concepto, incluye la remuneración de los servicios profesionales por los cargos que se describen a continuación: Queda estipulado que el personal será sujeto de pago, solamente cuando exista autorización previa de la Residencia de Obra y que a juicio de ésta, haya desarrollado los servicios asignados en forma satisfactoria y que dichos recursos hayan permanecido en la zona de las obras. La residencia de la obra se reserva el derecho de poder adecuar el horario de trabajo por necesidades propias de la obra sin que esto repercuta en costos adicionales para la dependencia. Forma de pago El concepto de servicios relacionado con este concepto se pagará al Precio Unitario y por unidad de concepto de trabajo terminado que se establece en el Catálogo que forma parte de la Propuesta de los Servicios de Supervisión.

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NOTA IMPORTANTE.- La acreditación del personal deberá demostrarse con el señalamiento de las obras en que haya participado, puesto desempeñado y duración del mismo, nombre y teléfono de la empresa y del jefe inmediato, la dependencia verificara la autenticidad de la documentación entregada. Equipo mínimo requerido para los servicios de supervisión en obra, los cuales el proponente deberá considerar en sus costos indirectos. 5 Camionetas pick-up

6 Equipos de radiocomunicación. *2 Estación Total.

El equipo deberá estar calibrado, para que de una manera eficiente y satisfactoria se ejecuten los servicios motivo de éste contrato.

10 Equipos de cómputo y de impresión con internet y wifi. 1 Equipo de cómputo con internet y wifi (con mismas características descritas en párrafo

siguiente), y Plotter a color. El equipo de cómputo deberá tener como características actuales y vigentes, deberán contar con los CPU, Monitor a color de 17”, o Laptop, con CD-RW 24*16*50, DVD ROM, Autocad vigente, Neodata, Opus, Microsoft Office, etc., Los medios de impresión deberán ser capaces de manejar colores y cubrir totalmente las necesidades de impresión, de acuerdo a la longitud de los perfiles, este equipo se utilizará para todas las informaciones oficios o documentos, programas, etc.,

El paquete Microsoft Windows vigente, será suministrado por el contratista bajo licencia de autorización de uso al mismo.

El equipo de impresión (plotter nuevo) para plasmar los avances en los procesos de construcción, será obligatorio.

En el uso de este equipo deberá considerarse una cámara fotográfica digital y equipo de video grabación

1 Equipo de laboratorio completo, adecuado para cumplir con las necesidades de los servicios a desarrollar.

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NOTA IMPORTANTE.- EL TABULADOR ES INDICATIVO