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COOLAC
COOPERATIVA LABOYANA DE AHORRO Y CRÉDITO
MANUAL DE SARC
SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGO DE CREDITO (SARC)
Bogotá, noviembre de 2017
GESTIÓN DE GOBIERNO Código: MA – SC- 01
Página: 2 de 15
CÓDIGO DE SARC Emisión: XX-XXX-2017
Versión: 1 XX-XXX-2017
REGISTRO DE APROBACIONES ELABORO REVISO APROBÓ
VCL - OFC Auditores & Consultores María Gemma Gómez Rojas Consejo de Administración
Auditor Interno Directora Financiera y Administrativa Acta No xxxx
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1. INTRODUCCIÓN
El presente capítulo recopila los diferentes aspectos y políticas particulares para
administrar los riesgos de crédito y de contraparte, es una herramienta de consulta
que permita la observancia de los controles establecidos para la protección y
salvaguarda de los intereses de la cooperativa.
2. POLITICAS DE CREDITO
Para el cumplimiento de los objetivos de la Cooperativa y con el fin de desarrollar un
programa social y económico, acorde con las necesidades principales de los
asociados se tendrá como políticas generales las siguientes:
El servicio de crédito será considerado como la actividad principal de la Cooperativa, procurando que su utilización por parte de los asociados se haga en forma racional y técnica a fin de que contribuyan efectivamente al mejoramiento de las condiciones de vida del asociado, de sus familias y de la comunidad en general.
Acorde con lo anterior la Cooperativa orientará el crédito, de manera principal hacia las actividades productivas para el incremento de los ingresos, por ende, el mejoramiento del nivel de vida los asociados orientándolos para desarrollar las líneas de crédito de consumo en sus modalidades de crédito corriente, emergente, asociativo, convenios entre otros. Que permitan promover el desarrollo empresarial como medida a la generación de empleo, así mismo todas estas modalidades de crédito, tendrá principal propósito integrar los canales de comercialización y globalizar la economía local.
Consecuente con las normas legales y en especial con el presente reglamento de la Cooperativa como institución de servicios y no de lucro se procurará establecer costos para estos servicios a las tasas competitivas del mercado, permitidas por la ley teniendo en cuenta las necesidades administrativas de la Cooperativa y el costo de capitales propios y externos que se dediquen a tal actividad. Siempre en aras del cubrimiento de costos generales de la cooperativa para la actividad.
Se procurará dar máxima seguridad a los servicios, consecuentes con la necesidad de defender la integridad de los depósitos de los ahorradores, estableciendo formas de garantía que sin entrabar la normal y oportuna presentación del servicio del crédito sea suficiente respaldo y ofrezca el máximo de seguridad sobre la posibilidad de recuperar créditos. Se aplicará así mismos mecanismos complementarios como provisión para la protección de cartera y la contratación de seguros que protejan las deudas a cargo de los asociados que utilicen los créditos, así mismo se tendrá en cuenta la minimización de todos los riesgos crediticios.
La eficiencia administrativa del crédito será preocupación constante y para ello se establecerá normas más adecuadas y los procedimientos más ágiles, claros y seguros a fin de que esta política pueda ser cumplida.
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Será política permanente de la Cooperativa velar por el cumplimiento de la normatividad establecida para el manejo del crédito y la cartera y en especial la circular básica financiera 004 del 2008 en su Capítulo II.
Para efectos de asociados que tienen créditos con la cooperativa y tengan cupo y capacidad de pago y garantías tendrá oportunidad de otorgar un segundo crédito, se puede adicionar un nuevo crédito de acuerdo a su capacidad de pago y garantías ofrecidas, (se tendrá en cuenta su cumplimiento y que sus créditos estén al día) todo bajo responsabilidad del comité y gerencia general.
Los miembros del Consejo de Administración, Gerencia General, Jefe de Cartera, Gerente de Sucursal y directores podrán dar referencia y fe para la aprobación de créditos bajo su responsabilidad, sin perjuicio a la decisión tomada por el comité, gerencia y Consejo de Administración en forma escrita.
En los procesos que adelante la Cooperativa con referencia a planes de normalización cartera y en especial con los de difícil cobro se manejara de acuerdo con las circunstancias y habilidades del manejo del comité, gerencia general y el personal administrativo.
3. MERCADO OBJETIVO
Podrán beneficiarse de los servicios de crédito que la Entidad ofrece, las personas
naturales o jurídicas que acrediten el vínculo de asociación con la entidad según las
normas internas y se encuentren al día en cumplimiento de sus obligaciones y que no
se encuentren sancionados.
4. OBJETIVO DEL CRÉDITO
El objetivo del crédito de la Cooperativa será conceder el préstamo a los asociados en
condiciones favorables, de acuerdo con las tasas establecidas por la ley y las
determinaciones adoptadas en la asamblea general a un costo razonable y de forma
oportuna para financiar actividades de tipo productivo y para satisfacer las
necesidades personales y familiares, procurando que el crédito contribuya al bienestar
económico y social del asociado, su familia y la comunidad en general.
5. FUENTES INTERNAS DE RECURSOS
Fundamentalmente se prestará el servicio de crédito con base en los recursos propios
captados entre los asociados, procurando estimular de manera especial la
capitalización y el ahorro como fuentes principales.
6. FUENTES EXTERNAS
Como complemento al esfuerzo propio del asociado, la Cooperativa podrá adquirir
recursos externos para satisfacer la demanda de créditos, en caso de necesidad
comprobada, previa autorización del Consejo de Administración y que el costo de
dichos recursos posibilite la aplicación de márgenes adecuados de intermediación
financiera sin detrimento del criterio social que caracteriza a Coolac.
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7. GARANTÍAS
Se procurará dar el máximo de seguridad al servicio de crédito, consecuente con la
necesidad de defender la integridad de los aportes y ahorros de los Asociados,
estableciendo formas de garantía que, sin entrabar la normal y oportuna prestación del
servicio de los Asociados, sean suficiente respaldo y ofrezcan máxima seguridad
sobre posibilidades de recuperar los créditos.
Se establecerán así mismos mecanismos complementarios como la provisión, para
protección de cartera y contratación de seguros que protejan las deudas a cargo de los
asociados.
8. DEMOCRATIZACIÓN DEL CRÉDITO
Se tendrá como criterio básico la necesidad de dar el servicio a la totalidad de los
Asociados. Aplicando en consecuencia normas que permitan una máxima rotación de
los recursos.
9. EFICIENCIA ADMINISTRATIVA
La eficiencia administrativa del crédito será preocupación constante y para ello se
establecerán las normas más adecuadas y los procedimientos más ágiles, claros y
seguros, a fin de que estas políticas puedan ser cumplidas.
10. RESPONSABILIDAD EN EL PAGO DE LOS CRÉDITOS
El no pago oportuno le representa a la Entidad la generación de cartera morosa, con la
consecuente afectación del gasto al tener que incrementar sus provisiones, además
del deterioro que ésta situación genera en los indicadores de evaluación de riesgos de
la misma.
Para el asociado, el cumplimiento de sus obligaciones crediticias, le acarrea el pago
de intereses moratorios y el deterioro de su historial crediticio, el cual debe ser
reportado a la central de riesgos donde esté inscrita la entidad.
11. INTERÉS DE MORA
En caso de mora parcial o total en el pago de los créditos, la Cooperativa cobrará un
interés mensual sobre las cuotas de capital en mora, equivalente a la diferencia entre
la tasa máxima legal y el interés pactado en el pagaré; sin perjuicio de los derechos y
acciones que pueda ejercer la entidad para obtener el recaudo del crédito.
12. INFORMACIÓN PERMANENTE
En las actividades de educación, promoción, divulgación y publicidad de Coolac, se
hará especial referencia al servicio del crédito, con el propósito de transmitir a la base
social la información suficiente sobre este destacado que hacer institucional, crearle
conciencia sobre la importancia económico-social del mismo y, sobre todo, sobre su
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correcta utilización y acerca de lo imprescindible de practicar los mejores hábitos de
pago.
Tendrá prioridad la información al deudor y codeudores potenciales, antes de que
éstos firmen los documentos mediante los cuales se instrumente un crédito o
manifieste su aceptación, como mínimo sobre los siguientes aspectos:
Monto del crédito. Tasa de interés remuneratoria y moratoria nominal anual y sus equivalentes
expresados en términos efectivos anuales. Plazo de amortización. Modalidad de la cuota (fija, variable, otras). Forma de pago (descuento por nómina, otras). Periodicidad en el pago de capital y de intereses (vencida o anticipada). Tipo y cobertura de la garantía.
Si se trata de créditos otorgados con tasa de interés fija, se hará entrega de la tabla de
amortización donde se establezcan los pagos correspondientes o amortización de
capital e intereses.
En general, toda la información que resulte relevante y necesaria para facilitar la
adecuada comprensión del alcance de los derechos y obligaciones del acreedor y los
mecanismos que aseguren su eficaz ejercicio.
13. NORMAS DE CRÉDITO
13.1 REQUISITOS
Para conceder un préstamo a un asociado, éste deberá cumplir con los siguientes
requisitos previos:
Ser asociado hábil de la Cooperativa El valor solicitado deberá ajustarse a las cuantías de certificaciones de aportación
y reglamentaciones existentes. Estar al día en el cumplimiento de las obligaciones de crédito con la entidad. Diligenciar el formulario dispuesto por la Entidad con toda la información requerida
y anexar la documentación correspondiente, tanto por el deudor como por los codeudores.
Autorizar a la Entidad para verificar la información correspondiente en las centrales de riesgo y al análisis de su crédito.
Referencias comerciales y/o bancarias por escrito y fotocopia de extractos bancarios y tarjeta de propiedad si posee.
Fotocopia de impuesto predial, si tiene propiedad. Si posee ingresos por arriendos debe traer contrato autenticado en notaría. Demostrar capacidad de endeudamiento y de pago con base en los ingresos
propios provenientes de su actividad económica y que la cuota mensual para cumplir sus obligaciones con la Entidad no sea superior al 50% de la totalidad de ingresos familiares ordinarios mensuales.
Que el solicitante tenga dependencia laboral con contrato a término definido o indefinido como mínimo de un (1) año o si es independiente como mínimo dos (2) años desarrollando su actividad.
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Ofrecer garantías satisfactorias para respaldar el crédito. Presentar un buen historial en el manejo de crédito. Fotocopia de la cédula de ciudadanía de deudor y codeudores ampliada al 150%. Certificado laboral del deudor y codeudor en el que conste: sueldo, tiempo de
servicio, tipo de contrato, cargo. Colilla de pago del último mes. Acreditar los demás requisitos que se exijan de acuerdo con la modalidad y
cuantía del préstamo a utilizar. Que cumplan las demás condiciones establecidas en el reglamente de crédito. En caso de presentar un codeudor independiente se exigirán los siguientes
documentos:
o Declaración de renta.
o Certificado Cámara de Comercio, no superior a un (1) mes.
o Últimos dos (2) extractos bancarios.
o Balance y estado de resultados
o Informe de visita a la empresa
14. POLITCA DE GARANTIAS
Los asociados de COOLAC LTDA están obligados a asegurar el cumplimiento de sus
créditos, otorgando las garantías que el organismo competente les solicite y que
deberán ser al menos:
14.1 Personales:
Las otorgadas mediante pagaré suscrito por:
El asociado
Sus codeudores
14.2 Reales:
Hipotecarias
Prendarías sin tenencia
15. PROCESO DE OTORGAMIENTO DE CREDITO
Constituye la fase en la cual se adelanta el contacto con el Asociado interesado; se
identifican las condiciones mínimas de negociación; se recepciona y adelanta la
evaluación de las condiciones de la solicitud; se determina la viabilidad del crédito y
las condiciones en que se adelantará el acuerdo crediticio; se formalizan los
instrumentos y el acuerdo crediticio; se adelanta el desembolso y se realiza el archivo
de la documentación generada en el proceso propiamente.
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16. ESTUDIO DE CRÉDITOS
El Consejo de Administración, el Comité de Crédito o el Gerente, según el caso,
estudiarán las solicitudes de acuerdo con la demanda y disponibilidad de recursos de
la entidad, procurando atenderlas en orden de llegada y velará porque el plazo para su
aprobación y desembolso se ajuste a lo establecido.
Para el estudio y aprobación de las solicitudes de créditos, se tendrá en cuenta los
siguientes aspectos:
17. CONTACTO CON EL ASOCIADO INTERESADO (ASESORÍA)
En esta fase se inicia la relación de negocios con el usuario de crédito; sea a través de
una solicitud de crédito escrita, personal, telefónica, correo electrónico, etc.
La relación crediticia puede ser buscada por acercamiento del Asociado a la
Cooperativa, ò viceversa, teniendo siempre presente el mercado objetivo previamente
definido en los estatutos.
Los medios utilizados por COOLAC son:
Oficina principal
Stand Promocional
Vía Internet
Vía Telefónica
18. IDENTIFICACION DE LAS CONDICIONES MÍNIMAS DE NEGOCIACIÓN
Las condiciones mínimas de negociación que se observarán son las siguientes:
18.1 Del Asociado
Su condición económica es dependiente o independiente laboral A que tipo de empresa está vinculado: ¿oficial o privada? ¿Cuál es su antigüedad laboral? ¿A cuánto ascienden sus ingresos mensuales? ¿Tiene experiencia crediticia? ¿Como ha sido su experiencia crediticia?
18.2 De la Entidad
Valor máximo de crédito (50) SMMLV. Valor mínimo de crédito (1) SMMLVC. ¿Como es la exigencia de garantías? ¿Qué documentación solicita la entidad? Tasa fija en todas las modalidades de crédito.
19. RECEPCIÓN DE LA SOLICITUD Y EVALUACIÓN DE LAS CONDICIONES
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Una vez se han acordado las condiciones mínimas en que se adelantará la
negociación y el Asociado diligencie la solicitud de crédito y adjunte los documentos
solicitados, se procede a su recepción por parte del funcionario encargado de la
Cooperativa. Para dar como recibida una solicitud de crédito la Entidad debe
garantizar que existan las siguientes condiciones documentales:
Que el formato de “Solicitud de Crédito” se encuentre total y debidamente diligenciada
por parte del solicitante. Ello implica:
Que no existan campos en blanco o dejados de diligenciar Que el formato de “Solicitud de Crédito” este diligenciado de manera clara y sin
enmendaduras Que los documentos adicionales que le hayan sido requeridos al momento de la
Asesoría se encuentren anexos a la solicitud de crédito en su totalidad. Verificar que la información que se registra tanto en el formato de “Solicitud de
Crédito” como en los documentos anexos sea correcta, en cuanto a fechas, firmas autorizadas, entre otras.
En el evento de existir duda, se deben hacer las precisiones del caso hasta que estas
queden aclaradas.
Nota: COOLAC no acepta como solicitud “Recibida” aquella que no observe los
criterios arriba mencionados. Por lo anterior, el funcionario responsable no puede
aceptar la recepción de tales documentos en tanto generen dudas o ambigüedades.
20. DETERMINACION DE LA VIABILIDAD DE LA SOLICITUD
En esta fase se debe dar especial importancia a los elementos básicos de la solicitud
de crédito, como:
Monto de la solicitud Destino ò propósito del crédito Plazo Fuente de pago Experiencia crediticia interna y externa, entre otros. Tipo de Asociados: Dependiente o Independiente Si es dependiente, debe constar la empresa a la cual se encuentra vinculado
Posteriormente y, una vez identificados los aspectos de la solicitud como del Asociado,
se procede a realizar la confrontación de la información suministrada por este. La
información del Asociado debe ser sometida a una verificación objetiva y suficiente.
Una efectiva verificación de información garantiza una larga relación crediticia.
Los aspectos mínimos de los Asociados que deben ser constatados, verificados y
consignados en el sistema son:
Dirección y teléfono residenciales del solicitante como de los codeudores Dirección y teléfono laborales y / o comerciales del solicitante como de los
codeudores
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Referencias personales, familiares y comerciales y / o laborales Experiencia crediticia en centrales de riesgo del solicitante como de los
codeudores
Concluida la fase de verificación de información, se entra a la determinación de la
conveniencia o no de la negociación que se encuentra en proceso, teniendo presente
que la necesidad crediticia del Asociado y el riesgo que la Entidad está dispuesta a
asumir confluyen hacia un punto de interés común y se garantice por consiguiente la
iniciación o mantenimiento de una sana relación comercial de orden crediticio entre las
partes.
Para los efectos se debe evaluar la información relacionada con los siguientes factores
claves de la solicitud y son:
Monto solicitado. Destino ò propósito del préstamo, este factor tiene gran importancia cuando la
solicitud en proceso es de carácter comercial Plazo solicitado Fuente de pago Forma de pago que el Asociado plantea ò propone Garantías ofrecidas
La evaluación de los factores anteriores pretende en última instancia medir el nivel de
riesgo crediticio que se presenta. Aquí se hace un diagnóstico socioeconómico
cualitativo y cuantitativo del riesgo crediticio que la Entidad está dispuesta a asumir.
Por otra parte, la evaluación del riesgo permite establecer las condiciones para hacer
resaltar su identificación. Para ello se aprovecha el valor técnico de los siguientes
factores de crédito.
21. FACTORES
21.1 Carácter Crediticio
El carácter crediticio del solicitante pretende definir su DESEO DE PAGAR. Los
aspectos que determinan tal condición son:
Honestidad e integridad del prestatario. Experiencia crediticia en la entidad Experiencia crediticia en el medio
21.2 Capacidad de Pago
Se debe identificar y cuantificar cual es la PRIMERA FUENTE DE PAGO del préstamo
solicitado. La suma y combinación del Carácter y la Capacidad definen el derecho a la
aprobación del crédito. Los aspectos soportes de tal evaluación son:
Ingresos periódicos Egresos periódicos
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Empresa donde labora Antigüedad laboral en esa empresa
21.3 Capital o solvencia económica
Representa la habilidad para soportar las exigencias que implican los flujos futuros del
compromiso a adquirir. Para los efectos, se observan los siguientes aspectos:
Ingresos del cónyuge Vivienda propia o arrendada Saldo promedio de la cuenta de ahorro Saldos en otros tipos de ahorro Saldo de aportes sociales Saldo de cesantías
21.4 Condiciones
Corresponde al análisis del entorno de la persona que presenta la solicitud en proceso.
Los aspectos que considerar son:
Condiciones económicas y políticas de la localidad o región donde habita y adelanta su actividad laboral o comercial el solicitante
Perspectivas que muestra el sector económico donde adelanta la actividad laboral o comercial el solicitante
Impactos de la aplicación de las políticas laborales a nivel macro
22. CONCEPTO DE VIABILIDAD
El resultado final de la fase anterior constituye un concepto sobre la viabilidad de una
solicitud de crédito. Ello debe quedar debidamente registrado en el formato de
“Análisis de Crédito”; es la evidencia final y consolidada de todas las fases anteriores.
Adicionalmente, el funcionario que adelantó el respectivo análisis debe dar su
concepto final sobre la solicitud; este aspecto se convierte en definición para que la
instancia responsable tome la decisión sobre la aprobación, aplazamiento o negación
de la solicitud.
23. TIPO DE DECISION
23.1 Aprobada
Cuando la solicitud, una vez curso las diferentes etapas de verificación y análisis, fue
aprobada por la instancia responsable
23.2 Aplazada
Cuando por razones tales como falta de documentación, información insuficiente,
deficiencia en las garantías, entre otras, la aprobación se aplaza
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23.3 Negada
Cuando la solicitud se niega.
23.4 Responsabilidades de las Instancias de aprobación:
Dejar evidencia física sobre la decisión tomada en cada una de las solicitudes de
crédito Firmando las actas respectivas
24. DESEMBOLSO
Los aspectos para tener presente son:
Que los diferentes soportes del crédito se encuentren debidamente formalizados Que el tomador del servicio tenga claro conocimiento de la responsabilidad que el
asume en este proceso. Que se haya formalizado la correspondiente orden de deducción, cuando el
usuario es por deducción de nomina y se encuentre debidamente firmada por el pagador de la empresa.
Que se constate el documento de identidad tanto del solicitante como del codeudor.
Que el tomador del servicio tenga pleno conocimiento del valor de la cuota periódica como del plazo a que fue adjudicado el servicio
Que la operación realizada haya sido depositada en la cuenta de ahorro del usuario del servicio.
Que en el evento que los recursos sean entregados en cheque, que éste observe las correspondientes seguridades.
25. ARCHIVO DE LA DOCUMENTACIÓN
Los aspectos por tenerse en cuenta son:
Cada usuario de crédito debe tener su propia carpeta individual Esta debe ser ordenada por número del documento de identidad El almacenamiento de la papelería del crédito se ordena colocando en primer
orden la solicitud de crédito y seguido a ella los restantes documentos soportes. El pagaré debe ser conservado en una carpeta diferente dedicada exclusivamente
a la custodia de dichos documentos de manera centralizada. Esta carpeta puede ser física como magnética. 26. FACULTADES
El Consejo de Administración, tendrá la facultad, según estudio previo de la situación
económica de la Entidad de modificar los topes, plazos mínimos y máximos de cada
modalidad de crédito; al igual que la fijación de tasas de interés mensuales con base
en el comportamiento del mercado financiero, sin exceder de la tasa máxima de usura,
fijada por la Superfinanciera.
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27. LIMITE DE ENDEUDAMIENTO
La Entidad podrá conceder uno o más créditos al asociado en una misma línea, sin
exceder el tope fijado en cada modalidad y sin que el monto de crédito por cada
asociado supere el 10% del patrimonio técnico de la Cooperativa.
En caso de deducción de nómina ningún asociado podrá comprometer más del 50%
de sus ingresos mensuales para el pago de las cuotas de amortización pactada para
cancelar sus obligaciones; por lo tanto, COOLAC exigirá el certificado de ingresos y
retenciones y/o colilla de pago de la entidad a la cual está vinculado el asociado
laboralmente.
28. CAPITALIZACION POR SERVICIOS
Se podrá implementar el pago de capitalización mensual en la cuota de crédito según
los estatutos de la entidad
29. RESPONSABILIDAD
Serán personal y administrativamente responsables los miembros de los organismos
de decisión, (gerencia, comité de crédito y Consejo de administración), que otorguen
créditos en condiciones que incumplan las disposiciones legales sobre la materia y las
contenidas en los estatutos y el presente reglamento.
30. INTERESES
Los intereses a cobrar por créditos otorgados deberán tener en cuenta tanto la
rentabilidad para la Cooperativa como el beneficio para los asociados, así como el
costo de los recursos externos, las normas legales que regulan la materia y las
circunstancias cambiantes del mercado financiero.
Se podrá cobrar una tasa de interés por mes vencido sobre saldos; e igualmente
cobrará intereses por mora sobre las cuotas atrasadas, el interés será fijado de
acuerdo con las disposiciones legales.
31. AMORTIZACIÓN
La amortización de los créditos se hará de acuerdo con la forma como el asociado
recibe su salario (quincenal, mensual o de pago único).
El asociado podrá pagar cuotas extras con las primas de servicios, convenidas al
momento de la aprobación de la solicitud de crédito, no obstante, al incluir cuotas
periódicas, no podrá exceder el plazo máximo señalado para la correspondiente línea
de crédito.
En caso de que el asociado desee efectuar abonos distintos a los pactados
inicialmente, éstos podrán destinarse para disminuir el plazo de la deuda o para
disminuir las cuotas periódicas.
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En el caso de descuentos por nómina, el hecho de que el pagador de la empresa
donde labora el asociado no efectúe las deducciones correspondientes a una o más
cuotas de sus obligaciones, no exime al asociado de su obligación de cancelarlas
oportunamente en las oficinas de la entidad o en los bancos donde se tengan
convenios de recaudo.
El incumplimiento descrito en el párrafo anterior permitirá a la Entidad el aumento de
las retenciones sin perjuicio de las sanciones que, dadas las circunstancias, imponga
el Consejo de Administración de acuerdo con el estatuto.
32. AMORTIZACIÓN DE CRÉDITOS
La amortización, tanto del crédito como de los intereses, se hará mediante cuotas
quincenales o mensuales uniformes, cuotas fijas vencidas, a través de la retención
quincenal por nómina o pago por ventanilla, según lo acordado; sin embargo, se
podrán pactar otras formas de pago, previo otorgamiento de garantías, las cuales
serán aprobadas por el Consejo competente.
Si al momento de desvincularse de la empresa donde labora el asociado no cubre con
su liquidación definitiva de prestaciones sociales y aportes, el saldo de la deuda, la
administración de la Entidad, a solicitud del asociado, podrá renegociar la forma de
pago y el plazo.
33. LINEAS DE CREDITO Y DESTINO
Para efectos de información y evaluación del riesgo crediticio, la aplicación de normas
contables y constitución de provisiones la cartera de crédito se clasificará en:
Créditos de Consumo
Créditos de Vivienda
Micro crédito Empresarial
Micro crédito Inmobiliario
Créditos Comerciales
34. DESTINO DEL CRÉDITO
Siendo consecuentes con la finalidad y propósito de las empresas de economía
solidaria – propender por el desarrollo integral del asociado y su comunidad - los
créditos deben tener como destino, suplir las necesidades de vivienda, educación,
salud, recreación, generación de empleo y desarrollo productivo.
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35. ADMINISTRACION DEL CREDITO
La entidad solidaria debe ejercer un estricto seguimiento y control del proceso de
crédito, desde la radicación hasta su desembolso observando que se cumplan los
parámetros de eficiencia y oportunidad.
La responsabilidad durante el proceso de crédito es de quien interviene en cada etapa,
ya que según atribuciones es quien toma la decisión
La Cooperativa se reserva el derecho de aprobar o negar cualquier solicitud de crédito.
La empresa debe efectuar periódicamente seguimiento a las garantías, hábitos de
pago y situación financiera de los asociados.
Las operaciones de crédito requieren de seguimiento, para observar que los recursos
sean utilizados de la forma acordada y no en provecho de terceros.
Se recomienda que ningún asociado reciba un nuevo crédito, cuando se encuentre
moroso en sus obligaciones con la empresa, crédito o aportes.
Todo crédito aprobado debe ser informado al asociado el cual tendrá un mes de plazo
para formalizar el desembolso, si no se hace efectivo el desembolso del crédito en
dicho plazo, se deberá iniciar nuevamente el proceso de trámite del crédito, o como
mínimo actualizar la papelería y la información.
Cuando se compruebe que el prestatario ha variado el destino del préstamo en
detrimento de la imagen de la Cooperativa, ha desmejorado la garantía otorgada, o ha
incumpliendo las condiciones inicialmente pactadas; el Consejo de administración
podrá hacer efectiva la cláusula aceleratoria para recuperar los recursos.
La empresa podrá descontar del monto a desembolsar un porcentaje para cubrir el
costo del seguro del crédito.
El asociado cancelará por caja el valor de la consulta realizada a la central de riesgo y
el estudio de crédito.
Lo anterior, además de los impuestos de ley que graven el contrato de mutuo, que
será descontado al momento del desembolso.
36. VIGENCIA
El texto del presente Código de SARC fue actualizado en reunión ordinaria del
Consejo de Administración de xxx de xxx de xxxx, según consta en el Acta No. Xxxxx
de la misma fecha, deroga toda disposición que le sea contraria y entrará en vigor a
partir de la firma del presente reglamento.
GESTIÓN DE GOBIERNO Código: MA – SC- 01
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CÓDIGO DE SARC Emisión: XX-XXX-2017
Versión: 1 XX-XXX-2017
REGISTRO DE APROBACIONES ELABORO REVISO APROBÓ
VCL - OFC Auditores & Consultores María Gemma Gómez Rojas Consejo de Administración
Auditor Interno Directora Financiera y Administrativa Acta No xxxx
11-noviembre-2017 xx-xxxx-2017 xxx-xxxxx-2017
xxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxx
Presidente Consejo de Administración Secretario Consejo de Administración