convocatoria de subvenciones a excmo ... -...

15
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010. ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD Sección de Juventud 1 (RESUMEN PARA INCLUIR EN EL PAGINA WEB DEL ESPACIO JOVEN) BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES JUVENILES DE SALAMANCA. AÑO 2010. * Publicadas en el B.O.P DE SALAMANCA NUM. 63, DE 6 DE ABRIL DE 2010. * El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca. * Las solicitudes se deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Salamanca (C/ Iscar Peyra nº12) * A cada solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación original o copia compulsada: a) Un ejemplar original del proyecto subvencionable, conforme se regula en eL Art. 5 de estas Bases. b) Documentos que acrediten las inscripciones en el Registro de Asociaciones Juveniles de la Junta de Castilla y León y en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Salamanca. c) Acreditación documental de la representación que ostenta la persona firmante de la solicitud, mediante la presentación de la fotocopia de los Estatutos o del acta del acuerdo adoptado al respecto por el correspondiente órgano de la asociación. d) Fotocopia del C.I.F./N.I.F. de la asociación juvenil y del D.N.I. del firmante de la solicitud. e) Declaración responsable, conforme al ANEXO II, del presidente o representante legal de la asociación juvenil, haciendo constar los siguientes hechos: 1) Que el domicilio social de la asociación juvenil se encuentra ubicado en la ciudad de Salamanca. 2) Que la asociación juvenil no ha recibido subvenciones ni ayudas económicas de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, para sufragar el coste del proyecto subvencionado presentado o en caso contrario, expresar las subvenciones o ayudas recibidas, con indicación de la personalidad del otorgante y su cuantía. 3) Que la asociación juvenil no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 4) Que la asociación juvenil se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. f) Certificado emitido por la entidad bancaria referido al número de cuenta donde se deba ingresar la subvención. g) Otros documentos que la asociación considere oportunos y puedan permitir una mejor valoración de la solicitud y acrediten la aplicación de los criterios de valoración establecidos en el Art. 14 de estas Bases.

Upload: vanlien

Post on 16-Oct-2018

218 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010.

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD

Sección de Juventud

1

(RESUMEN PARA INCLUIR EN EL PAGINA WEB DEL ESPACIO JOVEN) BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES JUVENILES DE SALAMANCA. AÑO 2010. * Publicadas en el B.O.P DE SALAMANCA NUM. 63, DE 6 DE ABRIL DE 2010. * El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca. * Las solicitudes se deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Salamanca (C/ Iscar Peyra nº12) * A cada solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación original o copia compulsada:

a) Un ejemplar original del proyecto subvencionable, conforme se regula en eL Art. 5 de estas Bases.

b) Documentos que acrediten las inscripciones en el Registro de Asociaciones Juveniles de la Junta de Castilla y León y en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Salamanca.

c) Acreditación documental de la representación que ostenta la persona firmante de la solicitud, mediante la presentación de la fotocopia de los Estatutos o del acta del acuerdo adoptado al respecto por el correspondiente órgano de la asociación.

d) Fotocopia del C.I.F./N.I.F. de la asociación juvenil y del D.N.I. del firmante de la solicitud. e) Declaración responsable, conforme al ANEXO II, del presidente o representante legal de la

asociación juvenil, haciendo constar los siguientes hechos: 1) Que el domicilio social de la asociación juvenil se encuentra ubicado en la ciudad de

Salamanca. 2) Que la asociación juvenil no ha recibido subvenciones ni ayudas económicas de personas

físicas o jurídicas, públicas o privadas, para sufragar el coste del proyecto subvencionado presentado o en caso contrario, expresar las subvenciones o ayudas recibidas, con indicación de la personalidad del otorgante y su cuantía.

3) Que la asociación juvenil no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

4) Que la asociación juvenil se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

f) Certificado emitido por la entidad bancaria referido al número de cuenta donde se deba ingresar la subvención.

g) Otros documentos que la asociación considere oportunos y puedan permitir una mejor valoración de la solicitud y acrediten la aplicación de los criterios de valoración establecidos en el Art. 14 de estas Bases.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010.

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD

Sección de Juventud

2

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES JUVENILES DE SALAMANCA. AÑO 2010.

Artículo 1. Legislación Aplicable. 1. La Legislación aplicable a esta Convocatoria, será la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,

General de Subvenciones, el R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal de 2010, las presentes Bases y demás normativa aplicable, en consideración a los sujetos intervinientes y al objeto de la convocatoria.

2. La presente convocatoria se regirá por los principios de publicidad, transparencia,

concurrencia, objetividad, igualdad, no-discriminación, eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

Artículo 2. Objeto y finalidad. 1. La presente convocatoria tiene por objeto y finalidad la concesión y distribución de

subvenciones entre asociaciones juveniles como medida de fomento, colaboración en la ejecución de determinados proyectos o actividades juveniles y que cumplan las presentes Bases.

Artículo 3. Financiación de la convocatoria y cuantía de las subvenciones. 1. La financiación de las subvenciones concedidas al amparo de estas Bases, se realizará con

cargo a la aplicación presupuestaria nº 33060-489.00 “Juventud. Transferencias Corrientes”, del presupuesto del año 2010, por importe de 40.000 €.

2. La anterior cuantía se distribuirá entre las asociaciones juveniles beneficiarias, conforme a la

regulación establecida en las presentes Bases, sin que en ningún caso la cuantía total de las subvenciones otorgadas pueda ser superior al límite de financiación establecido en el anterior apartado.

3. El importe máximo de la subvención concedida a una asociación juvenil, no podrá exceder

del 75% del presupuesto total del proyecto subvencionable, ni superar, aislada o conjuntamente con otras ayudas, subvenciones o ingresos de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, el 100% del coste del proyecto subvencionado.

4. Siempre que se respeten los límites fijados en el anterior apartado, la subvención concedida

en virtud de la presente convocatoria será compatible con otras ayudas o ingresos, que pudieren percibir las asociaciones juveniles para sus respectivos proyectos subvencionables.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010.

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD

Sección de Juventud

3

Artículo 4. Beneficiarios y requisitos de los solicitantes. Podrán ser beneficiarios y solicitar subvención en la presente convocatoria, las asociaciones

juveniles que cumplan los siguientes requisitos: a) Que se encuentren legalmente constituidas como tales antes de la finalización del plazo de

presentación de solicitudes y no tengan ánimo de lucro. b) Estar inscritas en el Registro de Asociaciones Juveniles de la Junta de Castilla y León y en el

Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Salamanca. c) Que su domicilio social se encuentre ubicado en la ciudad de Salamanca. d) Que el proyecto subvencionable a que se refiere el Art. 5, tenga como destinatarios a los

jóvenes de la ciudad de Salamanca. e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda

Estatal y Local y frente a la Seguridad Social. f) No encontrarse incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en el Art. 13.2 y 3 de la

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. g) Haber justificado, en su caso, las subvenciones de convocatorias anteriores en las condiciones

y los plazos establecidos. Artículo 5. Proyectos subvencionables. 1. Tendrán la consideración de proyectos subvencionables, todos aquellos proyectos o

actividades ejecutadas por las asociaciones juveniles durante el período comprendido entre el día 1-enero-2010 el 1-diciembre-2010, que reuniendo todos los requisitos de esta convocatoria, desarrollen servicios y actividades que tengan por destinatarios a los jóvenes de la ciudad de Salamanca, con el fin de obtener un efectivo desarrollo y protección de sus derechos, así como impulsar su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural, y se enmarquen dentro de los distintos ámbitos de actuación y de actividades previstas en la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León (BOCYL nº 139, de 19-07-2002).

2. Cada asociación juvenil podrá concurrir a la presente convocatoria con la presentación de un

único proyecto subvencionable. 3. Los proyectos subvencionables deberán contener necesariamente los siguientes apartados: • Fundamentación que justifique adecuadamente su oportunidad y necesidad. • Determinación de los objetivos a conseguir. • Descripción de las actividades a desarrollar. • Presupuesto detallado con indicación de ingresos y gastos previstos, así como de la

cantidad solicitada. • Temporalización de las actividades con indicación de la duración y calendarización de las

mismas. • Descripción de la metodología con la que se llevará a cabo el proyecto. • Descripción del sistema de seguimiento y evaluación previsto para asegurar el correcto

desarrollo del proyecto y la valoración de sus resultados.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010.

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD

Sección de Juventud

4

Artículo 6. Gastos subvencionables. 1. De conformidad con lo dispuesto en el art. 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,

General de Subvenciones, que será directamente aplicable a esta convocatoria, tendrán la consideración de gastos subvencionables todos aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza del proyecto subvencionado, se incluyan en el presupuesto original y se realicen en el plazo comprendido entre el día 1-enero-2010 y el día 1-diciembre-2010. A este respecto, la subvención concedida se destinará exclusivamente a cubrir los gastos subvencionables.

2. Igualmente serán gastos subvencionables, los gastos de funcionamiento de las asociaciones

juveniles, entendiéndose por tales únicamente los gastos de material de oficina, los suministros (agua y energía eléctrica) y comunicaciones (teléfono e internet) hasta un máximo de un 25% de la cantidad concedida.

3. Los tributos son gasto subvencionable cuando la asociación beneficiaria de la subvención los abona efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

Artículo 7. Formalización de las solicitudes y documentación. 1. La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca y en

el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Salamanca, durante el plazo de presentación de solicitudes. 2. Las solicitudes y los correspondientes ANEXOS de estas Bases, se encontrarán a disposición

de los asociaciones juveniles interesadas en las oficinas de la Sección de Juventud del Ayuntamiento de Salamanca, C/ José Jáuregui nº 16 (ESPACIO JOVEN) de Salamanca.

3. La solicitud se formalizará conforme al ANEXO I de las presentes Bases, irán dirigidas al

Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Salamanca, suscritas por el representante legal de la asociación juvenil, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Salamanca o por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. A cada solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación original o copia compulsada: a) Un ejemplar original del proyecto subvencionable, conforme se regula en eL Art. 5 de estas

Bases. b) Documentos que acrediten las inscripciones en el Registro de Asociaciones Juveniles de la

Junta de Castilla y León y en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Salamanca. c) Acreditación documental de la representación que ostenta la persona firmante de la solicitud,

mediante la presentación de la fotocopia de los Estatutos o del acta del acuerdo adoptado al respecto por el correspondiente órgano de la asociación.

d) Fotocopia del C.I.F./N.I.F. de la asociación juvenil y del D.N.I. del firmante de la solicitud. e) Declaración responsable, conforme al ANEXO II, del presidente o representante legal de la

asociación juvenil, haciendo constar los siguientes hechos: 1) Que el domicilio social de la asociación juvenil se encuentra ubicado en la ciudad de

Salamanca. 2) Que la asociación juvenil no ha recibido subvenciones ni ayudas económicas de personas

físicas o jurídicas, públicas o privadas, para sufragar el coste del proyecto subvencionado presentado,

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010.

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD

Sección de Juventud

5

o en caso contrario, expresar las subvenciones o ayudas recibidas, con indicación de la personalidad del otorgante y su cuantía.

3) Que la asociación juvenil no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

4) Que la asociación juvenil se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

f) Certificado emitido por la entidad bancaria referido al número de cuenta donde se deba ingresar la subvención.

g) Otros documentos que la asociación considere oportunos y puedan permitir una mejor valoración de la solicitud y acrediten la aplicación de los criterios de valoración establecidos en el Art. 14 de estas Bases.

Artículo 8. Plazo de presentación y procedimiento de pago. 8.1.- El plazo para presentar las solicitudes a las que se refiere esta convocatoria será de 20 días

naturales contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca..

8.2.- Las subvenciones se harán efectivas, una vez que el Ayuntamiento de Salamanca haya comprobado la adecuada formalización de la solicitud de conformidad al anterior Art.7, mediante transferencia a la cuenta y entidad bancaria determinada por cada asociación y en el plazo aproximado de un mes posterior a la fecha de la correspondiente Resolución de Alcaldía con la concesión de la subvención.

Artículo 9. Subsanación de errores en las solicitudes. De conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, si la solicitud y documentación aportada no reuniera todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria, la Sección de Juventud del Ayuntamiento de Salamanca requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la recepción de la notificación, subsane la falta o acompañe los documentos requeridos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el art. 42 de la citada Ley 30/1992.

Artículo 10. Valoración y procedimiento de resolución. 1. Se constituirá una Comisión de Valoración compuesta por la Concejala Delegada de

Juventud, un técnico de la Sección de Juventud y por un funcionario administrativo que actuará como secretario..

2. La Comisión de Valoración podrá solicitar mayor información o verificar cualquier aspecto

relacionado con la solicitud y documentos presentados.. 3. La Comisión de Valoración evaluará las solicitudes presentadas teniendo en cuenta los

criterios de valoración establecidos en el artículo 14 de estas Bases. Esta Comisión estará facultada para resolver todas aquellas dudas que pudieren suscitarse en relación con la valoración de las

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010.

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD

Sección de Juventud

6

solicitudes y documentación presentadas, así como para resolver cualquier incidente no previsto en estas Bases y que pudiere ocurrir en esta fase de valoración.

4. La Comisión de Valoración puntuara a cada asociación juvenil solicitante en función de la

documentación aportada y en aplicación de los criterios de valoración establecidos en el artículo 14 de estas Bases. En función de la puntuación otorgada se determinará la cuantía económica correspondiente a cada asociación solicitante. A estos efectos, la Comisión de Valoración deberá tener presente los límites establecidos en el Art. 3 de esta Convocatoria.

5. La Comisión de Valoración deberá elaborar un “Informe-Propuesta de Valoración”, que

contenga los siguientes apartados:1.Relación de asociaciones juveniles solicitantes; 2. Relación de asociaciones juveniles admitidas en el proceso de valoración por reunir los requisitos de esta convocatoria y asociaciones juveniles no admitidas por no reunir los requisitos.3. Puntuación otorgada a cada asociación juvenil admitida en cada uno de los criterios de valoración y puntos totales otorgados; 4. Cuantía de la subvención propuesta a cada asociación. 5. Propuesta de resolver esta convocatoria distribuyendo su importe total entre las asociaciones juveniles admitidas en las cuantías fijadas en el anterior punto cuatro.

6. En el caso de que se produjeren importes de subvención no distribuidos, por la aplicación de

los límites establecidos en el Art. 3.3 de estas Bases, la Comisión de Valoración en su “Informe-Propuesta de Valoración”, deberá proponer, bien que se distribuyan entre todas las asociaciones juveniles beneficiarias que no alcancen dichos límites, o bien su no distribución y liberación del correspondiente RC a que se refiere el Art. 3.1. de estas Bases.

7. El mencionado “Informe-Propuesta de Valoración” se someterá a dictamen de la Comisión

Informativa de Educación, Cultura, Deportes y Juventud y posteriormente se propondrá la Resolución de esta convocatoria a la Alcaldía del Ayuntamiento de Salamanca.

8. La Resolución prevista en el anterior apartado será notificada a todas las asociaciones juveniles participantes en esta convocatoria, conforme a las normas del procedimiento administrativo común.

Artículo 11. Aceptación y obligaciones que comportan la concesión de la subvención. 1. La aceptación por parte de los adjudicatarios de la subvención implica la aceptación de las

obligaciones derivadas de la normativa sobre ayudas y subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, reflejadas en el artículo 1 de las presentes Bases y el cumplimiento de las obligaciones relacionadas en el Art. 14 de la mencionada Ley 38/2003.

2. Los beneficiarios de las subvenciones asumen las siguientes obligaciones: a) Cumplir todas las normas establecidas en la Legislación General aplicable de Subvenciones y

en las Bases de esta convocatoria. b) Responder de la veracidad de los datos de la solicitud y documentos presentados, bajo la

responsabilidad personal de quien suscriba la solicitud de subvención. c) Deberán emplear el logotipo de la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Salamanca en

todas las actividades y comunicaciones que hayan promovido y que promuevan, así como hacer constar la colaboración de la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Salamanca en todas las publicaciones, carteles y documentación impresa, relacionadas con las actividades subvencionadas.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010.

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD

Sección de Juventud

7

d) Realizar las actividades incluidas en el proyecto subvencionado presentado junto a la solicitud.

e) Deberán comunicar al Ayuntamiento la obtención de cualquier ayuda o subvención para el proyecto subvencionado, cualquiera que sea su procedencia.

3. Una vez concedidas las subvenciones, el Ayuntamiento de Salamanca, a través de sus

servicios municipales, podrá comprobar la adecuación del destino de la subvención procediendo, en el supuesto de no adecuarse a lo prefijado, a la revocación de la subvención otorgada y a la inhabilitación de la entidad para poder volver a solicitar nuevas subvenciones del Ayuntamiento de Salamanca, sin menoscabo de lo regulado en el artículo 13 de las presentes Bases.

4. El Ayuntamiento de Salamanca se reserva el derecho a efectuar el control y seguimiento de

las actuaciones objeto de las subvenciones concedidas, así como la petición de cualquier documento o justificante que considere necesario.

5. El incumplimiento por parte de la asociación beneficiaria de cualquiera de las condiciones y

obligaciones establecidas en las presentes Bases, dará lugar a la pérdida del derecho a la subvención y a la devolución, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas, sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar en aplicación de la legislación legalmente vigente a este respecto.

Artículo 12. Justificación documental de la subvención. 1. Para justificar el importe de la subvención concedida, las asociaciones juveniles

beneficiarias deberán aportar la siguiente documentación, antes del día 1 de diciembre de 2010:

a) Modelo de Justificación de la subvención, que se formalizará conforme al ANEXO III de las presentes Bases, dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Salamanca, suscrita por el representante legal de la asociación juvenil, y que se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Salamanca.

b) Memoria de actuación justificativa del cumplimiento del proyecto subvencionado y del cumplimiento de las condiciones impuestas en las Bases de esta convocatoria, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

c) Relación clasificada de los gastos con identificación del proveedor y del documento, su importe, fecha de emisión y concepto así como una relación detallada de otros ingresos o subvenciones -si los hubiere- que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia, presentada conforme al ANEXO IV.

d) Declaración responsable, presentada conforme al ANEXO V, del Presidente o representante legal de la asociación juvenil, haciendo constar los siguientes hechos:

d.1) Que la asociación juvenil beneficiaria ha realizado en su totalidad la actividad o actividades del proyecto subvencionado y que la documentación que se presenta como justificante se ha aplicado a las actividades subvencionadas y no se ha presentado ni se presentará en ningún otro organismo o institución para la justificación de otros convenios o subvenciones.

d.2) Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 22.1 en relación con el Art.24 del R.D. 887/06 de 21 de julio por el que se aprueba el reglamento de la Ley General de Subvenciones (38/2006 de 17 de noviembre), la asociación que preside se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

d.3) Que el importe de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Salamanca a la asociación juvenil, no excede del 75% del presupuesto total del proyecto subvencionable, ni supera,

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010.

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD

Sección de Juventud

8

aislada o conjuntamente con otras ayudas o ingresos de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, el 100% del coste del proyecto subvencionado

e) Cualquier otra documentación que conforme a lo dispuesto en estas Bases tenga que presentarse, pueda ser exigida en aplicación de la legislación sobre subvenciones, o por las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Salamanca.

2. Las asociaciones juveniles deberán presentar las facturas o documentos de valor probatorio

equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, acreditativas de los gastos subvencionables realizados y ajustados al presupuesto inicialmente presentado en la solicitud, por un importe igual a la subvención concedida,; éstos deberán cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las obligaciones de facturación:

a) Ser originales o fotocopias compulsadas. b) En el caso de que los documentos a presentar sean copias compulsadas, los originales se

marcarán con una estampilla, indicando en la misma la subvención para cuya justificación han sido presentados y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención.

c) Número y en su caso serie. d) Fecha de expedición de la factura (coincidente con el periodo establecido en la convocatoria)

y, si ésta no coincidiera con el momento de las operaciones que se documentan, también ha de figurar la fecha de éstas operaciones o, en su caso, del pago anticipado de las mismas.

e) Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, domicilio y Número de Identificación Fiscal tanto de quien expide la factura, como del destinatario de la misma. f) Descripción de las operaciones facturadas.

g) Sello y firma de la casa suministradora. h) Sello de pagadas o recibo del ingreso correspondiente. i) Tipo impositivo aplicado a las operaciones y cuota tributaria.

3. Si se está exento de IVA, se ha de añadir en la factura: Exento de IVA en virtud del artículo

que corresponda según los supuestos de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA, presentando documento acreditativo de dicha exención expedido por la Agencia Tributaria, cuando proceda.

4. En los pagos realizados a profesionales por servicios prestados (charlas, conferencias, cursos,

talleres, etc.), deberá constar además en la factura emitida al efecto la retención realizada de un 15 % en concepto de IRPF que deberá ser ingresada en Hacienda.

5.La presentación de la justificación se realizará dentro del plazo de tiempo establecido en el

Art. 12.1. En caso contrario, se iniciará el procedimiento para el reintegro de las cantidades percibidas conforme al Art. Siguiente No obstante, se podrá ampliar el plazo de esta justificación si ocurrieran hechos excepcionales debidamente acreditados y se otorgará esta ampliación mediante Resolución del órgano concedente de la subvención, dictada con anterioridad al vencimiento del plazo de justificación y previo informe justificativo del Director del Área de Educación, Cultura, Deportes y Juventud con el conforme de la Concejala de Juventud, sin que, de acuerdo con el Art. 70 del R.D. 887/2006 exceda de la mitad del plazo establecido.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010.

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD

Sección de Juventud

9

Artículo 13. Reintegro del importe percibido. 1. Conforme a la legislación aplicable señalada en el Art. 1, se procederá al reintegro de las

cuantías percibidas y a la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de las subvenciones, en los supuestos previstos en dicha normativa y en los siguientes casos:

a) Obtener la subvención sin reunir las condiciones requeridas, una vez acreditada por la Administración Municipal tales extremos.

b) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida y abonada. c) Incumplimiento de las condiciones impuestas a las entidades colaboradoras y beneficiarias

con motivo de la concesión de la subvención. d) La negativa u obstrucción al control, seguimiento, comprobación por los servicios

municipales, de la aplicación y destino de los fondos concedidos. Artículo 14. Criterios de valoración. La asignación de puntuación a cada asociación juvenil solicitante, se hará por parte de la

Comisión de Valoración, teniendo en cuenta la documentación presentada y mediante la aplicación de los siguientes criterios de valoración:

a) Amplitud, coherencia y calidad del proyecto subvencionado: Grado de desarrollo del

proyecto, volumen de actividades, viabilidad económica, coherencia entre objetivos, actividades y métodos y recursos. Hasta un máximo de 3 puntos.

b) Trayectoria de la asociación: Grado de experiencia, implantación e historial. Hasta un máximo de 3 puntos.

c) Novedad y repercusión para la ciudad de Salamanca: Grado de innovación y número de participantes. Hasta un máximo de 3 puntos.

d) Grado de participación y colaboración con el Ayuntamiento de Salamanca, en relación a los objetivos de la asociación. Hasta un máximo de 2 puntos.

e) Ámbito de la asociación: carácter o dimensión local de la misma. Hasta un máximo de 2 puntos.

f) Aportación de la asociación en relación al presupuesto y recursos del proyecto presentado. Hasta un máximo de 1 punto.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010.

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD

Sección de Juventud

10

ANEXO I

(MODELO DE SOLICITUD) I.- Asociación Juvenil solicitante: Nombre: CIF: domicilio social y de notificaciones: C/ Nº: Piso: C.P. Ciudad: Telfs: Nº inscripción en el Registro de AA.JJ. de la J CyL: Fecha: Nº inscripción en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento SA: Fecha: II.- Presidente o persona que firma esta solicitud: Nombre y apellidos: DNI: Domicilio de notificaciones: C/ Nº: Piso: C.P. Ciudad: Telfs: Cargo que ocupa en la Asociación: III.- EXPONE: Que tiene conocimiento y acepta las “BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES JUVENILES DE SALAMANCA. AÑO 2010”, publicadas por el Ayuntamiento de Salamanca en el B.O.P. de Salamanca Nº de de de 2010. IV.- SOLICITA: Participar en la mencionada Convocatoria, y en consecuencia, la mencionada asociación juvenil solicita la cantidad de €, conforme al proyecto subvencionable y documentación adjunta. V.- AUTORIZA: Al Ayuntamiento de Salamanca para que, en caso necesario, compruebe el cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad social de la asociación juvenil solicitante. VI.- DOCUMENTOS QUE SE ADJUNTAN : 1. Un ejemplar original del proyecto subvencionable. 2 Inscripciones en el Registro de Asociaciones Juveniles de la Junta de Castilla y León y en el

Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Salamanca . 3. Acreditación documental de la representación que ostenta la persona firmante de la solicitud,

mediante la presentación de la fotocopia compulsada de los Estatutos de la Asociación Juvenil, o copia del acta del acuerdo adoptado al respecto por el correspondiente órgano de la asociación..

4. Fotocopia del C.I.F./N.I.F. de la asociación juvenil y del D.N.I. del firmante de la solicitud . 5. Declaración responsable conforme al ANEXO II . 6. Certificado emitido por la entidad bancaria referido al número de cuenta de la asociación donde se

deba ingresar la subvención 7. Otros documentos que la asociación considera oportunos y permitan una mejor valoración de la

solicitud de subvención. Salamanca, de de 2010

Fdo.:

ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010.

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD

Sección de Juventud

11

ANEXO II

(DECLARACIÓN RESPONSABLE)

I.- Asociación juvenil solicitante: Nombre: CIF: domicilio social: C/ Nº: Piso: C.P. Ciudad: II.- Presidente o persona que firma esta declaración: Nombre y apellidos: DNI: Domicilio de notificaciones: C/ Nº: Piso: C.P. Ciudad: Telfs: Cargo que ocupa en la Asociación:

El Presidente o representante legal de la asociación juvenil anteriormente mencionado, formula la siguiente declaración legal de responsabilidad, de que los siguientes hechos y manifestaciones son ciertos:

1) Que el domicilio social de la asociación juvenil se encuentre ubicado en la ciudad de Salamanca, más arriba señalado.

2) Que la asociación juvenil no ha recibido subvenciones ni ayudas económicas de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, para sufragar el coste del proyecto subvencionado presentado, o en caso contrario, expresar las subvenciones o ayudas recibidas, con indicación de la personalidad del otorgante y su cuantía (en este caso, se deben relacionar conforme al formato del ANEXO IV).

3) Que la asociación juvenil no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

4) Que la asociación juvenil se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Y para que así conste documentalmente acreditado ante el Ayuntamiento de Salamanca, a efectos de cumplir lo dispuesto en el Art. 7.4.e) de la “CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES JUVENILES DE SALAMANCA. AÑO 2010 (BOP-Salamanca Nº de de de 2010) firmo la presente declaración.

Salamanca, de de 2010

Fdo.:

ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010.

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD

Sección de Juventud

12

ANEXO III

(MODEL0 DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCION) I.- Asociación juvenil solicitante: Nombre: CIF: domicilio social y de notificaciones: C/ Nº: Piso: C.P. Ciudad: Telfs: Nº Inscripción en el Registro de AA.JJ. de la J CyL: Fecha: Nº Inscripción en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento SA: Fecha: II.- Presidente o persona que firma esta solicitud: Nombre y apellidos: DNI: Domicilio de notificaciones: C/ Nº: Piso: C.P. Ciudad: Telfs: Cargo que ocupa en la asociación: III.- EXPONE: Que mediante Resolución de la Alcaldía de ese Ayuntamiento se concedió a la mencionada asociación juvenil una subvención por importe de €, conforme a las “BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES JUVENILES DE SALAMANCA. AÑO 2010”, publicadas por el Ayuntamiento de Salamanca en el B.O.P. de Salamanca Nº de de de 2010. IV.- DOCUMENTOS QUE SE ADJUNTAN : 1. Memoria de actuación. 2. Relación clasificada de los gastos e inversiones de las actividades realizadas y, en su caso, una

relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto subvencionado, presentada conforme al ANEXO IV.

4. Carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

5. Declaración responsable conforme al ANEXO V. 6. Otros que pudieren exigirse.

Salamanca, de de 2010

Fdo.: ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010.

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD

Sección de Juventud

13

ANEXO IV

(RELACIÓN DE GASTOS E INGRESOS) Yo en calidad de de la asociación con CIF , con relación a la justificación de la subvención concedida para el año 2010 según convocatoria publicada en el B.O.P. de fecha CERTIFICO: * Que la totalidad de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Salamanca ha sido destinada para sufragar los gastos que constan en la siguiente relación y para la finalidad para la que fue concedida.

NÚMERO FACTURA

FECHA

NIF/CIF PROVEEDOR CONCEPTO IMPORTE

TOTAL GASTOS REALIZADOS • Que los ingresos o subvenciones de entidades públicas o privadas que se han obtenido para la

misma finalidad son los que constan a continuación. (En el supuesto que el único ingreso sea la subvención del Ayuntamiento solo se consignará esta, en otro supuesto especificar todos y cada uno de ellos según relación indicada a continuación):

IMPORTE

CONCEDIDO PROCEDENCIA IMPORTE

JUSTIFICADO

Salamanca, de de 2010

Fdo.:

ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010.

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD

Sección de Juventud

14

ANEXO V (DECLARACIÓN RESPONSABLE)

I.- Asociación Juvenil beneficiaria: Nombre: CIF.: domicilio social: C/ Nº: Piso: C.P. Ciudad: II.- Presidente o persona que firma esta Declaración: Nombre y apellidos: DNI: Domicilio de notificaciones: C/ Nº: Piso: C.P. Ciudad: Telfs: Cargo que ocupa en la Asociación:

El Presidente o representante legal de la Asociación juvenil anteriormente mencionados, con relación a la justificación de la subvención concedida para el año 2012 según convocatoria publicada en el B.O.P. de fecha formula la siguiente declaración legal de responsabilidad, de que los siguientes hechos y manifestaciones son ciertos y en consecuencia,

DECLARA: e.1) Que la asociación juvenil beneficiaria ha realizado en su totalidad las actividades del

proyecto subvencionado y que los justificantes que se presentan se han aplicado a las actividades subvencionadas y no se ha presentado ni se presentará en ningún otro organismo o institución para la justificación de otros convenios o subvenciones.

Así mismo, CERTIFICA: e.3) Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 22.1 en relación con el Art.24 del R.D. 887/06 de

21 de julio por el que se aprueba el reglamento de la Ley General de Subvenciones (38/2006 de 17 de noviembre), la asociación que preside no mantiene ninguna deuda pendiente con la Seguridad Social ni con la Agencia Tributaria.

e.4) Que el importe de la subvención concedida por el Ayuntamiento de Salamanca a la asociación juvenil, no excede del 75% del presupuesto total del proyecto subvencionable, ni supera, aislada o conjuntamente con otras ayudas o ingresos de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, el 100% del coste del proyecto subvencionado.

Lo cual declara bajo su responsabilidad a los efectos de cumplir lo dispuesto en el Art. 12.1.e) de la “CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES JUVENILES DE SALAMANCA. AÑO 2010.” y del Art.34.5 de la Ley General de Subvenciones (30/2003 de 17 de noviembre).

Salamanca, de de 2010 Fdo.: ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A Excmo. Ayuntamiento de Salamanca ASOCIACIONES JUVENILES. AÑO 2010.

ÁREA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD

Sección de Juventud

15