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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012 CONVOCATORIA DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS DE CARÁCTER NACIONAL No. NAY/SDS/IR/001/2012 MODALIDAD DE CONTRATACIÓN: A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y POR OBRA TERMINADA EJECUCION DE OBRA: 1. CONSTRUCCIÓN DE 11 FOGONES UBICADOS EN EL ALBERGUE DE LA LOC. DE GUADALUPE VICTORIA, MUNICIPIO DE SAN BLAS, NAYARIT. 2. CONSTRUCCIÓN DE 11 FOGONES UBICADOS EN EL ALBERGUE DE LA LOC. DE MADRIGALEÑO, MUNICIPIO DE SAN BLAS, NAYARIT. MAYO DEL 2012

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

CONVOCATORIA DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS DE

CARÁCTER NACIONAL No. NAY/SDS/IR/001/2012

MODALIDAD DE CONTRATACIÓN: A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y POR OBRA TERMINADA

EJECUCION D E OBRA:

1. CONSTRUCCIÓN DE 11 FOGONES UBICADOS EN EL ALBERGUE DE LA LOC. DE GUADALUPE VICTORIA, MUNICIPIO DE SAN BLAS, NAYARIT.

2. CONSTRUCCIÓN DE 11 FOGONES UBICADOS EN EL ALBERGUE DE LA LOC. DE

MADRIGALEÑO, MUNICIPIO DE SAN BLAS, NAYARIT.

MAYO DEL 2012

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

C O N T E N I D O

I.- Información General 1.- Sobre la Obra…………………………………………………………………………………. 2.- Catálogo de conceptos.................................................................................................. 3.- Definición de Términos……………………………………………………………………….

II.- Requisitos 1.- Documentación Legal - Administrativa……................................................................... 2.- Propuesta Técnica......................................................................................................... 3.- Propuesta Económica....................................................................................................

III.- Actos de la Invitación 1.- Visita al sitio de realización de los trabajos.................................................................... 2.- Junta de Aclaraciones.................................................................................................... 3.- Presentación y apertura de Proposiciones..................................................................... 4.- Fallo................................................................................................................................ 5.- Idioma y Moneda……………………………………………………………………………… 6.-Dictamen......................................................................................................................... 7.- Fechas, Plazos y Autorización de Recursos……………………………………………….

IV.-Criterios de Evaluación y Adjudicación

A.- Evaluación Técnica........................................................................................................ B.- Evaluación Económica................................................................................................... C.- Experiencia y Capacidad............................................................................................... D.- Anticipo.......................................................................................................................... E.-Contratación…………………………………………………………………………...………. F.- Modelo de Contrato…………………………………………………………………...……… G.- Forma de Pago………………………………………………………………………..………

V.- Información Complementaria.

A.- Causas Generales de Desechamiento………………………………………………...….. B.- Causas de Desechamiento técnico y económico…………………………………….….. C.- Evento desierto………………………………………………………………………………. D.- Cancelación de Proceso…………………………………………………………………….. E.- Penas Convencionales………………………………………………………………………. F.- Recisión Administrativa y Terminación Anticipada……………………………..………… G.- Garantías………………………………………………………………………………………

VI.- Inconformidades

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

NOTAS: Con objeto de que las personas físicas o morales nacionales invitadas puedan revisar las especificaciones y condiciones solicitadas en esta convocatoria y así poder determinar sus posibilidades de cumplimiento a las mismas, esta se encontrará disponible para su consulta vía internet en la página: https://compranet.funcionpublica.gob.mx o bien directamente en las oficinas de la Delegación Federal de la secretaría de Desarrollo social en el Estado Nayarit, ubicada en Av. México No. 321 Sur Col. San Antonio a partir de su difusión en la página de “La Sedesol” y hasta el 31 de Mayo de 2012, de lunes a viernes en horarios de oficina.

1.- Los licitantes deberán apegarse de manera estricta al contenido de la presente

convocatoria, por lo anterior se recomienda leerla con detenimiento para evitar cualquier

error u omisión, lo cual sería motivo de descalificación.

2.- En el presente procedimiento no se aceptará el envío de proposiciones a través de medios remotos de comunicación electrónica (compraNet). De igual forma, no se aceptará el envío de proposiciones por servicio postal o de mensajería.

3.- Las etapas correspondientes a la presente invitación nacional a cuando menos tres personas se llevarán a cabo en las fechas y horarios establecidos en el recuadro de la programación de eventos, en las oficinas de la Delegación Federal de la Secretaría de Desarrollo Social en el Estado de Nayarit.

4.- Que la Coordinación de Programas y Áreas de Apoyo, dependiente de la Subdelegación de Desarrollo Social y Humano de la Delegación Federal de la Secretaría de Desarrollo Social en el Estado de Nayarit, como área requirente, mediante oficio N° 138.1100/CAGP/037/2012, de fecha 17 de Mayo de 2012, solicitó formalmente la contratación de la obra pública a que se refiere la presente Invitación Nacional a Cuando Menos Tres Personas.

5.- Que la Coordinación de Programas y Áreas de Apoyo, dependiente de la Delegación Federal de la Secretaria Desarrollo Social en el estado de Nayarit, como área responsable de la ejecución de los trabajos, mediante oficio n° 138.1100/CAGP/037/2012, de fecha 17 de Mayo de 2012, manifestó que llevará a cabo la administración, control y seguimiento de los trabajos hasta la conclusión definitiva del contrato de obra pública que derive de esta Invitación Nacional a Cuando Menos Tres personas.

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

6.-El subcomité de obras públicas y servicios relacionados con las mismas en la

Delegación Federal de la Secretaria de Desarrollo Social en el Estado de Nayarit,

conformado por servidores públicos de las Oficinas del Delegado; la Subdelegación de

Administración; la Subdelegación de Desarrollo Social y Humano; la Subdelegación de

Desarrollo Urbano, Ordenación del territorio y vivienda; la Coordinación Estatal de

Programas y Áreas de Apoyo y la Unidad de Asuntos Jurídicos, revisó, sancionó y aprobó

la convocatoria para la invitación nacional a cuando menos tres personas no.

NAY/SDS/IR/001/2012, mediante su primera sesión ordinaria de fecha 18 de Mayo del

2012.

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

I.- INFORMACIÓN GENERAL

1.- Sobre la Obra

CONVOCATORIA DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS DE

OBRA RELACIONADOS CON LA OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y

POR OBRA TERMINADA.

3. La Secretaria de Desarrollo Social, en cumplimiento al Artículo.- 134 de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los artículos 24, 27 fracción II, 30 fracción I, 44, 45 fracción I y 46 de Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 77 de su Reglamento, así como las demás disposiciones legales aplicables, por conducto del Programa de Atención a Jornaleros Agrícolas llevará a cabo el proceso de contratación bajo la modalidad de Invitación a Cuando Menos Tres Personas de número: NAY/SDS/IR/001/2012, relativa a la ejecución de los trabajos de:

1.- CONSTRUCCIÓN DE 11 FOGONES UBICADOS EN EL ALBERGUE DE LA LOC. DE GUADALUPE

VICTORIA, MUNICIPIO DE SAN BLAS, NAYARIT.

2.- CONSTRUCCIÓN DE 11 FOGONES UBICADOS EN EL ALBERGUE DE LA LOC. DE MADRIGALEÑO,

MUNICIPIO DE SAN BLAS, NAYARIT.

El presente procedimiento de Invitación a cuando menos tres personas se realiza con fundamento en el art.43 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas ya que su monto no excede lo establecido como máximo en el anexo 17 del presupuesto de egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2012.

2.- Catalogo de Conceptos.

Se Anexa archivo documental impreso y digital con extensión .xls (Excel)

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

3.- Definición de Términos.

“ACUERDO”.- Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet.

“ÁREA RESPONSABLE DE LA CONTRATACIÓN” La facultada en “La Sedesol” para realizar los procedimientos de contratación, A efecto de realizar Obras públicas o de servicios relacionados con las mismas “ÁREA RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS” La facultada en “La Sedesol” para llevar la administración, control y seguimiento de los trabajos hasta la conclusión definitiva de los contratos de obras públicas o de servicios relacionados con las mismas. ÁREA REQUIRENTE La que en “La Sedesol” solicite o requiera formalmente la contratación de obras públicas o de servicios relacionados con las mismas, o bien aquélla que los utilizará. ÁREA TÉCNICA La que en “La Sedesol” elabora las especificaciones que se deberán incluir en el procedimiento de contratación, evalúa la parte técnica de la proposición y responde a las dudas que se presenten en la(s) junta(s) de aclaraciones. AVANCE FINANCIERO El porcentaje de los trabajos pagados respecto del importe contractual. AVANCE FÍSICO El porcentaje de los trabajos ejecutados y verificados por el residente de obra conforme a la facultad que le confiere la fracción vi del artículo 113 del Reglamento, en relación a los trabajos contemplados en el programa de ejecución convenido. BITÁCORA El instrumento técnico que constituye el medio de comunicación entre las partes que formalizan los contratos, en el cual se registran los asuntos y eventos importantes que se presenten durante la ejecución de los trabajos, a través de medios remotos de comunicación electrónica, el cual se denominará Bitácora Electrónica. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR El acontecimiento proveniente de la naturaleza o del hombre caracterizado por ser imprevisible, inevitable, irresistible, insuperable, ajeno a la voluntad de las partes y que imposibilita el cumplimiento de todas o alguna de las obligaciones previstas en el contrato de obras públicas o servicios relacionados con las mismas. COMITÉ

Comité de obras públicas de la Secretaria de Desarrollo Social a nivel central.

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COMPRANET Sistema electrónico de contrataciones gubernamentales. CONTRATO DE OBRA PUBLICA A PRECIOS UNITARIOS POR OBRA TERMINADA. Es el instrumento legal por medio del cual una de las partes llamada “La Contratista”, se obliga a ejecutar la obra a precios unitarios por obra terminada, a cambio de una remuneración que pagará “La Sedesol” CONVENIO MODIFICATORIO Instrumento jurídico que suscriben “La Sedesol” con las personas físicas o morales a fin de

establecer las reformas a los contratos de obra pública o de servicios relacionadas con las mismas

DESPERDICIOS

Residuos que no se pueden aprovechar debido a la falta de planeamiento en el traslado de los

materiales y/o en los procesos de construcción.

ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN Conjunto de condiciones generales que “La Sedesol” tiene establecidas como parte del contrato para la ejecución de obras, incluyendo las que deben aplicarse para la realización de estudios, proyectos, ejecución, equipamiento, puesta en servicio, mantenimiento y supervisión, que comprenden la forma de medición y la base de pago de los conceptos de trabajo. ESPECIFICACIONES PARTICULARES DE CONSTRUCCIÓN. Conjunto de requisitos exigidos por “La Sedesol” para la realización de cada obra, mismas que

modifican, adicionan o sustituyen a las especificaciones generales de construcción. ESTIMACIÓN La valuación de los trabajos ejecutados en un periodo determinado presentada para autorización de pago, en la cual se aplican los precios, valores o porcentajes establecidos en el contrato en atención a la naturaleza y características del mismo, considerando, en su caso, la amortización de los anticipos, los ajustes de costos, las retenciones económicas, las penas convencionales y las deducciones; así como, la valuación de los conceptos que permitan determinar el monto de los gastos no recuperables. INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS Documento que contiene los requisitos de carácter legal, técnico y económico a la (s) obra (s).objeto de la contratación y la (s) persona (s) interesada (s) en realizarla (s), así como los términos a que sujetará el procedimiento de contratación respectivo y los derechos y obligaciones de las partes. INVESTIGACIÓN DE MERCADO La verificación de la existencia y costo de materiales, mano de obra, maquinaria y equipo, así como de contratistas, a nivel nacional o internacional, y del precio total estimado de los trabajos, basado en la información que se obtenga en términos del presente reglamento. “LA CONTRATISTA”

Persona física o moral que celebre contratos de obras públicas.

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“LA SEDESOL” Delegación Federal de la Secretaría de Desarrollo Social en el Estado de Nayarit. “EL LICITANTE”.- Persona que participa en el procedimiento de adjudicación de un contrato.

“LEY”.- La Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, incluidas sus

Reformas y Adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de mayo de 2009.

“LA CONVOCANTE”.- Unidad administrativa responsable de llevar a cabo el procedimiento de

adjudicación del contrato.

“LA SECRETARIA”.- La Secretaria de Desarrollo Social.

LICITANTE ADJUDICADO Persona física y/o moral que habiendo participado en cualquier procedimiento de invitación a cuando menos tres personas, haya resultado favorecido con la adjudicación del contrato

MIPYMES Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la ley para el desarrollo de la competitividad de la micro, pequeña y mediana empresa.

MONTO TOTAL EJERCIDO El importe correspondiente al costo total erogado con cargo al presupuesto autorizado para ejercer en un contrato de obra pública o de servicios relacionados con la misma, sin considerar el impuesto al valor agregado NORMAS DE CALIDAD Los requisitos mínimos que establece “La Sedesol”, conforme a las especificaciones generales y particulares de construcción, para asegurar que los materiales y equipos de instalación permanente que se utilizan en cada obra son los adecuados.

OBRAS PÚBLICAS

Trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener, modificar, modernizar y demoler bienes inmuebles, así como aquellos conceptos que se establecen en la ley. PRECIO DE MERCADO El precio de los materiales y equipos de instalación permanente a que se refiere la fracción ii del artículo 161 del Reglamento, que oferte el fabricante o proveedor en el momento en que se formalice el pedido correspondiente entre “La Contratista” y el proveedor. PRESUPUESTO AUTORIZADO El que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público comunica a “La Sedesol” en el calendario de gasto correspondiente, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

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PRESUPUESTO DE OBRA O DE SERVICIO El recurso estimado que “La Sedesol” determina para ejecutar los trabajos en el que se desglosa listado de conceptos de trabajo o actividades, unidades de medida, cantidades de trabajo y sus precios PROPOSICIÓN Propuestas técnicas y económicas que presenten los Licitantes. P.U.O.T

Precios Unitarios por Obra Terminada.

“REGLAMENTO”.- El Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las

Mismas.

REPRESENTANTE LEGAL

Apoderado Legal, Administrador Único, presidente del consejo de administración, etc., de “La Contratista” que se encuentre debidamente facultado. “RESIDENTE DE OBRA”.- Servidor Público designado por la dependencia ejecutora, quien

fungirá como su representante ante el contratista y quien será responsable directo de la ejecución

de los trabajos.

SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS OBRAS PÚBLICAS Los trabajos que tengan por objeto concebir, diseñar y calcular los elementos que integran un

proyecto de obra pública; las investigaciones, estudios, asesorías y consultorías que se vinculen

con las acciones que regula la ley; la dirección o supervisión de la ejecución de las obras y los

estudios que tengan por objeto rehabilitar, corregir o incrementar la eficiencia de las

instalaciones. los mencionados en el artículo 4 de la Ley .

SOBRE CERRADO

Cualquier medio que contenga la proposición del licitante, cuyo contenido sólo puede ser

conocido en el acto de presentación y apertura de proposiciones en términos de la Ley.

SUBCOMITÉ Subcomité de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas de “LA SEDESOL”

SUPERINTENDENTE Representante de “La Contratista” ante “la sedesol” encargado de cumplir con los términos y condiciones pactados en el contrato, en lo relacionado con la ejecución de los trabajos .

“SFP”.- Secretaría de la Función Pública.

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

DEPENDENCIA CONVOCANTE.

La Secretaria de Desarrollo Social, a través de la Delegación Federal en el Estado de Nayarit, celebra el procedimiento Invitación Nacional a Cuando Menos Tres Personas, para la adjudicación del contrato de obra pública con base en precios unitarios por obra terminada. INVITACIÓN NACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS. Se publicó la invitación nacional a cuando menos tres personas en CompraNet y en la página institucional de la Secretaría de Desarrollo Social el 23 de Mayo del 2012. La invitación nacional a cuando menos tres personas contará con una partida única, misma que se describe en el anexo “b” de la presente invitación nacional a cuando menos tres personas.

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

II.- REQUISITOS 1.- Documentación Legal - Administrativa

De conformidad con el Artículo 30 fracción I de la "LEY", en esta invitación a cuando menos tres personas

solo se aceptará la participación de personas físicas y morales de nacionalidad mexicana: "EL

LICITANTE" deberá acreditar su existencia y personalidad jurídica, con los siguientes documentos:

A.- Escrito original, firmado por su representante legal, en el que manifieste el domicilio para oír y recibir

todo tipo de notificaciones y documentos que deriven de los actos del procedimiento de contratación y, en su caso, del contrato respectivo. (Anexo LA-01).

B.- Copia simple para archivo y original para cotejo de Identificación oficial vigente con fotografía y

de su registro Federal de Contribuyentes tratándose de personas físicas. (Anexo LA-02).

C.- Copia simple por ambos lados de una identificación oficial vigente con fotografía del Representante

Legal y escrito mediante el cual la persona moral manifieste que el representante legal cuenta con las

facultades suficientes para comprometer a su representada, en el caso de personas morales, mismo que contendrá los datos siguientes. (Anexo LA-03).

Personas Morales

a) De la persona moral: Clave del registro federal de contribuyentes, denominación o razón social; descripción del objeto social de la empresa; relación de los nombres de los accionistas; número y

fecha de las escrituras públicas en las que consta el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas

o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que

las protocolizó y el Registro Público de Comercio correspondiente y

b) Del representante: nombre del apoderado o representante legal; número y fecha de los

instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la propuesta,

señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que los protocolizó, y

número de folio de su inscripción en el Registro Público de Comercio Correspondiente…

Quien concurra al acto en lugar del representante de algún LICITANTE, deberá presentar carta poder

simple, así como copia simple de una identificación oficial del otorgante y del aceptante, para participar

en el mismo. No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la

representación de la persona que solamente entregue la proposición, pero sólo podrá participar durante

el desarrollo del acto con el carácter de observador.

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E.- Declaración escrita y bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse, en los supuestos indicados en

los Artículos 51 y 78 de la "LEY" (Anexo LA-05)

2.- Propuesta Técnica

Las proposiciones Técnicas y Económicas deberán presentarse firmadas en cada una de las fojas que

las integren, sin que la falta de firma de alguna de ellas sea causa de descalificación, en 01 (un) sobre cerrado y que se identificarán como: “Propuesta Técnica y Propuesta Económica”, con un separador

entre ambas, y contendrán:

A.- Copia de la invitación al “Proceso de Invitación a Cuando Menos Tres Personas. (Anexo PT-01).

B.- Manifestación escrita, firmada por el representante legal, en la que se haga constar que los trabajos se llevarán a cabo con sujeción a la “LEY” y el “REGLAMENTO”; Alcances de los trabajos, las

especificaciones Generales y Particulares; el programa y montos de trabajos, expresados en pesos y con base en los precios unitarios señalados en la relación de conceptos y cantidades de trabajo para

expresión de precios unitarios y monto total de la proposición que deberán estar calculados de acuerdo con lo establecido en la “LEY” y el “REGLAMENTO”, las especificaciones generales y particulares de

las Dependencias Normativas, conforme a las cláusulas del contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado y en general de conformidad con la presente convocatoria.(Anexo PT-02).

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C.- Manifestación escrita, firmada por el representante legal, en la que declare conocer el sitio de realización de los trabajos o constancia de visita al sitio de los trabajos y sus condiciones ambientales (Anexo PT-03a o Anexo PT-03b), así como el de haber asistido o no a las juntas de

aclaraciones celebradas (Anexo PT-03c o Anexo PT-03d), y haber considerado las modificaciones

que, en su caso, se hayan efectuado a las convocatoria del “Proceso de Invitación a Cuando Menos

Tres Personas”.

D.- Manifestación escrita firmada por el representante legal, en la que declare conocer el contenido del modelo de contrato y su conformidad de ajustarse a sus términos. (Anexo PT-04).

E.- Manifestación escrita de integridad, firmada por el representante legal, en la que declare bajo protesta

de decir verdad, que se abstendrán de adoptar conductas para que, servidores públicos del “LA

SEDESOL”, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento del

“Proceso de Invitación a Cuando Menos Tres Personas” y cualquier otro aspecto que le otorgue condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes. (Anexo PT-05).

F.- Relación de los profesionales al servicio de “EL LICITANTE”, (Anexo PT-06)

G.- Relación del equipo requerido, incluyendo el científico, de cómputo, de medición y, en general,

el necesario para proporcionar el servicio, anotando características, y número de unidades, indicando si

son de su propiedad, arrendadas con o sin opción a compra, su ubicación física, modelo y usos actuales, así como la fecha en que se dispondrá de estos insumos en el sitio de los trabajos, (Anexo PT-07);

tratándose de equipo de su propiedad, deberá presentar manifestación escrita bajo protesta de decir

verdad de tales circunstancias, en el caso de ser arrendado con o sin opción a compra deberá presentar

carta compromiso de arrendamiento y disponibilidad del mismo.

H.- Relación de contratos de obras realizadas en los 03 (tres) años anteriores a la fecha del Proceso de Invitación a Cuando Menos Tres Personas. (ANEXO PT-8)

3.- Propuesta Económica.

A.- Carta de proposición en papel membretado firmada por la empresa (Anexo PE-1).

B.- Catálogo de conceptos y cantidades de trabajo para expresión de precios unitarios y monto total de la

proposición, conteniendo descripción, unidades de medición y precios unitarios con número y letra e importes parciales y totales de la propuesta. (Anexo PE-02).

C.- Análisis detallado de los precios unitarios de los conceptos de trabajo que representen el 100%

(cien por ciento) del monto de la propuesta de ”EL LICITANTE”, describiendo el concepto a

desarrollar, su unidad de medida y cantidad, así como la relación de los materiales con sus

correspondientes consumos y de mano de obra y equipo a utilizar con sus correspondientes rendimientos, determinados y estructurados de acuerdo con lo previsto en la “LEY”, el

“REGLAMENTO” y en las presentes convocatoria del Proceso de Invitación a Cuando Menos Tres

Personas. (Anexo PE-03a).

En caso de que las matrices de los precios unitarios estén integradas con BÁSICOS O AUXILIARES,

obligatoriamente deberán presentarse éstos. De no ser así será motivo para desechar la propuesta.

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D.- Relación y análisis de los costos básicos de los materiales y mano de obra que se requieran para

la ejecución de los trabajos. (Anexo PE-03b).

E.- Análisis, cálculo e integración del factor de salario real, conforme a lo previsto en los Artículos 190,

191 y 192 del “REGLAMENTO”, datos básicos de costos del personal a utilizar y tabulador de salarios

base de mano de obra por jornada diurna de ocho horas e integración de los salarios reales. (Anexo PE-03c).

F.- Análisis, cálculo e integración de los costos indirectos, identificando los correspondientes a los de administración de oficinas de campo y los de oficinas centrales. (Anexo PE-03d).

G.- Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento, tomando en cuenta los gastos que realizará “EL CONTRATISTA” en la ejecución de los trabajos, que las estimaciones por servicios

ejecutados se cubrirán en un término no mayor a 20 (veinte) días naturales a partir de la fecha en que se

hubieren autorizado por el personal encargado de supervisar el servicio y el indicador económico que se aplicará. (Anexo PE-03e).

H.- Utilidad propuesta por “EL LICITANTE”. (Anexo PE-3f).

I.- Determinación de cargos adicionales. (Anexo PE-03g).

J.- Programa semanal de erogaciones de la ejecución general de los trabajos, calendarizado y

cuantificado, dividido en partidas y expresado en cantidades de trabajo y pesos, de los conceptos de

trabajo. (Anexo PE-04).

K.- Programas semanal de erogaciones cuantificados y calendarizados, en partidas y

subpartidas, expresados en pesos, considerando inicialmente, en su caso la fecha de iniciación y

el plazo para la conclusión de los trabajos, de utilización para los siguientes rubros.

a).- Mano de obra del personal encargado de la ejecución de los trabajos, expresados

en jornadas e identificando categorías.(Anexo PE-05a).

b).-Maquinaria y equipo de construcción, expresado en horas efectivas de trabajo,

identificando su tipo y características. (Anexo PE-05b).

c).- Programa de suministro y utilización de materiales más significativos y de los equipos

de instalación permanentes, expresados en unidades convencionales y volúmenes requeridos. (Anexo PE-05c).

d).- De utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la

dirección, supervisión y administración de los trabajos, indicando la especialidad,

número requerido, horas hombre para la ejecución de los trabajos y su importe en pesos. (Anexo PE-

05d).

L.- Documentos proporcionados por “SEDESOL” y que devolverá “EL LICITANTE” firmados en todas

sus hojas:

L.1.- La presente convocatoria del Proceso de Invitación a Cuando Menos Tres Personas

incluyendo sus anexos y copia(s) de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones.

L.2.- El modelo de Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo Determinado.

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III.- ACTOS DE LA INVITACION

1.- VISITA AL SITIO DE REALIZACION DE LOS TRABAJOS

De acuerdo con el Artículo 31 fracción IX de la "LEY", “LA SEDESOL” a través del Programa de Atención

a Jornaleros Agrícolas, mostrará el sitio de realización de la obra, para lo cual los interesados que así lo

deseen deberán concurrir a la Plaza Principal de la Loc. de Guadalupe Victoria, Municipio de San Blas, Nayarit, el día 29 de Mayo de 2012 a las 10:30 horas para partir al lugar de ubicación de los trabajos.

La visita al sitio donde se realizarán los trabajos será optativa para los interesados, pero en su proposición

deberán incluir un escrito en el que manifiesten que conocen el sitio de la realización de los trabajos y sus

condiciones climáticas, ambientales, topográficas, geotécnicas, políticas, étnicas y lingüísticas de la región,

en especial las condiciones generales y particulares de la obra, el grado de dificultad de los trabajos objeto

de esta invitación a cuando menos tres personas, la dispersión de las localidades y viviendas en que se

realizará la obra, el tipo y los medios de acceso, la distancia en que se acarrean materiales y la

disponibilidad de mano de obra no calificada, por lo que no podrán invocar su desconocimiento, solicitar

ajuste de costos o modificaciones al contrato por este motivo.

Así como manifestar haber considerado las normas de calidad de los materiales y las especificaciones

generales y particulares de construcción que “LA SEDESOL” les hubiere proporcionado.

Al sitio de realización de los trabajos, podrán asistir los participantes y sus auxiliares que estén interesados en la presente invitación nacional a cuando menos tres personas, así como aquéllos que autorice “LA

SEDESOL” mediante la asignación de un técnico que guie la visita.

Al concluir la visita, “LA SEDESOL” por conducto de su representante extenderá y entregará la constancia

respectiva, la cual en su caso deberá incluirse en su proposición técnica.

2.- JUNTA DE ACLARACIONES

De acuerdo con lo estipulado en el Artículo 31 fracción X de la "LEY", la junta de aclaraciones para

este proceso de invitación a cuando menos tres personas se llevará a cabo el día 0 1 de Junio de

2012 a las 09:30 horas, en la Sala de Juntas de “LA SEDESOL” ubicado en Avenida México , número

321 Sur, Colonia San Antonio, C.P.63159, Tepic, Nayarit.

El acto será presidido por el servidor público designado por “LA SEDESOL”, quién deberá ser asistido por un

representante del área requirente de los trabajos, con el fin de resolver en forma clara y precisa las dudas y

planteamientos de los licitantes relacionados con los aspectos contenidos en la presente invitación nacional a

cuando menos tres personas.

Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la invitación nacional a cuando

menos tres personas, deberán presentar un escrito, en el que expresen su interés en participar en la invitación

a cuando menos tres personas, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los

datos generales del interesado y, en su caso, del representante.

Las solicitudes de aclaración, podrán entregarse, a elección del licitante, personalmente en la(s) junta(s) de

aclaraciones, enviarse a través de correo electrónico a [email protected], o bien ser recibidas a

través del sistema CompraNet, según corresponda, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en

que se vaya a realizar la junta que corresponda.

De existir modificaciones a las condiciones de la invitación nacional a cuando menos tres personas éstas se

difundirán a través de compranet.

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

Cada solicitud de aclaración deberá indicar el numeral o punto específico con el cual se relaciona la pregunta o

aspecto que se solicita aclarar; aquellas solicitudes de aclaración que no se presenten en la forma señalada podrán ser desechadas por “LA SEDESOL”. En caso de que las respuestas a la solicitud de aclaración

remitan a la presente invitación nacional a cuando menos tres personas, deberán señalar el apartado

específico de la misma en que se encuentre la respuesta al planteamiento.

De cada junta de aclaraciones se levantará acta en la que se harán constar los cuestionamientos formulados

por los interesados y las respuestas de “LA SEDESOL”, la cual contendrá la firma de los asistentes

interesados y de los servidores públicos que intervengan; las solicitudes de aclaración formuladas por los licitantes, así como las respuestas de “LA SEDESOL” en forma clara y precisa y, en su caso, los datos

relevantes de la visita al sitio de realización de los trabajos.

El mecanismo para dar contestación a las solicitudes de aclaración recibidas, será el que establece el artículo

40 del reglamento.

La asistencia de los interesados a la junta de aclaraciones, es optativa. Los que no asistan, serán

responsables de recabar copia del acta, en las oficinas de “LA SEDESOL” ubicado en Avenida México ,

número 321 Sur Colonia San Antonio, C.P.63159, Tepic, Nayarit Cualquier modificación a la convocatoria de

proceso de invitación a cuando menos tres personas, derivada del resultado de la junta de aclaraciones,

será considerada como parte integrante de la propia convocatoria de proceso de invitación a cuando

menos tres personas.

3.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

De conformidad con lo establecido en los artículos 30 y 36 de la “LEY”, la presentación de proposiciones

se hará en un sobre cerrado que contendrá, la propuesta técnica y la propuesta económica, integradas

en la forma que prevé el apartado de requisitos.

La apertura de ofertas se efectuará en sesión pública, en la Sala de Juntas de “LA SEDESOL” ubicado en

Avenida México, número 321 Sur Colonia San Antonio, C.P.63159, Tepic, Nayarit. Pudiendo no estar presentes los correspondientes licitantes como lo establece el artículo No. 44 frac. II de la “LEY”.

Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la Invitación a cuando menos tres personas en

calidad de observador, siendo requisito único registrar previamente su participación y abstenerse de

intervenir.

Las propuestas no podrán ser enviadas por servicio postal o mensajería.

De conformidad con lo establecido en el Artículo 44 fracción II de la "LEY", la presentación de proposiciones será el día 0 7 de Junio de 2012 a las 09:30 hrs, en presencia de los interesados que asistan al acto, el cual será presidido por el servidor público designado por “LA SECRETARIA”, quien será

la única persona facultada para aceptar o desechar propuestas y en general para tomar todas las decisiones durante la realización, a este acto se invitará a un Representante del Órgano Interno de Control sin que su ausencia sea impedimento para continuar con el mismo. Los licitantes entregarán el sobre cerrado que contenga la propuesta técnica y económica. La documentación distinta a dichas propuestas podrá entregarse, dentro o fuera de dicho sobre a elección del licitante.

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En caso de que “EL LICITANTE” presente su proposición sin foliar como lo establece el tercer párrafo del

artículo 41 del Reglamento, la “LA SEDESOL”, le proporcionará una foliadora para que durante la

presentación y apertura de proposiciones “EL LICITANTE” folie su proposición.

Junto con el sobre cerrado que contenga sus proposiciones, los licitantes entregarán una declaración

escrita, bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 51 y 78 de la Ley.

Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las

propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante.

Preferentemente “EL LICITANTE” deberá identificar cada una de las páginas que integran las

proposiciones con los datos siguientes: registro federal de contribuyentes, número de convocatoria y número

de página, cuando ello técnicamente sea posible.

Se procederá a la apertura de las propuestas.

De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno que junto con el servidor público de “LA

SEDESOL” facultado para presidir el acto, rubricarán, el catálogo de conceptos y el presupuesto de

obra de cada una de las propuestas presentadas, dando lectura al importe total de cada una de las

propuestas.

Una vez recibidas todas las proposiciones, el servidor público que presida el acto dará lectura al importe total de cada proposición el análisis detallado de las proposiciones se efectuará posteriormente por la “LA SEDESOL”, al realizar la evaluación de las mismas;

Se levantará el acta conforme a lo previsto en el Artículo 37 fracción III de la “LEY”, así como el Artículo

62 del “REGLAMENTO”, en la que se harán constar las propuestas aceptadas para su posterior

evaluación y el importe total de cada una de ellas, así como las que hubieren sido desechadas,

fundamentando las causas que lo originaron; el acta se firmara por los asistentes, la falta de firma

de algún licitante no invalidará su contenido y efectos. Se señalará en el acta el lugar, fecha y hora en

que se dará a conocer el fallo de la invitación. Se proporcionará copia del acta a los asistentes.

4.- FALLO

El fallo correspondiente a la presente Invitación a cuando menos tres personas se darán a conocer el día 11 de Junio de 2012 a las 09:30 horas, en presencia de quienes asistan al acto, y se levantará el acta correspondiente, en los términos del artículo 39 de la “LEY” y 68 del “REGLAMENTO” el acta se firmara

por los asistentes la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, en la que se

hará constar:

I. La relación de licitantes cuyas proposiciones se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la convocatoria que en cada caso se incumpla; II. La relación de licitantes cuyas proposiciones resultaron solventes. en el caso de haberse utilizado el mecanismo de puntos y porcentajes para evaluar las proposiciones, se incluirá un listado de los componentes del puntaje de cada licitante; la relación de licitantes cuyas proposiciones resultaron solventes. en el caso de haberse utilizado el mecanismo de puntos y porcentajes para evaluar las proposiciones, se incluirá un listado de los componentes del puntaje de cada licitante;

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II. Nombre del licitante a quien se adjudica el contrato, indicando las razones que motivaron la adjudicación, de acuerdo a los criterios previstos en la convocatoria, así como el monto total de la proposición; III. Fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la presentación de garantías y, en su caso, la entrega de anticipos, y IV. Nombre, cargo y firma del servidor público que lo emite, señalando sus facultades de acuerdo con los ordenamientos jurídicos que rijan a “LA SEDESOL”. Indicará también el nombre y cargo de los responsables de la evaluación de las proposiciones. En caso de que se declare desierto el procedimiento, se señalaran en el fallo las razones que lo motivaron. En el fallo no se deberá incluir información reservada o confidencial, en los términos de las disposiciones aplicables

“EL LICITANTE” que no hubiera asistido al acto, podrá a partir de la fecha del evento, acudir a

las oficinas de “LA SEDESOL” por copia del acta.

Conforme a lo establecido en el artículo 74 último párrafo de la “LEY”, las propuestas desechadas

podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales

contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo de la invitación, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso “LA SEDESOL” las conservará hasta la total conclusión de la

inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos “LA SEDESOL” podrá proceder a

su devolución o destrucción.

El contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. A los licitantes que no hayan asistido a la junta pública, se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el fallo se encuentra a su disposición en CompraNet.

5. NOTIFICACIONES.

Las actas de las Juntas de Aclaraciones, del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, y de la junta

pública en la que se dé a conocer el Fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la

falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una

copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente en un lugar

visible, al que tenga acceso el público, en el domicilio del área responsable del procedimiento de

contratación, por un término no menor de cinco días hábiles. El titular de la citada área dejará constancia en

el expediente de la invitación a cuando menos tres personas, de la fecha, hora y lugar en que se hayan

fijado las actas o el aviso de referencia.

Asimismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta en CompraNet para efectos de su notificación a los

licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

6.- IDIOMA Y MONEDA

El idioma en que se presentarán las proposiciones será el español y la moneda en que se cotizarán será el peso mexicano.

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7.- FECHAS Y PLAZOS PARA LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS Y AUTORIZACION DE RECURSOS

Al formular la proposición, “EL LICITANTE” tomará en cuenta:

a).- Que la fecha estimada para el inicio de los trabajos será de un periodo de 50 días contados del

12 de Junio del 2012 y la de terminación 31 de Julio de 2012.

b).- Que el plazo para la ejecución de los trabajos será de 50 (Cincuenta días naturales).

c).- Que para la ejecución de los trabajos objeto de la presente convocatoria de Invitación a cuando

menos tres personas, “LA SEDESOL” cuenta con los Oficios de Autorización No.

SDSH/2012/AE/213/0224/0545 de fecha 28 de Febrero de 2012, emitidos por la Dirección de

Autorización y Presupuesto, de la Dirección General de Atención a Grupos Prioritarios.

IV.-CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACION

Para tales efectos, la adjudicación del contrato a la proposición que resulte económicamente más

conveniente para “LA SECRETARIA”,, se hará a través del mecanismo de evaluación binario que

atienda a determinar la solvencia de las proposiciones a partir de verificar el cumplimiento de las

condiciones legales, técnica y económicas requeridas por la convocante, y que hubiere ofertado el precio

más bajo en los términos de los artículos 63 fracción I, 64, 65, 67 fraccion I del Reglamento de la Ley

de obras Publicas y servicios relacionados con las mismas .

Para la evaluación de las propuestas se verificará:

A.- EVALUACIÓN TÉCNICA

1.- Aspectos generales:

1.1.- Que cada documento contenga toda la información solicitada, ya que su presentación incompleta

será motivo suficiente para desechar la propuesta.

En los aspectos referentes a la experiencia y capacidad técnica que deban cumplir los licitantes, se considerarán, entre otros, el grado académico de preparación profesional, la experiencia laboral específica en obras similares y la capacidad técnica de las personas físicas que estarán relacionadas con la ejecución de los trabajos.

1.2.- Que el curriculum actualizado de los profesionales técnicos que se encargarán de la dirección de

los trabajos, cuenten con la experiencia y capacidad necesaria para llevar la adecuada

administración de los mismos;

1.3.- Que los licitantes cuenten con el equipo adecuado, suficiente y necesario, sea o no propio, para

desarrollar la obra que se convoca. (Opcional según las características, complejidad y magnitud de

la obra)

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1.4.- Que el procedimiento descrito sea aceptable porque demuestra que “EL LICITANTE” conoce los

trabajos a realizar y que tiene capacidad y experiencia para ejecutarlos satisfactoriamente; dicho

procedimiento debe ser acorde con el programa de ejecución considerado en su propuesta, incluyendo el caso en que “LA SEDESOL” proporcione el procedimiento.

2.- Aspectos programáticos

2.1.- De los programas:

2.1.1.- Que el programa de ejecución de los trabajos corresponda al plazo establecido por “LA SECRETARIA”.

2.1.2.- Que los programas específicos cuantificados y calendarizados de suministros y utilización,

sean congruentes con el programa calendarizado de ejecución general de los trabajos.

2.1.3.- Que los programas de suministro y utilización de materiales, equipo y personal técnico,

administrativo y de servicios, sean congruentes con los consumos y rendimientos considerados por “EL LICITANTE” y en el procedimiento a realizar.

3.- Aspectos técnicos:

3.1.- De los materiales:

3.1.1.- Que en el consumo del material por unidad de medida, determinado por “EL LICITANTE” para

el concepto de trabajo en que interviene, se consideren los desperdicios, mermas y, en su caso,

los usos de acuerdo con la vida útil del material de que se trate.

3.1.2.- Que las características, especificaciones y calidad de los materiales sean las requeridas en las

normas de calidad de “LA SEDESOL” y especificaciones generales y particulares establecidas

en las presentes convocatoria.

3.2.- Del personal:

3.2.1.- Que el personal técnico, administrativo y de servicios sea el adecuado y suficiente para

ejecutar los trabajos.

3.2.2.- Que los rendimientos considerados se encuentren dentro de los márgenes razonables y

aceptables de acuerdo con el procedimiento propuesto por “EL LICITANTE”, considerando los

rendimientos observados de experiencias anteriores, así como las condiciones ambientales de

la zona y las características particulares bajo las cuales deben realizarse los trabajos.

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B- EVALUACIÓN ECONÓMICA

4.- Aspectos económicos:

4.1.- Que cada documento contenga toda la información solicitada, ya que su presentación incompleta

será motivo suficiente para desechar la propuesta.

4.2.- Que los precios propuestos por “EL LICITANTE” sean aceptables, es decir, que sean acordes

con las condiciones vigentes en la región en donde se ejecutará la obra, individualmente o

conformando la propuesta total.

4.3.- Del Catálogo de Conceptos:

4.3.1.- Que en todos y cada uno de los conceptos que lo integran se establezca el importe del precio

unitario.

4.3.2.- Que los precios unitarios de cada uno de los conceptos sean anotados con número y con letra,

los cuales deben ser coincidentes; en caso de diferencia, deberá prevalecer el que coincida con el

análisis del precio unitario correspondiente o el consignado con letra cuando no se tenga dicho

análisis.

4.3.3.- Que las operaciones aritméticas se hayan ejecutado correctamente; en el caso de que una o

más tengan errores, se efectuarán las correcciones correspondientes; el monto correcto, será el

que se considerará para el análisis comparativo de las proposiciones.

4.4.- Que el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios, se haya realizado de acuerdo con

lo establecido en la “LEY” y el “REGLAMENTO”, así como en las demás disposiciones que emita

la “SFP”, y en estas bases del “Proceso de Invitación a Cuando Menos Tres Personas”, debiendo

revisar:

4.4.1.- Que los análisis de los precios unitarios estén estructurados con costos directos, indirectos, de

financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales de acuerdo a lo indicado en la “LEY”, el “REGLAMENTO” y las presentes convocatoria del Proceso de Invitación a Cuando Menos Tres

Personas.

4.4.2.- Que los costos directos se integren con los correspondientes a materiales, personal y equipo

que se empleará en la realización de la obra.

4.4.3.- Que los precios básicos de adquisición de los materiales considerados en los análisis

correspondientes, se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado.

4.4.4.- Que los costos básicos del personal se hayan obtenido aplicando los factores de salario real a

los sueldos y salarios de los técnicos y especialistas, conforme a lo previsto en la “LEY”, el

“REGLAMENTO” y en las presentes convocatoria del “Proceso de Invitación a Cuando Menos

Tres Personas”.

4.4.5.- Que el cargo por el uso de herramienta menor, se encuentre incluido, bastando para tal efecto

que se haya determinado aplicando un porcentaje sobre el monto del personal requerido para la

ejecución del concepto de trabajo de que se trate.

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4.4.6.- Que los costos horarios por la utilización del equipo requerido se hayan determinado por hora

efectiva de trabajo, debiendo analizarse para cada equipo, incluyendo, cuando sea el caso, los

accesorios que tenga integrados.

4.5.- Que los análisis de costos directos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo

previsto en la “LEY”, el “REGLAMENTO” y en las presentes convocatoria del “Proceso de

Invitación a Cuando Menos Tres Personas”, considerando además:

4.5.1.- Que los costos de los materiales considerados por “EL LICITANTE”, sean congruentes con la

relación de los costos básicos y con las normas de calidad especificadas en las presentes

convocatoria del Proceso de Invitación a Cuando Menos Tres Personas.

4.5.2.- Que los costos del personal a utilizar considerados por “EL LICITANTE”, sean congruentes

con el tabulador de los salarios y con los costos reales que prevalezcan en la zona donde se

ejecutaran los trabajos.

4.5.3.- Que los costos horarios del equipo se hayan determinado con base en el precio y rendimientos

de éstos considerados como nuevos, para lo cual se tomarán como máximo los rendimientos que

determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características ambientales

de la zona donde vayan a realizarse los trabajos.

4.6.- Que los análisis de costos indirectos se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo

previsto en la “LEY”, el “REGLAMENTO” y en estas convocatoria de “Proceso de Invitación a

Cuando Menos Tres Personas”, debiendo además considerar:

4.6.1.- Que el análisis se haya valorizado y desglosado por conceptos con su importe correspondiente,

anotando el monto total y su equivalente porcentual sobre el monto del costo directo.

4.6.2.- Que para el análisis de los costos indirectos se hayan considerado adecuadamente los

correspondientes a las oficinas centrales de “EL LICITANTE”, los que comprenderán únicamente

los necesarios para dar apoyo técnico y administrativo a la superintendencia de “EL LICITANTE”

encargado directamente de los servicios y los de campo necesarios para la ejecución de la obra, de acuerdo con los Artículos 211 al 213 del “REGLAMENTO”.

4.6.3.- Que no se incluya algún cargo que, por sus características o conforme a la convocatoria del

Proceso de Invitación a Cuando Menos Tres Personas, su pago deba efectuarse aplicando un

precio unitario específico.

4.7.- Que el análisis y cálculo del costo financiero sea estructurado y determinado considerando lo

siguiente:

4.7.1.- Que los ingresos por concepto del o los anticipos que le serán otorgados en su caso al

contratista, durante el ejercicio del contrato y del pago de las estimaciones, consideren la

periodicidad y su plazo de trámite y pago; deduciendo del monto de las estimaciones la

amortización de los anticipos.

4.7.2.- Que el costo del financiamiento esté representado por un porcentaje de la suma de los costos

directos e indirectos.

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4.7.3.- Que la tasa de interés aplicable esté definida con base en un indicador económico específico.

4.7.4.- Que el costo del financiamiento sea congruente con el programa de ejecución valorizado con

montos mensuales.

4.7.5.- Que la mecánica para el análisis y cálculo del costo por financiamiento empleada por “EL

LICITANTE” sea congruente con lo que se establezca en esta convocatoria del Proceso de

Invitación a Cuando Menos Tres Personas, debiendo calcularse de acuerdo con los artículos 214

al 216 del “REGLAMENTO”.

4.8.- Que el cálculo e integración del cargo por utilidad, se haya estructurado y determinado

considerando que dentro de su monto, quede incluida la ganancia que “EL LICITANTE” estima

que debe percibir por la ejecución de los trabajos, así como las deducciones e impuestos

correspondientes, no siendo necesario su desglose, de acuerdo con el artículo 219 del “REGLAMENTO”.

4.9.- Que el importe total de la propuesta sea congruente con todos los documentos que la integran.

4.10.- Que los programas específicos de erogaciones de materiales, personal y maquinaria y equipo

sean congruentes con el programa de erogaciones de la ejecución general de la obra.

C.- EXPERIENCIA Y CAPACIDAD

“EL LICITANTE” deberá demostrar su experiencia, capacidad técnica y capacidad financiera mediante:

1.- Relación de los profesionales al servicio de “EL LICITANTE”, identificando con sus cargos los

responsables de la ejecución y administración de la obra, No presentar estos documentos como se

requiere, será causa de descalificación de la propuesta.

2.- Relación de contratos de obras realizadas en los tres años anteriores a la fecha del Proceso de

Invitación a Cuando Menos Tres Personas.

En apego a lo establecido en el artículo 255 del Reglamento, al finalizar la evaluación de las proposiciones, “LA CONVOCANTE” adjudicarán el contrato a “EL LICITANTE” cuya proposición resulte

solvente por reunir, conforme a los criterios de evaluación que establezcan la presente convocatoria, de conformidad con la “LEY” y su “REGLAMENTO”, las condiciones legales, técnicas y económicas

requeridas por “LA CONVOCANTE”, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones

respectivas.

Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque reúnen las condiciones antes señaladas,

el contrato se adjudicará a quien presente la proposición que resulte económicamente más conveniente para “LA SECRETARIA”, que será aquella que otorgue mayor certeza en la ejecución y conclusión de los

trabajos que pretendan contratarse, por asegurar las mejores condiciones de contratación en cuanto a

precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

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Para tales efectos, la adjudicación del contrato a la proposición que resulte económicamente más conveniente

para “LA SECRETARIA”,, se hará a través del mecanismo de evaluación binario que atienda a

determinar la solvencia de las proposiciones a partir de verificar el cumplimiento de las condiciones legales,

técnica y económicas requeridas por la convocante, y que hubiere ofertado el precio más bajo en los términos

de los artículos 63 fracción I, 64, 65, 67 fraccion I del Reglamento de la Ley de obras Publicas y

servicios relacionados con las mismas.

D.- ANTICIPOS

En apego a lo estipulado en el Artículo No. 50 frac. II de “LA LEY”, “LA SEDESOL” otorgará a "EL

CONTRATISTA" un anticipo por el 30% (treinta por ciento) del monto total del contrato incluyendo el

I.V.A., el cual deberá ser utilizado para gastos de traslado, inicio de los servicios, compra de materiales utilizables y compra y/o arrendamiento de equipo; previa presentación de la fianza respectiva por el monto total del anticipo otorgado, de conformidad con el Artículo 48 fracción I de la “LEY".

“EL LICITANTE” deberá de considerar el importe del anticipo en la determinación del costo financiero de su

proposición, por lo que tomará en cuenta que el pago de éste se hará con antelación a la fecha pactada para el

inicio de los trabajos, en una sola exhibición previa presentación por “LA CONTRATISTA” y aceptación por “LA

SEDESOL”, de la garantía por concepto de anticipo.

Previamente a la entrega del anticipo, “La Contratista” deberá presentar al área responsable de la ejecución de

los trabajos un programa en el que se establezca la forma en que se aplicará dicho anticipo, de conformidad con

lo previsto en la presente invitación nacional a cuando menos tres personas y en el contrato, así como en lo

dispuesto por el artículo 138, párrafo tercero, 141 y 143 del reglamento. el área responsable de la ejecución de

los trabajos deberá requerir a “la contratista” la información con la cual se acredite el cumplimiento del citado

programa; tal requerimiento podrá realizarse en cualquier momento durante la vigencia del contrato (formato

libre).

DATOS SOBRE LAS GARANTÍAS.

Las pólizas de garantía deberán expedirse conforme a las disposiciones incluidas en el oficio no. 401-T-2930 de

fecha 14 de septiembre de 2010, emitido por la Tesorería de la Federación, mismo que será entregado al licitante

que resulte adjudicado en el acto de comunicación del fallo, a efecto de que lo presente ante la afianzadora de su

elección para su cabal cumplimiento como se establece en los artículos 48 fracciones I Y II y 49 fracción I de la Ley,

89, 90, 91, 95, 96, 97 y 98 de su Reglamento.

DE CUMPLIMIENTO

“EL LICITANTE”, al que se le adjudique el contrato, dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a la

notificación del fallo, pero invariablemente previo a la suscripción del contrato respectivo, deberá entregar la garantía

correspondiente expedida por una afianzadora mexicana autorizada para tal efecto a favor de la tesorería de la

federación equivalente al 10% (diez por ciento) del importe total de su proposición económica sin incluir el I.V.A.

(anexo a.f.01).

DEL ANTICIPO

“EL LICITANTE” que resulte adjudicado, dentro de los 15 (quince) días naturales posteriores a la notificación del

fallo, pero invariablemente previo al inicio de los trabajos, deberá entregar la garantía correspondiente expedida por

una afianzadora mexicana autorizada para tal efecto, a favor de la tesorería de la federación, equivalente al 100%

(Cien por ciento) del importe del anticipo otorgado incluyendo el I.V.A.

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DE VICIOS OCULTOS

“EL LICITANTE” que resulte adjudicado al concluir los trabajos, deberá constituir garantía en pesos mexicanos

para responder por vicios ocultos o cualquier otra responsabilidad, por un plazo de 12 (doce) meses después de

haberse llevado a cabo el acto formal de entrega recepción de la obra, mediante cualquiera de las formas

siguientes:

A. Póliza de fianza expedida por una afianzadora mexicana autorizada para tal efecto por un importe equivalente al 10% (Diez por ciento) del monto total ejercido de los trabajos (Incluyendo I.V.A, convenios y ajustes de costo) (anexo a.f.03)

B. Carta de crédito irrevocable por un importe equivalente al 5% (Cinco por ciento) del monto total ejercido de los trabajos, (Incluyendo convenios y ajustes de costo), o bien;

C. Aportar recursos líquidos por una cantidad equivalente al 5% (Cinco por ciento) del monto total ejercido de los trabajos incluyendo convenios y ajustes de costo, en fideicomiso especialmente constituido para ello.

Si “EL LICITANTE” opta por la póliza de fianza, deberá garantizar a “LA SEDESOL” el cumplimiento de todas y

cada una de las obligaciones derivadas del contrato.

PRÓRROGAS AL CONTRATISTA

En caso de otorgamiento de prórrogas al contratista, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al

monto o plazo de ejecución del contrato, se deberá obtener la modificación de la fianza de cumplimiento.

En el caso de convenios modificatorios en monto, no se otorgarán anticipos.

Quedarán a salvo los derechos de “LA SEDESOL” para exigir el pago de las cantidades no cubiertas, de la

indemnización que se deriven de incumplimientos en que incurra “LA CONTRATISTA”, independientemente de

que se hagan efectivas las garantías constituidas en este apartado.

E.- CONTRATACIÓN

Previamente a la firma del contrato, “EL LICITANTE” ganador presentará copia para archivo y original o

copia certificada para su cotejo, de los documentos siguientes:

a) Tratándose de persona moral, testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida

conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional, o...

b) Tratándose de persona física, copia certificada del acta de nacimiento o, en su caso, carta de

naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que

acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional.

En el caso de que “EL LICITANTE” se encuentre inscrito en el registro único de contratistas para la

administración pública federal, no será necesario presentar la información a que se refiere el párrafo

anterior, bastando únicamente exhibir la constancia o citar el número de su inscripción y manifestar bajo

protesta de decir verdad que en el citado registro la información se encuentra completa y actualizada

(formato libre).

En su caso, una vez llevado a cabo el cotejo, “LA SEDESOL” devolverá al interesado los documentos

originales o certificados, conservándolos en copias simples legibles.

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

La presentación de estos documentos servirá para constatar que la persona cumple con los requisitos

legales necesarios, sin perjuicio de su análisis detallado.

A partir de la notificación del fallo y previo a la firma del contrato y sin perjuicio de lo dispuesto en el las

Reglas I.2.1.16 y II.2.1.11 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, publicada en el diario oficial de la

federación (DOF) el 28 de diciembre de 2011, “EL LICITANTE” presentará escrito en papel membretado de

“EL LICITANTE” y firmado por el representante legal del mismo, mediante el cual manifieste lo siguiente:

a) Que bajo protesta de decir verdad, y de conformidad con lo que dispone el artículo 32-D del Código

Fiscal de la Federación, se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

respecto de la presentación de las declaraciones anuales correspondiente a sus dos últimos

ejercicios fiscales (2010, 2011) y la más actualizada a la fecha de presentación de la proposición por

el que se encuentra obligado del impuesto sobre la renta e impuesto empresarial a tasa única y se

encuentra al corriente en la presentación de los pagos provisionales del impuesto sobre la renta,

impuesto empresarial a tasa única y retenciones del impuesto sobre la renta por salarios, así como

pagos definitivos del impuesto al valor agregado y del impuesto especial sobre producción y servicios,

correspondientes a los ejercicios fiscales 2010, 2011 y las correspondientes de 2012 por los mismos

impuestos. Cuando “EL LICITANTE” ganador tenga menos de tres años inscrito en el registro federal

de contribuyentes, la manifestación a qué se refiere este rubro, corresponderá al período de

inscripción.

b) No tiene créditos fiscales firmes a su cargo por impuestos federales, distintos al impuesto sobre

automóviles nuevos e impuesto sobre tenencia y uso de vehículos. Así como créditos fiscales firmes,

relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones,

solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.

“EL LICITANTE” ganador que no hubiere estado obligado a presentar, total o parcialmente, las

declaraciones a que se refiere el párrafo anterior, así como los residentes en el extranjero, que no

estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán esta manifestación en el

escrito antes referido.

Que no tiene adeudos fiscales firmes a su cargo por impuestos federales, distintos a los del impuesto

sobre automóviles nuevos (ISAN) e impuesto sobre tenencia y uso de vehículos (ISTUV).

En caso de contar con autorización para el pago a plazo, manifestarán que no han incurrido durante

el ejercicio actual en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66 a fracción IV del

código fiscal de la federación.

En el escrito referido en el quinto párrafo de este numeral se deberá señalar el nombre, razón o denominación social de “EL LICITANTE”, su domicilio fiscal, su clave del R.F.C., número de la invitación a

cuando menos tres personas en la que participó y resultó adjudicada y monto total sin incluir el I.V.A.

La vigencia de la contratación respectiva será a partir de la firma del contrato y hasta el 05 de agosto del

2012 y finalizará con la firma del acta de extinción de derechos y obligaciones de las partes, referida en el

artículo 79 primer párrafo del reglamento. El documento donde conste el finiquito de los trabajos formará

parte del contrato de conformidad con lo establecido su artículo 170 del Reglamento.

CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES

De conformidad con el decreto que reforma el artículo 32-D del código fiscal de la federación publicado en el

DOF del 8 de junio de 2006, las Reglas I.2.1.16 y II.2.1.11 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012,

publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2011 y el oficio circular UNAOPSFP/309/0743/2008 emitido por la

Secretaría de la Función Pública y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de septiembre de

2008, por el que se establece el procedimiento que deberán observar las dependencias y entidades de la

administración pública federal y las entidades federativas que realicen contrataciones con recursos federales,

previo a la formalización de los contratos o pedidos que sean celebrados bajo el ámbito de las leyes de

adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y de obras públicas y servicios relacionados con

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

las mismas, para verificar que los proveedores o contratistas estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales; “EL LICITANTE” que resulte adjudicado por un monto superior a $300,000.00

(Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, previo a la formalización del contrato respectivo deberá

presentar a “LA SEDESOL”, el “ACUSE DE RESPUESTA” con el que compruebe que realizó la solicitud de

opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales ante el servicio de administración tributaria

El “ACUSE DE RESPUESTA” con el que se compruebe que “EL LICITANTE” realizó la solicitud de opinión

sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales deberá presentarse, en las oficinas de la delegación federal de “LA SEDESOL” ubicadas en Av. México No.321 Sur Col. San Antonio, Tepic, Nayarit; dentro de

los tres días hábiles siguientes a su expedición, en horarios de las 9:00 a las 15:00 horas.

Si “LA SEDESOL”, previo a la formalización del contrato, recibe de “EL LICITANTE” el “Acuse de

Respuesta” de la solicitud en la que se emita una opinión en sentido negativo sobre las obligaciones fiscales,

no se formalizará el contrato y “LA SEDESOL” remitirá a la Secretaría de la Función Pública la

documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato por causas imputables a “EL LICITANTE” adjudicado.

Además deberá de presentar ante “LA SEDESOL” original o copia certificada y copia simple para cotejo,

del registro patronal del instituto mexicano del seguro social (IMSS) así como constancia de no adeudo de

cuotas obrero patronales.

NO NEGOCIACIÓN.

Se hace del conocimiento de los licitantes que los requisitos y condiciones de esta invitación nacional a cuando

menos tres personas, así como la documentación de las proposiciones técnica y económica no podrán ser

negociadas.

F.- MODELO DE CONTRATO

Para los efectos de lo dispuesto por los artículos 31 fracción XXV y 44 fracción IV de la “LEY”, se adjunta

el modelo de contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Obra Terminada al que se sujetarán el “LA

SEDESOL” y “EL ADJUDICATARIO”.

G.- FORMA DE PAGO

Para efectos de pago se formularán estimaciones quincenales, mismas que se acompañarán de la

documentación que acredite la procedencia de su pago, conforme a las previsiones del artículo No. 132 del “REGLAMENTO”, las que serán presentadas por “EL ADJUDICATARIO” al encargado de programa por

parte “LA SEDESOL” dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha de su corte y serán pagadas por

“LA SEDESOL” por trabajos ejecutados a través de transferencia electrónica, dentro de un plazo que no

exceda a 20 días naturales contados a partir de que hayan sido autorizadas por el residente de obra.

Queda entendido que en términos de lo dispuesto por el Artículo No. 130 del “REGLAMENTO”, los únicos

tipos de estimaciones que se reconocerán para efectos del contrato respectivo, serán las correspondientes

por trabajos ejecutados; de pago de cantidades adicionales o conceptos no previstos en el catálogo original del contrato previamente autorizados por “LA SECRETARIA”; y de gastos no recuperables, cuando sea el

caso.

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

El residente de obra por parte de “LA SEDESOL” según la naturaleza de la obra, efectuará la revisión y

autorización de las estimaciones por obra ejecutada, en un plazo que no excederá de 15 (quince) días

naturales contados a partir de la fecha de su presentación. En el supuesto de que surjan diferencias

técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, éstas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación.

Los generadores de obra que soporten cada una de las estimaciones, deberán especificar claramente la

obra en que se realiza cada uno de los conceptos, acompañándolos de sus croquis explicativos,

copias de bitácora, memoria fotográfica y pruebas realizadas en su caso.

Así mismo “EL ADJUDICATARIO” deberá considerar que si derivado de economías obtenidas durante

la ejecución de la obra, se llegará a presentar una ampliación en las metas originalmente consideradas, realizará la supervisión adicional en su caso, sin que esto represente un costo para “LA

SECRETARIA”.

Los ajustes de costos que correspondan a los trabajos ejecutados se pagarán en la estimación

siguiente al mes en que se haya autorizado el ajuste, de conformidad con lo establecido en el Artículo No. 136 del “REGLAMENTO”.

En el caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones por parte de “LA SECRETARIA”, ésta a

solicitud de “EL ADJUDICATARIO” y de conformidad con lo previsto en el primer párrafo del Artículo

No. 55 de la “LEY”, pagará gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la

“Ley de Ingresos de la Federación” en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales.

Dichos gastos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se

calcularán sobre las cantidades no pagadas, se computarán por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “EL

ADJUDICATARIO”.

Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL ADJUDICATARIO”, éste deberá reintegrar

las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a lo señalado en el

párrafo anterior. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se

computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del “LA SECRETARIA”.

No se considerará pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo de “EL

ADJUDICATARIO” sean compensadas en la estimación siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no se

hubiera identificado con anterioridad.

DESECHAMIENTO DE PROPOSICIONES

Se consideran causas para el desechamiento de las proposiciones las siguientes:

I. Sí durante la evaluación cualitativa de las proposiciones, se detecta que éstas se presentaron en forma

incompleta o se omita cualquier documento requerido en la presente invitación a cuando menos tres personas o que los documentos no contengan la información solicitada y que imposibilite determinar su solvencia.

II. Las proposiciones incluyan inconsistencias por contradicciones o intentos de especulación.

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III. El incumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas respecto de las cuales se haya establecido expresamente en esta invitación a cuando menos tres personas que afecten la solvencia de la proposición.

IV. "EL LICITANTE" proponga un plazo de ejecución mayor que el requerido como máximo por “LA SEDESOL”; o no se ajusten los programas solicitados, a las cantidades o montos totales según corresponda.

V. En el análisis de financiamiento “EL LICITANTE” no considere el anticipo que recibirá u omita asentar el indicador económico establecido que utilizó o incluya una sobretasa.

VI. “EL LICITANTE” incluya información o cargos que no correspondan a los solicitados en la presente invitación nacional a cuando menos tres personas y sus anexos.

VII. los materiales propuestos no cumplan con las especificaciones establecidas en el proyecto o en las normas técnicas que “LA SEDESOL” haya emitido en la presente invitación a cuando menos tres personas.

VIII. La proposición incluya en alguna de sus hojas firmas en copia o facsimilares.

IX. Cuando se compruebe que algún LICITANTE ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás LICITANTES.

X. “EL LICITANTE” se encuentre en alguno de los supuestos señalados en los artículos 51 y 78 antepenúltimo párrafo de la Ley.

XI. La falta de presentación de los escritos o manifiestos “bajo protesta de decir verdad”, de conformidad con el artículo 34, fracción VIII del Reglamento.

XII. Los programas propuestos sean incongruentes y por lo tanto no sea factible ejecutar los trabajos.

XIII. En las proposiciones técnica y/o económica “EL LICITANTE” haya omitido las indicaciones asentadas en el acta de la junta de aclaraciones.

XIV. Se acredite fehacientemente con la documentación idónea que la información o documentación proporcionada por los LICITANTES es falsa.

XV. “EL LICITANTE” participe con el mismo personal o equipo en dos o más procedimientos de contratación por invitación al mismo tiempo. en cuyo caso, al otorgársele el primer contrato, automáticamente quedará descalificado de los siguientes, independientemente de la etapa en que se encuentre el presente proceso de invitación a cuando menos tres personas.

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XVI. La información económica de la proposición, sea incongruente con la información técnica o que en su proposición consideren dos o más costos diferentes para un mismo material, categoría de mano de obra o maquinaria y equipo.

XVII. No contengan completos y actualizados los porcentajes de prestaciones, impuestos, cuotas o retenciones, considerados en alguno de los análisis que integran la proposición.

XVIII. Omitir cualquier requerimiento que de acuerdo a las características, magnitud y complejidad de los trabajos a realizar, sea considerado por “LA SEDESOL” estrictamente necesario para la evaluación de las proposiciones o la realización de los trabajos.

El desechamiento de las proposiciones se comunicará a “EL LICITANTE” durante el fallo; asentándose en las actas respectivas, las causas que lo originaron.

CANCELACIÓN E INVITACIONES DESIERTAS

“LA SEDESOL” podrá cancelar esta invitación nacional a cuando menos tres personas por caso fortuito o

fuerza mayor cuando existan circunstancias justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de

contratar los trabajos, o que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño

o perjuicio a la propia “SEDESOL”. La determinación de dar por cancelada la invitación nacional a cuando

menos tres personas deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del

conocimiento de los licitantes y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo se podrá

interponer la inconformidad en términos del Título Séptimo, Capítulo Primero de la Ley.

Salvo en las cancelaciones por caso fortuito o fuerza mayor, “LA SEDESOL” cubrirá a los licitantes los gastos

no recuperables que, en su caso, procedan en términos de lo dispuesto por el reglamento.

“LA SEDESOL” podrá declarar desierta esta invitación nacional a cuando menos tres personas en cualquiera

de los siguientes casos.

a) Cuando, pese a la invitación respectiva, ninguna empresa o persona asista para participar en la invitación nacional a cuando menos tres personas.

b) Cuando no exista como mínimo una proposición susceptible de análisis.

c) Cuando habiéndose recibido una o más proposiciones, éstas no reúnan los requisitos solicitados en la invitación nacional a cuando menos tres personas y hayan sido desechadas o descalificadas durante el acto del fallo y

d) Cuando habiendo evaluado económicamente una o más proposiciones, se considere que sus precios son inaceptables. se considerará que los precios de las proposiciones presentadas por los licitantes no son aceptables, cuando se propongan importes que no puedan ser pagados por “LA SEDESOL”.

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DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES QUE SE APLICARÁN AL LICITANTE GANADOR

En términos de los artículos 77 y 78 fracción I de la Ley y 267 del Reglamento, “LA SEDESOL” dentro de los

15 (quince) días siguientes a la fecha en que tengan conocimiento de alguna infracción pondrá a disposición

de la secretaria de la Función Pública la documentación comprobatoria de los hechos presumiblemente

constitutivos de alguna de las siguientes infracciones por parte de los licitantes.

I. “LA CONTRATISTA” que injustificadamente y por causas imputables a ella no formalice el contrato adjudicado por “LA SEDESOL”, en términos de lo previsto por el artículo 78 fracción I de la Ley.

II. “LA CONTRATISTA” que se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en las fracciones III y X del artículo 51 de la ley.

III. “LA CONTRATISTA” que no cumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ella y que, como consecuencia, cause daños o perjuicios graves a “LA SEDESOL”.

IV. Los licitantes que proporcionen información falsa, alterada o que actúen con dolo o mala fe en el presente procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una queja en una audiencia de conciliación o de una inconformidad.

CARGOS ADICIONALES

“LA CONTRATISTA” acepta expresamente que de cada una de las estimaciones que se autoricen para pago,

se le retenga el cinco al millar por concepto de derechos de vigilancia, inspección y control, en términos de

lo dispuesto por el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos y 220 del Reglamento. Deducción que será

ejercida y comprobada, en términos de los lineamientos emitidos para tal efecto por la secretaría de la función

pública el 17 de julio de 2009.

18. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO

Cuando ocurra la suspensión del contrato que al efecto se suscriba, el servidor público designado por “LA

SEDESOL” lo notificará a “LA CONTRATISTA”, señalando las causas que la motivan, la fecha de su inicio y

de la probable reanudación de los trabajos, así como las acciones que debe considerar en lo relativo a su

personal, maquinaria y equipo de construcción.

La fecha de terminación se prorrogará en igual proporción al periodo que comprenda la suspensión, sin

modificar el plazo de ejecución convenido. la formalización se realizará mediante el acta de suspensión.

No será motivo de suspensión de los trabajos, el suministro deficiente del proveedor de materiales y equipos

de instalación permanente, cuando dicho suministro sea responsabilidad de “LA CONTRATISTA”.

“LA CONTRATISTA” a partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, podrá solicitar el pago de

los gastos no recuperables a que hace referencia el artículo 62 de la Ley, y que se generen durante la

suspensión. La solicitud de “LA CONTRATISTA” deberá presentarse en las fechas de corte para el pago de

estimaciones estipuladas en el contrato.

Tratándose de suspensión de trabajos, el pago de gastos no recuperables se limitará a lo siguiente:

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I. Las rentas de equipo o, si resulta más barato, los fletes del retiro y regreso del mismo a la obra.

II. La mano de obra programada que permanezca en el sitio de los trabajos durante el periodo de la suspensión que no haya sido trasladada a otro frente de trabajo o a otra obra y que se encuentre registrada en la “BITÁCORA” o en el documento de control de asistencia que defina “LA SEDESOL” Y “LA CONTRATISTA”.

III. Al monto correspondiente a los costos indirectos que se hayan generado durante el periodo de suspensión.

Los costos indirectos que se consideran son los previstos en el artículo 213 del Reglamento.

IV. El costo por mantenimiento, conservación y almacenamiento cuando no impliquen un costo indirecto.

Para la determinación de estos gastos se deberán considerar como base para su cálculo, los programas y

costos originalmente propuestos por “LA CONTRATISTA”, debiéndose ajustar con el último porcentaje de

ajuste autorizado antes de la suspensión.

En caso de suspensión, “LA SEDESOL” deberá levantará un acta en la que hará constar como mínimo lo

siguiente:

I. Lugar, fecha y hora en que se levanta el acta.

II. nombre y firma del residente de obra de “LA SEDESOL” y el del superintendente de “LA CONTRATISTA”, así como del servidor público autorizado para ordenar la suspensión en los términos del artículo 60 de la Ley; datos de identificación de los trabajos que se habrán de suspender, si la suspensión es parcial, sólo identificar la parte correspondiente y las medidas que habrán de tomarse para su reanudación.

III. Los datos de identificación de los trabajos que se suspenderán. si la suspensión es parcial solo se identificara la parte correspondiente y las medidas que habrán de tomarse para su reanudación.

IV. Declaración de los motivos que dieron origen a la suspensión.

V. Una relación pormenorizada de la situación legal, administrativa, técnica y económica en la que se encuentren los trabajos o la parte que se vaya a suspender, debiendo hacer constancia del personal y equipo que se retira y del que se autoriza su permanencia, de acuerdo con el programa de ejecución convenido.

VI. El tiempo de duración de la suspensión. cuando la reanudación de los trabajos esté ligada a un hecho o acto de realización cierta pero de fecha indeterminada, el periodo de la suspensión estará sujeto a la actualización de ese evento, sin perjuicio de que se pueda optar por la terminación anticipada.

VII. Las acciones que seguirá “LA SEDESOL”, para asegurar los bienes y el estado de los trabajos, así como procurar la conclusión de los mismos.

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VIII. Determinación del programa de ejecución que se aplicará, el que deberá considerar los diferimientos que la suspensión origina, ajustando sin modificar los periodos y procesos de construcción indicados en el programa de ejecución convenido en el contrato.

IX. En su caso, las medidas de protección que resulten necesarias para salvaguardar los trabajos realizados, el lugar de trabajo, sus instalaciones y equipos.

Si durante la vigencia del contrato existen suspensiones de los trabajos cuyos periodos sean reducidos y

difíciles de cuantificar, las partes podrán acordar que los periodos sean agrupados y formalizados mediante la

suscripción de una sola acta.

De ocurrir los supuestos establecidos en el artículo 62 de la Ley “LA SEDESOL” comunicará la suspensión

del contrato a “LA CONTRATISTA”; posteriormente, lo harán del conocimiento de su órgano interno de

control, a más tardar el último día hábil de cada mes, mediante un informe en el que se referirá los supuestos

ocurridos en el mes calendario inmediato anterior.

Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá ninguna responsabilidad

para las partes, debiendo únicamente suscribir un convenio donde se reconozca el plazo de la suspensión y

las fechas de reinicio y terminación de los trabajos, sin modificar el plazo de ejecución establecido en el

contrato. sin embargo, cuando los trabajos resulten dañados o destruidos y éstos requieran ser rehabilitados o

repuestos, deberán reconocerse y pagarse mediante la celebración de un convenio en los términos del artículo

59 de la ley, siempre que no se utilicen para corregir deficiencias o incumplimientos anteriores, imputables a

“LA CONTRATISTA”.

Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor, sólo será procedente el pago de

gastos no recuperables por los conceptos enunciados en el artículo 149 del Reglamento.

TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.

“LA SEDESOL” podrá dar por terminado anticipadamente el contrato. cuando existan razones de interés

general, causas justificadas que le impidan la continuación de los trabajos materia del contrato, y se demuestre

que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio grave a “LA SEDESOL”,

se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato con motivo de la resolución de una

inconformidad emitida por la secretaria de la función publica o por resolución de autoridad judicial competente

o bien, no sea posible determinar la temporalidad de la suspensión de los trabajos, en cuyo caso se le pagarán

a "LA CONTRATISTA" los trabajos ejecutados, así como los gastos no recuperables, siempre que éstos sean

razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.

Sólo en los casos expresamente señalados en el párrafo anterior procederá la terminación anticipada de los

contratos, por lo que no podrá celebrarse ningún acuerdo entre las partes para tal efecto.

En todos los casos de terminación anticipada se deberán realizar las anotaciones correspondientes en la

bitácora electrónica, debiendo “LA SEDESOL” levantar un acta, donde se haga constar como mínimo lo

siguiente:

I. Lugar, fecha y hora en que se levanta.

II. Nombre y firma del residente de obra de “LA SEDESOL” y del superintendente de “LA CONTRATISTA”.

III. Descripción de los trabajos cuyo contrato se termine anticipadamente;

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IV. Importe contractual.

V. Relación de las estimaciones o de gastos aprobados hasta antes de que se hubiera definido la terminación anticipada.

VI. Descripción pormenorizada del estado que guardan los trabajos.

VII. Periodo de ejecución de los trabajos, precisando la fecha de inicio y terminación contractual y el plazo durante el cual se ejecutaron trabajos.

VIII. Razones o causas justificadas que dieron origen a la terminación anticipada así como una relación pormenorizada de la situación legal, administrativa, técnica y económica en la que se encuentre el contrato que se vaya a terminar anticipadamente.

IX. Señalar todas las acciones tendientes a asegurar los bienes y el estado que guardan los trabajos.

X. Periodo en el cual se determinará el finiquito del contrato y el importe al que ascenderán los gastos no recuperables.

LOS GASTOS NO RECUPERABLES SERÁN:

I. Los gastos no amortizados por concepto de:

A. La construcción de oficinas, almacenes, bodegas, campamentos e instalaciones en el sitio de los

trabajos. Al ser liquidados estos gastos, las construcciones serán propiedad de la federación.

B. oficinas, almacenes, bodegas, campamentos e instalaciones rentados por “LA CONTRATISTA”, Con

el objeto de atender directamente las necesidades de la obra.

C. La instalación y montaje de plantas de construcción, Talleres y su Retiro.

D. La parte proporcional del costo de transporte de ida y vuelta de la maquinaria o equipo de

construcción y de plantas y elementos para instalaciones de acuerdo con el programa de utilización, y

la expedición de la garantía de cumplimiento del contrato.

II. El importe de los materiales y equipos de instalación permanente adquiridos por “LA CONTRATISTA” y

que se encuentren en el sitio de los trabajos, camino a éste, terminados o habilitados en los talleres o

fábricas correspondientes, siempre que cumplan con las especificaciones de calidad y que la cuantía sea

acorde con las cantidades de obra pendientes de ejecutar según los programas convenidos, y

III. Liquidación del personal obrero y administrativo directamente adscrito a la obra, siempre y cuando no sean

empleados permanentes de “LA CONTRATISTA”.

Para la elaboración del finiquito del contrato que se haya dado por terminado anticipadamente, deberán

observarse las reglas que para el finiquito de obra concluida se establecen en la sección IX del Reglamento.

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De ocurrir los supuestos establecidos en el artículo 62 de la Ley, “LA SEDESOL” comunicará la terminación

anticipada del contrato a “LA CONTRATISTA”; posteriormente, lo harán del conocimiento de su órgano

interno de control, a más tardar el último día hábil de cada mes, mediante un informe en el que se referirá los

supuestos ocurridos en el mes calendario inmediato anterior.

RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO

“LA SEDESOL” podrá rescindir administrativamente el contrato, sin responsabilidad y sin necesidad de

declaración judicial, cuando "LA CONTRATISTA" incurra en cualquiera de las siguientes causales:

I. Contravenir a las disposiciones, lineamientos, invitación a cuando menos tres personas, procedimientos y requisitos que establece la Ley, su reglamento y demás disposiciones administrativas que resulten aplicables.

II. Si no inicia los trabajos objeto del contrato sin causa justificada.

III. Si interrumpe injustificadamente la ejecución de “LOS TRABAJOS DE OBRA” o se niega a reparar o reponer alguna parte de ellos, que hubiere sido detectada como defectuosa por “LA SEDESOL”.

IV. Si no ejecuta los trabajos de conformidad con lo estipulado en el contrato o sin motivo justificado no acata las órdenes del residente de obra designado por “LA SEDESOL”.

V. Si no da cumplimiento a los programas de ejecución por falta de materiales, trabajadores, equipo o herramienta y que el atraso pueda dificultar la terminación de los trabajos en el plazo estipulado.

VI. Si es declarado en concurso mercantil, quiebra, suspensión de pagos o actividades o alguna figura análoga.

VII. Subcontrate partes de los trabajos objeto del contrato sin contar con la autorización previa y por escrito de “LA SEDESOL”.

VIII. Transfiera los derechos de cobro derivados del contrato, sin previa autorización por escrito de “LA SEDESOL”.

IX. Cambie su nacionalidad por otra.

X. No proporcione a “LA SEDESOL” y a las dependencias que tengan la facultad de intervenir, las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de los trabajos.

XI. Si incurre en falsedad de declaraciones en la celebración del contrato que se suscriba.

XII. Cambia su domicilio fiscal, sin notificarle por escrito a “LA SEDESOL”

XIII. El incumplimiento a cualquiera de las obligaciones estipuladas en el contrato que se suscriba.

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

XIV. Use indebidamente o con propósitos distintos a los establecidos en la presente invitación a cuando menos tres personas y/o en el contrato que se suscriba, la información confidencial o reservada proporcionada por “LA SEDESOL”, en términos de la legislación aplicable.

De ocurrir los supuestos establecidos en el artículo 62 de la Ley “LA SEDESOL” comunicará la rescisión del

contrato a “LA CONTRATISTA”; posteriormente, lo harán del conocimiento de su órgano interno de control, a

más tardar el último día hábil de cada mes, mediante un informe en el que se referirá los supuestos ocurridos

en el mes calendario inmediato anterior.

INCONFORMIDADES Y CONTROVERSIAS.

Los licitantes podrán inconformarse directamente en las oficinas de la secretaría de la función pública con

dirección en Avenida Insurgentes Sur N°. 1735, Colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01020,

en la Ciudad de México Distrito Federal con Teléfono (55) 2000-3000, o a través de CompraNet, por actos del

procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones de la ley, en los términos del articulo 84 de la

Ley .

Las controversias que se susciten entre “LA SEDESOL” y “LA CONTRATISTA”, con motivo del contrato que se

celebre serán resueltas por los tribunales federales competentes en la materia con asiento en la Ciudad de México,

Distrito Federal.

ENCUESTA DE TRANSPARENCIA

La Secretaría Ejecutiva de la Comisión intersecretarial para la Transparencia y el Combate a la Corrupción emite

el ANEXO I cuyo propósito es conocer el nivel de transparencia con la que son llevados los procesos licitatorios.

Se agradecerá a los licitantes que el día del fallo depositen en la urna que se encuentra en la sede del acto de

fallo. Debidamente requisitado EL ANEXO I

NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA “OCDE”

La subsecretaría de atención ciudadana y normatividad dependiente de la secretaría de la función pública emite

la nota correspondiente al ANEXO II

24.- Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del

sistema electrónico de información pública gubernamental denominado compranet. ANEXO III

POR “LA SEDESOL”

C. LIC. DAVID RIVERA BERNAL

DELEGADO FEDERAL DE LA SEDESOL

EN EL ESTADO DE NAYARIT

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

II.- Anexos

CONVOCATORIA DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS DE

CARÁCTER NACIONAL No. NAY/PAJA/IR/001/2012.

MODALIDAD DE CONTRATACIÓN: A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y POR OBRA TERMINADA

4. EJECUCION D E OBRA:

1.- CONSTRUCCIÓN DE 11 FOGONES UBICADOS EN EL ALBERGUE DE LA LOC. DE GUADALUPE VICTORIA, MUNICIPIO DE SAN BLAS, NAYARIT.

2.- CONSTRUCCIÓN DE 11 FOGONES UBICADOS EN EL ALBERGUE DE LA LOC.

DE MADRIGALEÑO, MUNICIPIO DE SAN BLAS, NAYARIT.

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ANEXO I

ENCUESTA DE TRANSPARENCIA:

DEL PROCESO DE INVITACION A CUANDO MENOS TRES PERSONAS Núm. xxxxxxx

PARA LA CONTRATACIÓN DE: (Indicar el nombre de la obra)

INSTRUCCIONES:

FAVOR DE CALIFICAR LOS SUPUESTOS PLANTEADOS EN ESTA ENCUESTA CON UNA “X”, SEGÚN CONSIDERE.

No. EVENTO SUPUESTOS

CALIFICACIÓN

TOTALMENTE

DE

ACUERDO

EN GENERAL DE

ACUERDO

EN GENERAL EN

DESACUERDO

TOTALMENTE EN

DESACUERDO

1

JUNTA DE

ACLARACIONES

El contenido de la convocatoria

es claro para la contratación de

los trabajos que se pretenden

realizar

Las preguntas en el evento, se

contestaron con claridad

2

PRESENTACIÓN

Y APERTURA DE

PROPOSICIONES

TÉCNICAS Y

ECONÓMICAS

El evento se desarrolló con

oportunidad. En razón de la

cantidad de documentación que

presentaron los licitantes.

La resolución técnica fue emitida

conforme a la convocatoria y

junta de aclaraciones del

concurso

3

FALLO

En el fallo se especificaron los

motivos y el fundamento que

sustenta la determinación de los

contratistas adjudicados y los que

no resultaron adjudicados.

4 GENERALES El acceso al inmueble fue

expedito

Todos los eventos dieron inicio

en el tiempo establecido.

El trato que me dieron los

servidores públicos de la

institución durante la licitación fue

respetuosa y amable

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Volvería a participar en otra

licitación que emita la institución

El concurso se apegó a la

normatividad aplicable

SI USTED DESEA AGREGAR ALGÚN COMENTARIO RESPECTO AL CONCURSO, FAVOR DE ANOTARLO EN EL SIGUIENTE CUADRO.

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ANEXO II

NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA

ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE)

EL COMPROMISO DE MÉXICO EN EL COMBATE A LA CORRUPCIÓN HA TRASCENDIDO NUESTRAS

FRONTERAS Y EL ÁMBITO DE ACCIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL. EN EL PLANO INTERNACIONAL Y

COMO MIEMBRO DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO

(OCDE) Y FIRMANTE DE LA CONVENCIÓN PARA COMBATIR EL COHECHO DE SERVIDORES PÚBLICOS

EXTRANJEROS EN TRANSACCIONES COMERCIALES INTERNACIONALES, HEMOS ADQUIRIDO

RESPONSABILIDADES QUE INVOLUCRAN A LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO.

ESTA CONVENCIÓN BUSCA ESTABLECER MEDIDAS PARA PREVENIR Y PENALIZAR A LAS PERSONAS Y A LAS EMPRESAS QUE PROMETAN O DEN GRATIFICACIONES A FUNCIONARIOS PÚBLICOS EXTRANJEROS QUE PARTICIPAN EN TRANSACCIONES COMERCIALES IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LAS EMPRESAS QUE COMPITEN POR LAS INTERNACIONALES. SU OBJETIVO ES ELIMINAR LA COMPETENCIA DESLEAL Y CREAR CONTRATACIONES GUBERNAMENTALES.

LA OCDE HA ESTABLECIDO MECANISMOS MUY CLAROS PARA QUE LOS PAÍSES FIRMANTES DE LA

CONVENCIÓN CUMPLAN CON LAS RECOMENDACIONES EMITIDAS POR ÉSTA Y EN EL CASO DE

MÉXICO, INICIARÁ EN NOVIEMBRE DE 2003 UNA SEGUNDA FASE DE EVALUACIÓN –LA PRIMERA YA

FUE APROBADA- EN DONDE UN GRUPO DE EXPERTOS VERIFICARA, ENTRE OTROS:

LA COMPATIBILIDAD DE NUESTRO MARCO JURÍDICO CON LAS DISPOSICIONES DE LA CONVENCIÓN.

EL CONOCIMIENTO QUE TENGAN LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO DE LAS RECOMENDACIONES DE LA CONVENCIÓN.

EL RESULTADO DE ESTA EVALUACIÓN IMPACTARÁ EL GRADO DE INVERSIÓN OTORGADO A MÉXICO

POR LAS AGENCIAS CALIFICADORES Y LA ATRACCIÓN DE INVERSIÓN EXTRANJERA.

LAS RESPONSABILIDADES DEL SECTOR PÚBLICO SE CENTRAN EN:

PROFUNDIZAR LAS REFORMAS LEGALES QUE INICIO EN 1999

DIFUNDIR LAS RECOMENDACIONES DE LA CONVENCIÓN Y LAS OBLIGACIONES DE CADA UNO DE LOS ACTORES COMPROMETIDOS EN SU CUMPLIMIENTO.

PRESENTAR CASOS DE COHECHO EN PROCESO Y CONCLUIDOS (INCLUYENDO AQUELLOS RELACIONADOS CON LAVADO DE DINERO Y EXTRADICIÓN).

LAS RESPONSABILIDADES DEL SECTOR PRIVADO CONTEMPLAN:

LAS EMPRESAS: ADOPTAR ESQUEMAS PREVENTIVOS COMO EL ESTABLECIMIENTO DE CÓDIGOS

DE CONDUCTA, DE MEJORES PRÁCTICAS CORPORATIVAS (CONTROLES INTERNOS, MONITOREO, INFORMACIÓN FINANCIERA PUBLICA, AUDITORIAS EXTERNAS) Y DE MECANISMOS QUE PREVENGAN EL OFRECIMIENTO Y OTORGAMIENTO DE RECURSOS O BIENES A SERVIDORES PÚBLICOS, PARA OBTENER BENEFICIOS PARTICULARES O PARA LA EMPRESA.

LOS CONTADORES PÚBLICOS: REALIZAR AUDITORIAS; NO ENCUBRIR ACTIVIDADES ILÍCITAS

(DOBLE CONTABILIDAD Y TRANSACCIONES INDEBIDAS, COMO ASIENTOS CONTABLES FALSIFICADOS, INFORMES FINANCIEROS FRAUDULENTOS, TRANSFERENCIAS SIN AUTORIZACIÓN, ACCESO A LOS

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ACTIVOS SIN CONSENTIMIENTO DE LA GERENCIA); UTILIZAR REGISTROS CONTABLES PRECISOS; INFORMAR A LOS DIRECTIVOS SOBRE CONDUCTAS ILEGALES.

LOS ABOGADOS: PROMOVER EL CUMPLIMIENTO Y REVISIÓN DE LA CONVENCIÓN (IMPRIMIR EL

CARÁCTER VINCULATORIO ENTRE ÉSTA Y LA LEGISLACIÓN NACIONAL); IMPULSAR LOS ESQUEMAS PREVENTIVOS QUE DEBEN ADOPTAR LAS EMPRESAS.

LAS SANCIONES IMPUESTAS A LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES (PRIVADOS) Y A LOS SERVIDORES

PÚBLICOS QUE INCUMPLAN LAS RECOMENDACIONES DE LA CONVENCIÓN, IMPLICAN ENTRE OTRAS,

PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD, EXTRADICIÓN, DECOMISO Y/O EMBARGO DE DINERO O BIENES.

ES IMPORTANTE CONOCER QUE EL PAGO REALIZADO A SERVIDORES PÚBLICOS EXTRANJEROS ES PERSEGUIDO Y CASTIGADO INDEPENDIENTEMENTE DE QUE EL FUNCIONARIO SEA ACUSADO O NO. LAS INVESTIGACIONES PUEDEN INICIARSE POR DENUNCIA, PERO TAMBIÉN POR OTROS MEDIOS, COMO LA REVISIÓN DE LA SITUACIÓN PATRIMONIAL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS O LA IDENTIFICACIÓN DE TRANSACCIONES ILÍCITAS, EN EL CASO DE LAS EMPRESAS.

EL CULPABLE PUEDE SER PERSEGUIDO EN CUALQUIER PAÍS FIRMANTE DE LA CONVENCIÓN,

INDEPENDIENTEMENTE DEL LUGAR DONDE EL ACTO DE COHECHO HAYA SIDO COMETIDO.

EN LA MEDIDA QUE ESTOS LINEAMIENTOS SEAN CONOCIDOS POR LAS EMPRESAS Y LOS

SERVIDORES PÚBLICOS DEL PAÍS, ESTAREMOS CONTRIBUYENDO A CONSTRUIR ESTRUCTURAS

PREVENTIVAS QUE IMPIDAN EL INCUMPLIENDO DE LAS RECOMENDACIONES DE LA CONVENCIÓN Y

POR TANTO LA COMISIÓN DE ACTOS DE CORRUPCIÓN.

POR OTRA PARTE, ES DE SEÑALAR QUE EL CÓDIGO PENAL FEDERAL SANCIONA EL COHECHO EN LOS

SIGUIENTES TÉRMINOS:

“ARTÍCULO 222”

COMETEN EL DELITO DE COHECHO:

I. EL SERVIDOR PÚBLICO QUE POR SÍ, O POR INTERPÓSITA PERSONA SOLICITE O RECIBA INDEBIDAMENTE PARA SÍ O PARA OTRO, DINERO O CUALQUIERA OTRA DÁDIVA, O ACEPTE UNA PROMESA, PARA HACER O DEJAR DE HACER ALGO JUSTO O INJUSTO RELACIONADO CON SUS FUNCIONES, Y

II. EL QUE DE MANERA ESPONTÁNEA DÉ U OFREZCA DINERO O CUALQUIER OTRA DÁDIVA A ALGUNA DE LAS PERSONAS QUE SE MENCIONA EN LA FRACCIÓN ANTERIOR, PARA QUE CUALQUIER SERVIDOR PÚBLICO HAGA U OMITA UN ACTO JUSTO O INJUSTO RELACIONADO CON SUS FUNCIONES.

AL QUE COMETE EL DELITO DE COHECHO SE LE IMPONDRÁN LAS SIGUIENTES SANCIONES:

CUANDO LA CANTIDAD O VALOR DE LA DÁDIVA O PROMESA NO EXCEDA DEL EQUIVALENTE DE

QUINIENTAS VECES EL SALARIO MÍNIMO DIARIO VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL EN EL MOMENTO

DE COMETERSE EL DELITO, O NO SEA VALUABLE, SE IMPONDRÁN DE TRES MESES A DOS AÑOS DE

PRISIÓN, MULTA DE TREINTA A TRESCIENTAS VECES EL SALARIO MÍNIMO DIARIO VIGENTE EN EL

DISTRITO FEDERAL EN EL MOMENTO DE COMETERSE EL DELITO Y DESTITUCIÓN E INHABILITACIÓN DE

TRES MESES A DOS AÑOS PARA DESEMPEÑAR OTRO EMPLEO, CARGO A COMISIÓN PÚBLICOS.

CUANDO LA CANTIDAD O EL VALOR DE LA DADIVA, PROMESA O PRESTACIÓN EXCEDA DE QUINIENTAS

VECES EL SALARIO MÍNIMO DIARIO VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL EN EL MOMENTO DE

COMETERSE EL DELITO, SE IMPONDRÁN DE DOS AÑOS A CATORCE AÑOS DE PRISIÓN, MULTA DE

TRESCIENTAS A QUINIENTAS VECES EL SALARIO MÍNIMO DIARIO VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL

EN EL MOMENTO DE COMETERSE EL DELITO Y DESTITUCIÓN E INHABILITACIÓN DE DOS AÑOS A

CATORCE AÑOS PARA DESEMPEÑAR OTRO EMPLEO, CARGO O COMISIÓN PÚBLICOS.

EN NINGÚN CASO SE DEVOLVERÁ A LOS RESPONSABLES DEL DELITO DE COHECHO, EL DINERO O

DÁDIVAS ENTREGADAS, LAS MISMAS SE APLICARAN EN BENEFICIO DE “LA SEDESOL”.

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CAPITULO XI

COHECHO A SERVIDORES PÚBLICOS EXTRANJEROS

ARTÍCULO 222 BIS

SE IMPONDRÁN PENAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULOS ANTERIOR AL QUE CON EL PROPÓSITO DE OBTENER O RETENER PARA SI O PARA OTRA PERSONA VENTAJAS INDEBIDAS EN EL DESARROLLO O CONDUCCIÓN DE TRANSACCIONES COMERCIALES INTERNACIONALES, OFREZCA, PROMETA O DÉ , POR SI O POR INTERPÓSITA PERSONA, DINERO O CUALQUIERA OTRA DÁDIVA, YA SEA EN BIENES O SERVICIOS.

I. A UN SERVIDOR PÚBLICO EXTRANJERO PARA QUE GESTIONE O SE ABSTENGA DE GESTIONAR LA TRAMITACIÓN O RESOLUCIÓN DE ASUNTOS RELACIONADOS CON LAS FUNCIONES INHERENTES A SU EMPLEO, CARGO O COMISIÓN.

II. A UN SERVIDOR PÚBLICO EXTRANJERO PARA LLEVAR A CABO LA TRAMITACIÓN O RESOLUCIÓN DE CUALQUIER ASUNTO QUE SE ENCUENTRE FUERA DEL ÁMBITO DE LAS FUNCIONES INHERENTES A SU EMPLEO, CARGO O COMISIÓN O,

III. A CUALQUIER PERSONA PARA QUE ACUDA ANTE UN SERVIDOR PÚBLICO EXTRANJERO Y LE REQUIERA O LE PROPONGA LLEVAR A CABO LA TRAMITACIÓN O RESOLUCIÓN DE CUALQUIER ASUNTO RELACIONADO CON LAS FUNCIONES INHERENTES AL EMPLEO, CARGO O COMISIÓN DE ESTE ÚLTIMO.

PARA LO EFECTOS D ESTE ARTÍCULO SE ENTIENDE POR SERVIDOR PÚBLICO EXTRANJERO, TODA

PERSONA QUE OSTENTE U OCUPE UN CARGO PÚBLICO CONSIDERADO ASÍ POR LA LEY RESPECTIVA,

EN LOS ÓRGANOS LEGISLATIVO, EJECUTIVO O JUDICIAL DE UN ESTADO EXTRANJERO, INCLUYENDO

LAS AGENCIAS O EMPRESAS AUTÓNOMAS, INDEPENDIENTES O DE PARTICIPACIÓN ESTATAL, EN

CUALQUIER ORDEN O NIVEL DE GOBIERNO, ASÍ COMO CUALQUIER ORGANISMO U ORGANIZACIÓN

PÚBLICA INTERNACIONALES.

CUANDO ALGUNO DE LOS DELITOS COMPRENDIDOS EN ESTE ARTÍCULO SE COMETA EN LOS

SUPUESTOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 11 DE ESTE CÓDIGO, EL JUEZ IMPONDRÁ A LA

PERSONA MORAL HASTA QUINIENTOS DÍAS MULTA Y PODRÁ DECRETAR SU SUSPENSIÓN O

DISOLUCIÓN, TOMANDO EN CONSIDERACIÓN EL GRADO DE CONOCIMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE

ADMINISTRACIÓN RESPECTO DEL COHECHO EN LA TRANSACCIÓN INTERNACIONAL Y EL DAÑO

CAUSADO O EL BENEFICIO OBTENIDO POR LA PERSONA MORAL”

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ANEXO III

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES QUE SE DEBERÁN

OBSERVAR PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN

PÚBLICA GUBERNAMENTAL DENOMINADO COMPRANET.

DOF: 28/06/2011

ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización

del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados

Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.

SALVADOR VEGA CASILLAS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por

los artículos 37, fracciones XIX y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 27 y 34

de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 28 y 36 de la Ley de Obras

Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 6 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría

de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que corresponde a la Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones, establecer

normas, políticas y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas

de la Administración Pública Federal;

Que en términos de los artículos 56, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público y 74 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas,

la administración del sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones,

arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, denominado

CompraNet, está a cargo de la Secretaría de la Función Pública, a través de la Unidad de Política de

Contrataciones Públicas;

Que el sistema electrónico a que alude el considerando anterior tiene como fines el contribuir a la

generación de una política general en la Administración Pública Federal en materia de contrataciones;

propiciar la transparencia y seguimiento de las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector

público, así como de las contrataciones de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, y

generar la información necesaria que permita la adecuada planeación, programación y presupuestación

de las contrataciones públicas, así como su evaluación integral;

Que para garantizar la inalterabilidad y conservación de la información contenida en CompraNet, es

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indispensable que esta Secretaría establezca los controles necesarios, he tenido a bien emitir el

siguiente:

ACUERDO

Artículo Unico.- Se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del

Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental, denominado COMPRANET.

Objeto y ámbito de aplicación.

1.- Las presentes disposiciones tienen por objeto regular la forma y términos para la utilización del

sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado CompraNet, por parte de los

sujetos a que se refieren los artículos 1 fracciones I a VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público y 1 fracciones I a VI de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados

con las Mismas, así como de los licitantes, proveedores y contratistas, de conformidad con lo previsto en

dichos ordenamientos legales.

Las menciones que se hagan a las dependencias y entidades o a las convocantes, se entenderán

hechas, en lo conducente, a las entidades federativas, los municipios y los entes públicos de unas y

otros.

El registro para la utilización de CompraNet implica la plena aceptación de los usuarios a sujetarse a

las presentes disposiciones y a las demás que regulen la operación de dicho sistema.

Definiciones.

2.- Para los efectos de estas disposiciones, en adición a las definiciones contenidas en la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en la Ley de Obras Públicas y Servicios

Relacionados con las Mismas y en sus respectivos reglamentos, se entenderá por:

I. Ley de Adquisiciones: la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;

II. Ley de Obras: la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;

III. Operador y/o Administrador: al servidor público que ha certificado sus capacidades para realizar

operaciones y llevar a cabo procedimientos de contratación en CompraNet;

IV. OSD: las ofertas subsecuentes de descuentos a que se refiere el artículo 2 fracción VIII de la Ley de

Adquisiciones;

V. PASOP: el módulo de CompraNet en el que se contienen los programas anuales de adquisiciones,

arrendamientos y servicios de las dependencias y entidades y los programas anuales de obras públicas

y servicios relacionados con las mismas de las dependencias y entidades;

VI. RUPC: el módulo de CompraNet en el que se contienen el Registro Unico de Proveedores y el Registro

Unico de Contratistas;

VII. Unidad compradora: el área de las dependencias o entidades que ha sido registrada y autorizada por

la UPCP para realizar operaciones y llevar a cabo procedimientos de contratación en CompraNet, a la

cual le es asignada una clave de identificación. Dicha Unidad estará a cargo del titular del área

contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o del servidor público que éste

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designe, y

VIII. UPCP: la Unidad de Política de Contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública.

Disposiciones generales.

3.- Las adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las

mismas a que se refieren las presentes disposiciones son los comprendidos en el artículo 3 de la Ley de

Adquisiciones y en los artículos 3 y 4 de la Ley de Obras, respectivamente.

4.- Para la realización de licitaciones públicas, invitaciones a cuando menos tres personas y

adjudicaciones directas, con independencia de su carácter nacional o internacional, cuyos montos sean

superiores a la cantidad equivalente a trescientas veces el salario mínimo general diario vigente para el

Distrito Federal, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, deberá utilizarse CompraNet, con las

salvedades previstas en la Ley de Adquisiciones o en la Ley de Obras, según corresponda.

5.- Corresponderá a la Secretaría de la Función Pública, a través de la Unidad de Normatividad de

Contrataciones Públicas, previa opinión de la UPCP, la interpretación para efectos administrativos de las

presentes disposiciones, así como la resolución de los casos no previstos en las mismas.

De los requisitos técnicos.

6.- El sistema CompraNet opera en ambiente Web por lo que los requerimientos tecnológicos

mínimos recomendados para su uso son:

a. Computadora con microprocesador con arquitectura x86 de séptima generación o equivalente con una

capacidad de 512 MB de memoria en RAM y 20 GB de memoria libre en disco duro;

b. Versiones actualizadas de navegador para Internet;

c. Instalación de software JAVA en su última versión, y

d. Conexión a Internet con un ancho de banda de 512 Kbps.

7.- La inalterabilidad y conservación de la información contenida o remitida a través de CompraNet,

está garantizada por el uso de protocolos de seguridad alineados a los estándares internacionales, no

obstante, los usuarios de dicho sistema deberán observar las medidas de seguridad que garanticen que

los documentos electrónicos que incorporen al mismo se encuentren libres de virus informáticos.

Del registro y acreditación de unidades compradoras, operadores y administradores.

8.- Para obtener el registro y autorización de Unidad compradora, el titular del área contratante o del

área responsable de la contratación a nivel central o el servidor público que éste designe deberá

solicitar, mediante oficio a la UPCP, el alta de la misma y designar a los servidores públicos que serán

capacitados como operadores y/o administradores de esa Unidad compradora, especificando su perfil de

usuarios para la operación de CompraNet, de acuerdo con lo señalado en la guía de usuario que la

UPCP pondrá a su disposición en el propio sistema.

Para obtener su registro como operadores y/o administradores de una Unidad compradora, los

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servidores públicos previamente designados por ésta, deberán acreditar estar capacitados para la

operación en CompraNet, de conformidad con los programas de capacitación y actualización que sean

definidos por la UPCP y difundidos a través de CompraNet.

La UPCP podrá incluir en CompraNet programas para la capacitación o actualización en línea, los

cuales generarán al finalizar el curso, un reporte que acreditará que los servidores públicos cuentan, en

su caso, con las habilidades y conocimientos necesarios para realizar operaciones y llevar a cabo

procedimientos de contratación en CompraNet.

Cuando se extinga la necesidad de contar con alguna Unidad compradora, el titular del área

contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o el servidor público que éste

designe deberá solicitar, mediante oficio a la UPCP, la baja de esa Unidad Compradora. Dicha solicitud

deberá presentarse con quince días naturales de anticipación a la fecha en que se pretenda que la

Unidad compradora deje de realizar operaciones y procedimientos de contratación.

9.- A los servidores públicos que obtengan su registro como operadores y/o administradores de una

Unidad compradora, la UPCP les asignará una clave de usuario única e intransferible que les permitirá

operar en CompraNet únicamente para la Unidad compradora que hubiere solicitado su acreditación.

Dicho registro se mantendrá vigente para los operadores o administradores que acrediten estar

capacitados para la operación en CompraNet, conforme a los programas de actualización

correspondientes.

10.- La Unidad compradora que se encuentre registrada y autorizada por la UPCP para operar en

CompraNet, estará obligada a utilizar dicho sistema para todos sus procedimientos de contratación

cuyos montos sean superiores a la cantidad equivalente a trescientas veces el salario mínimo general

diario vigente para el Distrito Federal.

11.- Será responsabilidad del titular del área contratante o del área responsable de la contratación a

nivel central o el servidor público que éste designe, solicitar a la UPCP la baja de algún operador y/o

administrador de la Unidad compradora para efectos de cancelar su clave de usuario. Dicha solicitud

deberá presentarse mediante oficio, en el que se precisará la fecha a partir de la cual se requiere se

efectúe la baja del operador y/o administrador.

De los programas anuales.

12.- La UPCP dará a conocer a través de CompraNet, los formularios y requerimientos para la

integración, difusión y actualización de los programas anuales previstos en la Ley de Adquisiciones y en

la Ley de Obras en el PASOP.

13.- Los programas anuales a que alude la disposición anterior y, en su caso, sus actualizaciones

deberán ser incorporados en el PASOP, el cual generará el acuse de recibo respectivo.

Del acceso y uso de CompraNet para los proveedores y contratistas.

14.- Para que los potenciales licitantes tengan acceso a CompraNet, será necesario que los mismos

capturen los datos solicitados en los campos que se determinan como obligatorios en el formulario de

registro que está disponible en CompraNet. Si los potenciales licitantes lo estiman conveniente podrán

capturar, en ese momento o con posterioridad, la totalidad de la información prevista en dicho formulario.

El medio de identificación electrónica para que los potenciales licitantes nacionales, ya sean

personas físicas o morales, hagan uso de CompraNet, será el certificado digital de la firma electrónica

avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones

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fiscales.

Cuando se trate de potenciales licitantes extranjeros, el medio de identificación electrónico para que

hagan uso de CompraNet se generará por el propio sistema, previo llenado de los formatos que para tal

efecto se encuentren establecidos en el mismo y la entrega de la documentación que a continuación se

señala o de su equivalente, la cual de presentarse en idioma distinto al español deberá acompañarse de

su correspondiente traducción a este idioma. Dicha documentación deberá remitirse debidamente

legalizada o, en su caso, apostillada por las autoridades competentes, en términos de las disposiciones

aplicables, a través de CompraNet, de manera digitalizada:

Persona Física Persona Moral

1. Acta de Nacimiento.

2. Identificación oficial con fotografía del país de

origen (por ejemplo pasaporte vigente).

3. Cédula de identificación fiscal.

4. Clave única de registro de población, si existe en

el país de origen.

En caso de que el trámite lo realice a través de

apoderado, adicionalmente:

1. Documento que acredite el otorgamiento de dicha

representación.

2. Identificación oficial con fotografía.

3. Cédula de identificación fiscal (opcional).

1. Testimonio de la escritura pública con la que se

acredite su existencia legal, así como las

facultades de su representante legal o

apoderado, incluidas sus respectivas reformas.

2. Identificación oficial con fotografía del

representante legal o apoderado (ejemplo

pasaporte vigente).

3. Cédula de identificación fiscal de la persona moral

y, de manera opcional, la de su representante

legal o apoderado.

4. Clave única de registro de población del

representante legal o apoderado.

CompraNet emitirá un aviso de recepción de la información a que alude este numeral.

15.- Una vez que el potencial licitante, nacional o extranjero, haya capturado correctamente los datos

determinados como obligatorios en el formulario de registro a que alude el primer párrafo del numeral

anterior, CompraNet le hará llegar dentro de los ocho días naturales posteriores, una contraseña inicial

de usuario registrado, la cual deberá modificar de manera inmediata con la finalidad de salvaguardar la

confidencialidad de la información que remita a través de CompraNet.

16.- Para la presentación y firma de proposiciones o, en su caso, de inconformidades a través de

CompraNet, los licitantes nacionales deberán utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Servicio

de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales.

En el caso de los licitantes extranjeros, para la presentación y firma de sus proposiciones y, en su

caso, de inconformidades a través de CompraNet, deberán utilizar los medios de identificación

electrónica que otorgue o reconozca la Secretaría de la Función Pública, de conformidad con las

disposiciones emitidas al efecto.

CompraNet emitirá un aviso de la recepción de las proposiciones o, en su caso, de las

inconformidades a que se refieren los párrafos anteriores.

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Por medio de identificación electrónica se considerará al conjunto de datos y caracteres asociados

que permiten reconocer la identidad de la persona que hace uso del mismo, y que legitiman su

consentimiento para obligarse a las manifestaciones que realice con el uso de dicho medio.

17.- La UPCP pondrá a disposición de los usuarios de CompraNet, a través de dicho sistema, la

información necesaria para el uso eficiente del mismo.

Registro Unico de Proveedores y de Contratistas.

18.- Para su inscripción en el Registro Unico de Proveedores o en el de Contratistas, según

corresponda, el proveedor o contratista interesado deberá incorporar en CompraNet los datos que le

sean aplicables de entre los contenidos en el formulario disponible en dicho sistema, los cuales en

términos de los artículos 105 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y 43 del Reglamento de la Ley

de Obras, son:

I. Nombre o razón social, nacionalidad y domicilio;

II. Información relativa al número de escritura constitutiva, sus reformas y datos de su inscripción en el

Registro Público correspondiente;

III. Relación de socios, conforme a lo dispuesto en los artículos 50 fracción VII de la Ley de Adquisiciones o

51 fracción VI de la Ley de Obras, según corresponda, y el artículo 73 de la Ley General de Sociedades

Mercantiles;

IV. Nombre de los representantes legales del proveedor o contratista, así como la información relativa a los

documentos públicos que los acrediten como tales y sus datos de inscripción en el Registro Público de

Comercio;

V. Especialidad del proveedor o contratista y la información relativa a los contratos que según el caso, lo

acrediten;

VI. Experiencia del proveedor o contratista y la información de los contratos que según el caso, la acreditan,

y

VII. Información referente a la capacidad técnica, económica y financiera del proveedor o contratista.

Una vez que el proveedor o contratista adjudicado haya completado el formulario a que se refiere el

párrafo anterior, la Unidad compradora validará la información proporcionada y en su caso lo inscribirá

en el RUPC dentro de los dos días hábiles posteriores a que se haya completado el formulario.

CompraNet hará llegar al proveedor o contratista su número de inscripción, dentro de los dos días

hábiles posteriores a ésta. La fecha de inscripción en el RUPC, será la que se considere como el inicio

del historial del proveedor o contratista para efectos de lo dispuesto en los artículos 48 de la Ley de

Adquisiciones y 86 de su Reglamento, así como en los artículos 48 de la Ley de Obras y 90 de su

Reglamento.

El proveedor o contratista será responsable de mantener actualizada la información a que se refiere

este numeral, para efectos de lo dispuesto en los artículos 48, fracción VI del Reglamento de la Ley de

Adquisiciones y 61, fracción VII del Reglamento de la Ley de Obras, para lo cual utilizará el medio de

identificación electrónica con el que tiene acceso a CompraNet.

19.- Corresponderá a las unidades compradoras incorporar a CompraNet, los datos relativos a los

contratos en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios

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relacionados con las mismas y a su cumplimiento, con el propósito de integrar el historial de proveedores

o contratistas a que hacen referencia los artículos 105 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y 43

del Reglamento de la Ley de Obras, según corresponda.

20.- La inscripción en el RUPC sólo se realizará en una ocasión. Cuando una Unidad compradora

reciba la solicitud de inscripción de algún proveedor o contratista que ya se encuentre registrado en el

RUPC, le comunicará a éste de tal circunstancia y le solicitará verificar que su información contenida en

dicho registro se mantenga actualizada.

21.- La clave y contraseña que la Unidad compradora utilizará para capturar y validar la información

del RUPC le será proporcionada por la UPCP, previa solicitud que realice conforme al procedimiento

difundido a través de CompraNet.

La clave y contraseña a que se refiere el párrafo anterior, serán diferentes de las que utilizan los

operadores y/o administradores de la Unidad compradora para realizar los procedimientos de

contratación en el CompraNet.

22.- La información relativa al RUPC permanecerá en CompraNet aun cuando el proveedor o

contratista solicite su baja del mismo.

23.- Una vez concluido el contrato, la Unidad compradora que capturó los datos relevantes del

mismo, deberá incorporar en CompraNet, con base en la información que le proporcione el administrador

del contrato o el área responsable de la ejecución de los trabajos, los datos relativos al cumplimiento de

dicho contrato para el efecto de que dicho sistema asigne una puntuación al proveedor o contratista,

según corresponda, a partir de menor incidencia de los siguientes factores:

- Aplicación de penas convencionales;

- Deducciones al pago o retenciones;

- Ejecución de garantías de cumplimiento, de anticipo, de vicios ocultos, o cualesquiera otra;

- Inhabilitación en la dependencia o entidad convocante, en términos de los artículos 50 fracción III de la

Ley de Adquisiciones o 51 fracción III de la Ley de Obras, según corresponda, y

- Rescisión administrativa.

El grado de cumplimiento de un proveedor o contratista se determinará por el promedio aritmético de

la puntuación de cada uno de los contratos que tenga registrados en CompraNet.

Cualquier Unidad compradora tendrá acceso a la información relativa al historial de cumplimiento de

los proveedores y contratistas, con base en la cual podrán reducir los montos de garantía de

cumplimiento, en términos de lo dispuesto en los Lineamientos expedidos al efecto por la Secretaría de

la Función Pública.

CompraNet sólo considerará totalmente integrado un expediente (carpeta virtual), una vez que la

Unidad compradora incorpore en dicho sistema la información a que se refiere el primer párrafo de este

numeral respecto del o los contratos derivados de un procedimiento de contratación.

De la operación de CompraNet.

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24.- Para dar inicio a un procedimiento de contratación en CompraNet, se requiere la creación previa

de un expediente (carpeta virtual) el cual contendrá toda la información que derive de dicho

procedimiento. Para la creación del expediente, CompraNet cuenta con plantillas preconfiguradas que

consideran los diferentes requerimientos de información, según el tipo de procedimiento que se pretenda

llevar a cabo.

25.- Los contratos que deriven de un procedimiento de contratación deberán reportarse, a más tardar

dentro de los 5 días hábiles posteriores al fallo, con independencia de la fecha en que se firmen,

utilizando el formulario que para el reporte de información relevante del contrato se encuentra disponible

en CompraNet. Cualquier modificación a la información proporcionada, deberá reportarse dentro de los 5

días hábiles siguientes a la fecha en que ésta ocurra.

26.- Las actas relativas a la junta de aclaraciones, al acto de presentación y apertura de

proposiciones, y a la junta pública en la que se dé a conocer el fallo, se deberán incorporar en

CompraNet al concluir dichos actos, en la sección de difusión al público en general.

27.- La Unidad compradora que permita la recepción de proposiciones en forma documental y por

escrito durante un procedimiento de contratación mixto o presencial, deberá incorporar dicha información

a CompraNet utilizando al efecto la guía que se encuentra disponible en el propio sistema, con objeto de

analizar el comportamiento de las contrataciones públicas.

La información generada por cualquier Operador y/o Administrador en CompraNet, será considerada

documento público en términos del Código Federal de Procedimientos Civiles, por lo que su

reproducción a través de dicho sistema tendrá pleno valor probatorio.

28.- CompraNet cuenta con un Clasificador Unico de las Contrataciones Públicas, denominado

CUCOP, el cual permitirá, entre otras funcionalidades, optimizar el análisis de la información relativa a

los bienes, servicios y obras públicas que contratan las dependencias y entidades. El CUCOP será

utilizado por:

a. Los potenciales licitantes, al momento en que se registren en la plataforma para clasificar los bienes o

servicios de su especialidad, y

b. Las unidades compradoras, al configurar cada expediente de contratación y durante la captura de los

datos relevantes del contrato.

29.- Las dependencias y entidades, a través de la Unidad compradora, recabarán de los licitantes su

aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación

requerida por la Unidad compradora, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las

proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier

otra causa ajena a la dependencia o entidad.

30.- Cuando por causas ajenas a CompraNet o a la Unidad compradora, no sea posible iniciar o

continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender de

manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o

reanudación; a tal efecto la Unidad compradora difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que iniciará

o reanudará el acto.

De las Ofertas Subsecuentes de Descuentos.

31.- Para utilizar la modalidad OSD en un procedimiento de licitación pública electrónica, la Unidad

compradora tendrá que seleccionar la plantilla correspondiente a esta modalidad al momento de crear el

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expediente.

32.- La participación en un procedimiento de licitación pública electrónica, bajo la modalidad OSD,

implica la previa acreditación de los licitantes interesados en el uso de la herramienta OSD, a tal efecto,

la UPCP mantendrá en CompraNet a disposición de cualquier interesado, la información necesaria para

su capacitación y/o acreditación en el uso de dicha herramienta.

33.- El servidor público que acredite su capacitación para el uso de CompraNet en términos de lo

dispuesto en el numeral 8 de las presentes disposiciones, estará certificado para llevar a cabo

procedimientos de licitación pública electrónica bajo la modalidad de OSD.

34.- La Unidad compradora estará autorizada para realizar la licitación pública electrónica bajo la

modalidad de OSD cuando el servidor público designado como operador y/o administrador cumpla lo

dispuesto en el numeral anterior.

35.- La clave de acceso o certificado digital para que los licitantes participen en procedimientos de

contratación bajo la modalidad de OSD serán los mismos que recibieron al inscribirse al CompraNet, de

conformidad con los numerales 14 y 15 de las presentes disposiciones.

Transitorios

PRIMERO.- El presente Acuerdo y las disposiciones contenidas en el mismo entrarán en vigor al día

siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- A partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, se abrogan las disposiciones y se

dejan sin efectos los oficios que a continuación se indican:

- Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación

electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias

y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades

por la misma vía, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 9 de agosto de 2000.

- Acuerdo que establece la información relativa a los procedimientos de licitación pública que las

dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán remitir a la Secretaría de

Contraloría y Desarrollo Administrativo por transmisión electrónica o en medio magnético, así como la

documentación que las mismas podrán requerir a los proveedores para que éstos acrediten su

personalidad en los procedimientos de licitación pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación

de fecha 11 de abril de 1997.

- Oficio No. SP/100/del 610 al 635/2004 de fecha 23 de agosto de 2004, emitido por el Secretario de la

Función Pública, relativo a la información que debe remitirse al Sistema Electrónico de Contrataciones

Gubernamentales (COMPRANET).

- Oficio SP/100/336/09 de fecha 23 de septiembre de 2009, emitido por el Secretario de la Función

Pública, mediante el cual se indica que deberán subirse al Sistema CompraNet los contratos con un

monto mayor a 300 veces el Salario Mínimo General Vigente en el Distrito Federal sin considerar IVA.

TERCERO.- A partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, la versión de CompraNet que se

encuentra activa desde el año 2000, dejará de ser el sistema electrónico de información pública

gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados

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con las mismas. La información contenida en dicha versión no será migrada a la nueva plataforma y sólo

se mantendrá disponible para consulta, así como para los efectos previstos en el párrafo siguiente.

Los procedimientos de contratación que las dependencias y entidades hayan iniciado en la versión

activa de CompraNet a que se refiere el párrafo anterior, deberán concluirse utilizando esa versión.

CUARTO.- Hasta en tanto se encuentre disponible la funcionalidad en CompraNet para realizar el

sorteo por insaculación previsto en el último párrafo del artículo 54 del Reglamento de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dicho sorteo se llevará a cabo de acuerdo

con lo establecido en los párrafos segundo y tercero del citado precepto.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, Distrito Federal, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil once.- El Secretario de la

Función Pública, Salvador Vega Casillas.- Rúbrica.

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LEGAL - ADMINISTRATIVA

LA - 01

D o c u m e n t o

CARTA FIRMADA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MEDIANTE LA CUAL MANIFIESTE EL

DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES.

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(Reproducir en hoja membretada de la empresa)

Anexo LA-01

Manifestación escrita del domicilio para oír y Recibir todo tipo de notificaciones

Tepic, Nayarit, a de del 2012.

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

DELEGACIÓN FEDERAL EN EL ESTADO DE NAYARIT.

PRESENTE

Invitación a Cuando Menos Tres Personas No. 000000000000000 relativa a los trabajos de: "XXXXXX”,

Servicios Relacionados con la Obra Pública a precios unitarios y tiempo determinado.

Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que (nombre de la persona moral ó física), tiene como domicilio

para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en: .

Protesto lo necesario

(Nombre, cargo y firma)

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LA - 02

D o c u m e n t o

TRATANDOSE DE PERSONA FISICA ORIGINAL Y COPIA DE IDENTIFICACION OFICIAL

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LA - 03

D o c u m e n t o

CARTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MEDIANTE LA CUAL ACREDITE SU

PERSONALIDAD Y QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR POR SI O

POR SU REPRESENTADA, LA PROPUESTA TECNICA Y ECONOMICA.

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(Reproducir en hoja membretada de la empresa)

Anexo LA-03

(nombre) manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento

con facultades suficientes para suscribir la propuesta (Técnica y Económica), en el presente Proceso de Invitación a Cuando Menos Tres Personas a nombre y representación de: (persona física o moral).

No. de Proceso de Invitación a Cuando Menos Tres Personas:

Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio: Calle y Número:

Colonia: Delegación o Municipio:

Código Postal: Entidad Federativa:

Teléfonos: Fax:

Correo Electrónico: No. de la Escritura Pública en la que consta su Acta Constitutiva: Fecha:

Nombre, Número y Lugar del Notario Público ante el cual dio fe de la misma:

Relación de Accionistas.-

Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre(s):

Descripción del Objeto Social:

Inscripción al Registro Público de Comercio:

Reforma al Acta Constitutiva:

Nombre del Apoderado o Representante:

Datos del documento mediante el cual acredita su Personalidad y Facultades:

Escritura Pública Número: Fecha:

Nombre, Número y Lugar del Notario Público ante el cual se otorgó:

(Lugar y fecha)

Protesto lo necesario

(Firma)

Nota: El presente Anexo podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime

conveniente, debiendo respetar su contenido y orden indicado.

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LA - 04

D o c u m e n t o

CONVENIO PRIVADO DE ASOCIACION

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(Reproducir en hoja membretada de la empresa) Anexo LA-04

C O N V E N I O

INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. 000000000

.

(Formato libre que contenga toda la información enunciada en el Numeral 4 de la convocatoria Primera)

EMPRESA (1) EMPRESA (2)

Nombre, firma y cargo. Nombre, firma y cargo.

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LA - 05

D o c u m e n t o

CARTA FIRMADA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS CONTEMPLADOS EN LOS ARTÍCULOS 51 Y 78 DE LA

LOPSRM.

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(Reproducir en hoja membretada de la empresa)

Anexo LA-05

Tepic, Nayarit, a de del 2012.

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL DELEGACIÓN FEDERAL EN EL ESTADO DE NAYARIT. PRESENTE

INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. 000000000000 relativa a los trabajos de:

"XXXXXXXXXXXX” Obra Pública a precios unitarios y tiempo determinado.

Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que (nombre de la persona moral o física), y sus directivos e

integrantes no se encuentren en alguno de los supuestos de los Artículos 51 Y 78 de la Ley de Obras

Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, sus reformas y adiciones, así mismo no cuento con

juicios, demandas e interpelaciones legales por incumplimiento de contrato en los ámbitos federal, estatal

y municipal.

Protesto lo necesario

(Nombre, cargo y firma)

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LA - 06

ACREDITACION DE CAPITAL CONTABLE POR UN MINIMO DE $ 500,000.00 (QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N)

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PROPUESTA TECNICA

PT - 01

D O C U M E N T O

COPIA OFICIO INVITACION

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PROPUESTA TECNICA

PT - 02

D O C U M E N T O

Que los trabajos se llevarán a cabo con sujeción a la “LEY” y el “REGLAMENTO”; Alcances de los trabajos, las especificaciones Generales y Particulares; el programa y montos de trabajos, expresados en pesos y con base en los precios unitarios señalados en la relación de conceptos y cantidades de trabajo para expresión de precios unitarios y monto total de la proposición que deberán estar calculados de acuerdo con lo establecido en la “LEY” y el “REGLAMENTO”, las especificaciones generales y particulares de las Dependencias Normativas, conforme a las cláusulas del contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado y en general de conformidad con la presente convocatoria

Atentamente

Nombre del representante legal y firma

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(Reproducir en hoja membretada de la empresa)

CONFORMIDAD ESCRITA DE AJUSTARSE LOS TERMINOS Y CONDICIONES PARA EL DESARROLLO DEL TRABAJO

Anexo PT-02

Tepic, Nayarit, a de del 2012.

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

DELEGACIÓN FEDERAL EN EL ESTADO DE NAYARIT.

PRESENTE

Me refiero a lo estipulado en la Convocatoria del Proceso de Invitación a Cuando Menos Tres Personas No. 000000000, obra de: "XXXXX”, Obra Pública a precios unitarios y tiempo determinado.

Sobre el particular, manifiesto que los trabajos se llevarán a cabo con sujeción a la “LEY” y el

“REGLAMENTO”; Alcances de los trabajos, las especificaciones Generales y Particulares; el programa y

montos de trabajos, expresados en pesos y con base en los precios unitarios señalados en la relación de

conceptos y cantidades de trabajo para expresión de precios unitarios y monto total de la proposición que deberán estar calculados de acuerdo con lo establecido en la “LEY” y el “REGLAMENTO”, las

especificaciones generales y particulares de las Dependencias Normativas, conforme a las cláusulas del

contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado y en general de conformidad con la

presente convocatoria.

Atentamente

Nombre del representante legal y firma

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PROPUESTA TECNICA

PT - 03 (a, b, c, d,)

D o c u m e n t o

A.- MANIFESTACION DE CONOCER EL SITIO DE LOS TRABAJOS Y/O B.- CONSTANCIA DE VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS, C.- ASISTENCIA A LA (S) JUNTA (S) DE ACLARACIONES Y/O D.- NO ASISTENCIA A LA (S) JUNTA (S) DE ACLARACIONES.

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(Reproducir en hoja membretada de la empresa)

Anexo PT-03a

MANIFESTACION ESCRITA DE CONOCER EL SITIO RELACIONADO

CON LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS

Tepic, Nayarit, a de del 2012.

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL DELEGACIÓN FEDERAL EN EL ESTADO DE NAYARIT. PRESENTE

Me refiero a lo estipulado en las Bases del Proceso de Invitación a Cuando Menos Tres Personas No. 000000000000, relativa a la obra: "XXXXXXXX”, Obra Pública a precios unitarios y tiempo determinado.

Sobre el particular y por mi propio derecho como representante legal de: ,

manifiesto a ustedes que se visitó el lugar o sitio en el que se llevarán a cabo la obra y se han tomado en

consideración las características y condiciones del sitio para la ejecución de los trabajos objeto del

presente Proceso de Invitación a Cuando Menos Tres Personas.

A t e n t a m e n t e

Nombre, cargo y firma del Representante legal

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Anexo PT-03b

CONSTANCIA DE VISITA A LA OBRA

Tepic, Nayarit, a de del 2012.

C.

P r e s e n t e .

Se hace constar que la empresa : se presentó al acto de visita

física al lugar de las obras correspondientes al procedimiento de contratación de obra pública relativo a:

"XXXXXXX”, Obra Pública a precios unitarios y tiempo determinado.

A T E N T A M E N T E

LA CONVOCANTE

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(Reproducir en hoja membretada de la empresa)

Anexo PT-03c

MANIFESTACION POR ESCRITO DE HABER ASISTIDO AL ACTO

PÚBLICO DE LA JUNTA DE ACLARACIONES.

Tepic, Nayarit, a de del 2012.

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

DELEGACIÓN FEDERAL EN EL ESTADO DE NAYARIT.

PRESENTE

Me refiero a lo estipulado en la convocatoria de la Invitación a Cuándo Menos Tres Personas No. 00000000000000, relativa a la obra de: "XXXXXX”, Obra Pública a precios unitarios y tiempo

determinado. Sobre el particular y por mi propio derecho como representante legal de: , manifiesto a ustedes haber asistido a la Junta de Aclaraciones, y que he

tomado en consideración las reglas legales, técnicas, económicas, financieras y administrativas a que se sujetarán la preparación de las ofertas, formas y términos de presentar la documentación e información

que será revisada y analizada para emitir el dictamen correspondiente.

A t e n t a m e n t e

Nombre, cargo y firma del

Representante legal

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(Reproducir en hoja membretada de la empresa)

Anexo PT-03d

MANIFESTACIÓN POR ESCRITO DE NO HABER ASISTIDO AL ACTO PÚBLICO DE LA JUNTA DE ACLARACIONES.

Tepic, Nayarit .a de del 2012.

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

DELEGACIÓN FEDERAL EN EL ESTADO DE NAYARIT.

PRESENTE

Me refiero a lo estipulado en la convocatoria referente a la Invitación a Cuándo Menos Tres Personas

No.0000000000000, relativa a la obra de: "XXXXXX”, Obra Pública a precios unitarios y tiempo

determinado.

Por medio del presente manifiesto No Haber Asistido a la (s) Junta (s) de Aclaraciones celebradas con

relación a la Invitación a tres personas referidas, sin embargo manifiesto que he tomado en

consideración los acuerdos y modificaciones que en dicha (s) Junta (s) se determinaron.

A t e n t a m e n t e

Nombre, cargo y firma del

Representante Legal

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PROPUESTA TECNICA

PT - 04

D o c u m e n t o

MODELO DE CONTRATO Y ESCRITO MANIFESTANDO CONOCERLO Y ESTAR DE ACUERDO EN CUANTO AL CONTENIDO.

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(Reproducir en hoja membretada de la empresa)

Anexo PT-04

MANIFESTACION ESCRITA DE ESTAR DE ACUERDO CON EL CONTENIDO DEL MODELO DE

CONTRATO.

Tepic, Nayarit,a de del 2012.

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

DELEGACIÓN FEDERAL EN EL ESTADO DE NAYARIT.

PRESENTE

Me refiero a lo estipulado en la convocatoria referente a la Invitación a Cuándo Menos Tres Personas No.

00000000000000, relativa a la obra de: "XXXXXX”, Obra Pública a precios unitarios y tiempo determinado. Sobre el particular y por mi propio derecho como representante legal de:

Manifiesto a ustedes conocer el modelo de contrato y estar de

acuerdo con las características y condiciones presentadas en el mismo, contenido en las presentes

convocatoria.

A t e n t a m e n t e

Nombre, firma y cargo del Representante Legal

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ANEXO MODELO DE

CONTRATO

CONTRATO DE OBRA PUBLICA NO. /121

CONTRATO DE OBRA PÚBLICA _/2012 A PRECIO UNITARIO Y TIEMPO DETERMINADO

QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARIA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA

-, EN SU CARÁCTER DE DELEGADO FEDERAL Y POR LA OTRA LA EMPRESA DENOMINADA , A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “EL

CONTRATISTA”, REPRESENTADA POR , EN SU

CARÁCTER DE , MISMAS QUE CUANDO ACTÚEN EN CONJUNTO SE LES

DENOMINARÁ “LAS PARTES”; DOCUMENTO QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES

DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

I. “LA SECRETARIA”:

I.1 Que es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con

personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y

administrativa, de conformidad con su Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo

de 2003.

I.2 Que tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los

programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los

pueblos y comunidades indígenas.

I.3 Que la adjudicación del presente Contrato se realizó mediante el procedimiento de Invitación a

Cuando Menos a Tres Personas Número , de la obra: según conceptos de obra. Anexo I.

I.4 Que el Cuenta con facultades suficientes para celebrar el

Presente Contrato de conformidad con el Poder Notarial contenido en la escritura número

de fecha _, pasada ante la fe del Notario Público Número

de la Ciudad de México, Distrito Federal, Licenciado .

I.5 Que para la contratación del objeto materia del presente Contrato se cuenta con la autorización

presupuestal que de ella se deriva, como consta en el oficio emitido por la Dirección General de

Programación y Presupuesto “B”, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público número ,

de fecha de de _.

I.6 Que señala como su domicilio el ubicado en .

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II.- De “EL CONTRATISTA”:

II.1 Que es una persona (física o moral) constituida conforme a las leyes mexicanas como lo acredita con

( la Escritura Pública número de fecha de de , otorgada ante la fe

del Notario Público Número _, de la Ciudad de , Estado de , Licenciado .),

II.2 Que en su carácter de acredita su personalidad con la Escritura Pública

número de fecha de de _, otorgada ante la fe del Notario Público

Número , Licenciado en la Ciudad de , Estado de .

II.3 Que tiene facultades para contratar y reúne la experiencia, capacidad técnica y financiera que se

requiere para obligarse a la ejecución de la obra objeto del presente Contrato.

II.4 Que no se encuentra dentro de los supuestos establecidos por el artículo 51 y 78 de la Ley de Obras

Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

II.5 Que conoce plenamente el contenido y los requisitos que establecen la Ley de Obras Públicas y

Servicios Relacionados con las Mismas, su Reglamento y las Normas de Construcción Vigentes en el

lugar donde se realizará la obra, así como las de los Anexos mismos que debidamente firmados por “LAS PARTES”, integran el presente Contrato.

II.6 Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con lo

establecido en el Código Fiscal de la Federación y demás disposiciones fiscales vigentes.

II.7 Que su Registro Federal de Contribuyentes es el siguiente: .

II.8 Que ha inspeccionado debidamente el lugar de la obra objeto del presente Contrato a fin de

considerar todos los factores que intervienen en su ejecución.

II.9 Que para los efectos legales que deriven del presente Contrato señala como su domicilio el ubicado

en .

Con fundamento en los artículos 26, 27 y 45 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y expuesto lo anterior, “LAS PARTES” tienen a bien suscribir el presente Contrato,

sujetándose a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA. OBJETO.- “LA SEDESOL” encomienda a “EL CONTRATISTA” una obra consistente en: , según conceptos de obra, Anexo I, y este se obliga a realizarla hasta su total terminación, acatando para ello lo señalado en los anexos; así como lo establecido en las bases y acta(s) de junta(s) aclaraciones del procedimiento de Invitación a Cuando Menos a Tres Personas No._ .

SEGUNDA. MONTO.- El monto del presente Contrato es por la cantidad total de: $ ( --

----- pesos 00/100 M.N.) más el 15% (Quince porciento) de Impuesto al Valor Agregado, haciendo un total de: $ ( 00/100 M.N.) y su desglose se encuentra en el Anexo I (Catálogo de conceptos) que es parte integrante de este Contrato.

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TERCERA. ANTICIPO.- “LA SEDESOL” otorgará un anticipo de $ ( _pesos

00/100 M.N.), equivalente al 30% para que el contratista realice en el sitio de los trabajos la construcción

de sus oficinas, almacenes, bodegas e instalaciones y, en su caso, para los gastos de traslado de la maquinaria y equipo de construcción e inicio de los trabajos; así como, para la compra y producción de

materiales de construcción, la adquisición de equipos que se instalen permanentemente y demás

insumos que deberán otorgar de la cantidad establecida en la Cláusula Segunda del presente

Instrumento, dicho anticipo se entregará el de de 2012, previa presentación de la garantía respectiva por el importe total antes señalado a favor de “LA SECRETARIA”.

“EL CONTRATISTA” se obliga a aplicar el anticipo, específicamente a los fines para los que le es

otorgado, reservándose “LA SEDESOL” el derecho de verificar y en su caso reclamar, en cualquier

momento, por la desviación en su aplicación.

El anticipo deberá ser amortizado totalmente, mediante deducciones proporcionales en cada una de las estimaciones que por trabajos ejecutados se cubra a “EL CONTRATISTA”, debiéndose amortizar el

faltante en la estimación final.

En el caso de rescisión del Contrato, si “EL CONTRATISTA” no reintegrara el saldo por amortizar dentro

de los 10 (diez) días naturales contados a partir de la fecha en que “LA SEDESOL” le comunique la

rescisión, deberá pagar gastos financieros conforme al procedimiento establecido por el Código Fiscal de

la Federación, para el caso de prórroga para el pago de crédito fiscal, los gastos financieros se calcularán

sobre el saldo no amortizado y se computarán por días naturales desde que se venza el plazo hasta la fecha en que se ponga la cantidad a disposición de “LA SECRETARIA”.

CUARTA. FORMA DE PAGO.- “LAS PARTES” convienen, en que la obra objeto de este Contrato, se

pague mediante la formulación de estimaciones de los trabajos ejecutados las que serán presentadas por “EL CONTRATISTA” a la residencia dentro de los 6 días naturales siguientes, los días 15 y último de

cada mes, siendo estos, las fechas de corte para el pago de las mismas, cumpliendo con los

procedimientos que señala el artículo 54 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las

Mismas.

En caso de pagos en exceso que haya recibido “EL CONTRATISTA”, este deberá reintegrar tales

cantidades, más los intereses correspondientes, conforme al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de Crédito Fiscal, los

cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días

naturales desde la fecha de pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA SECRETARIA”.

En caso de incumplimiento por parte de “LA SEDESOL” en el pago de estimaciones, a solicitud de “EL

CONTRATISTA” se aplicará el mismo procedimiento señalado en el párrafo anterior, considerando lo

indicado por los artículos 54 y 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

En el supuesto que surjan diferencias técnicas o numéricas sobre las estimaciones, se resolverán e

incorporarán en la siguiente estimación.

QUINTA. PLAZO DE EJECUCIÓN.- “EL CONTRATISTA” se obliga a iniciar los trabajos objeto de este

Contrato el día de de 2012 y terminarlos a más tardar el día de de

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2012 de conformidad con el Anexo II, (Programa General de Obra) que es parte integrante de este

Contrato.

SEXTA. DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE.- “LA SEDESOL” con fecha , pone a disposición

de “EL CONTRATISTA” el o los inmuebles en que deban llevarse a cabo los trabajos materia de este

Contrato, los documentos que integran el expediente técnico, los dictámenes, permisos, licencias y

demás autorizaciones que se requiera para su realización.

SÉPTIMA. GARANTÍA DE ANTICIPO.- Con fundamento en el artículo 48 fracción I de la Ley de Obras

Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas “EL CONTRATISTA” deberá garantizar el anticipo.

Esta garantía deberá constituirse dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación

del fallo y por la totalidad del monto del anticipo, conteniendo como mínimo los siguientes datos:

• Denominación o nombre de “EL CONTRATISTA”.

• Que garantiza la correcta aplicación del anticipo en el servicio contratado

• El importe total garantizado con número y letra.

• El número de Contrato y su fecha de firma, asimismo prever como mínimo las siguientes

declaraciones:

• La póliza se otorga atendiendo a todas las especificaciones y condiciones contenidas en el

Contrato.

• La fianza será liberada únicamente bajo manifestación expresa y por escrito de “LA SECRETARIA”.

• La fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se

interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, de tal forma que

su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato principal o fuente de

las obligaciones o por cualquier otra circunstancia.

• La fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que “LA SECRETARIA”, otorgue

prórrogas o esperas a “EL CONTRATISTA” para el cumplimiento de sus obligaciones.

• La aceptación expresa por parte de la afianzadora en someterse a los procedimientos de

ejecución previstos en los artículos 93, 94, 95 bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de

Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de

intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza requerida.

En el supuesto de que “LAS PARTES” convengan la modificación del Contrato vigente “EL

CONTRATISTA” deberá contratar la modificación a la póliza de fianza, presentando endoso a la misma o

bien una nueva, dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes a la firma del convenio que modifique el

Contrato principal.

OCTAVA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.- Con fundamento en los artículos 48

fracción II y 49 fracción II de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, “EL

CONTRATISTA”, garantizará el cumplimiento del presente Contrato, con la fianza que se constituirá a

favor de “LA SECRETARIA”, la cual equivaldrá a un 10% (diez por ciento) del monto total estipulado en la

Cláusula Segunda, sin incluir el impuesto al valor agregado, debiendo ser entregada la fianza referida, en

un plazo no mayor de 15 (quince) días naturales posteriores a la fecha de la notificación del fallo,

conteniendo los siguientes datos:

• Denominación o nombre de “EL CONTRATISTA”

• Que garantiza la correcta ejecución y total cumplimiento del servicio contratado.

• El importe total garantizado con número y letra.

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• El número de Contrato y su fecha de firma, asimismo prever como mínimo las siguientes

declaraciones:

• Que la póliza se otorga atendiendo a todas las especificaciones y condiciones contenidas en el

Contrato.

• Que la fianza será liberada únicamente bajo manifestación expresa y por escrito de “LA

SECRETARIA”.

• Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que

se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, de tal forma que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato principal o fuente

de las obligaciones o por cualquier otra circunstancia

• Que la fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que “LA SECRETARIA”, otorgue

prórrogas o esperas a “EL CONTRATISTA” para el cumplimiento de sus obligaciones.

• La aceptación expresa por parte de la afianzadora en someterse a los procedimientos de

ejecución previstos en los artículos 93, 94, 95 bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de

Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de

intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza requerida

En el supuesto de que “LAS PARTES” convengan la modificación del Contrato vigente “EL

CONTRATISTA” deberá contratar la modificación a la póliza de fianza, presentando endoso a la misma o

bien una nueva, dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes a la firma del convenio que modifique el

Contrato principal.

NOVENA. REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD.- “LA SEDESOL” establecerá anticipadamente a la

iniciación de los trabajos, mediante escrito de designación, en el sitio de realización de los mismos, un

Residente de Obra, que actuará en su nombre y será el responsable directo de la supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos, incluyendo la aprobación de las estimaciones presentadas por “EL

CONTRATISTA”, sin que lo anterior implique que ésta persona se encuentre facultada para autorizar el

cambio de los conceptos de obra.

DÉCIMA. REPRESENTANTE DE “EL CONTRATISTA”.- “EL CONTRATISTA” establecerá

anticipadamente a la iniciación de los trabajos, en el sitio de realización de los mismos, un

Superintendente de Construcción, que actuará en su nombre, será el responsable directo de la

supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos y deberá conocer con amplitud los proyectos,

normas de calidad y especificaciones de construcción, catalogo de conceptos o actividades de obra,

programas de ejecución y de suministros, planos incluyendo sus modificaciones, especificaciones

generales y particulares de construcción, normas de calidad, bitácora y demás documentos inherentes.

De la misma forma queda establecida la facultad por “EL CONTRATISTA” para que el superintendente

de construcción sea su representante por lo que éste podrá oír y recibir toda clase de notificaciones

relacionadas con los trabajos, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones

en todo lo relativo al cumplimiento del Contrato.

“LA SEDESOL” se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento, por causas justificadas, la

sustitución del superintendente de construcción, teniendo “EL CONTRATISTA” la obligación de nombrar

a otro que reúna los requisitos exigidos en el Contrato.

DÉCIMA PRIMERA. SUPERVISIÓN DE LAS OBRAS.- “LA SEDESOL” a través del residente de obra,

tendrá el derecho de supervisar en todo tiempo las obras objeto de este Contrato y dar a “EL

CONTRATISTA” y/o a través del superintendente de construcción por escrito, las instrucciones que

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Estime pertinentes relacionadas con su ejecución, a fin de que se ajusten al proyecto, así como los

materiales acordados para su ejecución.

“LA SEDESOL” se obliga a llevar una bitácora en función de los avances de los trabajos, en donde

reseñe estos y la cual deberá permanecer en el lugar de la obra. “EL CONTRATISTA” se obliga a firmar

la misma a solicitud del Residente de Obra, previa revisión y verificación de los avances de la obra, la

bitácora se considera parte integrante del Contrato.

Los representantes de “LAS PARTES” serán los encargados de resolver las controversias que por

problemas específicos de carácter técnico o administrativo pudieren surgir.

DÉCIMA SEGUNDA. AJUSTE DE COSTOS.- “LAS PARTES” convienen en revisar y en su caso,

ajustar los costos que integran los precios unitarios pactados en este Contrato, cuando durante su

vigencia ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el mismo, que determinen un

aumento o reducción de Costos de los trabajos aún no ejecutados al momento de ocurrir dicha

contingencia. La revisión se Efectuará conforme al procedimiento establecido en los artículos 57 y 58 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 173 al 177 de su Reglamento.

DÉCIMA TERCERA. RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS.- La recepción de los trabajos, ya sea total o

parcial, se realizará mediante comunicación que por escrito haga “EL CONTRATISTA” a “LA

SEDESOL” a la terminación de éstos, y “LA SEDESOL” verificará que los trabajos estén concluidos

dentro de un plazo de 8 días naturales, contados a partir de la fecha en que reciba la comunicación de “EL CONTRATISTA”.

Comprobada la terminación de los trabajos conforme al párrafo anterior “LA SEDESOL” procederá a su

recepción dentro de los 15 días naturales siguientes, para lo cual en la misma fecha levantará el acta de

entrega-recepción correspondiente, comunicando dicha fecha oportunamente al Órgano Interno de Control de “LA SECRETARIA”, a fin de que si una u otra lo estiman conveniente nombren

representantes que asistan al acto. El acta que se levante deberá formularse con apego a los términos

del artículo 64 de la Ley de Obras Públicas y de Servicios Relacionados con las Mismas.

Para dar por terminados, parcial o totalmente, los derechos y obligaciones asumidos por las partes en el presente contrato, “LAS PARTES” elaborarán el finiquito correspondiente inmediatamente a la Entrega-

Recepción, anexando el acta de recepción física de los trabajos. De acuerdo a lo establecido en los Art.

168 al 172 del Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Previamente a la recepción de los trabajos “EL CONTRATISTA” se obliga a entregar la Garantía de

Defectos y Vicios Ocultos.

DÉCIMA CUARTA. Con fundamento en el artículo 66 de la Ley de Obras Públicas y Servicios

Relacionados con las Mismas la garantía de defectos y vicios ocultos deberá contener como mínimos, los

siguientes requisitos:

• Denominación o nombre de “EL CONTRATISTA”.

• Qué se garantizan los trabajos durante un plazo de doce meses.

• El importe total garantizado con número y letra que corresponde al 10% del monto total de los

trabajos.

• El número de Contrato y su fecha de firma, asimismo prever como mínimo las siguientes

declaraciones:

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• Establecer que la póliza se otorga atendiendo a todas las especificaciones y condiciones

contenidas en el Contrato.

• Que la fianza será liberada únicamente bajo manifestación expresa y por escrito de “LA

SEDESOL”

• Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que

se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, de tal forma que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato principal o fuente

de las obligaciones o por cualquier otra circunstancia.

• La aceptación expresa por parte de la afianzadora en someterse a los procedimientos de

ejecución previstos en los artículos 93, 94, 95 bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de

Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de

intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza requerida.

“LA SEDESOL” se reserva el derecho de reclamar por trabajos faltantes o mal ejecutados, y en su

caso, podrá efectuar recepciones parciales cuando a su juicio existieren trabajos terminados y sus partes

sean identificables y susceptibles de utilizarse.

DÉCIMA QUINTA. RESPONSABILIDADES DE “EL CONTRATISTA”.- “EL CONTRATISTA” se obliga a

que los materiales y equipo que se utilicen en la obra, cumplan con las normas de calidad establecida en el Anexo I, así como a cumplir con las especificaciones contenidas en el catálogo de conceptos, las

especificaciones generales y particulares del proyecto motivo de este Contrato y a que, la realización de todas y cada una de las partes de dicha obra se efectúen a satisfacción de “LA SECRETARIA”, así como

a responder por su cuenta y riesgo, de los defectos y vicios ocultos de la misma, y de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte, se lleguen a causar a “LA SEDESOL” o a

terceros, en cuyo caso se hará efectiva la garantía otorgada para los defectos y vicios ocultos, hasta por el

monto total de la misma.

Igualmente se obliga “EL CONTRATISTA” a no ceder los derechos y obligaciones que se deriven del

presente Contrato, en forma parcial o total a favor de cuales quiera otra persona física o moral, con

excepción de los derechos de cobro sobre las estimaciones por trabajos ejecutados, en cuyo supuesto se deberá contar con la conformidad previa de “LA SECRETARIA”.

DÉCIMA SEXTA. PENAS CONVENCIONALES.- “LA SEDESOL” tendrá la facultad de verificar si las

obras objeto de este Contrato se están ejecutando por “EL CONTRATISTA”, de acuerdo al programa de

obra aprobado, para lo cual “LA SEDESOL” comparará periódicamente el avance de las obras. Si como consecuencia de dicha comparación el avance de las obras es menor que lo que debió realizarse “LA

SEDESOL” procederá a aplicar la siguiente sanción:

Si como consecuencia de la comparación de los montos mensuales acumulados realizados, se determina

que existen atrasos en el “Programa de Ejecución General de los Trabajos, calendarizado y cuantificado

semanalmente, de los conceptos de trabajo que representen el cien por ciento del monto de la propuesta”, y el atraso es imputable a “EL CONTRATISTA”, “LA SEDESOL” procederá a retener

temporalmente una cantidad igual a la que resulte de aplicar el 1 % (uno por ciento) a la diferencia existente entre los importes de los trabajos que debió de realizar “EL CONTRATISTA” y los realmente

ejecutados (sobre montos acumulados).

Por lo tanto, en cada estimación se hará la retención, la cual será de carácter definitiva si a la fecha

pactada de terminación de los trabajos estos no han sido concluidos, siempre y cuando esta no rebase el

monto de la garantía de cumplimiento del CONTRATO. En su caso, dicha retención podrá ser recuperada

al término de la obra, cuando se haya regularizado en los tiempos señalados en el programa de ejecución

de obra.

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En todos los casos, el RESIDENTE DE OBRA, indicará en la BITÁCORA de la obra y en la estimación correspondiente el importe de la retención determinada e iniciará simultáneamente los trámites internos a que haya lugar ante “LA SECRETARIA”, a efecto de que en la estimación se considere la

retención temporal o la pena convencional definitiva que en su caso proceda.

Si al efectuarse la comparación correspondiente al último mes conforme al Programa general de obra (anexo II), procede hacer alguna retención, su importe se aplicará a favor del erario federal, como pena

convencional por el retardo en el cumplimiento de las obligaciones a cargo de “EL CONTRATISTA”.

Adicionalmente a la sanción anterior, si el contratista no concluye la obra en la fecha señalada en el programa aprobado también como pena convencional deberá cubrir a “LA SEDESOL” por cada día de

retraso y hasta que las obras queden concluidas, una cantidad igual al 0.1% (cero punto uno por ciento)

sobre el monto total del Contrato.

“LA SEDESOL” podrá exigir el cumplimiento del Contrato aplicando la pena convencional, o bien,

declarar la rescisión del mismo, haciéndose efectivas las garantías otorgadas por “EL CONTRATISTA” y

pagando éste los daños y perjuicios que sean ocasionados a “LA SEDESOL” por su incumplimiento.

DÉCIMA SEPTIMA. SUSPENSIÓN TEMPORAL.- “LA SEDESOL” podrá suspender temporalmente en

todo o en parte la obra contratada en cualquier momento por causas justificadas o por razones de interés

general, sin que ello implique su terminación definitiva, misma que será autorizada por el representante legal de “LA SECRETARIA”.

El presente Contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez que hayan

desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.

DÉCIMA OCTAVA. RESCISIÓN.- “LA SEDESOL” podrá rescindir administrativamente el presente

Contrato por incumplimiento a alguna de sus cláusulas o por contravención a las disposiciones,

lineamientos, bases, procedimientos y requisitos que establece la Ley de Obras Públicas y Servicios

Relacionados con las Mismas y en su Reglamento en vigor.

DÉCIMA NOVENA. PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN.- Para el efecto de lo establecido en la Cláusula

anterior, el procedimiento de rescisión respectivo se llevará a cabo en la forma siguiente:

A).- Se iniciará a partir de que a “EL CONTRATISTA” le sea comunicado el incumplimiento en que haya

incurrido, para que en un término de 15 (quince) días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y

presente en su caso, las pruebas que estime pertinentes.

B).- Transcurrido el término a que alude el apartado anterior, se resolverá considerando los argumentos y

pruebas que hubiere hecho valer “EL CONTRATISTA”.

C).- La decisión de dar o no por rescindido el Contrato deberá estar debidamente fundada y motivada, la

que comunicará “LA SEDESOL” a “EL CONTRATISTA“ dentro de los 15 (quince) días hábiles

siguientes a lo señalado en el apartado A) de esta Cláusula.

D).- En el supuesto de que “EL CONTRATISTA” decida rescindir la relación contractual, solo podrá

hacerlo mediante declaración judicial.

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VIGÉSIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.- “EL CONTRATISTA” podrá solicitar la terminación

anticipada del Contrato por caso fortuito o fuerza mayor. Dicha solicitud se deberá presentar por escrito ante “LA COMISIÓN”, quien resolverá dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a la recepción de la misma; en caso de negativa, “EL CONTRATISTA” podrá solicitar una declaratoria judicial ante la

autoridad correspondiente.

En el supuesto de que “LA SEDESOL” por razones de interés general decida terminar el Contrato

anticipadamente, pagará a “EL CONTRATISTA” los trabajos ejecutados así como los gastos no

recuperables que se relacionen directamente con el Contrato, que sean comprobables y guarden equidad.

Para efectos del presente Contrato se entiende como causa de interés general los casos en que por el

desarrollo de las obras peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la

salubridad, la seguridad o el medio ambiente, de las zonas de las obras o de la región, asimismo, cuando

por causas naturales (sismos, tormentas, ciclones, incendios, etc.), o de fuerza mayor (inestabilidad

social o política, guerra, etc.), exista la necesidad de retirar recursos asignados a estas obras para apoyar

económicamente las acciones que se requieran implementar, que restauren el orden social en tales supuestos “LA SEDESOL” lo comunicará a “EL CONTRATISTA” en forma fehaciente a fin de que éste

quede enterado.

VIGÉSIMA PRIMERA. EFECTOS DE LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO.- En todos los

casos de suspensión, rescisión administrativa o terminación anticipada del Contrato, “LA SEDESOL”

procederá a levantar acta circunstanciada con o sin la comparecencia de “EL CONTRATISTA”, haciendo constar el estado en que se encuentre los trabajos, y con base en ella se hará a “EL CONTRATISTA” el

pago de finiquito correspondiente.

En estos casos “EL CONTRATISTA” deberá devolver a “LA SEDESOL” en un plazo máximo de 10

(diez) días naturales contados a partir de la fecha que esta última se lo requiera, los anticipos no

amortizados, los materiales, equipos, inmuebles e instalaciones que se le hubieran proporcionado.

Si “EL CONTRATISTA” no cumple en el plazo señalado, “LA SEDESOL” procederá a realizar las

acciones legales conducentes, sin perjuicio de la denuncia que presente ante la autoridad competente,

por los daños y perjuicios que se causen al Estado.

Lo expuesto anteriormente es sin perjuicio de lo establecido en el artículo 62 de la Ley de Obras Públicas

y Servicios Relacionados con las Mismas.

VIGÉSIMA SEGUNDA. OBLIGACIÓN COMÚN.- “LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente

para la ejecución de la obra objeto de este Contrato, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran,

así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establece la Ley de Obras

Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento en vigor, y las demás normas y

disposiciones administrativas que le sean aplicables.

VIGÉSIMA TERCERA. IMPUESTOS.- “LAS PARTES” convienen en que los impuestos que se generen

con motivo de la celebración del presente instrumento, correrán a cargo de la parte que le corresponda, por su parte “EL CONTRATISTA” manifiesta, que se encuentra al corriente del pago de obligaciones

fiscales.

En cuanto a los impuestos estatales del 5 al millar para inspección y vigilancia, “LA SEDESOL” retendrá a

“EL CONTRATISTA”, con base a las estimaciones que vaya presentando para pago, así como

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Retención del 2 al Millar a su cargo, de conformidad al Convenio de Colaboración de fecha 10 de Octubre

del 2007, celebrada entre la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción y la “LA SECRETARIA”.

VIGÉSIMA CUARTA. COMPROMISOS COMPLEMENTARIOS.- Adicionalmente a los compromisos

contraídos “EL CONTRATISTA” se obliga a formular y entregar a “LA SEDESOL” la documentación

que a continuación se menciona para su revisión y, en su caso, aceptación o rechazo de su contenido.

Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firma del Contrato, los nombres y currícula de los técnicos

que integran la plantilla técnica, indicando el carácter o puesto que ocupan, así como las actividades que

desarrollarán en los trabajos contratados.

Dentro de los 15 (quince) días calendario a partir de la entrega del anticipo, los estudios de aplicación de

los recursos otorgados.

Dentro de los 4 (cuatro) días hábiles siguientes a la fecha que “EL CONTRATISTA” haya comunicado a

“LA SEDESOL” la terminación de los trabajos encomendados, “EL CONTRATISTA” entregará a “LA

SEDESOL” el total de las estimaciones de los trabajos realizados acompañado de la siguiente

documentación: relación de estimaciones o de gastos aprobados, monto ejercido, créditos a favor o en

contra y saldos, acatando para ello en lo conducente lo establecido en el artículo 64 de la Ley de Obras

Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

VIGÉSIMA QUINTA. TRABAJOS EXTRAORDINARIOS.- Cuando a juicio de “LA SEDESOL” sea

necesario llevar a cabo trabajos extraordinarios que no estén comprendidos en el Contrato, se deberá

proceder de acuerdo a lo establecido en el Capítulo Tercero, sección III, modificaciones a los Contratos

del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

VIGÉSIMA SEXTA. SUBCONTRATACIÓN.- Para los efectos de este Contrato, queda estrictamente

prohibida la subcontratación.

VIGÉSIMA SÉPTIMA. RELACIONES LABORALES.- “EL CONTRATISTA” como empresario y patrón

del personal que ocupe con motivo de los trabajos materia del presente Contrato, será el único

responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en

materia de trabajo y de seguridad social.

"EL CONTRATISTA” conviene por lo mismo, en responder de todas las reclamaciones, demandas, querellas, etc., que sus trabajadores presentaren en su contra y/o en contra de “LA SEDESOL” , en

relación con los trabajos del Contrato.

VIGÉSIMA OCTAVA. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR.- En los casos fortuitos o de fuerza mayor

o cuando por cualquier otra causa no imputable a “EL CONTRATISTA”, le fuere imposible a éste cumplir

con el programa que incluye en el anexo II (Programa General de Obra) de este Contrato, deberá

solicitar oportunamente y por escrito la prórroga que considere necesaria, expresando los motivos en que apoye su solicitud. “LA COMISIÓN” resolverá en un plazo no mayor de 2 (Dos) días calendario sobre la

justificación y procedencia de la prórroga, y en su caso, concedería la que haya solicitado “EL

CONTRATISTA” o la que él estime conveniente y se harán conjuntamente las modificaciones

correspondientes al programa de trabajo.

VIGÉSIMA NOVENA. MODIFICACIONES.- Durante la vigencia del presente Contrato “LA SEDESOL” podrá modificar los datos básicos o las especificaciones establecidas en el anexo I (Catálogo de

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Conceptos), dando aviso por escrito con oportunidad a “EL CONTRATISTA” y este se obliga a cumplir

con las instrucciones correspondientes.

En el caso de que con motivo de las modificaciones solicitadas, el importe de los servicios o el plazo de la ejecución que debe realizar “EL CONTRATISTA” excediere lo estipulado en este Instrumento Legal,

“LAS PARTES” celebrarán un Convenio Modificatorio, siempre y cuando estos, considerados conjunta o

separadamente, no rebasen el 25% (veinticinco por ciento) del monto o del plazo pactados en el

Contrato, ni impliquen variaciones sustanciales al proyecto original.

TRIGÉSIMA. JURISDICCIÓN.- Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, así como

para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, “LAS PARTES” se someten a la

jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de Tepic,, Nayarit, por lo tanto “LAS PARTES”

renuncian a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de sus domicilios presentes, futuros o

por cualquier otra causa.

El presente Contrato se firma por triplicado en , del Estado de Nayar i t , a los días

del mes de de 2012.

Por “LA SEDESOL”

C. LIC. DAVID RIVERA BERNAL

DELEGADO FEDERAL DE LA SEDESOL EN EL

ESTADO DE NAYARIT

Por “EL CONTRATISTA”

CARACTER

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PROPUESTA TECNICA

PT - 05

D o c u m e n t o

CARTA FIRMADA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MEDIANTE LA CUAL MANIFIESTE QUE POR SI MISMO O A TRAVES DE INTERPOSITA PERSONA, SE ABSTENDRA DE ADOPTAR CONDUCTAS, PARA QUE LOS SERVIDORES DE LA CONVOCANTE, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPUESTAS. ARTICULO 31, FRACCION XXXI DE LA LEY.

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(Reproducir en hoja membretada de la empresa)

Anexo PT-05

(LUGAR), a de del 2012.

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

DELEGACIÓN FEDERAL EN EL ESTADO DE NAYARIT.

P R E S E N T E.

Me refiero a lo estipulado en la convocatoria referente a la Invitación a Cuándo Menos Tres Personas

No.000000000, obra de: "XXXXXX”, Obra Pública a precios unitarios y tiempo determinado.

Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que (nombre de la persona moral o física), por sí misma o a

través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la

Convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u

otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes,

conforme a lo establecido en el Artículo 31, Fracción XXXI de la Ley de Obras Públicas y Servicios

Relacionados con las Mismas.

Protesto lo necesario

Nombre, cargo y firma PROPUESTA TECNICA

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PROPUESTA TECNICA

PT - 06

D o c u m e n t o

RELACION DEL PERSONAL PROFESIONAL, TECNICO, ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS ENCARGADO DE LA

EJECUCION DIRECTA DE LA OBRA INCLUYENDO CEDULA PROFESIONAL Y CURRICULUM EN SU CASO

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(Reproducir en hoja membretada de la empresa)

Anexo PT-06

(lugar), a de del 2012.

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

DELEGACIÓN FEDERAL EN EL ESTADO DE NAYARIT.

P R E S E N T E.

RELACION DE PERSONAL PROFESIONAL ENCARGADO DIRECTAMENTE DE LA EJECUCION DE

LOS TRABAJOS.

Categoría del

Trabajador

Unidad Cantidad

jornadas

A t e n t a m e n t e

Nombre, firma y cargo del Representante legal

Nota: Se deberá relacionar el personal total a utilizar.

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PT - 07

D o c u m e n t o

RELACION DE EQUIPO

(Reproducir en hoja membretada de la empresa)

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Anexo PT-07

(lugar), a de del 2012.

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

DELEGACIÓN FEDERAL EN EL ESTADO DE NAYARIT.

P R E S E N T E.

RELACION DE EQUIPO A UTILIZAR

DESCRIPCION DEL EQUIPO Unidad Cantidad

A t e n t a m e n t e

Nombre, firma y cargo del

Representante legal

Nota: Se deberá relacionar el equipo total a utilizar.

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PT - 8

D o c u m e n t o

RELACION DE CONTRATOS DE OBRAS REALIZADAS EN LOS TRES AÑOS ANTERIORES A LA FECHA DEL PROCESO

DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS

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(Reproducir en hoja membretada de la empresa)

Anexo PT-8

(lugar), a de del 2012.

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

DELEGACIÓN FEDERAL EN EL ESTADO DE NAYARIT.

P R E S E N T E.

RELACION DE CONTRATOS DE OBRAS REALIZADAS EN LOS TRES AÑOS ANTERIORES A LA FECHA DEL

PROCESO DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS

CONTRATANTE NOMBRE Y LOCALIZACIÒN DE LA

OBRA MONTO SIN

IV.A. FECHA DE

INICIO FECHA DE

TERMINACIÒN

A t e n t a m e n t e

Nombre, firma y cargo del

Representante legal

Nota: Se deberá relacionar el equipo total a utilizar.

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PROPUESTA ECONOMICA

PE - 01

D o c u m e n t o

ESCRITO DE PROPOSICION

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(Reproducir en papel membretado de la empresa)

ESCRITO PROPOSICION

Anexo PE-01

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

DELEGACIÓN FEDERAL EN EL ESTADO DE NAYARIT.

P R E S E N T E.

Lugar y Fecha:

En relación a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas No.000000000000, de fecha de de

2012 por medio de la cual la convoca a participar en el proceso de invitación a cuando menos tres personas de los trabajos relacionados con la obra: “XXXXXX”, Obra Pública a precios unitarios y tiempo determinado, comunico a

usted que esta empresa cumple con los requisitos establecidos, quedando inscrita para participar en dicha invitación

a cuando menos tres personas y por lo tanto como representante legal de la empresa:

Manifiesto a usted lo siguiente:

Que oportunamente se recogieron la Convocatoria y sus anexos relativos a el proceso de invitación a cuando menos

tres personas de que se trata y se ha tomado debida nota de los lineamientos a que se sujetará dicho proceso de invitación a cuando menos tres personas; que conforme a las reglas se llevarán a cabo los trabajos; se aceptan íntegramente las condiciones contenidas en las citadas Convocatoria, lo que para tal efecto se devuelven

debidamente firmados por el suscrito, en los términos solicitados.

Así mismo, expreso que se conoce la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, su

Reglamento y demás disposiciones administrativas para la contratación y ejecución de obras públicas motivo de este

proceso de invitación a cuando menos tres personas, y que se acepta que tales documentos rijan en lo conducente,

respecto al proceso de invitación a cuando menos tres personas indicado y demás actos que de ella se deriven.

Igualmente comunico a usted que se conoce el alcance de los trabajos relacionados con la obra pública y conforme al cual se realizará la ejecución de los mismos.

De acuerdo con lo anterior, esta empresa presenta una propuesta por la cantidad de: $ (con letra), no incluye I.V.A.

Manifiesto a ustedes que los precios contenidos en la presente propuesta, para la ejecución de los

trabajos objeto de la presente licitación, tiene una vigencia de 30 días naturales, contados a partir de la

apertura de las propuestas

Finalmente manifiesto a ustedes que nuestro representante técnico en la ejecución del Contrato con amplias facultades para tomar decisiones será el C. Con cédula profesional No.

Reconocida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, de la cual se anexo fotocopia.

A t e n t a m e n t e

Nombre, firma y cargo del licitante o su

Representante legal

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Nota: La presente proposición deberá estar firmada por el licitante o su representante legal en todas sus

hojas.

PROPUESTA ECONOMICA

PE - 02

D o c u m e n t o

CATALOGO DE CONCEPTOS. CON CANTIDADES Y MONTOS.

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PROPUESTA ECONOMICA

PE - 03 (a, b, c, d, e, f, g)

D o c u m e n t o

a) ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS b) ANALISIS DE COSTOS BASICOS

c) ANALISIS FACTOR DE SALARIO REAL d) ANALISIS DE CARGOS INDIRECTOS

e) ANALISIS DE CARGO POR FINANCIAMIENTO f) CARGO POR UTILIDAD g) CARGOS ADICIONALES

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ANEXO PE 03c

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

LICIT ACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.

CONCEPT O:

(Indicar el número de licitación)

(Describir la obra, igual que como se publica en la convocatoria)

ANALISIS, CALCULO E INTEGRACION DEL SALARIO REAL PARA CADA CATEGORIA

SEGÚN ARTÍCULO 160 DEL REGLAMENTO LOP Y SRM

SALARIO

SALARIO

SALARIO BASE

CUOTA FIJA I.M.S.S. CUOTA ADICIONAL I.M.S.S.

SUMA DE

FACTOR Tp/Tl

Ps EN

FACTOR DE

SALARIO REAL MINIMO NOMINAL

DE COTIZA CION CUOTA AL I.M.S.S. (S.M.G.D.F.) (S.M.G.D.F.)

S.A.R. INFONAVIT APORTA CIONES I.M.S.S. (381.75 DÌAS + FRA CCION Ps x (Tp/Tl) +

SALARIO REAL

OFICIO

NÚMERO C A T E G O R I A DIA RIO DIA RIO + S.A.R. + INFONAV IT 295.08 DÌAS) DECIMAL

(Tp/Tl)

A B C D E F G H I J K L M

$46.80 ****** "B" x F.I. 1.0452 "C" x 15.2388 % $ 46.80 x 18.45 % ["C" - (3 x $ 46.80)] x 2.57% "C" x 2.00 % "C" x 5.00 % "D"+"E"+"F"+"G"+"H" TP/TI "I" / "K" ("K" x "J") + "J" "B" x "L"

PEON $46.80 $82.50 $86.23 $13.14 $8.63 $1.72 $4.31 $27.30 1.2937 0.3369 1.7296 $142.70

S/N AYUDANTE GENERAL $51.46 $91.19 $95.31 $14.52 $8.63 $1.91 $4.77 $29.25 1.2937 0.3207 1.7087 $155.81

1 OFICIAL ALBAÑIL $65.92 $134.42 $140.50 $21.41 $8.63 $0.00 $2.81 $7.02 $39.30 1.2937 0.2924 1.6720 $224.74

9 OFICIAL CARPINTERO DE MUEBLES $64.72 $147.07 $153.72 $23.42 $8.63 $0.34 $3.07 $7.69 $42.65 1.2937 0.2900 1.6688 $245.44

26 OFICIAL ELECTRICISTA $64.41 $142.01 $148.43 $22.62 $8.63 $0.25 $2.97 $7.42 $41.31 1.2937 0.2909 1.6700 $237.16

63 INGENIERO TOPOGRAFO $217.64 $251.02 $262.37 $39.98 $8.63 $3.73 $5.25 $13.12 $70.13 1.2937 0.2794 1.6552 $415.48

NOTAS DE COLUM NAS

"A " =

"B " =

"C " =

"D " =

"E " =

"F " =

"G " =

"H " =

"I" =

"J " =

"K" =

"L" =

"M " =

SALARIO M íNIM O PROFESIONAL DIARIO VIGENTE EN EL ÁREA GEOGRÁFICA "A" QUE PARA FINES SALARIALES SE HA DIVIDIDO A LA REPUBLICA MEXICA NA

SALARIO NOM INAL DIARIO DEL ÁREA GEOGRÁFICA "A" (INV ESTIGA CIÓN DE LOS SALARIOS DE MERCADO EN CADA UNA DE LAS LOCALIDA DES)

SALARIO BASE DE COTIZACIÓN PARA APLICACIÓN CUOTAS I.M .S.S. = COLUMNA "B" x F. I. ( FACTOR DE INTEGRACIÓN CON PRESTACIONES MÍNIMA S), FACTOR DE INTEGRACIÓN = DÍAS REALMENTE PA GA DOS AL AÑO (381.75) ENTRE DÍAS POR AÑO ( 365.25) = 1.0452

CUOTA IM SS = PORCENTAJE DE COTIZA CIÓN ASIGNADO POR EL IMSS ( ÚNICA MENTE CUOTA PATRONAL ), SEGÚN SU GRADO DE SINIESTRALIDAD ( ES VARIABLE ), SEGURO DE RIESGO DE TRABAJO, PRESTA CIONES EN DINERO, GASTOS MÉDICOS PENSIONADOS, SEGURO DE INVALIDEZ Y V IDA, SEGURO DE

GUARDERÍAS Y PRESTACIONES SOCIALES Y SEGURO DE CESANTÍA EN EDAD AVANZA DA Y VEJEZ. (ART. 73 Y 74 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL ARTÍCULOS 13, 14 Y 15 DEL REGLAMENTO PARA EL PAGO DE CUOTAS DEL SEGURO SOCIAL ) CUOTA PA TRONAL COLUMNA "C" x 15.2388 %

CUOTA FIJA IM SS = 18.45 % DEL SALARIO MÍNIMO GENERAL V IGENTE EN EL D. F. (ART. 13 INCISO I DEL REGLAMENTO PARA EL PAGO DE CUOTA S DEL SEGURO SOCIAL Y MODIFICACIONES EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO TRA NSITORIO DE LA MISMA LEY). LA CUOTA FIJA DE 18.45 %

ESTA RÁ V IGENTE DEL 1ro ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2005 ($ 46.80 x 18.45 %)

CUOTA ADICIONAL IM SS = CUOTA PARA SALARIOS SUPERIORES A TRES VECES EL SALARIO MÍNIMO GENERAL DIARIO PARA EL D.F. ( ART. 13 INCISO II DEL REGLA MENTO PARA EL PAGO DE CUOTAS DEL SEGURO SOCIAL Y MODIFICACIONES EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO

CUOTA DEL S.A.R. = 2.00 % SOBRE EL SALARIO BASE DE COTIZA CIÒN (COLUMNA "C")

CUOTA DEL INFONAVIT = 5.00 % SOBRE EL SALARIO BASE DE COTIZACIÒN (COLUMNA "C")

SUM A DE APORTACIONES AL IM SS, SAR E INFONAVIT = SUMA DE LAS COLUMNAS "D" + "E" + "F" + "G" + "H"

FACTOR Tp / Tl = DÍAS REALMENTE PAGADOS (Tp=381.75 DÍAS) ENTRE LOS DÍAS REALMENTE LABORA DOS (Tl=295.08 DÍAS)

FACTOR DE PRESTACIONES POR LEY "Ps " EN FRACCION DECIM AL =SUMA DE APORTACIONES AL IMSS + S.A.R. + INFONAVIT (COLUMNA "I") ENTRE SALARIO BASE DE COTIZA CION (COLUMNA "C")

FACTOR DE SALARIO REAL = EL RESULTA DO DEL FACTOR DE PRESTACONES POR LEY "Ps" (COLUMNA "K") POR EL FACTOR Tp / Tl (COLUMNA "J") MÁS EL FACTOR Tp / Tl (COLUMNA "J")

SALARIO REAL = EL RESULTA DO DEL SALARIO NOMINAL DIARIO (COLUMNA "B") POR EL FACTOR DE SALARIO REAL (COLUMNA "L")

RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE :

NOM BRE, CARGO Y FIRM A DEL REPRESENTANTE LEGAL

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Anexo PE-03d

ANALISIS PARA LA DETERMINACION DEL CARGO INDIRECTO

Licitante:

Fecha: Obra:

Costo Directo: $

Administración

Central

Administración

de Obra

1.- Honorarios, Sueldos y Prestaciones

Personal Directivo

1.2 Personal Técnico

1.3 Personal Administrativo

1.4 Cuota Patronal del Seguro Social y del Instituto del Fondo

Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

1.5 Prestaciones a que obliga la Ley Federal del Trabajo para el personal enunciado en los puntos 1.1, 1.2 y 1.3

1.6 Pasajes y Viáticos del personal enunciado en los puntos

1.1, 1.2 y 1.3

2.- Depreciación, Mantenimiento y Rentas

2.1 Edificios y Locales

2.2 Locales de Mantenimiento

2.3 Talleres

2.4 Instalaciones Generales

2.5 Equipo, Muebles y Enseres

2.6 Depreciación o Renta, Operación y Vehículos

2.7 Campamentos

3.- Servicios

3.1 Consultores, Asesores, Servicios y Laboratorios

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3.2 Elaboración de Planos Definitivos (as built)

1.3 Estudios e Investigaciones

4.- Fletes y Acarreos

4.1 de Campamentos

4.2. de Equipo de Construcción

4.3 de Plantas y Elementos para Instalaciones

4.4 de Mobiliario

5.- Gastos de Oficina

5.1 Papelería y útiles de Escritorio

5.2 Correos, Fax, Teléfonos, Telégrafos, Radio

5.3 Equipo de Computación

5.4 Situación de Fondos

5.5 Copias y Duplicados

5.6 Luz, Gas y Otros Consumos

5.7 Gastos de Invitación

6.- Capacitación y Adiestramiento

7.- Seguridad e Higiene

8.- Seguros y Fianzas

9.- Trabajos Previos Auxiliares

9.1 Construcción y Conservación de Caminos de Acceso

9.2 Montaje y Desmantelamiento de Equipo, cuando así proceda

9.3 Construcción de Instalaciones Generales de Campamento

10.- de Equipo de Construcción

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11.- de Plantas y Elementos para Instalaciones

Sumas

Administración central:

(Suma Indirectos)

=

(Costo Directo)

Administración de obra:

(Suma Indirectos)

=

(Costo Directo)

Notas:

Los rubros expresados en el presente ejemplo, son enunciativos y no limitativos y

dependerán de la administración y situación de cada una de las empresas.

El presente análisis deberá apegarse a lo dispuesto en los Artículos 2 1 1 , 2 1 2 y 2 1 3 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

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ANEXO PE-03e

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PERIODO COSTO DIRECTO + INDIRECTO mes 1 mes 2 mes 3 mes 4 mes 5 mes 6

Montos Mensuales a Costo Directo + Costo Indirecto Montos Acumulados % MENSUAL

% % % % % %

INGRESOS

Anticipo % ANTICIP

O 1 Pago de Estimaciones ( a Precio Unitario ) Amortizaciones CARGOS ADICIONALES TOTAL DE INGRESOS (9)=(5)+(6)-(7)-(8) INGRESOS ACUMULADOS

EGRESOS

Materiales * Mano de Obra * Equipo, Herramienta y Maquinaria * Costo Directo (14)=(11)+(12)+(13) Costo Indirecto (sin financiamiento, ni utilidad) TOTAL DE EGRESOS(Costo Directo+Costo Indirecto) (16)=(14)+(15) EGRESOS ACUMULADOS

FLUJO DE EFECTIVO (INGRESOS-EGRESOS) (18)=(09)-(16)

COSTO DE FINANCIAMIENTO (20) = (18) * (19) COSTO DE FINANCIAMIENTO ACUMULADO

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DELEGACION NAYARIT

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.: (Indicar el número de licitación)

CONCEPTO: (Describir la obra, igual que como se publica en la convocatoria)

ANÁLISIS DEL COSTO DE FINANCIAMIENTO

( 1 )

( 2 )

( 3 )

( 4 )

( 5 )

( 6 )

( 7 )

( 8 )

( 9 )

( 10 )

( 11 )

( 12 )

( 13 )

( 14 )

( 15 )

( 16 )

( 17 )

( 18 )

( 19 ) TASA DE INTERES = CETES A 28 DIAS, TIIE, Etc. ( % mensual)

( 20 )

( 21 )

( 22 ) PORCENTAJE DE FINANCIAMIENTO= [COSTO DE FINANCIAMIENTO/(COSTO DIRECTO+COSTO

INDIRECTO)] x 100

POR LO QUE EL FINANCIAMIENTO PARA ESTE CASO

ES DE %

INSTRUMENTO DE CAPTACIÓN:

TASA PROPUESTA: % ANUAL % MENSUAL

* DATOS QUE SE DEBEN TOMAR DE SUS PROGRAMAS CALENDARIZADOS DE MONTOS A COSTO DIRECTO DE MATERIALES

MANO DE OBRA ,EQUIPO , HERRAMIENTA Y MAQUINARIA

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RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE : NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL

REPRESENTANTE LEGAL

(Reproducir en papel membretado de la empresa)

Anexo PE-03f

Proceso de invitación a Cuando menos tres personas No.

Obra:

Fecha:

DETERMINACION DEL CARGO POR UTILIDAD

El porcentaje será fijado por el contratista y su importe será el que resulte de aplicar este porcentaje

sobre la suma de los costos directos, indirectos y financiamiento.

Este cargo, deberá considerar las deducciones correspondientes al impuesto sobre la renta y la

participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa.

Razón Social de la Empresa Nombre, Firma y Cargo del Representante Legal

Nota: El licitante deberá apegarse a lo que se establece en el Art. 219 del Reglamento de la Ley de

Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

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(Reproducir en papel membretado de la empresa)

Anexo PE-03g

Proceso de invitación a

Cuando menos tres personas No.

Obra:

Fecha:

DETERMINACION DE CARGOS ADICIONALES

Los cargos adicionales son las erogaciones que debe realizar el contratista, por estar convenidas como

obligaciones adicionales o porque deriven de un impuesto o derecho que se cause con motivo de la

ejecución de los trabajos.

Únicamente quedarán incluidos, aquellos cargos que se deriven de ordenamientos legales aplicables o

de disposiciones administrativas que emitan autoridades competentes en la materia.

Estos cargos deberán adicionarse al precio unitario después de la utilidad y deberá indicar el porcentaje

que aplique en materia.

Razón Social de la Empresa Nombre, Firma y Cargo del Representante Legal

Nota: El licitante deberá apegarse a lo que se establece en el Art. 219 del Reglamento de la Ley de

Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

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(Reproducir en papel membretado de la empresa)

Anexo PE-03g

Proceso de invitación a Cuando menos tres personas No.

Obra:

Fecha:

DETERMINACION DE CARGOS ADICIONALES

(Materiales, personal y equipo)

Descripción

Unidad

Cantidad

Costo

Importe Incidencia al Total %

Nombre, firma y cargo del Representante Legal

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PROPUESTA ECONOMICA

PE - 04

D o c u m e n t o

PROGRAMAS DE TRABAJO EROGACIONES DE LOS TRABAJOS Y MONTOS MENSUALES

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PROPUESTA ECONOMICA

PE - 05 ( a, b, c, d )

D o c u m e n t o

PROGRAMAS SEMANAL DE EROGACIONES CUANTIFICADOS Y CALENDARIZADOS PARA:

A) MANO DE OBRA

B) MAQUINARIA Y EQUIPO C) SUMINISTRO DE MATERIALES D) UTILIZACION DE PERSONAL

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

ANEXO PE-05a

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. (Indicar el número de licitación)

CONCEPTO: (Describir la obra, igual que como se publica en la convocatoria)

PROGRAMA CALENDARIZADO SEMANAL DE MANO DE OBRA DEL PERSONAL ENCARGADO DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

No

O C A T E G O R I A

PROGRAMA DE JORNALES SEMANALES

UNIDAD MES 1 MES 2 MES 3 MES 4

TOTALES

CLAVE SEM1 SEM2 SEM3 SEM4 SEM5 SEM6 SEM7 SEM8 SEM9 SEM10 SEM11 SEM12

24 24 24 24 12 12 12 6 6 6

SEM1

3

SEM1

4

SEM1

5

SEM1

6

12

(EJÉMPLO) OFICIAL FIERRERO JOR.

162

FECHA DE INICIACIÓN:

TERMINACIÓN ESTIMADA:

DURACIÓN EN DÍAS NATURALES

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE : NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

ANEXO PE-05b

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. (Indicar el número de licitación)

CONCEPTO: (Describir la obra, igual que como se publica en la convocatoria)

PROGRAMA SEMANAL DE UTILIZACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN

No O

CLAVE

MAQUINARIA Y EQUIPO

PROGRAMA DE HORAS EFECTIVAS DE TRABAJO SEMANALES

UNIDAD MES 1 MES 2 MES 3 MES 4 S

E

SEM1 SEM2 SEM3 SEM4 SEM5 SEM6 SEM7 SEM8 SEM9 SEM10 SEM11 SEM12 SEM13 SEM14 SEM15 M

1

6

48 40

TOTALES

48

(EJÉMPLO) Cargador frontal sobre neumáticos HR.

136

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

FECHA DE INICIACIÓN:

TERMINACIÓN ESTIMADA:

DURACIÓN EN DÍAS NATURALES

RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE: NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

ANEXO PE-05c

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. (Indicar el número de licitación)

CONCEPTO: (Describir la obra, igual que como se publica en la convocatoria)

PROGRAMA SEMANAL DE SUMINISTRO Y UTILIZACION DE MATERIALES Y EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE

No O

CLAVE

DESCRIPCIÓN DE MATERIAL O

EQUIPO PERM.

PROGRAMA DE CANTIDADES DE MATERIALES Y EQUIPOS PERM.

UNIDAD MES 1 MES 2 MES 3 MES 4

SEM1 SEM2 SEM3 SEM4 SEM5 SEM6 SEM7 SEM8 SEM9 SEM10 SEM11 SEM12 SEM13 SEM14 SEM15 SEM16

4 4 3 1 1 4 5 1 1 0.5 0.3

TOTALES

2

(EJÉMPLO) Cemento Portland tipo I normal TON.

26.8

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

FECHA DE INICIACIÓN:

TERMINACIÓN ESTIMADA:

DURACIÓN EN DÍAS NATURALES

RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE : NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

ANEXO PE-05d

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. (Indicar el número de licitación)

CONCEPTO: (Describir la obra, igual que como se publica en la convocatoria)

PROGRAMA CALENDARIZADO MENSUAL DE UTILIZACION DE PERSONAL TECNICO, ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN, SUPERVISION

Y ADMINISTRACION DE LOS TRABAJOS

No

O

CLAVE

C A R G O

PROGRAMA SEM. DE PERSONAL TÉCNICO-ADMINISTRATIVO Y DE SERV.

UNIDAD MES 1 MES 2 MES 3 MES 4

SEM

S TOTALES E

SEM1 SEM2 SEM3 SEM4 SEM5 SEM6 SEM7 SEM8 SEM9 SEM10 SEM11 SEM12 SEM13 14

SEM15 M 1 6

6 6 6 6 6 6 6 6 6 6 6 6 6 6 6

6

(EJÉMPLO) Responsable de Obra (Superintendente de Const.) JOR 96

Responsable de Obra Civil JOR

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CONVOCATORIA No. NAY/SDS/IR/001/2012

Responsable de Instalaciones JOR Almacenista Capturista Topógrafo

FECHA DE INICIACIÓN:

TERMINACIÓN ESTIMADA:

DURACIÓN EN DÍAS NATURALES

RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE : NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL