convivencia_2013

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educacion

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  • POLTICA PROVINCIAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR POR QU UNA POLITICA DE CONVIVENCIA?

    Los nuevos escenarios sociales. La obligatoriedad en el nivel secundario. El pasaje de una escuela selectiva a una escuela inclusiva.

  • ASPECTOS CENTRALES DE LA POLTICA DE CONVIVENCIA

    Anexo 1 MARCO POLTICO

    Anexo 2 ESTRATEGIAS PARA LA GESTIN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR

    Anexo 3 CONSEJO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

    Anexo 4 NORMAS GENERALES PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

    Anexo 5 ESTRATEGIAS DE APOYO PARA LA CALIDAD DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR

    .

    1 Anexo 1 MARCO POLITICOPromueve un Marco Poltico al conjunto de normas generales de convivencia escolar para el Nivel Secundario, basado en principios y valores que orientan el desarrollo de estrategias, la gestin de los proyectos institucionales y la aplicacin de los procedimientos correspondientes.

  • CONSEJOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR Es un rgano colegiado, deliberativo, de consulta y resolucin. No es un tribunal de disciplina.

    El CCE es representativo de todos los actores de la escuela y tiene como fin garantizar en forma democrtica el desarrollo de una micro poltica de convivencia escolar

  • ORGANIZACIN DE LOS CONSEJOS DE CONVIVENCIA ESCOLARConvoca el directivo al inicio de cada ciclo lectivo (no exceder los 30 das) y lo preside el mismo.Resoluciones del CCE son vinculantes para la escuela y pueden ser apelables. Constitucin del CCE segn la matrcula de la escuela. Todos los actores institucionales tienen derecho a ser representantes y representados, siempre que hayan sido votados democrticamente por sus pares. Los procesos de eleccin deben ser pblicos e informados fehacientemente a toda la comunidad escolar.

  • ORGANIZACIN DE LOS CONSEJO DE CONVIVENCIA ESCOLAR La eleccin de los alumnos la realizan sus pares.No establecer requisitos de rendimiento acadmico para la representacin. Debe haber cumplido los 14 aos al inicio del ciclo lectivo que desempear la representacin.Es condicin para ser elegido, no poseer faltas intermedias, graves o extremadamente graves.Si incurre en algunas de estas faltas, pierde la condicin de representante.

  • ORGANIZACIN DE LOS CONSEJO DE CONVIVENCIA ESCOLARLa duracin de los mandatos no podr ser superior a dos aos, ni podrn ser reelegidos los miembros del Consejo de Convivencia Escolar, salvo fundadas excepciones.

    Los miembros titulares tendrn voz y voto. Tambin se elegirn suplentes.

  • FUNCIONES DE LOS CONSEJOS DE CONVIVENCIA ESCOLARElabora el Acuerdo de Convivencia Institucional, incorporando los aportes de todos los actores de la escuela.El Acuerdo de Convivencia Escolar posee la especificacin de las conductas posibles (segn la clasificacin de las faltas que forma parte de la presente Resolucin) y las acciones reparadoras potenciales para las mismas.Elabora la Resolucin en la que estipula las sanciones correspondientes segn la falta cometida y las acciones reparatorias propuestas por el Consejo. Es el director quien aplica la sancin.Acuerda mecanismos permanentes de comunicacin e informacin de todas las acciones del Consejo de Convivencia Escolar a la comunidad.

  • FUNCIONES DE LOS CONSEJOS DE CONVIVENCIA ESCOLARIdentifica los factores que puedan prevenir situaciones problemticas y propone su abordaje.Cumple un rol proactivo ofreciendo a las autoridades sugerencias y propuestas para la creacin de un buen clima en la escuela.Emite opinin y asesora, con carcter consultivo, a la conduccin del establecimiento cuando lo requiera.Interpreta lo sucedido a travs del anlisis de la documentacin elaborada por Equipos Directivos, de Orientacin, preceptores y/o profesores.Define la aplicacin o no de sanciones a los actores involucrados en el marco de los contratos vigentes.

  • FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE CONVIVENCIA. Elabora y difunde un cronograma anual de actividades.Se rene con una periodicidad no inferior a cuatro encuentros por ciclo lectivo. Debe sesionar con la mitad ms uno de sus miembros. Las decisiones, para ser vlidas, debern tomarse por mayora simple de votos. En caso de existir empate, el voto del Director se considera doble. Registra las sesiones en un libro de actas: convocatoria a reuniones, participantes y temas abordados. Los miembros del Consejo de Convivencia Escolar firman un convenio de confidencialidad respecto de los temas o asuntos que se debaten y tratan en las reuniones.

  • NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA ESCOLARCONCEPTOS CLAVE:Sancin reparacin recuperacin Escuela espacio de construccin de ciudadana

    espacio para la convivencia democrtica

  • CRITERIOS DE CATEGORIZACIN Y GRADUACIN DE LAS FALTAS Por la forma de comisin: por accin o por omisin.

    Por el dao ocasionado:

    Por el riesgo generado:

    Por el destinatario de la falta: S mismo Terceros: pares, adultos de la escuela, otros Escuela: edificio escolar, mobiliario escolar; identidad institucional

  • CRITERIOS DE CATEGORIZACIN Y GRADUACIN DE LAS FALTAS

    Factores agravantes o atenuantes :edad, contexto, intereses, motivos, reiteracin, pluralidad de actores, magnitud, capacidad de comprensin de la conducta transgresora, madurez, actitud del alumno/a posterior a la transgresin.

  • CATEGORAS DE FALTAS

    Falta

  • LMITES INNEGOCIABLES Cuando la trasgresin implique un atentado contra la vida. Cuando la conducta sancionada produzca una lesin gravsima.Cuando la conducta sancionada estuviese tipificada en las resoluciones vigentes sobre uso de armas. Cuando la conducta trasgresora implicare un delito contra la integridad sexual.

    Se convoca al Consejo de Convivencia Escolar en forma extraordinaria a fin de tomar medidas que resguarden el derecho de la persona agredida y se tomen sanciones al agresor, tal como lo indica el ICE de 9 a 0 puntos; adems de formalizar las acciones legales correspondientes.

  • NDICE DE CONVIVENCIA ESCOLAR(ICE)

    Trayectoria de convivencia.Trabajo en la prevencin y promocin de buenas prcticas y en la aplicacin de sanciones a conductas transgresoras.Responsabilidad del estudiante en la reparacin de su conducta.

  • NDICE DE CONVIVENCIA ESCOLARICE Puntaje inicial para cada estudiante: 25 puntos por ciclo lectivo.Duracin: un ciclo lectivo, se renueva anualmente. Los 25 puntos se restan en forma proporcional a las faltas cometidas. Falta Leve: Se resta 1 punto del ICEFalta Moderada: Se restan entre 2 y 3 puntos del ICEFalta Intermedia: Se restan entre 4 y 6 puntos del ICEFalta Grave: Se restan entre 7 y 9 puntos del ICEFalta Extremadamente Grave: Se restan entre 10 o 12 puntos del ICE

  • Frente a la falta cometida por el estudiante, la quita de puntos viene a representar el carcter sancionatorio y la realizacin de las actividades reparatorias, el carcter constructivo y de toma de conciencia sobre la norma vulnerada. Los puntos del ICE que se restan pueden ser recuperados, mediante la elaboracin y realizacin de acciones reparatorias.La accin reparadora se realiza en relacin a la falta cometida, se recupera el puntaje restado por esa falta.Las actividades reparadoras tienen un tiempo de realizacin de no ms de un mes calendario. Las acciones reparadoras son consensuadas entre estudiantes y escuela (Equipo de Orientacin y/o Consejo de Convivencia Escolar) e informadas a los padres.

  • TRAYECTORIA DE CONVIVENCIA