convenio de corresponsabilidad gremial de la industria vitivinícola en san juan

4
CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL DE LA INDUSTRIA VITIVINÍCOLA EN LA PROVINCIA DE SAN JUAN Ley 26.377 Decreto Reglamentario 1370/08 Convenio entre FOEVA y productores

Upload: raul-horacio-moreno

Post on 04-Jul-2015

322 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: Convenio de corresponsabilidad gremial de la industria vitivinícola en San Juan

CONVENIO DE

CORRESPONSABILIDAD

GREMIAL DE LA

INDUSTRIA VITIVINÍCOLA

EN LA PROVINCIA DE

SAN JUANLey 26.377

Decreto Reglamentario 1370/08

Convenio entre FOEVA y productores

Page 2: Convenio de corresponsabilidad gremial de la industria vitivinícola en San Juan

Objeto

Formalizar el trabajo temporario

Mediante aporte de tarifa sustitutiva de aportes y

contribuciones correspondientes al:

SIPA

Asignaciones Familiares

OSPAV

INSSJyP

FOEVA

Monto según quintales cosechados.

Page 3: Convenio de corresponsabilidad gremial de la industria vitivinícola en San Juan

Sujetos

Cosechadores de uva para vino o mosto.

Temporarios

Permanentes afectados a la cosecha (Hasta 3 meses)

Productores

Salvo

Inscriptos en RENAF (Registro Nac. Agric. Familiar)

Cosecha mecanizada por empresas inscriptas en el registro del INV. En tal caso deberá informar:

5 días antes de la cosecha: Cantidad y ubicación de hectáreas.

30 días posteriores a la finalización de la cosecha: Quintales ingresados a bodega.

Cosecha tercerizada. En tal caso deberá informar:

5 días antes de la cosecha: Ubicación, fecha y extensión a cosechar.

Hasta el 30/06: Contrato, trabajadores, DDJJ, ART, Factura, etc.

Page 4: Convenio de corresponsabilidad gremial de la industria vitivinícola en San Juan

Obligaciones del productor

INFORMAR

Alta de los empleados

DDJJ determinativas y nominativas de sus obligaciones como empleadores.

Eventualmente la cosecha mecanizada.

Eventualmente la cosecha tercerizada.

PAGAR LA TARIFA SUSTITUTIVA

Mediante pago único (hasta el 31/08) o mediante 5 cuotas mensuales (Desde

15/8)

PAGAR COTIZACIÓN LRT