convenio bcn universidad de valparaiso

5
CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL Y UNIVERSIDAD DE VALPARAISO En Valparaíso, a 30 de Abril de 2013, entre BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL, en adelante, Ia Biblioteca, RUT No 60.203.000-8, representada por su Director, Don Manuel Alfonso Pérez Guiñez, Cédula Nacional de Identidad N0 5.547.569-5, ambos domiciliados en calle Victoria s/n edificio del Congreso Nacional de Chile, piso 3, torre del Senado, por una parte, y por Ia otra, Ia Universidad de Valparaíso, Corporación Educacional de Derecho Público, en adelante también "la Universidad", RUT N0 60.921.000-1, representada por su Rector, don Aldo Valle Acevedo, Cédula Nacional de Identidad N0 6.642.777-3, ambos domiciliados en Blanco 951, de Ia ciudad de Valparaíso, se ha acordado el siguiente convenio: PRIMERO: La Universidad de Valparaíso imparte Ia carrera de Derecho, conducente al título profesional de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales. SEGUNDO: En el plan de estudio de Ia referida carrera se considera Ia realización de Prácticas especializadas vinculadas a Ias diversas ramas de estudio, todo ello en el marco del curso anual de Práctica de Consultorio y de su respectivo reglamento, y en conformidad a Ias directrices dictadas por Ia Escuela de Derecho relativas a Ia ejecución de Ia actividad que es objeto del presente convenio, documento que para estos efectos se entiende reproducido e integrado al presente instrumento. CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL Y UNIVERSIDAD DE VALPARAISO. Escuela de Derecho. 1 CN02040592013

Upload: sergioalejandrorojasdiaz

Post on 06-Nov-2015

218 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

hhhh

TRANSCRIPT

  • CONVENIO ESPECFICO

    ENTRE

    BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL

    Y

    UNIVERSIDAD DE VALPARAISO

    En Valparaso, a 30 de Abril de 2013, entre BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL, en adelante, Ia Biblioteca, RUT No 60.203.000-8, representada por su Director, Don Manuel Alfonso Prez Guiez, Cdula Nacional de Identidad N0 5.547.569-5, ambos domiciliados en calle Victoria s/n edificio del Congreso Nacional de Chile, piso 3, torre del Senado, por una parte, y por Ia otra, Ia Universidad de Valparaso, Corporacin Educacional de Derecho Pblico, en adelante tambin "la Universidad", RUT N0 60.921.000-1, representada por su Rector, don Aldo Valle Acevedo, Cdula Nacional de Identidad N0 6.642.777-3, ambos domiciliados en Blanco 951, de Ia ciudad de Valparaso, se ha acordado el siguiente convenio:

    PRIMERO: La Universidad de Valparaso imparte Ia carrera de Derecho, conducente al ttulo profesional de Licenciado en Ciencias Jurdicas y Sociales.

    SEGUNDO: En el plan de estudio de Ia referida carrera se considera Ia realizacin de Prcticas especializadas vinculadas a Ias diversas ramas de estudio, todo ello en el marco del curso anual de Prctica de Consultorio y de su respectivo reglamento, y en conformidad a Ias directrices dictadas por Ia Escuela de Derecho relativas a Ia ejecucin de Ia actividad que es objeto del presente convenio, documento que para estos efectos se entiende reproducido e integrado al presente instrumento.

    CONVENIO ESPECFICO ENTRE BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL Y UNIVERSIDAD DEVALPARAISO. Escuela de Derecho.

    1CN02040592013

  • TERCERO: Por el presente instrumento, Ias partes antes individualizadas acuerdan que Ia Escuela de Derecho de Ia Universidad de Valparaso, enviar a Ia Biblioteca del Congreso Nacional, estudiantes de esa carrera, con el objeto que efecten Ias actividades que han sido definidas como Prcticas especializadas, en cualquiera de Ias unidades operativas pertenecientes a dicho Servicio.

    CUARTO: Las referidas Prcticas especializadas tendrn una duracin de cinco meses por cada alumno, distribuidas conforme a Ios requisitos y necesidades que plantee Ia Biblioteca y cuyos horarios sern determinados de comn acuerdo por Ias partes.

    La Biblioteca del Congreso Nacional de Chile proporcionar al alumno Ios medios fsicos y tcnicos para que desarrolle Ias actividades propias de su prctica laboral.

    QUINTO: EI nmero de estudiantes que en cada perodo ingrese a efectuarPrctica especializada en virtud del presente convenio ser acordado entre Ias partes, de acuerdo a Ia disponibilidad que ofrezca Ia Biblioteca luego de formulados Ios requerimientos internos.

    SEXTO: La Universidad deber remitir a Ia Biblioteca, una "Carta Solicitud de Prctica especializada", instrumento en el que se individualizar al o Ios estudiantes con sus nombres y cdula de identidad, Ia duracin de Ia actividad, el nombre del supervisor docente y certificado de vigencia del correspondiente seguro de accidente, de acuerdo a Io establecido en el artculo 3o de Ia Ley 16.744.

    SEPTIMO: La Biblioteca, en seal de aceptacin de Ios estudiantes propuestos emitir una resolucin exenta con indicacin de Ia fecha de inicio y trmino de Ia Prctica especializada y lugar de destinacin interna de estos. En el mismo documento se indicar adems, el nombre del o Ios funcionarios a cargo de supervisar el desempeo de Ios alumnos seleccionados.

    CONVENIO ESPECFICO ENTRE BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL Y UNIVERSIDAD DEVALPARAISO. Escuela de Derecho.

    CN020405920132

  • Al finalizar Ia prctica el alumno deber entregar al rea donde se desempe, un informe escrito sobre el desarrollo de su trabajo en Ia Biblioteca del Congreso Nacional de Chile o bien una copia del documento (Informe, Tesis, Reporte, Memoria, etc.), que Ie exija Ia respectiva institucin acadmica.

    OCTAVO: La Universidad designar, al inicio de cada semestre acadmico, un supervisor docente, que coordinar con Ia Biblioteca Ia debida ejecucin del presente convenio.

    NOVENO: Los estudiantes que realicen su Prctica especializada en Ia Biblioteca estarn sometidos a Ia supervisin de sta, debiendo, en consecuencia, acatar y dar estricto cumplimiento a Ias normas, exigencias e instrucciones por ella impartidas y que Ie sean exigibles, especialmente aquellas referidas a Ia obligacin de observar absoluta reserva y discrecin de Ios antecedentes que conozcan en su actividad, en particular en Io relativo al secreto profesional.

    La biblioteca proporcionar al alumno en prctica el beneficio de colacin que entrega a sus funcionarios, vigente a Ia fecha del contrato, adems de un bono de movilizacin urbana, cuyo monto ser equivalente al valor diario multiplicado por Ios das hbiles de cada mes.

    Se deja expresa constancia que Ias prcticas profesionales podrn requerir Ia presencia de Ios alumnos tanto en Ias oficinas de Ia Biblioteca de Ias ciudades de Valparaso como Santiago, y en caso de que sea necesario el traslado se entregar a Ios alumnos el respectivo pasaje de bus interurbano para su desplazamiento.

    DECIMO: Entre Ia Biblioteca y Ios estudiantes de Ia Universidad que realicen su Prctica especializada, no existir relacin jurdica laboral, de subordinacin o dependencia, ni de ninguna otra naturaleza y, por Io mismo, no tendr Ia Biblioteca Ia calidad de empleadora ni contratante respecto de Ios alumnos, quienes a su vez no sern trabajadores de Ia misma, ni tendrn derecho a pago, remuneracin, honorario, ni prestacin econmica alguna.

    CONVENIO ESPEC(FICO ENTRE BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL Y UNIVERSIDAD DEVALPARAISO. Escuela de Derecho.

    3

  • DECIMO PRIMERO: Sin perjuicio del informe final y a fin de velar por Ia correcta ejecucin del presente convenio, Ia Biblioteca se reserva Ia facultad de evacuar informes reservados en relacin al desempeo de Ios alumnos seleccionados.

    DECIMO SEGUNDO: La duracin del presente convenio ser de un ao, contado desde Ia fecha de Ia total tramitacin del Decreto Universitario y de Ia Resolucin BCN que Io apruebe, prorrogable automticamente por el mismo perodo, salvo que alguna de Ias partes manifieste a Ia otra su intencin de no perseverar en el mismo, mediante carta certificada dirigida al domicilio consignado en el presente instrumento, con una antelacin mnima de sesenta das corridos.

    No obstante Io anterior, Ia Biblioteca se reserva el derecho de poner trmino unilateralmente al presente convenio, as como a cualquier perodo de Prctica Extracurricular de uno o ms alumnos por razones de inters pblico, calificadas como tales por el supervisor directo de Ia prctica y/ o por su Director.

    La Universidad declara aceptar Ia presente clusula, renunciando desde ya a cualquiera accin legal o judicial que pudiere asistirle.

    DECIMO TERCERO: Sin perjuicio de Io dispuesto en el artculo anterior, IaBiblioteca podr poner trmino al Convenio en Ios siguientes casos:

    a) Por atrasos reiterados de Ios alumnos en prctica, b) Por inasistencia o abandono de funciones.

    e) Por ocurrir cambios en Ias condiciones que posibilitaron Ia autorizacin de Ia prctica,

    d) Por decisin unilateral de Ia Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

    DECIMO CUARTO: Para todos Ios efectos legales y administrativos derivados deeste convenio Ias partes fijan domicilio en Ia ciudad de Valparaso

    CONVENIO ESPECFICO ENTRE BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL Y UNIVERSIDAD DE VALPARAISO. Escuela de Derecho.

    4CN02040592013

  • DECIMO QUINTO: El presente convenio se firma en cuatro ejemplares del mismo tenor, quedando dos en poder de Ia Universidad de Valparaso y dos en poder de Ia Biblioteca del Congreso Nacional.

    DECIMO SEXTO: La personera de don Manuel Alfonso Prez Guiez para representar a Ia Biblioteca consta en el Acuerdo Primero de Ia Sesin N0 12 del ao 2012delaComisionde Bibliotecadel CongresoNacional.

    La personera de don Aldo Valle Acevedo para representar a Ia Universidad deValparaiso,constaen DecretoSupremo238de 2012delMinisteriode Educacin.

    ONVENlO ESPECFICO ENTRE BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL Y UNIVERSIDAD DEVALPARAISO. Escuela de Derecho.

    CN020405920135