contrato de sociedad

5
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS ENTRE: De una parte, la sociedad comercial THE MAN UNIVERSE MODEL PAGEANT, empresa creada bajo la tutela de las leyes dominicanas, representada por su presidente, el señor ROBERT RAFAEL FLORES CALCAGYO, nacionalidad dominicana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0768130-6, domiciliado y residente en la calle Francisco Prat Ramírez, No. 268, Edif. Mario Augusto, Apto. 1-B, Evaristo Morales, Distrito Nacional, República Dominicana, entidad que en lo adelante se denominará LA PRIMERA PARTE o por su mismo nombre; De la otra parte, el señor JOSGUEL ONESIMO GUTIERREZ GOICO, quien es Dominicano, Mayor de Edad, Portador de la Cédula de Identidad y Electoral Número 001-1265778-8, con domicilio en la calle Juan Isidro Ortega No. 66, Los Prados, Distrito Nacional; quien en lo adelante se denominará LA SEGUNDA PARTE o por su mismo nombre. De manera conjunta, THE MAN UNIVERSE MODEL PAGEANT, representada por su presidente, el señor ROBERT RAFAEL FLORES CALCAGYO y el señor JOSGUEL ONESIMO GUTIERREZ GOICO; se denominarán LAS PARTES. HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE: ARTICULO PRIMERO : Objeto del Contrato 1.1 Objeto : THE MAN UNIVERSE MODEL PAGEANT, representada por su presidente, el señor ROBERT RAFAEL FLORES CALCAGYO y el señor JOSGUEL ONESIMO GUTIERREZ GOICO ponen de manifiesto, que es de su interés, crear una sociedad encaminada al desarrollo y prosecución del evento artístico

Upload: victor-jesus-perez-castillo

Post on 14-Apr-2016

9 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

Contrato de Sociedad

TRANSCRIPT

Page 1: Contrato de Sociedad

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

ENTRE:

De una parte, la sociedad comercial THE MAN UNIVERSE MODEL PAGEANT, empresa creada bajo la tutela de las leyes dominicanas, representada por su presidente, el señor ROBERT RAFAEL FLORES CALCAGYO, nacionalidad dominicana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0768130-6, domiciliado y residente en la calle Francisco Prat Ramírez, No. 268, Edif. Mario Augusto, Apto. 1-B, Evaristo Morales, Distrito Nacional, República Dominicana, entidad que en lo adelante se denominará LA PRIMERA PARTE o por su mismo nombre;

De la otra parte, el señor JOSGUEL ONESIMO GUTIERREZ GOICO, quien es Dominicano, Mayor de Edad, Portador de la Cédula de Identidad y Electoral Número 001-1265778-8, con domicilio en la calle Juan Isidro Ortega No. 66, Los Prados, Distrito Nacional; quien en lo adelante se denominará LA SEGUNDA PARTE o por su mismo nombre.

De manera conjunta, THE MAN UNIVERSE MODEL PAGEANT, representada por su presidente, el señor ROBERT RAFAEL FLORES CALCAGYO y el señor JOSGUEL ONESIMO GUTIERREZ GOICO; se denominarán LAS PARTES.

HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:

ARTICULO PRIMERO: Objeto del Contrato

1.1 Objeto: THE MAN UNIVERSE MODEL PAGEANT, representada por su presidente, el señor ROBERT RAFAEL FLORES CALCAGYO y el señor JOSGUEL ONESIMO GUTIERREZ GOICO ponen de manifiesto, que es de su interés, crear una sociedad encaminada al desarrollo y prosecución del evento artístico cultural THE MAN UNIVERSE MODEL PAGEANT que será celebrado en República Dominicana del Cinco (05) hasta el Dieciséis (16) del mes de mayo del año 2013.-

ARTICULO SEGUNDO: Participación de los Beneficios

Page 2: Contrato de Sociedad

2.1 Participación Beneficios: THE MAN UNIVERSE MODEL PAGEANT, representada por su presidente, el señor ROBERT RAFAEL FLORES CALCAGYO y el señor JOSGUEL ONESIMO GUTIERREZ GOICO acuerdan dividir las ganancias que generé de manera exclusiva el evento artístico cultural supraindicado en sumas proporcionales, entiéndase, un Cincuenta por ciento (50%) para ambas partes.

2.1.2. Es entendido entre Las Partes que las ganancias que serán percibidas por un valor del Cincuenta por ciento (50%) será de manera exclusiva de los beneficios que genere dicho concurso, siendo la excepción el pago de los participantes para su membrecía al concurso de belleza masculina.

ARTICULO TERCERO: Obligaciones de LAS PARTES

3.1 Ejecución Obligaciones: LAS PARTES se comprometen y obligan a cubrir los gastos de operación del THE MAN UNIVERSE MODEL PAGEANT, en un término del Cincuenta por ciento (50%) para ambas partes, así como también realizar con seriedad, dedicación y esmero, comprometiéndose a ejecutar las obligaciones estipuladas en este Contrato dentro de los períodos que de común acuerdo establezcan Las Partes para la realización de los mismos, con la finalidad del buen desarrollo del THE MAN UNIVERSE MODEL PAGEANT.

Párrafo: LAS PARTES quedan sujetas de manera igualitaria a los gastos que genere el concurso de belleza THE MAN UNIVERSE MODEL PAGEANT, teniendo LAS PARTES de manera individual que poner en conocimiento previo, cualquier gasto en que vaya a incurrir dicha sociedad, no quedando sujeta a la obligación de responder por el gasto generado, la parte a la que no le fue previamente comunicada.

ARTICULO QUINTO: Vigencia del Contrato y Causas de Terminación

4.1 Vigencia: Este Contrato tendrá una vigencia tres (3) años y de manera exclusiva para el concurso de belleza masculina THE MAN UNIVERSE MODEL PAGEANT, iniciando el día Cinco (05) hasta el Dieciséis (16) del mes de mayo del año 2013, venciendo dicho contrato en el año del 2016.-

Párrafo: Llegado el termino de vigencia del contrato, el cual es de Tres (3) años, y con excepción de que algunas de las partes se opongan de manera formal y por escrito, con por lo menos Dos (2)

Page 3: Contrato de Sociedad

meses de anticipación, él mismo se renovará automáticamente, gozando del beneficio de la figura legal de la Tacita Reconducción, generando en consecuencia, las mismas obligaciones a que estaban atadas Las Partes.

ARTICULO SEXTO: Misceláneos

5.1 No Relación de Dependencia: LAS PARTES reconocen y declaran que suscriben el presente Acuerdo como una entidad independiente, estableciendo tan solo una relación de tipo comercial, en la cual no existe vínculo de dependencia o subordinación laboral entre ellas,

5.2 Elección de Domicilio: Para todos los fines y consecuencias del presente Contrato, Las Partes contratantes hacen elección de domicilio en las direcciones indicadas en este Documento, las cuales se reputan como las más recientes hasta tanto cualquiera de Las Partes le notifique a la otra sobre cualquier cambio de dirección.

5.3 No Cesión del Contrato: Este Contrato o cualquier parte del mismo no podrá ser asignado, traspasado, transferido, cedido o delegado por ninguna de LAS PARTES a otra persona física o moral distinta de ella, salvo autorización previa y por escrito de ambas partes.

5.4 Acuerdo Completo: Las Partes declaran y reconocen que el presente Contrato contiene y refleja el acuerdo y entendido completo entre ellas con respecto al asunto aquí tratado. Por lo tanto, no se podrán ejecutar cambios o modificaciones a ninguno de sus términos o provisiones, a menos que Las Partes lo acuerden por escrito.

HECHO Y FIRMADO DE BUENA FE, en Dos (2) originales de un mismo tenor y efecto, Uno (1) para cada una de Las Partes, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al día Trece (13) días del mes de Marzo del año Dos Mil Trece (2013).-

ROBERT R. FLORES CALCAGYO Por JOSGUEL O. GUTIERREZ GOICOEn Representación deTHE MAN UNIVERSE MODEL PAGEANT

YO, LIC. JULIAN A. TOLENTINO, abogado notario público de los del número del Distrito Nacional, miembro activo del Colegio de Notarios, Colegiatura No. 3397, Certifico y doy fe que los señores: THE MAN

Page 4: Contrato de Sociedad

UNIVERSE MODEL PAGEANT, representada por su presidente, el señor ROBERT RAFAEL FLORES CALCAGYO y el señor JOSGUEL ONESIMO GUTIERREZ GOICO de generales que constan más arriba, me han declarado libre y voluntariamente bajo la fe del juramento que las firmas que anteceden son las que acostumbran a usar en todos los documentos de su vida pública y privada. En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Trece (13) días del mes de Marzo del año Dos Mil Trece (2013).-

_____________________________________LIC. JULIAN A. TOLENTINO

Abogado Notario Público