contrato de compraventa con pacto de reserva de propiedad

4
CONTRATO DE COMPRA VENTA CON PACTO DE RESERVA DE PROPIEDAD Conste por el presente documento el CONTRATO DE COMPRA VENTA DE MAQUINARIA CON PACTO DE RESERVA DE PROPIEDAD, que celebran de una parte la empresa INDUSTRIAL LUQUE S.R.L., identificada con RUC No. 10411378816, con domicilio en Av. Francisco Antonio de Zela No. 965, distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna, debidamente representada por su Gerente General señor NORMAN FERNANDO LUQUE RAMOS, identificado con DNI No. 41137881, a quiénes en adelante se les denominará VENDEDOR; y, de la otra parte la empresa IMPRENTA RAMOS S.A.C., con RUC No. 10555555556, debidamente representada por su Gerente General señor JUAN CARLOS RAMOS RAMOS, identificado con DNI No. 55555555, con domicilio en Av. San Martin No. 405, distrito, provincia y departamento Tacna, en adelante denominada EL COMPRADOR; conforme a los términos y condiciones siguientes: PRIMERA : ANTECEDENTES EL VENDEDOR es una persona jurídica constituida de acuerdo a las leyes de Perú, cuyo objeto social y giro de negocio es dedicarse a la importación, venta y comercialización de insumos y maquinaria para la industria gráfica. EL COMPRADOR es una sociedad anónima cerrada dedicada a la actividad de impresión de libros y folletería. SEGUNDA : OBJETO DEL CONTRATO EL COMPRADOR adquiere de VENDEDOR la siguiente maquinaria usada de su propiedad, operativa, sin más desgaste que el producido por el uso normal y diligente, cuyas características particulares así como las condiciones de la compraventa se detallaron en la COTIZACIÓN DE FECHA 15 DE JUNIO DEL 2015, ofrecidas al COMPRADOR mediante carta cursada por el Gerente Comercial de INDUSTRIAL LUQUE S.R.L. señor NORMAN FERNANDO LUQUE RAMOS: UNA IMPRESORA INDUSTRIAL SURECOLOR F7070, MODELO EPSON AÑO 2012, USADA, SERIE: MXL3412X04. En adelante LA MÁQUINA. Bien cuya propiedad se reserva EL VENDEDOR al amparo de lo establecido por el artículo 1583 del Código Civil, hasta que EL COMPRADOR cumpla con pagar la totalidad del precio de venta, momento a partir del cual EL COMPRADOR adquirirá automáticamente el derecho a la propiedad del bien que se vende TERCERA : PRECIO Y FORMA DE PAGO El precio de la máquina que se vende asciende a la suma de US$ 15,000.00 (QUINCE MIL CON 00/100 DÓLARES NORTEAMERICANOS), incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV). Suma total que será cancelada a plazos con una Cuota Inicial y 5 armadas conforme a lo siguiente:

Upload: normand-fernando-luque-ramos

Post on 03-Dec-2015

4 views

Category:

Documents


3 download

DESCRIPTION

Modelo de Contrato

TRANSCRIPT

Page 1: Contrato de Compraventa Con Pacto de Reserva de Propiedad

CONTRATO DE COMPRA VENTA CON PACTO DE RESERVA DE PROPIEDAD

Conste por el presente documento el CONTRATO DE COMPRA VENTA DE MAQUINARIA CON PACTO DE RESERVA DE PROPIEDAD, que celebran de una parte la empresa INDUSTRIAL LUQUE S.R.L., identificada con RUC No. 10411378816, con domicilio en Av. Francisco Antonio de Zela No. 965, distrito de Pocollay, provincia y departamento de Tacna, debidamente representada por su Gerente General señor NORMAN FERNANDO LUQUE RAMOS, identificado con DNI No. 41137881, a quiénes en adelante se les denominará VENDEDOR; y, de la otra parte la empresa IMPRENTA RAMOS S.A.C., con RUC No. 10555555556, debidamente representada por su Gerente General señor JUAN CARLOS RAMOS RAMOS, identificado con DNI No. 55555555, con domicilio en Av. San Martin No. 405, distrito, provincia y departamento Tacna, en adelante denominada EL COMPRADOR; conforme a los términos y condiciones siguientes:

PRIMERA: ANTECEDENTESEL VENDEDOR es una persona jurídica constituida de acuerdo a las leyes de Perú, cuyo objeto social y giro de negocio es dedicarse a la importación, venta y comercialización de insumos y maquinaria para la industria gráfica. EL COMPRADOR es una sociedad anónima cerrada dedicada a la actividad de impresión de libros y folletería.

SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATOEL COMPRADOR adquiere de VENDEDOR la siguiente maquinaria usada de su propiedad, operativa, sin más desgaste que el producido por el uso normal y diligente, cuyas características particulares así como las condiciones de la compraventa se detallaron en la COTIZACIÓN DE FECHA 15 DE JUNIO DEL 2015, ofrecidas al COMPRADOR mediante carta cursada por el Gerente Comercial de INDUSTRIAL LUQUE S.R.L. señor NORMAN FERNANDO LUQUE RAMOS:

UNA IMPRESORA INDUSTRIAL SURECOLOR F7070, MODELO EPSON AÑO 2012, USADA, SERIE: MXL3412X04. En adelante LA MÁQUINA.

Bien cuya propiedad se reserva EL VENDEDOR al amparo de lo establecido por el artículo 1583 del Código Civil, hasta que EL COMPRADOR cumpla con pagar la totalidad del precio de venta, momento a partir del cual EL COMPRADOR adquirirá automáticamente el derecho a la propiedad del bien que se vende

TERCERA: PRECIO Y FORMA DE PAGOEl precio de la máquina que se vende asciende a la suma de US$ 15,000.00 (QUINCE MIL CON 00/100 DÓLARES NORTEAMERICANOS), incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV). Suma total que será cancelada a plazos con una Cuota Inicial y 5 armadas conforme a lo siguiente:

- Inicial de US$ 5,000.00 (CINCO MIL CON 00/100 DÓLARES NORTEAMERICANOS).- Cinco cuotas mensuales garantizadas mediante la aceptación por parte de EL

COMPRADOR de 05 letras de cambio, según el cronograma de pagos siguiente:

 Letra/. Vcto. Cuota Interés Amortización Saldo

           1 20/07/2015 2,000.00 0.00 2,000.00 8,000.002 20/08/2015 2,000.00 0.00 2,000.00 6,000.003 20/09/2015 2,000.00 0.00 2,000.00 4,000.004 20/10/2015 2,000.00 0.00 2,000.00 2,000.005 20/11/2015 2,000.00 0.00 2,000.00         0.00

10,000.00 0.00 10,000.00

Page 2: Contrato de Compraventa Con Pacto de Reserva de Propiedad

CUARTA: TRANSPORTE, ENTREGA E INSTALACIÓN DE LA MÁQUINA Y CONEXIONES.4.1.- Una vez cancelada la cuota inicial EL VENDEDOR entregará la máquina objeto de este

contrato en el local del COMPRADOR sito en Av. San Martin 405, distrito, provincia y departamento de Tacna.

4.2.- EL VENDEDOR designará a su costo técnicos operarios especializados, quiénes se encargarán de la instalación y conexión de la máquina hasta obtener su correcto funcionamiento a satisfacción del COMPRADOR.

4.3.- El transporte de la máquina objeto de este contrato, hasta el local indicado en el numeral 4.1 precedente, es de cargo, costo y riesgo del COMPRADOR.

QUINTA: GARANTÍAMediante la presente cláusula EL VENDEDOR otorga una garantía de tres (03) meses contados desde la instalación y entrega de la máquina al COMPRADOR, por piezas y/o partes defectuosas que pudieran impedir su correcto funcionamiento; siempre que se compruebe que tal desperfecto se produjo durante el uso de la máquina de manera correcta y diligente.

SEXTA: CARGAS Y GRAVÁMENESEL VENDEDOR declara que sobre la maquina objeto de este contrato no pesa ninguna Prenda o gravamen alguno de carácter administrativo, registral, policial, judicial, comercial o cualquier otro que impida, limite o ponga en riesgo el libre ejercicio de la propiedad y la posesión la misma

SÉPTIMA: OBLIGACIÓN ESPECIAL A CARGO DEL COMPRADOR, CLÁUSULA DE ACELERACIÓN AUTOMÁTICA Y CLAUSULA PENAL7.1. EL COMPRADOR asume como prestación adicional especial a su cargo, la obligación de

adquirir exclusivamente de EL VENDEDOR, todas las planchas CTP violeta fotopolímeras que requiera para el desarrollo de sus actividades comerciales, por un lapso de 12 meses ininterrumpidos contados a partir de la suscripción del presente instrumento. Por su parte, en el supuesto negado que exista retraso en el pago de las cuotas pactadas en la cláusula tercera y/o de cualquier otra prestación a cargo del COMPRADOR en virtud de este o cualquier otro contrato u operación celebrado entre las partes, EL VENDEDOR no se encontrará obligada a proveer las referidas planchas CTP ni cualquier otro insumo al COMPRADOR.

7.2.- En caso EL COMPRADOR incumpla con cancelar el pago de una cuota a su vencimiento, cualquiera que esta sea, dará lugar a la resolución automática del presente contrato, sin obligación para EL VENDEDOR de reembolso de suma de dinero alguna.

7..3.- Las partes acuerdan de manera anticipada como penalidad para los supuestos establecidos en los numerales precedentes, que EL COMPRADOR deberá pagar a favor de EL VENDEDOR la suma de US$ 10,000,00, por los daños y perjuicios irrogados.

OCTAVA: AUTORIZACIÓN EXPRESAPor ésta cláusula EL COMPRADOR autoriza expresamente a EL VENDEDOR para acceder al sistema de tratamiento de datos de LA MAQUINA objeto de este contrato, para efectos de optimizar y dar mantenimiento al modo operativo o ejecutables, o en un supuesto extremo para suspender el funcionamiento de la misma en caso de incumplimiento de cualquiera de las prestaciones a cargo de EL COMPRADOR estipuladas en este contrato, no pudiéndose en consecuencia dicha acción defensiva de parte de EL VENDEDOR, ser considerada como una violación o acceso indebido con ánimo de lucro, con fines intrusivos ni de sabotaje informático, por cuanto las partes se ponen de acuerdo en la posibilidad de que ocurran, siempre y cuando el referido acceso no tenga resultado o fines manifiestamente destructivos.

NOVENA: DOMICILIO DE LAS PARTESAmbas partes señalan como sus domicilios los que se encuentran consignados en la introducción del presente Contrato, lugar donde se hará llegar todas las cartas, notificaciones y/o comunicaciones que se generen en el futuro.

DÉCIMO: CAMBIO DE DOMICILIO

Page 3: Contrato de Compraventa Con Pacto de Reserva de Propiedad

Las partes contratantes se obligan a comunicar por conducto notarial cualquier cambio de domicilio con una anticipación no menor de 10 días, dando lugar en caso contrario que se tengan por bien hechas las notificaciones o comunicaciones que se envíen a los domicilios señalados por las partes en este contrato.

Los representantes de las partes suscriben el presente documento en dos originales de igual tenor y valor y proceden a legalizar sus firmas.

Tacna , 22 de Octubre del 2015.

_________________________________INDUSTRIAL LUQUE S.R.L,RUC No. 10411378816NORMAN FERNANDO LUQUE RAMOSGerente GeneralDNI No. 41137881

____________________________IMPRENTA RAMOS S.A.C.

RUC No. 10555555556JUAN CARLOS RAMOS RAMOS

Gerente General DNI No. 55555555