contrato de arrendamiento de vivienda

3
 CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA REUNIDOS De una parte, LAURA MARI SOL GARCÍA VILA, may or de edad, de nacionalidad peruana , con domicilio en el Jr. Elmer Faucett 559, con DNI 72540243  (en adelante, la "ARRENDADORA"). De otra, JOEL JOHN BALDEON MENDEZ y NESSI YSIS ARIMUYA FLORES , may ores de eda d, con DNI 095942! " 44739#  respectiamente (en adelante, el "!O ARRENDA# AR$O"). iendo de %ec&a' en la ciudad de ucallpa, el * de a+osto de -5. INTERVIENEN LAURA MARISOL GARCÍA DÁVILA lo &ace en su propio nomre y representaci/n con DNI 72540243, siendo soltera. JOEL JOHN BALDEON MENDEZ y NESSI YSIS ARIMUYA FLORES , lo &acen en su propio nomre y representaci/n. Amas partes se reconocen, en el concepto en 0ue respectiamente interienen, la capacidad necesaria para el otor+amiento del presente contrato de arrendamiento, a cuyo e%ecto, E$%ONEN $. 1ue la ARRENDADORA es propietaria de una super%icie de 2 m. 3 * m. &aciendo un 4rea de m, de los cuales * m es construcci/n. !a i ienda est4 u icad a en la A . l ay 6od 78. N, !o te , distrito de :a rinacoc&a y est4 inscrita en el re+istro de la propiedad. $$. !a ARRENDADORA mani%iesta e3presamente 0ue la iienda descrita en el e3positio anterior cumple todos los re0uisitos y condiciones necesarias  para ser destinada a satis%acer las necesidades permanentes de iienda del arrendatario y su %amilia. $$$. !os ARRENDATARIOS  mani%iestan 0ue est4n interesado en tomar en arrendamiento la citada iienda para su uso propio y de su %amilia como iienda permanente. $;. 1ue siendo la oluntad de la ARRENDADORA dar la i i en da en arrendamiento y coniniendo a los ARRENDATARIOS  su ocupaci/n en el concepto indicado en el punto anterior, es por lo 0ue, puestos preiamente de acuerdo, &an decidido amas partes suscriir el presente < ONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, 0ue llean a e%ecto con arre+lo a las si+uientes

Upload: luis-alberto-pastrana-del-aguila

Post on 01-Nov-2015

6 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Este es un contrato!

TRANSCRIPT

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA

REUNIDOS

De una parte, LAURA MARISOL GARCA DVILA, mayor de edad,de nacionalidadperuana, con domicilio enel Jr. Elmer Faucett 559, con DNI 72540243(en adelante, la "ARRENDADORA").

De otra, JOEL JOHN BALDEON MENDEZ y NESSI YSIS ARIMUYA FLORES, mayores de edad, con DNI 09594281 y 44873986respectivamente (en adelante, el "LOS ARRENDATARIOS").

Siendo de fecha: en la ciudad de Pucallpa, el 04 de agosto de 2015.

INTERVIENEN

LAURA MARISOL GARCA DVILAlo hace en su propio nombre y representacin con DNI 72540243, siendo soltera.

JOEL JOHN BALDEON MENDEZ y NESSI YSIS ARIMUYA FLORES, lo hacen en su propio nombre y representacin.

Ambas partes se reconocen, en el concepto en que respectivamente intervienen, la capacidad necesaria para el otorgamiento del presente contrato de arrendamiento, a cuyo efecto,

EXPONEN

I. Que la ARRENDADORA es propietaria deuna superficie de 8 m. x 40 m. haciendo un rea de 320 m2, de los cuales 40 m2 es construccin. La vivienda est ubicada en la Av. Playwod Mz. N, Lote 6, distrito de Yarinacocha y est inscrita en el registro de la propiedad.

II. La ARRENDADORA manifiesta expresamente que la vivienda descrita en el expositivo anterior cumple todos los requisitos y condiciones necesarias para ser destinada a satisfacer las necesidades permanentes de vivienda del arrendatario y su familia.

III. Los ARRENDATARIOS manifiestan que estn interesado en tomar en arrendamiento la citada vivienda para su uso propio y de su familia como vivienda permanente.

IV. Que siendo la voluntad de la ARRENDADORA dar la vivienda en arrendamiento y conviniendo a los ARRENDATARIOS su ocupacin en el concepto indicado en el punto anterior, es por lo que, puestos previamente de acuerdo, han decidido ambas partes suscribir el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, que llevan a efecto con arreglo a las siguientes

ESTIPULACIONES

PRIMERA:La ARRENDADORA da en arrendamiento a los ARRENDATARIOS, la vivienda reseada en el expositivo I del presente contrato, libre de cargas y ocupantes, y cuya extensin, circunstancias, usos, caractersticas y servicios comunes y privativos conoce y aceptan los ARRENDATARIOS, los cuales declaran recibir la propiedad en perfectas condiciones.

SEGUNDA:La vivienda arrendada tendr como nico y exclusivo destino satisfacer la necesidad de vivienda permanente de los ARRENDATARIOS y su familia.

TERCERA:El contrato de arrendamiento tendr una duracin de1ao a partir de la firma del presente contrato.

CUARTO:Los ARRENDATARIOS satisfarn a la ARRENDADORA, como precio del arrendamiento la cantidad de S/. 200.00 (Doscientos y 00/100 Nuevos Soles), pagaderos por meses anticipados, dentro de los 10 primeros das de cada mes mediante pago en efectivo. En el precio de alquiler o renta no van comprendidos el consumo de suministros, tales como agua y electricidad, con que cuenta la vivienda arrendada que corrern por cuenta de los ARRENDATARIOS y mensualmente harn la entrega de dichos recibos cancelados a la ARRENDADORA.

QUINTO:Los ARRENDATARIOS no podrn practicar en la vivienda obras que modifiquen la configuracin de la misma, o de sus accesorios, o provoquen una disminucin de la estabilidad o seguridad de la misma sin el permiso de la ARRENDADORA expresado por escrito.

SEXTO:Los ARRENDATARIOS entregan a la ARRENDADORA en el acto de la firma de este contrato la cantidad de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles) en concepto de garanta, la cual ser devuelta a la terminacin de este contrato una vez cumplidos por los ARRENDATARIOS, a satisfaccin de la ARRENDADORA, las estipulaciones dimanantes del mismo, a cuya responsabilidad queda afecta.

SEPTIMO: a) Fianza: JOEL JOHN BALDEON MENDEZ y NESSI YSIS ARIMUYA FLORES, mayores de edad, con DNI 09594281 y 44873986respectivamente, enterados del contenido del presente Documento por haberlo ledo en todas sus partes, garantizan con carcter solidario, renunciando expresamente a los beneficios legales de orden, divisin y excusin, el cumplimiento por parte de los ARRENDATARIOS, de las obligaciones arrendaticias que se deriven del presente contrato.

OCTAVA:En caso de venta del terreno arrendado, llevar automticamente la anulacin de dicho contrato, y los ARRENDATARIOS tendrn un plazo de 7 das para desalojar dicho terreno arrendado.

NOVENA:En caso de incumplimiento por parte de los ARRENDATARIOS de todo lo expuesto en este contrato, y especficamente lo expresado en el inciso 4, el no pago o atraso de un MES o MS de ALQUILER conllevar la anulacin de este contrato.

DCIMA:En todo lo no previsto en este contrato ser de aplicacin el Ttulo II de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos.

Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente contrato, extendido en 2 folios de papel comn por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha expresados en su encabezamiento.

LOS ARRENDATARIOS

_______________________________ _______________________________ JOEL JOHN BALDEON MENDEZ NESSI YSIS ARIMUYA FLORES DNI 09594281 DNI 44873986

LA ARRENDADORA

_______________________________LAURA MARISOL GARCA DVILADNI 72540243