contrato de arrendamiento de espacio comercial

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE ESPACIO COMERCIAL Conste por el presente documente el contrate de arrendamiento gue celebran de una parte, el señor EDWIN PEREZ FERNANDEZ, identificado con DNI N° 07467884, con domicilio Mz. I Lt. 3 Urb. Arboleda, Trujillo - Perú; a quien en adelante se le denominará EL ARRENDADOR y de la otra parte ia Sra. FÁÑNY NIÑO NIÑO VBA. DE POBLÉTE, identificado con DNI N* 0384I2Í4, con domicilio en Calle Oro N° 543 Urb. San Isidro I etapa Trujillo-Perú, a quien en adelante se le denominará LA ARRENDATARIA, bajo los términos y condiciones de las cláusulas siguientes: PRIMERA.- EL ARRENDADOR, es propietario de la empresa MUNDO FITNESS E.I.R.L, con domicilio éñ la Mz. E Lote 25 Urb. ingeniería Trujilio-Pérú y arrienda un espacio comercial sin ningún tipo de bienes muebles ni enseres, en forma de "L" y cuyas medidas son: 5.20 metros de largo x 0.G0 metros de fondo y 3.20 metros de altura para ser utilizado en la venta de todo tipo de ropa y otros que LA ARRENDATARIA así decida incluyendo fines publicitarios. El espacio antes mencionado incluye 2 paredes una de las cuales tiene un ventanal con vista a la calle. SEGUNDA.- El éoñtrato dé arrendamiento á qué sé féfiéré la cláusula anterior sé celebra con fecha 14/11/2014 y su vigencia se extiende desde 14/11/2014 hasta 14/05/2015. TERCERA.- Las partes ácuérdán qué el monto dé! arriénde qué pagará LA ARRENDATARIA éñ calidad de contraprestación por el uso del espacio antes mencionado incluyendo servicios de luz y agua es de S/. 350.00 {TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) que serán abonados en forma mensual y por adelantado. CUARTA.- Las partes eenviéhen fijar üñ plazo dé duración dél préséñté contráte, el cuál sera dé 6 meses (06) obligatorio que entrará en vigencia del 14 de Noviembre del 2014 hasta el 14 de

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Page 1: Contrato de Arrendamiento de Espacio Comercial

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE ESPACIO COMERCIAL

Conste por el presente documente el contrate de arrendamiento gue celebran de una parte, el señor EDWIN PEREZ FERNANDEZ, identificado con DNI N° 07467884, con domicilio Mz. I Lt. 3 Urb. Arboleda, Trujillo - Perú; a quien en adelante se le denominará EL ARRENDADOR y de la otra parte ia Sra. FÁÑNY NIÑO NIÑO VBA. DE POBLÉTE, identificado con DNI N* 0384I2Í4, con domicilio en Calle Oro N° 543 Urb. San Isidro I etapa Trujillo-Perú, a quien en adelante se le denominará LA ARRENDATARIA, bajo los términos y condiciones de las cláusulas siguientes:

PRIMERA.- EL ARRENDADOR, es propietario de la empresa MUNDO FITNESS E.I.R.L, con domicilio éñ la Mz. E Lote 25 Urb. ingeniería Trujilio-Pérú y arrienda un espacio comercial sin ningún tipo de bienes muebles ni enseres, en forma de "L" y cuyas medidas son: 5.20 metros de largo x 0.G0 metros de fondo y 3.20 metros de altura para ser utilizado en la venta de todo tipo de ropa y otros que LA ARRENDATARIA así decida incluyendo fines publicitarios. El espacio antes mencionado incluye 2 paredes una de las cuales tiene un ventanal con vista a la calle.

SEGUNDA.- El éoñtrato dé arrendamiento á qué sé féfiéré la cláusula anterior sé celebra con fecha 14/11/2014 y su vigencia se extiende desde 14/11/2014 hasta 14/05/2015.

TERCERA.- Las partes ácuérdán qué el monto dé! arriénde qué pagará LA ARRENDATARIA éñ calidad de contraprestación por el uso del espacio antes mencionado incluyendo servicios de luz y agua es de S/. 350.00 {TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) que serán abonados en forma mensual y por adelantado.

CUARTA.- Las partes eenviéhen fijar üñ plazo dé duración dél préséñté contráte, el cuál sera dé 6 meses (06) obligatorio que entrará en vigencia del 14 de Noviembre del 2014 hasta el 14 de Mayo del 2015 y al término del cual LA ARRENDATARIA estará obligada a devolver el espacio arrendado, sin más constancia que las firmas de las partes puestas en el presente contrato.

El presente contrato podrá ser renovado al término del mismo, si así lo convinieran las partes.

QUINTA.- LA ARRENDATARIA sé Obliga a destinar el biéñ árféndádo única y exclusivamente para el giro de su negocio. En consecuencia queda establecido que LA ARRENDATARIA es la única persona autorizada para ocupar dicho espacio.

Page 2: Contrato de Arrendamiento de Espacio Comercial

SEXTA.- LA ARRENDATARIA está obligada a efectuar por cuenta y costo propio las reparaciones y mantenimientos qué sean necesarios para conservar él espacio comercia! en el mismo estado en que fue recibido.

SÉTIMA.- Todas las desavenencias o controversias que podrían derivarse de este contrato incluidas a las que se refieren a su nulidad o invalidez serán resueltas mediante arbitraje de derecho institucional y del autodefinitivo e inapelable, de conformidad con los reglamentos del Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional de la Cámara de Comercio de La Libertad, a cuyas normas y administración las partes se someten en fprma incondicional, declarando conocerlas