contrato de arrendamiento

3
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Conste por el presente contrato de arrendamiento que celebran de una parte los señores FERMIN VASQUEZ WEIS con DNI. 10108448 y LENNY CELIS SALlS con DNI Nº 09663859, con domicilio en PP.JJ. "CANTO CHICO" MZ "D" LT.9 del distrito de SAN JUAN DE LURIGANCHO, a quienes en adelante se le denominara los arrendadores y de la otra parte la señora ELVA VALLE CANDIA, identificada con DNI 08053053 con domicilio PP, JJ. CANTO CHICO MZ. "F" LTE 7 del distrito de SAN JUAN DE LURIGANCHO, a quien a la fecha se denominara la arrendataria quienes quedan las siguientes clausulas: PRIMERO.- Los arrendadores son propietarios del predio ubicado en el PP.JJ. "CANTO CHICO" MZ. "F" LTE. 7 del distrito d. SAN JUAN DE LURIGANCHO, el mismo que se encuentra titulo e inscrito en los registros de propiedad inmueble SUNARP tal y conforme le consta a la arrendataria. SEGUNDO.- Por el presente contrato los arrendadores dan en alquiler a favor del arrendatario, el inmueble recinto de la primera clausula, siendo el plazo del arrendamiento por 12 meses contándose a partir del 24 de febrero del 2016 fecha en que los arrendadores desocupen el inmueble dado en arrendamiento. TERCERO.- El pago del alquiler acordado es de S/ 400.00 (Cuatrocientos Nuevos Soles) monto que la arrendataria pagara los 24 de cada mes en forma puntual sin retraso alguno. CUARTO.- Los arrendadores declaran que a la firma del presente documento haber recibido la garantía por la suma de S/. 300 (trescientos nuevos soles) por el arrendamiento que le será devuelto una vez desocupe el inmueble el día 24 de febrero del 2016 previo a la verificación del inmueble que no se habrá ocasionado ningún daño tanto a la construcción como las puertas, ventanas y baños.

Upload: rogervillaverderutti

Post on 11-Dec-2015

1 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

TRANSCRIPT

Page 1: Contrato de Arrendamiento

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

Conste por el presente contrato de arrendamiento que celebran de una parte los señores FERMIN VASQUEZ WEIS con DNI. Nº 10108448 y LENNY CELIS SALlS con DNI Nº 09663859, con domicilio en PP.JJ. "CANTO CHICO" MZ "D" LT.9 del distrito de SAN JUAN DE LURIGANCHO, a quienes en adelante se le denominara los arrendadores y de la otra parte la señora ELVA VALLE CANDIA, identificada con DNI Nº 08053053 con domicilio PP, JJ. CANTO CHICO MZ. "F" LTE 7 del distrito de SAN JUAN DE LURIGANCHO, a quien a la fecha se denominara la arrendataria quienes quedan las siguientes clausulas:

PRIMERO.- Los arrendadores son propietarios del predio ubicado en el PP.JJ. "CANTO CHICO" MZ. "F" LTE. 7 del distrito d. SAN JUAN DE LURIGANCHO, el mismo que se encuentra titulo e inscrito en los registros de propiedad inmueble SUNARP tal y conforme le consta a la arrendataria.

SEGUNDO.- Por el presente contrato los arrendadores dan en alquiler a favor del arrendatario, el inmueble recinto de la primera clausula, siendo el plazo del arrendamiento por 12 meses contándose a partir del 24 de febrero del 2016 fecha en que los arrendadores desocupen el inmueble dado en arrendamiento.

TERCERO.- El pago del alquiler acordado es de S/ 400.00 (Cuatrocientos Nuevos Soles) monto que la arrendataria pagara los 24 de cada mes en forma puntual sin retraso alguno.

CUARTO.- Los arrendadores declaran que a la firma del presente documento haber recibido la garantía por la suma de S/. 300 (trescientos nuevos soles) por el arrendamiento que le será devuelto una vez desocupe el inmueble el día 24 de febrero del 2016 previo a la verificación del inmueble que no se habrá ocasionado ningún daño tanto a la construcción como las puertas, ventanas y baños.

QUINTO.- La arrendataria se compromete a darles único y exclusivamente como vivienda, también se le obliga a no sub arrendar, ni traspasar a terceras personas, ni darles otro uso diferente a la vivienda.

SEXTO.- La arrendataria declara recibir el local en buenas condiciones de conservación y funcionamiento la cual está obligado a devolver de la misma forma que la recibió, sin más deteriorada que el desgaste natural o el uso normal. Para constatar que se cumpla los arrendadores para verificar el local cuando lo sea conveniente.

SÉPTIMO.- Son de cuéntala arrendataria el pago de luz, agua y servicio de cable.

OCTAVO.- La arrendataria es responsable del inmueble si en caso ocurra un incendio, también es responsable de cualquier deterioro o perdida de

Page 2: Contrato de Arrendamiento

algún bien( puertas, ventanas, taza, ducha, lavadero) u otro daño que se pudiera ocasionar por el arrendamiento del inmueble descrito en la cláusula Primera.

NOVENO.- Es causal de evaluación del presente contrato, la falta de pago de un mes conforme a lo estipulado en la cláusula tercera. En este caso los arrendadores tienen derecho a rescindir el presente contrato. Siendo para ello el requerimiento para tal sentido.

Ambas partes se comprometen firmar en señal de conformidad.

Con las clausulas precedentes en pleno uso de sus facultades mentales firmándose dicho contrato por duplicado.

Lima, 24 de Febrero del 2015

_____________________________ _____________________________ FERMIN VASQUEZ WEIS LENNY CELIS SALlS DNI. Nº 10108448 DNI Nº 09663859 ARRENDADOR ARRENDADORA

_____________________________ELVA VALLE CANDIA

DNI Nº 08053053ARRENDATARIA