contrato de alquiler

2
CONTRATO DE ALQUILER Conste por el presente contrato por parte de la Sra. Silvia Carmen Cotacallapa Marín, con DNI 01510183, con domicilio en Alto Perú Nº 422, Alto Misti, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa; en calidad de propietaria, y la otra parte del Sr. Marcos Ronald Gutiérrez Briceño con DNI 18153749, con domicilio en Urb. Villa Eléctrica F-4 en calidad de inquilino, de acuerdo con las siguientes condiciones: PRIMERO: el propietario del inmueble ubicado en la calle Alto Perú Nº 422, Alto Misti, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa, por el presente documento da en calidad de alquiler a favor del inquilino dos dormitorios, baño cocina y patio independiente que cuentan con los servicios de agua, desagüe, luz eléctrica de construcción noble en el inmueble indicado. SEGUNDO: La vigencia del presente documento es por el término de dos años renovable, que empieza a regir desde el 03 de noviembre de 2008, hasta el 02 de diciembre de 2010, fecha en que las partes renovarán el contrato, según crean conveniente. TERCERO: Se conviene que el precio por el alquiler mensual es de $.150.00 (ciento cincuenta dólares americanos) que se pagará cada fin de mes. Asimismo el inquilino cumplirá con pagar servicios de agua, luz y desagüe por el consumo mensual que se realice mes a mes. CUARTO: El inquilino deberá pagar dos meses de garantía, que le será devuelta cuando el presente contrato culmine, y no haya ningún desperfecto ni daño en la casa. QUINTO: El inquilino no puede dar uso del inmueble para algún préstamo o garantía, porque la propietaria va a desconocerlo, ya que el inmueble es solo para vivienda, y no para otro uso. SEXTO: El inquilino queda en la obligación de conservar en buen estado el inmueble, asimismo sin mediar presión coacción ni vicio alguno. Si desea hacer algún arreglo extra, será por parte del inquilino. SETIMO: El incumplimiento de cualquiera de estas cláusulas dará lugar a la resolución inmediata del presente contrato, acuerdo voluntario que los firmantes sin objeción alguna,

Upload: elrechucho

Post on 26-Sep-2015

2 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

define

TRANSCRIPT

CONTRATO DE ALQUILER

Conste por el presente contrato por parte de la Sra. Silvia Carmen Cotacallapa Marn, con DNI 01510183, con domicilio en Alto Per N 422, Alto Misti, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa; en calidad de propietaria, y la otra parte del Sr. Marcos Ronald Gutirrez Briceo con DNI 18153749, con domicilio en Urb. Villa Elctrica F-4 en calidad de inquilino, de acuerdo con las siguientes condiciones:

PRIMERO: el propietario del inmueble ubicado en la calle Alto Per N 422, Alto Misti, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa, por el presente documento da en calidad de alquiler a favor del inquilino dos dormitorios, bao cocina y patio independiente que cuentan con los servicios de agua, desage, luz elctrica de construccin noble en el inmueble indicado.

SEGUNDO: La vigencia del presente documento es por el trmino de dos aos renovable, que empieza a regir desde el 03 de noviembre de 2008, hasta el 02 de diciembre de 2010, fecha en que las partes renovarn el contrato, segn crean conveniente.

TERCERO: Se conviene que el precio por el alquiler mensual es de $.150.00 (ciento cincuenta dlares americanos) que se pagar cada fin de mes.

Asimismo el inquilino cumplir con pagar servicios de agua, luz y desage por el consumo mensual que se realice mes a mes.

CUARTO: El inquilino deber pagar dos meses de garanta, que le ser devuelta cuando el presente contrato culmine, y no haya ningn desperfecto ni dao en la casa.

QUINTO: El inquilino no puede dar uso del inmueble para algn prstamo o garanta, porque la propietaria va a desconocerlo, ya que el inmueble es solo para vivienda, y no para otro uso.

SEXTO: El inquilino queda en la obligacin de conservar en buen estado el inmueble, asimismo sin mediar presin coaccin ni vicio alguno. Si desea hacer algn arreglo extra, ser por parte del inquilino.

SETIMO: El incumplimiento de cualquiera de estas clusulas dar lugar a la resolucin inmediata del presente contrato, acuerdo voluntario que los firmantes sin objecin alguna, ni reclamo de ninguna clase por ningn motivo nos obligamos a cumplir.

OCTAVO: Las partes declaran que en la celebracin del presente contrato no ha mediado vicio ni dolo alguno que pueda invalidarlo, por lo que despus de haber ledo su contenido, firman en seal de conformidad.

Arequipa, 03 de noviembre de 2008

____________________________________________________

PropietariaInquilino

Silvia Carmen Cotacallapa Marn Marcos Ronald Gutirrez Briceo

DNI 01510183 DNI 18153749