contrato anticipado

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CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS - ASESORIA SFA CEBAR LTDA (CRÉDITOS FINAGRO) Entre los suscritos por una parte, ________________________________________________________ mayor de edad, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No, _______________________________ actuando en nombre propio o como representante legal con autorización de la empresa ___________________________________________ quien adelante se denominara CONTRATANTE y por la otra FABIO VELASQUEZ BOTERO mayor de edad, vecino de Bogotá identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 70.051.291 de Medellín, como representante legal de la empresa SFA CEBAR LTDA Nit 830.065.179-1, compañía legalmente constituida, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C, todo lo cual consta en Certificado de Cámara de Comercio de Bogotá, quien adelante se denominara CONTRATISTA, se ha suscrito el presente contrato de prestación de servicios, contenido en las siguientes cláusulas: ANTECEDENTES Entre SFA CEBAR y BANCOLOMBIA hay vigente un contrato mediante el cual SFA CEBAR LTDA presta los servicios de asesoría en créditos FINAGRO, (Montaje de solicitudes de crédito agropecuario y rural) y trámites control de inversión ICR, consistente en la emisión de conceptos, sugerencias, controles de inversión para acceso a incentivos y especificaciones con respecto a los proyectos que serán presentados a FINAGRO, de tal manera que éstos cumplan con la reglamentación y/o circulares que hubieren sido expedidas o se llegaren a expedir por parte de la entidad de redescuento. PRIMERA.- Objeto.- En virtud del presente contrato, el CONTRATISTA se obliga para con el CONTRATANTE, a prestar servicio de ASESORIA para presentar a BANCOLOMBIA la solicitud de crédito FINAGRO y/o TRÁMITE CONTROL DE INVERSIÓN ICR, lo cual implica: 1. Brindar al CONTRATANTE asesoría técnica, financiera y ambiental relacionada con las líneas de crédito FINAGRO o control de inversión de acuerdo con la reglamentación y/o circulares que expida FINAGRO y BANCOLOMBIA. 2. Elaborar, Evaluar y ajustar los proyectos a presentar ante BANCOLOMBIA y emitir concepto técnico, financiero y ambiental de la capacidad real de la explotación con el cual se busca permitirle al cliente acceder a subsidios ofrecidos por el estado. SEGUNDA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA SFA CEBAR LTDA. 1. Designar un profesional idóneo para efectuar la ASESORIA objeto de este contrato 2. Programar la visita previa o de control de inversión con EL CONTRATANTE 3. Brindar asesoría a EL CONTRATANTE en cuanto a las líneas de crédito, plazo y condiciones, de acuerdo a políticas de crédito fijadas por FINAGRO y Bancolombia. 4. Informar a EL CONTRATANTE sobre la documentación necesaria a presentar a Bancolombia y a Finagro cuando se trate de un control de inversión ICR. 5. Durante la visita previa para acceso a crédito se evaluará la infraestructura, existencia de fuentes de agua, estado de las praderas, reservas de alimento y agua, áreas destinadas a la siembra del cultivo a financiar y los cultivos ya establecidos, verificando el conocimiento del cliente y si cuenta con asistencia técnica, programación de las épocas de siembra de acuerdo con la solicitud programada, equipos necesarios para la producción agrícola, entre otros. 6. Durante la visita de control de inversión ICR, se verificará su cumplimiento, se recibirán soportes del gasto y certificados de tenencia para luego montar informe de control de crédito para enviar a Finagro. 7. Durante la visita se deben tomar fotografías que soporten la evaluación que realiza SFA CEBAR. Dichas fotografías serán soportes del proyecto de inversión. 8. Elaborar el proyecto o solicitud de crédito y emitir concepto técnico, financiero y ambiental. Proyecto que será evaluado y analizado por BANCOLOMBIA y en algunos casos por FINAGRO, quienes tomaran la decisión de aprobación o negación del mismo. 9. Montar informe de control de crédito para enviar a Finagro con el objetivo de que esta entidad defina el respectivo pago del ICR y determine su cuantía PARAGRAFO: SFA CEBAR, presentará el proyecto con todo el profesionalismo y los argumentos necesarios para la evaluación técnica, financiera y ambiental por parte de BANCOLOMBIA y de FINAGRO.

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Page 1: Contrato Anticipado

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS - ASESORIA SFA CEBAR LTDA (CRÉDITOS FINAGRO) Entre los suscritos por una parte, ________________________________________________________ mayor de edad, identificado (a) con la cédula de ciudadanía No, _______________________________ actuando en nombre propio o como representante legal con autorización de la empresa ___________________________________________ quien adelante se denominara CONTRATANTE y por la otra FABIO VELASQUEZ BOTERO mayor de edad, vecino de Bogotá identificado (a) con la cédula de ciudadanía No. 70.051.291 de Medellín, como representante legal de la empresa SFA CEBAR LTDA Nit 830.065.179-1, compañía legalmente constituida, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C, todo lo cual consta en Certificado de Cámara de Comercio de Bogotá, quien adelante se denominara CONTRATISTA, se ha suscrito el presente contrato de prestación de servicios, contenido en las siguientes cláusulas:

ANTECEDENTES Entre SFA CEBAR y BANCOLOMBIA hay vigente un contrato mediante el cual SFA CEBAR LTDA presta los servicios de asesoría en créditos FINAGRO, (Montaje de solicitudes de crédito agropecuario y rural) y trámites control de inversión ICR, consistente en la emisión de conceptos, sugerencias, controles de inversión para acceso a incentivos y especificaciones con respecto a los proyectos que serán presentados a FINAGRO, de tal manera que éstos cumplan con la reglamentación y/o circulares que hubieren sido expedidas o se llegaren a expedir por parte de la entidad de redescuento. PRIMERA.- Objeto.- En virtud del presente contrato, el CONTRATISTA se obliga para con el CONTRATANTE, a prestar servicio de ASESORIA para presentar a BANCOLOMBIA la solicitud de crédito FINAGRO y/o TRÁMITE CONTROL DE INVERSIÓN ICR, lo cual implica:

1. Brindar al CONTRATANTE asesoría técnica, financiera y ambiental relacionada con las líneas de crédito FINAGRO o control de inversión de acuerdo con la reglamentación y/o circulares que expida FINAGRO y BANCOLOMBIA. 2. Elaborar, Evaluar y ajustar los proyectos a presentar ante BANCOLOMBIA y emitir concepto técnico, financiero y ambiental de la capacidad real de la explotación con el cual se busca permitirle al cliente acceder a subsidios ofrecidos por el estado. SEGUNDA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA SFA CEBAR LTDA.

1. Designar un profesional idóneo para efectuar la ASESORIA objeto de este contrato 2. Programar la visita previa o de control de inversión con EL CONTRATANTE 3. Brindar asesoría a EL CONTRATANTE en cuanto a las líneas de crédito, plazo y condiciones, de acuerdo a políticas

de crédito fijadas por FINAGRO y Bancolombia. 4. Informar a EL CONTRATANTE sobre la documentación necesaria a presentar a Bancolombia y a Finagro cuando se

trate de un control de inversión ICR. 5. Durante la visita previa para acceso a crédito se evaluará la infraestructura, existencia de fuentes de agua, estado

de las praderas, reservas de alimento y agua, áreas destinadas a la siembra del cultivo a financiar y los cultivos ya establecidos, verificando el conocimiento del cliente y si cuenta con asistencia técnica, programación de las épocas de siembra de acuerdo con la solicitud programada, equipos necesarios para la producción agrícola, entre otros.

6. Durante la visita de control de inversión ICR, se verificará su cumplimiento, se recibirán soportes del gasto y certificados de tenencia para luego montar informe de control de crédito para enviar a Finagro.

7. Durante la visita se deben tomar fotografías que soporten la evaluación que realiza SFA CEBAR. Dichas fotografías serán soportes del proyecto de inversión.

8. Elaborar el proyecto o solicitud de crédito y emitir concepto técnico, financiero y ambiental. Proyecto que será evaluado y analizado por BANCOLOMBIA y en algunos casos por FINAGRO, quienes tomaran la decisión de aprobación o negación del mismo.

9. Montar informe de control de crédito para enviar a Finagro con el objetivo de que esta entidad defina el respectivo pago del ICR y determine su cuantía

PARAGRAFO: SFA CEBAR, presentará el proyecto con todo el profesionalismo y los argumentos necesarios para la evaluación técnica, financiera y ambiental por parte de BANCOLOMBIA y de FINAGRO.

Page 2: Contrato Anticipado

TERCERA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE

1. Programar y atender la visita previa de SFA CEBAR. 2. El CONTRATANTE se obliga a facilitar el acceso a la información que sea necesaria, de manera oportuna, para la

debida ejecución del objeto del contrato y, estará obligado a cumplir con lo estipulado en las demás cláusulas y condiciones previstas en este documento.

3. Entregar a SFA CEBAR toda la documentación y soportes necesarios para presentar en Bancolombia. 4. Permitir tomar las fotografías necesarias durante la visita las cuales soportaran el proyecto. 5. Pagar al CONTRATISTA el valor del contrato de conformidad con lo establecido en la cláusula cuarta.

CUARTA. VALOR DEL CONTRATO.- De común acuerdo entre las partes acordamos que las sumas que el CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA como retribución por las prestaciones a su cargo y por la duración de este contrato, será una comisión correspondiente a un porcentaje cuyo cálculo se efectuará teniendo en cuenta 1) el valor del crédito aprobado y desembolsado 2) Si en la asesoría se incluye o no el trámite de ICR (Incentivo la capitalización rural) y para el cual se tendrán en cuenta las siguientes tablas:

1. Tabla para créditos sin ICR

Valor del crédito Comisión % o monto fijo

$ 535.600 (Monto mínimo según Finagro) a $ 10.000.000

Tarifa única de $ 150.000

$ 10.000.001 a $ 30.000.000 1.5%

$ 30.000.001 a $ 75.000.000 1% con una tarifa mínima de $ 400.000

$ 75.000.001 a $ 200.000.000 0.6%

$ 200.000.001 a $ 500.000.000 0.5%

Créditos mayores a $ 500.000.000 0.4% con una tarifa máxima de $ 5.000.000

2. Tabla para créditos con trámite de ICR

3. Tabla para trámite de ICR de proyectos elaborados por terceros y verificados en SFA Cebar. La base para la liquidación de la comisión es el monto de ICR que abone Finagro al saldo del crédito en cabeza del Beneficiario.

Valor del crédito Comisión % o monto fijo

$ 535.600 (Monto mínimo según Finagro) a $ 10.000.000 Tarifa única de $ 150.000 + $ 200.000 por visita control de

inversión

$ 10.000.001 a $ 30.000.000 1.5% + $ 200.000 por visita control de inversión

$ 30.000.001 a $ 75.000.000 1% con una tarifa mínima de $ 400.000 + $ 200.000 por visita

control de inversión

$ 75.000.001 a $ 200.000.000 0.9%

$ 200.000.001 a $ 500.000.000 0.8%

$ 500.000.001 a $ 1.000.000.000 0.7%

Créditos mayores a $ 1.000.000.000 0.6% con una tarifa máxima de $

8.000.000

Cuantía del ICR abonado al saldo del crédito Comisión %

ICR menor a $ 70.000.000 3%

ICR de $ 70.000.001 a $ 169.000.000 2%

ICR mayor a $ 169.000.000 1.1%

Page 3: Contrato Anticipado

PARÁGRAFO PRIMERO.- FORMA DE PAGO. Para hacer efectivos los pagos establecidos, en el momento de la visita al predio o establecimiento comercial por parte de SFA Cebar o al momento de la radicación del proyecto, EL CONTRATANTE

pagará el 100% de la suma estimada PARAGRAFO SEGUNDO.- En caso de no comprobarse el pago, SFA Cebar no radicará el proyecto ante la entidad Financiera. QUINTA.- CLAUSULA PENALIDAD MORATORIA. El incumplimiento por parte del CONTRATANTE de las obligaciones derivadas de este contrato, lo constituirá en deudor de la otra por la suma equivalente al 100% del valor del presente contrato, a título de pena, sin menoscabo del valor del contrato y de los perjuicios que pudieren ocasionarse como consecuencia del incumplimiento para lo cual renuncia expresamente a todo requerimiento judicial para efectos de constitución en mora. Sexta. Clausula solicitud de información a Bancolombia. Como contratante autorizo a Cebar Ltda, para que solicite

información a Bancolombia S.A sobre desembolsos de créditos Finagro o de cartera sustitutiva, por ende se entenderá que

Bancolombia S.A podrá otorgar dicha información.

En consecuencia de lo anterior, se firma el presente contrato en dos (2) ejemplares del mismo tenor, con destino a cada una de las partes, en la ciudad de _____________________________ a los ______ días del mes de _____________________________ de _______________. EL CONTRATANTE EL CONTRATISTA

FIRMA: _______________________________________

SFA CEBAR LTDA

APELLIDOS Y NOMBRES: FABIO VELASQUEZ BOTERO

C.C.No ________________DE_________________ Representante Legal

Dirección ______________________________ Teléfonos______________________________

C.C. No.70.051.291 de Medellín

_____________________________________________ FIRMA PROFESIONAL ASESOR DESIGNADO POR SFA CEBAR LTDA. C.C.