contrato 029 ejemplo

7
Contrato Servicios Técnicos No. 117-2010/POJ suscrito con Everardo Hazael Contreras Garcia. Reg. 1340- 2009. EWV/sbl Página 1 de 7 CONTRATO DE SERVICIOS TÉCNICOS NÚMERO CIENTO DIECISIETE - DOS MIL DIEZ / POJ (117-2010/POJ).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En la ciudad de Guatemala, el veintiocho de diciembre de dos mil nueve, NOSOTROS: AURA MARINA SANDOVAL SALAZAR, de treinta y un años, soltera, guatemalteca, Sicóloga Industrial, de este domicilio; con cédula de vecindad número de orden A -uno (A-1), registro novecientos setenta y cuatro mil novecientos diecinueve (974,919), extendida por la Municipalidad de Guatemala, departamento de Guatemala; Coordinadora III interina de la Unidad de Dotación de Recursos Humanos, de conformidad con el acuerdo de la Presidencia del Organismo Judicial número seiscientos treinta y cuatro -A/dos mil nueve -N.REHG. (634-A/2,009-N.REHG.) del nueve de junio de dos mil nueve, acta de toma de posesión número trescientos ochenta y cuatro-dos mil nueve (384-2009), del doce de junio de dos mil nueve y encargada del Despacho de la Gerencia de Recursos Humanos según resolución de Presidencia número tres mil doscientos cincuenta y cinco (3255) del doce de noviembre de dos mil nueve, autorizada para el presente acto en virtud de la resolución de Presidencia número tres mil ochocientos cuarenta y tres (3843), del veintiuno de diciembre de dos mil nueve, que en lo sucesivo me denominaré “EL ORGANISMO”; y, EVERARDO HAZAEL CONTRERAS GARCÍA, de treinta y dos años, casado, guatemalteco, perito contador, de este domicilio; me identifico con la cédula de vecindad número de orden A - uno (A-1) y de registro novecientos

Upload: joeblack

Post on 29-Sep-2015

8 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Ejemplo de contratación laboral bajo el reglón 029

TRANSCRIPT

CONTRATO DE SERVICIOS PERSONALES NMERO

Contrato Servicios Tcnicos No. 117-2010/POJ suscrito con Everardo Hazael Contreras Garcia. Reg. 1340-2009. EWV/sblPgina 4 de 6

CONTRATO DE SERVICIOS TCNICOS NMERO CIENTO DIECISIETE - DOS MIL DIEZ / POJ (117-2010/POJ).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En la ciudad de Guatemala, el veintiocho de diciembre de dos mil nueve, NOSOTROS: AURA MARINA SANDOVAL SALAZAR, de treinta y un aos, soltera, guatemalteca, Sicloga Industrial, de este domicilio; con cdula de vecindad nmero de orden A -uno (A-1), registro novecientos setenta y cuatro mil novecientos diecinueve (974,919), extendida por la Municipalidad de Guatemala, departamento de Guatemala; Coordinadora III interina de la Unidad de Dotacin de Recursos Humanos, de conformidad con el acuerdo de la Presidencia del Organismo Judicial nmero seiscientos treinta y cuatro -A/dos mil nueve -N.REHG. (634-A/2,009-N.REHG.) del nueve de junio de dos mil nueve, acta de toma de posesin nmero trescientos ochenta y cuatro-dos mil nueve (384-2009), del doce de junio de dos mil nueve y encargada del Despacho de la Gerencia de Recursos Humanos segn resolucin de Presidencia nmero tres mil doscientos cincuenta y cinco (3255) del doce de noviembre de dos mil nueve, autorizada para el presente acto en virtud de la resolucin de Presidencia nmero tres mil ochocientos cuarenta y tres (3843), del veintiuno de diciembre de dos mil nueve, que en lo sucesivo me denominar EL ORGANISMO; y, EVERARDO HAZAEL CONTRERAS GARCA, de treinta y dos aos, casado, guatemalteco, perito contador, de este domicilio; me identifico con la cdula de vecindad nmero de orden A - uno (A-1) y de registro novecientos cuarenta y ocho mil setecientos setenta y nueve (948779), extendida por la Municipalidad de Guatemala, departamento de Guatemala. Sealo para recibir notificaciones el kilmetro veinticinco punto cinco (Km. 25.5), Carretera a El Salvador, casa catorce (14) Villa Venetto, del municipio de Villa Canales, departamento de Guatemala, que en lo sucesivo me denominar EL CONTRATISTA. Ambos comparecientes aseguramos hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles, ser de los datos de identificacin personal indicados y que convenimos en suscribir el presente CONTRATO DE SERVICIOS TCNICOS conforme a las clusulas siguientes: PRIMERA. BASE LEGAL: Este contrato se suscribe con fundamento en lo que al respecto precepta el artculo cuarenta y cuatro (44) numeral dos (2), inciso dos punto dos (2.2) de la Ley de Contrataciones del Estado; Acuerdo nmero treinta y dos dos mil nueve, emitido por la Corte Suprema de Justicia el veintisiete de noviembre de dos mil nueve, vigente a partir del uno de enero de dos mil diez; Manual de Clasificacin Presupuestaria para el Sector Pblico de Guatemala; y, resolucin de la Presidencia del Organismo Judicial nmero tres mil ochocientos cuarenta y tres (3843) del veintiuno de diciembre de dos mil nueve, y lo estipulado en este contrato. SEGUNDA. OBJETO DEL CONTRATO: EL CONTRATISTA se compromete a prestar sus servicios tcnicos, en la Gerencia Financiera como Apoyo para depurar hallazgos de la Contralora General de Cuentas, con las funciones que le asigne su jefe inmediato superior. TERCERA. VALOR DEL CONTRATO, FORMA DE PAGO Y FINANCIAMIENTO: El ORGANISMO conviene en pagar a EL CONTRATISTA por los servicios tcnicos que preste, la cantidad total de NOVENTA MIL QUETZALES (Q.90,000.00) la cual incluye el impuesto al valor agregado (IVA), la que se har efectiva mediante doce pagos mensuales de SIETE MIL QUINIENTOS QUETZALES (Q.7,500.00) al vencimiento de cada mes, de enero a diciembre de dos mil diez. EL CONTRATISTA no devengar honorarios por servicios prestados antes de la fecha de la presentacin de la fianza de cumplimiento a que se refiere la clusula quinta de este contrato, por lo que deber presentar a EL ORGANISMO la referida fianza, antes o en ltimo caso el mismo da que empiece a correr el plazo del contrato, de lo contrario se descontar a EL CONTRATISTA de sus honorarios una suma equivalente a un da por cada da de retraso en la presentacin de la fianza. Los honorarios sern pagados con cargo a la partida presupuestaria nmero dos mil diez mil ciento doce cero cero cero dos ciento dos cero uno cero cero cero cero cero cero seis cero veintinueve cero ciento uno doce (2010-1112-0002-102-01-00-000-06-029-0101-12) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Organismo Judicial aprobado para el dos mil diez; la Gerencia Financiera realizar el clculo respectivo en los casos en que el inicio o la terminacin del contrato no coincida con meses calendario. Los pagos se efectuarn por medio de depsito en cuenta de depsitos monetarios en cualquiera de los siguientes bancos: BANCO G & T CONTINENTAL, SOCIEDAD ANNIMA; BANCO INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANNIMA o BANCO DE DESARROLLO RURAL, SOCIEDAD ANNIMA; a eleccin de EL ORGANISMO. Las partes hacen constar que por la naturaleza del contrato, EL CONTRATISTA no tiene calidad de personal permanente; por lo que no tiene derecho a ninguna de las prestaciones de carcter laboral que la ley otorga, ni est sujeto a los descuentos que la Ley obliga a los servidores pblicos, en virtud de que los servicios pactados, son de carcter tcnico y no crean relacin laboral entre las partes, siendo que la retribucin acordada, no tiene calidad de SUELDOS o SALARIOS, sino de HONORARIOS no sujetos a las prestaciones de carcter laboral, exceptundose las retenciones ordenadas por los tribunales de justicia y otras leyes. Para los efectos del Impuesto sobre la Renta, EL CONTRATISTA, se obliga a dar aviso por escrito a la Gerencia Financiera, conjuntamente al presentar su primera factura, a qu rgimen de dicho impuesto se acoge, pues de lo contrario se proceder a efectuar los descuentos mensuales en el porcentaje que establece la ley, cuando corresponda a EL CONTRATISTA, los cuales se liquidarn por el procedimiento establecido en el Reglamento sobre la materia. CUARTA. PLAZO DEL CONTRATO: El plazo del contrato es del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diez, inclusive, pero en todo caso no empezar a computarse antes de la aprobacin del mismo. QUINTA. FIANZA DE CUMPLIMIENTO: EL CONTRATISTA se obliga a prestar a favor de EL ORGANISMO, una fianza de cumplimiento de contrato equivalente al diez por ciento (10%) de su valor total, que garantizar el fiel cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Esta fianza se har efectiva a EL ORGANISMO cuando ocurra el incumplimiento de dichas obligaciones y para el efecto EL ORGANISMO dar audiencia por diez das a la Institucin Afianzadora, para que exprese lo que considere legal y pertinente; transcurrido el plazo de la audiencia, sin que se presente alguna oposicin, sin ms trmite, se ordenar el requerimiento respectivo y la Institucin Afianzadora har el pago dentro del plazo de treinta (30) das contados a partir de dicho requerimiento, circunstancia que se har constar en la pliza respectiva. La fianza deber mantenerse en vigor hasta que EL ORGANISMO extienda el finiquito a favor de EL CONTRATISTA. SEXTA. PROHIBICIONES: EL CONTRATISTA tiene prohibido ceder los derechos provenientes del presente contrato, as como proporcionar informacin a terceros sobre los asuntos que son de su conocimiento como resultado de los servicios que preste. SPTIMA. DECLARACIN JURADA: EL CONTRATISTA declara bajo juramento que no se encuentra comprendido entre las limitaciones contenidas en el artculo ochenta (80) de la Ley de Contrataciones del Estado. OCTAVA. INFORMES: EL CONTRATISTA queda obligado a presentar informes parciales con el visto bueno del jefe de la dependencia en que preste sus servicios, a ms tardar el da veinticuatro de cada mes, y si ste fuera inhbil, el da hbil siguiente, en la Gerencia de Recursos Humanos y cuando le sean requeridos, en un plazo no mayor de veinticuatro horas y un informe final que deber ser entregado el veintiocho de diciembre de dos mil diez, tambin en la Gerencia de Recursos Humanos y con los mismos requisitos antes descritos. En el caso del informe final la omisin de su presentacin ser causa de incumplimiento del contrato y dar derecho a EL ORGANISMO a ejecutar la fianza de cumplimiento. Los informes que rinda EL CONTRATISTA son propiedad de EL ORGANISMO y su entrega en la forma mencionada, ser requisito para que se efecten los pagos mensuales pactados. NOVENA. TERMINACIN DEL CONTRATO: Se podr dar por terminado el presente contrato, antes del vencimiento del plazo pactado, por las causas siguientes: A) Por incumplimiento de las condiciones contractuales; B) Por rescisin acordada entre las partes, C) Por caso fortuito o fuerza mayor, y en este caso ninguna de las partes incurrir en responsabilidad por incumplimiento; y D) EL ORGANISMO podr rescindir unilateralmente el presente contrato sin responsabilidad de su parte. DCIMA. CONTROVERSIAS: Toda controversia relativa al cumplimiento, interpretacin, aplicacin y efectos del presente contrato, se someter a la jurisdiccin y competencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. DCIMA PRIMERA. APROBACIN: Este contrato surte sus efectos legales y obliga a las partes, desde el momento en que sea aprobado por la Presidencia de este Organismo, previa presentacin por parte de EL CONTRATISTA de la fianza de Cumplimiento respectiva. DCIMA SEGUNDA. IMPUESTOS: Queda entendido que las partes son responsables del pago de los impuestos que a cada una le corresponda, de conformidad con lo que establecen las leyes tributarias respectivas, en relacin con el presente contrato. DCIMA TERCERA. DISPOSICIONES GENERALES: Forman parte del presente contrato y quedan incorporados al expediente los documentos que sirvieron de base para la redaccin del mismo, as como toda la documentacin que se produzca hasta su liquidacin. DCIMA CUARTA. EVALUACIN DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS, LIQUIDACIN DEL CONTRATO Y FINIQUITO: A) EVALUACIN: Los servicios personales sern evaluados por la autoridad administrativa superior al finalizar el plazo del contrato; B) LIQUIDACIN DEL CONTRATO: Luego de recibir el informe final de la prestacin de los servicios, EL ORGANISMO levantar el acta respectiva de su actuacin, en la cual se ordenar la cancelacin de la fianza de cumplimiento; y, C) FINIQUITO: EL CONTRATISTA se obliga a entregar finiquito a favor de EL ORGANISMO, en la Gerencia de Recursos Humanos del Organismo Judicial; y la Gerencia de Recursos Humanos del Organismo Judicial podr extender finiquito a favor de EL CONTRATISTA, previa solicitud del interesado. DCIMA QUINTA. ACEPTACIN DEL CONTRATO: En los trminos y condiciones estipulados, EL ORGANISMO y EL CONTRATISTA aceptamos el contenido ntegro del presente contrato, y enterados de su contenido, objeto, validez y efectos legales, lo ratificamos, aceptamos y firmamos, el cual queda contenido en tres hojas de papel bond con membrete de EL ORGANISMO. Este contrato y su aprobacin deben ser publicados en GUATECOMPRAS.