contratación del servicio de inspeccion de obras · vista de las ofertas 8. mantenimiento de...

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LICITACION PUBLICA NACIONAL AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. 42211/2017 Tucumán 752 – 14° Piso - CAPITAL FEDERAL FECHA Tel. 6319-0000 HOJA 1 de 1 PROVISIÓN: Servicio de Inspección de Obras FECHA COTIZACION 23/11/17 VTO. LICITACIÓN 23/11/17 HORARIO 12:00 Hs VALIDEZ OFERTA S / Pliego De nuestra consideración: Les solicitamos cotizar el servicio que se detalla a continuación: ITEM CANT. UNID DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIO IMPORTE PARCIAL Según planilla de cotización Según planilla de cotización Según planilla de cotización Contratación del SERVICIO DE INSPECCION DE OBRAS Según planilla de cotización Según planilla de cotización Son pesos: TOTAL CONDICION DE ENTREGA PLAZO Según Condiciones de la Licitación adjuntas. LUGAR Según Condiciones de la Licitación adjuntas. Horario de a FORMA Según Condiciones de la Licitación adjuntas. CONDICION DE PAGO PLAZO 60 días F. F. LUGAR Según Condiciones de la Licitación adjuntas. Horario de a GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO SI 5 % OBSERVACIONES: Se adjuntan: Documento 1 – Pliego y Anexos (119 hojas). Por AySA S.A. ................................................................................................ FIRMA DEL VENDEDOR.............................................................. ACLARACION:.............................................................................

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LICITACION PUBLICA NACIONAL

AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. N° 42211/2017 Tucumán 752 – 14° Piso - CAPITAL FEDERAL FECHA Tel. 6319-0000 HOJA 1 de 1

PROVISIÓN: Servicio de Inspección de Obras

FECHA COTIZACION 23/11/17 VTO. LICITACIÓN 23/11/17 HORARIO 12:00 Hs VALIDEZ OFERTA S / Pliego De nuestra consideración: Les solicitamos cotizar el servicio que se detalla a continuación:

ITEM CANT. UNID DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIO

IMPORTE PARCIAL

Segú

n pl

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ión

Segú

n pl

anill

a de

co

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ión

Segú

n pl

anill

a de

co

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ión

Contratación del SERVICIO DE INSPECCION DE OBRAS

Según planilla de cotización

Según planilla de cotización

Son pesos: TOTAL

CONDICION DE ENTREGA

PLAZO Según Condiciones de la Licitación adjuntas.

LUGAR Según Condiciones de la Licitación adjuntas. Horario de a

FORMA Según Condiciones de la Licitación adjuntas.

CONDICION DE PAGO

PLAZO 60 días F. F.

LUGAR Según Condiciones de la Licitación adjuntas. Horario de a

GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO SI 5 %

OBSERVACIONES: Se adjuntan: Documento 1 – Pliego y Anexos (119 hojas).

Por AySA S.A. ................................................................................................

FIRMA DEL VENDEDOR.............................................................. ACLARACION:.............................................................................

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CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA FIJA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 41273/2017

Contenido

a) Documento 1 - Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación Pública

Nacional y sus Anexos (119 hojas)

b) Presentación de Ofertas: hasta el 23/11/2017 a las 12.00 hs. en la Gcia. De

Compras, Tucumán 752, Piso 14° - C. A. B. A.

c) Fecha de Apertura Técnica: El día 23/11/2017 a las 14:00 hs. en nuestras

oficinas, Tucumán 752, Piso 14°, Gerencia de Compras.

2017

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30 de octubre de 2017

Agua y Saneamientos Argentinos

LICITACION PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE INSPECCIÓN DE OBRA

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

2017

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Pliego Inspección de Obra 2 AySA

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIO DE INSPECCION DE OBRA

I N D I C E

1. GENERALIDADES

1.1. LICITACION NACIONAL

2. OBJETIVOS DE LOS SERVICIOS Y TÉRMINOS DE REFERENCIA

2.1. Terminología

2.2. Objeto la Licitación.

2.3. Duración de los Servicios de Consultoría

2.4. Alcance de los Trabajos

3. DOCUMENTACIÓN DE LA LICITACION

3.1. CONTENIDO

3.2. CONOCIMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN

3.3. ACLARACIONES Y CONSULTAS, DISPONIBILIDAD DE DOCUMENTOS LICITATORIOS, COMUNICACIONES, ACLARACIONES Y CONSULTAS EN PAGINA WEB DE AYSA S.A. DESCARGA GRATUITA.

4. PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS

4.1. PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA

4.1.1. Leyenda de los sobres

4.1.2. Forma de la presentación

Las ofertas deberán ser presentadas en dos sobres: a) Sobre Nro. 1 Técnico y b) Sobre Nro.2 Económico.

4.1.3. Sobre Nº 1

4.1.4. Sobre Nº 2

5. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS

6. PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

6.1. EVALUACIÓN TÉCNICA

6.1.1. Factor A - Estructura de la firma Consultora

6.1.2. Factor B - Antecedentes generales de la firma Consultora o Agrupación de Empresas

6.1.3. Factor C - Experiencia en Inspección de Obras

6.1.4. Factor D - Experiencia específica en Inspección de obras similares

6.1.5. Factor E – Enfoque general, Metodología y Plan de Trabajos

6.1.6. Factor F- Organización y Dotación de Personal

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Pliego Inspección de Obra 3 AySA

6.1.7. Factor G- Productos a Entregar

6.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA

6.3. EVALUACIÓN FINAL Y PREADJUDICACION

6.4. PREADJUDICACION

7. VISTA DE LAS OFERTAS

8. MANTENIMIENTO DE OFERTA

9. IMPUGNACIONES

10. CONTRATACIÓN

10.1. REVOCACIÓN DE LA PREADJUDICACIÓN

10.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

11. DOCUMENTOS INTEGRANTES DE LA ORDEN DE COMPRA

12. ORDEN DE INICIO DE LOS TRABAJOS

VIGENCIA DE LA ORDEN DE COMPRA

13. CESIÓN DEL CONTRATO

14. ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD

15. RELACION CONTRACTUAL

16. PERSONAL DE LA CONTRATISTA

16.1 Reemplazo de Personal

16.2 Remuneraciones del Personal

16.3 Incompatibilidades del Personal Profesional

17. SEGUROS

18. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO

18.1 Anticipo

18.2 Montos a ser Certificados

18.3 Actualización de Precios

18.4 Mora en la Presentación de las Garantías

19. RÉGIMEN DE MULTAS

20. RESCISIÓN DEL CONTRATO

21. IMPUESTO DE SELLOS

22. DOMICILIOS

23. PLIEGO DE CONDICIONES DE LA LICITACION

24. ACLARACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA CONCURSO DE PRECIOS PARA CONTRATACION Y EJECUCION DE SERVICIOS

1. Obras a supervisar.

1.1 PLANTA TRATAMIENTO CLOACAL EL JAGUEL

1.1.1 Objetivo de la Obra:

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Pliego Inspección de Obra 4 AySA

1.1.2 Ubicación geográfica.

1.1.3 Descripción general del proyecto:

1.1.4 Plazos de las obras

1.1.5 Presupuesto oficial de las obras

1.2 PLANTA TRATAMIENTO CLOACAL NORTE

1.2.1 Objetivo de la Obra:

1.2.2 Ubicación geográfica.

1.2.3 Descripción general del proyecto:

1.2.4 Plazos de las obras

1.2.5 Presupuesto oficial de las obras

1.3 PLANTA TRATAMIENTO CLOACAL LAFERRERE

1.3.1 Objetivo de la Obra:

1.3.2 Ubicación geográfica.

1.3.3 Descripción general del proyecto:

1.3.4 Plazos de las obras

1.3.5 Presupuesto oficial de las obras

1.4 PLANTA POTABILIZADORA GENERAL BELGRANO

1.4.1 Objetivo de la Obra:

1.4.2 Ubicación geográfica.

1.4.3 Descripción general del proyecto:

1.4.4 Plazos de las obras

1.4.5 Presupuesto oficial de las obras

1.5 ESTACION DE BOMBEO EMISARIO BERAZATEGUI

1.5.1 Objetivo de la Obra:

1.5.2 Ubicación geográfica.

1.5.3 Descripción general del proyecto:

1.5.4 Plazos de las obras

1.5.5 Presupuesto oficial de las obras

1.6 RIO SUBTERRÁNEO A LOMAS Y EE N°1 – LOMAS DE ZAMORA

1.6.1 Objetivo de la Obra:

1.6.2 Ubicación geográfica.

1.6.3 Descripción general del proyecto:

1.6.4 Plazos de las obras

1.6.5 Presupuesto oficial de las obras

1.7 EMISARIO SUBFLUVIAL BERAZATEGUI

1.7.1 Objetivo de la Obra:

1.7.2 Ubicación geográfica.

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Pliego Inspección de Obra 5 AySA

1.7.3 Descripción general del proyecto:

1.7.4 Plazos de las obras

1.7.5 Presupuesto oficial de las obras

23. PLIEGO DE CONDICIONES DE LA LICITACION

ANEXOS

- Anexo I: Listado de Obras y Presupuesto oficial de la construcción

- Anexo II: Formularios de la Oferta NO VALORIZADO.:

o Formulario N°1: Antecedentes Generales

o Formulario N°2: Antecedentes Inspeccion de Obra

o Formulario N°3: Antecedentes en Inspeccion de Obra Similares a la Ofertada

o Formulario N°4: Declaración Jurada Inhabilidades

o Formulario N°5: Formulario de oferta VALORIZADO

o Formulario N°6: Modelo de Currículum Vitae

o Formulario N° 7: Formulario Propuesta Económica

o Formulario N° 8: Declaración Jurada Compre Argentino

o Formulario N° 9: Declaracion Jurada Direccion de Correo Electronico

- Anexo III: Descripción de las Obras (en carpeta adjunta)

- Anexo IV: Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratacion de Bienes y

Servicios

- Anexo V: Condiciones Generales de la Orden de Compra

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Pliego Inspección de Obra - 6 - AySA

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

1. GENERALIDADES

1.1. LICITACION NACIONAL

AySA llama a Licitación Publica Nacional a efectos de contratar los servicios de una firma

consultora nacional, o Agrupación de Empresas de firmas nacionales, para los Servicios de

Inspección de cada una de las obras que se indican en Anexo I.

La presente licitación se rige por los términos de la ley 18.875, ley 25.551 y sus normas

modificatorias y complementarias; debiendo AYSA contratar con profesionales o firmas locales

debidamente registrada en los organismos habilitados al efecto y que tengan las capacidades

jurídica, económica, financiera y de equipamiento requeridas por el presente pliego, que

constituyan domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la presente licitación

y que cumplan con la normativa de mención.

Las empresas participantes podrán presentar ofertas para la inspección de una o más obras,

incluso para la totalidad de las mismas. En principio AYSA adjudicara una única obra por

oferente, siendo el adjudicatario correspondiente el que haya obtenido el mejor puntaje para

dicha obra. Será exclusiva decisión de AYSA adjudicar, si fuera de su interés, más de una obra a

un oferente si así lo considerara necesario.

Los montos corresponden al presupuesto oficial por los servicios de inspección para cada una de

las obras (sin IVA) se indican en Anexo I.

2. OBJETIVOS DE LOS SERVICIOS Y TÉRMINOS DE REFERENCIA

2.1. Terminología

Las referencias en las cláusulas, subcláusulas, artículos y párrafos a otras cláusulas,

subcláusulas, artículos y párrafos de la documentación licitatoria o contractual según

corresponda, tienen por efecto facilitar la lectura de la misma. El Oferente es responsable de

comprender la totalidad de los documentos del pliego y la relación que tienen entre sí dichas

cláusulas, subcláusulas, artículos y párrafos, aun cuando las referencias entre estos no hayan

sido expresamente dadas.

2.2. Objeto la Licitación.

Los servicios a contratar corresponden a la Inspección de la Ejecución de la Obra adjudicada,

comprendiendo la gestión contractual, técnica y administrativa de la misma desde la Orden de

Inicio hasta la Recepción Definitiva, incluyendo los correspondientes controles Ambientales, de

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Pliego Inspección de Obra - 7 - AySA

Higiene y Seguridad en el Trabajo y todas aquellas tareas necesarias para la puesta en servicio

de las obras.

Para ello la Contratista dispondrá mensualmente de los recursos necesarios para cumplir

acabadamente con los trabajos que se detallan en el presente Pliego.

Los trabajos de inspección deberán ser ejecutados en todos los días y horarios en que la

contratista ejecutora de la obra de referencia realice tareas, aun cuando ellos sean sábados,

domingos o feriados.

Se denominará “Inspección de Obra” a la persona jurídica que, por su competencia técnica,

cumpla con los objetivos de los servicios de consultoría a contratar, cumpliendo con sus

obligaciones con la debida diligencia, eficiencia y economía. Actuará siempre como asesor leal

de AySA en todos los asuntos relacionados con la Obra a su cargo, protegiendo y defendiendo

los intereses legítimos de AySA, y velando por los resultados de calidad, plazos y costos.

Estará representada permanentemente en obra por una persona física aprobada por el

Contratante denominado “Jefe de Inspección”.

El personal de la Inspección de Obra estará exclusivamente a cargo de la Inspección de

Obra/Jefe de Inspección, quien será plenamente responsable de los servicios prestados por

cualesquiera de ellos o en su nombre.

La Inspección de Obra será la responsable de asignar eficientemente los recursos de su equipo,

asegurando un acompañamiento suficiente de la supervisión de los trabajos que permita el

cumplimiento de los objetivos previstos. Asimismo es el responsable de dar las instrucciones

necesarias para ello, de monitorear la eficiencia y la eficacia de las acciones individuales y

colectivas, y del aseguramiento de la calidad de gestión global de la Inspección de Obra.

Los servicios a contratar comprenden entre otras las siguientes tareas, siendo este listado

enunciativo y no limitativo:

• Supervisión y monitoreo del Contrato de Obra.

• Revisión de la documentación licitatoria y de la Oferta presentada por el Contratista a

efectos de una mejor interiorización de las obras a inspeccionar.

• Revisión y aprobación del Proyecto Ejecutivo ad referéndum de la Contratante, de la

ingeniería de detalle constructiva y de toda otra documentación presentada por el Contratista.

• Aprobación previa de los trabajos a realizar, incluyendo la verificación de los métodos

constructivos propuestos o a implementar como asimismo de los equipos, mano de obra y

materiales requeridos para su ejecución. Supervisión, control y aprobación de los trabajos

realizados.

• Verificación de las Órdenes de Compra y de las correspondientes Especificaciones Técnicas

de los equipos electromecánicos. A tal efecto la Inspección de Obra deberá producir informes

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Pliego Inspección de Obra - 8 - AySA

trimestrales sucesivos (el primero al tercer mes de la emisión de la orden de compra y los

últimos al momento de la recepción del equipamiento en el obrador) sobre el estado de

situación y grado de avance del proceso de entrega de los equipos electromecánicos.

• Control y seguimiento de la auscultación de las obras, desde la implantación del

instrumental hasta la finalización del plazo de garantía de las obras.

• Emisión de Ordenes de Servicio, recepción de Notas de Pedido. Confección de Partes

Diarios y Actas.

• Coordinación con las distintas partes intervinientes.

• Analisis y aprobación de sistema de Gestion de calidad del Contratista

• Analisis y validación del Programa Unico de Higiene y Seguridad en el Trabajo (PH&S) y del

Plan de Gestion Ambiental (PGA).

• Aprobacion del Programa Unico de Higiene y Seguridad en el Trabajo (PH&S) y del Plan de

Gestion Ambiental (PGA).

• Evaluación de Subcontratistas y elevación a AySA de su aceptabilidad, para su aprobación

previo al inicio de las tareas a ser subcontratadas.

• Supervisión, control y aprobación de los trabajos a realizar, incluyendo la verificación de

los métodos constructivos previamente aprobados, como asimismo de los equipos, mano de

obra y materiales requeridos para su ejecución.

• Revisión, aprobación, seguimiento, control y monitoreo del Plan de Movimientos de suelos

y de gestión de materiales provenientes de la excavación, hasta disposición final incluyendo a

esta última.

• Participación en la toma de decisiones en temas críticos y conflictivos de la obra o en

trabajos no especificados. Elaboración de las especificaciones para trabajos no previstos.

Análisis y validación de las variaciones y modificaciones de obra.

• Elaboración de los informes de sustento necesarios en caso de requerirse adendas al

contrato.

• Control de relevamientos topográficos y nivelaciones planialtimétricas.

• Participación, Control y verificación de ensayos.

• Verificación de las mediciones de obra, control de las bases de certificación, revisión y

conformación de las certificaciones. Revisión de los documentos necesarios para

redeterminaciones o ajuste de los precios del contrato según esté allí establecido para ser

sometidos a la aprobación de AySA.

• Control programático (apartamiento del plan de trabajos, prórrogas, tareas adicionales,

justificación, aceptación y/o rechazo, etc.) de las obras y del cronograma de inversiones.

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Pliego Inspección de Obra - 9 - AySA

• Comunicación y reuniones periódicas (por lo menos una vez a la semana) con el

Contratista, documentadas mediante actas.

• Comunicación y reuniones periódicas (por lo menos una vez al mes) con el contratante

• Realización de informes en general.

• Sistema de Gestión Documental para el Archivo y clasificación digitalizada de toda la

documentación generada desde el inicio hasta la Recepción Definitiva de las Obras debiendo ser

este compatible con la plataforma utilizada por AySA.

• Inspección administrativa del contrato – verificación del cumplimiento de las leyes

laborales, provisionales e impositivas.

• Supervisión y control de la puesta en servicio de las obras.

• Entrega de toda la documentación contractual generada durante la obra y el período de

garantía hasta la recepción definitiva, firmado por las partes intervinientes, en original con

soporte digital correspondiente, debidamente sistematizada.

• Recepción Provisoria de las Obras.

• Recepción Definitiva de las Obras.

Para el cumplimiento del objetivo la Inspección de Obra deberá tener conocimiento de los

detalles y objetivos del proyecto, de las normativas utilizadas en el diseño, de los procesos

constructivos, contratos y subcontratos y deberá mantener permanentemente informado al

Contratante.

2.3. Duración de los Servicios de Consultoría

La duración estimada de los trabajos de inspección surge del plazo de la obra correspondiente,

al cual se le adicionará 1 (un) mes para la interiorización de la documentación, y 12 (doce)

meses correspondientes al período de garantía, después de la Recepción Provisoria del último

ítem recibido.

El plazo de cada obra comenzará a regir a partir de la orden de inicio de la misma.

En caso que la obra se extendiera, la inspección de obra deberá continuar hasta la Recepción

Definitiva de la misma, en los mismos términos establecidos en el contrato de inspección según

la etapa que corresponda y con la misma dotación de personal.

En el caso que la obra se suspendiera parcial o totalmente, AySA notificará fehacientemente esta

situación a la Consultora, estableciendo día y lugar a los fines de efectuar una reunión para

lograr un acuerdo dentro del plazo de 30 días

. De no lograrse un acuerdo, ambas partes dejarán constancia de sus posiciones y su decisión de

resolver el contrato, pudiendo rescindir el mismo. Producida dicha resolución acordada por

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Pliego Inspección de Obra - 10 - AySA

ambas partes, ninguna de ellas podrá reclamar a la otra ningún tipo de indemnización producida

por dicha resolución contractual.

2.4. Alcance de los Trabajos

Los Oferentes deberán describir en su propuesta el enfoque general de los servicios a ser

prestados, la metodología a desarrollar para la realización de las tareas a contratarse, un plan

de trabajos de las principales actividades previstas, la organización general y la dotación de

personal estimada, el equipamiento y la logística asociada al cumplimiento de la encomienda, y

un detalle de los productos a ser entregados con indicación de su contenido, frecuencia de

emisión y oportunidad de entrega. Las prestaciones inherentes a la Inspección de Obra son las

que se deberán realizar para que los trabajos se ejecuten de conformidad con el Contrato de

Obra, ajustándose a los cronogramas, los costos y la calidad definidos en el mismo, de

conformidad con las prácticas usuales de la ingeniería moderna.

Para ello, la Inspección de Obra deberá mantener un estrecho y continuo contacto con el

Contratante, informándole permanentemente sobre el estado de situación de los trabajos.

Asimismo le cursará semanalmente, un ejemplar de toda la documentación emitida al

Contratista y recibida de parte del mismo.

Quedan involucrados dentro de las obligaciones contractuales de la Inspección de Obra, la

prestación de sus servicios en forma permanente y hasta la Recepción Definitiva de las Obras.

Se presenta a continuación una tabla que identifica de manera sumarizada y sólo para las

actividades principales de desarrollo del contrato, el rol primario de cada una de las Partes.

Se deja expresamente establecido que la tabla indicada seguidamente es sólo enunciativa y no

reviste carácter taxativo, por lo que cualquier omisión en la misma de ninguna manera invalida

el alcance de los servicios contratados, ni exime a sus integrantes de la totalidad de las

obligaciones y responsabilidades asumidas en el mismo.

A los fines de la interpretación de los roles debe entenderse que el concepto “Asistencia” por

parte de la Inspección de Obras, comprende cuanta acción sea necesaria llevar a cabo para

poner a disposición del Contratante los elementos de valor y juicio que le permitan asumir una

decisión fundada.

En cuanto al término “Participación” por parte del Contratante, se entiende que genéricamente

comprende emitir instrucciones, estar informado, inspeccionar y/o auditar a su solo arbitrio,

mediar u opinar en temas específicos donde se requiera una instancia superior, y toda aquella

acción que permita en tiempo y forma mantener un acabado conocimiento y seguimiento del

desarrollo del Proyecto y de las actividades de supervisión.

Las acciones se encuentran divididas en:

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Pliego Inspección de Obra - 11 - AySA

I Actividades Previas al Inicio de las Obras

II Inicio de las Obras

III Construcción de las Obras

IV Terminación de las Obras

V Otras Actividades

V.1 Situaciones Especiales

V.2 Informes

Rol Primario Actividad Principal

Inspección de Obras [IdO]

Contratante [AySA]

Asistencia Responsabilidad Participación Responsabilidad

I ACTIVIDADES PREVIAS AL INICIO DE LAS OBRAS

a) Análisis y elaboración del informe de la documentación técnica y contractual recibida del Contratante.

���� ����

b) Coordinación de las reuniones previas al inicio de las obras, conducción de las mismas, elaboración y difusión de las correspondientes minutas.

���� ����

c) Aprobación del Representante Técnico Contratista.

���� ����

d) Aprobación de la programación de las obras (en adelante Programa de Construcción), y verificación de los compromisos de hitos contractuales previstos, previo acuerdo con el Contratante.

���� ����

e) Aprobación de la curva de inversiones asociada al Programa de Construcción, previo acuerdo con el Contratante.

���� ����

f) Readecuación de la asignación de los recursos de la IdO al Programa de Construcción aprobado.

���� ����

g) Aprobación de obradores y plan de movilización.

���� ����

h) Reconocimiento de las condiciones de las zonas de obra y posibles interferencias.

���� ����

i) Seguimiento de la gestión de los permisos requeridos para el inicio de la ejecución de los trabajos.

���� ����

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Pliego Inspección de Obra - 12 - AySA

Rol Primario Actividad Principal

Inspección de Obras [IdO]

Contratante [AySA]

Asistencia Responsabilidad Participación Responsabilidad

j) Análisis y aprobación del Programa de Información a Autoridades y a la Comunidad, previa validación con el Contratante.

���� ����

II INICIO DE LAS OBRAS

a) Determinación de la fecha de Orden de Inicio.

���� ����

b) Emisión de comunicación al Contratista impartiendo Orden de Inicio.

���� ����

c) Asistencia a la toma de posesión de la zona de obra.

���� ����

d) Inicio y seguimiento a las acciones de Replanteo por parte del Contratista. ���� ����

e) Análisis y aprobación de la documentación de obras provisionales y de los requerimientos de servicios provisorios.

���� ����

f) Evaluación y aprobación del Proyecto Ejecutivo de las obras, ad referéndum del Contratante

���� ����

g) Análisis y aprobación de la ingeniería de detalle constructiva necesaria para las primeras actividades de obra.

���� ����

h) Recepción y validación de las pólizas de seguros requeridas al Contratista principal.

���� ����

i) Aprobación de las pólizas de seguros requeridas en el contrato.

���� ����

j) Evaluación de los Subcontratistas propuestos por el Contratista principal.

���� ����

k) Aprobación de Subcontratistas. ���� ����

l) Análisis y aprobación de Sistema de Gestión de Calidad del Contratista.

���� ����

m) Análisis y validación del Programa Único de Higiene y Seguridad en el Trabajo (PH&S) y del Plan de Gestión Ambiental (PGA).

���� ����

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Pliego Inspección de Obra - 13 - AySA

Rol Primario Actividad Principal

Inspección de Obras [IdO]

Contratante [AySA]

Asistencia Responsabilidad Participación Responsabilidad

n) Aprobación del Programa Único de Higiene y Seguridad en el Trabajo (PH&S) y del Plan de Gestión Ambiental (PGA).

���� ����

o) Validación del ó los certificados por anticipos financieros. ���� ����

p) Aprobación del ó los certificados por anticipos financieros y gestión del pago.

���� ����

III CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS

a) Organización y mantenimiento actualizado del archivo informático y físico de toda la documentación de la obra.

���� ����

b) Emisión de comunicaciones al Contratista. ���� ����

c) Recepción de comunicaciones del Contratista y respuesta de aquellas que así lo requieran.

���� ����

d) Seguimiento de la gestión de los permisos requeridos para la ejecución de los trabajos.

���� ����

e) Seguimiento pormenorizado y verificación del cumplimiento del Programa de Construcción aprobado y de los hitos contractuales previstos.

���� ����

f) Verificación del cumplimiento de la curva de inversiones previstas de conformidad con el Programa de Construcción aprobado.

���� ����

g) Revisión trimestral de la asignación de los recursos de la IdO a la obras en ejecución, y proyección de las necesidades para el siguiente trimestre.

���� ����

h) Seguimiento y control periódico de la efectiva disposición por parte del Contratista de los recursos necesarios para el cumplimiento del Programa de Construcción Aprobado.

���� ����

i) Verificación ante la presentación de cada certificado, del cumplimiento por parte del Contratista de las leyes laborales, previsionales e impositivas vigentes, así como del mantenimiento en vigencia de los seguros exigidos contractualmente.

���� ����

j) Verificación y seguimiento del estado de los permisos que hubieran sido requeridos.

���� ����

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Pliego Inspección de Obra - 14 - AySA

Rol Primario Actividad Principal

Inspección de Obras [IdO]

Contratante [AySA]

Asistencia Responsabilidad Participación Responsabilidad

k) Verificación y seguimiento del Sistema de Gestión de Calidad del Contratista. Requerimiento y aprobación de las Fichas de Acción de Calidad (FAC) y seguimiento de su implementación.

���� ����

l) Seguimiento pormenorizado y verificación del cumplimiento del PH&S y de las observaciones de los auditores de AySA.

���� ����

m) Seguimiento pormenorizado y verificación del cumplimiento del PGA y de las observaciones de los auditores de AySA.

���� ����

n) Análisis y aprobación de la ingeniería de detalle constructiva necesaria para el desarrollo de las obras.

���� ����

o) Análisis y aprobación de las metodologías constructivas propuestas por el Contratista.

���� ����

p) Realización y aprobación de todos los controles requeridos en las Especificaciones. Técnicas.

���� ����

q) Supervisión y aprobación de todos los ensayos y pruebas (en obra, en laboratorio o en fábrica) necesarios para garantizar la calidad de ejecución de las obras.

���� ����

r) Elaboración y suscripción de todas las Actas necesarias para dejar trazabilidad de los controles, pruebas y ensayos realizados.

���� ����

s) Control del cumplimiento de las normas de los distintos entes público o privados involucrados en el desarrollo de los trabajos.

���� ����

t) Organización de reuniones periódicas con el Contratista y elaboración de las respectivas minutas, incluyendo su circuito de firmas y de distribución.

���� ����

u) Realización de la medición mensual de las obras, conjuntamente con el Contratista.

���� ����

v) Elaboración y firma del Acta de Medición. ���� ����

w) Revisión y validación del Certificado de Pago en correspondencia estricta con el Acta de Medición suscripta.

���� ����

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Pliego Inspección de Obra - 15 - AySA

Rol Primario Actividad Principal

Inspección de Obras [IdO]

Contratante [AySA]

Asistencia Responsabilidad Participación Responsabilidad

x) Aprobación del Certificado y gestión de su pago.

���� ����

y) Requerimiento y validación del Informe Mensual a ser presentado por el Contratista, verificando su alcance y contenido.

���� ����

z) Mantenimiento actualizado de los datos requeridos por el sistema de control y gestión de los contratos de la Dirección (SCGO).

���� ����

aa) Evaluación y recomendación de los cursos de acción a ser implementados en caso de incumplimientos o desvíos del Contratista.

���� ����

bb) Recomendación de la aplicación de las sanciones previstas en la documentación contractual.

���� ����

cc) Instrucción de la efectiva aplicación de las sanciones previstas en la documentación contractual.

���� ����

dd) Evaluación y recomendación de los cursos de acción a seguir en caso de reclamos de terceros (públicos o privados).

���� ����

ee) Recomendación y consecuente coordinación con el Contratante, de las acciones a llevar a cabo en caso de requerirse la ejecución de alguna de las pólizas de seguros del Contratista.

���� ����

ff) Evaluación y recomendación frente a modificaciones o variaciones de obra.

���� ����

gg) Aprobación de modificaciones o variaciones de obra, en particular referidas a plazos o costos.

���� ����

hh) Elaboración de Actas de Partidas Excedidas, Adicionales o Ampliaciones (y Economías de existir), con la debida justificación y convalidación de las mismas.

���� ����

ii) Aprobación de Actas de Partidas Excedidas, Adicionales o Ampliaciones (y Economías de existir).

���� ����

jj) Evaluación y recomendación fundamentada de otorgamiento de prórrogas al plazo contractual.

���� ����

kk) Aprobación del reconocimiento de prórrogas al plazo contractual.

���� ����

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Pliego Inspección de Obra - 16 - AySA

Rol Primario Actividad Principal

Inspección de Obras [IdO]

Contratante [AySA]

Asistencia Responsabilidad Participación Responsabilidad

ll) Informe sustentado y documentado para la suscripción de Adendas contractuales.

���� ����

mm) Redacción de las Adendas contractuales, aprobación a través del Directorio y suscripción de las mismas con el Contratista.

���� ����

nn) Solicitud, análisis y evaluación fundamentada del Programa de Construcción actualizado, resultante del otorgamiento de modificaciones contractuales.

���� ����

oo) Aprobación del Programa de Construcción actualizado.

���� ����

pp) Evaluación de las solicitudes de Redeterminación de Precios presentadas por el Contratista y validación de los precios unitarios redeterminados.

���� ����

qq) Aprobación de las Redeterminaciones de Precios y suscripción del Acta Acuerdo.

���� ����

IV TERMINACIÓN DE LAS OBRAS

a) Supervisión, control y aprobación de todas las pruebas y ensayos finales de las instalaciones que permitan garantizar su correcto funcionamiento en la etapa operativa.

���� ����

b) Emisión de un certificado de terminación provisoria de las obras (parciales y/o total según corresponda), incluyendo las actas de aprobación de cada uno de sus componentes principales e identificación de pequeños defectos subsanables.

���� ����

c) Revisión y aprobación de la totalidad de la documentación conforme a obra, incluyendo planos, memorias, manuales técnicos, etc.

���� ����

d) Recepción Provisoria de las obras e instalaciones ad referéndum del Contratante (parcial y/o total según corresponda).

���� ����

e) Aprobación de la Recepción Provisoria de las obras e instalaciones, mediante la suscripción del correspondiente Acta (parcial y/o total según corresponda).

���� ����

f) Elaboración y suscripción del Informe de Evaluación Integral de Obra, conforme modelo provisto por el Contratante.

���� ����

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Pliego Inspección de Obra - 17 - AySA

Rol Primario Actividad Principal

Inspección de Obras [IdO]

Contratante [AySA]

Asistencia Responsabilidad Participación Responsabilidad

g) Verificación de la subsanación de los pequeños defectos eventualmente identificados a la terminación de las obras.

���� ����

h) Monitoreo y control periódico de las obras e instalaciones durante todo el plazo de garantía.

���� ����

i) Detección de eventuales defectos e instrucción inmediata al Contratista para su corrección.

���� ����

j) Supervisión exhaustiva de los eventuales trabajos solicitados al Contratista durante el período de garantía, y emisión de las actas de aprobación.

���� ����

k) Seguimiento del adecuado mantenimiento de condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

���� ����

l) Seguimiento del cumplimiento de las acciones previstas en el PGA durante el plazo de garantía.

���� ����

m) Emisión de un certificado de terminación definitiva de las obras, incluyendo las actas de aprobación suscriptas.

���� ����

n) Recepción Definitiva de las obras e instalaciones ad referéndum del Contratante (parcial y/o total según corresponda).

���� ����

o) Aprobación de la Recepción Definitiva de las obras e instalaciones, mediante la suscripción del correspondiente Acta.

���� ����

p) Revisión y validación del Certificado de Liquidación Final. ���� ����

q) Aprobación del Certificado de Liquidación Final, gestión de su pago y devolución de las pólizas afectadas al contrato.

���� ����

r) Entrega al Contratante de la totalidad de la documentación de la obra, tanto en archivo físico como electrónico, y adecuadamente ordenada.

���� ����

V OTRAS ACTIVIDADES

V.1 SITUACIONES ESPECIALES

V.1.1 Condiciones Físicas Imprevisibles

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Pliego Inspección de Obra - 18 - AySA

Rol Primario Actividad Principal

Inspección de Obras [IdO]

Contratante [AySA]

Asistencia Responsabilidad Participación Responsabilidad

a) Emisión de instrucciones al Contratista respecto a las acciones inmediatas a adoptar.

���� ����

b) Inspección, evaluación, análisis del carácter de imprevisible y determinación de las acciones a seguir.

���� ����

c) Comunicación inmediata al Contratante, y elevación del correspondiente Informe, con expresa indicación de las variaciones al contrato que pueda significar.

���� ����

d) Aprobación de las eventuales variaciones al contrato (plazo o costo).

���� ����

V.1.2 Elementos de Interés Geológico o Arqueológico

a) Emisión de instrucciones al Contratista respecto a las acciones a adoptar.

���� ����

b) Comunicación inmediata al Contratante, y elevación del correspondiente Informe, con expresa indicación de las variaciones al contrato que pueda significar.

���� ����

c) Aprobación de las eventuales variaciones al contrato (plazo o costo).

���� ����

V.1.3 Suspensión Parcial o Total de las Obras (primero incluir como a)”Instrucción del Contratante de suspensión de las obras, o de parte de las obras”, indicando Asistencia de IdO y Responsabilidad de AySA)

a) Transmisión al Contratista de la instrucción del Contratante de suspensión de las obras, o de parte de las obras.

���� ����

b) Verificación de la protección y resguardo de la obra por parte del Contratista durante la suspensión.

���� ����

c) Instrucción de reanudación de las obras. ���� ����

d) Comunicación al Contratista de reanudación de las obras, y evaluación de las consecuencias programáticas y económicas.

���� ����

e) Aprobación de las eventuales variaciones al contrato (plazo o costo) que pudieran corresponder.

���� ����

V.1.4 Ajustes por Cambios en la Legislación

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Pliego Inspección de Obra - 19 - AySA

Rol Primario Actividad Principal

Inspección de Obras [IdO]

Contratante [AySA]

Asistencia Responsabilidad Participación Responsabilidad

a) Evaluación y análisis fundado de su procedencia y en su caso, de los impactos en el contrato.

���� ����

b) Aprobación de las eventuales variaciones al contrato (plazo o costo) que pudieran corresponder.

���� ����

V.1.5 Rescisión del Contrato

a) Evaluación y análisis fundado en caso de producirse cualesquiera de las condiciones de rescisión del contrato por culpa del Contratista.

���� ����

b) Valoración de las obras a la fecha de rescisión.

���� ����

c) Decisión de dar por terminado el contrato. ���� ����

d) Asistencia integral al Contratante en las acciones conducentes a la rescisión del contrato, incluyendo ejecución de la garantía de ejecución del contrato, y toma de posesión de las obras.

���� ����

V.1.6 Fuerza Mayor

a) Evaluación y análisis fundado en caso que el Contratista invoque causas de fuerza mayor, informando claramente los impactos en el contrato.

���� ����

b) Decisión final de la procedencia de contemplar causales de fuerza mayor.

���� ����

c) Aprobación de las eventuales variaciones al contrato (plazo o costo) que pudieran corresponder.

���� ����

V.1.7 Reclamaciones, Controversias y Arbitraje

a) Comunicación inmediata al Contratante en caso de recibir notificación del Contratista de cualquier evento o circunstancia que sea causal de un reclamo.

���� ����

b) Exigencia al Contratista de un informe completo y pormenorizado que incluya toda la información complementaria del fundamento del reclamo y de la prórroga del plazo o pago adicional exigidos.

���� ����

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Pliego Inspección de Obra - 20 - AySA

Rol Primario Actividad Principal

Inspección de Obras [IdO]

Contratante [AySA]

Asistencia Responsabilidad Participación Responsabilidad

c) Elevación al Contratante de un informe sustentado sobre su opinión respecto a la procedencia del reclamo y de sus consecuencias.

���� ����

d) Aprobación o rechazo del reclamo. ���� ����

e) Soporte integral al Contratante en caso de requerirse acudir a la Comisión de Resolución de Controversias o a Arbitraje.

���� ����

V.2 INFORMES (mínimos requeridos a complementarse con propuesta del Oferente)

a) Elaboración del Informe Inicial dentro de los 7 (siete) días posteriores a la finalización del Mes 1 correspondiente a la revisión y análisis de la documentación técnico-contractual de la obra.

���� ����

b) Informe Mensual dentro de los 7 (siete) días posteriores a la finalización del mes inmediato anterior.

���� ����

c) Certificaciones dentro de los 10 (días) días posteriores al cierre de la medición.

���� ����

d) Minuta de Reunión Semanal dentro de los 2 (dos) días posteriores a la celebración de la reunión semanal.

���� ����

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Pliego Inspección de Obra - 21 - AySA

3. DOCUMENTACIÓN DE LA LICITACION

3.1. CONTENIDO

La documentación para el llamado a la Licitación está constituida por los siguientes elementos:

• Pliego de Condiciones Particulares.

• Circulares: aclaraciones, con o sin consulta, que pueda formular AySA durante el período

que va entre el llamado a la licitación y presentación de las Ofertas.

• Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Servicios

• Condiciones Generales de la Orden de Compra.

3.2. CONOCIMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN

La sola presentación de Oferta implica el conocimiento pleno de la documentación de la licitación

y la interpretación de su exacto alcance sin admitirse prueba en contrario. Cada Oferente está

obligado a declarar, con carácter de declaración jurada, que conoce y acata las disposiciones de

la documentación de la licitación y que garantiza la exactitud de todos los datos consignados en

su presentación.

3.3. ACLARACIONES Y CONSULTAS, DISPONIBILIDAD DE DOCUMENTOS

LICITATORIOS, COMUNICACIONES, ACLARACIONES Y CONSULTAS EN PAGINA WEB DE

AYSA S.A. DESCARGA GRATUITA.

Todos los documentos licitatorios estarán disponibles para ser descargados de manera gratuita

en la página Web de AySA S.A.

Las consultas se aceptarán únicamente a través de la página Web de AySA S.A.

(www.aysa.com.ar) y su contestación será puesta en conocimiento por el mismo medio.

Podrán solicitar por escrito a AYSA, cualquier aclaración o consulta que sea necesaria para la

preparación de su oferta, con una antelación de diez (10) días de la fecha fijada para la apertura

de la licitación.

Las respuestas a estas consultas y/o aclaraciones serán publicadas en la página web de AYSA

(www.aysa.com.ar) hasta 5 días antes de la fecha establecida para la apertura de la licitación.

Será responsabilidad del Oferente la consulta periódica de la página Web de AySA para verificar

la existencia de Comunicaciones (Aclaraciones con y sin consulta, prórrogas en fecha de

apertura, etc) que pudieran emitirse durante el proceso licitatorio, considerándose que la

publicación en la página web de AySA implica el conocimiento de las mismas.

Toda consulta deberá ser oportuna, seria y conducente a la modalidad, condiciones y/o

metodología de los servicios objeto de la contratación. Cualquier consulta que no cumpla estas

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Pliego Inspección de Obra - 22 - AySA

condiciones, será rechazada sin más trámite ni sustanciación, con la sola invocación de esta

Cláusula.

En ningún caso serán analizadas las consultas que expresen un mero disenso con las bases de la

contratación. Toda consulta debe ser además razonable, concreta y fundamentada.

4. PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS

Los Oferentes podrán ofertar en el mismo acto sus servicios para una, o varias obras, en función

de sus antecedentes y capacidades. Los servicios de inspección se evaluarán y adjudicarán por

obra, en forma independiente.

4.1. PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA

4.1.1. Leyenda de los sobres

Los Oferentes deberán presentar su Oferta en sobres o paquetes cerrados y lacrados

consignando en su exterior:

a) Denominación u objeto de la licitación

b) Lugar, fecha y hora de apertura del mismo (si el día fijado para el cierre de la

presentación fuera feriado o de asueto administrativo, ésta tendrá lugar el primer día hábil

administrativo siguiente a la misma hora).

c) Número de sobre.

d) Nombre o razón social del participante.

e) Domicilio y teléfono del mismo.

4.1.2. Forma de la presentación

Las ofertas deberán ser presentadas en dos sobres: a) Sobre Nro. 1 Técnico y b) Sobre

Nro.2 Económico.

Las Ofertas se presentarán en dos ejemplares foliados sin enmiendas sin salvar, en castellano y

con un índice que detalle las hojas en que se incluyen cada uno de los requisitos exigidos por la

documentación de la licitación Se compondrá por original y una copia.

Cada hoja del original será numerada, firmada y sellada por el Representante de la Consultora.

Estarán identificados claramente el original y la copia.

Los folletos o publicaciones podrán presentarse en el idioma en que estén realizados con una

breve descripción técnica en castellano, debiendo el Oferente presentar la correspondiente

traducción en caso que AYSA se lo solicite.

El ejemplar rotulado "Original" prevalecerá en caso de discrepancia sobre el rotulado "Copia".

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Pliego Inspección de Obra - 23 - AySA

La inexactitud, reticencia o insuficiencia en los datos, antecedentes o documentación, que de

acuerdo con el pliego deben aportar las firmas consultoras podrán ser a sola decisión de AySA

causales de rechazo de la presentación.

4.1.3. Sobre Nº 1

Las Ofertas deberán contener en el sobre número 1:

A) Documentos COMUNES de todas las Ofertas presentadas por el

oferente:

a) Carta de presentación y Formulario de oferta SIN VALORIZAR (Anexo 7)

Deberán estar firmados por el Representante de la Firma Consultora o Agrupación de Empresas,

e indicará las obras para las cuales presentarán las ofertas; constituyendo domicilio especial a

los fines de la licitación en la Ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina.

b) Datos de Identificación:

Para la firma consultora si se presentara sola o para cada una de las firmas que conformen una

Agrupación de Empresas, se deberá detallar:

• nombre y razón social,

• domicilio real y teléfono

• clase de sociedad,

• capital social,

• lugar y fecha de constitución,

• duración de la Sociedad

• nombre y domicilio real del Representante

c) Organización:

• Nómina de Directivos Principales y Curriculum Vitae

• Organigrama de la empresa

• Nómina del personal permanente de la firma, en diversas especialidades y Curriculum

Vitae de los expertos

• Nómina de medios que dispone para la ejecución de los trabajos: oficinas, equipamiento,

auxiliares técnicos, ayudantes administrativos, vehículos, etc.

• Sistemas de calidad, especificando si están certificados, y en caso positivo agregando la

certificación vigente.

d) Capacidad económico-financiera

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Pliego Inspección de Obra - 24 - AySA

Las firmas deberán acompañar copia de los balances de los tres últimos ejercicios anteriores al

presente llamado a la licitación, certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

En el caso de Agrupación de Empresas, se requerirá la presentación de los balances de todas las

firmas que lo constituyan.

e) Copia autenticada del contrato y estatuto social.

Este requisito deberá ser cumplido por cada una de las firmas consultoras. En caso de

Agrupación de Empresas deberá presentarse además copia autenticada de los documentos de

cada una de las firmas integrantes por las que se autoriza la formación del mismo.

En caso de estar en otro idioma, se deberán traducir por medio de un Traductor Público

Nacional, y luego y legalizar por el Colegio de Traductores Públicos.

f) Constitución de Agrupación de Empresas:

En caso de presentarse una Agrupación de Empresas, deberá incluir un “Compromiso de

Asociación”, manifestando que de ser adjudicatarios conformaran una Unión Transitoria de

Empresas, y procederán a la correspondiente inscripción del acuerdo, previo a la firma de la

Orden de Compra.

Dicho compromiso deberá detallar la participación porcentual de cada firma, designar una firma

como Líder Técnico y en el mismo todas las firmas que lo integren deberán asumir ante AySA y

terceros responsabilidad mancomunada y solidaria, por la calidad, la ejecución y exactitud de la

totalidad de las tareas a ejecutar, por el cumplimiento de todos los aspectos relativos a la

presente contratación. Deberán unificar su Representante Legal, indicando nombre y datos del

mismo y debe ser una persona residente en Argentina. En caso de modificaciones en la

composición de la UT tanto en el documento de constitución propuesto en la oferta como en el

contrato de UT definitivo, se deberá requerir la previa y expresa conformidad de AySA.

h) Expresa declaración del conocimiento y aceptación de las disposiciones de la

documentación de la licitación acompañada de declaración jurada de la veracidad y exactitud de

toda la información aportada.

i) GARANTIA DE OFERTA: La Oferta deberá ser garantizada por una suma de $200.000 a

través de alguno de los medios que se indican a continuación:

• Dinero en efectivo que será depositado en el banco y cuenta detallado:

Banco Comafi - Cta. Cte. 58 – 1

CBU 2990000000000005810002 - Beneficiario: Agua Y Saneamientos Argentinos S.A.

CUIT 30-70956507-5

En caso de optar por esta alternativa el oferente deberá dirigirse al sector Tesorería de AySA S.A., sito en

Tucumán 752, piso 13, de Lunes a Viernes de 10:00 a 12:00 hs. con el fin de solicitar el recibo

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Pliego Inspección de Obra - 25 - AySA

correspondiente que certifique la acreditación del depósito realizado. Dicho recibo se deberá adjuntar al

contenido de la oferta.

• Póliza de Seguro de Caución (con firma certificada por ante Escribano Público) • Fianza Bancaria

Los documentos citados deberán ser emitidos por instituciones de reconocida solvencia, a

criterio exclusivo de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y presentados en original.

La garantía de mantenimiento de oferta será devuelta a todos los Oferentes que no resultaren

adjudicatarios de la presente convocatoria.

j) Antecedentes Generales

Se deberá especificar cronológicamente los trabajos ejecutados por cada firma consultora,

indicando: nombre del trabajo, Comitente, monto (en miles de U$S equivalentes), mes/año de

ejecución, descripción del trabajo y participación de la consultora (ver Anexo II-Formulario Nº

1).

k) Antecedentes en Inspección de Obras

Para cada firma, se deberá especificar cronológicamente: nombre del trabajo, Comitente, monto

(en miles U$S equivalentes), mes/año de ejecución, descripción del trabajo, detallando cuál es

la participación específica de la firma consultora en los trabajos, adjuntando para cada trabajo,

la certificación correspondiente expedida por el Comitente (ver Anexo II-Formulario Nº2).

l) Antecedentes específicos en Inspección de Obras similares a la ofertada

Para cada firma consultora, se deberá especificar cronológicamente: nombre del trabajo,

Comitente, monto (U$S equivalentes), año de ejecución, descripción del trabajo, detallando cuál

es la participación específica de la firma consultora en los trabajos, adjuntando para cada

trabajo, la certificación correspondiente expedida por el Comitente (ver Anexo II-Formulario

Nº3).

m) Declaración jurada detallando nómina de todos los juicios y mediaciones pendientes de

resolución, tanto en materia Civil, Comercial y Laboral, en los que se encuentre demandado o

citado a la fecha de presentación de la Propuesta; así como que no mantiene situaciones de

conflicto laboral con los trabajadores afectados a las tareas a contratar.

n) Declaración jurada manifestando que no se encuentra alcanzado y/o encuadrado en ninguna

de las inhabilidades para contratar con AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. , conforme

modelo adjunto en Anexo II – Formulario N° 4.

o) Certificado Fiscal para Contratar vigente emitido por AFIP ó Constancia de

Tramitación del mismo (emitida por AFIP). En caso de presentar Constancia de Tramitación,

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Pliego Inspección de Obra - 26 - AySA

una vez otorgado el Certificado Fiscal por el organismo referido, este deberá ser presentado a

AySA S.A. como parte de la oferta, previo a la preadjudicación.

p) Documentación autenticada que acredite la personería y/o representación del firmante o

firmantes de la oferta.

q) Declaración Jurada según Ley de Compre Trabajo Argentino según se detalla en el Anexo 2 Formulario 8. r) Declaración Jurada Correo Electrónico según se detalla en el Anexo 2 Formulario 9.

B) Documentos ESPECIFICOS:

Para cada una de las obras para las que se presente Oferta, de manera independiente

e integral para cada una de ellas, y con mención expresa de la obra de la que se trata:

a) Enfoque General y Metodología

Para cada obra ofertada el Oferente deberá exponer su comprensión de los objetivos del trabajo

a ser encomendado, el enfoque a ser brindado a los servicios, en función de las características

de la obra, y la metodología para llevar a cabo las actividades que permitan obtener los

resultados esperados con sus debidas justificaciones para cada una de las etapas de prestación

de los servicios.

b) Plan de Trabajos

Para cada obra el Oferente deberá exponer claramente las actividades principales del trabajo, su

contenido y duración, las fases y relaciones entre sí, las etapas en que las mismas serán

desarrolladas, los informes previstos (cuyo detalle se acompañará en apartado independiente)

con indicación de su frecuencia de realización y oportunidad de entrega. El plan de trabajo

propuesto deberá ser consistente con el enfoque técnico y la metodología, demostrando una

comprensión de los términos de la licitación y traduciéndolos en un plan de trabajo factible.

Junto con este informe se deberá entregar el mismo en archivo digital (consolidado y

actualizado) a través de un software de administración de proyectos.

c) Organización y Dotación de Personal

Para cada obra el Oferente deberá indicar la estructura y organización prevista para el equipo,

con indicación expresa de las dependencias funcionales, y los profesionales asignados a cada

una de las funciones requeridas. Asimismo, y en lógica relación con el Plan de Trabajos, deberá

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Pliego Inspección de Obra - 27 - AySA

indicar la dotación de personal previsto para cada una de las etapas de prestación de los

servicios, con indicación expresa de los días laborables y los horarios de trabajo previstos.

Consecuentemente indicará la logística a ser asignada para el fiel cumplimiento de los objetivos

de la contratación. Se deberá incluir como mínimo:

Organigrama correspondiente a la organización interdisciplinaria prevista en este Pliego para la

ejecución de los trabajos concursados.

Dicho Organigrama ilustrará la totalidad del plantel profesional, técnico y administrativo en sus

distintos niveles y constará de:

• Descripción de la estructura básica, procedimiento de toma de decisiones de la firma o

Agrupación de Empresas y facultades de sus diferentes áreas; descripción de métodos y

procedimientos de operación técnica y administrativa.

• Organización funcional del equipo de profesionales y técnicos que realizarán las Tareas

agrupados por área.

Cronograma detallado de afectación a la tarea de todo el personal propuesto

Los Oferentes deberán garantizar la permanencia y disponibilidad del personal profesional

durante el plazo de los trabajos, precisando en sus propuestas las permanencias o afectaciones

temporales de cada profesional. Se tendrá en cuenta las horas estimadas de permanencia del

personal de Inspección según el tipo de obra.

Curriculum Vitae profesional de cada uno de los profesionales incluidos en la

Propuesta actualizado a la fecha de presentación de la propuesta y debidamente

firmado por el profesional. (ver Anexo II-Formulario Nº 6).

• El personal principal no permanente de la firma deberá presentar un Compromiso firmado

de participación, no pudiendo presentarse en dos empresas o Agrupación de Empresas en

simultáneo.

• La Consultora verificará que cada uno de sus integrantes (directivos, colaboradores,

personal de staff, personal afectado al proyecto), no se hallen comprendidos en las

incompatibilidades planteadas en el presente pliego. El no cumplimiento de esta cláusula recaerá

sobre la consultora desvinculándose el Comitente de todo problema legal al respecto.

• Dado las condiciones de contratación estipulada en el Punto 1.1, el personal propuesto

podrá ser el mismo en cada una de las obras semejantes. En el caso en que AySA adjudique

más de una obra el Oferente deberá presentar personal equivalente cuya aprobación quedará

sujeta a decisión de AySA.

Equipamiento

• Los Oferentes deberán presentar un listado del plantel total de equipos, vehículos,

instrumental, oficinas, laboratorio, y todo aquello que la logística de trabajo considere necesario

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Pliego Inspección de Obra - 28 - AySA

disponer para la completa y adecuada ejecución de los servicios. La asignación prevista debe ser

indicada para cada una de las etapas de trabajo previstas.

d) Productos a entregar:

El Oferente deberá indicar en sus Propuestas para cada obra ofertada, los productos a presentar

durante la prestación de los servicios, con indicación de su contenido, alcance, responsables,

frecuencia de emisión y oportunidad de entrega. Como mínimo deberán presentar informes

mensuales, dentro de los primeros siete (7) días de cada mes, que contemplarán el siguiente

listado enunciativo pero no limitativo de los aspectos a ser cumplidos por el Contratista:

Avance de las Obras: Se deberá detallar el estado de avance de las obras, los posibles

problemas que pudieran presentarse, la relación con la Contratista, etc. Si las circunstancias lo

hicieran necesario podrán agregarse más informes a los mensuales básicos, a fin de mantener

permanentemente informado al Contratante, sobre las novedades importantes durante la

marcha de las obras. Además del estado de avance de las obras se deberá incluir la planificación

de los trabajos, los pronósticos del consultor y los objetivos a alcanzar hasta el final del

siguiente periodo de informe (fin del mes siguiente al del mes sobre el cual se informa). Tanto el

estado de situación como los pronósticos para el período de informe sucesivo deben referirse a

los mismos indicadores (avance en todos los frentes, costos, plazos, programas de gestión de

materiales, de higiene y seguridad, planos y cálculos de los distintos elementos del proyecto de

ejecución y su estado de aprobación, etc.).

Junto con este informe se deberá entregar el mismo en archivo digital (consolidado y

actualizado) a través de un software de administración de proyectos.

Cronogramas de Trabajo / Plan de Inversiones: Cumplimiento de los mismos. Actualización

si corresponde de los mismos en función de modificaciones de obras y/o ampliaciones de plazo

aprobados en el período. Análisis y opinión sobre eventuales desviaciones y si correspondiere

factibilidad de aplicación de multas.

Junto con este informe se deberá entregar el mismo en archivo digital (consolidado y

actualizado) a través de un software de administración de proyectos.

Recursos (mano de obra, equipos y materiales) utilizados por el Contratista durante el período:

Análisis de los mismos / eventual aplicación de medidas correctivas si correspondieren.

Manual de Autocontrol de Calidad: Definir su grado de cumplimiento / Análisis y corrección

de eventuales desviaciones.

Seguridad e Higiene / Plan de Gestión Ambiental: Definir su grado de cumplimiento /

Análisis y corrección de eventuales desviaciones.

Mediciones y Certificaciones de Obra: Mediciones y certificados mensuales de Obras y

Redeterminación de Precios correspondientes al período considerado.

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Pliego Inspección de Obra - 29 - AySA

Documentación Contractual: Seguimiento del contrato. Estado de situación de eventuales

modificaciones (adicionales de obra, cambios en el proyecto, ingeniería de detalle constructiva)

Incorporación de nueva documentación aprobada. Resumen de Partes Diarios y Comunicaciones

correspondientes al mes en curso.

Equipos y Maquinarias en general: Descripción de su estado de situación y cumplimiento de

los Planes de Mantenimiento y Renovación.

Recepción de las Obras: Plan de inspección de pruebas de aceptación, Actas de recepciones

parciales o totales de las obras. Recepción y aprobación de planos conforme a obra.

Varios: Informe sobre todo hecho relevante que haga al normal desarrollo de las obras u otros

requeridos por el Contratante.

En todos los informes la Inspección de Obra deberá describir su personal clave participante y las

tareas realizadas por dicho personal firmados por los mismos.

Al menos mensualmente la Inspección de Obra deberá actualizar los diagramas de avance-

tiempo y los diagramas de barras de todas las obras bajo su Inspección. Al menos

trimestralmente debe incluirse en el informe mensual un análisis de riesgos (peligros y medidas

de mitigación previstas).

Asimismo deberán entregar todo el Software utilizado en la ejecución de las distintas tareas de

la supervisión de las obras, incluidos los utilizados en cursos de capacitación, con las licencias,

manuales, CD de instalación original y la capacitación correspondiente para su uso.

e) Todo otro requisito que surja del cumplimiento de la documentación de la licitación.

Toda la documentación que integre el sobre Nº 1 deberá estar firmada y sellada por el

Representante Legal de la firma Consultora o Agrupación de Empresas.

4.1.4. Sobre Nº 2

El Oferente presentará un Sobre N°2 independiente y cerrado, por cada obra cuyos servicios

de inspección oferte.

La propuesta deberá contener en cada sobre Nº 2 la propuesta económica de acuerdo al

formulario de Oferta que se incluye como ANEXO II – Formulario N° 7 totalizado y

discriminada en las siguientes etapas:

1. Interiorización de la documentación de la licitación de la obra (1 mes).

2. Supervisión de la obra (en función del plazo de la obra).

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Pliego Inspección de Obra - 30 - AySA

3. Tareas en el período de garantía (12 meses posteriores).

Para cada una de tales etapas se detallará:

a) Gastos en personal (detallando remuneraciones mensuales y totales y cargas sociales).

Esta planilla deberá presentar estricta coherencia con el Cronograma de afectación de personal.

b) Otros Gastos, que integrará la totalidad de los gastos que no correspondan a Gastos en

Personal expresados en moneda nacional.

Se deja expresamente establecido que no se reconocerán adicionales por licencias por

enfermedad o por vacaciones así como las horas extraordinarias, todo lo cual se considera

incluido y prorrateado en la cotización del Oferente.

Las Ofertas serán expresadas en Pesos ($) de curso legal en el país.

Toda la documentación que integre el sobre Nº 2 deberá estar firmada por el Representante

Legal de la firma Consultora o Agrupación de Empresas.

5. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS

La oferta deberá entregarse con el total de sus hojas numeradas, selladas y firmadas

por representante legal o apoderado, en sobre cerrado que llevará un rótulo en el que

conste el Número de Licitación Pública Nº 42211/2017 y los datos del oferente, en las

oficinas de la Gerencia de Compras de AySA, sitas en Tucumán 752 - 14° piso, Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, hasta las 12:00 hs. del día 23/11/2017.

AySA sólo considerará las Ofertas presentadas en ese lugar hasta la hora indicada, no

admitiéndose tampoco enmiendas ulteriores a las mismas.

Las ofertas deberán ser presentadas en dos sobres: a) Sobre Nro. 1 y b) Sobre Nro.2.

En la fecha y hora indicada en el llamado de la presente convocatoria, se procederá a la apertura

del Sobre Nº 1 (Oferta Técnica), labrándose un Acta para dejar constancia de las empresas que

se presentaron y de la entrega de los sobres Nro. 2 cerrados. La fecha de la apertura del Sobre

Nº 2 (Oferta Económica) se designará oportunamente luego del análisis de la documentación

técnica presentada. Sólo se abrirán en esta instancia los sobres económicos de las ofertas

precalificadas técnicamente. A los oferentes no precalificados, se les devolverá el Sobre Nro. 2

tal como fuera entregado (CERRADO).

AySA podrá solicitar con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones y/o informaciones

complementarias que no alteren la presentación original ni modifiquen las condiciones del

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Pliego Inspección de Obra - 31 - AySA

presente llamado, ni el principio de igualdad de los Oferentes. No se considerará ninguna

aclaración oral o escrita no solicitada por AySA.

6. PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

El procedimiento adoptado se basa en una evaluación técnica (sobre Nº 1) con consideración de

precios (sobre Nº 2), para cada obra de manera independiente.

Para determinar el puntaje final de cada oferta, se aplicará la siguiente fórmula:

PF = 0,80 x PT + 0,20 x PE

Donde:

PF : Puntaje Final

PT : Puntaje resultante de la Evaluación Técnica

PE : Puntaje resultante de la Evaluación Económica

AySA podrá adjudicar la licitación en caso que eventualmente sólo se presentare una única

propuesta válida para cada obra, si la considerase conveniente para sus intereses.

6.1. EVALUACIÓN TÉCNICA

La evaluación y valorización de los antecedentes contenidos en la documentación presentada por

los Oferentes en el Sobre n° 1 se realizará de manera independiente para cada obra para la que

se presente una propuesta, aplicando los siguientes puntajes:

FACTORES PUNTAJE

A Estructura de la firma Consultora. 10

B Antecedentes generales. 10

C Experiencia en Inspección de obras. 15

D Experiencia específica en Inspección de

obras similares a la ofertada.

20

E Enfoque general, Metodología y Plan de

trabajos.

20

F Organización y Dotación de Personal 20

G Productos a Entregar 5

TOTAL 100

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Pliego Inspección de Obra - 32 - AySA

El valor del factor Pt (Puntaje Técnico) será calculado de acuerdo a la siguiente fórmula:

PT = (Pt / Ptmáx) x 100

Donde:

PT: Puntaje Técnico resultante

Pt: Sumatoria del puntaje evaluado para cada uno de los factores preestablecidos (valor máximo

100 / valor mínimo 70)

Ptmáx: Puntaje de la Oferta que obtenga la sumatoria de máximo valor para la obra analizada

A continuación se describe el procedimiento para cada uno de los factores antes descriptos:

6.1.1. Factor A - Estructura de la firma Consultora

Este factor se valorizará entre 0 y 10 puntos de acuerdo a la siguiente subdivisión:

A1-Facturación anual

(Promedio últimos 3 años), el subfactor A1 tendrá un puntaje máximo de 4 puntos.

Menor de $5.000.000 Excluido

Entre $5.000.000 y $30.000.000 Proporcional entre 0 y 4 puntos

Mayor de $ 30.000.000 4 puntos

En caso de Agrupación de Empresas se considerará la suma ponderada por el grado de

porcentaje de participación de las facturaciones de las firmas integrantes. Todos los montos de

facturación nacionales se actualizarán con el IPC CABA entre la fecha de Balance y la fecha de la

presentación de ofertas, tomándose el índice del mes anterior en cada caso. Si la o las empresas

hubieran tenido trabajos en el exterior los montos de los trabajos se expresaran en la moneda

de origen, y su conversión a moneda nacional se hará al tipo de cambio vigente diez días hábiles

antes de la fecha de apertura, según el tipo de cambio oficial, vendedor, del Banco de la Nación

Argentina.

A2-Personal permanente de la firma Consultora.

Se considerará el personal permanente de la firma o Agrupación de Empresas. El subfactor A2

tendrá un puntaje máximo de 2 puntos.

Menor de 10 personas Excluido

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Pliego Inspección de Obra - 33 - AySA

Entre 10 y 30 personas Proporcional entre 0 y 2 puntos

Mayor de 30 personas 2 puntos

Desplegar “Entre 10 y 30 personas” asignando puntos específicos.

En caso de Agrupación de Empresas se considerará la suma ponderada por el grado de

participación del personal de las firmas integrantes de la Agrupación de Empresas.

A3-Garantía de Calidad

El subfactor A3 tendrá un puntaje máximo de 2 puntos:

No posee 0 puntos

Garantía de calidad certificada 2 puntos

En caso de Agrupación de Empresas se considerara el promedio ponderado del puntaje de cada

firma, en función del % de participación de cada firma en la Agrupación de Empresas.

A4-Antigüedad de la firma Consultora

El subfactor A4 tendrá un puntaje máximo de 2 puntos.

Menos de 5 años Excluido

Entre 5 y 20 años Proporcional entre 0 y 2 puntos

Más de 20 años 2 puntos

Desplegar “Entre 5 y 20 años” asignando puntos específicos.

En caso de Agrupación de Empresas se considerará el promedio de las firmas integrantes de la

Agrupación de Empresas, debiendo tener cada firma no menos de 5 años de antigüedad.

6.1.2. Factor B - Antecedentes generales de la firma Consultora o Agrupación de

Empresas

Este factor se valorizará entre 0 y 10 puntos de acuerdo a la siguiente subdivisión:

Se considerara en este campo los contratos iguales o mayores a $3.000.000 para las firmas

nacionales (actualizados a la fecha con el IPC CABA desde Julio/2012 y períodos anteriores con

el IPC INDEC) en los últimos 20 años. En caso de Agrupación de Empresas se considerará la

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Pliego Inspección de Obra - 34 - AySA

suma de contratos de sus integrantes. Se otorgará 1 punto por cada contrato y serán

considerados hasta 10 contratos como máximo.

6.1.3. Factor C - Experiencia en Inspección de Obras

Este factor se valorizará entre 0 y 15 puntos de acuerdo a la siguiente subdivisión:

Se considerarán contratos de inspección y/o supervisión de obras de magnitud similar y

características similares a las obras propuestas con un valor (actualizados a la fecha con el IPC

CABA para las firmas nacionales) mínimo de cada contrato de $ 3.000.000. En caso de

Agrupación de Empresas se considerará la cantidad acumulada de los integrantes; el socio líder

técnico deberá presentar por lo menos dos contratos de estas características. También en casos

de contratos en ejecución se considerarán sólo aquellos que tengan más del 70% ejecutado.

Se otorgará 1,5 puntos por cada contrato, considerando hasta 10 contratos como máximo

6.1.4. Factor D - Experiencia específica en Inspección de obras similares

Este factor se valorizará entre 0 y 20 puntos de acuerdo a la siguiente subdivisión, y teniendo en

cuenta la obra ofertada:

Para las Obras N°1 a N°4 (Plantas potabilizadoras y de tratamiento):

Se considerarán contratos de inspección y/o supervisión de obras de plantas potabilizadoras o

de tratamiento cloacal, con una capacidad hidráulica superior a 0,25 m3/s.

Para la Obra N° 5 (Estación de Bombeo):

Se considerarán contratos de inspección y/o supervisión de obras hidro-electromecánicas con

capacidad hidráulica del orden de 0,25 m3/s y obras civiles con un volumen de hormigón no

inferior a 2,500 m3.

Para la Obra N° 6: (Río Subterráneo)

Se considerarán contratos de inspección y/o supervisión de obras de conductos realizados en

tuneleria de tipo TBM o similar, en suelos de similares características, de longitudes mayores de

2 Km y diámetros iguales o superiores a 2,5 m

Para la Obra N° 7 (Emisario subfluvial):

Se considerarán contratos de inspección y/o supervisión de obras de conductos subacuáticos de

un diámetro mayor a 1,00 m y una longitud mayor de 1000 m, o de obras marítimas o fluviales,

con contratos de obra superiores a 100 millones de u$s.

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Pliego Inspección de Obra - 35 - AySA

Para todas las obras, en caso de Agrupación de Empresas se considerará la cantidad acumulada

de los integrantes; y deberá presentar por lo menos 2 (dos) contratos de estas características.

También en casos de contratos en ejecución se considerarán sólo aquellos que tengan más de

50% ejecutado.

Se otorgará 4 puntos por cada contrato, considerando hasta 5 contratos como máximo

6.1.5. Factor E – Enfoque general, Metodología y Plan de Trabajos

Este factor se valorizará entre 0 y 20 puntos de acuerdo a la siguiente subdivisión:

- E1- El Enfoque general y la Metodología propuesta tendrá un puntaje máximo de 8

puntos

- E2- El Plan de Trabajos tendrá un puntaje máximo de 10 puntos

- E3- La consistencia técnica de la propuesta y la coherencia del Plan de Trabajos con el

Enfoque general y la Metodología, tendrá un puntaje máximo de 2 puntos.

6.1.6. Factor F- Organización y Dotación de Personal

Este factor se valorizará entre 0 y 20 puntos de acuerdo a la siguiente subdivisión:

- F1-Organización del Equipo Propuesto, tendrá un puntaje máximo de 2 puntos

- F2-Antecedentes del Jefe de Inspección, tendrá un puntaje máximo de 5 puntos

- F3-Antecedentes del Personal Principal (Expertos) Propuesto; tendrá un puntaje máximo

de 8 puntos (las especialidades consideradas como Personal Principal varían según las obras

ofertadas conforme se indica seguidamente)

- F4 Antecedentes del resto del Personal Propuesto (Profesional y Técnico), tendrá un

puntaje máximo de 3 puntos.

- F5 La coherencia de la organización y dotación del personal con respecto al Plan de

Trabajos propuesto, tendrá un puntaje máximo de 2 puntos.

A los fines de la designación del Personal Principal a ser asignado a las tareas objeto del

presente llamado se debe considerar:

F2-Jefe de Inspección: Profesional con amplia experiencia en conducción y coordinación de

equipos multidisciplinarios de Inspección de obras, especialmente en obras de envergadura. Se

requerirá una experiencia mínima de 15 años, con 5 años de experiencia especifica. Con buen

dominio oral y escrito del idioma español.

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Pliego Inspección de Obra - 36 - AySA

El Jefe de Inspección debe tener dedicación full time al trabajo y fijar residencia en el área del

AMBA. Su ausencia sin aprobación del Comitente se considerara causal de recisión del Contrato

de Inspección.

Experto requerido para todas las Obras (N°1 a 8)

F3-Experto en Obras Electromecánicas: Profesional con amplia experiencia en obras

electromecánicas, especialmente en obras de saneamiento. Se requerirá una experiencia general

mínima de 15 años, con 5 años de experiencia especifica. Con buen dominio oral y escrito del

idioma español.

Experto requerido para las Obras N°1 a 6 y 8.

F3-Experto en Estructuras de Hormigón: Profesional con amplia experiencia en obras en

estructuras de hormigón de envergadura. Se requerirá una experiencia general mínima de 15

años, con 5 años de experiencia especifica. Con buen dominio oral y escrito del idioma español.

Experto requerido para todas las Obras (N°1 a 8)

F3-Experto en Obras Hidráulicas: Profesional con amplia experiencia en grandes obras

hidráulicas y de saneamiento. Se requerirá una experiencia general mínima de 15 años, con 5

años de experiencia especifica. Con buen dominio oral y escrito del idioma español.

Experto requerido para todas las Obras (N°1 a 8)

F3-Experto en Obras Marítimas o Fluviales: Profesional con amplia experiencia en grandes obras

marítimas o fluviales. Se requerirá una experiencia general mínima de 15 años, con 5 años de

experiencia especifica. Con buen dominio oral y escrito del idioma español.

Experto requerido para la Obra N° 7

F3-Experto en Obras de Tunelería: Profesional con amplia experiencia en grandes obras de

tuneleria, en particular para obras hidráulicas y de saneamiento. Se requerirá una experiencia

general mínima de 15 años, con 5 años de experiencia especifica. Con buen dominio oral y

escrito del idioma español.

Experto requerido para las Obras N° 6, 7 y 8.

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Pliego Inspección de Obra - 37 - AySA

F3-Experto en Geotecnia: Profesional con amplia experiencia en mecánica de suelos aplicada a

grandes obras en particular con suelos cohesivos y no cohesivos. Se requerirá una experiencia

general mínima de 15 años. Con buen dominio oral y escrito del idioma español.

Experto requerido para todas las obras (N°1 a 8)

F3-Experto en Obras Eléctricas: Profesional con amplia experiencia en grandes obras. Se

requerirá una experiencia general mínima de 15 años. Con buen dominio oral y escrito del

idioma español.

Experto requerido para las Obras N° 1 a 6 y 8.

F3-Experto Ambiental: Profesional experto en medio ambiente con experiencia en grandes

obras, en la concepción y control de planes de movimiento de grandes volúmenes de materiales,

elementos de hormigón armado y equipos de envergadura. Se requerirá una experiencia general

mínima de 15 años y una específica de 5 años. Con buen dominio oral y escrito del idioma

español.

Experto requerido para todas las obras (N°1 a 8)

F3-Experto en Seguridad e Higiene: Profesional experto en seguimiento y control de planes de

seguridad e higiene, en obras urbanas, o de gran envergadura (mayores de 100 milones de U$s

en contratos de obra). Se requerirá una experiencia general mínima de 15 años. Con buen

dominio oral y escrito del idioma español.

Experto requerido para todas las obras (N°1 a 8)

F3-Experto en Contrataciones: Profesional experto en el análisis elaboración y seguimiento de

contratos en obras de envergadura. Se requerirá una experiencia general mínima de 15 años.

Con buen dominio oral y escrito del idioma español

Experto requerido para todas las obras (N°1 a 8)

Se deja expresamente establecido que en caso de observarse que el mismo experto

(individualmente considerado) fuere presentado por otro Oferente para la presente licitación,

dicho profesional será calificado con cero (0) puntos para todos los Oferentes que lo hayan

presentado en su Oferta.

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Pliego Inspección de Obra - 38 - AySA

6.1.7. Factor G- Productos a Entregar

Este factor se valorizará entre 0 y 5 puntos, evaluándose la coherencia con el Plan de Trabajos y

la Metodología

Evaluación Técnica (Sobre N° 1) - Calificación:

Serán calificados como “Aprobados”, aquellas ofertas que obtengan un puntaje igual o mayor a

70 puntos.

1) Se descartaran las firmas o Agrupación de Empresas que no superen un puntaje total de

70 puntos.

2) Se descartaran aquellas ofertas que no superen el 60% de los puntos en cualquiera de

los siete factores arriba detallados.

Previo a la apertura de los Sobres Nº 2 se comunicará el puntaje de la Evaluación Técnica a los

Oferentes presentados mediante su publicación en la página WEB de AySA, informando a su vez

la fecha de apertura de los Sobres N° 2.-

6.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA

La evaluación económica se realizará de manera independiente para cada obra para la que se

presente una propuesta.

AYSA determinará si las propuestas económicas son válidas, debiendo para ello estar

completas, y adecuarse razonablemente a la propuesta técnica presentada.

A cada propuesta económica válida, se le otorgará un puntaje de acuerdo a la siguiente fórmula:

PE = [Prom Pe (sin extremos) / Pe] x 100

Donde:

PE = Puntaje Económico resultante

Prom Pe (sin extremos): Valor calculado como la sumatoria de todas las propuestas económicas

evaluadas para la obra analizada, descontando la de mínimo y máximo valor, y dividido por el

número total de propuestas económicas evaluadas.

Pe: Valor económico de la Propuesta

El puntaje máximo posible en cualquier caso será 100.

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Pliego Inspección de Obra - 39 - AySA

6.3. EVALUACIÓN FINAL Y PREADJUDICACION

Una vez realizada la Evaluación Técnica y Económica de las Ofertas admisibles para cada obra,

se determinara el puntaje final mediante la ecuación (PF = 0,80 x PT + 0,20 x PE), dicho

puntaje será comunicado para cada obra a los participantes que hayan ofertado.

AySA adjudicara en principio, una única obra a cada oferente, siendo el adjudicatario

correspondiente el que haya obtenido el mejor puntaje para dicha obra. Sera exclusiva decisión

de AySA adjudicar, si fuera de su interés, mas de una obra a un oferente y así lo considerara

necesario.

6.4. PREADJUDICACION

La preadjudicación quedará formalizada con la notificación a todos los Oferentes seleccionados y

mediante publicación en la página web, el que estará obligado al cumplimiento de las

condiciones fijadas en la documentación de la licitación y en la respectiva Oferta.

AySA se reserva el derecho de rechazar todas y cada una de las Ofertas si a su exclusivo juicio

lo considera conveniente y sin justificación de motivo no dando lugar tal hecho a indemnización

alguna.

Las decisiones AySA con respecto a la selección, preadjudicación y adjudicación serán

inapelables.

7. VISTA DE LAS OFERTAS

Los oferentes podrán tomar vista de las Ofertas. La misma se debe solicitar por escrito dentro de

los 3 días hábiles de efectuada la Apertura Técnica, en la Gerencia de Compras sita en Tucumán

752, piso 14, en el horario de 9.30 a 16:00 horas. Sólo podrán tomar vista los apoderados y

representantes de los oferentes, debidamente acreditados. No podrán efectuarse copias de las

Ofertas.

8. MANTENIMIENTO DE OFERTA

Los oferentes estarán obligados a mantener sus propuestas durante el plazo de 120 días

contados a partir de la fecha de su presentación.

El plazo de mantenimiento de las propuestas, se renovará automáticamente hasta el

momento de la adjudicación, a menos que los oferentes se retracten por escrito, con

una anticipación de quince (15) días al vencimiento de dicho plazo.

9. IMPUGNACIONES

Las mismas deberán ser presentadas por escrito dentro de los 3 días hábiles de conocido el

hecho, previo depósito en cuenta bancaria de AySA de un importe equivalente al 1% del

presupuesto oficial de supervisión de la obra en cuestión, requisito ineludible para el análisis y

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Pliego Inspección de Obra - 40 - AySA

resolución de la misma; caso contrario la impugnación se tendrá por inválida y le será devuelta

al presentante.

10. CONTRATACIÓN

10.1. REVOCACIÓN DE LA PREADJUDICACIÓN

Si dentro de un plazo de 10 (diez) días hábiles de la correspondiente notificación de Adjudicacion

al oferente no estuviere en condiciones de suscribir la Orden de Compra o no concurriere al acto

de firma del mismo o no aceptase suscribirlo, AySA podrá sin intimación previa revocar la

adjudicacion.

Tal decisión no dará derecho a reclamo alguno.

Operado el vencimiento de la fecha establecida como límite para la firma del Contrato sin

haberse constituido la garantía de cumplimiento del Contrato indicada, AySA podrá revocar la

preadjudicación y ejecutar la garantía de la Oferta.

10.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El Proveedor deberá constituir una garantía de fiel cumplimiento, equivalente al 5 % del monto

de la Orden de Compra, mediante un seguro de caución (con firma certificada por ante

Escribano Público y Colegio de Escribanos), a entera satisfacción de Agua y Saneamientos

Argentinos S.A., como condición previa e inexcusable para la entrada en vigencia de la Orden de

Compra.

Esta garantía será restituida cuando se hubiere producido la recepción definitiva del suministro y

se hubieren verificado el cumplimiento a satisfacción de Agua y Saneamientos Argentinos S.A.

de todas las obligaciones contractuales asumidas por el Proveedor, y/o la cancelación de los

montos que por daños y perjuicios, penalidades y/o cualquier otro concepto le hubieren sido

impuestos al proveedor, y/o Agua y Saneamientos Argentinos S.A. por las obligaciones asumidas

por la presente.

La presentación de la Garantía de Fiel Cumplimiento se deberá efectuar dentro de los 10 (Diez)

días de recibida la notificación correspondiente.

11. DOCUMENTOS INTEGRANTES DE LA ORDEN DE COMPRA

Formarán parte de la Orden de Compra, las aclaraciones efectuadas al Pliego de Condiciones

Particulares, el presente Pliego de Condiciones Particulares, la Oferta aceptada, las

comunicaciones de AySA preadjudicando la licitación, el Pliego de Bases y Condiciones Generales

para la Contratación de Servicios, y las Condiciones Generales de la Orden de Compra.

En caso de discrepancia o diferencia entre los mismos, las partes integrantes de la Orden de

Compra serán interpretadas en el orden consignado.

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Pliego Inspección de Obra - 41 - AySA

12. ORDEN DE INICIO DE LOS TRABAJOS

La Orden de Inicio de los trabajos se fijará en función de la fecha de inicio de la obra a

inspeccionar, y se notificará con 30 días de anticipación.

VIGENCIA DE LA ORDEN DE COMPRA

La orden de compra se considerará en vigencia a partir de la presentación de la

Garantía de Fiel Cumplimiento y otorgamiento de la Orden de Inicio. Las reservas

que el Proveedor pudiera oponer a la Orden de Compra, deberán ser interpuestas

dentro de las 24 horas de haber recepcionado la notificación fehaciente de la

adjudicación de la misma. La aceptación por parte del Proveedor implica su renuncia

a cualquier condición general y/o particular de venta del mismo y,

consecuentemente, dichas condiciones no podrán ser invocadas como de aplicación

en la Orden de Compra. Cualquier variante, aun cuando hubiere sido pactada

verbalmente, será nula hasta que no haya sido instrumentada mediante la

correspondiente revisión de Orden de Compra. Agua y Saneamientos Argentinos S.A.

se reserva el derecho de anular la Orden de Compra y hacer efectiva la Garantía de

Mantenimiento de la Oferta en caso que el proveedor no cumpliere con los plazos y

condiciones establecidos que le fueran notificados para dar entrada en vigencia de la

correspondiente Orden de Compra.

13. CESIÓN DEL CONTRATO

La Inspección de Obra no podrá ceder total ni parcialmente el Contrato, ni obligaciones,

responsabilidades, beneficios o derechos algunos emergentes de aquel, sin el consentimiento

previo de AySA, dado por escrito.

Mantenimiento de la conformación de la Consultora

La Contratista deberá mantener su individualidad o Agrupación de Empresas, no permitiéndose

cualquier asociación posterior de las mismas entre sí o con otras firmas no participantes en la

licitación, sin previo consentimiento de AYSA.

Asimismo y en el caso de haberse producido modificaciones en la Inspección de Obra, en su

capacidad o en cualquiera de los aspectos técnicos, económicos y/o financieros con relación a la

presentación realizada, deberá presentar la documentación pertinente y en tal caso el AySA se

reserva el derecho de aceptar las modificaciones efectuadas, o de rechazar las mismas, siendo

esto causa suficiente de rescisión de la Orden de Compra.

14. ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD

El Prestador deberá guardar la más rigurosa confidencialidad frente a terceros respecto de toda

la información y documentación relacionada con los servicios contratados y con su ejecución,

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Pliego Inspección de Obra - 42 - AySA

teniendo en cuenta que se trata de servicios que AySA lleva adelante en su carácter de

concesionaria de un servicio público del Estado Nacional, por lo que no podrá dar a conocer la

misma sin autorización previa y por escrito de AySA. También deberá requerir dicha autorización

previa para todo tipo de publicidad que realice de los servicios.

15. RELACION CONTRACTUAL

AySA designará a un profesional de su equipo, con autoridad suficiente para actuar en su

nombre, a los fines de gerenciar la relación contractual entre las Partes y el correspondiente

contrato de construcción, quien en adelante se denominará “Representante AySA”.

La Consultora tendrá relación con el Representante AySA por medio de Órdenes de Servicio y

Notas de Pedido, para todo aquello referente a la ejecución de los trabajos objeto del presente,

así como en lo referente a los contratos de las obras a las que se apliquen los servicios

descriptos en este documento.

16. PERSONAL DE LA CONTRATISTA

16.1 Reemplazo de Personal

La Inspección de Obra podrá proponer la sustitución parcial del personal consignado en la

propuesta, cuando se acrediten suficientes razones sobrevinientes y no se afectare la calidad

prevista de los servicios y los reemplazantes tuvieren antecedentes y capacidad equivalentes.

AySA se pronunciará con respecto a la sustitución, siendo su decisión inapelable.

AySA podrá exigir la sustitución o alejamiento de cualquiera de los integrantes del equipo de

personal cuando existan motivos suficientes que así lo aconsejen. Todos los gastos emergentes

de esta situación estarán a cargo de la Inspección de Obra. Considerando que para la

adjudicación, se tiene en cuenta entre otros, la idoneidad de los profesionales presentados, los

trabajos deberán ser llevados a cabo por aquellos que figuren en la propuesta de la Inspección

de Obra y si así no ocurriera, AySA podrá rescindir el Contrato.

16.2 Remuneraciones del Personal

La Inspección de Obra será responsable del pago de todas las remuneraciones, aportes, seguros,

indemnizaciones de todo el personal afectado a los servicios, como así también del cumplimiento

de las leyes y convenciones de trabajo, las obligaciones previsionales, los aportes a los Colegios

de Ingenieros y todo cuanto sea legalmente aplicable a los servicios encomendados.

La Consultora, su personal, empleados permanentes o contratados, respetarán las leyes,

reglamentaciones y decretos nacionales, provinciales y ordenanzas municipales en vigencia en la

República Argentina, durante el término de duración del contrato, incluso las reglamentaciones y

ordenanzas de cualquier actividad local o de otra legalmente constituida, que pudieran ser

aplicables a la ejecución del contrato y las normas y reglamentaciones de todas las instituciones

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Pliego Inspección de Obra - 43 - AySA

públicas y privadas, cuyas propiedades o derechos resultasen o pudiesen resultar afectadas en

cualquier forma por la realización de las tareas.

16.3 Incompatibilidades del Personal Profesional

Los profesionales intervinientes en las Ofertas no deberán tener relación de dependencia con:

Organismos Nacionales, Provinciales y/o Municipales de la República Argentina.

Tendrán incompatibilidad para intervenir individualmente en la dirección, ejecución y/o

asesoramiento de las tareas motivo de la presente licitación, aquellas personas que desempeñen

cargos permanentes en la Administración Nacional, Provincial o Municipal de la República

Argentina.

La incompatibilidad no alcanzará al desempeño de tareas docentes.

17. SEGUROS

El Prestador deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones

de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AySA en la materia a

la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior.

Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas

en la República Argentina y a satisfacción de AySA.

Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no

fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán

ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática.

El día de inicio de los servicios o de la relación contractual, el Prestador deberá presentar a AySA

las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma

total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la

compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así

también las sumas aseguradas. Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer

certificado o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas.

El representante por parte de AySA no aprobará los certificados en el supuesto que el Prestador

no haya presentado las pólizas correspondientes.

Será obligación del Prestador notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros

requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo

con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Prestador será responsable por todas las

pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier

índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos

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Pliego Inspección de Obra - 44 - AySA

de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por

cualquier otro motivo.

El régimen de seguros impuesto por AySA al Prestador, no limita ninguna responsabilidad,

contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AySA. En

consecuencia el Prestador se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que

sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas

mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas

solicitadas.

En todos los supuestos, AySA no será responsable por suma alguna que el Prestador se viera

obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen

de seguros.

Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:

a) No podrán ser modificadas o anuladas sin autorización de AySA.

b) La compañía aseguradora deberá comprometerse a notificar a AySA cualquier omisión de

pago y otro hecho de cualquier naturaleza en que incurriere el asegurado principal y que resulte

causal de suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión del contrato o pérdida de

vigencia de la póliza en forma total o parcial, con una antelación mínima de quince (15) días

respecto de la fecha en que dicha omisión pudiere determinar las consecuencias apuntadas.

Mientras no se cumpla lo indicado precedentemente, no se producirá la suspensión de cobertura,

caducidad, rescisión o pérdida de vigencia de la póliza, en forma total o parcial, hasta tanto

transcurra el plazo fijado a partir de la fecha de la notificación a AySA.

AySA se reserva el derecho de recabar información ante las compañías aseguradoras, respecto

de las condiciones de contratación de los seguros, así como las vigencias y estados de deuda.

El régimen de seguros detallado implica la contratación de seguros por expresa disposición de

AySA y aquellos que son de cumplimiento obligatorio por leyes o decretos. En caso que durante

la vigencia del Contrato se establezca la obligatoriedad de contratación de algún otro seguro, o

modificación de los convenios colectivos de trabajo y otros no indicados a la fecha de

formalización del contrato, el Prestador deberá considerar incorporado ese requisito legal al

régimen de seguros de AySA, regularizando su situación dentro de los 30 (treinta) días de

exigibilidad legal que originó el nuevo seguro o la modificación.

Si el Prestador dejase de contratar a su costo y mantener en vigencia los seguros previstos, o

cualquier otra cobertura que le pudiere ser exigida, AySA podrá en tales casos contratar y

mantener en vigencia dichos seguros, pagar los premios necesarios para estos fines, deduciendo

oportunamente los montos abonados de las sumas devengadas o a devengar a favor del

Prestador, o bien recuperar los mismos como deuda del mismo. También podrá AySA ejecutar la

rescisión del Contrato por causa de este incumplimiento.

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Pliego Inspección de Obra - 45 - AySA

No se admitirá en ningún caso el autoseguro.

Pólizas a Contratar

El Prestador deberá cumplir como mínimo con los diversos tipos de seguros que se detallan a

continuación:

De AUTOMOTORES:

Para los automóviles que utilice este seguro debe cubrir la Responsabilidad Civil Ilimitada hacia

terceras personas transportadas y no transportadas y daños a bienes de terceros, incluyendo la

responsabilidad por la carga transportada. Adicionalmente, deberá presentar recibo total de

pago o constancia de libre deuda emitido por la Aseguradora

DE ACCIDENTES DE TRABAJO - LEY 24557:

El Prestador, previo a la iniciación de los servicios, deberá presentar la póliza y/o el

comprobante de afiliación correspondiente en alguna de las ART/Cías de Seguro, aceptadas por

AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. a su entera satisfacción, o autorización

correspondiente para operar como Cía. autoasegurada; como así también los comprobantes que

certifiquen el pago de dicha póliza, caso contrario AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. no

aprobará certificado alguno hasta tanto le diere cumplimiento. Por otra parte adjunto a cada

Factura, el Prestador deberá presentar copias certificadas, o en su defecto copias con exhibición

de los originales, de los comprobantes de depósitos de los premios correspondientes al mes en

curso y el listado de personal amparado.

Asimismo deberán incorporar a la póliza, la siguiente cláusula adicional:

“... ART renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra AGUA

y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., sus funcionarios, empleados y obreros, bien sea con

fundamento en el art. 39.5 de la Ley 24.557 o cualquier otra norma jurídica, con motivo de las

prestaciones en especie o dineraria que se vea obligada a otorgar o abonar al personal

dependiente o ex dependiente de (empresa Prestador) alcanzados por la cobertura de la

presente póliza, por accidentes en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del

trabajador y el lugar de trabajo.

De ACCIDENTES PERSONALES:

“El Prestador”, por el personal que contrate sin relación de dependencia, previo a la iniciación de

los servicios deberá presentar, para cada uno de ellos, póliza a Accidentes Personales, con

cobertura completa, por un monto de $1.500.000.-. Adicionalmente deberá presentar recibo de

pago total o constancia de libre deuda emitido por la Aseguradora. Beneficiario AySA S.A. sin

condicionamientos.

RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL (E&O),

Con una cobertura mínima de $ 5.000.000.

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Pliego Inspección de Obra - 46 - AySA

18. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO

18.1 Anticipo

Se realizará un primer Certificado de Pago (identificado como N° 0) por un anticipo del 10%

(diez por ciento) del monto total del contrato, el cual se presentará para aprobación del

Representante de AySA dentro de los 10 (diez) días de la firma de la Orden de Inicio del

contrato de supervisión.

Con dicho Certificado deberá presentar una garantía a satisfacción de AySA por igual importe, en

la forma y condiciones establecidas en las Condiciones Generales de la Orden de Compra (Anexo

V), la que será liberada parcialmente en forma proporcional a los porcentajes de devolución de

cada uno de los Certificados de Pago posteriores.

El pago de cada Certificado N°0 (Anticipo) se efectuará dentro del plazo de 30 (treinta) días de

presentada y aprobada la factura en forma.

Certificación

La Consultora presentará para aprobación del Representante de AySA, dentro de los primeros 10

(diez) días de cada mes, un Certificado de pago con el monto correspondiente al mes anterior.

De cada Certificado se deducirá el 10% (diez por ciento) de su monto, en concepto de reintegro

del anticipo para ir cancelando el mismo.

Junto con cada Certificado la Consultora deberá anexar el Informe Mensual de actividades y los

Informes de los trabajos correspondientes a las etapas programadas.

Los Certificados de Pago se presentan por cuadruplicado con firmas originales en cada uno de

los ejemplares, numerados cronológica y consecutivamente.

En forma conjunta y como requisito para su aprobación, deberá presentar por el período

correspondiente al mes anterior al que se certifica, la documentación que se indica

seguidamente, la que se denomina Anexo B:

1) Bajo declaración jurada de veracidad, un listado del personal que haya trabajado durante el período de tiempo correspondiente al certificado anterior y que contendrá:

o nombre y apellido. o número de C.U.I.L. ó C.U.I.T. o remuneración abonada o total de las remuneraciones y retenciones del personal o total discriminado de los aportes al sistema de seguridad social, en los casos que así corresponda.

2) Respecto al mismo personal y por el período indicado:

o constancia de pago de las remuneraciones (fotocopia del recibo de sueldo firmada por el beneficiario o copia de la factura por honorarios firmada por el beneficiario);

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Pliego Inspección de Obra - 47 - AySA

o copia firmada de los comprobantes de pago mensuales al sistema de seguridad social, en los casos que así corresponda, o copia de los pagos de monotributo o de la inscripción como responsable inscripto según corresponda incluyendo constancia de pagos al día. o copia del recibo de pago de los seguros requeridos en este pliego (accidentes de trabajo, accidente personales, responsabilidad civil, automotores, etc.); o constancia emitida por la aseguradora del personal amparado por el seguro de accidentes de trabajo durante el período; o constancia bancaria de que El Prestador y, en su caso el sub-Contratista autorizado, es titular de una cuenta corriente.”

Se considerarán como no recibidos por parte de AySA todos aquellos Certificados de Pago (a

excepción del previsto para el Anticipo) que no cumplimentaran cualesquiera de los puntos

anteriormente citados y consecuentemente no se dará curso a su pago hasta que sean

presentados observando la totalidad de lo requerido.

18.2 Montos a ser Certificados

El pago de los servicios se hará en cuotas mensuales consecutivas, de acuerdo al siguiente

detalle:

• Los trabajos de Interiorización de la Documentación previstos en el primer mes, en una

sola cuota, a certificar dentro de los 5 días hábiles posteriores a la presentación del Informe

Inicial.

• La supervisión de las obras, en cuotas consecutivas, a partir del 2º mes de iniciados los

trabajos, conforme al siguiente esquema:

a) Por un plazo equivalente al 20% del plazo de ejecución previsto para la obra a ser

inspeccionada, la cuota se calculará como el total valorizado para la etapa de supervisión

dividido el plazo total de ejecución afectado del 60%. Nota: en el cálculo del 20% la cantidad de

meses resultantes se redondeará a la unidad.

b) Por el resto de la etapa, el total valorizado remanente dividido en cuotas iguales.

• Las tareas durante el período de garantía, en 12 cuotas iguales y consecutivas, a partir

del mes posterior a la Recepción Provisoria de los trabajos.

En el caso de extenderse el plazo de obra, la Consultora continuara certificando los trabajos

manteniendo el valor mensual establecido hasta la recepción provisoria.

El pago de cada Certificado aprobado se efectuará dentro del plazo de 60 (sesenta) días de

presentada la factura en forma.

Todo los pagos de AySA serán a la orden de la Consultora y en el lugar y modo como se

establecen en el modelo de Orden de Compra.

18.3 Actualización de Precios

De corresponder el 90% del precio del Contrato se actualizarán conforme la variación del Índice

de Salarios del Sector Privado – Registrado publicado por el INDEC, tomando como base el

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Pliego Inspección de Obra - 48 - AySA

Índice correspondiente al mes anterior de la presentación de la Oferta. El 10% se mantendrá

fijo.

La primera actualización se hará cuando el índice Base haya tenido un incremento igual o

superior al diez por ciento (10%), la sucesiva, cuando el nuevo índice haya sufrido el mismo

incremento porcentual indicado y asi sucesivamente.

18.4 Mora en la Presentación de las Garantías

En caso de mora por parte de la Contratista en la presentación de cualquier garantía que sea

requisito previo al pago, éste se postergará por un lapso igual al de la mora. Esta disposición

será de aplicación por el mero transcurso del tiempo sin necesidad de cursar a la Contratista

ninguna clase de comunicación.

19. RÉGIMEN DE MULTAS

En el caso de atrasos en el cumplimiento de los compromisos asumidos en los Documentos

Específicos de la oferta aprobados por AySA, la Contratista incurrirá de pleno derecho, en una

multa de hasta el 2 (dos) por diez mil del monto del contrato, por cada día de retraso, que AySA

a su solo juicio, graduará de acuerdo a la importancia del incumplimiento y a los motivos que lo

ocasionaran. Las Condiciones Generales de la Orden de Compra fijan el tope para las multas.

El importe de las multas se descontará del primer certificado que deba extenderse a favor del

Contratista después de la aplicación de la multa.

20. RESCISIÓN DEL CONTRATO

Sin perjuicio de lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la

Contratación de Servicios, Parte III Condiciones Generales, Capítulo XI Sanciones y Rescisión del

Contrato, Punto 52, AySA se reserva el derecho a rescindir la Orden de Compra, en cualquier

momento y sin que hubiere causal alguna para ello. En tal caso, notificará fehacientemente al

Proveedor con una antelación mínima de 60 días respecto de la fecha en que se diere por

finalizado el mismo. Tal circunstancia no dará derecho al Proveedor a percibir ulteriores

compensaciones y/o resarcimientos y/o retribuciones y/o indemnizaciones, fuera del estricto

reembolso que le correspondiere por el servicio prestado hasta la fecha de la rescisión.

21. IMPUESTO DE SELLOS

El impuesto de sellos se rige por la ley del lugar en que se ejecute el servicio. Conforme dispone

las Condiciones Generales de Compra el mismo será afrontado en un 100% por el adjudicatario.

El pago de este impuesto será efectuado por AySA, que descontará el importe correspondiente

del primer pago que por cualquier concepto realice al adjudicatario.

22. DOMICILIOS

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Pliego Inspección de Obra - 49 - AySA

Toda notificación entre las partes deberá ser por escrito y podrá ser efectuada personalmente

dejándose constancia en copia de las mismas. Toda notificación será efectiva a partir del

momento de su recepción. Las notificaciones serán enviadas a domicilios que denuncien las

partes en oportunidad de la firma del contrato y que posteriormente podrán modificar siempre

dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y donde se tendrán por válidas las notificaciones

aún en ausencia de quien la constituyó.

23. PLIEGO DE CONDICIONES DE LA LICITACION

El Pliego de Condiciones de la presente Licitación (integrado por las Condiciones Particulares y

sus Anexos I, II y III como Documento 1, la Planilla de Cotización como Documento 2, el Pliego

de Bases y condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios como Documento

3, las Condiciones Generales de la Orden de Compra como Documento 4,”) podrá ser obtenido

de manera gratuita únicamente de la página Web de AySA S.A. (www.aysa.com.ar)

24. ACLARACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA

CONCURSO DE PRECIOS PARA CONTRATACION Y EJECUCION DE SERVICIOS

Se deja constancia que los siguientes puntos correspondientes al pliego de referencia, no aplican

en la presente contratación:

• Capítulo I: La Oferta

Ptos. 13 (Garantía de la Oferta); 15 (Elementos Constitutivos de la Propuesta) y 15 (Forma de la

Propuesta).

• Capítulo II: Evaluación de las Ofertas.

Pto 18 (Adjudicación de los Servicios).

• Capítulo VI: Obligaciones del Prestador.

Ptos. 33 (Seguros); 34 (Accidentes); 35 (Cumplimiento de Leyes y Normas Reglamentarias); 36

(Deber del Prestador de Actuar durante Emergencias); 37 (Notificacion de Substancias

Peligrosas) y 38 (Trabajos a Ejecutar en Via Publica o en Terrenos bajo Otras Jurisdicciones)

• Capítulo VII: Plazos

Ptos. 39 (Orden de Inicio de los Servicios); 40 (Inicio de los Servicios) y 41 (Prorroga del Plazo

de Terminación).

• Capítulo VIII: Certificaciones y Pagos

Pto. 42 (Certificaciones); 43 (Aprobación de los Certificados); 44 (Facturacion de los trabajos

efectuados); 45 (Requisitos para los pagos); y 47 (Fondo de Responsabilidad).

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Pliego Inspección de Obra - 50 - AySA

ANEXO I

Listado de las Obras a Supervisar, y Presupuesto Oficial para los trabajos de

supervisión encomendados en el presente pliego.

1. Planta Tratamiento Cloacal El Jagüel $ 52.155.000

2. Planta Tratamiento Cloacal Norte $ 54.215.000

3. Planta Tratamiento Cloacal Laferrere $ 55.520.000

4. Planta Potabilizadora Belgrano $ 58.615.000

5. Estación de Bombeo Emisario Berazategui $ 35.485.000

6. Río Subterráneo Sur – Tramo I $ 109.980.000

7. Emisario subfluvial Berazategui $ 111.625.000

8. Río Subterráneo Sur – Tramo II $ 109.980.000

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Pliego Inspección de Obra

ANEXO II

Formulario Nº 1 – ANTECEDENTES GENERALES

NOMBRE DEL TRABAJO COMITENTE MONTO miles de

U$S

MES/AÑO DE EJECUCIÓN

DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO

PARTICIPACIÓN DE LA

CONSULTORA %

Ficha Descriptiva Anexa Nro.

inicio Fin

Nota: Los montos indicados, cuando no correspondieran a dólares norteamericanos en origen, se convertirán a esta moneda según el tipo de

cambio vigente al momento de firma del Contrato respectivo, y su conversión a moneda nacional con el tipo de cambio vigente diez días hábiles

antes de la fecha de apertura, según el tipo de cambio oficial, vendedor, del Banco de la Nación Argentina.

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Pliego Inspección de Obra - 52 - AySA

ANEXO II

Formulario Nº 2 ANTECEDENTES EN INSPECCION DE OBRA

NOMBRE DEL TRABAJO

COMITENTE

MONTO Miles de

U$S

MES/AÑO DE EJECUCION

DESCRIPCION DEL

TRABAJO

PARTICIPACION DE LA

CONSULTORA

Ficha Descriptiva Anexa Nro.

inicio Fin %

Nota: Los montos indicados, cuando no correspondieran a dólares norteamericanos en origen, se convertirán a esta moneda según el tipo de

cambio vigente al momento de firma del Contrato respectivo, y su conversión a moneda nacional con el tipo de cambio vigente diez días hábiles

antes de la fecha de apertura, según el tipo de cambio oficial, vendedor, del Banco de la Nación Argentina.

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Pliego Inspección de Obra - 53 - AySA

ANEXO II

Formulario Nº 3 ANTEDECENTES ESPECÍFICOS EN INSPECCION DE OBRA SIMILARES A LA OFERTADA

NOMBRE DEL TRABAJO

COMITENTE

MONTO Miles de

U$S

MES/AÑO DE EJECUCION

DESCRIPCION DEL TRABAJO

PARTICIPACION DE LA

CONSULTORA

OBRA OFERTADA

Ficha Descriptiva Anexa Nro.

inicio Fin %

Nota 1: En la columna “OBRA OFERTADA”, se indicarán las obras (N°) para las cuales se considerarán los antecedentes específicos.

Nota 2: Los montos indicados, cuando no correspondieran a dólares norteamericanos en origen, se convertirán a esta moneda según el tipo de

cambio vigente al momento de firma del Contrato respectivo y su conversión a moneda nacional con el tipo de cambio vigente diez días hábiles

antes de la fecha de apertura, según el tipo de cambio oficial, vendedor, del Banco de la Nación Argentina.

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Pliego Inspección de Obras – Términos de Referencia 54 AySA

ANEXO II

FORMULARIO Nº 4 – DECLARACION JURADA INHABILIDADES

A LA EMPRESA

AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

El) Los) Señor (es)………………………………………………………………….

En representación de ……………………………………………………………..

Con domicilio en ……………………………………………………………………..

DECLARAN BAJO JURAMENTO que la empresa que representan y sus directores no se

encuentran alcanzados y/o encuadrados en o por ninguna de las inhabilidades para contratar

con AySA detalladas en el Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones Generales para la

Contratación de Servicios.

Lugar y Fecha:

Empresa:

Firma:

Aclaración:

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras 55 AySA

ANEXO II

FORMULARIO Nº 6 - MODELO DE CURRICULUM VITAE

El curriculum vitae deberá prepararse de acuerdo al siguiente modelo

(Nombres y Apellido)

Datos Personales: (Indicar nacionalidad, día, año y lugar de nacimiento).

Formación Profesional: (Indicar estudios universitarios y/o técnicos cursados, título,

universidad y año de egresado).

(Indicar además títulos de postgrado, cursos, seminarios, etc.: ídem anterior).

Actuación Profesional: (Trabajos realizados desde el presente hacia el pasado, indicando

nombre del trabajo, Comitente, fecha y cargo ocupado).

Actuación docente: (Indicar universidad, materia, cargo, etc.).

Publicaciones y/o conferencias: (Detallar).

Idiomas: (Indicar cuáles y si habla, lee o escribe).

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras 56 AySA

ANEXO II

FORMULARIO Nº 7 – FORMULARIO de OFERTA

A LA EMPRESA

AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

El) Los) Señor (es)………………………………………………………………….

En representación de ……………………………………………………………..

Con domicilio en ……………………………………………………………………..

Quien/es se presenta/n y asume/n el total de las obligaciones en forma mancomunada y

solidaria, y:

DESPUES de estudiar cuidadosamente los documentos de la licitación y luego de tomar

conocimiento de los sitios en los que se ejecutarán los servicios, las informaciones relativas a

las condiciones locales que puedan influir sobre los mismos o sobre la determinación de los

precios; y no quedando duda acerca de la interpretación de los documentos del de la licitación

y sus condiciones;

PROPONE/N ejecutar los servicios que en ellos se especifican, y proveer los elementos de labor

que se requieran para efectuar los trabajos, de acuerdo con el verdadero objeto y significado

de la documentación y con la finalidad que deberán cumplir los mismos, por los precios

indicados en las planillas que se acompañan debidamente firmadas, y cumplir con toda la

legislación laboral, previsional, de protección del medio ambiente y de higiene y seguridad

vigente o que se dicte en el futuro, en los términos y condiciones fijados en la documentación

de la licitación.

Lugar y Fecha:

Empresa:

Firma:

Aclaración:

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras 57 AySA

ANEXO II

FORMULARIO Nº 8 – DECLARACION JURADA COMPRE ARGENTINO

LEY DE COMPRE TRABAJO ARGENTINO

Declaración Jurada

Bienes o Servicios:

“Servicio de Inspección de Obra”

Conforme dispone el artículo 11°, inc. B), ap.I) del decreto 1600/02,

reglamentario de la ley 25551, DECLARO BAJO JURAMENTO que la

oferta que presento cumple con las condiciones requeridas por dichas

normas legales para ser considerada oferta nacional.

Firma de Apoderado: ..................................................

Aclaración: ...................................................................

Razón Social de la Empresa: .....................................

Lugar y Fecha: .............................................................

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras 58 AySA

ANEXO II

FORMULARIO Nº 9 - DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO

Bienes o Servicios:

“Servicio de Inspección de Obra”

Quedamos notificados por la presente que la manera de comunicar en forma fehaciente a nuestra empresa la emisión de una Orden de Compra, o la solicitud de cualquier Documentación/Información referida al presente Concurso/Licitación será mediante correo electrónico. Al respecto, les informamos con carácter de Declaración Jurada que la dirección constituida a tal efecto es la siguiente:

……………………………………………………………….

Firma de Apoderado: ..................................................

Aclaración: ...................................................................

Razón Social de la Empresa: .....................................

Lugar y Fecha: ............................................................

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras 59 AySA

PLANILLA DE COTIZACION

Nombre de la Obra:

1. Interiorización de la documentación de licitación de la obra: $ ________________

2. Supervisión de la Obra: $ ________________

3. Tareas en el Período de Garantía: $ ________________

Total: $ ________________

Nota: Los valores son los totales para cada una de las etapas de obra, y no incluyen el IVA

Lugar y Fecha:

Empresa:

Firma:

Aclaración:

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras 60 AySA

ANEXO III

DESCRIPCION DE LAS OBRAS

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

SERVICIOS DE SUPERVISIÓN DE OBRAS

DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS

I N D I C E

1. Obras a supervisar. ....................................................................................... - 62 -

1.1. PLANTA TRATAMIENTO CLOACAL EL JAGUEL ............................................... - 62 -

1.1.1. Objetivo de la Obra: .......................................................................... - 62 -

1.1.2. Ubicación geográfica. ......................................................................... - 62 -

1.1.3. Descripción general del proyecto: ........................................................ - 62 -

1.1.4. Plazos de las obras ............................................................................ - 63 -

1.1.5. Presupuesto oficial de las obras .......................................................... - 64 -

1.2. PLANTA TRATAMIENTO CLOACAL NORTE .................................................... - 64 -

1.2.1. Objetivo de la Obra: .......................................................................... - 64 -

1.2.2. Ubicación geográfica. ......................................................................... - 64 -

1.2.3. Descripción general del proyecto: ........................................................ - 64 -

1.2.4. Plazos de las obras ............................................................................ - 65 -

1.2.5. Presupuesto oficial de las obras .......................................................... - 66 -

1.3. PLANTA TRATAMIENTO CLOACAL LAFERRERE ............................................. - 66 -

1.3.1. Objetivo de la Obra: .......................................................................... - 66 -

1.3.2. Ubicación geográfica. ......................................................................... - 66 -

1.3.3. Descripción general del proyecto: ........................................................ - 66 -

1.3.4. Plazos de las obras ............................................................................ - 68 -

1.3.5. Presupuesto oficial de las obras .......................................................... - 68 -

1.4. PLANTA POTABILIZADORA GENERAL BELGRANO ......................................... - 68 -

1.4.1. Objetivo de la Obra: .......................................................................... - 68 -

1.4.1. Ubicación geográfica. ......................................................................... - 68 -

1.4.1. Descripción general del proyecto: ........................................................ - 68 -

1.4.1. Plazos de las obras ............................................................................ - 69 -

1.4.2. Presupuesto oficial de las obras .......................................................... - 70 -

1.5. ESTACION DE BOMBEO EMISARIO BERAZATEGUI ....................................... - 70 -

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras 61 AySA

1.5.1. Objetivo de la Obra: .......................................................................... - 70 -

1.5.2. Ubicación geográfica. ......................................................................... - 70 -

1.5.3. Descripción general del proyecto: ........................................................ - 71 -

1.5.4. Plazos de las obras ............................................................................ - 71 -

1.5.5. Presupuesto oficial de las obras .......................................................... - 71 -

1.6. RIO SUBTERRÁNEO A LOMAS Y EE N°1 – LOMAS DE ZAMORA ...................... - 71 -

1.6.1. Objetivo de la Obra: .......................................................................... - 71 -

1.6.1. Ubicación geográfica. ......................................................................... - 72 -

1.6.1. Descripción general del proyecto: ........................................................ - 72 -

1.6.1. Plazos de las obras ............................................................................ - 74 -

1.6.2. Presupuesto oficial de las obras .......................................................... - 74 -

1.7. EMISARIO SUBFLUVIAL BERAZATEGUI ....................................................... - 74 -

1.7.1. Objetivo de la Obra: .......................................................................... - 74 -

1.7.2. Ubicación geográfica. ......................................................................... - 74 -

1.7.3. Descripción general del proyecto: ........................................................ - 74 -

1.7.4. Plazos de las obras ............................................................................ - 75 -

1.7.5. Presupuesto oficial de las obras .......................................................... - 75 -

1.8. RIO SUBTERRÁNEO SUR – TRAMO 2 Y EE N°2……………………………………………………. - 89 -

1.8.1. Objetivo de la Obra ……………………………………………………………………………………. - 89 -

1.8.2. Ubicación geográfica …………………………………………………………………………………. - 89 -

1.8.3. Descripción general del proyecto ……………………………………………………….….…. - 90-

1.8.4. Plazos de las obras ……………………………………………………………………….…………….- 91 -

1.8.5. Presupuesto oficial de las obras ………………………………………………………..…………- 91 -

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 62 - AySA

1. Obras a supervisar.

A continuación se describen las principales características de las obras cuya ejecución se deberá

inspeccionar.

1.1 PLANTA TRATAMIENTO CLOACAL EL JAGUEL

1.1.1 Objetivo de la Obra:

El objetivo de la planta es depurar el líquido cloacal que ingresa a la misma y volcar el efluente

tratado al Río Matanza, no superando los 15 mg/litro de DBO5 el 90% del tiempo. Para ello se

efectuarán tratamientos tanto físicos como biológicos.

Los módulos 3 y 4 de tratamiento serán construidos con una capacidad nominal igual a 300.000

habitantes equivalentes para un caudal medio de 1,0 m3/s.

Las aguas residuales a tratar en los módulos 3 y 4 de la Planta Depuradora El Jagüel son aguas

residuales mixtas, que provendrán fundamentalmente de los domicilios particulares localizados

en la cuenca cloacal El Jagüel.

1.1.2 Ubicación geográfica.

Los módulos 3 y 4 de la Planta Depuradora El Jagüel se ubicarán en el terreno contiguo ubicado

al nornoroeste del actual módulo 2, con su entrada sobre la calle Ricardo Newton, en la localidad

de El Jagüel, partido de Esteban Echeverría, provincia de Buenos Aires.

1.1.3 Descripción general del proyecto:

Los trabajos a realizar comprenden: el Proyecto Ejecutivo, la Ingeniería de Detalle y la

construcción, el montaje y la puesta en marcha de las obras civiles, eléctricas y

electromecánicas de la obra de Ampliación de la Planta Depuradora El Jagüel (Módulos 3 y 4), Y

su interconexión con el Módulo 2, y con el emisario de descarga existente, incluyendo:

• La realización del. Proyecto Ejecutivo en función de la verificación del proceso propuesto y de

la verificación del diseño funcional de la totalidad del proyecto, incluyendo las características

hidráulicas, funcionales y operativas del mismo sobre la base de los lineamientos de las

Especificaciones Técnicas y los planos anexos; y asimismo la aceptación de las garantías de

proceso requeridas.

• La realización de la Ingeniería de Detalle constructiva de toda la obra civil, mecánica y

eléctrica, y del sistema de alarma, control y automatismo de la planta.

• Ejecución de las Obras civiles.

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 63 - AySA

• Provisión Electromecánica (incluye Transporte y almacenamiento en Obra).

• Supervisión y Montaje Electromecánico en el lugar de la obra.

• Pruebas preoperacionales.

• La puesta en marcha de la obra incluyendo la capacitación del personal necesario para el

continuo funcionamiento de los equipos hasta la recepción provisoria de la misma.

• El aseguramiento de un período de garantía de funcionamiento de un (1) año posterior a la

puesta en régimen y recepción provisoria, con operación a cargo de.AySA S.A. y supervisión del

Contratista, al cabo del cual y previa verificación, se hará la recepción del proceso.

• Un período de asistencia técnica de un (1) año a partir de la recepción del proceso, al cabo del

cual se otorgará la recepción definitiva.

El proceso seleccionado para la depuración de los desagües cloacales consta de las siguientes

etapas:

1) Elevación del efluente de entrada

2) Pretratamiento

3) Decantación primaria

4) Tratamiento biológico por barros activados con desnitrificación

5) Clarificación

6) Bombeo a emisario

Al mismo tiempo, el tratamiento que recibirán los lodos separados en la línea de líquido será el

siguiente:

7) Tamizado y espesamientos de lodos primarios

8) Flotación de lodos biológicos

9) Homogenización

10) Digestión mesofílica

11) Deshidratación mecánica

1.1.4 Plazos de las obras

Las obras deberán quedar terminadas y en condiciones de efectuarse la recepción provisional en

36 (treinta y seis) meses, a partir del día de la emisión de la orden de inicio.

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 64 - AySA

1.1.5 Presupuesto oficial de las obras

El presupuesto oficial de la licitación de la obra es de $ 1.560.153.794.-

1.2 PLANTA TRATAMIENTO CLOACAL NORTE

1.2.1 Objetivo de la Obra:

El siguiente proyecto tiene por objeto realizar la ampliación de la Planta Depuradora Norte,

ubicada en el Partido de San Fernando. En la actualidad, la planta cuenta con dos módulos de

tratamiento. Dichos módulos realizan un tratamiento de depuración mediante la tecnología de

lodos activados (salida DBO < 30 mg/l), con una capacidad total de 1,8 m³/s correspondientes a

600.000 habitantes equivalentes. El nuevo módulo permitirá incorporar 300.000 habitantes

adicionales, totalizando así una capacidad de tratamiento de 900.000 habitantes equivalentes,

con un caudal medio de 2.8 m³/s.

La planta recibe el efluente proveniente de las redes de los partidos de Tigre, San Fernando y

parte de San Isidro; y a futuro se incorporará al servicio más cantidad de redes de los partidos

de Tigre y redes de los partidos de San Martín y parte de Escobar.

En este proyecto, el Módulo 3 ha sido concebido de manera que produzca un efluente que

respete el 90% del tiempo un vuelco con una DBO5 de salida menor o igual a 15 mg/l. El vuelco

de la planta es al Río Reconquista rectificado (Cuenca Reconquista).

1.2.2 Ubicación geográfica.

La planta se encuentra ubicada en un terreno limitado por las calles Malvinas Argentinas, Payro,

Estrada, Perez Galdos y Pasteur, en el partido de San Fernando, provincia de Buenos Aires;

siendo la superficie total del predio de 19,5 hectáreas.

1.2.3 Descripción general del proyecto:

En la presente ampliación de planta se contemplan tres obras principales:

• Construcción del 3° Módulo de la planta: prevista para absorber los efluentes

provenientes de los 300.000 habitantes adicionales

• Construcción de una Estación de Bombeo de salida: prevista para contrarrestar la

diferencia de altura manométrica originada por el incremento del caudal tratado en planta y por

el incremento de la cota de nivel del río, al mantenerse el conducto existente y viéndose

incrementada la velocidad en el mismo.

• Prolongación del Emisario desde el Arroyo Fate hasta el Río Reconquista rectificado: para

volcar los efluentes en el Río, el cual presenta un caudal superior al del arroyo (punto de vuelco

favorable)

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 65 - AySA

Para la depuración del líquido cloacal correspondiente al 3er. Módulo, se ha elegido un

Tratamiento Biológico mediante Lodos Activados con Desnitrificación (tipo MLE). El proceso de

tratamiento está conformado por las siguientes etapas (cabe aclarar que el pretratamiento y la

sedimentación primaria son idénticas a los módulos existentes):

• Pretratamiento: retención de sólidos pesados y voluminosos (desbaste grueso y fino).

Posteriormente, se eliminan los áridos y flotantes en desarenadores-desengrasadores.

• Sedimentación Primaria: sedimentación de materia en suspensión y de la materia orgánica

particulada (sólidos sedimentables en 2 hr.)

• Tratamiento Biológico: la materia orgánica es transformada en lodos o barros biológicos

sedimentables (biomasa), a través de un tratamiento biológico de “Barros Activados”. Los

reactores biológicos disponen de dos zonas (una aeróbica y otra anóxica) donde las bacterias

producen la degradación de la materia orgánica disuelta. Asimismo, en la zona anóxica ocurre la

desnitrificación (eliminación del Nitrógeno).

• Clarificación o Sedimentación Secundaria: separación del líquido tratado de la biomasa

generada. El líquido ya depurado es vertido al Río Reconquista; y la biomasa es enviada parte

de ella a los reactores biológicos y el excedente a tratamiento de barros.

• Concentración de Lodos: instalaciones con el objeto de retirar el exceso de agua que traen los

lodos. Para los barros primarios existen espesadores y para los barros biológicos hay flotadores.

• Digestión de Lodos: luego de ser concentrados, los lodos mixtos, ya mezclados, son

conducidos hacia el digestor donde se produce la estabilización de los mismos por la acción de

microorganismos que realizan una digestión anaeróbica a 35-37°C. De esta manera se degrada

la materia volátil y se produce biogás. El biogás se almacena para su posterior utilización a

través de la cogeneración de energía (incluyendo lavado de gases). Como último recurso, existe

una antorcha para quemar el biogás.

• Deshidratación de Lodos: El lodo ya digerido es enviado hacia unidades de deshidratación

donde se reduce del volumen de lodo a disponer. Esto se logra mediante una deshidratación

mecánica con adición de polímero que permite lograr un %MS de 26 aproximadamente.

Posteriormente se realizará un secado térmico con termovalorización energética para reducir

aún más el volumen de lodos.

1.2.4 Plazos de las obras

Las obras deberán quedar terminadas y en condiciones de efectuarse la recepción provisional en

36 meses, a partir del día de la emisión de la orden de inicio

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 66 - AySA

1.2.5 Presupuesto oficial de las obras

El presupuesto aproximado de la licitación de la obra es de $ 2.000.000.000.-

1.3 PLANTA TRATAMIENTO CLOACAL LAFERRERE

1.3.1 Objetivo de la Obra:

El objetivo de la planta es tratar el líquido cloacal que ingresa a la misma y volcar el efluente

tratado al Río Matanza, no superando los 15mg/litros de DBO5 y los 20 mg/l de MES en el 90%

del tiempo. Para ello se efectuarán tratamientos tanto físicos como biológicos.

El 1er Módulo de tratamiento (objeto de esta obra) será construido con una capacidad nominal

igual a 450.000 habitantes equivalentes para un caudal medio de 1,50 m3/s alcanzando su

máxima capacidad con la habilitación del 3er Módulo, siendo el caudal medio total previsto igual

a 4,50 m3/s.

Las aguas residuales a tratar en la planta depuradora Laferrere son aguas residuales mixtas y

provendrán fundamentalmente de los domicilios particulares localizados en la cuenca cloacal

Laferrere.

La cuenca cloacal Laferrere comprende las localidades de G. Catán, Virrey del Pino, el sector

oeste de R. Castillo y Laferrere, alcanzando un área de cobertura de aproximadamente 90 km2.

Las obras consisten en: Obra civil, Obra electromecánica y Obra Eléctrica.

1.3.2 Ubicación geográfica.

La Planta Depuradora Laferrere se construirá en una fracción del terreno limitado por las calles

sin nombre (paralela a Juan Manzanares), continuación de Edmundo D´Amici, continuación de

Juan Bustos y el río Matanzas en la zona “Los Álamos” de la localidad de Virrey del Pino, partido

de La Matanza, provincia de Buenos Aires. La superficie total del predio alcanza las 89

hectáreas, previéndose para este fin una ocupación final cerca del 60% de dicha superficie.

1.3.3 Descripción general del proyecto:

Los trabajos a realizar comprenden: el Proyecto Ejecutivo, la Ingeniería de Detalle y la

construcción, el montaje y la puesta en marcha de las obras civiles, eléctricas y

electromecánicas de la obra, incluyendo:

• La realización del. Proyecto Ejecutivo en función de la verificación del proceso propuesto y de

la verificación del diseño funcional de la totalidad del proyecto, incluyendo las características

hidráulicas, funcionales y operativas del mismo sobre la base de los lineamientos de las

Especificaciones Técnicas y los planos anexos; y asimismo la aceptación de las garantías de

proceso requeridas.

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 67 - AySA

• La realización de la Ingeniería de Detalle constructiva de toda la obra civil, mecánica y

eléctrica, y del sistema de alarma, control y automatismo de la planta.

• Ejecución de las Obras civiles.

• Provisión Electromecánica (incluye Transporte y almacenamiento en Obra).

• Supervisión y Montaje Electromecánico en el lugar de la obra.

• Pruebas preoperacionales.

• La puesta en marcha de la obra incluyendo la capacitación del personal necesario para el

continuo funcionamiento de los equipos hasta la recepción provisoria de la misma.

• El aseguramiento de un período de garantía de funcionamiento de un (1) año posterior a la

puesta en régimen y recepción provisoria, con operación a cargo de.AySA S.A. y supervisión del

Contratista, al cabo del cual y previa verificación, se hará la recepción del proceso.

• Un período de asistencia técnica de un (1) año a partir de la recepción del proceso, al cabo del

cual se otorgará la recepción definitiva.

El proceso seleccionado para el tratamiento de las aguas será utilizando un pretratamiento y una

decantación primaria, seguido de un tratamiento biológico avanzado mediante barros activados,

continuando en una etapa de clarificación. En cuanto al tratamiento de los lodos, éste

comprenderá una etapa de espesamiento y flotación, una etapa de digestión mesofílica y

finalmente, una etapa de deshidratación mecánica de lodos.

Se admitirán variantes al proyecto en cualquiera de las etapas del tratamiento, se enumeran las

principales a modo de referencia:

• Estación elevadora del líquido crudo.

• Tratamiento primario: desarenadores, sedimentadores.

• Tratamiento biológico: tanques de aireación, clarificadores.

• Tratamiento de lodos: espesadores, digestor, deshidratación.

• Estación elevadora de salida

La alternativa presentada deberá respetar las condiciones de salida exigidas, el concepto de

reserva, redundancia y flexibilidad operativa manifestado en el pliego. No podrá superar el plazo

de obra establecido

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 68 - AySA

1.3.4 Plazos de las obras

Las obras deberán quedar terminadas y en condiciones de efectuarse la recepción provisional en

36 (treinta y seis) meses, a partir del día de la emisión de la orden de inicio.

1.3.5 Presupuesto oficial de las obras

El presupuesto oficial de la licitación de la obra es de $ 2.474.387.363.-

1.4 PLANTA POTABILIZADORA GENERAL BELGRANO

1.4.1 Objetivo de la Obra:

El presente concurso tiene por objeto la realización de las obras de ampliación de la Planta

Potabilizadora Gral. Belgrano para cubrir un caudal adicional diario de agua tratada de

1.000.000 m3.

El objetivo es elevar la producción de agua de la Planta del máximo actual de 1.950.000 m3/día,

a un máximo de 2.950.000 m3/día.

Se trata de una licitación pública internacional de un proyecto de obra que cuenta con

financiamiento parcial del Banco de Desarrollo de América Latina.

Se requiere la ampliación de la Planta Potabilizadora Gral. Manuel Belgrano, construyendo 3

nuevos módulos.

1.4.2 Ubicación geográfica.

La ampliación de la Planta Potabilizadora Gral. Belgrano se llevara a cabo en los terrenos

adyacentes a la planta actual. Esta se encuentra ubicada en la ciudad de Bernal, partido de

Quilmes.

El terreno disponible se encuentra delimitado por la planta actual (extremos sudoeste y

sudeste), la calle Espora (extremo noroeste) y el Rio de la Plata (extremo noreste).

1.4.3 Descripción general del proyecto:

La presente Obra contempla dos etapas, Primera Etapa y Etapa Final.

En la Primera Etapa se operara el Modulo 1 de tratamiento, para el abastecimiento de agua

cruda se utilizaran las instalaciones de bombeo existente acondicionadas.

En la Etapa final de la presente ampliación, se dispondrá de tres módulos de tratamiento los

cuales serán alimentados con agua cruda a través de una nueva estación de bombeo (la cual no

forma parte del presente proyecto). El líquido será bombeado hacia la Cámara Repartidora de

Agua Cruda desde la cual se abastecerá a los nuevos módulos, previa dosificación de coagulante

y floculante. Cada módulo estará conformado por 3 sectores de floculación, 3 sectores de

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 69 - AySA

decantación y 8 filtros. El líquido ya filtrado será enviado a las reservas donde se le adicionara

cloro para su desinfección. El agua contenida en la reserva será enviada para consumo a través

de un conducto al Rio Subterráneo Nuevo a Lomas, previa dosificación de cal (ajuste del pH).

Para el diseño de las unidades de floculación y decantación se consideran todos los floculadores

y decantadores en operación (sin unidades en mantenimiento).

● ETAPA 1:

La primer etapa fija como prioridad la terminación del Módulo 1, conductos, reactivos,

instalaciones auxiliares, y todo equipamiento necesario para su correcto funcionamiento.

Este módulo será alimentado por el excedente producido en la Estación Elevadora de Agua cruda

gracias a su repotenciación. Se estima que el caudal de agua cruda a enviar al Módulo 1 será de

350.000 m3/día. Se utilizara la Cámara Provisoria a Módulo 1 para alimentar dicho módulo

durante la primera etapa. La finalización de la construcción de la Cámara Repartidora de Agua

Cruda, bombeos y conducciones restantes dará lugar a la Etapa 2.

Esta etapa incluirá la colocación de dos tamices sobre las dos salidas disponibles en la Estación

Elevadora de Agua Cruda actual.

● ETAPA 2:

Una vez realizada la Nueva Estación Elevadora de Agua Cruda (la misma no está incluida en este

proyecto), los nuevos módulos serán capaces de producir 1.000.000 m3/día de agua potable.

Si bien el caudal final proyectado para las instalaciones es 2.950.000 m3/día, este solo será

posible cuando se construya la nueva estación elevadora de agua cruda, la cual no está

contemplada en este proyecto.

1.4.4 Plazos de las obras

Las obras correspondientes a la primera etapa deberán estar terminadas en 1080 (mil ochenta)

días corridos, a partir del día de la emisión de la Orden de inicio.

La conclusión de la primera etapa contempla la finalización de:

● Reservas Modulo 1

● Modulo 1 (floculadores, decantadores y filtros)

● Cámara provisoria a módulo 1

● Conexión a Rio Subterráneo 1er etapa

● Conexión entre Cámara provisoria a Modulo 1 y Estación Elevadora de Agua Cruda Actual.

● Instalaciones de Reactivos (Cal, Cloro, PAC, Polielectrolito).

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 70 - AySA

● Bombeo de Barros de Tolvas 1ra etapa

● Estación de Bombeo de Agua para saturadores

● Estación de Bombeo de Agua para CAP

● Estación de Bombeo de Agua para Cloro

Las obras correspondientes a la segunda etapa deberán estar terminadas en 48 (cuarenta y

ocho) meses, a partir del día de la emisión de la Orden de inicio.

1.4.5 Presupuesto oficial de las obras

El presupuesto oficial de la licitación de la obra es de $ 2.938.493.000.-

1.5 ESTACION DE BOMBEO EMISARIO BERAZATEGUI

1.5.1 Objetivo de la Obra:

La presente obra tiene por objeto la realización de una Estación de bombeo de salida en la

planta depuradora de AySA Berazategui.

Junto con la construcción del nuevo Emisario Subfluvial conforman las obras que completan la

Salida del Sistema Berazategui. La Estación de Bombeo recibirá el efluente tratado y le dará

altura de elevación para su transporte y disposición a través del Emisario.

Las aguas servidas interceptadas a partir de las obras actuales de descarga serán tratadas en

planta depuradora y posteriormente vertidas al Río de la Plata mediante el bombeo de la

presente Estación de Bombeo de Salida hacia el nuevo emisario a construir de 4,40m de

diámetro y una longitud de 7500m.

El diseño de la estación de bombeo contará con 10 (diez) bombas centrifugas para trabajar en

cámara seca en posición vertical aptas para líquido cloacal. El régimen de funcionamiento

máximo será de 8 (ocho) en servicio y 2 (dos) en reserva.

En el sistema adoptado las bombas se instalan en línea y cada bomba es alimentada por orificios

desde el canal de alimentación de agua tratada.

Las mencionadas bombas son accionadas por motores eléctricos de media tensión cada una con

variadores de velocidad.

1.5.2 Ubicación geográfica.

La construcción de la Estación Elevadora se llevara a cabo en los terrenos de la Planta

Depuradora Berazategui, ubicada entre el Río de la Plata y la Autopista Buenos Aires - La Plata y

Avenida 14 de la localidad de Berazategui.

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 71 - AySA

1.5.3 Descripción general del proyecto:

El Lay-out de la estación presenta un conducto de alimentación denominado conducto de llegada

de líquido pretratado de sección variable de dimensiones máximas en el arranque 6,00m de

ancho por 4,15m de altura. De este conducto donde el líquido se encuentra a presión se

alimenta al canal de alimentación de las bombas mediante aberturas de forma rectangular. El

canal de aspiración de las bombas estará divido en 10 compartimientos (uno por cada bomba) y

cada uno de estos es alimentado desde el conducto de llegada mediante 2 orificios de 1m de

altura x 2,35m de ancho. En cada compartimiento se construirá una pantalla de aquietamiento

con cota superior 12,30m OSN y se instalarán ataguías en la aspiración de cada bomba para

realizar mantenimiento a las mismas.

A los efectos de evitar las sobrepresiones y depresiones generadas en la impulsión de cada

bomba durante un corte de energía se proveerá en instalará un tanque antiariete dentro del cual

se forma una cámara de aire en equilibrio con el líquido que permite la amortiguación

La vinculación entre la Estación de Bombeo y el Emisario se produce a través del conducto de

descarga de las bombas y chimenea de equilibrio.

La impulsión de cada bomba descargará en el conducto de descarga al emisario que tiene

dimensiones variable. La vinculación entre este conducto y la chimenea de equilibrio se realiza

mediante un vertedero fijo.

1.5.4 Plazos de las obras

Las obras deberán quedar terminadas y en condiciones de efectuarse la recepción provisional de

acuerdo con la Ingeniería Detallada Constructiva aprobada por la Inspección de Obras, dentro

del plazo de 30 (treinta) meses a partir de la fecha de comienzo (Orden de Inicio).

A partir de la fecha de la recepción provisoria se dará inicio al plazo de garantía establecido en

doce (12) meses.

1.5.5 Presupuesto oficial de las obras

El presupuesto oficial de la licitación de la obra es de $ 812.604.000.-

1.6 RIO SUBTERRÁNEO A LOMAS Y EE N°1 – LOMAS DE ZAMORA

1.6.1 Objetivo de la Obra:

El Río subterráneo a Lomas es una obra para el abastecimiento de aguas. Tiene por objetivo

principal, el transporte de agua potable hacia la zona Sur del gran Buenos Aires. Desde la planta

potabilizadora Gral. Belgrano situada en la localidad de Bernal partido de Quilmes.

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 72 - AySA

1.6.2 Ubicación geográfica.

El conducto inicia su recorrido en la planta potabilizadora Gral. Belgrano, en la cámara de salida

por el sector sur de la misma. Continúa bajo la calle 275, transversal a la planta, hasta alcanzar

los terrenos del IMPA perteneciente la Fuerza Aérea Argentina. Luego continúa su recorrido

atravesando la Autopista Bs. As. - La Plata hasta las intersecciones de Av. Ceballos y la Av. Las

Heras. Desde allí continúa su recorrido por bajo la Av. Las Heras, pasa por la Av. La Plata,

transformándose en Lamadrid, sigue el recorrido bajo esta. Al pasar por el arroyo las piedras, se

transforma en Av. Tomás Flores, sigue bajo esta hasta transformarse en Av. Pasco-Eva Perón.

Continúa bajo esta hasta finalmente concluir en la calle José Neglia en la cámara de derivación

hacia la EE1.

1.6.3 Descripción general del proyecto:

a) El conducto en túnel

- Conducto en túnel de dovelas con Diámetro interno de 3900 mm y longitud de 13541m.

Metodología constructiva prevista

El Proyecto realizado contempla para la construcción del Río Subterráneo a Lomas la utilización

de máquinas tuneleras con escudo y colocación simultánea de dovelas prefabricadas de

hormigón, en suelos cohesivos – de media consistencia - y no cohesivos, a una profundidad

(tapada) variable entre 15 y 27 metros. La construcción del Río Subterráneo a Lomas, ha sido

proyectada para que ambos tramos del túnel se inicien en un pozo de arranque como se indica

en los planos y terminen, uno en la cámara de salida a construirse en la planta Gral. Belgrano

en su margen sur, conforme planos adjuntos y el otro en la cámara de derivación hacia la EE1,

en la intersección de la Av. Pasco - Eva Perón y la calle José Neglia.

Para el desarrollo del proyecto se ha previsto para la construcción de conducto de 3900 mm. lo

siguiente:

i) La utilización de tunelera de escudo a presión de tierra.

ii) Revestimiento de dovelas constituido por 6 dovelas de Hº Aº de 30 cm de espesor.

Estos datos deberán ser ratificados o rectificados por el oferente en el desarrollo de ingeniería

básica a presentar conjuntamente con su oferta según lo requerido en las bases del concurso

b) Conducto de Derivación desde Río Subterráneo hasta la EE1.

- Conducto en túnel con Diámetro interno de 3000 mm y longitud de 96 m

El Conducto de derivación, desde el Río Subterráneo a Lomas y la EE1, es una obra para el

transporte del agua tratada aportada por dicho Río hasta la EE1, con el fin de poder abastecer

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 73 - AySA

agua potable desde esta última, básicamente a los partidos de Lomas de Zamora, Alte. Brown y

Esteban Echeverría.

Traza:

El conducto tiene un recorrido de unos 96 m desde su intersección con el Río Subterráneo a

Lomas en la Av. Pasco - Eva Perón y José Neglia, por José Neglia hasta la EE1. Incluyen dicho

tramo, la acometida con la cámara de enlace en la intersección con el Río Subterráneo a Lomas

y la construcción de la antecámara de ingreso de agua a la EE1, conforme se indican en planos y

serán descriptas posteriormente.

Metodología constructiva prevista

El Proyecto realizado contempla para la construcción del conducto de derivación desde el Río

Subterráneo a Lomas, hasta la EE1, la ejecución por el método de túnel excavado y

hormigonado in situ por medio de encofrados deslizantes.

Estos datos deberán ser ratificados o rectificados por el oferente en el desarrollo de ingeniería

básica a presentar conjuntamente con su oferta según lo requerido en las bases del concurso.

c) Cámaras.

Como parte de la obra se incluye la construcción de diferentes tipos de cámaras:

c.1 - Cámara de Salida:

c.2 - Cámaras de inspección:

c.3 - Pozo de Acceso y Cámara de Inspección:

c.4 - Cámaras de Acceso:

c.5 - Cámara Cuatrifurcadora:

c.6 - Cámara de Enlace:

c.7 - Antecámara:

Se deberán ejecutar por medio de una estructura convencional de hormigón armado in situ H-35

ADN420 cuya estructura deberá ser calculada y verificada a figuración mínima y a estanqueidad,

con terminación de hormigón vista alisado, y sin imperfecciones.

d) Construcción de EENº1 – Lomas de Zamora

La EE N°1 está conformada por una cámara de abducción la cual se vincula al Rio Subterráneo a

Lomas en la cámara ubicada en la calle José Neglia, siendo este punto de unión el límite del

contrato.

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 74 - AySA

La Estación Elevadora estará equipada con 6 bombas centrifugas de eje vertical de flujo radial y

doble succión para un caudal de 4.250 m3/hora a 81 mca, sistema de dosificación de cloro,

sistema de protección para golpe de ariete conformado por 6 tanques horizontales de 65 m3

cada uno.

El sistema de impulsión se realizara a través de 2 cañerías de DN 1.200 mm en hierro dúctil,

definiéndose el límite del contrato en la primera junta de desarme proyectada a la salida de cada

impulsión fuera del límite de la línea municipal.

1.6.4 Plazos de las obras

Las obras deberán quedar terminadas y en condiciones de efectuarse la recepción provisional en

un plazo de 42 meses, a partir del día de la emisión de la orden de inicio.

1.6.5 Presupuesto oficial de las obras

El presupuesto oficial de la licitación de la obra es de $ 3.774.025.305.-

1.7 EMISARIO SUBFLUVIAL BERAZATEGUI

1.7.1 Objetivo de la Obra:

El Emisario deberá asegurar la disposición adecuada de los efluentes tratados en la Planta de

Pretratamiento Berazategui en el Río de la Plata, asegurando la calidad ambiental del cuerpo

receptor de acuerdo a los niveles de calidad establecidos para el mismo.

1.7.2 Ubicación geográfica.

El emisario se ubicará bajo el lecho del Río de la Plata, a partir del punto de descarga de la

Planta de Pretratamiento Cloacal, ubicada en el partido de Berazategui.

1.7.3 Descripción general del proyecto:

Los trabajos a ejecutar consisten en:

a) La preparación del Proyecto ejecutivo y la Ingeniería de Detalle Constructiva, dentro del

marco y límites establecidos en la documentación licitatoria.

b) La provisión y transporte de los materiales, equipos y la mano de obra necesaria para la

construcción y la puesta en marcha de un Emisario Subfluvial de 7.500metros de Longitud, con

una longitud de difusión de 2.300m.

c) Están incluidos todos los trabajos, gestiones, tramitaciones y aprobaciones necesarias para

que la obra en su totalidad quede total y correctamente terminada de acuerdo con su fin y en

completa conformidad a la Ingeniería Detallada Constructiva aprobada y demás documentación

contractual.

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 75 - AySA

El Emisario de efluentes de la Planta Berazategui se iniciará en el predio de la misma,

internándose en el Río de la Plata con una dirección general Sudoeste-Noreste con una longitud

aproximada total de 7500 metros,

El conducto tendrá un tramo de transporte de 5200 m, y un tramo de difusión de 2300 m, en el

cual se instalarán los raisers.

La construcción del mismo se ejecutará mediante el hundimiento de dos o más cañerías de

polietileno de alta densidad, alojadas en una zanja dragada, la cual se tapará para proteger la

cañería. La instalación y la zona de difusión estará balizada conforme a las normativas vigentes.

1.7.4 Plazos de las obras

Las obras deberán quedar terminadas y en condiciones de efectuarse la recepción provisional de

acuerdo con la Ingeniería Detallada Constructiva aprobada por la Inspección de Obras, dentro

del plazo de 48 (cuarenta y ocho) meses a partir de la fecha de la Orden de Inicio.

A partir de la fecha de la recepción provisoria se dará inicio al plazo de garantía establecido en

doce (12) meses.

1.7.5 Presupuesto oficial de las obras

El presupuesto oficial de la licitación de la obra es de $ 3.977.103.481.-

1.8. RIO SUBTERRÁNEO SUR – TRAMO 2 Y EE N°2

1.8.1. Objetivo de la Obra:

El Río Subterráneo Tramo 2 es una obra para el abastecimiento de aguas. Tiene por objetivo

principal, el transporte de agua potable hacia la zona Sur del gran Buenos Aires. Desde el punto

de finalización del Tramo 1 en Lomas de Zamora, hasta la Estación Elevadora N°2 ubicada en

Esteban Echeverría.

1.8.2. Ubicación geográfica.

La traza del Tramo 2, con una longitud de 9650m de longitud, se desarrollará al Oeste por la Av.

Pasco, doblando por Hipólito Yrigoyen y nuevamente por Antártida Argentina hasta la EE N°2 a

ubicar en un predio delimitado por la Av Antártida Argentina entre Alfonso Arnat y Manuel

Origone, del partido de Esteban Echeverría. En este tramo se prevé la construcción de una

cámara trifurcadora para una eventual derivación futura hacia el río subterráneo de La Matanza.

En el recorrido el conducto pasará por debajo del túnel existente en la Avda. Pasco, en las

proximidades de la cancha del Club Temperley, y por debajo de las vías del FFCC Belgrano.

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 76 - AySA

1.8.3. Descripción general del proyecto:

a) El conducto en túnel

- Conducto en túnel de dovelas con Diámetro interno de 3900 mm y longitud de 9650m.

Metodología constructiva prevista

El Proyecto realizado contempla para la construcción del Río Subterráneo a Lomas la utilización

de máquinas tuneleras con escudo y colocación simultánea de dovelas prefabricadas de

hormigón, en suelos cohesivos – de media consistencia - y no cohesivos, a una profundidad

(tapada) variable entre 15 y 27 metros.

Para el desarrollo del proyecto se ha previsto para la construcción de conducto de 3900 mm. lo

siguiente:

i) La utilización de tunelera de escudo a presión de tierra.

ii) Revestimiento de dovelas constituido por 6 dovelas de Hº Aº de 30 cm de espesor.

Estos datos deberán ser ratificados o rectificados por el oferente en el desarrollo de ingeniería

básica a presentar conjuntamente con su oferta según lo requerido en las bases del concurso

b) Conducto de Derivación desde Río Subterráneo hasta la EE2.

- Conducto en túnel con Diámetro interno de 3000 mm

El Conducto de derivación, desde el Río Subterráneo a la EE2, es una obra para el transporte del

agua tratada aportada por dicho Río hasta la EE2, con el fin de poder abastecer agua potable

desde esta última, básicamente a los partidos de Alte. Brown y Esteban Echeverría.

Metodología constructiva prevista

El Proyecto realizado contempla para la construcción del conducto de derivación desde el Río

Subterráneo Tramo 2, hasta la EE2, la ejecución por el método de túnel excavado y

hormigonado in situ por medio de encofrados deslizantes.

Estos datos deberán ser ratificados o rectificados por el oferente en el desarrollo de ingeniería

básica a presentar conjuntamente con su oferta según lo requerido en las bases del concurso.

c) Cámaras.

Como parte de la obra se incluye la construcción de diferentes tipos de cámaras:

c.1 - Cámara de Salida:

c.2 - Cámaras de inspección:

c.3 - Pozo de Acceso y Cámara de Inspección:

c.4 - Cámaras de Acceso:

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Pliego Inspección de Obras – Descripción de las Obras - 77 - AySA

c.5 - Cámara Trifurcadora:

c.6 - Cámara de Enlace:

c.7 - Antecámara:

Se deberán ejecutar por medio de una estructura convencional de hormigón armado in situ H-35

ADN420 cuya estructura deberá ser calculada y verificada a figuración mínima y a estanqueidad,

con terminación de hormigón vista alisado, y sin imperfecciones.

d) Construcción de EENº2 – Esteban Echeverría

La EE N°2 está conformada por una cámara de abducción la cual se vincula al Rio Subterráneo

en la cámara correspondiente, siendo este punto de unión el límite del contrato.

La Estación Elevadora estará equipada con 6 bombas centrifugas de eje vertical de flujo radial y

doble succión para un caudal de 4.250 m3/hora a 81 mca, sistema de dosificación de cloro,

sistema de protección para golpe de ariete conformado por 6 tanques horizontales de 65 m3

cada uno.

El sistema de impulsión se realizara a través de 2 cañerías de DN 1.200 mm en hierro dúctil,

definiéndose el límite del contrato en la primera junta de desarme proyectada a la salida de cada

impulsión fuera del límite de la línea municipal.

1.8.4. Plazos de las obras

Las obras deberán quedar terminadas y en condiciones de efectuarse la recepción provisional en

un plazo de 42 meses, a partir del día de la emisión de la orden de inicio.

1.8.5. Presupuesto oficial de las obras

El presupuesto oficial de la licitación de la obra es de $ 3.944.818.206.-

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ANEXO 11

PPLLIIEEGGOO DDEE BBAASSEESSYY CCOONNDDIICCIIOONNEESS

GGEENNEERRAALLEESS PPAARRAALLAA CCOONNTTRRAATTAACCIIÓÓNN

DDEE SSEERRVVIICCIIOOSS

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AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A PLIEGO DE BASES Y

CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE

SERVICIOS

ANEXO 11

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Índice

PARTE I - DISPOSICIONES PRELIMINARES 4

1 Objeto del Pliego ................................................................................................................................................... 4

2 Terminología .......................................................................................................................................................... 4

3 Títulos y Notas Marginales .................................................................................................................................. 4

4 Singular y Plural .................................................................................................................................................... 4

5 Idioma y Legislación ............................................................................................................................................. 4

6 Documentos del Concurso ................................................................................................................................... 4

7 Normas de Interpretación ................................................................................................................................... 4

8 Aclaraciones y Consultas. .................................................................................................................................... 5

9 Definiciones. .......................................................................................................................................................... 5

PARTE II - BASES DEL CONCURSO 7

CAPÍTULO I LA OFERTA 7

10 Extensión de la Propuesta. .................................................................................................................................. 7

11 Alcance de los Precios Cotizados. ...................................................................................................................... 7

12 Suficiencia de la oferta. ....................................................................................................................................... 7

13 Garantía de la Oferta. .......................................................................................................................................... 7

14 Elementos constitutivos de la Propuesta. ......................................................................................................... 8

15 Forma de la Propuesta. ........................................................................................................................................ 9

16 Presentación de las Propuestas. ........................................................................................................................ 9

CAPÍTULO II EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 9

17 Análisis y Evaluación de las Ofertas. ................................................................................................................. 9

18 Adjudicación de los servicios .............................................................................................................................. 9

19 Auditoria Previa. .................................................................................................................................................... 10

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CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE

SERVICIOS

ANEXO 11

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20 Confidencialidad. ................................................................................................................................................... 10

PARTE III - CONDICIONES GENERALES 11

CAPÍTULO III - REPRESENTANTES DEL COMITENTE Y DEL PRESTADOR 11

21 Control de los trabajos ......................................................................................................................................... 11

22 Representante del Prestador .............................................................................................................................. 11

CAPÍTULO IV DOCUMENTOS CONTRACTUALES Y SU PRELACIÓN 11

23 Prelación. ................................................................................................................................................................ 11

24 Comunicaciones, Acuerdos, Aprobaciones, Certificaciones y Decisiones. .................................................. 12

CAPÍTULO V OBLIGACIONES DE AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. 12

25 De colaboración y cooperación. ......................................................................................................................... 12

26 De abonar el precio pactado. ............................................................................................................................. 12

27 De verificación y recepción. ................................................................................................................................ 12

28 De abstención. ....................................................................................................................................................... 12

CAPÍTULO VI OBLIGACIONES DEL PRESTADOR 12

29 Responsabilidades Generales del Prestador. ................................................................................................... 12

30 Subcontratación. ................................................................................................................................................... 12

31 Empleados del Prestador. .................................................................................................................................... 13

32 Capacidad del personal ........................................................................................................................................ 14

33 Seguros. .................................................................................................................................................................. 14

34 Accidentes. ............................................................................................................................................................. 17

35 Cumplimiento de Leyes y Normas Reglamentarias. ....................................................................................... 17

36 Deber del Prestador de actuar durante emergencias. ................................................................................... 19

37 Notificación de substancias peligrosas. ............................................................................................................. 19

38 Trabajos a Ejecutar en Vía Pública o en Terrenos bajo Otras Jurisdicciones. ........................................... 19

CAPÍTULO VII PLAZOS 19

39 Orden de Inicio de los servicios. ........................................................................................................................ 19

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40 Inicio de los servicios. .......................................................................................................................................... 20

41 Prórroga del Plazo de Terminación.................................................................................................................... 20

CAPÍTULO VIII CERTIFICACIONES Y PAGOS 21

42 Certificaciones Mensuales. .................................................................................................................................. 21

43 Aprobación de los Certificados. .......................................................................................................................... 21

44 Facturación de los trabajos efectuados ............................................................................................................ 22

45 Requisitos para los pagos .................................................................................................................................... 22

46 Deducciones ........................................................................................................................................................... 22

47 Fondo de responsabilidad .................................................................................................................................... 22

48 Auditoria y Acceso a Constancias. ..................................................................................................................... 23

CAPÍTULO IX SANCIONES Y RESCISIÓN DEL CONTRATO 23

49 Agrupamiento de Empresas ................................................................................................................................ 23

50 Multas por Incumplimientos de obligaciones del Prestador .......................................................................... 23

51 Modificación de Sanciones. ................................................................................................................................. 23

52 Rescisión del Contrato ......................................................................................................................................... 23

ANEXOS

ANEXO I – FORMULARIO DE LA OFERTA ( 1 HOJA)

ANEXO II – INHABILIDADES PARA CONTRATAR CON AYSA Y MODELO DE DECLARACION JURADA (2 HOJAS)

ANEXO III – LEY 25.551 (COMPRE TRABAJO ARGENTINO), DECRETO REGLAMENTARIO 1600/02 Y MODELO DECLARACIÓN JURADA

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AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A PLIEGO DE BASES Y

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PARTE I - DISPOSICIONES PRELIMINARES

1 Objeto del Pliego El objeto del presente Pliego de Bases y Condiciones Generales es el de reglar los concursos de precios para la prestación de servicios, sus contrataciones y ejecuciones, que realiza la Empresa AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

2 Terminología A los efectos de la interpretación y aplicación de las disposiciones del presente Pliego y de todo otro documento contractual, se deberán tener en cuenta las definiciones indicadas en el Artículo 9 de este Pliego.

3 Títulos y Notas Marginales Los títulos, organización numérica y ordenamiento de los artículos que figuran en el Pliego de Licitación no deberán considerarse parte del mismo ni deberán tenerse en cuenta para la interpretación del mismo. Las referencias en los artículos a otros artículos de este Pliego son para facilitar la lectura del mismo. Los oferentes tienen la obligación de comprender la totalidad de los documentos del pliego y la relación que tienen entre sí los artículos, aun cuando las referencias entre estos no hayan sido expresamente dadas.

4 Singular y Plural Las Palabras en singular incluyen también el plural, y viceversa, cuando el contexto lo requiera.

5 Idioma y Legislación El idioma oficial del concurso, contratación y ejecución de servicios será el castellano y el total de la documentación e información requerida deberá estar redactada en dicho idioma. Todo documento redactado en otro idioma deberá ser acompañado con la correspondiente traducción, realizada por traductor público matriculado y su firma debidamente legalizada por autoridad competente. La legislación aplicable será la vigente en la República Argentina.

6 Documentos del Concurso Los documentos del concurso serán:

6.1 El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales y las Condiciones Generales de la Orden de Compra

6.2 El Pliego de Condiciones Particulares y los documentos que se indiquen en el mismo 6.3 Especificaciones Técnicas y los documentos que se indiquen en el mismo

7 Normas de Interpretación En caso de discrepancia, la documentación del concurso deberá ser interpretada en el siguiente orden de prelación:

7.1 Las aclaraciones, modificaciones o instrucciones efectuadas y comunicadas por escrito a los interesados por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., durante el concurso de precios.

7.2 Las Planillas para la Cotización de Precios. 7.3 El Pliego de Condiciones Particulares y los documentos que se indiquen en el mismo 7.4 Especificaciones Técnicas y los documentos que se indiquen en el mismo 7.5 El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales. 7.6 Condiciones Generales de la Orden de Compra

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SERVICIOS

ANEXO 11

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8 Aclaraciones y Consultas. Hasta tres (3) días corridos antes de la fecha prevista para la presentación de las ofertas, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. comunicará las modificaciones, aclaraciones o instrucciones que estime correspondan, como así también las respuestas a las consultas formuladas por los interesados. Dichas consultas podrán efectuarse hasta cinco (5) días corridos anteriores a la fecha prevista para la presentación de las propuestas. Las consultas se aceptarán solo por escrito cuando estén dirigidas a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y entregadas fehacientemente en su área comitente. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. responderá a dichas consultas también por escrito y hará entrega de las consultas y respuestas a todos los que participan en el concurso.

9 Definiciones. A los efectos de la interpretación y aplicación del presente Pliego y de cualquier otro documento contractual, las palabras y expresiones expuestas a continuación tendrán los siguientes significados:

AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y/o AySA: es la sociedad prestataria del servicio de provisión de agua potable y desagues cloacales en el área de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos de Almirante Brown, Avellaneda, Esteban Echeverría, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, Quilmas, San Fernando, San Isidro, San Martín, Tres de Febrero, Tigre, Vicente López y Ezeiza; de agua potable en los partidos de Hurlingham e Ituzaingó; y de recepción de efluentes cloacales en los partidos de Berazategui y Florencio Varela; en la República Argentina.

Comitente: es AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. según la definición anterior

Contrato u Orden de Compra: significa el documento escrito y firmado entre AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y el Prestador, y toda la documentación que en el mismo se indique, todo lo cual reglará los derechos y obligaciones de las partes.

Prestador: significa la persona o empresa con quien AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. ha celebrado el Contrato para la ejecución de los servicios.

Escrito: significa cualquier comunicación manuscrita, mecanografiada o impresa, incluyendo telex, telegrama o Fax.

Especificaciones Técnicas significa las prescripciones técnicas de los documentos incluidos en el Contrato y cualquier modificación o adición a las mismas.

Supervisión: el Personal designado por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. para el Control de los servicios.

Nación: significa la República Argentina.

Servicios: tiene el significado que se infiere en el contexto de la redacción donde se usa.

Oferta: significa el total de la documentación y la cotización de los precios que efectúa el proponente a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. para la ejecución de los servicios y la subsanación de cualesquiera defectos de las mismas, de acuerdo con los alcances, las normas y las disposiciones que regulan el Concurso de Precios.

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ANEXO 11

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Plazos: significa tiempo, que se computará en días corridos calendarios, salvo disposición expresa en contrario.

Proponente u oferente: Persona o empresa que participa del concurso y presenta oferta.

Representante del Prestador: La persona designada por el Prestador como responsable de la prestación del servicio, con autoridad total para actuar en su nombre en todos los aspectos vinculados con el Contrato.

Subcontratista: Persona o Empresa autorizada como tal, expresamente y por escrito, por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

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ANEXO 11

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PARTE II - BASES DEL CONCURSO

CAPÍTULO I LA OFERTA

10 Extensión de la Propuesta. La oferta de cada proponente deberá comprender el total de los servicios objeto del respectivo concurso de precios. Los oferentes cotizarán obligatoriamente los servicios con las características descriptas en la documentación del concurso, lo que se considerará “Oferta Básica”. En los casos que el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas lo permita, el proponente podrá presentar una oferta alternativa, en forma totalmente separada de la “oferta básica”, la que será evaluada en un mismo pié de igualdad con la básica.

11 Alcance de los Precios Cotizados. Se considerarán incluidos en los precios ofertados, todo servicio detallado en la documentación del Contrato o que, sin estar expresamente indicado en ella, resulta implícitamente necesario para prestar el servicio, incluyendo pero no limitado a todos los materiales y equipos; la mano de obra y todo el personal directo e indirecto que resulte necesario para la realización correcta y completa de los servicios; así como los gastos directos e indirectos, los riesgos y contingencias y las ganancias esperadas. Todos los servicios indicados en los Pliegos de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares deberán ser cotizados por los oferentes en alguna de las partidas previstas en las Planillas de Cotización de Precios Unitarios y Globales. Se entenderá que el monto ofertado comprende todos los servicios antes mencionados.

12 Suficiencia de la oferta. La presentación de la oferta significará que el oferente se ha asegurado la corrección y suficiencia de la misma y que los precios unitarios y globales ofertados cubren todas sus obligaciones, definidas en los documentos del concurso, así como todos los aspectos y elementos necesarios para la adecuada prestación del servicio. Por el solo hecho de presentar su propuesta, el Oferente acepta estar en conocimiento de todas las condiciones y características del lugar donde se deberá prestar el servicio, como así también de las tramitaciones que deba efectuar o permisos que deba obtener, ante cualquier autoridad nacional, provincial, municipal o privada en su nombre o a nombre de su Comitente.

13 Garantía de la Oferta.

Cada oferta será garantizada por una suma igual al 1% (uno por ciento) de su monto y obligatoriamente mantenida por un plazo de 90 (noventa) días, o más allá y hasta la firma del contrato en caso de resultar preadjudicada, por alguno de los medios que se indican a continuación:

13.1 Dinero en efectivo que será depositado en el banco y cuenta que oportunamente se indicará. 13.2 Fianza bancaria 13.3 Póliza de Seguro de Caución 13.4 Pagaré sin protesto en ofertas menores a $ 150.000

Los documentos citados en 13.2 y 13.3 deberán ser emitidos por instituciones de reconocida solvencia, a criterio exclusivo de AySA.

La garantía será devuelta a todos los proponentes que no resulten adjudicatarios de los servicios.

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AySA podrá disponer la realización de licitaciones y concursos en los cuales no sea de aplicación la presente cláusula.

14 Elementos constitutivos de la Propuesta. Las propuestas de ofertas deberán contener:

14.1 Formulario de la oferta para los servicios, de acuerdo con el modelo agregado como Anexo de este Pliego.

14.2 Documentación autenticada que acredite la personería y/o representación del firmante o firmantes de la oferta.

Los poderes conferidos fuera de la República Argentina serán otorgados según las formas del lugar de emisión y contaran con las condiciones de autenticidad exigidas por la legislación Argentina. En caso de países adheridos será suficiente la legalización mediante la “Apostille” de la Convención de La Haya.

En caso que una propuesta sea presentada por varios oferentes, (a través de agrupamientos de empresas, Unión Transitoria de Empresas (U.T.E.), etc.) éstos deberán asumir el total de sus obligaciones en forma mancomunada y solidaria frente a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y a terceros, durante la vigencia del término de mantenimiento de la oferta, así como hasta la finalización del contrato en caso de resultar adjudicatarios de las obras.

14.3 Copia autenticada del contrato social o estatuto del proponente, si éste es una sociedad. Si la autenticación se realizare fuera de la República Argentina, se procederá en la misma forma indicada en el segundo párrafo del inciso anterior.

14.4 Copia de los estados contables de los últimos 2 ejercicios anuales y el último balance trimestral publicado por el oferente que esté obligado a hacerlo, con los respectivos informes del auditor.

14.5 Antecedentes que demuestren la capacidad técnica del Oferente 14.6 Constancia bancaria de que es titular de una cuenta corriente. 14.7 Planilla con la cotización de precios 14.1 De corresponder, programa detallado del Sistema que propone utilizar para el Control de calidad

de los trabajos a desarrollar. 14.9 De corresponder, programa a adoptar en materia de seguridad, higiene, conservación del medio

ambiente, en concordancia con las normas legales y contractuales vigentes. 14.10 Garantía de mantenimiento de la oferta 14.11 Declaración jurada Compre Trabajo Argentino, conforme modelo del Anexo III. 14.12 Declaración jurada detallando nomina de todos los juicios y mediaciones pendientes de

resolución, tanto en materia Civil, Comercial y Laboral, en los que se encuentre demandado o citado a la fecha de presentación de la Propuesta; así como que no mantiene situaciones de conflicto laboral con los trabajadores afectados a las tareas a contratar.

14.13 Declaración jurada manifestando que no se encuentra alcanzado y/o encuadrado en ninguna de las inhabilidades para contratar con AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. detalladas en el Anexo II, conforme modelo de dicho anexo.

14.14 Copia de los documentos indicados en el Artículo 6 de este Pliego, con las aclaraciones, modificaciones o instrucciones efectuadas por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. durante el llamado a concurso de precios.

14.15 Eventual documentación complementaria que pudiera exigirse en el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas.

IMPORTANTE: Quedan exceptuados de presentar la documentación requerida en los puntos 14.2; 14.3; 14.4 y 14.5 aquellos oferentes que ya lo hubieren efectuado en presentaciones anteriores (en cuyo caso se deberá indicar el número de Pedido de Precios u Orden de Compra correspondiente), salvo en los casos en que se hayan producido modificaciones en las mismas en cuyo caso deberán actualizarla.

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15 Forma de la Propuesta. Las cotizaciones se formularán en PESOS, con I.V.A. discriminado, a menos que en el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas se dispusiera otra forma.

La omisión de los documentos mencionados en los Artículos 14.1 al 14.15 o de su foliatura, sellado y firma, podrá determinar el rechazo de la oferta, siendo discrecional para AySA evaluar la existencia de omisiones menores que podrán ser salvadas con posterioridad a la apertura de las ofertas, así como de aquellos que por la naturaleza del contrato no sean exigibles por AySA.

En todo concurso o licitación en que se requiera la presentación de la oferta en sobre cerrado, la misma se presentará con el total de sus hojas foliadas, selladas y firmadas, en original y una copia que llevará un rótulo en el que conste la denominación del concurso que se trata y el nombre del oferente.

16 Presentación de las Propuestas. La documentación que compone la propuesta será presentada en el lugar y hasta el día y hora que se indique en la invitación o llamado a concurso.

Las ofertas presentadas vencido el plazo, serán devueltas a los presentantes.

CAPÍTULO II EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

17 Análisis y Evaluación de las Ofertas. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. procederá al análisis y evaluación de todas las ofertas presentadas, para lo cual tendrá en cuenta entre otros, los siguientes factores, cuya enumeración no significa orden de prelación ni limitación:

17.1 Calidad técnica de la oferta en general y en especial, para los servicios del tipo que se concursen. 17.2 Organización y metodología en la realización de las diversas tareas reflejadas en la oferta. 17.3 Confiabilidad de los métodos propuestos y de cumplimiento del plazo estipulado para la ejecución

de los servicios.

Sin perjuicio de los factores de evaluación mencionados, en las Condiciones Particulares se detallarán otros criterios a evaluar y requisitos que tendrán que cumplimentar los oferentes para ser considerados adjudicatarios.

Para el análisis de las ofertas, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. podrá requerir de los oferentes todas las aclaraciones que considere necesarias, así como los documentos omitidos con la propuesta y que a su criterio exclusivo puedan ser agregados.

18 Adjudicación de los servicios En las licitaciones o concursos se procederá a adjudicar a la oferta admisible de menor valor, que asegure el cumplimiento de los objetivos de calidad y eficiencia perseguida, sin que ello obligue a concretar la contratación, ya que por causas justificadas se podrá anular el proceso y efectuarse o no nuevamente, incluyendo la modificación de las bases del llamado, sin que tal determinación reconozca algún derecho a los cotizantes.

Dentro de los 5 (cinco) días de notificada la adjudicación, el adjudicatario deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento del contrato por un monto equivalente al 5 %(cinco por ciento) del monto contractual, ello mediante alguno de los instrumentos especificados en el Artículo 13.

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AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. a su sola opción podrá adjudicar los servicios licitados a más de un Prestador.

Independientemente de la forma en que se realice el concurso o de su resultado, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. no será responsable en ningún caso de los gastos en que pudieran haber incurrido los oferentes para la preparación de las ofertas.

19 Auditoria Previa. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. podrá, hasta la oportunidad de la firma del Contrato u Orden de Compra, auditar la veracidad de la información y documentación acompañada por el adjudicatario en su oferta, para lo cual éste último permitirá el examen de toda la documentación que se le solicitase. En el supuesto de que dicha auditoria arrojase un resultado negativo, quedará descartada la oferta.

20 Confidencialidad. El Prestador deberá guardar la más rigurosa confidencialidad frente a terceros respecto de toda la información y documentación relacionada con los servicios contratados y con su ejecución, teniendo en cuenta que se trata de servicios que AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. lleva adelante en su carácter de concesionaria de un servicio público del Estado Nacional, por lo que no podrá dar a conocer la misma sin autorización previa y por escrito de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. También deberá requerir dicha autorización previa para todo tipo de publicidad que realice de los servicios.

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PARTE III - CONDICIONES GENERALES

CAPÍTULO III - REPRESENTANTES DEL COMITENTE Y DEL PRESTADOR

21 Control de los trabajos El Control de los trabajos por parte de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. será realizada por intermedio de la Supervisión que esta designe, quien será el servicio competente para ello, desde el momento en que se disponga el inicio de los servicios y hasta la total terminación y recepción de los mismos y a quién el Prestador deberá facilitar ampliamente su contralor.

22 Representante del Prestador El Prestador designará con el cargo de Representante de orientación acorde con la naturaleza de los servicios a realizar según el Contrato, con autoridad suficiente para actuar en su nombre en todos los aspectos vinculados a la ejecución de los servicios.

Durante la ejecución de los servicios y durante el tiempo posterior que la Supervisión estime necesario, el Prestador proporcionará la supervisión necesaria para el debido cumplimiento de las obligaciones contractuales. Dicho representante recibirá, en representación del Prestador, ordenes e instrucciones de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y/o su Supervisión, siendo la persona autorizada por el Prestador para emitir la Documentación indicada en el Artículo 24 de este Pliego.

CAPÍTULO IV DOCUMENTOS CONTRACTUALES Y SU PRELACIÓN

23 Prelación. En caso de discrepancia, la documentación contractual deberá ser interpretada en el siguiente orden de prelación:

23.1 El Contrato u Orden Compra propiamente dicho y sus modificaciones23.2 Las aclaraciones, modificaciones o instrucciones a los Pliegos Licitatorios efectuadas y

comunicadas por escrito a los interesados por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., durante el concurso de precios.

23.3 El Texto de las partidas de la planilla para la Cotización de Precios Unitarios 23.4 El Pliego de Condiciones Particulares y su documentación Anexa 23.5 Especificaciones Técnicas y su documentación Anexa. 23.6 El Pliego de Bases y Condiciones Generales 23.7 Condiciones Generales de la Orden de Compra 23.8 La Oferta del Prestador

donde 23.1 tiene la prioridad más alta para la interpretación de los documentos contractuales y 23.8 la más baja.

Si en la interpretación del contrato bajo su faz técnica surgieran divergencias, estas serán resueltas por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., cuyas decisiones serán definitivas respecto al tipo y calidad de los materiales a utilizar. En caso de conflictos en la información contenida en cualesquiera de los documentos del contrato se considerará como obligatoria la más favorable a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A..

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24 Comunicaciones, Acuerdos, Aprobaciones, Certificaciones y Decisiones.Siempre que en el Contrato exista una disposición acerca del otorgamiento o emisión de cualquier comunicación, acuerdo, aprobación, certificación o decisión por parte de cualquier persona, salvo que se especifique lo contrario, tal comunicación, acuerdo, aprobación, certificación o decisión se hará por escrito en original y duplicado para constancia y prueba de su recepción y los términos comunicar, certificar o decidir deberán interpretarse de esta forma. Ninguno de tales comunicaciones, acuerdos, aprobaciones, certificaciones o decisiones serán retenidos o demorados sin justificación.

CAPÍTULO V OBLIGACIONES DE AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

25 De colaboración y cooperación. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. colaborará y cooperará con el Prestador y pondrá a disposición del mismo todo aquello que resulte necesario y a lo cual se encuentre obligado conforme las disposiciones del Contrato, para que el mismo pueda cumplir en tiempo y forma con los servicios contratados.

26 De abonar el precio pactado. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. se obliga a pagar, dentro de los plazos convenidos, todas las certificaciones que se encuentren aprobadas conforme las disposiciones de este Pliego, del Pliego de Bases, del Pliego de Condiciones Particulares, de las Especificaciones Técnicas y/o de las Condiciones Generales de Compra.

27 De verificación y recepción. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. verificará la correcta marcha de los servicios y en su oportunidad y de corresponder, aceptará y recibirá provisoria o definitivamente, los servicios ejecutados.

28 De abstención. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. se abstendrá de realizar cualquier acto que pueda perjudicar la normal marcha de los servicios, salvo que el mismo se encontrare debidamente justificado, o fuere alguno de los previstos en los Documentos del Contrato.

CAPÍTULO VI OBLIGACIONES DEL PRESTADOR

29 Responsabilidades Generales del Prestador. El Prestador deberá, con el cuidado y la diligencia debidos, prestar los servicios de acuerdo con las estipulaciones del Contrato. El Prestador deberá aportar toda la supervisión, mano de obra, materiales, maquinaria y cualquier otra cosa, de naturaleza temporal o permanente, que sean requeridos para dichos servicios, en la medida en que la necesidad de la aportación de las mismas esté especificada o se deduzca razonablemente del Contrato. El Prestador será responsable de la correcta interpretación de los distintos documentos técnicos. En caso de divergencias técnicas se tendrá en cuenta lo previsto en el último párrafo de la cláusula 23 de este Pliego. El Prestador no podrá suspender los servicios, ni aún parcialmente, con el pretexto de que existen divergencias pendientes, bajo pena de aplicación de las sanciones previstas en las Condiciones Generales de la Orden de Compra.

30 Subcontratación. El Prestador no podrá subcontratar parte alguna de los servicios sin previo consentimiento, expreso y por escrito, de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

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Tal consentimiento no eximirá al Prestador de responsabilidad u obligación contractual alguna, siendo responsable de los actos, incumplimientos o negligencias de cualquier Sub-Contratista, sus agentes, colaboradores o trabajadores, como si fueran los actos, incumplimientos y negligencias del propio Prestador, sus agentes, colaboradores o trabajadores. En el caso de subcontratación autorizada, el Prestador deberá requerir del Sub-Contratista el cumplimiento de todas las obligaciones impuestas a aquél por el contrato, ello mediante nota con firmada certificada por escribano público, en la que asuma dichas obligaciones y en especial que conoce y acepta el total de la documentación que conforma el contrato entre AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y El Prestador, en especial el Pliego de Bases y Condiciones Generales que integra tal documentación. Dicha nota deberá ser entregada al área comitente, como condición previa para que ésta la autorice. Ningún subcontrato eximirá al Prestador del cumplimento de las obligaciones asumidas por él en el contrato y la responsabilidad derivada de los servicios subcontratados le corresponderá como si las hubiera realizado directamente. La violación o el incumplimiento, por parte del Prestador o, en su caso, del Subcontratista autorizado, de cualquiera de las obligaciones previstas en este artículo, será causal de rescisión del contrato.

31 Empleados del Prestador. El Prestador será el único responsable y titular de los contratos de trabajo que correspondan al personal que emplee, de tal modo que no habrá relación ni vinculación directa ni indirecta entre AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y ese personal. El Prestador, a requerimiento de la Supervisión, le entregará un informe detallado en la forma y con la frecuencia que establezca AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. o su Supervisión, sobre el personal y el número de trabajadores de cada categoría que tenga empleados en ese momento en la prestación del servicio, así como toda otra información o documentación que se le pudiese requerir relativa a su personal. En consecuencia, correrá por cuenta exclusiva del Prestador el cumplimiento y observancia de todas las leyes, decretos, convenios colectivos y demás disposiciones presentes o futuras emanadas de autoridades públicas nacionales y/o provinciales que rigen o rijan en lo sucesivo en materia profesional, laboral, de seguridad e higiene en el trabajo, fiscal y/o de previsión social, y que se relacionen con la prestación de estos servicios, obligándose a asegurar contra accidentes de trabajo al personal que emplee. Asumirá en forma exclusiva y total la responsabilidad que pueda sobrevenir por la eventual inobservancia de lo que establezcan cualquiera de las disposiciones indicadas y quedará a su cargo el pago de todas las indemnizaciones por cualquier concepto y por accidente de trabajo, muerte o incapacidad, que pudiere corresponderle al personal que utilice en la prestación de las tareas motivo del presente convenio, o a sus derechohabientes. A tal fin, el Prestador deberá indicar en cualquier momento que se le solicite la nómina del personal a su cargo, Nº de C.U.I.L., Obra Social a la que pertenece, Seguro que lo cubre, los depósitos de los Aportes Previsionales y de la Seguridad Social y todo otro requisito que sean exigidos por las Leyes y Reglamentaciones. Deberá mantener al día el pago del personal que emplee, abonándole una remuneración no inferior al jornal mínimo que establecen las leyes de trabajo y los convenios colectivos de aplicación. Deberá entregar el primer día hábil de cada mes un listado del personal que trabajará durante ese periodo en las obras, sin perjuicio de informar dentro de las 24 horas toda alta o baja que se produzca durante dicho periodo. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. podrá auditar, cuando lo considere necesario, los libros y demás documentación del Prestador, para constatar el cumplimiento de todas las obligaciones laborales y de la seguridad social descriptas anteriormente. El Prestador asumirá la responsabilidad de implementar el Servicio de Higiene y Seguridad para la coordinación de las acciones de prevención durante todo el tiempo que dure el servicio, debiendo cumplimentar las normas legales en la materia y los Requerimientos de Higiene y Seguridad para Empresas Contratistas. El Contratista que utilice mano de obra para mantener, reparar, reacondicionar, rehabilitar o reemplazar instalaciones o equipos del servicio, presentarán declaraciones juradas y garantías respecto de que no mantiene ni tiene situaciones de conflicto laboral con los empleados afectados a tales tareas.

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En todo caso, AySA tendrá derecho de reclamar garantías adicionales, retener pagos, presentarse ante las autoridades competentes, o iniciar acciones de cualquier índole que permitan reestablecer cualquier situación conflictiva, sin que ello genere derecho alguno de parte de el Contratista alcanzado por estas medidas.

Toda infracción o incumplimiento a las obligaciones descriptas en este artículo es causal especial de rescisión del contrato por culpa del Prestador, el que deberá resarcir y mantener indemne a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. por todas las consecuencias que ello le origine.

32 Capacidad del personal El personal del Prestador deberá poseer la debida capacidad, especialización y experiencia para la realización de los trabajos que se le encomienden. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. se reserva el derecho de efectuar una evaluación previa de todo personal. También podrá AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., cada vez que lo considere conveniente, examinar a través de personal profesional especializado, la capacidad, especialización y experiencia que requieran los trabajos que realicen, así como exigir cuando lo considere necesario la capacitación de dicho personal, o el retiro de aquél que a su criterio no posea la competencia mínima necesaria para realizar tareas del tipo de las que el Prestador le haya encomendado. Podrá igualmente requerir el retiro del personal que demuestre mala conducta o sea negligente en el correcto desempeño de las tareas asignadas o cuya presencia sea considerada de alguna manera indeseable. Cualquier persona que por estas razones haya sido retirada, deberá ser reemplazada lo antes posible y como máximo dentro de las 48 horas de producida la notificación.

33 Seguros.

33.1 Generalidades

El Prestador deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior.

Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática.

El día de inicio de los servicios o de la relación contractual, el Prestador deberá presentar a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas. Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas.

La Supervisión no aprobará los certificados en el supuesto que el Prestador no haya presentado las pólizas correspondientes.

Será obligación de el Prestador notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Prestador será responsable por todas las pérdidas,

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reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo.

El régimen de seguros impuesto por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. al Prestador, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. En consecuencia el Prestador se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas.

En todos los supuestos, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. no será responsable por suma alguna que el Prestador se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros.

Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:

a) No podrán ser modificadas o anuladas sin autorización de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

b) La compañía aseguradora deberá comprometerse a notificar a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. cualquier omisión de pago y otro hecho de cualquier naturaleza en que incurriere el asegurado principal y que resulte causal de suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión del contrato o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial, con una antelación mínima de quince (15) días respecto de la fecha en que dicha omisión pudiere determinar las consecuencias apuntadas.

Mientras no se cumpla lo indicado precedentemente, no se producirá la suspensión de cobertura, caducidad, rescisión o pérdida de vigencia de la póliza, en forma total o parcial, hasta tanto transcurra el plazo fijado a partir de la fecha de la notificación a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. se reserva el derecho de recabar información ante las compañías aseguradoras, respecto de las condiciones de contratación de los seguros, así como las vigencias y estados de deuda.

El régimen de seguros detallado implica la contratación de seguros por expresa disposición de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y aquellos que son de cumplimiento obligatorio por leyes o decretos. En caso que durante la vigencia del Contrato se establezca la obligatoriedad de contratación de algún otro seguro, o modificación de los convenios colectivos de trabajo y otros no indicados a la fecha de formalización del contrato, el Prestador deberá considerar incorporado ese requisito legal al régimen de seguros de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., regularizando su situación dentro de los 30 (treinta) días de exigibilidad legal que originó el nuevo seguro o la modificación.

Si el Prestador dejase de contratar a su costo y mantener en vigencia los seguros previstos, o cualquier otra cobertura que le pudiere ser exigida, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. podrá en tales casos contratar y mantener en vigencia dichos seguros, pagar los premios necesarios para estos fines, deduciendo oportunamente los montos abonados de las sumas devengadas o a devengar a favor de el Prestador, o bien recuperar los mismos como deuda del mismo. También

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podrá AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. ejecutar la rescisión del Contrato por causa de este incumplimiento.

No se admitirá en ningún caso el autoseguro.

33.2 Pólizas a Contratar

El Prestador deberá cumplir como mínimo con los diversos tipos de seguros que se detallan a continuación:

a) De RESPONSABILIDAD CIVIL, (en forma conjunta) a nombre del Prestador y/o Subcontratistas y/o AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., de manera tal que la indemnización resultante sea la misma que si se tratase de pólizas por separado, por cualquier daño, pérdida o lesión que pudiera sobrevenir a cualquier bien, o cualquier otra persona, en la ejecución o a causa de la ejecución de las obras o en el cumplimiento del contrato.

Las pólizas deberán indicar claramente que AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. será considerada como tercero en aquellos casos en los que el Prestador ocasionara daños a bienes o al personal de la empresa.

El seguro podrá ser contratado en forma anual, o por cada obra específicamente debiendo la suma asegurada ser:

1) equivalente al 20 % del monto del contrato sin I.V.A. con un mínimo de $ 100.000 en el caso de servicios a realizarse dentro de instalaciones y/o predios dependientes de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

2) equivalente al 20 % del monto del contrato sin I.V.A. con un mínimo de $ 500.000 en el caso de servicios a realizarse en la vía pública.

b) De AUTOMOTORES: Para los automóviles que utilice este seguro debe cubrir la Responsabilidad Civil Ilimitada hacia terceras personas transportadas y no transportadas y daños a bienes de terceros, incluyendo la responsabilidad por la carga transportada.

c) DE ACCIDENTES DE TRABAJO - LEY 24557

El Prestador, previo a la iniciación de los servicios, deberá presentar la póliza y/o el comprobante de afiliación correspondiente en alguna de las ART/Cías de Seguro, aceptadas por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. a su entera satisfacción, o autorización correspondiente para operar como Cía. autoasegurada; como así también los comprobantes que certifiquen el pago de dicha póliza, caso contrario AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. no aprobará certificado alguno hasta tanto le diere cumplimiento. Por otra parte adjunto a cada Factura, el Prestador deberá presentar copias certificadas, o en su defecto copias con exhibición de los originales, de los comprobantes de depósitos de los premios correspondientes al mes en curso y el listado de personal amparado.

Asimismo deberán incorporar a la póliza, la siguiente cláusula adicional:

“... ART renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., sus funcionarios, empleados y obreros, bien sea con fundamento en el art. 39.5 de la Ley 24.557 o cualquier otra norma jurídica, con motivo de

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las prestaciones en especie o dineraria que se vea obligada a otorgar o abonar al personal dependiente o ex dependiente de (empresa Prestador) alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidentes en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo.

“... ART se compromete a notificar fehacientemente a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., toda omisión de pago y/u otro hecho de cualquier naturaleza en que incurriere el Asegurado principal y que causare: suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión o pérdida de vigencia, total o parcial, de la póliza, con una anticipación mínima de 15 días corridos, respecto de la fecha en que pudieren verificarse tales circunstancias.”

d) De ACCIDENTES PERSONALES: “El Prestador”, por el personal que contrate sin relación de dependencia, previo a la iniciación de los servicios deberá presentar, para cada uno de ellos, póliza a Accidentes Personales, con cobertura completa, por un monto de $180.000,00

34 Accidentes. De producirse accidentes en el lugar de prestación de los servicios, el Prestador deberá adoptar los

siguientes recaudos:

34.1 Tratándose de Accidentes de Trabajo, comunicarlo en forma inmediata a la Supervisión y dentro de las 12 (doce) horas de ocurrido el accidente una relación circunstanciada de los hechos, los datos personales del accidentado y las posibles lesiones sufridas.

Dentro de los 7 (siete) días de ocurrido el accidente, el Contratista presentará a la Supervisión, 2 (dos) copias de la denuncia respectiva enviada a la compañía aseguradora, así como copia de la denuncia policial en caso de corresponder.

34.2 Todo otro accidente ocurrido, será comunicado a la Supervisión en un parte mensual que incluya los acaecidos en tal período, acompañando 2 (dos) copias de las respectivas denuncias enviadas a la compañía aseguradora y a la autoridad policial de corresponder.

35 Cumplimiento de Leyes y Normas Reglamentarias. 35.1 Cumplimiento

El Contratista ejecutará los servicios de acuerdo con las leyes, reglamentos, ordenanzas, y normas, de cualquier autoridad nacional, provincial, municipal, Colegio Profesional, o Caja Previsional, relacionadas con la ejecución de los servicios, así como las normas de Higiene y Seguridad Internas de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y normas técnicas establecidas en las Especificaciones Técnicas del presente pliego, debiendo tramitar y obtener todos los permisos que dichas autoridades requieran, debiendo presentar todos los planos y documentos que se le requieran, firmados por los profesionales que en cada caso corresponda.

Es responsabilidad del Prestador verificar que los documentos del contrato estén de acuerdo a dichas disposiciones y de notificar por escrito cualquier contradicción que exista entre ellos.

Si el Prestador obra con conocimiento de tales contradicciones y sin notificarlas, asumirá total responsabilidad por las consecuencias que surjan.

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El Prestador mantendrá indemne a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. contra toda clase de multas y responsabilidades por infracción de cualquiera de dichas disposiciones. No obstante, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. será responsable de la obtención de cualquier permiso de planeamiento o zonificación urbana o similar, exigido para proseguir los servicios.

Asimismo, el Prestador deberá dar estricto cumplimiento a las reglamentaciones vigentes relativas

al ejercicio profesional de la ingeniería y/o de cualquier otra profesión que por la ejecución del contrato corresponda aplicar, nombrando los responsables técnicos que dichas reglamentaciones prevean, estando a su cargo y costo el pago de todos los aranceles, matriculaciones, aportes, etc., que por el ejercicio profesional y/o la firma profesional de permisos, planos o cualquier otra documentación, exijan las autoridades nacionales, provinciales, municipales, los Colegios Profesionales y las Cajas Previsionales respectivas. Los convenios que se suscriban con estos profesionales deberán ser visados por el Colegio Profesional y/o Caja Previsional que corresponda, estando a cargo y costo del Prestador el pago de los aranceles y/o aportes exigidos.

35.2 Disposiciones Municipales

El Prestador deberá dar estricto cumplimiento a las reglamentaciones municipales vigentes respecto a trabajos en la vía pública, al cierre total o parcial de calles o cruces de calles, a la señalización, vallado y balizamiento de obras, a la ocupación y/o uso y/o conservación y/o apertura de la vía pública, a la construcción y/o reparación de pavimentos y veredas, al encajamiento y/o retiro de tierra y/o materiales, a cruces de vías férreas o rutas nacionales o provinciales, a las normas sobre preservación del medio ambiente y de seguridad e higiene, etc., abonando los derechos y/o tasas y/o aranceles y/o garantías que correspondan por dichos conceptos.

Cuando se deba interrumpir el tránsito en las arterias que afectan obras, se deberá señalizar con toda claridad los desvíos para canalizar el recorrido vehicular con señales diurnas y nocturnas.

A los fines anteriormente indicados se deberán efectuar las averiguaciones del caso, dado que posteriormente no se reconocerá adicional alguno por este motivo.

El Prestador no tendrá derechos a reclamos ni indemnización alguna por parte de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., en concepto de daños y perjuicios producidos por el tránsito público en el área de trabajo, siendo aquel el único responsable de los accidentes que resulten atribuibles al estado del desvío o deficiencias, sustracción o roturas de señalamiento o de medidas de protección. El Prestador deberá realizar inspecciones diarias durante la duración de los trabajos para verificar el buen estado de las protecciones y señalizaciones.

La señalización y colocación de luces de peligro y utilización de vallas con bandas reflectivas, alcanzará a todo el sitio de trabajo y/o instalaciones conexas cualquiera sea su ubicación, así como también a complementos, equipos y/o maquinarias transitoriamente depositados en las inmediaciones y en la vía pública.

En las zonas de trabajo, el Prestador deberá impedir que el público pueda transitar por tramos de calzada o vereda que presenten cortes, obstáculos peligrosos, o etapas constructivas no terminadas, que puedan ser motivo de accidentes. Para ello proveerá pasarelas provisorias de barandas que mantendrá en perfectas condiciones durante su uso.

Todos los pozos deberán protegerse horizontalmente con rejillas en toda su extensión dentro del propio vallado para prevenir caídas; los zanjados en calzadas deberán contar con tantas señalizaciones luminosas como sentidos de circulación vehicular haya en el lugar y los pozos

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deberán ser vallados en su totalidad desde el inicio de la obra hasta la habilitación al tránsito y los cajones deberán ser colocados dentro del perímetro vallado.

El Prestador colocará y mantendrá durante todos los trabajos los documentos municipales requeridos tales como: carteles, permisos, ordenamientos de tránsito, etc. La magnitud de los cortes de tránsito no superará a lo aprobado por el Municipio correspondiente, e indicado en el ordenamiento de tránsito correspondiente.

AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., descontará preventivamente de los certificados, por cada acta de infracción que se labre con motivo de los trabajos, un importe de $ 500, valor promedio estimado de la multa posible a ser aplicada.

Será obligación del Prestador presentarse ante la autoridad que hubiere labrado la actuación correspondiente al acta, a fin de efectuar los descargos que considere pertinentes.

Una vez conocida y firme la resolución o fallo definitivo de cada actuación, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., procederá a la devolución al Prestador del excedente sobre los $ 500,00 si se hubiere aplicado una multa inferior, o al descuento sobre cualquier certificado pendiente de pago, o fondo de reparo, o cualquier importe que por cualquier otro concepto se le debiera al mismo, cuando la multa fuere superior. Si no se hubiere aplicado multa alguna y con debida acreditación de ello, devolverá el importe retenido preventivamente.

36 Deber del Prestador de actuar durante emergencias. En casos de emergencias con motivo y en ocasión de los trabajos, que amenacen o que puedan causar daños a personas o daños a propiedades de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. o de terceros, el Prestador tiene el deber de actuar inmediatamente en salvaguarda de tales daños.

37 Notificación de substancias peligrosas. Si el Prestador encontrase en el sitio de la ejecución del servicio alguna materia o substancia que sospeche que resultará peligrosa para la salubridad de personas, debe de cesar el trabajo en el área afectada, acordonar la misma y notificar inmediatamente a la Supervisión. Si las substancias resultaran ser peligrosas, el traslado y disposición final de ellas será realizado con cargo de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A..

38 Trabajos a Ejecutar en Vía Pública o en Terrenos bajo Otras Jurisdicciones. El Prestador deberá reducir al mínimo los inconvenientes a causar a la población, cumpliendo con las normas y ordenanzas vigentes, así como con convenios que tenga firmados AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. con autoridades comunales, provinciales o nacionales Todas las sanciones, multas o indemnizaciones que pudieren corresponder por la ejecución deficiente o antirreglamentaria de tales trabajos serán soportados por el Prestador.

CAPÍTULO VII PLAZOS

39 Orden de Inicio de los servicios. Una vez formalizada la firma del Contrato el Prestador deberá presentar:

Dentro de los 5 días corridos de esa fecha:

39.1 las pólizas de seguros y recibos de pago requeridas en el Pliego.

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39.2 un listado bajo declaración jurada, del personal a ser afectado al servicio, con indicación del número de C.U.I.L., y antigüedad en la empresa.

39.3 constancia de la cobertura prevista por la Ley de Riesgos de Trabajo.

Y de corresponder dentro de los 10 días corridos de esa fecha:

39.4 el programa detallado para el Control Ambiental y sus medidas de mitigación, conforme los Procedimientos para la Protección y Control Ambiental.

39.5 el programa específico para la mitigación de los efectos ambientales, cuando exista Estudio de Impacto Ambiental para la obra.

39.6 el programa de prevención de accidentes y enfermedades profesionales de acuerdo a los riesgos previstos en cada etapa de obra; el programa de capacitación al personal en materia de Higiene y Seguridad, y; el organigrama del Servicio de Higiene y Seguridad y Medicina del Trabajo; todo ello de conformidad con la Ley N° 19587, Decreto Reglamentario N° 911/96 y Resoluciones de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo Nos 231/96, 51/97 y 35/98, o de cualquier otra norma legal o reglamentaria que se dicte en el futuro.

39.7 Deberán presentar , para su aprobación en el Dpto. de Higiene y Seguridad de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., la siguiente documentación, de acuerdo a la Ley 19.587 (Nacional de Higiene y Seguridad) y su Decreto reglamentario 351/79 :

‚ Constancia de poseer un Servicio de Higiene y Seguridad y Medicina del Trabajo, los cuales podrán ser internos o externos y con carga horaria profesional de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1338. Firmada por el Director de la Empresa y los Profesionales de Higiene y Seguridad y Medicina del Trabajo a Cargo de tales Servicios.

‚ Se indicará Responsable del Servicio de Higiene y Seguridad y su Matricula habilitante, indicando el cumplimiento de las horas – profesionales mensuales en función del número de trabajadores equivalentes y de los riesgos de la actividad, definida según obligación de cumplimiento de los distintos Capítulos del Anexo I del Decreto 351/79.

‚ Aseguradora de Riesgos del trabajo que cubra al personal. ‚ Nomina del personal comprendido. ‚ Entregará el análisis de riesgos de los trabajos que deba realizar y las medidas tendientes

a neutralizar los mismos. Estará firmado por el representante de la Empresa y el Responsable de Higiene y Seguridad.

‚ Constancias de entrega de ropa de trabajo y elementos de protección personal acordes a los riesgos de las tareas a desarrollar.

‚ Constancias de capacitación en temas acordes a las tareas a desarrollar, firmadas por el personal y el Profesional de Higiene y Seguridad.

‚ Constancias de entrega de Normas de Seguridad relacionadas a los trabajos que se ejecutarán, firmadas por el personal y el profesional de Higiene y Seguridad.

Una vez cumplidos los requisitos indicados en 39.1 al 39.7, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., dará la Orden de Inicio, fijando la fecha de manera fehaciente.

40 Inicio de los servicios. Los servicios deberán comenzar en la fecha que se establezca en el Pliego de Condiciones Particulares u Orden de Compra, y una vez cumplimentados todos los requisitos establecidos en el Art. 39

41 Prórroga del Plazo de Terminación. El Prestador podrá solicitar que se le consideren prórrogas de plazos por razones de fuerza mayor o imprevisibles. A tal fin, será condición indispensable para su consideración que presente el pedido con todos los elementos justificativos del evento y sus consecuencias, dentro de las 72 (setenta y dos) horas de

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acaecidos los hechos, sin perjuicio de las que AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. pueda disponer de oficio.

En ningún caso las prórrogas de plazos darán derecho alguno al Prestador, a reclamar mayores costos, o cualquier otro concepto.

CAPÍTULO VIII CERTIFICACIONES Y PAGOS

42 Certificaciones Mensuales. A efectos de certificar los servicios ejecutados, la medición o justificación de avance de los servicios realizados se efectuará el último día hábil de cada mes. Al efectuarse las mediciones, se dejará constancia de las mismas en un acta firmada por el Representante del Prestador y por la Supervisión. El Prestador, en función de la medición, los cómputos efectuados y los precios contractuales, elaborará por triplicado el correspondiente certificado, acompañado de la documentación que en cada caso corresponda, todo lo cual será presentado, ante la Supervisión, dentro de los 5 (cinco) días de efectuada la medición.

En forma conjunta con el certificado y como requisito para su recepción, deberá presentar:

42.1 Bajo declaración jurada de veracidad, un listado del personal que haya trabajado durante el período de tiempo correspondiente al certificado de obra anterior y que contendrá:

a) nombre y apellido. b) número de C.U.I.L. c) remuneración abonada d) total de las remuneraciones y retenciones del personal e) total discriminado de los aportes al sistema de seguridad social

42.2 Respecto al mismo personal y por el período indicado en el Artículo 42.1:

a) constancia de pago de las remuneraciones (fotocopia del recibo de sueldo firmada por el beneficiario); b) copia firmada de los comprobantes de pago mensuales al sistema de seguridad social; c) copia del recibo de pago de los seguros requeridos en este pliego (accidentes de trabajo,

responsabilidad civil, automotores y de todo riesgo, construcción y montaje); d) constancia emitida por la aseguradora del personal amparado por el seguro de accidentes de

trabajo durante el período; e) constancia bancaria de que El Prestador y, en su caso el sub-Contratista autorizado, es titular de

una cuenta corriente

43 Aprobación de los Certificados. Dentro de los 7 (siete) días siguientes a la recepción del certificado y del total de la documentación indicada en el artículo anterior, la Supervisión revisará la documentación presentada y, de no existir observaciones y no habiéndose detectado incumplimiento a las obligaciones del Prestador previstas en los Artículos 31 y 33 de este Pliego, conformará dicho certificado y lo elevará para su aprobación. En caso que la certificación no se ajustase a la medición y cómputos efectuados, o contuviere fallas de presentación, o se detectaren incumplimientos a las obligaciones antes indicadas, será devuelta, indicándose claramente las razones de ello y para que el Prestador proceda a su corrección o cumplimiento. Una vez que el Prestador presente nuevamente el certificado, se reiniciará el procedimiento indicado en esta Cláusula y contándose los plazos para su aprobación y pago a partir de la fecha de esta nueva presentación.

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44 Facturación de los trabajos efectuados Con las cifras contenidas en el Certificado Aprobado por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., el Prestador emitirá la factura y, si corresponde, la nota de crédito por las penalidades por trabajos realizados ese mes, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 5 y 6 de las Condiciones Generales de la Orden de Compra. Para el cálculo de los montos que se incluirán en la Nota de Crédito que descontará AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., se considerarán los casos correspondientes al mes informados por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. al Prestador hasta 24 horas hábiles antes de la fecha de comunicación de la aprobación del certificado. La Nota de Crédito deberá emitirse libre de impuestos. La factura no será recepcionada si no se presenta acompañada por la copia del certificado aprobado y por la nota de crédito por aplicación de penalidades, si corresponde.

45 Requisitos para los pagos Durante el régimen transitorio instituido por el decreto del P.E.N. Nº 377/97, el pago de las facturas será efectuado por AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. mediante la emisión de cheque de pago diferido con vencimiento a los 60 (sesenta) días a partir de la fecha de presentación la factura en forma, siempre y cuando que entre dicha fecha y la de pago no se hubiere detectado algún incumplimiento de las obligaciones del Prestador, en cuyo caso se suspenderá dicho pago y cualquier otro pendiente o futuro, hasta que el Prestador acredite fehacientemente su cumplimiento. Atento la modalidad de pago instituido (cheque de pago diferido), en ningún caso el Prestador deberá enviar a AySA facturas de crédito conforme a las disposiciones del Capítulo XV del Título X del Libro II del Código de Comercio (Ley 24.760) y sus decretos complementario y reglamentario.

Asimismo, cuando AySA fuera demandada o codemandada por terceros damnificados con motivo o en ocasión del contrato y cuando el total de montos reclamados judicialmente supere el monto mínimo asegurado por Cobertura de Responsabilidad Civil, AySA podrá retener de los certificados a pagar el 70% de la diferencia entre la referida suma mínima asegurada y el referido total de los reclamos judiciales. Esta retención será practicada hasta tanto finalicen los juicios y sean abonados por el prestador y/o su compañía de seguros, el total de las condenas impuestas y sus cosas.

46 Deducciones AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. podrá deducir de los certificados las sumas que por cualquier motivo le adeude el Prestador con relación al Contrato, cualquiera sea su concepto, incluso los importes correspondientes a multas que se le hubieran aplicado, reclamos o condenas judiciales que hubiera soportado, así como pagos reclamados por proveedores del Prestador. Asimismo AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. podrá compensar y deducir de los certificados, importes que por cualquier concepto le adeude el Prestador con motivo o en ocasión de otros contratos entre las partes.

47 Fondo de responsabilidad

Del importe de cada certificado se deducirá el 5 % (cinco por ciento) en efectivo para constituir un Fondo de Responsabilidad que afianzará cualquiera de las obligaciones previstas en la Orden de Compra, fondo que se devolverá dentro de los 12 meses de finalizada la Orden de Compra.

Esta devolución se hará efectiva una vez satisfecha o deducida cualquier deuda, multa impaga o indemnización a cargo de la empresa Prestadora del Servicio, así como de cualquier importe que adeude a Agua y Saneamientos Argentinos S.A. con motivo o en ocasión de otros contratos entre las partes.

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En el supuesto de acciones judiciales pendientes en que Agua y Saneamientos Argentinos S.A. fuera demandada o co-demandada con motivo o en ocasión de la Orden de Compra, o de cualquier otra relación contractual con la empresa Prestadora del Servicio, el Fondo de Responsabilidad se retendrá hasta tanto finalicen los juicios y se abonen por la empresa Prestadora del Servicio el total de las condenas impuestas y sus costas, o se deduzcan del Fondo las que hubiera tenido que afrontar Agua y Saneamientos Argentinos S.A.

48 Auditoria y Acceso a Constancias. El Prestador llevará los libros, registros, documentos y demás constancias directamente relacionadas con el cumplimiento de los servicios realizados en virtud del presente Contrato, de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados y prácticas aplicadas con criterio uniforme. AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. tendrán acceso en todo momento, en horario hábil normal, a dichos libros, registros, documentos y demás constancias a los efectos de realizar exámenes, auditorias y copias. El Prestador proporcionará instalaciones adecuadas para dicho acceso y exámenes. Las constancias previstas en este artículo deberán conservarse y ponerse a disposición de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. durante la vigencia del presente Contrato y hasta la terminación de toda disputa, reclamo o juicio originado con motivo del mismo. El derecho de acceso previsto en el presente artículo rige para todos los registros contables relacionados con el presente contrato y con toda modificación efectuada al mismo.

CAPÍTULO IX SANCIONES Y RESCISIÓN DEL CONTRATO

49 Agrupamiento de Empresas Desde el momento de la presentación de las ofertas y de resultar adjudicatarios durante la vigencia del contrato, los agrupamientos de empresas, Uniones Transitorias de Empresas, o cualquier otro tipo de asociación de empresas, no podrán modificar en forma alguna su constitución sin la expresa autorización de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. Su incumplimiento será causa de rescisión del Contrato.

50 Multas por Incumplimientos de obligaciones del Prestador Serán de aplicación las establecidas en las Condiciones Generales de la Orden de Compra.

51 Modificación de Sanciones. En el Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas se podrá establecer un régimen de multas diferentes, en cuyo caso se aplicarán aquellas.

52 Rescisión del Contrato El Contrato quedará rescindido de pleno derecho por culpa del Prestador, con pérdida de las garantías constituidas y sin necesidad de intimación previa alguna, en los casos expresamente previstos en el Contrato, o cuando aquél:

52.1 se presente en concurso de acreedores, sea declarada su quiebra, o por cualquier motivo se disponga su liquidación o disolución.

52.2 manifieste su insolvencia al no atender sus deudas a su vencimiento. 52.3 llegue a un acuerdo privado con sus acreedores o realice una cesión en favor de los mismos, o

acuerde cumplir sus obligaciones bajo la Supervisión de un comité de acreedores, o se le nombre un administrador síndico o liquidador de alguna parte de sus bienes.

52.4 se le inicie algún procedimiento legal para la reorganización, arreglo o reajuste de sus deudas. 52.5 se le adopte cualquier medida para establecer una garantía sobre sus activos.

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52.6 se realice algún acto u ocurra algún hecho, en relación al Prestador o sus activos, que legalmente tenga un efecto similar a alguno de los actos o acontecimientos señalados anteriormente.

52.7 reciba una orden de ejecución de alguno o todos sus bienes. 52.8 haya infligido los Artículos Cesiones de las CGOC y 30 de este Pliego. 52.9 haya incumplido alguna de las obligaciones previstas en el Artículo 20 de este Pliego. 52.10 haya incumplido alguna de las obligaciones previstas en los Artículos 31 y/o 33 de este Pliego. 52.11 no diere comienzo a los servicios en el término estipulado. 52.12 abandonare los servicios luego de comenzados. 52.13 no abonare en término las multas que se le impusieren. 52.14 se haya negado de manera persistente o flagrante a cumplir sus obligaciones contractuales, a

pesar de las advertencias y/o intimaciones que le formule y/o multas que le aplique AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. y/o la Supervisión.

En cualquiera de estos casos, AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., o el Prestador que AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. contrate, podrá utilizar la maquinaria y materiales del Prestador en los trabajos, en la medida que estime conveniente para la terminación de las mismas y siempre que las normas legales aplicables al caso así lo permitan.

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AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS

ANEXO 11

VERSIÓN: DIRECTORIO (27/09/2007) FECHA VIGENCIA: 01/10/2007 PÁGINA: 1 / 1

(Anexo I)

FORMULARIO DE LA OFERTA: _____________________________________________________________________________________________

SEÑORES EMPRESA AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

El) Los) Señor(es) ____________________________________________________________________

en representación de ______________________________________________________________________

con domicilio en ___________________________________________________________________________

quien/es se presenta/n y asume/n el total de las obligaciones en forma mancomunada y solidaria, y: DESPUES de estudiar cuidadosamente los documentos del concurso y luego de recoger en el sitio en el que se ejecutará los servicios las informaciones relativas a las condiciones locales que puedan influir sobre los mismos o sobre la determinación de los precios; y no quedando duda acerca de la interpretación de los documentos del concurso y sus condiciones; PROPONE/N ejecutar los servicios que en ellos se especifican, y proveer los elementos de labor que se requieran para efectuar los trabajos, de acuerdo con el verdadero objeto y significado de la documentación y con la finalidad que deberán cumplir los mismos, por los precios unitarios, indicados en las planillas que se acompañan debidamente firmadas, y cumplir con toda la legislación laboral, previsional, de protección al medio ambiente y de higiene y seguridad vigente o que se dicte en el futuro, en los términos y condiciones fijados en los Pliegos de Condiciones que integran el concurso.

Buenos Aires, _______ de ______________ del 200__

Firma: Aclaración:

Teléfono: Fax:

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AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS

ANEXO 11

VERSIÓN: DIRECTORIO (10/03/2017) FECHA VIGENCIA: 10/03/2017

PÁGINA: 1 / 2

(Anexo II)

Inhabilidades para contratar con AySA:

No podrán ser oferentes o contratistas de AySA las personas físicas o jurídicas que encuadren en una o más

de las siguientes situaciones o circunstancias:

a) Se encuentren suspendidos o inhabilitados en el registro/s de la Empresa.-

b) Sean deudores fiscales de la Nación, o previsionales.-

c) Se encuentren inhibidos, con quiebra decretada sin haber sido rehabilitados o en concurso preventivo de

acreedores sin acuerdo homologado.-

d) No hubieren estado a derecho ante reclamos judiciales en los que AySA hubiere sido emplazada o citada.

e) No hubieren asumido su responsabilidad frente a reclamos judiciales o administrativos en los que AySA

hubiera sido condenada con motivo o en ocasión de cualquier obligación contractual mantenida con ella.-

f) Las personas que se encontraren condenadas por delitos contra la propiedad, o contra el Estado

Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la

corrupción, Ley N° 24.759.-

g) Se encontraren en juicio o arbitraje internacional contra AySA.-

h) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren inhabilitadas civil, comercial o penalmente. De igual

manera aquellos que estén condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble del máximo

establecido en la escala para la figura penal de que se trate.-

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AySAS O C I E D A D A N Ó N I M A

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS

ANEXO 11

VERSIÓN: DIRECTORIO (10/03/2017) FECHA VIGENCIA: 10/03/2017

PÁGINA: 2 / 2

(Anexo II)

DECLARACIÓN JURADA - Art. 13.17

A LA EMPRESA AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

El/Los Señores(es)__________________________________________________________________

En representación de _________________________________________________________________

con domicilio en _____________________________________________________________________

DECLARAN BAJO JURAMENTO que la empresa que representan y sus directores no se encuentran alcanzados y/o encuadrados en o por ninguna de las inhabilidades para contratar con AySA detalladas en el Anexo II del PLIEGO BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA CONCURSO DE PRECIOS PARA CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE SERVICIOS

Lugar y Fecha:

Empresa:

Firma:

Aclaración:

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ANEXO III

COMPRE TRABAJO ARGENTINO Ley 25.551 Régimen de compras del Estado Nacional y concesionarios de Servicios Públicos. Alcances. Sancionada: Noviembre 28 de 2001. Promulgada de Hecho: Diciembre 27 de 2001. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: REGIMEN DE COMPRAS DEL ESTADO NACIONAL Y CONCESIONARIOS DE SERVICIOS PUBLICOS"Compre Trabajo Argentino" ARTICULO 1° — La administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas, las empresas del Estado y las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, en la contratación de provisiones y obras y servicios públicos y los respectivos subcontratantes directos otorgarán preferencia a la adquisición o locación de bienes de origen nacional, en los términos de lo dispuesto por esta ley. ARTICULO 2° — Se entiende que un bien es de origen nacional, cuando ha sido producido o extraído en la Nación Argentina, siempre que el costo de las materias primas, insumos o materiales importados nacionalizados no supere el cuarenta por ciento (40%) de su valor bruto de producción. ARTICULO 3° — Se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a las ofertas de bienes de origen nacional cuando en las mismas para idénticas o similares prestaciones, en condiciones de pago contado, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional, incrementados en un siete por ciento (7%), cuando dichas ofertas sean realizadas para sociedades calificadas como pymes, y del cinco por ciento (5%) para las realizadas por otras empresas. Cuando se trate de adquisiciones de insumos, materiales, materias primas o bienes de capital que se utilicen en la producción de bienes o en la prestación de servicios, que se vendan o presten en mercados desregulados en competencia con empresas no obligadas por el presente régimen, se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a los bienes de origen nacional, cuando en ofertas similares, para idénticas prestaciones, en condiciones de pago contado sin gastos o cargas financieras, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional. La preferencia establecida en el segundo párrafo de este artículo se aplicará a los bienes que se incorporen a las obras, se utilicen para su construcción o para la prestación de tales servicios públicos. En todos los casos, a los efectos de la comparación, el precio de los bienes de origen no nacional deberá contener, entre otros, los derechos de importación vigentes y todos los impuestos y gastos que le demande su nacionalización a un importador particular no privilegiado, de acuerdo a como lo fije la reglamentación correspondiente. ARTICULO 4° — Cuando se adquieran bienes que no sean de origen nacional en competencia con bienes de origen nacional, los primeros deberán haber sido nacionalizados o garantizar el oferente su nacionalización. Se entregarán en el mismo lugar que corresponda a los bienes de origen nacional y su pago se hará en moneda local, en las mismas condiciones que correspondan a los bienes de origen nacional y deberán cumplir todas las normas exigidas del mercado nacional. La Secretaría de Industria y Comercio entregará dentro de las 96 horas de solicitado, un certificado donde se verifique el valor de los bienes no nacionales a adquirir. ARTICULO 5° — Los sujetos contratantes deberán anunciar sus concursos de precios o licitaciones en el Boletín Oficial de la forma en que lo determine la reglamentación, sin perjuicio de cumplir otras normas vigentes en la materia, de modo de facilitar a todos los posibles oferentes el acceso oportuno a la información que permita su participación en las mismas. Los pliegos de condiciones generales, particulares y técnicas de la requisitoria no podrán tener un valor para su adquisición superior al cinco por mil (5‰) del valor del presupuesto de dicha adquisición. ARTICULO 6° — Los proyectos para cuya materialización sea necesario realizar cualquiera de las contrataciones a que se alude en la presente ley, se elaborarán adoptando las alternativas técnicamente viables que permitan respetar la preferencia establecida a favor de los bienes de origen nacional. Se considera alternativa viable aquella que cumpla la función deseada en un nivel tecnológico adecuado y en condiciones satisfactorias en cuanto a su prestación. ARTICULO 7° — Las operaciones financiadas por agencias gubernamentales de otros países y organismos internacionales, que estén condicionadas a la reducción del margen de protección o de preferencia para la industria nacional, por debajo de lo que establece el correspondiente derecho de importación o el presente régimen, se orientarán al cumplimiento de los siguientes requisitos:

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a) El proyecto deberá fraccionarse con la finalidad de aplicar el préstamo gestionado para cubrir exclusivamente la adquisición de aquella parte de bienes que no se producen en el país; b) En ningún caso se aplicarán las condiciones del acuerdo de financiación a las compras no cubiertas por el monto de la misma. En el caso de haber contradicción entre las previsiones expuestas en los incisos a) y b) y las que surgieren de los convenios de financiación, prevalecerán estas últimas. Cuando la oferta de bienes de origen no nacional se acompañe por algún tipo de plan de pagos o financiamiento, los oferentes de bienes de origen nacional podrán recurrir al BICE a fin de obtener el financiamiento necesario para equiparar las condiciones financieras ofrecidas. ARTICULO 8° — Quienes aleguen un derecho subjetivo, un interés legítimo, o un interés difuso o un derecho colectivo, podrán recurrir contra los actos que reputen violatorios de lo establecido en la presente ley, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde que tomaron o hubiesen podido tomar conocimiento del acto presuntamente lesivo. Cuando el agravio del recurrente consista en la restricción a su participación en las tratativas precontractuales o de selección del proveedor o contratista deberá reiterar o realizar una oferta en firme de venta o locación para la contratación de que se trate, juntamente con el recurso, aportando la correspondiente garantía de oferta. El recurso se presentará ante el mismo comitente que formuló la requisitoria de contratación, el que podrá hacer lugar a lo peticionado o, en su defecto, deberá remitirlo juntamente con todas las actuaciones correspondientes dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde su interposición, cualquiera fuere su jerarquía dentro de la administración pública o su naturaleza jurídica a la Secretaría de Industria, Comercio y Minería que será el órgano competente para su sustanciación y resolución y que deberá expedirse dentro de los treinta (30) días corridos, contados desde su recepción. La resolución del Secretario de Industria, Comercio y Minería establecerá el rechazo del recurso interpuesto o, en su caso, la anulación del procedimiento o de la contratación de que se trate y agotará la vía administrativa. ARTICULO 9° — El recurso previsto en el artículo anterior tendrá efectos suspensivos respecto de la contratación de que se trate, hasta su resolución por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería, únicamente en los siguientes casos: a) Cuando el recurrente constituya una garantía adicional a favor del comitente que formuló la requisitoria de contratación del tres por ciento (3%) del valor de su oferta, en aval bancario o seguro de caución, que perderá en caso de decisión firme y definitiva que desestime su reclamo; b) Cuando se acredite la existencia de una declaración administrativa por la que se haya dispuesto la apertura de la investigación antidumping previstas en el Código Aduanero, o por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, respecto a los bienes que hubieren estado en trámite de adjudicación y/o contratación o haber sido favorecidos por la decisión impugnada. Cuando la Secretaría de Industria y Comercio Exterior hiciere lugar al recurso, quedará sin efecto el trámite, procedimiento o acto recurrido, se devolverá al recurrente la garantía adicional y se remitirán las actuaciones al comitente que elevó las actuaciones al citado organismo. Cuando no se hiciere lugar al recurso, se remitirán las actuaciones al comitente que formuló la requisitoria de contratación para que continúe con el trámite en curso, sin perjuicio de la responsabilidad del recurrente por los daños y perjuicios que le fueren imputables. ARTICULO 10. — Cuando se compruebe que en un contrato celebrado por sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarios o permisionarias de obras y de servicios públicos o sus subcontratantes directos obligados por la presente ley, hayan violado sus disposiciones, el ministerio en cuya jurisdicción actúe la persona contratante deberá disponer que ningún otro contrato, concesión, permiso o licencia, le sea adjudicado por parte de la administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas y las empresas del Estado por un lapso de tres (3) a diez (10) años según la gravedad del caso. El acto administrativo que aplique dicha sanción será comunicado a los registros nacionales y provinciales correspondientes. ARTICULO 11. — La Sindicatura General de la Nación y los entes reguladores serán los encargados del control del cumplimiento de la presente y propondrán las sanciones previstas precedentemente. ARTICULO 12. — La preferencia del 7% establecida en el artículo 3° de la presente ley será aplicable a las contrataciones que realicen los organismos de seguridad en la medida que no se trate de materiales, insumos o bienes de capital estratégicos cuya adquisición deba permanecer en secreto, a juicio del Poder Ejecutivo nacional. ARTICULO 13. — El texto de la presente ley deberá formar parte integrante de los pliegos de condiciones o de los instrumentos de las respectivas compras o contrataciones alcanzadas por sus disposiciones, a los que deberá adjuntarse copia del mismo.

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ARTICULO 14. — Se considerarán incursos en el artículo 249 del Código Penal, si no concurriere otro delito reprimido con una pena mayor, los funcionarios públicos y los administradores y empleados, cualquiera sea su jerarquía y función, de las entidades mencionadas en el artículo 1° sujetas a la presente ley o a las leyes similares que dicten las provincias, en cuanto omitieren o hicieren omitir, rehusaren cumplir, no cumplieran debidamente las normas declaradas obligatorias por la presente ley, su reglamentación o las normas concordantes dictadas en el ámbito provincial. ARTICULO 15. — El que por informes falsos o reticentes, declaraciones incorrectas, documentación fraguada, maquinaciones de toda clase o cualquier otra forma de engaño, obtuviere indebidamente o hiciere obtener a otro, o de cualquier modo, aun sin ánimo de lucro, facilitare a alguien la obtención indebida de los beneficios establecidos en la presente ley o en las normas concordantes que dicten las provincias y/o el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires incurrirá en la sanción establecida en el artículo 172 del Código Penal. ARTICULO 16. — El Poder Ejecutivo invitará a los gobiernos de las provincias y al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de que adopten las medidas legales apropiadas en sus jurisdicciones, regímenes similares al contenido en esta ley. ARTICULO 17. — Las disposiciones precedentes se aplicarán a las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se inicie con posterioridad a la vigencia de la presente ley y, en la medida que sea factible, en aquellas en que por no haber todavía situaciones firmes fuera posible aplicar total o parcialmente aspectos contemplados en el nuevo régimen. ARTICULO 18. — Dése por vencida la suspensión de la aplicación y vigencia del decreto ley 5340/63 y ley 18.875, prevista en el artículo 23 de la ley 23.697, que no se opongan a la presente ley, y de aplicación a las relaciones jurídicas en vigencia con las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, y los respectivos subcontratantes directos. ARTICULO 19. — Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente. ARTICULO 20. — Las denominaciones "Compre Argentino, Compre Nacional y Contrate Nacional" se han de tener como equivalentes en las normas que así lo mencionen y se asimilarán a la presente. ARTICULO 21. — Serán aplicables al presente las leyes 24.493, de mano de obra nacional y 25.300, de pymes, y sus decretos reglamentarios. ARTICULO 22. — El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley dentro del término de sesenta (60) días de su promulgación. ARTICULO 23. — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO. — REGISTRADA BAJO EL N° 25.551 — RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.

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COMPRE TRABAJO ARGENTINO Decreto 1600/2002 Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 25.551. Bs. As., 28/8/2002 VISTO el Expediente Nº S01:0166388/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto-Ley Nº 5340 de fecha 1º de julio de 1963 y por la Ley Nº 18.875, se establecieron los regímenes de "Compre Argentino" y de "Contrate Nacional", siendo su principal objetivo canalizar el poder de compra del Estado y de los Concesionarios de Servicios Públicos a favor de la Industria Local. Que el artículo 23 de la Ley Nº 23.697 dispuso la suspensión de los regímenes establecidos por el Decreto-Ley Nº 5340/63 y por la Ley Nº 18.875, y facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a establecer los porcentajes de preferencia aplicables para las contrataciones de obras y servicios nacionales. Que, en ejercicio de estas facultades, el PODER EJECUTIVO NACIONAL dictó el Decreto Nº 1224 de fecha 9 de noviembre de 1989, mediante el cual se reglamentó el artículo 23 de la Ley Nº 23.697 y se estableció un régimen de preferencias a favor de la Industria Local. Que con posterioridad, por los Decretos Nros. 2284 de fecha 31 de octubre de 1991 y 909 de fecha 12 de octubre de 2000, se modificó el Decreto Nº 1224/89. Que en este contexto, con fecha 28 de noviembre de 2001, se sanciona la Ley Nº 25.551, mediante la cual se establece el Régimen de Compras del Estado Nacional y Concesionarios de Servicios Públicos, denominado "Compre Trabajo Argentino", en adelante el "Régimen". Que el objeto de estos regímenes ha sido y es, canalizar el poder de compra estatal a favor de la Industria Local. Que, en términos generales, puede afirmarse que en el contexto internacional la mayoría de los Estados orientan su gasto gubernamental hacia su Industria Local. Que es consecuente con lo señalado en el considerando precedente, la política de compras gubernamentales implementada por los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA plasmada en el Buy American Act, muchas de cuyas prescripciones son ejemplificadoras en esta materia. Que dentro del concepto "compras gubernamentales" o "estatales" quedan comprendidas aquellas realizadas por los sujetos públicos o privados que, por pertenecer al Estado, utilizan recursos públicos, como así también aquellas que efectúan los sujetos de derecho privado que, por la vinculación económica que tienen con el Estado, ejercen indirectamente el poder de compra estatal. Que el artículo 18 de la Ley Nº 25.551, expresamente, establece: "Dése por vencida la suspensión de la aplicación y vigencia del decreto ley 5340/63 y ley 18.875, prevista en el artículo 23 de la ley 23.697, que no se opongan a la presente ley, y de aplicación a las relaciones jurídicas en vigencia con las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, y los respectivos subcontratantes directos". Que, en consecuencia, al aplicar la preferencia que la Ley Nº 25.551 establece a favor de la Industria Local corresponde integrar las prescripciones de las normas cuya suspensión ha vencido, conforme lo señalado en el considerando precedente. Que, en tal sentido, debe tomarse en cuenta que la Ley Nº 25.551, al establecer las preferencias que habrán de aplicarse en las adquisiciones y/o locaciones que se realicen, en materia de bienes de origen nacional, y al fijar las pautas para hacer jugar las mismas, introduce innovaciones con relación al Decreto-Ley Nº 5340/63; en tanto que, respecto de los criterios para otorgar preferencias en materia de obras y/o servicios, no se introducen modificaciones con relación a lo estatuido por la Ley Nº 18.875. Que, por tal motivo, en las contrataciones de bienes comprendidas por el "Régimen", por aplicación del artículo 1º del Decreto-Ley Nº 5340/63, rige la obligación de adquirir materiales, mercaderías y productos de origen nacional, siempre que el "precio sea razonable". Que, en atención a las prescripciones que en materia de preferencias a favor de los bienes de origen nacional establece la Ley Nº 25.551, corresponde precisar el alcance del concepto de "precio razonable" al que alude el artículo 1º del Decreto-Ley Nº 5340/63. Que, entre otros aspectos a reglamentar, se destaca lo atinente al "valor bruto de producción", ya que el mismo tiene incidencia fundamental en la definición del bien de origen nacional a favor del cual se establecen las referidas preferencias. Que la Ley Nº 25.551, en su artículo 5º, estableció que los sujetos contratantes deberán anunciar sus concursos de precios o licitaciones en el Boletín Oficial de la forma en que lo determine la reglamentación, por lo cual corresponde reglar el procedimiento para garantizar el acceso oportuno a la información por parte de los posibles oferentes locales, dando así efectivo cumplimiento a lo dispuesto en el mencionado artículo.

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Que una de las formas de garantizar tal acceso oportuno es a través de la publicación y difusión de los Programas de Inversión, Planes y/o Proyectos de Inversión en los cuales se prevean tales contrataciones. Que, a tal efecto, debe tomarse en consideración que el Decreto Nº 436 de fecha 30 de mayo de 2000 y el Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 —"Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional" —, regulan —entre otros aspectos— el sistema de publicidad y difusión al que deberán ceñirse los procedimientos de contratación de la Administración Central y los organismos descentralizados, comprendiendo, entre estos últimos, a las instituciones de seguridad social. Que, con relación a lo señalado precedentemente, las pautas que en materia de publicidad y difusión establezca la presente reglamentación, sólo serán aplicables a las contrataciones no incluidas en el citado Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, pero alcanzadas por el "Régimen". Que a fin de evitar que la oferta local quede excluida frente a la adopción de alternativas técnicas u otros condicionamientos de imposible cumplimiento para el mercado local, corresponde regular lo atinente a las condiciones que deben cumplirse en los pliegos de especificaciones técnicas para permitir la utilización de materiales y productos que puedan ser abastecidos por la Industria Local. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION Nº 7 de fecha 4 de febrero de 2002. Que el presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º — Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 25.551, que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto. Art. 2º — La Autoridad de Aplicación del Régimen de Compre Trabajo Argentino será la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, la que queda facultada a dictar las normas aclaratorias e interpretativas que sean necesarias para su aplicación, modificar los montos establecidos y fijar las pautas de publicación y difusión determinadas en la Reglamentación del "Régimen de Compre Trabajo Argentino" que, como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto. Estas facultades no inciden sobre las facultades que, como órgano rector en materia de contrataciones del Estado Nacional, posee la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y, en particular, con relación a las facultades exclusivas que respecto de las contrataciones comprendidas en el Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional instituido por el Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y normativa complementaria y/o modificatoria, posee la citada oficina. Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DUHALDE. — Alfredo N. Atanasof. — Roberto Lavagna. ANEXO I REGLAMENTACION DEL "REGIMEN DE COMPRE TRABAJO ARGENTINO" ARTICULO 1º — Reglaméntase el artículo 1º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) Las preferencias establecidas en el "Régimen", serán aplicables, cuando se cumplan los recaudos instituidos por la Ley Nº 25.551, conforme se describe a continuación: I) En materia de bienes: a favor de las ofertas integradas por bienes de origen nacional, según se los define en el artículo 2º de dicha norma. Para la determinación del origen del bien, no debe tomarse en consideración la calidad de local o no del sujeto que lo produce o extrae, sino el carácter objetivo del bien, esto es que la preferencia que el "Régimen" instituye, alcanza tanto a bienes provistos por empresas de capital interno como de capital externo, en tanto se reúnan los requisitos de fabricación local enunciados por la Ley Nº 25.551. II) En materia de servicios: a favor de las ofertas presentadas por una empresa o consultor local en los términos establecidos por la Ley Nº 18.875. III) En materia de obras: a favor de las ofertas que, en lo referido a la provisión de los materiales de obra, cumplan con el requisito de origen nacional y, en cuanto a los servicios de proyecto, dirección y construcción de obra, cumplan con lo establecido en el apartado precedente. Los supuestos contemplados en los apartados I), II) y III) del presente inciso, configuran, a los efectos de la presente reglamentación, oferta nacional. b) Por oferta extranjera debe entenderse toda aquella que no reúna las características establecidas en el inciso precedente. ARTICULO 2º — Reglaméntase el artículo 2º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos:

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a) Se considerará que las piezas o partes y conjuntoso subconjuntos incorporados a un bien están incluidos dentro del término insumos. b) Se entiende por valor bruto de producción —del bien de origen nacional— a la sumatoria de: I) Los costos de las materias primas, insumos o materiales nacionales o importados necesarios para su producción sin impuestos. II) Sus costos de conversión (mano de obra, servicios y otras cargas; excluido el Impuesto al Valor Agregado —IVA—) en que incurriese la empresa para producir o comercializar el bien. III) Los costos financieros, definidos como los intereses (explícitos o implícitos), actualizaciones monetarias, diferencias de cambio, premios por seguros de cambio o similares, derivados de la utilización de capital ajeno, netos, en su caso, de los correspondientes resultados derivados del cambio en el poder adquisitivo de la moneda. IV) El prorrateo de los costos fijos. V) El margen o ganancia por unidad de la empresa. c) Los costos de las materias primas, insumos o materiales a que se refiere el apartado I) del inciso precedente comprenden: I) En el caso de aquellos adquiridos localmente por el productor local: el costo de adquisición, incluyendo el costo de transporte al lugar de su transformación o incorporación al bien final. II) En el caso de aquellos importados por el productor local: el valor de costo, seguro y flete (CIF) puerto argentino más todos los tributos que gravan la nacionalización de un bien —excepto el lVA—, que debieran ser satisfechos para su importación por un importador no privilegiado, más el costo de transporte al lugar de su transformación o incorporación al bien final. III) En el caso de aquellos manufacturados por el productor local: todos los costos asociados con su producción, incluyendo los costos de transporte al lugar de su transformación o incorporación al bien final. d) Para el cómputo del origen nacional definido en el artículo 2º de la Ley Nº 25.551, se entenderá como: I) Partes o piezas nacionales: aquellas producidas integralmente a partir de materias de origen nacional o las que se elaboren en el país a partir de materias primas importadas, siempre que estas últimas experimenten en el proceso de elaboración o fabricación una transformación en su composición, forma o estructura original. Las partes o piezas que no están comprendidas en las definiciones precedentes, no serán consideradas nacionales, aunque hayan sido adquiridas en el país. II) Subconjunto o conjunto nacional: 1) Se considerará totalmente nacional, cuando el valor de las piezas importadas incorporadas representen, como máximo, el CUARENTA POR CIENTO (40%) del valor de venta sin IVA. 2) Cuando el conjunto o subconjunto resulte de una transformación sustancial en el país de las piezas importadas, que implique que la partida arancelaria en la Nomenclatura del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) del conjunto o subconjunto, es diferente a la partida arancelaria de las piezas importadas incorporadas al mismo. e) Para definir cuando un bien es de origen nacional en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 25.551, se utilizará la siguiente fórmula: MP +I + M = XVBP

MP = Costo de las materias primas importadas nacionalizadas I = Costo de los insumos importados nacionalizados (incluye conjuntos y subconjuntos) M = Costo de materiales importados nacionalizados VBP = Valor Bruto de la producción de un bien Un bien es de origen nacional cuando X es menor o igual a 0,4. ARTICULO 3º — Reglaméntase el artículo 3º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) En aquellos procesos de contratación en los cuales se presenten ofertas de bienes de origen nacional y de bienes que no revisten tal carácter, la obligación de adquirir materiales, mercaderías y productos de origen nacional está supeditada a que el precio de tales bienes sea razonable. b) Por precio razonable deberá entenderse aquél que —en condiciones de pago contado— sea hasta un CINCO POR CIENTO (5%) o SIETE POR CIENTO (7%) superior al precio del bien de origen no nacional, según corresponda. El SIETE POR CIENTO (7%) se aplica cuando los bienes de origen nacional son ofrecidos por sociedades calificadas como Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y el CINCO POR CIENTO (5%) cuando sean ofrecidos por otras empresas. En caso de mercados desregulados, por precio razonable debe entenderse aquél que sea igual o inferior al precio del bien de origen no nacional que se ofrezca. c) Por idéntica o similar prestación debe entenderse toda aquella que cumpla con los requerimientos establecidos en los documentos de contratación en los cuales se solicite, y sea apta para la función deseada.

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d) Cuando en un proceso de selección se realicen observaciones que susciten dudas con relación a sí los bienes de origen nacional contenidos en una oferta son aptos para idénticas o similares prestaciones a las que brindan los bienes que no sean de origen nacional contenidos en otra oferta, se deberá solicitar la intervención vinculante de la Autoridad de Aplicación, la que, para resolver tal cuestión, podrá contar con el asesoramiento del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I.), Organismo Descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, u otro ente técnico acreditado por el ORGANISMO ARGENTINO DE ACREDITACION (O.A.A.) Asociación Civil sin fines de lucro. Los costos que pudieran demandar dichas intervenciones, estarán a cargo de quien haya realizado la observación si ésta resultare infundada o a cargo de quien haya realizado la oferta, si la observación resultare fundada. e) Por mercado desregulado o en competencia, debe entenderse aquél en el cual no se dé alguna de las siguientes condiciones: fijación y control de tarifas, control de la prestación, y autorización y/o control de inversiones por el Estado Nacional a través de sus Entes Reguladores o jurisdicción que corresponda. f) En los casos de mercados desregulados, la preferencia adicional del artículo 3º de la Ley Nº 25.551 no es aplicable y sólo subsiste en caso de igualdad. g) Para la calificación de Micro, Pequeña y Mediana Empresa se estará a lo establecido en la Resolución Nº 24 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 15 de febrero de 2001 y normas modificatorias. h) En las contrataciones alcanzadas por el "Régimen", la comparación de precios prevista en el último párrafo del artículo 3º de la Ley Nº 25.551, deberá realizarse sobre la base del precio final de los bienes en moneda nacional, puesto en el lugar de entrega establecido en los documentos de la contratación. i) Por importador particular no privilegiado, debe entenderse aquél que no se encuentra alcanzado por alguna exención o beneficio respecto del régimen general arancelario e impositivo. ARTICULO 4º — Reglaméntase el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) En aquellos casos en los cuales un oferente proponga proveer bienes que no sean de origen nacional y de los que él no tenga "stock" propio en el país, deberá garantizar la nacionalización de los bienes importados a que se refiere el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, mediante la entrega de una caución, a favor del sujeto contratante, conforme lo establezca la Autoridad de Aplicación. b) El certificado al que se refiere el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, mediante el cual se verifique el valor de los bienes no nacionales a adquirir —en adelante Certificado de Verificación (CDV)— , será utilizado por la Autoridad de Aplicación y por los sujetos enumerados en el artículo 11 de la Ley Nº 25.551, para ejercer el control de las obligaciones emergentes de la misma en el marco de una contratación sujeta al "Régimen". c) A los efectos de la emisión del certificado a que se refiere el inciso precedente, se deberán tomar en consideración las siguientes pautas: I) El Certificado de Verificación (CDV) debe ser solicitado a la Autoridad de Aplicación por el sujeto contratante a cuyo favor será emitido. II) La oportunidad en la cual el sujeto contratante debe requerir la emisión del CDV, varía según la contratación de que se trate, conforme se detalla a continuación: 1) Contrataciones comprendidas en el Régimen del Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria: el CDV debe solicitarse antes de la adjudicación. 2) Contrataciones no comprendidas por el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, pero sí alcanzadas por el "Régimen": el CDV debe solicitarse antes de que se perfeccione la contratación. III) Para su obtención deberá presentar una declaración jurada manifestando: 1) Haber cumplido con las obligaciones emergentes del "Régimen". 2) El precio o valor final del bien de origen no nacional ofertado. 3) Que el precio o valor declarado, conforme al numeral precedente, es inferior al de los bienes de origen nacional ofertados, respecto de los cuales se aplicó la preferencia establecida en el "Régimen", o que no se presentaron ofertas de bienes de origen nacional. d) El precio o valor declarado será consignado en el CDV y será tenido en cuenta como el precio final máximo a pagar con relación al bien no nacional que se quiere adquirir. Si la Autoridad de Aplicación o los entes encargados del control del "Régimen", con posterioridad al perfeccionamiento del contrato, verificasen que éste se suscribió por un precio o valor superior al consignado en la declaración jurada referida en el inciso c) precedente, deberán iniciar las acciones pertinentes para la aplicación de las sanciones establecidas en los artículos 14 y/o 15 de la Ley Nº 25.551, según corresponda. e) El requirente deberá mantener a disposición de la Autoridad de Aplicación toda la documentación de respaldo a los fines de que ésta, de entenderlo pertinente, pueda requerir su presentación a los efectos de ejercer las facultades de control que, como tal, le competen.

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f) El plazo de NOVENTA Y SEIS (96) horas, establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 25.551, será equivalente a CUATRO (4) días hábiles administrativos, y comenzará a computarse a partir de que el requirente haya presentado a la Autoridad de Aplicación la documentación de respaldo completa y en correcta forma. ARTICULO 5º — Reglaméntase el artículo 5º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) A los fines de garantizar el acceso oportuno a la información sobre los procesos de contratación alcanzados por el "Régimen" y no comprendidos en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, los sujetos contratantes deberán dar a conocer tales procesos y realizar una planificación, por lo menos anual, de las contrataciones que prevean realizar. b) A los efectos de la aplicación del "Régimen", esta planificación será considerada como un Programa de Inversión y podrá estar integrada por uno o más Proyectos o Planes de Inversión. Las expresiones Proyectos de Inversión o Planes de Inversión se utilizan indistintamente y tienen idéntico alcance. c) Las contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y, asimismo, comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, se deberán anunciar y/o difundir de conformidad con las pautas establecidas en el referido decreto y normativa complementaria y/o modificatoria. d) En el resto de las contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, sus procesos de selección se deberán anunciar y/o difundir según las pautas que se establecen en esta reglamentación, las que podrán ser complementadas e integradas por normas que dicte la Autoridad de Aplicación, a saber: I) Las contrataciones de bienes, obras y/o servicios cuyo importe no supere los PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), serán consideradas como gastos de caja chica o fondo fijo y estarán exentas de la obligación de publicación y/o difusión. II) Las contrataciones de bienes, obras y/o servicios cuyo importe supere los PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) hasta el monto de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), en las que se prevea la participación de ofertas compuestas por bienes no nacionales, deberán ser difundidas en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS por el término de DOS (2) días, con una antelación nunca inferior a CINCO (5) días hábiles con relación a la fecha límite de recepción de ofertas de la contratación de que se trate. III) Las contrataciones de bienes, obras y/o servicios cuyo importe supere el monto de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), en las que se prevea la participación de oferta de bienes no nacionales, deberán ser difundidas en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) y simultáneamente publicadas en el Boletín Oficial y en, por lo menos, UN (1) periódico de circulación nacional masiva, por el término de DOS (2) días, con un mínimo de VEINTE (20) días corridos de antelación a la fecha límite de recepción de ofertas, computados a partir del día siguiente a la última publicación. IV) El contenido del aviso del proceso de selección respectivo, a publicarse en un periódico de circulación nacional masiva, podrá limitarse a consignar una remisión al sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), en cuyo sitio deberá estipularse el contenido de todos los datos del proceso de selección pertinente. V) El contenido del anuncio de la convocatoria que se remita para su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), deberá contener los datos que esta oficina, por sí o a través de la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 25.551, determine. e) Los sujetos que realicen contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, deberán dar a conocer los Programas de Inversión, como así también los Proyectos y/o Planes de Inversión. Estos deberán ser publicados por el término de DOS (2) días en el Boletín Oficial y por UN (1) día en, por lo menos, UN (1) periódico de circulación nacional masiva. Asimismo, deberán ser difundidos en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) en forma simultánea desde el día en que se le comience a dar publicidad en dichos medios. f) Para la publicación y difusión de los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión deberán tomarse en consideración las siguientes pautas: I) Los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión cuyos montos sean inferiores a PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000), deberán ser difundidos y publicados con una antelación nunca inferior a los TREINTA (30) días hábiles previos a la apertura de ofertas. II) Los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión cuyos montos sean iguales o superiores a PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000) y hasta PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000), deberán ser difundidos y publicados con una antelación nunca inferior a los CUARENTA Y CINCO (45) días hábiles previos a la apertura de ofertas.

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III) Los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión cuyos montos sean superiores a PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000), deberán ser difundidos y publicados con una antelación nunca inferior a los SESENTA (60) días hábiles previos a la apertura de ofertas. IV) En los casos en los cuales el sujeto contratante cuente con un Programa de Inversiones, integrado por DOS (2) o más Proyectos o Planes de Inversión, podrá optar por realizar una única publicación y difusión del Programa de Inversión, antes del 30 de noviembre del año anterior al de su implementación. V) En aquellos supuestos en que se ejerza la opción establecida en el apartado IV) del presente inciso, si en los Proyectos o Planes de Inversión que integran el respectivo Programa se prevén procedimientos mediante los cuales se posibilite la participación de oferta extranjera y se supere el monto de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), la decisión de contratación específica que así lo prevea deberá publicarse y difundirse conforme lo prescripto en el apartado III) del inciso d) del presente artículo. VI) El contenido del aviso a través del cual se publicite el Programa de Inversión y/o Proyecto o Plan de Inversión, podrá limitarse a consignar una remisión a la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), en la cual deberá estipularse el contenido del mismo, en los términos de lo establecido en los apartados IV) y V) del inciso d) del presente artículo. VII) Los Programas y/o Proyectos o Planes de Inversión que deben anunciarse deberán establecer, con claridad, la definición de los bienes u objetos de la inversión y contener como mínimo las Especificaciones Técnicas y los servicios conexos asociados a la instalación y puesta en marcha del equipamiento y/u obra según corresponda, los plazos estimados de ejecución de los mismos y el procedimiento probable de contratación que se utilizará en cada caso. VIII) En el caso de optarse por la presentación de UN (1) único Programa de Inversión, integrado por los distintos Proyectos o Planes de Inversión previstos para el lapso de UN (1) año calendario, se deberá consignar cuáles de estos Proyectos o Planes de Inversión integran el Programa y el plazo estimado de implementación de los mismos. Los Planes o Proyectos de Inversión que integran el Programa, deberán contener idénticas especificaciones que las referidas en el apartado precedente y determinar las fechas estimadas de realización de cada inversión en particular. g) La publicación y/o difusión de los Proyectos o Planes de Inversión y/o Programas de Inversión, en su caso, no generará derechos a favor de terceros y los datos de las contrataciones consignados en las mismas podrán ser modificados; pero toda modificación que implique un apartamiento sustancial de las Especificaciones Técnicas, deberá ser publicada conforme lo establecido en el inciso 9 del presente artículo. h) La OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) llevará una Base de Datos de todos los Programas de Inversión y/o Proyectos o Planes de Inversión y de las contrataciones superiores a PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) que se realicen en el marco del "Régimen", debiendo efectuar la difusión sin cargo de las mismas. i) Las contrataciones no alcanzadas por lo establecido en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, pero sí comprendidas en el "Régimen", podrán efectuarse mediante cualquier procedimiento de selección del contratista, pero el sujeto contratante deberá tomar en consideración que: I) Si no se prevé la participación de ofertas de bienes no nacionales y la contratación fuera superior a PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), no rige la obligación de publicación y/o difusión establecida en el inciso d), apartados II) y III) del presente artículo. Pero, de presentarse en el proceso de selección una oferta de bienes no nacionales, su participación en el proceso de que, se trate, queda supeditada a que el ente convocante publique una nueva convocatoria con los anuncios establecidos por esta norma y realice un nuevo procedimiento de contratación conforme lo marca la presente normativa para el caso de participación de oferta de bienes no nacionales. II) Si se prevé la participación de oferta de bienes no nacionales, las comparaciones de precios deberán realizarse luego de recibidas todas las ofertas. En los casos que se requiera mejora de oferta, ésta deberá ser solicitada a todos los participantes y la comparación realizarse luego de recibida la última mejora. j) En las contrataciones comprendidas en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria, para difundir las etapas del procedimiento que correspondieren, deberán observarse las pautas establecidas en el referido decreto y normativa complementaria y/o modificatoria. k) En el resto de las contrataciones regidas por el "Régimen" que sean superiores a PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) y en las que se hubiera previsto participación de ofertas integradas por bienes no nacionales, el sujeto contratante deberá efectuar en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) con anterioridad a la efectiva suscripción o celebración del contrato, según corresponda, las siguientes difusiones de ofertas y adjudicaciones: I) La nómina de ofertas recibidas y el monto de las mismas. En los supuestos en que se hayan solicitado y brindado mejoramiento de ofertas, estas últimas también deberán ser difundidas con carácter previo a la

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adjudicación y/o dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas contadas a partir de la perfección del contrato, a opción del sujeto contratante. II) El nombre de quién resultó adjudicatario y/o con quién va a suscribir el contrato. l) En aquellos casos excepcionales en los cuales se acredite fehacientemente que no se pueda cumplir con las exigencias de anunciar y/o difundir las contrataciones establecidas por la presente reglamentación, sea por encontrarse comprometida la normal prestación de un servicio publico o por existir razones que no han podido preverse o que previstas no han podido evitarse, la Autoridad de Aplicación podrá, mediante resolución fundada, exceptuar de su cumplimiento al obligado. ARTICULO 6º — Reglaméntase el artículo 6º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) En todas las contrataciones alcanzadas por el "Régimen" se deben adecuar las especificaciones técnicas a las prescripciones establecidas en el artículo 6º de la Ley Nº 25.551 y en los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 18.875, en cuanto resulten aplicables. Asimismo, es de aplicación lo prescripto en el artículo 46 del Decreto Nº 436 de fecha 30 de mayo de 2000 y modificatorios que, en lo referido a la precisión en la descripción del producto, se rige por el Sistema de Identificación de Bienes y Servicios de Utilización Común creado por la Decisión Administrativa Nº 344 de fecha 11 de junio de 1997. b) A los efectos de cumplir con la adopción de alternativas técnicamente viables para la Industria Local, se deberán establecer las especificaciones técnicas en base a normas del INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACION (lRAM) Asociación Civil sin fines de lucro y, de no existir las mismas para un determinado producto, a las normas del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y, en su defecto, a las internacionales correspondientes. Cuando por razones técnicas verificables se requieran productos para los cuales no existan normas, deberán definirse las especificaciones técnicas de los mismos. c) Las obligaciones emergentes del "Régimen", en ningún caso, disminuyen o liberan de responsabilidad por el cumplimiento de las obligaciones que en materia de calidad corresponden a los sujetos obligados por el mismo. ARTICULO 7º — Sin Reglamentación. ARTICULO 8º — Reglaméntase el artículo 8º de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: La presentación de los recursos administrativos deberá ajustarse a las formalidades y recaudos previstos en el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991, en lo que fuere pertinente, indicándose de manera concreta, la conducta o acto que el recurrente estimare como lesiva para sus derechos o intereses, así como el daño causado. Advertida alguna deficiencia la formal, el recurrente será intimado a subsanarla dentro del término perentorio de CINCO (5) días hábiles administrativos, bajo apercibimiento de desestimarse el recurso. ARTICULO 9º — Sin Reglamentación. ARTICULO 10. — Sin Reglamentación. ARTICULO 11. — Reglaméntase el artículo 11 de la Ley Nº 25.551, en los siguientes términos: a) La SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y los entes reguladores serán los encargados del control del cumplimiento de la Ley Nº 25.551, así como de la presente reglamentación. b) A fin de garantizar el efectivo cumplimiento del "Régimen", se establece que: I) Toda oferta nacional deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal. II) La falta de presentación configurará una presunción, que admite prueba en contrario, de no cumplimiento de las prescripciones vigentes con relación a la calificación de oferta nacional. III) Las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y/o de servicios deberán, periódicamente, presentar al ente regulador sendas declaraciones juradas en las cuales manifiesten que en las contrataciones realizadas durante ese período han cumplido con las obligaciones que el "Régimen" pone a su cargo. En igual sentido, los subcontratistas directos deberán, a su vez, presentar sendas declaraciones juradas a las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y/o de servicios, quienes periódicamente informarán sobre estas presentaciones al ente regulador. La falta de presentación o la consignación de información inexacta dará lugar a las acciones que el ente regulador determine. c) Con relación a las declaraciones juradas y a las denuncias de violación al "Régimen", se establece que: I) La Autoridad de Aplicación, por sí o por el ente que a tal efecto designe, podrá verificar de oficio la veracidad del contenido de las declaraciones juradas, y realizar el pertinente control ex post. En los casos en los cuales para la verificación se requiera la participación del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I) u otro instituto técnico, los costos que demande tal intervención estarán a cargo de la empresa que es objeto de la misma sólo si la información consignada resultara falsa. II) El ejercicio de la facultad de verificar, establecida en el inciso anterior, también podrá ser motivado por una denuncia de violación al "Régimen" promovida ante la Autoridad de Aplicación.

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III) La denuncia, a que se refiere el inciso precedente, deberá ser acompañada de las pruebas documentales que tenga el denunciante o de la indicación de su ubicación, a fin de acreditar razonablemente la verosimilitud de la misma. IV) Si de la investigación resultante de la denuncia realizada deviniera que la información contenida en la declaración jurada es falsa, de suscribirse el contrato, el contratista será pasible de las sanciones contenidas en los artículos 14 y/o 15 de la Ley Nº 25.551, según corresponda, sin perjuicio de las demás sanciones civiles o penales que pudieran corresponder. V) Sin perjuicio de las sanciones civiles y/o penales que pudieran corresponder, el nombre o razón social de la persona que fraguare la información sobre el contenido local de los bienes o que, mediante cualquier engaño o ardid, indujera a error a la Autoridad de Aplicación y/o a los sujetos contratantes, será difundido en la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), conforme lo establezca la Autoridad de Aplicación, previo acuerdo con la citada OFICINA NACIONAL. VI) Si de la investigación resultante de la denuncia realizada deviniera que la información contenida en la declaración jurada es veraz, el ente contratante continuará con la contratación respectiva. VII) En los casos en que la participación del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I.) o instituto técnico designado tenga origen en la investigación de una denuncia, los costos que la misma implique estarán a cargo del denunciante, si la denuncia fuere falsa, o de quien hubiere presentado la declaración jurada, de confirmarse la inexactitud de los datos en ella consignados. VIII) A los efectos de cubrir los costos operativos que demande la investigación, presentada la denuncia, la Autoridad de Aplicación solicitará, tanto al denunciante como a quien haya presentado la declaración jurada cuyo contenido se cuestiona, una garantía líquida cuyo monto no superará los costos de participación del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I) o instituto técnico designado. Luego de obtenida la resolución del instituto interviniente, la que deberá emitirse dentro del plazo que fije la Autoridad de Aplicación, ésta procederá, previa intimación fehaciente, a la aplicación o ejecución de la garantía presentada por quien resulte obligado al pago y a la devolución de la caución a quien corresponda. Lo prescripto es sin perjuicio de la responsabilidad que por falsa denuncia o declaración inexacta pudiera corresponderle a quien incurriera en ellos. d) La Autoridad de Aplicación deberá acordar con la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC): I) La modalidad a través de la cual se irán incorporando a la base de datos del SISTEMA DE INFORMACION DE PROVEEDORES —SIPRO— administrado por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC), los proveedores de los sujetos que realicen contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidos en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria.d) La modalidad a través de la cual se implementarán las obligaciones de difusión a cargo de los sujetos contratantes que realicen contrataciones alcanzadas por el "Régimen" y no comprendidos en el Decreto Nº 1023/01 y normativa complementaria y/o modificatoria. III) Todas aquellas cuestiones operativas que sean necesarias para la efectiva y transparente implementación del sistema de publicidad y difusión establecido en la presente norma.

ARTICULO 12. — Sin Reglamentación.

ARTICULO 13. — Sin Reglamentación.

ARTICULO 14. — Sin Reglamentación.

ARTICULO 15. — Sin Reglamentación.

ARTICULO 16. — Sin Reglamentación.

ARTICULO 17. — Sin Reglamentación.

ARTICULO 18. — Sin Reglamentación.

ARTICULO 19. — Sin Reglamentación.

ARTICULO 20. — Sin Reglamentación.

ARTICULO 21. — Sin Reglamentación.

ARTICULO 22. — Sin Reglamentación.

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ARTICULO 23. — Sin Reglamentación.

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DECLARACIÓN JURADA

Oferta para la Obra:............................................................................................. ..................................

Conforme dispone el art. 11° inc. B), ap.I) del Decreto 1600/02, reglamentario de la ley 25.551, DECLARO BAJO JURAMENTO que la oferta que presento cumple con las condiciones requeridas por dichas normas legales para ser considerada oferta nacional.

Lugar y fecha: ..............................................................

Empresa: ........................................................................

Firma: ...........................................................................

Aclaración: ...................................................................

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Agua y Saneamientos Argentinos S.A. CONDICIONES GENERALES DE LA ORDEN DE COMPRAANEXO 6

1 Precio: El precio de la Orden de Compra es fijo e invariable. 2 Plazos: Los plazos indicados en la Orden de Compra y en las presentes Condiciones, se contarán en días corridos, salvo especificación en contrario dispuesta por las partes o por la normativa legal, conforme lo determinado por los arts. 28 y 29 del Código Civil. 3 Entrada en vigencia de la Orden de Compra: La orden de compra se considerará en vigencia a partir de la notificación fehaciente al proveedor que resulte adjudicatario, salvo que se requiera la presentación de la Garantía de Fiel Cumplimiento, en cuyo caso se regirá por lo establecido en el Artículo 18 de las presentes condiciones.. Las reservas que el Proveedor pudiera oponer a la Orden de Compra, deberán ser interpuestas dentro de las 24 horas de haber recepcionado la misma, en cuyo caso se suspenderá su entrada en vigencia. La aceptación por parte del Proveedor implica su renuncia a cualquier condición general y/o particular de venta del mismo y, consecuentemente, dichas condiciones no podrán ser invocadas como de aplicación en la Orden de Compra. Cualquier variante, aun cuando hubiere sido pactada verbalmente, será nula hasta que no haya sido instrumentada mediante la correspondiente revisión de Orden de Compra. Agua y Saneamientos Argentinos S.A. se reserva el derecho de anular la Orden de Compra y hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta en caso que el proveedor no cumpliere con los plazos y condiciones establecidos que le fueran notificados para dar entrada en vigencia de la correspondiente Orden de Compra. 4 Cumplimiento del suministro: Salvo disposición en contrario, el cumplimiento y/o la entrega del suministro se efectuará libre de todo gasto para Agua y Saneamientos Argentinos S.A., en los lugares establecidos en la Orden de Compra, estando la descarga incluida en el precio. El Proveedor estará obligado a presentar conjuntamente con la entrega del material un Remito por cuadruplicado en el que consten taxativamente: N° de Orden de Compra, nombre y N° de Registro del Proveedor, N° de ítem y descripción de la mercadería, cantidad, fecha de despacho y número de precintos -si correspondiere-. Dos copias de dicho Remito le serán reintegradas al Proveedor debidamente firmadas y selladas como constancia de entrega del suministro, en condición "a revisar". El Remito deberá consignar el domicilio legal y social del Proveedor y sus condiciones de inscripción ante la A.F.I.P. Salvo disposición en contrario, la recepción provisional sólo será acordada mediante el correspondiente Informe de Recepción. El Proveedor no entregará mayor cantidad del suministro objeto de la Orden de Compra que la por ésta autorizada, salvo indicación en contrario por parte de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., instrumentada con la correspondiente revisión de Orden de Compra. Para aquellos ítems cuyas unidades de medida difieran del N° (kg, m, l, etc.) se admitirá una tolerancia de ± 10% sobre las cantidades ordenadas. Idéntico criterio se adoptará cuando se tratare de impresos. En tales casos, el precio definitivo de la Orden de Compra será calculado por unidad de medida, sobre la base de las cantidades realmente entregadas por el Proveedor. Agua y Saneamientos Argentinos S.A. rechazará total o parcialmente los materiales, elementos, equipos o servicios provistos que no se ajustaren a las exigencias previstas o que excedieren la cantidad autorizada en la Orden de Compra. En tal caso el Proveedor estará obligado a retirar lo rechazado por su cuenta y cargo, dentro de los 5 días de notificado; caso contrario Agua y Saneamientos Argentinos S.A. podrá efectuar su devolución, corriendo por cuenta del Proveedor los gastos que resultaren de embalaje, transporte y/u otros que las devoluciones ocasionaren, o considerar lo entregado como rezago, sin responsabilidad de su parte, y disponer lo que considerare procedente. La recepción total o parcial tendrá carácter provisional hasta tanto se haya cumplido el plazo de garantía fijado en la Orden de Compra. 5 Condiciones de facturación: El 100% de cada entrega correspondiente a la Orden de Compra deberá ser facturado por el Proveedor dentro de las 48 hs. hábiles de efectuada la recepción provisional de los materiales, equipos, elementos, bienes (remito/os firmado/os), o de la fecha de aprobación del certificado de obra provisoria y/o servicio. Asimismo la fecha de presentación de la factura ante Agua y Saneamientos Argentinos S.A. no deberá superar los 5 (cinco) días hábiles de la fecha de emisión de la misma, en caso contrario será rechazada solicitándose su reemisión. 6 Facturación: La facturación que correspondiere a la Orden de Compra deberá atenerse estrictamente a las siguientes condiciones: a) la o las facturas deberán presentarse, salvo indicación en contrario, en el Departamento Cuentas a Pagar, Tucumán 752 - Pta. Baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los días y horario indicados en la Orden de Compra, a nombre de:

Agua y Saneamientos Argentinos S.A. - C.U.I.T.: 30-70956507-5 b) las facturas deberán contener taxativamente las siguientes indicaciones: - número y fecha de la Orden de Compra y número de Registro de Proveedor; - N°s de Remitos amparados por las facturas, certificados; - cantidad, descripción, precios unitarios y total de cada ítem e importe total bruto; - tipo, porcentaje e importe de los eventuales descuentos y/o bonificaciones; - impuestos internos, importe y porcentaje del I.V.A., cuando correspondieren, e importe total neto; - Condición de pago y leyenda indicando que la operación se cancelará mediante la entrega, por parte de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. o Banco que ésta designe de cheque de pago diferido y adjuntar la siguiente documentación, debidamente aprobada por Agua y Saneamientos Argentinos S.A., que permita verificar el origen y la procedencia de la factura presentada: - Acta de Inspección relativa al Suministro y/o parte del mismo que se factura. - Certificado de Avance del Suministro del período facturado. - Remito donde conste fehacientemente la recepción del suministro facturado. - Domicilio legal y social del Proveedor. - Condiciones de inscripción ante el A.F.I.P. c) La o las facturas deberán presentarse dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción de la mercadería, prestación del servicio (remito firmado), o de la fecha de aprobación del certificado de obra definitivo. Se considerarán como no recibidas por parte de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., a todos los efectos de la Orden de Compra, todas aquellas facturas que no cumplimentaren cualesquiera de los puntos anteriormente citados y consecuentemente no se dará curso a su pago hasta que sean presentadas observando la totalidad de dichos puntos. 7 Cesiones, Prendas, Fideicomisos: Agua y Saneamientos Argentinos S.A. no admitirá la operatoria de constitución de fideicomisos, prendas, cesión de créditos, derechos o facturas por parte de sus Proveedores a favor de terceros, bajo ningún concepto y circunstancia; salvo autorización expresa en contrario. En el eventual supuesto de violación de esta disposición el Proveedor se obliga a mantener indemne a Agua y Saneamientos Argentinos S.A. de cualquier reclamo de terceros, respondiendo por los eventuales daños y perjuicios que se ocasionaren a Agua y Saneamientos Argentinos S.A. 8 Requisitos para los pagos: Salvo excepción acordada entre las partes, los pagos de las facturas debidamente aprobadas se realizarán mediante la emisión de cheque de pago diferido, por parte de AySA o del Banco que ésta designe.No corresponderá la emisión y aceptación de la factura de crédito. En caso de pactarse en moneda extranjera, el pago se efectuará en pesos considerando para el calculo (referencia) el valor Dólar Estadounidense tipo vendedor Banco Nación Argentina vigente día anterior a la fecha de las ordenes de emisión de los cheques diferidos. De producirse variaciones menores o iguales al 3% (en más o en menos), en la cotización del Dólar Vendedor Banco Nación del día anterior a la fecha de vencimiento del cheque, con respecto a las cotizaciones de referencia utilizadas, se darán por cumplidas las obligaciones de pago. En caso que dichas variaciones superen el 3% (en más o en menos), las partes asumirán la diferencia de cambio correspondiente de la siguiente manera: en más a cargo de Agua y Saneamientos Argentinos S.A.; en menos a cargo del Proveedor, calculando el coeficiente de variación como el cociente entre la cotización del día anterior a la fecha de vencimiento del cheque y la de referencia. De corresponder, a la fecha del vencimiento del cheque, el Proveedor deberá presentar según corresponda Nota de Débito o de Crédito como consecuencia del ajuste resultante, con vencimiento 48 hs. Toda la operatoria se realizará a través de Banco/s a designar por Agua y Saneamientos Argentinos S.A. - Requisitos de entrega de cheques tanto en Bancos como en Tesorería de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (todos los cheques se emitirán con cláusula “No a la Orden” y cruzados): a) Personas físicas: El titular podrá retirar el cheque con: recibo, documento original y con una fotocopia del mismo, si el retiro lo realiza una persona que no es el titular, deberá realizarlo con recibo y autorización por escrito firmada por el titular con certificación de firma, puede ser por (policía, banco o escribano). La persona estará autorizada hasta que el proveedor no revoque por escrito el poder otorgado. b) Personas Jurídicas: Será obligatoria la presentación del poder, emitido por escribano público, y documento de identidad del autorizado, en ambos casos se deberá entregar fotocopias de dichos documentos, en todos los casos los poderes serán presentados por única vez. 9 Pagos anticipados: En aquellos casos en que la Orden de Compra previere anticipos, éstos deberán ser afianzados por el Proveedor mediante seguro de caución (con firmas certificadas ante Escribano Público y Colegio de Escribanos) o fianza bancaria por los montos recibidos. Esta Garantía deberá ser presentada, conjuntamente con la factura por el anticipo en el lugar indicado de facturación.

El anticipo será descontado - en igual porcentaje que el otorgado – sobre el importe de cada factura y/o certificación que presente el Proveedor, hasta cubrir el total del mismo La Garantía por anticipo será reintegrada contra pago de la última factura de la correspondiente Orden de Compra, en el mismo lugar y horarios de la presentación de la misma. 10 Tratamiento Fiscal: Todos los impuestos, tributos, gravámenes, derechos, tasas, sellados y contribuciones que graven la presente Orden de Compra y/o su objeto y/o su cumplimiento y que se generen hasta el momento de la recepción definitiva por Agua y Saneamientos Argentinos S.A.,estarán a cargo del Proveedor. Impuesto al valor agregado: El precio de la Orden de Compra no incluye el I.V.A., el que deberá ser facturado a la alícuota a la que esté gravada la operación, debiendo consignarse el número de CUIT de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. y su condición de Responsable Inscripto en este impuesto, en un todo de acuerdo con las normas de emisión de comprobantes establecidas por la Resolución General 1415 de la AFIP y sus Anexos, resoluciones complementarias y modificatorias, o las que la Autoridad de Aplicación dictare en su reemplazo. Si el Proveedor se encontrara adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o revistiera la calidad de No Responsable o Exento, frente al IVA no podrá facturar suma alguna en concepto de impuesto al valor agregado. 11 Controles y pruebas: La aceptación de la Orden de Compra por parte del Proveedor, importará la autorización irrevocable para que Agua y Saneamientos Argentinos S.A. efectúe, durante la ejecución del suministro, las inspecciones que considerare necesarias en sus instalaciones o en las de sus Proveedores y/o subcontratistas, para verificar materiales y/o procesos relativos al suministro. También queda comprendida en esta autorización la de realizar todos los controles y pruebas necesarios para verificar la calidad, cantidad y precio de lo adquirido. Las prestaciones del personal del Proveedor, la provisión del instrumental, aparatos, energía, etc. y de todo lo necesario para su realización serán por su cuenta y cargo. 12 Vicios: El Proveedor responderá plenamente por los vicios ocultos que se verificaren en los materiales, elementos y equipos entregados y deberá subsanarlos, por su exclusiva cuenta y cargo, y a entera satisfacción de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., en el plazo que ésta indicare. Asimismo será responsable por todos los daños y perjuicios que Agua y Saneamientos Argentinos S.A. sufriere como consecuencia del vicio oculto verificado. En los casos que corresponda, responderá por los vicios previstos en los artículos 1646 y 1647 bis del Código Civil. 13 Licencias y patentes: Cuando para el cumplimiento de la prestación a su cargo el Proveedor hiciere uso de marcas, patentes, licencias o propiedad intelectual de terceros se obliga a tomar por su cuenta y cargo todas las autorizaciones que ello implicare. El Proveedor responderá por todos los gastos, daños y perjuicios, indemnizaciones, costas, etc., que resultaren para Agua y Saneamientos Argentinos S.A. como consecuencia de reclamos y acciones de terceros respecto de la violación de marcas, patentes, licencias o propiedad intelectual de terceros originadas por la ejecución de la Orden de Compra. 14 Cesión: El Proveedor no podrá subcontratar y/o confiar a terceros y/o ceder el objeto de la Orden de Compra, ya sea total o parcialmente, salvo que mediare autorización previa y expresa de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., la que podrá ser requerida cuando se tratare de suministros y/o trabajos de carácter especial que no se incluyan en la gama de producción o actividad habitual del Proveedor. El incumplimiento por parte del Proveedor producirá la inmediata rescisión del contrato por su exclusiva culpa. 15 Incumplimientos - Penalidades: Vencidos los plazos previstos para el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Proveedor sin que las mismas fueren cumplidas a satisfacción de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., ésta -a su sola opción- podrá: a) rescindir en forma total o parcial (por la parte no cumplida) la Orden de Compra sin derecho a indemnización por parte del proveedor b) aplicar una penalidad (multa) diaria del 0,33% del monto correspondiente a la parte no cumplida. El hecho que Agua y Saneamientos Argentinos S.A. opte por imponer la multa no implica renuncia a su derecho de dar por rescindida la Orden de Compra, por lo cual de continuar el incumplimiento y/o que se produzcan futuros incumplimientos por parte del Proveedor, Agua y Saneamientos Argentinos S.A. podrá optar por rescindir la Orden de Compra. En cualquier caso que Agua y Saneamientos Argentinos S.A. haga uso de la opción de rescisión -sea en forma total o parcial- esta será ejercida de pleno derecho sin obligación por parte de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. de interpelación y/o intimación alguna, con la sola obligación de notificar a El Proveedor de tal decisión. En caso de rescisión el Proveedor perderá la garantía de fiel cumplimiento (en el caso que se hubiere constituido) en proporción a la parte rescindida, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades que se le hubieren aplicado y/o que eventualmente estableciere la Orden de Compra. El total de las multas acumuladas, bajo cualquier concepto, no podrá superar el 15% del monto total de la Orden de Compra. 16 Caso fortuito o de fuerza mayor: Las partes no responderán, recíprocamente, por cualquier incumplimiento causado por caso fortuito o fuerza mayor. No se considerarán tales a la falta de materiales, de mano de obra y/o eventuales defectos ocultos en el material suministrado. La parte que invocare dichas causas como justificativas del incumplimiento deberá hacerlo dentro de los tres días de conocido el hecho, acreditando la razón invocada; con las limitaciones que prevee el art. 513 del Código Civil. 17 Compensación de créditos: Agua y Saneamientos Argentinos S.A. queda facultada a compensar créditos a cobrar por el Proveedor, con sumas que por cualquier concepto éste le adeudare en virtud de la Orden de Compra o de otros contratos existentes. 18 Garantía de fiel cumplimiento: En los casos que le fuera requerido por AySA, el Proveedor deberá constituir una garantía de fiel cumplimiento, equivalente al 5 % del monto de la Orden de Compra, mediante un seguro de caución (con firma certificada por ante Escribano Público y Colegio de Escribanos), a entera satisfacción de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., como condición previa e inexcusable para la entrada en vigencia de la Orden de Compra. Esta garantía será restituida cuando se hubiere producido la recepción definitiva del suministro y se hubieren verificado el cumplimiento a satisfacción de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. de todas las obligaciones contractuales asumidas por el Proveedor, y/o la cancelación de los montos que por daños y perjuicios, penalidades y/o cualquier otro concepto le hubieren sido impuestos al proveedor, y/o Agua y Saneamientos Argentinos S.A. por las obligaciones asumidas por la presente. La presentación de la Garantía de Fiel Cumplimiento se deberá efectuar dentro de los 10 (Diez) días de recibida la notificación de la adjudicación. 19 Continuidad: De producirse por cualquier causa la extinción de la prestación de los servicios de agua y desagües cloacales a cargo de Agua y Saneamientos Argentinos S.A., la Orden de Compra, de encontrarse vigente, deberá ser proseguida, en idénticas condiciones contractuales, por quien asuma legalmente la prestación de tales servicios, en caso de optar estos últimos por la continuidad de la Orden de Compra. 20 Legislación, solución de divergencias y jurisdicción: Se deja establecido que todo lo relacionado con la aplicación, ejecución e interpretación de la Orden de Compra, se regirá por legislación, doctrina y jurisprudencia argentina. En relación a las cuestiones, diferencias y/o controversias que se susciten las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Capital Federal de la República Argentina, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que en razón de las personas o las cosas pudieren corresponderle. 21 Inhabilidades para contratar con Agua y Saneamientos Argentinos S.A.: No podrán ser oferentes o contratistas de AySA las personas físicas o jurídicas que encuadren en una o más de las siguientes situaciones o circunstancias:

a) Se encuentren suspendidos o inhabilitados en el registro/s de la Empresa.- b) Sean deudores fiscales de la Nación, o previsionales.- c) Se encuentren inhibidos, con quiebra decretada sin haber sido rehabilitados o en concurso preventivo de acreedores sin acuerdo homologado.- d) No hubieren estado a derecho ante reclamos judiciales en los que AySA hubiere sido emplazada o citada. e) No hubieren asumido su responsabilidad frente a reclamos judiciales o administrativos en los que AySA hubiera sido condenada con motivo o en ocasión de cualquier obligación contractual mantenida con ella.- f) Las personas que se encontraren condenadas por delitos contra la propiedad, o contra el Estado Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la corrupción, Ley N° 24.759.- g) Se encontraren en juicio o arbitraje internacional contra AySA.- h) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren inhabilitadas civil, comercial o penalmente. De igual manera aquellos que estén condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble del máximo establecido en la escala para la figura penal de que se trate.-

(DIRECTORIO 10/03/2017)