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CONTENIDO DE MEDICINA LEGAL

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  • UNIVERSIDAD LOS ANGELES DE CHIMBOTE

    FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

    ESCUELA DE DERECHO

    V. INVESTIGACiN DE LA PATERNIDAD

    1. Conceptos generales.

    Por reclamacin de la paternidad se entiende la accin de reivindicar la paternidad biolgica de un hombre determinado para un nio nacido de una mujer concreta. Por impugnacin de la paternidad se entiende la accin interpuesta por un hombre encaminada a rechazar o rebatir su paternidad biolgica con respecto a un nio; paternidad que, hasta ese momento, era tenida por legtima. En los juicios sobre filiacin ser admisible la investigacin de la paternidad yde la maternidad mediante toda clase de pruebas, incluidas las biolgicas. El juez no admitir la demanda si con ella no se presenta un principio de prueba de los hechos en que se funde. -La exclusin directa de la paternidad hace referencia a que cuando un nio tiene una informacin gentica que no tiene la madre ni el presunto padre, est debe ser excluido como padre biolgico del nio. -La probabilidad de exclusin a priori es la probabilidad de demostrar la "no paternidad" de un hombre falsamente implicado en una paternidad biolgica a travs del estudio de diversos marcadores genticos en los tres protagonistas: La madre, el hijo y el presunto padre. -La probabilidad de la paternidad debe calcularse cuando, tras realizar los oportunos anlisis, no se ha producido la exclusin del presunto padre. La probabilidad de paternidad indicar cul es la probabilidad de que ese hombre sea realmente el padre del nio. El clculo de la probabilidad viene dado por la frmula:

    W=(X/X+Y).100

    Donde X es la probabilidad que tiene el presunto padre de transmitir un marcados gentico del que es portador y que est presente en el nio,mientras que Y es la frecuencia con que dicho marcador est en la poblacin general. El valor obtenido W representa la probabilidad de que el hombre en cuestin sea el verdadero padre del nio. En temas de paternidad para los peritos genticos los porcentajes de probabilidad se transformas en predicados verbales, tal como se indica a continuacin:

    99,8-99,9% : "Paternidad prcticamente probada". 99,0-99,7% : "Paternidad extremadamente probable". 95,0-98,9% : "Paternidad muy probable". 90,0-94,9% : "Paternidad probable".

    DOCENTE. Dr. FELIX O. SAMAME FLORES

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    80,0-89,9% : "Cierta insinuacin de paternidad". Menos de 80% : "Paternidad despreciable o no til".

    VI. INFANTICIDIO 1. Conceptos generales. De algunos autores significativos, a modo de ejemplos tenemos: -De Ricardo Sals, plantea que desde el punto Mdico-legal se conceptualza elinfanticidio como la muerte de un recin nacido en forma intencional ya sea por la madre. familiar o tercera persona.

    -El Dr. Guillermo Fernndez Davila de una manera ms acertada refrenda que el infanticidio es la muerte violenta de un nio en el momento que nace o en un corto periodo de tiempo posterior a su nacimiento, practicado por la madre y por mviles de honor. En tal sentido los elementos fundamentales que componen el delito de infanticidio son los siguientes: -Que el nio sea recin nacido. -Que haya vivido. -Que la muerte haya sido provocada voluntariamente. -Que los hechos estn condicionados por mviles de honor. 2. Pericial del mdico legista para determinar la muerte violenta de un recin nacido. El informe mdico legista tiene por objeto certificar el infanticidio, o si ocurri un homicidio involuntario o la supresin del parto. Para verificar convenientemente su misin, el mdico legista debe proceder metodolgicamente de la siguiente forma: a. Establecer si el nio naci vivo o no. b.Investigar la causa de la muerte. Las causas pueden ser: Patolgicas,culposas, accidentales y criminales. Las causas criminales, son las de mayor inters mdico legal, as como jurdico y stas consisten en: Asfixias, lesiones, envenenamientos y muerte por abandono . :. Asfixias. En el infanticidio han sido observadas casi todas las variedades de asfixias. Elrecin nacido ofrece notable resistencia a la muerte asfctica por su escasa necesidad de oxgeno. A continuacin las variedades de asfixias que tienen mayor importancia:

    DOCENTE. Dr. FELIX O. SAMAME FLORES

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    -Oclusin de los orificios de entrada. Esta variedad de asfixia puede provocarse aplicando la mano o un objeto blando sobre la cara a nivel de lo orificios respiratorios. -Obstruccin de las vas respiratorias por cuerpos extraos. Se trata de un medio brutal que va siempre unido a lesiones de garganta yboca con desgarros que llegan hasta la faringe e incluso fractura de losmaxilares. -Comprensln traco-abdominal. El infanticidio por comprensin de las paredes del pecho y vientre ha debido ser frecuente, fue considerado el mecanismo de las maternidades simplemente dejando caer su peso sobre el nio. -Estrangulacin con la mano. Es frecuente como maniobra infanticida, a menudo combinada con la oclusin de los orificios respiratorios. -Estrangulacin a lazo. Se caracteriza por un surco en el cuello que es diferente a los producidos por circulares de cordn, capaces de producir la muerte asfctica del recin nacido cuando comprime fuertemente el cuello. Cuando se ha producido la estrangulacin criminal los pulmones aparecern aireados porque el nio respir previamente. -Sumersin. Puede tener sta en el mar, ro, recipientes llenos de agua, letrinas y cloacas. Cuando la sumersin es intencional el nio fallece por distintos mecanismos: por lesiones graves provocadas al caer o por el paso forzado del nio a travsde angostura, etc .

    :. Lesiones

    Estas pueden consistir en: -Contusiones. Las lesiones son siempre importantes desde el estallido craneal, con formacin de mltiples fragmentos hasta focos de fracturas limitadas de los que parten varias fisuras irradiadas. -Heridas. Las heridas suelen ser provocadas por objetos cortantes o punzantes. Envenenamiento. La supresin del neonato se produce mediante la introduccin de sustancias

    DOCENTE. Dr. FELIX O. SAMAME FLORES

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    txicas en su organismo, constituyendo un hecho muy raro asumir esta modalidad para cumplir la finalidad propuesta. -Abandono del recin nacido. La ciencia mdica conoce como causa de muerte por infanticidio cuando la madre voluntariamente no da aquellas unidades necesarias al recin nacido para el mantenimiento de la vida. Las omisiones o faltas pueden ser de diferentes naturalezas: Abandono del neonato en un lugar fro y sin ropa, muerte asfctica debido a la posicin en que se dej al nio y falta de alimento.

    3. Valor probatorio de la prueba pericial. La prueba pericial es el medio probatorio con el cual se obtiene dentro del proceso un dictamen fundado en un especial conocimiento cientfico tcnico, til para el descubrimiento o la valoracin de un elemento de prueba. La prctica a demostrado en los casos de muerte violenta de un recin nacido lo imprescindible que resulta la interve cin del mdico legista para la aclaracin de los hechos y el descubrimiento de la verdad. Aun as la Ley no atribuye un mayor reconocimiento a esta prueba, la que queda sujeta a la libre apreciacin del juzgado. El principio de la libre valoracin de la prueba, se fundamenta en la libertad que le es reconocida al rgano jurisdiccional para ponderar los diferentes elementos de prueba, entendida como la proscripcin de toda regla legal que restrinja la actuacin de los jueces en la formacin de la conviccin sobre elhecho objeto del proceso.

    4. Estudio jurdico del delito de infanticidio. Sera conveniente comparar la figura que nos ocupa con el aborto provocado a fin de lograr una determinacin categrica que permita hacer ms visible los puntos de contacto y divergencia entre ambas figuras delictivas. En este sentido, para la ciencia mdica el aborto provocado es la expulsin delser humano en gestacin antes de que sea viable. Llevado al campo de nuestra materia penal, aborto es la expulsin violenta, anticipada o prematura del embrin, feto o criatura con el fin de evitar que nazca un nuevo ser. A pesar de las diferencias que se pueden establecer entre ambos fenmenosstas son magnitudes que coexisten, pues en la mayora de los casos se mueven en torno a las mismas o similares situaciones de conflicto.

    DOCENTE. Dr. FELIX O. SAMAME FLORES