contabilizar pagos parciales

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teoria general

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAINSTITUTO C.A.D.I

INTEGRANTES: JANER VERA JAVIER BRACHO SECCIN: K2009

MARACAIBO, 2009INTRODUCCIONLa riqueza de un pas consiste en los bienes y medios de produccin que posee la comunidad en un momento dado, desde los recursos naturales hasta los procesos tcnicos; en tanto que el capital es la arte de la riqueza que se utiliza en el proceso productivo.Al aplicarse el trabajo social asociado con el capital nacional, se genera un volumen determinado de bienes y servicios que expresados en trminos monetarios, puede designarse como valor total de la produccin nacional en un perodo determinado. Si a ste le deducimos d consumo intermedio se obtiene el valor agregado, o sea aquellos valores econmicos que constituyen lo que se denomina producto nacional bruto, que generalmente se mide a precios de mercado.La parte que se ahorra tambin se gasta total o parcialmente puesto que ahorro es lo opuesto a consumo y no a gasto. En este sentido cabe mencionar que los pagos parciales del impuesto sobre la renta constituyen un deber formal y no un deber material. La obligacin tributaria como tal deviene hasta que finalice el perodo fiscal, que surge la verdadera obligacin del contribuyente de ingresar el impuesto.

1. PAGO PARCIAL Es un pago que se contabiliza en una cuenta sin que se compensen partidas abiertas. Se asigna este pago parcial a una partida abierta. Al contabilizar, el sistema marca el nmero de la partida abierta original en la partida individual para el pago parcial. La partida abierta original y el pago parcial permanecen abiertos.El sistema almacena el nmero de documento, el ejercicio y el nmero de la partida individual de la factura en el pago parcial. Esta informacin se puede obtener en el campo Pago de. Por ello, puede hacer referencia a la partida abierta original del pago parcial. Cuando usted contabiliza el importe restante para la factura, se compensan el pago parcial y la factura tambin.Los pagos parciales por concepto de avance (valuaciones) de obras, requieren, tambin el soporte de una factura, adems de la hoja de valuacin, firmada por el responsable de la obra por parte de la Universidad y el contratista.

2. IMPORTANCIANuestra Ley del Impuesto sobre la Renta seala la obligacin de efectuar pagos parciales a cuenta del impuesto en cada perodo fiscal. Se establece que los contribuyentes debern fraccionar, por adelantado, la deuda tributaria en tres pagos parciales los cuales debern ser ingresados a ms tardar a finales de marzo, de junio y de setiembre; de tal manera que el contribuyente al preparar su declaracin final deber descontar de su deuda los pagos parciales previamente cancelados, ingresando el saldo resultante a ms tardar a mediados de diciembre.El problema se presenta si hay atraso en los pagos parciales, ya que el artculo 93 del Reglamento de Gestin, Fiscalizacin y Recaudacin Tributaria establece la imposicin de sanciones e intereses al contribuyente que no efecta a tiempo los pagos parciales.Cuando los pagos parciales estn asociados a contratos o convenios, se harn mediante la presentacin, por parte del contratista, de un avance de obra (valuacin), la cual deber estar firmada por el responsable de la ejecucin de la Obra contratada por parte de la Universidad y, por el contratista.

3. APLICACINLa imposicin de todo tributo requiere de la existencia de un presupuesto de hecho establecido por ley y hasta el tanto no se den todos y cada uno de los elementos constitutivos del hecho generador no nace a la vida jurdica la obligacin tributaria. Por lo tanto, si el contribuyente cumple con la obligacin tributaria principal resultara improcedente el cobro de intereses por atrasos en los pagos parciales. Los contribuyentes estn obligados a efectuar pagos parciales en el ltimo da hbil de los meses de marzo, junio y setiembre. Corresponden a tres adelantos a cuenta del impuesto, proyectados con base en los impuestos determinados de los tres perodos fiscales anteriores. El tomador est obligado a recibir un pago parcial del pagar; pero retendr el documento en su poder mientras no se le cubra ntegramente, anotar en el cuerpo del mismo los pagos parciales que reciba, y extender recibo por separado en cada caso. Conservando los derechos contra los dems obligados.Son aquellos pagos que se emiten a favor de personas naturales o jurdicas contra una misma orden de servicios y/o de compra, contrato o convenio.

4 PROPIEDADESLos pagos parciales son adelantos a cuenta del impuesto sobre la renta que usted deber pagar durante el ao y se proyectan con base en declaraciones pasadas.Formulario D-108: Autoliquidacin de pagos parciales impuesto sobre la renta o D-110 Recibo oficial de pago.Si conoce el monto que debe pagar por concepto de pagos parciales llene el formulario D-108 Autoliquidacin de pagos parciales impuesto sobre la renta o D-110 Recibo oficial de pago.El procedimiento del clculo de los pagos parciales se encuentra en el artculo 22 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Estos pagos se procesarn en la medida en que se reciban, en forma parcial, los materiales o equipos o, los servicios convenidos siempre que sean claramente cuantificables. Para procesar el pago de la ltima valuacin o el ltimo pago parcial de la orden de compra, es decir el pago final, deber hacerse un finiquito en el cual el contratista presentar una factura con un anexo que muestre el monto total del contrato o de la orden de compra, menos los pagos parciales recibidos. El Departamento de Finanzas y Pagos, recibir de la Gerencia de Servicios o de la Gerencia de Mantenimiento, segn sea el caso la solicitud de pago y har una conciliacin de acuerdo con sus registros, para asegurar que el pago final solicitado por el Contratista o el Proveedor es correcto, luego de esta conciliacin positiva, proceder a la emisin del pago.Todos los pagos por concepto de entrega parcial de materiales y/o equipos debern ser indefectiblemente soportados por una factura original aprobada por el requeriente, independientemente de que la entrega se haga acompaada con una nota de entrega, salvo que esta cumpla con las dos funciones, es decir factura y/o orden de entrega, lo cual deber estar indicado claramente en el cuerpo de la misma.

5. EJEMPLO DEL CLCULO PARA PAGOS PARCIALES:Se calculan con base en el impuesto sobre la renta determinado de los tres ltimos perodos.1. Impuesto sobre la renta determinado 2006 Bs. 588.560 Impuesto sobre la renta determinado 2007 Bs. 750.000 Impuesto sobre la renta determinado 2008 Bs. 957.440 _ TOTAL Bs. 2.296.0002. Promedio de las tres ltimas declaraciones o sea Bs. 2.296.000 / 3 = 765.3333. Monto mayor entre la ltima declaracin presentada (Bs. 957.440) y el promedio calculado (Bs. 765.333,00).4. Se escoge el monto mayor (957.440) y se multiplica por el 25% = 239.360 que corresponde al monto de los pagos parciales del impuesto del perodo 2009.Notas:1. Cuando los ltimos tres perodos fiscales tienen prdida o impuesto cero, no se calculan pagos parciales.2. Cuando se tiene nicamente un perodo fiscal, los pagos parciales se calcularn multiplicando por el 25% el monto de la declaracin.3. Cuando se tienen nicamente dos perodos fiscales, se calcula el promedio de las dos declaraciones, es decir se divide el total de ambos perodos entre dos. Se elige el monto entre la ltima declaracin presentada y el promedio calculado y el monto mayor se multiplica por el 25%.4. Cmo se realiza el pago?Pago se realiza mediante el formulario D-108 Autoliquidacin de pagos parciales impuesto sobre la renta o el D-110 Recibo oficial de pago. Si se conoce el monto que se debe pagar por concepto de pagos parciales del perodo 2008, debe llenar el formulario y efectuar el pago en una entidad recaudadora autorizada.

CONCLUSINLos pagos parciales tienen como fuente, objeto y base de contabilizar en una cuenta sin que se compensen partidas abiertas. Se asigna este pago parcial a una partida abierta, por ello es el impuesto ms justo y ecunime, pues grava un signo cierto y seguro de riqueza, o sea, la riqueza ganada o renta; pero el ms general y productivo.La forma ms directa, creciente, general y segura de medir tal capacidad de pago, y por ello, el impuesto sobre la renta, el mejor impuesto directo, constituye el tributo ms utilizado en los nuevos sistemas tributarios, no slo por su mayor productividad, sino tambin por su generalidad, elasticidad y equidad.El Impuesto Sobre la Renta no solamente es el impuesto de mayor suficiencia financiera, sino que arroja mayores ingresos fiscales que otros tributos o ingresos pblicos del estado; y esto sucede hasta en Venezuela, cuyo fisco obtiene importantes ingresos derivados de la industria petrolera, en razn de que parte de los pagos fiscales de tal actividad, an despus de nacionalizada en nuestro pas la citada industria, se hacen principalmente por el canal impositivo del impuesto sobre la renta. Los pagos parciales son adelantos a cuenta del impuesto sobre la renta que usted deber pagar durante el ao y se proyectan con base en declaraciones pasadas.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAINSTITUTO C.A.D.IJANER VERAREPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAINSTITUTO C.A.D.IJAVIER BRACHO