consumidores_ paso a paso para reclamar

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Si sos de los que temían el temple de hacer la cola, completabar los formularios y esperar un buen tiempo la re para quejarte si una empresa de telefonía, televisión por cable o internet te facturaba mal un servicio… desde estarás de parabienes, porque empezará a funcionar el nuevo régimen de protección de los consumidores y e promete ser mucho más ágil. Domingo 15 de marzo, 2015 Consumidores: paso a paso par nueva ley

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Reclamo

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Si sos de los que temían el temple de hacer la cola, completabar los formularios y esperar un buen tiempo la respuesta

para quejarte si una empresa de telefonía, televisión por cable o internet te facturaba mal un servicio… desde el lunes

estarás de parabienes, porque empezará a funcionar el nuevo régimen de protección de los consumidores y el proceso

promete ser mucho más ágil.

Domingo 15 de marzo, 2015

Consumidores: paso a paso para reclamar con lanueva ley

Lo primero que debeos decir es que es una incógnita si la estructura que se creó para atender el nuevo sistema de

demandas estará a la altura de las circunstancias ya que la simplificación del registro de reclamos podría aumentar

fuertemente el número de demandas y en la primera etapa habrá 300 conciliadores para atender los casos.

Lo segundo, es que aunque podrá requerir ajustes y modificaciones, el proceso implica una mejora significativa para el

consumidor, ya que no requerirá la participación de gestores ni abogados, se podrá realizar parte del trámite por internet

y todo el proceso no debería superar los 90 días.

¿Qué se puede denunciar? Cualquier problema o inclumplimiento de una empresa con un consumidor. Puede ser un

producto o un servicio. Vale tanto si no tuviste señal de tv por cable una semana o si la heladera que compraste tiene

una falla. Pero lo importante es que sea un conflicto entre empresa y consumidor. No es válido para conflictos entre

empresas ni entre individuos, o sea que si compraste algo defectuoso a un particular, este no es el camino para tu

denuncia.

¿Qué se puede reclamar? Una compensación económica, el cambio de un producto, la recisión de un contrato, etc.

¿Cuánto es el dinero que podés reclamar en compensación? El monto del reclamo que se puede establecer tiene un

máximo de 259.380 pesos (o el equivalente a 55 salarios mínimos, por lo que el tope se ajustará cada vez que se

aumente ese indicador).

Avancemos con un paso a paso (un clásico de www.vil-metal.com ) para mostrar cómo quejarse por el incumplimiento de

una compañía desde el 16 de marzo.

1.- Para hacer el reclamo debés entrar en la web www.consumoprotegido.gob.ar y registrarte como usuario. Atención

sobre todo con el campo de correo electrónico. Poné una dirección que uses con frecuencia, ya que esa será la principal

vía de contacto que usará Defensa del Consumidor con vos durante todo el proceso. El reclamo debe registrarse a

nombre del titular, que debe ser mayor de 18 años

2.-Con tu usuario creado debés ir al correo que registraste a donde tendrás un email que te permitirá terminar el registro

y crear tu contraseña.

3.- Con usuario y contraseña, vas a la pestaña que CREAR RECLAMO. Atención con las preguntas capciosas. Lo

primero que te pide el formulario es que informes si ya hiciste un reclamo por el mismo problema en alguna dependencia

estatal. Si ponés que sí, te van a decir que esperes esa respuesta y estarás afuera del nuevo régimen de mediación.

4.- Deberás explicar también si sos un consumidor perjudicado o un representante de la persona afectada, y si tu reclamo

es individual o colectivo. También tenés que aclarar si tu reclamo e spor un servicio o un producto.

5.- Este es el punto sobre el que más vas a tener que reflexionar antes de dar el tilde. Debés marcar el objeto de tu

reclamo y elegir entre cambio del producto, bonificación en el abono, devolución del dinero, rescisión del contrato,

reparación del producto o servicio, gastos generados o pérdida de tiempo.

6.- En el siguiente paso deberas describir los hechos y establecer el monto del reclamo que considerás pertinente (tené

en cuenta el tope vigente que te contamos más arriba).

7.- Con tu reclamo registrado, deberás poner los datos de la empresa con la que contrataste el servicio o en la que

compraste el producto. Aclarar si tenés un comprobante de la relación de consumo (una factura de la compra, que

aunque no es obligatoria es mejor tenerla) y los datos correspondientes de los reclamos que hayas realizado con

anterioridad en la empresa.

8.- Cuando terminás de cargar el reclamo el sistema te dará opción para definir una fecha, horario y lugar donde

mantener una audiencia que luego reconfirmarán, pero que prometen se realizará en los siguientes 15 días.

9.- Cuando tengas la cita, deberás ir a una audiencia a la que la empresa está obligada a asistir, bajo amenaza de ser

sancionada con una multa. Y habrá un conciliador que se encargará de buscar una reparación para el reclamo realizado,

una vez que consttate que es válido. NO es necesario que lleves un abogado o un mediador, el conciliador está ahí para

cumplir con la defensa de los derechos del consumidor, por o tanto debería proteger tu reclamo.

Por último, una aclaración, si bien no es obligatorio llevar documentacón, cuanto más elementos presentes para

demostrar el abuso de la empresa o la estafa, más rápido se resolverá y más a tu favor. En 90 días deberías tener una

respuesta, contanos si hacés un reclamo, cómo te va con el nuevo régimen.

¿Y si no se ponen de acuerdo? El reclamo pasa a una instancia administrativa donde un auditor establece la restitución

del producto/servicio o la devolución del dinero hasta $70.740 (o el equivalente a 15 salarios mínimos).

Si ese acuerdo no te conforma. podés rechazarlo e ir a una instancia judicial en el nuevo Fuero del Consumo, donde un

juez establecerá la reparación integral del daño por hasta $259.380 (o el equivalente a 55 salarios mínimos)