construcción general

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LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES TITULO II De la planificación urbana RESUMEN: Art.Nº1: Disposiciones relativas a: ● Planificación urbana ● Urbanización ● Construcción y relativas a las Ordenanza sobre materias que dicte el Presidente de la República Art. Nº4 ¿a quien le corresponde impartir las instrucciones para la aplicación de las disposiciones de la Ley y Ordenanza ? División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo Supervisar las disposiciones legales, reglamentarias, administrativas y técnicas sobre construcción y urbanización e interpretar las disposiciones de los instrumentos de planificación territorial. Secretarías Regionales Ministeriales Art.Nº5 ¿A quien le corresponde aplicar la Ley, Ordenanza, Normas Técnicas y demás Reglamentos, en sus acciones administrativas relacionadas con la planificación urbana, urbanización y construcción, a través de las acciones de los servicios de utilidad pública respectivos, debiendo velar su cumplimiento. Municipalidades

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Introducción a la construcción civil

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LEY GENERAL

DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES

TITULO II

De la planificación urbana

RESUMEN:

Art.Nº1: Disposiciones relativas a:

● Planificación urbana● Urbanización● Construcción

y relativas a las Ordenanza sobre materias que dicte el Presidente de la República

Art. Nº4¿a quien le corresponde impartir las instrucciones para la aplicación de las disposiciones de la Ley y Ordenanza ? División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo

Supervisar las disposiciones legales, reglamentarias, administrativas y técnicas sobre construcción y urbanización e interpretar las disposiciones de los instrumentos de planificación territorial.Secretarías Regionales Ministeriales

Art.Nº5¿A quien le corresponde aplicar la Ley, Ordenanza, Normas Técnicas y demás Reglamentos, en sus acciones administrativas relacionadas con la planificación urbana, urbanización y construcción, a través de las acciones de los servicios de utilidad pública respectivos, debiendo velar su cumplimiento.Municipalidades

RESUMEN:

Art.Nº8:

Municipalidad � Director de Obra (D.O.M.) � Asesor Urbanista

Art.Nº17:Profesionales legalmente autorizados: Arquitecto, Ingeniero Civil, Ingeniero Constructor, Constructor Civil.

Art.Nº18:Responsable, Garantías ?Propietario Primer Vendedor (Mandante, inmobiliaria) � Investigar responsables

10 años: Fallas, defectos de estructura soportante.

5 años: Fallas, defectos elementos constructivos, instalaciones.

3 años: Fallas, defectos en terminaciones y acabados.

TÍTULO II

De la Planificación Urbana

Capítulo I - Definiciones

Art. Nº27

Planificación Urbana: proceso que se efectúa para orientary regular el desarrollo de los centros urbanos en funciónde una política nacional, regional y comunal de desarrollosocio económico.

Los instrumentos de la planificación urbana poseencarácter normativo, con fuerza legal, y obligan a cumplirrequerimientos específicos a los diversos actores queintervienen dentro de su área normada.

Toda actividad que se desarrolle en el territorio de sujurisdicción está sujeta a su mandato

Art. Nº28

Art. Nº29 ¿A quién le corresponde realizar la planificación urbana nacional?

Niveles de acción

-Nacional

-Regional

-Intercomunal

-Comunal

MINVUNORMAS para: estudios - revisión

aprobación - modificaciones.OGUC

Art.Nº30Se entenderá por Planificación Urbana Regional aquella que orienta eldesarrollo de asentamientos humanos y centros urbanos de lasregiones.

TÍTULO II

De la Planificación Urbana

Capítulo II – De la planificación urbana

Art.Nº34

Se entenderá por Planificación Urbana Intercomunal aquella queregula el desarrollo físico de las áreas urbanas y rurales de diversascomunas que, por sus relaciones, se integran en una unidad urbana.

Plan Regulador Intercomunal del Gran Valparaíso

TÍTULO II

De la Planificación Urbana

Capítulo II – De la planificación urbana

Tarea:Parque Intercomunal “la Reina”

Art.Nº41

Se entenderá por Planificación Urbana Comunal aquella quepromueve el desarrollo armónico del territorio comunal, en especialde sus centros poblados, en concordancia con las metas regionales dedesarrollo económico-social.

Ñuñoa

TÍTULO II

De la Planificación Urbana

Capítulo II – De la planificación urbana

Art.Nº52Se entenderá por límite urbano, para los efectos de la presente ley yde la Ley Orgánica de Municipalidades, la línea imaginaria que delimitalas áreas urbanas y de extensión urbana que conforman los centrospoblados, diferenciándolos del resto del área comunal

Art.Nº55

No es permitido abrir calles,subdividir terrenos para formarpoblaciones, o levantar construccionesen cualquier lugar fuera de los límitesurbanos establecidos en los PlanosReguladores, salvo para la explotaciónagrícola o para las viviendas delpropietario y sus trabajadores, de unvalor de hasta 1000U.F. que cuentencon los requisitos para obtener elsubsidio del Estado.

TÍTULO II

De la Planificación Urbana

Capítulo III – De los límites urbanos

Tarea:Historia Límite Urbano Gran Santiago

Art.Nº60

Existen terrenos que por su especial naturaleza y ubicación no podrán subdividirse y solo se aceptará en ellos la ubicación de actividades transitorias, manteniéndose las características rústicas del predio.

Ej. áreas de restricción de los aeropuertos.

TÍTULO II

De la Planificación Urbana

Capítulo IV – Del uso del suelo urbano

Art.Nº69

TÍTULO II

De la Planificación Urbana

Capítulo V – De la subdivisión y la Urbanización del suelo

Art.Nº65

La subdivisión y urbanización comprende 3 casos

SUBDIVISIÓN DE TERRENOS: Sin urbanización (no es necesario)

LOTEOS DE TERRENOS: Obras propias más apertura de calles

URBANIZACIÓN DE TERRENOS EXISTENTES: Cuando no se realizó urbanizacióncompleta

Todo plano de subdivisión, loteo o urbanización de terrenos, será incluido automáticamente será parte del Plan Regulador.

Art.Nº70

En toda urbanización de terrenos se cederá gratuita y obligatoriamente para circulación, áreas verdes, desarrollo de actividades deportivas y recreacionales, y para equipamiento, las superficies que señale la Ordenanza General, las que no podrán exceder del 44% de la superficie total del terreno original.

TAREA VOLUNTARIA:

¿Por qué no puede ser mas de un 44% ?

LEER TITULO III

Ley General de Urbanismo y Construcciones