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I N S T I T U T O TECNOLÓGICO DE LA CONSTRUCCIÓN
"ESCALATORIAS: ANÁLISIS, SOPORTE Y PRESENTACIÓN."
T E S I S QUE PARA OBTENER EL TITULO DE
I N G E N I E R O C O N S T R U C T O R
P R E S E N T A
ANDRES GILBERTO GUZMAN ALTAMIRANO
ACUERDO DE RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL S.E.P. 84330 DE FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE 1984.
CIUDAD DE MEXICO 1996
ÍNDICE
JUSTIFICACIÓN 1
OBJETIVO 2
METODOLOGÍA 3
CAPÍTULO I
INTRODUCCIÓN 4
CAPÍTULO II
DESARROLLO HISTÓRICO DE LA ESCALACIÓN CON RESPECTO A LA INFLACIÓN EN MÉXICO
CAPITULO III
CRITERIOS PARA EL CÁLCULO DE LA ACTUALIZACIÓN Y AJUSTE DE COSTOS .
HI.1 BASES TEÓRICO - PRACTICAS . 111.1.a SECODAM 24
111.2 BASES LEGALES. 111.2.a CLÁUSULA DE AJUSTE 25
lll.2.b CLÁUSULA DE AJUSTE EN PLIEGO DE
REQUISITOS 27
III.2.C CLÁUSULA DE AJUSTE EN CONTRATO 30
lll.2.d LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PUBLICAS ( L A . y O . P . ) 32
lll.2.e REGLAMENTO ( L A . y O.P.) 34
Hl.2.f REGLAS GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMA. 36
In t ac to TWiwlófi^ ,to »a Ooa»trirci
111.3 METODOLOGÍA PARA CALCULO DE ÍNDICES Y RELATIVOS DE PRECIOS
EN BASE A LA LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PÚBLICAS .
Ill.3.a DEFINICIONES Y TERMINOLOGÍAS 43
lll.3.b ÍNDICE DE PRECIOS DE INSUMOS SECODAM 47
CAPITULO IV
AJUSTE DE COSTOS
SISTEMAS DE CÁLCULOS PARA LA DETERMINACIÓN DE AJUSTE DE COSTOS .
IV.1 PROCEDIMIENTOS.
IV.1.1 CON BASE EN LA FRACCIÓN I DEL ARTICULO 50 DEL REGLAMENTO DE LA L.A. y O.P. 54
IV.1.2 CON BASE EN LA FRACCIÓN II DEL ARTICULO 50 DEL REGLAMENTO DE LA L.A. y O.P. 62
IV.1.3 CON BASE EN LA FRACCIÓN III DEL ARTICULO 50 DEL REGLAMENTO DE LA L.A. y O.P. 63
IV.1.4 CON BASE EN LA FRACCIÓN I Y II DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 51 DEL REGLAMENTO DE LA L.A. y O.P. Y CRITERIO S.C.T. 64
CAPÍTULO V
CASO PRACTICO
V.1 CASO PRACTICO 75
CAPÍTULO VI
V I L - CONCLUSIONES 92
VI.2.- BIBLIOGRAFÍA 94
VI.3.- ANEXOS 95
DEDICATORIAS
A MIS PADRES
MARTA ALTAMIRANO DE GUZMAN ANDRES GUZMAN FRANCO
CON TODO MI CARIÑO Y RESPETO POR TODO EL APOYO Y CARIÑO QUE SIEMPRE HE RECIBIDO DE ELLOS.
A MI ESPOSA
GABRIELA GUADARRAMA DOMÍNGUEZ
POR SU APOYO Y VALIOSA COOPERACIÓN
A MI HIJO
ANDRES GUZMAN GUADARRAMA
CON TODO MI CARIÑO
A MIS HERMANOS
RAFAEL, ROSALIA, GISELA, VICENTE JESÚS Y MARTA
CON CARIÑO POR LA UNION QUE NOS HEMOS TENIDO EN TODO MOMENTO.
A TODOS MIS FAMILIARES
A TODOS MIS AMIGOS Y COMPAÑEROS DE TRABAJO
AL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA CONSTRUCCIÓN
A MIS PROFESORES
A MI ASESOR DE TESIS ING. ARTURO FLORES ALDAPE.
j^sTiricáCiói
En consecuencia de la crisis económica que ha venido afectando a nuestro país durante los
últimos cuatro lustros se tiene una grave crisis en la industria de la construcción, además de
muchos otros sectores incluyendo al sector público.
Esta tesis esta basada y soportada con los lincamientos de la normatividad vigente, para
que en base a esto se realice una solicitud de ajuste de costos debidamente analizada y
soportada tanto desde el punto de vista teórico como el práctico, esto con la finalidad de
contrarrestar los efectos negativos de la inflación.
La presente ha sido realizada con el propósito de que las Empresas Constructoras (en
especial para la micro y pequeña empresa constructora) se den cuenta y conozcan que por el
rubro del ajuste de costos se percibe una cantidad de dinero y que muchas veces dejan de
hacerlo, esto se da a veces por desconocimiento de la normatividad o de los procedimientos que
se deben aplicar; el conocerlo bien es muy importante para el desarrollo de una obra, además
forma parte de un buen control de esta, y de esta manera no ver mermadas nuestras utilidades
planeadas.
1
Dar a conocer la normatividad y los procedimientos que existen para el análisis, soporte y
presentación de Escalatorías (Ajuste de Costos). Esto con la finalidad de recuperar parte del
dinero que por concepto de inflación se pierde, ya que la inflación provoca un detenoro en el
poder adquisitivo de nuestra moneda de manera que al adquirir insumos, maquinaria o pagar
mano de obra; después de un tiempo que transcurre nuestra presentación en las cuales las
condiciones económicas con las que se presupuestó o concursó se ven mermadas, sí el
fenómeno de la inflación ocurrió.
Luego entonces, el objetivo es contrarrestar el efecto negativo de la inflación en los
contratos de obra pública, buscando conservar el equilibrio entre los costos, los precios y las
obligaciones de las partes.
2
flETObOlOQbf
En la elaboración de esta tesis se desarrollaron diversos puntos los cuales los
enumeraremos y describiremos como siguen:
1. Selección de tema.- Este se hizo de acuerdo con la información que he manejado dentro del
campo profesional además de parecerme bastante interesante y útil.
2. Justificación.- Se desarrolló con base a la observación del porqué es importante conocer el
desarrollo del tema.
3. Objetivos.- se desarrollaron pensando en el beneficio que brinda el conocimiento del tema.
4. índice.- Se desarrolló tomando en cuenta el alcance así como el seguimiento que por sí solo
toma el tema, para su debido desarrollo y presentación.
5. Bibliografía.- Esta fue conseguida en algunas Bibliotecas, así como con asesoría de algunos
ingenieros con experiencia en el ramo.
6. Consulta de libros.- Se analizaron, estudiaron y resumieron diversos libros, Leyes,
Reglamentos, Publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF), además diversas
experiencias de profesionistas ligados a este tema.
Con lo anteriormente mencionado se procedió a escribir de la forma más explícita posible
esta tesis.
3
CAPITULO 1
I N T R O D U C C I Ó N
4
B I R U ft T í C A lwUtuto TecuoJójfico «ie It. Coa^tmccíóa
CAPITULO I
I N T R O D U C C I Ó N
Entre las diversas consecuencias de la crisis económica que ha venido afectando a nuestro
país durante los últimos cuatro lustros se tienen: la disminución de las fuentes de trabajo, la
variabilidad de las tasas de interés bancarías y comerciales, el debilitamiento de la balanza de
pagos y de la balanza comercial, la presión creciente sobre el tipo de cambio del peso con
respecto a las monedas extranjeras en especial al dólar, el incremento de la deuda interna y
externa, y por ende un proceso inflacionario, que tiene repercusión directa en los costos de
producción tanto del sector privado como público.
Todos hablamos en alguna época de inflación, en otra de deflación y la mayor parte del
tiempo de condiciones económicas estables, mas la inflación a que nos referimos; se define
como un aumento constante y generalizado de los precios, con respecto a la cantidad de
productos almacenados (STOCK) lo cual provoca un deterioro del poder adquisitivo de la
moneda.
La inflación en México se mide con el índice nacional de precios al consumidor, elaborado por
el Banco de México, (este se basa en las variaciones ponderadas de precios de 5,162 artículos).
El tipo de economía de un país, la podemos clasificar por los incrementos anuales de precios
como se indica en la FIG. N° 1.
INCREMENTOS
DE PRECIOS
MENORES DE 10%
DEL 10 AL 30%
DEL 30 AL 60%
MAYOR AL 60%
TIPO DE ECONOMÍA
NORMAL
INFLACIONARIA
FINANCIERA
ESPECULATIVA TENDIENTE
A LA HIPER-INFLACION.
FIG. N° 1
5
La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el
orden económico y social, no solo las empresas sufren sus efectos negativos, también los
precios reales de los bienes y servicios proporcionados por el sector público se deterioran con la
inflación; ya que sus ingresos tienden a disminuir y su déficit crece, el gobierno tiene que
financiarlos con endeudamiento, ya sea interno o extemo a través de la emisión primaria de
dinero, que a su vez provoca inflación.
Por lo anteriormente mencionado, se discute mucho las causas que provocan la inflación, lo
que nos traduce poder fácilmente llegar a ella y difícil salir de ella. Se comprende el ajuste
permanente y en algunos casos indexado de sus ingresos, se elevan los costos en tarifas de
comunicación, se incrementan los precios de los derivados de petróleo, de acero y otros
servicios y productos que sería largo enumerar.
Si no se permite a otros sectores ajusfar precios, se origina una transferencia de costos. Por
esta razón, existen aumentos periódicos al salario, a las rentas de casa habitación referidas al
aumento de salario. Dentro de este esquema si se reprimen los ajustes de precios de los
contratos de obra, las empresas pueden dejar de producir, despedir gente y contribuir de esa
forma a la recesión de la economía, otro factor que se debe cuidar es cuando existe atraso en el
pago de estos ajustes; ya que en época de inflación resulta mejor deber que ser acreedor; por
que si se difiere el pago sin reconocer los costos financieros, o con pago de tasas de interés
menores que la inflación, esto implica una transferencia patrimonial del acreedor al deudor.
Debe entenderse que el objeto del ajuste de precios no debe corregir los defectos de una mala
propuesta, ni agravar las cargas de la administración pública, ni aumentar las utilidades del
contratista, su objetivo es :
Contrarrestar el efecto negativo de la inflación en los contratos de la obra pública, con
esto se busca conservar el equilibrio entre los costos, los precios y las obligaciones de
las partes. Esto es, mantener la proporción entre los beneficios y los cargos como fueron
calculados en el momento de presentar la propuesta.
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Breve síntesis del contenido de esta Tesis .
* Capítulo 1, Introducción, en este se describe como la crisis económica ha estado afectado
a nuestro país, sus diversas consecuencias, creando esto inflación y como afecta esta a
las empresas, en especial a las que se dedican a la construcción y se menciona el
principal objetivo que es, contrarrestar el efecto negativo de la inflación .
* Capítulo II, se presenta el desarrollo histórico de la escalación, esto es cómo fue
evolucionando a partir de las primeras crisis económicas en nuestro país, la preocupación
de ajusfar costos y finalmente crear ordenamientos legales que rigieran el ajuste de
precios, hasta llegar a la cláusula de ajuste.
* Capítulo III, se refiere a los criterios que existen para el cálculo de la actualización y
ajuste de costos.
Base Teórico - Prácticas, Legales, Métodos para el cálculo de índices y Relativos de
precios en base a la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas.
* Capítulo IV, se describen los sistemas de cálculo aplicados para la determinación de
ajustes de costos.
* Capítulo V, se desarrolla un caso práctico .
* Capítulo VI, se dan conclusiones, se menciona la bibliografía y algunos anexos.
Esta Tesis va dirigida muy especialmente a la micro y pequeña empresa constructora,
ya que estas son las que carecen muchas veces de departamentos de costos en los
cuales las grandes empresas tienen la infraestructura con el personal suficientemente
capacitado en las bases legales a lo que al Ajuste de Costos se refiere; tema que
trataremos en esta Tesis. Con esto quiero expresar que en el rubro del Ajuste de Costos
la micro y pequeña empresa deja de percibir una cantidad de dinero, debido a que
muchas de estas desconocen en que momento pueden solicitar su Ajuste de Costos,
para que este sea procedente, ligado a esto el desconocer el procedimiento que deben
seguir para el cálculo de dichos ajustes. También a mis compañeros estudiantes y
egresados del Instituto Tecnológico de la Construcción y de otras Universidades, para
que la presente les sirva de apoyo tanto en sus estudios como en el desarrollo de su vida
profesional.
7
CAPITULO II
DESARROLLO HISTÓRICO DE LA ESCALACIÓN CON RESPECTO A LA INFLACIÓN EN MÉXICO .
g
CAPITULO II
DESARROLLO HISTÓRICO DE LA ESCALACIÓN CON RESPECTO A LA
INFLACIÓN EN MÉXICO .
La economía en México se caracterizó durante los años de 1960 a 1970 por tener un alto
crecimiento del producto interno bruto ( 7% ) con respecto al de la población; lográndose con
ello una estabilidad de precios, ya que durante este lapso ocurrió únicamente una inflación anual
de 3.5% y el dinero circulante observó un crecimiento de 11.27%; en resumen existían
condiciones aparentes de estabilidad económica, aún cuando se descuidaron algunos aspectos
tales como el de la agricultura, la concentración de habitantes en zonas urbanas, la dependencia
de tecnología y la invariabilidad de las tarifas de cobro en los servicios que prestaba el sector
público.
Al inicio de la década de los años sesenta se presenta en el país el cambio de sexenio, lo que
conlleva a nuevos modelos de crecimiento económico, que prevén la necesidad de atender con
mayores beneficios a las clases sociales mas necesitadas, a fin de seguir preservando la paz
social, lográndose con esto el evitar nuevamente alzas en las tarifas de servicios, e
incrementando con ello el endeudamiento interno, el cual aumentó más al ser excesiva la
emisión de la moneda circulante. Este modelo económico pudo conservar las condiciones
constantes antes mencionadas hasta el año de 1972.
Durante estos últimos doce años la industria de la construcción tuvo un crecimiento rápido y fácil
de un 17.6% con respecto a 1960 debido a la gran cantidad de obras de infraestructura que se
realizaron a nivel nacional, con un bajo costo y una gran utilidad constante para ambos sectores,
en virtud de que los costos eran uniformes razonables y por lo tanto predecibles, motivo por el
cual no se requerían controles muy sofisticados para la actualización de los precios, como
muestra la información recabada por la Cámara Nacional de la Industria de la Construcción del
período comprendido entre 1954 y 1972, quien estableció que en el transcurso de éstos diez y
ocho años hubo incrementos para:
MATERIALES DE 193.70%
MANO DE OBRA DE 490.60%
lo que refleja un incremento anual de 3.74% y 9.24% anual respectivamente.
9
Iutftute Tecnolójico de I» CoaatruccMa
En 1973 ocurrieron trastornos económicos a nivel mundial, a los cuales el país no pudo
sustraerse, aunado a ellos los principios de un endeudamiento interno; surgen tas primeras crisis
económicas que afectaron a todos los sectores del país, pero con mayor énfasis al de la
construcción debido a que ésta no estaba preparada legal ni técnicamente para ajusfar sus
costos y contratos de construcción pública o privada respecto a las variaciones de precios en los
insumos que empleaba al realizar las obras, conforme a la realidad que se estaba presentando,
pese a lo cual la industria de la construcción tuvo un crecimiento de 15.8% respecto a 1960.
Finalmente en 1974 las constructoras empezaron a reaccionar con alarmante lentitud, no por
las causas anteriormente mencionadas sino por la pronunciada disminución de obra que
representó un crecimiento de 5.9% con respecto a 1960.
En general la actividad del ramo de la construcción en ese año se caracterizó por la falta de
asistentes a los concursos de obra pública, debido al temor ante la incertidumbre de saber si sus
ajustes de precios serían aceptadas por las contratantes y si recuperarían total o parcialmente
las erogaciones realizadas y reflejadas en este concepto, debido a que la mayoría de los casos
presentados por las empresas constructoras no obtuvieron respuesta favorable, lo que conducía
a la descapitalización de las mismas.
En el año de 1975 a instancias de la Cámara Nacional de la Industria de la Construcción se
forma una comisión intersecretarial, con la finalidad de crear los ordenamientos legales que
rigieran el ajuste de los precios contenidos en los catálogos de los contratos de obra pública, lo
que dio origen a la primera cláusula de este tipo.
A principios de 1976 se refleja la disminución del producto interno bruto, la emisión
desproporcionada de papel moneda circulante, el alto déficit interno del sector público, el pago
de servicio de la deuda extema y los excesivos gastos erogados por el sector público, con lo que
crearon las condiciones necesarias para una devaluación del peso con respecto a las monedas
extranjeras, y un crecimiento en el endeudamiento extemo, lo que condujo a la intervención del
Fondo Monetario Internacional a fin de establecer programas de regularización económica.
A la industria de la construcción además de lo anterior la afectaron dos causas que cabe
resaltar, siendo una de éstas la finalización del sexenio y otra el cambio de la paridad con
respecto al dólar debido a que al mismo tiempo que los costos de adquisición de los equipos se
10
incrementaba en los estados contables, se hacían mas caros para su adquisición en virtud de
que la mayoría son de importación.
El inicio del año de 1977, marca un nuevo cambio de sexenio, el cual se caracteriza por el
hallazgo de grandes yacimientos de petróleo, por el incremento del déficit financiero del sector
público, por un altibaja en el PIB semejante a la del sexenio pasado, por una reducción del
desempleo, del salario real y de las exportaciones con relación a las importaciones y a una
subvaluación del peso con respecto al dólar, creándose con ello las condiciones propicias para
una nueva devaluación, la cual se realizó en 1982, aumentándose también en forma
desproporcionada al proceso de inflación devaluación, lo cual determinará en años siguientes un
estancamiento del desempleo y tensión social. Hay que recalcar que la DEVALUACIÓN tiene
efectos económicos, políticos y sociales .
Aunque existe un proceso de errores y desequilibrios económicos que van creando las
condiciones para una devaluación, esta se da sin control en el momento en que un importante
número de ahorristas e inversionistas pierden la confianza en el futuro del país o prevén una
escasez de dólares para hacer frente a las necesidades futuras de la economía. Entonces
empiezan a vender sus pesos y a comprar dólares .
Las causas que generalmente llevan a esa decisión a los ahorristas son normalmente, según
nos enseña la historia económica moderna, fuertes procesos inflacionarios internos,
desequilibrios en las entradas y salidas de dólares, pérdidas de reservas o problemas políticos y
bélicos.
El proceso de devaluación, desde el punto de vista económico, se empieza a gestar en el
momento en que un gobierno aumenta sus gastos y no tiene ingresos suficientes para cubrirlos .
Los déficit presupuéstales de los gobiernos, generalmente son cubiertos con emisiones
monetarias, las que generan inflación y por ende se traducen en aumentos de precios .
Así pues con todo lo anteriormente mencionado podemos dar algunas causas del tipo
económico que propiciaron la devaluación de 1994 .
11
DEVALUACIÓN .
CAUSAS ECONÓMICAS <
* SOBREVALUACION DEL PESO .
* DÉFICIT EN BALANZA COMERCIAL .
* VOLATILIDAD DEL CAPITAL FINANCIERO EXTRANJERO .
* FALTA DE UNA ESTRATEGIA CONVINCENTE PARA RE -
DUCIR DÉFICIT EN CUENTA CORRIENTE .
* ERROR EN LA INSTRUMENTACIÓN DEL AUMENTO DE LA
BANDA DE FLOTACIÓN .
* SAUDA DE CAPITALES .
* BAJA DE RESERVAS .
Como complemento a continuación se presenta en la FIG. N° 2 las devaluaciones que se han
llevado a cabo de 1948 a 1994 .
•.'.•¿ai 1948-49
1954
1976
1982
1984
1985
1986
1987
1994
> m i O f F E S G *
4.85 - 8.65
8.65-12.50
12.50 - 20.60
26-150
149-210
210 - 450
450 - 922
922 - 2,278
3,332 - 5,200
• „" -'Cok
78
44
65
473
41
114
105
147
57
Fig. N° 2
Con respecto a la industria de la construcción esta ha vivido momentos de zozobra, pues
aunque en años anteriores se habia creado la Cláusula de Ajuste a nivel legal, hasta el año de
1982, aún no existía un procedimiento de cálculo efectivo que contemplara todas las variaciones
que sufren los insumos expresados en los precios unitarios, iniciando los primeros prorrateos de
este tipo de cálculos, las diversas Direcciones que integraban la Secretaría de Comunicaciones
y la del Patrimonio Nacional.
12
S.P.N. - S.P.P. - S.H.C.P. - SECODAM.
La industria de la construcción se vio seriamente afectada por la crisis económica que sufrió la
República Mexicana durante el año de 1975, debido a que siempre ha estado ligada
íntimamente al sector público y por tanto a la economía nacional, ante esta situación la Cámara
Nacional de la Industria de la Construcción, solicitó a la entonces Secretaría del Patrimonio
Nacional la implementación de una cláusula de ajuste que se estableciera en los contratos de
Obra Pública aplicándose sus efectos única y exclusivamente en los precios unitarios anexos a
dichos contratos.
El estudio y el análisis de la petición efectuada por la CNIC lo realizó la comisión
intersecretarial, integrada por los C.C. Secretarios de Hacienda y Crédito Público del Patrimonio
Nacional y de la Cámara Nacional de la Industria de la Construcción.
La primera cláusula de ajuste se difundió inicialmente en las dependencias del Sector Público,
comunicándolo en segundo término a la CNIC y sus agremiados.
A continuación se transcriben los criterios y formas de aplicación en que deberán afectarse los
contratos de Obra Pública.
1.- La cláusula de ajuste se podrá aplicar a la obra que se ejecute a partir del 1° de septiembre
de 1975.
2.- Su aplicación será válida hasta en tanto se determinen otros criterios, requisitos o
condiciones que deban operar a estas revisiones, y se utilizará como sigue:
a) En contratos ya celebrados habrá que formular un convenio adicional.
b) En contratos que se celebran a partir del 1o de septiembre de 1975, se podrá incorporar
al contrato la cláusula de ajuste firmada por las partes.
3.- La aplicación de la Cláusula de ajuste se sujetará a la disponibilidad de las asignaciones
presupuéstales.
Al formalizarse la aplicación de la Cláusula de ajuste (ver capítulo III inciso 3.2.a, 3.2.b, 3.2.c),
se vio la necesidad de contar con parámetros confiables que permitieran establecer
procedimientos uniformes y comparables entre si para efecto de los ajustes correspondientes;
13
siendo la responsable de recabar estos datos la Secretaría del Patrimonio Nacional, quien
recurrió a la de Industria y Comercio y a diferentes instituciones en el interior de la República,
obteniendo información acerca de los ¡nsumos empleados en la construcción con las siguientes
características.
a) Datos mensuales sin interrupción desde 1965.
b) Datos de cantidad y valor de producción mensual para obtener un precio ponderado a
nivel productor y distribuidor, lo que le permitió aislar influencias por concepto de
especulación.
c) Para salarios se consideraron los establecidos por la Comisión Nacional de Salarios
Mínimos a partir del año 1972 para la zona 74 (D.F. y Zona Metropolitana).
En virtud de que esta zona incluye el mayor número de categorías relacionadas con la
industria de la construcción.
A partir de 1972 la Secretaría del Patrimonio Nacional seleccionó once materiales y sus
precios ponderados a esa fecha, tomándolos como base para elaborar un estudio estadístico,
debido a dicho año puede considerarse como el último que presenta precios históricos estables.
* Precio ponderado, se define como precio pesado representativo, cabe aclarar que toda la
información recabada hasta esa fecha se vino manejando con el criterio establecido por la
Secretaría de Industria y Comercio.
Posteriormente en 1976 al substituirse la Secretaria de Patrimonio Nacional por la Secretaría
de Programación y Presupuesto, se estableció una nueva base la que representaba el 100%
para los precios ponderados a partir de esa fecha, incrementándose tanto el número de ciudades
ubicadas en el interior del País en las que se efectuaron las encuestas para recabar datos,
como la cantidad de insumos, con el fin de tener una información completa, eficaz y acorde a
las necesidades de los diversos sectores que hacen uso de ella. Luego, en el año de 1992 con la
desaparición de la Secretaría de Programación y Presupuesto (SPP), la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público continúa con dicha función, es decir la publicación de los "
Relativos de Precios " criterio que fue modificado a partir del año 1994, estos cambios se
refieren a una nueva base la que representa el 100 %, además de agrupar los insumos en
familias.
14
La Subsecretaría de evaluación a través de la Dirección General de Control de Contratos y
Obras de la S.P.P. publicó el 9 de agosto de 1982 el primer anteproyecto de bases y
lineamientos generales para análisis y determinación de indicadores de costo, cuyo objeto es
que siguiendo reglas uniformes las Dependencias y Entidades determinen sus propios
indicadores aplicables a las obras que contrata.
La forma de publicar índices de construcción que posteriormente se denominarían "Relativos
de Precios ", se inicio a través de folletos editados por la S.P.N. - S.P.P. - S.H.C.P. y
actualmente por la SECODAM en forma periódica, publicándose con esta presentación hasta el
número 18, a partir de este las publicaciones se efectuaron en Diario Oficial de la Federación
mes a mes hasta e) boletín 89 se celebró en el inter un Convenio entre la S.P.P. y la Dirección
General de Control Técnico de la S.C.T. para que de común acuerdo se editarán los boletines
subsiguientes al número 49, lo que no fue posible de realizar debido a la desintegración de la
Dirección mencionada; durante los años de 1988 y 1989 se publicaron Relativos de Precios en
forma irregular, a partir de 1990 hasta diciembre de 1994 se publicaron bimestralmente .
Hay que mencionar que la Cláusula de Ajuste que se formuló en 1975 ha sufrido ligeras
modificaciones en su forma de redacción pero no substanciales ni de fondo, llegando casi
íntegra hasta la fecha según se observa en el texto del artículo 67 y 68 de la Ley de
Adquisiciones y Obras Públicas vigente, así como el inciso 3.6.4 de las Reglas Generales para
ta Contratación y Ejecución de Obras Públicas y de los servicios relacionados con las mismas.
S.O.P. - S.C.T.
La Secretaría de Obras Públicas dio inicio a la formulación de fabuladores de precios unitarios
para obras viales para el pago de trabajos de obras contratadas por sus Direcciones Generales a
partir de 1957, analizando estos precios hasta ei año de 1977 bimestralmente y apartir de esta
fecha anualmente, excepto los correspondientes a 1986 y 1987 que llevaron una mayor
periodicidad. El cálculo para efectuar la actualización tomo como base cotizaciones de mercado
para materiales y equipo .
En 1974 la Comisión de Normas, Especificaciones y Precios Unitarios a través de una
comparación aritmética entre los precios autorizados a partir del 1o de enero de 1972 y 1973,
determinó los incrementos aplicables a los fabuladores vigentes a partir de 1974, lo que serían
retroactivos al último trimestre de 1973.
15
En febrero de 1975 la Dirección General de Conservación a través de diversos procedimientos
interactivos, predictivos, comparativos, determinó los porcentajes de incremento, aplicables a
los precios unitarios de fabulador a partir del 1o de enero de ese mismo año.
En el mes de julio de 1975 se presenta la primera discrepancia notable entre criterios de
cálculo para el incremento de los precios de fabulador pues algunas Direcciones consideraban
únicamente las variaciones en los costos de los insumos, y otras tomaban en cuenta la
problemática que se presentaba en el campo como son los cruces con instalaciones de
Petróleos, las variaciones de rendimiento etc.
El 25 de septiembre la Dirección General de Inspección de Contratos y Obras Públicas de la
S.P.N.. le comunicó al Secretario de Obras Públicas mediante oficio N°. 33-03023-62223 de
fecha 25 de septiembre de 1975, el texto y las aclaraciones necesarias para la aplicación de la
Cláusula de Ajuste aplicable a los contratos que se otorgaran a partir el 1° de septiembre de
1975.
Como consecuencia de lo anterior el Secretario de la S.O.P. giró las instrucciones pertinentes
a tos C. Directores adscritos a ésta, mediante et Acuerdo número o2A (01)37 asunto av-56 de
fecha 20 de octubre de 1975., respecto a la elaboración de metodologías acordes a las
necesidades de las obras que tenían a su cargo, consultando las dudas legales que siguieran al
respecto con la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la propia Dependencia.
Mediante oficio N". 10-904 de fecha 30 de octubre de 1976 el C. Secretario del Ramo, le
comunica a la Cámara Nacional de la industria de la Construcción, que de acuerdo a la Cláusula
de Ajuste publicada por la S.P.N. y la metodología propia de cada Dirección se regularizarán
todas las solicitudes que han tenido a bien presentar las Compañías Constructoras con respecto
a ésta.
La Dirección General de Carreteras en Cooperación en et año de 1980 elaboró una
metodología para determinar las Escalatorias correspondientes que deberían aplicarse para
cada obra en especial. Este procedimiento se apega literalmente a lo expuesto en la Cláusula de
Ajuste, motivo por el cual fue aprobado por las autoridades especiales de la Dependencia,
siendo la forma de hacer el ajuste la indicada a continuación.
16
Con base a la propuesta del contratista en el que hubiera recaído la adjudicación y tomando
en cuenta lo asentado en los análisis de precios y programas de obra autorizado, se transcriben
en hojas de cálculo cada uno de los precios unitarios, excluyendo los valores correspondientes
al costo de los insumos de materiales, mano de obra y equipo, los cuales posteriormente se
sustituían por los cotizados con personal de la propia dirección, o bien con los proporcionados
por la contratista solicitante mediante entrega de facturas originales debidamente requisitadas .
Posteriormente se efectuaban las operaciones aritméticas necesarias completando así el
precio unitario actualizado a la fecha de revisión, siendo generalmente diferente en mas o en
menos el importe resultante al original.
Al final se presentaban los precios ya actualizados a la Comisión de Precios Unitarios de la
Dirección para su revisión y aprobación, ésta revisión se efectuaba solo si el precio a la fecha de
revisión sufría una variación del 5% en más o menos con respecto al precio estipulado
originalmente en concurso o al otorgado a la revisión inmediata anterior, conforme se indica en
la Cláusula de Ajuste.
Este procedimiento tuvo una vigencia de 1980 a principios de 1982, ya que el 8 de enero de
este último año, se publicó el inciso 3.3.3 de las reglas generales para la Contratación y
Ejecución de Obra Pública, y servicios relacionados con las mismas, en donde se estipula que el
ajuste se aplicará sobre los importes de los trabajos de que se trate aún no ejecutados
sin modificar los precios unitarios originales del contrato.
El 26 de marzo de 1982 la Comisión de Precios Unitarios de ja Subsecretaría y la Dirección
General de Carreteras en Cooperación, y tomando como referencia lo publicado en el Diario
Oficial de la Federación antes mencionado, realizan el primer instructivo para determinar el
índice de incremento aplicable a los precios unitarios de concurso del cuaí se hace una síntesis
a continuación, en el cual ya no se realiza a precios aislados sino a grupos de precios tomando
en cuenta los porcentajes de intervención de los insumos que aparecen en los rubros de
terracerías, puentes y obras de drenaje, pavimentos y señalamientos.
1.- Se elabora el listado de trabajos faltantes de ejecutar considerando el importe de la
asignación del contrato en vigor.
17
2.- La dependencia encargada de la obra cotiza los costos de los insumos vigentes a la fecha
de reclamación conforme a la metodología expedida en 1976 por la S.P.P.
3.- Del listado de conceptos del punto 1 se eligen los mas significativos ( Ley de Pareto ), que
representan del 80% al 90% del valor total asignado y se determina el porcentaje de
intervención de cada uno de esos conceptos.
4.- De los precios unitarios seleccionados se determinan los porcentajes de intervención de
cada uno de los insumos que los conforman.
5.- Con valores SAHOP-SPP se obtiene los incrementos ocurridos para los salarios de mano
de obra, los costos horarios de equipo y el de adquisición de materiales desde la fecha de
concurso (mes y año) hasta la de solicitud de actualización.
6.- Se aplican los factores de incremento a los porcentajes de intervención de los insumos
indicados en el punto 4 y se encuentran los factores de incremento para cada concepto de
obra.
7.- Aplicando los factores de incremento del punto anterior a los porcentajes de intervención
indicados en el punto 3, se encuentran los factores de incremento por aplicar a cada uno de
los rubros que integran la obra.
8.- Aún cuando con este procedimiento se puede determinar el factor global aplicable a toda la
obra, se recomienda que se aplique cada factor obtenido al rubro correspondiente ya que se
considera que es lo justo para ambas partes.
El 12 abril de 1982 la Dirección de Carreteras en Cooperación, pública el primer procedimiento
simplificado para la actualización de precios unitarios, el cual además cumple con lo indicado en
la Cláusula de Ajuste y en texto dice:
"...En todo trabajo de construcción es indispensable fijar previamente a su realización los precios
unitarios con que éstos deberán liquidarse. Sin embargo, tales precios permanecerán invariables,
aunque su vigencia dependa de diversos factores que inciden determinantemente en el costo de
las obras. La alternativa más simple para la actualización de los precios consiste en sustituir en
el análisis original los antiguos valores de los costos de los materiales, del equipo y de la mano
18
de obra por los nuevos valores resultantes de las eventuales condiciones adversas que
determinan su encarecimiento. Este procedimiento resulta demasiado laborioso y por lo tanto
muy lento sobre todo en aquellos contratos en que se maneja una gran cantidad de conceptos
de obra..."
Por lo anterior se recurrirá a la actualización de los precios unitarios mediante el uso de
índices que reflejarán las variaciones de los costos de los diferentes elementos: mano de obra,
materiales y equipo, sobre el monto total de los trabajos, obteniendo su porcentaje de incidencia
en los conceptos de obra, para determinar un factor con el cual actualizar los precios unitarios
para determinado concurso.
Este procedimiento se puede simplificar si se seleccionan convenientemente los conceptos de
obra que en conjunto represente un porcentaje significativo del total, y los resultados obtenidos
se aplican a todos los conceptos restantes.
Para facilitar lo anterior se elaboraron en esa Dirección General tres formatos para la
obtención de dicho factor:
En el primer formato se calculaban los índices de incremento para todos los elementos
necesarios que intervienen en los conceptos seleccionados, esto es para mano de obra, equipos
y materiales.
Estos índices se obtenían al dividir los costos en la fecha de actualización ( columna A ) , entre
los costos de los mismos elementos en la fecha del concurso ( columna C ); los resultados se
anotarán en la columna A/C. En el caso de mano de obra calificada, se tomaba como índice el
80% del incremento que resulte para mano de obra no calificada.
En el segundo formato, se obtenían los factores de incremento por concepto o grupo de
conceptos. En la primera columna se anotaban los elementos que integraban los diferentes
conceptos por analizar, en la segunda columna ( % INTER ) se anotaba el porcentaje de
intervención del elemento con respecto al costo directo de dicho concepto o grupo de conceptos,
el cual, al multiplicarlo por el índice de incremento (tercera columna, obtenido en el primer
formato ) daba el incremento parcial y al sumar esta cuarta columna se obtenía el incremento
por concepto o grupo de ellos.
19
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En el tercer formato se hará un resumen de los diferentes conceptos o grupos de éstos que
integran una partida y/o un resumen de las diferentes partidas que forman un presupuesto. En la
primera columna se anotarán los conceptos; en la segunda el importe de la obra por ejecutar en
el año de la actualización, con precios del año del concurso; en la tercera el porcentaje de obra
que representa su importe al total; en la cuarta el factor de incremento obtenido en el formato
dos, y en la quinta columna se anotará el resultado de multiplicar el porciento de obra por el
factor de incremento. Sumando estos resultados se obtendrá el factor de incremento aplicable a
todos los precios unitarios del concurso de referencia.
La Comisión de Normas Técnicas y Precios Unitarios de Obras Urbanas, de la S.A.H.O.P.
publicó el 21 de octubre de 1982 el método abreviado de actualización y el instructivo
correspondiente, el cual está fundamentado en los artículos 46 y 61 de la Ley de Obras Públicas
y su Reglamento respectivamente, así como en lo contenido en la Cláusula de Ajuste incluida en
los contratos de Obra Pública en los que se hace referencia a los incisos 3.3.3., 3.5.3, 3.6.4, y
3.9.2 de las Reglas Generales para la Contratación y ejecución de Obras Públicas, el cual se
anexa a continuación:
La Dirección General de Control Técnico en 1983 establece con carácter normativo el
procedimiento que deberá llevarse a cabo para efectuar el ajuste de los precios contenidos en
los concursos de obra contratada por las diversas Direcciones Generales adscritas a la S.C.T.
Este procedimiento se elaboró en base a la información que recabo la D.G.C.T. en las diferentes
direcciones que habían tendidos obras a su cargo' hasta antes de la fecha mencionada. De
aproximadamente 500 Catálogos de Conceptos y Cantidades de Obra para Expresión de
Precios Unitarios y monto total de la proporción se seleccionaron los conceptos que
mayoritaríamente definían a los rubros de terrecerías, obras de drenaje, puentes, pavimentos y
señalamientos, tanto en importe como en características propias de ejecución de los trabajos.
Debido a lo especial de los insumos que intervienen en la ejecución de puentes y señalamiento
y en lo que respecta a los productos asfálticos la continua variación de sus costos de adquisición
obligó a excluirlos de los rubros correspondientes. El ajuste de los mismos a través de
procedimientos establecidos.
En base a estas consideraciones se establecieron las siguientes matrices, mismas que rigen
hasta la fecha, que en diversas ocasiones han sido modificadas para determinar lo
correspondiente a la Cláusula de Ajuste y que la Secretaría establece en sus contratos cuando
20
en éstos se estipula que las actualizaciones de los precios se harán en base a la Fracción III del
Artículo 50 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas.
El 3 de septiembre de 1984 la Subsecretaría de Infraestructura le autorizó a la D.G.C.C. la
aplicación del criterio de proporcionalidad que debería utilizar en el cálculo de Escalatorias de
obras concursadas entre fechas de cambio de las mismas, con lo que se establece la aplicación
de las Escalatorias parciales que posteriormente ¡mplementa y anexa sus oficios circulares para
autorización de porcentajes de incremento la misma Secretaría.
El 26 de septiembre de 1984 a instancias de la D.G.C.C. la Subsecretaría de infraestructura
autoriza la metodología para aplicar la Cláusula de Ajuste a los precios unitarios que contemplen
el pago de trabajos de acarreos para materiales empleados en las obras que contratan las
direcciones ejecutoras de la obra pública, adscrita a la S.C.T.
El procedimiento mencionado consiste en separar los precios de acarreos del conjunto que
conforma el concurso siempre y cuando para el análisis de los mismos el contratista hubiese
considerado en forma total o parcial las tarifas de las uniones de camioneros ( fleteros ).
Obteniéndose posteriormente la actualización de estos según el procedimiento explicado en el
inciso.
CONCLUSIÓN :
Nuestro país ha sufrido severas inflaciones durante los últimos veinte años, debido a esto la
industria de la construcción ha tenido una grave rescisión, que se traduce principalmente en :
* Disminución de la obra pública
* Aumento en la competencia entre empresa.
* Bajas Utilidades
* Quiebra de empresas
* Más gasto público
Para nivelar todo lo anterior y para que a las empresas se les reconozcan los incrementos de
precios se mencionó en este capítulo, el desarrollo que ha tenido la escalation de precios con
respecto a la inflación hasta llegar a lo que hoy conocemos como Ajuste de Costos. Aunque en
21
la actualidad existen ciertos porcentajes que como empresa se siguen perdiendo, debido a
varios factores que veremos en los capítulos siguientes .
C A P I T U L O 111
CRITERIOS PARA EL CÁLCULO DE LA ACTUALIZACIÓN Y AJUSTE DE COSTOS
23
CAPITULO 111
CRITERIOS PARA EL CALCULO DE LA ACTUALIZACIÓN Y
AJUSTE DE COSTOS.
3.1 BASES TEÓRICO -PRACTICAS
UL1.a SECRETARIA DE CONTRALORÍA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO ( SECODAM )
Con lo mencionado en el capitulo anterior, referente a los Relativos de Precios de Insumos
para la Construcción que han sido publicados mediante boletines, actualmente estos son
publicados por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo ( SECODAM ),
anteriormente Secretaría de Contraloría General de la Federación ( SECOGEF ) y la 1a
publicación de boletines fue con el N° 113 el 28 de abril de 1995 .
"_ Se hace del conocimiento de los usuarios que:
I.- Para los ajustes de costos de tos trabajos pendientes de ejecutar de acuerdo al contrato o
convenio vigente, los relativos de precios que aparecen en la presente publicación serán
aplicables para el bimestre enero - lebrero de 1995.
II.- Para tos efectos de lo dispuesto en el articulo 68 fracción II de la Ley de Adquisiciones y
Obras Públicas, las dependencias y entidades podrán calcular los relativos de precios de
insumos que no aparezcan en este Boletín, Investigando los precios del mes de enero de
1995 con respecto a noviembre de 1994, los cuales se aplicarán a partir del propio mes de
enero de 1995.
III.- La fluctuación en tos costos de los insumos, consignada en la columna denominada
Incremento Porcentual", se refiere a la obtenida de noviembre de 1994 a enero de 1995.
IV.- Los ajustes se llevaran a cabo con la periodicidad y vigencia de los relativos de precios de
insumos para la construcción, que sean publicados en el Diario Oficial de la Federación.
V.- Para tos efectos que procedan, se publican los relativos de salarios de mano de obra para la
construcción, a fin de que las dependencias y entidades los apliquen con retroactividad al 1
de enero de 1995...."
24
111.2 BASES LEGALES •
111.2.a CLÁUSULA DE AJUSTE
En virtud de las variaciones que se vinieron presentando a partir de 1975 en los costos que
sirven de base para la integración de los precios unitarios empleados en la contratación de la
obra pública, como consecuencia principalmente del incremento de los salarios de la mano de
obra, y de otros aspectos económicos tales como: la adquisición e implementación de tecnología
extranjera, las modificaciones en la paridad cambiaria, principalmente peso-dólar, el crecimiento
excesivo de ia oferta monetaria etc., la Cámara Nacional de la Industria de la Construcción
solicitó a la Secretaría del Patrimonio Nacional, la inclusión de una cláusula de ajuste en los
contratos de obra que le permitirá la actualización de los precios contenidos en estos. Con este
motivo se creó una Comisión Intersecretarial con participación de la propia Cámara, la que
previo estudio detallado formuló la Cláusula de Ajuste que se incluyó en los contratos de obra
celebrados por Dependencias del sector Público Federal a partir del 1o de septiembre de 1975.
Esta Cláusula de Ajuste se transcribe a continuación y fue válida provisionalmente en tanto se
determinan otros criterios, requisitos o condiciones que deberían operar en las revisiones de los
precios unitarios en caso de contratos celebrados con anterioridad se establece la formulación
de un convenio adicional.
CLÁUSULA DE AJUSTE
Diario Oficial de la Federación del 3 de septiembre de 1975.
" ... PRIMERA . - Cuando los costos que sirvieron de base para calcular los precios
unitarios del presente contrato, hayan sufrido variaciones originadas en incrementos en
los precios de materiales, salarios, equipos y demás factores que integren dichos costos,
que impliquen un aumento superior al 5% del valor total de la obra aun no ejecutada y
amparada por este contrato, el CONTRATISTA podrá solicitar por escrito a la
DEPENDENCIA el ajuste de los precios unitarios proporcionado los elementos
justificados de su dicho...."
Con base en la solicitud que presente el CONTRATISTA, la DEPENDENCIA llevará a cabo
los estudios necesarios para determinar la procedencia de la petición, en la inteligencia de que
25
dicha solicitud solo será considerada cuando los conceptos de obra que sean fundamentales
están realizándose conforme al programa de trabajo vigente en la fecha de solicitud, es decir,
que no existía en ellos demora imputable al CONTRATISTA.
De considerar procedente la petición del CONTRATISTA, después de haber evaluado los
razonamientos y elementos probatorios que éste haya presentado, la DEPENDENCIA ajustará
los precios unitarios los aplicará a los conceptos de obras que conforme a programa se ejecutan
a partir de la fecha de presentación de la solicitud del CONTRATISTA e informará a la
Secretaría del Patrimonio Nacional; los términos de dicho ajuste.
Si los costos que sirvieron de base para calcular los precios unitarios del presente contrato han
sufrido variaciones originadas en disminución de los precios de materiales, salarios, equipos, y
demás factores que integran dichos costos, que impliquen una reducción superior al 5% del
valor de la obra aun no ejecutada, el CONTRATISTA acepta que la DEPENDENCIA, oyéndolo,
para lo cual le concederá un plazo de 30 días a fin de que manifieste lo que su derecho
convenga, ajuste a los precios unitarios como corresponda. Los nuevos precios se aplicarán a la
obra que se ejecute a partir de la fecha de notificación. La DEPENDENCIA informará en su
oportunidad a la Secretaría del Patrimonio Nacional los términos del ajuste".
"La Secretaría del Patrimonio Nacional en relación con los ajustes tendrán la intervención que
las leyes le señalen".
"Queda expresamente convenido que esta cláusula dejará de tener aplicación cuando el
Gobierno Federal determine otros criterios o condiciones que deban operar en este tipo de
revisiones".
"SEGUNDA.- Salvo las que resulten modificadas por este convenio continuarán vigentes todas
las estipulaciones del contrato principal".
"TERCERA.- Para la interpretación y cumplimiento de este convenio, así como para todos
aquellos que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la
jurisdicción de los tribunales federales de la Ciudad de México; por lo tanto, el CONTRATISTA
renuncia al fuero que pudiera corresponderá por razón de su domicilio o cualquiera otra
causa".
26
Ill.2.b CLAUSULA DE AJUSTE EN PLIEGO DE REQUISITOS.
Para efectos de esta tesis vamos a considerar el Documento Técnico N° 14 del Pliego de
Requisitos que es usado por el Fideicomiso 195 Conacal de la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes.
DOCUMENTO N° 14
AJUSTES DE COSTOS
Cuando ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el contrato, que
determinen un aumento o reducción del 5% (cinco porciento) de los costos de los trabajos aun
no ejecutados conforme al programa pactado , dichos cosos podrán ser revisados, atendiendo a
lo acordado por las artes en el respectivo contrato. El Aumento o reducción deberá constar por
escrito .
1.- Los Ajustes se calcularán a partir de la fecha en que se haya producido el Incremento o
Decremento en el costo de los insumos respecto de la Obra faltarte de ejecutar conforme al
Programa de Ejecución pactado en el Contrato (o convenio suscritos por las partes) o, en
caso de existir atraso no imputable al contratista , con respecto al programa vigente.
2- Cuando el atraso sea por causa imputable al Contratista, procederá el Ajuste de Costos
Exclusivamente para la obra que debiera estar pendiente de ejecutar conforme al programa
originalmente pactado.
3.- Los Incrementos o Decrementos de tos Costos de los Insumos, serán calculados con Base en
los relativos o índices que determine la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.
Cuando los relativos que requiera el Contratista o la Contratante no se encuentren dentro de
los publicados por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, la Dependencia
y/o Entidad procederá a calcularlos conforme a los precios que investiguen, utilizando los
lincamientos y metodología existente en la materia.
4.- Los precios del Contrato permanecerán fijos hasta la terminación de los trabajos contratados,
el ajuste se aplicara a los costos directos conservando constante los porcentajes de indirectos
y utilidad originales durante el ejercicio del contrato, el costo por financiamiento estará sujeto
a las variaciones de la tasa de interés propuesta, y
27
5.- a los demás Nneamientos que para tal efecto emita la Secretaría.
6.- El Ajuste de los costos que corresponda a los trabajos ejecutados conforme a las
estimaciones correspondientes, deberán cubrirse por parte de la dependencia y/o entidad a
solicitud escrita de "El Contratista", a mas tardar dentro de los treinta días naturales
siguientes a la fecha que la dependencia y/o entidad resuelva por escrito el aumento o
reducción respectivo.
7.- Con Base en la solicitud escrita del Contratista la Dependencia y/o entidad llevara a cabo los
análisis necesarios para determinar la procedencia de la petición, en la inteligencia de que
dicha solicitud solo será considerada cuando los conceptos de obra se estén realizando
conforme al programa de trabajo vigente, es decir, que no exista demora imputable a "El
Contratista".
8.- La Dependencia y/o Entidad, de considerar procedente la petición de "El Contratista",
después de haber evaluado los razonamientos y elementos probatorios que haya presentado,
analizara el ajuste de costos solicitado, de acuerdo con lo que se establece en la sección V
de las reglas generales para la contratación y ejecución de obras Públicas.
9.- Los análisis y cálculos que presente "El Contratista" y elabore la Dependencia y/o Entidad
para determinar el Ajuste de los costos, quedarán en poder de la Dependencia y/o Entidad de
acuerdo al ámbito de sus competencias y a disposición de la Secretaria de Hacienda y
Crédito Público.
10.- En todos los casos, la base para el Calculo del Ajuste de Costos que presente "El
Contratista" a la dependencia o/y entidad, deberá ser la considerada originalmente en el
concurso los incrementos decrementos de los precios de los insumos serán calculados con
base en la diferencia que arrojen los relativos o índices de los mismos precios en la fecha de
la revisión, con respecto a los índices correspondientes en la fecha de celebración del
contrato.
28
11.- El ajuste en función de las modificaciones que sufran los costos por los incrementos o
decrementos en los cargos que los integran, podrá efectuarse mediante la fórmula general
que tiene la siguiente expresión :
F K = P
I
K= Factor de ajuste
P= Participación de los insumos en los cargos integrantes del precio unitario .
F= índices relativos de costos o costos de los cargos de los insumos integrantes del precio
unitario en la fecha del ajuste
1= índices relativos de costos o costos correspondientes a los cargos de los insumos
integrantes del precio unitario en la fecha de celebración del contrato.
12.- La formula de ajuste desarrollada para el caso general será la siguiente :
Ps Fs Pm Fm Pe Fe Px Fx K = + + + +
Is Im le Ix
DONDE: Ps + Pm + Pe + Px = 1
Y DONDE:
Ps= Participación con que interviene la mano de obra en el costo directo del precio unitario .
Pm= Participación con que intervienen los materiales en el mismo costo directo .
Pe= Participación con la que interviene la maquinaria de construcción en dicho costo directo .
Px= Participación con que interviene el factor X en el costo .
13.- Por necesidad de la dependencia y/o entidad, la formula anterior podrá ser adicionada o
substraída de los sumandos que se requieran, conforme al los diversos cargos tales como se
definen en esta sección, que intervengan en ios precios unitarios.
29
lo»tf'nco JWuoío^ico éü U {Je*#twcc»ón
14.- La Dependencia y/o entidad, al calcular los porcentajes de participación de los diferentes
trabajos que ajusten, tomará en cuenta los antecedentes de las construcciones realizadas en
ella, o bien los que dentro de la información técnica que solicita a los Contratistas en los
concursos de obra estos determinen.
15.- En caso de que la Dependencia y/o entidad tenga poco o ningún dato estadístico propio y
confiable que le permita determinar la participación de los insumos que intervienen en los
trabajos que pretenda realizar, deberá calcularlos en base al programa, cantidades de trabajo
y Análisis de Precios Unitarios de la propuesta del participante a quien se le otorgue el
contrato, utilizando para ello los conceptos preponderantes cuyo importe acumulado cubra
como mínimo el 80% (ochenta porciento) del monto del trabajo contratado .
16.- En caso de modificaciones substanciales a las condiciones contractuales que a juicio de la
Dependencia y/o entidad provoquen cambios en la participación de los insumos, los nuevos
valores deberán calcularse conjuntamente con el contratista.
17.- La Dependencia y/o Entidad informara en oportunidad a la Secretaria de Hacienda y Crédito
Publico los términos del ajuste de costos, por lo que deberá formularse el oficio respectivo.
III.2.C CLÁUSULA DE AJUSTE EN CONTRATO.
En los contratos de obra pública existe una cláusula la cuál contempla el Ajuste de Costos
para los precios unitarios ésta puede variar en forma pero el significado de la cláusula se
mantiene. Y es aquí donde deberán indicar el procedimiento que debe seguir dicho ajuste; el
cual se puede apegar a cualquiera de las tres fracciones del Reglamento de la L.A.yO.P.
ESPECIFICACIONES PARTICULARES .
Dentro de las bases de concurso encontramos las Especificaciones Particulares como parte de
los documentos económicos, la cual se describe a continuación :
Cuando ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el contrato, que
determinen un aumento o reducción de los costos de los trabajos aún no ejecutados conforme al
programa pactado, dichos costos podrán ser revisados, atendiendo a lo acordado por las partes
en el respecto contrato. El aumento o reducción correspondiente deberá constar por escrito.
30
Wo dará lugar a ajuste de costos, las cuotas compensatorias a que conforme a la Ley de la
materia, pudiere estar sujeta a la importación de bienes contemplados en la realización de
obra..."
En esta Cláusula como ya mencionamos anteriormente "La Dependencia" determinará el
criterio'o condiciones que deban operar en este tipo de revisiones. Estos criterios están referidos
a las diferentes fracciones del Artículo 50 del Reglamento de la L.A.yO.P.
E.P. - 8 PROCEDIMIENTO QUE DEBE SEGUIRSE EN LA ELABORACIÓN DE LOS
ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS DE ACARREOS DE MATERIALES PÉTREOS POR
UNIDAD DE OBRA TERMINADA, EMPLEADOS EN LA CONSTRUCCIÓN,
RECONSTRUCCIÓN, AMPLIACIÓN, MODERNIZACIÓN Y/O CONSERVACIÓN DE
TERRACERIAS, OBRAS DE DRENAJE, REVESTIMIENTO Y/O PAVIMENTOS.
En la elaboración de los Análisis de Precios Unitarios de Acarreos de Materiales Pétreos para
Terracerias, Obras de Drenaje, Revestimiento y/o Pavimentos, "El Postor", deberá tomar en
cuenta lo siguiente:
A) Que podrá emplear en el transporte de materiales de construcción, indistintamente vehículos
de su propiedad o pertenecientes a sindicatos o uniones de transportistas de la región, hasta en
un porcentaje que no excederá del 75% (setenta y cinco porciento) de la capacidad, mediante en
volumen de transportación del concursante;
B) Que deberá considerar en cada uno de los análisis correspondientes, las condiciones
especificas que influirán en el acarreo, como el tipo de terreno (plano, Lomerío o Montañoso),
pendientes, curvatura, superficie de rodamiento y la longitud del mismo, así como la proporción
en que intervendrán los vehículos propios y de las asociaciones o uniones de transportistas de la
región, ya que esto no será motivo para reclamar a la dependencia y/o entidad, a excepción de
lo establecido en el inciso "E" siguiente:
C) Que será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales, de
seguridad social, de convenios que celebre y demás ordenamientos en materia de estos
trabajos, por lo que se compromete y acepta responder en forma satisfactoria en todas las
reclamaciones que presenten sus trabajadores o en su caso, las asociaciones o uniones de
31
transportistas de la región ya que esto no será motivo para reclamar a la dependencia y/o
entidad, a excepción de lo establecido en el inciso "E" siguiente:
D) Que en la elaboración e integración de estos precios, además de que deberá considerar los
costos de los insumos vigentes en la zona o región de que se trate, señalando las condiciones
en que efectuara el acarreo conforme a lo indicado en el inciso "A" antes indicado.
E) Que para la revisión de los costos que integran estos Precios Unitarios, cuando
ocurran circunstancias imprevistas de orden económico no prevista en el contrato, pero
que de hecho y sin dolo, culpa, negligencia o ineptitud de cualesquiera de las partes
determinen un aumento reducción del 5% (cinco porciento) de los costos de los trabajos
aun no ejecutados al momento de ocurrir dicha contingencia, se hará en su caso
mediante la aplicación del procedimiento establecido en la fracción II del Articulo 50 del
Reglamento de la Ley de Obras Publicas, afectando el importe del o los Ajustes
resultantes en un porcentajes igual al del anticipo concedido para la compra o
producción de materiales de Construcción y la Adquisición de equipo que se instale
permanentemente en la obra y demás insumos, conforme a lo dispuesto por las
fracciones III y Vil del Articulo 27 del Reglamento de la Ley de Obras Publicas.
Ill.2.d LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PUBLICAS.
Con base en el Artículo 134 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos y a fin de
proteger tanto el interés público, como el de aquellos que pretenden la obtención de un contrato,
se implemento la Ley de Inspección de Contratos y Obras Públicas, la cual se publicó por
primera vez el 4 de enero de 1966; ésta ley a través del tiempo ha sido sustituida en diversas
ocasiones, hasta llegar a la que hoy conocemos como Ley de Adquisiciones y Obras Publicas y
que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1993 .
A partir de la publicación de la Ley de Obras Públicas en 1980, se incluyó en el artículo 46
referente al aumento o reducción de los costos de los trabajos como consecuencia de
variaciones de orden económico ," La Ley de obras publicas se deroga con la ultima publicación
del Diario Oficial de la Federación de fecha diciembre 30 de 1993 mediante el cual se da a
conocer el Decreto del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, es decir la Ley de
Adquisiciones y Obras Públicas.
32
En la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas (L.A.O.P.), los artículos relacionados al Ajuste de
Costos los encontramos en el Título Tercero Capítulo III denominado de los Procedimientos y
Contratos de Obra Pública y son los siguientes.
"... Articulo 67.- Cuando Ocurran circunstancias de orden económico no prevista en el contrato,
que determinen un aumento o reducción de los costos de los trabajos aún no ejecutados
conforme al programa pactado, dichos costos podrán ser revisados, atendiendo a lo acordado
por las partes en el respecto contrato. El aumento o reducción correspondiente deberá constar
por escrito.
No dará lugar a ajuste de costos, las cuotas compensatorias a que, conforme a la ley de la
materia, pudiere estar sujeta la importación de bienes contemplados en la realización de una
obra...."
"... ARTICULO 68.- El procedimiento de ajuste de costos deberá pactarse en el contrato y se
sujetará a lo siguiente:
/.- Los ajustes se calcularán a partir de la fecha en que se haya producido el incremento en el
costo de los insumos respecto de la obra faltante de ejecutar, conforme al programa de
ejecución pactado en el contrata o, en caso de existir atraso no imputable al contratista, con
respecto al programa vigente.
Cuando el atraso sea por causa imputable al contratista, procederá el ajuste de costos
exclusivamente para la obra que deberá estar pendiente de ejecutar conforme al programa
originalmente pactado.
II.- Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos, serán calculados con base
en los relativos o el índice que determine la Secretaría, cuando los relativos que requiera el
contratista o la contratante no se encuentren dentro de los publicados por la Secretaría, las
dependencias y entidades procederán a calcularlos conforme a los precios que investiguen,
utilizando los lineamientos y metodología que expida la Secretaría.
III.- Los precios del contrato permanecerán fijos hasta la terminación de los trabajos
contratados. El ajuste se aplicará a los costos directos, conversando constantes los porcentajes
de indirectos y utilidad originales durante el ejercicio del contrato, el costo por fínanciamiento
estará sujeto a las variaciones de la tasa de interés propuesta, y
IV.- A los demás lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría.
33
El ajuste de costos que corresponda a los trabajos ejecutados conforme a las estimaciones
correspondientes, deberá cubrirse por partes de la dependencia o entidad, a solicitud del
contratista, a más tardar dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que la
dependencia o entidad resuelva por escrito el aumento o reducción respectivo...."
Ill.2.e REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS.
Con el fin de complementar ampliar y aclarar los preceptos contenidos en el Ley de Inspección
de Contratos y Obras Públicas, el 30 de enero de 1967, se publicó el primer Reglamento de
dicha Ley, con el cual además de lo anterior se establecieron los procedimientos y mecanismos
que regula la contratación y administración de las obras públicas.
El Reglamento de la Ley de Obras Públicas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el
13 de febrero de 1985 contempla en los Artículos 27 Frac. Vil, 43, 50 y 51 citados a continuación
lo correspondiente a los procedimientos para efectuar el Ajuste de los Costos .
" ... ARTICULO 43.- La dependencia o entidad proveerá lo necesario para que se cubran al
CONTRATISTA :
III. El ajuste de costos que corresponda a los trabajos ejecutados conforme a las estimaciones
correspondientes, dentro de un plazo no mayor de treinta días hábiles, contados a partir de que
la dependencia o entidad emita el oficio de resolución que acuerde el aumento o reducción
respectivo...."
" ... ARTICULO SO.- En el supuesto que establece el articulo 46 de la Ley, la revisión de los
actos se hará según el caso, mediante cualesquiera de los siguientes procedimientos :
I. Revisar cada uno de los precios de cada contratado para obtener el ajuste;
II. Revisar un grupo de precios, que multiplicados por sus correspondientes cantidades de
trabajo por ejecutar, representen cuando menos el 80% del importe total faltante del contrato.
En los procedimientos anteriores, la revisión será promovida por la contratante o a solicitud
escrita del contratista, la que se deberá acompañar de la documentación comprobatoria
necesaria; la dependencia o entidad dentro de los veinte días hábiles siguientes, resolverá sobre
la procedencia de la petición, y
III. En el caso de las obras en las que se tengan establecida la proporción en que intervienen los
insumos en el total del costo directo de las obras, el ajuste respectivo podrá determinarse
34
mediante la actualización de los costos de los insumos que intervienen en dichas proporciones,
oyendo a la Cámara Nacional de la Industria que corresponda.
En este supuesto, las dependencias y entidades podrá optar por el procedimiento anterior
cuando así convenga, para lo cual, deberán agrupar aquellas obras o contratos que por sus
características contengan conceptos de trabajo similares y consecuentemente sea aplicable
al procedimiento mencionado. Los ajustes se determinarán para cada grupo de obras o
contratos y se aplicarán exclusivamente para los que se hubieren determinado, y no se
requerirá que el contratista presente la documentación justifícatoria...."
" ... ARTICULO 5 1 - La aplicación de los procedimientos a que se refiere el artículo anterior,
deberá pactarse en el contrato correspondiente y se sujetará a lo siguiente :
¡.-(Reformada por el Artículo Primero del Decreto de 3 de enero de 1990, publicado en el
Diario Oficial de 9 del mismo mes y año, en vigor al día siguiente, para quedar como
sigue):
/.- Los ajustes se calcularán a partir de la fecha en que se haya producido el incremento o
decremento en los costos de los insumos, respecto de la obra fallante de ejecutar conforme al
programa de ejecución pactado en el contrato o en caso de existir atraso no imputable al
contratista, con respecto al programa que se hubiese convenido.
Cuando el atraso sea por causa imputable al contratista procederá el ajuste de costos
exclusivamente para la obra pendiente de ejecutar conforme al programa que se encuentre en
vigor.
II.- Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos, serán calculados con base en
los relativos Indices que determinen la Secretaría.
Cuando los relativos que requiera el contratista o la contratante no se encuenden dentro de los
publicados por la Secretaría, las dependencias y entidades procederá a calcularlos conforme a
los precios que investiguen, utilizando los lineamientos y metodología que expida la Secretaría;
III.- (Reformada por el artículo Primero del Decreto de 3 de enero de 1990, publicado en
"Diario Oficial" de 9 del mismo mes y año, en vigor al día siguiente, para quedar como
siguiente):
35
///.- Los precios originales del contrato permanecerá fijos hasta la terminación de los trabajos
contratados. El ajuste se aplicará a los costos directos, conversando constantes los porcentajes
de indirectos y utilidad originales durante el ejercicio del contrato, el costo por fínanciamiento
estará sujeto a las variaciones de la tasa de interés propuesta a que se refiere la fracción V del
Articulo 31 de este Reglamento;
IV.- La formalización del ajuste de costos deberá efectuarse mediante el oficio de resolución que
acuerde el aumento o reducción correspondiente, en consecuencia no se requiere de convenio
alguno; y
V.- Los demás lineamientos que para tal efecto emita la Secretaria...."
III.2.Í REGLAS GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS
PUBLICAS Y DE LOS SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMA.
La administración pública, a fin de mantener las condiciones de igualdad a que tienen'
derecho, tanto sus organismos como las empresas que contratan con ellos, formuló unos
lineamientos que tienen a perfeccionar a los contenidos en un contrato de adjudicación de
cyalesquier obra pública, y por otra parte complementan los criterios establecidos en la Ley de
Adquisiciones y Obras Públicas y su Reglamento, siempre y cuando no se opongan a éstos
últimos. Dichos lineamientos se han venido publicando en el Diario Oficial de la Federación, a
partir del 8 de enero de 1982, bajo el título de Reglas Generales para la Contratación y
Ejecución de Obras Públicas y de los Servicios relacionados con las mismas; el tema de ajuste
de precios se contempla en las reglas 3.3.3., 3.5.3., 3.6.4. y la sección 5.9.
3.3.3. Ajuste de precios unitarios .
Diario Oficial de la Federación del 8 de enero de 1982 .
"... Cuando los costos que sirvieron de base para calcular los precios unitarios del contrato,
sufran variaciones originadas en incremento en los precios de materiales, salarios, equipos y
además factores que integren dichos costos y que impliquen un aumento superior al 5% (cinco
por ciento) del valor total de los trabajos aún no ejecutados dentro del programa, amparados por
el contrato, "El Contratista" podrá solicitar por escrito a "La Dependencia" o "La Entidad" la
bonificación sobre el pago de los trabajos, proporcionando los elementos justificación sobre el
pago de los trabajos, proporcionando los elementos justificativos de su dicho.
36
Con base en la solicitud que presenta "El Contratista", "La Dependencia" o "Entidad",
llevará a cabo los estudios necesarios para determinar la procedencia de la petición, en la
inteligencia de que dicha solicitud sólo será considerada cuando los conceptos de obra que sean
fundamentales se estén realizando conforme al programa de trabajo, vigente en la fecha de
solicitud, es decir, que no exista en ellos demora imputable a "El Contratista", en un plazo no
mayor de 30 (treinta) días calendario a partir de la fecha de presentación de su solicitud "La
Dependencia" o "Entidad", de considerar procedente la petición de "El Contratista", después de
haber evaluado los razonamientos y elementos probatorios que éste haya presentado, ajustará
los precios unitarios, de acuerdo con lo que se establece en la sección correspondiente de las
reglas generales para la contratación y ejecución de obras públicas y de servicios relacionados
con tas mismas para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y del
Articulo 61 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y los aplicará a los conceptos de obras
que conforme a programa se ejecuten a partir de la fecha de presentación de la solicitud de "El
Contratista" e informará a la Secretaría de Programación y Presupuesto los términos de dicho
ajuste.
Si los costos que sirvieron de base para calcular los precios unitarios sufren variaciones
originadas por disminución de los precios de los materiales, salarios, equipos y demás factores
que integran dichos costos, que impliquen una reducción superior al 5% (cinco por ciento) del
valor de los trabajos aún no ejecutados, "El Contratista" acepta que "La Dependencia" o
"Entidad", oyéndolo para lo cual concederá un plazo de 30 (treinta) días calendario a fin de que
manifieste lo que a su derecho convenga, ajuste los precios unitarios como corresponde. Los
nuevos precios se aplicarán a los trabajos que se ejecuten a partir de la fecha de la notificación.
El ajuste se aplicará sobre los importes de los trabajos de que se trate, aún no ejecutados, sin
modificar los precios unitarios originales del contrato.
"La Dependencia" o "Entidad", informará en su oportunidad a la Secretaría de Programación y
Presupuesto, los términos del ajuste...."
3.5.3. Ajuste de precios.
Diario Oficial de la Federación del 15 de febrero de 1982 .
"...Si por la naturaleza del servicio "La Dependencia" o "Entidad" así lo establecen el contrato y
los costos que sirvieron de base para calcular los precios del contrato sufren variaciones
37
originadas en incremento en los precios de materiales, salarios, y demás factores que integren
dicho costo y que impliquen un aumento superior del 5% (cinco porciento) del valor total de los
trabajos aún no ejecutados dentro del programa amparados por el contrato. "El Contratista"
podrá solicitar por escrito a "La Dependencia" o "Entidad", la bonificación sobre el pago de tos
trabajos, proporcionado los elementos justificativos de su dicho.
Con base en la solicitud que presente "El Contratista", "La Dependencia" o "Entidad" llevará a
cabo los estudios necesarios para determinar la procedencia de la petición, en la inteligencia de
que dicha solicitud sólo será considerada cuando los conceptos délos trabajos que sean
fundamentales se estén realizando conforme al programa de trabajo, vigente en la fecha de la
solicitud, es decir, que no existe en ellos demora imputable a "El Contratista". En un plazo no
mayor de 30 (treinta) días de calendario a partir de la fecha de presentación de su solicitud "La
Dependencia" o "Entidad" de considerar procedente la solicitud de "El Contratista", después de
haber evaluado los razonamientos y elementos probatorios que éste haya presentado, ajustará
los precios del contrato de acuerdo con lo que se establece en la sección correspondiente de las
reglas generales para la contratación y ejecución de Obras Públicas y de servicios relacionados
con la misma para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y en el
artículo 61 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y los aplicará a los conceptos de trabajo
que conforme al programa se ejecuten a partir de la fecha de presentación de la solicitud de "El
Contratista" e informará a la Secretaría de Programación y Presupuesto los términos de dicho
ajuste.
Si los costos que sirvieron de base para calcular los precios del contrato sufren variaciones
originadas por disminución de los precios de materiales, salarios, equipo o demás factores que
integran dichos costos, que impliquen una reducción superior al 5% (cinco por ciento) del valor
de los trabajos aún no ejecutados, "El Contratista" acepta que "La Dependencia" o "Entidad"
oyéndolo, para lo cual concederá un plazo de 30 (treinta) días calendario, a fin de que manifieste
lo que a su derecho convenga, ajuste los precios como corresponda. Los nuevos precios se
aplicarán a los trabajos que se ejecuten a partir de la fecha de notificación.
El ajuste se aplicará sobre los importes de los trabajos de que se trate, aún no ejecutados, sin
modificar los precios originales del contrato.
Para los efectos de esta regla quedan comprendidos, entre otros, los trabajos que requieran el
uso de maquinaria o equipo, del uso preponderante de mano de obra no calificada, del empleo
38
de materiales diferentes a los de oficina y aquellos que, reuniendo algunas de las características
anteriores, el plazo de ejecución de los trabajos faltantes sea mayor de 3 (tres) meses.
"La Dependencia" o "Entidad", informará en su oportunidad a la Secretaría de Programación y
Presupuesto, los términos del ajuste
Diario Oficial de la Federación del 14 de junio de 1982 .
"...3.6.4. Cuando durante la vigencia del contrato de obra pública a base de precios unitarios o
de servicios relacionados con la misma, ocurran circunstancias de orden económico no previstas
en el contrato, que de hecho y sin dolo, culpa, negligencia o ineptitud de cualquiera de las partes
determinen un aumento o reducción en un 5% o más de los costos de los trabajos aún no
ejecutados. "La Dependencia" o "Entidad" podrá realizar los correspondientes ajustes en los
términos de las reglas 3.3.3. y 3.5.3., según corresponda, con cargo a los ajustes presupuéstales
aprobados para el ejercicio de que se trate, sin que esto se interprete como un aumento o
reducción al monto del contrato pactado originalmente o que se afecte al proyecto o el número
de unidades por ejecutar, los cuales ya se encuentran incluidos en el presupuesto respectivo.
Para los fines anteriores "La Dependencia" o "Entidad" deberá utilizar el modelo de ofício que
se incluye en estas reglas generales, sin que sea necesario que se emita acuerdo o celebre
convenio adicional...."
Diario Oficial de la Federación 15 de octubre de 1982 ,
SECCIÓN S .
"...Lineamientos para la integración de precios unitarios y del procedimiento para el ajuste de
los mismos.
5.9. Del procedimiento para el ajuste del costo de las obras públicas o de tos servicios
relacionados con las mismas, cuando los precios de los materiales, salarios, equipos y demás
factores que integren dicho costo, sufran variaciones originadas por incrementos o decrementos.
5.9.1. "La Dependencia" o "Entidad", a solicitud de "El Contratista" y en los en que sea
procedente, con fundamento en lo dispuesto en las reglas 3.3.3., 3.5.3. y 3.6.4. de la sección
39
correspondiente de estas reglas generales, podrá ajusfar el costo de la obra o de los servicios
conforme a lo siguiente:
5.9.2. Los precios unitarios originalmente pactados en el contrato deberán permanecer
invariables hasta la terminación de los trabajos contratados, por lo que el ajuste deberá hacerse
en forma global mediante la aplicación por "La Dependencia" o "Entidad" de uno de los
siguientes procedimientos:
a) Un factor que se determine al considerar las variaciones de los insumos que intervengan en
el costo de los trabajos, tomando en cuenta los relativos o índices de los insumos
correspondientes.
b) Determinando los ajustes concepto por concepto conforme al análisis de costo original,
tomando en cuenta los relativos o índices de los insumos correspondientes.
c) Obteniendo el incremento que hayan sufrido los insumos, cuando el volumen de éstos
pueda ser fácilmente determinado en forma global.
La aplicación del ajuste en los tres casos, se hará al importe de cada estimación o liquidación
valorizada con los precios unitarios originalmente pactados.
5.9.3. En todos los casos la base para el cálculo del ajuste deberá ser la considerada
originalmente en el concurso. Los incrementos o decrementos de los precios de los insumos
serán calculados con base en la diferencia que arrojen los relativos o índices de los mismos
precios en la fecha de la revisión, con respecto a los relativos o índices, correspondientes a la
fecha de la celebración del contrato .
o 5.9.4. Los relativos o índices a que se refieren las reglas anteriores, serán los que determine
para tales efectos la Secretaría de Programación y Presupuesto, y que se publiquen como ésta
resuelva. Cuando no se disponga de los relativos o índices, la diferencia se calculará según los
precios que "La Dependencia" o "Entidad" averigüe en el mercado .
5.9.5. El ajuste en función de las modificaciones que sufran los costos por los incrementos o
decrementos en los cargos que los integran, podrá efectuarse mediante la fórmula general que
tiene la siguiente expresión :
40
F K = P
/
K= Factor de ajuste
P= Participación de los insumos en los cargos Integrantes del precio unitario.
F= índices relativos de costos o costos de los cargos de los insumos integrantes del precio
unitario en la fecha del ajuste
1= Indices relativos de costos o costos correspondientes a tos cargos de los insumos
integrantes del precio unitario en la fecha de celebración del contrato.
La formula de ajuste desarrollada para el caso general será la siguiente :
PsFs PmFm Pe Fe PxFx
Is Im le Ix
DONDE: Ps + Pm + Pe + Px = 1
Y DONDE:
Ps= Participación con que interviene la mano de obra en el costo directo del precio unitario .
Pm= Participación con que intervienen los materiales en el mismo costo directo .
Pe= Participación con la que interviene la maquinaría de construcción en dicho costo directo .
Px= Participación con que interviene el factor X en el costo .
5.9.6. Por necesidad de "La Dependencia" o "Entidad" la formula anterior podrá ser adicionada
o sustraída de los sumandos que se requieran, conforme a ios diversos cargos tales y como se
definen en esta sección, que intervengan en los precios unitarios.
5.9.7. "La Dependencia" o "Entidad", al calcular los porcentajes de participación para los
diferentes trabajos que ejecuten, tomará en cuenta los antecedentes de las construcciones
realizadas por ella, o bien los que dentro de la información técnica que se solicita a tos
contratistas en los concursos de obra, éstos determinen.
41
5.9.8. "La Dependencia" o "Entidad" que con datos propios y estadísticamente confiables, haya
determinado o pueda determinar la participación de los insumos que intervienen en la fórmula
para calcular el factor que se ajuste en trabajos tipificados o partes de los mismos que sean
tipificados, deberá indicar dichos porcentajes en las Convocatorias de concursos.
5.9.9. "La Dependencia" o "Entidad" que tenga poco o ningún dato estadístico propio y
confiable que le permita determinar la participación de los insumos que intervienen en los
trabajos que pretenda realizar, deberá calcularlos en base al programa, cantidades de trabajo y
análisis de precios unitarios de la propuesta del participante a quien se le otorgue el contrato,
utilizando para ellos los conceptos preponderantes cuyo importe acumulado cubra como mínimo
el 75% ( Setenta y cinco por ciento) del monto del trabajo contratado .
5.9.10. En los casos de trabajos tipificados en que "La Dependencia" o "Entidad" determine,
con base en datos estadísticos confiables, las participaciones de los insumos en los términos de
la fórmula para obtener el factor de ajuste, deberá hacerlo del conocimiento de la Secretaria de
Programación y Presupuesto, poniendo a su disposición todos los antecedentes del cálculo con
los que determinó dichas participaciones.
5.9.11. En caso de modificaciones substanciales a las condiciones contractuales que a juicio
de "La Dependencia" o "Entidad" provoquen cambios en la participación de los insumos, los
nuevos valores deberán calcularse conjuntamente con el contratista .
5.9.12. Los cálculos para determinar dichos ajustes quedarán en poder de la "La Dependencia"
o "Entidad" y a disposición de la Secretaría de Programación y Presupuesto
Hay que resaltar el hecho de que en las Reglas Generales para la contratación y
Ejecución de Obras Públicas en los incisos 3.3.3. y 3.5.2. párrafos segundos se hace
mención del Artículo 61 del Reglamento, el cual en el momento en que se editaron las
Reglas contenía lo relacionado al ajuste de precios, pero con la edición del mismo en
1985 este tema se trató en los artículos 50 y 51. Así también en el caso de la extinta
Secretaría de Programación y Presupuesto, la cual pasó a formar parte de Secretaría de
Hacienda y crédito Público .
42
IH.3 METODOLOGÍA PARA EL CALCULO DE ÍNDICES RELATIVOS
DE PRECIOS CON BASE EN LA
LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PUBLICAS
lll.3.a DEFINICIONES Y TERMINOLOGÍA
Los índices de costos o números índice específicamente son métodos estadísticos utilizados
para medir las diferencias en la magnitud de una variable o de un conjunto de variables
correlacionadas entre sí, los cuales comparan una medida actual con otra anterior, ambas para
fechas predeterminadas, y permiten tomar una base arbitraria para describir o indicar un
aumento o reducción en el costo de algún bien o servicio.
Para la elaboración de los números índice se deben de tomar en cuenta las siguientes
condiciones:
1.- Selección del número de bienes.- Esta elección se hace con el fin de simplificar el trabajo,
y consiste en hacer listados de los artículos o bienes que por sus características,
especificaciones, costos p calidades representen a la mayoría de los elementos que
conforman el grupo.
2.- Selección de datos de costos.- Este grupo reviste gran importancia, ya que los datos
deben ser exactos, comparables entre sí, homogéneos en la mayoría de sus características y
representativos del mercado que está evaluado, aún cuando cambie los períodos prefijados
3.- Selección de fuentes de datos de costos.- A fin de poder establecer parámetros
confiables, se debe recurrir a bases de datos (fuentes) que permitan la obtención de éstos en
una misma región y que sean homogéneos con el sistema de referencia que se este
empleado.
4.- Elección del período base.- Cualquiera que sea la fórmula para combinar y ponderar los
datos, es usual elegir una fecha o un período de tiempo (semana, mes, etc.) que se tomará
como base, y los datos tomados en ésta, nos indicarán el índice inicial, cuyo valor se le
asignará el 100%.
43
5.- Cálculo de números índice.- Este cálculo se basa en el uso de proporciones o razones, que
pueden expresarse ya sea como una fracción o como un cociente, obtenido al dividir el
numerador de la fracción, en nuestro caso del bien en un período dado, por el denominador o
sea el costo del bien en el período base inicial.
le = ( C, / Co ) x 100 %
donde:
IC = índice de costo
C1 = Costo del bien en un período dado posterior al período base.
CO = Costo del bien en un período base.
Existen diversos métodos para el cálculo de números índices y entre los más empleados están
los siguientes, los que se explicarán brevemente:
Métodos de agregación simple. Es la forma de expresar la relación que se establece entre las
sumatorias de costo iniciales tomados como base, y los que se determinan en un período
posterior a la base de referencia. Este método se desarrolla en base a la expresión matemática
a continuación anotada:
As = ( £ C , - Z C . ) x 1 0 0 %
donde :
As = índice de costo obtenido con el método de agresión simple.
Co = Costo del bien en el período base.
C1 = Costo del bien en el período dado, posterior al período base.
Las ventajas que presenta se sintetizan en su fácil aplicación, pues a través de simples
operaciones se tiene un valor parámetro, entre dos fechas predeterminadas, siendo su mayor
desventaja el hecho de que nos conduce a resultados irreales, debido a que según este método:
Las unidades en que se expresan las cantidades de los bienes no se toman en consideración.
Método de agregación ponderada o de Paasche. Este método promedia las variaciones que
sufren tanto los costos como las cantidades de los insumos que integran las sumatorias para el
período inicial o base y el de cálculo, permitiendo este criterio variar la base en cada revisión
que se efectúe, con lo cual se logran parámetros más confiables.
44
Paasche expresa la relación entes mencionada con la siguiente expresión matemáticas:
P = [ (Z Ci q , ) - ( Z Co q , ) ] x 100 %
donde:
P = índice de costos obtenido con el método de Paasche.
C1 = Costo del bien en un período dado posterior al considerado como base.
q1 = Cantidad del bien en un período dado posterior al considerado como base.
cO = Costo del bien en el período base.
Método de Laspeyres o del año base. La diferencia que presenta este método respecto al de
Paasche consiste en que consideras las cantidades de bienes para el período base en el lugar
de tomar las cantidades del período de estudio:
L = [ ( Z C, qo) - ( Z C q„) ] x 100 %
donde:
L = índice de costo obtenido con el método de Laspeyres.
c1= Costo del bien en un período dado, posterior al período base.
q0= Cantidad del bien en un período base.
c1= Costo del bien en un período base.
Método de Fisher. Combina el desarrollo matemática de Laspeyres y de Paasche al
implementar su procedimiento de cálculo para determinar un parámetro de escalación de
diversos bienes, tipos o especies de artículos; debido a que considera que los incrementos de
los promedios de los costos de los artículos varían en forma geométrica con respecto a!
promedio base para la fecha en que se efectúa ta ponderación de valores; con este criterio
determinó que la variación se establece a través de la siguiente expresión:
F = \ j [ Í Z C , q o ) / ( Z C o q 0 ) J x E C Z C , q , ) / ( Z C o q i ) ]
donde:
F = índice de costo obtenido con el método de Fisher.
d = Costo de! bien en un período dado posterior al período base.
cO = Costo del bien en un período base.
45
q1 = Cantidad del bien en un período dado.
qO = Cantidad del bien en período base.
Este método es el que nos conduce a índices más reales, debido a que se obtienen resultados
intermedios respecto a los procedimientos anteriores.
46
Ill.3.b ÍNDICE DE PRECIO DE INSUMOS DE LA CONSTRUCCIÓN, SECODAM
A partir de agosto de 1976 la Secretaría de Programación y Presupuesto por conducto de la
Dirección General de Normatividad de Obras Públicas, Adquisiciones y Bienes Muebles se ha
dado a la tarea de elaborar periódicamente los Boletines de relativos de Precios de Insumos
para la construcción; la finalidad de los mismos es facilitar a las Dependencias y Entidades del
Sector Público la preparación de los Presupuestos Base de las Obras, ya sea que se empleen
éstos para Anteproyectos, Obras por Administración Directa o para los Concursos realizados por
las propias Dependencias, así mismo para la revisión de Contratos de Obra Pública tal y como
lo establece el Reglamento de la Ley de Obras Públicas en su Art. 51.
En los Boletines se informa sobre las variaciones relativas en los precios de algunos insumos
de la construcción, como son materiales, maquinaria y equipo menor, su contenido contempla
los relativos de precios de materiales a nivel productor y nivel distribuidor, captando datos
mediante encuestas directas en el Distrito Federal así como su área metropolitana y algunas
localidades del interior de la República.
Metodología para la elaboración del Boletín de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo
Administrativo (SECODAM). (cuadro núm. 3.1)
1. Se investiga en la localidad la ubicación de las empresas distribuidoras de materiales que
estén debidamente establecidas y que manejen una amplia variedad de materiales para la
construcción de acuerdo a un catálogo previamente determinado.
2. Se elaboran itinerarios lógicos en el plano de la localidad de acuerdo a su ubicación y se
visita a las Empresas seleccionadas.
3. se realizan entrevistas con el gerente encargado de la empresa para manifestarle el objetivo
de la visita y solicitar su cooperación para que proporcione la información que se requiere en
la elaboración del boletín que se lleva como muestra.
4. Para que la información refleje fielmente las variaciones del mercado de la construcción, las
encuestas se realizan visitando a los mismos distribuidores en cada localidad. Se requiere
encuestar como mínimo cinco precios de cada concepto para corroborar que las cotizaciones
estén dentro de un rango aceptable, cuando algún precio sale de dicho rango no se consider
en el cálculo del relativo correspondiente.
5. Visitar a los proveedores seleccionados para la obtención de los precios correspondientes.
47
6. Con la información obtenida en la localidad, el personal capacitado calcula los precios base
en un formato de encuesta (cuadro núm 3.2)
Los precios base obtenidos se consignan en el formato de "Cálculo de Relativos de Precios."
(cuadro núm. 3.3).
Una vez obtenida la información en cada localidad se calculan los precios base y con ellos los
relativos de precios conforme al siguiente procedimiento:
En el Formato para el Cálculo de Relativos de Precios ( cuadro núm. 3.3 ) se anota además de
los datos tales como el N°. de la encuesta, fecha etc. los precios actuales y los precios
anteriores, obteniéndose el porcentaje mediante la formula:
N = ( L / M ) - 1 * 1 0 0 %
donde:
N = Porcentaje
L = Precio actual
M = Precio anterior
una vez calculado el porcentaje para cada grupo de precios de las mismas características se
obtiene el promedio de porcentajes con la expresión:
0 = E N / n
donde:
O = Promedio de porcentajes.
S = Sumatoria desde 1 a n.
n = Cantidades de Porcentajes.
Por último se calcula el incremento promedio y el relativo actual;
P = ( O / 1 0 0 ) + 1
donde:
P = Incremento promedio.
O = Promedio de porcentajes.
48
R.A. = P * Q
donde:
R.A. = Relativo Actual.
P = Incremento Promedio
Q = Relativo anterior (para el mismo producto).
Hay que señalar además que el relativo actual en un período dado de cálculo pasa a ser el
relativo anterior para el siguiente período, y así sucesivamente para los posteriores, y las
columnas que se publican en el boletín de la SECODAM son precisamente, el relativo anterior
(cuadro núm. 3.3 columna Q) y el relativo actual (columna R mismo cuadro).
49
Ixuthuto Tew&oiógic* da U CoMtroodda
* METODOLOGÍA DE LLENADO DE L O S FORMATOS QUE MTERVD2NEN EN LA RECOPILACIÓN DE DATOS PARA LA
FORMULACIÓN DE LOS RELATIVOS DE INStfMOS PARA LA CONSTRUCCIÓN" J
CUADRO 3.1
INVESTIGAR EN LA LOCALIDAD LOS PRODUCTORES Y DISTRIBUIDORES DE INSUMOS PARA ELABORAR LA LISTA
HACER ITINERARIO LÓGICO DE RUTAS DE VISITA
VISITARLAS EMPRESAS SELECCIONADAS PARA ENTREVISTARSE CON EL GERENTE O ENCARGADO
RESPONSABLE y
. PEDIR SU COOPERACIÓN
• EXPLICAR EL MOTIVO DE LA ENCUESTA
• CONBASEENEL CATALOGO DE MATERIALES VERIFICAR TIPO DE INSUMO DE LA
l EMPRESA
SELECCIONAR LAS EMPRESAS, BASADOS EN LAS VISITAS DE ENTREVISTAS PARA ELABORAR CATALOGO.
LLENADO DE LOS FORMATOS DE ENCUESTA CON LOS DATOS DE LA EMPRESA Y PRODUCTOS A ENCUESTAR
CONSIGNACIÓN DE LOS PRECIOS NETOS EN EL FORMATO DE CALCULO DE RELATIVOS DE PRECIOS Y
CALCULO DE LOS RELATIVOS
ENVIAR FORMATOS DE CALCULO DE RELATIVOS YA PROCESADOS A DIRECCIÓN GENERAL DE DELEGACIONES.
MÍNIMOS EMPRESAS POR INSUMO
ANTES DE SALIR DE ENCUESTA LLENAR LOS DATOS DE LA EMPRESA Y SUS INSUMOS
v i s r r ARLAS EMPRESAS SELECCIONADAS PARA PREGUNTAR PRECIOS Y REGISTRARLOS EN EL FORMATO
CALCULARLA INFORMACIÓN OBTENIDA PARA ENCONTRAR EL PRECIO NETO POR UNIDAD DE INSUMO J
ENVIÓ DE LA INFORMACIÓN RECIBIDA : DIRECCIÓN GENERAL DE NORMATIVIDAD DE OBRAS PUBLICAS
ADQUISICIONES Y BIENES MUEBLES
50
CUADRO I I I . 2
IFF sterttorá dt programación y PTCMJOUMM
HOJA DEL PROVEEDOR
MOJA W _ 1 OE ? FORMATO .DE ENCUESTAS PROVEEDOR CASA PALACIOS CLAVE 5 28
LOCALIDAD D.F. Y AREA METROrj A\/P nonno eeruA ENCUESTA 10/83 AT'NJORGE RÍOS at k» CNcuisn — — —- — - - -
30MICILIOCALZ.TLAl.fAK M n . H 4
20550 TON TOLTECA JTram
ICOMCAC
23600 frjf'Nacobre CUMC JMWMO
OESCRIP.
OEL
INSUMO
C O S T O
OESCTr
I M P T O . O T R O S CARGOS COSTO N E T O «U.BASE
CEMENTO PORTLAN
TIPO 1
TUBO DE COBRE RIG. TIPO M. DE 13 u n . DE D IÁMETRO.
7.W.Q0 7.900.00 1.,ifii.no I.MH.Vi
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INSUMO
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DESCT.
OTROS CARGOS
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CUADRO. I I I . 3
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^ i ^ Distribuidor
FORMATO PARA EL CALCULO DE RELATIVOS DE PRECIOS ENCUESTA : NPM. ¿8 FECHA 10/83 IOCALIDAO Distrito Federal
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ANTERIOR
836.2
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874.7
PARA EL MES SIGUIENTE LOS DATOS SERÁN LOS INDICADOS A CONTINUACIÓN
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13.2
6.26 1.0626 874.7 929 .4 í
•
CAPITULO IV
AJUSTE DE COSTOS
SISTEMAS DE CALCULO PARA LA DETERMINACIÓN DE AJUSTE DE COSTOS.
53
SISTEMA DE CÁLCULOS PARA LA DETERMINACIÓN DE AJUSTE DE COSTOS.
IV.1 PROCEDIMIENTOS.
IV.1.1 CON BASE EN LA FRACCIÓN I DEL ARTICULO 50 DEL REGLAMENTO DE L.A.yO.P.
La metodología para la obtención de los factores de actualización aplicables a los precios
unitarios del concurso que contemplen la construcción o conservación de obras públicas, deberá
pactarse siempre en el contrato correspondiente anotando la fracción del artículo 50 del
Reglamento en base a la que deberá sujetarse las revisiones.
En casó de que se hubiese elegido la fracción I del mencionado artículo, deberán revisarse
todos y cada uno de los precios del concurso de que se trate para la obra faltante por ejecutar, y
así obtener el ajuste respectivo. Los incrementos (o decrementos) en el costo de los insumos se
calcularán con base en los relativos o índices que determine para la fecha de fallo y de revisión
de la SECODAM y que actualmente publica mensualmente en el Diario Oficial de la Federación;
en caso de que se requiera alguno que no está incluido en éstos, existe la posibilidad de recurrir
a los del Banco de México o en su defecto a cotizaciones de la propia Dependencia.
El factor de ajuste para cada precio unitario se obtienen mediante la expresión general:
F K= P
I
K= Factor de ajuste
P= Participación de los insumos en los cargos integrantes del precio unitario .
F= índices relativos de costos o costos de los cargos de los insumos integrantes del precio
unitario en la fecha del ajuste
l= índices relativos de costos o costos correspondientes a los cargos de los insumos
integrantes del precio unitario en la fecha de celebración del contrato.
54
La formula de ajuste desarrollada para el caso general será la siguiente :
PsFs Pm Fm Pe Fe Px Fx K = + + + +
Is Im le Ix
DONDE: Ps + Pm + Pe + Px = 1
Y DONDE :
Ps= Participación con que interviene la mano de obra en el costo directo del precio unitario .
Pm= Participación con que intervienen los materiales en el mismo costo directo .
Pe= Participación con la que interviene la maquinaria de construcción en dicho costo directo .
Px= Participación con que interviene el factor X en el costo .
55
Para poder aplicar la expresión anterior, se elabora una serie de listados previos, mismo que
servirán de base para llenado de las hojas de cálculo.
1. Listado de conceptos.- Se considera los trabajos faltantes para ejecutar a partir de la fecha
solicitada por el contratista conforme al rubro que correspondan : terrecerías, obras de
drenaje, etc., de acuerdo al programa autorizado por la Dependencia y llenándose la Forma
4.1 de la siguiente manera :
columna 1, el número que le corresponda de acuerdo al concurso; columna 2, breve
descripción del concepto ; columna 3, la cantidad faltante por ejecutar, columna 4, la
unidad ; columna 5, el precio unitario de cada concepto en base a lo contenido en los análisis
incluidos en la propuesta ; en la columna 6 ; el importe a precios unitarios de cada uno de los
conceptos, el cual se efectúa multiplicando los valores contenidos en las columnas 3 y 5, y
por último la sumatoria de la columna 6.
t
P.U. N»
2
DESCRIPCIÓN
3
CANT. FALTANTE
POR EJECUTAR
4
UNIDAD
S
P.U. DE CONCURSO
6
IMPORTE ORIGINAL
7
FACTOR DE ACTUALIZACIÓN
8
IMPORTE ACTUALIZADO
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
------------
-------------
£ = - Z =
FORMA 4.1
56
2. Listado de Materiales.- Se efectúa conforme a los requerimientos propuestos por el
contratista en base a los conceptos anotados en la forma 4.1, Incluyendo en este listado los
combustibles y lubricantes que consumen los equipos que posteriormente se determinarán en
base este criterio.
Esta información se concentra en la forma 4.2, anotando en la columna 1, el número del
material; columna 2, el nombre del insumo , en la columna 3, la unidad que le corresponda,
en la columna 4, el índice a la fecha de actualización ; en la columna 5, el vigente a la fecha
de concurso y en la columna 6 el factor de actualización obtenido a través del cociente de los
valores contenidos en las columnas 5 y 4 respectivamente.
t
N"
2
DESCRIPCIÓN
S UNIDAD
4 ÍNDICE A
FECHA DE REVISION
$ ÍNDICE A
FECHA DE FALLO DE
CONCURSO
6
FACTOR DE ACTUALIZACIÓN
1
2
3
FORMA 4.2
3. Listado de Mano de Obra.- Se formula en base a los precios unitarios, costos horarios y
listados de trabajos por ejecutar anotando en la forma 4 1, escribiendo en la columna 1 de ¡a
forma 4.3, la categoría ; en la columna 2 y 3, los salarios base a la fecha de actualización y
fallo respectivamente, en la columna 4, el factor de incremento obtenido a través del
cociente de los valores contenidos en las dos últimas columnas.
1
, »
CATEGORÍA
3
UNIDAD
4
SALARIO BASE A LA FECHA DE REVISION
5
i SALARIO BASE A LA FECHA DE FALLO
_ j
ÍNDICE DE INCREMENTO
1
FORMA 4.3
57
4. Análisis de incremento para costos horarios (forma 4.4).- El llenado de esta Forma se
efectúa escribiendo en el renglón 1- la descripción simplificada del equipo indicado en la
Forma 4.2, y con base en los análisis de costos horarios de la propuesta de concurso se
calculan los porcentajes de intervención por medio del cociente que resulta de dividir el
importe de cada uno de los cargos entre el importe del costo horario y multiplicando el
resultado por 100% éste se anota en la columna 4.
El índice de incremento, ubicado en la columna 5, se localiza en la Forma 4.2 columna 6, el
cual será el mismo para los cargos de depreciación seguros y mantenimientos al que le
corresponde el factor de incrementos "Cargos Fijos" renglones A, C y D, y al cargo por
inversión el factor de incremento además de aplicar el factor ubicado en la forma 4.2
columna 6 este se verá afectado por el cociente del índice CPP. del Banco de México a
fecha de actualización entre el índice CPP. del Banco de México que le corresponda a fecha
de concurso, esto se hará a manera de producto escribiéndose en el renglón B de Cargos
Fijos.
Por otra parte el índice de incremento sufrido en los cargos por consumo se transcribirán de
la Forma 4.2 columna 6, lo que se escribirán en los renglones del A al D para consumos y los
de operación de la Forma 4.3 columna 6, escribiéndose en los renglones correspondientes a
operación. Una vez con los datos completos de la columna 5 se obtiene el incremento sufrido
en todos los cargos columna 6, mediante el producto de lo contenido en las columnas 4 y 5,
realizándose la sumatoria de la columna 6 para obtener así el total de incremento sufrido por
el equipo, mismo valor que dividido entre 100% se escribe en la Forma 4.5 y 4.6 columna 5
para el equipo que participa en el análisis del Precio que se actualiza.
58
N°
MAQUINA :
INSUMOS
1.- CARGOS FIJOS
A)
B) C)
D)
E)
2.-
A)
B) C)
D)
E)
3.-
4.-
Depreciación
inversión
Seguros
Mantenimiento
Almacenaje
CONSUMOS
Diesel
Gasolina
Otras
Lubricantes
Llantas
OPERACIÓN
Operación
TOTALES
CARGO DE CONC. % DE INTERV. ÍNDICE DE
ACTUALIZACIÓN % DE INTERV. ACTUALIZADO
FORMA 4.4
ÍNDICE SECODAM ACTUAL :
ÍNDICE SECODAM DE CONC.: D.O.F. DE FECHA
D.O.F. DE FECHA
ÍNDICE CPP B. MEX. ACTUAL :
ÍNDICE CPP B. MEX. DE CONC.: D.O.F. DE FECHA
D.O.F. DE FECHA
5.- Análisis de incrementos para ios precios unitarios, (forma 4.5 y 4.6). Se realiza de ¡gual
manera el procedimiento descrito en "Análisis de incremento para costos horarios", pero
aplicado a los precios unitarios; primero se anota el número y descripción que le
corresponde al precio de acuerdo a la forma 4.1, posteriormente en la columna 2 la
descripción de los insumos que intervienen en ¡os precios unitarios ; se anotan los cargos de
concurso que le corresponde a cada insumo material, mano de obra o equipo. Para cada
matriz de precio unitario o análisis auxiliar, esto se anota en la columna 3 de la forma 4.5 ; en
la columna 4 anotaremos el índice de actualización obtenido en las formas 4.2 columna 6
para materiales 4.3 columna 6 para mano de obra ; 4.4 columna 6 renglón de totales dividido
59
entre 100 para maquinaria. En la columna N° 5 se encontrará el cargo actualizado y será el
cargo actualizado y será el producto de la columna 3 y 4. Después se hará la sumatoria de
las columnas 3 y 5 y se anotará en el renglón de totales. Para análisis auxiliares el cociente
del cargo actualizado entre el cargo de concurso será y dividido entre 100 será el incremento
de este análisis y para los Precios Unitarios finales además de lo anterior se afectará por los
indirectos y utilidad de concurso y para el caso del financiamiento se tendrá que actualizar
por la afectación de la tasa de interés del CCP del Banco de México, que la obtenemos
mediante el cociente del índice CPP a fecha de actualización entre el índice CPP a fecha de
concurso y este resultado por el porcentaje de financiamiento nos dará el financiamiento
actualizado.
Una vez obtenido el Precio Unitario actualizado se hace el cociente del Precio Unitario entre
el Precio Unitario de concurso y obtenemos el factor de actualización para el Precio Unitario
analizado, y lo anotaremos en su renglón respectivo de la forma 4.1 columna 7 para cada
uno de los conceptos.
Una vez se determina el incremento para cada uno de los precios unitarios y se anota en la
Forma 4.1 columna 7 como se indicó anteriormente, se obtiene el importe a precio unitario
actualizado columna 8, mediante el producto de los valores contenidos en las columnas 6 y
7, y la sumatoria de la columna 8 ; por último se realiza el cociente del resultado de las
sumatorias 8 entre 6 y éstos serán los factores de incremento por aplicar.
60
N°
BÁSICO O AUXILIAR N°
INSUMOS
•
CARGO DE CONC.
ÍNDICE DE
ACTUALIZACIÓN
CARGO ACTUALI
ZADO.
1.- MATERIALES
A)
B) C)
D>
E)
2.-
A)
B)
C)
D»
3.-
A>
B)
C)
4 . -
MANO DE OBRA
_
*
EQUIPO
-
-
TOTALES
•
I B •
FORMA 4.5
PARA LA FORMA 4.6 DE PRECIOS UNITARIOS FINALES ADEMAS DE ESTA FORMA DE
LLENADO SE APLICARAN LOS CARGOS DE CONCURSO.
n
61
IV.1.2 CON BASE EN LA FRACCIÓN II DEL ARTICULO 50 DEL REGLAMENTO DE
L.A.yO.P.
Cabe mencionar que el Reglamento de la Ley de Obras Públicas en la fracción II del
Artículo 50 establece otra modalidad para la revisión de los costos, la cual no fue tratada en este
trabajo en virtud de que el promedio de cálculo es igual establecido con base en la fracción i del
mismo articulo, la diferencia estiba únicamente en que no se revisan todos los precios unitarios,
sino únicamente un grupo de ellos, que multiplicados por sus correspondientes cantidades de
trabajo por ejecutar representen cuando menos el 80% del importe total faltante del contrato.
62
IV.1.3 CON BASE EN LA FRACCIÓN III DEL ARTICULO 50 DEL REGLAMENTO DE
L.A.yO.P.
IV.I.3.1 CUANDO SE TRATE DE OBRAS DE TERRACERIAS, OBRAS DE DRENAJE,
PUENTES Y PAVIMENTOS, EXCLUYENDO ACARREOS EN CAMIONES FLETEROS
Y PRODUCTOS ASFÁLTICOS.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes mediante oficios de autorización da a
conocer periódicamente los porcentajes de incremento aplicables a los precios unitarios de
concurso, diferenciando entre terracerías, obras de drenaje y pavimentos, en los cuales excluye
los acarreos de materiales en camiones fleteros, y los productos asfálticos.
CUADRO N° 1
INCREMENTOS AUTORIZADOS POR LA S.C.T.
N° DE OFICIO
3.-222
3.-726
3.-756
3.-756
3.-1100
3.-1268
3.-1521
3.-2096
3.-2096
3.-2096
3.-268
3.-368
3.-0694
3.-886
DE FECHA
22-FEB-95
3-MAY-95
22-MAY-95
22-MAY-95
11-JUL-95
14-AGO-95
18-SEP-95
8-DIC-95
8-DIC-95
8-DIC-95
15-ENE-96
8-MAR-96
9-ABR-96
20-MAY-96
VIGENTE A PARTIR DEL:
1-NOV-94
1-ENE-95
1-MAR-95
1-ABR-95
1-MAY-95
1-JUL-95
1-AGO-95
1-SEP-95
1-OCT-95
1-NOV-95
1-DIC-95
1-ENE-96
1-FEB-96
1-MAR-96
TERRACERIAS
0.41
42.50
18.43
2.99
-3.12
4.00
-0.78
0.63
1.23
3.94
10.63
-2.79
-0.30
1.40
OBRAS DE
DRENAJE
1.00
9.42
6.61
4.57
7.10
2.29
0.77
0.10
0.36
0.66
4.73
7.03
5.22
1.38
^PAVIMENTOS
0.51
55.46
16.22
2.90
-4.42
4.17
-0.89
0.72
1.42
4.49
11.47
-1.60
-0.47
1.65
Los porcentajes de Ajuste de Costos (Escalatorias) autorizadas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, sí son acumulativos con los anteriormente comunicados y deberán afectarse como se indica en la Fracción Vil del Artículo 27 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas.
63
IV.1.4 CON BASE EN LA FRACCIÓN I y II DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 51
RESPECTIVAMENTE DEL REGLAMENTO DE L.A.yO.P. Y CRITERIO S.C.T.
IV.I.4.1 CUANDO SE TRATE DE ACARREOS DE MATERIALES EMPLEANDO
TRANSPORTES AFILIADOS A LAS UNIONES DE CAMIONES FLETEROS.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes a través de la Comisión de Normas,
Especificaciones y Precios Unitarios de la Subsecretaría de Infraestructura, publica
periódicamente tarifas de acarreo para el transporte de materiales, estas tarifas regulan los
precios de acarreo para el transporte de materiales, estas tarifas regulan los precios de acarreo
en toda la República, por lo que se consideran generalmente normativas.
El criterio que se ha venido utilizando para el cálculo de estas tarifas toma en cuenta la vida
económica del camión, su capacidad, la velocidad desarrollada, las características de los
caminos que transita así como los tiempos de carga, descarga maniobras y esperas que
efectúan.
En base a estos datos, se hizo una clasificación, considerando diferentes distancias y tipos de
superficies de rodamiento, quedando como se muestra el cuadro N° 2.
Tomando en consideración lo anterior, y a fin de proceder con la aplicación de la Cláusula de
Ajuste es necesario verificar los siguientes aspectos contenidos en los análisis de precios
unitarios y en la forma de expresión de precios contenida en el contrato original.
1. Tipo de superficie de rodamiento sobre el cual transitan los vehículos a fin de definir la tarifa
correspondiente.
2. Empleo que se le esta dando al material transportado, con objeto de definir el rubro en que
se deben pagar los trabajos.
3. Los factores de abundamiento y reducción, así como la redacción de la forma de expresión
de precios a fin de establecer si se esta pagando por metro cúbico de material suelto o
compacto.
64
4. La distancia del acarreo para definir los valores correspondientes para:
• El primer kilómetro de material acarreado.
• Los kilómetros subsecuentes, ya sea que estos estén divididos en longitudes parciales o
únicamente se tome el total de la misma.
• Cualquier distancia ya sea el caso de que se incluya o no el primer kilómetro.
5. Si el contratista analizó sus precios de acarreo utilizando camiones propios, con
fleteros, o una combinación de ambos, este punto determinará que procedimiento
de actualización se debe seguir, de los descritos a continuación:
• En el caso de que el contratista en su propuesta hubiese considerado en los precios de
acarreos, que éstos se efectuarían con camiones de su propiedad el ajuste de ios
mismos se realiza como se indica en el inciso IV.1.1
• En el caso de que el contratista en sus análisis consideró que el acarreo de los
materiales se efectuaría utilizando transporte de las uniones de camioneros (fleteros) en
un cien por ciento, o bien la Dependencia convocante lo estableció así en el pliego de
requisitos, la Cláusula de Ajuste se aplica de acuerdo a las normas establecidas por la
Secretaría, y el proceso es el siguiente:
a) Para cualquiera que sean las circunstancias de las distancias de acarreo, según se indicó en
el inciso IV.1.3.1., se verifica la fecha de fallo de! concurso y se localizan las tarifas
autorizadas a las fechas inmediatamente anteriores al fallo y de solicitud de revisión, ya sean
estas las emitidas por la S.C.T. o el Gobierno del Estado respectivo, dependiendo de lo
indicado en el Pliego de Requisitos.
b) Se transcribe en hojas de cálculo los contenidos de ios precios de acarreo propuestos por el
contratista, sin modificar los datos establecidos en ellos, excepto e! valor del costo de ia tarifa
que se este aplicando, calculando en forma separada las correspondientes a las fechas de
fallo y de revisión, efectuando además las operaciones aritméticas a fin de obtener el costo
directo para cada fecha.
c) Del costo directo obtenido se procede a aplicar los cargos indirectos y utilidad de concurso;
con respecto al financiamiento este debe ser actualizado con la tasa de interés del costo
porcentual promedio de captación de dinero (CPP) del Banco de México con la siguiente
fórmula:
FACTOR DE ACTUALIZAC. _ ÍNDICE CPP ACTUAL
PARA FINANCIAMIENTO ÍNDICE CPP A FECHA DE CONCURSO
El factor resultante es afectado a manera de producto al porcentaje de financiamiento de concurso
d) En base a los precios unitarios obtenidos mediante lo explicado en el punto anterior, se
calcula el factor de incremento respectivo, dividiendo el valor que resulte en la fecha de
revisión, entre el que resulte considerando la fecha de fallo.
• En el caso de que el contratista en sus análisis hubiese considerado que el acarreo de los
materiales se efectuaría utilizando camiones de su propiedad y de las alianzas de
transportistas (fleteros) en cualquier proporción que éstos intervengan en la formación del
precio unitario, la actualización de éstos se determina con el siguiente procedimiento.
a) Se obtiene la sumatoria de los cargos que conforman el acarreo con camiones propios,
anotándose este valor.
b) Se procede de la misma manera que el inciso anterior con los cargos que integran el acarreo
con fleteros.
c) Se suman los dos costos anteriores con el fin de verificar si las operaciones son correctas y si
es asi se debe obtener un valor igual al del costo directo del precio correspondiente.
d) Se determina el factor de incremento para el costo del transporte con camiones propios en
base a lo contenido en el inciso IV.1.3. y se multiplica por el valor el valor obtenido en el
inciso a) anterior, dando como resultado un costo actualizado.
e) Se determina el factor de incremento para el costo del transporte con fleteros mediante el
procedimiento descrito en el inciso IV.1.3.1.5.11. y se multiplica por el valor obtenido en el
inciso b) anterior, dando como resultado el costo actualizado.
66
f) Se suman los costo actualizados obtenidos en los incisos d jye) anteriores, para determinar
el precio unitario actualizado. Actualizando el financiamiento con el procedimiento del inciso c)
anterior.
g) Se divide el precio unitario actualizado entre el precio unitario del concurso, obteniéndose asi
el factor de actualización.
67
IV.I.4.2 CUANDO SE TRATE DE PRODUCTOS ASFÁLTICOS.
La actualización de precios unitarios para productos asfálticos empleados en riego se excluye de
la metodología vista en el tema IV. 1.1. y IV. 1.3., en virtud de que ésta dependerá de las
cotizaciones dadas a conocer por Petróleos Mexicanos para este tipo de productos, de las tarifas
de acarreos de transporte especializado publicadas por la S.C.T. en el Diario Oficial de la
Federación, de los porcentajes de incremento para concursos y los costos horarios autorizados
por la S.C.T.
El procedimiento a seguir se basa en el precio unitario de concurso de la propuesta
seleccionada, escribiendo dicho precio en hojas de cálculo de acuerdo al desarrollo secuencial
que se presenta a continuación :
1. Se anota el costo de adquisición del producto de que se trate (asfalto FM-1, FR-3,
emulsiones, etc.), de acuerdo a las cotizaciones que proporciona Pemex a la S.C.T., (cuadro
No. 3), considerando la fecha de solicitud del contratista y afectando el valor de adquisición
por los desperdicios y mermas que el mismo hubiese considerado en su análisis de precio
unitario.
2. Se escribe el valor del flete considerando en el análisis y se actualiza de la siguiente manera:
Cuando el contratista concursa con flete oficial y tarifas Pemex; se actualizará conforme a los
incrementos que tenga el flete del asfalto, para esto tendrá que presentar factura de dicho
flete como documentación comprobatoria de que está usando flete.
En el caso que el acarreo, calentamiento y bombeo lo esté considerando con vehículos de su
propiedad, se procederá a la actualización de la petrolizadora y el incremento resultante se
multiplicará por el cargo de concurso para obtener el cargo del flete actualizado.
El financiamiento se actualizará como se mencionó en el inciso anterior IV.I.4.1.
La actualización del precio unitario se hará mediante el cociente del precio unitario
actualizado entre el precio unitario de concurso.
Es necesario hacer notar que en algunas ocasiones el contratista en sus precios unitarios de
concurso para acarreo de productos asfálticos, Incluye el costo del producto y el flete en un
solo cargo, en estos casos se le deduce el importe de la adquisición con base a las
cotizaciones proporcionadas por Pemex a fecha de concurso y la diferencia será el cargo por
flete; la actualización se hará conforme a lo descrito en el inciso IV.1.4.2. Otra modalidad que
se presenta es que se considere un solo cargo por concepto de almacenamiento,
68
calentamiento, bombeo y aplicación, en este caso el proceso de actualización se hace de
acuerdo a lo establecido en el inciso IV.1.3.1.
En base a lo indicado en el inciso 5.9 de las Reglas Generales para la Contratación y
Ejecución de Obras Públicas y al Anexo 5 del Contrato de Obra, el o los factores
determinados mediante cualesquiera de los procedimientos anteriormente explicados, se
liquidarán por medio de la elaboración de una estimación adicional que no gravará al
contrato respectivo, sino que serán liquidadas con cargo al "oficio para el pago de
Escalatorias" cuyo modelo fue publicado en el Diario Oficial de fecha 14 de julio de 1982.
En la estimación adicional o escalatoria se escribirán los importes globales por rubros
obtenidos de la estimación de obra, mismos que se multiplicarán por la diferencia que resulte
de restarle una unidad al factor autorizado.
69
SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA
COMISIÓN DE NORMAS. ESPECIFICACIONES Y PRECIOS UNITARIOS
TARIFAS DE ACARREOS APLICABLES A FLETEROS SEGÚN LA ZONA DEL PAIS Y QUE RIGEN A PARTIR DEL lo. DE ENERO DE 1994
ZONA
, »
2
3
4
5
AROS
5
5
5
4.5
4f5
Camión de
Vida
Horas por año
2.000
1.900
1.800
1,900
1,800
volteo 7«? con motor diesel
Económica
Total de horas
10,000
9,500
9,000
8,550
8,100
Costo Horario
ACTIVO
70.68
73.31
76.28
76.69
79.82
INACTIVO
25.40
26.64
28.06
26.92
28.33
Tarifa aplícat
Transitando sobre pavimento
Primer km
N$/m3
1.48
1.54
1.60
1.60
1.67
Del km 2 al km 20 N$/m3-km
0.67
0.70
0.72
0.73
0.76
Del km 21 en adelante N$/m3 . km
0.63
0.65
0.68
0.68
0.71
le a los
Transit t
Primer km
N$/m3
1.65
1.72
1.80
1.79
1.87
fleteros
ando sobre revestlmlent írracería y brecha
Del km 2 al km 20 Ní/m3-km
0.84
0.87
0.91
0.91
0.95
Del km 21 en adelani Ní/m3 - kn
' 0.79
0.82
0,88
0.85
, 0.89
ZONA 1.- Chihuahua, Coahulla, Nuevo León, Tamaullpas (*), Durango, Zacatecas. Aguascallentes, San Luis Potosf, Jalisco (*), Guanajuato, Querétaro, Mlchoacín (*), Guerrero (*), Hidalgo, México, Morelos, Tlaxcala, Puebla y Oaxaca (*).
ZONA 2.- Sonora, Slnaloa, Nayarlt, Costa da Jalisco, Colima, Cost» da Mlchoacín, Costa da Guarrero y Costa da Oaxaca. ZONA 3.- Baja California y Baja California Sur. ZONA 4.- Costa de Tamaullpas, Veracruz Norte, Veracruz Centro, Chiapas Sur, Campeche, Yucatán y Quintana Roo. ZONA 5.- Veracruz Sur, Tabasco y Chiapas Norte.
(*) Exceptuando la zona de costa
NOTA: Para el cálculo se utilizaron los costos _ horarios del camión FAMSA-MERCEDES BENZ diesel de 7m3, modelo 1994. A P R O B A D O
EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE NORMAS, ESPECIFICACIONES Y PRECIOS UNITARIOS
ING. Ror.n 10 Gi
-^#4. GASCA NERI
r.v;;\ v :.,,:-X\..-Í,,;L.07-J .-\ ^-.
CCMÍSÍOf: ..'NI S. ESPECIFICACIONES Y PRECIOS UNITAR,..,
TARIFAS DE ACARREOS APLICABLES A FLETEROS SEGÚN LA ZONA DEL PAIS Y QUE RIGEN A BASTIR DEL lo. DE ABRIL DE lí-5
M 'c C:;r
ÍSIOf: . JtH S.
Canion de volteo 7mJ con motor diesel
1 1
[
":\ ASOS
i
2
3
5
5
5
4.5
4.5
Vida Economic.!
Horas por Total de año horas
2,000 10,000
1,900 9,500
1,800 9,000 .
1,900 8,550
1,800 8,100
Costo "orario
ACTIVO
99.79
103.38
107.38
107.24
111.45
INACTIVO
40.13
42.11
44.33
' 42.40
44.64
Tarifa api icable n los f l e t a o s
Transitando soars pavimenco Transitando sobra revestiniento terracerfa y brecha
Primer km
ÍIS/m3
2.16
2.24
2.33
2.30
2.40
Del km 2 al km 20 N$/m3-kr,
0.95
0.98
1.02
1.02
1.06
Del, km 21 en adelante N$/m3 - km
0.89
0.92
0.96
0.96
0.99
Primer km
N$/m3
2.39
2.49
2.59
2.56
2.67
Del km 2 al km 20 NS/-3-k,n
1.19
1.23
1.28
1.28
1.33
Del k"i 2! en adelante N$/m3 - '<n
1.11
1.15
1.20
1.20
1.24
(IA 1 . - Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas ( * ) , Ourango, Zacatecas, Aguascalientes, San Luis Potosí, Jalisco (*) Guanajuato, Querétaro, Michoacán ( * ) , Guerrero ( * ) , Hidalgo, México, Morelos, Tlaxcala, Puebla y Oaxaca ( * ) .
:iA 2 . - Sonora, Sinaloa, Nayari t , Costa de Jal isco, Colima, Costa de Michoacán, Costa de Guerrero y Costa de Oaxaca. JÍIA 3.- Baja California y 8aja Cal i fornia Sur. ",'IA 4 . - Costa de Tamaulipas, Veracruz Norte, Veracruz Centro, Chiapas Sur, Campeche, Yucatán y Quintana Roo. .NA 5.- Veracruz Sur, Tabasco y Chiapas Norte.
(") Exceptuando la zona de costa
JA: Para el cálculo se u t i l i za ron los costos horarios del camión FAMSA-MERCEOES BENZ diesel de 7m3, modelo 1995 (Ab r i l ) .
A P R O B A D O
EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE NORMAS, ESPECIFICACIONES Y PRECIOS UNITARIOS
^íS^y / ' / ' I
SÉCRfcÍAWA HÉ COMUNICACIONES y TR/ttlSPORÍES ff • CENTRO 8.C.T. "OAXACA"
«ESIPBretASBB^reCOWSERVACION PE CARRETERAS
PRECIOS POR It DE COMBUSTIBLES DE 1993 A LA FECHA
FECHA
1993 ENERO FEBRERO
MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEM OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE
1994 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL
MAYO JU' 0 JL . , 0 AGOSTO SEPTIEM
• B T U B R E NOVIEMBRE DICIEMBRE
1995 ENERO FEBRERO MARZO 10-MARZO
ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEM OCTUBRE NOVIEMBRE 1-DICIEMBRE
15-OICIEMBRE 199S
ENERO FEBRERO MARZO
oes.
(")
D I E S E L PRECIO
N i
311.00 377.63
51037 510.37 510.37 510.37 51037 510.37 510.37 510.37 51037 526 63
506.88 505.88 505.88
1.02 1.02 1.02 1.02 1.03 1.03 1.03 1.05
1.05 1.06 1.07 1.43 151 1.52 t .53 1.55 1.56 1.57 1.58 1.53 1.61 1.72
1.74 1.76 1.79
SflVA NS
212.73 343.30
463.97 463 97 461.97 463.97 463.97 463.97 463.97 463.97 463.97 476.75
459.89 459.89 459.89
0.S3 0.93 0.93 0.93 0.94 0.94 0.94 0.95
0-95 0.96 0.97 1.30 1 J 1 1.32 1.33 1.35 1J6 1.37 1J7 1.3» 1.40 1.50
1.51 1.53 1.56
% D E MCREM.
0.00 21.42
35.15 0 0 0 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3.19
0 0 0 0.00 0.00
-0.10 0.00 0.00 0.00 1.08 0.00 0.00 1.06
0.00 0.57 1.33
33.64 1.00 0.53 0.76 1.34 0.65 0.64 0.64 0.63 1.26 6.83
0 0 0 1.15 1.70
N O V A PRECIO
NS
249.00 278.39
275 59 281 77 293.39 305.94 322.34 340.80 340.80 350.87 350 87 350.87
0.26 0.26 0.26
1.05 1.05 1.05 1.05 1.05 1.05 1.05 1.06
1.30 1.31 1.32 1.79 1.90 1.91 1.93 1.S4 1.96 1.97 1.99 2.01 2.02 2.16
2.18 2^1 2.24
S/1VA N í
226.36 253.08
250.54 256.15 266.72 278.13 293.04 309.82 309.82 318.97 318.97 318.97
0.24 0.24 0 7 4
0.95 0.95 0.95 0.95 0.96 0.96 0.96 0.97
1.18 1.19 1.20 1.20 1.65 1.66 1.68 1.69 1.70 1.71 1.73 1.75 1.76 1.88
1.90 1.92 1.95
S D E INCREM.
0.00 1180
-1.00 2.24 413 4.28 5 3 6 5 7 3 0.00 2.95 0.00 0.00
0.00 0.00 0.00
286.55 0.00 0 0 0 0.00 0.87 0.00 0.00 0.86
0.00 0.85 0.84 O.ODJ
37.50 0.61 1.20 0.60 0,85 0.51 1.02 1.01 0.50 6.93
0.00 1.38 1.36
, M A G N A PRECIO
NS
1.33 1.34 1.34 1.34 1.35
1 36 1 37 I 38 1.86 1.97 1.98 2.00 2.01 2.03 2.04 2.06 2.08 2.09 2.24
2 26 2.29 2.32
S/IVA NS
0.00 0.00
0.00
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
0.00 0.00 0.00 0.00
0.00 0.00 0.00 1.21 1.22
•4 DE INCREM
0 0 0
0 0 0
0 75 1.221 0 0 0 1 22' 0.00 1.23
1.24 1.25 1.25 1.69 1.71 1.72 1.74 1.75 1.77 1.77 1.79 1.81 1.82 1.95
1.97 1.99 2.02
0 75
''
34 i 1.31 0 51 1 01 0 5 0 1.00 0.49 0 9 8 0.97 0 4 8 7 1 8
0 0 0 1 33 1.31
! JACS
( • * ) A partir de esta fecha el r.V. A. Importe ISX
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CBJTRO S. C. T. "OAXACA"
RESIDENCIA 6EJIIERAL DE CONSERVACIÓN DE CARRETERAS
PRECIOS POR M3. DE PRODUCTOS ASFÁLTICOS DE 1989 A LA FECHA
^ FECHA
1989 1-ENERO 4-DIC
1990 1-ENERO 28-MAY0
-NOV
1991 1-ENERO 11-NOV.
1993 1-ENERO 5-FEB. 5-MARZO 1-ABRIL 1-MAY0 1-JUNIO 1-JULIO 1-AGO 1-OCT 1-DIC
1994 1-ENE 1-FEB 4-ABRIL 1-MAY 1-JULIO 1-DIC
1995 1-ENERO 1-FEB 1-MARZO 1-ABRIL 1-MAY 1-JUN 1-JUL 1-AGO 1-SEP 1-OCT 1-NOV 1-DIC
1996 v 1-ENERO ) fl-FEB
\ .
OBS.
(*)
<**)
R E B A J A D O S PRECIO
N i
198.00 21000
210 00 240.00 325 00
325 00 311.00
311.00 377.63 442.05 510.37 510.37 510.37 510.37 510.37 510.37 526.62
505.88 505.88 533.22 547.07 547.07 564.76
564.76 701.87 958 40
1.048 08 1,048.08 1,048.08 1,048.08 1,048.08 1.048.08 1,048 08 1,048 08 1,099.73
1,146.40 1,216.09
S / I V A N i
172.17 182.61
182.61 208.70 295.45
295.45 282.73
282.73 343.30 «01.86 463.97 «63.97 «63.97 «63.97 «63.97 «63.97 478.75
459.89 459.89 484.75 «97.34 «97.34 513.42
513.42 638.06 871.27 911.37 911.37 911.37 911.37 911.37 911.37 911.37 911.37 956.29
S96.87 1,057.47
•A DE
INCREM.
0 0 0 6.06
0.00 14.29 41.57
0.00 -4.31
0.00 21.42 17.06 15 46 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3.18
-3 94 0.00 5.40 2.60 0 0 0 Ó.23
0.00 24.28 36 55
4.60 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 4.93
4.24 6.08
C E M E N T O 6 PRECIO
N i
165 00 175.00
175.00 200 00 260.00
260.00 249.00
249.00 278 39 275.59 281.76 293 39 305.94 322 34 340.80 350.87 350.87
324.05 315.53 323.46 323.46 303.08 314.23
314.23 394.15 539 86 582.80 609.43 628 43 683 16 683.16 683.16 683 16 683 16 683 16
715.18 750 41
S / I V A N i
143,48 152.17
152.17 173.91 226.09
236.36 226.36
226.36 253.08 250.54 256.15 266.72 278.13 293.04 309.82 318.97 318.97
294.59 286.85 294.05 294.05 275.53 285.66
285.66 358.32,-" 490.78 / 506.78 r
529.94. 546.46 • 594.05 ' 594.05 594.05 594.05 594.05 594.05 •-"
621.90 652.53
%DE
INCREM.
0 00 6 0 6
0.00 14 29 30 00
4.55 -4.23
0.00 11 80 -1.01 2.24 4.13 4.28 5.36 5.73 2.95 0.00
-7.64 -2.63 2 51 0 00
-6.30 3.68
0 0 0 25 43 36 97
3 26 4.57 3 12 8 71 0 00 0.00 0.00 0 00 0 00
4.69 4 93
{ * ) \ A partir de esta fecha el I V A imparta 10 % JACS
( " * ) A partir de esta fecha el I V A impo3a t5 %
INFORMACIÓN PERMANENTE
RECARGOS MENSUALES PERIODO COM nwmoo SMPBOflBOO PEINOOO
1979 Ene De 1980 Ene-De
1981 EneDic
1982 Ene-De
1983 EneOic
1984 Ene-De
1985 Ene-Oe
1986 Ene De
1987 Ene-De
1988 Ene-May
1988 Jun-Jul
1988 Ago
1988 Seo
1989 OctNov
1988 Die
1989 Ene
1989 feb
1989 Mat
1989 Abr
1989 May
1989 Jim
1989 Jul
1989 Ago
1989 Sep
2 0 H 200%
200%
300%
350%
350%
390%
350%
825%
8.25%
656%
507%
4 41%
432%
434%
450%
493%
5 35%
5.27%
512%
508%
532%
563%
558%
300% 300%
300% 450%
5¿S% 525%
S.25%
825%
1275%
1275%
985%
760%
6 0 1 %
648%
6.51%
676%
7.39% 8.02%
791% 7.69%
762%
7»%
8.45% 637%
FECHA OOF CONFKOSSOGA aWFMrMOGA
1989 Ocl
1989 De 1990 EneDic'
1991 Ene-De' 1992 Ene-De'
413%
382%
4 05% 200%
150% 100%
1993'Ene El» Mar Abr May Jun Jul
Ano Se» Oct Nov De
1994'Ene Feo Mar At»
May Jun Jul
Ato Seo Oct Nov Die
16 11 lo 29 4
31 to 29 30 30 29 30
27 2
28 26 29 26 29 21
_ 3 1 30 31 30
De Feb Mar Mar May May Jul Jul At» Set Oct Nov
Ok Fot Fob Mar At» May Jun Jul Ago Sot Oct No»
92 93 93 93 93 93 93 93 93 93 93 93
93 94 94 94 94 94 94 94 94 94 94 94
180% 140% 150% 160% 100% 160% 170% 150% 160% 150% 1.20% 160%
2 0 0 % 107% 089% 113% 150% 191% 193% 200% 200% 1.87% 156% 1.81%
27% 2 .1% 22% 2.7% 27% 2.7% 26% 2.2% 24% 22% 18% 2.5%
3JJ% 160%
ijn%r». 170% . 2.25% 2.86% 290% 300% 300% ¿80% 234% 2.72%
619%
5.73%
1995 Ene Fob
Ago Set Oct
608% 300%
2.25% 1.50%
1996 Ene Fab
31 1
Era 95 En 95 Mat 95 Abr 95 May 95 Jun «
95 18 Ago 95 12 Sap 95 6 Oct 95 8 No» 95
14 De 95
7 12
200% 200% 200% 200% 200% 0.57% 200% 200% 200% 200% 200% 200%
15 Ene 96 Feb 96 Mar 96
200% 200% 200% 200%'
3.00% 300% 3.00% 3.09% 3.00% Q.86% 300% 3.00% 3.00% 3JJ8* 3.00% 300%
3.00% 300% 3.00%. 3.00%'
TasjsaptabteMJtaevJtoicnMiuka.'osOTfinr^^ Cora prenminar *
COSTO PORCENTUAL PROMEDIO DE CAPTACIÓN
MESES
Enero
febrero
Marzo
Aon!
Mayo
Jumo
Juho
Agosto
Sepliembte
Oclubie
Nonembre
Derembre
1981
2546
2598
2659
2691
2722
2766
2842
2950
3045
3122
3177
3181
1982
3231
33 41
3 3 f
34 ¿9
36 26
3 9 ' 1
43^3
4 S 4 '
47 81
45 V
45-!
461
1983,
5020
54 24
V16
57 21
•314.
V61
SF73
123
..78
/ 14
587
r 11
1984
5595
5516
5311
5110
5012
5038
5069
5093
5060
4934
4831
4754
1985
4717
4733
4936
5193
53 76
54 92
5700
59.06
6098
6229
6339
6566
1 1 8 *
6855
7030
7179
7348
7502
7697
8136
84 40
8772
9148
9419
9533
1W7 9589
9620
9625
9579
9479
9376
9291
9215
9102
9030
9237
10429
1988
12254
13588
11716
8103
6059
46 76
4072
3990
3990
4003
4165
4548
1989
4937
4870
4730
4691
4915
SI 97
5150
3812
3524
37 40
3951
4011
1998
4208
4487
4715
4720
4262
3S16
33.05
1*127
3111
3152
2956
2923
1991
2711
2571
24,29
2362
2310
2179
2099
2055
2172
2129
2052
1995
1992
1898
18.22
1660
1575
1556
1601
1807
1954
2016
2186
2179
2276
1993
22 79
22 72
2131
2016
19 75
1868
1736
1691
1618
1557
1662
1468
1994
1322
1196
1153
1416
1703
1718
1782
1716
16 73
1596
1634
1696
1998
2987
1598
5682
7026
5786
4839
4142
3710
3461
3708
47 54
4654
1998
4018
3591
3912
CAPITULO V
CASO PRACTICO
CASO PRACTICO
1. Este consiste en la actualización de un camino tipo B, el cual presenta las etapas de
terracerías, obras de drenaje y pavimentación, desarrollado bajo las Normas de la Secretaría de +
Comunicaciones y Transportes.
En este capítulo se ejemplifica las metodologías de cálculo para la obtención de los factores de
escalación explicados en el capítulo IV; por este motivo no se tomará en cuenta lo especificado en él
anexo 5 del contrato, que para el concurso que sirvió de ejemplo establece que la revisión se hará con
base en la Fracción III del art. 50 del Reglamento; esto es con los porcentajes de incremento que para tal
efecto publica la S.C.T. para los rubros de terracerías, obras de drenaje y pavimentos de las cuales
excluye acarreos con fleteros y productos asfálticos.
Además haremos una comparación entre los procedimientos de actualización entre la fracción I, II (que
son la misma metodologíajy la fracción III esta mediante los factores de escalación que publica la
Subsecretaría de infraestructura de la S.C.T.
En los ejemplos elaborados en base a los precios presentados por el contratista en la propuesta
seleccionada, se hicieron las siguientes consideraciones.
• Concurso celebrado con fecha 28 de noviembre de 1994 +
• Actualización al mes de ENERO de 1995.
• El contratista ha realizado la obra sin retraso en su programa.
76
ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN FRACCIÓN IY II RGTO. L.O.P.
ACTUALIZACIÓN DE CATÁLOGOS DE CONCEPTO
i:!*"";"::
P.U.
•^•MMM^VÍM^mññ DESCRIPCIÓN
i§Mm^<:f^ ; f^ i CANT. POR EJECUTAR
UNIDAD
V 1 " - - T ^ g ^ ^
-.;••, •; 5.-.: •••••••
P.U. DE CONC.
:^ ::)'6::V; ••":•
IMPORTE DE CONCURSO
. 7>
FACTOR DE ACTUALIZACIÓN
» . , .
IMPORTE ACTUALI
ZADO
TERRACERIAS 1
2
-
FORMAC. Y COMPACTAC, DE TERRAPLENES P.U.O.T P/95%
ACARREO CUALQUIER DISTAC. P/1er. KM.
4,350.00
35,000.00
-
M3
M3
8.11
3.59
S =
35,278.50
125,650.00
160,928.50
1.22
1.19
E =
42,922.96
149,872.33
192,795.29 •
FACTOR DE ACTUALIZACIÓN PARA TERRACERIAS EXCLUYENDO ACARREOS = 42,922.96 / 35,278.58 = 1 .22
3
.
OBRAS DE DRENAJE ACERO DE REFUERZO GDO. 42 P/CONCRETO HIDRÁULICO
-
|
12,500.00 KG. 3.57
1 =
•
44,625.00
44,625.00
1.14
£ =
50,896.07
4
50,896.07
FACTOR DE ACTUALIZACIÓN PARA OBRAS DE DRENAJE = (IMPORTE ACTUAL. / IMPORTE DE CONCURSO)= 1.14
1
.4
1.14
4 _ t
PAVIMENTOS ASFALTO FR-3 EN CARPETA DE MEZCLA EN EL LUGAR
-
. .
335,000.00
-
-
LTO.
-
1.24
£ =
• "
•
415,400.00
415,400.00
-
1.06
Z =
-
440,324.00
440,324.00 -
FACTOR DE ACTUALIZACIÓN PARA ASFALTOS = (IMPORTE ACTUAL. / IMPORTE DE CONCURSO)* 1.06
•
1.06
l l
•
77
ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN FRACCIÓN III RGTO. L.O.P.
CON LAS MISMAS CONSIDERACIONES DE CONCURSO.
• PARA LOS FACTORES DE ACTUALIZACIÓN DE ACARREOS Y ASFALTOS SE CONSIDERA EL
MISMO YA QUE ESTOS FUERON ESTUDIADOS CONFORME A LAS TARIFAS DE ACARREOS DE
LA S C T Y PRECIOS OFICIALES DE PEMEX.
PARA LAS ACTIVIDADES DE TERRACERIAS, OBRAS DE DRENJE Y PAVIMENTACIÓN.
INCREMENTOS AUTORIZADOS POR LA S.C.T.
N° DE OFICIO
3.-222
3.-726
DE FECHA
22-FEB-95
3-MAY-95
VIGENTE A PARTIR DEL:
1-NOV-94
1-ENE-95
TERRACERIAS
0.41
42.50
OBRAS DE
DRENAJE
1.00
9.42
PAVIMENTOS
0.51
55.46
TERRACERIAS = 1.42
OBRAS DE DRENJE = 1.0942
PAVIMENTACIÓN = 1.5546 EN ESTE CASO NO TIENE CONCEPTOS PARA APLICAR EL FACTOR
LA COMPARACIÓN CONTRA LOS OBTENIDOS POR LAS FRACCIONES I Y I I
TERRACERIAS = 1.22
OBRAS DE DRENJE = 1.14
78
ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN FRACCIÓN I Y II
ACTUALIZACIÓN DE INSUMOS MATERIALES Y MAQUINARIA * 4
. L ' I
N' DESCRIPCIÓN UNIDAD
ÍNDICE A FECHA DE REVISION
ÍNDICE A FECHA DE
CONCURSO
FACTOR DE ACTUALIZACIÓN
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
DIESEL
LUBRICANTES
AGUA
ACERO DE REF.
MOTOCONFORMADORA
TRACTOCOMPACTADOR
COMPACTADOR
CAMION REDILAS
BOMBA AUTOCEBANTE
PIPADE10M3
PETRO S/CAMION
ALAMBRE RECOC.
LT.
LT.
M3
KG.
PZA
PZA
P2A
PZA
PZA
PZA
PZA
KG.
-
100.0000
119.9300
117.9800
177.4700
177.4700
134.5900
109.3800
134.5900
153.1900
104.9800
PORCENTAJE OFICIAL DE INCREMENTO
P/COMBUSTIBLES
Y LUBRICANTES 0.75%
100.0000
100.4600
109.2700
110.2900
110.2900
109.7500
106.4400
109.7500
1249200
109.3000
1.0000
1.1938
1.0797
1.6091
1.6091
1.2263
1.0276
1.2263
1.2263
1.0412
ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN FRACCIÓN I Y I I
N°
ACTUALIZACIÓN DE MANO DE OBRA
' L " J J | S J X L _ "
CATEGORÍA UNIDAD
SALARIO BASE A LA FECHA DE
REVISION
5
SALARIO BASE IA LA FECHA DE
FALLO
6 t - - - -
ÍNDICE DE INCREMENTO
INCREMENTO PORCENTUAL GENRAL PARA MANO DE OBRA PUBLICADO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE SALARIOS MÍNIMOS PUBLICADA EN EL DIARIOS OFICIAL DE
LA FEDERACIÓN 7 % A PARTIR DEL 1 • DE ENERO DE 1995
79
ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN
ACTUALIZACIÓN DE COSTOS HORARIOS
1 NO
M A Q U I N A :
INSUMOS
MOTOCONFORMADORA
CARGO
DE CONO
% D E
INTERV.
ÍNDICE
DE ACTUAI .
% D E
INTERV.
ACTUAL.
TRACTOCOM PACTADOR
CARGO
DE
CONC.
% D E
INTERV.
ÍNDICE
DE
ACTUAL.
% D E
INTERV.
1.- CARGOS FIJOS
A)
B)
C)
D)
E)
2.-
A)
B)
C)
D)
E)
3.-
4.
Depreciación
Inversión
Seguros
Mantenimiento
Almacenaje
CONSUMOS
Diesel
Gasolina
Otras
Lubricantes
Llantas
OPERACIÓN
Operación
TOTALES
99.98
37.66
34.39
3.82
24.11
26.74
24.42
2.71
17.12
1.0797
1.1989
1.0797
1.0797
.
28.87
29.27
2.93
18.48
25.09
16.04
3.83
5.22
11.39 —
-
2.72
3.71
1.0075
1.0075
1.0000
11.47
-
-
2.74
3.71
15.77
15.77
.
140.84
11.20
100.00
1.0700 11.98
109.46
166.06
67.45
49.28
5.48
43.85
30.86
25.66
-
-
5.20 -
11.66
11.66
208.58
32.34
23.63
2.63
21.02
-
12.X
-
-
2.49 -
5.59
100.00
1.6091
1.7867
1.6091
1.6091
1.0075
1.0075
1.0700
52.03
42.21
4.23
33.83
-
r
12.39
•
2.51
^
5.98
153.19
ÍNDICE SECODAM ACT. DE LA FORMA 4.2 COLUMNA 6 = 1.0797 ÍNDICE SECODAM: 1.6091
ÍNDICE CPP B. MEX. ACTUAL ; 1.2987
ÍNDICE CPP B. MEX. DE CONC.: 1.1696 1.1104
PARA CARGO POR INVERSION:
PARA CARGO POR INVERSION:
ÍNDICE SECODAM ACTUAL. X ÍNDICE CPP. ACTUAL.
ÍNDICE SECODAM ACTUAL, x ÍNDICE CPP. ACTUAL.
1.0797x1.1104= 1.1989 1.6091x1.1104= 1.7867
PORCENTAJE DE INCREMENTO: 109.46 PORCENTAJE DE INCREMENTO: 153.19
FACTOR DE INCREMENTO: 1.0946 FACTOR DE INCREMENTO: 1.5319
80
ANAUSIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN
ACTUALIZACIÓN DE 'RARIOS
1 N°
MAQUINA :
ENSUMOS
COMPACTADOR
CARGO DE
CONC.
% D E INTERV.
ÍNDICE DE
ACTUAL.
V„DE INTERV. ACTUAL.
CAMION DE RED!LAS
CARGO DE
CONC.
% D E INTERV.
ÍNDICE DE
% D E INTERV.
1.-
A)
B) C>
D)
E)
2.-
A)
B)
C)
D>
E)
3.-
4.
CARGOS FIJOS
Depreciación
Inversión
Seguros
Mantenimiento
Almacenaje
CONSUMOS
Diesel
Gasolina
Otras
Lubricantes
Llantas
OPERACIÓN
Operación
TOTALES
43.07
17.93
13.10
1.46
10.58
23.97
17.52
1.95
14.15
1.6091
1.7867
1.6091
1.6091
• •
38.58
31.30
3.14
22.76
20.06
15.44
3.37
1.25
20.64
-
-
4.51
1.67
1.0075
1.0075
1.0000
20.80
-
-
4.54
1.67
11.66
11.66
74.79
15.59
100.00
1.0700 16.68 •
139.47
27.88
12.30
7.49
0.83
7.26
19.22
11.70
1.30
11.34
-
1.2263
1.3617
1.2263
1.2263
23.56
15.93
1.59
13.91
28.59
20.20
-
-
3.52
4.87
31.56
-
-
5.50
7.61
1.0075
1.0075
1.0000
31.79
5.54
7.61
7.54
7.54
64.01
11.78
100.00
1.0700 12.60
112.54
ÍNDICE SECODAM ACT. DE LA FORMA 4.2 COLUMNA 6 -
ÍNDICE CPP B. MEX. ACTUAL : 1.2987
ÍNDICE CPP B. MEX. DE CONC.: 1.1696
PARA CARGO POR INVERSION:
ÍNDICE SECODAM ACTUAL, x ÍNDICE CPP. ACTUAL.
1.6091x1.1104= 1.7867
1.6091
1.1104
ÍNDICE SECODAM: 1 . 2 2 6 3
PARA CARGO POR INVERSION:
ÍNDICE SECODAM ACTUAL, x ÍNDICE CPP. ACTUAL.
1.2263x1.1104= 1.3617
PORCENTAJE DE INCREMENTO : 1 3 9 . 4 7
FACTOR DE INCREMENTO: 1 . 3 9 4 7
PORCENTAJE DE INCREMENTO :
FACTOR DE INCREMENTO:
112.54 1
81
ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN
ACTUALIZACIÓN DE COSTOS HORARIOS
1 N°
MAQUINA :
INSUMOS
BOMBA AUTOCEBANTE
CARGÓ"
DE
CONC.
% D E
INTERV.
ÍNDICE
DE
ACTUAL
% D E
INTERV.
CAMION DE REDILAS
CARGÓ
DE
CONC.
% D E
INTERV.
ÍNDICE
DE
ACTUAL
% D E
ÍNTERV.
27.88
12.30
7.49
0.83
7.26
19.22
11.70
1.30
11.34 -
-
1.2263
1.3617
1.2263
1.2263
-
23.56
15.93
1.59
13.91
28.59
20.20
-
-
3.52
4.87
7.64
7.54
64.01
31.56
-
-
5.50
7.61
11.78
100.00
1.0075
1.0075
1.0000
-
1.0700
31.79
5.54
7.61
12.60
112.54
1.- CARGOS FIJOS
A)
B)
C)
Di E)
2.-
A)
B)
C)
E)
3.-
I4-
Depreciación
Inversión
Seguros
Mantenimiento
Almacenaje
CONSUMOS
Diesel
Gasolina
Otras
Lubricantes
Llantas
OPERACIÓN
Operación
TOTALES
1.70
0.83
0.41
0.05
0.41 •
5.91
2.92
0.36
2.92
1.0276
1.1410
1.0276
1.0276
6.07
3.33
0.37
3.00
4.25
-
2.79
1.15
0.31
-
-
19.87
8.19
2.21
-
-
1.0075
1.0000
1.0075
-
• i
20.02
8.19
2.22
-
8.09
8.09
14.04
57.62
100.00
1.0700
-
61.65
104.86
ÍNDICE SECODAM ACT. DE LA FORMA 4.2 COLUMNA 6 = 1.0276 ÍNDICE SEC O DAM: 1.2263
ÍNDICE CPP B. MEX. ACTUAL : 1.2987 ÍNDICE CPP B. MEX. DE CONC.: 1.1696 1.1104
PARA CARGO POR INVERSION: PARA CARGO POR INVERSION:
ÍNDICE SECODAM ACTUAL, x ÍNDICE CPP. ACTUAL. ÍNDICE SECODAM ACTUAL. X ÍNDICE CPP. ACTUAL.
1.0276x1.1104= 1.1410 1.2263x1.1104= 1.3617
PORCENTAJE DE INCREMENTO: 104.86 PORCENTAJE DE INCREMENTO: 112.54 FACTOR DE INCREMENTO: 1.0486 FACTOR DE INCREMENTO: 1.1254
82
ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN
ACTUALIZACIÓN DE COSTOS HORARIOS
N O
MAQUINA :
1NSUMOS
PIPA DE 10 M3 CARGO
DE CQNC.
%DE INTERV.
ÍNDICE DE
ACTUAL. I
VoDÉ [ INTERV.
PETRO SIN CAMION CARGO
DE I CQNC.
%DE INTERV.
1.- CARGOS FIJOS
A)
B)
C) D)
E) -
2 -
A)
B)
C)
E)
3.-
4.
Depreciación
Inversión
Seguros
Mantenimiento
Almacenaje
.
CONSUMOS
Diesel
Gasolina
Otras
Lubricantes
Llantas
OPERACIÓN
Operación
TOTALES
30.21
13.33
8.12
0.90
7.86
17.63
10.74
1.19
10.39
1.2263
1.3617
1.2263
1.2263
21.62
14.62
1.46
12.75
31.05
23.17 -
-
3.79
4.09
30.64 -
-
5.01
5.41
1.0075 -
-
1.0075
1.0000
30.87 -
-
5.05
5.41
14.36
14.36
75.62
18.99
100.00
1.0700 20.32
112.09
ÍNDICE DE
ACTUAL.
%T>E INTERV.
43.99
18.31
13.38
1.49
10.81
25.71
17.82 -
-
3.02
4.87
20.86
20.86
90.56
20,22
14.77
1.65
11.94 -
•
-
19.68 á *
-
3.33
5.38
23.03 I
1.2263
1.3617
1.2263
1.2263
•
1.0075
1.0075
1.0000
¥
I 1.0700
100.00 I
24.79
20.12
2.02
14.64
19.83
3.36
5.38
24.65
114.78
ÍNDICE SECODAM ACT. DE LA FORMA 4.2 COLUMNA 6 =
ÍNDICE CPP B. MEX. ACTUAL : 1.2987 ÍNDICE CPP B. MEX. DE CONC.: 1.1696
PARA CARGO POR INVERSION:
ÍNDICE SECODAM ACTUAL, x ÍNDICE CPP. ACTUAL. 1.2263x1.1104- 1.3617
1.2263
1.1104
ÍNDICE SECODAM: 1.2263
PARA CARGO POR INVERSION:
ÍNDICE SECODAM ACTUAL, x ÍNDICE CPP. ACTUAL.
1.2263x1.1104= 1.3617
PORCENTAJE DE INCREMENTO : 112.09 FACTOR DE INCREMENTO: 1.1209
PORCENTAJE DE INCREMENTO: FACTOR DE INCREMENTO:
114,78 1.1478
83
N°
BÁSICO O AUXILIAR N°
INSUMOS
AGUA
C A R G O DE C O N C .
ÍNDICE
DE ACTUAL.
C A R G O ACTUAL.
1 - MATERIALES
A)
B) C)
D)
E)
2.-
A)
B)
C)
D)
3.-
A) B)
4.-
AGUA
MANO DE OBRA
EQUIPO
BOMBA AUTOCEBANTE ACT.
PIPA DE 10 M3 INACT.
T O T A L E S
0.80
0.80 1.0000
0.80
0.80
-
11.20
1.62
9.58
12.00
1.O4O0
1.1200
1241
1.68
10.73
13.21
FACTOR DE ACTUALIZACIÓN = 13.21/12 = 1.10
N°
BÁSICO O AUXILIAR N°
INSUMOS
ACERO DE REFUERZO
CARGO DE CONC.
ÍNDICE DE
ACTUAL.
CARGO ACTUAL.
1.- MATERIALES
A)
B)
C)
0)
E»
2.-
A)
3.-
A) B)
4.-
ACERO DE REFUERZO
MANO DE OBRA
CARGO POR MANO DE OBRA
EQUIPO
CAMION REDILAS
TOTALES
1.36
1 36 1 1938
0.03
003
0.05
0.05
1.44
1.0700
1.1300
1.62
162
0.03
0 03
0.06
0.06
-
1.71
FACTOR DE ACTUALIZACIÓN - 1.71/1.44= 1.19
85
ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN
ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS
|\|o
PRECIO UNITARIO N°
INSUMOS
1.- MATERIALES
A)
?L
2.-
A) B) 3.-
A) B) C)
4.-
AGUA
MANO DE OBRA
EQUIPO
TRACTOCOMPACTADOR MOTOCONFORMADORA COMPACTADOR
TOTALES
FORMACIÓN Y COMPACTACION DE
TFRRAPI FWFS Al SS%
CARGO DE CONC.
ÍNDICE DE
ACTUAL
CARGO ACTUAL.
2.04 2.04
2.04 1.0000 2.04 0
0 0.00
0.00
3.53 4.72
1.18 1.17 1.18
5.57
P.U. DE CONCURSO 8.11
1.5300 1.0900 1.3900
1.81 1.28 1.64
6.76
% INDIRECTOS DE CONCURSO SUMA
% FINANCIAMIENTO ACTUALIZADO SUMA
% UTILIDAD DE CONCURSO SUMA
2 % DE LA M.O. INFONAVIT 5 % DE LA M.O. SAR
SUMA % SECODAM
%CNIC PRECIO UNITARIO ACTUALIZADO
29.62%
1.13%
10.00%
2.00% 5.00%
0.50% 0.20%
2.00 3.76 0.10 8.86 0.89 9.76 0.04 0.01 9.80 0.05 0.02
9.87
ACTUALIZACIÓN DE FINANCIAMIENTO: 1.13
FINANCIAMIENTO DE CONCURSO* 1.20%
ÍNDICE CPP A FECHA DE ACTIALIZAC. 1.2985 ÍNDICE CPP A FECHA DE CONCURSO 1.1634 1.1161
1.1161x1.0120= 1.13
FACTOR DE ACTUALIZACIÓN DEL PRECIO UNITARIO :
PRECIO UNITARIO ACTUALIZAC. 9.87 _ PRECIO UNITARIO DE CONCURSO 8.11 1.22
86
B I B L I O T E C A Instituto T«*c*»I6fico de »a CQ«*tru««tó«i
ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN
ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS
N"
PRECIO UNITARIO N°
INSUMOS
ACERO DE REFUERZO VARILLAS GRADO 42
CARGO DE CONC.
ÍNDICE DE
ACTUAL.
CARGO ACTUAL.
1.- MATERIALES
A) B)
2.-
A) B) 3.-
A) B) C)
4.-
COSTO BÁSICO DE ACERO DE REF. ALAMBRE RECOCIDO
MANO DE OBRA
CARGO POR MANO DE OBRA
EQUIPO
TOTALES
1.56 1 85
1.512 0 0525
1.1890 1.0412
1.80 0 05
0.87 0.93
0.87 1.0700 0.93
0
2.43
P.U. DE CONCURSO 3.57 2.78
% INDIRECTOS DE CONCURSO SUMA
% FINANCIAMIENTO ACTUALIZADO SUMA
% UTILIDAD DE CONCURSO SUMA
2 % DE LA M.O. INFONAVIT 5 % DE LA M.O. SAR
SUMA % SECODAM
KCNIC PRECIO UNITARIO ACTUALIZADO
29.62%
1.13%
10.00%
2.00% 5.00%
0.50% 0.20%
0.82 3.61 0.04 3.65 0.36 4.01 0.02 0.01 4.04 0.02 0.01
4.07
ACTUALIZACIÓN DE FINANCIAMIENTO: 1.13
FINANCIAMIENTO DE CONCURSO^ 1.20%
ÍNDICE CPP A FECHA DE ACTIALIZAC. 1.2985 ÍNDICE CPP A FECHA DE CONCURSO 1.1634 1.1161
1.1161x1.0120= 1.13
FACTOR DE ACTUALIZACIÓN DEL PRECIO UNITARIO :
PRECIO UNITARIO ACTUALIZAC. 4.07 PRECIO UNITARIO DE CONCURSO 3.57 1.14|
87
ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN
ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS
N°
PRECIO UNITARIO N°
INSUMOS
ACARREOS PARA TERRACERIAS PARA 1er. KM.
1.- TARIFA S.C.T |
COSTO DIRECTO DE CONCURSO 2.4700 EN EL CD. ESTÁN CONSIDERADOS ABUNDAMIENTO, Y FACTOR DE LLENADO
ACARREO 1er. KM. S/TERRAC. TARIFA DE CONCURSO 1.6500 ACARREO 1er KM. S/TERRAC. TARIFA A
FECHA DE ACTUALIZACIÓN 1.9700
CARGO: (CD. x TARIFA A FECHA DE ACTUALIZAC.) / TARIFA DE COIMC.
(2.47x1.97)/1.65= 2.95
4.-1TOTALES | | | 2.95 P.U. DE CONCURSO 3.59|
% INDIRECTOS DE CONCURSO SUMA
% FINANCIAMIENTO ACTUALIZADO SUMA
% UTILIDAD DE CONCURSO SUMA
2 % DE LA M.O. INFONAVIT 5 % DE LA M.O. SAR
SUMA %SECODAM
%CNIC
PRECIO UNITARIO ACTUALIZADO 4.28
29.62%
1.13%
10.00%
2.00% 5.00%
0.50% 0.20%
0.87 3.82 0.04 3.87 0.39 4.25 0.00 0.00 4.25 0.02 0.01
ACTUALIZACIÓN DE FINANCIAMIENTO: 1.13
FINANCIAMIENTO DE CONCURSO= 1.20%
ÍNDICE CPP A FECHA PE ACTIALIZAC. 1.2985 _ ÍNDICE CPP A FECHA DE CONCURSO 1.1634 ~~ 1.1161
1.1161x1.0120= 1.13
FACTOR DE ACTUALIZACIÓN DEL PRECIO UNITARIO :
PRECIO UNITARIO ACTUALIZAC. 4.28 PRECIO UNITARIO DE CONCURSO 3.59 "~ 1.19
88
ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN
ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS
N"
PRECIO UNITARIO N°
INSUMOS
ASFALTO FR-3 EN CARPETA DE MEZCLA EN LUGAR
CARGO
1.- MATERIALES | 0.75
* ASFALTO PRECIO OFICIAL PEMEX A FECHA DE CONC. 0.5471
L CONTRATISTA CONSIDERA EN CONCURSO UN PRECIO P/ ASFALTO MAYOR 0 71 POR LO CUAL HACEMOS LA DIFERENCIA Y LO CONSIDERAMOS COMO FLETE.
0.71-0.5471= 0.1629 CARGO POR FLETE
ADQUISICIÓN A FECHA DE ACTUALIZACIÓN C/ TARIFA OFICIAL SUMANDO EL EL CARGO POR FLETE CONSIDERADO EN CUNCURSO
0.56476+0.1629= 0.7277 CARGO POR ASFALTO CARGO
* CONSIDERAMOS 3.0% DE CARGO POR ALMACÉN DE ASFALTO CONSIDERADO EN CONCURSO. 0.7277x1.03= 0.75 0.75
2.-
A) B)
3.-
A) B) C)
4.-
MANO DE OBRA
CARGO POR MANO DE OBRA
EQUIPO
PETROLIZADO RA
TOTALES
0
0 1.0700 -
0.13 0.16
0.13
P.U. DE CONCURSO 1.24
1.2263 0.16
0.91
% INDIRECTOS DE CONCURSO 29.62% SUMA
% FINANCIAMIENTO ACTUALIZADO SUMA
% UTILIDAD DE CONCURSO SUMA
2 % DE LA M.O. INFONAVIT 5 % DE LA M.O. SAR
SUMA %SECODAM
% CNIC PRECIO UNITARIO ACTUALIZADO
29.62%
1.13%
10.00%
2.00% 5.00%
0.50% 0.20%
0.27 1.18 0.01 1.19 0.12 1.31 0.00 0.00 1.31 0.01 0.00 1.32
ACTUALIZACIÓN DE FINANCIAMIENTO: 1.13
FINANCIAMIENTO DE CONCURSO» 1.20%
ÍNDICE CPP A FECHA DE ACT1ALIZAC. 1.2985
ÍNDICE CPP A FECHA DE CONCURSO 1.1634 89
1.1161
1.1161x1.0120= 1.13
FACTOR DE ACTUALIZACIÓN DEL PRECIO UNITARIO :
PRECIO UNITARIO ACTUALIZAC. 1.32 _ PRECIO UNITARIO DE CONCURSO 1.24 ~ [ 1.06|
CAPITULO VI
VI.1 CONCLUSIONES VI.2 BIBLIOGRAFÍA
VI.3 ANEXOS
91
Desde inicios de la crisis económica, se ha presentado en el país un proceso de inflación que
se hace algunas veces más aguda; lo que conduce a cambios en los costos de los presupuestos
de obra frecuentes e inciertos.
Con el propósito de contrarrestar el efecto negativo de la inflación en los contratos de obra
pública, se estableció el ajuste de precios unitarios, que busca conservar el equilibrio entre los
costos, los precios y las obligaciones de las partes. Por otro lado se busca también eliminar las
formas ruinosas de competencia entre los concursantes, por que si el ajuste de precios no
estuviera pactado, las ofertas se verían afectadas por incluir prevenciones de costos al azar que
podrían ser excesivas originando el encarecimiento de la obra, o insuficientes provocando así
pérdidas.
Debe entenderse también que el objeto del ajuste de precios no debe ser corregir los defectos
de una mala propuesta, ni agravar las cargas de la administración pública o aumentar las
utilidades del contratista, su objetivo es mantener la proporción entre los beneficios y los cargos
tal y como fueron calculados en el momento de presentar la propuesta.
Es necesario que el contratista establezca mecanismos ágiles que pueden ser entre otros,
programas de computadora como auxiliares para la determinación del incremento de costos
fijado por la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas a ftn de estar en condiciones de presentar su
solicitud de incremento de inmediato y cubrir así el requisito contractual, aunque posteriormente
se documenten las mismas y no perder el efecto de ret reactividad en su aplicación a la fecha
en que se hayan presentado los incrementos, ya que debido a las demoras en ei pago de los
importes correspondientes a las escalaciones se pierden intereses por financiamiento, lo que
conduce a pérdidas económicas para las empresas.
92
*
Por otra parte es importante que el contratista realice un análisis de las conveniencias de cada
una de las formas que establece la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas para determinar el
ajuste y así decidir la que se pactará en el contrato respectivo, ya que de manera general se
observa una variación, efectuando el ajuste en base a lbs párrafos I y II del Artículo 50 del
Reglamento de fa Ley de Obras Públicas, respecto a realizarlo de acuerdo a lo indicado en el
párrafo III, presentándose la ventaja con ésta última forma es que se evita el procedimiento tan
laborioso de Eos primeros.
93
1. ÍNDICES DE LA CONSTRUCCIÓN S.H.C.P. Y SECODAM., MEXICO 1995 Y1996.
2. MEMORIAS DE LA XII REUNIÓN NACIONAL Y III REUNIÓN REGIONAL DE ANALISTAS DE COSTOS. SOCIEDAD MEXICANA DE INGENIERÍA ECONÓMICA, FINANCIERA Y DE COSTOS A.C.
3. METODOLOGÍA PARA LA OBTENCIÓN DE RELATIVOS, S.P.P., MEXICO 1984.
4. LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PUBLICAS ( DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN 1o DE ENERO DE 1994 ).
5. REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN 13 DE FEBRERO DE 1985 ).
6. ARCHIVOS DE LA S.C.T.
7. APUNTES DEL CURSO " ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS EN BASE A LA LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PUBLICAS" ARQ. TERESA TICO DECFI, UNAM.
8. ESCALACION DE COSTOS EN LA OBRA PUBLICA T-N° 4 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. SUBDIRECCCION GENERAL DE OBRAS Y PATRIMONIO JEFATURA DE CONSTRUCCIONES (BIBLIOTECA),
INMOBILIARIO
94
¡-I'.: ¿:í- . .-^-:;:-m:\-
Mi l l ^ - r - ^ J — •
95
'RA :. CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,
DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA
MIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V SISTEMADE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO : FC-BIDI-94-12-22
315
ANÁLISIS DEL COSTO HORARIO
FECHA:28-NOV-1994 HORA: 13:36
TRAMO : CAMINO "EL PUEBL1TO-CORONEG" OUERETARO, OUERETARO
PAGINA: 25
DATOS GENERALES : VALOR DEL DOLAR: $ 3.4628
CLAVE DEL EQUIPO: 45-02 DESCRIPCIÓN: MOTOCÓNFORMADORA VIDA ECONÓMICA (AÑOS): 7.5 HORAS POR AÑO: 2000 MOTOR: DIESEL H.P.: 135.0 EFICIENCIA: 80.0%
HARCA:CATERPILLA MODÉLO:12-G CAPACIDAD DEL CARTER (LTS): 29.0
PRIMA DE SEGUROS: 2.000%
CAPACIDAD:135H
CAM. LUBftjXHRS}: J_ TASA DE INTERÉS: 18-00000%°^
MTTO. POR M. OE OBRA: 16.00% MTTO. POR REFACC: 48.00% DE RECUPERACIÓN: 15.00% PRECIO DE ADQUISICIÓN (DL): $, 194.183.78
PRECIO DE ADQUISICIÓN (M.N.): $ COSTO DE LLANTAS (HENOS): $
VALOR DE ADQUISICIÓN S 664,589.59
CARGOS FIJOS :
D E P R E C I A C I Ó N : I N V E R S I O N : S E G U R O : M T T O . P O R R E F A C C I Ó N : M T T O . P O R M A N O D E O B R A :
D=(Va-Vr)/Ve I=(Va+Vr)i/2Ha S=(Va+Vr)S/2Ha M.R.=ÜEPR*PORC.MTTO.REFACC. M.Mí=DEPR*PORC.MTTO.MDEO.
TOTAL CARGOS FIJOS
% INACTIVO 15-00
100.00 100.00
ACTIVO 37.66 34.39
3.82 18.08 6.03
INACTIVO 5.65
34.39 3.82
99.98 43.86
i
CARGOS POR CONSUMOS :
CONCEPTO . "ANT * COEF X POTE
F. CONSUMO DIESEL LT COEF. CONSUMO LUBRICANT LT CONS. POR CAMBIO LUBLIC LT
UNIDAD
'
NT I DAD
16.2000 0.4320 0.2900
% INAC.
5.00 5.00
.5.00
COSTO UNITARIO
0.99 5.30 5.30
COSTO PARCIAL
ACTIVO
16.04 2.29 1.54
INACTIVO
0.80
0.11 0.08
ACTIVO
'
IMPORTE INACTIVO
19.87 0.99
LLANTA NEUMÁTICO 13 X 24 (8 CA PZA 6.0000 15.00 1,305.00
Sub-Total:
7,830.00 1,174.50
19.87 0.99
7,830.00 1,174.50
RENDIMIENTO : 1500.0000 VIDA DE LA LLANTA Sub-Total: TOTAL CARGOS POR CONSUMO:
5.22 25.09
0.78 1.77
CARGOS POR OPERACIÓN : OPERADOR DE MOTOCONF JOR 1.0000 100.00 126.15 126.15
126.15
126.15
126.15
RENDIMIENTO : 8.0000 HORAS / TURNO Sub-Total: TOTAL CARGOS POR OPERACIÓN:
,15.77 15.77
~s-
15.77 15.77
C O S T O H O R A R I O : 140.84
/
/ y
¡arados Basálticos y •••*<qr'
1VG. jcr.-GE e
61.40
i. 3RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,
DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALAMIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A, DE C.V. SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO : FC-BIDI-94-12-22
315
ANÁLISIS DEL COSTO HORARIO
FECHA:28~NOV-1994
HORA: 13:35
TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CORONEO"
QUERETARO, QUERETARO
PAGINA: 13
DATOS GENERALES : VALOR DEL DOLAR: $ 3.4628
CLAVE DEL EQUIPO: 15-08 DESCRIPCIÓN: TRACTOCOMPACTADOR MARCA:CATERPILLA MODELO:815 B CAPACIDAD: VIDA ECONÓMICA (AÍJ05): 6-0 HORAS POR AÑO: 2000 CAPACIDAD DEL CARTER (LTS): 29-0 CAM.LUBR.(HRS): 100 MOTOR: DIESEL H-P.: 216,0 EFICIENCIA: 80.0% PRIMA DE SEGUROS: 2.000% TASA DE INTERÉS: 18-00000% MTTO. POR H. DE OBRA: 13-00% MTTO. POR REFACC: 52-00% DE RECUPERACIÓN: 15-00% PRECIO DE ADQUISICIÓN (DL): $ 275,009.60
PRECIO DE ADQUISICIÓN (M.N.):
COSTO DE LLANTAS (MENOS):
VALOR DE ADQUISICIÓN:
M.N.): $
) : *
$
ACTIVO 67.45 49.28
5.48 35.08
8.77
952,303.24 0.00
952,303.24
INACTIVO 10.12 49.28
5.48
CARGOS FIJOS : D E P R E C I A C I Ó N : I N V E R S I O N : S E G U R O :
M T T O . P O R R E F A C C I Ó N : M T T O - P O R M A N O D E O B R A :
D=(Va-Vr)/Ve I=(Va+Vr)i/2Ha S=4Va+Vr)S/2Ha M-R.=DEPR*PORC.MTTO.REFACC. M.M.=DEPR*PORC.MTTO-MDEO.
TOTAL CARGOS FIJOS
X INACTIVO 15-00
100-00 100-00
166.06 64.88
CARGOS POR CONSUMOS :
CONCEPTO ^-^ANT = COEF X POTE
F. CONSUMO DIESEL LT CÓEF. CONSUMO LUBRICANT LT CONS. POR CAMBIO LUBLIC LT
e
UNIDAD CANTIDAD % INAC.
25.9200 5.00 0.6912 5.00
0.2900 5.00
COSTO UNITARIO
0.99 5.30 5.30
COSTO PARCIAL ACTIVO INACTIVO
25.66 1.28 3.66 0.18 1.54 0.08
IMPORTE ACTIVO INACTIVO
30.86 1.54
Sub-Total: TOTAL CARGOS
0 93.30
93.30
HORAS / TURNO Sub-Total:
POR
TOTAL CARGOS POR
CONSUMO:
93.30
93.30
OPERACIÓN:
30.86 30.86
•
*
11.66 11.66
1.54 1.54
11.66 11.66
CARGOS POR OPERACIÓN OPERADOR DE COMPACTA JOfi 1.0000 100.00
RENDIMIENTO
93.30
8.0000
C O S T , O « G f t A R I O 208.58 78.08
— y
i . '
\
AfriíaraJcs Basálticos \ s A. n c v.
|&G 117X.Í i. LT ESA VMU
RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,
DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA
MIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V.
SISTEMA PE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO : F C B I D I - 9 4 - 1 2 2 2
315
ANÁLISIS DEL COSTO HORARIO
FECHA:28-N0V-1994
HORA: 13:34
TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CORONEO"
OUERETARO, QUERETARO
PAGINA: 2
DATOS GENERALES : VALOR DEL DOLAR: $ 3.4628
CLAVE DEL EQUIPO; 05-08 DESCRIPCIÓN: BOMBA AUTOCEBANTE DE 4" MARCA:CMC H00EL0:4"DIAM CAPACIDAD:
VIDA ECONÓMICA (AÑOS): 5 .0 HORAS POR AÑO: 2000 CAPACIDAD DEL CARTER (LTS) : 1.0 CAM.LUBR.(KRS): 100
MOTOR: GASOLINA H .P . : 12-0 EFICIENCIA: 80.036 PRIMA DE SEGUROS: 2.000X TASA DE ÍNTERES: 18.00000%
MTTO. POR M. DE OBRA: 10.00X HTTO. POR REFACC.: 40.00X DE RECUPERACIÓN: 5.00% PRECIO DE ADQUISICIÓN <HN); $ 8,782.75
-
-
D=(Va-Vr>/ve I=(Va+Vr)í/2Ha S=(Va+Vr)S/2Ha M.R.=DEPR*PORC.HTTO.REFACC. M.M. =DEPR*PORC. HTTO.MDEO.
PRECIO DÉ ADQUISICIÓN (H.N
COSTO DE LLANTAS (MENOS):
VALOR DE ADQUISICIÓN:
X INACTIVO 15.00
100.00 100.00
-
•
. ) : S £
$
ACTIVO 0.83 0.41 0.05 0.33 0.08
8,782.75 0.00
8,782.75
INACTIVO
0.12 0.41 0.05
CARGOS FIJOS : ,
D E P R E C I A C I Ó N :
I N V E R S I O H :
S E G U R O :
M T T O , P O R R E F A C C I Ó N :
H T T O . P O R N A N O D E O B R A :
TOTAL CARGOS FIJOS 1-70 0*58
CARGOS POR CONSUMOS :
CONCEPTO US ¡{
~ANT = COEF X POTE 5. POR CAffilO LUBLIC LT
COEF. CONSUMO GASOUNA LT COEF. CONSUMO LUB P/MOT LT
TIOAD X IMAC.
0.0100 5.00 2.1792 5.00 0.0384 5.00
COSTO UNITARIO
- 5.30 1.28 6.70
COSTO. PARCIAL
ACTIVO INACTIVO
0.05 2.79 0.14
0.26 0.01
IMPORTE ACTIVO INACTIVO
3.10 0.15
MANGUERAS Y PZA
MANGUERA CONEXIÓN 4H DI LOTE 1.0000 15.00 2 ,304.61
Sub -To ta l :
2 ,304.61
2 ,304.61
345.69
345.69
3.10 0.15
RENDIMIENTO : 2000.0000 HRA VIDA Sub-Total: TOTAL CARGOS POR CONSUMO:
1.15
4.25
0.17
0.32
CARGOS POR OPERACIÓN :
OPERADOR DE EQUIPO H JOR 1.0000 100.00 64.73 64.73
64.73
64.73
64.73
RENDIMIENTO : 8.0000 HRA / TNO
Sub-Total; TOTAL CARGOS POR OPERACIÓN
8 .09
8 .09
8.09
8.09
C O S T O H O R A R I O : 8.99
Basálticos y Dirííados S A.. DE C V.
CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS, DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALAMIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V. SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO : FC-BIDI-94-12-22
ANÁLISIS DEL COSTO HORARIO
FECHA:28-N0V-1994 HORA: 13:37
TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CORONEO" QUERETARO, QUERETARO
PAGINA: 27
DATOS GENERALES VALOR DEL DOLAR: 3.4628
CLAVE DEL EQUIPO: 53-02 DESCRIPCIÓN: PETRO S/CAMION MARCA:FAMSA 6000 MODELO:1990 CAPACIDAD:6000 LTS VIDA ECONÓMICA (AÑOS): 6.0 HORAS POR ANO: 2000 CAPACIDAD DEL CARTER (LTS): 9.0 CAM.LUBR.ÍHRS): 100 MOTOR: DIESEL H.P.: 150.0 EFICIENCIA: 80.0% PRIMA DE SEGUROS: 2.000% TASA DE INTERÉS: 18.00000% MTTO. POR M. DE OBRA: 19.00% MTTO. POR REFACC: 40.00% DE RECUPERACIÓN: 15.00% PRECIO DE ADQUISICIÓN (DL): $ 76,773.00
CARGOS FIJOS : D E P R E C I A C I Ó N : I N V E R S I O N : S E G U R O : M T T O . POR R E F A C C I Ó N : M T T O . P O R M A N O D E O B R A ;
D=(Va-Vr)/ve t=(Va+Vr)i/2Ha S=(Va+Vr)S/2Ha M.R.=DEPR*PORC.HTTO.REFACC. M.M.=DEPR*P08C.MTT0.HDE0.
PRECIO DE ADQUISICIÓN (K.N COSTO DE LLANTAS (HENOS):
VALOR DE ADQUISICIÓN:
X INACTIVO 15.00
100.00 100.00
. ) : í S
$ ACTIVO
18.31 13.38 1.49 7.33 3.48
265,849.54 7,305.90
258,543.64
INACTIVO 2.75
13.38 1.49
TOTAL CARGOS FIJOS
CARGOS POR CONSUMOS
CDNCEPTO UNIDAD
gK&HT - COEF X POTE
% $ . CONSUMO DIESEL L T
COEF. CONSUMO LUBRICANT LT
CONS. POR CAMBIO LUBLIC LT
CANTIDAD
18 .0000
0 . 4800
0 . 0 9 0 0
% INAC.
5.00 5.00 5.00
COSTO UNITARIO
0.99 5.30 5.30
COSTO PARCI/ ACTIVO
17.82 2.54 0.48
*L INACTIVO
0.89 0.13 0.02
20.84 1.04
Sub-Total: LLANTAS
NEUMÁTICO 11 X 20 (12 C P2A 6.0000 15.00 1,217.65 7,305.90 1,095.89
7,305.90 1,095.89
RENDIMIENTO : 1500.0000 VIDA DE L S u b - T o t a l : TOTAL CARGOS POR CONSUMO:
4.87 25.71
0.73 1.77
CARGOS POR OPERACIÓN : OPERADOR DE PETROL IZ JOR AYUDANTE EN GENERAL JOR
1.0000 100.00 1.0000 100.00
117.29 49.57
117.29 49.57
117.29 49.57
HORAS POR Sub-Totat: TOTAL CARGOS POR OPERACIÓN:
20.86 20.86
C O S T O H O R A R I O
aos Basálticas y"T)Iri?í3os " A. r." ^
A P C - Í _ ; _ .
CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS
DRENAJE PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA
MIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S A DE C V
SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO FC eiDI 94 12 22
ANÁLISIS DEL COSTO HORARIO
FECHA 28 NOV 1994
HORA 13 34
CAMINO EL PUEBLITO CORONEO
QUERETARO OUERETARO
PAGINA 8
* > LEÍALES VALOR DEL DOLAR $ 3 4628
CLAU DEL EQUIPO 12 64 DESCRIPCIÓN PIPA DE 10 M3 MARCA DINA MODELO 500 CAPACIDAD 10 000
VIDA ECONÓMICA CANOS) 5 0 HORAS POR ANO 2000 CAPACIDAD DEL CARTER ( L I S ) 9 0 CAM LUBR (HRS) 100
MOTOR DIESEL HP 195 0 EFICIENCIA 80 0% PRIMA DE SEGUROS 2 000% TASA DE INTERÉS 18 00000/í
MTTO POR M DE OBRA 19 00% MTTO POR RÉFACC 40 00% DE RECUPERACIÓN 15 00% PRECIO DE ADQUISICIÓN (MN) % 163 000 00
CARGOS H J O S
D E P R E C I A C I Ó N
I N V E R S I O N
S E G U R O
M T T - 0 P O R R E F A C C I Ó N
M T T O P O R M A N O D E O B R A
D (Va VrVVe 1 (Va+Vr)i/2Ha
S-(Va*Vr)S/2Ha H R -DEPR*PORC
M M OEPR*PORC
MTTO
MTTO
REfACC MDEO
PRECIO DE ADQUISICIÓN
COSTO DE LLANTAS
(M (HENOS)
VALOR DE ADQUISICIÓN
% INACTIVO
15 00
100 00
100 00
N ) $
$ s
ACTIVO
13 33
8 12
0 90
5 33
2 53
163 000 00 6 139 50
156 860 50
INACTIVO
2 00
8 12
0 90
TOTAL CARGOS FIJOS
CARGOS POR CONSUMOS
CONCEPTO UNIDAD rANT COEF X POTE
r CONSUMO DIESEl LT
COEF CONSUMO LUBRICANT LT
CONS POR CAMBIO LU8LIC LT
CANTIDAD % INAC
a 4ooo 0 6240
0 0900
5 00
5 00
5 00
COSTO
UNITARIO
0 99
5 30
5 30
COSTO PARCIAL
ACTIVO INACTIVO
23 17 1 16
3 31 0 17
0 48 0 02
IMPORTE
ACTIVO INACTIVO
LLANTAS
NEUMÁTICO 11 X 22 ( 12 C PZA
CARGOS POR OPERACIÓN
CHOFER DE CAMION CAR JOR
AYUDANTE OE OFICIO JOR
6 0000 15 00
1 0000 100 00
1 0000 100 00
1,023 25 6 139 50
6,139 50
1500 0000 VIDA DE L Sub Total
TOTAL CARGOS POR
60 34 60 34
54 52 54 52
920 93
920 93
CONSUMO
60 34
54 52
4 09
31 05
0 61
1 96
«ORAS POR Sub Total TOTAL CARGOS POR OPERACIÓN
14 36
14 36
14 36
14 36
C O S T O H O R A R I O
{¡toados Basálticos y Benrados
\ s h r " v |KG i - r c r E t-T'GA ZURIS4V
CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS DRENAJE PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA MIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S A DE C V
SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO FC BIDI 94 12 22
315
ANÁLISIS DEL COSTO HORARIO
FECHA 28 NOV 1994
HORA 13 35
TRAMO CAMINO "EL PUEBLITO CORONEO"
QUÉRETARO, QUERETARO
PAGINA 15
DATOS GENERALES VALOR DEL DOLAR 3 4628
CLAVE DEL EQUIPO 15 10 DESCRIPCIÓN COMPACTADOR
VIDA ECONÓMICA CANOS) 6 0 HORAS POR AÑO 2000
MOTOR DIESEL HP 130 O EFICIENCIA 80 0%
MARCA MULLER MODELO VAP 70L CAPACIDAD
CAPACIDAD DEL CARTER <LTS) 22 0 CAM LUBR ÍHRS) 100
PRIMA DE SEGUROS 2 000% TASA DE INTERÉS 18 00000X
MTTO POR M DE OBRA 19 00% MTTO POR REFACC 40 00% DE RECUPERACIÓN 15 00% PRECIO DE ADQUISICIÓN (DL)
PRECIO DE ADQUISICIÓN (M N )
COSTO DE LLANTAS (MENOS)
CARGOS FIJOS
D E P R E C I A C I Ó N
I N V E R S I O N
S E G U R O
M T T O P O R R E F A C C I Ó N
M T T O P O R M A N O D E O B R A
D (Va Vr)/Ve
I=(Va+Vr)i/2Ha
S-(Va+Vr)S/2Ha
M R =DEPR*PORC MTTO REFACC
M M =DEPR*PORC MTTO MDEO
VALOR DE ADQUISICIÓN
% INACTIVO
15 00
100 00
100 00
ACTIVO
17 93
13 10
1 46
7 17
3 41
74,000 00
256,247 20
3,124
253,123
00
20
INACTIVO
2 69
13 1
10 46
TOTAL CARGOS FIJOS 43 07
CARGOS POR CONSUMOS
COSTO
CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD % INAC UNITARIO
¿-&M1 * COEF X POTE 1 ^Jk CONSUMO DIESEL LT
COEF CONSUMO LUBRICANT LT
CONS POR CAMBIO LUBLIC LT
LLANTAS
NEUMÁTICO 16 9 X 30 (12 P2A
COSTO PARCIAL
ACTIVO INACTIVO
CARGOS POR OPERACIÓN OPERADOR DE COMPACTA
15 6000 5 00
0 4160 5 00 0 2200 5 00
2 0000 15 00
RENDIMIENTO
1 0000 100 00
RENDIMIENTO
0 99
5 30 5 30
1,562 00
2500 0000 VIDA
93 30
8 0000 HRS
15 44 2 20
1 17
18 81
Sub Total
3,124 00
3,124 00
DE L Sub Total TOTAL CARGOS
93 30
93 30
POR T Sub Total
TOTAL CARGOS
POR
POR
0 77
0 11 0 06
0 94
468 60
468 60
CONSUMO
93 30
93 30
OPERACIÓN
1 25
20 06
11 66
11 66
0 19 1 13
11 66
11 66
C O S T O H O R A R I O
• y Á S A f f " ¡Í
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DES I «ADOS S .A . DE C .V . FEC««:2S-«OV-1994
SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS «ORA: 13 :34
"RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACER1AS, NUMERO : F C - B I 0 1 - 9 4 - 1 2 - 2 2 TRAMO : CANINO "EL PUE8LITOOORONEO"
DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA- 31S OUERETARO. OUERETARS
MIENTO ANÁLISIS DEL COSTO HORARIO PAGINA: 6
DATOS GENERALES VALOR DEL DOLAR: 3 . 4 6 2 8
CLAVE DEL EQUIPO: 12 -04 DESCRIPCIÓN: CAMIÓN DE REDILAS MRCA:DINA H0DEL0: Í990 CAPAC1DAO:1Q-11TON
VIDA ECONÓMICA (AÑOS): 5 . 0 HORAS POR AÑO: 2000 CAPACIDAD DEL CARTER ( L I S ) : 1 2 . 0 CAMLLUHt-CMIS): 100
MOTOR: DIESEL H . P . : 1 7 0 . 0 EFICIENCIA: 80 .0% PRIMA DE SEGUROS: 2 .000% TASA DE INTERÉS: 18.00000%
MTTO. POR M. DE OBRA: 19 .00% MTTO. POR REFACC: 40 .00% DE RECUPERACIÓN: 15.OOX PRECIO DE ADQUISICIÓN < K N ) : * 1 5 2 , 0 0 0 . 0 0
CARGOS FIJOS :
D E P R E C I A C I Ó N :
I N V E R S I O N :
S E G U R O :
M T T O . P O R R E F A C C I Ó N :
M T T O . P O R M A N O D E O B R A :
D=(Va-Vr>/Ve l=(Va*Vr)i/2Ha
S=(Va*VDS/2Ha H.R.=0EPR*P0RC.MTTO.REFACC.
H.H.=OEPR*PORC.HTTO.HDEO.
PRECIO DE ADQUISICIÓN (M.N
COSTO DE LLANTAS (HENOS):
VALOR DE ADQUISICIÓN:
X INACTIVO
15.00 100.00
100.00
.J: *
* %
ACTIVO
12.30
7.49
0.83
4.92
2.34
152.000.00
7.305.90
144,694.10
INACTIVO
1.85 7.49
0.83
TOTAL CARGOS FIJOS
CARGOS POR CONSUMOS :
CONCEPTO UNIDAD
"ANT = COEF X POTE
, F. CONSUMO DIESEL LT
COEF. CONSUMO LUBRICANT LT
CONS. POR CAMBIO LUBLIC LT
CANTIDAD
20.4000 0.5440
0.1200
X INAC.
5.00
5.00
5.00
COSTO
UNITARIO
0.99
5.30
5.30
COSTO PAR(
ACTIVO
20.20
2.88 0.64
I AL
INACTIVO
1.01
0.14
0.03
IMPORTE
ACTIVO INACTIVO
Z 3 . 7 2
VIDA DE LAS LLA
NEUMAT¡CO 11 X 20 (12 C PZA 6.0000 15.00
Sub-Total:
7,305.90
7,305.90
1,095.89
1,095.89
RENDIMIENTO : 1500.0000 VIDA ÚTIL Sub-Total:
TOTAL CARGOS POR CONSUMO:
4.87
28.59
0.73
1.91
CARGOS POR OPERACIÓN :
CHOFER DE CAMION CAR JOR 1.0000 100.00 60.34
60.34
60.34
60.34
8.0000 HRAS / TU Sub-Total:
TOTAL CARGOS POR OPERACIÓN:
7.54
7.54
7.54
7.54
C O S T O H O R A R I O :
Iritaaíís Basülfeos y Delirados • / 3 A. ÜS 1 V. SHG i*?"-- E iSTEGft TURK*
-IRA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS, — DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA
MIENTO
GRUPO: CM SUB-GRUPO 01
CONCEPTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V. SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO : FC-BIDI-94-12-22
315
ANÁLISIS DE BÁSICOS
FECHA;2B-MOV-1994 HORA: 13:39
TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-COROHEO" QUERETARO, QUERETARO
PAGIKA: 10
DETALLE 02 BA(CM0102) AGUA
UNIDAD CANTIDAD COSTO
UNITARIO COSTO
PARCIAL
UNIDAD H3
COSTO
TOTAL IMPORTE
I . - ADQUISICIÓN DE AGUA
BAÍCM0102) AGUA H3 1.0000 0.80 0.80
0.80
I I . - MAQUINARIA.
1 . - BOMBEO.
GASTO=35 M3/HORA
TIEMPO DE LLENADO 0.29 HORAS X EFICIENCIA DE 75%=Q.39 HORAS
TOTAL ACTIVIDAD: 0.80
BOMBA AUTOCEBANTE DE 4CHC
RENDIMIENTO : 1
4"D!AH ACT. HORA 0.3900 t
H3 CAPACIDAD DE PIPA
14.04
10.0000
5.48
5.48 0.55 0.55
2.- CICLO INACTIVO DE CAMION PIPA. TOTAL GRUPO: 0.55
PIPA DE 10 M3 DINA
RENDIMIENTO : 1
3.- CICLO ACTIVO DE CAMION PIPA
PIPA DE 10 H3 DINA BOMBA AUTOCEBANTE DE 4CMC
RENDIMIENTO : 1
500 INAC. HORA 0.3900
M3 CAPACIDAD DE PIPA
27.34 10.66
10.0000
500 ACT. HORA 0.5500 4"DIAM INAC. HORA 0.5500
10 M3 X 85X 8.5000
75.62 8.99
10.66 1.07
TOTAL GRUPO:
41.59 4.94
46.53 5.47
TOTAL GRUPO:
1.07
5.47
1.07
5.47
7.09
I I I . - APLICACIÓN.
TOTAL ACTIVIDAD:
/ • /
/
7.09
: E =
Triteados .^síallios y Dentados S A. DE z V
JCfiGE E. Í.37EGA ZUfliOA APODERADO G£te£RAl?'
_^t^
^RA CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS, DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA MIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO : FCBIDI-94-1222 31.5
ANÁLISIS DE BÁSICOS
FECHA;28-NOV-1994 HORA: 13:39
TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CGRONEO" GUERETARO, QUERETARO
PAGINA: 11
GRUPO: CM SUB.-GRUPO 01 DETALLE 02 BACCM0102) AGUA
CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD
COSTO
UNITARIO
COSTO
PARCIAL
UNIDAD M3
COSTO
TOTAL IMPORTE
BOMBA AUTOCESANTE DE 4CHC PIPA DE 10 M3 DINA
4"DIAM
500 ACT. HORA ACT. HORA
0.39O0 0.3900
14.04 75.62
RENDIMIENTO : 1 8.5000
5.48 29.49
34.97
4.11 4.11
TOTA! ACTIVIDAD: 4.11
C O S T O D I R E C T O ; N$ 12.00
íasalticfls j !>«&*&! S A. DS G V
ÍRG ICñGE E. tHTEOA-ZURlQA APODERADO GENERA^'
T^RA CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS, DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALAMIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V. SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO : FC-BIDI-94-12-22
315 ANÁLISIS DE BÁSICOS
FECHA:28-NOV-1994 HORA: 13:38
TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CORONEÜ" QUERETARO, QUERETARO
PAGINA: 5
GRUPO: AR SUB-GRUPO 02 DETALLE 01 BA(AR0201) ACERO DE REFUERZO PUESTO EN OBRA UNIDAD KG
CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD COSTO
UNITARIO
COSTO PARCIAL
COSTO TOTAL IMPORTE
I,- ADQUISICIÓN.
BACAR02O1) ACERO DE REFUERZO PUESTO EN OBRA KG 1.0000 1.36 1.36
11.-MANIOBRAS Y ACARREO 1.-DESCARGA EN ALMACÉN
PEON CABO
RENDIMIENTO :
PORCENTAJE : RENDIMIENTO :
L CARGA EN ALMACÉN PEON
CABO
RENDIMIENTO : RENDIMIENTO :
1
1 2
1
2
JOR JOR
TÜN/TNO REGRESO VACIO KG/TON
JOR JOR
TON/TNO KG/TON
'
10.0000 1.0000
40.0000 25.0000 %
1000.0000
10.0000 1.0000
35.0000 1000,0000
.
34.84
91.65
.
34.84 91.65
1.36
TOTAL GRUPO:
348.40 91.65
440.05 11.00
2.75 0.01
TOTAL GRUPO: "
348.40
91.65
440.05 12.57 0.01
TOTAL GRUPO:
11.00 13.75 0.01
12.57 0.01
3.-ACARREO A 20 KM. A.-TIEMPO INACTIVO CARGA 1.829 HR DESCARAGA 1.600 HR
SUMA 3.429 HR CAMION DE REDILAS DINA
RENDIMIENTO : 1
1990 ACT. HORA 3.4300 64.01 219.55
KG/CAMION 8000.0000 219.55
0.03 0.03
1.36
0.01
0.01
6.-TIEMPO ACTIVO VEL CARG. 30 KM/HR VEL REGR. 40 KM/HR TIEMPO ACARREO 2.0 HR
TOTAL GRUPO:
BBBRJeT Basalficof y iSffSos --*'' S A. DE C V. ItiG. JCRGE E 157FG* Z « &
APODERADO G . U - R A l
0.03
*RA : CONSTRUCCIÓN OE TERRACERIAS,
DRENAJE, PAVIMENTACIÓN V SEÑALA
MIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS V DERIVADOS S-A. DE C-V
SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO : FC-BIDI-94-12-22
315
ANÁLISIS DE BÁSICOS
FECKA:28-NOV-1994
HORA: 13:38
TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITQ-CÜRONEO'1
GUERETARO, QUERETARO
PAGINA: 6
GRUPO: AR SUB-GRUPO 02
CONCEPTO
. CAMION DE REDILAS DINA
RENDIMIENTO ; 1
4.-DESCARGA SITIO COLOC PEON CABO
RENDIMIENTO : 1 RENDIMIENTO : 2
f
DETALLE 01 BAÍAR0201) ACERO DÉ REFUER20 PUESTO
COSTO
UNIDAD CANTIDAD UNITARIO
1990 ACT- HORA 2.0000 64,01
KG/CAMION 8000.0000
JOR 10.0000 34,84 JOR 1,0000 91.65
TON/TNO 40,0000 KG/TON 1000.0000
C O S T O D I
-
R 1
EN OSRA
COSTO PARCIAL
128.02
128.02 0.02
TOTAL GRUPO:
34S.40 91.65
440.05 11.00-0.01
TOTAL GRUPO:
TO
E C T 0 :
UNIDAD KG
COSTO TOTAL
0.02
11.00 0.01
TAL ACTIVIDAD:
Ní
IMPORTE
0.02
0.01
1.44
1.44
1.44
Basálticos y S A CK C V.
,KG. JORGE" t ^ « ¿ y APODERADO GENERAR
S!RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,
DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA-MIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A, DE C-V. SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO ; FC-BIDI-94-72-22
315
ANÁLISIS DE PRECIOS
FECHA:28~NOV-1994 HORA: 13:53
TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CÜRONEO» QUERETARO, OUERETARO
PAGINA: 99
GRUPO: TE SUB-GRUPO 20
CONCEPTO
DETALLE 55
3.01,01 009- F
F.11 E.-
I.- FORMACIÓN Y COMPACTACION
1-- FORMACIÓN Y TENDIDO.
3)
FORM Y COMPACT AMPLIACIÓN CORONA 95%
CONCEPTO NO. 11
T E R R A C E R I A S
TERRAPLENES
FORMACIÓN Y COMPACTACION, P.U.O.T.
DE AMPLIACIÓN DE LA CORONA ADICIONADA CON SUS
CUÑAS DE SOBREANCHO, EN TERRAPLENES EXISTENTES
(INCISO 005-H.11)
PARA 95%
COSTO COSTO
UNIDAD CANTIDAD UNITARIO PARCIAL
UNIDAD M3
COSTO
TOTAL IMPORTE
MOTOCONFORMADORA CATERPILLAR 12-G
RENDIMIENTO : 1
AC HORA
M3 / HORA
1,0000 140,84
120.0000
140.84
140.84
1,17
- AGUA PARA COMPACTACION,
oA{CM0102) AGUA M3 0.1700 12.00
SUBTOTAL GRUPO
2.04
2.04
1.17
3.- COMPACTACION AL 95% SUBTOTAL GRUPO 2.04
TRACTOCOMPACTADOR CATERPILLAR COMPACTADOS MULLER
RENDIMIENTO : 1
815 B AC HORA VAP-70L AC HORA
M3 / HORA
1.0000 1.0000
208.58 74.79
120.0000
208.58 74.79
283.37
SUBTOTAL GRUPO:
2.36
2.36
5.57
TOTAL ACTIVIDAD: 5.57
C O S T O I R E C F O i NS 5.57
y
Triturados r,»?a!!>íf y fVívado*.
E R A u ü GfeNESAiv"
IRA : OBSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,
DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA
MIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S-A. DE C.V
SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO : FC-BID I-94-12-22
315
ANÁLISIS DE PRECIOS
FECHA:28-NOV-1994
HORA: 13:53
TRAMO : CAMINO "El PUEBLITO-CORONEO"
QUERETAfiO, QUÉRETARO
PAGINA: 100
GRUPO: TE SUB-GRUPO 20 DETALLE 55
CONCEPTO UNIDAD
ACT AMPLIACIÓN CORONA
COSTO
CANTIDAD UNITARIO
INDIRECTOS
F1NANCIAMIENTO
UTILIDAD
95% UNIDAD H3
COSTO COSTO
PARCIAL TOTAL
29,62 %
1,20 %
10,00 %
IMPORTE
1.65
7.22
0.09
7.31
0.73
8.04
SAR INFONAVIT
SECOGEF
CNIC
DE LA SUMA
DE LA SUMA
PRECIO UNITARIO MS
0.01
0.04
0.02
8.11
Triturados Palalí-prfí V Derivados
AFODEKA^u GcNfcRAlu
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C V. FECHA:28"NOV-1994
SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS HORA: 13:53
-*RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS, NUMERO : FC BIDI-94-12-22 TRAMO . CAMINO "EL PUEBLITO-CORONEO"
"*" DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA- 315 OUERETARO, QUERETARO
MIENTO ANÁLISIS DE PRECIOS PAGINA: 101
SUB-GRUPO 40 DETALLE 40
3.01.01
009-1
1.03
ACARREO CUALQUIER DISTANCIA 1ER KM UNIDAD M3
CONCEPTO NO. 14
T E R R A C E R I A S
ACARREOS PARA TERRACERIAS
SOBREACARREOS DE MATERIALES PRODUCTO DE LAS EXCA
VACIONES CUANDO SE TRATE DE OBRAS QUE SE PAGUEN
P.U.O.T. (INCISO 008-H.03):
PARA CUALQUIER DISTANCIA DE MATERIALES DE PRÉSTA
MO DE BANCO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA CAPA SUB-
RASANTE Y PARA COMPLETAR LA CONSTRUCCIÓN DEL
CUERPO DE TERRAPLÉN, MEDIDO COMPACTO:
PARA EL PRIMER KILÓMETRO
COSTO COSTO COSTO
UNIDAD CANTIDAD UNITARIO PARCIAL TOTAL
I.- ACARREO DE MATERIAL.
TARIFA AUTORIZADA S.C.T
EP 008-E.01 INCISO A.-1
ACARREO 1 KM SOBRE CAMINO NO PAVIMENTADO
PORCENTAJE : 1
PORCENTAJE : 2 ABUNDAMIENTO
FACTOR DE LLENADO
30.0000 %
15.0000 %
1.65
1.65 2.15 2.47
SUBTOTAL GRUPO:
TOTAL ACTIVIDAD:
2.47
2.47
2.47
C O S T O D I R E C T O ;
FINANCIAMIENTO
2.47
0.73
3. 0.
3. 0
.20
.04
.24
.32
Tn'a: r
^RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,
DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA
MIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V.
SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO : FC-BIDI - 94-12-22
ANÁLISIS DE PRECIOS
FECHA:28-N0V-1994
TRAMO :
COSTO
PARCIAL
CAMINO "EL
QUERETARO,
UNIDAD
PUEBLITO
HORA: 13
COR ONE 0"
QUERETARO
M3
COSTO
TOTAL
PAGINA:
IMPORTE
;53
152
SUB-GRUPO 40 DETALLE 40 • ACARREO CUALQUIER DISTANCIA 1ER KM
UNIDAD CANTIDAD
COSTO UNITARIO
INFONAVIT
SECOGEf DE LA SUMA
CNIC DE LA SUMA
PRECIO UNITARIO
0.02 0.01 3.59
^RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,
DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA
MIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S A. DE C.V.
SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO : FC-BIDI-94-12-22
315
ANÁLISIS DE PRECIOS
FECHA-28 NOV-1994 HORA: 13:43
TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CQRONEO" QUERETARO, QUERETARO
PAGINA: 15
SUB-G UPO 30
CONCEPTO
DETALLE
3.01.02
047-H
H.04
A)
05 ACERO DE REFUERZO, VARILLAS GRADO 42
CONCEPTO NO. 21
ESTRUCTURAS Y OBRAS DE DRENAJE
ACERO PARA CONCRETO HIDRÁULICO
ACERO DE REFUERZO, P U.O.T. (INCISO 027-H.03)
VARILLAS GRADO 42
COSTO COSTO
UNIDAD CANTIDAD UNITARIO PARCIAL
UNIDAD KG
COSTO
TOTAL
I.- HABILITACIÓN Y ARMADO.
1 - MATERIALES.
BA(AR0201) ACERO DE REFUERZO PUESTO EN OBRA KG
ALAMBRE RECOCIDO KG
PORCENTAJE : 1
2.- MANO DE OBRA,
%^ICIAL FIEI
PORCENTAJE : 1 RENDIMIENTO : 1
1.0000
0.0300
TRASLAPES Y DESP.
JOR JOR
HERRAMIENTA
KG / JORNADA
1.0000 1.0000
1.44
1.75
5.0000 %
SUBTOTAL
34.84 78.92
3.0000 %
135.0000
SUBTOTAL
1.44
0.05
1.49
GRUPO
34.84
78.92
113.76
GRUPO
117.17
0.87
TOTAL ACTIVIDAD:
0.87
2.43
2.43
C O S T O D I R E C T O 2.43
FINANCIAMIENTO 3.15 0.04
Tutosdc
3.19 0.32
3.51
0.01
• RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,
•*- DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA
MIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DÉ C.V.
SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO : FC-BIDI-94-12-22
315
ANÁLISIS DE PRECIOS
TRAMO :
COSTO
PARCIAL
CAMINO "EL QUERETARO,
UNIDAD
FECHA:28-NOV- 1994
KORA: 13:43 PUEBLITO-COROUEO"
QUERETARO
KG
COSTO
TOTAL
PAGINA:
IMPORTE
16
SUB-GRUPO 30 05 ACERO DE REFUERZO, VARILLAS GRADO 42
COSTO
UNITARIO
INFONAVIT
SECOGEF DE LA SUMA
CHIC DE LA SUMA
PRECIO UNITARIO
0.02
0.02
0.01
3.57
"RA CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,
DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA
MIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V.
SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO : FC-BIDI-94-12-2Z
315
ANÁLISIS DE PRECIOS
FECHA:28-NOV-1994
HORA: 13:45
TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CORONEO"
QUERETARO, QUERETARO
PAGINA: 30
DETALLE 15 ASFALTO FR-3 EN CARPETA DE MEZCLA EN EL LUGAR
CONCEPTO NO. 28
3.01.03 P A V I M E N T O S
086-G MATERIALES ASFÁLTICOS
G.07 MATERIALES ASFÁLTICOS, P.U.O.T. (INCISO 076-H.05)
B.- ASFALTOS REBAJADOS:
3) EMPLEADOS EN CARPETAS
A) ASFALTO FR-3 EN CARPETA DE MEZCLA EN EL LUGAR
COSTO COSTO
UNIDAD CANTIDAD UNITARIO PARCIAL
COSTO
TOTAL
I.- ASFALTO FR-3
1.- ADQUISICIÓN, FLETE Y ALMACENAMIENTO.
BA(AS0202) ASFALTO FR-3
PORCENTAJE : 1
ACARREO LOCAL A LA OBRA. ACARREO A 9 KM
TIEMPO IDA 0.40 HR TIEMP.REGRES 0.20 HR
TIEMPO.FIJOS 0.50 HR
CARGO X ALMACÉN
,71
3.0000 *
SUBTOTAL
0.
0.
.71
.71
GRUPO:
SUMA > 1 .10 HR
PETRO S/CAMION FAHSA 6000L 1990
RENDIMIENTO : 1
3.- CALENTAMIENTO Y BOMBEO.
150 MINUTOS DE CALENTAMIENTO Y BOMBEO
PETRO S/CAMION FAMSA 6000L 1990 IN HORA 150.0000
RENDIMIENTO : 1
RENDIMIENTO : 2 LITROS MINUTOS / HORA
90.56
5400. 0000
SUBTOTAL
99.62
99.62
GRUPO:
6,037.50
6,037.50
5400.0000 50.0000
1.T2
0.02
RIEGO Y APLICACIÓN. SUBTOTAL GRUPO:
Triturados hs^'-M y Periíados
/ í S T T D p ^ t I R:: G ZL'NIGA. A^Ól/tRADü GfcNERALx
"^RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS, DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALAMIENTO
TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C-V, SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS
NUMERO : FC-8IDI-94-12-22
315
ANÁLISIS DE PRECIOS
TRAMO :
LUGAR
COSTO
PARCIAL
FECHA:28-NOV-1994
HORA: 13:45
CAMINO "EL PUESLITO-CORONEO"
OUERETARO, OUERETARO
PAGINA: 31
UKÍDAD LT
COSTO
TOTAL IMPORTE
GRUPO: PV SUB-GRUPO 10 DETALLE 15
CONCEPTO
ASFALTO FR-3 EN CARPETA DE MEZCLA EN EL LUGAR
UNIDAD CANTIDAD
COSTO UNITARIO
PETRO S/CAMION FAMSA 6000L 1990
RENDIMIENTO : 1
AC HORA
LITROS / HORA
1.0000 90.56
1000.0000
90.56
90.56 0.09
SUBTOTAL GRUPO:
TOTAL ACTIVIDAD:
0.09
0.86
0.86
C O S T O D I R E C T O :
INDIRECTOS 29.62 %
Ní 0.86
0.25
FINANCIAMIENTO
UTILIDAD
1.20 %
10.00 %
SAR INFONAVIT SECOGEF DE LA SUMA CNIC DE LA SIMA
PRECIO UNITARIO fj$
1.11 0.01
1.12 0.11
1.23
0.01
1.24
Triturados P t e s V ^ Vivados
A / O Lt ;>-'"•- " '^
" S ZLfüGA