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INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA CONSTRUCCIÓN "ESCALATORIAS: ANÁLISIS, SOPORTE Y PRESENTACIÓN." T E S I S QUE PARA OBTENER EL TITULO DE INGENIERO CONSTRUCTOR P R E S E N T A ANDRES GILBERTO GUZMAN ALTAMIRANO ACUERDO DE RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL S.E.P. 84330 DE FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE 1984. CIUDAD DE MEXICO 1996

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Page 1: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

I N S T I T U T O TECNOLÓGICO DE LA CONSTRUCCIÓN

"ESCALATORIAS: ANÁLISIS, SOPORTE Y PRESENTACIÓN."

T E S I S QUE PARA OBTENER EL TITULO DE

I N G E N I E R O C O N S T R U C T O R

P R E S E N T A

ANDRES GILBERTO GUZMAN ALTAMIRANO

ACUERDO DE RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL S.E.P. 84330 DE FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE 1984.

CIUDAD DE MEXICO 1996

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ÍNDICE

JUSTIFICACIÓN 1

OBJETIVO 2

METODOLOGÍA 3

CAPÍTULO I

INTRODUCCIÓN 4

CAPÍTULO II

DESARROLLO HISTÓRICO DE LA ESCALACIÓN CON RESPECTO A LA INFLACIÓN EN MÉXICO

CAPITULO III

CRITERIOS PARA EL CÁLCULO DE LA ACTUALIZACIÓN Y AJUSTE DE COSTOS .

HI.1 BASES TEÓRICO - PRACTICAS . 111.1.a SECODAM 24

111.2 BASES LEGALES. 111.2.a CLÁUSULA DE AJUSTE 25

lll.2.b CLÁUSULA DE AJUSTE EN PLIEGO DE

REQUISITOS 27

III.2.C CLÁUSULA DE AJUSTE EN CONTRATO 30

lll.2.d LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PUBLICAS ( L A . y O . P . ) 32

lll.2.e REGLAMENTO ( L A . y O.P.) 34

Hl.2.f REGLAS GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMA. 36

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In t ac to TWiwlófi^ ,to »a Ooa»trirci

111.3 METODOLOGÍA PARA CALCULO DE ÍNDICES Y RELATIVOS DE PRECIOS

EN BASE A LA LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PÚBLICAS .

Ill.3.a DEFINICIONES Y TERMINOLOGÍAS 43

lll.3.b ÍNDICE DE PRECIOS DE INSUMOS SECODAM 47

CAPITULO IV

AJUSTE DE COSTOS

SISTEMAS DE CÁLCULOS PARA LA DETERMINACIÓN DE AJUSTE DE COSTOS .

IV.1 PROCEDIMIENTOS.

IV.1.1 CON BASE EN LA FRACCIÓN I DEL ARTICULO 50 DEL REGLAMENTO DE LA L.A. y O.P. 54

IV.1.2 CON BASE EN LA FRACCIÓN II DEL ARTICULO 50 DEL REGLAMENTO DE LA L.A. y O.P. 62

IV.1.3 CON BASE EN LA FRACCIÓN III DEL ARTICULO 50 DEL REGLAMENTO DE LA L.A. y O.P. 63

IV.1.4 CON BASE EN LA FRACCIÓN I Y II DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 51 DEL REGLAMENTO DE LA L.A. y O.P. Y CRITERIO S.C.T. 64

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CAPÍTULO V

CASO PRACTICO

V.1 CASO PRACTICO 75

CAPÍTULO VI

V I L - CONCLUSIONES 92

VI.2.- BIBLIOGRAFÍA 94

VI.3.- ANEXOS 95

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DEDICATORIAS

A MIS PADRES

MARTA ALTAMIRANO DE GUZMAN ANDRES GUZMAN FRANCO

CON TODO MI CARIÑO Y RESPETO POR TODO EL APOYO Y CARIÑO QUE SIEMPRE HE RECIBIDO DE ELLOS.

A MI ESPOSA

GABRIELA GUADARRAMA DOMÍNGUEZ

POR SU APOYO Y VALIOSA COOPERACIÓN

A MI HIJO

ANDRES GUZMAN GUADARRAMA

CON TODO MI CARIÑO

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A MIS HERMANOS

RAFAEL, ROSALIA, GISELA, VICENTE JESÚS Y MARTA

CON CARIÑO POR LA UNION QUE NOS HEMOS TENIDO EN TODO MOMENTO.

A TODOS MIS FAMILIARES

A TODOS MIS AMIGOS Y COMPAÑEROS DE TRABAJO

AL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA CONSTRUCCIÓN

A MIS PROFESORES

A MI ASESOR DE TESIS ING. ARTURO FLORES ALDAPE.

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j^sTiricáCiói

En consecuencia de la crisis económica que ha venido afectando a nuestro país durante los

últimos cuatro lustros se tiene una grave crisis en la industria de la construcción, además de

muchos otros sectores incluyendo al sector público.

Esta tesis esta basada y soportada con los lincamientos de la normatividad vigente, para

que en base a esto se realice una solicitud de ajuste de costos debidamente analizada y

soportada tanto desde el punto de vista teórico como el práctico, esto con la finalidad de

contrarrestar los efectos negativos de la inflación.

La presente ha sido realizada con el propósito de que las Empresas Constructoras (en

especial para la micro y pequeña empresa constructora) se den cuenta y conozcan que por el

rubro del ajuste de costos se percibe una cantidad de dinero y que muchas veces dejan de

hacerlo, esto se da a veces por desconocimiento de la normatividad o de los procedimientos que

se deben aplicar; el conocerlo bien es muy importante para el desarrollo de una obra, además

forma parte de un buen control de esta, y de esta manera no ver mermadas nuestras utilidades

planeadas.

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Dar a conocer la normatividad y los procedimientos que existen para el análisis, soporte y

presentación de Escalatorías (Ajuste de Costos). Esto con la finalidad de recuperar parte del

dinero que por concepto de inflación se pierde, ya que la inflación provoca un detenoro en el

poder adquisitivo de nuestra moneda de manera que al adquirir insumos, maquinaria o pagar

mano de obra; después de un tiempo que transcurre nuestra presentación en las cuales las

condiciones económicas con las que se presupuestó o concursó se ven mermadas, sí el

fenómeno de la inflación ocurrió.

Luego entonces, el objetivo es contrarrestar el efecto negativo de la inflación en los

contratos de obra pública, buscando conservar el equilibrio entre los costos, los precios y las

obligaciones de las partes.

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flETObOlOQbf

En la elaboración de esta tesis se desarrollaron diversos puntos los cuales los

enumeraremos y describiremos como siguen:

1. Selección de tema.- Este se hizo de acuerdo con la información que he manejado dentro del

campo profesional además de parecerme bastante interesante y útil.

2. Justificación.- Se desarrolló con base a la observación del porqué es importante conocer el

desarrollo del tema.

3. Objetivos.- se desarrollaron pensando en el beneficio que brinda el conocimiento del tema.

4. índice.- Se desarrolló tomando en cuenta el alcance así como el seguimiento que por sí solo

toma el tema, para su debido desarrollo y presentación.

5. Bibliografía.- Esta fue conseguida en algunas Bibliotecas, así como con asesoría de algunos

ingenieros con experiencia en el ramo.

6. Consulta de libros.- Se analizaron, estudiaron y resumieron diversos libros, Leyes,

Reglamentos, Publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF), además diversas

experiencias de profesionistas ligados a este tema.

Con lo anteriormente mencionado se procedió a escribir de la forma más explícita posible

esta tesis.

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CAPITULO 1

I N T R O D U C C I Ó N

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B I R U ft T í C A lwUtuto TecuoJójfico «ie It. Coa^tmccíóa

CAPITULO I

I N T R O D U C C I Ó N

Entre las diversas consecuencias de la crisis económica que ha venido afectando a nuestro

país durante los últimos cuatro lustros se tienen: la disminución de las fuentes de trabajo, la

variabilidad de las tasas de interés bancarías y comerciales, el debilitamiento de la balanza de

pagos y de la balanza comercial, la presión creciente sobre el tipo de cambio del peso con

respecto a las monedas extranjeras en especial al dólar, el incremento de la deuda interna y

externa, y por ende un proceso inflacionario, que tiene repercusión directa en los costos de

producción tanto del sector privado como público.

Todos hablamos en alguna época de inflación, en otra de deflación y la mayor parte del

tiempo de condiciones económicas estables, mas la inflación a que nos referimos; se define

como un aumento constante y generalizado de los precios, con respecto a la cantidad de

productos almacenados (STOCK) lo cual provoca un deterioro del poder adquisitivo de la

moneda.

La inflación en México se mide con el índice nacional de precios al consumidor, elaborado por

el Banco de México, (este se basa en las variaciones ponderadas de precios de 5,162 artículos).

El tipo de economía de un país, la podemos clasificar por los incrementos anuales de precios

como se indica en la FIG. N° 1.

INCREMENTOS

DE PRECIOS

MENORES DE 10%

DEL 10 AL 30%

DEL 30 AL 60%

MAYOR AL 60%

TIPO DE ECONOMÍA

NORMAL

INFLACIONARIA

FINANCIERA

ESPECULATIVA TENDIENTE

A LA HIPER-INFLACION.

FIG. N° 1

5

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La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el

orden económico y social, no solo las empresas sufren sus efectos negativos, también los

precios reales de los bienes y servicios proporcionados por el sector público se deterioran con la

inflación; ya que sus ingresos tienden a disminuir y su déficit crece, el gobierno tiene que

financiarlos con endeudamiento, ya sea interno o extemo a través de la emisión primaria de

dinero, que a su vez provoca inflación.

Por lo anteriormente mencionado, se discute mucho las causas que provocan la inflación, lo

que nos traduce poder fácilmente llegar a ella y difícil salir de ella. Se comprende el ajuste

permanente y en algunos casos indexado de sus ingresos, se elevan los costos en tarifas de

comunicación, se incrementan los precios de los derivados de petróleo, de acero y otros

servicios y productos que sería largo enumerar.

Si no se permite a otros sectores ajusfar precios, se origina una transferencia de costos. Por

esta razón, existen aumentos periódicos al salario, a las rentas de casa habitación referidas al

aumento de salario. Dentro de este esquema si se reprimen los ajustes de precios de los

contratos de obra, las empresas pueden dejar de producir, despedir gente y contribuir de esa

forma a la recesión de la economía, otro factor que se debe cuidar es cuando existe atraso en el

pago de estos ajustes; ya que en época de inflación resulta mejor deber que ser acreedor; por

que si se difiere el pago sin reconocer los costos financieros, o con pago de tasas de interés

menores que la inflación, esto implica una transferencia patrimonial del acreedor al deudor.

Debe entenderse que el objeto del ajuste de precios no debe corregir los defectos de una mala

propuesta, ni agravar las cargas de la administración pública, ni aumentar las utilidades del

contratista, su objetivo es :

Contrarrestar el efecto negativo de la inflación en los contratos de la obra pública, con

esto se busca conservar el equilibrio entre los costos, los precios y las obligaciones de

las partes. Esto es, mantener la proporción entre los beneficios y los cargos como fueron

calculados en el momento de presentar la propuesta.

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Breve síntesis del contenido de esta Tesis .

* Capítulo 1, Introducción, en este se describe como la crisis económica ha estado afectado

a nuestro país, sus diversas consecuencias, creando esto inflación y como afecta esta a

las empresas, en especial a las que se dedican a la construcción y se menciona el

principal objetivo que es, contrarrestar el efecto negativo de la inflación .

* Capítulo II, se presenta el desarrollo histórico de la escalación, esto es cómo fue

evolucionando a partir de las primeras crisis económicas en nuestro país, la preocupación

de ajusfar costos y finalmente crear ordenamientos legales que rigieran el ajuste de

precios, hasta llegar a la cláusula de ajuste.

* Capítulo III, se refiere a los criterios que existen para el cálculo de la actualización y

ajuste de costos.

Base Teórico - Prácticas, Legales, Métodos para el cálculo de índices y Relativos de

precios en base a la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas.

* Capítulo IV, se describen los sistemas de cálculo aplicados para la determinación de

ajustes de costos.

* Capítulo V, se desarrolla un caso práctico .

* Capítulo VI, se dan conclusiones, se menciona la bibliografía y algunos anexos.

Esta Tesis va dirigida muy especialmente a la micro y pequeña empresa constructora,

ya que estas son las que carecen muchas veces de departamentos de costos en los

cuales las grandes empresas tienen la infraestructura con el personal suficientemente

capacitado en las bases legales a lo que al Ajuste de Costos se refiere; tema que

trataremos en esta Tesis. Con esto quiero expresar que en el rubro del Ajuste de Costos

la micro y pequeña empresa deja de percibir una cantidad de dinero, debido a que

muchas de estas desconocen en que momento pueden solicitar su Ajuste de Costos,

para que este sea procedente, ligado a esto el desconocer el procedimiento que deben

seguir para el cálculo de dichos ajustes. También a mis compañeros estudiantes y

egresados del Instituto Tecnológico de la Construcción y de otras Universidades, para

que la presente les sirva de apoyo tanto en sus estudios como en el desarrollo de su vida

profesional.

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CAPITULO II

DESARROLLO HISTÓRICO DE LA ESCALACIÓN CON RESPECTO A LA INFLACIÓN EN MÉXICO .

g

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CAPITULO II

DESARROLLO HISTÓRICO DE LA ESCALACIÓN CON RESPECTO A LA

INFLACIÓN EN MÉXICO .

La economía en México se caracterizó durante los años de 1960 a 1970 por tener un alto

crecimiento del producto interno bruto ( 7% ) con respecto al de la población; lográndose con

ello una estabilidad de precios, ya que durante este lapso ocurrió únicamente una inflación anual

de 3.5% y el dinero circulante observó un crecimiento de 11.27%; en resumen existían

condiciones aparentes de estabilidad económica, aún cuando se descuidaron algunos aspectos

tales como el de la agricultura, la concentración de habitantes en zonas urbanas, la dependencia

de tecnología y la invariabilidad de las tarifas de cobro en los servicios que prestaba el sector

público.

Al inicio de la década de los años sesenta se presenta en el país el cambio de sexenio, lo que

conlleva a nuevos modelos de crecimiento económico, que prevén la necesidad de atender con

mayores beneficios a las clases sociales mas necesitadas, a fin de seguir preservando la paz

social, lográndose con esto el evitar nuevamente alzas en las tarifas de servicios, e

incrementando con ello el endeudamiento interno, el cual aumentó más al ser excesiva la

emisión de la moneda circulante. Este modelo económico pudo conservar las condiciones

constantes antes mencionadas hasta el año de 1972.

Durante estos últimos doce años la industria de la construcción tuvo un crecimiento rápido y fácil

de un 17.6% con respecto a 1960 debido a la gran cantidad de obras de infraestructura que se

realizaron a nivel nacional, con un bajo costo y una gran utilidad constante para ambos sectores,

en virtud de que los costos eran uniformes razonables y por lo tanto predecibles, motivo por el

cual no se requerían controles muy sofisticados para la actualización de los precios, como

muestra la información recabada por la Cámara Nacional de la Industria de la Construcción del

período comprendido entre 1954 y 1972, quien estableció que en el transcurso de éstos diez y

ocho años hubo incrementos para:

MATERIALES DE 193.70%

MANO DE OBRA DE 490.60%

lo que refleja un incremento anual de 3.74% y 9.24% anual respectivamente.

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Iutftute Tecnolójico de I» CoaatruccMa

En 1973 ocurrieron trastornos económicos a nivel mundial, a los cuales el país no pudo

sustraerse, aunado a ellos los principios de un endeudamiento interno; surgen tas primeras crisis

económicas que afectaron a todos los sectores del país, pero con mayor énfasis al de la

construcción debido a que ésta no estaba preparada legal ni técnicamente para ajusfar sus

costos y contratos de construcción pública o privada respecto a las variaciones de precios en los

insumos que empleaba al realizar las obras, conforme a la realidad que se estaba presentando,

pese a lo cual la industria de la construcción tuvo un crecimiento de 15.8% respecto a 1960.

Finalmente en 1974 las constructoras empezaron a reaccionar con alarmante lentitud, no por

las causas anteriormente mencionadas sino por la pronunciada disminución de obra que

representó un crecimiento de 5.9% con respecto a 1960.

En general la actividad del ramo de la construcción en ese año se caracterizó por la falta de

asistentes a los concursos de obra pública, debido al temor ante la incertidumbre de saber si sus

ajustes de precios serían aceptadas por las contratantes y si recuperarían total o parcialmente

las erogaciones realizadas y reflejadas en este concepto, debido a que la mayoría de los casos

presentados por las empresas constructoras no obtuvieron respuesta favorable, lo que conducía

a la descapitalización de las mismas.

En el año de 1975 a instancias de la Cámara Nacional de la Industria de la Construcción se

forma una comisión intersecretarial, con la finalidad de crear los ordenamientos legales que

rigieran el ajuste de los precios contenidos en los catálogos de los contratos de obra pública, lo

que dio origen a la primera cláusula de este tipo.

A principios de 1976 se refleja la disminución del producto interno bruto, la emisión

desproporcionada de papel moneda circulante, el alto déficit interno del sector público, el pago

de servicio de la deuda extema y los excesivos gastos erogados por el sector público, con lo que

crearon las condiciones necesarias para una devaluación del peso con respecto a las monedas

extranjeras, y un crecimiento en el endeudamiento extemo, lo que condujo a la intervención del

Fondo Monetario Internacional a fin de establecer programas de regularización económica.

A la industria de la construcción además de lo anterior la afectaron dos causas que cabe

resaltar, siendo una de éstas la finalización del sexenio y otra el cambio de la paridad con

respecto al dólar debido a que al mismo tiempo que los costos de adquisición de los equipos se

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incrementaba en los estados contables, se hacían mas caros para su adquisición en virtud de

que la mayoría son de importación.

El inicio del año de 1977, marca un nuevo cambio de sexenio, el cual se caracteriza por el

hallazgo de grandes yacimientos de petróleo, por el incremento del déficit financiero del sector

público, por un altibaja en el PIB semejante a la del sexenio pasado, por una reducción del

desempleo, del salario real y de las exportaciones con relación a las importaciones y a una

subvaluación del peso con respecto al dólar, creándose con ello las condiciones propicias para

una nueva devaluación, la cual se realizó en 1982, aumentándose también en forma

desproporcionada al proceso de inflación devaluación, lo cual determinará en años siguientes un

estancamiento del desempleo y tensión social. Hay que recalcar que la DEVALUACIÓN tiene

efectos económicos, políticos y sociales .

Aunque existe un proceso de errores y desequilibrios económicos que van creando las

condiciones para una devaluación, esta se da sin control en el momento en que un importante

número de ahorristas e inversionistas pierden la confianza en el futuro del país o prevén una

escasez de dólares para hacer frente a las necesidades futuras de la economía. Entonces

empiezan a vender sus pesos y a comprar dólares .

Las causas que generalmente llevan a esa decisión a los ahorristas son normalmente, según

nos enseña la historia económica moderna, fuertes procesos inflacionarios internos,

desequilibrios en las entradas y salidas de dólares, pérdidas de reservas o problemas políticos y

bélicos.

El proceso de devaluación, desde el punto de vista económico, se empieza a gestar en el

momento en que un gobierno aumenta sus gastos y no tiene ingresos suficientes para cubrirlos .

Los déficit presupuéstales de los gobiernos, generalmente son cubiertos con emisiones

monetarias, las que generan inflación y por ende se traducen en aumentos de precios .

Así pues con todo lo anteriormente mencionado podemos dar algunas causas del tipo

económico que propiciaron la devaluación de 1994 .

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DEVALUACIÓN .

CAUSAS ECONÓMICAS <

* SOBREVALUACION DEL PESO .

* DÉFICIT EN BALANZA COMERCIAL .

* VOLATILIDAD DEL CAPITAL FINANCIERO EXTRANJERO .

* FALTA DE UNA ESTRATEGIA CONVINCENTE PARA RE -

DUCIR DÉFICIT EN CUENTA CORRIENTE .

* ERROR EN LA INSTRUMENTACIÓN DEL AUMENTO DE LA

BANDA DE FLOTACIÓN .

* SAUDA DE CAPITALES .

* BAJA DE RESERVAS .

Como complemento a continuación se presenta en la FIG. N° 2 las devaluaciones que se han

llevado a cabo de 1948 a 1994 .

•.'.•¿ai 1948-49

1954

1976

1982

1984

1985

1986

1987

1994

> m i O f F E S G *

4.85 - 8.65

8.65-12.50

12.50 - 20.60

26-150

149-210

210 - 450

450 - 922

922 - 2,278

3,332 - 5,200

• „" -'Cok

78

44

65

473

41

114

105

147

57

Fig. N° 2

Con respecto a la industria de la construcción esta ha vivido momentos de zozobra, pues

aunque en años anteriores se habia creado la Cláusula de Ajuste a nivel legal, hasta el año de

1982, aún no existía un procedimiento de cálculo efectivo que contemplara todas las variaciones

que sufren los insumos expresados en los precios unitarios, iniciando los primeros prorrateos de

este tipo de cálculos, las diversas Direcciones que integraban la Secretaría de Comunicaciones

y la del Patrimonio Nacional.

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S.P.N. - S.P.P. - S.H.C.P. - SECODAM.

La industria de la construcción se vio seriamente afectada por la crisis económica que sufrió la

República Mexicana durante el año de 1975, debido a que siempre ha estado ligada

íntimamente al sector público y por tanto a la economía nacional, ante esta situación la Cámara

Nacional de la Industria de la Construcción, solicitó a la entonces Secretaría del Patrimonio

Nacional la implementación de una cláusula de ajuste que se estableciera en los contratos de

Obra Pública aplicándose sus efectos única y exclusivamente en los precios unitarios anexos a

dichos contratos.

El estudio y el análisis de la petición efectuada por la CNIC lo realizó la comisión

intersecretarial, integrada por los C.C. Secretarios de Hacienda y Crédito Público del Patrimonio

Nacional y de la Cámara Nacional de la Industria de la Construcción.

La primera cláusula de ajuste se difundió inicialmente en las dependencias del Sector Público,

comunicándolo en segundo término a la CNIC y sus agremiados.

A continuación se transcriben los criterios y formas de aplicación en que deberán afectarse los

contratos de Obra Pública.

1.- La cláusula de ajuste se podrá aplicar a la obra que se ejecute a partir del 1° de septiembre

de 1975.

2.- Su aplicación será válida hasta en tanto se determinen otros criterios, requisitos o

condiciones que deban operar a estas revisiones, y se utilizará como sigue:

a) En contratos ya celebrados habrá que formular un convenio adicional.

b) En contratos que se celebran a partir del 1o de septiembre de 1975, se podrá incorporar

al contrato la cláusula de ajuste firmada por las partes.

3.- La aplicación de la Cláusula de ajuste se sujetará a la disponibilidad de las asignaciones

presupuéstales.

Al formalizarse la aplicación de la Cláusula de ajuste (ver capítulo III inciso 3.2.a, 3.2.b, 3.2.c),

se vio la necesidad de contar con parámetros confiables que permitieran establecer

procedimientos uniformes y comparables entre si para efecto de los ajustes correspondientes;

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siendo la responsable de recabar estos datos la Secretaría del Patrimonio Nacional, quien

recurrió a la de Industria y Comercio y a diferentes instituciones en el interior de la República,

obteniendo información acerca de los ¡nsumos empleados en la construcción con las siguientes

características.

a) Datos mensuales sin interrupción desde 1965.

b) Datos de cantidad y valor de producción mensual para obtener un precio ponderado a

nivel productor y distribuidor, lo que le permitió aislar influencias por concepto de

especulación.

c) Para salarios se consideraron los establecidos por la Comisión Nacional de Salarios

Mínimos a partir del año 1972 para la zona 74 (D.F. y Zona Metropolitana).

En virtud de que esta zona incluye el mayor número de categorías relacionadas con la

industria de la construcción.

A partir de 1972 la Secretaría del Patrimonio Nacional seleccionó once materiales y sus

precios ponderados a esa fecha, tomándolos como base para elaborar un estudio estadístico,

debido a dicho año puede considerarse como el último que presenta precios históricos estables.

* Precio ponderado, se define como precio pesado representativo, cabe aclarar que toda la

información recabada hasta esa fecha se vino manejando con el criterio establecido por la

Secretaría de Industria y Comercio.

Posteriormente en 1976 al substituirse la Secretaria de Patrimonio Nacional por la Secretaría

de Programación y Presupuesto, se estableció una nueva base la que representaba el 100%

para los precios ponderados a partir de esa fecha, incrementándose tanto el número de ciudades

ubicadas en el interior del País en las que se efectuaron las encuestas para recabar datos,

como la cantidad de insumos, con el fin de tener una información completa, eficaz y acorde a

las necesidades de los diversos sectores que hacen uso de ella. Luego, en el año de 1992 con la

desaparición de la Secretaría de Programación y Presupuesto (SPP), la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público continúa con dicha función, es decir la publicación de los "

Relativos de Precios " criterio que fue modificado a partir del año 1994, estos cambios se

refieren a una nueva base la que representa el 100 %, además de agrupar los insumos en

familias.

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La Subsecretaría de evaluación a través de la Dirección General de Control de Contratos y

Obras de la S.P.P. publicó el 9 de agosto de 1982 el primer anteproyecto de bases y

lineamientos generales para análisis y determinación de indicadores de costo, cuyo objeto es

que siguiendo reglas uniformes las Dependencias y Entidades determinen sus propios

indicadores aplicables a las obras que contrata.

La forma de publicar índices de construcción que posteriormente se denominarían "Relativos

de Precios ", se inicio a través de folletos editados por la S.P.N. - S.P.P. - S.H.C.P. y

actualmente por la SECODAM en forma periódica, publicándose con esta presentación hasta el

número 18, a partir de este las publicaciones se efectuaron en Diario Oficial de la Federación

mes a mes hasta e) boletín 89 se celebró en el inter un Convenio entre la S.P.P. y la Dirección

General de Control Técnico de la S.C.T. para que de común acuerdo se editarán los boletines

subsiguientes al número 49, lo que no fue posible de realizar debido a la desintegración de la

Dirección mencionada; durante los años de 1988 y 1989 se publicaron Relativos de Precios en

forma irregular, a partir de 1990 hasta diciembre de 1994 se publicaron bimestralmente .

Hay que mencionar que la Cláusula de Ajuste que se formuló en 1975 ha sufrido ligeras

modificaciones en su forma de redacción pero no substanciales ni de fondo, llegando casi

íntegra hasta la fecha según se observa en el texto del artículo 67 y 68 de la Ley de

Adquisiciones y Obras Públicas vigente, así como el inciso 3.6.4 de las Reglas Generales para

ta Contratación y Ejecución de Obras Públicas y de los servicios relacionados con las mismas.

S.O.P. - S.C.T.

La Secretaría de Obras Públicas dio inicio a la formulación de fabuladores de precios unitarios

para obras viales para el pago de trabajos de obras contratadas por sus Direcciones Generales a

partir de 1957, analizando estos precios hasta ei año de 1977 bimestralmente y apartir de esta

fecha anualmente, excepto los correspondientes a 1986 y 1987 que llevaron una mayor

periodicidad. El cálculo para efectuar la actualización tomo como base cotizaciones de mercado

para materiales y equipo .

En 1974 la Comisión de Normas, Especificaciones y Precios Unitarios a través de una

comparación aritmética entre los precios autorizados a partir del 1o de enero de 1972 y 1973,

determinó los incrementos aplicables a los fabuladores vigentes a partir de 1974, lo que serían

retroactivos al último trimestre de 1973.

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En febrero de 1975 la Dirección General de Conservación a través de diversos procedimientos

interactivos, predictivos, comparativos, determinó los porcentajes de incremento, aplicables a

los precios unitarios de fabulador a partir del 1o de enero de ese mismo año.

En el mes de julio de 1975 se presenta la primera discrepancia notable entre criterios de

cálculo para el incremento de los precios de fabulador pues algunas Direcciones consideraban

únicamente las variaciones en los costos de los insumos, y otras tomaban en cuenta la

problemática que se presentaba en el campo como son los cruces con instalaciones de

Petróleos, las variaciones de rendimiento etc.

El 25 de septiembre la Dirección General de Inspección de Contratos y Obras Públicas de la

S.P.N.. le comunicó al Secretario de Obras Públicas mediante oficio N°. 33-03023-62223 de

fecha 25 de septiembre de 1975, el texto y las aclaraciones necesarias para la aplicación de la

Cláusula de Ajuste aplicable a los contratos que se otorgaran a partir el 1° de septiembre de

1975.

Como consecuencia de lo anterior el Secretario de la S.O.P. giró las instrucciones pertinentes

a tos C. Directores adscritos a ésta, mediante et Acuerdo número o2A (01)37 asunto av-56 de

fecha 20 de octubre de 1975., respecto a la elaboración de metodologías acordes a las

necesidades de las obras que tenían a su cargo, consultando las dudas legales que siguieran al

respecto con la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la propia Dependencia.

Mediante oficio N". 10-904 de fecha 30 de octubre de 1976 el C. Secretario del Ramo, le

comunica a la Cámara Nacional de la industria de la Construcción, que de acuerdo a la Cláusula

de Ajuste publicada por la S.P.N. y la metodología propia de cada Dirección se regularizarán

todas las solicitudes que han tenido a bien presentar las Compañías Constructoras con respecto

a ésta.

La Dirección General de Carreteras en Cooperación en et año de 1980 elaboró una

metodología para determinar las Escalatorias correspondientes que deberían aplicarse para

cada obra en especial. Este procedimiento se apega literalmente a lo expuesto en la Cláusula de

Ajuste, motivo por el cual fue aprobado por las autoridades especiales de la Dependencia,

siendo la forma de hacer el ajuste la indicada a continuación.

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Con base a la propuesta del contratista en el que hubiera recaído la adjudicación y tomando

en cuenta lo asentado en los análisis de precios y programas de obra autorizado, se transcriben

en hojas de cálculo cada uno de los precios unitarios, excluyendo los valores correspondientes

al costo de los insumos de materiales, mano de obra y equipo, los cuales posteriormente se

sustituían por los cotizados con personal de la propia dirección, o bien con los proporcionados

por la contratista solicitante mediante entrega de facturas originales debidamente requisitadas .

Posteriormente se efectuaban las operaciones aritméticas necesarias completando así el

precio unitario actualizado a la fecha de revisión, siendo generalmente diferente en mas o en

menos el importe resultante al original.

Al final se presentaban los precios ya actualizados a la Comisión de Precios Unitarios de la

Dirección para su revisión y aprobación, ésta revisión se efectuaba solo si el precio a la fecha de

revisión sufría una variación del 5% en más o menos con respecto al precio estipulado

originalmente en concurso o al otorgado a la revisión inmediata anterior, conforme se indica en

la Cláusula de Ajuste.

Este procedimiento tuvo una vigencia de 1980 a principios de 1982, ya que el 8 de enero de

este último año, se publicó el inciso 3.3.3 de las reglas generales para la Contratación y

Ejecución de Obra Pública, y servicios relacionados con las mismas, en donde se estipula que el

ajuste se aplicará sobre los importes de los trabajos de que se trate aún no ejecutados

sin modificar los precios unitarios originales del contrato.

El 26 de marzo de 1982 la Comisión de Precios Unitarios de ja Subsecretaría y la Dirección

General de Carreteras en Cooperación, y tomando como referencia lo publicado en el Diario

Oficial de la Federación antes mencionado, realizan el primer instructivo para determinar el

índice de incremento aplicable a los precios unitarios de concurso del cuaí se hace una síntesis

a continuación, en el cual ya no se realiza a precios aislados sino a grupos de precios tomando

en cuenta los porcentajes de intervención de los insumos que aparecen en los rubros de

terracerías, puentes y obras de drenaje, pavimentos y señalamientos.

1.- Se elabora el listado de trabajos faltantes de ejecutar considerando el importe de la

asignación del contrato en vigor.

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2.- La dependencia encargada de la obra cotiza los costos de los insumos vigentes a la fecha

de reclamación conforme a la metodología expedida en 1976 por la S.P.P.

3.- Del listado de conceptos del punto 1 se eligen los mas significativos ( Ley de Pareto ), que

representan del 80% al 90% del valor total asignado y se determina el porcentaje de

intervención de cada uno de esos conceptos.

4.- De los precios unitarios seleccionados se determinan los porcentajes de intervención de

cada uno de los insumos que los conforman.

5.- Con valores SAHOP-SPP se obtiene los incrementos ocurridos para los salarios de mano

de obra, los costos horarios de equipo y el de adquisición de materiales desde la fecha de

concurso (mes y año) hasta la de solicitud de actualización.

6.- Se aplican los factores de incremento a los porcentajes de intervención de los insumos

indicados en el punto 4 y se encuentran los factores de incremento para cada concepto de

obra.

7.- Aplicando los factores de incremento del punto anterior a los porcentajes de intervención

indicados en el punto 3, se encuentran los factores de incremento por aplicar a cada uno de

los rubros que integran la obra.

8.- Aún cuando con este procedimiento se puede determinar el factor global aplicable a toda la

obra, se recomienda que se aplique cada factor obtenido al rubro correspondiente ya que se

considera que es lo justo para ambas partes.

El 12 abril de 1982 la Dirección de Carreteras en Cooperación, pública el primer procedimiento

simplificado para la actualización de precios unitarios, el cual además cumple con lo indicado en

la Cláusula de Ajuste y en texto dice:

"...En todo trabajo de construcción es indispensable fijar previamente a su realización los precios

unitarios con que éstos deberán liquidarse. Sin embargo, tales precios permanecerán invariables,

aunque su vigencia dependa de diversos factores que inciden determinantemente en el costo de

las obras. La alternativa más simple para la actualización de los precios consiste en sustituir en

el análisis original los antiguos valores de los costos de los materiales, del equipo y de la mano

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de obra por los nuevos valores resultantes de las eventuales condiciones adversas que

determinan su encarecimiento. Este procedimiento resulta demasiado laborioso y por lo tanto

muy lento sobre todo en aquellos contratos en que se maneja una gran cantidad de conceptos

de obra..."

Por lo anterior se recurrirá a la actualización de los precios unitarios mediante el uso de

índices que reflejarán las variaciones de los costos de los diferentes elementos: mano de obra,

materiales y equipo, sobre el monto total de los trabajos, obteniendo su porcentaje de incidencia

en los conceptos de obra, para determinar un factor con el cual actualizar los precios unitarios

para determinado concurso.

Este procedimiento se puede simplificar si se seleccionan convenientemente los conceptos de

obra que en conjunto represente un porcentaje significativo del total, y los resultados obtenidos

se aplican a todos los conceptos restantes.

Para facilitar lo anterior se elaboraron en esa Dirección General tres formatos para la

obtención de dicho factor:

En el primer formato se calculaban los índices de incremento para todos los elementos

necesarios que intervienen en los conceptos seleccionados, esto es para mano de obra, equipos

y materiales.

Estos índices se obtenían al dividir los costos en la fecha de actualización ( columna A ) , entre

los costos de los mismos elementos en la fecha del concurso ( columna C ); los resultados se

anotarán en la columna A/C. En el caso de mano de obra calificada, se tomaba como índice el

80% del incremento que resulte para mano de obra no calificada.

En el segundo formato, se obtenían los factores de incremento por concepto o grupo de

conceptos. En la primera columna se anotaban los elementos que integraban los diferentes

conceptos por analizar, en la segunda columna ( % INTER ) se anotaba el porcentaje de

intervención del elemento con respecto al costo directo de dicho concepto o grupo de conceptos,

el cual, al multiplicarlo por el índice de incremento (tercera columna, obtenido en el primer

formato ) daba el incremento parcial y al sumar esta cuarta columna se obtenía el incremento

por concepto o grupo de ellos.

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En el tercer formato se hará un resumen de los diferentes conceptos o grupos de éstos que

integran una partida y/o un resumen de las diferentes partidas que forman un presupuesto. En la

primera columna se anotarán los conceptos; en la segunda el importe de la obra por ejecutar en

el año de la actualización, con precios del año del concurso; en la tercera el porcentaje de obra

que representa su importe al total; en la cuarta el factor de incremento obtenido en el formato

dos, y en la quinta columna se anotará el resultado de multiplicar el porciento de obra por el

factor de incremento. Sumando estos resultados se obtendrá el factor de incremento aplicable a

todos los precios unitarios del concurso de referencia.

La Comisión de Normas Técnicas y Precios Unitarios de Obras Urbanas, de la S.A.H.O.P.

publicó el 21 de octubre de 1982 el método abreviado de actualización y el instructivo

correspondiente, el cual está fundamentado en los artículos 46 y 61 de la Ley de Obras Públicas

y su Reglamento respectivamente, así como en lo contenido en la Cláusula de Ajuste incluida en

los contratos de Obra Pública en los que se hace referencia a los incisos 3.3.3., 3.5.3, 3.6.4, y

3.9.2 de las Reglas Generales para la Contratación y ejecución de Obras Públicas, el cual se

anexa a continuación:

La Dirección General de Control Técnico en 1983 establece con carácter normativo el

procedimiento que deberá llevarse a cabo para efectuar el ajuste de los precios contenidos en

los concursos de obra contratada por las diversas Direcciones Generales adscritas a la S.C.T.

Este procedimiento se elaboró en base a la información que recabo la D.G.C.T. en las diferentes

direcciones que habían tendidos obras a su cargo' hasta antes de la fecha mencionada. De

aproximadamente 500 Catálogos de Conceptos y Cantidades de Obra para Expresión de

Precios Unitarios y monto total de la proporción se seleccionaron los conceptos que

mayoritaríamente definían a los rubros de terrecerías, obras de drenaje, puentes, pavimentos y

señalamientos, tanto en importe como en características propias de ejecución de los trabajos.

Debido a lo especial de los insumos que intervienen en la ejecución de puentes y señalamiento

y en lo que respecta a los productos asfálticos la continua variación de sus costos de adquisición

obligó a excluirlos de los rubros correspondientes. El ajuste de los mismos a través de

procedimientos establecidos.

En base a estas consideraciones se establecieron las siguientes matrices, mismas que rigen

hasta la fecha, que en diversas ocasiones han sido modificadas para determinar lo

correspondiente a la Cláusula de Ajuste y que la Secretaría establece en sus contratos cuando

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en éstos se estipula que las actualizaciones de los precios se harán en base a la Fracción III del

Artículo 50 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas.

El 3 de septiembre de 1984 la Subsecretaría de Infraestructura le autorizó a la D.G.C.C. la

aplicación del criterio de proporcionalidad que debería utilizar en el cálculo de Escalatorias de

obras concursadas entre fechas de cambio de las mismas, con lo que se establece la aplicación

de las Escalatorias parciales que posteriormente ¡mplementa y anexa sus oficios circulares para

autorización de porcentajes de incremento la misma Secretaría.

El 26 de septiembre de 1984 a instancias de la D.G.C.C. la Subsecretaría de infraestructura

autoriza la metodología para aplicar la Cláusula de Ajuste a los precios unitarios que contemplen

el pago de trabajos de acarreos para materiales empleados en las obras que contratan las

direcciones ejecutoras de la obra pública, adscrita a la S.C.T.

El procedimiento mencionado consiste en separar los precios de acarreos del conjunto que

conforma el concurso siempre y cuando para el análisis de los mismos el contratista hubiese

considerado en forma total o parcial las tarifas de las uniones de camioneros ( fleteros ).

Obteniéndose posteriormente la actualización de estos según el procedimiento explicado en el

inciso.

CONCLUSIÓN :

Nuestro país ha sufrido severas inflaciones durante los últimos veinte años, debido a esto la

industria de la construcción ha tenido una grave rescisión, que se traduce principalmente en :

* Disminución de la obra pública

* Aumento en la competencia entre empresa.

* Bajas Utilidades

* Quiebra de empresas

* Más gasto público

Para nivelar todo lo anterior y para que a las empresas se les reconozcan los incrementos de

precios se mencionó en este capítulo, el desarrollo que ha tenido la escalation de precios con

respecto a la inflación hasta llegar a lo que hoy conocemos como Ajuste de Costos. Aunque en

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la actualidad existen ciertos porcentajes que como empresa se siguen perdiendo, debido a

varios factores que veremos en los capítulos siguientes .

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C A P I T U L O 111

CRITERIOS PARA EL CÁLCULO DE LA ACTUALIZACIÓN Y AJUSTE DE COSTOS

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CAPITULO 111

CRITERIOS PARA EL CALCULO DE LA ACTUALIZACIÓN Y

AJUSTE DE COSTOS.

3.1 BASES TEÓRICO -PRACTICAS

UL1.a SECRETARIA DE CONTRALORÍA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO ( SECODAM )

Con lo mencionado en el capitulo anterior, referente a los Relativos de Precios de Insumos

para la Construcción que han sido publicados mediante boletines, actualmente estos son

publicados por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo ( SECODAM ),

anteriormente Secretaría de Contraloría General de la Federación ( SECOGEF ) y la 1a

publicación de boletines fue con el N° 113 el 28 de abril de 1995 .

"_ Se hace del conocimiento de los usuarios que:

I.- Para los ajustes de costos de tos trabajos pendientes de ejecutar de acuerdo al contrato o

convenio vigente, los relativos de precios que aparecen en la presente publicación serán

aplicables para el bimestre enero - lebrero de 1995.

II.- Para tos efectos de lo dispuesto en el articulo 68 fracción II de la Ley de Adquisiciones y

Obras Públicas, las dependencias y entidades podrán calcular los relativos de precios de

insumos que no aparezcan en este Boletín, Investigando los precios del mes de enero de

1995 con respecto a noviembre de 1994, los cuales se aplicarán a partir del propio mes de

enero de 1995.

III.- La fluctuación en tos costos de los insumos, consignada en la columna denominada

Incremento Porcentual", se refiere a la obtenida de noviembre de 1994 a enero de 1995.

IV.- Los ajustes se llevaran a cabo con la periodicidad y vigencia de los relativos de precios de

insumos para la construcción, que sean publicados en el Diario Oficial de la Federación.

V.- Para tos efectos que procedan, se publican los relativos de salarios de mano de obra para la

construcción, a fin de que las dependencias y entidades los apliquen con retroactividad al 1

de enero de 1995...."

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111.2 BASES LEGALES •

111.2.a CLÁUSULA DE AJUSTE

En virtud de las variaciones que se vinieron presentando a partir de 1975 en los costos que

sirven de base para la integración de los precios unitarios empleados en la contratación de la

obra pública, como consecuencia principalmente del incremento de los salarios de la mano de

obra, y de otros aspectos económicos tales como: la adquisición e implementación de tecnología

extranjera, las modificaciones en la paridad cambiaria, principalmente peso-dólar, el crecimiento

excesivo de ia oferta monetaria etc., la Cámara Nacional de la Industria de la Construcción

solicitó a la Secretaría del Patrimonio Nacional, la inclusión de una cláusula de ajuste en los

contratos de obra que le permitirá la actualización de los precios contenidos en estos. Con este

motivo se creó una Comisión Intersecretarial con participación de la propia Cámara, la que

previo estudio detallado formuló la Cláusula de Ajuste que se incluyó en los contratos de obra

celebrados por Dependencias del sector Público Federal a partir del 1o de septiembre de 1975.

Esta Cláusula de Ajuste se transcribe a continuación y fue válida provisionalmente en tanto se

determinan otros criterios, requisitos o condiciones que deberían operar en las revisiones de los

precios unitarios en caso de contratos celebrados con anterioridad se establece la formulación

de un convenio adicional.

CLÁUSULA DE AJUSTE

Diario Oficial de la Federación del 3 de septiembre de 1975.

" ... PRIMERA . - Cuando los costos que sirvieron de base para calcular los precios

unitarios del presente contrato, hayan sufrido variaciones originadas en incrementos en

los precios de materiales, salarios, equipos y demás factores que integren dichos costos,

que impliquen un aumento superior al 5% del valor total de la obra aun no ejecutada y

amparada por este contrato, el CONTRATISTA podrá solicitar por escrito a la

DEPENDENCIA el ajuste de los precios unitarios proporcionado los elementos

justificados de su dicho...."

Con base en la solicitud que presente el CONTRATISTA, la DEPENDENCIA llevará a cabo

los estudios necesarios para determinar la procedencia de la petición, en la inteligencia de que

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dicha solicitud solo será considerada cuando los conceptos de obra que sean fundamentales

están realizándose conforme al programa de trabajo vigente en la fecha de solicitud, es decir,

que no existía en ellos demora imputable al CONTRATISTA.

De considerar procedente la petición del CONTRATISTA, después de haber evaluado los

razonamientos y elementos probatorios que éste haya presentado, la DEPENDENCIA ajustará

los precios unitarios los aplicará a los conceptos de obras que conforme a programa se ejecutan

a partir de la fecha de presentación de la solicitud del CONTRATISTA e informará a la

Secretaría del Patrimonio Nacional; los términos de dicho ajuste.

Si los costos que sirvieron de base para calcular los precios unitarios del presente contrato han

sufrido variaciones originadas en disminución de los precios de materiales, salarios, equipos, y

demás factores que integran dichos costos, que impliquen una reducción superior al 5% del

valor de la obra aun no ejecutada, el CONTRATISTA acepta que la DEPENDENCIA, oyéndolo,

para lo cual le concederá un plazo de 30 días a fin de que manifieste lo que su derecho

convenga, ajuste a los precios unitarios como corresponda. Los nuevos precios se aplicarán a la

obra que se ejecute a partir de la fecha de notificación. La DEPENDENCIA informará en su

oportunidad a la Secretaría del Patrimonio Nacional los términos del ajuste".

"La Secretaría del Patrimonio Nacional en relación con los ajustes tendrán la intervención que

las leyes le señalen".

"Queda expresamente convenido que esta cláusula dejará de tener aplicación cuando el

Gobierno Federal determine otros criterios o condiciones que deban operar en este tipo de

revisiones".

"SEGUNDA.- Salvo las que resulten modificadas por este convenio continuarán vigentes todas

las estipulaciones del contrato principal".

"TERCERA.- Para la interpretación y cumplimiento de este convenio, así como para todos

aquellos que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la

jurisdicción de los tribunales federales de la Ciudad de México; por lo tanto, el CONTRATISTA

renuncia al fuero que pudiera corresponderá por razón de su domicilio o cualquiera otra

causa".

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Ill.2.b CLAUSULA DE AJUSTE EN PLIEGO DE REQUISITOS.

Para efectos de esta tesis vamos a considerar el Documento Técnico N° 14 del Pliego de

Requisitos que es usado por el Fideicomiso 195 Conacal de la Secretaría de Comunicaciones y

Transportes.

DOCUMENTO N° 14

AJUSTES DE COSTOS

Cuando ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el contrato, que

determinen un aumento o reducción del 5% (cinco porciento) de los costos de los trabajos aun

no ejecutados conforme al programa pactado , dichos cosos podrán ser revisados, atendiendo a

lo acordado por las artes en el respectivo contrato. El Aumento o reducción deberá constar por

escrito .

1.- Los Ajustes se calcularán a partir de la fecha en que se haya producido el Incremento o

Decremento en el costo de los insumos respecto de la Obra faltarte de ejecutar conforme al

Programa de Ejecución pactado en el Contrato (o convenio suscritos por las partes) o, en

caso de existir atraso no imputable al contratista , con respecto al programa vigente.

2- Cuando el atraso sea por causa imputable al Contratista, procederá el Ajuste de Costos

Exclusivamente para la obra que debiera estar pendiente de ejecutar conforme al programa

originalmente pactado.

3.- Los Incrementos o Decrementos de tos Costos de los Insumos, serán calculados con Base en

los relativos o índices que determine la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

Cuando los relativos que requiera el Contratista o la Contratante no se encuentren dentro de

los publicados por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, la Dependencia

y/o Entidad procederá a calcularlos conforme a los precios que investiguen, utilizando los

lincamientos y metodología existente en la materia.

4.- Los precios del Contrato permanecerán fijos hasta la terminación de los trabajos contratados,

el ajuste se aplicara a los costos directos conservando constante los porcentajes de indirectos

y utilidad originales durante el ejercicio del contrato, el costo por financiamiento estará sujeto

a las variaciones de la tasa de interés propuesta, y

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5.- a los demás Nneamientos que para tal efecto emita la Secretaría.

6.- El Ajuste de los costos que corresponda a los trabajos ejecutados conforme a las

estimaciones correspondientes, deberán cubrirse por parte de la dependencia y/o entidad a

solicitud escrita de "El Contratista", a mas tardar dentro de los treinta días naturales

siguientes a la fecha que la dependencia y/o entidad resuelva por escrito el aumento o

reducción respectivo.

7.- Con Base en la solicitud escrita del Contratista la Dependencia y/o entidad llevara a cabo los

análisis necesarios para determinar la procedencia de la petición, en la inteligencia de que

dicha solicitud solo será considerada cuando los conceptos de obra se estén realizando

conforme al programa de trabajo vigente, es decir, que no exista demora imputable a "El

Contratista".

8.- La Dependencia y/o Entidad, de considerar procedente la petición de "El Contratista",

después de haber evaluado los razonamientos y elementos probatorios que haya presentado,

analizara el ajuste de costos solicitado, de acuerdo con lo que se establece en la sección V

de las reglas generales para la contratación y ejecución de obras Públicas.

9.- Los análisis y cálculos que presente "El Contratista" y elabore la Dependencia y/o Entidad

para determinar el Ajuste de los costos, quedarán en poder de la Dependencia y/o Entidad de

acuerdo al ámbito de sus competencias y a disposición de la Secretaria de Hacienda y

Crédito Público.

10.- En todos los casos, la base para el Calculo del Ajuste de Costos que presente "El

Contratista" a la dependencia o/y entidad, deberá ser la considerada originalmente en el

concurso los incrementos decrementos de los precios de los insumos serán calculados con

base en la diferencia que arrojen los relativos o índices de los mismos precios en la fecha de

la revisión, con respecto a los índices correspondientes en la fecha de celebración del

contrato.

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11.- El ajuste en función de las modificaciones que sufran los costos por los incrementos o

decrementos en los cargos que los integran, podrá efectuarse mediante la fórmula general

que tiene la siguiente expresión :

F K = P

I

K= Factor de ajuste

P= Participación de los insumos en los cargos integrantes del precio unitario .

F= índices relativos de costos o costos de los cargos de los insumos integrantes del precio

unitario en la fecha del ajuste

1= índices relativos de costos o costos correspondientes a los cargos de los insumos

integrantes del precio unitario en la fecha de celebración del contrato.

12.- La formula de ajuste desarrollada para el caso general será la siguiente :

Ps Fs Pm Fm Pe Fe Px Fx K = + + + +

Is Im le Ix

DONDE: Ps + Pm + Pe + Px = 1

Y DONDE:

Ps= Participación con que interviene la mano de obra en el costo directo del precio unitario .

Pm= Participación con que intervienen los materiales en el mismo costo directo .

Pe= Participación con la que interviene la maquinaria de construcción en dicho costo directo .

Px= Participación con que interviene el factor X en el costo .

13.- Por necesidad de la dependencia y/o entidad, la formula anterior podrá ser adicionada o

substraída de los sumandos que se requieran, conforme al los diversos cargos tales como se

definen en esta sección, que intervengan en ios precios unitarios.

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lo»tf'nco JWuoío^ico éü U {Je*#twcc»ón

14.- La Dependencia y/o entidad, al calcular los porcentajes de participación de los diferentes

trabajos que ajusten, tomará en cuenta los antecedentes de las construcciones realizadas en

ella, o bien los que dentro de la información técnica que solicita a los Contratistas en los

concursos de obra estos determinen.

15.- En caso de que la Dependencia y/o entidad tenga poco o ningún dato estadístico propio y

confiable que le permita determinar la participación de los insumos que intervienen en los

trabajos que pretenda realizar, deberá calcularlos en base al programa, cantidades de trabajo

y Análisis de Precios Unitarios de la propuesta del participante a quien se le otorgue el

contrato, utilizando para ello los conceptos preponderantes cuyo importe acumulado cubra

como mínimo el 80% (ochenta porciento) del monto del trabajo contratado .

16.- En caso de modificaciones substanciales a las condiciones contractuales que a juicio de la

Dependencia y/o entidad provoquen cambios en la participación de los insumos, los nuevos

valores deberán calcularse conjuntamente con el contratista.

17.- La Dependencia y/o Entidad informara en oportunidad a la Secretaria de Hacienda y Crédito

Publico los términos del ajuste de costos, por lo que deberá formularse el oficio respectivo.

III.2.C CLÁUSULA DE AJUSTE EN CONTRATO.

En los contratos de obra pública existe una cláusula la cuál contempla el Ajuste de Costos

para los precios unitarios ésta puede variar en forma pero el significado de la cláusula se

mantiene. Y es aquí donde deberán indicar el procedimiento que debe seguir dicho ajuste; el

cual se puede apegar a cualquiera de las tres fracciones del Reglamento de la L.A.yO.P.

ESPECIFICACIONES PARTICULARES .

Dentro de las bases de concurso encontramos las Especificaciones Particulares como parte de

los documentos económicos, la cual se describe a continuación :

Cuando ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el contrato, que

determinen un aumento o reducción de los costos de los trabajos aún no ejecutados conforme al

programa pactado, dichos costos podrán ser revisados, atendiendo a lo acordado por las partes

en el respecto contrato. El aumento o reducción correspondiente deberá constar por escrito.

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Wo dará lugar a ajuste de costos, las cuotas compensatorias a que conforme a la Ley de la

materia, pudiere estar sujeta a la importación de bienes contemplados en la realización de

obra..."

En esta Cláusula como ya mencionamos anteriormente "La Dependencia" determinará el

criterio'o condiciones que deban operar en este tipo de revisiones. Estos criterios están referidos

a las diferentes fracciones del Artículo 50 del Reglamento de la L.A.yO.P.

E.P. - 8 PROCEDIMIENTO QUE DEBE SEGUIRSE EN LA ELABORACIÓN DE LOS

ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS DE ACARREOS DE MATERIALES PÉTREOS POR

UNIDAD DE OBRA TERMINADA, EMPLEADOS EN LA CONSTRUCCIÓN,

RECONSTRUCCIÓN, AMPLIACIÓN, MODERNIZACIÓN Y/O CONSERVACIÓN DE

TERRACERIAS, OBRAS DE DRENAJE, REVESTIMIENTO Y/O PAVIMENTOS.

En la elaboración de los Análisis de Precios Unitarios de Acarreos de Materiales Pétreos para

Terracerias, Obras de Drenaje, Revestimiento y/o Pavimentos, "El Postor", deberá tomar en

cuenta lo siguiente:

A) Que podrá emplear en el transporte de materiales de construcción, indistintamente vehículos

de su propiedad o pertenecientes a sindicatos o uniones de transportistas de la región, hasta en

un porcentaje que no excederá del 75% (setenta y cinco porciento) de la capacidad, mediante en

volumen de transportación del concursante;

B) Que deberá considerar en cada uno de los análisis correspondientes, las condiciones

especificas que influirán en el acarreo, como el tipo de terreno (plano, Lomerío o Montañoso),

pendientes, curvatura, superficie de rodamiento y la longitud del mismo, así como la proporción

en que intervendrán los vehículos propios y de las asociaciones o uniones de transportistas de la

región, ya que esto no será motivo para reclamar a la dependencia y/o entidad, a excepción de

lo establecido en el inciso "E" siguiente:

C) Que será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales, de

seguridad social, de convenios que celebre y demás ordenamientos en materia de estos

trabajos, por lo que se compromete y acepta responder en forma satisfactoria en todas las

reclamaciones que presenten sus trabajadores o en su caso, las asociaciones o uniones de

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transportistas de la región ya que esto no será motivo para reclamar a la dependencia y/o

entidad, a excepción de lo establecido en el inciso "E" siguiente:

D) Que en la elaboración e integración de estos precios, además de que deberá considerar los

costos de los insumos vigentes en la zona o región de que se trate, señalando las condiciones

en que efectuara el acarreo conforme a lo indicado en el inciso "A" antes indicado.

E) Que para la revisión de los costos que integran estos Precios Unitarios, cuando

ocurran circunstancias imprevistas de orden económico no prevista en el contrato, pero

que de hecho y sin dolo, culpa, negligencia o ineptitud de cualesquiera de las partes

determinen un aumento reducción del 5% (cinco porciento) de los costos de los trabajos

aun no ejecutados al momento de ocurrir dicha contingencia, se hará en su caso

mediante la aplicación del procedimiento establecido en la fracción II del Articulo 50 del

Reglamento de la Ley de Obras Publicas, afectando el importe del o los Ajustes

resultantes en un porcentajes igual al del anticipo concedido para la compra o

producción de materiales de Construcción y la Adquisición de equipo que se instale

permanentemente en la obra y demás insumos, conforme a lo dispuesto por las

fracciones III y Vil del Articulo 27 del Reglamento de la Ley de Obras Publicas.

Ill.2.d LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PUBLICAS.

Con base en el Artículo 134 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos y a fin de

proteger tanto el interés público, como el de aquellos que pretenden la obtención de un contrato,

se implemento la Ley de Inspección de Contratos y Obras Públicas, la cual se publicó por

primera vez el 4 de enero de 1966; ésta ley a través del tiempo ha sido sustituida en diversas

ocasiones, hasta llegar a la que hoy conocemos como Ley de Adquisiciones y Obras Publicas y

que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1993 .

A partir de la publicación de la Ley de Obras Públicas en 1980, se incluyó en el artículo 46

referente al aumento o reducción de los costos de los trabajos como consecuencia de

variaciones de orden económico ," La Ley de obras publicas se deroga con la ultima publicación

del Diario Oficial de la Federación de fecha diciembre 30 de 1993 mediante el cual se da a

conocer el Decreto del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, es decir la Ley de

Adquisiciones y Obras Públicas.

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En la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas (L.A.O.P.), los artículos relacionados al Ajuste de

Costos los encontramos en el Título Tercero Capítulo III denominado de los Procedimientos y

Contratos de Obra Pública y son los siguientes.

"... Articulo 67.- Cuando Ocurran circunstancias de orden económico no prevista en el contrato,

que determinen un aumento o reducción de los costos de los trabajos aún no ejecutados

conforme al programa pactado, dichos costos podrán ser revisados, atendiendo a lo acordado

por las partes en el respecto contrato. El aumento o reducción correspondiente deberá constar

por escrito.

No dará lugar a ajuste de costos, las cuotas compensatorias a que, conforme a la ley de la

materia, pudiere estar sujeta la importación de bienes contemplados en la realización de una

obra...."

"... ARTICULO 68.- El procedimiento de ajuste de costos deberá pactarse en el contrato y se

sujetará a lo siguiente:

/.- Los ajustes se calcularán a partir de la fecha en que se haya producido el incremento en el

costo de los insumos respecto de la obra faltante de ejecutar, conforme al programa de

ejecución pactado en el contrata o, en caso de existir atraso no imputable al contratista, con

respecto al programa vigente.

Cuando el atraso sea por causa imputable al contratista, procederá el ajuste de costos

exclusivamente para la obra que deberá estar pendiente de ejecutar conforme al programa

originalmente pactado.

II.- Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos, serán calculados con base

en los relativos o el índice que determine la Secretaría, cuando los relativos que requiera el

contratista o la contratante no se encuentren dentro de los publicados por la Secretaría, las

dependencias y entidades procederán a calcularlos conforme a los precios que investiguen,

utilizando los lineamientos y metodología que expida la Secretaría.

III.- Los precios del contrato permanecerán fijos hasta la terminación de los trabajos

contratados. El ajuste se aplicará a los costos directos, conversando constantes los porcentajes

de indirectos y utilidad originales durante el ejercicio del contrato, el costo por fínanciamiento

estará sujeto a las variaciones de la tasa de interés propuesta, y

IV.- A los demás lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría.

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El ajuste de costos que corresponda a los trabajos ejecutados conforme a las estimaciones

correspondientes, deberá cubrirse por partes de la dependencia o entidad, a solicitud del

contratista, a más tardar dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que la

dependencia o entidad resuelva por escrito el aumento o reducción respectivo...."

Ill.2.e REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS.

Con el fin de complementar ampliar y aclarar los preceptos contenidos en el Ley de Inspección

de Contratos y Obras Públicas, el 30 de enero de 1967, se publicó el primer Reglamento de

dicha Ley, con el cual además de lo anterior se establecieron los procedimientos y mecanismos

que regula la contratación y administración de las obras públicas.

El Reglamento de la Ley de Obras Públicas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el

13 de febrero de 1985 contempla en los Artículos 27 Frac. Vil, 43, 50 y 51 citados a continuación

lo correspondiente a los procedimientos para efectuar el Ajuste de los Costos .

" ... ARTICULO 43.- La dependencia o entidad proveerá lo necesario para que se cubran al

CONTRATISTA :

III. El ajuste de costos que corresponda a los trabajos ejecutados conforme a las estimaciones

correspondientes, dentro de un plazo no mayor de treinta días hábiles, contados a partir de que

la dependencia o entidad emita el oficio de resolución que acuerde el aumento o reducción

respectivo...."

" ... ARTICULO SO.- En el supuesto que establece el articulo 46 de la Ley, la revisión de los

actos se hará según el caso, mediante cualesquiera de los siguientes procedimientos :

I. Revisar cada uno de los precios de cada contratado para obtener el ajuste;

II. Revisar un grupo de precios, que multiplicados por sus correspondientes cantidades de

trabajo por ejecutar, representen cuando menos el 80% del importe total faltante del contrato.

En los procedimientos anteriores, la revisión será promovida por la contratante o a solicitud

escrita del contratista, la que se deberá acompañar de la documentación comprobatoria

necesaria; la dependencia o entidad dentro de los veinte días hábiles siguientes, resolverá sobre

la procedencia de la petición, y

III. En el caso de las obras en las que se tengan establecida la proporción en que intervienen los

insumos en el total del costo directo de las obras, el ajuste respectivo podrá determinarse

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mediante la actualización de los costos de los insumos que intervienen en dichas proporciones,

oyendo a la Cámara Nacional de la Industria que corresponda.

En este supuesto, las dependencias y entidades podrá optar por el procedimiento anterior

cuando así convenga, para lo cual, deberán agrupar aquellas obras o contratos que por sus

características contengan conceptos de trabajo similares y consecuentemente sea aplicable

al procedimiento mencionado. Los ajustes se determinarán para cada grupo de obras o

contratos y se aplicarán exclusivamente para los que se hubieren determinado, y no se

requerirá que el contratista presente la documentación justifícatoria...."

" ... ARTICULO 5 1 - La aplicación de los procedimientos a que se refiere el artículo anterior,

deberá pactarse en el contrato correspondiente y se sujetará a lo siguiente :

¡.-(Reformada por el Artículo Primero del Decreto de 3 de enero de 1990, publicado en el

Diario Oficial de 9 del mismo mes y año, en vigor al día siguiente, para quedar como

sigue):

/.- Los ajustes se calcularán a partir de la fecha en que se haya producido el incremento o

decremento en los costos de los insumos, respecto de la obra fallante de ejecutar conforme al

programa de ejecución pactado en el contrato o en caso de existir atraso no imputable al

contratista, con respecto al programa que se hubiese convenido.

Cuando el atraso sea por causa imputable al contratista procederá el ajuste de costos

exclusivamente para la obra pendiente de ejecutar conforme al programa que se encuentre en

vigor.

II.- Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos, serán calculados con base en

los relativos Indices que determinen la Secretaría.

Cuando los relativos que requiera el contratista o la contratante no se encuenden dentro de los

publicados por la Secretaría, las dependencias y entidades procederá a calcularlos conforme a

los precios que investiguen, utilizando los lineamientos y metodología que expida la Secretaría;

III.- (Reformada por el artículo Primero del Decreto de 3 de enero de 1990, publicado en

"Diario Oficial" de 9 del mismo mes y año, en vigor al día siguiente, para quedar como

siguiente):

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///.- Los precios originales del contrato permanecerá fijos hasta la terminación de los trabajos

contratados. El ajuste se aplicará a los costos directos, conversando constantes los porcentajes

de indirectos y utilidad originales durante el ejercicio del contrato, el costo por fínanciamiento

estará sujeto a las variaciones de la tasa de interés propuesta a que se refiere la fracción V del

Articulo 31 de este Reglamento;

IV.- La formalización del ajuste de costos deberá efectuarse mediante el oficio de resolución que

acuerde el aumento o reducción correspondiente, en consecuencia no se requiere de convenio

alguno; y

V.- Los demás lineamientos que para tal efecto emita la Secretaria...."

III.2.Í REGLAS GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS

PUBLICAS Y DE LOS SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMA.

La administración pública, a fin de mantener las condiciones de igualdad a que tienen'

derecho, tanto sus organismos como las empresas que contratan con ellos, formuló unos

lineamientos que tienen a perfeccionar a los contenidos en un contrato de adjudicación de

cyalesquier obra pública, y por otra parte complementan los criterios establecidos en la Ley de

Adquisiciones y Obras Públicas y su Reglamento, siempre y cuando no se opongan a éstos

últimos. Dichos lineamientos se han venido publicando en el Diario Oficial de la Federación, a

partir del 8 de enero de 1982, bajo el título de Reglas Generales para la Contratación y

Ejecución de Obras Públicas y de los Servicios relacionados con las mismas; el tema de ajuste

de precios se contempla en las reglas 3.3.3., 3.5.3., 3.6.4. y la sección 5.9.

3.3.3. Ajuste de precios unitarios .

Diario Oficial de la Federación del 8 de enero de 1982 .

"... Cuando los costos que sirvieron de base para calcular los precios unitarios del contrato,

sufran variaciones originadas en incremento en los precios de materiales, salarios, equipos y

además factores que integren dichos costos y que impliquen un aumento superior al 5% (cinco

por ciento) del valor total de los trabajos aún no ejecutados dentro del programa, amparados por

el contrato, "El Contratista" podrá solicitar por escrito a "La Dependencia" o "La Entidad" la

bonificación sobre el pago de los trabajos, proporcionando los elementos justificación sobre el

pago de los trabajos, proporcionando los elementos justificativos de su dicho.

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Con base en la solicitud que presenta "El Contratista", "La Dependencia" o "Entidad",

llevará a cabo los estudios necesarios para determinar la procedencia de la petición, en la

inteligencia de que dicha solicitud sólo será considerada cuando los conceptos de obra que sean

fundamentales se estén realizando conforme al programa de trabajo, vigente en la fecha de

solicitud, es decir, que no exista en ellos demora imputable a "El Contratista", en un plazo no

mayor de 30 (treinta) días calendario a partir de la fecha de presentación de su solicitud "La

Dependencia" o "Entidad", de considerar procedente la petición de "El Contratista", después de

haber evaluado los razonamientos y elementos probatorios que éste haya presentado, ajustará

los precios unitarios, de acuerdo con lo que se establece en la sección correspondiente de las

reglas generales para la contratación y ejecución de obras públicas y de servicios relacionados

con tas mismas para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y del

Articulo 61 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y los aplicará a los conceptos de obras

que conforme a programa se ejecuten a partir de la fecha de presentación de la solicitud de "El

Contratista" e informará a la Secretaría de Programación y Presupuesto los términos de dicho

ajuste.

Si los costos que sirvieron de base para calcular los precios unitarios sufren variaciones

originadas por disminución de los precios de los materiales, salarios, equipos y demás factores

que integran dichos costos, que impliquen una reducción superior al 5% (cinco por ciento) del

valor de los trabajos aún no ejecutados, "El Contratista" acepta que "La Dependencia" o

"Entidad", oyéndolo para lo cual concederá un plazo de 30 (treinta) días calendario a fin de que

manifieste lo que a su derecho convenga, ajuste los precios unitarios como corresponde. Los

nuevos precios se aplicarán a los trabajos que se ejecuten a partir de la fecha de la notificación.

El ajuste se aplicará sobre los importes de los trabajos de que se trate, aún no ejecutados, sin

modificar los precios unitarios originales del contrato.

"La Dependencia" o "Entidad", informará en su oportunidad a la Secretaría de Programación y

Presupuesto, los términos del ajuste...."

3.5.3. Ajuste de precios.

Diario Oficial de la Federación del 15 de febrero de 1982 .

"...Si por la naturaleza del servicio "La Dependencia" o "Entidad" así lo establecen el contrato y

los costos que sirvieron de base para calcular los precios del contrato sufren variaciones

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originadas en incremento en los precios de materiales, salarios, y demás factores que integren

dicho costo y que impliquen un aumento superior del 5% (cinco porciento) del valor total de los

trabajos aún no ejecutados dentro del programa amparados por el contrato. "El Contratista"

podrá solicitar por escrito a "La Dependencia" o "Entidad", la bonificación sobre el pago de tos

trabajos, proporcionado los elementos justificativos de su dicho.

Con base en la solicitud que presente "El Contratista", "La Dependencia" o "Entidad" llevará a

cabo los estudios necesarios para determinar la procedencia de la petición, en la inteligencia de

que dicha solicitud sólo será considerada cuando los conceptos délos trabajos que sean

fundamentales se estén realizando conforme al programa de trabajo, vigente en la fecha de la

solicitud, es decir, que no existe en ellos demora imputable a "El Contratista". En un plazo no

mayor de 30 (treinta) días de calendario a partir de la fecha de presentación de su solicitud "La

Dependencia" o "Entidad" de considerar procedente la solicitud de "El Contratista", después de

haber evaluado los razonamientos y elementos probatorios que éste haya presentado, ajustará

los precios del contrato de acuerdo con lo que se establece en la sección correspondiente de las

reglas generales para la contratación y ejecución de Obras Públicas y de servicios relacionados

con la misma para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y en el

artículo 61 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y los aplicará a los conceptos de trabajo

que conforme al programa se ejecuten a partir de la fecha de presentación de la solicitud de "El

Contratista" e informará a la Secretaría de Programación y Presupuesto los términos de dicho

ajuste.

Si los costos que sirvieron de base para calcular los precios del contrato sufren variaciones

originadas por disminución de los precios de materiales, salarios, equipo o demás factores que

integran dichos costos, que impliquen una reducción superior al 5% (cinco por ciento) del valor

de los trabajos aún no ejecutados, "El Contratista" acepta que "La Dependencia" o "Entidad"

oyéndolo, para lo cual concederá un plazo de 30 (treinta) días calendario, a fin de que manifieste

lo que a su derecho convenga, ajuste los precios como corresponda. Los nuevos precios se

aplicarán a los trabajos que se ejecuten a partir de la fecha de notificación.

El ajuste se aplicará sobre los importes de los trabajos de que se trate, aún no ejecutados, sin

modificar los precios originales del contrato.

Para los efectos de esta regla quedan comprendidos, entre otros, los trabajos que requieran el

uso de maquinaria o equipo, del uso preponderante de mano de obra no calificada, del empleo

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de materiales diferentes a los de oficina y aquellos que, reuniendo algunas de las características

anteriores, el plazo de ejecución de los trabajos faltantes sea mayor de 3 (tres) meses.

"La Dependencia" o "Entidad", informará en su oportunidad a la Secretaría de Programación y

Presupuesto, los términos del ajuste

Diario Oficial de la Federación del 14 de junio de 1982 .

"...3.6.4. Cuando durante la vigencia del contrato de obra pública a base de precios unitarios o

de servicios relacionados con la misma, ocurran circunstancias de orden económico no previstas

en el contrato, que de hecho y sin dolo, culpa, negligencia o ineptitud de cualquiera de las partes

determinen un aumento o reducción en un 5% o más de los costos de los trabajos aún no

ejecutados. "La Dependencia" o "Entidad" podrá realizar los correspondientes ajustes en los

términos de las reglas 3.3.3. y 3.5.3., según corresponda, con cargo a los ajustes presupuéstales

aprobados para el ejercicio de que se trate, sin que esto se interprete como un aumento o

reducción al monto del contrato pactado originalmente o que se afecte al proyecto o el número

de unidades por ejecutar, los cuales ya se encuentran incluidos en el presupuesto respectivo.

Para los fines anteriores "La Dependencia" o "Entidad" deberá utilizar el modelo de ofício que

se incluye en estas reglas generales, sin que sea necesario que se emita acuerdo o celebre

convenio adicional...."

Diario Oficial de la Federación 15 de octubre de 1982 ,

SECCIÓN S .

"...Lineamientos para la integración de precios unitarios y del procedimiento para el ajuste de

los mismos.

5.9. Del procedimiento para el ajuste del costo de las obras públicas o de tos servicios

relacionados con las mismas, cuando los precios de los materiales, salarios, equipos y demás

factores que integren dicho costo, sufran variaciones originadas por incrementos o decrementos.

5.9.1. "La Dependencia" o "Entidad", a solicitud de "El Contratista" y en los en que sea

procedente, con fundamento en lo dispuesto en las reglas 3.3.3., 3.5.3. y 3.6.4. de la sección

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correspondiente de estas reglas generales, podrá ajusfar el costo de la obra o de los servicios

conforme a lo siguiente:

5.9.2. Los precios unitarios originalmente pactados en el contrato deberán permanecer

invariables hasta la terminación de los trabajos contratados, por lo que el ajuste deberá hacerse

en forma global mediante la aplicación por "La Dependencia" o "Entidad" de uno de los

siguientes procedimientos:

a) Un factor que se determine al considerar las variaciones de los insumos que intervengan en

el costo de los trabajos, tomando en cuenta los relativos o índices de los insumos

correspondientes.

b) Determinando los ajustes concepto por concepto conforme al análisis de costo original,

tomando en cuenta los relativos o índices de los insumos correspondientes.

c) Obteniendo el incremento que hayan sufrido los insumos, cuando el volumen de éstos

pueda ser fácilmente determinado en forma global.

La aplicación del ajuste en los tres casos, se hará al importe de cada estimación o liquidación

valorizada con los precios unitarios originalmente pactados.

5.9.3. En todos los casos la base para el cálculo del ajuste deberá ser la considerada

originalmente en el concurso. Los incrementos o decrementos de los precios de los insumos

serán calculados con base en la diferencia que arrojen los relativos o índices de los mismos

precios en la fecha de la revisión, con respecto a los relativos o índices, correspondientes a la

fecha de la celebración del contrato .

o 5.9.4. Los relativos o índices a que se refieren las reglas anteriores, serán los que determine

para tales efectos la Secretaría de Programación y Presupuesto, y que se publiquen como ésta

resuelva. Cuando no se disponga de los relativos o índices, la diferencia se calculará según los

precios que "La Dependencia" o "Entidad" averigüe en el mercado .

5.9.5. El ajuste en función de las modificaciones que sufran los costos por los incrementos o

decrementos en los cargos que los integran, podrá efectuarse mediante la fórmula general que

tiene la siguiente expresión :

40

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F K = P

/

K= Factor de ajuste

P= Participación de los insumos en los cargos Integrantes del precio unitario.

F= índices relativos de costos o costos de los cargos de los insumos integrantes del precio

unitario en la fecha del ajuste

1= Indices relativos de costos o costos correspondientes a tos cargos de los insumos

integrantes del precio unitario en la fecha de celebración del contrato.

La formula de ajuste desarrollada para el caso general será la siguiente :

PsFs PmFm Pe Fe PxFx

Is Im le Ix

DONDE: Ps + Pm + Pe + Px = 1

Y DONDE:

Ps= Participación con que interviene la mano de obra en el costo directo del precio unitario .

Pm= Participación con que intervienen los materiales en el mismo costo directo .

Pe= Participación con la que interviene la maquinaría de construcción en dicho costo directo .

Px= Participación con que interviene el factor X en el costo .

5.9.6. Por necesidad de "La Dependencia" o "Entidad" la formula anterior podrá ser adicionada

o sustraída de los sumandos que se requieran, conforme a ios diversos cargos tales y como se

definen en esta sección, que intervengan en los precios unitarios.

5.9.7. "La Dependencia" o "Entidad", al calcular los porcentajes de participación para los

diferentes trabajos que ejecuten, tomará en cuenta los antecedentes de las construcciones

realizadas por ella, o bien los que dentro de la información técnica que se solicita a tos

contratistas en los concursos de obra, éstos determinen.

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5.9.8. "La Dependencia" o "Entidad" que con datos propios y estadísticamente confiables, haya

determinado o pueda determinar la participación de los insumos que intervienen en la fórmula

para calcular el factor que se ajuste en trabajos tipificados o partes de los mismos que sean

tipificados, deberá indicar dichos porcentajes en las Convocatorias de concursos.

5.9.9. "La Dependencia" o "Entidad" que tenga poco o ningún dato estadístico propio y

confiable que le permita determinar la participación de los insumos que intervienen en los

trabajos que pretenda realizar, deberá calcularlos en base al programa, cantidades de trabajo y

análisis de precios unitarios de la propuesta del participante a quien se le otorgue el contrato,

utilizando para ellos los conceptos preponderantes cuyo importe acumulado cubra como mínimo

el 75% ( Setenta y cinco por ciento) del monto del trabajo contratado .

5.9.10. En los casos de trabajos tipificados en que "La Dependencia" o "Entidad" determine,

con base en datos estadísticos confiables, las participaciones de los insumos en los términos de

la fórmula para obtener el factor de ajuste, deberá hacerlo del conocimiento de la Secretaria de

Programación y Presupuesto, poniendo a su disposición todos los antecedentes del cálculo con

los que determinó dichas participaciones.

5.9.11. En caso de modificaciones substanciales a las condiciones contractuales que a juicio

de "La Dependencia" o "Entidad" provoquen cambios en la participación de los insumos, los

nuevos valores deberán calcularse conjuntamente con el contratista .

5.9.12. Los cálculos para determinar dichos ajustes quedarán en poder de la "La Dependencia"

o "Entidad" y a disposición de la Secretaría de Programación y Presupuesto

Hay que resaltar el hecho de que en las Reglas Generales para la contratación y

Ejecución de Obras Públicas en los incisos 3.3.3. y 3.5.2. párrafos segundos se hace

mención del Artículo 61 del Reglamento, el cual en el momento en que se editaron las

Reglas contenía lo relacionado al ajuste de precios, pero con la edición del mismo en

1985 este tema se trató en los artículos 50 y 51. Así también en el caso de la extinta

Secretaría de Programación y Presupuesto, la cual pasó a formar parte de Secretaría de

Hacienda y crédito Público .

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IH.3 METODOLOGÍA PARA EL CALCULO DE ÍNDICES RELATIVOS

DE PRECIOS CON BASE EN LA

LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PUBLICAS

lll.3.a DEFINICIONES Y TERMINOLOGÍA

Los índices de costos o números índice específicamente son métodos estadísticos utilizados

para medir las diferencias en la magnitud de una variable o de un conjunto de variables

correlacionadas entre sí, los cuales comparan una medida actual con otra anterior, ambas para

fechas predeterminadas, y permiten tomar una base arbitraria para describir o indicar un

aumento o reducción en el costo de algún bien o servicio.

Para la elaboración de los números índice se deben de tomar en cuenta las siguientes

condiciones:

1.- Selección del número de bienes.- Esta elección se hace con el fin de simplificar el trabajo,

y consiste en hacer listados de los artículos o bienes que por sus características,

especificaciones, costos p calidades representen a la mayoría de los elementos que

conforman el grupo.

2.- Selección de datos de costos.- Este grupo reviste gran importancia, ya que los datos

deben ser exactos, comparables entre sí, homogéneos en la mayoría de sus características y

representativos del mercado que está evaluado, aún cuando cambie los períodos prefijados

3.- Selección de fuentes de datos de costos.- A fin de poder establecer parámetros

confiables, se debe recurrir a bases de datos (fuentes) que permitan la obtención de éstos en

una misma región y que sean homogéneos con el sistema de referencia que se este

empleado.

4.- Elección del período base.- Cualquiera que sea la fórmula para combinar y ponderar los

datos, es usual elegir una fecha o un período de tiempo (semana, mes, etc.) que se tomará

como base, y los datos tomados en ésta, nos indicarán el índice inicial, cuyo valor se le

asignará el 100%.

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5.- Cálculo de números índice.- Este cálculo se basa en el uso de proporciones o razones, que

pueden expresarse ya sea como una fracción o como un cociente, obtenido al dividir el

numerador de la fracción, en nuestro caso del bien en un período dado, por el denominador o

sea el costo del bien en el período base inicial.

le = ( C, / Co ) x 100 %

donde:

IC = índice de costo

C1 = Costo del bien en un período dado posterior al período base.

CO = Costo del bien en un período base.

Existen diversos métodos para el cálculo de números índices y entre los más empleados están

los siguientes, los que se explicarán brevemente:

Métodos de agregación simple. Es la forma de expresar la relación que se establece entre las

sumatorias de costo iniciales tomados como base, y los que se determinan en un período

posterior a la base de referencia. Este método se desarrolla en base a la expresión matemática

a continuación anotada:

As = ( £ C , - Z C . ) x 1 0 0 %

donde :

As = índice de costo obtenido con el método de agresión simple.

Co = Costo del bien en el período base.

C1 = Costo del bien en el período dado, posterior al período base.

Las ventajas que presenta se sintetizan en su fácil aplicación, pues a través de simples

operaciones se tiene un valor parámetro, entre dos fechas predeterminadas, siendo su mayor

desventaja el hecho de que nos conduce a resultados irreales, debido a que según este método:

Las unidades en que se expresan las cantidades de los bienes no se toman en consideración.

Método de agregación ponderada o de Paasche. Este método promedia las variaciones que

sufren tanto los costos como las cantidades de los insumos que integran las sumatorias para el

período inicial o base y el de cálculo, permitiendo este criterio variar la base en cada revisión

que se efectúe, con lo cual se logran parámetros más confiables.

44

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Paasche expresa la relación entes mencionada con la siguiente expresión matemáticas:

P = [ (Z Ci q , ) - ( Z Co q , ) ] x 100 %

donde:

P = índice de costos obtenido con el método de Paasche.

C1 = Costo del bien en un período dado posterior al considerado como base.

q1 = Cantidad del bien en un período dado posterior al considerado como base.

cO = Costo del bien en el período base.

Método de Laspeyres o del año base. La diferencia que presenta este método respecto al de

Paasche consiste en que consideras las cantidades de bienes para el período base en el lugar

de tomar las cantidades del período de estudio:

L = [ ( Z C, qo) - ( Z C q„) ] x 100 %

donde:

L = índice de costo obtenido con el método de Laspeyres.

c1= Costo del bien en un período dado, posterior al período base.

q0= Cantidad del bien en un período base.

c1= Costo del bien en un período base.

Método de Fisher. Combina el desarrollo matemática de Laspeyres y de Paasche al

implementar su procedimiento de cálculo para determinar un parámetro de escalación de

diversos bienes, tipos o especies de artículos; debido a que considera que los incrementos de

los promedios de los costos de los artículos varían en forma geométrica con respecto a!

promedio base para la fecha en que se efectúa ta ponderación de valores; con este criterio

determinó que la variación se establece a través de la siguiente expresión:

F = \ j [ Í Z C , q o ) / ( Z C o q 0 ) J x E C Z C , q , ) / ( Z C o q i ) ]

donde:

F = índice de costo obtenido con el método de Fisher.

d = Costo de! bien en un período dado posterior al período base.

cO = Costo del bien en un período base.

45

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q1 = Cantidad del bien en un período dado.

qO = Cantidad del bien en período base.

Este método es el que nos conduce a índices más reales, debido a que se obtienen resultados

intermedios respecto a los procedimientos anteriores.

46

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Ill.3.b ÍNDICE DE PRECIO DE INSUMOS DE LA CONSTRUCCIÓN, SECODAM

A partir de agosto de 1976 la Secretaría de Programación y Presupuesto por conducto de la

Dirección General de Normatividad de Obras Públicas, Adquisiciones y Bienes Muebles se ha

dado a la tarea de elaborar periódicamente los Boletines de relativos de Precios de Insumos

para la construcción; la finalidad de los mismos es facilitar a las Dependencias y Entidades del

Sector Público la preparación de los Presupuestos Base de las Obras, ya sea que se empleen

éstos para Anteproyectos, Obras por Administración Directa o para los Concursos realizados por

las propias Dependencias, así mismo para la revisión de Contratos de Obra Pública tal y como

lo establece el Reglamento de la Ley de Obras Públicas en su Art. 51.

En los Boletines se informa sobre las variaciones relativas en los precios de algunos insumos

de la construcción, como son materiales, maquinaria y equipo menor, su contenido contempla

los relativos de precios de materiales a nivel productor y nivel distribuidor, captando datos

mediante encuestas directas en el Distrito Federal así como su área metropolitana y algunas

localidades del interior de la República.

Metodología para la elaboración del Boletín de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo

Administrativo (SECODAM). (cuadro núm. 3.1)

1. Se investiga en la localidad la ubicación de las empresas distribuidoras de materiales que

estén debidamente establecidas y que manejen una amplia variedad de materiales para la

construcción de acuerdo a un catálogo previamente determinado.

2. Se elaboran itinerarios lógicos en el plano de la localidad de acuerdo a su ubicación y se

visita a las Empresas seleccionadas.

3. se realizan entrevistas con el gerente encargado de la empresa para manifestarle el objetivo

de la visita y solicitar su cooperación para que proporcione la información que se requiere en

la elaboración del boletín que se lleva como muestra.

4. Para que la información refleje fielmente las variaciones del mercado de la construcción, las

encuestas se realizan visitando a los mismos distribuidores en cada localidad. Se requiere

encuestar como mínimo cinco precios de cada concepto para corroborar que las cotizaciones

estén dentro de un rango aceptable, cuando algún precio sale de dicho rango no se consider

en el cálculo del relativo correspondiente.

5. Visitar a los proveedores seleccionados para la obtención de los precios correspondientes.

47

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6. Con la información obtenida en la localidad, el personal capacitado calcula los precios base

en un formato de encuesta (cuadro núm 3.2)

Los precios base obtenidos se consignan en el formato de "Cálculo de Relativos de Precios."

(cuadro núm. 3.3).

Una vez obtenida la información en cada localidad se calculan los precios base y con ellos los

relativos de precios conforme al siguiente procedimiento:

En el Formato para el Cálculo de Relativos de Precios ( cuadro núm. 3.3 ) se anota además de

los datos tales como el N°. de la encuesta, fecha etc. los precios actuales y los precios

anteriores, obteniéndose el porcentaje mediante la formula:

N = ( L / M ) - 1 * 1 0 0 %

donde:

N = Porcentaje

L = Precio actual

M = Precio anterior

una vez calculado el porcentaje para cada grupo de precios de las mismas características se

obtiene el promedio de porcentajes con la expresión:

0 = E N / n

donde:

O = Promedio de porcentajes.

S = Sumatoria desde 1 a n.

n = Cantidades de Porcentajes.

Por último se calcula el incremento promedio y el relativo actual;

P = ( O / 1 0 0 ) + 1

donde:

P = Incremento promedio.

O = Promedio de porcentajes.

48

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R.A. = P * Q

donde:

R.A. = Relativo Actual.

P = Incremento Promedio

Q = Relativo anterior (para el mismo producto).

Hay que señalar además que el relativo actual en un período dado de cálculo pasa a ser el

relativo anterior para el siguiente período, y así sucesivamente para los posteriores, y las

columnas que se publican en el boletín de la SECODAM son precisamente, el relativo anterior

(cuadro núm. 3.3 columna Q) y el relativo actual (columna R mismo cuadro).

49

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Ixuthuto Tew&oiógic* da U CoMtroodda

* METODOLOGÍA DE LLENADO DE L O S FORMATOS QUE MTERVD2NEN EN LA RECOPILACIÓN DE DATOS PARA LA

FORMULACIÓN DE LOS RELATIVOS DE INStfMOS PARA LA CONSTRUCCIÓN" J

CUADRO 3.1

INVESTIGAR EN LA LOCALIDAD LOS PRODUCTORES Y DISTRIBUIDORES DE INSUMOS PARA ELABORAR LA LISTA

HACER ITINERARIO LÓGICO DE RUTAS DE VISITA

VISITARLAS EMPRESAS SELECCIONADAS PARA ENTREVISTARSE CON EL GERENTE O ENCARGADO

RESPONSABLE y

. PEDIR SU COOPERACIÓN

• EXPLICAR EL MOTIVO DE LA ENCUESTA

• CONBASEENEL CATALOGO DE MATERIALES VERIFICAR TIPO DE INSUMO DE LA

l EMPRESA

SELECCIONAR LAS EMPRESAS, BASADOS EN LAS VISITAS DE ENTREVISTAS PARA ELABORAR CATALOGO.

LLENADO DE LOS FORMATOS DE ENCUESTA CON LOS DATOS DE LA EMPRESA Y PRODUCTOS A ENCUESTAR

CONSIGNACIÓN DE LOS PRECIOS NETOS EN EL FORMATO DE CALCULO DE RELATIVOS DE PRECIOS Y

CALCULO DE LOS RELATIVOS

ENVIAR FORMATOS DE CALCULO DE RELATIVOS YA PROCESADOS A DIRECCIÓN GENERAL DE DELEGACIONES.

MÍNIMOS EMPRESAS POR INSUMO

ANTES DE SALIR DE ENCUESTA LLENAR LOS DATOS DE LA EMPRESA Y SUS INSUMOS

v i s r r ARLAS EMPRESAS SELECCIONADAS PARA PREGUNTAR PRECIOS Y REGISTRARLOS EN EL FORMATO

CALCULARLA INFORMACIÓN OBTENIDA PARA ENCONTRAR EL PRECIO NETO POR UNIDAD DE INSUMO J

ENVIÓ DE LA INFORMACIÓN RECIBIDA : DIRECCIÓN GENERAL DE NORMATIVIDAD DE OBRAS PUBLICAS

ADQUISICIONES Y BIENES MUEBLES

50

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CUADRO I I I . 2

IFF sterttorá dt programación y PTCMJOUMM

HOJA DEL PROVEEDOR

MOJA W _ 1 OE ? FORMATO .DE ENCUESTAS PROVEEDOR CASA PALACIOS CLAVE 5 28

LOCALIDAD D.F. Y AREA METROrj A\/P nonno eeruA ENCUESTA 10/83 AT'NJORGE RÍOS at k» CNcuisn — — —- — - - -

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20550 TON TOLTECA JTram

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OESCRIP.

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INSUMO

C O S T O

OESCTr

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CEMENTO PORTLAN

TIPO 1

TUBO DE COBRE RIG. TIPO M. DE 13 u n . DE D IÁME­TRO.

7.W.Q0 7.900.00 1.,ifii.no I.MH.Vi

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7,800.00

TON

7,900.00 222.52 234.26

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OESCRIP.

OEL

INSUMO

C O S T O .

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OTROS CARGOS

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CUADRO. I I I . 3

Herrar* dxmgrmciAiriraupuHio

^ i ^ Distribuidor

FORMATO PARA EL CALCULO DE RELATIVOS DE PRECIOS ENCUESTA : NPM. ¿8 FECHA 10/83 IOCALIDAO Distrito Federal

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ANTERIOR

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874.7

PARA EL MES SIGUIENTE LOS DATOS SERÁN LOS INDICADOS A CONTINUACIÓN

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13.2

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CAPITULO IV

AJUSTE DE COSTOS

SISTEMAS DE CALCULO PARA LA DETERMINACIÓN DE AJUSTE DE COSTOS.

53

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SISTEMA DE CÁLCULOS PARA LA DETERMINACIÓN DE AJUSTE DE COSTOS.

IV.1 PROCEDIMIENTOS.

IV.1.1 CON BASE EN LA FRACCIÓN I DEL ARTICULO 50 DEL REGLAMENTO DE L.A.yO.P.

La metodología para la obtención de los factores de actualización aplicables a los precios

unitarios del concurso que contemplen la construcción o conservación de obras públicas, deberá

pactarse siempre en el contrato correspondiente anotando la fracción del artículo 50 del

Reglamento en base a la que deberá sujetarse las revisiones.

En casó de que se hubiese elegido la fracción I del mencionado artículo, deberán revisarse

todos y cada uno de los precios del concurso de que se trate para la obra faltante por ejecutar, y

así obtener el ajuste respectivo. Los incrementos (o decrementos) en el costo de los insumos se

calcularán con base en los relativos o índices que determine para la fecha de fallo y de revisión

de la SECODAM y que actualmente publica mensualmente en el Diario Oficial de la Federación;

en caso de que se requiera alguno que no está incluido en éstos, existe la posibilidad de recurrir

a los del Banco de México o en su defecto a cotizaciones de la propia Dependencia.

El factor de ajuste para cada precio unitario se obtienen mediante la expresión general:

F K= P

I

K= Factor de ajuste

P= Participación de los insumos en los cargos integrantes del precio unitario .

F= índices relativos de costos o costos de los cargos de los insumos integrantes del precio

unitario en la fecha del ajuste

l= índices relativos de costos o costos correspondientes a los cargos de los insumos

integrantes del precio unitario en la fecha de celebración del contrato.

54

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La formula de ajuste desarrollada para el caso general será la siguiente :

PsFs Pm Fm Pe Fe Px Fx K = + + + +

Is Im le Ix

DONDE: Ps + Pm + Pe + Px = 1

Y DONDE :

Ps= Participación con que interviene la mano de obra en el costo directo del precio unitario .

Pm= Participación con que intervienen los materiales en el mismo costo directo .

Pe= Participación con la que interviene la maquinaria de construcción en dicho costo directo .

Px= Participación con que interviene el factor X en el costo .

55

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Para poder aplicar la expresión anterior, se elabora una serie de listados previos, mismo que

servirán de base para llenado de las hojas de cálculo.

1. Listado de conceptos.- Se considera los trabajos faltantes para ejecutar a partir de la fecha

solicitada por el contratista conforme al rubro que correspondan : terrecerías, obras de

drenaje, etc., de acuerdo al programa autorizado por la Dependencia y llenándose la Forma

4.1 de la siguiente manera :

columna 1, el número que le corresponda de acuerdo al concurso; columna 2, breve

descripción del concepto ; columna 3, la cantidad faltante por ejecutar, columna 4, la

unidad ; columna 5, el precio unitario de cada concepto en base a lo contenido en los análisis

incluidos en la propuesta ; en la columna 6 ; el importe a precios unitarios de cada uno de los

conceptos, el cual se efectúa multiplicando los valores contenidos en las columnas 3 y 5, y

por último la sumatoria de la columna 6.

t

P.U. N»

2

DESCRIPCIÓN

3

CANT. FALTANTE

POR EJECUTAR

4

UNI­DAD

S

P.U. DE CONCURSO

6

IMPORTE ORIGINAL

7

FACTOR DE ACTUALI­ZACIÓN

8

IMPORTE ACTUALIZADO

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

------------

-------------

£ = - Z =

FORMA 4.1

56

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2. Listado de Materiales.- Se efectúa conforme a los requerimientos propuestos por el

contratista en base a los conceptos anotados en la forma 4.1, Incluyendo en este listado los

combustibles y lubricantes que consumen los equipos que posteriormente se determinarán en

base este criterio.

Esta información se concentra en la forma 4.2, anotando en la columna 1, el número del

material; columna 2, el nombre del insumo , en la columna 3, la unidad que le corresponda,

en la columna 4, el índice a la fecha de actualización ; en la columna 5, el vigente a la fecha

de concurso y en la columna 6 el factor de actualización obtenido a través del cociente de los

valores contenidos en las columnas 5 y 4 respectivamente.

t

N"

2

DESCRIPCIÓN

S UNI­DAD

4 ÍNDICE A

FECHA DE REVISION

$ ÍNDICE A

FECHA DE FALLO DE

CONCURSO

6

FACTOR DE ACTUALI­ZACIÓN

1

2

3

FORMA 4.2

3. Listado de Mano de Obra.- Se formula en base a los precios unitarios, costos horarios y

listados de trabajos por ejecutar anotando en la forma 4 1, escribiendo en la columna 1 de ¡a

forma 4.3, la categoría ; en la columna 2 y 3, los salarios base a la fecha de actualización y

fallo respectivamente, en la columna 4, el factor de incremento obtenido a través del

cociente de los valores contenidos en las dos últimas columnas.

1

, »

CATEGORÍA

3

UNI­DAD

4

SALARIO BASE A LA FECHA DE REVISION

5

i SALARIO BASE A LA FECHA DE FALLO

_ j

ÍNDICE DE INCREMENTO

1

FORMA 4.3

57

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4. Análisis de incremento para costos horarios (forma 4.4).- El llenado de esta Forma se

efectúa escribiendo en el renglón 1- la descripción simplificada del equipo indicado en la

Forma 4.2, y con base en los análisis de costos horarios de la propuesta de concurso se

calculan los porcentajes de intervención por medio del cociente que resulta de dividir el

importe de cada uno de los cargos entre el importe del costo horario y multiplicando el

resultado por 100% éste se anota en la columna 4.

El índice de incremento, ubicado en la columna 5, se localiza en la Forma 4.2 columna 6, el

cual será el mismo para los cargos de depreciación seguros y mantenimientos al que le

corresponde el factor de incrementos "Cargos Fijos" renglones A, C y D, y al cargo por

inversión el factor de incremento además de aplicar el factor ubicado en la forma 4.2

columna 6 este se verá afectado por el cociente del índice CPP. del Banco de México a

fecha de actualización entre el índice CPP. del Banco de México que le corresponda a fecha

de concurso, esto se hará a manera de producto escribiéndose en el renglón B de Cargos

Fijos.

Por otra parte el índice de incremento sufrido en los cargos por consumo se transcribirán de

la Forma 4.2 columna 6, lo que se escribirán en los renglones del A al D para consumos y los

de operación de la Forma 4.3 columna 6, escribiéndose en los renglones correspondientes a

operación. Una vez con los datos completos de la columna 5 se obtiene el incremento sufrido

en todos los cargos columna 6, mediante el producto de lo contenido en las columnas 4 y 5,

realizándose la sumatoria de la columna 6 para obtener así el total de incremento sufrido por

el equipo, mismo valor que dividido entre 100% se escribe en la Forma 4.5 y 4.6 columna 5

para el equipo que participa en el análisis del Precio que se actualiza.

58

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MAQUINA :

INSUMOS

1.- CARGOS FIJOS

A)

B) C)

D)

E)

2.-

A)

B) C)

D)

E)

3.-

4.-

Depreciación

inversión

Seguros

Mantenimiento

Almacenaje

CONSUMOS

Diesel

Gasolina

Otras

Lubricantes

Llantas

OPERACIÓN

Operación

TOTALES

CARGO DE CONC. % DE INTERV. ÍNDICE DE

ACTUALIZACIÓN % DE INTERV. ACTUALIZADO

FORMA 4.4

ÍNDICE SECODAM ACTUAL :

ÍNDICE SECODAM DE CONC.: D.O.F. DE FECHA

D.O.F. DE FECHA

ÍNDICE CPP B. MEX. ACTUAL :

ÍNDICE CPP B. MEX. DE CONC.: D.O.F. DE FECHA

D.O.F. DE FECHA

5.- Análisis de incrementos para ios precios unitarios, (forma 4.5 y 4.6). Se realiza de ¡gual

manera el procedimiento descrito en "Análisis de incremento para costos horarios", pero

aplicado a los precios unitarios; primero se anota el número y descripción que le

corresponde al precio de acuerdo a la forma 4.1, posteriormente en la columna 2 la

descripción de los insumos que intervienen en ¡os precios unitarios ; se anotan los cargos de

concurso que le corresponde a cada insumo material, mano de obra o equipo. Para cada

matriz de precio unitario o análisis auxiliar, esto se anota en la columna 3 de la forma 4.5 ; en

la columna 4 anotaremos el índice de actualización obtenido en las formas 4.2 columna 6

para materiales 4.3 columna 6 para mano de obra ; 4.4 columna 6 renglón de totales dividido

59

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entre 100 para maquinaria. En la columna N° 5 se encontrará el cargo actualizado y será el

cargo actualizado y será el producto de la columna 3 y 4. Después se hará la sumatoria de

las columnas 3 y 5 y se anotará en el renglón de totales. Para análisis auxiliares el cociente

del cargo actualizado entre el cargo de concurso será y dividido entre 100 será el incremento

de este análisis y para los Precios Unitarios finales además de lo anterior se afectará por los

indirectos y utilidad de concurso y para el caso del financiamiento se tendrá que actualizar

por la afectación de la tasa de interés del CCP del Banco de México, que la obtenemos

mediante el cociente del índice CPP a fecha de actualización entre el índice CPP a fecha de

concurso y este resultado por el porcentaje de financiamiento nos dará el financiamiento

actualizado.

Una vez obtenido el Precio Unitario actualizado se hace el cociente del Precio Unitario entre

el Precio Unitario de concurso y obtenemos el factor de actualización para el Precio Unitario

analizado, y lo anotaremos en su renglón respectivo de la forma 4.1 columna 7 para cada

uno de los conceptos.

Una vez se determina el incremento para cada uno de los precios unitarios y se anota en la

Forma 4.1 columna 7 como se indicó anteriormente, se obtiene el importe a precio unitario

actualizado columna 8, mediante el producto de los valores contenidos en las columnas 6 y

7, y la sumatoria de la columna 8 ; por último se realiza el cociente del resultado de las

sumatorias 8 entre 6 y éstos serán los factores de incremento por aplicar.

60

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BÁSICO O AUXILIAR N°

INSUMOS

CARGO DE CONC.

ÍNDICE DE

ACTUALI­ZACIÓN

CARGO ACTUALI­

ZADO.

1.- MATERIALES

A)

B) C)

D>

E)

2.-

A)

B)

C)

3.-

A>

B)

C)

4 . -

MANO DE OBRA

_

*

EQUIPO

-

-

TOTALES

I B •

FORMA 4.5

PARA LA FORMA 4.6 DE PRECIOS UNITARIOS FINALES ADEMAS DE ESTA FORMA DE

LLENADO SE APLICARAN LOS CARGOS DE CONCURSO.

n

61

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IV.1.2 CON BASE EN LA FRACCIÓN II DEL ARTICULO 50 DEL REGLAMENTO DE

L.A.yO.P.

Cabe mencionar que el Reglamento de la Ley de Obras Públicas en la fracción II del

Artículo 50 establece otra modalidad para la revisión de los costos, la cual no fue tratada en este

trabajo en virtud de que el promedio de cálculo es igual establecido con base en la fracción i del

mismo articulo, la diferencia estiba únicamente en que no se revisan todos los precios unitarios,

sino únicamente un grupo de ellos, que multiplicados por sus correspondientes cantidades de

trabajo por ejecutar representen cuando menos el 80% del importe total faltante del contrato.

62

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IV.1.3 CON BASE EN LA FRACCIÓN III DEL ARTICULO 50 DEL REGLAMENTO DE

L.A.yO.P.

IV.I.3.1 CUANDO SE TRATE DE OBRAS DE TERRACERIAS, OBRAS DE DRENAJE,

PUENTES Y PAVIMENTOS, EXCLUYENDO ACARREOS EN CAMIONES FLETEROS

Y PRODUCTOS ASFÁLTICOS.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes mediante oficios de autorización da a

conocer periódicamente los porcentajes de incremento aplicables a los precios unitarios de

concurso, diferenciando entre terracerías, obras de drenaje y pavimentos, en los cuales excluye

los acarreos de materiales en camiones fleteros, y los productos asfálticos.

CUADRO N° 1

INCREMENTOS AUTORIZADOS POR LA S.C.T.

N° DE OFICIO

3.-222

3.-726

3.-756

3.-756

3.-1100

3.-1268

3.-1521

3.-2096

3.-2096

3.-2096

3.-268

3.-368

3.-0694

3.-886

DE FECHA

22-FEB-95

3-MAY-95

22-MAY-95

22-MAY-95

11-JUL-95

14-AGO-95

18-SEP-95

8-DIC-95

8-DIC-95

8-DIC-95

15-ENE-96

8-MAR-96

9-ABR-96

20-MAY-96

VIGENTE A PARTIR DEL:

1-NOV-94

1-ENE-95

1-MAR-95

1-ABR-95

1-MAY-95

1-JUL-95

1-AGO-95

1-SEP-95

1-OCT-95

1-NOV-95

1-DIC-95

1-ENE-96

1-FEB-96

1-MAR-96

TERRA­CERIAS

0.41

42.50

18.43

2.99

-3.12

4.00

-0.78

0.63

1.23

3.94

10.63

-2.79

-0.30

1.40

OBRAS DE

DRENAJE

1.00

9.42

6.61

4.57

7.10

2.29

0.77

0.10

0.36

0.66

4.73

7.03

5.22

1.38

^PAVIMEN­TOS

0.51

55.46

16.22

2.90

-4.42

4.17

-0.89

0.72

1.42

4.49

11.47

-1.60

-0.47

1.65

Los porcentajes de Ajuste de Costos (Escalatorias) autorizadas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, sí son acumulativos con los anteriormente comunicados y deberán afectarse como se indica en la Fracción Vil del Artículo 27 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas.

63

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IV.1.4 CON BASE EN LA FRACCIÓN I y II DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 51

RESPECTIVAMENTE DEL REGLAMENTO DE L.A.yO.P. Y CRITERIO S.C.T.

IV.I.4.1 CUANDO SE TRATE DE ACARREOS DE MATERIALES EMPLEANDO

TRANSPORTES AFILIADOS A LAS UNIONES DE CAMIONES FLETEROS.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes a través de la Comisión de Normas,

Especificaciones y Precios Unitarios de la Subsecretaría de Infraestructura, publica

periódicamente tarifas de acarreo para el transporte de materiales, estas tarifas regulan los

precios de acarreo para el transporte de materiales, estas tarifas regulan los precios de acarreo

en toda la República, por lo que se consideran generalmente normativas.

El criterio que se ha venido utilizando para el cálculo de estas tarifas toma en cuenta la vida

económica del camión, su capacidad, la velocidad desarrollada, las características de los

caminos que transita así como los tiempos de carga, descarga maniobras y esperas que

efectúan.

En base a estos datos, se hizo una clasificación, considerando diferentes distancias y tipos de

superficies de rodamiento, quedando como se muestra el cuadro N° 2.

Tomando en consideración lo anterior, y a fin de proceder con la aplicación de la Cláusula de

Ajuste es necesario verificar los siguientes aspectos contenidos en los análisis de precios

unitarios y en la forma de expresión de precios contenida en el contrato original.

1. Tipo de superficie de rodamiento sobre el cual transitan los vehículos a fin de definir la tarifa

correspondiente.

2. Empleo que se le esta dando al material transportado, con objeto de definir el rubro en que

se deben pagar los trabajos.

3. Los factores de abundamiento y reducción, así como la redacción de la forma de expresión

de precios a fin de establecer si se esta pagando por metro cúbico de material suelto o

compacto.

64

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4. La distancia del acarreo para definir los valores correspondientes para:

• El primer kilómetro de material acarreado.

• Los kilómetros subsecuentes, ya sea que estos estén divididos en longitudes parciales o

únicamente se tome el total de la misma.

• Cualquier distancia ya sea el caso de que se incluya o no el primer kilómetro.

5. Si el contratista analizó sus precios de acarreo utilizando camiones propios, con

fleteros, o una combinación de ambos, este punto determinará que procedimiento

de actualización se debe seguir, de los descritos a continuación:

• En el caso de que el contratista en su propuesta hubiese considerado en los precios de

acarreos, que éstos se efectuarían con camiones de su propiedad el ajuste de ios

mismos se realiza como se indica en el inciso IV.1.1

• En el caso de que el contratista en sus análisis consideró que el acarreo de los

materiales se efectuaría utilizando transporte de las uniones de camioneros (fleteros) en

un cien por ciento, o bien la Dependencia convocante lo estableció así en el pliego de

requisitos, la Cláusula de Ajuste se aplica de acuerdo a las normas establecidas por la

Secretaría, y el proceso es el siguiente:

a) Para cualquiera que sean las circunstancias de las distancias de acarreo, según se indicó en

el inciso IV.1.3.1., se verifica la fecha de fallo de! concurso y se localizan las tarifas

autorizadas a las fechas inmediatamente anteriores al fallo y de solicitud de revisión, ya sean

estas las emitidas por la S.C.T. o el Gobierno del Estado respectivo, dependiendo de lo

indicado en el Pliego de Requisitos.

b) Se transcribe en hojas de cálculo los contenidos de ios precios de acarreo propuestos por el

contratista, sin modificar los datos establecidos en ellos, excepto e! valor del costo de ia tarifa

que se este aplicando, calculando en forma separada las correspondientes a las fechas de

fallo y de revisión, efectuando además las operaciones aritméticas a fin de obtener el costo

directo para cada fecha.

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c) Del costo directo obtenido se procede a aplicar los cargos indirectos y utilidad de concurso;

con respecto al financiamiento este debe ser actualizado con la tasa de interés del costo

porcentual promedio de captación de dinero (CPP) del Banco de México con la siguiente

fórmula:

FACTOR DE ACTUALIZAC. _ ÍNDICE CPP ACTUAL

PARA FINANCIAMIENTO ÍNDICE CPP A FECHA DE CONCURSO

El factor resultante es afectado a manera de producto al porcentaje de financiamiento de concurso

d) En base a los precios unitarios obtenidos mediante lo explicado en el punto anterior, se

calcula el factor de incremento respectivo, dividiendo el valor que resulte en la fecha de

revisión, entre el que resulte considerando la fecha de fallo.

• En el caso de que el contratista en sus análisis hubiese considerado que el acarreo de los

materiales se efectuaría utilizando camiones de su propiedad y de las alianzas de

transportistas (fleteros) en cualquier proporción que éstos intervengan en la formación del

precio unitario, la actualización de éstos se determina con el siguiente procedimiento.

a) Se obtiene la sumatoria de los cargos que conforman el acarreo con camiones propios,

anotándose este valor.

b) Se procede de la misma manera que el inciso anterior con los cargos que integran el acarreo

con fleteros.

c) Se suman los dos costos anteriores con el fin de verificar si las operaciones son correctas y si

es asi se debe obtener un valor igual al del costo directo del precio correspondiente.

d) Se determina el factor de incremento para el costo del transporte con camiones propios en

base a lo contenido en el inciso IV.1.3. y se multiplica por el valor el valor obtenido en el

inciso a) anterior, dando como resultado un costo actualizado.

e) Se determina el factor de incremento para el costo del transporte con fleteros mediante el

procedimiento descrito en el inciso IV.1.3.1.5.11. y se multiplica por el valor obtenido en el

inciso b) anterior, dando como resultado el costo actualizado.

66

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f) Se suman los costo actualizados obtenidos en los incisos d jye) anteriores, para determinar

el precio unitario actualizado. Actualizando el financiamiento con el procedimiento del inciso c)

anterior.

g) Se divide el precio unitario actualizado entre el precio unitario del concurso, obteniéndose asi

el factor de actualización.

67

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IV.I.4.2 CUANDO SE TRATE DE PRODUCTOS ASFÁLTICOS.

La actualización de precios unitarios para productos asfálticos empleados en riego se excluye de

la metodología vista en el tema IV. 1.1. y IV. 1.3., en virtud de que ésta dependerá de las

cotizaciones dadas a conocer por Petróleos Mexicanos para este tipo de productos, de las tarifas

de acarreos de transporte especializado publicadas por la S.C.T. en el Diario Oficial de la

Federación, de los porcentajes de incremento para concursos y los costos horarios autorizados

por la S.C.T.

El procedimiento a seguir se basa en el precio unitario de concurso de la propuesta

seleccionada, escribiendo dicho precio en hojas de cálculo de acuerdo al desarrollo secuencial

que se presenta a continuación :

1. Se anota el costo de adquisición del producto de que se trate (asfalto FM-1, FR-3,

emulsiones, etc.), de acuerdo a las cotizaciones que proporciona Pemex a la S.C.T., (cuadro

No. 3), considerando la fecha de solicitud del contratista y afectando el valor de adquisición

por los desperdicios y mermas que el mismo hubiese considerado en su análisis de precio

unitario.

2. Se escribe el valor del flete considerando en el análisis y se actualiza de la siguiente manera:

Cuando el contratista concursa con flete oficial y tarifas Pemex; se actualizará conforme a los

incrementos que tenga el flete del asfalto, para esto tendrá que presentar factura de dicho

flete como documentación comprobatoria de que está usando flete.

En el caso que el acarreo, calentamiento y bombeo lo esté considerando con vehículos de su

propiedad, se procederá a la actualización de la petrolizadora y el incremento resultante se

multiplicará por el cargo de concurso para obtener el cargo del flete actualizado.

El financiamiento se actualizará como se mencionó en el inciso anterior IV.I.4.1.

La actualización del precio unitario se hará mediante el cociente del precio unitario

actualizado entre el precio unitario de concurso.

Es necesario hacer notar que en algunas ocasiones el contratista en sus precios unitarios de

concurso para acarreo de productos asfálticos, Incluye el costo del producto y el flete en un

solo cargo, en estos casos se le deduce el importe de la adquisición con base a las

cotizaciones proporcionadas por Pemex a fecha de concurso y la diferencia será el cargo por

flete; la actualización se hará conforme a lo descrito en el inciso IV.1.4.2. Otra modalidad que

se presenta es que se considere un solo cargo por concepto de almacenamiento,

68

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calentamiento, bombeo y aplicación, en este caso el proceso de actualización se hace de

acuerdo a lo establecido en el inciso IV.1.3.1.

En base a lo indicado en el inciso 5.9 de las Reglas Generales para la Contratación y

Ejecución de Obras Públicas y al Anexo 5 del Contrato de Obra, el o los factores

determinados mediante cualesquiera de los procedimientos anteriormente explicados, se

liquidarán por medio de la elaboración de una estimación adicional que no gravará al

contrato respectivo, sino que serán liquidadas con cargo al "oficio para el pago de

Escalatorias" cuyo modelo fue publicado en el Diario Oficial de fecha 14 de julio de 1982.

En la estimación adicional o escalatoria se escribirán los importes globales por rubros

obtenidos de la estimación de obra, mismos que se multiplicarán por la diferencia que resulte

de restarle una unidad al factor autorizado.

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SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA

COMISIÓN DE NORMAS. ESPECIFICACIONES Y PRECIOS UNITARIOS

TARIFAS DE ACARREOS APLICABLES A FLETEROS SEGÚN LA ZONA DEL PAIS Y QUE RIGEN A PARTIR DEL lo. DE ENERO DE 1994

ZONA

, »

2

3

4

5

AROS

5

5

5

4.5

4f5

Camión de

Vida

Horas por año

2.000

1.900

1.800

1,900

1,800

volteo 7«? con motor diesel

Económica

Total de horas

10,000

9,500

9,000

8,550

8,100

Costo Horario

ACTIVO

70.68

73.31

76.28

76.69

79.82

INACTIVO

25.40

26.64

28.06

26.92

28.33

Tarifa aplícat

Transitando sobre pavimento

Primer km

N$/m3

1.48

1.54

1.60

1.60

1.67

Del km 2 al km 20 N$/m3-km

0.67

0.70

0.72

0.73

0.76

Del km 21 en adelante N$/m3 . km

0.63

0.65

0.68

0.68

0.71

le a los

Transit t

Primer km

N$/m3

1.65

1.72

1.80

1.79

1.87

fleteros

ando sobre revestlmlent írracería y brecha

Del km 2 al km 20 Ní/m3-km

0.84

0.87

0.91

0.91

0.95

Del km 21 en adelani Ní/m3 - kn

' 0.79

0.82

0,88

0.85

, 0.89

ZONA 1.- Chihuahua, Coahulla, Nuevo León, Tamaullpas (*), Durango, Zacatecas. Aguascallentes, San Luis Potosf, Jalisco (*), Guanajuato, Querétaro, Mlchoacín (*), Guerrero (*), Hidalgo, México, Morelos, Tlaxcala, Puebla y Oaxaca (*).

ZONA 2.- Sonora, Slnaloa, Nayarlt, Costa da Jalisco, Colima, Cost» da Mlchoacín, Costa da Guarrero y Costa da Oaxaca. ZONA 3.- Baja California y Baja California Sur. ZONA 4.- Costa de Tamaullpas, Veracruz Norte, Veracruz Centro, Chiapas Sur, Campeche, Yucatán y Quintana Roo. ZONA 5.- Veracruz Sur, Tabasco y Chiapas Norte.

(*) Exceptuando la zona de costa

NOTA: Para el cálculo se utilizaron los costos _ horarios del camión FAMSA-MERCEDES BENZ diesel de 7m3, modelo 1994. A P R O B A D O

EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE NORMAS, ESPECIFICACIONES Y PRECIOS UNITARIOS

ING. Ror.n 10 Gi

-^#4. GASCA NERI

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r.v;;\ v :.,,:-X\..-Í,,;L.07-J .-\ ^-.

CCMÍSÍOf: ..'NI S. ESPECIFICACIONES Y PRECIOS UNITAR,..,

TARIFAS DE ACARREOS APLICABLES A FLETEROS SEGÚN LA ZONA DEL PAIS Y QUE RIGEN A BASTIR DEL lo. DE ABRIL DE lí-5

M 'c C:;r

ÍSIOf: . JtH S.

Canion de volteo 7mJ con motor diesel

1 1

[

":\ ASOS

i

2

3

5

5

5

4.5

4.5

Vida Economic.!

Horas por Total de año horas

2,000 10,000

1,900 9,500

1,800 9,000 .

1,900 8,550

1,800 8,100

Costo "orario

ACTIVO

99.79

103.38

107.38

107.24

111.45

INACTIVO

40.13

42.11

44.33

' 42.40

44.64

Tarifa api icable n los f l e t a o s

Transitando soars pavimenco Transitando sobra revestiniento terracerfa y brecha

Primer km

ÍIS/m3

2.16

2.24

2.33

2.30

2.40

Del km 2 al km 20 N$/m3-kr,

0.95

0.98

1.02

1.02

1.06

Del, km 21 en adelante N$/m3 - km

0.89

0.92

0.96

0.96

0.99

Primer km

N$/m3

2.39

2.49

2.59

2.56

2.67

Del km 2 al km 20 NS/-3-k,n

1.19

1.23

1.28

1.28

1.33

Del k"i 2! en adelante N$/m3 - '<n

1.11

1.15

1.20

1.20

1.24

(IA 1 . - Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas ( * ) , Ourango, Zacatecas, Aguascalientes, San Luis Potosí, Jalisco (*) Guanajuato, Querétaro, Michoacán ( * ) , Guerrero ( * ) , Hidalgo, México, Morelos, Tlaxcala, Puebla y Oaxaca ( * ) .

:iA 2 . - Sonora, Sinaloa, Nayari t , Costa de Jal isco, Colima, Costa de Michoacán, Costa de Guerrero y Costa de Oaxaca. JÍIA 3.- Baja California y 8aja Cal i fornia Sur. ",'IA 4 . - Costa de Tamaulipas, Veracruz Norte, Veracruz Centro, Chiapas Sur, Campeche, Yucatán y Quintana Roo. .NA 5.- Veracruz Sur, Tabasco y Chiapas Norte.

(") Exceptuando la zona de costa

JA: Para el cálculo se u t i l i za ron los costos horarios del camión FAMSA-MERCEOES BENZ diesel de 7m3, modelo 1995 (Ab r i l ) .

A P R O B A D O

EL SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE NORMAS, ESPECIFICACIONES Y PRECIOS UNITARIOS

^íS^y / ' / ' I

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SÉCRfcÍAWA HÉ COMUNICACIONES y TR/ttlSPORÍES ff • CENTRO 8.C.T. "OAXACA"

«ESIPBretASBB^reCOWSERVACION PE CARRETERAS

PRECIOS POR It DE COMBUSTIBLES DE 1993 A LA FECHA

FECHA

1993 ENERO FEBRERO

MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEM OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

1994 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL

MAYO JU' 0 JL . , 0 AGOSTO SEPTIEM

• B T U B R E NOVIEMBRE DICIEMBRE

1995 ENERO FEBRERO MARZO 10-MARZO

ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEM OCTUBRE NOVIEMBRE 1-DICIEMBRE

15-OICIEMBRE 199S

ENERO FEBRERO MARZO

oes.

(")

D I E S E L PRECIO

N i

311.00 377.63

51037 510.37 510.37 510.37 51037 510.37 510.37 510.37 51037 526 63

506.88 505.88 505.88

1.02 1.02 1.02 1.02 1.03 1.03 1.03 1.05

1.05 1.06 1.07 1.43 151 1.52 t .53 1.55 1.56 1.57 1.58 1.53 1.61 1.72

1.74 1.76 1.79

SflVA NS

212.73 343.30

463.97 463 97 461.97 463.97 463.97 463.97 463.97 463.97 463.97 476.75

459.89 459.89 459.89

0.S3 0.93 0.93 0.93 0.94 0.94 0.94 0.95

0-95 0.96 0.97 1.30 1 J 1 1.32 1.33 1.35 1J6 1.37 1J7 1.3» 1.40 1.50

1.51 1.53 1.56

% D E MCREM.

0.00 21.42

35.15 0 0 0 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3.19

0 0 0 0.00 0.00

-0.10 0.00 0.00 0.00 1.08 0.00 0.00 1.06

0.00 0.57 1.33

33.64 1.00 0.53 0.76 1.34 0.65 0.64 0.64 0.63 1.26 6.83

0 0 0 1.15 1.70

N O V A PRECIO

NS

249.00 278.39

275 59 281 77 293.39 305.94 322.34 340.80 340.80 350.87 350 87 350.87

0.26 0.26 0.26

1.05 1.05 1.05 1.05 1.05 1.05 1.05 1.06

1.30 1.31 1.32 1.79 1.90 1.91 1.93 1.S4 1.96 1.97 1.99 2.01 2.02 2.16

2.18 2^1 2.24

S/1VA N í

226.36 253.08

250.54 256.15 266.72 278.13 293.04 309.82 309.82 318.97 318.97 318.97

0.24 0.24 0 7 4

0.95 0.95 0.95 0.95 0.96 0.96 0.96 0.97

1.18 1.19 1.20 1.20 1.65 1.66 1.68 1.69 1.70 1.71 1.73 1.75 1.76 1.88

1.90 1.92 1.95

S D E INCREM.

0.00 1180

-1.00 2.24 413 4.28 5 3 6 5 7 3 0.00 2.95 0.00 0.00

0.00 0.00 0.00

286.55 0.00 0 0 0 0.00 0.87 0.00 0.00 0.86

0.00 0.85 0.84 O.ODJ

37.50 0.61 1.20 0.60 0,85 0.51 1.02 1.01 0.50 6.93

0.00 1.38 1.36

, M A G N A PRECIO

NS

1.33 1.34 1.34 1.34 1.35

1 36 1 37 I 38 1.86 1.97 1.98 2.00 2.01 2.03 2.04 2.06 2.08 2.09 2.24

2 26 2.29 2.32

S/IVA NS

0.00 0.00

0.00

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

0.00 0.00 0.00 0.00

0.00 0.00 0.00 1.21 1.22

•4 DE INCREM

0 0 0

0 0 0

0 75 1.221 0 0 0 1 22' 0.00 1.23

1.24 1.25 1.25 1.69 1.71 1.72 1.74 1.75 1.77 1.77 1.79 1.81 1.82 1.95

1.97 1.99 2.02

0 75

''

34 i 1.31 0 51 1 01 0 5 0 1.00 0.49 0 9 8 0.97 0 4 8 7 1 8

0 0 0 1 33 1.31

! JACS

( • * ) A partir de esta fecha el r.V. A. Importe ISX

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SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES CBJTRO S. C. T. "OAXACA"

RESIDENCIA 6EJIIERAL DE CONSERVACIÓN DE CARRETERAS

PRECIOS POR M3. DE PRODUCTOS ASFÁLTICOS DE 1989 A LA FECHA

^ FECHA

1989 1-ENERO 4-DIC

1990 1-ENERO 28-MAY0

-NOV

1991 1-ENERO 11-NOV.

1993 1-ENERO 5-FEB. 5-MARZO 1-ABRIL 1-MAY0 1-JUNIO 1-JULIO 1-AGO 1-OCT 1-DIC

1994 1-ENE 1-FEB 4-ABRIL 1-MAY 1-JULIO 1-DIC

1995 1-ENERO 1-FEB 1-MARZO 1-ABRIL 1-MAY 1-JUN 1-JUL 1-AGO 1-SEP 1-OCT 1-NOV 1-DIC

1996 v 1-ENERO ) fl-FEB

\ .

OBS.

(*)

<**)

R E B A J A D O S PRECIO

N i

198.00 21000

210 00 240.00 325 00

325 00 311.00

311.00 377.63 442.05 510.37 510.37 510.37 510.37 510.37 510.37 526.62

505.88 505.88 533.22 547.07 547.07 564.76

564.76 701.87 958 40

1.048 08 1,048.08 1,048.08 1,048.08 1,048.08 1.048.08 1,048 08 1,048 08 1,099.73

1,146.40 1,216.09

S / I V A N i

172.17 182.61

182.61 208.70 295.45

295.45 282.73

282.73 343.30 «01.86 463.97 «63.97 «63.97 «63.97 «63.97 «63.97 478.75

459.89 459.89 484.75 «97.34 «97.34 513.42

513.42 638.06 871.27 911.37 911.37 911.37 911.37 911.37 911.37 911.37 911.37 956.29

S96.87 1,057.47

•A DE

INCREM.

0 0 0 6.06

0.00 14.29 41.57

0.00 -4.31

0.00 21.42 17.06 15 46 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 3.18

-3 94 0.00 5.40 2.60 0 0 0 Ó.23

0.00 24.28 36 55

4.60 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 4.93

4.24 6.08

C E M E N T O 6 PRECIO

N i

165 00 175.00

175.00 200 00 260.00

260.00 249.00

249.00 278 39 275.59 281.76 293 39 305.94 322 34 340.80 350.87 350.87

324.05 315.53 323.46 323.46 303.08 314.23

314.23 394.15 539 86 582.80 609.43 628 43 683 16 683.16 683.16 683 16 683 16 683 16

715.18 750 41

S / I V A N i

143,48 152.17

152.17 173.91 226.09

236.36 226.36

226.36 253.08 250.54 256.15 266.72 278.13 293.04 309.82 318.97 318.97

294.59 286.85 294.05 294.05 275.53 285.66

285.66 358.32,-" 490.78 / 506.78 r

529.94. 546.46 • 594.05 ' 594.05 594.05 594.05 594.05 594.05 •-"

621.90 652.53

%DE

INCREM.

0 00 6 0 6

0.00 14 29 30 00

4.55 -4.23

0.00 11 80 -1.01 2.24 4.13 4.28 5.36 5.73 2.95 0.00

-7.64 -2.63 2 51 0 00

-6.30 3.68

0 0 0 25 43 36 97

3 26 4.57 3 12 8 71 0 00 0.00 0.00 0 00 0 00

4.69 4 93

{ * ) \ A partir de esta fecha el I V A imparta 10 % JACS

( " * ) A partir de esta fecha el I V A impo3a t5 %

Page 80: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

INFORMACIÓN PERMANENTE

RECARGOS MENSUALES PERIODO COM nwmoo SMPBOflBOO PEINOOO

1979 Ene De 1980 Ene-De

1981 EneDic

1982 Ene-De

1983 EneOic

1984 Ene-De

1985 Ene-Oe

1986 Ene De

1987 Ene-De

1988 Ene-May

1988 Jun-Jul

1988 Ago

1988 Seo

1989 OctNov

1988 Die

1989 Ene

1989 feb

1989 Mat

1989 Abr

1989 May

1989 Jim

1989 Jul

1989 Ago

1989 Sep

2 0 H 200%

200%

300%

350%

350%

390%

350%

825%

8.25%

656%

507%

4 41%

432%

434%

450%

493%

5 35%

5.27%

512%

508%

532%

563%

558%

300% 300%

300% 450%

5¿S% 525%

S.25%

825%

1275%

1275%

985%

760%

6 0 1 %

648%

6.51%

676%

7.39% 8.02%

791% 7.69%

762%

7»%

8.45% 637%

FECHA OOF CONFKOSSOGA aWFMrMOGA

1989 Ocl

1989 De 1990 EneDic'

1991 Ene-De' 1992 Ene-De'

413%

382%

4 05% 200%

150% 100%

1993'Ene El» Mar Abr May Jun Jul

Ano Se» Oct Nov De

1994'Ene Feo Mar At»

May Jun Jul

Ato Seo Oct Nov Die

16 11 lo 29 4

31 to 29 30 30 29 30

27 2

28 26 29 26 29 21

_ 3 1 30 31 30

De Feb Mar Mar May May Jul Jul At» Set Oct Nov

Ok Fot Fob Mar At» May Jun Jul Ago Sot Oct No»

92 93 93 93 93 93 93 93 93 93 93 93

93 94 94 94 94 94 94 94 94 94 94 94

180% 140% 150% 160% 100% 160% 170% 150% 160% 150% 1.20% 160%

2 0 0 % 107% 089% 113% 150% 191% 193% 200% 200% 1.87% 156% 1.81%

27% 2 .1% 22% 2.7% 27% 2.7% 26% 2.2% 24% 22% 18% 2.5%

3JJ% 160%

ijn%r». 170% . 2.25% 2.86% 290% 300% 300% ¿80% 234% 2.72%

619%

5.73%

1995 Ene Fob

Ago Set Oct

608% 300%

2.25% 1.50%

1996 Ene Fab

31 1

Era 95 En 95 Mat 95 Abr 95 May 95 Jun «

95 18 Ago 95 12 Sap 95 6 Oct 95 8 No» 95

14 De 95

7 12

200% 200% 200% 200% 200% 0.57% 200% 200% 200% 200% 200% 200%

15 Ene 96 Feb 96 Mar 96

200% 200% 200% 200%'

3.00% 300% 3.00% 3.09% 3.00% Q.86% 300% 3.00% 3.00% 3JJ8* 3.00% 300%

3.00% 300% 3.00%. 3.00%'

TasjsaptabteMJtaevJtoicnMiuka.'osOTfinr^^ Cora prenminar *

COSTO PORCENTUAL PROMEDIO DE CAPTACIÓN

MESES

Enero

febrero

Marzo

Aon!

Mayo

Jumo

Juho

Agosto

Sepliembte

Oclubie

Nonembre

Derembre

1981

2546

2598

2659

2691

2722

2766

2842

2950

3045

3122

3177

3181

1982

3231

33 41

3 3 f

34 ¿9

36 26

3 9 ' 1

43^3

4 S 4 '

47 81

45 V

45-!

461

1983,

5020

54 24

V16

57 21

•314.

V61

SF73

123

..78

/ 14

587

r 11

1984

5595

5516

5311

5110

5012

5038

5069

5093

5060

4934

4831

4754

1985

4717

4733

4936

5193

53 76

54 92

5700

59.06

6098

6229

6339

6566

1 1 8 *

6855

7030

7179

7348

7502

7697

8136

84 40

8772

9148

9419

9533

1W7 9589

9620

9625

9579

9479

9376

9291

9215

9102

9030

9237

10429

1988

12254

13588

11716

8103

6059

46 76

4072

3990

3990

4003

4165

4548

1989

4937

4870

4730

4691

4915

SI 97

5150

3812

3524

37 40

3951

4011

1998

4208

4487

4715

4720

4262

3S16

33.05

1*127

3111

3152

2956

2923

1991

2711

2571

24,29

2362

2310

2179

2099

2055

2172

2129

2052

1995

1992

1898

18.22

1660

1575

1556

1601

1807

1954

2016

2186

2179

2276

1993

22 79

22 72

2131

2016

19 75

1868

1736

1691

1618

1557

1662

1468

1994

1322

1196

1153

1416

1703

1718

1782

1716

16 73

1596

1634

1696

1998

2987

1598

5682

7026

5786

4839

4142

3710

3461

3708

47 54

4654

1998

4018

3591

3912

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CAPITULO V

CASO PRACTICO

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CASO PRACTICO

1. Este consiste en la actualización de un camino tipo B, el cual presenta las etapas de

terracerías, obras de drenaje y pavimentación, desarrollado bajo las Normas de la Secretaría de +

Comunicaciones y Transportes.

En este capítulo se ejemplifica las metodologías de cálculo para la obtención de los factores de

escalación explicados en el capítulo IV; por este motivo no se tomará en cuenta lo especificado en él

anexo 5 del contrato, que para el concurso que sirvió de ejemplo establece que la revisión se hará con

base en la Fracción III del art. 50 del Reglamento; esto es con los porcentajes de incremento que para tal

efecto publica la S.C.T. para los rubros de terracerías, obras de drenaje y pavimentos de las cuales

excluye acarreos con fleteros y productos asfálticos.

Además haremos una comparación entre los procedimientos de actualización entre la fracción I, II (que

son la misma metodologíajy la fracción III esta mediante los factores de escalación que publica la

Subsecretaría de infraestructura de la S.C.T.

En los ejemplos elaborados en base a los precios presentados por el contratista en la propuesta

seleccionada, se hicieron las siguientes consideraciones.

• Concurso celebrado con fecha 28 de noviembre de 1994 +

• Actualización al mes de ENERO de 1995.

• El contratista ha realizado la obra sin retraso en su programa.

76

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ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN FRACCIÓN IY II RGTO. L.O.P.

ACTUALIZACIÓN DE CATÁLOGOS DE CONCEPTO

i:!*"";"::

P.U.

•^•MMM^VÍM^mññ DESCRIPCIÓN

i§Mm^<:f^ ; f^ i CANT. POR EJECUTAR

UNI­DAD

V 1 " - - T ^ g ^ ^

-.;••, •; 5.-.: •••••••

P.U. DE CONC.

:^ ::)'6::V; ••":•

IMPORTE DE CONCURSO

. 7>

FACTOR DE ACTUALI­ZACIÓN

» . , .

IMPORTE ACTUALI­

ZADO

TERRACERIAS 1

2

-

FORMAC. Y COMPACTAC, DE TERRAPLENES P.U.O.T P/95%

ACARREO CUALQUIER DISTAC. P/1er. KM.

4,350.00

35,000.00

-

M3

M3

8.11

3.59

S =

35,278.50

125,650.00

160,928.50

1.22

1.19

E =

42,922.96

149,872.33

192,795.29 •

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN PARA TERRACERIAS EXCLUYENDO ACARREOS = 42,922.96 / 35,278.58 = 1 .22

3

.

OBRAS DE DRENAJE ACERO DE REFUERZO GDO. 42 P/CONCRETO HIDRÁULICO

-

|

12,500.00 KG. 3.57

1 =

44,625.00

44,625.00

1.14

£ =

50,896.07

4

50,896.07

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN PARA OBRAS DE DRENAJE = (IMPORTE ACTUAL. / IMPORTE DE CONCURSO)= 1.14

1

.4

1.14

4 _ t

PAVIMENTOS ASFALTO FR-3 EN CARPETA DE MEZCLA EN EL LUGAR

-

. .

335,000.00

-

-

LTO.

-

1.24

£ =

• "

415,400.00

415,400.00

-

1.06

Z =

-

440,324.00

440,324.00 -

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN PARA ASFALTOS = (IMPORTE ACTUAL. / IMPORTE DE CONCURSO)* 1.06

1.06

l l

77

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ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN FRACCIÓN III RGTO. L.O.P.

CON LAS MISMAS CONSIDERACIONES DE CONCURSO.

• PARA LOS FACTORES DE ACTUALIZACIÓN DE ACARREOS Y ASFALTOS SE CONSIDERA EL

MISMO YA QUE ESTOS FUERON ESTUDIADOS CONFORME A LAS TARIFAS DE ACARREOS DE

LA S C T Y PRECIOS OFICIALES DE PEMEX.

PARA LAS ACTIVIDADES DE TERRACERIAS, OBRAS DE DRENJE Y PAVIMENTACIÓN.

INCREMENTOS AUTORIZADOS POR LA S.C.T.

N° DE OFICIO

3.-222

3.-726

DE FECHA

22-FEB-95

3-MAY-95

VIGENTE A PARTIR DEL:

1-NOV-94

1-ENE-95

TERRA­CERIAS

0.41

42.50

OBRAS DE

DRENAJE

1.00

9.42

PAVIMEN­TOS

0.51

55.46

TERRACERIAS = 1.42

OBRAS DE DRENJE = 1.0942

PAVIMENTACIÓN = 1.5546 EN ESTE CASO NO TIENE CONCEPTOS PARA APLICAR EL FACTOR

LA COMPARACIÓN CONTRA LOS OBTENIDOS POR LAS FRACCIONES I Y I I

TERRACERIAS = 1.22

OBRAS DE DRENJE = 1.14

78

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ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN FRACCIÓN I Y II

ACTUALIZACIÓN DE INSUMOS MATERIALES Y MAQUINARIA * 4

. L ' I

N' DESCRIPCIÓN UNI­DAD

ÍNDICE A FECHA DE REVISION

ÍNDICE A FECHA DE

CONCURSO

FACTOR DE ACTUALI­ZACIÓN

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

DIESEL

LUBRICANTES

AGUA

ACERO DE REF.

MOTOCONFORMADORA

TRACTOCOMPACTADOR

COMPACTADOR

CAMION REDILAS

BOMBA AUTOCEBANTE

PIPADE10M3

PETRO S/CAMION

ALAMBRE RECOC.

LT.

LT.

M3

KG.

PZA

PZA

P2A

PZA

PZA

PZA

PZA

KG.

-

100.0000

119.9300

117.9800

177.4700

177.4700

134.5900

109.3800

134.5900

153.1900

104.9800

PORCENTAJE OFICIAL DE INCREMENTO

P/COMBUSTIBLES

Y LUBRICANTES 0.75%

100.0000

100.4600

109.2700

110.2900

110.2900

109.7500

106.4400

109.7500

1249200

109.3000

1.0000

1.1938

1.0797

1.6091

1.6091

1.2263

1.0276

1.2263

1.2263

1.0412

ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN FRACCIÓN I Y I I

ACTUALIZACIÓN DE MANO DE OBRA

' L " J J | S J X L _ "

CATEGORÍA UNI­DAD

SALARIO BASE A LA FECHA DE

REVISION

5

SALARIO BASE IA LA FECHA DE

FALLO

6 t - - - -

ÍNDICE DE INCREMENTO

INCREMENTO PORCENTUAL GENRAL PARA MANO DE OBRA PUBLICADO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE SALARIOS MÍNIMOS PUBLICADA EN EL DIARIOS OFICIAL DE

LA FEDERACIÓN 7 % A PARTIR DEL 1 • DE ENERO DE 1995

79

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ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN

ACTUALIZACIÓN DE COSTOS HORARIOS

1 NO

M A Q U I N A :

INSUMOS

MOTOCONFORMADORA

CARGO

DE CONO

% D E

INTERV.

ÍNDICE

DE ACTUAI .

% D E

INTERV.

ACTUAL.

TRACTOCOM PACTADOR

CARGO

DE

CONC.

% D E

INTERV.

ÍNDICE

DE

ACTUAL.

% D E

INTERV.

1.- CARGOS FIJOS

A)

B)

C)

D)

E)

2.-

A)

B)

C)

D)

E)

3.-

4.

Depreciación

Inversión

Seguros

Mantenimiento

Almacenaje

CONSUMOS

Diesel

Gasolina

Otras

Lubricantes

Llantas

OPERACIÓN

Operación

TOTALES

99.98

37.66

34.39

3.82

24.11

26.74

24.42

2.71

17.12

1.0797

1.1989

1.0797

1.0797

.

28.87

29.27

2.93

18.48

25.09

16.04

3.83

5.22

11.39 —

-

2.72

3.71

1.0075

1.0075

1.0000

11.47

-

-

2.74

3.71

15.77

15.77

.

140.84

11.20

100.00

1.0700 11.98

109.46

166.06

67.45

49.28

5.48

43.85

30.86

25.66

-

-

5.20 -

11.66

11.66

208.58

32.34

23.63

2.63

21.02

-

12.X

-

-

2.49 -

5.59

100.00

1.6091

1.7867

1.6091

1.6091

1.0075

1.0075

1.0700

52.03

42.21

4.23

33.83

-

r

12.39

2.51

^

5.98

153.19

ÍNDICE SECODAM ACT. DE LA FORMA 4.2 COLUMNA 6 = 1.0797 ÍNDICE SECODAM: 1.6091

ÍNDICE CPP B. MEX. ACTUAL ; 1.2987

ÍNDICE CPP B. MEX. DE CONC.: 1.1696 1.1104

PARA CARGO POR INVERSION:

PARA CARGO POR INVERSION:

ÍNDICE SECODAM ACTUAL. X ÍNDICE CPP. ACTUAL.

ÍNDICE SECODAM ACTUAL, x ÍNDICE CPP. ACTUAL.

1.0797x1.1104= 1.1989 1.6091x1.1104= 1.7867

PORCENTAJE DE INCREMENTO: 109.46 PORCENTAJE DE INCREMENTO: 153.19

FACTOR DE INCREMENTO: 1.0946 FACTOR DE INCREMENTO: 1.5319

80

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ANAUSIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN

ACTUALIZACIÓN DE 'RARIOS

1 N°

MAQUINA :

ENSUMOS

COMPACTADOR

CARGO DE

CONC.

% D E INTERV.

ÍNDICE DE

ACTUAL.

V„DE INTERV. ACTUAL.

CAMION DE RED!LAS

CARGO DE

CONC.

% D E INTERV.

ÍNDICE DE

% D E INTERV.

1.-

A)

B) C>

D)

E)

2.-

A)

B)

C)

D>

E)

3.-

4.

CARGOS FIJOS

Depreciación

Inversión

Seguros

Mantenimiento

Almacenaje

CONSUMOS

Diesel

Gasolina

Otras

Lubricantes

Llantas

OPERACIÓN

Operación

TOTALES

43.07

17.93

13.10

1.46

10.58

23.97

17.52

1.95

14.15

1.6091

1.7867

1.6091

1.6091

• •

38.58

31.30

3.14

22.76

20.06

15.44

3.37

1.25

20.64

-

-

4.51

1.67

1.0075

1.0075

1.0000

20.80

-

-

4.54

1.67

11.66

11.66

74.79

15.59

100.00

1.0700 16.68 •

139.47

27.88

12.30

7.49

0.83

7.26

19.22

11.70

1.30

11.34

-

1.2263

1.3617

1.2263

1.2263

23.56

15.93

1.59

13.91

28.59

20.20

-

-

3.52

4.87

31.56

-

-

5.50

7.61

1.0075

1.0075

1.0000

31.79

5.54

7.61

7.54

7.54

64.01

11.78

100.00

1.0700 12.60

112.54

ÍNDICE SECODAM ACT. DE LA FORMA 4.2 COLUMNA 6 -

ÍNDICE CPP B. MEX. ACTUAL : 1.2987

ÍNDICE CPP B. MEX. DE CONC.: 1.1696

PARA CARGO POR INVERSION:

ÍNDICE SECODAM ACTUAL, x ÍNDICE CPP. ACTUAL.

1.6091x1.1104= 1.7867

1.6091

1.1104

ÍNDICE SECODAM: 1 . 2 2 6 3

PARA CARGO POR INVERSION:

ÍNDICE SECODAM ACTUAL, x ÍNDICE CPP. ACTUAL.

1.2263x1.1104= 1.3617

PORCENTAJE DE INCREMENTO : 1 3 9 . 4 7

FACTOR DE INCREMENTO: 1 . 3 9 4 7

PORCENTAJE DE INCREMENTO :

FACTOR DE INCREMENTO:

112.54 1

81

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ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN

ACTUALIZACIÓN DE COSTOS HORARIOS

1 N°

MAQUINA :

INSUMOS

BOMBA AUTOCEBANTE

CARGÓ"

DE

CONC.

% D E

INTERV.

ÍNDICE

DE

ACTUAL

% D E

INTERV.

CAMION DE REDILAS

CARGÓ

DE

CONC.

% D E

INTERV.

ÍNDICE

DE

ACTUAL

% D E

ÍNTERV.

27.88

12.30

7.49

0.83

7.26

19.22

11.70

1.30

11.34 -

-

1.2263

1.3617

1.2263

1.2263

-

23.56

15.93

1.59

13.91

28.59

20.20

-

-

3.52

4.87

7.64

7.54

64.01

31.56

-

-

5.50

7.61

11.78

100.00

1.0075

1.0075

1.0000

-

1.0700

31.79

5.54

7.61

12.60

112.54

1.- CARGOS FIJOS

A)

B)

C)

Di E)

2.-

A)

B)

C)

E)

3.-

I4-

Depreciación

Inversión

Seguros

Mantenimiento

Almacenaje

CONSUMOS

Diesel

Gasolina

Otras

Lubricantes

Llantas

OPERACIÓN

Operación

TOTALES

1.70

0.83

0.41

0.05

0.41 •

5.91

2.92

0.36

2.92

1.0276

1.1410

1.0276

1.0276

6.07

3.33

0.37

3.00

4.25

-

2.79

1.15

0.31

-

-

19.87

8.19

2.21

-

-

1.0075

1.0000

1.0075

-

• i

20.02

8.19

2.22

-

8.09

8.09

14.04

57.62

100.00

1.0700

-

61.65

104.86

ÍNDICE SECODAM ACT. DE LA FORMA 4.2 COLUMNA 6 = 1.0276 ÍNDICE SEC O DAM: 1.2263

ÍNDICE CPP B. MEX. ACTUAL : 1.2987 ÍNDICE CPP B. MEX. DE CONC.: 1.1696 1.1104

PARA CARGO POR INVERSION: PARA CARGO POR INVERSION:

ÍNDICE SECODAM ACTUAL, x ÍNDICE CPP. ACTUAL. ÍNDICE SECODAM ACTUAL. X ÍNDICE CPP. ACTUAL.

1.0276x1.1104= 1.1410 1.2263x1.1104= 1.3617

PORCENTAJE DE INCREMENTO: 104.86 PORCENTAJE DE INCREMENTO: 112.54 FACTOR DE INCREMENTO: 1.0486 FACTOR DE INCREMENTO: 1.1254

82

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ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN

ACTUALIZACIÓN DE COSTOS HORARIOS

N O

MAQUINA :

1NSUMOS

PIPA DE 10 M3 CARGO

DE CQNC.

%DE INTERV.

ÍNDICE DE

ACTUAL. I

VoDÉ [ INTERV.

PETRO SIN CAMION CARGO

DE I CQNC.

%DE INTERV.

1.- CARGOS FIJOS

A)

B)

C) D)

E) -

2 -

A)

B)

C)

E)

3.-

4.

Depreciación

Inversión

Seguros

Mantenimiento

Almacenaje

.

CONSUMOS

Diesel

Gasolina

Otras

Lubricantes

Llantas

OPERACIÓN

Operación

TOTALES

30.21

13.33

8.12

0.90

7.86

17.63

10.74

1.19

10.39

1.2263

1.3617

1.2263

1.2263

21.62

14.62

1.46

12.75

31.05

23.17 -

-

3.79

4.09

30.64 -

-

5.01

5.41

1.0075 -

-

1.0075

1.0000

30.87 -

-

5.05

5.41

14.36

14.36

75.62

18.99

100.00

1.0700 20.32

112.09

ÍNDICE DE

ACTUAL.

%T>E INTERV.

43.99

18.31

13.38

1.49

10.81

25.71

17.82 -

-

3.02

4.87

20.86

20.86

90.56

20,22

14.77

1.65

11.94 -

-

19.68 á *

-

3.33

5.38

23.03 I

1.2263

1.3617

1.2263

1.2263

1.0075

1.0075

1.0000

¥

I 1.0700

100.00 I

24.79

20.12

2.02

14.64

19.83

3.36

5.38

24.65

114.78

ÍNDICE SECODAM ACT. DE LA FORMA 4.2 COLUMNA 6 =

ÍNDICE CPP B. MEX. ACTUAL : 1.2987 ÍNDICE CPP B. MEX. DE CONC.: 1.1696

PARA CARGO POR INVERSION:

ÍNDICE SECODAM ACTUAL, x ÍNDICE CPP. ACTUAL. 1.2263x1.1104- 1.3617

1.2263

1.1104

ÍNDICE SECODAM: 1.2263

PARA CARGO POR INVERSION:

ÍNDICE SECODAM ACTUAL, x ÍNDICE CPP. ACTUAL.

1.2263x1.1104= 1.3617

PORCENTAJE DE INCREMENTO : 112.09 FACTOR DE INCREMENTO: 1.1209

PORCENTAJE DE INCREMENTO: FACTOR DE INCREMENTO:

114,78 1.1478

83

Page 90: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

BÁSICO O AUXILIAR N°

INSUMOS

AGUA

C A R G O DE C O N C .

ÍNDICE

DE ACTUAL.

C A R G O ACTUAL.

1 - MATERIALES

A)

B) C)

D)

E)

2.-

A)

B)

C)

D)

3.-

A) B)

4.-

AGUA

MANO DE OBRA

EQUIPO

BOMBA AUTOCEBANTE ACT.

PIPA DE 10 M3 INACT.

T O T A L E S

0.80

0.80 1.0000

0.80

0.80

-

11.20

1.62

9.58

12.00

1.O4O0

1.1200

1241

1.68

10.73

13.21

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN = 13.21/12 = 1.10

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BÁSICO O AUXILIAR N°

INSUMOS

ACERO DE REFUERZO

CARGO DE CONC.

ÍNDICE DE

ACTUAL.

CARGO ACTUAL.

1.- MATERIALES

A)

B)

C)

0)

2.-

A)

3.-

A) B)

4.-

ACERO DE REFUERZO

MANO DE OBRA

CARGO POR MANO DE OBRA

EQUIPO

CAMION REDILAS

TOTALES

1.36

1 36 1 1938

0.03

003

0.05

0.05

1.44

1.0700

1.1300

1.62

162

0.03

0 03

0.06

0.06

-

1.71

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN - 1.71/1.44= 1.19

85

Page 92: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN

ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS

|\|o

PRECIO UNITARIO N°

INSUMOS

1.- MATERIALES

A)

?L

2.-

A) B) 3.-

A) B) C)

4.-

AGUA

MANO DE OBRA

EQUIPO

TRACTOCOMPACTADOR MOTOCONFORMADORA COMPACTADOR

TOTALES

FORMACIÓN Y COMPACTACION DE

TFRRAPI FWFS Al SS%

CARGO DE CONC.

ÍNDICE DE

ACTUAL

CARGO ACTUAL.

2.04 2.04

2.04 1.0000 2.04 0

0 0.00

0.00

3.53 4.72

1.18 1.17 1.18

5.57

P.U. DE CONCURSO 8.11

1.5300 1.0900 1.3900

1.81 1.28 1.64

6.76

% INDIRECTOS DE CONCURSO SUMA

% FINANCIAMIENTO ACTUALIZADO SUMA

% UTILIDAD DE CONCURSO SUMA

2 % DE LA M.O. INFONAVIT 5 % DE LA M.O. SAR

SUMA % SECODAM

%CNIC PRECIO UNITARIO ACTUALIZADO

29.62%

1.13%

10.00%

2.00% 5.00%

0.50% 0.20%

2.00 3.76 0.10 8.86 0.89 9.76 0.04 0.01 9.80 0.05 0.02

9.87

ACTUALIZACIÓN DE FINANCIAMIENTO: 1.13

FINANCIAMIENTO DE CONCURSO* 1.20%

ÍNDICE CPP A FECHA DE ACTIALIZAC. 1.2985 ÍNDICE CPP A FECHA DE CONCURSO 1.1634 1.1161

1.1161x1.0120= 1.13

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN DEL PRECIO UNITARIO :

PRECIO UNITARIO ACTUALIZAC. 9.87 _ PRECIO UNITARIO DE CONCURSO 8.11 1.22

86

Page 93: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

B I B L I O T E C A Instituto T«*c*»I6fico de »a CQ«*tru««tó«i

ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN

ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS

N"

PRECIO UNITARIO N°

INSUMOS

ACERO DE REFUERZO VARILLAS GRADO 42

CARGO DE CONC.

ÍNDICE DE

ACTUAL.

CARGO ACTUAL.

1.- MATERIALES

A) B)

2.-

A) B) 3.-

A) B) C)

4.-

COSTO BÁSICO DE ACERO DE REF. ALAMBRE RECOCIDO

MANO DE OBRA

CARGO POR MANO DE OBRA

EQUIPO

TOTALES

1.56 1 85

1.512 0 0525

1.1890 1.0412

1.80 0 05

0.87 0.93

0.87 1.0700 0.93

0

2.43

P.U. DE CONCURSO 3.57 2.78

% INDIRECTOS DE CONCURSO SUMA

% FINANCIAMIENTO ACTUALIZADO SUMA

% UTILIDAD DE CONCURSO SUMA

2 % DE LA M.O. INFONAVIT 5 % DE LA M.O. SAR

SUMA % SECODAM

KCNIC PRECIO UNITARIO ACTUALIZADO

29.62%

1.13%

10.00%

2.00% 5.00%

0.50% 0.20%

0.82 3.61 0.04 3.65 0.36 4.01 0.02 0.01 4.04 0.02 0.01

4.07

ACTUALIZACIÓN DE FINANCIAMIENTO: 1.13

FINANCIAMIENTO DE CONCURSO^ 1.20%

ÍNDICE CPP A FECHA DE ACTIALIZAC. 1.2985 ÍNDICE CPP A FECHA DE CONCURSO 1.1634 1.1161

1.1161x1.0120= 1.13

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN DEL PRECIO UNITARIO :

PRECIO UNITARIO ACTUALIZAC. 4.07 PRECIO UNITARIO DE CONCURSO 3.57 1.14|

87

Page 94: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN

ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS

PRECIO UNITARIO N°

INSUMOS

ACARREOS PARA TERRACERIAS PARA 1er. KM.

1.- TARIFA S.C.T |

COSTO DIRECTO DE CONCURSO 2.4700 EN EL CD. ESTÁN CONSIDERADOS ABUNDAMIENTO, Y FACTOR DE LLENADO

ACARREO 1er. KM. S/TERRAC. TARIFA DE CONCURSO 1.6500 ACARREO 1er KM. S/TERRAC. TARIFA A

FECHA DE ACTUALIZACIÓN 1.9700

CARGO: (CD. x TARIFA A FECHA DE ACTUALIZAC.) / TARIFA DE COIMC.

(2.47x1.97)/1.65= 2.95

4.-1TOTALES | | | 2.95 P.U. DE CONCURSO 3.59|

% INDIRECTOS DE CONCURSO SUMA

% FINANCIAMIENTO ACTUALIZADO SUMA

% UTILIDAD DE CONCURSO SUMA

2 % DE LA M.O. INFONAVIT 5 % DE LA M.O. SAR

SUMA %SECODAM

%CNIC

PRECIO UNITARIO ACTUALIZADO 4.28

29.62%

1.13%

10.00%

2.00% 5.00%

0.50% 0.20%

0.87 3.82 0.04 3.87 0.39 4.25 0.00 0.00 4.25 0.02 0.01

ACTUALIZACIÓN DE FINANCIAMIENTO: 1.13

FINANCIAMIENTO DE CONCURSO= 1.20%

ÍNDICE CPP A FECHA PE ACTIALIZAC. 1.2985 _ ÍNDICE CPP A FECHA DE CONCURSO 1.1634 ~~ 1.1161

1.1161x1.0120= 1.13

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN DEL PRECIO UNITARIO :

PRECIO UNITARIO ACTUALIZAC. 4.28 PRECIO UNITARIO DE CONCURSO 3.59 "~ 1.19

88

Page 95: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

ANÁLISIS DE FACTORES DE ACTUALIZACIÓN

ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS

N"

PRECIO UNITARIO N°

INSUMOS

ASFALTO FR-3 EN CARPETA DE MEZCLA EN LUGAR

CARGO

1.- MATERIALES | 0.75

* ASFALTO PRECIO OFICIAL PEMEX A FECHA DE CONC. 0.5471

L CONTRATISTA CONSIDERA EN CONCURSO UN PRECIO P/ ASFALTO MAYOR 0 71 POR LO CUAL HACEMOS LA DIFERENCIA Y LO CONSIDERAMOS COMO FLETE.

0.71-0.5471= 0.1629 CARGO POR FLETE

ADQUISICIÓN A FECHA DE ACTUALIZACIÓN C/ TARIFA OFICIAL SUMANDO EL EL CARGO POR FLETE CONSIDERADO EN CUNCURSO

0.56476+0.1629= 0.7277 CARGO POR ASFALTO CARGO

* CONSIDERAMOS 3.0% DE CARGO POR ALMACÉN DE ASFALTO CONSIDERADO EN CONCURSO. 0.7277x1.03= 0.75 0.75

2.-

A) B)

3.-

A) B) C)

4.-

MANO DE OBRA

CARGO POR MANO DE OBRA

EQUIPO

PETROLIZADO RA

TOTALES

0

0 1.0700 -

0.13 0.16

0.13

P.U. DE CONCURSO 1.24

1.2263 0.16

0.91

% INDIRECTOS DE CONCURSO 29.62% SUMA

% FINANCIAMIENTO ACTUALIZADO SUMA

% UTILIDAD DE CONCURSO SUMA

2 % DE LA M.O. INFONAVIT 5 % DE LA M.O. SAR

SUMA %SECODAM

% CNIC PRECIO UNITARIO ACTUALIZADO

29.62%

1.13%

10.00%

2.00% 5.00%

0.50% 0.20%

0.27 1.18 0.01 1.19 0.12 1.31 0.00 0.00 1.31 0.01 0.00 1.32

ACTUALIZACIÓN DE FINANCIAMIENTO: 1.13

FINANCIAMIENTO DE CONCURSO» 1.20%

ÍNDICE CPP A FECHA DE ACT1ALIZAC. 1.2985

ÍNDICE CPP A FECHA DE CONCURSO 1.1634 89

1.1161

Page 96: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

1.1161x1.0120= 1.13

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN DEL PRECIO UNITARIO :

PRECIO UNITARIO ACTUALIZAC. 1.32 _ PRECIO UNITARIO DE CONCURSO 1.24 ~ [ 1.06|

Page 97: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

CAPITULO VI

VI.1 CONCLUSIONES VI.2 BIBLIOGRAFÍA

VI.3 ANEXOS

91

Page 98: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

Desde inicios de la crisis económica, se ha presentado en el país un proceso de inflación que

se hace algunas veces más aguda; lo que conduce a cambios en los costos de los presupuestos

de obra frecuentes e inciertos.

Con el propósito de contrarrestar el efecto negativo de la inflación en los contratos de obra

pública, se estableció el ajuste de precios unitarios, que busca conservar el equilibrio entre los

costos, los precios y las obligaciones de las partes. Por otro lado se busca también eliminar las

formas ruinosas de competencia entre los concursantes, por que si el ajuste de precios no

estuviera pactado, las ofertas se verían afectadas por incluir prevenciones de costos al azar que

podrían ser excesivas originando el encarecimiento de la obra, o insuficientes provocando así

pérdidas.

Debe entenderse también que el objeto del ajuste de precios no debe ser corregir los defectos

de una mala propuesta, ni agravar las cargas de la administración pública o aumentar las

utilidades del contratista, su objetivo es mantener la proporción entre los beneficios y los cargos

tal y como fueron calculados en el momento de presentar la propuesta.

Es necesario que el contratista establezca mecanismos ágiles que pueden ser entre otros,

programas de computadora como auxiliares para la determinación del incremento de costos

fijado por la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas a ftn de estar en condiciones de presentar su

solicitud de incremento de inmediato y cubrir así el requisito contractual, aunque posteriormente

se documenten las mismas y no perder el efecto de ret reactividad en su aplicación a la fecha

en que se hayan presentado los incrementos, ya que debido a las demoras en ei pago de los

importes correspondientes a las escalaciones se pierden intereses por financiamiento, lo que

conduce a pérdidas económicas para las empresas.

92

Page 99: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

*

Por otra parte es importante que el contratista realice un análisis de las conveniencias de cada

una de las formas que establece la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas para determinar el

ajuste y así decidir la que se pactará en el contrato respectivo, ya que de manera general se

observa una variación, efectuando el ajuste en base a lbs párrafos I y II del Artículo 50 del

Reglamento de fa Ley de Obras Públicas, respecto a realizarlo de acuerdo a lo indicado en el

párrafo III, presentándose la ventaja con ésta última forma es que se evita el procedimiento tan

laborioso de Eos primeros.

93

Page 100: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

1. ÍNDICES DE LA CONSTRUCCIÓN S.H.C.P. Y SECODAM., MEXICO 1995 Y1996.

2. MEMORIAS DE LA XII REUNIÓN NACIONAL Y III REUNIÓN REGIONAL DE ANALISTAS DE COSTOS. SOCIEDAD MEXICANA DE INGENIERÍA ECONÓMICA, FINANCIERA Y DE COSTOS A.C.

3. METODOLOGÍA PARA LA OBTENCIÓN DE RELATIVOS, S.P.P., MEXICO 1984.

4. LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PUBLICAS ( DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN 1o DE ENERO DE 1994 ).

5. REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN 13 DE FEBRERO DE 1985 ).

6. ARCHIVOS DE LA S.C.T.

7. APUNTES DEL CURSO " ACTUALIZACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS EN BASE A LA LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PUBLICAS" ARQ. TERESA TICO DECFI, UNAM.

8. ESCALACION DE COSTOS EN LA OBRA PUBLICA T-N° 4 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. SUBDIRECCCION GENERAL DE OBRAS Y PATRIMONIO JEFATURA DE CONSTRUCCIONES (BIBLIOTECA),

INMOBILIARIO

94

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¡-I'.: ¿:í- . .-^-:;:-m:\-

Mi l l ^ - r - ^ J — •

95

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'RA :. CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,

DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA­

MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V SISTEMADE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO : FC-BIDI-94-12-22

315

ANÁLISIS DEL COSTO HORARIO

FECHA:28-NOV-1994 HORA: 13:36

TRAMO : CAMINO "EL PUEBL1TO-CORONEG" OUERETARO, OUERETARO

PAGINA: 25

DATOS GENERALES : VALOR DEL DOLAR: $ 3.4628

CLAVE DEL EQUIPO: 45-02 DESCRIPCIÓN: MOTOCÓNFORMADORA VIDA ECONÓMICA (AÑOS): 7.5 HORAS POR AÑO: 2000 MOTOR: DIESEL H.P.: 135.0 EFICIENCIA: 80.0%

HARCA:CATERPILLA MODÉLO:12-G CAPACIDAD DEL CARTER (LTS): 29.0

PRIMA DE SEGUROS: 2.000%

CAPACIDAD:135H

CAM. LUBftjXHRS}: J_ TASA DE INTERÉS: 18-00000%°^

MTTO. POR M. OE OBRA: 16.00% MTTO. POR REFACC: 48.00% DE RECUPERACIÓN: 15.00% PRECIO DE ADQUISICIÓN (DL): $, 194.183.78

PRECIO DE ADQUISICIÓN (M.N.): $ COSTO DE LLANTAS (HENOS): $

VALOR DE ADQUISICIÓN S 664,589.59

CARGOS FIJOS :

D E P R E C I A C I Ó N : I N V E R S I O N : S E G U R O : M T T O . P O R R E F A C C I Ó N : M T T O . P O R M A N O D E O B R A :

D=(Va-Vr)/Ve I=(Va+Vr)i/2Ha S=(Va+Vr)S/2Ha M.R.=ÜEPR*PORC.MTTO.REFACC. M.Mí=DEPR*PORC.MTTO.MDEO.

TOTAL CARGOS FIJOS

% INACTIVO 15-00

100.00 100.00

ACTIVO 37.66 34.39

3.82 18.08 6.03

INACTIVO 5.65

34.39 3.82

99.98 43.86

i

CARGOS POR CONSUMOS :

CONCEPTO . "ANT * COEF X POTE

F. CONSUMO DIESEL LT COEF. CONSUMO LUBRICANT LT CONS. POR CAMBIO LUBLIC LT

UNIDAD

'

NT I DAD

16.2000 0.4320 0.2900

% INAC.

5.00 5.00

.5.00

COSTO UNITARIO

0.99 5.30 5.30

COSTO PARCIAL

ACTIVO

16.04 2.29 1.54

INACTIVO

0.80

0.11 0.08

ACTIVO

'

IMPORTE INACTIVO

19.87 0.99

LLANTA NEUMÁTICO 13 X 24 (8 CA PZA 6.0000 15.00 1,305.00

Sub-Total:

7,830.00 1,174.50

19.87 0.99

7,830.00 1,174.50

RENDIMIENTO : 1500.0000 VIDA DE LA LLANTA Sub-Total: TOTAL CARGOS POR CONSUMO:

5.22 25.09

0.78 1.77

CARGOS POR OPERACIÓN : OPERADOR DE MOTOCONF JOR 1.0000 100.00 126.15 126.15

126.15

126.15

126.15

RENDIMIENTO : 8.0000 HORAS / TURNO Sub-Total: TOTAL CARGOS POR OPERACIÓN:

,15.77 15.77

~s-

15.77 15.77

C O S T O H O R A R I O : 140.84

/

/ y

¡arados Basálticos y •••*<qr'

1VG. jcr.-GE e

61.40

Page 103: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

i. 3RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,

DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA­MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A, DE C.V. SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO : FC-BIDI-94-12-22

315

ANÁLISIS DEL COSTO HORARIO

FECHA:28~NOV-1994

HORA: 13:35

TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CORONEO"

QUERETARO, QUERETARO

PAGINA: 13

DATOS GENERALES : VALOR DEL DOLAR: $ 3.4628

CLAVE DEL EQUIPO: 15-08 DESCRIPCIÓN: TRACTOCOMPACTADOR MARCA:CATERPILLA MODELO:815 B CAPACIDAD: VIDA ECONÓMICA (AÍJ05): 6-0 HORAS POR AÑO: 2000 CAPACIDAD DEL CARTER (LTS): 29-0 CAM.LUBR.(HRS): 100 MOTOR: DIESEL H-P.: 216,0 EFICIENCIA: 80.0% PRIMA DE SEGUROS: 2.000% TASA DE INTERÉS: 18-00000% MTTO. POR H. DE OBRA: 13-00% MTTO. POR REFACC: 52-00% DE RECUPERACIÓN: 15-00% PRECIO DE ADQUISICIÓN (DL): $ 275,009.60

PRECIO DE ADQUISICIÓN (M.N.):

COSTO DE LLANTAS (MENOS):

VALOR DE ADQUISICIÓN:

M.N.): $

) : *

$

ACTIVO 67.45 49.28

5.48 35.08

8.77

952,303.24 0.00

952,303.24

INACTIVO 10.12 49.28

5.48

CARGOS FIJOS : D E P R E C I A C I Ó N : I N V E R S I O N : S E G U R O :

M T T O . P O R R E F A C C I Ó N : M T T O - P O R M A N O D E O B R A :

D=(Va-Vr)/Ve I=(Va+Vr)i/2Ha S=4Va+Vr)S/2Ha M-R.=DEPR*PORC.MTTO.REFACC. M.M.=DEPR*PORC.MTTO-MDEO.

TOTAL CARGOS FIJOS

X INACTIVO 15-00

100-00 100-00

166.06 64.88

CARGOS POR CONSUMOS :

CONCEPTO ^-^ANT = COEF X POTE

F. CONSUMO DIESEL LT CÓEF. CONSUMO LUBRICANT LT CONS. POR CAMBIO LUBLIC LT

e

UNIDAD CANTIDAD % INAC.

25.9200 5.00 0.6912 5.00

0.2900 5.00

COSTO UNITARIO

0.99 5.30 5.30

COSTO PARCIAL ACTIVO INACTIVO

25.66 1.28 3.66 0.18 1.54 0.08

IMPORTE ACTIVO INACTIVO

30.86 1.54

Sub-Total: TOTAL CARGOS

0 93.30

93.30

HORAS / TURNO Sub-Total:

POR

TOTAL CARGOS POR

CONSUMO:

93.30

93.30

OPERACIÓN:

30.86 30.86

*

11.66 11.66

1.54 1.54

11.66 11.66

CARGOS POR OPERACIÓN OPERADOR DE COMPACTA JOfi 1.0000 100.00

RENDIMIENTO

93.30

8.0000

C O S T , O « G f t A R I O 208.58 78.08

— y

i . '

\

AfriíaraJcs Basálticos \ s A. n c v.

|&G 117X.Í i. LT ESA VMU

Page 104: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,

DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA­

MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V.

SISTEMA PE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO : F C B I D I - 9 4 - 1 2 2 2

315

ANÁLISIS DEL COSTO HORARIO

FECHA:28-N0V-1994

HORA: 13:34

TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CORONEO"

OUERETARO, QUERETARO

PAGINA: 2

DATOS GENERALES : VALOR DEL DOLAR: $ 3.4628

CLAVE DEL EQUIPO; 05-08 DESCRIPCIÓN: BOMBA AUTOCEBANTE DE 4" MARCA:CMC H00EL0:4"DIAM CAPACIDAD:

VIDA ECONÓMICA (AÑOS): 5 .0 HORAS POR AÑO: 2000 CAPACIDAD DEL CARTER (LTS) : 1.0 CAM.LUBR.(KRS): 100

MOTOR: GASOLINA H .P . : 12-0 EFICIENCIA: 80.036 PRIMA DE SEGUROS: 2.000X TASA DE ÍNTERES: 18.00000%

MTTO. POR M. DE OBRA: 10.00X HTTO. POR REFACC.: 40.00X DE RECUPERACIÓN: 5.00% PRECIO DE ADQUISICIÓN <HN); $ 8,782.75

-

-

D=(Va-Vr>/ve I=(Va+Vr)í/2Ha S=(Va+Vr)S/2Ha M.R.=DEPR*PORC.HTTO.REFACC. M.M. =DEPR*PORC. HTTO.MDEO.

PRECIO DÉ ADQUISICIÓN (H.N

COSTO DE LLANTAS (MENOS):

VALOR DE ADQUISICIÓN:

X INACTIVO 15.00

100.00 100.00

-

. ) : S £

$

ACTIVO 0.83 0.41 0.05 0.33 0.08

8,782.75 0.00

8,782.75

INACTIVO

0.12 0.41 0.05

CARGOS FIJOS : ,

D E P R E C I A C I Ó N :

I N V E R S I O H :

S E G U R O :

M T T O , P O R R E F A C C I Ó N :

H T T O . P O R N A N O D E O B R A :

TOTAL CARGOS FIJOS 1-70 0*58

CARGOS POR CONSUMOS :

CONCEPTO US ¡{

~ANT = COEF X POTE 5. POR CAffilO LUBLIC LT

COEF. CONSUMO GASOUNA LT COEF. CONSUMO LUB P/MOT LT

TIOAD X IMAC.

0.0100 5.00 2.1792 5.00 0.0384 5.00

COSTO UNITARIO

- 5.30 1.28 6.70

COSTO. PARCIAL

ACTIVO INACTIVO

0.05 2.79 0.14

0.26 0.01

IMPORTE ACTIVO INACTIVO

3.10 0.15

MANGUERAS Y PZA

MANGUERA CONEXIÓN 4H DI LOTE 1.0000 15.00 2 ,304.61

Sub -To ta l :

2 ,304.61

2 ,304.61

345.69

345.69

3.10 0.15

RENDIMIENTO : 2000.0000 HRA VIDA Sub-Total: TOTAL CARGOS POR CONSUMO:

1.15

4.25

0.17

0.32

CARGOS POR OPERACIÓN :

OPERADOR DE EQUIPO H JOR 1.0000 100.00 64.73 64.73

64.73

64.73

64.73

RENDIMIENTO : 8.0000 HRA / TNO

Sub-Total; TOTAL CARGOS POR OPERACIÓN

8 .09

8 .09

8.09

8.09

C O S T O H O R A R I O : 8.99

Basálticos y Dirííados S A.. DE C V.

Page 105: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS, DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA­MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V. SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO : FC-BIDI-94-12-22

ANÁLISIS DEL COSTO HORARIO

FECHA:28-N0V-1994 HORA: 13:37

TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CORONEO" QUERETARO, QUERETARO

PAGINA: 27

DATOS GENERALES VALOR DEL DOLAR: 3.4628

CLAVE DEL EQUIPO: 53-02 DESCRIPCIÓN: PETRO S/CAMION MARCA:FAMSA 6000 MODELO:1990 CAPACIDAD:6000 LTS VIDA ECONÓMICA (AÑOS): 6.0 HORAS POR ANO: 2000 CAPACIDAD DEL CARTER (LTS): 9.0 CAM.LUBR.ÍHRS): 100 MOTOR: DIESEL H.P.: 150.0 EFICIENCIA: 80.0% PRIMA DE SEGUROS: 2.000% TASA DE INTERÉS: 18.00000% MTTO. POR M. DE OBRA: 19.00% MTTO. POR REFACC: 40.00% DE RECUPERACIÓN: 15.00% PRECIO DE ADQUISICIÓN (DL): $ 76,773.00

CARGOS FIJOS : D E P R E C I A C I Ó N : I N V E R S I O N : S E G U R O : M T T O . POR R E F A C C I Ó N : M T T O . P O R M A N O D E O B R A ;

D=(Va-Vr)/ve t=(Va+Vr)i/2Ha S=(Va+Vr)S/2Ha M.R.=DEPR*PORC.HTTO.REFACC. M.M.=DEPR*P08C.MTT0.HDE0.

PRECIO DE ADQUISICIÓN (K.N COSTO DE LLANTAS (HENOS):

VALOR DE ADQUISICIÓN:

X INACTIVO 15.00

100.00 100.00

. ) : í S

$ ACTIVO

18.31 13.38 1.49 7.33 3.48

265,849.54 7,305.90

258,543.64

INACTIVO 2.75

13.38 1.49

TOTAL CARGOS FIJOS

CARGOS POR CONSUMOS

CDNCEPTO UNIDAD

gK&HT - COEF X POTE

% $ . CONSUMO DIESEL L T

COEF. CONSUMO LUBRICANT LT

CONS. POR CAMBIO LUBLIC LT

CANTIDAD

18 .0000

0 . 4800

0 . 0 9 0 0

% INAC.

5.00 5.00 5.00

COSTO UNITARIO

0.99 5.30 5.30

COSTO PARCI/ ACTIVO

17.82 2.54 0.48

*L INACTIVO

0.89 0.13 0.02

20.84 1.04

Sub-Total: LLANTAS

NEUMÁTICO 11 X 20 (12 C P2A 6.0000 15.00 1,217.65 7,305.90 1,095.89

7,305.90 1,095.89

RENDIMIENTO : 1500.0000 VIDA DE L S u b - T o t a l : TOTAL CARGOS POR CONSUMO:

4.87 25.71

0.73 1.77

CARGOS POR OPERACIÓN : OPERADOR DE PETROL IZ JOR AYUDANTE EN GENERAL JOR

1.0000 100.00 1.0000 100.00

117.29 49.57

117.29 49.57

117.29 49.57

HORAS POR Sub-Totat: TOTAL CARGOS POR OPERACIÓN:

20.86 20.86

C O S T O H O R A R I O

aos Basálticas y"T)Iri?í3os " A. r." ^

A P C - Í _ ; _ .

Page 106: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS

DRENAJE PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA

MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S A DE C V

SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO FC eiDI 94 12 22

ANÁLISIS DEL COSTO HORARIO

FECHA 28 NOV 1994

HORA 13 34

CAMINO EL PUEBLITO CORONEO

QUERETARO OUERETARO

PAGINA 8

* > LEÍALES VALOR DEL DOLAR $ 3 4628

CLAU DEL EQUIPO 12 64 DESCRIPCIÓN PIPA DE 10 M3 MARCA DINA MODELO 500 CAPACIDAD 10 000

VIDA ECONÓMICA CANOS) 5 0 HORAS POR ANO 2000 CAPACIDAD DEL CARTER ( L I S ) 9 0 CAM LUBR (HRS) 100

MOTOR DIESEL HP 195 0 EFICIENCIA 80 0% PRIMA DE SEGUROS 2 000% TASA DE INTERÉS 18 00000/í

MTTO POR M DE OBRA 19 00% MTTO POR RÉFACC 40 00% DE RECUPERACIÓN 15 00% PRECIO DE ADQUISICIÓN (MN) % 163 000 00

CARGOS H J O S

D E P R E C I A C I Ó N

I N V E R S I O N

S E G U R O

M T T - 0 P O R R E F A C C I Ó N

M T T O P O R M A N O D E O B R A

D (Va VrVVe 1 (Va+Vr)i/2Ha

S-(Va*Vr)S/2Ha H R -DEPR*PORC

M M OEPR*PORC

MTTO

MTTO

REfACC MDEO

PRECIO DE ADQUISICIÓN

COSTO DE LLANTAS

(M (HENOS)

VALOR DE ADQUISICIÓN

% INACTIVO

15 00

100 00

100 00

N ) $

$ s

ACTIVO

13 33

8 12

0 90

5 33

2 53

163 000 00 6 139 50

156 860 50

INACTIVO

2 00

8 12

0 90

TOTAL CARGOS FIJOS

CARGOS POR CONSUMOS

CONCEPTO UNIDAD rANT COEF X POTE

r CONSUMO DIESEl LT

COEF CONSUMO LUBRICANT LT

CONS POR CAMBIO LU8LIC LT

CANTIDAD % INAC

a 4ooo 0 6240

0 0900

5 00

5 00

5 00

COSTO

UNITARIO

0 99

5 30

5 30

COSTO PARCIAL

ACTIVO INACTIVO

23 17 1 16

3 31 0 17

0 48 0 02

IMPORTE

ACTIVO INACTIVO

LLANTAS

NEUMÁTICO 11 X 22 ( 12 C PZA

CARGOS POR OPERACIÓN

CHOFER DE CAMION CAR JOR

AYUDANTE OE OFICIO JOR

6 0000 15 00

1 0000 100 00

1 0000 100 00

1,023 25 6 139 50

6,139 50

1500 0000 VIDA DE L Sub Total

TOTAL CARGOS POR

60 34 60 34

54 52 54 52

920 93

920 93

CONSUMO

60 34

54 52

4 09

31 05

0 61

1 96

«ORAS POR Sub Total TOTAL CARGOS POR OPERACIÓN

14 36

14 36

14 36

14 36

C O S T O H O R A R I O

{¡toados Basálticos y Benrados

\ s h r " v |KG i - r c r E t-T'GA ZURIS4V

Page 107: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS DRENAJE PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S A DE C V

SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO FC BIDI 94 12 22

315

ANÁLISIS DEL COSTO HORARIO

FECHA 28 NOV 1994

HORA 13 35

TRAMO CAMINO "EL PUEBLITO CORONEO"

QUÉRETARO, QUERETARO

PAGINA 15

DATOS GENERALES VALOR DEL DOLAR 3 4628

CLAVE DEL EQUIPO 15 10 DESCRIPCIÓN COMPACTADOR

VIDA ECONÓMICA CANOS) 6 0 HORAS POR AÑO 2000

MOTOR DIESEL HP 130 O EFICIENCIA 80 0%

MARCA MULLER MODELO VAP 70L CAPACIDAD

CAPACIDAD DEL CARTER <LTS) 22 0 CAM LUBR ÍHRS) 100

PRIMA DE SEGUROS 2 000% TASA DE INTERÉS 18 00000X

MTTO POR M DE OBRA 19 00% MTTO POR REFACC 40 00% DE RECUPERACIÓN 15 00% PRECIO DE ADQUISICIÓN (DL)

PRECIO DE ADQUISICIÓN (M N )

COSTO DE LLANTAS (MENOS)

CARGOS FIJOS

D E P R E C I A C I Ó N

I N V E R S I O N

S E G U R O

M T T O P O R R E F A C C I Ó N

M T T O P O R M A N O D E O B R A

D (Va Vr)/Ve

I=(Va+Vr)i/2Ha

S-(Va+Vr)S/2Ha

M R =DEPR*PORC MTTO REFACC

M M =DEPR*PORC MTTO MDEO

VALOR DE ADQUISICIÓN

% INACTIVO

15 00

100 00

100 00

ACTIVO

17 93

13 10

1 46

7 17

3 41

74,000 00

256,247 20

3,124

253,123

00

20

INACTIVO

2 69

13 1

10 46

TOTAL CARGOS FIJOS 43 07

CARGOS POR CONSUMOS

COSTO

CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD % INAC UNITARIO

¿-&M1 * COEF X POTE 1 ^Jk CONSUMO DIESEL LT

COEF CONSUMO LUBRICANT LT

CONS POR CAMBIO LUBLIC LT

LLANTAS

NEUMÁTICO 16 9 X 30 (12 P2A

COSTO PARCIAL

ACTIVO INACTIVO

CARGOS POR OPERACIÓN OPERADOR DE COMPACTA

15 6000 5 00

0 4160 5 00 0 2200 5 00

2 0000 15 00

RENDIMIENTO

1 0000 100 00

RENDIMIENTO

0 99

5 30 5 30

1,562 00

2500 0000 VIDA

93 30

8 0000 HRS

15 44 2 20

1 17

18 81

Sub Total

3,124 00

3,124 00

DE L Sub Total TOTAL CARGOS

93 30

93 30

POR T Sub Total

TOTAL CARGOS

POR

POR

0 77

0 11 0 06

0 94

468 60

468 60

CONSUMO

93 30

93 30

OPERACIÓN

1 25

20 06

11 66

11 66

0 19 1 13

11 66

11 66

C O S T O H O R A R I O

• y Á S A f f " ¡Í

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TRITURADOS BASÁLTICOS Y DES I «ADOS S .A . DE C .V . FEC««:2S-«OV-1994

SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS «ORA: 13 :34

"RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACER1AS, NUMERO : F C - B I 0 1 - 9 4 - 1 2 - 2 2 TRAMO : CANINO "EL PUE8LITOOORONEO"

DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA- 31S OUERETARO. OUERETARS

MIENTO ANÁLISIS DEL COSTO HORARIO PAGINA: 6

DATOS GENERALES VALOR DEL DOLAR: 3 . 4 6 2 8

CLAVE DEL EQUIPO: 12 -04 DESCRIPCIÓN: CAMIÓN DE REDILAS MRCA:DINA H0DEL0: Í990 CAPAC1DAO:1Q-11TON

VIDA ECONÓMICA (AÑOS): 5 . 0 HORAS POR AÑO: 2000 CAPACIDAD DEL CARTER ( L I S ) : 1 2 . 0 CAMLLUHt-CMIS): 100

MOTOR: DIESEL H . P . : 1 7 0 . 0 EFICIENCIA: 80 .0% PRIMA DE SEGUROS: 2 .000% TASA DE INTERÉS: 18.00000%

MTTO. POR M. DE OBRA: 19 .00% MTTO. POR REFACC: 40 .00% DE RECUPERACIÓN: 15.OOX PRECIO DE ADQUISICIÓN < K N ) : * 1 5 2 , 0 0 0 . 0 0

CARGOS FIJOS :

D E P R E C I A C I Ó N :

I N V E R S I O N :

S E G U R O :

M T T O . P O R R E F A C C I Ó N :

M T T O . P O R M A N O D E O B R A :

D=(Va-Vr>/Ve l=(Va*Vr)i/2Ha

S=(Va*VDS/2Ha H.R.=0EPR*P0RC.MTTO.REFACC.

H.H.=OEPR*PORC.HTTO.HDEO.

PRECIO DE ADQUISICIÓN (M.N

COSTO DE LLANTAS (HENOS):

VALOR DE ADQUISICIÓN:

X INACTIVO

15.00 100.00

100.00

.J: *

* %

ACTIVO

12.30

7.49

0.83

4.92

2.34

152.000.00

7.305.90

144,694.10

INACTIVO

1.85 7.49

0.83

TOTAL CARGOS FIJOS

CARGOS POR CONSUMOS :

CONCEPTO UNIDAD

"ANT = COEF X POTE

, F. CONSUMO DIESEL LT

COEF. CONSUMO LUBRICANT LT

CONS. POR CAMBIO LUBLIC LT

CANTIDAD

20.4000 0.5440

0.1200

X INAC.

5.00

5.00

5.00

COSTO

UNITARIO

0.99

5.30

5.30

COSTO PAR(

ACTIVO

20.20

2.88 0.64

I AL

INACTIVO

1.01

0.14

0.03

IMPORTE

ACTIVO INACTIVO

Z 3 . 7 2

VIDA DE LAS LLA

NEUMAT¡CO 11 X 20 (12 C PZA 6.0000 15.00

Sub-Total:

7,305.90

7,305.90

1,095.89

1,095.89

RENDIMIENTO : 1500.0000 VIDA ÚTIL Sub-Total:

TOTAL CARGOS POR CONSUMO:

4.87

28.59

0.73

1.91

CARGOS POR OPERACIÓN :

CHOFER DE CAMION CAR JOR 1.0000 100.00 60.34

60.34

60.34

60.34

8.0000 HRAS / TU Sub-Total:

TOTAL CARGOS POR OPERACIÓN:

7.54

7.54

7.54

7.54

C O S T O H O R A R I O :

Iritaaíís Basülfeos y Delirados • / 3 A. ÜS 1 V. SHG i*?"-- E iSTEGft TURK*

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-IRA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS, — DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA­

MIENTO

GRUPO: CM SUB-GRUPO 01

CONCEPTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V. SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO : FC-BIDI-94-12-22

315

ANÁLISIS DE BÁSICOS

FECHA;2B-MOV-1994 HORA: 13:39

TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-COROHEO" QUERETARO, QUERETARO

PAGIKA: 10

DETALLE 02 BA(CM0102) AGUA

UNIDAD CANTIDAD COSTO

UNITARIO COSTO

PARCIAL

UNIDAD H3

COSTO

TOTAL IMPORTE

I . - ADQUISICIÓN DE AGUA

BAÍCM0102) AGUA H3 1.0000 0.80 0.80

0.80

I I . - MAQUINARIA.

1 . - BOMBEO.

GASTO=35 M3/HORA

TIEMPO DE LLENADO 0.29 HORAS X EFICIENCIA DE 75%=Q.39 HORAS

TOTAL ACTIVIDAD: 0.80

BOMBA AUTOCEBANTE DE 4CHC

RENDIMIENTO : 1

4"D!AH ACT. HORA 0.3900 t

H3 CAPACIDAD DE PIPA

14.04

10.0000

5.48

5.48 0.55 0.55

2.- CICLO INACTIVO DE CAMION PIPA. TOTAL GRUPO: 0.55

PIPA DE 10 M3 DINA

RENDIMIENTO : 1

3.- CICLO ACTIVO DE CAMION PIPA

PIPA DE 10 H3 DINA BOMBA AUTOCEBANTE DE 4CMC

RENDIMIENTO : 1

500 INAC. HORA 0.3900

M3 CAPACIDAD DE PIPA

27.34 10.66

10.0000

500 ACT. HORA 0.5500 4"DIAM INAC. HORA 0.5500

10 M3 X 85X 8.5000

75.62 8.99

10.66 1.07

TOTAL GRUPO:

41.59 4.94

46.53 5.47

TOTAL GRUPO:

1.07

5.47

1.07

5.47

7.09

I I I . - APLICACIÓN.

TOTAL ACTIVIDAD:

/ • /

/

7.09

: E =

Triteados .^síallios y Dentados S A. DE z V

JCfiGE E. Í.37EGA ZUfliOA APODERADO G£te£RAl?'

_^t^

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^RA CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS, DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO : FCBIDI-94-1222 31.5

ANÁLISIS DE BÁSICOS

FECHA;28-NOV-1994 HORA: 13:39

TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CGRONEO" GUERETARO, QUERETARO

PAGINA: 11

GRUPO: CM SUB.-GRUPO 01 DETALLE 02 BACCM0102) AGUA

CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD

COSTO

UNITARIO

COSTO

PARCIAL

UNIDAD M3

COSTO

TOTAL IMPORTE

BOMBA AUTOCESANTE DE 4CHC PIPA DE 10 M3 DINA

4"DIAM

500 ACT. HORA ACT. HORA

0.39O0 0.3900

14.04 75.62

RENDIMIENTO : 1 8.5000

5.48 29.49

34.97

4.11 4.11

TOTA! ACTIVIDAD: 4.11

C O S T O D I R E C T O ; N$ 12.00

íasalticfls j !>«&*&! S A. DS G V

ÍRG ICñGE E. tHTEOA-ZURlQA APODERADO GENERA^'

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T^RA CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS, DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA­MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V. SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO : FC-BIDI-94-12-22

315 ANÁLISIS DE BÁSICOS

FECHA:28-NOV-1994 HORA: 13:38

TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CORONEÜ" QUERETARO, QUERETARO

PAGINA: 5

GRUPO: AR SUB-GRUPO 02 DETALLE 01 BA(AR0201) ACERO DE REFUERZO PUESTO EN OBRA UNIDAD KG

CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD COSTO

UNITARIO

COSTO PARCIAL

COSTO TOTAL IMPORTE

I,- ADQUISICIÓN.

BACAR02O1) ACERO DE REFUERZO PUESTO EN OBRA KG 1.0000 1.36 1.36

11.-MANIOBRAS Y ACARREO 1.-DESCARGA EN ALMACÉN

PEON CABO

RENDIMIENTO :

PORCENTAJE : RENDIMIENTO :

L CARGA EN ALMACÉN PEON

CABO

RENDIMIENTO : RENDIMIENTO :

1

1 2

1

2

JOR JOR

TÜN/TNO REGRESO VACIO KG/TON

JOR JOR

TON/TNO KG/TON

'

10.0000 1.0000

40.0000 25.0000 %

1000.0000

10.0000 1.0000

35.0000 1000,0000

.

34.84

91.65

.

34.84 91.65

1.36

TOTAL GRUPO:

348.40 91.65

440.05 11.00

2.75 0.01

TOTAL GRUPO: "

348.40

91.65

440.05 12.57 0.01

TOTAL GRUPO:

11.00 13.75 0.01

12.57 0.01

3.-ACARREO A 20 KM. A.-TIEMPO INACTIVO CARGA 1.829 HR DESCARAGA 1.600 HR

SUMA 3.429 HR CAMION DE REDILAS DINA

RENDIMIENTO : 1

1990 ACT. HORA 3.4300 64.01 219.55

KG/CAMION 8000.0000 219.55

0.03 0.03

1.36

0.01

0.01

6.-TIEMPO ACTIVO VEL CARG. 30 KM/HR VEL REGR. 40 KM/HR TIEMPO ACARREO 2.0 HR

TOTAL GRUPO:

BBBRJeT Basalficof y iSffSos --*'' S A. DE C V. ItiG. JCRGE E 157FG* Z « &

APODERADO G . U - R A l

0.03

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*RA : CONSTRUCCIÓN OE TERRACERIAS,

DRENAJE, PAVIMENTACIÓN V SEÑALA­

MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS V DERIVADOS S-A. DE C-V

SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO : FC-BIDI-94-12-22

315

ANÁLISIS DE BÁSICOS

FECKA:28-NOV-1994

HORA: 13:38

TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITQ-CÜRONEO'1

GUERETARO, QUERETARO

PAGINA: 6

GRUPO: AR SUB-GRUPO 02

CONCEPTO

. CAMION DE REDILAS DINA

RENDIMIENTO ; 1

4.-DESCARGA SITIO COLOC PEON CABO

RENDIMIENTO : 1 RENDIMIENTO : 2

f

DETALLE 01 BAÍAR0201) ACERO DÉ REFUER20 PUESTO

COSTO

UNIDAD CANTIDAD UNITARIO

1990 ACT- HORA 2.0000 64,01

KG/CAMION 8000.0000

JOR 10.0000 34,84 JOR 1,0000 91.65

TON/TNO 40,0000 KG/TON 1000.0000

C O S T O D I

-

R 1

EN OSRA

COSTO PARCIAL

128.02

128.02 0.02

TOTAL GRUPO:

34S.40 91.65

440.05 11.00-0.01

TOTAL GRUPO:

TO

E C T 0 :

UNIDAD KG

COSTO TOTAL

0.02

11.00 0.01

TAL ACTIVIDAD:

IMPORTE

0.02

0.01

1.44

1.44

1.44

Basálticos y S A CK C V.

,KG. JORGE" t ^ « ¿ y APODERADO GENERAR

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S!RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,

DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA-MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A, DE C-V. SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO ; FC-BIDI-94-72-22

315

ANÁLISIS DE PRECIOS

FECHA:28~NOV-1994 HORA: 13:53

TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CÜRONEO» QUERETARO, OUERETARO

PAGINA: 99

GRUPO: TE SUB-GRUPO 20

CONCEPTO

DETALLE 55

3.01,01 009- F

F.11 E.-

I.- FORMACIÓN Y COMPACTACION

1-- FORMACIÓN Y TENDIDO.

3)

FORM Y COMPACT AMPLIACIÓN CORONA 95%

CONCEPTO NO. 11

T E R R A C E R I A S

TERRAPLENES

FORMACIÓN Y COMPACTACION, P.U.O.T.

DE AMPLIACIÓN DE LA CORONA ADICIONADA CON SUS

CUÑAS DE SOBREANCHO, EN TERRAPLENES EXISTENTES

(INCISO 005-H.11)

PARA 95%

COSTO COSTO

UNIDAD CANTIDAD UNITARIO PARCIAL

UNIDAD M3

COSTO

TOTAL IMPORTE

MOTOCONFORMADORA CATERPILLAR 12-G

RENDIMIENTO : 1

AC HORA

M3 / HORA

1,0000 140,84

120.0000

140.84

140.84

1,17

- AGUA PARA COMPACTACION,

oA{CM0102) AGUA M3 0.1700 12.00

SUBTOTAL GRUPO

2.04

2.04

1.17

3.- COMPACTACION AL 95% SUBTOTAL GRUPO 2.04

TRACTOCOMPACTADOR CATERPILLAR COMPACTADOS MULLER

RENDIMIENTO : 1

815 B AC HORA VAP-70L AC HORA

M3 / HORA

1.0000 1.0000

208.58 74.79

120.0000

208.58 74.79

283.37

SUBTOTAL GRUPO:

2.36

2.36

5.57

TOTAL ACTIVIDAD: 5.57

C O S T O I R E C F O i NS 5.57

y

Triturados r,»?a!!>íf y fVívado*.

E R A u ü GfeNESAiv"

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IRA : OBSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,

DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA­

MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S-A. DE C.V

SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO : FC-BID I-94-12-22

315

ANÁLISIS DE PRECIOS

FECHA:28-NOV-1994

HORA: 13:53

TRAMO : CAMINO "El PUEBLITO-CORONEO"

QUERETAfiO, QUÉRETARO

PAGINA: 100

GRUPO: TE SUB-GRUPO 20 DETALLE 55

CONCEPTO UNIDAD

ACT AMPLIACIÓN CORONA

COSTO

CANTIDAD UNITARIO

INDIRECTOS

F1NANCIAMIENTO

UTILIDAD

95% UNIDAD H3

COSTO COSTO

PARCIAL TOTAL

29,62 %

1,20 %

10,00 %

IMPORTE

1.65

7.22

0.09

7.31

0.73

8.04

SAR INFONAVIT

SECOGEF

CNIC

DE LA SUMA

DE LA SUMA

PRECIO UNITARIO MS

0.01

0.04

0.02

8.11

Triturados Palalí-prfí V Derivados

AFODEKA^u GcNfcRAlu

Page 115: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C V. FECHA:28"NOV-1994

SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS HORA: 13:53

-*RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS, NUMERO : FC BIDI-94-12-22 TRAMO . CAMINO "EL PUEBLITO-CORONEO"

"*" DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA- 315 OUERETARO, QUERETARO

MIENTO ANÁLISIS DE PRECIOS PAGINA: 101

SUB-GRUPO 40 DETALLE 40

3.01.01

009-1

1.03

ACARREO CUALQUIER DISTANCIA 1ER KM UNIDAD M3

CONCEPTO NO. 14

T E R R A C E R I A S

ACARREOS PARA TERRACERIAS

SOBREACARREOS DE MATERIALES PRODUCTO DE LAS EXCA­

VACIONES CUANDO SE TRATE DE OBRAS QUE SE PAGUEN

P.U.O.T. (INCISO 008-H.03):

PARA CUALQUIER DISTANCIA DE MATERIALES DE PRÉSTA­

MO DE BANCO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA CAPA SUB-

RASANTE Y PARA COMPLETAR LA CONSTRUCCIÓN DEL

CUERPO DE TERRAPLÉN, MEDIDO COMPACTO:

PARA EL PRIMER KILÓMETRO

COSTO COSTO COSTO

UNIDAD CANTIDAD UNITARIO PARCIAL TOTAL

I.- ACARREO DE MATERIAL.

TARIFA AUTORIZADA S.C.T

EP 008-E.01 INCISO A.-1

ACARREO 1 KM SOBRE CAMINO NO PAVIMENTADO

PORCENTAJE : 1

PORCENTAJE : 2 ABUNDAMIENTO

FACTOR DE LLENADO

30.0000 %

15.0000 %

1.65

1.65 2.15 2.47

SUBTOTAL GRUPO:

TOTAL ACTIVIDAD:

2.47

2.47

2.47

C O S T O D I R E C T O ;

FINANCIAMIENTO

2.47

0.73

3. 0.

3. 0

.20

.04

.24

.32

Tn'a: r

Page 116: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

^RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,

DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA­

MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V.

SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO : FC-BIDI - 94-12-22

ANÁLISIS DE PRECIOS

FECHA:28-N0V-1994

TRAMO :

COSTO

PARCIAL

CAMINO "EL

QUERETARO,

UNIDAD

PUEBLITO

HORA: 13

COR ONE 0"

QUERETARO

M3

COSTO

TOTAL

PAGINA:

IMPORTE

;53

152

SUB-GRUPO 40 DETALLE 40 • ACARREO CUALQUIER DISTANCIA 1ER KM

UNIDAD CANTIDAD

COSTO UNITARIO

INFONAVIT

SECOGEf DE LA SUMA

CNIC DE LA SUMA

PRECIO UNITARIO

0.02 0.01 3.59

Page 117: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

^RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,

DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA­

MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S A. DE C.V.

SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO : FC-BIDI-94-12-22

315

ANÁLISIS DE PRECIOS

FECHA-28 NOV-1994 HORA: 13:43

TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CQRONEO" QUERETARO, QUERETARO

PAGINA: 15

SUB-G UPO 30

CONCEPTO

DETALLE

3.01.02

047-H

H.04

A)

05 ACERO DE REFUERZO, VARILLAS GRADO 42

CONCEPTO NO. 21

ESTRUCTURAS Y OBRAS DE DRENAJE

ACERO PARA CONCRETO HIDRÁULICO

ACERO DE REFUERZO, P U.O.T. (INCISO 027-H.03)

VARILLAS GRADO 42

COSTO COSTO

UNIDAD CANTIDAD UNITARIO PARCIAL

UNIDAD KG

COSTO

TOTAL

I.- HABILITACIÓN Y ARMADO.

1 - MATERIALES.

BA(AR0201) ACERO DE REFUERZO PUESTO EN OBRA KG

ALAMBRE RECOCIDO KG

PORCENTAJE : 1

2.- MANO DE OBRA,

%^ICIAL FIEI

PORCENTAJE : 1 RENDIMIENTO : 1

1.0000

0.0300

TRASLAPES Y DESP.

JOR JOR

HERRAMIENTA

KG / JORNADA

1.0000 1.0000

1.44

1.75

5.0000 %

SUBTOTAL

34.84 78.92

3.0000 %

135.0000

SUBTOTAL

1.44

0.05

1.49

GRUPO

34.84

78.92

113.76

GRUPO

117.17

0.87

TOTAL ACTIVIDAD:

0.87

2.43

2.43

C O S T O D I R E C T O 2.43

FINANCIAMIENTO 3.15 0.04

Tutosdc

3.19 0.32

3.51

0.01

Page 118: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

• RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,

•*- DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA­

MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DÉ C.V.

SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO : FC-BIDI-94-12-22

315

ANÁLISIS DE PRECIOS

TRAMO :

COSTO

PARCIAL

CAMINO "EL QUERETARO,

UNIDAD

FECHA:28-NOV- 1994

KORA: 13:43 PUEBLITO-COROUEO"

QUERETARO

KG

COSTO

TOTAL

PAGINA:

IMPORTE

16

SUB-GRUPO 30 05 ACERO DE REFUERZO, VARILLAS GRADO 42

COSTO

UNITARIO

INFONAVIT

SECOGEF DE LA SUMA

CHIC DE LA SUMA

PRECIO UNITARIO

0.02

0.02

0.01

3.57

Page 119: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

"RA CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS,

DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA­

MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C.V.

SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO : FC-BIDI-94-12-2Z

315

ANÁLISIS DE PRECIOS

FECHA:28-NOV-1994

HORA: 13:45

TRAMO : CAMINO "EL PUEBLITO-CORONEO"

QUERETARO, QUERETARO

PAGINA: 30

DETALLE 15 ASFALTO FR-3 EN CARPETA DE MEZCLA EN EL LUGAR

CONCEPTO NO. 28

3.01.03 P A V I M E N T O S

086-G MATERIALES ASFÁLTICOS

G.07 MATERIALES ASFÁLTICOS, P.U.O.T. (INCISO 076-H.05)

B.- ASFALTOS REBAJADOS:

3) EMPLEADOS EN CARPETAS

A) ASFALTO FR-3 EN CARPETA DE MEZCLA EN EL LUGAR

COSTO COSTO

UNIDAD CANTIDAD UNITARIO PARCIAL

COSTO

TOTAL

I.- ASFALTO FR-3

1.- ADQUISICIÓN, FLETE Y ALMACENAMIENTO.

BA(AS0202) ASFALTO FR-3

PORCENTAJE : 1

ACARREO LOCAL A LA OBRA. ACARREO A 9 KM

TIEMPO IDA 0.40 HR TIEMP.REGRES 0.20 HR

TIEMPO.FIJOS 0.50 HR

CARGO X ALMACÉN

,71

3.0000 *

SUBTOTAL

0.

0.

.71

.71

GRUPO:

SUMA > 1 .10 HR

PETRO S/CAMION FAHSA 6000L 1990

RENDIMIENTO : 1

3.- CALENTAMIENTO Y BOMBEO.

150 MINUTOS DE CALENTAMIENTO Y BOMBEO

PETRO S/CAMION FAMSA 6000L 1990 IN HORA 150.0000

RENDIMIENTO : 1

RENDIMIENTO : 2 LITROS MINUTOS / HORA

90.56

5400. 0000

SUBTOTAL

99.62

99.62

GRUPO:

6,037.50

6,037.50

5400.0000 50.0000

1.T2

0.02

RIEGO Y APLICACIÓN. SUBTOTAL GRUPO:

Triturados hs^'-M y Periíados

/ í S T T D p ^ t I R:: G ZL'NIGA. A^Ól/tRADü GfcNERALx

Page 120: CONSTRUCCIÓN ESCALATORIAS: ANÁLISIS, … · A LA HIPER-INFLACION. FIG. N° 1 5 . La inflación la debemos reconocer como un fenómeno anormal, ya que trastornan todo el ... propuesta,

"^RA : CONSTRUCCIÓN DE TERRACERIAS, DRENAJE, PAVIMENTACIÓN Y SEÑALA­MIENTO

TRITURADOS BASÁLTICOS Y DERIVADOS S.A. DE C-V, SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS

NUMERO : FC-8IDI-94-12-22

315

ANÁLISIS DE PRECIOS

TRAMO :

LUGAR

COSTO

PARCIAL

FECHA:28-NOV-1994

HORA: 13:45

CAMINO "EL PUESLITO-CORONEO"

OUERETARO, OUERETARO

PAGINA: 31

UKÍDAD LT

COSTO

TOTAL IMPORTE

GRUPO: PV SUB-GRUPO 10 DETALLE 15

CONCEPTO

ASFALTO FR-3 EN CARPETA DE MEZCLA EN EL LUGAR

UNIDAD CANTIDAD

COSTO UNITARIO

PETRO S/CAMION FAMSA 6000L 1990

RENDIMIENTO : 1

AC HORA

LITROS / HORA

1.0000 90.56

1000.0000

90.56

90.56 0.09

SUBTOTAL GRUPO:

TOTAL ACTIVIDAD:

0.09

0.86

0.86

C O S T O D I R E C T O :

INDIRECTOS 29.62 %

Ní 0.86

0.25

FINANCIAMIENTO

UTILIDAD

1.20 %

10.00 %

SAR INFONAVIT SECOGEF DE LA SUMA CNIC DE LA SIMA

PRECIO UNITARIO fj$

1.11 0.01

1.12 0.11

1.23

0.01

1.24

Triturados P t e s V ^ Vivados

A / O Lt ;>-'"•- " '^

" S ZLfüGA