constituciones de 1993 y 1979
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Realizar breve reseña histórica, un cuadro de doble entrada y realizar diferencias, similitudes y otros, finalmente deben realizar un análisis crítico
RESEÑA HISTORICA
Constitución de 1979
La carta magna de la República del Perú que fue redactada en las postrimerías del Gobierno Revolucionario de las Fuerzas Armadas por la Asamblea Constituyente de 1978, convocada por el mismo con el fin de facilitar el retorno de la democracia, tras una década de gobierno militar. Dicha Asamblea fue presidida porVíctor Raúl Haya de la Torre, líder histórico del partido aprista. El texto constitucional fue sancionado el 12 de julio de 1979 y entró en vigencia a partir del 28 de julio de 1980, con la inauguración del segundo gobierno constitucional del arquitecto Fernando Belaunde Terry. Estuvo vigente hasta 1992.
Constitución de 1993
La norma fundamental de la República del Perú. Antecedida por otros 11 textos
constitucionales, fue redactada a inicios del gobierno de Alberto Fujimori por
el Congreso Constituyente Democrático convocado por el mismo tras la
disolución del Congreso en el autogolpe de 1992, consecuentemente fue
aprobada mediante el referéndum de 1993, aunque los resultados han sido
discutidos por algunos sectores.
Esta ley fundamental es la base del ordenamiento jurídico nacional: de sus
principios jurídicos, políticos, sociales, filosóficos y económicos se desprenden
todas las leyes de la República. La Constitución organiza los poderes e
instituciones políticas, además de establecer y normar los derechos y libertades
de los ciudadanos peruanos. Prima sobre toda ley y sus normas son inviolables
y de cumplimiento obligatorio.
TEMASCapítulo Económico
1979 - 1993
Sobre la formación de empresas estatales
Art. 113. El Estado ejerce su actividad empresarial con el fin de promover la economía del país, prestar servicios públicos y alcanzar los objetivos de
desarrollo.Art. 114. Por causa de interés social o
seguridad nacional, la leypuede reservar para el Estado actividades productivas o de servicios. Por iguales causas puede también el Estado establecer reservas de dichas actividades en favor de los
peruanos.
Artículo 60°. El Estado reconoce el pluralismo económico. La economía
nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de
empresa.Sólo autorizado por ley expresa, el
Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o
indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional. La actividad empresarial,
pública o no pública, recibe el mismo tratamiento legal.
Sobre la iniciativa privada
Art. 115. La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de
mercado.El Estado estimula y reglamenta su
ejercicio para armonizarlo con el interés social.
Art. 58. La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de
mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa
principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación,
seguridad, servicios públicos e infraestructura.
Sobre la promoción de la inversión
Art. 116. El Estado promueve y protege el libre desarrollo del cooperativismo y
la autonomía de las empresas cooperativas.
Asimismo estimula y ampara el desenvolvimiento de las empresas
autogestionarias, comunales y demás formas asociativas.
Art. 59 El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e
industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral ni a la salud
ni a la seguridad pública.El Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en
todas sus modalidades.Sobre el comercio exterior y la inversión extranjera
Art. 117. El Comercio exterior es libre dentro de las limitaciones que la ley
determina por razones de interés social y del desarrollo del país.
El Estado promueve la cooperación entre los pueblos para alcanzar un
orden económico internacional justo
Artículo 63°. La inversión nacional y la extranjera se sujetan a las mismas
condiciones. La producción de bienes y servicios y el comercio exterior son libres. Si otro país o países adoptan
medidas proteccionistas o discriminatorias que perjudiquen el interés nacional, el Estado puede, en
defensa de éste, adoptar medidas análogas.
El Estado y las demás personas de derecho público pueden someter las controversias derivadas de relación
contractual a tribunales constituidos en virtud de tratados en vigor. Pueden
también someterlas a arbitraje nacional o internacional, en la forma en que lo
disponga la ley.
De la propiedad
Art. 125. La propiedad es inviolable. El Estado la garantiza. A nadie puede privarse de la suya sino por causa de necesidad y utilidad públicas o de
interés social, declarada conforme a ley, y previo el pago en dinero de una indemnización que debe pagarse
necesariamente en dinero y en forma previa.
Art. 127. La ley puede, por razón de interés nacional, establecer
restricciones y prohibiciones especiales para la adquisición, posesión, explotación y transferencia de
determinados bienes por su naturaleza, condición o ubicación.
Art. 70. El derecho de propiedad es inviolable. El Estado lo garantiza. Se
ejerce en armonía con el bien común y dentro de los límites de ley.
A nadie puede privarse de su propiedad sino, exclusivamente, por causa de
seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en
efectivo de indemnización justipreciada que incluya compensación por el
eventual perjuicio.Hay acción ante el Poder Judicial para
contestar el valor de la propiedad que el Estado haya señalado en el
procedimiento expropiatorio.
ANALISIS CRÍTICO:
La Constitución Política del Perú de 1993:
“El Congreso Constituyente Democrático, invocado a Dios Todopoderoso, obedeciendo el mandato del pueblo peruano y recordando el sacrificio de todas las generaciones que nos han precedido en nuestra Patria, ha resuelto dar la siguiente Constitución”.
ANALISIS:En este preámbulo, después de invocar a Dios, al pueblo y a los sacrificados peruanos que nos precedieron en el tiempo, podríamos decirnos entonces que el único “mensaje” que contiene es “que se ha resuelto dar la siguiente Constitución”. No hay, por lo tanto ningún preámbulo que marque las pautas necesarias para conocer cuáles son los ideales constitucionales y el sistema de gobierno que se pretende.
La Constitución Política del Perú de 1979:
En primer lugar, quisiera definir una de las definiciones que existen sobre Constitución:“Instrumento jurídico-político del más alto nivel que tiene como objeto limitar el poder político estableciendo un ordenamiento jurídico y reconociéndole derechos a la población”.El preámbulo es aquello que precede o introductoria a un determinado texto con intención de fundamentarlo, de expresar sentido, contenido, significación, de dejar constancia de su razón de ser. Tratándose en este caso de la Constitución, el preámbulo adquiere una especial importancia pues contiene el pensamiento rector, de que se ha valido el legislador para la elaboración del texto constitucional. De ahí que en el preámbulo hallemos el sentido histórico de una determinada Constitución.El preámbulo constitucional tienen un preciso objetivo como es el de constituirse, a través de un cuerpo de ideas y de propósitos, en un instrumento de capital importancia para la integración nacional así como para inferir de su texto el conjunto de fines que una determinada comunidad nacional intenta alcanzar y realizar y el de establecer los valores prioritarios que inspiran la Constitución.