constitucionalismo ambiental. constituciÓn polÌtica de 1979 y de 1993

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8/20/2019 CONSTITUCIONALISMO AMBIENTAL. CONSTITUCIÓN POLÌTICA DE 1979 Y DE 1993 http://slidepdf.com/reader/full/constitucionalismo-ambiental-constitucion-politica-de-1979-y-de-1993 1/7 Derecho Ambiental. Gerson Chávez Miranda. SESIÓN Nº 3 CONSTITUCIONALISMO AMBIENTAL. CONSTITUCIÓN POLÌTICA DE 1979 Y DE 1993 1. Introducc!n. La compleja historia política reciente de gran mayoría de los 2 países !"e componen Am#rica Latina ha llevado a "na renovaci$n de s"s instit"ciones% lo !"e se ha re&lejado% entre otras cosas% en cambios constit"cionales. 'n e&ecto% entre ()*2 y ()))% (+ de los 2 países de la regi$n se han dado n"evas Constit"ciones ,olíticas% !"e de diversas maneras han proc"rado incorporar las modernas preoc"paciones de la sociedad latinoamericana. 'sto ha permitido% entre otras m"chas novedades% !"e en estas n"evas Constit"ciones &ig"ren "n n-mero importante de disposiciones !"e se re&ieren a la preoc"paci$n por la protecci$n del medio ambiente y la promoci$n de "n modelo de desarrollo sostenible% !"e han venido a enverdecer/ estas Leyes 0"ndamentales.  Así ha oc"rrido con las Constit"ciones de ,anamá 1()*2% C"ba 1()*+% ,er- 1())3 ( % 'c"ador 1()*)% s"stit"ida en ())4% Chile 1()4% 5ond"ras 1()42% 'l 6alvador 1()43% G"atemala 1()47% 5aití 1()4*% 8icarag"a 1()4*% 9rasil 1()44% Colombia 1())(% ,arag"ay 1())2% Argentina 1()):% ;ep-blica Dominicana 1()): y <enez"ela 1())). Doce de estas diecis#is Constit"ciones &"eron prom"lgadas entre ()*2 y ())2% estos es% en el período de veinte a=os !"e medi$ entre la Con&erencia de 'stcolmo y la Con&erencia de ;ío.  Alg"nas veces estos principios han sido incorporados por modi&icaciones introd"cidas a las c"atro Constit"ciones anteriores a ()*2% como ha s"cedido con la Constit"ci$n me>icana de ()(* 1re&ormada en ()4* y en ()))% con la Constit"ci$n costarricense de ():) 1re&ormada en ()):% con la Constit"ci$n boliviana de ()+* 1re&ormada en ()): y con la Constit"ci$n "r"g"aya de ()++ 1re&ormada en ())+. ?tras veces% los principios ambientales establecidos han sido pro&"ndizados% como ha s"cedido con las Constit"ciones ,olíticas de ,anamá y C"ba. 'l constit"cionalismo ambiental latinoamericano no es "n &en$meno n"evo% sino !"e se enc"entra inserto dentro de "na verdadera tradici$n constit"cional de protecci$n de los rec"rsos nat"rales% !"e se remonta a la Constit"ci$n me>icana de ()(* y !"e se e>tiende a las posteriores% perviviendo en las n"evas Constit"ciones. 'n e&ecto% desde ()(* la Constit"ci$n de M#>ico prescribe !"e la 8aci$n tendrá en todo tiempo el derecho de reg"lar la propiedad privada y el aprovechamiento de los elementos nat"rales s"sceptibles de apropiaci$n% con objeto de hacer "na distrib"ci$n e!"itativa de la ri!"eza p-blica y para c"idar s" conservaci$n.../% así como !"e se deben dictar las medidas necesarias% entre otros &ines% para evitar la destr"cci$n de los elementos nat"rales y los da=os a la propiedad privada/ 1artíc"lo 2*% hoy re&ormado. 'ste tipo de precepto se ha venido reprod"ciendo prácticamente en todas las Constit"ciones posteriores% lo !"e es e>plicable en "na regi$n e>cepcionalmente rica en rec"rsos nat"rales y c"yo desarrollo econ$mico ha estado hist$ricamente vinc"lado a la e>plotaci$n de los mismos. Las materias ambientales reg"ladas en la act"alidad en las Constit"ciones ,olíticas son m"chas. 6impli&icando% p"ede decirse !"e los cambios constit"cionales principales% !"e incl"so m"estran "na determinada progresi$n hist$rica% son los sig"ientes@ primero% se establece el deber del 'stado de proteger el medio ambiente l"ego% este deber se e>tiende a la sociedad en s" conj"nto y se a"torizan restricciones al ejercicio de los derechos &"ndamentales al mismo tiempo% se comienza a incorporar el derecho a "n medio ambiente apropiado j"nto con los demás derechos &"ndamentales y a garantizar s" ejercicio más tarde% se inicia el establecimiento de la vinc"laci$n !"e e>iste entre el medio ambiente y el desarrollo% prescribi#ndose (3 !"e la economía debe orientarse hacia "n modelo de desarrollo 1  La Constit"ci$n ,er"ana de ()*)% prop"so dentro de s" artic"lado políticas de protecci$n al Medio Ambiente. 1

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8/20/2019 CONSTITUCIONALISMO AMBIENTAL. CONSTITUCIÓN POLÌTICA DE 1979 Y DE 1993

http://slidepdf.com/reader/full/constitucionalismo-ambiental-constitucion-politica-de-1979-y-de-1993 1/7

Derecho Ambiental.

Gerson Chávez Miranda. 

SESIÓN Nº 3CONSTITUCIONALISMO AMBIENTAL. CONSTITUCIÓN POLÌTICA DE 1979 Y DE 1993

1. Introducc!n.

La compleja historia política reciente de gran mayoría de los 2 países !"e componen Am#rica Latina

ha llevado a "na renovaci$n de s"s instit"ciones% lo !"e se ha re&lejado% entre otras cosas% en cambiosconstit"cionales. 'n e&ecto% entre ()*2 y ()))% (+ de los 2 países de la regi$n se han dado n"evasConstit"ciones ,olíticas% !"e de diversas maneras han proc"rado incorporar las modernaspreoc"paciones de la sociedad latinoamericana. 'sto ha permitido% entre otras m"chas novedades% !"een estas n"evas Constit"ciones &ig"ren "n n-mero importante de disposiciones !"e se re&ieren a lapreoc"paci$n por la protecci$n del medio ambiente y la promoci$n de "n modelo de desarrollosostenible% !"e han venido a enverdecer/ estas Leyes 0"ndamentales.

 Así ha oc"rrido con las Constit"ciones de ,anamá 1()*2% C"ba 1()*+% ,er- 1())3(% 'c"ador 1()*)%s"stit"ida en ())4% Chile 1()4% 5ond"ras 1()42% 'l 6alvador 1()43% G"atemala 1()47% 5aití 1()4*%8icarag"a 1()4*% 9rasil 1()44% Colombia 1())(% ,arag"ay 1())2% Argentina 1()):% ;ep-blicaDominicana 1()): y <enez"ela 1())). Doce de estas diecis#is Constit"ciones &"eron prom"lgadasentre ()*2 y ())2% estos es% en el período de veinte a=os !"e medi$ entre la Con&erencia de 'stcolmoy la Con&erencia de ;ío.

 Alg"nas veces estos principios han sido incorporados por modi&icaciones introd"cidas a las c"atroConstit"ciones anteriores a ()*2% como ha s"cedido con la Constit"ci$n me>icana de ()(* 1re&ormadaen ()4* y en ()))% con la Constit"ci$n costarricense de ():) 1re&ormada en ()):% con laConstit"ci$n boliviana de ()+* 1re&ormada en ()): y con la Constit"ci$n "r"g"aya de ()++ 1re&ormadaen ())+. ?tras veces% los principios ambientales establecidos han sido pro&"ndizados% como has"cedido con las Constit"ciones ,olíticas de ,anamá y C"ba.

'l constit"cionalismo ambiental latinoamericano no es "n &en$meno n"evo% sino !"e se enc"entrainserto dentro de "na verdadera tradici$n constit"cional de protecci$n de los rec"rsos nat"rales% !"e seremonta a la Constit"ci$n me>icana de ()(* y !"e se e>tiende a las posteriores% perviviendo en lasn"evas Constit"ciones.

'n e&ecto% desde ()(* la Constit"ci$n de M#>ico prescribe !"e la 8aci$n tendrá en todo tiempo elderecho de reg"lar la propiedad privada y el aprovechamiento de los elementos nat"rales s"sceptiblesde apropiaci$n% con objeto de hacer "na distrib"ci$n e!"itativa de la ri!"eza p-blica y para c"idar s"conservaci$n.../% así como !"e se deben dictar las medidas necesarias% entre otros &ines% para evitar ladestr"cci$n de los elementos nat"rales y los da=os a la propiedad privada/ 1artíc"lo 2*% hoy re&ormado.

'ste tipo de precepto se ha venido reprod"ciendo prácticamente en todas las Constit"cionesposteriores% lo !"e es e>plicable en "na regi$n e>cepcionalmente rica en rec"rsos nat"rales y c"yodesarrollo econ$mico ha estado hist$ricamente vinc"lado a la e>plotaci$n de los mismos. Las materiasambientales reg"ladas en la act"alidad en las Constit"ciones ,olíticas son m"chas. 6impli&icando%p"ede decirse !"e los cambios constit"cionales principales% !"e incl"so m"estran "na determinadaprogresi$n hist$rica% son los sig"ientes@ primero% se establece el deber del 'stado de proteger el medioambiente l"ego% este deber se e>tiende a la sociedad en s" conj"nto y se a"torizan restricciones alejercicio de los derechos &"ndamentales al mismo tiempo% se comienza a incorporar el derecho a "nmedio ambiente apropiado j"nto con los demás derechos &"ndamentales y a garantizar s" ejerciciomás tarde% se inicia el establecimiento de la vinc"laci$n !"e e>iste entre el medio ambiente y el

desarrollo% prescribi#ndose (3 !"e la economía debe orientarse hacia "n modelo de desarrollo

1 La Constit"ci$n ,er"ana de ()*)% prop"so dentro de s" artic"lado políticas de protecci$n al Medio Ambiente.

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Derecho Ambiental.

Gerson Chávez Miranda. 

sostenible y% &inalmente% se entra a reg"lar la protecci$n de ciertos componentes especí&icos del medioambiente@ el patrimonio gen#tico% la &lora y &a"na silvestres% ciertas regiones especí&icas del territoriocomo la Amazonía y otros% así como a establecer ciertas bases constit"cionales en temas especí&icos!"e serán desarrolladas por la legislaci$n ambiental% tales como la eval"aci$n previa del impactoambiental% la prohibici$n del ingreso de resid"os peligrosos% los e&ectos ambientales de la minería% la

localizaci$n de las ind"strias !"e tengan reactores n"cleares y m"chas otros.

 A contin"aci$n% se rese=an alg"nos de los componentes del constit"cionalismo ambientallatinoamericano !"e aparecen en las d#cadas de los a=os ()* y ()4 bajo la in&l"encia de laCon&erencia de 'stocolmo de ()*2 y del Bn&orme 9r"ntland de ()4*% !"e en la d#cada de los a=os()) se contin"arán desarrollando% ahora bajo el signo de la Con&erencia de ;ío. De esta rese=a see>cl"yen las Constit"ciones colombiana de ())( y parag"aya de ())2% dado !"e ellas son%ideol$gicamente hablando% "n prod"cto de los proleg$menos de la Con&erencia de ;ío% como se veráen el capít"lo sig"iente.

Lo primero !"e cabe analizar es la idea del desarrollo sostenible% en relaci$n con el deber del 'stado yla sociedad de proteger el medio ambiente. 'n toda Constit"ci$n s"byace "n modelo de desarrolloecon$mico% !"e se establece mediante "n conj"nto de disposiciones !"e con&ig"ran lo !"e se llama laconstit"ci$n econ$mica/. La idea de desarrollo !"e se enc"entra presente en las Constit"ciones,olíticas de Am#rica Latina se comenz$ a enri!"ecer en la d#cada de los a=os ()4 con laincorporaci$n de la idea del desarrollo sostenible% !"e de ac"erdo con la conocida &$rm"la del Bn&orme9r"ndtland es "n modelo de crecimiento !"e satis&ace las necesidades de la generaci$n presente sincomprometer la capacidad de las generaciones &"t"ras para satis&acer s"s propias necesidades.

La prescripci$n constit"cional de !"e el 'stado y la sociedad civil deben proteger el medio ambienteimplica% por si misma% la idea de !"e la Constit"ci$n prom"eve "n modelo de desarrollo sostenible. 6in

embargo% esta idea se comenz$ a hacer e>plícita en ()47 en la Constit"ci$n de G"atemala

2

 y en ())4en la Constit"ci$n de 9rasil3.

Como se verá en el capít"lo sig"iente% a partir de la d#cada de los a=os ()) la re&erencia al desarrollosostenible pas$ a ser com-n en las n"evas Constit"ciones latinoamericanas y% en alg"nos casos% seincorpor$ a las anteriores a ())2.

'n lo !"e se re&iere al deber del 'stado de proteger el medio ambiente% #ste apareci$ por primera vezen la Constit"ci$n de ,anamá de ()*2:. 'sta idea se reprod"jo en todas las Constit"ciones de esad#cada% bajo distintas &$rm"las. 'n e&ecto% la Constit"ci$n c"bana de ()*+ estableci$ !"e ...el 'stadoy la sociedad protegen la nat"raleza.../. 1artíc"lo 2*% hoy re&ormado. na &$rm"la similar &"e "tilizada

por la Constit"ci$n chilena% c"ando estableci$ !"e es deber del 'stado velar para !"e este derecho 1avivir en "n ambiente libre de contaminaci$n no sea a&ectado y t"telar la preservaci$n de la nat"raleza1artíc"lo ()% 8 4. 'n las demás Constit"ciones de la d#cada de los a=os ()4% este deber del 'stadode proteger el medio ambiente &"e previsto de distintas maneras7.

2 Allí se dice !"e el 'stado% las M"nicipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social% econ$mico y

tecnol$gico !"e prevenga la contaminaci$n ambiental y mantenga el e!"ilibrio ecol$gico/ 1artíc"lo )*.3 Dispone esa Constit"ci$n !"e corresponde al ,oder ,-blico y a la colectividad el deber de proteger el medio ambiente y preservarlo para las

generaciones presentes y &"t"ras/ 1artíc"lo 227.4 's deber &"ndamental del 'stado velar por las condiciones ecol$gicas% previniendo la contaminaci$n del ambiente y el dese!"ilibrio de los ecosistemas%

en armonía con el desarrollo econ$mico y social/ 1artíc"lo ((% hoy re&ormado.5 'n 'l 6alvador% la Constit"ci$n se limita a establecer !"e serán &omentadas y promovidas las asociaciones de tipo econ$mico !"e tiendan a incrementar

la ri!"eza nacional mediante "n mejor aprovechamiento de los rec"rsos nat"rales.../ y !"e en esta clase de asociaciones% además de los partic"lares%podrán participar el 'stado% los m"nicipios y las entidades de "tilidad p-blica/ 1artíc"lo ((3. Además% la Constit"ci$n declara de inter#s social laprotecci$n% resta"raci$n% desarrollo y aprovechamiento de los rec"rsos nat"rales/ y dispone !"e el 'stado creará los incentivos econ$micos yproporcionará la asistencia t#cnica necesaria para el desarrollo de programas adec"ados/ 1artíc"lo ((*. 'n G"atemala% por s" parte% no se establece demanera amplia y directa este deber del 'stado% pero como se recordará la Constit"ci$n dispone !"e el 'stado está obligado a propiciar el desarrollo

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,or s" parte% el deber de la sociedad de proteger el medio ambiente apareci$ por primera vez en laConstit"ci$n de C"ba de ()*+% en los sig"ientes t#rminos@ ,ara aseg"rar el bienestar de losci"dadanos% el 'stado y la sociedad protegen la nat"raleza. Bnc"mbe a los $rganos competentes yademás a cada ci"dadano velar por!"e sean mantenidas limpias las ag"as y la atm$s&era% y !"e se

proteja el s"elo% la &lora y la &a"na 1artíc"lo 2*+.

 A partir de esa #poca% el deber de la sociedad de proteger el medio ambiente comenz$ a incorporarseen a otras Constit"ciones*.

's importante hacer notar !"e% ciertas veces% este deber se vinc"la a otras prescripciones% !"e sonalgo así como s" necesario corolario. Me re&iero a a!"ellas disposiciones !"e% como consec"encia dela consagraci$n del mencionado deber% a"torizan el establecimiento de restricciones al ejercicio deciertos derechos &"ndamentales c"ando ello sea necesario para la protecci$n del medio ambiente% enespecial c"ando se trata del ejercicio del derecho de propiedad. 'ste tipo de prescripciones aparecepor primera vez en "n Acta Constit"cional de ()*+ en Chile% !"e más tarde &"e reprod"cida en laConstit"ci$n de ()4 de ese país% donde se dice !"e la ley podrá establecer restricciones especí&icasde determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente/ 1artíc"lo (). 'ste modelo &"eseg"ido por 'c"ador% donde por re&orma de ()43 se incorpor$ "na disposici$n similar a la Constit"ci$nde ()*) 1coincidentemente% tambi#n en s" artíc"lo (). De manera sim"ltánea% las Constit"ciones ,olíticas del mismo período comenzaron a reconocer la&"nci$n ambiental de la propiedad% como "na derivaci$n de la &"nci$n social general del derecho depropiedad.

 Así oc"rri$ con la Constit"ci$n de Chile de ()4% donde se prescribe !"e la ley establecerá las

limitaciones y obligaciones !"e deriven de la &"nci$n social/ de la propiedad% agregando !"e esta&"nci$n comprende% entre otras cosas% las e>igencias de la conservaci$n del patrimonio ambiental/1artíc"lo 2:4.

'n estrecha correspondencia con el establecimiento del deber de todas las personas de proteger elmedio ambiente% se comenz$ a reconocer el derecho a "n medio adec"ado. Así oc"rri$ en ,er-% Chile%'c"ador% 8icarag"a y 9rasil.)  Al mismo tiempo% en alg"nas Constit"ciones se estableci$ e>presamente

social% econ$mico y tecnol$gico !"e prevenga la contaminaci$n del ambiente y mantenga el e!"ilibrio ecol$gico/. 'n 5aití% la Constit"ci$n de ()42tampoco establece amplia y directamente este deber% pero dentro de "n capít"lo sobre medio ambiente se re&iere a &"nciones del 'stado vinc"ladas a lasáreas nat"rales% las reservas &orestales y la cobert"ra% y a la creaci$n y mantenimiento de jardines botánicos y zool$gicos 1artíc"los 27: a 27+. 'n5ond"ras% la Constit"ci$n consagra este deber del 'stado% pero en &"nci$n de la sal"d de las personas% al establecer en s" artíc"lo (:7 !"e el 'stadoconservará el medio ambiente adec"ado para proteger la sal"d de las personas/. 'n 8icarag"a% la Constit"ci$n estableci$ en ()4* !"e es obligaci$n del

'stado la preservaci$n% conservaci$n y rescate del medio ambiente y de los rec"rsos nat"rales/ 1artíc"lo +. 'n 9rasil% por -ltimo% la Constit"ci$n de ()44imp"so al ,oder ,-blico el deber de de&ender y preservar el medio ambiente 1artíc"lo 227.6 L"ego de la re&orma de ())2% el precepto dispone !"e% sin perj"icio de la responsabilidad del 'stado% ...es deber de los ci"dadanos contrib"ir a la

protecci$n del ag"a% la atm$s&era% la conservaci$n del s"elo% la &lora% la &a"na y de todo el "so potencial de la nat"raleza./7

 Así% por ejemplo% en la Constit"ci$n brasile=a ()44 se impone el deber a la colectividad/ de de&ender y preservar el medio ambiente.8 Las Constit"ciones ,olíticas de los países de n"estra regi$n !"e% en los inicios del siglo EBE establecieron las bases para la organizaci$n de los n"evos

'stadosF8aci$n% le con&irieron al derecho de propiedad "na sing"lar importancia dentro los derechos &"ndamentales de las personas% como lo prescribíanlos principios del constit"cionalismo clásico% garantizando !"e nadie podía ser privado de las cosas de s" dominio. ,or s" parte% los C$digos civiles !"e enel siglo EBE reg"laron la propiedad privada% j"nto con generalizarla al permitir la apropiaci$n por los partic"lares de las cosas !"e la nat"raleza no h"bierahecho com-n a todos los hombres% establecieron !"e los d"e=os de las mismas podían "sar y disponer de ellas arbitrariamente% esto es% establecieron elderecho de propiedad como "n derecho absol"to. 'ste tratamiento del derecho de propiedad cambi$ en el siglo EE con la incorporaci$n del concepto de la&"nci$n social/ de la propiedad% !"e permiti$ restricciones al ejercicio del derecho de propiedad c"ando así lo re!"ería la t"tela de los intereses de lasociedad.9 La Constit"ci$n per"ana de ()*) estableci$ !"e todos tienen derecho a gozar de "n ambiente sal"dable% ecol$gicamente e!"ilibrado y adec"ado para el

desarrollo de la vida y la preservaci$n del paisaje y la nat"raleza 1artíc"lo (23% mientras !"e la Constit"ci$n chilena de ()4 prescribi$ !"e ellaaseg"raba a todas las personas el derecho a vivir en "n medio ambiente libre de contaminaci$n/ 1artíc"lo (). 'n ()43% "na re&orma introd"cida a laConstit"ci$n ec"atoriana de ()*) introd"jo en s" artíc"lo () el derecho a vivir en "n medio ambiente libre de contaminaci$n/. La Constit"ci$nnicaragHense de ()4*% a s" vez% disp"so !"e los nicaragHenses tienen derecho a habitar en "n ambiente sal"dable/ 1artíc"lo +. ,or -ltimo% en ()44 laConstit"ci$n brasile=a estableci$ !"e todos tienen derecho a "n medio ambiente ecol$gicamente e!"ilibrado.../ 1artíc"lo 227.

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Derecho Ambiental.

Gerson Chávez Miranda. 

la garantía procesal necesaria para hacer e&ectivo este derecho(.

 Asimismo% en alg"nas de las Constit"ciones ,olíticas de las d#cadas de los a=os ()* y ()4 seprescribi$ el deber del 'stado de proteger ciertos componentes especí&icos del medio ambiente. 'stees el caso la protecci$n de la &a"na y la &lora((% la protecci$n del patrimonio gen#tico y de la diversidad

biol$gica(2% la protecci$n de ciertas zonas geográ&icas del país(3 y el establecimiento de áreas nat"ralesprotegidas(:% para citar s$lo alg"nos ejemplos. 'l artíc"lo 227 de la Constit"ci$n brasile=a de ()44contiene además disposiciones sobre la eval"aci$n del impacto ambiental% las actividades y s"stanciaspeligrosas% la ense=anza ambiental% los e&ectos ambientales de la minería y la localizaci$n de lasind"strias !"e tengan reactores n"cleares(7.

La protecci$n del patrimonio c"lt"ral es otro tema de las Constit"ciones ,olíticas de las d#cadas de losa=os ()* y ()4% como lo j"sti&ica tanto la importancia de ese patrimonio% especialmente el patrimonioc"lt"ral precolombino% como por los peligros a !"e siempre ha estado sometido s" integridad. 'n esesentido% destacan las disposiciones de la Constit"ci$n de G"atemala de ()47% !"e entran a detallar lacomposici$n del patrimonio c"lt"ral de la 8aci$n 1los bienes y valores paleontol$gicos% ar!"eol$gicos%hist$ricos y artísticos del país/% declarando !"e ese patrimonio está bajo la protecci$n del 'stado/ yprohibiendo% además% s" enajenaci$n% e>portaci$n o alteraci$n% salvo los casos !"e determine la ley/1artíc"lo +.

La responsabilidad por el da=o ambiental es otro tema importante !"e comenz$ a &ormar parte de lasConstit"ciones ,olíticas latinoamericanas% a partir de la d#cada de los a=os ()4. Así lo hace laConstit"ci$n de 9rasil de ()44% !"e incorpor$ por primera vez "na regla sobre la materia% al disponer!"e las cond"ctas y actividades consideradas lesivas al medio ambiente s"jetan a los in&ractores%personas &ísicas o j"rídicas% a sanciones penales y administrativas% independientemente de laobligaci$n de reparar el da=o ca"sado/ 1artíc"lo 227. 'n el capít"lo BBB se verá c$mo este tema aparece

en casi todas las Constit"ciones de la -ltima d#cada del siglo EE.

(+

1. L" Con#ttuc!n d$% 79.

10 'l inciso 2 del artíc"lo 2 de la Constit"ci$n chilena de ()4 prescribe@ ,rocederá% tambi#n% el rec"rso de protecci$n en el caso del 8 4 del artíc"lo

()% c"ando el derecho a vivir en "n medio ambiente libre de contaminaci$n sea a&ectado por "n acto arbitrario e ilegal imp"table a "na persona o a"toridaddeterminada./11

 De este tema se oc"paron en la d#cada de los a=os ()4 la Constit"ci$n de 5aití 1()42% de G"atemala 1()47 y 9rasil 1()44% así como "na re&orma de

()43 a la Constit"ci$n de ,anamá. La primera de ellas establece !"e la ley determina las condiciones de protecci$n de la &a"na y de la &lora/ 1artíc"lo27* la seg"nda% !"e se dictarán todas las normas necesarias para garantizar !"e la "tilizaci$n y el aprovechamiento de la &a"na% de la &lora% de la tierra ydel ag"a% se realicen racionalmente% evitando s" depredaci$n 1artíc"lo )* y la tercera% !"e inc"mbe al ,oder ,-blico proteger la &a"na y la &lora%prohibi#ndose% en &orma de ley% las prácticas !"e pongan en riesgo s" &"nci$n ecol$gica/ 1artíc"lo 227. ,or s" parte% la re&orma paname=a disp"so !"e el'stado reglamentará% &iscalizará y aplicará oport"namente las medidas necesarias para garantizar !"e la "tilizaci$n y el aprovechamiento de la &a"naterrestre% &l"vial y marítima% así como de los bos!"es...se llevarán a cabo racionalmente% de manera !"e se evite s" depredaci$n y se aseg"re s"

preservaci$n% renovaci$n y permanencia/ 1artíc"lo ((+.12

 La Constit"ci$n brasile=a de ()44 asigna como deber del ,oder ,-blico preservar la diversidad e integridad del patrimonio gen#tico y &iscalizar a las

entidades dedicadas a la investigaci$n y manip"laci$n de material gen#tico/ 1artíc"lo 227.13

 La Constit"ci$n brasile=a de ()44 establece !"e la 0loresta Amaz$nica brasile=a/ y otras áreas geográ&icas son patrimonio nacional y s" "tilizaci$n

será hecha en la &orma de la ley% dentro de las condiciones !"e aseg"ren la preservaci$n del medio ambiente.../ 1artíc"lo 227.14

 La Constit"ci$n haitiana estableci$ en ()42 !"e el 'stado prom"eve la conservaci$n de las áreas nat"rales protegidas 1artíc"lo 27:. 'n ()47% la

Constit"ci$n g"atemalteca disp"so a s" vez !"e el 'stado &omentará la creaci$n de par!"es nacionales% reservas y re&"gios nat"rales...% agregando !"e"na ley garantizará la protecci$n de la &a"na y &lora !"e en ellos e>ista.../ 1artíc"lo +:. ,or -ltimo% en ()44 la Constit"ci$n brasile=a asign$ al ,oder,-blico el deber de de&inir en todas las "nidades de la 0ederaci$n% espacios territoriales y s"s componentes para ser objeto de especial protecci$n%permiti#ndose la alteraci$n y la s"presi$n solamente a trav#s de la ley.../ 1artíc"lo 227.15

'stas disposiciones establecen !"e para aseg"rar la e&ectividad del derecho a "n medio ambiente adec"ado% inc"mbe al ,oder ,-blico e>igir% en la

&orma de la ley% para la instalaci$n de obras o actividades potencialmente ca"santes de degradaci$n signi&icativa del medio ambiente% "n est"dioprevio del impacto ambiental% al !"e se le dará p"blicidad/% así como controlar la prod"cci$n% la comercializaci$n y el empleo de t#cnicas% m#todos ys"stancias !"e s"pongan riesgos para la vida% para la calidad de la vida y para el medio ambiente/ y promover la ed"caci$n ambiental en todos losniveles de ense=anza y la conciencia p-blica para la preservaci$n del medio ambiente/. Además% esas disposiciones incl"yen la obligaci$n para los!"e e>ploten rec"rsos minerales de reponer el medio ambiente degradado% de ac"erdo con la sol"ci$n t#cnica e>igida por el $rgano p-blicocompetente% en la &orma de la ley/ y disponen !"e las &ábricas !"e operen reactor n"clear deberán tener s" localizaci$n de&inida en ley &ederal% sin lac"al no podrán operar./

16 Así oc"rre con las constit"ciones colombiana% parag"aya% Argentina% ec"atoriana y venezolana.

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Derecho Ambiental.

Gerson Chávez Miranda. 

 A manera de antecedente la Constit"ci$n ,olítica del 'stado de ()*)% trataba escasamente la de&ensadel medio ambiente% considerando tan solo a los ;ec"rsos 8at"rales% lo !"e ha cambiado con la Carta,olítica de ())3.

2. La Constit"ci$n del )3.

'l artíc"lo 2 inc. 22 de la Constit"ci$n ,olítica del 'stado% contempla como derecho &"ndamental% elderecho a gozar de "n ambiente e!"ilibrado y adec"ado al desarrollo de la vida% el c"al secomplementa con el artíc"lo +* de la citada Carta 0"ndamental% en el sentido% !"e el 'stado determinala política nacional del ambiente% en base a ello el Consejo 8acional del Ambiente y el 0ondo 8acionaldel Ambiente% eran las entidades encargadas de ejercer las &"nciones del reci#n creado medianteDecreto Legislativo ((3% Ministerio del Ambiente% !"e tendrá como &"nci$n general dise=ar% establecer%ejec"tar y s"pervisar la política nacional y sectorial ambiental% as"miendo la rectoría con respecto aella. Asimismo% los artíc"los ++ y +) han previsto "n capit"lo denominado% del Ambiente y los ;ec"rsos8at"rales% prom"even el "so racional de los ;ec"rsos 8at"rales y el reconocimiento de conservar ladiversidad biol$gica% además% la obligaci$n del 'stado de promover el desarrollo de la Amazoníamediante "na legislaci$n adec"ada% ya !"e es considerada como "no de los pocos p"lmones delm"ndo.

'l c"idado del ambiente ha sido la preoc"paci$n de organizaciones de de&ensa de intereses di&"sos%del 'jec"tivo y de las a"toridades invol"cradas en la administraci$n de j"sticia% especialmente% ha sidode inter#s de n"estro Irib"nal Constit"cional. 's así !"e en diversas sentencias del Irib"nalConstit"cional de los -ltimos a=os sobre materia de de&ensa del ambiente se han establecidode&iniciones sobre los t#rminos@ 8at"raleza% medio ambiente% rec"rsos nat"rales% y áreas nat"ralesprotegidas. Asimismo ha desarrollado el contenido del Derecho a "n medio ambiente e!"ilibrado yadec"ado y la ;esponsabilidad !"e tiene el 'stado para !"e ello sea posible.

'l contenido del derecho a gozar de "n ambiente e!"ilibrado y adec"ado al desarrollo de la vida% seenc"entra de&inido en el 0"ndamento (* y 3( del '>p. :4F2:F,BJIC@

Fundamento 17. “…el contenido del derecho fundamental a un medio ambiente equilibrado yadecuado para el desarrollo de la persona está determinado por los siguientes elementos, asaber: 1) el derecho a goar de ese medio ambiente y !) el derecho a que ese medio ambientese preser"e#.

$n su primera manifestaci%n, esto es, el derecho a goar de un medio ambiente equilibrado yadecuado, dicho derecho comporta la facultad de las personas de

 poder disfrutar de un medio ambiente en el que sus elementos se desarrollan e interrelacionan

de manera natural y arm%nica& y, en el caso en que el hombre inter"enga, no debe suponeruna alteraci%n sustanti"a de la interrelaci%n que e'iste entre los elementos del medio ambiente.$sto supone, por tanto, el disfrute no de cualquier entorno, sino (nicamente del adecuado parael desarrollo de la persona y de su dignidad art*culo 1+ de la onstituci%n). -e lo contrario, sugocese "er*a frustrado y el derecho quedar*a, as*, carente de contenido.

ero tambi/n el derecho en análisis se concretia en el derecho a que el medio ambiente se preser"e. $l derecho a la preser"aci%n de un medio ambiente sano y equilibrado entra0aobligaciones ineludibles, para los poderes p(blicos, de mantener los bienes ambientales en lascondiciones adecuadas para su disfrute. 2uicio de este 3ribunal, tal obligaci%n alcana

tambi/n a los particulares, y con mayor ra%n a aquellos cuyas acti"idades econ%micasinciden, directa o indirectamente, en el medio ambiente…4 ol*tica 5acional del mbiente

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Derecho Ambiental.

Gerson Chávez Miranda. 

Fundamento 61. $l art*culo 78 de la onstituci%n establece la obligaci%n perentoria del $stadode instituir la pol*tica nacional del ambiente. $llo implica un con2unto de acciones que el $stadose compromete a desarrollar o promo"er, con el fin de preser"ar y conser"ar el ambiente frentea las acti"idades humanas que pudieran afectarlo.

$sta pol*tica nacional 9entendida como el con2unto de directi"as para la acci%n orgánica del$stado a fa"or de la defensa y conser"aci%n del ambiente9 debe permitir el desarrollo integralde todas las generaciones de peruanos que tienen el derecho de goar de un ambienteadecuado para el bienestar de su e'istencia.

$sta responsabilidad estatal guarda relaci%n con lo dispuesto en el art*culo !8, inciso !!) de laonstituci%n, que reconoce el derecho fundamental de toda persona “a goar de un ambienteequilibrado y adecuado al desarrollo de la "ida4.

-icha pol*tica debe promo"er el uso sostenible de los recursos naturales& ergo, debe auspiciarel goce de sus beneficios resguardando el equilibrio dinámico entre el desarrollo

socioecon%mico de la 5aci%n y la protecci%n y conser"aci%n de un disfrute permanente4 

Como es de verse n"estro Irib"nal Constit"cional ha desarrollado "na doctrina j"rispr"dencial sobre elcontenido del derecho "n medio ambiente e!"ilibrado y adec"ado% disgregándolo en dos elementos%orientado al goce y preservaci$n del ambiente.

De ig"al &orma% e>alta la ;esponsabilidad del 'stado en c"anto a la ,olítica 8acional del ambiente paras" preservaci$n% lo !"e se vendría c"mpliendo con la creaci$n del Ministerio del Ambiente.% A"n!"e nodebemos olvidar% !"e tambi#n e>iste "na ;esponsabilidad de la sociedad% !"e es en lo !"e tambi#n hainsistido el Irib"nal Constit"cional% en el sentido !"e a"nado a las obligaciones del 'stado% se re!"iere

la participaci$n de la ci"dadanía% p"es% el ambiente no s$lo constit"ye "n sector de la realidad nacional%sino "n todo integral de los sectores y actividades h"manas% así los problemas y c"estionesambientales deben ser considerados y as"midos globalmente% 10"ndamento 3J'>p. 2F23FCCJIC.

8"estras a"toridades j"risdiccionales% tambi#n han mostrado "n gran inter#s% tal como se aprecia enlas re"niones de Kohannesb"rgo y M#>ico. 'n el 6imposio M"ndial de K"eces celebrado enKohannesb"rgo 6"dá&rica% del (4 al 2 de agosto de 22% se adoptaron principios sobre el desarrollosostenible y la &"nci$n del derecho@

1. n compromiso pleno de contrib"ir a la realizaci$n de los objetivos del desarrollosostenible por cond"cto del mandato j"dicial de ejec"tar% desarrollar y aplicar

coercitivamente el derecho y de respetar el imperio de la ley y el proceso democrático%2. La realizaci$n de los objetivos de la Declaraci$n del Milenio de la Asamblea General de las

8aciones nidas !"e está s"peditada a la ejec"ci$n de los regímenes j"rídicos nacionalese internacionales establecidos para lograr los objetivos del desarrollo sostenible%

3. La elaboraci$n de "n programa de trabajo sostenido en la es&era del derecho ambientalconcentrado en la ed"caci$n% la capacitaci$n y la di&"si$n de in&ormaci$n% incl"idoscolo!"ios j"rídicos a nivel regional y s"bFregional% y

:. La colaboraci$n entre miembros de la j"dicat"ra y otras personas !"e participan en elproceso j"dicial dentro de todas las regiones y entre ellas como elemento esencial paralograr "na mejora signi&icativa en la ejec"ci$n% la aplicaci$n% el desarrollo y la aplicaci$ncoercitiva del derecho ambiental.

'n el 6imposio Derecho Ambiental y desarrollo sostenible@ 'l acceso a la j"sticia ambiental en Am#rica Latina/ celebrado en la ci"dad de M#>ico del 2+ al 24 de enero de 2% en el !"e

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Derecho Ambiental.

Gerson Chávez Miranda. 

participaron j"eces de n"eve países de Am#rica Latina% habiendo sido convocados por el,rograma de las 8aciones nidas para el Medio Ambiente 1,8MA y la ,roc"radoría 0ederalde ,rotecci$n al Ambiente de M#>ico% se s"scribi$ la denominada Declaraci$n de M#>ico/basada en los sig"ientes p"ntos@(. Aplicaci$n de los instr"mentos j"rídicos de Derecho ambiental en las ca"sas

 j"risdiccionales.2. Bntercambio de e>periencias para el per&eccionamiento de la aplicaci$n de la legislaci$n

ambiental.3. 'l problema del acceso a la j"sticia ambiental% a &in de !"e los trib"nales tengan "na

sol"ci$n e>pedita y completa.:. La &orma en !"e se ha venido impartiendo la j"sticia ambiental en s"s respectivos países%

considerando el marco internacional dentro del !"e se ha desarrollado el derecho internode los países de la regi$n%

7. 6e veri&ic$% la adopci$n com-n de los países de la política p-blica para proc"rar revertir ladegradaci$n ambiental y establecer las bases para el desarrollo sostenible.

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