constitución política del estado libre y soberano de méxico

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XCVII Aniversario de su Aprovación 31 de octubre

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Page 1: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

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ESTADO LIBRE Y SOBERANO

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Page 2: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

Origen de la Constitución local de 1917

Durante la administración del gobernador Carlos Tejada, de enero a junio de 1917, el Estado de México comenzó a regirse social y jurídicamente por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del S de febrero de 1917.

El gobernador Carlos Tejada.

Después de que Agustín Millán ocupara la gubernatura, sucediendo a Tejada el 30 de junio, el Congreso Constituyente estatal empezó a sesionar, el 27 de julio de 1917, para trabajar en la propuesta de la Constitución del Estado de México. En este proyecto destacó la colaboración del entonces secretario gene­ral de Gobierno, el licenciado Andrés Molina Enriquez, en lo referente al aspecto agrario; tambien participaron los diputados José López Bonaga, Carlos Pichardo, Protasio l. Goméz y Malaquias Huitrón, entre otros.

Page 3: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

Aprobación de la Constitución local

Durante casi 3 meses, el Constituyente del estado sesionó para elaborar la nueva ley; en la última sesión del 31 de octubre de 1917 aprobó la Constitución Polftica del Estado Libre y Soberano de México, en la que se reafirmó la estructura política de la entidad como democrática y autónoma, apegada a los lineamientos federales.

Después de sancionada la Constitución local, fue firmada y jurada por los diputados en presencia del gobernador Agustín Millan y de representantes del Poder Judicial, quie­nes se comprometieron a respetarla y a hacerla cumplir.

El gobernador Agustín Mitlán.

Page 4: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

Las demandas obreras y campesinas

Durante la elaboración de las nuevas leyes estatales, continuaban los focos revoluciona­rios en el sur del estado, principalmente de facciones zapatistas, por lo que, de manera particular, se incorporaron sus demandas en la Legislación local, las cuales ya habían sido consideradas en el Articulo 27 de la Constitución federal y en el Plan de Ayala, así como en la Ley Agraria del 6 de enero de 1915, emitida por Venustiano Carranza.

Zapat1StdS.

Además de los derechos de los campesinos, fueron integrados los de los obreros, con base en el Articulo 123 de la Carta Magna; asimis­mo, fueron reconocidos los derechos de los trabajadores al servicio del Estado y se insti­tuyó el Departamento del Trabajo y de la Previsión Social.

Page 5: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

Procuración de justicia y educación '---------- -----------

En materia de justicia, la Constitución estatal estableció la creación del Ministerio Público y el cargo de Procurador General de Justicia.

En el área educativa. las escuelas de enseñan­za elemental. a partir de entonces, serian mixtas; se estableció la Escuela Superior Preparatoria con bachillerato único para cada carrera y se dieron las primeras pautas para la creación de la Normal Superior. además se impulsó la creación de escuelas indígenas.

Esc(le/a pública mixta.

Page 6: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

Gobernador del Estado de México. Nació en Toluca, el13 de agosto de 1813. Estudió en el Instituto Científico y Literario de Toluca. En 1847 se afilió a la guardia nacional para combatir la Intervención Norteamericana. Fue opositor al régimen de Antonio López de Santa Anna. Al triunfo del Plan de Ayutla fue designado gobernador y comandante militar del Estado de México, entre agosto de 1855 y enero de 1857. En octubre de éste último año, estalló una rebelión anticonstitu­cionalista en Cuernavaca hacia donde salió para sofocarla, pero murió en combate cerca de la región de Malinalco.

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SECRETARrA GENERAL DE GOBIERNO

COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL

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