constitución jurídica de una empresa

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

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    Constitucin Jurdica

    y Administrativa de

    una Empresa

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    Formas jurdicas de asociatividad es una formade asociacin voluntaria de personas naturales

    o jurdicas, las que de un modo organizado yms o menos permanente, unen sus esfuerzos,ya sea de capital o de trabajo para conseguir unobjetivo de carcter econmico y repartir losbeneficios que se obtengan.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    Las sociedades, estn organizadas sobre la

    base de un conjunto de personas ligadas por unvnculo contractual, es decir un conjunto deacuerdos y convenciones que constan en elcontrato de sociedad, o que, es determinado, en

    su silencio, por la ley.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    PERSONA JURDICA:

    El Cdigo Civil la define, como una personaficticia, capaz de ejercer derechos y contraerobligaciones civiles, y de ser representada

    judicial y extrajudicialmente.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    PERSONA NATURAL:

    Se denomina as a cualquier individuo que cuenta con lacapacidad de ejercer o participar en actividades jurdicas.

    En el mbito de la Creacin de Empresas, una PersonaNatural puede realizar actividades comerciales bajo la figura

    de: Empresa Unipersonal o IndividualEmpresa Individual de Responsabilidad Limitada

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    EMPRESA UNIPERSONAL O INDIVIDUAL

    Se refiere a la entidad formada por el capital, dedicada a cualquieractividad industrial y/o comercial y que no est organizada comouna persona jurdica.El empresario opera con su RUT personal y respondeilimitadamente sobre los compromisos adquiridos por el negocio, esdecir, incluso con sus bienes particulares.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDADLIMITADA EIRL

    Persona jurdica con patrimonio propio distinto del titular ycon carcter comercial. Se diferencia de la EmpresaUnipersonal principalmente por dos aspectos: el primero, esque al ser persona jurdica, opera con un RUT distinto y, ensegundo trmino, la responsabilidad se torna limitada, es

    decir, el propietario slo responde con sus bienes personaleshasta el aporte de capital efectuado a la Empresa, y laEmpresa responde con todos sus bienes.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDADES

    Una Sociedad corresponde a la asociacin de personas

    naturales o jurdicas dedicadas a una actividad comercial dela que se persigue un lucro o ganancia que se reparte entrelos participantes o socios, de acuerdo a la proporcin de susaportes y a la naturaleza de la Sociedad.Las sociedades, tambin, admiten numerosas clasificaciones.As por ejemplo, de acuerdo a sus finalidades pueden serciviles o comerciales; de acuerdo a la forma de suorganizacin y formas de aportar el capital, pueden sercolectivas, en comandita, o annimas, etc.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    ELEMENTOS ESENCIALES DE CONTRATOS DESOCIEDADES

    El aporte de los socios, que puede consistir en dinero,bienes, industria, servicio o trabajo apreciable en dinero. La participacin en las utilidades, que puede serconforme al acuerdo de los socios o a prorrata de susaportes. La contribucin a las prdidas, que se determinan poracuerdo de los socios o en proporcin a los aportes. La intencin de formar sociedad.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDADES

    Segn su organizacin, las sociedades se clasifican

    en: colectivas, de responsabilidad limitada, encomandita, y annimas.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDADES COLECTIVAS

    Son aquellas en que todos los socios administran por

    s o por un mandatario elegido de comn acuerdo. Pueden ser civiles o comerciales. La administracin puede ser ejercida por todos lossocios o por medio de la persona o personas que

    designen. Nada obsta para que sean administradas porun Directorio.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDADES COLECTIVAS

    La responsabilidad de los socios es solidaria en las

    sociedades colectivas comerciales; y simplementeconjunta en las colectivas civiles. En ambos casos, los socios responden con latotalidad de sus bienes por las obligaciones de lasociedad.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDADES COLECTIVAS

    La sociedad colectiva civil no necesita solemnidades

    legales especiales para su constitucin. No obstante, para acreditar su existencia y los pactosque los socios hayan celebrado, es convenienteconstituir la sociedad mediante escritura pblica.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDAD ANNIMA SA

    La Sociedad Annima es una persona jurdica formada

    por la reunin de un fondo en comn, suministrado poraccionistas responsables slo por sus respectivosaportes y administrada por un directorio integrado pormiembros esencialmente revocables. Las SociedadesAnnimas pueden ser de dos clases: Abiertas oCerradas.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDAD ANNIMA ABIERTA

    Aquellas que hacen oferta pblica de sus acciones enconformidad a la Ley de Mercado de Valores; tienen 500o ms accionistas o bien, las que a lo menos, el 10% desu capital suscrito pertenece a un mnimo de cienaccionistas. Estas Sociedades quedan sometidas a la fiscalizacin

    de la Superintendencia de Valores y Seguros, y debeninscribirse en el Registro Nacional de Valores teniendocuidado de observar las disposiciones legalesespeciales que les sean aplicables.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDAD ANNIMA CERRADA

    Aquellas no comprendidas en la definicin de

    "Abiertas", sin perjuicio de que voluntariamentepuedan sujetarse a las normas que rigen a lasSociedades Annimas Abiertas.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADAEstas sociedades estn regidas por leyesespeciales. Puede constituirse para efectuar, tanto actos civilescomo mercantiles. (Ley 3.918 de 07 de marzo de1923, modificada por la Ley 6.156 de 13 de enero de1938). Su administracin corresponde a los socios, o a losmandatarios que estos designen, elegidos de comnacuerdo.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADASu constitucin se efecta por escritura pblica, cuyoextracto deber ser inscrito dentro de sesenta das en

    el Registro de Comercio del domicilio social ypublicarse en el Diario Oficial.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA La escritura debe contener especialmente la declaracin de quela responsabilidad personal de los socios queda limitada a sus

    aportes o a las sumas que a ms de stos se indique. No pueden constituirse estas sociedades para efectuarnegocios bancarios. La razn o firma social puede contener el nombre de uno o msde los socios o una referencia al objeto de la sociedad. En todo

    caso, debe terminar con la palabra Limitada, sin la cual todos lossocios quedan solidariamente responsables de las obligacionessociales.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA

    Los socios pueden ser nacionales o extranjeros,personas naturales o jurdicas, sin que su nmeropueda ser inferior a dos ni superior a cincuenta. No se exige un mnimo de capital

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDADES EN COMANDITA

    Es la que se celebra entre una o ms personas queprometen llevar a la sociedad un determinado aporte yuna o ms personas, que se obligan a administrarexclusivamente la sociedad por s o por susdelegados, y en nombre particular. Las sociedades en comandita pueden ser simples o

    por acciones.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDADES EN COMANDITA

    Este tipo de Sociedad presenta coexistencia de susparticipantes pudiendo ser Socios Administradores oGenerales que responden ilimitadamente de lasdeudas sociales y participan en la gestin de laSociedad, junto con Socios Comanditarios que noparticipan en la gestin y cuya responsabilidad se

    limita al capital aportado.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDADES EN COMANDITA

    Si el capital aportado por estos ltimos est representadoen acciones, la Sociedad adquirir la forma deComanditaria porAcciones. La comandita simple se forma por la reunin de un fondosuministrado en su totalidad por uno o ms socioscomanditarios, o por stos y los socios gestores a la vez.

    La comandita por acciones se constituye por la reuninde un capital dividido en acciones o cupones de accin ysuministrado por socios cuyo nombre no figura en laescritura social.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDADES DE HECHO

    La Sociedad de Hecho tiene como base a unaconvencin, a un contrato ya expreso, ya tcito oimplcito; es una comunidad de hecho, que no es otracosa que una simple situacin de hecho, capaz deproducir efectos jurdicos, de donde resulta un estadode indivisin, la que tiene su fuente en un contrato.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    SOCIEDADES DE HECHO

    Las condiciones de esta sociedad son las mismasque las de las sociedades regulares, pues lo que lesfalta es nicamente el cumplimiento de circunstanciasexteriores o formales del contrato, es decir, lassolemnidades, como por ejemplo: la emisin de

    escritura pblica y/o de su inscripcin o publicacin deun extracto de la misma en el Registro de Comercio yDiario Oficial.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    ESCRITURA DE CONSTITUCIN DE SOCIEDAD

    La Escritura de Constitucin de Sociedad esfundamental para la Creacin de una Empresa ya queestablece, entre otras cosas, el tipo de Sociedad, elgiro o actividad comercial a la cual se dedicar, lossocios que la conformarn y sus aportes de capitalrespectivos, as como tambin la forma en que stos

    participarn de las utilidades y cmo se responder encaso de prdidas.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    ESCRITURA DE CONSTITUCIN DE SOCIEDAD

    Es un respaldo jurdico ante cualquier eventualidadsobre los bienes de las partes involucradas ya queestipula los lmites y alcances de lasresponsabilidades comerciales. Tambin detalla cmo se administrar esa Sociedad,la labor de cada uno de los participantes y la manera

    como se establecern las remuneraciones.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    LEGALIZACIN Y EXTRACTO DE LA ESCRITURA

    Luego de la redaccin de la Constitucin deSociedad, es necesario proceder a legalizar eldocumento ante Notario y con ello materializar lapersonalidad jurdica requerida para realizar lostrmites relacionados a la Creacin de la Empresa, ascomo tambin la obtencin de RUT y patente

    comercial.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    INSCRIPCIN DE LA SOCIEDAD EN EL REGISTRODE COMERCIOLa Inscripcin de la Sociedad en el Registro de

    Comercio es parte del conjunto de trmites a realizarpara la formalizacin de una Sociedad o modificacinde una ya existente. Se realiza directamente en el Conservador de

    Bienes Races, entidad dependiente de la Corte deApelaciones de Santiago y de las Cortes de Regiones.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    PUBLICACIN EN EL DIARIO OFICIAL

    El Diario Oficial es el rgano del Estado encargadode la publicacin de las normas jurdicas que rigen enel pas, con lo que una Sociedad adquierepersonalidad jurdica legal luego de su publicacin eneste medio. Este trmite debe realizarse dentro de 60 das

    contados a partir de la fecha registrada en la Escriturade la Sociedad.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    INICIO DE ACTIVIDADES

    Es la formalizacin ante el Servicio de ImpuestosInternos de la intencin de emprender cualquier tipode actividad comercial o profesional susceptible deproducir rentas gravadas en la Primera o SegundaCategora de la Ley de la Renta Este es un trmite obligatorio para quienes inicien

    actividades econmicas, comerciales o profesionales,las cuales se dividen en dos categoras, de acuerdo altipo de renta o ingreso que obtengan y que, engeneral, se clasifican en:

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    INICIO DE ACTIVIDADES

    Primera Categora: Todas aquellas actividades queobtienen su renta del capital y/o de actividadescomerciales, industriales, mineras, de transporte, etc.

    Segunda Categora: Actividades que obtienen suingreso de las rentas del trabajo, como las

    Sociedades y/o Servicios Profesionales.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    DOCUMENTOS TRIBUTARIOS

    Toda Empresa constituida legalmente comienza suobligacin tributaria una vez que inicia sus actividades.Dependiendo del tipo de empresa y/o actividad querealice deber operar con diversos documentos entrelos cuales se encuentran las Boletas de Honorarios,Facturas, Boletas de Venta, Libros Contables, etc.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    DOCUMENTOS TRIBUTARIOS

    El SII, institucin encargada de la recoleccin yfiscalizacin de los impuestos, ha puesto a disposicinde los contribuyentes versiones electrnicas, tanto desus trmites como de algunos de los documentostributarios que requiera la Empresa. Sin embargo, es factible operar con documentos enformato fsico, los cuales debern adquirirse en unaImprenta para su posterior legalizacin en el SII.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    BOLETA DE HONORARIOS

    Es el documento tributario que le corresponde a losprofesionales independientes o sociedades de

    profesionales mediante el cual declaran su renta y elimpuesto correspondiente ante el SII. La carga tributaria en estos casos es del 10%, la cualpuede ser retenida por la institucin o empresa quecontrata los servicios profesionales, o bien, puede serdeclarada y pagada individualmente por el contribuyente. Actualmente existen dos formatos -fsico y electrnico-disponibles para este documento.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    BOLETA DE HONORARIOS

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    FACTURA

    Corresponde al documento tributario mediante elcual el contribuyente que lo emite genera un DbitoFiscal correspondiente a la recaudacin del IVA yquien lo recibe descuenta el impuesto pagadomediante el Crdito Fiscal. Para la emisin de Factura se requiere de la

    autorizacin expresa del SII, quien previamenteevaluar y verificar el desempeo positivo delcontribuyente en su actividad comercial.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    FACTURA

    Existen diversos tipos de Facturas, dependiendo de losrequerimientos del giro a actividad del contribuyente, los

    cuales pueden ser:Factura de Venta.Factura de Compra.Factura no Gravada o Exenta de IVA.

    Factura de Exportacin.Factura de Venta Exenta a Zona Franca Primaria.Este documento puede ser emitido tanto en formato fsicocomo electrnico.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    BOLETA DE COMPRAVENTA

    Corresponde al documento tributario para actividades dePrimera Categora que da cuenta de la situacin de agente

    retenedor de IVA al contribuyente. La elaboracin del documento debe ser encargada a unaImprenta para su posterior legalizacin ante el SII. La Boleta de Compraventa, a diferencia de la Factura,

    slo genera un Dbito Fiscal para quien la emite, y debencumplir con las siguientes caractersticas: Deben emitirse, como mnimo, en duplicado, donde eloriginal debe ser conservado por el vendedor y la copiaentregada al cliente.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    BOLETA DE COMPRAVENTA

    Las Boletas deben llevar Impreso: Nombre o RaznSocial, RUT, Domicilio (tanto de la casa Matriz como

    de las Sucursales), Giro o Actividad. Las Boletas deben ser timbradas previamente por elSII con Numeracin nica Nacional. No es necesario detallar los bienes que se venden olos servicios que se prestan.

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    Formas Jurdicas de una

    Empresa

    BOLETA DE COMPRAVENTA

    La Copia se entrega al cliente y el Original loconserva el vendedor.Pueden contener, adems, otras informacionesnecesarias para el vendedor. Opcionalmente tambin pueden anotarse datos delcomprador.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

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    Normativa Laboral Vigente

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    Contrato de Trabajo

    Art. 3: Se entiende por:

    Empleador: la persona natural o jurdica queutiliza los servicios intelectuales o materiales deuna o ms personas en virtud de un contrato.

    Art. 7 : El contrato de trabajo es una convencin por lacual el empleador y el trabajador se obliganrecprocamente, ste a prestar servicios personales bajo

    dependencia y subordinacin del primero, y aqul a pagarpor estos servicios una remuneracin determinada.

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    Contrato de Trabajo

    Trabajador: toda persona natural que preste

    servicios personales, intelectuales o materialesbajo dependencia o subordinacin y en virtud deun contrato de trabajo.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

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    Caractersticas

    del Contrato de Trabajo

    Es consensual

    Debe ponerse por escrito

    El empleador tiene un plazo de 15 das parahacer constar el contrato, desde que se inicia elempleo.

    Si el trabajador se niega a firmar, se le cita a

    Inspeccin del Trabajo y si insiste puede serdespedido a menos que pruebe que lascondiciones reales son distintas a las escritas.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

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    Caractersticas

    del Contrato de Trabajo

    Puede ser duracin indefinida o a plazo fijo (fechade trmino no mayor a un ao)

    La falta de contrato escrito har presumirlegalmente que son estipulaciones del contrato lasque declare el trabajador.

    Se sanciona al empleador con una multa por nohaber cumplido su obligacin (5 UTM).

    Se sanciona al empleador con una multa por nohaber cumplido su obligacin (5 UTM).

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    47/93

    Caractersticas

    del Contrato de Trabajo

    Para que se reconozca que existe una relacincontractual, se debe comprobar que el trabajador(a) rene todas las condiciones

    Recibir una remuneracin por susservicios. Trabajar bajo subordinacin ydependencia. Cumplir un horario de trabajo.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

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    Contenido del Contrato de

    Trabajo

    Lugar y fecha Individualizacin de las partes (empleador y trabajador)

    Con indicacin de la nacionalidad y fechas denacimiento e ingreso del trabajador.

    Determinacin de la naturaleza de los servicios y dellugar o ciudad en que hayan de prestarse

    Monto, forma y perodo de pago de la remuneracinacordada

    Duracin y distribucin de la jornada de trabajo Plazo del contrato Otras disposiones...(pago de locomocin, colacin,

    bonos, etc.).

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

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    Contrato Especial de Trabajo

    Existen empleos que se rigen por ContratosEspeciales de Trabajo, que tienen y obligacionesdistintas:

    Contrato especial de aprendizaje. Trabajador agrcola

    Trabajadores embarcados y gente de mar y detrabajadores portuarios.

    Trabajadores de casa particular.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

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    Modificaciones al Contrato

    El contrato se puede modificar nicamente cuandoel empleador y el trabajador llegan a un acuerdopara cambiarlo.

    Las modificaciones del contrato de trabajo seconsignarn por escrito Sern firmadas por las partes al dorso de los

    ejemplares del mismo o en documento anexo.

    No es necesario modificar los contratos paraconsignar los aumentos derivados de reajustes deremuneraciones establecidos por Ley.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    51/93

    Modificaciones al Contrato

    El empleador podr alterar:La naturaleza de los servicios

    El sitio o recinto en que ellos deban prestarse

    Las modificaciones deben cumplir las siguientescondiciones:

    Debe tratarse de labores similares.

    El nuevo sitio o recinto debe quedardentro del mismo lugar o ciudad. No debe presentar menoscabo para eltrabajador.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

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    Modificaciones al Contrato

    El empleador tambin puede alterar:

    La distribucin de la jornada de trabajo convenidahasta en sesenta minutos, sea anticipando opostergando la hora de ingreso al trabajo.

    Esta modificacin debe cumplir las siguientescondiciones:

    Debe ser por circunstancias que afecten a todo elproceso de la empresa o establecimiento. Se debe dar el aviso correspondiente al trabajadorcon treinta das de anticipacin a lo menos.

    52

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    53/93

    Jornada Laboral

    Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual eltrabajador debe prestar efectivamente sus serviciosen conformidad al contrato.

    Jornada Ordinaria, No debe exceder de 45 horassemanales.

    La jornada de trabajo diaria no podr superar las 10horas, contando las horas extraordinarias.

    Los domingos y aquellos que la ley declara festivosson de descanso, excepto en los casos en que la leyautoriza a trabajar en esa fechas (comercio o laminera).

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    54/93

    Jornada Laboral

    Slo se pueden realizar en las faenas que,por su naturaleza, no perjudiquen la salud deltrabajadorSlo pueden ser hasta un mximo de 2 por

    da,Deben pactarse por escrito, (en el contrato de

    trabajo o en un acto posterior).

    Se deben pagar con un recargo del 50%sobre el sueldo convenido para la jornadaordinaria.

    Jornada Extraordinaria: Es la que excede del mximolegal o de la pactada contractualmente, si fuese menor.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    55/93

    Descanso dentro de la Jornada

    La jornada de trabajo se dividir en dos partes

    Debe haber al menos, media hora para la colacin.

    Este perodo no se cuenta para determinar laduracin de la jornada diaria.

    55

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    56/93

    Feriado Anual

    Los trabajadores con ms de un ao de serviciotendrn derecho a un feriado anual de quince dashbiles, con remuneracin ntegra que se otorgarde acuerdo con las formalidades que establezca elreglamento.

    El derecho a vacaciones es irrenunciable. No sepuede reemplazar con una compensacin endinero.

    Para los efectos del feriado, el da sbado seconsiderar siempre inhbil.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    57/93

    Feriado Progresivo

    Todo trabajador, con diez aos de trabajo, parauno o ms empleadores, continuos o no, tendrderecho a un da adicional de feriado por cada tres

    nuevos aos trabajados, y este exceso sersusceptible de negociacin individual o colectiva.

    Slo podrn hacerse valer hasta diez aos de

    trabajo prestados a empleadores anteriores.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    58/93

    Remuneraciones

    Las contraprestaciones en dinero y lasadicionales en especies avaluables en dinero.

    Deben pagarse en pesos y en perodos de noms de un mes.

    58

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    59/93

    Remuneraciones

    Tipos de Remuneraciones:

    Sueldo: estipendio fijo en dineroSobresueldo: horas extraordinariasComisin : porcentaje sobre el precio de laventas o compras

    Participacin: proporcin en las utilidades de unnegocio determinado.Gratificacin: parte de las utilidades con que elempleador beneficia el sueldo del trabajador

    59

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    60/93

    Proteccin de las

    Remuneraciones

    Las remuneraciones y las cotizaciones deseguridad social son inembargables.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    61/93

    La Indemnizacin

    Es la suma de dinero que debe entregar elempleador al trabajador cuando pone trmino a larelacin laboral. Esta suma debe pagarla si el

    empleador ha invocado alguna de las causales quedan este derecho al trabajador, o cuando se haestipulado esta indemnizacin en el contrato detrabajo.

    61

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    62/93

    La Indemnizacin

    Las indemnizaciones se calculan sobre la base de laltima remuneracin mensual. La ley dispone que la

    ltima remuneracin mensual comprender toda lacantidad que perciba el trabajador por la prestacinde sus servicios al momento de terminar el contrato,incluidas las imposiciones y cotizacionesprevisionales o de seguridad social de cargo del

    trabajador, y las regalas o especies avaluables endinero.

    62

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    63/93

    La Indemnizacin

    No procede incluir en ese clculo la asignacinfamiliar legal, pagos por sobretiempo y aquellosbeneficios o asignaciones otorgados en formaespordica o por una sola vez al ao comogratificaciones y aguinaldos, por ejemplo, deNavidad o Fiestas Patrias. Excepcionalmentecorresponde incluir en dicha operacin la

    gratificaci

    n cuando es pagada mes a mes.

    63

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    64/93

    La Indemnizacin

    Tipos de Indemnizacin:

    Indemnizacin sustitutiva del aviso previo:(Causal Art. 161.) Indemnizacin del feriado anual o vacaciones. Indemnizacin por aos de servicio

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    65/93

    La Indemnizacin

    Aquella indemnizacin que procede pagar altrabajador a falta de la indemnizacinconvencional cuando se puso trmino al contratopor la causal de necesidades de la empresa,establecimiento o servicio (causal Art.161). Estaindemnizacin es equivalente a 30 das de la

    ltima remuneraci

    n devengada por cada a

    o deservicio y periodo superior a seis mesesprestados continuamente a dicho empleador.Esta indemnizacin tiene un tope mximo de 330das de remuneracin (11 aos).

    La indemnizacin legal:

    65

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    66/93

    Terminacin del Contrato

    Causales sin derecho a indemnizacin deservicios:

    Art. 159

    Art. 160Causales con derecho a indemnizacin deservicios: Art. 161

    66

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    67/93

    Artculo 159

    Mutuo acuerdo de las partes. Renuncia del trabajador (dando aviso a su

    empleador con 30 das de anticipacin) Muerte del trabajador. Vencimiento del plazo convenido en el contrato. Conclusin del trabajo o servicio que dio origen al

    contrato. Caso fortuito o fuerza mayor.

    67

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    68/93

    Artculo 160

    Falta de probidad, vas de hecho, injurias oconducta inmoral grave debidamente comprobada

    Negociaciones incompatibles

    Ausencias injustificadas Durante dos das seguidos Dos lunes en el mes Tres das en el mes

    Un da injustificado o sin aviso previo- deltrabajador que tenga a su cargo una actividad,faena o mquina cuyo abandono o paralizacinsignifique una perturbacin grave en la marchade la obra

    68

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    69/93

    Artculo 160

    Abandono del trabajo: Salida intempestiva e injustificada del trabajador

    de la faena y durante las horas de trabajo, sin

    permiso del empleador o de quien lo represente, La negativa a trabajar sin causa justificada en

    las faenas convenidas en el contrato. Actos, omisiones o imprudencias temerarias que

    afecten a la seguridad o al funcionamiento delestablecimiento, a la seguridad o a la actividad delos trabajadores, o a la salud de stos.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    70/93

    Artculo 160

    El perjuicio material causado intencionalmenteen las instalaciones, maquinarias, herramientas,tiles de trabajo, productos o mercaderas.

    Incumplimiento grave de las obligaciones queimpone el contrato.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    71/93

    Artculo 161

    Necesidades de la empresa, establecimiento oservicio, tales como las derivadas de laracionalizacin o modernizacin de los mismos,

    bajas en la productividad, cambios en lascondiciones del mercado o de la economa, quehagan necesaria la separacin de uno o mstrabajadores, y la falta de adecuacin laboral otcnica del trabajador.

    Desahucio.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    72/93

    Posibilidades de Reclamo

    Plazo para reclamar?60 das (directamente al juzgado)90 das (previo reclamo a la Inspeccin)

    Donde reclamar? Inspeccin del TrabajoJuzgado de Letras

    72

    C t i J d

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    73/93

    Competencia Juzgados

    Laborales

    Cuestiones suscitadas entre empleadores y trabajadores. Cuestiones derivadas de la aplicacin de las normas sobre

    organizacin sindical. Cuestiones y reclamaciones derivadas de la aplicacin de las

    normas de prevencin y seguridad social. Juicios en que se demande el cumplimiento de obligaciones

    que emanen de ttulos ejecutivos segn leyes laborales,previsionales o de seguridad social.

    Reclamaciones en contra de resoluciones administrativas. Toda aquella materia que las leyes indiquen a los Juzgados

    Laborales.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    74/93

    El Finiquito

    Cuando termina la relacin laboral, el empleador yel trabajador deben firmar un finiquito.

    En el finiquito se indica la causa legal por la quetermina el contrato, los pagos recibidos por eltrabajador y el estado de sus imposiciones

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    75/93

    Ley 20540

    Modifica el Cdigo del Trabajo Art. 58 en Materia deDescuentos a las Remuneraciones para Fines Educacionales.

    Art 3:Con acuerdo del empleador y del trabajador, que deber constarpor escrito, el empleador podr descontar de las remuneraciones cuotas

    destinadas al pago de la adquisicin de viviendas, cantidades para serdepositadas en una cuenta de ahorro para la vivienda y sumasdestinadas a la educacin del trabajador, su cnyuge o alguno de sushijos. Para estos efectos, se autoriza al empleador a otorgar mutuos ocrditos sin inters, respecto de los cuales el empleador podr hacerse

    pago deduciendo hasta el 30% del total de la remuneracin mensual deltrabajador. Sin embargo, el empleador slo podr realizar tal deduccinsi paga directamente la cuota del mutuo o crdito a la institucinfinanciera o servicio educacional respectivo.".

    75

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    76/93

    Ley 20540

    Modifica el Cdigo del Trabajo Art. 58 en Materia deDescuentos a las Remuneraciones para Fines Educacionales.

    Para estos efectos, se autoriza al empleador a otorgar mutuos ocrditos sin inters, respecto de los cuales el empleador podr

    hacerse pago deduciendo hasta el 30% del total de la remuneracinmensual del trabajador. Sin embargo, el empleador slo podrrealizar tal deduccin si paga directamente la cuota del mutuo ocrdito a la institucin financiera o servicio educacional respectivo."Cualquiera sea el fundamento de las deducciones realizadas a las

    remuneraciones por parte del empleador, o el origen de losprstamos otorgados, en ningn caso aqullas podrn exceder, enconjunto, del 45% de la remuneracin total del trabajador."

    76

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    77/93

    Enfermedades Profesionales

    En 1968, se promulg la ley 16.744, que establece elSeguro Social Obligatorio contra riesgos de Accidentesdel Trabajo y Enfermedades Profesionales.

    Comprende un aspecto compensatorio y un aspectopreventivo. El accidente tiene una materializacin fsica, en cambio la

    enfermedad es gradual y consecuencia directa deltrabajo.

    Las enfermedades profesionales, se enumeran en elreglamento y son revisadas cada 3 aos.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    78/93

    Seguro Social Obligatorio

    Es financiado por el Empleador. El seguro otorga derecho a prestaciones mdicas y

    econmicas gratuitas para superar un accidente deltrabajo o una enfermedad profesional.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    79/93

    Accidente del Trabajo

    Es un acontecimiento no deseado que daa a lostrabajadores o a los recursos de la empresa.

    Cualquier lesin que una persona sufre durante sutrabajo, o en trayecto hacia o desde el trabajo, que leproduzca algn grado de incapacidad o muerte.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    80/93

    Enfermedad Profesional

    Es el dao que sufre el organismo de un trabajadorpor estar expuesto a un riesgo para su salud.

    Incapacidad Temporal:

    Toda aquella incapacidad provocada por unaccidente del trabajo o enfermedad profesional de

    naturaleza o efectos transitorios que permiten larecuperacin del trabajador y su reintegro a suslabores habituales.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    81/93

    Seguro de Desempleo

    (Ley N 19728 del 30 de Abril de 2001).

    Establece un seguro obligatorio de cesanta, en

    adelante "el Seguro", en favor de los trabajadoresdependientes regidos por el Cdigo del Trabajo, enlas condiciones previstas en la presente ley. ElSeguro es administrado por una sociedad annima

    denominada Sociedad Administradora de Fondos deCesanta, que se regula conforme a las disposicionesde la presente ley.

    81

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    82/93

    Seguro de Desempleo

    (Ley N 19728 del 30 de Abril de 2001).

    Artculo 2.- Estarn sujetos al Seguro los trabajadoresdependientes que inicien o reinicien actividades laborales

    con posterioridad a la entrada en vigencia de la presenteley. El inicio de la relacin laboral de un trabajador nosujeto al Seguro generar la incorporacin automtica aste y la obligacin de cotizar en los trminosestablecidos en el artculo 5. Lo dispuesto en esta leyno regir respecto de los trabajadores de casa particular,

    los sujetos a contrato de aprendizaje, los menores de 18aos de edad hasta que los cumplan y los pensionados,salvo que, en el caso de estos ltimos, la pensin sehubiere otorgado por invalidez parcial.

    82

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    83/93

    Licencia Mdica

    Cuando hay un problema de salud, el trabajador podrausentarse del trabajo. Para ello deber presentar unalicencia mdica.

    La Licencia mdica le da derecho a un subsidio que

    reemplaza su remuneracin. Ya sea en Isapre o en Fonasa, el trabajador deber tener

    6 meses como mnimo de afiliacin al sistema previsional. La licencia mdica debe se presentada al empleador

    dentro de 2 das hbiles contados desde el comienzo del

    reposo. El empleador no est autorizado para rechaza laslicencias mdicas.

    El empleador no puede despedir al trabajador mientrasste se encuentre con licencia mdica.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    84/93

    Permiso Paternal

    (Ley N 20.047 del 02 de Septiembre 2005).

    Sin perjuicio del permiso establecido en el artculo66, el padre tiene derecho a un permiso pagado decuatro das en caso de nacimiento de un hijo, el que

    podr utilizar a su eleccin desde el momento delparto, y en este caso ser de das corridos, odistribuirlo dentro del primer mes desde la fecha delnacimiento.

    84

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    85/93

    Permiso Paternal

    (Ley N 20.047 del 02 de Septiembre 2005).

    Este permiso tambin se otorgar al padre que se leconceda la adopcin de un hijo, contado desde larespectiva sentencia definitiva. Este derecho esirrenunciable.

    85

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    86/93

    Nueva Ley de Post Natal

    (Ley N del 06 de Octubre de 2011).

    Con la promulgacin de esta nueva ley, al actual rgimende descanso maternal de seis semanas de prenatal y 12

    semanas de postnatal, se le agrega un permiso postnatalparental" de 12 semanas, que extiende el descanso dematernidad a seis meses, con un subsidio con tope de 66UF.

    86

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    87/93

    Nueva Ley de Post Natal

    La forma de ejercicio de este derecho podr ser de:

    12 semanas a jornada completa, con un subsidio estatal con tope de66 Unidades de Fomento (UF)

    18 semanas a media jornada, teniendo derecho a percibir un 50% delsubsidio que le correspondera si optara por la jornada completa y, alo menos, el 50% de los estipendios fijos establecidos en el contratode trabajo, sin perjuicio de las dems remuneraciones de carcter

    variable a las que tenga derecho. (Las mujeres trabajadoras exentasde lmite de jornada de trabajo, tambin podrn ejercer estamodalidad del postnatal parental a media jornada, conforme a loacordado con su empleador.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    88/93

    Nueva Ley de Post Natal

    Si ambos padres son trabajadores, a eleccin de la madre,se podrn traspasar semanas de este permiso al padre enlas siguientes modalidades:

    Si la madre decide tomarse 12 semanas a jornadacompleta, puede traspasar hasta un mximo de seissemanas al padre en jornada completa

    Si la madre decide tomarse 18 semanas a media jornada,puede traspasar hasta un mximo de 12 semanas enmedia jornada

    : 88

  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    89/93

    Nueva Ley de Post Natal

    Otro elemento a destacar es el que ampla la cobertura deproteccin a la maternidad (prenatal, postnatal y postnatalparental), a partir del 1 de enero de 2013, para las trabajadoras acontrato fijo, por obra o faena que no estn trabajando al momentode empezar el prenatal, siempre que cumplan ciertos requisitos,tales como: Tener 12 o ms meses de afiliacin previsional antes del embarazo Tener ocho o ms cotizaciones, continuas o discontinuas, en los 24

    meses anteriores al embarazo en calidad de trabajadora dependiente Que su ltima cotizacin haya sido en virtud de un contrato a plazo fijo

    o por obra o faenaEl subsidio que les corresponder ser hasta por un mximo de 30semanas y comenzar a devengarse a partir de la sexta semana anterioral parto.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    90/93

    Ley 20531 (31 de Agosto de 2011)

    Exime total o parcialmente de la obligacin de cotizar para salud alos pensionados que indica.

    Art 2: A contar del da 1 del mes siguiente a los doce mesesposteriores a la entrada en vigencia de la exencin establecida en elinciso primero del artculo anterior, la cotizacin legal consagrada en elartculo 85 del decreto ley N 3.500, de 1980artculo 85 del decreto leyN 3.500, de 1980, ser de 5% para los pensionados del sistema depensiones establecido en el referido decreto ley, de la ley N 16.744 y dela ley N 19.234, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en

    las letras a) y c) del artculo 3 de la ley N 20.255 y que integren ungrupo familiar perteneciente a los cuatro primeros quintiles de lapoblacin de Chile conforme al instrumento tcnico de focalizacinsealado en el artculo 32 de la ley antes citada.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

    91/93

    Ley 20531 (31 de Agosto de 2011)

    Exime total o parcialmente de la obligacin de cotizar para salud alos pensionados que indica.

    Artculo 2.- Esta rebaja no ser aplicable a las pensiones de losregmenes de la Caja de Previsin de la Defensa Nacional y de laDireccin de Previsin de Carabineros de Chile.Con todo, a los pensionados que sean beneficiarios del Sistema dePensiones Solidarias se aplicarn las normas de exencin de la referidacotizacin contenidas en el artculo 31 de la ley N 20.255 y en el artculo1 de esta ley, segn corresponda.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

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    Ley 20531 (31 de Agosto de 2011)

    Exime total o parcialmente de la obligacin de cotizar para salud alos pensionados que indica.

    Artculo 3.- Los beneficiarios de la exencin o rebaja de la cotizacinde salud sealados en los artculos 1 y 2, tendrn derecho a unabonificacin de cargo fiscal, que no estar sujeta a cotizacin alguna yque contribuir al financiamiento del plan de salud contratado por elpensionado, en un monto igual a la exencin o rebaja de la cotizacinlegal del artculo 85 del decreto ley N 3.500, de 1980, que establecenlos artculos 1 y 2 segn corresponda, y siempre que se encuentren

    afiliados al sistema de salud que establece el Libro III del decreto confuerza de ley N 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el textorefundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N 2.763, de 1979,y de las leyes N 18.933 y N 18.469.

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  • 8/2/2019 Constitucin Jurdica de una Empresa

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    Ley 20531 (31 de Agosto de 2011)

    Exime total o parcialmente de la obligacin de cotizar para saluda los pensionados que indica.

    Artculo Segundo Transitorio.- Las personas que perciban pensinde vejez o jubilacin, pensin de invalidez o pensin desobrevivencia, de cualquiera de los regmenes previsionalesadministrados por el Instituto de Previsin Social, tendrn derecho ala rebaja de la cotizacin legal destinada a financiar las prestacionesde salud, en las mismas condiciones establecidas en el artculo 2de esta ley. Adems, tendrn derecho, en las mismas condiciones, a

    la bonificacin del artculo 3