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Consideraciones sobre el impacto de la medida de
transición negociada con China
Ante el fin de la reserva de México sobre cuotas compensatorias en el Protocolo
de Adhesión de China a la OMC
Introducción• China es el segundo socio comercial de México, sólo atrás de los Estados Unidos.
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20,000
40,000
60,000
80,000
100,000
120,000
140,000
Estados Unidos China Japón
139,473
29,74416,343
Valor de las importaciones realizadas por México en 2007 por país de origen(millones de dólares)
Fuente: Banco de México
• China se adhirió a la Organización Mundial del Comercio (OMC) en 2001.
• México impuso cuotas compensatorias a China en 1993, antes de que este país formara parte de la OMC, y conforme a un marco legal nacional e internacional distinto.
• En el Protocolo de Adhesión de China a la OMC, México estableció una reserva de 6 años para que las cuotas compensatorias sobre ciertas importaciones de productos chinos no tuvieran que sujetarse a las reglas de la OMC. Dicha reserva agrupó 21 sectores. (Anexo 7 del Protocolo de Adhesión de China a la OMC, reserva de más de 1000 fracciones arancelarias).
• De ellos, hoy prevalecen las cuotas en 15 sectores, en 953 fracciones arancelarias.
• En el Protocolo de Adhesión se reconoció que las reservas adoptadas por los diferentes países, incluida la de México, contenían medidas que no estaban de conformidad con las reglas de la OMC.
• En consecuencia, México debía poner las cuotas de conformidad con las reglas de la OMC:
Antes del 11 de diciembre 2007, la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía inició las revisiones de las cuotas, de conformidad con las reglas de la Ley de Comercio Exterior y la OMC.
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Procedimientos administrativos
• Las cuotas actualmente están sujetas a un procedimiento de revisión administrativa por parte de la UPCI. El resultado podría ser mantener, modificar o eliminar las cuotas.
• Si los interesados presentan toda la información que demuestre que existe dumping, que existe daño, y que el daño es consecuencia del dumping, podrían mantenerse las cuotas.
• Pero probar el dumping y el daño es complejo.
• Las investigaciones durarían de 12 a 18 meses, a partir de que cada una inició.
• El resultado final no estaba exento de riesgos a través de amparos.
• China podía llevarnos a un panel ante la OMC, argumentando que México debía eliminar las cuotas compensatorias el 12 de diciembre de 2007.
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Negociación
• Paralelamente a la investigación que realiza la UPCI, se inicióun proceso de negociación con China, en el cual, la propia industria determinó las fracciones de mayor sensibilidad.
• La selección cualitativa de fracciones permitió identificar 204 fracciones a negociar que cubrían casi el 50% de las importaciones promedio de todos los sectores en 2005‐2007.
• La negociación permitió alcanzar un periodo de transición de 4 años a partir del 11 de diciembre de 2007, que permita a la industria adaptarse a las nuevas condiciones.
Las importaciones totales a través de las 953 fracciones con cuota compensatoria fueron en promedio 7,302 millones de dólares entre 2005-2007,de éstas sólo el 13.3% son originarias de China.
• Aunque es un acuerdo de transición, evita liberar importaciones por un valor que es incluso superior al volumen total de comercio que México sostiene con varios países con los que tenemos TLCs.
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1000
2000
3000
4000
5000
6000
7000
8000
7,302
3,764 3,708
572
Importaciones promedio sujetas a cuotas compensatorias vs. comercio total bajo algunos TLCs en 2007
(millones de dólares)
Importaciones bajo fracciones sujetas a cuota compensatoria Intercambio comercial con el G3
Intercambio comercial con Chile Intercambio comercial con Israel
Fuente: Secretaría de Economía con datos de Banco de México
ESTRATEGIA SECTOR TEXTIL-CONFECCION
El 85% de las fracciones sujetas a cuota compensatoria corresponden a los sectores textil y confección.
En coordinación con la industria se determinó incluir en la negociación 121 fracciones de productos confeccionados y 5 textiles.
Se privilegió a la confección por ser es el eslabón final de la cadena productiva, de forma que los beneficios se distribuyan en cascada hacia los demás eslabones.
Prendas de vestir• Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 415
• Cuota vigente: 533 – 379 %
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo: 121, las cuales representan más del 70% de las importaciones
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
533‐379 % 140% 130% 120% 80%
Hilados y tejidos • Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 391
• Cuota vigente: 501 %
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo: 5 fracciones, las cuales representan el 5% de las importaciones
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
501% 110% 100% 90% 80%
Calzado• Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 57
• Cuota vigente: 1105 – 232 %
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo : 26, las cuales representan más del 85% de las importaciones
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota
actual2008 2009 2010 2011
1105‐232 100% 95% 90% 70%
Juguetes• Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 21
• Cuota vigente: 351 %
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo : 13 fracciones, las cuales representan el 65% de las importaciones
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
351 % 100% 87.5% 75% 50%
Productos químicos• Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 11
• Cuota vigente: 208.81 %
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo : 5 fracciones, las cuales representan el 59% de las importaciones
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
208.81% 90% 85% 80% 75%
Bicicletas• Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 5
• Cuota vigente: 144 %
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo : 2 fracciones, las cuales representan más del 84% de las importaciones
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
144% 80% 75% 70% 65%
Válvulas• Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 9
• Cuota vigente: 125.96 %
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo : 8 fracciones, las cuales representan el 90% de las importaciones
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
125.96% 118% 113% 108% 80%
Electrodomésticos• Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 8
• Cuota vigente: 129 %
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo : 6 fracciones, las cuales representan el 50% de las importaciones
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
129% 80% 75% 70% 65%
Cerraduras y candados• Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 2
• Cuota vigente: 236 %
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo : 1 fracción, la cual representa el 47% de las importaciones
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
236% 100% 90% 80% 70%
Herramientas especiales• Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 9
• Cuota vigente: 312 %
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo : 5 fracciones, las cuales representan el 36% de las importaciones
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
312% 120% 100% 80% 60%
Herramientas • Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 15
• Cuota vigente: 312 %
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo : 2 fracciones, las cuales representan el 2% de las importaciones
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
312% 100% 80% 60% 50%
Carriolas• Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 1
• Cuota vigente: 105.84 %
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo : 1 fracción con especificaciones, aproximadamente el 80% de las importaciones se libera.
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
105.84 60% 55% 50% 45%
NOTA: Quedan incluidos los coches, sillas y vehículos similares para transporte de niños excepto: para gemelos, carriolas-mochila para cargar al bebé en la espalda y que cuentan con dos ruedas, multiusos que además de ser carriola cuentan con funciones de portabebé y autoasiento, de tres puntos de apoyo dados por tres ejes pero que pueden contar con tres o incluso cuatro llantas, de armazón (frame) de aluminio, de tipo sombrilla o tipo no sombrilla.
Transformadores• Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 1
• Cuota vigente: 129%
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo : 1 fracción con especificaciones, aproximadamente el 90% de las importaciones se libera.
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
129% 100% 80% 60% 50%
NOTA: Quedan cubiertos en el Acuerdo los transformadores de distribución monofásicos o trifásicos de capacidad superior a 16 kilovatios (kVA) pero inferior o igual a 400 kVA.
Balastros• Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 5
• Cuota vigente: 129 %
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo : 5 fracciones el 100% de las importaciones
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
129% 129% 129% 129% 129%
Velas• Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 1
• Cuota vigente: 103 %
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo : 1 fracción el 100% de las importaciones
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
103% 103% 103% 103% 103%
Lápices• Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 1
• Cuota vigente: 451 %
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo : 1 fracción el 100% de las importaciones
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
451% 350% 300% 275% 250%
Encendedores• Fracciones sujetas a cuota compensatoria: 1
• Cuota vigente: 0.1232 dólares
• Fracciones cubiertas en el Acuerdo : 1 fracción el 100% de las importaciones
Medida ad valorem de transición para fracciones cubiertas por unidad
Nivel de cuota actual 2008 2009 2010 2011
0.1232 dólares 0.1232 dólares 0.1200 dólares 0.1150 dólares 0.1100 dólares
El Acuerdo no crea nuevas restricciones
• El propósito del Acuerdo es eliminar una serie de cuotas compensatorias y sustituirlas, sólo para un grupo de productos, por una medida transitoria que se eliminarágradualmente.
• No se establecen nuevas restricciones para productos que no las tenían.
• El Acuerdo brinda certeza para todos los actores comerciales.
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