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LA REVISION DEL PLAN HIDROLÓGICO DE LA CUENCA DEL GUADIANA. A modo de resumen desarrollamos algunos aspectos del Plan Hidrológico sobre las que hacemos unas consideraciones finales. El nuevo Plan Hidrológico identifica 20 masas de aguas subterráneas, de las cuales, 11 están en riego de no alcanzar el buen estado cuantitativo, y en estas 11, están incluídas las tres masas de agua subterránea en las que ha quedado dividido el denominado “Acuífero 23”: Código MaSb Denominación Recurso disponible máximo (hm3/año) Riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo 30606 Mancha Occidental I 91,2 30608 Rus-Valdelobos 24,6 30611 Mancha Occidental II 106,2 La revisión, contempla la “actualización de los inventarios de recursos hídricos, presiones, usos y demandas”, y conforme a esta actualización, observamos en el Proyecto de Revisión, en su apéndice 6.3 , lo siguiente: 1. Dotaciones previstas en este Plan * Mancha Occidental I en 979 m3/ha/año, * Mancha Occidental II, en 1.054 m3/ha/año * Rus Valdelobos, en 1.026 m3/ha./año en RusValdelobos. Obtenidos por la división entre recurso disponible 199,22 Hectómetros y superficie con derechos al uso de riego de 195.565 hectáreas. Las cifras plasmadas en la Revisión del PHG han incrementado el número de hectáreas que había inventariadas con anterioridad, según se ha constatado en el CENSO DE USUARIOS que publicó la CHG en su web, y en el cotejo de esta superficie con la establecida en el RD 354/2013 de 17 de Mayo, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana ( a su disposición en las propias comunidades o página web de la CHG;, la superficie de regadío o derechos al uso de riego, supera la reflejada en los documentos de Planificación: así, mientras que la cifra del recurso disponible se mantiene invariable, dando lugar a que la realidad de los recursos disponibles, generalizados para las tres actuales MASb actualmente fijados en 2.000 m3/ha/año para el labradío regadío y 1.500 m3/ha/año para los leñosos, se convierten en drásticas reducciones. Por tanto, restricción muy importante de los derechos de riego y todo ello, nuevamente sin indemnización o compensación alguna. *** son datos sacados del propio Plan

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Page 1: Consideraciones Plan Hidrologico del Guadiana por la Comunidad General de Usuarios del Acuífero Mancha Occidental

LA REVISION DEL PLAN HIDROLÓGICO DE LA CUENCA DEL GUADIANA.

A modo de resumen desarrollamos algunos aspectos del Plan Hidrológico sobre las que hacemos unas consideraciones finales. El nuevo Plan Hidrológico identifica 20 masas de aguas subterráneas, de las cuales, 11 están

en riego de no alcanzar el buen estado cuantitativo, y en estas 11, están incluídas las tres

masas de agua subterránea en las que ha quedado dividido el denominado “Acuífero 23”:

Código MaSb Denominación Recurso disponible máximo (hm3/año)

Riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo

30606 Mancha Occidental I 91,2 SÍ 30608 Rus-Valdelobos 24,6 SÍ 30611 Mancha Occidental

II 106,2 SÍ

La revisión, contempla la “actualización de los inventarios de recursos hídricos, presiones,

usos y demandas”, y conforme a esta actualización, observamos en el Proyecto de Revisión,

en su apéndice 6.3, lo siguiente:

1.­ Dotaciones previstas en este Plan

­ * Mancha Occidental I en 979 m3/ha/año, ­ * Mancha Occidental II, en 1.054 m3/ha/año

­ * Rus Valdelobos, en 1.026 m3/ha./año en Rus­Valdelobos.

Obtenidos por la división entre recurso disponible 199,22 Hectómetros y superficie con derechos al uso de riego de 195.565 hectáreas.

Las cifras plasmadas en la Revisión del PHG han incrementado el número de hectáreas que había inventariadas con anterioridad, según se ha constatado en el CENSO DE USUARIOS que publicó la CHG en su web, y en el cotejo de esta superficie con la establecida en el RD 354/2013

de 17 de Mayo, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la

Demarcación Hidrográfica del Guadiana ( a su disposición en las propias comunidades o página web de la CHG;, la superficie de regadío o derechos al uso de riego, supera la reflejada en los documentos de Planificación: así, mientras que la cifra del recurso disponible se mantiene invariable, dando lugar a que la realidad de los recursos disponibles, generalizados para las tres actuales MASb actualmente fijados en 2.000 m3/ha/año para el labradío regadío y 1.500 m3/ha/año para los leñosos, se convierten en drásticas reducciones.

Por tanto, restricción muy importante de los derechos de riego y todo ello, nuevamente sin indemnización o compensación alguna.

*** son datos sacados del propio Plan

Page 2: Consideraciones Plan Hidrologico del Guadiana por la Comunidad General de Usuarios del Acuífero Mancha Occidental

2.­ Otros aspectos del Plan

COMO MEDIDAS DESTACABLES PARA LA PROTECCIÓN DEL ESTADO DE LAS MASAS DE AGUA,

ENTRE OTRAS:

1) Los programas de actuación de estas masas ( MO I, MO II y RUS VALDELOBOS) podrán contemplan regímenes de explotación plurianuales en función del estado de las mismas ( en periodos de 4 años pudiéndose superar los máximos anuales anteriores siempre

que los excesos de un año se compensen con menos extracción en otros años del período,

de modo que de media no se supere el máximo anual y se asegure que no se pone en riesgo

el buen estado de la masa, ni de las masas de agua superficiales relacionados, ni de los

ecosistemas asociados.

2) De acuerdo con el RD­ley 8/95 de 4 de Agosto, por el que se adoptan medidas urgentes de mejora del aprovechamiento del trasvase Tajo­Segura, la cuenta alta del río Guadiana podrá recibir un aporte de recursos externos por un volumen medio anual derivado, computado sobre un período máximo de diez años, no superior a 50 hm3. La procedencia de esos recursos externos será de la Demarcación Hidrográfica del Tajo por medio del Acueducto Tajo Segura. Está previsto en el PHN desde el 2001, pero no se hace nada.

Disposición adicional tercera Trasvase Tajo­Segura

En cuanto a las transferencias de agua aprobadas desde la cabecera del Tajo, se considerarán aguas excedentarias todas aquellas existencias embalsadas en el conjunto de Entrepeñas­Buendía que superen los 400 hectómetros cúbicos. Por debajo de esta cifra no se podrán efectuar trasvases en ningún caso.

Este volumen mínimo podrá revisarse en el futuro conforme a las variaciones efectivas que experimenten las demandas de la cuenca del Tajo, de acuerdo con los principios de eficiencia y sostenibilidad, de forma que se garantice en todo caso su carácter preferente, y se asegure que las transferencias desde cabecera nunca puedan suponer un límite o impedimento para el desarrollo natural de dicha cuenca.

3) Limitaciones en cuanto al otorgamiento de nuevos derechos de uso de aguas subterráneas

La suspensión de todos los expedientes concesionales, excepto aquellos destinados a

abastecimiento de población, que no puedan ser atendidos con otros recursos alternativos,

las destinadas a uso industrial y ganadero de pequeña cuantía hasta agotar las reservas de

las asignaciones establecidas en el Plan, las destinadas al mantenimiento de niveles hídricos

mínimos en espacios naturales protegidos previstos en el Plan, las concesiones que se

deriven de asignaciones del Centro de Intercambio de Derechos, las transformaciones de

derechos de aguas subterráneas en concesiones contempladas en la DA 2ª del RD ley 9/2006

de 15 de septiembre y las transformaciones previstas en las disposiciones transitorias

tercera bis y décima, así como las concesiones derivadas de las transmisiones de derechos

de la disposición adicional decimocuarta del texto refundido de la Ley de Aguas.

Page 3: Consideraciones Plan Hidrologico del Guadiana por la Comunidad General de Usuarios del Acuífero Mancha Occidental

La reducción en la extracción a aplicar en cada uno de los aprovechamientos de aguas subterráneas afectados y la asignación del nuevo volumen anual autorizado que estará vigente durante tal situación de riesgo.

En las transformaciones de derechos del apartado anterior, cuando se trate

de regadíos de cultivos leñosos transformados con anterioridad al 24 de enero de 2008, podrá aumentarse la superficie de riego original, con una dotación resultante mínima por hectárea que no podrá ser inferior a 700 m3. El volumen global a conceder será un 10% inferior al que correspondiera según la dotación máxima de referencia de la masa definido en su programa de actuación.

Esos porcentajes de quita, se inscribirán a favor del Organismo para su posterior gestión por el Centro de Intercambio de Derechos. El concesionario vendrá obligado a someterse a su cargo, a un control suplementario de su aparato de medida, a definir en los programas de actuación de la masa.

COMO MEDIDAS PARA LA UTILIZACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO, entre otras:

Los aprovechamientos legales del art. 54.2 son incompatibles con cualquier otro aprovechamiento que tenga reconocido el predio.

Antepone los usos industriales para producción de energía eléctrica– a excepción de las centrales hidroeléctricas­, a los usos agropecuarios.

CONSIDERACIONES AL PLAN

1.­ EL PLAN DEL GUADIANA SEGUNDO CICLO RECONOCE 195.565 HECTÁREAS PARA EL TOTAL DE LA MO I, MO II y RUS VALDELOBOS; Y EL PLAN HIDROLÓGICO DEL PRIMER CICLO 2010­2015 RECONOCÍAN 123.090 HAS PARA ESAS MISMAS TRES MASAS DE AGUA. COMO LOS RECURSOS DISPONIBLES NO SE VARÍAN Y SON LOS MISMOS PARA LAS TRES MASAS, LAS DOTACIONES SON MENORES EN UN 50% DE LAS ACTUALES Y APROXIMADAMENTE UN 24% DE LAS RECONOCIDAS.

DICHO AUMENTO DE SUPERFICIE RECONOCIDA CON DERECHOS CORRESPONDE A:

­ INSCRIPCIONES AGUAS PRIVADAS POR VÍA CIVIL ­ REGULARIZACIONES DE LEÑOSOS DEL CONSORCIO DEL ALTO GUADIANA ­ EXPEDIENTES DE AGUAS PRIVADAS Y CONCESIONES QUE ESTABAN EN

TRÁMITE EN CHG SIN FINALIZAR, DEBIDO A LA EXCESIVA DEMORA EN CONTESTAR POR LA ADMINISTRACIÓN

­ RECURSOS INTERPUESTOS POR PARTICULARES POR RECORTES INDEBIDOS DE LA ADMINISTRACIÓN, CON LA FAMOSA ACTUALIZACIÓN INFORMÁTICA

Page 4: Consideraciones Plan Hidrologico del Guadiana por la Comunidad General de Usuarios del Acuífero Mancha Occidental

Y TAMBIÉN EN BUENA MEDIDA, AL DESCONTROL GENERAL DE LA CONFEDERACIÓN EN LA GESTION ADMINISTRATIVA DE LOS DERECHOS.

EN RESUMEN, CREEMOS QUE LOS DATOS CON QUE TRABAJA CHG NO SE AJUSTAN A LA REALIDAD Y LO DEMOSTRAREMOS CON INFORMES HIDROGEOLÓGICOS DE EXPERTOS ACREDITADOS EN LA MATERIA. NO SE JUSTIFICA EMPIRICAMENTE LA DETERMINACIÓN DEL RECURSO DISPONIBLE REAL. SE UTILIZAN DATOS NO CONTRASTADOS Y QUE EL COMPORTAMIENTO DEL ACUÍFERO DURANTE ESTOS ÚLTIMOS AÑOS DESMIENTE. EL RECURSO RENOVABLE DE 230 HECTÓMETROS ES POR TANTO CLARAMENTE MUY SUPERIOR.

2.­ CREEMOS QUE LA DELIMITACIÓN DE LAS MASAS DE AGUA MO I, MO II y RUS VALDELOBOS, SON ARTIFICIALES Y NO SE JUSTIFICAN SUFICIENTEMENTE TAL Y COMO ESTABLECEN ESTUDIOS HIDROGEOLÓGICOS, ENTRE ELLOS DEL IGME. LA DESAPARICIÓN DE LAS COMUNIDADES DE REGANTES DE BASE TAL Y COMO SE ENTIENDEN HOY EN DIA EMPEORA LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y DE CONTROL DEL ACUÍFERO.

3.­ NECESITAMOS UNA ADMINISTRACIÓN EFICAZ Y EFICIENTE DEL AGUA QUE PERMITA, ADEMÁS DE MANTENER LAS CONDICIONES MEDIOAMBIENTALES, SOSTENER LA ACTIVIDAD DE LA ECONOMÍA AGRARIA DE LA ZONA. CON LAS DOTACIONES QUE SE ESTABLECEN SE OCASIONA UN PERJUICIO ENORME AL SECTOR AGRARIO Y A SU INDUSTRIA AUXILIAR CON LAS CONSECUENCIAS DERIVADAS PARA EL EMPLEO DIRECTO E INDIRECTO Y NO HAY JUSTIFICACIÓN ALGUNA MEDIOAMBIENTAL. UNA CARGA TAN EXCESIVA SOBRE LOS AGRICULTORES SUPONE EL FRACASO DE CUALQUIER MEDIDA PUESTO QUE LLEVARÁ A LA RUINA A MUCHAS EXPLOTACIONES.

4.­ EL ALTO GUADIANA SE HA CARACTERIZADO COMO UNA REGIÓN RESIDUAL. CREEMOS QUE ELLO NO ES CONFORME A DERECHO Y ES MANIFIESTAMENTE INJUSTO PARA CASTILLA LA MANCHA. NOS ABOCA A UNA AGRICULTURA INSOSTENIBLE, DE MÍNIMOS, EN CONTRAPOSICIÓN CON EL RESTO DEL SECTOR A NIVEL NACIONAL QUE AUN EN SITUACIONES MUCHO MÁS COMPROMETIDAS QUE LA NUESTRA NO TIENE LAS LIMITACIONES DERIVADAS DE LA DECLARACIÓN SOBREEXPLOTACIÓN . LOS NIVELES ACTUALES DEL AGUA SON SUPERIORES A CUANDO SE DECLARÓ ÉSTA EN 1987. A CONTRASTAR CON INFORMES HIDROGEOLÓGICOS.

5.­ SI LA ADMINISTRACIÓN CONSIDERA QUE LAS MASAS MO I, MO II y RUS VALDELOBOS ESTÁN EN MAL ESTADO DEBERÁ INSTRUMENTAR LOS TRASVASES Y APORTES EXTERNOS, QUE SIEMPRE SE CITAN EN LAS NORMAS PERO NUNCA LLEGAN.