condiciones del servicio cÓdigo: d.ga

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DOCUMENTO CÓDIGO: D.GA.001 CONDICIONES DEL SERVICIO VERSIÓN: DIECISÉIS FECHA: 2021-05-28 PAGINA: 1 DE 19 ELABORACIÓN REVISIÓN APROBACIÓN Elaborado por: Karen Cárdenas Revisado por: Carlos Orjuela Aprobado por: Ángel Alvarado Cargo: Jefe de Calidad Cargo: Director Administrativo y Comercial Cargo: Gerente CONDICIONES DEL SERVICIO CÓDIGO: D.GA.001

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Page 1: CONDICIONES DEL SERVICIO CÓDIGO: D.GA

DOCUMENTO CÓDIGO: D.GA.001

CONDICIONES DEL SERVICIO

VERSIÓN: DIECISÉIS

FECHA: 2021-05-28

PAGINA: 1 DE 19

ELABORACIÓN REVISIÓN APROBACIÓN

Elaborado por:

Karen Cárdenas

Revisado por:

Carlos Orjuela

Aprobado por:

Ángel Alvarado

Cargo: Jefe de Calidad Cargo: Director Administrativo y Comercial

Cargo: Gerente

CONDICIONES DEL SERVICIO

CÓDIGO: D.GA.001

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CONDICIONES DEL SERVICIO

VERSIÓN: DIECISÉIS

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o OBJETO: Describir las condiciones de los servicios de evaluación de la conformidad que presta C.A.C ENGINEERING S.A.S.

o ALCANCE: Aplica a todas las cotizaciones que se presenten a los clientes.

o RESPONSABILIDAD: Es responsabilidad del Director Administrativo y Comercial la

aplicación de este procedimiento. o DOCUMENTO: 1. CONDICIONES DEL SERVICIO PARA LOS SERVICIOS DE INSPECCIÓN:

Las siguientes son las condiciones del servicio de inspección, las cuales deben ser cumplidas en su totalidad por parte del cliente para lograr la culminación del proceso, éstas se encuentran relacionadas en las propuestas comerciales y se entenderán como aceptadas una vez el cliente envíe la orden de compra correspondiente.

1.1. Servicios que presta C.A.C ENGINEERING y numerales bajo los cuales se realizan dichos servicios:

A continuación, se relacionan los servicios de inspección prestados por C.A.C ENGINEERING S.A.S:

Servicio Norma de referencia y numerales aplicables Acreditado ONAC

Grúas ferroviarias y móviles

ASME B 30.5-2018 MOBILE AND LOCOMOTIVES CRANES 5-2.1.3 Periodic Inspection: Items (a), (b), (c), (f), (i), (j), (k), (l) (1,2,3,4), (m) (1,2,3,4), (n) (1), (o) (1,2,3,4,5,6) 5-2.4.2. Inspection: Item (b) 2 Periodic Inspection (a, b, c and d) 5-2.4.3. Rope Replacement: Items (b) (1, 3, 4, 5, 6, 7 and 8)

SI

Montacargas tipo

convencional de

horquillas

ANSI/ITSDF B56.1a – 2018 SAFETY STANDARD FOR LOW LIFT AND HIGH LIFT TRUCKS Part II For the user 6.2. Maintenance and Inspection: 6.2.6; 6.2.7 6.2.8.1. Inspection: 6.2.8.1. (a), 6.2.8.1 (b), 6.2.8.1 (c), 6.2.8.1 (d), 6.2.8.1 (e), 6.2.8.1 (f)(1), 6.2.8.1 (f)(2), 6.2.8.1 (g), 6.2.10, 6.2.11, 6.2.12, 6.2.13.

SI

Montacargas para terreno

áspero y manipulado

res

ANSI/ITSDF B56.6 – 2016 SAFETY STANDARD FOR ROUGH TERRAIN FORKLIFT TRUCKS Part II For the user 7. Maintenance and Rebuild Practices: 7.2.5, 7.2.6, 7.2.8, 7.2.9, 7.2.10. 7.15 Inspection and Repair of Forks

SI

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telescópicos

7.15 b (1), 7.15 b (2), 7.15 b (3), 7.15 b (4), 7.15 b (5), 7.15 b (6), 7.15 b (7), 7.15 b (8)

Grúas de brazo

articulado

ASME B30.22– 2016 ARTICULATING BOOM CRANES 22-2.1.4 Periodic Inspection: Items (a), (b), (c), (f), (i), (j), (k), (l), (m) (1,2,3,4), (n) (1), (o) (1,2,3,4,5,6). 22-2.4.2. Inspection: (b) Periodic Inspection (2) 22-2.4.3. Rope replacement: (b) (1, 3, 4, 5, 6, 7), (d)

SI

Cargadores

UNE-EN-474-1:2007 +A5:2018 MAQUINARIA PARA MOVIMIENTO DE TIERRAS. PARTE 1: REQUISITOS GENERALES 5. Requisitos y/o medidas de seguridad: 5.3.1.4, 5.3.1.5, 5.3.2.1, 5.3.2.9, 5.3.2.10, 5.3.4, 5.4.1.1, 5.5.1-c, 5.5.3, 5.5.4, 5.5.5, 5.5.8.1, 5.6.1, 5.7, 5.14.2, 5.14.7, 5.17.1, 5.18.2, 5.19.1, 5.19.2, 5.20.2 BS EN 474-3:2006 +A1:2009 EARTH-MOVING MACHINERY- SAFETY. PART 3: REQUIREMENTS FOR LOADERS 5.5.4 Operator’s controls and indicators, 6. Information for use

SI

Retrocargadores

UNE-EN-474-1:2007 +A5:2018 MAQUINARIA PARA MOVIMIENTO DE TIERRAS. PARTE 1: REQUISITOS GENERALES 5. Requisitos y/o medidas de seguridad: 5.1 ,5.2, 5.2.1, 5.3, 5.3.1 (5.3.1.1; 5.3.1.3 a 5.3.1.6), 5.3.2, 5.3.2.2, 5.3.2.4, 5.3.2.9, 5.3.2.10, 5.5 (5.5.1 a 5.5.8), 5.5.8.1, 5.6.1 5.7, 5.10, 5.12.1, 5.14.2, 5.14.3, 5.17, 5.17.1, 5.18.2, 5.20.2 UNE-EN 474-4:2008 +A2:2012 MAQUINARIA PARA MOVIMIENTO DE TIERRAS SEGURIDAD. PARTE 4: REQUISITOS PARA RETROCARGADORAS 5.1, 5.3, 5.3.2, 5.5.3.3.3, 5.5.3.3 (a), 5.5.3.4 (a)

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Excavadoras

UNE-EN-474-1:2007 +A5:2018 MAQUINARIA PARA MOVIMIENTO DE TIERRAS. PARTE 1: REQUISITOS GENERALES

5.1, 5.2, 5.2.1, 5.3, 5.3.1 (5.3.1.1; 5.3.1.3 al 5.3.1.6), 5.3.2, 5.3.2.2, 5.3.2.4, 5.3.2.9, 5.3.2.10, 5.5 (5.5.1 al 5.5.8), 5.5.8.1, 5.6, 5.6.1, 5.7, 5.10, 5.12 (5.12.1), 5.14, 5.14.2, 5.14.3, 5.17, 5.17.1, 5.18.2, 5.20.2 BS EN 474-5:2006 +A3:2013 EARTH – MOVING MACHINERY – SAFETY. PART 5: REQUIREMENTS FOR HYDRAULIC EXCAVATORS 5.0, 5.1, 5.3.2.3, 5.3.3.3, 5.6.4.4 (a), 5.7, 5.8.1.3, 5.8.2, 5.8.4.3.4.

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Elementos de izaje de

carga: Eslingas

ASME B30.9-2018 SLINGS 9-1.9.4, 9-1.9.5 (a, b, c, d, e, f, g, h, i, l), 92.9.4, 9-2.9.5. (a, b, c, d, e, f, g), 9-5.9.4, 9-5.9.5 (a, b, c, d, e, f, g, h, i)

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Elementos de izaje: Ganchos

ASME B30.10-2019 HOOKS 10-1.10.4, 10-1.10.5, 10-2.10.4, 10-2.10.5

SI

Elementos de izaje de

carga: Grilletes,

Tensores y Cáncamos

ASME B30.26-2015 RIGGING HARDWARE 26-1.8.4, 26-1.8.5, 26-2.8.4, 26-2.8.5.

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Inspección (Verificación) ayudas

operacionales

ASME B 30.5-2018 MOBILE AND LOCOMOTIVES CRANES 5-2.1.3 Periodic Inspection: Items (f) (Anti-two-block device, rated capacity indicator, rated capacity (load) limiter, boom angle or radius indicator, load indicator) – Ver nota 1

SI

1.2. Condiciones del servicio (Preliminares) – Para contratar el servicio:

o El criterio de aceptación de los equipos está basado en las óptimas condiciones de

los componentes vitales, que no afecten la capacidad nominal, estructural, establecida en su tabla de capacidades, suministrada por el fabricante de la misma. Igualmente, que no afecten el funcionamiento óptimo de los equipos.

o Las posibles fallas de los elementos críticos de los equipos encontradas durante la inspección impiden continuar con el proceso de inspección hasta tanto no hayan sido corregidas por el cliente y aprobadas por el inspector.

o C.A.C ENGINEERING S.A.S. no manipula los resultados obtenidos durante la inspección, ni realiza ningún tipo de arreglo mecánico, ni retira o desarma partes de los equipos a inspeccionar.

o El juicio emitido por el personal de inspección de C.A.C ENGINEERING S.A.S. no puede ser influenciado por el cliente, ya que nuestro personal tiene autonomía para realizar las inspecciones, y en caso de no estar de acuerdo con los resultados, el cliente tiene derecho a realizar apelación de acuerdo con lo definido en este documento.

o De acuerdo con lo establecido en las normas de referencia indicadas en el registro de aceptación o informe de los equipos las inspecciones periódicas del equipo deben ser realizadas por lo menos una vez cada (12) meses. Para la inspección (verificación) de ayudas operacionales se sugiere realizar el servicio una vez cada (6) meses. El registro de aceptación y/o informe de inspección que expide C.A.C ENGINEERING S.A.S. es evidencia del cumplimiento con los numerales contemplados en el alcance de inspección para cada tipo de equipo al momento de la inspección y la aceptación es la constancia de que el equipo presentó condiciones estructurales y operativas adecuadas para un trabajo seguro dentro de los rangos y criterios establecidos en el manual o ficha técnica del fabricante

o Aunque el servicio de inspección (verificación) de ayudas operacionales -LMI obedece únicamente a la verificación del funcionamiento óptimo de dichos dispositivos, el inspector de C.A.C ENGINEERING S.A.S verificará que no se presente ninguna condición insegura con el equipo tal como fugas de hidráulico, daños estructurales, daños en el gancho, mandos en mal estado etc.; con el fin de

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proteger el equipo, las personas y las instalaciones donde se realizará el servicio. Si se presenta una de dichas condiciones quedará consignado en el formato D.GA.001-R1 "Condiciones de servicio por parte del cliente del servicio de inspección" y el inspector se abstendrá de ejecutar el servicio de inspección (verificación) de ayudas operacionales hasta tanto no haya sido subsanada la condición identificada

o El registro de aceptación/ informe de inspección con aceptación pierde validez bajo

las siguientes consideraciones:

• Se violan o sobrepasan los rangos de trabajo establecidos por el fabricante,

• Se realizan reparaciones mayores al equipo sin autorización del fabricante,

• Se realizan alteraciones al diseño original del equipo,

• Se omiten las inspecciones periódicas y/o preoperacionales del equipo.

1.3. Condiciones relacionadas con la preparación (Alistamiento para la inspección):

El cliente deberá proveer condiciones mínimas necesarias para realizar la inspección de forma segura, para ello el inspector diligenciará en campo el formato “D.GA.001-R1 CONDICIONES DE SERVICIO POR PARTE DEL CLIENTE DEL SERVICIO DE INSPECCIÓN”, el cual solicita lo siguiente según aplique: o El cliente debe proveer de manera anticipada, preferiblemente por correo

electrónico el manual de operación del equipo a fin de realizar una verificación previa de las condiciones del mismo. (No aplica para los elementos de izaje)

o El equipo debe contar con una placa de identificación suministrada por el fabricante del equipo / elemento, para poder relacionarlo en el reporte de inspección.

o El equipo debe contar con tablas o gráficos de capacidad legibles, a fin de establecer los rangos de trabajo para las pruebas operacionales con carga. (No aplica para los elementos de izaje)

o Si el equipo / elemento cuenta con modificaciones o alteraciones, se debe tener un registro de dichas modificaciones debidamente aprobadas por el fabricante

o El equipo debe contar con las llantas de acuerdo con lo establecido en el manual de operación. (cuando aplique)

o Las contrapesas deben estar de acuerdo con lo establecido en el manual o tabla de capacidad. (cuando aplique)

o El equipo/elemento debe ser suministrado en óptimas condiciones de limpieza a fin de poder evidenciar cada uno de los puntos sometidos a esfuerzos y verificar si presenta humedad debido a fugas de hidráulico, cuando aplique.

o La persona destinada para la operación del equipo debe contar con certificación para la operación del mismo.

o Los mandos deben estar debidamente identificados.

o El bloque de carga debe contar con la identificación de capacidad. (aplica únicamente para grúas)

o Se debe contar con un extintor recargado.

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o El nivel de hidráulico del equipo debe estar debidamente identificado en sus mínimos y máximos.

o Superficie libre de recubrimiento o pintura. Es necesario que el metal base se encuentre abierto a la superficie, ya que para realizar (END) Tintas Penetrantes se requiere que no exista rastro de recubrimiento o pintura que separe el metal a inspeccionar de las tintas. Los (END) Tintas penetrantes no se encuentran cubiertos por el alcance acreditado ONAC 15-OIN-024.

Nota: El cliente manifiesta el correcto entendimiento de estas situaciones y declara con la aceptación de la cotización que de encontrarse deficiencias en esta parte el inspector las dejará consignadas en el registro D.GA.001-R1 CONDICIONES DE SERVICIO POR PARTE DEL CLIENTE DEL SERVICIO DE INSPECCIÓN” (El cual será firmado por parte del Cliente como evidencia de aceptación), y suspenderá las actividades hasta cuando se cuente con la totalidad de los requisitos antes listados, siendo asumidos por parte del cliente los costos de administración que esta situación genere.

1.4. Condiciones relacionadas con la inspección:

El cliente para ser objeto de certificación se compromete a (según aplique):

o Proveer un sitio o patio para la inspección y las pruebas de carga de cada uno de los equipos/ elementos (Espacio suficiente para realizar las pruebas operativas con carga en todos los cuadrantes, así como terreno estable y firme ), de gestionar si aplica los permisos de ingreso y trabajo para la realización de dichas actividades.

o Proveer personal de operación: Una persona asignada como soporte ante cualquier duda del inspector y también para que opere los equipos y/o manipule los elementos en mención.

o Asignar una persona que coordine las actividades tanto en los preliminares como durante el desarrollo de las actividades de inspección y pruebas.

o El suministro de accesorios de izaje para aparejar la carga utilizada para pruebas operacionales con carga.

o Suministrar el equipo necesario para la disposición y manipulación de la carga a utilizar en las pruebas.

o El equipo debe contar con un bloque de carga y gancho instalado o un accesorio autorizado y contemplado por el fabricante en el manual del equipo y que sea trazable que permita ejecutar las etapas de la inspección que contemplan las pruebas operacionales sin carga y con carga e igualmente la verificación de las ayudas operacionales. (aplica para grúas móviles).

o El equipo debe tener instalado el dispositivo anti two block y operativamente habilitado (aplica para grúas móviles).

o Según ASME B30.22-2016, los brazos construidos a partir del 17 de junio de 2017, deben tener instalado un sistema anti two block (cuando tenga habilitado el tambor y cable), un sistema de protección de sobrecarga y un limitador de capacidad nominal y un indicador de nivel.

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o Proveer una carga con peso certificado por un ente metrológico reconocido, que garantice su trazabilidad con patrones nacionales o internacionales; En caso de ser requerido C.A.C ENGINEERING S.A.S ofrece el suministro de un dinamómetro con capacidad de medida de 2 a 10 toneladas por un costo adicional de $200.000 /día; por dicha razón si se acepta el suministro del dinamómetro la carga debe estar entre 2 toneladas y menos de 10 toneladas debido a que los accesorios de sujeción suman al peso neto de la carga, preferiblemente cargas entre 2 y 9 toneladas.

o Disponer de un protocolo de bioseguridad, el cual debe ser socializado al personal que se presenta para la inspección del equipo, antes de ingresar a sus instalaciones. Adicionalmente el cliente debe garantizar el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad por parte del personal de su organización con el fin de que sea llevada la inspección de forma segura.

El uso del dinamómetro aplica ÚNICAMENTE para la inspección de grúas móviles e inspección (verificación) de las ayudas operacionales. Se recomienda utilizar el dinamómetro en condiciones estáticas y solamente para la verificación del peso de la carga, no moverlo constantemente con carga suspendida, pues puede incurrir en daño en este equipo.

• Notas aclaratorias: o Si durante las fases de inspección estructural y operacional se detectan fallas o

condiciones que establecen que el equipo no es apto para realizar las pruebas operativas con carga, el cliente deberá subsanar las inconsistencias en un periodo no mayor a un (1) mes, a excepción de requerirse repuestos importados, para lo cual se dará un plazo de dos (2) meses. Iguales lapsos de tiempo se contemplan para la corrección de fallas durante la inspección (verificación) de ayudas operacionales.

o Una vez el cliente subsane las fallas debe informar a C.A.C ENGINEERING S.A.S para realizar la programación de la segunda visita; en esta el inspector realizará una nueva inspección de todo el equipo con el fin de identificar y garantizar que el equipo mantiene las condiciones bajo las cuales se realizó la inspección inicial, para esta, el cliente deberá cumplir con todas las condiciones del servicio nuevamente así como asumir los costos de desplazamientos que apliquen y en caso de que se identifiquen anomalías o se presenten defectos y se encuentre dentro del plazo de los dos (2) meses iniciales podrá subsanarlos de caso contrario se da por cerrado el servicio.

o El valor del servicio incluye los conceptos de salarios y prestaciones del personal

asignado para una jornada laboral máxima de 8 horas diurnas en días hábiles. Incluye igualmente el costo de disponibilidad de los recursos a que haya lugar como equipos, ensayos no destructivos por tintas penetrantes tipo II, Método C (visibles a luz día) (Los que podría requerir el inspector para confirmar la presencia de posibles discontinuidades), materiales, informe técnico y certificación correspondiente cuando aplique. Este servicio de inspección mediante END no tendrá un costo adicional.

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o Con el fin de establecer una logística acorde a nuestros equipos de medición,

los rangos de verificación de las ayudas operacionales - LMI con respecto al radio de carga se realizarán en un rango no mayor a 15 metros. Aplica también para la inspección de grúas de brazo articulado.

o Con el fin de cubrir los conceptos de gastos diarios de la compañía la orden de servicio debe cubrir un valor mínimo de $600.000/día por concepto de servicios, es decir, será el valor mínimo que cobrar por C.A.C ENGINEERING S.A.S durante la prestación de servicios.

o En el evento, que como resultado de la inspección estructural y mecánica o de

las pruebas de carga de los equipos/ elementos, sea necesario que el inspector se quede en stand by por causas no imputables a C.A.C ENGINEERING S.A.S o se requiera un nuevo desplazamiento de éste para la verificación de los pendientes o re-inspección del equipo, se cobrará una tarifa de $600.000 por cada día de disponibilidad de inspector, más los gastos que se generen por su desplazamiento y estadía.

o El “NSPI” se refiere a ítems, partes o componentes del equipo considerados

accesorios o a los cuales no se puede tener acceso. Teniendo lo anterior en consideración los accesorios pueden o no estar presentes y/o instalados en el equipo al momento de la inspección; en caso de presentarse esta situación se dejará registro de esta situación en las observaciones del mismo registro y se dejará la aclaración, que este elemento no haría parte de la certificación del equipo.

o Las tarifas no incluyen I.V.A., ni emisión de pólizas a que haya lugar. En el evento de suspensión o al finalizar el servicio, se diligenciará el formato D.GA.001-R1, donde se dejará constancia de los recursos utilizados durante el desarrollo de los trabajos. Este documento será firmado por los representantes de EL CLIENTE de C.A.C ENGINEERING S.A.S en el sitio de trabajo, documento que servirá de soporte para la facturación del servicio. Quejas y apelaciones: Si después de realizarle la inspección al equipo, C.A.C ENGINEERING S.A.S. determina que NO se encuentra en condiciones óptimas y por lo tanto es rechazado, usted tiene la posibilidad de apelar la decisión de certificación y C.A.C ENGINEERING S.A.S. estará en la obligación de dar trámite a la misma. Para esto es necesario que diligencie el formato definido, este lo puede solicitar con cualquier funcionario de la empresa, y con él, aporte documentación o evidencias que sustenten el argumento con el cual usted está apelando, esta solicitud será tratada por C.A.C ENGINEERING S.A.S. y usted recibirá respuesta en un periodo no mayor a 10 días hábiles. Además, recuerde que usted tiene el derecho a presentar sus quejas sobre el servicio prestado ya sea verbal o formalmente.

1.5. Requisitos del servicio (por el cliente):

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El equipo/ elemento podrá ser certificado si se realiza TODO el proceso de inspección estipulado por CAC ENGINEERING S.A.S., se cumplen las normas legales aplicables, y el Director Técnico verificó que cumplió con los requisitos establecidos para alcanzar la certificación. El cliente se compromete a proporcionar TODA la información necesaria y la que solicite C.A.C ENGINEERING S.A.S. durante el proceso de inspección (Solicitud, evaluación, certificación y tiempo de vigencia de esta). Adicionalmente: o Autoriza que la información de la inspección y datos personales, confidenciales y

sensibles, sean mantenidos, procesados, examinados, verificados y custodiados por C.A.C ENGINEERING S.A.S.

o La información será manejada de forma confidencial por C.A.C ENGINEERING S.A.S. Dicha información podrá ser divulgada por orden o solicitud de la ley para desarrollar los procesos antes referidos. Cuando por ley, C.A.C ENGINEERING S.A.S. deba divulgar información confidencial de los clientes, estos serán notificados vía e-mail sobre la información proporcionada, máximo al segundo día hábil, salvo que esté prohibido por la ley.

o La información obtenida de fuentes distintas al propio cliente, será tratada como información confidencial por parte de C.A.C ENGINEERING S.A.S., y este será notificado vía e-mail sobre la información proporcionada, máximo al segundo día hábil, salvo que esté prohibido por la ley.

o C.A.C ENGINEERING S.A.S. dando aplicación a la ley 1377 de 2013 que reglamentó parcialmente la ley 1581 de 2012, está en la obligación de informar a nuestros usuarios y clientes, que las bases de datos que se recopilaran por nuestra actividad, son estrictamente privadas las cuales tendrán un manejo exclusivo de nosotros, con el fin de dar a conocer y promover nuestros servicios, recordación de vencimientos, programación de inspecciones, y demás actividades relacionados con temas comerciales y de mercadeo. De la misma manera se informa que la base de datos es necesaria para reunir las inquietudes y sugerencias para efectos de mejorar cada día el servicio.

Medida transitoria durante contingencia por COVID 19: El personal de evaluación del OEC, le realizará una serie de preguntas al personal designado por el cliente, para atender la evaluación, el cliente se compromete a contestar bajo juramento, con la verdad, las preguntas que le realice el personal de C.A.C Engineering.

El personal de evaluación, debe realizar las siguientes preguntas a los funcionarios que tengan contacto con él, durante la revisión del equipo, cabe aclarar que serán realizadas de forma verbal y en caso que se responda afirmativamente a alguna de las siguientes preguntas, no se podrá realizar el servicio por protección del personal (salvo si ha sido diagnosticado con COVID y ya cumplió el periodo de cuarentena)

✓ ¿Usted ha sido diagnosticado con Coronavirus (COVID-19)?

✓ ¿Usted ha tenido contacto con alguna persona enferma de Coronavirus (COVID-

19) en los últimos 14 días?

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✓ ¿Actualmente, usted presenta alguno de estos síntomas: (Fiebre mayor a 38

grados, tos seca, dolor de garganta, problemas para respirar, pérdida de gusto y de

olfato)

De acuerdo a la ley de habeas data ustedes como titulares de la información suministrada tienen derecho a:

• Ser informado respecto al uso de los datos recopilados. • Actualizar, conocer y rectificar la información suministrada. • Solicitar prueba de la autorización otorgada. • Revocar en cualquier momento la autorización si así lo desea

1.6. Respecto a C.A.C ENGINEERING S.A.S

C.A.C ENGINEERING S.A.S. se compromete a:

✓ Mantener confidencialidad sobre la información suministrada por los clientes.

✓ Con las quejas y apelaciones, cuando se vea afectada la confidencialidad de EL

CLIENTE, se deberá obtener autorización escrita para la divulgación de

información, en caso de no obtenerse, la queja o apelación no se podrá

considerar valida.

✓ En el tratamiento de quejas y apelaciones, estas no deben dar lugar a acciones

discriminatorias contra la persona que interpone la queja o apelación.

✓ La empresa C.A.C ENGINEERING S.A.S, cuenta con una póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que cubre el daño a terceros, en caso que llegase a ocurrir un accidente por causa de la prestación del servicio de evaluación de la conformidad y se compruebe responsabilidad de esta empresa.

✓ Los auditores internos y externos y el equipo evaluador del Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC), pueden tener acceso a la información del cliente, para confirmar veracidad de los datos proporcionados en auditorías internas y externas.

Nota: La empresa C.A.C Engineering informa que tiene a disposición del cliente y

partes interesadas, su protocolo de bioseguridad, disponible en las instalaciones

administrativas, el cual, entre otras disposiciones, establece que el funcionario

designado para realizar la inspección, debe reportar si tiene algún síntoma asociado

a la pandemia COVID 19.

POLÍTICA DE IMPARCIALIDAD

C.A.C ENGINEERING S.A.S. es responsable de todas las decisiones tomadas por parte

de su personal en los procesos de inspección, el cual debe actuar de forma imparcial,

es por esto que se ha establecido un documento para la gestión de la imparcialidad.

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1.7. Condiciones respecto a la emisión del reporte y/o certificado

El reporte de inspección y el registro de aceptación (cuando el equipo es aprobado) serán emitidos y enviados por medio magnético (con firma digital) en un plazo no mayor a 5 días hábiles contados a partir de la fecha de inspección.

El único documento que se envía en físico es el registro de aceptación con firma, sello y logo de C.A.C ENGINEERING S.A.S.

2. CONDICIONES DEL SERVICIO PARA LOS SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE PERSONAL:

2.1. METODOLOGÍA

El proceso de evaluación consta de las siguientes etapas; las cuales deben ser cumplidas en su totalidad para lograr la culminación del proceso:

2.1.1. Formato de solicitud

C.A.C ENGINEERING S.A.S enviará adjunto a la propuesta comercial el formato de solicitud “P.CP.001-R1”; el cual debe ser diligenciado en su totalidad por parte del solicitante.

Allí se establecen los datos completos del solicitante, así como el alcance y los prerrequisitos necesarios para ser objeto de evaluación.

Igualmente se envía adjunto a la propuesta comercial el documento denominado “D-CP-001 - Reglas de certificación”; el cual contiene los requisitos y directrices del servicio de evaluación y certificación de competencias, estas reglas hacen parte integral de la propuesta comercial; el documento indicado anteriormente pueden ser consultado en su versión vigente en la página web www.cac-ingenieria.com y las personas certificadas se comprometen a cumplir lo estipulado en el mismo, en su versión vigente.

2.1.2. Documentación (prerrequisitos)

El solicitante debe enviar los documentos que demuestren el cumplimiento de los prerrequisitos por correo electrónico o por medio físico tal como se específica en las reglas de certificación a C.A.C ENGINEERING S.A.S, los cuales, están sujetos a verificación por parte del Organismo de Certificación de Personas (OCP).

La solicitud del certificado médico obedece a obtener evidencia objetiva de las condiciones óptimas de desempeño físico y mental del solicitante. El certificado médico que solicita C.A.C Engineering, se refiere únicamente al concepto emitido por el profesional de salud, en el cual se especifique que el solicitante es apto para

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realizar la labor “APTO”. NO es necesario ni recomendable enviar toda la historia clínica o datos clínicos del solicitante, es suficiente, para la admisión del prerrequisito, el concepto positivo del profesional de la salud que emite el certificado. Al cumplir con el 100% de los requisitos el solicitante se convierte en candidato para certificación y se procede a las siguientes etapas del proceso de evaluación.

En caso de encontrarse inconsistencias en la documentación entregada por el solicitante dispone de (5) días hábiles contados a partir de la notificación para subsanar la situación, sino se considerará por desistido el proceso. Se hace responsable al candidato de mantener su condición física y mental para el desempeño de la labor con el fin de minimizar o eliminar el riesgo de presencia de incidentes y/o accidentes durante el desempeño de su labor. Nota: El cliente debe disponer de un protocolo de bioseguridad, el cual debe ser socializado al personal que se presenta para la evaluación, antes de ingresar a sus instalaciones. Adicionalmente el cliente debe garantizar el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad por parte del personal de su organización con el fin de que sea llevada la inspección de forma segura.

2.1.3. Pruebas de evaluación

Otorgamiento: El OCP procederá a programar las pruebas de evaluación de acuerdo con los recursos disponibles por parte de C.A.C ENGINEERING S.A.S y la disponibilidad del candidato. Las pruebas de evaluación consisten de dos etapas; las cuales son un (1) examen teórico y un (1) examen práctico para cada candidato.

Para el otorgamiento el porcentaje de aprobación de la prueba teórica es de 80% o más de respuestas correctas. Si el candidato reprueba el examen, pero obtiene un porcentaje igual o superior al 70% tiene derecho a un repechaje que da a lugar bajo las siguientes condiciones:

o El examinador identificará las (2) competencias con menor porcentaje de

respuestas correctas. o El candidato tiene derecho a resolver nuevamente las preguntas

correspondientes a las competencias identificadas por el examinador inmediatamente.

o El candidato solo tiene derecho a un repechaje sin excepción. o El repechaje debe ser presentado de inmediato sin que el candidato se retire

de las instalaciones donde se esté presentando la prueba.

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La etapa de evaluación práctica será aprobada con un mínimo de 80%. No hay derecho a repechaje. Los candidatos que aprueban tanto la prueba teórica como práctica y cumplen con todos los requisitos establecidos en las reglas de certificación obtendrán un certificado de competencia en el alcance solicitado (sujeto a aprobación y verificación con la evidencia obtenida en campo). Para todos los casos el candidato se hace responsable de conocer el equipo y su manejo, en caso de no aprobar la prueba teórica se continuará con la práctica para la emisión de un juicio objetivo. Vigilancia 1: La vigilancia 1 consta únicamente de un examen teórico. El porcentaje mínimo de aprobación es del 80% y el candidato no tiene derecho a repechaje. Vigilancia 2: La vigilancia 2 consta únicamente de una prueba práctica. El porcentaje mínimo de aprobación es del 80%. No hay derecho a repechaje.

2.1.4. Tiempos de evaluación

El programa de evaluación será desarrollado en un día calendario, la jornada se entiende por 9 horas diarias con un receso de 1 hora para almuerzo.

El máximo de candidatos a evaluar por día es de doce (12) doce si se trata de operadores de montacargas, cargador frontal con horquillas, de grúa brazo articulado o aparejadores de carga/ señaleros. Si se trata de operadores de grúa móviles y locomotoras o supervisores de izaje de cargas el máximo de participantes a evaluar por día es de diez (9).

Los tiempos antes descritos están sujetos y pueden depender de la preparación de las condiciones del servicio tales como la locación, espacio y disponibilidad de equipos que son responsabilidad del cliente.

2.2. Condiciones relacionadas con la preparación y ejecución:

El cliente deberá proveer toda la logística necesaria para el desarrollo de las pruebas de evaluación, incluido lo siguiente:

• Asignación de una persona que coordine las actividades tanto en los preliminares como durante desarrollo de las actividades de evaluación.

• Documentación de soporte especificada como “PRERREQUISITOS” en la propuesta comercial.

• Suministro de los requerimientos de permisos y procedimientos que se deben cumplir, por parte del personal asignado al servicio, en las instalaciones dispuestas por EL CLIENTE.

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• Instalaciones para el desarrollo de las actividades (aula con espacio suficiente y puestos suficientes para el desarrollo del examen teórico, hoja de cálculos, calculadora, lápiz, borrador y tajalápiz, zona con el área suficiente para desarrollar la prueba práctica).

• Disponibilidad de personal para la operación y manipulación de elementos de izaje.

• Desplazamiento ida y vuelta del examinador y todos los gastos derivados de la prestación del servicio.

• Los demás recursos necesarios para la ejecución de las pruebas de evaluación especificados en la documentación suministrada por C.A.C ENGINEERING S.A.S, incluyendo el documento “D.CP.001- Reglas de certificación.”

NOTAS ACLARATORIAS:

• Las tarifas no incluyen I.V.A., ni emisión de pólizas a que haya lugar.

• El valor del servicio incluye los conceptos de salarios y prestaciones del personal asignado para una jornada laboral máxima de 9 horas diurnas en días hábiles. Incluye igualmente el costo de disponibilidad de los recursos a que haya lugar como equipos, materiales, informe técnico.

• Una vez confirmada la solicitud del servicio y coordinada la fecha de evaluación, de presentarse STAND BY, por causas no imputables al personal de C.A.C ENGINEERING S.A.S, se cobrará la disponibilidad del personal a razón de $600.000/día.

• Los gastos de desplazamiento del personal estarán a cargo de EL CLIENTE.

• El valor final del servicio será el que resulte de tomar el valor ofertado, más los adicionales que se generen por stand by o por servicios adicionales pactados posterior a la presente propuesta.

• Al presentarse cualquier situación que no sea derivada o controlada por C.A.C ENGINEERING S.A.S y afecte la prestación del servicio como por ejemplo retraso en los vuelos, desplazamientos terrestres, dificultades logísticas, condiciones ambientales adversas entre otras, C.A.C ENGINEERING S.A.S podrá cobrar valores adicionales dependiendo de la necesidad de recursos para solventar la situación.

• Si el cliente contrata servicios de asesoría y capacitación con la empresa C.A.C ENGINEERING S.A.S, es importante aclarar que dichos servicios no generan beneficios frente a la contratación de servicios de inspección ni certificación de personas.

• Si el cliente ha realizado inspecciones previas, los resultados de estas no son considerados en esta nueva inspección, por tal razón el propietario, tenedor o poseedor del equipo no puede inferir o concluir que los resultados en inspecciones anteriores serán los mismos en la nueva así el equipo preserve sus condiciones o características previas.

En el evento de suspensión o al finalizar el servicio, se diligenciará el

formato D.GA.001-R1, donde se dejará constancia de los recursos utilizados

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durante el desarrollo de los trabajos. Este documento será firmado por los representantes de EL CLIENTE y de C.A.C ENGINEERING S.A.S en el sitio de trabajo, documento que servirá de soporte para la facturación del servicio.

El informe diario de actividades no exime los requisitos de seguridad para operación con equipos, ni ampara, en ninguna circunstancia la responsabilidad derivada del uso del equipo, por lo que los daños causados serán reparados por el dueño y/o operador conforme a lo establecido por el Art. 2341 del Código Civil.

2.3. Condiciones para el servicio (requisitos):

Solo podrá ser certificada la persona que realice todo el proceso de evaluación estipulado por C.A.C ENGINEERING S.A.S, el director técnico del OCP será el que verifique que se cumpla con la totalidad de los requisitos y normas legales aplicables para emitir la certificación.

El CLIENTE para ser certificado se compromete a:

✓ Proporcionar TODA la información necesaria que solicite C.A.C ENGINEERING S.A.S. durante el proceso de evaluación (Solicitud, evaluación, certificación y tiempo de vigencia de esta).

✓ Autorizar que la información del servicio y datos personales, confidenciales y

sensibles, sean mantenidos, procesados, examinados, verificados y custodiados por C.A.C ENGINEERING S.A.S.

✓ Autorizar a C.A.C ENGINEERING S.A.S a utilizar sus datos personales en los

casos que el certificado presente alguna novedad como (Suspensión, retiro o

anulación) y entender que esta información puede ser divulgada por los mismos en

la página www.cac-ingenieria.com

✓ Proporcionar acceso a los equipos de evaluación de ONAC para realizar la

testificación de las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por el

organismo acreditado, cuando se requiera, de acuerdo a lo establecido en el RAC-

3.0-01

2.4. Respecto a C.A.C ENGINEERING S.A.S

C.A.C ENGINEERING S.A.S se compromete con sus clientes a:

✓ Que la información será manejada de forma confidencial por C.A.C

ENGINEERING S.A.S. Dicha información podrá ser divulgada por orden o solicitud de la ley para desarrollar los procesos antes referidos. Cuando por ley,

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C.A.C ENGINEERING S.A.S. deba divulgar información confidencial de los clientes, estos serán notificados vía e-mail sobre la información proporcionada, máximo al segundo día hábil, salvo que esté prohibido por la ley.

✓ Que la información obtenida de fuentes distintas al propio cliente, será tratada

como información confidencial por parte de C.A.C ENGINEERING S.A.S., y este será notificado vía e-mail sobre la información proporcionada, máximo al segundo día hábil, salvo que esté prohibido por la ley.

✓ Que C.A.C ENGINEERING S.A.S dando aplicación al Decreto 1377 de 2013

que reglamentó parcialmente la ley 1581 de 2012, está en la obligación de informar a nuestros usuarios y clientes, que las bases de datos que se recopilaran por nuestra actividad, son estrictamente privadas las cuales tendrán un manejo exclusivo de nosotros, con el fin de dar a conocer y promover nuestros servicios, recordación de vencimientos, programación de evaluaciones, y demás actividades relacionadas con temas comerciales y de mercadeo. De la misma manera se informa que la base de datos es necesaria para reunir las inquietudes y sugerencias para efectos de mejorar cada día el servicio.

De acuerdo con la ley de habeas data ustedes como titulares de la información suministrada tienen derecho a:

▪ Ser informado respecto al uso de los datos recopilados. ▪ Actualizar, conocer y rectificar la información suministrada. ▪ Solicitar prueba de la autorización otorgada. ▪ Revocar en cualquier momento la autorización si así lo desea

✓ Mantener confidencialidad sobre la información suministrada por los clientes. ✓ Los auditores internos y externos y el equipo evaluador del Organismo Nacional

de Acreditación de Colombia (ONAC), pueden tener acceso a la información del cliente, para confirmar veracidad de los datos proporcionados en auditorías internas y externas.

✓ La empresa C.A.C Engineering S.A.S, cuenta con una póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que cubre el daño a terceros, en caso que llegase a ocurrir un accidente por causa de la prestación del servicio de evaluación de la conformidad y se compruebe responsabilidad de esta empresa.

Medida transitoria durante contingencia por COVID 19: El personal de evaluación del OEC, le realizará una serie de preguntas al personal designado por el cliente, para atender la evaluación, el cliente se compromete a contestar bajo juramento, con la verdad, las preguntas que le realice el personal de C.A.C Engineering.

El personal de evaluación, debe realizar las siguientes preguntas a los funcionarios que tengan contacto con él, durante la revisión del equipo, cabe aclarar que serán realizadas de forma verbal y en caso que se responda afirmativamente a alguna de las siguientes

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preguntas, no se podrá realizar el servicio por protección del personal (salvo si ha sido diagnosticado con COVID y ya cumplió el periodo de cuarentena)

✓ ¿Usted ha sido diagnosticado con Coronavirus (COVID-19)?

✓ ¿Usted ha tenido contacto con alguna persona enferma de Coronavirus (COVID-

19) en los últimos 14 días?

✓ ¿Actualmente, usted presenta alguno de estos síntomas: (Fiebre mayor a 38

grados, tos seca, dolor de garganta, problemas para respirar, pérdida de gusto y de

olfato)

Nota: La empresa C.A.C Engineering informa que tiene a disposición del cliente y partes interesadas, su protocolo de bioseguridad, disponible en las instalaciones administrativas, el cual, entre otras disposiciones, establece que el funcionario designado para realizar el examen, debe reportar si tiene algún síntoma asociado a la pandemia COVID 19.

POLITICA DE IMPARCIALIDAD

C.A.C ENGINEERING S.A.S. es responsable de todas las decisiones tomadas por

parte de su personal en los procesos de evaluación, el cual debe actuar de forma

imparcial, es por esto por lo que se ha establecido un documento para la gestión de la

imparcialidad.

QUEJAS Y APELACIONES Si después de realizado el servicio de evaluación tiene alguna insatisfacción acerca del proceso C.A.C ENGINEERING S.A.S tiene a su disposición un formato para el reporte de quejas y apelaciones. C.A.C ENGINEERING S.A.S estará en la obligación de dar trámite a la misma. El formato puede ser solicitado por usted al personal de la empresa para ser diligenciado y así mismo aportar la documentación o evidencias que usted crea pertinentes para sustentar su argumento. Esta solicitud será trata por C.A.C ENGINEERING y usted recibirá respuesta en un período no mayor a (10) días hábiles. Tenga en cuenta que usted puede descargar el formato en la página web www.cac-ingenieria.com en su versión vigente. El formato diligenciado y la documentación pertinente puede ser remitida vía correo electrónico a

([email protected]; [email protected]; calidad@cac-

ingenieria.net) o en medio físico a la Carrera 21 # 166-13 Segundo Piso, Bogotá D.C.

Con las quejas y apelaciones, cuando se vea afectada la confidencialidad del cliente, se deberá obtener autorización escrita para la divulgación de información, en caso de no obtenerse, la queja o apelación no se podrá considerar valida. En el tratamiento de quejas y apelaciones, estas no darán lugar a acciones discriminatorias contra la persona que interpone la queja o apelación.

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2.5. Condiciones respecto a la emisión del informe y/o certificado

El informe de evaluación y el carné de certificación (cuando la persona aprueba) serán emitidos y enviados por medio magnético en un plazo no mayor a 5 días hábiles contados a partir de la fecha de evaluación.

El único documento que se envía en físico es el carné de certificación.

TABLA DE CONTROL DE MODIFICACIONES

Versión Descripción de la modificación Fecha

1 Emisión del documento Diciembre

8/2014

2 Inclusión de nuevos requisitos relacionados con la preparación de la inspección

Abril 28/2015

3

Inclusión de nuevos requisitos relacionados con la preparación de la inspección, inclusión de nuevas condiciones del servicio relacionadas por la preparación de la inspección, Inclusión de los ensayos no destructivos como parte del servicio, valor mínimo a cubrir por día, inclusión costo visitas adicionales

Agosto 05/2015

4 Inclusión de las condiciones para el suministro del dinamómetro y aclaración de las condiciones de verificación del radio de carga con respecto a nuestros equipos de medición.

Octubre 15/2015

5

Rectificación Inclusión de las condiciones para el suministro del dinamómetro y aclaración de las condiciones de verificación del radio de carga con respecto a nuestros equipos de medición.

Octubre 16/2015

6

Se definió de forma oportuna cambios en las notas aclaratorias referentes a la re inspección o levantamiento de pendientes, a los END y se actualizó el valor por stand by y días adicionales cuando son requeridos y Re inspección

Enero 05 de 2017

7 Se incluirán las condiciones para el servicio de certificación de personas. Julio 27 de

2017

8 Actualización de documento para dar cumplimiento a los requisitos de la norma ISO/IEC 17024:2013

Noviembre 02 de 2017

9

Se actualizan las condiciones del servicio respecto a condiciones que debe cumplir el cliente previo a la inspección, se relaciona el formato “D.GA.001-R1 Condiciones de servicio por parte del cliente del servicio de inspección”, y se ajusta la designación de cargos nombrados, según corresponda con el organigrama. Se especifican términos de validez del certificado de aceptación.

Dic 10/2017

10 Se realizan ajustes en la redacción del documento para que se diferencien claramente las condiciones para el OI como para el OCP y se agrega una nota con relación a la póliza de seguro contractual.

2019-08-09

11 Aclaración sobre el certificado médico que solicita CAC Engineering S.A.S y Se agregan condiciones de servicio para la prestación del servicio de verificación de LMI

2020-01-16

12 Se agrega aclaración sobre la verificación de ayudas operacionales – LMI, como condición preliminar al servicio de inspección

2020-02-14

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13 Se agrega alcance de LMI, verificación de ayudas operacionales, acreditado por el ONAC.

2020-04-24

14

Se incluyen medidas de bioseguridad para la prestación del servicio en el marco de la contingencia mundial por COVID – 19. Se agrega en el numeral 2.3 una condición que compromete al cliente a proporcionar acceso a los equipos de evaluación de ONAC para realizar la testificación de las actividades de evaluación de la conformidad realizadas por el organismo acreditado, cuando se requiera, de acuerdo a lo establecido en el RAC-3.0-01.

2020-07-01

15 Se agregan al ítem 1.4, tres condiciones relacionadas con la inspección, y Se actualiza el logo de C.A.C ENGINEERING

2021-04-01

16 Se adicionan dos notas aclaratorias en el numeral 2.2 2021-05-28