concurso preventivo

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las pautas para un concurso preventivo.

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CONCURSO PREVENTIVOEs un proceso que la ley da para evitar la Quiebra, a travs de un acuerdo entre el Deudor y sus Acreedores.Caracterstica principal: El Deudor para solicitar su concurso preventivo debe carecer de liquidez, que no tiene efectivo.Debo justificar al Juez porque me presento en a Concurso Preventivo.La cesacin de pago se puede dar de dos maneras: No pago porque no puedo. No pago porque no quiero.El Juez preguntara Por qu no pago? Y hay que justificar, presentar los motivos por los cuales se presenta al Concurso Preventivo.Hay que demostrar la falta de liquidez y el perjuicio que va a causar a terceros, al vender lo que tiene. (Empleados afectados por el cierre del giro comercial).Con el activo ms alto que el pasivo tengo que demostrarle al Juez:1. Falta de liquidez2. Perjuicio que vaya a causar a terceros.Acciones colectivasA. Concurso PreventivoB. Conversin en el Concurso Preventivo ForzosaC. Quiebra Directa pedido por el Deudor.D. Quiebra Directa pedida por el Acreedor.E. Quiebra Indirecta (que aparece cuando a fracasado el concurso preventivo)Sujetos:1) Deudor2) Acreedores3) Sindico4) Comit de acreedores (formado por acreedores)5) Perito Tasador (para determinar el valor, aparece el perito tasador ante situaciones de conflicto por el valor de las cosas).6) Abogado[Perito tasador y Sndico son elegidos por sorteo]1) DeudorPueden ser personas fsicas como jurdicas, el cdigo unificado habla de personas humanas.Personas jurdicas hablamos principalmente de las sociedades, el resto de las personas jurdicas no pueden solicitar su concurso preventivo, sino que entran a un proceso de liquidacin.La ley les prohbe que se presenten en concurso preventivo. El proceso de liquidacin es prcticamente el mismo pero no bajo la ley de Concurso preventivo: Sociedades financieras, los Bancos, las Cooperativas, las ART, las compaas de seguros. Se las excluye del Concurso Preventivo por el giro comercial que tienen y su importancia, la funcin que cumplen.Los herederos de una persona fallecida pueden solicitar el Concurso preventivo del causante.Tambin puede solicitarse el Concurso Preventivo de un incapaz por parte de su representante legal.Ante personas fsicas NO HAY LIMITACION, PUEDEN SOLICITAR SU CONCURSO PREVENTIVO.Concurso Preventivo: es un elemento que la ley me da para poder pagar. Es lgico y aplicable para aquellas personas que desean mantener su giro comercial y que tienen deudas. Con el concurso preventivo el deudor puede seguir con su giro comercial y reunir el dinero para pagar, ese es el fin del concurso preventivo. El deudor lo pide para que se paralice su situacin hasta que se presente con una propuesta y continua con su giro comercial.Si no presenta la propuesta, se le dictara quiebra.Qu requisitos debe presentar para pedir un concurso preventivo? ART 111) Mencionar su nombre e identificarse si es persona fsica o jurdica.2) Su tipo societario si es una sociedad.3) Nombre de los socios y su responsabilidad. (si el concurso preventivo se convierte en quiebra hay un supuesto que habla de la extensin de la quiebra a los socios).4) La causa y poca y los hechos que lo llevaron a este estado de cesacin de pago, explicar el motivo y respaldar con prueba documental.5) La nomina de acreedores, la cantidad de acreedores identificando el nombre, domicilio, causa del crdito y la fecha y si tiene privilegios, monto del crdito.6) Deudores del deudor, nombre, domicilio, monto, y la naturaleza del crdito.7) Balances 2 ltimos balances generales y 1 balance especial.8) Acompaar un estado detallado del ACTIVO y PASIVO; mencionar todo el activo que tengo (departamento, camiones, maquinarias, etc.) ACTIVO TANGIBLE, mencionar si estn afectados por gravmenes.9) Mencionar los juicios que tiene, como parte de deudor o como acreedor.10) Mencionar la cantidad de empleados.11) Debe mencionar la existencia de un concurso anterior o pedido de quiebra.

Con todos los requisitos, el deudor pide su concurso preventivo.El deudor ahora espera el auto de apertura del concurso preventivo ART 14.Con ese auto de apertura del concurso preventivo el deudor se encuentra liberado simblicamente, pero por 4 o 5 aos, de que nadie lo va a ejecutar. TODO LO QUE SEA DE CAUSA Y TITULO ANTERIOR A LA PRESENTACION AL CONCURSO PREVENTIVO, VA A ENTRAR EN EL CONCURSO PREVENTIVO.AUTO DE APERTURA DEL JUEZ ART 141. Menciona el nombre de la persona que se presento en CP, si es persona fsica, y si es persona jurdica su nombre y el de los socios que tienen responsabilidad ilimitada.

2. Fija fecha para el sorteo del SndicoPara la asignacin del sindico, hay una lista de sndicos individuales, se sortea y se notifica por cedula y debe comparecer para aceptar el cargo.3. Fecha, domicilio y desde y hasta cuando los acreedores deben comparecer a verificar sus crditos en el domicilio del Sindico, puede decir hasta.Los acreedores intervienen a travs del: A. Pedido de verificacin de crditos B. Incidente de verificacin tarda C. Aparece como un pronto pagoQuin comparece? Todos los acreedores denunciados y los no denunciados.A. Pedido de verificacin de crditos, hay dos formas de hacer este escrito:1. Como una demanda.2. Cuando el sindico notifica al acreedor le enva una nota de cmo se debe verificar un crdito, le enva un modelo de verificacin de crdito que contiene: Nombre y apellido del acreedor Domicilio real y domicilio constituido Monto del crdito naturaleza del crdito Documentacin que se adjunta (factura remito) Tipo de acreedor. Liquidacin (monto+ intereses) Se acompaa el escrito con tres juegos de escritos que se llevan al domicilio del sndico para poder verificar los crditos ART 32.Que pasa si me entere tarde y venci el plazo?B. El acreedor no pierde su derecho, sino que se produce un incidente de verificacin tarda. Se debe presentar en el Juzgado con firma de letrado y genera costas.En el caso de la verificacin tarda el Juez dicta la resolucin individual va aplicar una sentencia individual.C. Acreedor Pronto Pago: es para acreedores laborales solo para quienes cuyo crdito NO sea controvertido (no haya duda, o que tenga sentencia judicial, o sea crdito acordado por el SECLO) No estn considerados en la propuesta del deudor, van a tener propuesta propia, van a percibir su crdito antes que otros acreedores.

4. Orden de publicar edictos a cargo del deudor en el Boletn Oficial y diarios de mayor circulacin.El deudor debe denunciar a todos los acreedores y el Sndico enva carta a c/uEl edicto contiene:A. El Juzgado donde esta tramitando el Concurso Preventivo.B. Nombre del concursadoC. Domicilio del sndicoD. Fecha y hora para verificar los crditos (desde y hasta o solo hasta)5. Va a ordenar al deudor para que en un plazo de 3 das presente en el juzgado todos los libros societarios y contables.

6. Va a ordenar que se inscriba la apertura del CP en todos los registros, en los registros que correspondan a cada bien: Registro publico de comercio Registro automotor Registro de la propiedad inmueble Registro de juicios universales IGJ

7. Va a ordenar la inhibicin general de bienes para que no pueda efectuar actos de disposicin.

8. Intima al deudor para que deposite una suma de dinero para gastos del concurso.

9. Fecha en la que el sndico debe presentar el informe individual y generalEn el informe individual el Sndico presenta un legajo por c/u de los acreedores que se presento a verificar el crdito. El sndico da una opinin personal de cada acreedor sobre sus crditos y de acuerdo al anlisis que haya efectuado los va a clasificar en: Crditos verificados: es el que se reconoce en su totalidad y que el deudor lo debe. Crditos admisibles: han sido observados por el sindico, pero no en su totalidad sino parcialmente. Es cuando los crditos no coinciden. Crditos rechazados: los re3chaza totalmente e inadmisibles.El sndico presenta el informe individual ART 34, el Juez va a ratificar o rectificar el informe individual del sndico, hace revisin, califica y opina. El Juez dictara la resolucin de aquellos acreedores cuyos crditos fueron declarados admisibles o inadmisibles. ART 37 Si el Acreedor o el Deudor no esta de acuerdo con la resolucin del Juez tiene un plazo de 20 das para presentar el incidente de revisin, que se debe confeccionar como una demanda se debe ofrecer prueba. Si en ese plazo de 20 das no se inicia, la resolucin del Juez tiene los mismos efectos que una Sentencia y no se podr reclamar. En el informe general el Sindico ART 39 verifica el ACTIVO y el PASIVO teniendo en cuenta los acreedores de la resolucin del Juez. Donde expresa el activo y pasivo del Deudor.10. Fecha de la audiencia informativa ART 42 Periodo de exclusividad: es un periodo que el juez fija, entre 90 o 120 das depende de la cantidad de acreedores, se computa desde que el plazo de incidente de verificacin tarda se venci. Tiene 3 etapas procesales: Presentacin de propuesta Conformidad de los acreedores Audiencia informativaLa Audiencia informativa es para que el deudor mejore su propuesta para obtener la mayora que la ley exige (3/4 partes). De lo contrario pasa a Quiebra Indirecta. 11. Constitucin del primer comit de acreedores.Comit de acreedores designados por el Juez de acuerdo a los acreedores denunciados por el deudor. Son 3 acreedores que controlan y vigilan el giro comercial.HOMOLOGACION JUDICIAL ES LA ETAPA DONDE EL JUEZ APRUEBA EL CONCURSO PREVENTIVO ART 52