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CONCEJO AUTÓNOMO MUNICIF AL DE ACASIO Seg unda Sec ción de la Provincia Gener al Bilbao Rioja P Of OS[- BOLI VIA . .., LEY MUNICIPAL No 09/2014 " LEY Sr. Segundino Echamani Colque ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICI PAL DE ACASIO Por cuanto, el Concejo Municipal de Acasio, ha sancionado la siguiente Ley ·. , Municipal, EXPOSICIÓN DE MOTIVOS instituciones públic artículo 242 de la de conformidad co general de la Pa obligaciones y for Del Estado. del Estado y empresas e derechos, nstitución Política es que el Gobierno de la "Partici pación y Control SociaJ -én en cuenta las disposiciones establecidas en la Constitución Políti ca del Esta reo de Autonomías y Descentr alización W 031 y la ley de Participación y Control Social. Es aquí que la presente Ley Municipal de Participación y Control Social es resu ltado de un proceso de constr ucción colectiva, que luego paso por la consideración y aprobación del Cóncejo Municipal, en ejercicio pleno de la Autonomía Municipal.

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CONCEJO AUTÓNOMO MUNICIF AL DE

ACASIO Segunda Sec ción de la Provincia Gener al Bilbao Rioja

POfOS[ - BOLIVIA . ..,

LEY MUNICIPAL No 09/2014

"LEY

Sr. Segundino Echamani Colque

ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE ACASIO

Por cuanto, el Concejo Municipal de Acasio, ha sancionado la siguiente Ley ·. , '~

Municipal,

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

instituciones públic

artículo 242 de la

de conformidad co

general de la Pa

obligaciones y for

Del Estado.

del Estado y empresas e

derechos,

nstitución Política

es que el Gobierno

de la "Participación y Control SociaJ-én ~ ei:Sti(>JJffilfQIM§Pálrt()m;~ndo en cuenta las disposiciones

establecidas en la Constitución Política del Esta reo de Autonomías y Descentralización W 031 y la ley de Participación y Control Social.

Es aquí que la presente Ley Municipal de Participación y Control Social es resultado de un

proceso de construcción colectiva, que luego paso por la consideración y aprobación del Cóncejo

Municipal, en ejercicio pleno de la Autonomía Municipal.

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, ~~o CONCEJO AUTONOMO MUNICIPAL DE

ACASIO Segunda Sección de la Provincia General Bilbao Rioja

POfOSf- BOLIVIA

LEY MUNICIPAL No 09/2014

LEY DE PARTICIPACIÓN CfUDADANA Y CONTROL SOCIAL MUNICIPAL

Sr. Segundino Echamani Colque ALCALDE MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE ACASIO

Por cua nto, El Concejo Municipal de Acasio ha sancionado la siguiente Ley y,

DECRETA: CAPÍTULO! DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1. (OBJETO)La presente Ley Municipal tiene por objeto establecer el marco normativo para el ejercicio

de la Participación Ciudadana y Control Social Municipal en la gestión municipal del Gobierno Autónomo M unicipal

de Acasio.

sustenta en los artículos 2

y482.

l.

11.

111.

l.

2.

3.

4 .

S.

y Control Social ..

ARTICULO 5. {FINALIDADES).- la presente Ley tii>l,p¡~¡w"flliÍIMI,J:tril:!m;:\~ de los establecidos por la Constitución y las

leyes:

l . Fortalecer la democracia intercultural en el Municipio a través de la profundización de formas de

democracia establecidas en la Constitución Política del Estado Plurinacionai de Bolivia.

2. Fortalecer y promover los mecanismos y espacios de Participación Ciudadana y Control Social Municipal

con equidad de género y generacional e igualdad de oportunidades.

3. Fortalecer la eficiencia y calidad de la gestión municipal y prestación de servicios públicos municipales,

transparentando los mismos.

4. Promover y consolidar espacios para la rendición publica de cuentas garantizando la transparencia en la

gestión Pública Municipal.

5. Promover la justicia social para todos los ciudadanos y ciudadanas del Municipio de Acasio.

6. Transparentar el manejo de los recursos fiscales, naturales, servicios básicos y servicios públicos.

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CONCEJO AUTÓNOMO HUNICIP AL DE

A CASIO Segunda Sección de la Provincia Genera l Bilbao Rioja

POTOSf- BOLIVIA

ARTICULO 6. (PRINCIPIOS).- la presente Ley tiene por principios, además de los establecidos por la

constitución y Leyes:

l . Ama Llull a, Ama Sua, Ama Qhella (no seas mentiroso, no seas ladrón y no seas flojo).

2. lntrarculturalidad.- Promueve la recuperación, fortalecimiento, desarrollo y cohesión al

interior de las organizaciones sociales y la sociedad civil del Municipio, basado en la equidad,

solidaridad, complementariedad, reciprocidad y Justicia.

3. lnterculturalidad.-Es la interrelación e interacción de conoci mientos, saberes, ciencia y

tecnología y forma de organización propia, que fortalece la identidad en igualdad de

condiciones entre las formas organizativas.

4. Eficiencia, eficacia y celeridad. Los derechos, deberes, instrumentos y procedimientos

establecidos en la Carta Orgánica Municipal y la Ley para contribuir al mejoramiento de la

S.

6.

7.

8.

funda m

9.

naturales.

ARTICULO 7. (DEFINICIONES).- La presente ley corí e

pública municipal,

onal e igualdad

unicipal se fundamenta

los ciudadanos, sus

ridades y funcionarios

y empresas

recursos fiscales y/o recursos

l. Participación. Es un derecho, que se ejerce de forma individual o colectiva, directamente·o por

medio de sus representantes en la conformación de los Órganos del Estado; en el diseño,

formulación, elaboración y seguimiento de políticas Públicas; y en la construcción colectiva de

leyes, con independencia en la toma de decisiones.

2. Control Social. Es un derecho constitucional de carácter participativo y exigible, mediante el

cual todo actor social supervisara, reali za ra el seguimiento y evaluara la ejecución de la

Gestión Municipal el manejo apropiado de los recursos económicos, materiales, humanos,

naturales y la calidad de los servicios públicos y servicios básicos .

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CONCEJO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE

A CASIO Segunda Sección de la Provincia General Bilbao Rioja

POfOS[- BOLIVIA

3. Transparencia Institucional. Es la práctica y manejo visible de los recursos del estado por las

servidoras y los servidores públicos, así como personas naturales y jurídicas, que presten

servicios o comprometan recursos del estado.

4. Mandato social. La sociedad civil organizada designa un mandato a la autoridad pública, para

que este ejecute o de cumplimiento a la voluntad social.

S. Servicio Honorable. Es el servicio social ad-honorem que desarrollan las y los representantes

de la sociedad civil organizada, las ciudadanas y los ciudadanos en la participación y control

social.

6. Rendición de cuentas. Es la información pública con respaldos documentales

correspondientes, sobre las decisiones asumidas, manejos de recursos y los resultados

obtenidos en el marco de sus competencias en estrecha sujeción a la Constitución Política del

Estado, las leyes y las normas administrativas vigentes.

ARTICULO 8. (ACTOR n 8 es de la Participación y

Control Socia l d.el mun~io de Acasio, la sociedad civil organizada, sin ningÚfl tipo de discriminación de

sexo, color, edad, orie tación sexu~ l, identidad de género,- origen, cultura, ciudadanía, idioma, credo

religioso, ideología, fi fiaclón política o filosófica estado civil, condición ecc11ómica o social, grado de

instrucción y capacidad s diferenciadas: que residen e.n ,el muniqwo Cfe"Acasio.

11. La participació

representaciones

ARTICULO 9. (TIP(!$ DE ACTORES) •. EJ<isten lo!i·~tJienüaill íél!lbHH:fafl

Social dentro del

l. Actores Or ·c;os Locales• lo~ actQres orgánicos

será ejercida por

de los actores.

territorial, sett ' rtal o fÚnc.iiinal con legitimidad en su ción, organización y

funcionamiento, Cfentro 1a ll,lrisdicción Municipal, llodl'-n sus derechos en la

participación y control Social, ba"o t~rjncipio,¡cf(!équi~d de género y generacional.

11. Actores circunstanciales: Los actores cí ns dales son aquellos que se organizan para un fin

determinado y cuando el objetivo ha sido alcanzado dejan de existir.

ARTICULO 10. (DERECHOS DE LOS ACTORES DE LA PARTICIPACIÓN V CONTROL SOCIAL).- En el marco

de la presente Ley Municipal, además de lo establecido en la Constitución Política del Estado y las Leyes; los actores gozan de los siguientes derechos:

. . l. Participar en todo el ciclo de la gestión Municipal: Planificación, Seguimiento y evaluación de

las políticas, planes, programas, proyectos y servicios.

2. Acceso a la Información y Comunicación a la totalidad de recursos fiscales, naturales en el

municipio, Estableciendo plenas garantías para el acceso a la información documentada,

estadística, adecuada, oportuna y transparente por parte de las autoridades, de los servidores

públicos del Municipio, instituciones públicas y privadas y los actores de Participación y Control

Social; sin discriminación de ninguna natu raleza.

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.CONCEJO AUTÓI'IOÑO MUNICIPAL DE

A CASIO Segunda Sección de la Provincia General Bilbao Rioja

POTOS[- BOLIVIA

3. Realizar Control Social a los servicios públicos Municipales, prestados por empresas públicas,

privadas, cooperativas, comités u otro tipo de entidades.

4. Ser informados sobre los convenios ínter-gubernativos e lnterinstitucionales que desarrollan

actividades en el municipio de Acasio.

S. Presentar iniciativas legislativas u otras normativas de carácter municipal, así como participar

en la construcción colectiva de las mismas según reglamento del Concejo Municipal.

6. Promover iniciativas de políticas públicas de interés común.

7. Participar eri los procesos de rendición publica de cuentas del Gobierno Autónómo Municipal y

sus entidades.

8. Solicitar y participar en la rendición publica de cuentas en las empresas, cooperativas y otras

entidades privadas de servicios.

9. Solicitar rendición publica de cuentas específicas sobre proyectos estratégicos, en la presente

10.

11.

12.

13.

14.

15.

16.

17.

18.

19 .

ley Municipal.

administrativos.

n de servidores

o, velando que estos

municipales y

Los actores de la Participación y Control Social tiener:W ls·~wentes obligaciones, además de los establecidos en la Constitución y Leyes:

l. Identificar, part icipar y cooperar en la planificación y ejecución de planes, programas,

proyectos, obras y servicios municipales para el bienestar colectivo.

2. Coadyuvar en el cuidado, protección y recuperación de los bienes· públicos, y el patrimonio

natural, recursos naturales, turísticos, económicos y culturales del Municipio.

3. Promover el inicio de procesos ejecutivos, administrativos, civil es, penales, auditorías o

peritajes técnicos contra supuestos actos irregulares cometidos por servidoras o servidores

públicos en el ejercicio de sus funciones.

4. Rendir cuentas e informar a la sociedad Civi l, sobre sus acciones y responsabilidades que

desarrollaron en diferentes temáticas y procedimientos de la gestión pública municipal.

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11.

CONCEJO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE

S.

6.

7.

J\CASIO Segunda Sección de la Provincia Gener al Bilbao Rioja

POTOSf- BOLIVIA

Realizar un manejo transparente, honesto y responsable de la información objetiva en el

ejercicio de la Participación y Control Social.

Denunciar con fu ndamentos y con respaldos documental los hechos irregulares o de corrupción

que sean identificados en la gestión pública municipal, entre las autoridades e instancias

competentes.

Participar en las diferentes instancias de actualización y capacitación desarrolladas sobre

normativas y otras temáticas.

8. Coadyuvar_ con el Gobierno Autónomo Municipal en casos de desastres naturales y otras

contingencias.

9. Coordinar y cooperar de manera permanente con la Unidad de transparencia y lucha contra la

corrupción del Gobierno Autónomo Municipal de Acasio

10. Controla r el mantenimiento y uso de la infraestructura por parte de los beneficiarios en el

l.

2.

3.

4.

S.

Municipio.

ARTICULO 13. (INCOMP~ BIUDADES).- El ejercicio de las actoras· y lo actores de Participación

Ciudadana y Control Social Montclpat es Incompatible coo cultl ler cargo público Municipal, sea

remunerado o no; su aceptación supone re'rlUildatáctica a la representación.

ARTICULO 14. (GARANTIAS).- El Gobierno Autón,gmQ M~nicipal de Acasio, garantiza a la sociedad civil

organizada el ejercicio del derecho constitucional de Participación y Control Social ejercida a t ravés de

sus representantes mediante los mecanismos y espacios determinados en la presente Ley Municipal, además se garantiza

l . La protección contra cualquier t ipo de represalia en el ejercicio de la Participación Ciudadana y Control Socia l MunicipaL

2. El Acceso a los mecanismos y espacios de Participación Ciudadana y Control Social Municipal.

3. Ser actora o actor de Participación Ciudadana y Control Social Municipa l sin discriminación de

orden social, económico, político, ideológico, género y generacional o de cualquier índole.

4. Acceder a información confiable y oportuna.

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CONCEJO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE

A CASIO Segunda Sección de la Provincia General Bilbao Rioja

POTOSÍ- BOLIVIA

ARTICULO 15. (EQUIDAD DE GÉNERO Y GENERACIONAL E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES).- La

participación activa en los mecanismos y espacios de Participación Ciudadana y Control Social Municipa l,

así como en el ejercicio pleno de este derecho en la gestión pública municipal, se hará siempre en

condiciones de equ idad de género y generacionales e igualdad de oportunidades.

ARTICULO 16. (CONTINUIDAD DE LA GESTIÓN PÚBLICA MUNICIPAL).- El Control Social Municipal no

podrá retrasar, impedir o suspender, la ejecución o continuidad de planes, programas, proyectos,

servicios y actos administrativos de la gestión públ ica municipal, salvo que se demuestre. ante el Concejo

Municipal o las insfancias pertinentes un evidente y potencial daño a los intereses y al patrimonio del

Gobierno Autónomo M unicipal de Acasio y/o a los interés y derechos colectivos establecidos en la

constitución.

ARTICULO 17. (RESPONSABILIDADES).-

vigente.

ARTICULO 18. (ELECCIC\ft Y CESA<;_ION DE LAS ACTORAS Y ACTORES DE PARPCIPACIÓN CIUDADANA Y

CONTROL SOCIAL MUNic\PAL).- l. La elección de actoras y actores de Partici~ción Ciudadana y Control

Social Municipal se fe izara bajo~ normas y Rmcedimi~ntos propios, r~tando los principios de

equidad, paridad y alt nanciaugéne,r,o.

SOCIAL Y

riílmiiHIIliá n, por ausencia o •

zado por un nuevo

DEL CONTROL

y Control Social

f~..'CIE~termllfilttas en la presente norma,

ARTICULO 20. (MECANISMOS Y ESPACIOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DIRECTA). l. De acuerdo a lo

establecido por la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, las ciudadanas y ciudadanos

podrán ejercer Participación Ciudadana sin representación alguna mediante:

l. Iniciativa Legislativa Ciudadana.-Las ciudadanas y los ciudadanos ejercitarán el derecho a la

iniciativa legislativa que tendrá carácter de ante proyecto de ley, misma que deberá ser

presentada conforme a praceciim1ento legislativo local.

2. Referendo Municipal. El Referendo Municipal es un mecanismo constitucional de democracia

directa y participativa por el cual las ciudadanas y los ciudadanos, mediante sufragio universal,

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CONCEJO AUTÓNOMO MIJNICIP AL DE

A CASIO Segunda Sección de la Provincia General Bilbao Rioja

POfOS( - BOLIVIA

deciden sobre normas, políticas o asuntos de interés público Municipal. Su tratamiento se

sujeta a lo establecido por la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y la Ley.

3. Consulta Previa Municipal. Es el mecanismo constitucional · de democracia comunitaria por el

cual los actores sociales del municipio serán consultados por procedimientos y normas propias,

a través de sus instituciones, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativa

susceptible de afectarlas. Se sujeta su tratamiento al marco establecido por la Constitución

Política del Estado Plurinacional de Bolivia y la Ley.

4. Revocatoria de Mandato. La revocatoria de mandato es el mecanismo constitucional a través

del cual el pueblo soberano decide, mediante sufragio universal, sobre la continuidad o el cese

de funciones de las autoridades municipales electos por voto ciudadano. Se sujeta su

tratamiento al marco establecido por la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y la Ley.

l.

~ti.fmaoiiiiiifeliD•ir.He¡liiiiñti"'dtMiidliiii1iMma\M;m;¡¡¡vP~I expresa. 2.

será compuesta

sectores, (titular y su¡ll~m!k-.{;UVacbrifclfuiaciión<será

ARTICULO 22. (MECANI

a directa y participativa

IJlJUiu .... -.. se pronuncian sobre

instancia a objeto

norma, misma que

ones de diferentes

SOCIAL EN EL ÓRGANO

la rendici~n publica de cuentas, elaboración participativa de planes, proyectos y programas, el co~stión de acuerdo a la presente Ley y su respectivo Reglamento.

ARTICULO 23. (MECANISMOS V ESPACIOS DE PARTICIPACIÓN V CONTROL SOCIAL EN EL ÓRGANO

LEGISLATIVO MUNICIPAL}.- EL órgano Legislativo garanti zará la Participación Ciudadana y Control Social . . Municipal en su gestión a través de acceso a la información, la rendición publica de cuentas, elaboración

participativa de leyes a través de los mecanismos de Participación Ciudadana, el control a su gestión de

acuerdo a la presente Ley y su respectivo Reglamento.

ARTICULO 24. (MECANISMO V ESPACIO DE ATENCIÓN CIUDADANA).- Las Máximas Autoridades de

Órgano Ejecutivo, Órgano Legislativo, instituirá las audiencias públicas con el objetivo de recibir a las

actoras y los actores de manera individual o colectiva.

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CONCEJO AUTÓNOMO MIJNICIP AL DE

A CASIO Segunda Sección de la Provincia General Bilbao Rioja

POfOS( - BOLIVIA

deciden sobre normas, políticas o asuntos de interés público Municipal. Su tratamiento se

sujeta a lo establecido por la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y la Ley.

3. Consulta Previa Municipal. Es el mecanismo constitucional · de democracia comunitaria por el

cual los actores sociales del municipio serán consultados por procedimientos y normas propias,

a través de sus instituciones, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativa

susceptible de afectarlas. Se sujeta su tratamiento al marco establecido por la Constitución

Política del Estado Plurinacional de Bolivia y la Ley.

4. Revocatoria de Mandato. La revocatoria de mandato es el mecanismo constitucional a través

del cual el pueblo soberano decide, mediante sufragio universal, sobre la continuidad o el cese

de funciones de las autoridades municipales electos por voto ciudadano. Se sujeta su

tratamiento al marco establecido por la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y la Ley.

l.

~ti.fmaoiiiiiifeliD•ir.He¡liiiiñti"'dtMiidliiii1iMma\M;m;¡¡¡vP~I expresa. 2.

será compuesta

sectores, (titular y su¡ll~m!k-.{;UVacbrifclfuiaciión<será

ARTICULO 22. (MECANI

a directa y participativa

IJlJUiu .... -.. se pronuncian sobre

instancia a objeto

norma, misma que

ones de diferentes

SOCIAL EN EL ÓRGANO

la rendici~n publica de cuentas, elaboración participativa de planes, proyectos y programas, el co~stión de acuerdo a la presente Ley y su respectivo Reglamento.

ARTICULO 23. (MECANISMOS V ESPACIOS DE PARTICIPACIÓN V CONTROL SOCIAL EN EL ÓRGANO

LEGISLATIVO MUNICIPAL}.- EL órgano Legislativo garanti zará la Participación Ciudadana y Control Social . . Municipal en su gestión a través de acceso a la información, la rendición publica de cuentas, elaboración

participativa de leyes a través de los mecanismos de Participación Ciudadana, el control a su gestión de

acuerdo a la presente Ley y su respectivo Reglamento.

ARTICULO 24. (MECANISMO V ESPACIO DE ATENCIÓN CIUDADANA).- Las Máximas Autoridades de

Órgano Ejecutivo, Órgano Legislativo, instituirá las audiencias públicas con el objetivo de recibir a las

actoras y los actores de manera individual o colectiva.

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CONC~JO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE

ACASIO - .

Segunda Sección de la Provincia General Bilbao Rioja POTOS[ - BOLIVIA

CAPÍTULO V

TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL

ARTICULO 25. (ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL).- El Gobierno Autónomo Municipal .

pondrá a disposición y facilitará de manera efectiva i¡ oportuna la información a través de los siguientes

mecanismos:

1. PORTAL WÍB. Mecanismo que establece un portal de internet o sitio Web que ofrece a las

ciudadanas y los ciudadanos, de forma fácil e integrada, el acceso a la información municipal,

que míni111amente deberá publicar: Nomina de servidores públicos, Organigrama Municipal,

Manual de Funciones, Reglamento Interno, Programa Operativo Anual y Presupuesto,

2.

3.

4.

Especificaciones Técnicas de Obra, Plan de desarrollo Municipal, Plan de Ordenamiento

cr~llt=l.lll.lun Presupuestaria y Física,

Re~ii~dó~ileJroMtita!r;:serWtfél:;:¡,mífa;;tlrs torias a espacios de

actualizadas

la

municipales utilizarán

pública municipal; la

nicativos a través de

Órgano

y evaluación de

de Participación

ón Política del Estado

sus respectivas dependencias; prom ~~~1'!r~~~tlrlío Municipal de Acasio a trav_és de

· armente capacitación en el ejercicio de la

Participación Ciudadana y Control Social Municipal

CAPITULO VI

FINANCIAMIENTO

ARTICULO 28. (DEL FINANCIAMIENTO).- Los recursos designados a Participación Ciudadana y Control

Social Municipal efectivizarán el ejercicio de este derecho constitucional sujeta a reglamentación y las

normas administrativas vigentes.

ARTICULO 29. (MANEJO DE RECURSOS}.- Los recursos designados a Participación Ciudadana y Control

Social Municipal serán administrados de acuerdo a la reglamentación de la presente lev.

..

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CONCEJO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE

ACA.SIO Segunda Sección de la Provincia General Bilbao Rioja

POTOSf - BOLIVIA

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

·,

DISPOSICIÓN TRANSITORIAPRIMERA. El órgano Ejecutivo deberá elaborar y aprobara no mayor en el

lapso máximo de (90) días ca lendarios computables a partir de la publicación, la Reglamentación a la

presente Ley Municipal.

DISPOSICIÓN TRANSITORIASEGUNDA. El Órgano Ejecutivo, deberá incluir en el Presupu esto Municipal

las partidas específic~s para la Participación Ciudadana y Control Social Municipal, una vez aprobado el

Reglamento a la presente Ley Municipa;.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA l'ERC~RA. El Órgano Ejecutivo promulgara y publicara la presente Ley

Municipal en un plazo no mayor de diez días, y posterior Reglamentación en ~1 plazo estableCido.

Municipal.

Es dada en la Sa la

mil catorce años.

Fdo. Víctor Cruz U 1

POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cum~tl~t,¡;gmo Ley del Gobierno Autónomo Municipal de . i ~

Acasio a los cuatro días del mes de junio de dos mil catorce años .

.r~