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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN CONTRATO DE COMODATO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA UNACAR”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA MTRA. CATALINA MASSA CASANOVA, DIRECTORA DE LA ESCUELA PREPARATORIA DIURNA , EN SU CARÁCTER DE COMODANTE, ASISTIDO POR EL MTRO. FLORENTINO SALVADOR FÉLIX, SECRETARIO ACADÉMICO DE LA ESCUELA PREPARATORIA DIURNA Y POR LA OTRA PARTE EL (LA) C. ___________________ , A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL COMODATARIO” , REPRESENTANDO AL ALUMNO C. ____________________________ , EN SU CARACTER DE PADRE O TUTOR, A QUIENES EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, MISMOS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS QUE A CONTINUACIÓN SE DESCRIBEN: D E C L A R A C I O N E S I.- De “LA UNACAR”, a través de su representante, que: I.1.- Es una Institución Pública de Educación Superior, con personalidad jurídica, gobierno autónomo y patrimonio libremente administrado, con los atributos que se requieren para ejercer toda clase de derechos y contraer obligaciones conforme lo dispuesto en los artículos 1º, de la Ley Constitutiva y 6º de su Ley Orgánica decretada por el Congreso del Estado de Campeche el día 13 de Junio de 1967, publicada en el Periódico Oficial del Estado del mismo día, y sus reformas publicadas en el Periódico Oficial del Estado, con fechas 20 de junio de 2007 y 15 de noviembre de 2012. I.2.- Que conforme al artículo 2, de su Ley Constitutiva, mediante decreto número 262, publicado en Periódico Oficial del Estado el 15 de noviembre de 2012, tiene como fines impartir educación media superior y superior, la conservación, investigación y difusión de la cultura, especialmente la ciencia, la técnica y el arte, así como la enseñanza de las profesiones y la difusión de los conocimientos a la entre la población en general; coadyuvando con el desarrollo de los servicios de capacitación, asistencia técnica, consultorías y demás que procuren el mejoramiento de las actividades de los sectores productivos, sociales, económicos e institucionales del Estado de la región o de la nación. I.3.- Que la MTRA. CATALINA MASSA CASANOVA, Directora de la Escuela Preparatoria Diurna, tiene facultades para representarlo legalmente conforme al artículo 37 de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma del Carmen. I.4.- Que cuenta con equipos de cómputo que desea otorgar en comodato a los alumnos de sus planteles educativos, para uso exclusivo de su formación académica y desarrollo educativo. I.5.- Para los efectos de suscripción del presente contrato señala como domicilio legal el ubicado en calle 56, por Avenida Concordia, número 4, de la Colonia Benito Juárez de esta Ciudad del Carmen, Campeche, Código Postal número 24180. II.- De “EL COMODATARIO”: II.1.- Tiene la representación legítima de su hijo _________________________________ , con matrícula: _______. II.2.- Señala como su domicilio el ubicado en ___________________________________________________________ ____________. III.- De “LAS PARTES”, que: III.1.- Que se reconocen la personalidad jurídica con la que comparecen y la capacidad legal que ostentan para asumir derechos y obligaciones establecidas en el presente instrumento. III.2.- Que conocen el valor y alcance legal del presente instrumento, en el cual no existen vicios en el consentimiento que pudieren invalidarlo. En mérito de las declaraciones, “LAS PARTES” acuerdan las siguientes: C L Á U S U L A S PRIMERA.- “LAS PARTES” convienen en celebrar contrato de comodato de computadora, tipo Laptop. SEGUNDA.- “LA UNACAR” se obliga a conceder gratuitamente a “EL COMODATARIO” el uso temporal de un equipo de cómputo laptop de la marca HP Chromebook 11 G5 EE, pantalla de 11.6”, procesador INTEL Celeron N3060 1.60 GHz, Disco Duro de 16 GB, 2 GB de RAM, Sistema Operativo Chrome OS, número de serie: __________ y número de parte: Y4P09AV#999 TERCERA.- “EL COMODATARIO” acepta recibir de “LA UNACAR” la posesión del bien material de este contrato, para los efectos legales correspondientes. CUARTA.- “LA UNACAR” autoriza a “EL COMODATARIO” para usar el bien otorgado en COMODATO, exclusivamente para fines de enseñanza educativa de su representado, que contribuyan a su formación y desarrollo educativo, por lo que en consecuencia “EL COMODATARIO” se obliga a utilizar el bien (equipo de cómputo) con las aplicaciones y programas que tiene a la fecha de entrega, comprometiéndose a no insertar ninguna aplicación, programa o cualquier otra herramienta, diferente a las que recibe. QUINTA.- “El COMODATARIO” se compromete a que su menor representado participe en las actividades de capacitación para el uso del equipo de cómputo y la implementación del uso de la tecnología en la enseñanza. En caso de negarse a lo anterior sin causa justificada alguna, será causa de rescisión del presente contrato y “EL COMODATARIO” deberá hacer entrega inmediata del equipo otorgado por esta vía. SEXTA.- “EL COMODATARIO” se compromete y obliga a partir de la firma del presente contrato, a realizar los servicios necesarios para la adecuada conservación y mantenimiento del bien que se le entrega en COMODATO, así como a vigilar que su representado realice el buen uso del equipo y lo mantenga en óptimas condiciones. En caso contrario será causa de rescisión del presente contrato y “EL COMODATARIO”, deberá hacer entrega del equipo otorgado por esta vía. SÉPTIMA.- “LA UNACAR” se reserva el derecho de supervisar y vigilar, en cualquier tiempo, que el bien sea usando conforme a los términos y condiciones previstas en este CONTRATO DE COMODATO/PADRE O TUTOR PREPARATORIA DIURNA COMPUTADORAS/FEB/JULIO/18

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Page 1: COMPUTADORA … · Web viewPara la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, así como para todo lo no previsto en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción de

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN

CONTRATO DE COMODATO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA UNACAR”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA MTRA. CATALINA MASSA CASANOVA, DIRECTORA DE LA ESCUELA PREPARATORIA DIURNA, EN SU CARÁCTER DE COMODANTE, ASISTIDO POR EL MTRO. FLORENTINO SALVADOR FÉLIX, SECRETARIO ACADÉMICO DE LA ESCUELA PREPARATORIA DIURNA Y POR LA OTRA PARTE EL (LA) C. ___________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL COMODATARIO”, REPRESENTANDO AL ALUMNO C. ____________________________, EN SU CARACTER DE PADRE O TUTOR, A QUIENES EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, MISMOS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS QUE A CONTINUACIÓN SE DESCRIBEN:

D E C L A R A C I O N E S

I.- De “LA UNACAR”, a través de su representante, que:

I.1.- Es una Institución Pública de Educación Superior, con personalidad jurídica, gobierno autónomo y patrimonio libremente administrado, con los atributos que se requieren para ejercer toda clase de derechos y contraer obligaciones conforme lo dispuesto en los artículos 1º, de la Ley Constitutiva y 6º de su Ley Orgánica decretada por el Congreso del Estado de Campeche el día 13 de Junio de 1967, publicada en el Periódico Oficial del Estado del mismo día, y sus reformas publicadas en el Periódico Oficial del Estado, con fechas 20 de junio de 2007 y 15 de noviembre de 2012.

I.2.- Que conforme al artículo 2, de su Ley Constitutiva, mediante decreto número 262, publicado en Periódico Oficial del Estado el 15 de noviembre de 2012, tiene como fines impartir educación media superior y superior, la conservación, investigación y difusión de la cultura, especialmente la ciencia, la técnica y el arte, así como la enseñanza de las profesiones y la difusión de los conocimientos a la entre la población en general; coadyuvando con el desarrollo de los servicios de capacitación, asistencia técnica, consultorías y demás que procuren el mejoramiento de las actividades de los sectores productivos, sociales, económicos e institucionales del Estado de la región o de la nación.

I.3.- Que la MTRA. CATALINA MASSA CASANOVA, Directora de la Escuela Preparatoria Diurna, tiene facultades para representarlo legalmente conforme al artículo 37 de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma del Carmen.

I.4.- Que cuenta con equipos de cómputo que desea otorgar en comodato a los alumnos de sus planteles educativos, para uso exclusivo de su formación académica y desarrollo educativo.

I.5.- Para los efectos de suscripción del presente contrato señala como domicilio legal el

ubicado en calle 56, por Avenida Concordia, número 4, de la Colonia Benito Juárez de esta Ciudad del Carmen, Campeche, Código Postal número 24180.

II.- De “EL COMODATARIO”:

II.1.- Tiene la representación legítima de su hijo _________________________________, con matrícula: _______.

II.2.- Señala como su domicilio el ubicado en _______________________________________________________________________.

III.- De “LAS PARTES”, que:

III.1.- Que se reconocen la personalidad jurídica con la que comparecen y la capacidad legal que ostentan para asumir derechos y obligaciones establecidas en el presente instrumento.

III.2.- Que conocen el valor y alcance legal del presente instrumento, en el cual no existen vicios en el consentimiento que pudieren invalidarlo.

En mérito de las declaraciones, “LAS PARTES” acuerdan las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- “LAS PARTES” convienen en celebrar contrato de comodato de computadora, tipo Laptop.

SEGUNDA.- “LA UNACAR” se obliga a conceder gratuitamente a “EL COMODATARIO” el uso temporal de un equipo de cómputo laptop de la marca HP Chromebook 11 G5 EE, pantalla de 11.6”, procesador INTEL Celeron N3060 1.60 GHz, Disco Duro de 16 GB, 2 GB

de RAM, Sistema Operativo Chrome OS, número de serie: __________ y número de parte: Y4P09AV#999

TERCERA.- “EL COMODATARIO” acepta recibir de “LA UNACAR” la posesión del bien material de este contrato, para los efectos legales correspondientes.

CUARTA.- “LA UNACAR” autoriza a “EL COMODATARIO” para usar el bien otorgado en COMODATO, exclusivamente para fines de enseñanza educativa de su representado, que contribuyan a su formación y desarrollo educativo, por lo que en consecuencia “EL COMODATARIO” se obliga a utilizar el bien (equipo de cómputo) con las aplicaciones y programas que tiene a la fecha de entrega, comprometiéndose a no insertar ninguna aplicación, programa o cualquier otra herramienta, diferente a las que recibe.

QUINTA.- “El COMODATARIO” se compromete a que su menor representado participe en las actividades de capacitación para el uso del equipo de cómputo y la implementación del uso de la tecnología en la enseñanza. En caso de negarse a lo anterior sin causa justificada alguna, será causa de rescisión del presente contrato y “EL COMODATARIO” deberá hacer entrega inmediata del equipo otorgado por esta vía.

SEXTA.- “EL COMODATARIO” se compromete y obliga a partir de la firma del presente contrato, a realizar los servicios necesarios para la adecuada conservación y mantenimiento del bien que se le entrega en COMODATO, así como a vigilar que su representado realice el buen uso del equipo y lo mantenga en óptimas condiciones. En caso contrario será causa de rescisión del presente contrato y “EL COMODATARIO”, deberá hacer entrega del equipo otorgado por esta vía.

SÉPTIMA.- “LA UNACAR” se reserva el derecho de supervisar y vigilar, en cualquier tiempo, que el bien sea usando conforme a los términos y condiciones previstas en este contrato, y “EL COMODATARIO” se obliga a otorgarles todas las facilidades para que se lleven a cabo las actividades de supervisión y vigilancia.

OCTAVA.- “LAS PARTES” convienen que será motivo de rescisión automática del presente contrato, las siguientes:

a) Utilizar el bien dado en COMODATO, para fines distintos a los establecidos en este instrumento legal;

b) Ceder, entregar o traspasar el bien objeto de este contrato, a persona alguna no autorizada, quedando estrictamente prohibido lo anterior, en caso contrario será imputable de manera directa “AL COMODATARIO”;

c) Negarse a recibir la capacitación asignada por “LA UNACAR”, para el uso adecuado del equipo objeto del contrato;

d) No realizar las acciones de cuidado y mantenimiento necesarias para el buen funcionamiento del equipo;

e) Las demás que notifique “LA UNACAR”.

NOVENA.- “EL COMODATARIO” se compromete a dar aviso en un plazo máximo de 24 horas hábiles al Director del Plantel Escolar en caso de que el bien recibido fuera objeto de robo, extravío o daño. Así como colaborar a las actuaciones del procedimiento de investigación administrativa establecido por “LA UNACAR”. “EL COMODATARIO será directamente responsable de los daños, perdida o menoscabo del equipo otorgado en comodato. “LA UNACAR” podrá fijar como penalización correspondiente sobre esta pérdida o daño hasta el monto del costo unitario de dicho equipo.

DÉCIMA.- Al concluir el ciclo escolar febrero-julio 2018, durante los periodos de receso y en las fechas que determine “EL COMODATARIO” se obliga a devolver a “LA UNACAR” el bien que recibió en COMODATO en el estado en que se encuentre, pero respondiendo del deterioro que sufra por su culpa o negligencia.

DÉCIMA PRIMERA.- “LA UNACAR” podrá notificar a “EL COMODATARIO” condiciones específicas sobre el cuidado, uso y mantenimiento del equipo entregado objeto de este contrato, condiciones que deberán ser atendidas puntualmente. En caso de no serlo, será también causa de rescisión y entrega del equipo. En el caso de que “EL COMODATARIO” no entregue el equipo entregado por este contrato luego de rescindirse este contrato podrá causar la penalización de “EL COMODATARIO” conforme a lo establecido en la cláusula novena de este contrato.

DÉCIMA SEGUNDA.- El presente contrato iniciará su vigencia a partir de la fecha de su firma y concluirá al término del presente ciclo escolar febrero-julio 2018. En caso de que alguna de “LAS PARTES” quisiera dar por terminado el presente contrato antes de que concluya su vigencia, deberá notificarlo por escrito a la otra parte, por lo menos con 24 horas de anticipación a la fecha de vencimiento.

DÉCIMA TERCERA.- “LAS PARTES” convienen que el presente contrato podrá ser modificado o adicionado en cualquier tiempo, previo acuerdo entre ellas, mediante la celebración del instrumento jurídico correspondiente, que formará parte integrante del mismo, quienes se obligan a cumplir tales modificaciones o adiciones a partir de la fecha de su firma.

CONTRATO DE COMODATO/PADRE O TUTORPREPARATORIA DIURNACOMPUTADORAS/FEB/JULIO/18

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARMEN

DÉCIMA CUARTA.- “LAS PARTES” aceptan como guía básica del uso del programa, para el uso y conservación de los equipos portátiles el “Manual del Programa: Tecnología e Innovación en las escuelas preparatorias de la Universidad Autónoma del Carmen”.

DÉCIMA QUINTA.- “LAS PARTES” manifiestan que el presente contrato es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones que estén a su alcance y sean inherentes a su cumplimiento; en caso de controversias derivadas del mismo, “LAS PARTES” convienen solucionarlas de común acuerdo.

DÉCIMA SEXTA.- Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, así como para todo lo no previsto en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Competentes de la Ciudad del Carmen, Campeche, por lo que renuncian al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderles.

Leído que fue el presente contrato y enteradas “LAS PARTES” de su valor y contenido, se firma en dos ejemplares en la Ciudad del Carmen, Campeche, a los 23 días del mes de febrero de 2018.

POR “LA UNACAR” POR “EL COMODATARIO”

___________________________ ______________________________MTRA. CATALINA MASSA CASANOVA DIRECTORA DE LA ESCUELA PREPARATORIA DIURNA

C. NOMBRE DEL PADRE O TUTOR

ASISTIDO POR: ALUMNO:

______________________________ ______________________________MTRO. FLORENTINO SALVADOR FÉLIX

SECRETARIO ACADÉMICO DE LA ESCUELA PREPARATORIA DIURNA

NOMBRE DEL ALUMNO

______________________________MTRO. JESÚS CAUICH MADERO.PATRIMONIO UNIVERSITARIO.

CONTRATO DE COMODATO/PADRE O TUTORPREPARATORIA DIURNACOMPUTADORAS/FEB/JULIO/18