comparativo a-120 discapacidad

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  • 8/19/2019 Comparativo a-120 Discapacidad

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    PROPUESTACONASEG 2016

    NORMA A.120– EDICIÓN 2009DS Nº 011-2006-VIVIENDA 08-V-2006

    NORMA A.120 VIVIENDAACCESIBILIDAD PARA PERSONAS CON

    DISCAPACIDAD Y DE LAS PERSONAS

    ADULTAS MAYORES

    CAPITULO I

    GENERALIDADESArtículo 1.- La presente Norma establece las condiciones yespecificaciones técnicas de diseño para la elaboración de proyectos yejecución de obras de edificación, y para la adecuación de las existentesdonde sea posible, con el fin de acerlas accesibles a las personas condiscapacidad y!o adultas mayores.

    Artículo ".- La presente Norma ser# de aplicación obli$atoria, para todas

    las edificaciones donde se presten ser%icios de atención al p&blico, depropiedad p&blica o pri%ada.

    ". a.- 'ara las edificaciones de ser%icios p&blicos". b.- Las #reas de uso com&n de los (onjuntos )esidenciales y *uintas,así como los %estíbulos de in$reso de los +dificios ultifamiliares para losue se exija ascensor.

    Artículo .- 'ara los efectos de la presente Norma se entiende por/

    'ersona con discapacidad/ Auella ue, temporal o permanentemente,tiene una o m#s deficiencias de al$una de sus funciones físicas, mentalesó sensoriales ue impliue la disminución o ausencia de la capacidad de

    reali0ar una acti%idad dentro de formas o m#r$enes consideradosnormales.'ersona Adulto ayor/ e acuerdo al articulo " de la Ley N "223 de las'ersonasadultas mayores. 4e entiende por 'ersonas Adultas ayores a todasauellas ue ten$an 53 o m#s años de edad.Accesibilidad/ La condición de acceso ue presta la infraestructuraurbanística y edificatoria para facilitar la mo%ilidad y el despla0amientoautónomo de las personas, en condiciones de se$uridad.)uta accesible/ )uta libre de barreras aruitectónicas ue conectan loselementos yambientes p&blicos accesibles dentro de una edificación.6arreras aruitectónicas/ 4on auellos impedimentos, trabas u obst#culos

    físicos ue limitan o impiden la libertad de mo%imiento de personas condiscapacidad.4eñali0ación/ 4istema de a%isos ue permite identificar los elementos yambientesp&blicos accesibles dentro de una edificación, para orientación de losusuarios.4eñales de acceso/ 4ímbolos con%encionales utili0ados para señalar laaccesibilidad aedificaciones y ambientes.4er%icios de atención al p&blico/ Acti%idades en las ue se brinde un

    ser%icio ue pueda ser solicitado libremente por cualuier persona. 4onser%icios de atención al p&blico, los ser%icios de salud, educati%os,recreacionales, judiciales, de los $obiernos central, re$ional y local, de

    se$uridad ciudadana, financieros, y de transporte

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    NORMA A.120– EDICIÓN 2009DS Nº 011-2006-VIVIENDA 08-V-2006

    (A'789L: 77 (:N7(7:N+4 ;+N+)AL+4

    Artículo Los pisos de los accesos deber#n estar fijos, uniformes y tener una

    superficie con materiales antidesli0antes.b> Los pasos y contrapasos de las $radas de escaleras, tendr#n

    dimensiones uniformes.c> +l radio del redondeo de los cantos de las $radas no ser# mayor de1mm.

    d> Los cambios de ni%el asta de 5mm, pueden ser %erticales y sintratamiento de bordes? entre 5mm y 1mm deber#n ser biselados, conuna pendiente no mayor de 1/", y los superiores a 1mm deber#n serresueltos mediante rampas.

    e> Las rejillas de %entilación de ambientes bajo el piso y ue seencuentren al ni%el de tr#nsito de las personas, deber#n resol%ersecon materiales cuyo espaciamiento impida el paso de una esfera de1 mm. (uando las platinas ten$an una sola dirección, estas deber#nser perpendiculares al sentido de la circulación.

    f> Los pisos con alfombras deber#n ser fijos, confinados entre paredes

    y!o con platinas en sus bordes. +l $rosor m#ximo de las alfombrasser# de 1mm, y sus bordes expuestos deber#n fijarse a la superficiedel suelo a todo lo lar$o mediante perfiles met#licos o de otro materialue cubran la diferencia de ni%el.

    $> Las manijas de las puertas, mamparas y paramentos de %idrio ser#nde palanca con una protuberancia final o de otra forma ue e%ite uela mano se deslice acia abajo. La cerradura de una puerta accesibleestar# a 1."3 m. de altura desde el suelo, como m#ximo.

    Artíc!" 6.- +n los in$resos y circulaciones de uso p&blico deber#cumplirse lo si$uiente/

    a> +l in$reso a la edificación deber# ser accesible desde la acera

    correspondiente. +n caso de existir diferencia de ni%el, adem#s de laescalera de acceso debe existir una rampa.b> +l in$reso principal ser# accesible, entendiéndose como tal al utili0adopor el p&blico en $eneral. +n las edificaciones existentes cuyasinstalaciones se adapten a la presente Norma, por lo menos uno de susin$resos deber# ser accesible.c> Los pasadi0os de anco menor a 1.=3 m. deber#n contar con espaciosde $iro de una silla de ruedas de 1.=3 m. x 1.=3 m., cada "= m. +npasadi0os con lon$itudes menores debe existir un espacio de $iro.

    Artículo @.- 8odas las edificaciones de uso p&blico o pri%adas de usop&blico, deber#n ser accesibles en todos sus ni%eles para personas condiscapacidad.

    Artíc!" 8.-  Las dimensiones y características de puertas y mamparas

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    NORMA A.120– EDICIÓN 2009DS Nº 011-2006-VIVIENDA 08-V-2006

    deber#n cumplir lo si$uiente/

    > +l anco mínimo de las puertas ser# de 1."3m para las principales y

    de B3cm para las interiores. +n las puertas de dos ojas, una de ellastendr# un anco mínimo de B3cm.i> b> e utili0arse puertas $iratorias o similares, deber# pre%erse otra

    ue permita el acceso de las personas en sillas de ruedas. j> c> +l espacio libre mínimo entre dos puertas batientes consecuti%as

    abiertas ser# de 1."3 m.

    Artículo B.- Las condiciones de diseño de rampas son las si$uientes/a> +l anco libre mínimo de una rampa ser# de B3cm. entre los muros

    ue la limitan y deber# mantener los si$uientes ran$os de pendientesm#ximas/

    iferencias de ni%el de asta 3."= m. 1"C de pendienteiferencias de ni%el de 3."5 asta 3.@= m. 13C de pendienteiferencias de ni%el de 3.@5 asta 1."3 m. 2C de pendienteiferencias de ni%el de 1."1 asta 1.23 m. 5C de pendienteiferencias de ni%el de 1.21 asta ".33 m. +n el caso de tramos paralelos, el descanso abarcar# ambos tramosm#s el ojo o muro intermedio, y su profundidad mínima ser# de 1."3m.

    d> (uando dos ambientes de uso p&blico adyacentes y funcionalmente relacionadtener rampas para superar los desni%eles y superar el f#cil acceso a las person

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    NORMA A.120– EDICIÓN 2009DS Nº 011-2006-VIVIENDA 08-V-2006

    Artículo 13.- Las rampas de lon$itud mayor de .33m, así como lasescaleras, deber#n parapetos o barandas en los lados libres y pasamanosen los lados confinados por paredes y deber#n cumplir lo si$uiente/

    a> Los pasamanos de las rampas y escaleras, ya sean sobre parapetos obarandas, o adosados a paredes, estar#n a una altura de 23 cm., medida%erticalmente desde la rampa o el borde de los pasos, se$&n sea el caso.b> La sección de los pasamanos ser# uniforme y permitir# una f#cil yse$ura sujeción?debiendo los pasamanos adosados a paredes mantener una separaciónmínima de.= cm. con la superficie de las mismas.c> Los pasamanos ser#n continuos, incluyendo los descansosintermedios, interrumpidos en caso de accesos o puertas y se prolon$ar#nori0ontalmente Los bordes de un piso transitable, abiertos o %idriados acia un planoinferior con una diferencia de ni%el mayor de 3 cm., deber#n estarpro%istos de parapetos o barandas de se$uridad con una altura nomenor de 23 cm. Las barandas lle%ar#n un elemento corrido ori0ontal deprotección a 1= cm. sobre el ni%el del piso, o un sardinel de la mismadimensión.

    Artículo 11.- Los ascensores deber#n cumplir con los si$uientes reuisitos

    a> Las dimensiones interiores mínimas de la cabina del ascensor parauso en edificios residenciales ser# de 1.33 m de anco y 1."3 m deprofundidad.

    b> Las dimensiones interiores mínimas de la cabina del ascensor enedificaciones de uso p&blico o pri%adas de uso p&blico, ser# de 1."3 m deanco y 1. Las botoneras se ubicar#n en cualuiera de las caras laterales de lacabina, entre3.B3 m y 1.= m de altura. 8odas las indicaciones de las botonerasdeber#n tener su eui%alente en 6raille.e> Las puertas de la cabina y del piso deben ser autom#ticas, y de un

    anco mínimo de3.B3 m. con sensor de paso. elante de las puertas deber# existir unespacio ue permita el $iro de una persona en silla de ruedas.f> +n una de las jambas de la puerta deber# colocarse el n&merode piso en señal braille.$> 4eñales audibles deben ser ubicadas en los lu$ares de llamada paraindicar cuandoel ele%ador se encuentra en el piso de llamada.

    Artículo 1".- +l mobiliario de las 0onas de atención deber# cumplir con lossi$uientes reuisitos/

    .

    a> 4e abilitar# por lo menos una de las %entanillas de atención alp&blico, mostradores o cajas re$istradoras con un anco de 23 cm. y una

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    NORMA A.120– EDICIÓN 2009DS Nº 011-2006-VIVIENDA 08-V-2006

    altura m#xima de 23cm., asímismo deber# tener un espacio libre de obst#culos, con una altura mínimade @= cm.

    b> Los asientos para espera tendr#n una altura no mayor de Los interruptores y timbres de llamada, deber#n estar a una altura nomayor a 1.= m.d> 4e deber#n incorporar señales %isuales luminosas al sistema dealarma de la edificación.e> +l C del n&mero total de elementos fijos de almacenaje de usop&blico, tales como casilleros, $abinetes, armarios, etc. o por lo menos,uno de cada tipo, debe ser

    accesible.

    Artículo 1.- Los teléfonos p&blicos deber#n cumplir con los si$uientes

    reuisitos/

    a> +l 13 C de los teléfonos p&blicos o al menos uno de cada batería detres, debe ser accesible. La altura al elemento manipulable mas altodeber# estar ubicado a 1.3 m.b> Los teléfonos accesibles permitir#n la conexión de audífonospersonales y contar#n con controles capaces de proporcionar un aumentode %olumen de entre 1" y 12 decibeles por encima del %olumen normal.c> +l cable ue %a desde el aparato telefónico asta el auricular de manodeber# tener por lo menos @=cm de lar$o.d> elante de los teléfonos col$ados en las paredes deber# existir unespacio libre de@=cm de anco por 1."3 m de profundidad, ue permita la aproximación

    frontal o paralela al teléfono de una persona en silla de ruedas.e> Las cabinas telefónicas, tendr#n como mínimo 23 cm. de anco y 1."3cm. de profundidad, libre de obst#culos, y su piso deber# estar ni%eladocon el piso adyacente. +l acceso tendr#, como mínimo, un anco libre de23 cm. y una altura de".13 m.

    Artículo 1 La%atorios- Los la%atorios deben instalarse adosados a la pared o empotrados en untablero indi%idualmente y soportar una car$a %ertical de 133 D$s.- +l distanciamiento entre la%atorios ser# de B3cm entre ejes.- eber# existir un espacio libre de @=cm x 1."3 m al frente del la%atoriopara permitir la aproximación de una persona en silla de ruedas.- 4e instalar# con el borde externo superior o, de ser empotrado, con la

    superficie superior del tablero a 2=cm del suelo. +l espacio inferioruedar# libre de obst#culos, con excepción del desa$Ee, y tendr# una

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    altura de @=cm desde el piso asta el borde inferior del mandil o fondo deltablero de ser el caso. La trampa del desa$Ee se instalar# lo m#scerca al fondo del la%atorio ue permita su

    instalación, y el tubo de bajada ser# empotrado. No deber# existirnin$unasuperficie abrasi%a ni aristas filosas debajo del la%atorio.- 4e instalar# $rifería con comando electrónico o mec#nica de botón,con mecanismo de cierre autom#tico ue permita ue el caño permane0caabierto, por lo menos, 13 se$undos. +n su defecto, la $rifería podr# ser dealeta.

    b> 7nodoros- +l cubículo para inodoro tendr# dimensiones mininas de 1.=3m por "m,con una puerta de anco no menor de B3cm y barras de apoyo tubularesadecuadamente instaladas, como se indica en el ;r#fico 1.- Los inodoros se instalar#n con la tapa del asiento entre 9rinarios- Los urinarios ser#n del tipo pesebre o col$ados de la pared. +star#npro%istos de un borde proyectado acia el frente a no m#s de 8inas- Las tinas se instalar#n encajonadas entre tres paredes como se muestraen los ;r#ficos , < y =. La lon$itud del espacio depende de la forma enue acceda la persona en silla de ruedas, como se indica en los mismos$r#ficos. +n todo caso, deber# existir una franja libre de @=cm de anco,adyacente a la tina y en toda su lon$itud, para permitir la aproximación dela persona en silla de ruedas. +n uno de los extremos de esta franja podr#ubicarse, de ser necesario, un la%atorio.

    - +n el extremo de la tina opuesto a la pared donde se encuentre la$rifería, deber# existir un asiento o poyo de anco y altura i$uales al de latina, y de

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    NORMA A.120– EDICIÓN 2009DS Nº 011-2006-VIVIENDA 08-V-2006

    - 4i se instalan puertas en las tinas, éstas de preferencia ser#n corredi0asno podr#n obstruir los controles o interferir el acceso de la persona en sillade ruedas, ni lle%ar rieles montados sobre el borde de las tinas.

    - Los pisos ser#n antidesli0antes.e> ucas- Las ducas tendr#n dimensiones mínimas de B3cm x B3cm y estar#nencajonadas entre tres paredes, tal como se muestra en el ;r#fico 5. +ntodo caso deber# existir un espacio libre adyacente de, por lo menos, 1.=3m. por 1.=3 m. ue permita la aproximación de una persona en silla deruedas.- Las ducas deber#n tener un asiento rebatible o remo%ible de Accesorios- Los toalleros, jaboneras, papeleras y secadores de mano deber#ncolocarse a una altura entre =3 cm. y 1m.- Las barras de apoyo, en $eneral, deber#n ser antidesli0antes, tener undi#metro exterior entre cm y

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    e 3 a = estacionamientos nin$unoe 5 a "3 estacionamientos 31

    e "1 a =3 estacionamientos 3"e =1 a +n los restaurantes y cafeterías con capacidad para m#s de 133personas, deber#n pro%eerse un =C de espacios accesibles parapersonas con discapacidad, en las mismas condiciones ue los dem#sespacios.c> +n las edificaciones ue reuieran tres o m#s aparatos sanitarios almenos uno deber# ser accesibles a personas con discapacidad.

    Artículo 12.- Las edificaciones para recreación y deportes deber#n cumplircon los si$uientes reuisitos adicionales/

    a> +n las salas con asientos fijos al piso se deber# disponer de espaciospara personas en sillas de ruedas, a ra0ón de 1 por los primeros =3asientos, y el 1C del n&mero total, a partir de =1. Las fracciones ser

    redondean al entero mas cercano.

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    b> +l espacio mínimo para un espectador en silla de ruedas ser# de 3.B3m de anco y de 1."3mts de profundidad. Los espacios para sillas deruedas deber#n ser accesibles.

    Artículo 1B.- Las edificaciones de ospedaje deber#n cumplir con lossi$uientes reuisitos/

    a> eber#n existir abitaciones accesibles a ra0ón de 1 por las primeras"=, y el "C del n&mero total, a partir de "5. Las fracciones ser redondeanal entero mas cercano.b> Las abitaciones accesibles deber#n ser similares a las dem#sabitaciones se$&n su cate$oría.c> +n las abitaciones accesibles se deben pro%eer de alarmas %isuales ysonoras, instrumentos de notificación y teléfonos con lu0.

    Artículo "3.- Las edificaciones de transporte y comunicaciones

    deber#n cumplir con los si$uientes reuisitos/

    a> +n las #reas para espera de pasajeros en terminales se deber#disponer de espacios para personas en sillas de ruedas, a ra0ón de 1 porlo primeros =3 asientos, y el 1C del n&mero total, a partir de =1. Lasfracciones ser redondean al entero mas cercano.b> 4i el sistema de información y a%isos al p&blico del terminal o delaeropuerto es por medio de un sistema de locución, deber# instalarseun sistema alternati%o ue permita ue las personas con problemas deaudición o sordas tomen conocimiento de la información.c> eber# existir una ruta accesible desde el in$reso al local, astalas #reas de embarue.d> Las #reas de %enta de pasajes, los puntos de control de se$uridad, y

    las #reas de espera de pasajeros y de entre$a de euipaje, deber#n seraccesibles.

    (A'H89L: 7J(:N7(7:N+4 + A((+4767L7A +7I7(A(7:N+4 'A)A J7J7+NA

    Artículo "1.- Las #reas de uso com&n de los (onjuntos )esidenciales y*uintas, así como los %estíbulos de in$reso de los +dificios ultifamiliarespara los ue se exija ascensor, deber#n cumplir con condiciones deaccesibilidad, mediante rampas o medios mec#nicos? las rampas sepodr#n diseñar asta con 1" C de pendiente.

    Artículo "".- Los %anos para instalación de puertas de acceso a las%i%iendas ser#n como mínimo de 3.B3 m. de anco y de ".13 m. de altura.

    (A'H89L: J 4+KAL7A(7MN

    Artículo ".- +n los casos ue se reuieran señales de acceso y a%isos,se deber# cumplir lo si$uiente/a> Los a%isos contendr#n las señales de acceso y sus respecti%asleyendas debajo de los mismos. La información de pisos, accesos,nombres de ambientes en salas de espera, pasajes y ascensores, deber#estar indicada adem#s en escritura 6raille.

    b> Las señales de acceso, en los a%isos adosados a paredes, ser#n de1=cm x 1=cm como mínimo. +stos a%isos se instalar#n a una altura de

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    NORMA A.120– EDICIÓN 2009DS Nº 011-2006-VIVIENDA 08-V-2006

    1. Los a%isos soportados por postes o col$ados tendr#n, como mínimo,