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CONCURSO Nº 2018PP-000017-PROV COMPAÑIA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ, S.A. CONCURSO ADQUISICION 2018PP-000017-PROV COMPRA DE SISTEMAS DE MEDICIÓN DE ENERGÍA Y POTENCIA ELÉCTRICA. APERTURA DE OFERTAS A LAS 13 HORAS DEL DIA 26/11/2018 SAN JOSE, COSTA RICA 2018

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CONCURSO Nº 2018PP-000017-PROV

COMPAÑIA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ, S.A.

CONCURSO ADQUISICION 2018PP-000017-PROV

COMPRA DE SISTEMAS DE MEDICIÓN DE ENERGÍA Y POTENCIA

ELÉCTRICA.

APERTURA DE OFERTAS

A LAS 13 HORAS DEL DIA 26/11/2018

SAN JOSE, COSTA RICA

2018

CONCURSO N°2018PP -000017- PROV

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INDICE

CAPITULO I ................................................................................................................................. 3 CONDICIONES GENERALES ..................................................................................................... 3 CAPITULO II ................................................................................................................................ 3 CONDICIONES ESPECIALES .................................................................................................... 3 1. INVITACIÓN A CONCURSAR ......................................................................................... 3 2. PRESENTACIÓN DE OFERTAS: .................................................................................... 3 3. MONTO ESTIMADO ........................................................................................................ 4 4. CONSULTAS Y ACLARACIONES .................................................................................. 4 5. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO .............................................................................. 4 6. ACLARACIONES DE OFERTAS..................................................................................... 4 7. VIGENCIA DE OFERTA .................................................................................................. 4 8. PRECIOS ......................................................................................................................... 4

9. TIEMPO DE ENTREGA DEL EQUIPO ............................................................................... 5 10. LUGAR DE ENTREGA DEL EQUIPO .............................................................................. 5 11. GARANTÍA DE PARTICIPACION ................................................................................... 5 12. GARANTÍA DEL EQUIPO ............................................................................................... 5 13. MODALIDAD Y FORMA DE PAGO ................................................................................ 6 14. CLÁUSULA PENAL ........................................................................................................ 6 15. MULTAS .......................................................................................................................... 6 16. REQUISITOS OBLIGATORIOS DE ADMISIBILIDAD DE OFERTAS ............................. 7 17. CERTIFICACIONES ........................................................................................................ 7 18. MUESTRAS ..................................................................................................................... 7 19. ESTUDIO Y ADJUDICACION .......................................................................................... 8 20. SISTEMA DE VALORACIÓN Y COMPARACIÓN ........................................................... 8

21. REQUISITOS OBLIGATORIOS DEL ADJUDICATARIO ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. 22. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA .......................... ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO. CAPITULO III ............................................................................................................................... 9 REQUERIMIENTO ....................................................................................................................... 9 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ............................................................................................. 10 JUSTIFICACIÓN DE LA CLASULA PENAL Y LA MULTA ....................................................... 29

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CAPITULO I

CONDICIONES GENERALES

Para este concurso regirán las Condiciones Generales del cartel para todo tipo de concurso tramitado por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz S.A., publicadas en la Gaceta, Nº 179 del viernes 28 de setiembre del 2018, página 32 a la 34.

CAPITULO II

CONDICIONES ESPECIALES

1. INVITACIÓN A CONCURSAR

La Compañía Nacional de Fuerza y Luz, S.A., (C.N.F.L., S.A.), con cédula jurídica N° 3-101-000046-36, con domicilio en San José, Costa Rica, Centro América, invita a concursar para la compra de Sistemas de Medición de Energía y Potencia Eléctrica. La oferta se recibirá hasta las 13 horas del día 26/11/2018, en nuestra Área de Proveeduría Empresarial, 250 metros al este de “Pozuelo, S.A.” en la Uruca, (frente a Ciudad Toyota) Rige para este concurso la Ley Nº 8660 “Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del sector Telecomunicaciones” y el reglamento para los procesos de contratación de las empresas del Instituto Costarricense de Electricidad, publicado en La Gaceta Nº 85 del 27 de Mayo del 2016. La oferta deberá presentarse haciendo referencia expresa a cada una de las condiciones generales, especiales y técnicas solicitadas, en este cartel.

2. PRESENTACIÓN DE OFERTAS:

La oferta será entregada en idioma español en original y copia, y una copia digitalizada fiel a la original, en sobre cerrado en el Área de Proveeduría Empresaria de la CNFL., sita en 250 metros al este de “Pozuelo, S.A.” en la Uruca, (frente a Ciudad Toyota). La persona que suscriba la oferta, por sí o en representación, deberá indicar su nombre y apellidos, sus calidades y número de cédula de identidad o de residencia, número de teléfono y fax, dirección postal, e iguales datos de sus representadas, si fuera el caso. Cuando el oferente concurra a través de apoderado o de representantes de casas extranjeras, así debe hacerse constar, de manera que quede claramente establecida la identidad de la casa o persona que propone y la del agente a través de quien lo hace. Las ofertas deberán ser presentadas en forma ordenada, separando la información legal, técnica y financiara en forma clara. Las ofertas que se presenten tardíamente, serán recibidas pero no evaluadas

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La oferta debe venir debidamente foliada, incluyendo toda la información necesaria y con la siguiente leyenda:

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ, S.A. CONCURSO N°2018PP -000017- PROV COMPRA DE SISTEMAS DE MEDICIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y POTENCIA

3. MONTO ESTIMADO

La presente contratación es por un monto estimado de ¢ 2.835.109.110,00 sujeta a la disposición de los recursos económicos.

4. CONSULTAS Y ACLARACIONES

Las consultas y aclaraciones relativas a esta contratación deberán realizarse por carta o facsímile (FAX), a la siguiente dirección.

CARTA: Compañía Nacional de Fuerza y Luz, S.A. Aptdo. 10026-1000 San José, Costa Rica CONCURSO N°2018PP -000017- PROV Atención Área de Proveeduría Empresarial Fax: (506) 2232-7927

Se podrán presentar aclaraciones dentro del primer cuarto del plazo para recibir ofertas, si se presentan fuera de ese plazo podrán ser atendidas pero no impedirán la apertura prevista. Si son aclaraciones de oficio por la CNFL, que no impliquen modificaciones sustanciales la CNFL las incorporará al expediente y dará una adecuada difusión dentro de las veinticuatro horas siguientes.

5. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO

Dependencia : Área Laboratorio de Sistemas de Medición de Energía Eléctrica Nombre : Adriana Porras Zúñiga Teléfono : 2295-5613 Correo electrónico : [email protected]

6. ACLARACIONES DE OFERTAS

La CNFL se reserva el derecho de solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas, las cuales deberán responderse dentro del plazo indicado en la solicitud de aclaración. De no recibirse respuesta en ese plazo, se tomará como no aclarado lo solicitado, con las consecuencias correspondientes para el análisis de la oferta.

7. VIGENCIA DE OFERTA

La vigencia de las ofertas será como mínimo de 90 días hábiles a partir de la fecha de la apertura de ofertas.

8. PRECIOS

Los precios cotizados serán unitarios y totales, firmes y definitivos según vigencia de la oferta, la oferta deberá indicar por separado todos los impuestos directos e indirectos, cargas sociales,

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contribuciones o cualquier otro tipo de obligación tributaria que establezca el ordenamiento jurídico costarricense, derivados de la ejecución de la presente contratación, para lo cual deberá indicar dentro de su oferta el monto y la naturaleza de los impuestos que la afectan. Los montos se establecerán claramente en números y letras. Si se omite esta referencia se tendrán por incluidos en el precio cotizado, tanto los impuestos, tasas, sobretasas y aranceles de importación, como los demás impuestos del mercado local.

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9. TIEMPO DE ENTREGA DEL EQUIPO

El equipo deberá ser entregado 20 días hábiles después de notificada la orden de compra por parte de la Proveeduría.

10. LUGAR DE ENTREGA DEL EQUIPO

Los equipos deberán ser entregados en Área Almacén Anonos.

11. GARANTÍA DE PARTICIPACION

La garantía de participación será por un monto de 1% del valor total cotizado, con una vigencia no menor de 60 días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.

12. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

La garantía de cumplimiento será por un monto de un 5% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima por el período de entrega ofrecido, más dos meses adicionales. El contratista se compromete a mantener vigente esta garantía durante toda la vigencia del contrato más 2 meses adicionales.

13. GARANTÍA DEL EQUIPO

Se debe realizar la entrega por escrito de certificado de garantía en donde se especifique

puntualmente cada uno de los ofrecimientos de la fábrica.

El fabricante debe aportar por escrito, el costo de una extensión de garantía por 12 meses, adicionales a los 12 meses de garantía del equipo según dato anterior. La CNFL se reserva el derecho de adjudicar o no este punto, además se debe considerar de acuerdo al valor, funcionalidad y uso del equipo si este plazo de extensión de garantía se puede extender en 24 meses adicionales o sea un total de 36 meses. Garantía del Software: La Garantía debe ser como mínimo de 2 años en cuanto a daños como defectos en cuanto a la instalación, funcionalidad e incompatibilidad del software.

El contratista queda comprometido a reponer, por su cuenta y riesgo, incluyendo el transporte y cualquier otro gasto adicional, los materiales, equipos o sus componentes que se pruebe se han dañado o bien que presenten problemas de desempeño durante el período de garantía como consecuencia de defectos de fabricación, por mala calidad de los materiales empleados,

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por funcionamiento defectuoso, por deficiente embalaje o por cualquier otra causa imputable al contratista. Los bienes reemplazados por las causas enumeradas anteriormente gozarán de las mismas garantías de reemplazo por cuenta del Contratista. Si el daño se repitiera se suspenderá la vigencia del periodo que el contratista tarda en reemplazar los bienes adjudicados una vez comprobado que los mismos funcionen en óptimas condiciones, la garantía vuelve a correr por lo que resta del periodo de vigencia. Los componentes reemplazados gozarán del mismo periodo de garantía originalmente solicitado. Los contratistas, en todos los casos, serán los que cubrirán los costos de envío, reparación o sustitución y devolución. El contratista deberá garantizar la existencia y el suministro de piezas de repuesto, incluyendo los componentes que no sean de su manufactura.

14. MODALIDAD Y FORMA DE PAGO

La forma de pago será una vez recibido todo el equipo a entera satisfacción por parte del Administrador del Contrato, contra presentación de factura a 30 días naturales de plazo, previa aprobación del administrador del contrato, mediante transferencia bancaria, para lo cual el oferente deberá indicar en su oferta el número de cuenta en el BCR (Banco de Costa Rica) o BNCR (Banco Nacional de Costa Rica) a donde acreditar el pago. De acuerdo a la Política Tributaria establecida por Ley, las facturas deberán cumplir con todas las normas y requisitos técnico-legales. La CNFL rebajará según la Legislación vigente, el 2% por concepto del Impuesto sobre la Renta de cada factura a pagar.

Para dar curso al respectivo pago de la factura, el contratista deberá aportar la certificación de la Caja Costarricense de Seguro Social, que se encuentra al día con el pago de las cuotas obrero patronal.

15. CLÁUSULA PENAL

Si existiera atraso en la entrega del equipo, de acuerdo con las condiciones del cartel y de la oferta, el contratista deberá pagar a la CNFL por concepto de cláusula penal la suma del 0.6% del valor total adjudicado por cada día natural de atraso. El máximo a cobrar será del 25% del total del contrato.

El cobro será automático con cargo a las retenciones del precio que se hubieran practicado y a las facturas pendientes de pago. Según el Voto Nº 2015-6057 de las once horas y treinta y uno minutos de veintinueve de abril de dos mil quince, de la Sala Constitucional.

16. MULTAS

Igualmente si existiera una defectuosa ejecución del objeto contratado, el contratista deberá pagar a la CNFL por concepto de multa la suma de 0.6% del valor total adjudicado de la parte incumplida por cada día natural en que persista esta condición. El máximo a cobrar será el 25 % del valor del contrato.

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Los incumplimientos que originan el cobro de la multa: Atrasos en el tiempo de entrega de los equipos. Incumplimiento con especificaciones técnicas y parámetros de programación en fábrica, en el caso que los medidores deban de retornar a fábrica para programación o reconfiguración. Incumplimiento en las tolerancias de calibración establecidas en las normas técnicas de la ARESEP, previa calibración por parte del Laboratorio. El cobro será automático con cargo a las retenciones del precio que se hubieran practicado y a las facturas pendientes de pago. Según el Voto Nº 2015-6057 de las once horas y treinta y uno minutos de veintinueve de abril de dos mil quince, de la Sala Constitucional.

17. REQUISITOS OBLIGATORIOS DE ADMISIBILIDAD DE OFERTAS

Constancia de inscripción de medidor ante la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP). Cumplir con lo estipulado en el plan nacional de asignación de frecuencias PNAF por parte del MICIT en el apartado de medidores AMI. El oferente debe suministrar junto con su oferta la información necesaria y suficiente que permita el análisis y evaluación de las especificaciones técnicas, en idioma español. El oferente debe suministrar junto con su oferta nota de la empresa, con al menos 30 días de emisión donde se haga constar que es el representante de la tecnología a ofertar. El oferente debe contar con un (1) caso de implementación de la tecnología a ofrecer, que haya sido desarrollada en Costa Rica, para la cual deberá presentar con al menos 30 días de emisión una nota por parte de una distribuidora en el país que certifique que ha implementado un sistema AMI.

18. CERTIFICACIONES

Los oferentes nacionales deberán estar al día en el pago de las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social, o bien, tener un arreglo de pago aprobado por ésta, vigente al momento de la apertura de las ofertas, para lo cual deberán aportar las certificaciones correspondientes junto con su oferta.

19. MUESTRAS

Se requiere _1_ unidades de muestras de medidores forma 2S, 16S, 12S. El destino que se le dará a la muestra: se realizará una calibración de la muestra y luego la devolución al proveedor. Tipo de verificaciones y valoraciones: la verificación es la calibración de los medidores según normas ANSI, así como pruebas de hermeticidad y pruebas de manipulación del marchamo, las valoraciones serán por medio de la conformidad de los ensayos de las calibraciones.. Autoridad encargada del estudio:LASIMEE. Participación de los oferentes en el análisis: No Fecha y hora de la entrega de las muestras: 5 días hábiles después de la fecha recepción de ofertas. Plazo de la devolución de las muestras:30 días hábiles. Otras observaciones:N.A.

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20. ESTUDIO Y ADJUDICACION

La CNFL resolverá el presente concurso dentro de los 90 días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas, la CNFL se reserva el derecho de prorrogar éste plazo en caso de considerarlo necesario.

La CNFL estudiará las ofertas que coticen el ITEM completo y adjudicará la que ofrezca el menor precio. Por item

21. SISTEMA DE VALORACIÓN Y COMPARACIÓN

LA OFERTA DEBERÁ AJUSTARSE A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SOLICITADAS EN EL PRESENTE CARTEL, ASÍ COMO EN LOS ASPECTOS LEGALES, TÉCNICOS Y FINANCIEROS. AQUELLA OFERTA QUE SE APARTE DE LO SOLICITADO SERÁ EXCLUIDA DEL ANÁLISIS COMPARATIVO.

Aquellas ofertas elegibles, es decir aquellas que cumplen con el párrafo anterior, serán evaluadas por medio del precio y se adjudicará a la oferta que ofrezca el menor precio por el ITEM completo Para efectos del sistema de evaluación de ser necesario realizar alguna conversión de moneda, se utilizará el tipo de cambio de referencia de venta del Banco Central de Costa Rica del día de la apertura de ofertas

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CAPITULO III

REQUERIMIENTO

El oferente podrá adjuntar lo que considere necesario para respaldar su propuesta económica.

ITEM CANTIDAD DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL PRECIO

UNITARIO PRECIO TOTAL

1 -357-

Transformador de corriente para medición en intemperie relación de transformación 600 a 5 ampere, ventana grande para operación rango extendido, precisión ampliada a 600 V.

2 -84-

Transformador de corriente para medición en intemperie relación de transformación 1500 a 5 ampere, ventana grande para operación rango extendido, precisión ampliada a 600 V.

3 -24- Transformador de corriente para medición en intemperie relación de transformación 50 a 5 ampere, operación a 34,5 kV RANGO EXTENDIDO.

4 -165- Transformador de potencial para medición en intemperie relación de transformación 175 V a 1 V, operación a 34,5 kV.

5 -308-

Medidores conexión monofásica, clase 200 A, corriente de prueba 30 A, tensión nominal 240 V, 3 hilos, forma 2S, tipo de conexión socket, frecuencia nominal 60 Hz, 1½ elementos, de kWh (sólo energía), electrónico de estado sólido. Tarifa Residencia Horaria (TOU).

6 -16-

Medidores eléctricos tipo electrónico monofásico clase 20 ampere, 240 Volt, 3 hilos, Forma 3S, amperaje de prueba de 2,5 A, número de elementos 1, tensión de trabajo 120/240 Volt, frecuencia de trabajo 60 Hz, conexión socket. Debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido. NODO

7 -32-

Medidores eléctricos tipo electrónico monofásico clase 20 ampere, 240 Volt, 3 hilos, Forma 4S, amperaje de prueba de 2,5 A, número de elementos 1 1/2, tensión de trabajo 120/240 Volt, frecuencia de trabajo 60 Hz, conexión socket. Debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido. NODO

8 -100-

Medidores eléctricos tipo electrónico monofásico clase 200 ampere, 240 Volt, 3 hilos, Forma 2S, amperaje de prueba de 30 A, número de elementos 1 1/2, tensión de trabajo 120/240 Volt, frecuencia de trabajo 60 Hz, conexión socket. Debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido. NODO

9 -60-

Medidores conexión network, de radio frecuencia reducida, clase 200 A, corriente de prueba 30 A, tensión nominal 120/208 V, 3 hilos, forma 12S, tipo de conexión socket, frecuencia nominal 60 Hz, 2 elementos, debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido. NODO

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10 -1 572-

Medidores conexión network, de radio frecuencia reducida, clase 200 A, corriente de prueba 30 A, tensión nominal 120/208 V, 3 hilos, forma 12S, tipo de conexión socket, frecuencia nominal 60 Hz, 2 elementos, debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, con conexión y desconexión remota, electrónico de estado sólido.

11 -536-

Medidores conexión trifásica estrella-delta, de radio frecuencia reducida, clase 20 A, corriente de prueba 2,5 A, tensión nominal 120/480 V, 4 hilos, forma 10A, tipo de conexión bottom, frecuencia nominal 60 Hz, 3 elementos, debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido. NODO

12 -172-

Medidores conexión trifásica, de radio frecuencia reducida, clase 200 A, corriente de prueba 30 A, tensión nominal 120/480 V, 4 hilos, forma 16S, tipo de conexión socket, frecuencia nominal 60 Hz, 3 elementos, debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido. NODO

13 -25 600-

Medidores conexión monofásica, de radio frecuencia reducida, clase 200 A, corriente de prueba 30 A, tensión nominal 240 V, 3 hilos, forma 2S, tipo de conexión socket, frecuencia nominal 60 Hz, 1½ elementos, debe operar en la plataforma AMI de CNFL, con conexión y desconexión remota, electrónico de estado sólido.

14 -10-

Medidores conexión trifásica, de radio frecuencia reducida, clase 20 A, corriente de prueba 2,5 A, tensión nominal 120/480 V, 4 hilos, forma 9S, tipo de conexión socket, frecuencia nominal 60 Hz, 3 elementos, debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido. NODO

15 -10-

Medidores conexión trifásica, de radio frecuencia reducida, clase 200 A, corriente de prueba 30 A, tensión nominal 120/240 V, 4 hilos, forma 2S, tipo de conexión socket, frecuencia nominal 60 Hz, 1 1/2 elementos, medidor para plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido, COLECTOR.

impuestos:

Precio Total Oferta: Precio Total Oferta en letras:

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

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Artículo No.1 357 c/u Transformador de corriente para medición en intemperie relación de transformación 600 a 5 ampere, ventana grande para operación rango extendido, precisión ampliada a 600 V. Artículo No.2 84 c/u Transformador de corriente para medición en intemperie relación de transformación 1500 a 5 ampere, ventana grande para operación rango extendido, precisión ampliada a 600 V. Artículo No.3 24 c/u Transformador de corriente para medición en intemperie relación de transformación 50 a 5 ampere, operación a 34,5 kV RANGO EXTENDIDO. Artículo No.4 165 c/u Transformador de potencial para medición en intemperie relación de transformación 175 V a 1 V, operación a 34,5 kV. Artículo No.5 308 c/u Medidores conexión monofásica, clase 200 A, corriente de prueba 30 A, tensión nominal 240 V, 3 hilos, forma 2S, tipo de conexión socket, frecuencia nominal 60 Hz, 1½ elementos, de kWh (sólo energía), electrónico de estado sólido. Tarifa Residencia Horaria (TOU). Artículo No.6 16 c/u Medidores eléctricos tipo electrónico monofásico clase 20 ampere, 240 Volt, 3 hilos, Forma 3S, amperaje de prueba de 2,5 A, número de elementos 1, tensión de trabajo 120/240 Volt, frecuencia de trabajo 60 Hz, conexión socket. Debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido. NODO Artículo No.7 32 c/u Medidores eléctricos tipo electrónico monofásico clase 20 ampere, 240 Volt, 3 hilos, Forma 4S, amperaje de prueba de 2,5 A, número de elementos 1 1/2, tensión de trabajo 120/240 Volt, frecuencia de trabajo 60 Hz, conexión socket. Debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido. NODO Artículo No.8 100 c/u Medidores eléctricos tipo electrónico monofásico clase 200 ampere, 240 Volt, 3 hilos, Forma 2S, amperaje de prueba de 30 A, número de elementos 1 1/2, tensión de trabajo 120/240 Volt, frecuencia de trabajo 60 Hz, conexión socket. Debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido. NODO Artículo No.9 60 c/u Medidores conexión network, de radio frecuencia reducida, clase 200 A, corriente de prueba 30 A, tensión nominal 120/208 V, 3 hilos, forma 12S, tipo de conexión socket, frecuencia nominal 60 Hz, 2 elementos, debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido. NODO Artículo No.10 1572 c/u Medidores conexión network, de radio frecuencia reducida, clase 200 A, corriente de prueba 30 A, tensión nominal 120/208 V, 3 hilos, forma 12S, tipo de conexión socket, frecuencia nominal 60 Hz, 2 elementos, debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, con conexión y desconexión remota, electrónico de estado sólido. Artículo No.11 536 c/u Medidores conexión trifásica estrella-delta, de radio frecuencia reducida, clase 20 A, corriente de prueba 2,5 A, tensión nominal 120/480 V, 4 hilos, forma 10A, tipo de conexión

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bottom, frecuencia nominal 60 Hz, 3 elementos, debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido. NODO Artículo No.12 172 c/u Medidores conexión trifásica, de radio frecuencia reducida, clase 200 A, corriente de prueba 30 A, tensión nominal 120/480 V, 4 hilos, forma 16S, tipo de conexión socket, frecuencia nominal 60 Hz, 3 elementos, debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido. NODO Artículo No.13 25 600 c/u Medidores conexión monofásica, de radio frecuencia reducida, clase 200 A, corriente de prueba 30 A, tensión nominal 240 V, 3 hilos, forma 2S, tipo de conexión socket, frecuencia nominal 60 Hz, 1½ elementos, debe operar en la plataforma AMI de CNFL, con conexión y desconexión remota, electrónico de estado sólido. Artículo No.14 10 c/u Medidores conexión trifásica, de radio frecuencia reducida, clase 20 A, corriente de prueba 2,5 A, tensión nominal 120/480 V, 4 hilos, forma 9S, tipo de conexión socket, frecuencia nominal 60 Hz, 3 elementos, debe operar en la plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido. NODO Artículo No.15 10 c/u Medidores conexión trifásica, de radio frecuencia reducida, clase 200 A, corriente de prueba 30 A, tensión nominal 120/240 V, 4 hilos, forma 2S, tipo de conexión socket, frecuencia nominal 60 Hz, 1 1/2 elementos, medidor para plataforma AMI de CNFL, de kWh y máxima demanda kW, electrónico de estado sólido, COLECTOR.

Artículos del 1 al 2

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE TRANSFORMADORES DE INSTRUMENTO PARA 600 V

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2.2 Los Transformadores de medición de alta presión y rango extendido deberán cumplir con los siguientes requisitos:

2.2.1 Tipo ventana, con un diámetro de la ventana externa e interna según se describe a continuación:

RELACIÓN DIÁMETRO INTERNO

TOLERANCIA

DIÁMETRO EXTERNO TOLERANCIA

MÍNIMO MÁXIMO

600/5 6 cm ± 0,3 cm 12 cm ± 0,6 cm

1500/5 14 cm ± 0,7 cm 21.5 cm ± 1,075 cm

2.3 Clase de aislamiento de 600 V.

2.4 Frecuencia de operación de 60 Hz, corriente secundaria 5 A

2.5 Para uso en intemperie.

2.6 Nivel de impulso de 4 kV @1 minuto y 60 Hz.

2.7 Prueba de impulsos de onda completa de 10 kV.

2.8 Alta precisión, clase de 0.15% precisión desde 1% de la corriente a través del rating, rango extendido. 2.9 Clase de precisión ANSI de 0.15S para cargas B-0.1 hasta B-0.5 para los de 600:5 y B-0.9 para los de

1500:5, rango extendido desde 20 A hasta la corriente nominal por el RF.

2.10 Construcción en Butyl moldeado u otro material de propiedades dieléctricas y mecánicas similares o superiores al Butyl (indicar cuál y entregar información al respecto).

2.11 Los terminales del lado del secundario deberán estar protegidos en un compartimiento moldeado en

la parte superior del transformador.

2.12 Los terminales del secundario deberán poseer un mecanismo o dispositivo para ser cortocircuitados.

2.13 Los terminales del secundario serán altamente resistentes a la corrosión y del tipo de tornillo cautico, para ser usados con cables y alambres de aluminio o cobre.

2.14 La tapa de los terminales secundarios deberá ser hermética y de color transparente, sujeta a pernos

previstos de agujeros para colocar un sello de seguridad (marchamable).

2.15 Las marcas de polaridad deben ser lo más claras posibles y además indelebles.

2.16 Cada transformador deberá poseer una placa de datos de material inoxidable con la información según ANSI, además de las siglas CNFL y el año de compra.

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2.17 Cada transformador deberá poseer una base metálica de material inoxidable por medio de la cual se

pueda instalar el mismo en posiciones tales como horizontal, vertical u oblicua.

2.18 La altitud de trabajo debe ser certificada para los 1 500 a 2 500 metros sobre el nivel del mar, y una temperatura de funcionamiento de (26 ± 10 ºC).

2.19 Deberán indicar si se cumple con lo dispuesto en ANSI C57.13 en adición a lo dispuesto en estas

especificaciones.

2.20 Factor de rango térmico continuo (“Continuos Thermal Rating Factor” TRF) mínimo deberá ser según se indica:

Relación TRF

600/5 2

1500/5 3

Artículos del 3 al 4

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE TRANSFORMADORES DE INSTRUMENTO PARA 34.5 kV

2.21 Los equipos deben ser diseñados y ser fabricados de acuerdo con la norma ANSI C-57-13, cumpliendo además con lo siguiente: 2.21.1 Nivel de aislamiento 34.5 kV (para usar en un sistema 19.9/34.5 kV estrella aterrizada).

2.21.2 La precisión de los transformadores de corriente y potencial será como mínimo de: 0.3.

2.21.3 Los transformadores de corriente mantendrán el mismo nivel de precisión para cualquiera

de las siguientes cargas: B01 hasta B05.

2.21.4 Los transformadores de potencial mantendrán el mismo nivel de precisión para cualquiera de las siguientes cargas: W, X, Y.

2.21.5 El factor de sobrecarga continua mínimo de los transformadores de corriente será de 1.5.

2.21.6 Frecuencia nominal de operación de 60 Hz.

2.22 Diseñado para operar a una altura de 1.500 a 2500 metros sobre el nivel del mar y a una temperatura

de 26 ± 10 ºC.

2.23 Tipo seco, moldeado en resina, para usar a la intemperie tipo HIDROFÓBICO.

2.24 Dispondrán de marcas de polaridad clara e indeleble.

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2.25 Cajas de conexiones secundaria sellada y con los accesorios necesarios para colocar sellos o marchamos.

2.26 Base de material inoxidable y diseñado para montar en estructura metálica.

2.27 Terminales para conexiones de cobre o aluminio.

2.28 Placa de identificación de acero inoxidable que contenga toda la información según la norma ANSI,

con iniciales de la C.N.F.L., año y número de concurso de ofertas.

2.29 Pruebas en cada unidad:

2.29.1 Nivel de impulso BIL: 200 kV.

2.29.2 Baja frecuencia 1 mínimo: 50 kV.

2.29.3 Precisión al 10% y al 100% en Transformadores de Corriente, y 100% en Transformadores de Potencial.

2.29.4 Polaridad.

2.30 Los resultados de dichas pruebas deberán ser enviadas a la C.N.F.L. antes de ser embarcadas para su

cotejo.

2.31 El peso máximo de los transformadores de potencial no deberá ser mayor de 63.5 kg. (140 libras).

2.32 Para los transformadores de potencial se solicita que en el lado primario se cuente con una sola Terminal.

2.33 Se debe indicar la forma correcta de aterrizar los transformadores de potencial.

2.34 Debe indicarse claramente el torque máximo que puede darse a los pernos de las terminales de

conexiones tanto si el cable o alambre es de cobre como aluminio, aplica para los transformadores de corriente como los de potencial.

2.35 Debe indicarse claramente los resultados de las pruebas de descargas parciales PD realizadas a los

transformadores ofertados.

Artículos del 5 al 15

Estas especificaciones aplican para todos los medidores, en los casos que corresponda existe un apartado con especificaciones especiales, identificadas con el tipo de medidor. El oferente debe de discriminar cuando aplica para cada tipo de medidor.

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Definiciones y requisitos especiales

COLECTOR Es un medidor en donde se extrae la información de los medidores asociados, para luego ser interrogado por la CNFL, este equipo debe estar integrado a un medidor de energía eléctrica.

NODO Es un medidor que sirve como repetidor, almacenador de información y medidor de energía, potencia y demás variables de un medidor de demanda.

Programa Conjunto unitario de instrucciones que permite a un ordenador realizar funciones diversas, y que el programador descarga en un determinado tipo de medidor de energía eléctrica, para que éste registre y despliegue datos según los requerimientos del Laboratorio de Sistemas de Medición de Energía Eléctrica y/o la tarifa correspondiente.

Radio frecuencia ampliada Las frecuencias de comunicación deberán ser de 902 a 928 MHz según la plataforma AMR-ENERGY AXIS de CNFL.

RIME Siglas de Red Informática de Medición, el cual es un software de lectura automática de cualquier tipo de medidor de energía eléctrica y de análisis de información capturada en la telemetría, conocido también como Multi-Vendor. Pertenece a la Compañía Nacional de Fuerza y Luz S.A., en adelante CNFL, y creado por la empresa PRIMESTONE®, el nombre comercial del RIME es PRIMEREAD®.

Software para la administración de programas Conjunto de programas, instrucciones y reglas informáticas para ejecutar ciertas tareas en una computadora; que permiten al administrador de la parametrización desarrollar las aplicaciones del fabricante del medidor de energía eléctrica, y a otros usuarios, realizar la programación, desprogramación y lectura en los medidores de energía eléctrica que así lo requieran.

Especificaciones técnicas

A. Aspectos generales

2.36 El oferente debe aportar por escrito y separado a la oferta, el costo de las capacitaciones en español sobre: lectura remota, fallas, errores, daños y como corregir estos inconvenientes, el uso de software o versiones de software de acuerdo a las necesidades de los perfiles de los usuarios y que sean nuevas para la CNFL, programación de los sistemas de medición, así como el mantenimiento de los medidores. Esta capacitación debe incluir la logística, alimentación, equipos, certificados, evaluación, para al menos 3 ingenieros y dos técnicos de CNFL. La CNFL se reserva el derecho de contratar dicha capacitación, la cual no se incluirá en el sistema de evaluación.

2.37 En caso de nuevas tecnologías de medición el fabricante debe cotizar por separado una capacitación

al personal de CNFL sobre la funcionalidad de los medidores de energía eléctrica. Esta capacitación debe incluir la logística, alimentación, equipos, certificados, evaluación, para al menos 2 ingenieros y

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dos técnicos de CNFL. La CNFL se reserva el derecho de adjudicar o no este punto, el cual no se incluirá en el sistema de evaluación.

2.38 El soporte se debe de dar por medio de call-center, internet, correo electrónico o líneas telefónicas

exclusivas para consultas sobre los equipos, el hardware y otras dudas de una forma ágil y expedita, esto con personal técnico y profesional de fábrica y/o del distribuidor autorizado en el país.

2.39 El soporte de software debe incluir las actualizaciones con tiempo mínimo dos años y especificar qué

métodos se utilizaran para brindar dicho soporte.

2.40 Además el soporte de software y hardware debe incluir los siguientes servicios:

2.40.1 Asistencia técnica referente a la instalación y operación del Programa.

2.40.2 Soporte general referente a la utilización adecuada y optimización del uso del programa.

2.40.3 Soporte sobre la solución de los errores del software.

B. Aspectos Ambientales

2.41 El oferente debe detallar en su oferta los siguientes aspectos ambientales:

2.41.1 Riesgo ambiental asociado a los componentes del sistema de medición.

2.41.2 Grado de peligrosidad y toxicidad, conforme a las normativas nacionales. 2.41.3 Complejidad ambiental del producto.

2.41.4 Receptores en el mercado nacional e internacional de los distintos componentes de los

sistemas de medición.

2.41.5 Si el medidor posee una batería para mantener el registro de tiempo de uso, el oferente debe indicar el modo de disposición final.

2.42 Embalaje:

2.42.1 Asegurar que el embalaje de los sistemas de medición se hará en material de alta

biodegradabilidad o reciclable en el contexto nacional, como por ejemplo cartón.

2.42.2 El oferente debe detallar la forma de embalaje de los equipos de medición, con una explicación de las ventajas ambientales que este representa.

2.42.3 Brindar recomendaciones técnicas para desembalaje, acopio y transporte de los sistemas de

medición para su disposición final.

2.43 Cubiertas:

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2.43.1 Para el caso de las cubiertas de policarbonato, el oferente debe de hacerse responsable por el

adecuado manejo y disposición final de las mismas, una vez que los medidores sean dispuestos para reciclaje por los motivos que el Laboratorio de Sistemas de Medición de Energía Eléctrica en adelante LASIMEE, ha establecido en el instructivo 4321 I 14 “Desarmado y disposición final para reciclaje de medidores de energía eléctrica y sus placas”, en su versión más reciente. Se coordinará con el oferente local cada vez que se cuente con una cantidad considerable de cubiertas para su retiro.

2.43.2 El oferente debe de demostrar y certificar por escrito el medio y método de retiro de las

cubiertas de LASIMEE, así como la disposición final, ya sea enviándola a otra empresa, reciclando las cubiertas u otro medio que cumpla con las políticas y normas ambientales internacionales.

2.43.3 El oferente debe de indicar en la oferta los materiales, compuestos y/o elementos químicos

que componen la cubierta del medidor.

C. Normalización

2.44 En el diseño, fabricación y pruebas de los medidores deben prevalecer las últimas versiones de las normas ANSI, IEEE e IEC, para lo que corresponda a cada tipo de medidor:

Tabla N° 1 Normas

N° Norma Detalle

1 ANSI C12.1 Cumplir en su totalidad y queda a criterio de CNFL verificar en LASIMEE pruebas de precisión y hermeticidad.

2 ANSI C12.10 Cumplir en su totalidad.

3 ANSI C12.19 Cumplir en su totalidad para medidores de radio frecuencia.

4 ANSI C12.20 Cumplir en su totalidad y queda a criterio de CNFL verificar en LASIMEE pruebas de precisión y hermeticidad.

5 ANSI C12.22 Cumplir en su totalidad para medidores con ETHERNET.

6 IEEE C62.41 Cumplir en su totalidad.

7 UL 746C Cumplir en su totalidad.

8 IEC 61000-4-30 Cumplir para la medición de tensión.

2.45 Debe cumplir en su totalidad con la Norma Técnica “Supervisión del uso, funcionamiento y control de

medidores de energía eléctrica” (AR-NT-SUMEL) de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos de Costa Rica.

2.46 Debe cumplir con el Artículo 26 de la Norma Técnica de la Autoridad Reguladora de los Servicios

Públicos de Costa Rica "Supervisión de la calidad del suministro eléctrico en baja y media tensión" (AR-NT-SUCAL).

2.47 Si el sistema utiliza radio frecuencia como mecanismo de comunicación, el oferente debe presentar

por escrito en la oferta la certificación de homologación de la SUTEL, para garantizar que los

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transmisores y sintonizadores, estén en regla con la normativa señalada por la SUTEL, el fabricante o distribuidor debe ser quien homologue ante SUTEL el producto que va vender a CNFL.

2.48 Tanto el medidor como el software de aplicación y programación deben cumplir con los requerimientos técnicos impuestos por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos ARESEP a la Compañía Nacional de Fuerza y Luz en la publicación de la resolución tarifaria más reciente.

D. Requisitos normativos, regulatorios y de compatibilidad

2.49 Cumplimiento con regulación: SUTEL, PNAF y FCC.

2.49.1 La comunicación entre equipos será mediante radio frecuencia, por tanto, el oferente debe presentar la certificación de homologación de sus medidores emitida por la SUTEL, para garantizar que los transmisores estén apegados a lo estipulado en PNAF (Plan Nacional de Atribución de Frecuencias).

2.49.2 Para la banda de frecuencias de operación, el segmento de frecuencias para las modulaciones FHSS y DHSS debe ubicarse en la banda de 921-927 MHz, lo cual debe certificarlo el fabricante.

2.49.3 Los medidores deben contar con antena integrada o específica según la UIT (Unión

Internacional de Telecomunicaciones) en su informe ITU-R SM.2153-6-2017 (Parámetros técnicos y de funcionamiento de los dispositivos de radiocomunicaciones de corto alcance y utilización del espectro por los mismos), lo cual debe certificarlo el fabricante.

2.49.4 La potencia PIRE (1) debe ser de máximo 1 watt para todos los dispositivos de la red, por lo

que tanto medidores no pueden exceder 1 watt PIRE, lo cual debe certificarlo el fabricante. La PIRE considera las pérdidas de la línea de transmisión, de los conectores e incluye la ganancia de la antena. Es decir, que se permite 1 watt de potencia máxima de transmisión que incluye: las pérdidas de la línea de transmisión, las pérdidas de los conectores y la ganancia de antena.

2.49.5 La operación de los medidores no debe interferir con el normal funcionamiento del medidor,

no debe interferir con otros sistemas de comunicación comercial tales como, bomberos, cruz roja, 911, radioaficionados, entre otros. Tampoco debe interferir con equipos y electrodomésticos utilizados en los hogares tales como: teléfonos, routers inalámbricos, televisores, teléfonos celulares, entre otros. Esto debe ser certificado por el fabricante.

2.49.6 El módulo de comunicación de radio frecuencia del medidor debe contar con la debida certificación FCC (Comisión Federal de Comunicaciones de los Estados Unidos de América) en cuanto a los límites para las densidades de potencia de los dispositivos electrónicos. Esto debe ser certificado por el fabricante.

2.50 Medidor inscrito en ARESEP.

2.50.1 Los medidores AMI RF ofertados deben ser modelos aprobados por la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos según lo establecido en el artículo 12 de la Norma Supervisión del Uso,

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Funcionamiento y Control de Medidores de Energía Eléctrica (AR-NT-SUMEL) por lo que deberá aportarse la debida aprobación de cada modelo.

2.51 Compatibilidad con la plataforma AMI RF

2.51.1 Los medidores ofertados deben ser compatibles con la infraestructura AMI-RF existente en CNFL (software de operación y hardware). Este requisito será comprobado en campo y/o en un laboratorio acreditado con las muestras entregadas cuando aplique o se solicite muestra.

2.52 Compatibilidad con sistema de adquisición de mediciones multivendor PrimeRead.

2.52.1 Los medidores ofertados deben ser 100% compatibles y tener la correspondiente homologación en el sistema de lectura de mediciones PrimeRead de la empresa Primestone. Esto debe ser certificado por la empresa Primestone.

E. Componentes del medidor

2.53 Todas las piezas que componen el medidor deberán ser de material no inflamable, resistentes a altas temperaturas y a esfuerzos mecánicos. Todo el conjunto debe formar una unidad hermética para uso a la intemperie no permitiendo el ingreso de agua, insectos y otros.

2.54 Base: La base debe ser de material fenólico o de baquelita, construido en una sola pieza, resistente a

arcos eléctricos, golpes y corrosión. La base con respecto a la cubierta debe ser totalmente hermética, no debe permitir el ingreso de agua, insectos, u otros.

2.55 Cubierta:

2.55.1 La cubierta del medidor deberá ser para el uso del mismo a la intemperie, de cierre hermético

(no debe permitir el ingreso de agua, insectos, etc.) con capacidad de marchamarse, debe ser acrílica, policarbonato, vidrio o de material superior.

2.55.2 Indicar el grado de decoloración bajo los efectos de los rayos ultravioleta, para ello debe de

entregar documentación de las pruebas realizadas para el cumplimiento de la norma ANSI en este aspecto.

2.55.3 La cubierta debe de poseer un aro o cincha metálica (no plástica), este aro debe de asegurar

que no se pueda abrir el medidor al instalarse un único sello de garantía.

2.56 Hermeticidad: Entre la cubierta y la base del medidor, debe poseer un empaque que asegure la hermeticidad del medidor así como no debe de permitir el retirar la cubierta cuando el sello de seguridad de LASIMEE esté instalado. LASIMEE realizará la respectiva prueba de hermeticidad manipulando un medidor del mismo tipo, modelo y forma, en caso de que la CNFL no posea un medidor, solicitará al oferente una muestra para demostrar este punto, todo esto para comprobar que no se puede retirar la cubierta estando el sello instalado.

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2.57 Registro: La pantalla de registro debe ser de cristal líquido (LCD) u otra tecnología de mayor eficiencia. Además debe cumplir con lo dispuesto en la norma ANSI C12.1 y ANSI C12.20.

2.58 Placa de identificación:

2.58.1 La placa de identificación será altamente resistente a la corrosión y que no se decolore por

los efectos de los rayos del sol. Tendrá impresa la siguiente información como mínimo en español:

a) Nombre del fabricante. b) Número de serie del fabricante. c) Tipo o modelo. d) Clase. e) Tensión. f) Número de hilos. g) Frecuencia. h) Corriente de prueba. i) Constante de kilovatios-hora (Watts/Revolución). j) Numeración de la CNFL (se suministrará en el momento de la adjudicación). k) Siglas de CNFL. l) Letra que indique el tipo de servicio por tipo de contador según la siguiente descripción

emitida por ARESEP.

2.58.2 Es requisito indispensable que el número de serie del fabricante para los medidores solicitados sean asignados en secuencia de números enteros consecutivos.

2.58.3 En caso de que la placa de identificación se componga de una etiqueta acrílica adhesiva, esta

debe cumplir con lo siguiente:

a) Espesor de la etiqueta: 0,078 mm (condición óptima deseada). b) Rango de temperatura permisible: -40 ºC a 150 ºC. c) Presentar certificación de la prueba UL 969 (Marking and Labeling Systems) para

ambientes exteriores. d) Resultados de las siguientes pruebas realizadas a dicha etiqueta: 72 horas en

atmósfera normal (ambiente), inmersión en agua desionizada por 48 horas a 23 ºC, 10 días en horno circulante a 150 ºC, 720 horas (30 días) de luz ultravioleta y exposición de agua con temperaturas desde -34 ºC hasta 85 ºC.

e) En dichas pruebas se debe indicar, individualmente si existió degradación en el adhesivo o algún signo de manchas amarillentas en el poliéster.

f) Además debe indicarse claramente la vida útil de dicha etiqueta y una descripción de qué se debe entender por vida útil.

2.59 Memoria:

2.59.1 Los medidores deberán contar con memoria masiva de al menos 2 canales para datos de perfil

de carga, con longitud de intervalos y peso de pulso programables.

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2.59.2 Cuando aplique la grabación como mínimo de catorce ciclos de forma de onda oscilográficas

con una velocidad de muestreo de 128 Mbps para cualquier fase de tensión y corriente en forma independiente. El medidor deberá tener la suficiente memoria para almacenar la información de facturación para 60 días y todos los parámetros necesarios de calidad de energía solicitados en el presente cartel. La descarga de la memoria masiva debe ser realizada por puerto óptico a 9600 bps y a través de protocolos TCP/IP a 10Mpbs.

2.59.3 El microcomputador será respaldado por una memoria no volátil, que almacenará los datos y

constantes programadas durante los períodos en los cuales la tensión caiga debajo de un nivel de operación aceptable (± 10% según Norma Técnica de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos de Costa Rica "Supervisión de la calidad del suministro eléctrico en baja y media tensión" AR-NT-SUCAL) y por fallas totales del sistema de alimentación, sin que sea necesario el uso de baterías.

2.60 Batería:

2.60.1 Para el respaldo de la información del registro se deberá indicar si el mismo corresponde a

algún tipo de batería.

2.60.2 Respecto a las baterías se especificará el material de constitución, duración, proceso de carga (si son recargables) y dimensiones, como mínimo, curvas características.

F. Condiciones de operación

2.61 Los medidores deberán ser capaces de trabajar permanentemente bajo las siguientes condiciones:

2.61.1 Temperatura Operación: 30 °C ± 10 °C. 2.61.2 Humedad relativa: 90 HR%. 2.61.3 Altitud: desde los 750 m a los 2 000 m.

2.62 El medidor deberá funcionar perfectamente bajo todas las condiciones de servicio normales,

conservando el nivel de precisión bajo el cual se calibró en la fábrica.

2.63 El medidor debe estar provisto de una salida de pulsos, que represente la energía que registra, con la que se calibrarán los medidores en el Área LASIMEE, para lo cual el fabricante debe indicar la constante o peso de pulso de la señal en: pulso/Wh, Wh/pulso o sus equivalentes.

2.64 Se deberá poder colocar el registro en un modo de alterno para el diagnóstico de la conexión eléctrica

sin alterar la recopilación de datos. Por otro lado se le podrá realizar un diagnóstico externo con ayuda del equipo manual, sin que ello produzca alteraciones de los datos acumulados.

2.65 Calibración: Los medidores entregados a la CNFL deben venir con las pruebas de calibración al 100%,

exigida como mínimo en las Normas, para cada uno de ellos se debe de enviar las pruebas de calibración emitidas por el fabricante una vez fabricados antes del envío a CNFL.

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2.66 La resolución de datos debe ser al menos de 12 bits para la memoria masiva.

2.67 Simulación del disco: Los medidores deben poseer en su pantalla una simulación de disco de un

medidor electromecánico.

2.68 Registro:

2.68.1 El registro debe tener capacidad de autodiagnóstico, con lo cual se indicarán las fallas de funcionamiento, lo que mostrará a través de códigos de error, los cuales deben ser explicados ampliamente en la literatura entregada.

2.68.2 Además debe poseer los modos normal, alterno o caja de herramientas para determinar corriente, tensión y ángulos de fase.

2.68.3 El oferente debe demostrar mediante documentación (fotos, videos, imágenes u otros) que el medidor puede hacer el registro de energía (real, reactivo o aparente) desde 1 hasta 4 valores horarios (kWh, kVArh, kVAh), demanda real desde 1 hasta 4 valores horario (kW) y sus respectivos valores reactivos COINCIDENTES con la demanda real según horario (kVAr o kVA).

2.68.4 Estos registros deben ser completamente programables y totalmente visualizables en la pantalla de LCD. El oferente debe demostrar mediante documentación (fotos, videos, imágenes u otros) que el medidor puede desplegar la demanda acumulada no continua y continua para cada periodo, el número de borradas de la demanda y el reloj (hora-día).

2.68.5 El registro debe incluir la cantidad de borradas de demanda, además debe diferenciar giros

a la inversa del disco ante lo cual de acuerdo con lo programado aceptará o rechazará la lectura.

2.68.6 En la pantalla alterna deberán desplegarse todas las variables eléctricas como tensión por

fase y líneas, sus corrientes, potencias instantáneas, entre otros.

2.68.7 Todos los valores indicados anteriormente deben desplegarse en el medidor en el modo normal en forma secuencial, no aplicará aquellos medidores que desplieguen valores en forma parcial.

2.68.8 Para el caso de los medidores bidireccionales (cuatro cuadrantes), deben desplegar en su pantalla la siguiente información, tanto de la energía entregada o recibida:

a) Energía Total. b) Energía Punta. c) Energía Valle d) Energía Nocturna e) Demanda Acumulada Continua Punta f) Demanda Acumulada Continua Valle

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g) Demanda Acumulada Continua Nocturna h) Máxima Demanda Punta i) Máxima Demanda Valle j) Máxima Demanda Nocturna k) Número de Borradas l) Factor de Potencia Coincidente con la Máxima Demanda Punta m) Factor de Potencia Coincidente con la Máxima Demanda Valle n) Factor de Potencia Coincidente con la Máxima Demanda Nocturna

Nota: Donde la Energía Total, Punta, Valle y Nocturna aplica para los periodos siguientes de Lunes a Domingo:

Energía Punta: 10:00 a 12:30 y 17:30 a 20:00

Energía Valle: 6:00 a 10:00 y 12:30 a 17:00 Energía Nocturna: 00:00 a 6:00 y 20:00 a 24:00.

Además, las Demandas Máximas registradas aplican para el periodo de lunes a viernes únicamente como sigue:

Energía Punta: 10:00 a 12:30 y 17:30 a 20:00

Energía Valle: 6:00 a 10:00 y 12:30 a 17:00 Energía Nocturna: 00:00 a 6:00 y 20:00 a 24:00.

2.69 El sistema de reloj, podrá estar en sincronismo con la red o ser independiente de ésta, esto con el fin

de que sea lo más exacto posible.

2.70 Carga de arranque: El medidor deberá registrar adecuadamente una corriente de carga según ANSI C12.1 y ANSI C12.20, en su versión más reciente.

2.71 La capacidad de almacenamiento de información para cada canal será de 70 días mínimo con una

configuración de intervalo de demanda de 15 minutos.

2.72 Los períodos de integración serán de 15 minutos con subintervalos de 5 minutos.

2.73 La integración de la demanda deberá ser del tipo "rolada" o de subintervalos y también será programable por bloques.

2.74 Para los medidores de radio frecuencia, las frecuencias de comunicación deberán ser ajustables según

los requerimientos del Plan Nacional de Frecuencias (PNAF) del Ministerio de Ciencia y Tecnología MICIT: Local Área Network (921-927MHZ o 2400-2483.5 MHz).

2.75 Para los medidores que realicen la desconexión y reconexión remotamente, debe de tener la opción

de desconectar y reconectar, por medio de dispositivos de desconexión internos con capacidad mínima de 160 A.

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2.76 Los equipos de medición en red (Mesh) permitirán si es necesario como mínimo 8 saltos entre equipos.

2.77 Los equipos de medición funcionarán dentro de una red en malla (Mesh) comunicándose a un punto

colector en las redes con las que cuenta la CNFL.

2.78 Medio de comunicación:

2.78.1 Medidores de radio frecuencia: La lectura de parámetros propios del medidor debe ser por puerto óptico a 9600 baudios como mínimo.

2.78.2 Medidores Ethernet: La lectura de parámetros propios del medidor debe ser por puerto óptico

a 9600 baudios como mínimo. Deberá leerse también vía Ethernet 10/100 Mb.

G. Sellado

2.79 Los medidores deben de entregarse con el sello de garantía respectivo INSTALADO, con las siguientes características:

2.79.1 Para ser colocados entre la base y la cubierta del medidor de energía eléctrica,

precisamente entre la cubierta y la parte posterior de la base del medidor en los orificios diseñados para este fin.

2.79.2 Sellos plásticos con un alambre que pueda introducirse en agujeros con diámetros pequeños, por ejemplo, similar al tipo P marca NIC.

2.79.3 El cuerpo del sello debe ser de plástico como el polipropileno o policarbonato. No debe

decolorarse por efectos de las inclemencias del clima, como ejemplo la incidencia de rayos ultravioleta del sol.

2.79.4 Que cumpla las propiedades termoplásticas, como mínimo en sus valores básicos de

resistencia a la tensión, elongación, módulo elástico, densidad e impacto Izod.

2.79.5 El alambre puede ser de acero con recubrimiento plástico liso, de acero inoxidable liso, alambre liso de hierro galvanizado o cobre.

2.79.6 Las dimensiones presentadas son las mostradas en la siguiente figura.

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2.79.7 El sello debe de poseer un inserto de color AZUL oscuro o ser de color AZUL oscuro sólido.

2.79.8 Además, deben venir grabadas en color negro o en relieve o bajo relieve las siglas CNFL,

además, una numeración en números enteros consecutivos que la CNFL suministrará en el momento de la adjudicación.

H. Software de procesamiento de la información

2.80 Mediante el software se podrá inicializar, dar mantenimiento, operar y comprobar el funcionamiento del medidor en forma gráfica a través de diagramas vectoriales del sistema de medición.

2.81 El oferente especificará la versión del sistema operativo y base de datos requerido para el

funcionamiento del programa.

2.82 Se debe de indicar si el software requiere de licencia de aplicación, si es propietario y adjuntar toda la información necesaria.

2.83 Se debe tomar en cuenta los siguientes aspectos basados en el Procedimiento de LASIMEE código

4321 P22 “Parametrización de los Medidores de Energía Eléctrica”:

2.83.1 Se debe de aportar copia (muestra) del software para realizar las pruebas de funcionamiento y capacidades como se establecen en el presente cartel, el oferente debe de aportar las claves para poder hacer la parametrización de los programas de los medidores según el perfil horario, el mismo se devolverá al oferente una vez que se realicen las pruebas respectivas.

2.83.2 Se debe asegurar mediante documentación que los protocolos de comunicación del software sean compatibles con la Red Informática de Medición RIME, el cual es un software con capacidad para leer remotamente los múltiples medidores con que cuenta la CNFL.

2.83.3 Para medidores de frecuencia, el sistema de radiofrecuencia debe de funcionar en la plataforma actual de medición de lectura remota con que cuenta la CNFL (AMI), a la versión más actualizada del fabricante.

2.84 El software debe contar con “pistas de auditoría”, es decir que permita el registro de manipulación

en la base de datos.

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2.85 El software o sistema integral debe de incluir todas las funciones y funcionalidades del software actual

de CNFL, debe de permitir la migración a redes IPv6, la adición de nuevos dispositivos, interfaz de usuario intuitiva y herramientas georreferenciales contextuales y mejoradas.

2.86 El software para el procesamiento de los datos debe ser capaz de:

2.86.1 Exportar los datos de memoria masiva o pulsos a archivos planos, como son los archivos

con extensión CSV, PRN o MS Excel.

2.86.2 Realizar una revisión del funcionamiento de todo el equipo y emitir mensajes de errores. 2.86.3 Almacenar datos históricos de por lo menos cuatro años de cada cliente. 2.86.4 Diferenciar consumos y pulsos recibidos entre medidores, reconociendo intervalos de

excepción, tales como interrupciones del servicio y otros inconvenientes. 2.86.5 El sistema debe brindar óptimo rendimiento y redundancia. 2.86.6 Diseñada para Oracle (RAC), y debe de soportar Oracle 12c. 2.86.7 El sistema debe de poseer almacenamiento de datos centralizado. 2.86.8 Corregir datos permitiendo al operador acceder en forma interactiva los archivos, según

atributos asignados en el acceso por un supervisor. 2.86.9 Procesar información de los dos canales del medidor produciendo como mínimo los

siguientes reportes o informes: lista de pulsos por intervalo, cálculo de variables eléctricas tales como los picos más grandes del mes: kW, kVA, kVAr, y sus respectivas energías, facilidad para el análisis del factor de potencia y gráficas de curva de carga diaria.

2.86.10 Poder totalizar la información recibida por varios contadores, soportar la partición de

datos, permitir almacenamiento de datos en línea por periodos extendidos de tiempo. 2.86.11 Producir los reportes del cálculo de kW por período de cada uno de los medidores, y hacer

también un informe de picos no coincidentes y coincidentes. 2.86.12 Procesar información de tiempo de uso (TOU), originar informes para facturación basado

en cargos específicos de la tarifa que permita determinar el costo del recibo y tener varias tarifas para estudio.

2.86.13 Debe trasladar datos remotamente de una computadora personal, compatible a otras

computadoras o computadoras personales. 2.86.14 Se debe indicar si el software es compatible con algún otro software de otra casa matriz.

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2.86.15 También debe darse una muestra de todos los listados que puedan obtenerse de la microcomputadora con una descripción de los mismos.

2.86.16 Dentro de la información a aportar referente al software, debe incluir: modelos de

programación, gráficas, generador de formatos para uso con otros paquetes (D-base 3, Lotus1-2-3, Excel, etc.), facilidad o no de alteración de los archivos ejecutables por parte del personal especializado de la CNFL.

2.86.17 Debe tener niveles de seguridad como también rastros de auditorías, es decir si se realiza

una modificación queden muestras de que los datos fueran modificados. Se debe de contar con niveles de seguridad necesarios para salvaguardar la información y programación.

2.86.18 Tener la facilidad de poder generar y diseñar por parte de CNFL reportes estándar, la

exportación de reportes en formatos como xls y pdf y agendar la generación de reportes. 2.86.19 Debe de asegurar una plataforma unificada que permita añadir otras aplicaciones

propietarias del fabricante, no se permite que el sistema OFERTADO sea desarrollado por distintos fabricantes de aplicaciones o funcionalidades.

2.86.20 Se debe de indicar claramente si el software requiere de equipo especial, como sería un

servidor y/o computadoras portátiles. 2.86.21 Debe ser posible programar por medio de un computador a través de un medio óptico o

por protocolo TCP/IP con una terminal manual o directamente del servidor donde reside el software de lectura de base de datos y programación.

2.87 El sistema debe de asegurar que es una plataforma múltiple basada en CIM y éste debe ser

desarrollado por el fabricante de los medidores, no se permite que las aplicaciones o funcionalidades ofertadas para la actualización de la plataforma AMI de CNFL sean de diferentes fabricantes.

2.88 El sistema debe de poseer una seguridad basada en roles e integración con LDAP, así como la gestión

de licencias, de la vida/limpieza de los datos y la exportación de datos.

2.89 El sistema debe poseer un medio de transmisión de los datos y se debe descargar la información contenida en el medidor al medio de transmisión por radio frecuencia y se debe de asegurar que el equipo, software y hardware ofertado, pueda comunicarse por el sistema de facturación de la CNFL, si es necesario, se debe de incluir las interfaces necesarias.

2.90 El software debe de operar en las computadoras de la CNFL, bajo los criterios de región: Costa Rica,

idioma español, zona horaria América Central, con el sistema operativo que define la Unidad de Tecnologías de Información para las PC de la CNFL.

I. Hardware de procesamiento de la información

2.91 El sistema de lectura remota debe de contar con un servidor que se pueda agrupar con otros servidores de condiciones similares en CNFL y para que ingresen a la infraestructura de alta

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disponibilidad, y se compartan los recursos (modalidad clúster) y entre todos soporten la carga de trabajo asignado.

2.92 En el grupo de servidores se debe de incluir todas las licencias necesarias para la operación según los

requerimientos de la Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación de CNFL, y el soporte anual básico, para lo cual la CNFL suministrará la información en caso de que el oferente lo solicite.

2.93 El elemento físico debe ser un servidor CISCO, modelo UCS B200 M3, con dos (2) procesadores Xeon

E5-2637 v3, 3.5GHz, 15Mb de cache y puede como mínimo ser de 8 core, 392GB de memoria RAM tipo DDR4, 2133MHz, para instalar en un chasis CISCO UCS 5108 propiedad de la CNFL. Debe tener una tarjera UCS VIC 1340 Virtual o superior.

JUSTIFICACIÓN DE LA CLASULA PENAL Y LA MULTA

FACTOR PUNTOS

1 .-Repercusiones de eventual incumplimiento (30, 20 o 10 puntos, según corresponda) 30

2.- Riesgos del incumplimiento del plazo (30, 20 o 10 puntos, según corresponda) 30

3.- Preponderancia del plazo de entrega (15, 10 o 5 puntos, según corresponda) 15

4.- Monto del contrato (15, 10 o 5 puntos, según corresponda) 15

Indicar monto estimado de la Contratación: ¢ 2.835.109.110,00 TOTAL DE PUNTOS: 90.

METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN

Factor 1 Repercusiones= Alta igual a 30 puntos si el incumplimiento afecta un proyecto o programa estratégico para la dependencia; Media igual a 20 puntos si el proyecto afecta un proyecto o programa importante para el cumplimiento de objetivos de la dependencia; Moderada igual a 10 puntos si el incumplimiento afecta un proyecto o programa con medio o bajo impacto sobre la estrategia y objetivos de la dependencia. Factor 2 Riesgos= Alto igual a 30 puntos si el incumplimiento pone en riesgo muy alto la eficacia, eficiencia o la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos o externos así como los ingresos o imagen empresarial. Medio igual a 20 puntos cuando el incumplimiento pone en riesgo alto la eficacia, eficiencia o la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos o externos así como los ingresos o imagen empresarial. Moderado igual a 10 puntos cuando el incumplimiento pone en riesgo medio o bajo la eficacia, eficiencia o la continuidad de los servicios que se brindan a los clientes internos o externos así como os ingresos o imagen Empresarial. Factor 3 Preponderancia del plazo= Alto igual a 15 puntos cuando el plazo de entrega es fundamental para el cumplimiento de las metas de la dependencia. Medio igual a 10 puntos cuando el plazo de entrega es importante para el cumplimiento de las metas de la dependencia. Moderado igual a 5 puntos cuando el plazo de entrega es de importancia media o baja para el

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cumplimiento de las metas de la dependencia. Factor 4 Monto del contrato= Alto igual a 15 puntos cuando es igual o excede el límite inferior del monto de la licitación pública según el extracto A para obra pública. Medio igual a 10 puntos en montos iguales o superiores al monto de licitación Abreviada e inferiores al límite de la licitación pública según el extracto A para obra pública. Moderado igual a 5 puntos en montos inferiores al monto de licitación Abreviada según el extracto A para obra pública.

Calificación de importancia y porcentaje a aplicar

Puntaje Importancia Porcentaje a aplicar por día

De 90 a 70 puntos Alta 0.6%

De menos de 70 a 50 puntos Media 0.5%

Menos de 50 puntos Moderada 0.4%