comentarios de los precedentes vinculantes penales

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Víctor Jimmy Arbulú Martínez COMENTARIOS DE LOS PRECEDENTES VINCULANTES PENALES ANÁLISIS DE LAS DECISIONES VINCULANTES DE LA CORTE SUPREMA (2004-2012)

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Autor: Victor Jimmy Arbulu Martinez Formato: 17 x 24 cm. Páginas: 960 Editorial: Ediciones Legales Año: 2012 Edición: 1ra. ISBN: 978-612-4115-17-2

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Víctor Jimmy Arbulú Martínez

COMENTARIOS DE LOS PRECEDENTESVINCULANTES PENALES

ANÁLISIS DE LAS DECISIONES VINCULANTESDE LA CORTE SUPREMA (2004-2012)

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Comentarios de los Precedentes Vinculantes Penales

© V íctor Jimmy Arbulú mArtínez

© eDitorA y DiStribuiDorA eDicioneS leGAleS e.i.r.l.Jr. Azángaro 1075, of. 604, lima-Perúteléfonos: (511) 427-2076 / 426-2406

ruc: 20523085345 web: www.edicioneslegales.com.pe

e-mail: [email protected]

Primera edición: agosto 2012 tiraje: 700 ejemplares

Hecho el Depósito legal en labiblioteca nacional del Perú n.º 2012-07750

registro iSbn: 978-612-4115-17-2

reservados todos los derechos. ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico ni mecánico, incluyendo foto-copia, sin previa autorización escrita del autor y el editor.

Diseño de portada : edwing n. Gonzáles AlvaradoDiagramación de interiores : mónica y. Padilla Granados

impresión y encuadernación:editorial San marcos de Aníbal Jesús Paredes Galván

Av. las lomas n.º 1600 - S. J. l.ruc: 10090984344

impreso en Perú / Printed in Peru

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INTRODUCCIÓN

los Precedentes Vinculantes son reglas jurídicas de obligatorio cumplimiento para los jueces, dictados por la Corte Suprema, cuya fi-nalidad es uniformizar a la judicatura respeto a diversos tópicos del Derecho Penal en aras de hacer realidad una justicia predecible y ga-rantizar la seguridad jurídica como cimiento del orden constitucional y democrático de derecho.

Para ilustrarnos respecto a los requisitos para fijar precedentes, acudamos a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en el Exp. Nº 0024-2003-Ai/tc, caso municipalidad Distrital de lurín, del 10 de oc-tubre de 2005, en el que se ha estimado que hay necesidad de fijar reglas jurídicas vinculantes cuando existen precedentes conflictivos o contradictorios; interpretaciones erróneas de una norma del bloque de constitucionalidad; la existencia de vacíos normativos; normas ca-rentes de interpretación jurisdiccional y cuando se evidencia la nece-sidad de cambiar de precedente vinculante. De aquí, podemos extraer que para el ámbito judicial deben existir como presupuestos criterios discrepantes, vacíos normativos y normas que no tienen interpreta-ción, y obviamente cuando se decide cambiar precedente.

La base legal de los precedentes judiciales está en el artículo 22 de la ley orgánica del Poder Judicial que señala que los “principios jurisprudenciales” son fijados por las Salas Especializadas de la Corte Suprema que han de ser de obligatorio cumplimiento en todas las ins-tancias judiciales. En materia civil, el artículo 400 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley Nº 29364, establece que la Sala Suprema civil convoca al pleno de magistrados supremos civiles a efectos de emitir sentencia que constituya o varíe un precedente judicial y la

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decisión que se tome en mayoría absoluta de los asistentes al pleno casatorio constituye precedente jurisprudencial y vincula a los ór-ganos jurisdiccionales del Estado, hasta que sea modificada por otro precedente. En materia penal, el artículo 301-A del Código de Pro-cedimientos Penales también hace referencia expresa al precedente vinculante. La Ley Nº 27584 en el artículo 34, en su versión original, denominaba a las decisiones adoptadas en casación por la Sala cons-titucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República: doctrina jurisprudencial en materia contencioso administrativa. Este artículo fue modificado por el Decreto Legislativo Nº 1067, pu-blicado el 28 junio de 2008, y señala que cuando la Sala Constitucio-nal y Social de la Corte Suprema fije en sus resoluciones principios jurisprudenciales en materia contencioso administrativa, constituyen precedente vinculante. la nomenclatura legal entonces considera que la doctrina jurisprudencial y los principios jurisprudenciales son los precedentes vinculantes.

la doctrina jurisprudencial es la suma de interpretaciones y orien-taciones que provienen de las sentencias; las que no tienen carácter vinculante; pero tampoco significa que sea ignorada por los jueces. Para entender este concepto que combina doctrina y jurisprudencia, acudamos al jurista Alzamora Valdez que consideraba a la doctrina como fuente formal del derecho y la definía como conjunto de opinio-nes de los jurisconsultos emitidos con finalidad teórica y de facilitar la aplicación del derecho1. la doctrina jurisprudencial sería el conjunto de aportes jurídicos de los jueces contenidos en la motivación de sus fallos. es el sistema jurídico, el que determina el valor de la jurispruden-cia, para algunos como el derecho inglés, es fuente de derecho y para otros solo son fuentes supletorias. en el Perú, se ha adoptado un sis-tema mixto siendo obviamente el principal el sistema jurídico positivo. la doctrina ha considerado la división de la jurisprudencia en fallos de especie y fallos de principios; los primeros, son la aplicación simple de la ley al caso concreto mientras que los segundos interpretan las nor-

1 AlzAmorA VAlDez, mario. Introducción a la Ciencia del Derecho. 10. a.edición eddili. lima, 1987, p. 247.

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mas legales, llenan los vacíos de la legislación y las resoluciones al ser aplicadas a casos semejantes, constituyen verdaderos precedentes 2.

La Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 22, respecto a la for-malidad de los precedentes vinculantes, señala que las Salas Supremas deben publicarlos en el diario oficial El Peruano, y estos han de ser de obligatorio cumplimiento para todos los Jueces, que tienen el deber de invocarlos. la norma en base al principio de independencia jurisdiccio-nal fija las pautas para que un magistrado se aparte del precedente; pero como contraparte, tiene la obligación de justificar su decisión, dejando constancia de los motivos por los que no está de acuerdo. También le da la facultad a la corte Suprema cuando decida apartarse de un criterio jurisprudencial, debiendo fundamentar el motivo por el que cambia de regla jurídica. es lo que se conoce como la técnica del overruling que permite cambiar un precedente en su ‘núcleo normativo’, aplicando el nuevo precedente, ya sea al caso en análisis (eficacia retrospectiva) o, en la mayoría de los supuestos, a casos del futuro (prospective overruling)3.

Puede darse el caso que las Salas Penales decidan en forma con-tradictoria respecto de un caso similar, y para resolver estas controver-sias jurisprudenciales, el artículo 301-A del Código de Procedimientos Penales señala que, a instancia de cualquiera de las Salas de la Fiscalía Suprema en lo Penal o de la Defensoría del Pueblo, se convocará inme-diatamente al Pleno de los Jueces de lo Penal de la corte Suprema para dictar una sentencia plenaria. la decisión del Pleno de Jueces Penales Supremos no afectará la sentencia o sentencias adoptadas en los casos que originaron la convocatoria.

En el Nuevo Código Procesal Penal, tenemos las reglas para la fi-jación de doctrina jurisprudencial en el artículo 433 que regula el con-tenido de la sentencia casatoria y Pleno casatorio. en el numeral 3, se establece que la Sala de oficio o a pedido del Ministerio Público podrá decidir, atendiendo a la naturaleza del asunto objeto de decisión, que

2 ídem.3 Definición extraída de la sentencia EXP. Nº 3361-2004-AA/TC, LIMA, CASO

JAime AmADo ÁlVArez GuillÉn. ica, del 12 de de agosto de 2005. en: www.tc.gob.pe.

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lo resuelto constituye doctrina jurisprudencial vinculante a los órganos jurisdiccionales penales diferentes a la propia corte Suprema, lo cual permanecerá hasta que otra decisión expresa la modifique.

en el caso de que haya otra Sala Penal Suprema, esta se integrará con otros Vocales, sin perjuicio de resolverse el recurso de casación, a su instancia, se convocará inmediatamente al Pleno casatorio de los Vocales de lo Penal de la corte Suprema para la decisión correspon-diente, que se adoptará por mayoría absoluta. no se requiere la inter-vención de las partes, ni la resolución que se dicte afectará la decisión adoptada en el caso que la motiva. La resolución que declare la doctri-na jurisprudencial, se publicará en el diario oficial.

Otro supuesto reglado por el artículo 433.4 NCPP, es que si se advirtiere que otra Sala Penal Suprema u otros integrantes de la Sala Penal en sus decisiones sostuvieran criterios discrepantes sobre la in-terpretación o la aplicación de una determinada norma, de oficio o a instancia del ministerio Público o de la Defensoría del Pueblo, obli-gatoriamente se reunirá el Pleno casatorio de los Vocales de lo Penal de la corte Suprema. en este caso, previa a la decisión del Pleno, que anunciara el asunto que lo motiva, se señalará día y hora para la vista de la causa, con citación del ministerio Público y, en su caso, de la De-fensoría del Pueblo. Se adopta la decisión por mayoría absoluta y se publica en el diario oficial.

Debe tenerse en cuenta además que si bien hay un catálogo de su-puestos de procedencia del recurso de casación previstos en el artículo 427 del NCPP, excepcionalmente, será procedente el recurso cuando la Sala Penal de la corte Suprema, discrecionalmente, lo considere nece-sario para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial.

en la medida que el recurso de casación es de reciente data, se han dictado muy pocas resoluciones como doctrina jurisprudencial. la mayor temática abordada del NCPP ha sido en los Acuerdos Plenarios VI y VII que serán examinados en este trabajo.

Modalidades

la corte Suprema en materia penal ha empleado las siguientes modalidades para fijar los precedentes vinculantes:

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1. ejecutoria Suprema Vinculante. esta ejecutoria se origina por la decisión de una Sala Penal Suprema de fijar en algunos de los con-siderandos de su sentencia reglas jurídicas. el fundamento es el artículo 301-A del Código de Procedimientos Penales.

2. Sentencia Plenaria que resuelve discrepancias jurisprudenciales. estas sentencias se han acordado en Pleno de Jueces Supremos para dilucidar sobre las ejecutorias supremas contrapuestas, como el caso del momento consumativo del delito de robo agra-vado o la sustitución de la pena en base al artículo 6 del Código Penal por las nuevas penas mínimas y máximas establecidas por la Ley Nº 28002 que modificó el artículo 297 del Código Penal. El fundamento es el artículo 301-A del Código de Procedimientos Penales y puede ser a iniciativa de una Sala Penal o también Fisca-lía Suprema o Defensoría del Pueblo.

3. Acuerdo Plenario de Jueces Supremos que aprueba que determi-nadas ejecutorias supremas se conviertan en vinculantes o sobre alguna materia sustantiva, procesal o de ejecución. Su base legal es el artículo 116 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que señala que los integrantes de las Salas especializadas pueden reunirse en plenos jurisdiccionales nacionales a fin de concordar jurispruden-cia de su especialidad.

Hay autores que cuestionan la calidad de vinculantes de los Acuer-dos Plenarios, porque dicen que la única fuente de Derecho admitida es la jurisprudencia, y no la discusión, los debates o acuerdos a los que pueden arribar los magistrados del Poder Judicial, y que la jurispruden-cia es formada por la actividad judicial expresada a través de senten-cias o autos4. los Acuerdos Plenarios, según interpretación de la corte Suprema, tienen carácter vinculante en una apreciación sistemática de las reglas para establecer principios jurisprudenciales. consideramos que la fijación de los precedentes, le corresponde por jerarquía al más Alto tribunal. los Acuerdos Plenarios no nacen de una discusión aca-

4 cAStillo AlVA, José luis. Precedentes Vinculantes, Sentencias Plenarias y Acuerdos Plenarios en materia penal de la Corte Suprema de Justicia. Los Prece-dentes Vinculantes. Apecc. lima, 2009, p. 37.

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démica sino en base a problemas derivados de los fallos de la misma Corte Suprema y de los órganos inferiores, lo que puede advertirse de una lectura de la justificación de los Acuerdos.

VI y VII Plenos Jurisdiccionales

A diferencia de los anteriores cinco plenos, estos han tenido un ingrediente adicional, al incorporar al debate previo a instituciones del ámbito jurídico, acercando la problemática no solo a los jueces sino a la comunidad jurídica nacional. las etapas que se siguieron fueron:

Primera Fase: Los Jueces Supremos discutieron y debatieron la agenda, la que debía contener la problemática o controversias en la judicatura en temas sustantivos, y además procesales, dando énfasis al nuevo modelo procesal penal.

Segunda Fase: Se organizó un Foro de Participación ciudadana en la Web del Poder Judicial. Solo participaron instituciones por medio de sus representantes. Además, se presentaron ponencias que fueron sustentadas en audiencias públicas

Tercera Fase: En esta, se llevó a cabo la Sesión Plenaria en la que se realizó la discusión y formulación de los acuerdos plenarios cuya labor recayó en los Jueces Supremos Ponentes.

El estudio, que se expone a la comunidad jurídica, comprende to-das las decisiones vinculantes en materia penal de la corte Suprema hasta el VII Acuerdo Plenario con referencias dogmáticas y de la doc-trina jurisprudencial. Se continúa con la formulación de interrogantes, se somete a crítica los precedentes, se valoran sus aciertos y también sus desaciertos, en el entendido de que como toda obra humana la jurisprudencia es perfectible.

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Índice general

introducción ...................................................................................

Parte IDerecho penal sustantivo

1. Aplicación temporal de la ley penal: combinación de leyes o unidad en la aplicación de las leyes ..........................................

2. rondas campesinas y Derecho Penal .......................................3. Concurrencia de circunstancias agravantes específicas de dis-

tinto grado o nivel y la determinación judicial de la pena ........4. Delitos de función y delitos comunes .......................................5. Prescripción. Plazos de prescripción en tipos penales sin pena

máxima conminada ..................................................................6. Suspensión de prescripción ......................................................7. La prescripción de la acción penal en los artículos 46-A y 49 del

código Penal .............................................................................8. Prescripción. Problemas actuales. ............................................9. la prescripción y el extraneus en delitos contra el patrimonio

del estado .................................................................................10. las consecuencias accesorias. Sanciones civiles y penales a las

personas jurídicas ....................................................................11. Delitos contra el honor y la libertad de expresión ....................12. la relevancia del valor del bien mueble en el delito de hurto

agravado ...................................................................................

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13. Delito de robo: pluralidad de agentes y organización criminal .14. Delito de robo y homicidio calificado. Criterios para diferenciar

el asesinato por conexión con otro delito de robo con muerte subsecuente o concurrente ......................................................

15. Delito de robo. consumación ...................................................16. momento de consumación en el delito de robo agravado. Sen-

tencia Plenaria Nº 1-2005/DJ-301-A que resuelve discrepancia jurisprudencial ..........................................................................

17. robo con muerte subsecuente y delito de asesinato. las lesio-nes como agravantes en el delito de robo ...............................

18. Violación sexual: alcance interpretativo del artículo 173 inciso 3 del CP, modificado por la Ley Nº 28704 para la determina-ción judicial de la pena .............................................................

19. Delitos contra la libertad sexual en adolescentes de 14 años .20. Delitos contra el honor sexual - seducción ...............................21. Trata de personas, favorecimiento de la prostitución y proxe-

netismo ....................................................................................22. correo de drogas, delito de tiD y la circunstancia agravante

del artículo 297.6 del Código Penal ..........................................23. Interpretación del artículo 297 inciso 6 del Código Penal, tráfi-

co ilícito de drogas y organización delictiva ..............................24. Delito de lavado de activos .......................................................25. Delito de lavado de activos y medidas de coerción reales ........26. Delito de terrorismo: elemento teleológico .............................27. Alcances del tipo penal de colaboración terrorista ..................28. colaboración y asociación terrorista.........................................29. Delito de terrorismo. colaboración de médico .........................30. el delito de desaparición forzada ..............................................31. El alcance del tipo legal de omisión o retardo de actos funcio-

nales. obligaciones de la Policía nacional y relaciones con el ministerio Público .....................................................................

32. Delito de peculado ....................................................................33. Diferencia entre delitos de rehusamiento a la entrega de bie-

nes a la autoridad y peculado por extensión ............................

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34. Delito de corrupción de funcionarios .......................................35. efectos de la regularización en los delitos tributarios...............36. la reserva del fallo condenatorio .............................................37. reincidencia, habitualidad y determinación de la pena ...........38. Aplicación de medida de seguridad de internación ..................39. Penalidad en los delitos que no tienen pena máxima ..............40. Alcances de la pena de inhabilitación .......................................41. ejecución de la pena de inhabilitación .....................................42. Determinación de reparación civil cuando hay pluralidad de

sentenciados .............................................................................43. confesión sincera y reparación civil .........................................44. reparación civil y delitos de peligro .........................................

Parte IIDerecho procesal penal

1. Principio acusatorio y debido proceso ......................................2. Motivación escrita de las resoluciones judiciales y el principio

de oralidad: necesidad y forma ................................................3. Prognosis de pena y prisión preventiva a propósito del r.N. Nº

4216-2009 .................................................................................4. Cuestión previa e identificación del imputado ........................5. transferencia de competencia ..................................................6. Criterios para aplicar el concurso real retrospectivo ................7. la acumulación de penas en concurso real de delitos ..............8. El control de la acusación fiscal en la etapa intermedia ...........9. La terminación anticipada a propósito del Acuerdo Plenario

Nº 5-2008/cJ-116 .....................................................................10. Conclusión anticipada de la instrucción y del juicio oral ..........11. Votación de cuestiones de hecho en la conclusión anticipada .12. Conclusión anticipada. Alcances ...............................................13. Prueba indiciaria. Presupuestos materiales ..............................

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14. Valoración de declaración de testigos ......................................15. reglas para la valoración de la declaración del coacusado, tes-

tigo o agraviado ........................................................................16. Valor probatorio de la pericia no ratificada ..............................17. Apreciación de la prueba en los delitos contra la libertad

sexual. Acuerdo Plenario N° 1-2011/cJ-116 .........................18. La determinación alternativa o desvinculación procesal ..........19. Desvinculación procesal. Alcances del artículo 285-A del códi-

go de Procedimientos Penales ..................................................20. Derecho de defensa del reo ausente ........................................21. Declaración de contumacia en la etapa de enjuiciamiento.

Presupuestos materiales ...........................................................22. cosa juzgada en relación al delito de asociación ilícita para

delinquir ...................................................................................23. cómputo de plazo de fundamentación del recurso de nulidad ..24. contra ejecutoria suprema que resuelve recurso de nulidad

no procede nulidad ...................................................................25. La prohibición de la reforma peyorativa ...................................26. el contenido y los elementos del ne bis in idem material. re-

laciones entre el Derecho Penal y el Derecho Administrativo sancionador ..............................................................................

27. Pérdida de imparcialidad y proceso de hábeas corpus o de amparo .....................................................................................

Parte IIIDerecho de ejecución penal

1. refundición de penas ...............................................................2. Obligación de ejecución de sentencia contra la que existe re-

curso de nulidad. La reparación del daño puede exigirse como regla de conducta .....................................................................

3. Criterios para la adecuación de penas por modificaciones de la Ley Nº 28002. Tráfico ilícito de drogas ......................................

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4. Sustitución de penas en los delitos de tráfico ilícito de drogas ..5. Criterios de aplicación de la ley penal en el tiempo. Delito de

tiD. Sentencia Plenaria nº 2-2005/DJ-301-A por discrepancia jurisprudencial ..........................................................................

6. Cambio jurisprudencial y retroactividad benigna de la ley pe-nal. Impertinencia de la aplicación del artículo 6 del Código Penal .........................................................................................

7. Aplicación retroactiva de sus disposiciones. Alcance del artícu-lo 6 del código Penal ................................................................

8. No obligatoriedad de constitución en parte civil para exigencia de pago de reparación civil .......................................................

9. Beneficios penitenciarios, terrorismo y criminalidad organizada ...

Parte IvNuevo proceso penal

1. Alcances de la audiencia de tutela ............................................2. la incautación ...........................................................................3. Acusación directa y proceso inmediato ....................................4. La víctima y el actor civil ..........................................................5. Inobservancia del plazo legal para formular acusación fiscal y

caducidad ..................................................................................

Comentarios finales ........................................................................Bibliografía .....................................................................................Fuentes digitales .............................................................................

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AnexoJurisprudencia Penal Vinculante

Acuerdos de los Plenos Jurisdiccionales(2005-2012)

SENTENCIA PLENARIA Nº 1-2005/DJ-301-A ...................................SENTENCIA PLENARIA Nº 2-2005/DJ-301-A ...................................ACUERDO PLENARIO Nº 1-2005/ESV-22 ......................................... R.N. Nº 224-2005-SULLANA ...................................................... R.N. Nº 1091-2004-LIMA .......................................................... R.N. Nº 948-2005-JUNÍN ........................................................... R.N. Nº 1538-2005-LIMA ..........................................................ACUERDO PLENARIO Nº 2-2005/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 3-2005/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 4-2005/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 1-2006/ESV-22 ......................................... R.N. Nº 1450-2005-LIMA .......................................................... R.N. Nº 1912-2005-PIURA ......................................................... EXP. Nº 2448-2005-LIMA ...........................................................ACUERDO PLENARIO Nº 2-2006/CJ-116 ........................................ACUERDO PLENARIO Nº 3-2006/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 4-2006/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 5-2006/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 6-2006/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 7-2006/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 1-2007/ESV-22 ......................................... R.N. Nº 2090-2005-LAMBAYEQUE ............................................ R.N. Nº 496-2006-AREQUIPA .................................................... R.N. Nº 1500-2006-PIURA ......................................................... r.n. 1920-2006-PiurA ..............................................................ACUERDO PLENARIO Nº 2-2007/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 3-2007/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 4-2007/CJ-116 .........................................

689692696698699701702704706708710712715717721724728730734736738740742744746748750752

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ACUERDO PLENARIO Nº 5-2007/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 6-2007/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 7-2007/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 8-2007/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 9-2007/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 1-2008/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 2-2008/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 3-2008/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 4-2008/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 5-2008/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 1-2009/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 2-2009/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 3-2009/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 4-2009/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 5-2009/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 6-2009/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 7-2009/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 8-2009/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 9-2009/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 10-2009/CJ-116 .......................................ACUERDO PLENARIO Nº 1-2010/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 2-2010/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 3-2010/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 4-2010/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 5-2010/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 6-2010/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 1-2011/CJ-116 ........................................ACUERDO PLENARIO Nº 2-2011/CJ-116 ........................................ACUERDO PLENARIO Nº 3-2011/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 4-2011/CJ-116 ........................................ACUERDO PLENARIO Nº 5-2011/CJ-116 ........................................ACUERDO PLENARIO Nº 6-2011/CJ-116 .........................................ACUERDO PLENARIO Nº 7-2011/CJ-116 ........................................ACUERDO PLENARIO Nº 8-2011/CJ-116 ........................................

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