comentario reforma constitucion del año 2014

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Analisis

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Universidad Tecnolgica La Salle

Len-Nicaragua.

Carrera: Ingeniera Mecnica con nfasis en Energas Renovables.Asignatura: Sociologa.Tema: Comentario de reforma a la constitucin del ao 2014.

Integrantes:Edwin J. Tern Chicas.

Docente: Lic. Cristian Chavarra.

Fecha: 04 de febrero de 2015

En el presente escrito se exponen mis opiniones respecto a la reforma realizada a la constitucin de la republica de Nicaragua en el ao 2014. Esto lo hago considerando que es una obligacin ciudadana para todos los nicaragenses plantear sus opiniones referentes a las modificaciones realizadas a nuestra constitucin sin importar el lugar de la sociedad civil donde uno se encuentre.Estoy a favor de la democracia directa y sus instrumentos mencionados en la reforma del Artculo 2, Soberana nacional, pero pienso que lo planteado en dicho artculo se vera ms fortalecido si los diputados fuesen elegidos uninominalmente por los ciudadanos, en vez de su escogencia por las cpulas partidarias, ya que por realizarse el proceso de esta manera los diputados seleccionados trabajan para el beneficio del partido al que pertenecen en vez de hacerlo por el beneficio del pueblo. Respecto a el Artculo 5, Principios de la nacin nicaragense, contina influenciado por los valores cristianos; es decir, la opcin por los pobres, el ideal socialista que busca el bien comn sobre el egosmo individual y la prctica solidaria de favorecer a los empobrecidos, desfavorecidos y marginados.En la reforma en lo que refiere al estado, apoyo fuertemente el nfasis de que Nicaragua es un Estado Democrtico y Social de Derecho que promueve la dignificacin del pueblo. Entre los cambios a la constitucin tambin se Ampla la Forma y rganos de gobierno, con otras instituciones y entes autnomos e independientes. El Territorio nacional descrito en el Artculo 10 debera mencionar a El Salvador porque tiene lmites con Nicaragua en el Golfo de Fonseca y en el Ocano Pacfico, otro punto a considerar tambin es que se ignora el lmite en el Mar Caribe con Costa Rica.Se consolida la Proteccin y respeto a la vida privada al sealarse en el Artculo 26 que La carta. Documentos y dems papeles privados substrados ilegalmente, no producen efecto alguno en juicio o fuera de l. El Derecho a un ambiente saludable, segn el Artculo 60, es de inters general tara todos y la Proteccin a la familia contemplada en el Artculo 70 define a los Gabinetes de Familia, ya institucionalizados en la ley del Ministerio de la Familia, como una expresin organizada de la comunidad y protagnica de sus propios procesos, que constituyen un modelo de acompaamiento desde las organizaciones estatales.En lo referente al Artculo 92, Defensa de la soberana, independencia e integridad territorial, que dicen as en el mismo orden: Las bases de datos y registros informticos debern permanecer en el pas y El espectro radioelctrico y satelital que incida en las comunicaciones nicaragenses debe ser controlado por el Estado. Cabe la pregunta si esas disposiciones estn dirigidas en trminos generales a la poblacin nicaragense o en trminos exclusivos al Ejrcito de Nicaragua. De estar dirigidas al control informtico del ejrcito no me parece haber ningn problema.Estoy en total conformidad con la idea del fortalecimiento de la formacin militar en los mbitos de la educacin patritica, cvica, en materia de derechos humanos y derecho internacional humanitario, tal como lo expresa el Artculo 93. Lamentablemente tambin se elimin el sometimiento del Ejrcito de Nicaragua a la autoridad civil a travs del Ministerio correspondiente y se limit al Presidente de la Repblica en su carcter de Jefe Supremo del Ejrcito de Nicaragua, lo que representa un factor que puede influir en que el riesgo poltico del pas tienda a elevarse.En el Artculo 98, concuerdo con las ideas de mejorar el nivel de vida y distribuir ms justamente la riqueza. La reforma apunta muy bien en reiterar el protagonismo de las personas, las familias y las comunidades en la planificacin del desarrollo humano y en la ejecucin y control de los planes de desarrollo.Lo novedoso y muy bien formulado del Artculo 101, Participacin de sectores productivos en la elaboracin de planes econmicos, es que se buscar el trabajo en conjunto entre el gobierno, empresarios y sindicatos para aumentar la productividad de la economa mediante educacin, capacitacin, transferencia de tecnologa, infraestructura econmica y mejor organizacin empresarial.En relacin al Artculo 102, Recursos naturales y medio ambiente es de mi opinin que el Gran Canal de Nicaragua no es ni ser el nico megaproyecto que se podra ejecutar en nuestro pas. Sin embargo si considero necesario establecer que la ejecucin de cualquier megaproyecto requerir la aprobacin de la Asamblea Nacional porque afecta los intereses de nuestra Nacin.Me parece correcta la idea del Artculo 131, Responsabilidad de funcionarios pblicos y del Estado, para que los funcionarios electos mediante sufragio universal sean destituidos de sus cargos si cambian de opcin electoral en el ejercicio de su cargo. No observo ninguna contradiccin en la propuesta de reforma del Artculo 138, Atribuciones de la Asamblea Nacional, que en el caso de la separacin de sus cargos de los funcionarios pblicos elegidos por la Asamblea Nacional ser posible con el 60% de votos del total de los diputados de la Asamblea Nacional, que es el mismo porcentaje con el cual son nombrados.Me gustara que se realizar a cabalidad lo establecido en el Artculo 146, Eleccin del Presidente y del Vice-Presidente, de que sern elegidos presidente y vice-presidente de la Repblica quienes obtengan la mayora relativa de votos. Lamentablemente pienso que este punto de la constitucin no se ha cumplido en las recientes elecciones las cuales desde mi punto de vista han estado enfocadas en fraude electoral. Algo que me parece muy astuto de parte del partido de gobierno es que en el Articulo 147 de la actual Constitucin de la Repblica Calidades para ser Presidente y Vice-Presidente, ya no impide a ser candidato a Presidente a quien ya haya sido en el perodo anterior y a quien haya ejercido el cargo por dos perodos.Del Artculo 150,Atribuciones del Presidente de la Repblica es bastante cuestionable, intolerable e injustificable incluir la atribucin de Dictar decretos ejecutivos con fuerza de ley en materia administrativa, porque nuestra historia poltica demuestra que este tipo de decisin ha dejado ingratos recuerdos en materia econmicay social. Esto no es conveniente para nuestra Nacin ni para el desarrollo democrtico de nuestro pas. Finalmente, no encuentro objecin para el Artculo 178, Autoridades municipales. Eleccin. Calidades y el Artculo 180, Derechos de las Comunidades de la Costa Atlntica, que se circunscriben en que el perodo de las autoridades municipales y regionales, incluyendo a los concejales, ser de cinco aos y que en el ejercicio del poder municipal deber mantenerse el principio de igualdad y equidad de gnero, o sea, un 50% de hombres y un 50% de mujeres.En Conclusin pienso que la reforma a la Constitucin Poltica de Nicaragua ha planteado avances en los siguientes mbitos: fortalecimiento de los mecanismos de democracia directa, la ampliacin del territorio nacional, la consolidacin del respeto a la vida privada, el mejoramiento de la funcin del Estado en la economa y la ampliacin de la proteccin a la poblacin nicaragense y al medio ambiente. No obstante Tambin se ha retrocedido en lo referente al sometimiento exclusivo de las fuerzas armadas y de la polica nacional al Presidente y en las cualidades necesarias para ser presidente por mencionar algunas.