colombia está entre los 7 países del mundo que más niños entrega en adopción al exterior,...

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1 Colombia entrega lo más preciado: sus niños y niñas. A propósito del debate sobre adopciones. Ángela María Robledo Gómez Contenido Una reflexión previa. ............................................................................................... 2 1. Colombia en adopciones internacionales, una política deliberada e ilegal ....... 2 2. La adopción en Colombia ¿una práctica colonial? ......................................... 12 3. ¿Las casas de adopciones están bajo la urna de cristal? ............................... 17 Conclusiones y compromisos del debate .............................................................. 23

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Debate de control político de la Representante Angela Robledo sobre el programa de adopción de niños en Colombia.

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Page 1: Colombia está entre los 7 países del mundo que más niños entrega en adopción al exterior, alertó Angela Robledo

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Colombia entrega lo más preciado: sus niños y niñas. A propósito del debate sobre adopciones.

Ángela María Robledo Gómez

Contenido

Una reflexión previa. ............................................................................................... 2

1. Colombia en adopciones internacionales, una política deliberada e ilegal ....... 2

2. La adopción en Colombia ¿una práctica colonial? ......................................... 12

3. ¿Las casas de adopciones están bajo la urna de cristal? ............................... 17

Conclusiones y compromisos del debate .............................................................. 23

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2

Una reflexión previa.

Vale la pena señalar que las adopciones en el mundo entero se han convertido

en una cuestión que despierta múltiples sensibilidades y enormes debates, por

ello algunos especialistas señalan que hoy en día no se trata de un hecho

exclusivamente jurídico, sino de procesos con profundas motivaciones éticas,

sociales y hasta políticas. En esta medida la adopción, a diferencia de lo que

ocurría con legislaciones previas a la Convención Internacional de los Derechos

del Niño en 1989, dejó de estar más orientada a garantizar los derechos de los

adoptantes, para privilegiar como principio rector el interés superior de niñ@s.

1. Colombia en adopciones internacionales: una política

deliberada e ilegal

¿Qué ha ocurrido en Colombia?

Las irregularidades que se pusieron en evidencia recientemente con las

denuncias en los procesos de adopción confirman que en el país no se les

permite a muchas familias pobres conservar a sus hijos, ni tampoco a muchas

familias colombianas tener prioridad para adoptar, como lo establece la

Convención de La Haya y ley 1098 de Infancia y Adolescencia (art 71) . Por

estas y muchas más razones la Procuraduría General de la Nación, inició un

proceso de vigilancia superior al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

(ICBF) y a las cinco (5) instituciones autorizadas para adelantar el Programa

de adopciones ubicadas en Bogotá, con el propósito de verificar el

cumplimiento de las obligaciones constitucionales y legales en relación con la

organización del Programa de Adopción a nivel nacional e internacional

(http://www.caracol.com.co/noticias/judicial/procuraduria-inicia-vigilancia-al-

programa-de- eadopcion-del icbf/20120416/nota/1670774.aspx)

Vale la pena recordar que nuestro país es reconocido por el alto número de

niñas y niños que entrega en adopción a familias en el extranjero….. Los datos

confirman de manera elocuente esta afirmación como se verá más adelante. Y

de quien hoy vamos a saber cuáles han sido los hallazgos y cuáles las

recomendaciones.

Ya es hora que el país en un debate abierto y público reflexione y conozca la

verdadera situación del Programa de adopciones en Colombia, el que debe

desarrollarse, como lo ordena la Constitución y el Código de Infancia y

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Adolescencia, bajo “la suprema vigilancia del Estado” (art. 61) en cabeza del

ICBF como autoridad central en materia de adopciones (art. 62), desde el

principio del interés superior de la niñez. Tenemos muchas preguntas y hoy

queremos respuestas concretas: ¿Por qué se recurre a la adopción

internacional con preferencia, como vamos a ver en las cifras, a sabiendas que

solo se debe acudir a ellas cuando “no se puede encontrar una familia

adecuada en el país de origen”, (Convenio de la Haya y art. 71 del Código de

Infancia y Adolescencia)?

¿Por qué Colombia es uno de los tres países de América Latina que más ha

dado niños y niñas en adopción internacional durante los últimos 30 años?

¿Por qué las instituciones autorizadas para desarrollar el Programa, en

especial las Casas de adopción (IAPAS) cuentan con todos los dispositivos

para tal propósito, tales como: tienen los niños y niñas en protección, reciben

las solicitudes y seleccionan las familias, además manejan las donaciones con

total “autonomía” contradiciendo las recomendaciones de la Convención de La

Haya en la Comisión Especial que se llevo a cabo en el 2010, en la cual señala

que debe existir Procedimientos transparentes e independientes para

declarar la adoptabilidad y tomar decisiones respecto a la colocación de un

niño en adopción y no completamente concentrados como lo tiene Colombia.

¿Ha dejado el ICBF de ser la autoridad central del Programa, en la medida en

que ha entregado funciones y total autonomía a las ocho (8) casas de

adopción que operan en nuestro país?

¿El programa de adopciones protege el interés superior del niño, o por el

contrario protege y promociona otros intereses?

Veamos…

¿Cómo esta Colombia en las adopciones internacionales en el plano

internacional y mundial?

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Cuadro 1.

Los siete principales países emisores entre 1980 y 2010

Fuente: Datos estadísticos de la Comisión Especial de La Haya de 2010 y en estimaciones basadas en datos provenientes de los países receptores sobre el origen de los niños y niñas adoptados internacionalmente. Tomado de Selman, Peter (2012), “Tendencias Globales en adopción internacional: ¿En el “interés superior del Niño”?”, Scripta Nova, Revista electrónica de Geografía y Ciencias Sociales, Universidad de Barcelona, 15 de marzo de 2012.1

“¿Por qué países más pobres que Colombia no entregan a sus hijos en

adopción?"

Durante los últimos 30 años somos uno de los 7 países del mundo que más niños

y niñas hemos dado en adopción internacional.

¿Lo sabíamos?

Colombia está dentro de los siete principales países emisores entre 1980 a 2010

junto con Corea, China, India, Rusia, Etiopia, Vietnam y Guatemala. Cuadros

basados en los datos estadísticos de la Comisión Especial de la Haya de 2010 y

en estimaciones basadas en datos provenientes de los países receptores sobre el

origen de los niños y niñas adoptados internacionalmente.

A pesar de que hay tendencias globales en la adopción internacional 2001 – 2009

de disminución para el 2010, luego de un aumento constante desde la década de

los 90, como lo muestra la figura el cuadro 2.

1 Agradecemos la entrevista personal con el profesor Peter Selman, sociólogo de la Universidad

de Newcastle, el 12 de julio de 2012, quien nos brindó información valiosa para este debate. El

documento citado se encuentra disponible en: http://www.ub.edu/geocrit/sn/sn-395/sn-395-21.htm

1980-89 1998 2004 2010

Corea China China China

India Rusia Rusia Etiopía

Colombia Vietnam Guatemala Rusia

Brasil Corea Corea Haití

Sri Lanka Colombia Ucrania Colombia

Chile Guatemala Colombia Vietnam

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El país que más ha participado en la adopción internacional es Corea con un total

de 160.000 niños y niñas entre 1953 a 2010.

Pero detengámonos en las cifras:

Cuadro 2.

Nueve países emisores de más de 10.000 niños y niñas en adopción internacional: 2003-2010 (en negrita los años con mayores cifras)

Año China Rusia Guatemala Etiopía

Corea del Sur

Colombia Ucrania Haití Vietnam

2003 11.229 7.743 2.677 854 2.287 1.750 2.049 1.055 936

2004 13.407 9.417 3.424 1.527 2.258 1.741 2.021 1.159 491

2006 10.745 6.776 4.232 2.172 1.899 1.639 1.046 1.096 1.370

2008 5.972 4.140 4.186 3.896 1.250 1.617 1.577 1.368 1.739

2009 5.085 4.033 799 4.596 1.125 1.413 1.516 1.238 1.506

2010 5.471 3.387 58 4.396 1.013 1.798 1.093 2.601 1.242

2003-10 75.149 47.856 24.099 22.221 13.197 13.059 12.903 10.258 10.177

El caso de Guatemala, es muy particular e interesante, dado que las adopciones

que eran en su mayoría para Estados Unidos fueron suspendidas en el año 2009,

después de que se revelará que los niños y niñas guatemaltecos eran vendidos en

gran escala, incluso se denunciaba, que algunos niños eran robados a sus

padres.(http://www.rnw.nl/espanol/article/guatemala-reabre-adopci%C3%B3n-de-

ni%C3%B1os-al-extranjero). Hechos que motivaron decisiones trascendentales en

el Congreso Guatemalteco, como fue la ley de adopciones (77 de 2007) y su

reciente decreto reglamentario 82 de 2010, el cual obliga al gobierno nacional a

preferir y promover las adopciones nacionales

Colombia en cifras está muy cerca con Corea del Sur y, Colombia supera a

Ucrania, Haití y Vietnam en enviar niños y niñas en adopción internacional. De

hecho, durante este periodo 2003 a 2010, Haití solamente nos supera en número

de adopciones internacionales como consecuencia de los niños y niñas que

quedaron afectados por el terremoto.

Es importante señalar en el caso de Corea, que es el país emisor de niños y

niñas más grande desde 1950 con 165.000 adopciones, “anunció planes para

poner fin a su programa de adopción internacional en 2012”, esta propuesta ha

sido especialmente impulsada por personas quienes fueron adoptadas y las

madres de nacimiento. En el 2007, por primera vez en muchos años en Corea,

hay más adopciones nacionales que internacionales, como igualmente está

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ocurriendo en la India, cuyas adopciones nacionales ahora son más numerosas.

(Selman, 2012).

En Corea ya ha habido reuniones gigantescas de coreanos y coreanas que fueron

adoptados y regresaron para reencontrarse con sus familias de origen, quienes

recomiendan y exigen el cambio de legislación para que se privilegien a las

familias nacionales.

¿Qué tenemos que aprender de estas experiencias y de la tendencia mundial

frente al tema de las adopciones internacionales?

¿Es por el interés superior del niño o niña que tenemos un número tan alto de

adopciones internacionales?

Ahora miremos ¿cuáles son las cifras para América Latina?

En el 2008 solo 3 países Guatemala, Colombia y Haití se encontraban entre los

primeros doce países emisores de niños y niñas en adopción internacional y en el

2009-2010, solo Colombia y Haití.

Grafica 1.

0

500

1.000

1.500

2.000

2.500

3.000

3.500

4.000

4.500

2003 2004 2006 2008 2009 2010

Tres países latinoamericanos emisores de niños y niñas en adopción internacional: 2003-2010

Guatemala Colombia Haití

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Colombia se ha mantenido como país de origen en un nivel constante con un

mayor número de adopciones internacionales en el 2010. Un país como Brasil solo

cuenta con 400 a 500 adopciones al año. La mayoría de ellos son niños y niñas

mayores de 7 años o con necesidades especiales. Perú, en 2010 tuvo 169 niños y

niñas entregados en adopción internacional; México 119 y el Salvador entrego

menos de 100. (Selman, 2012)

Cuadro 3.

Adopciones internacionales en América Latina

Año Guatemala Colombia Haití

2003 2.677 1.750 1.055

2004 3.424 1.741 1.159

2006 4.232 1.639 1.096

2008 4.186 1.617 1.368

2009 799 1.413 1.238

2010 58 1.798 2.601

2003-10 24.099 13.059 10.258

Fuente: Selman, 2012, Op. cit.

Nos seguimos preguntando:

¿Por qué países más pobres no entregan sus hijos y Colombia si?

Muchos sostienen que la tendencia mundial de disminución de adopciones

internacionales se debe no a las legislaciones de los países de origen, sino a

reacciones a los países receptores por los fraudes y la corrupción en los trámites

de adopciones, por tráfico infantil, o por la falta de garantías para su desarrollo.

Creemos que es ya hora para que revisemos las razones que tenemos para enviar

a nuestros niños y niñas en adopción al exterior, ¿realmente es eso lo que

queremos para ellos y ellas?, o más bien, es un problema que emerge de manera

esporádica en el ámbito público y no se ha abordado profundamente para buscar

erradicar las verdaderas causas del abandono de la niñez y las condiciones de

pobreza y miseria en la que viven millones de familias en el país. Lo cual se ve

agravado por una institucionalidad, que en ocasiones, se presta para adelantar

procesos amañados que violan principios éticos, incurren en francas

irregularidades al debido proceso, pasando por encima de los derechos

fundamentales y del interés superior de la niñez.

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Las cifras confirman que Colombia entrega lo más preciado: sus niños y niñas. De

39.723 niños y niñas dados en adopción (1997-2011), casi el 60% (23.528) se

entregaron a familias extranjeras.

Veamos las gráficas.

Gráfica 2.

Peso de adopciones extranjeras en los 7 países que más exportan niñ@s-2010.

Fuente: Comisión Especial de La Haya de 2010 en Selman, 2012

Si se comparan las adopciones internacionales y nacionales de niños y niñas

colombianos/as se puede inferir que hay una política clara, en los últimos 10 años,

por parte del ICBF y de las casas de adopción para entregar niños y niñas en el

exterior. ¿Qué intereses se esconden?

0,0000%

0,0050%

0,0100%

0,0150%

0,0200%

0,0250%

0,0300%En proporción con la población, Colombia es el

tercer país del mundo que más “exporta” niñ@s

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Gráfica 3.

Adopciones internacionales y nacionales de colombianos, 2001/2011

Fuente: ICBF, 2012

De acuerdo con las cifras suministradas por el ICBF, se evidencia que las

adopciones nacionales en los últimos 10 años han decrecido (-13%) y las

internacionales han aumentado (16%). A su vez, se nota claramente que las

adopciones nacionales en ese mismo periodo fue de 28.626 niños y niñas, de los

cuales casi el 60% (16.830) se entregaron a familias extranjeras y sólo el 41%

(11.796) a familias nacionales. Es decir, durante este período ha habido una clara

tendencia a privilegiar la adopción internacional que la nacional.

1219

982 10661175

1060

1066

1419

734

1696

1902

1600

1998

1647

0

250

500

750

1000

1250

1500

1750

2000

2250

2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011

Nacionales

Internacionales

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10

Gráfica 4a.

Crecimiento adopciones internacionales y nacionales de colombianos/as, 2001-2011

Fuente: ICBF, 2012.

Si se analiza el porcentaje de adopciones internacionales y nacionales por cada

casa de adopción los resultados siguen confirmando nuestra hipótesis: la entrega

de niños en el exterior quizás tiene un fuerte interés por parte de las casas de

adopción. Sigamos viendo datos para evitar cualquier discusión parcializada.

Gráfica 4b.

Adopciones IAPAS 1995-2010

Fuente: ICBF

12191066

1419

1647

0

250

500

750

1000

1250

1500

1750

2000

2250

2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011

Nacionales

Internacionales+ 16%

- 13%

Internacionales

Nacionales

El 60% de las adopciones en los

últimos 10 años son a familias

extranjeras

IAPASAdopciones

Nacionales

Adopciones

Extranjeras

% A. extranjeras vs

totalTotal Paises Receptores

Pisingos 252 2426 91% 2678 USA, Suecia, Francia

Fana 405 1935 83% 2340 USA, Francia

Cran 219 1174 84% 1393 USA, Holanda

Casa de María y el Niño (Medellín) 66 1109 94% 1175 USA, Italia y Suecia

Casa de la Madre y el Niño (Btá) 245 945 79% 1190 Italia, Francia

Chiquitines 95 893 90% 988 USA, Francia

Ayúdame 65 852 93% 917 USA, Dinamarca, Holanda

Casita de Nicolas 227 490 68% 717 USA

Total 1574 9824 86% 11398

Adopciones IAPAS 1995-2012

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El grave problema es que esta práctica es ilegal dado que contraviene lo

establecido en la Convención de La Haya2 sobre adopciones, la Constitución de

1991 y el Código de Infancia y Adolescencia (art.71), normatividad internacional y

nacional en la cual se ordena dar prioridad a las familias nacionales frente a las

extranjeras. Llama la atención el crecimiento de las adopciones internacionales en

el 2010 y coincide con la suspensión de las adopciones de Guatemala. Pareciera

ser que Colombia entra a suplir las necesidades de adopción internacional dejadas

por Guatemala y otros países en el ámbito internacional.

Si se revisa la lista de espera de familias tanto nacionales como extranjeras que

han presentado solicitudes para adoptar, se evidencia la asimetría de las mismas..

A diario se conocen muchos casos de familias nacionales que queriendo adoptar

un niño o niña encuentran tantas dificultades que desisten por la cantidad de

obstáculos y barreras que encuentran en el proceso. Y así poder argumentar que

las familias nacionales no tienen interés en adoptar, pareciera que ese

efectivamente es el propósito. Las familias colombianas terminan desistiendo para

evitar humillaciones, papeleos y discriminaciones.

La siguiente tabla, suministrada por el ICBF ilustra la anterior tesis.

2 Convenio relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional. La Haya mayo 1993. Convenio ratificado por Colombia.

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Gráfica 5.

Lista de espera de familias a adoptar

Fuente: ICBF 2012

Niños y niñas con necesidades especiales dados en adopción del 2002 al

2011.

Una de las razones que se argumentan a la hora de privilegiar las familias

extranjeras, se dice, es que las familias colombianas difícilmente acogen en sus

hogares a niños y niñas con necesidades especiales, pero las cifras dan cuenta

que en el periodo comprendido entre el 2002 al 2011 un 23%, o sea 6.342 niños y

niñas dados en adopción tenían estas limitaciones, de un total de 25.988 niños y

niñas.

2. La adopción en Colombia ¿una práctica colonial?

Podríamos plantear que una de las razones por las cuales se prefiere a las

familias extranjeras frente a las nacionales para entregar los niños en adopción,

tiene que ver con la profunda desconfianza que las élites colombianas y los

funcionarios han mostrado de tiempo atrás hacia las capacidades que tienen las

familias, en especial las más pobres para criar y educar a sus hijos.

225

2859

0

500

1000

1500

2000

2500

3000

3500

Residentes en Colombia Residentes en el extranjero

¡12 veces

más!

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La investigación adelantada por Javier Sáenz, Oscar Saldarriaga y Armando

Ospina (1997) “Mirar la Infancia: pedagogía, moral y modernidad, 1903-1946”,

plantea que en el proyecto de modernización en Colombia a principios del siglo

XX, tuvo como punto de referencia el desarrollo de las disciplinas científicas de

países como EEUU y Europa. Para los pedagogos activos de la época “… la

clave del progreso de la nación residía en la apropiación de saberes, instituciones

y técnicas de estos países” (Sáenz, Saldarriaga y Ospina, p.10).

Pedagogos reformistas como Miguel Jiménez López, Rafael Bernal Jiménez,

Gabriel Anzola Gómez, partían de la imagen pesimista de la raza y desconfianza

en el individuo en especial en los pobres, las mujeres y los niños, “…las

consideraban afectadas por profundas y gravísimas patologías físicas, mentales,

morales y sociales y, por lo tanto, privilegiaron opciones de las reformas

educativas de carácter remedial o “defensivo”” (p. 11). Para estos pedagogos, de

la defectuosa conformación de la raza se derivaban los males intelectuales,

morales y sociales del país. Por lo tanto un proyecto de modernización en

Colombia exigía intervenir en la “degeneración de la raza” a través de políticas y

programas de emergencia para vigorizar biológica y fisiológicamente al pueblo

colombiano. Estos proyectos se dirigieron fundamentalmente a los pobres, a la

infancia, a las familias y a la escuela.

Los intelectuales reformistas consideraban que la infancia en Colombia, etapa de

especial fragilidad y vulnerabilidad al medio, estaba plagada de de peligros y

enfermedades que los afectaba especialmente, también de malos ejemplos

físicos, morales, intelectuales y sociales. Las familias del pueblo mostraban

procesos de desintegración y los padres no eran modelos dignos de ser imitados.

La imagen de estas familias, se reiteraba al referirse a las familias pobres como

conformadas por: “…padres viciosos, vagos, violentos y promiscuos y que

explotaban a sus hijos” (Saenz, Saldarriaga y Ospina, p. 33).

Se sospechaba de la capacidad de estas familias para formar moralmente a sus

infantes. Esta desconfianza había estado presente frente a indígenas y negros,

ahora se extiende a las familias y los niños en general. Es sobre la desconfianza

en el pueblo, la desconfianza en el individuo y la desconfianza en la niñez, sobre

la cual se desarrolla toda una tarea que podríamos llamar de ortopedia social,

para convertir a la niñez y la juventud en los motores del proyecto de la

modernidad en Colombia. “La riqueza de un país no consiste en sus bancos, ni en

sus ferrocarriles, ni en la potencia de sus industrias, sino que reside, única y

exclusivamente en las características del pequeño ciudadano” ((Vasco, 1956) “El

breviario de la madre”, Medellín, Editorial Bedout). En palabras de Alberto

Martínez “…cuando los pobres son encerrados-y con mayor razón si se trata de

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14

niños pobres- aparecen nuevas formas de tratamiento que hacen de los niños su

epicentro y el objeto no tanto del saber como de disciplina y el encauzamiento” (p.

6).

Estos argumentos eran presentados por los pedagogos y políticos de principios

del siglo XX, pero lo que vemos hoy, nos permitiría afirmar que esta desconfianza

aún está presente y que en estas condiciones la adopción en Colombia se ha

convertido en una práctica más de colonización, la cual puede tomar una

apariencia más sutil, dado que los argumentos que la justifican se cubren con

“ropaje jurídico” y el interés superior del niño.

Familias colombianas en pobreza

En Colombia, según Planeación Nacional, una de cada tres personas en Colombia

es pobre (30,7%). Es decir, al menos 14 millones de personas son pobres. De los

trece millones de hogares que hay en Colombia 4 millones son pobres, si

suponemos, como lo hace el DANE, que en promedio por hogar en Colombia hay

3,6 personas. Es decir uno de cada tres hogares en Colombia es pobre.

Como se ha demostrado en muchos países, la mejor política para evitar el

abandono y las adopciones es una política fuerte de apoyo y trabajo con las

familias.

Es fundamental recordar que la adopción es sólo una las posibilidades entre las

siete (7) propuestas en el ley 1098 de 2006, como medida de restablecimiento de

derechos (art.53) y está relacionada con la tercera que establece la ubicación

“inmediata” en medio familiar. Del mismo modo el art.56 es taxativo, en privilegiar

la “ubicación” en la familia de origen o extensa.

Ya desde 1960 en encuentros realizados en Suiza, en 1978 en Ginebra se

recomendaba, como hoy lo hacen los mismos adultos coreanos que fueron dados

en adopción internacional, que “la elección de los adoptantes, debe recaer en

una pareja del país del niño” (p. 222).

De esta manera, la Convención de La Haya de 1993 y el Código de Infancia y

adolescencia de 2006, las recogen y señalan:

1. Prioridad, lograr que los niñ@s permanezca en su familia natural.

2. Agotadas todas las posibilidades en país de origen, la adopción internacional

debe abrirse como una posibilidad. “La adopción entre países constituye una

nueva fenomenología que prácticamente ha desbordado el marco legal existente,

siendo cada día mayor las lagunas y colisiones” (p.223). No sólo se presentan

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15

dificultades de orden normativo sino sociocultural, siendo éstas últimas las más

importantes.

¿Qué pasa entonces en Colombia?, no solamente estamos incumpliendo la

normatividad nacional e internacional, a la jurisprudencia de la Corte, sino y

fundamentalmente le estamos incumpliendo a los niños y niñas colombianos.

La Corte Constitucional en Sentencia 572 de 2009, resalta el papel del Estado

en la protección de los niños y las niñas, así:

“…La familia, en tanto que núcleo fundamental de la sociedad, debe ser protegida

de manera integral por el Estado”, en consecuencia e independientemente de la

definición de familia que tengamos, continua la Corte, “…las autoridades públicas,

en tanto que se está ante un derecho fundamental, deben abstenerse de adoptar

medidas administrativas o judiciales que, en el práctica, impliquen violar la unidad

familiar, so pretexto, por ejemplo, de amparar los derechos fundamental de

alguno de sus integrantes”. En consecuencia “la acción estatal no puede

encaminarse exclusivamente hacia la implementación de medidas de

restablecimiento de derechos (ubicación del menor en centro de emergencia,

hogares de paso, adopción, etc.), en tanto que mecanismos legítimos y necesarios

dirigidos a proteger los derechos de los niños frente a peligros o amenazas

verdaderamente reales contra sus derechos fundamentales, sino que igualmente,

y de manera prioritaria, debe encausar su accionar, presupuestal y burocrático,

hacia la puesta en marcha de medidas que, como se ha señalado, les faciliten a

los padres poder cumplir con sus deberes constitucionales y legales (….) y al

mismo tiempo, suplir las necesidades económicas del núcleo familiar” (el

subrayado y resaltado es nuestro).

Considero que estamos haciendo la tarea “más fácil”, entregar los niños en

adopción internacional. No hemos asumido la mayor responsabilidad que tiene el

Estado de contar con un Sistema de Protección integral de la niñez y la familia,

fortalecido y un Sistema de Bienestar Familiar en funcionamiento.

Colombia no cuenta con una Política Pública para las familias, a través de la cual,

entre muchas otras cosas, puede fortalecer la adopción de las familias nacionales.

Pero principalmente debe dársele cumplimiento a la prioridad de garantizar

mantener al niño o niña en las familias de origen o la prelación de las solicitudes

presentadas por familias colombianas y solo acudir a la adopción internacional

cuando “no se puede encontrar una familia adecuada en el país de origen”

(art.71 de la ley 1098 de 2006). La adopción se ha convertido es en un castigo a la

pobreza.

¿Dónde quedan los derechos que tienen las familias?

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Y dónde las políticas públicas y las instituciones que promuevan y trabajen por la

unidad familiar?

Los aprendizajes de Guatemala pueden ser un referente importante para nosotros.

En este país se tomo la decisión de reconocer el alto número de adopciones

irregulares, se volvió “un negocio rentable, que convirtió a nuestros niños en

mercancías de exportación, desvirtuando así el verdadero espíritu de una

institución… como es la adopción” (Presentación de la ley de adopciones decreto

77 de 2007). Ley en la cual expresamente se establece que “la situación de

pobreza o extrema pobreza de los padres no constituye motivo suficiente

para dar en adopción a un niño” (art.6)

Además la Corte Constitucional señala en la sentencia T - 887 de 2009 acerca

del respeto del debido proceso para garantizar los derechos de las familias:

“(…) existe, en principio, una presunción a favor de mantener el vínculo

recíproco entre los padres biológicos y sus hijos o hijas. Esta presunción

también es respaldada por los tratados internacionales sobre derechos humanos.”

(…) la presunción a favor de la familia biológica solo puede ser desvirtuada por

medio de argumentos poderosos, relacionados con la ineptitud de la familia

biológica para asegurar el bienestar del niño o de la niñas; (…) y únicamente

cuando (…) se tienen en cuenta los trámites previstos en la legislación bajo

estricto respeto de las garantía del debido proceso y observancia de los

derechos constitucionales fundamentales de las personas involucradas.”

(Resaltado y subrayado nuestro).

Principios que al parecer y atendiendo las denuncias que se han realizado

públicamente, se han vulnerado en algunos casos en nuestro país y, éstos

presupuestos y su cumplimiento, son los soportes fundamentales antes de

pensarse en la adopción internacional.

A propósito de nuestra pregunta, vale la pena recordar los planteamientos del

profesor Emilio García Méndez, cuando señala que: la vida de niñ@s en especial

los más pobres, terminará resolviéndose en términos jurídicos, y en muchos casos

criminalizándose, acentuándose la concepción de la infancia como una etapa de

protección, vigilancia y castigo.

Hoy en nuestro país, coexisten al menos dos condiciones de niñez: niños y niñas

que pueden gracias a sus condiciones materiales, sociales, psicológicas ejercer

una ciudadanía cultural, social y aquellos considerados aún “menores” cuya

ciudadanía está tutelada, bajo sospecha y constantemente intervenida desde la

violencia y las distintas formas de exclusión, defensores y jueces.

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Desde temprana jurisprudencia la Corte Constitucional ha entendido que:

“la familia no puede ser desvertebrada en su unidad ni por la sociedad ni por el

Estado, sin justa causa fundada en graves motivos de orden público y en atención

al bien común y sin el consentimiento de las personas que la integran, caso en el

cual dicho consenso debe ser conforme al derecho” (en sentencia 572 de 2009).

El Consejo de Estado, en sentencia del 2 de septiembre de 2009, al momento

de determinar la existencia de perjuicios morales, indicó lo siguiente:

“la familia no sólo se constituye por vínculos jurídicos o de consanguinidad, sino

que puede tener un sustrato natural o social, a partir de la constatación de una

serie de relaciones de afecto, de convivencia, de amor, de apoyo y solidaridad,

que son configurativas de un núcleo en el que rigen los principios de igualdad de

derechos y deberes para una pareja, y el respeto recíproco de los derechos y

libertades de todos los integrantes. En esta perspectiva, es posible hacer una

referencia a las acepciones de “padres (papá o mamá) de crianza, “hijos de

crianza”, e inclusive de “abuelos de crianza”, toda vez que en muchos eventos las

relacione de solidaridad, afecto y apoyo son más fuertes con quien no se tiene

vínculo de consanguinidad, sin que esto suponga la inexistencia de los lazos

familiares, como quiera que la familia no se configura sólo a partir de un nombre y

un apellido, y menos de la constatación de un parámetro o código genético, sino

que el concepto se fundamenta, se itera, en ese conjunto de relaciones e

interacciones humanas que se desarrollan con el día a día, y que se refieren a ese

lugar metafísico que tiene como ingredientes principales el amor, el afecto, la

solidaridad y la protección de sus miembros entre sí, e indudablemente también a

factores sociológicos y culturales”.

3. ¿Las casas de adopciones están bajo la urna de cristal?

Todos los dispositivos jurídicos y administrativos se encuentran al servicio de las

casas de adopciones.

Resalto, como primer punto de este capítulo que hay un fácil acceso, por internet,

a la información publicitaria de las casas de adopciones y de los tramites y pasos

para adoptar niños en Colombia desde el extranjero. Hay toda una estrategia

comercial muy sólida para publicitar la adopción de niños y niñas colombianas

sobre todo en el exterior, los cuales muchas veces incluyen los sitios de

alojamiento, el transporte (taxis), los guías turísticos para el tiempo de estadía en

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el país, en fin preparan todo el paquete para el trámite correspondiente de la

adopción.

Por eso nos preguntarnos, ¿Quiénes más se lucran con la adopción

internacional?

Este hecho contrasta de manera sobresaliente con el hermetismo casi total de la

información financiera de las casas de adopción. Hace más de un año estamos

pidiendo los ingresos, cuantía de donaciones, egresos y rendimientos de cada

casa de adopción en Colombia, a su vez hemos pedido el destino de los ingresos

y donaciones de las casas de adopciones. No nos ha llegado esa información. La

hemos buscado por diferentes medios legales y ha sido imposible obtenerla. Esta

información se constituye en objeto de un derecho y en consecuencia debe ser

suministrada a cualquier ciudadano o ciudadana colombiana, en la medida que las

casas de adopción (IAPAS) manejan recursos públicos. Recursos públicos

destinados a garantizar los derechos más sagrados de Colombia, los derechos de

los niños, niñas especialmente.

Claramente las casas de adopción no están en la urna de cristal.

El primer pantallazo de las principales páginas web de adopciones desde el

extranjero de niños o niñas colombianas son los siguientes. Basta buscar en

google y con dos clics ya se tiene toda la información disponible.

http://directory.adoption.com/international/Colombia.html

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http://www.conexioncolombia.com/como-adoptar-un-nino-en-colombia

http://adoption.state.gov/country_information/country_specific_info.php?country-select=colombia

Se pueden revisar también los siguientes links:

http://www.conexioncolombia.com/como-adoptar-un-nino-en-colombia

http://www.rainbowkids.com/countries/CountryGuideLines.aspx?id=63

http://www.theadoptionguide.com/options/adoption-from-colombia

http://adoptiva.foroactivo.info/t417-para-los-que-pensabamos-que-la-adopcion-en-

colombia-ofrecia-garantias

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http://dartnell-

orozco.com/CASAS%20DE%20ADOPCION%20DIRECCIONES%20Y%20CONTACTOS.html

http://adopciones.espacioblog.com/post/2006/09/10/adoptar-colombia

http://asatlas.org/

Veamos, como segundo punto de este capítulo, cuál es el trámite de adopciones

en Colombia. El siguiente esquema resume como todas las funciones de la

adopción están concentradas en las llamadas IAPAS (Instituciones Autorizadas

por el ICBF para desarrollar programas de Adopciones en Colombia) –conocidas

como casas de adopción- y se pueden asimilar a un modelo de integración

vertical o financiera análogo al del sistema de salud que tanto daño ha hecho en

este país.

Gráfica 6.

Modelo de adopciones Colombia: Un negocio redondo y centralizado en las IAPAS

Construcción propia

La Convención de La Haya señala que el proceso de adopción se debe adelantar

de manera independiente y transparente. Pues bien, en nuestro país todo se

encuentra concentrado y contralado directamente en la casas de adopción así:

cuentan con los niños y niñas bajo su protección, las solicitudes de adopción les

llega directamente, del mismo modo, realizan el proceso de selección de las

familias dado que cuentan con los Comité de adopciones, y mediante un defensor

de familia, asignado por el ICBF, definen la adopción de los niños y niñas. Todas

estas instancias están bajo la dirección de las casas de adopción como lo expresa

la siguiente comunicación (mayo 2012) que recibimos de un profesional que

trabajo en una de las IAPAS.

PROTECCION: Iapas

SELECCIÓN DE FAMILIAS : Comité

de adopciones

DECISIÓN: Defensor de

Familia

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Este modelo es completamente contrario al que se aplica hoy en Guatemala, allí

todas las instancias son independientes, son revisadas y supervisadas y cada

faceta tiene como responsable una institución no controlable por las casas de

adopción. Se garantiza transparencia y rendición de cuentas. Se asume la

adopción como un derecho y no como un negocio de integración financiera.

Gráfica 7.

Modelo de adopciones en Guatemala: Transparente e independiente

Construcción propia

Bajo el modelo de adopción guatemalteco la protección está a cargo de entidades

privadas que tienen exclusivamente esa función. Por otra parte, existen los jueces

de niños, niñas y adolescentes que dictan las sentencias de adoptabilidad de

acuerdo con la situación de ellos y ellas. Luego, el Consejo Nacional de

Adopciones, que es el organismo rector sobre adopciones en Guatemala,

desarrolla el proceso administrativo de la adopción, el cual recibe las solicitudes

de las familias interesadas, las estudia y cuenta con el Comité de adopciones para

seleccionar la familia más indicada para cada niño o niña. Y finalmente, en otra

instancia hay un juez de familia que revisa todo el procedimiento y, si todo se

encuentra en regla, hace la homologación del proceso. De esta manera no se

concentran las decisiones, es difícil coptar el proceso y realmente se da

cumplimiento al principio de garantizar el interés superior del niño o niña.

¿Por qué no asumir este modelo que ha sido eficiente y transparente?

Las entrevistas publicadas en diversos medios de comunicación confirman el

modelo antes expuesto.

3. Selección de

familia: Consejo Nal. Adopciones

(Comité)

1. Protección: Entidades privadas

2. Decisión: Jueces de

NNA

4. Revisión: jueces de

familiaDictan sentencias de adoptabilidad

Verifica procedimiento y

homologa adopción

Proceso administrativo de

adopciones

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Sobre el particular, nos preguntamos ¿qué traducen las respuestas del director del

ICBF: (Cfr. http://www.semana.com/nacion/icbf-esta-amenazado/175883-3.aspx )

“SEMANA: ¿Qué está pasando con las adopciones de niños en

Colombia?

D.M.: Esta es una buena oportunidad para que el país piense y defienda la

adopción como una medida importante que permite reconstruir la vida y los

derechos de los niños, lo que no significa que no podamos perfeccionar

nuestros procedimientos o procesos. Por ejemplo, debemos adoptar lo

aprobado en convenciones internacionales, como la de La Haya, o la

relación que tiene el ICBF con las entidades particulares de adopción.”

¿Siendo la Convención de La Haya una obligación internacional para garantizar

los derechos de las niñas y los niños dentro del Programa de Adopciones, por qué

no se han adoptado? ¿Dónde queda el principio de prevalencia de los

derechos de los niños y niñas que el ICBF tiene la obligación no solo de

exigir sino de cumplir?

“SEMANA: ¿Qué opina de que algunas casas privadas de adopción

pidan donaciones?

D.M.: No estamos cuestionando el papel ni la labor que realizan las casas

privadas, pero nos preocupa el manejo de esas donaciones. Los

servicios legales de una adopción son públicos, pero la convención de La

Haya recomienda que las donaciones vayan a un fondo común. Eso sería lo

ideal, que todo vaya a una sola cuenta, administrada o supervisada por el

ICBF, y de la cual se financie a las casas privadas de adopción.” (Resaltado

nuestro)

Nos preguntamos, ¿por qué no lo hace, si el ICBF es la autoridad central

sobre el tema?

A nosotros, éste Congreso, la sociedad colombiana, la opinión pública también

nos preocupa que el tema no se discuta, no se revise, no haga parte de los

debates nacionales, cuando lo que está en “juego” es la vida de seres humanos, y

nada más y nada menos que las decisiones sobre la vida de los niños y niñas

colombianos?

¿Qué intereses se mueven allí? ¿Qué intereses hay para que Colombia sea de los

siete países en el mundo que más entrega niños y niñas en adopción

internacional?

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En la Investigación conjunta sobre Adopciones Internacionales (Adelantada por:

DNI. Defensa de los Niños-Internacional; Terre des Hommes; Servicio Social

Internacional) señala que algunos países prohíben expresamente a las agencias

de adopción obtener beneficios, dado que se mencionan honorarios elevados para

algunos agentes, en especial los abogados.

Suiza dice: los niños cuestan 20.000 dólares.

Alemania: las sumas entregadas están entre 15.000 y 40.000 dólares.

Canadá: sumas exigidas para sobornos destinados a responsables oficiales en

otros países, entre 15.000 y 20.000 dólares.

Conclusiones y compromisos del debate

1. Es prioritario la revisión y ajuste al Programa de Adopciones en

Colombia teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión

Especial de la Convención de La Haya – 20103 para proteger a los niños

y niñas y a sus familias contra los riesgos de adopciones internacionales.

2. Del mismo modo la Convención sobre los Derechos del Niño, en el 54 °

periodo de sesiones (mayo - junio 2010) al examinar el Informe presentado

por Colombia, expresamente sobre adopciones dijo:

“Al Comité le preocupa que el Instituto Colombiano de Bienestar

Familiar no administre oficialmente todas las adopciones

internacionales. Además, el Comité está preocupado por la práctica de las

casas de adopción privadas para mujeres embarazadas, que puede influir

en el consentimiento informado de estas mujeres para dar en adopción y

fomentar la venta de niños para la adopción.” (el subrayado en nuestro)

Y el Comité le reitera al Estado Colombiano que: “…garantice que la

gestión de todas las adopciones nacionales e internacionales esté a cargo

del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, que ha sido declarado la

autoridad competente de conformidad con el artículo 21 de la Convención”

3 Fuente:http://www.hcch.net/index_es.php?act=text.display&tid=45 tomado el 8 de agosto de 2012

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Igualmente, el Comité recomienda que el “…Estado parte prohíba la

adopción mediada por las casas de adopción privadas para mujeres

embarazadas donde pueden venderse niños con fines de adopción.”

3. Que el ICBF se comprometa a que los niños y niñas colombianos se

queden en Colombia, en cumplimiento de las normas nacionales e

internacionales.

4. Que el ICBF realice una auditoría a las Casas de Adopción y a sus

instituciones paralelas y, cruce la información recibida por concepto de

donaciones que han entregado las familias adoptantes.

La Comisión Especial de la Convención de La Haya (2010) llama la atención

principalmente sobre los elementos fundamentales en todo sistema

adecuadamente regulado de adopciones internacionales y que consideramos

debe ser revisado de manera URGENTE en el caso colombiano.

1. Procedimientos transparentes e independientes para declarar la

adoptabilidad y tomar decisiones respecto a la colocación de un niño

en adopción.

En Colombia, como lo dijimos al comienzo de este debate, las casas de

adopción cuentan con todos los dispositivos para manejar discrecionalmente

las solicitudes de las familias, los niños y niñas que tienen bajo su protección,

la selección de las familias y asignan en adopción los niños y niñas con

defensores de familia que están asignados específicamente para ellas.

¿QUE TRANSPARENCIA E INDEPENDENCIA EXISTE COMO ESTA

ESTABLECIDO?

Se ha delegado en las 8 casa de adopción toda la responsabilidad frente al

tema.

2. Respeto estricto de los requisitos para otorgar un consentimiento libre

e informado a la adopción.

En las denuncias que se han presentado a los medios de comunicación dan

cuenta de presuntas irregularidades al lograr el consentimiento libre e

informado. En la medida que en la mayoría de los casos se trata de las familias

en mayores condiciones de vulnerabilidad y pobreza, con poco o nada de

posibilidades de educación o analfabetas en otros casos, quienes muchas

veces no conocen sus derechos frente a las consecuencias que implica la

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adopción y en difícilmente tienen la capacidad de exigir el cumplimiento del

debido proceso en relación con los derechos que tienen las familias.

Caso: Gemelas que fueron entregadas en adopción sin autorización de

padres.http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-11242402

Las dos niñas son hijas de una pareja de desplazados de Bolívar. Los tiene

una pareja de españoles. Gemelas fueron entregadas en adopción sin

autorización de padres

En el caso colombiano no se cumple dado que todo está concentrado en las

casas de adopción. Como lo manifiesta el mismo director del ICBF:

3. Tasas y gastos regulados, razonables y transparentes:

4. Conocimiento de la opinión pública de estos temas.

En nuestro país solo se pone en la agenda pública cuando se reciben las

denuncias de los mismos niños o niñas que fueron adoptados y, que ya

siendo adultos, quieren conocer realmente cual fue su pasado y porque

fueron dados en adopción.

Para ello se cuenta con:

1. Guía de buenas prácticas No.1 “La puesta en práctica y el funcionamiento

del Convenio de la Haya de 1993 sobre adopción internacional”

2. Guía de buenas prácticas No.2 “acreditación y organismos acreditados para

la adopción: Principios generales y Guía de buenas prácticas, borrador que

fue comentado en la Comisión Especial de 2010

3. La aplicación de las salvaguardas del convenio.

Algunas otras recomendaciones:

5. Preparación específica a los futuros padres adoptivos sobre la cultura y el

idioma que manejan los niños y niñas.

6. Se recomienda imperiosamente proporcionar información a los jueces y

otras autoridades o personas que ejerzan funciones previstas en el

Convenio.

7. Cumplimiento de los informes posteriores a la adopción.