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TABLA DE CONTENIDO

CAPÍTULO I……………………………………………………………………………………... 3 ARTÍCULO 1: ámbito de aplicación…………………………………………………………… 4 ARTÍCULO 2: objeto del documento………………………………………………………….. 4 ARTÍCULO 3: fundamentación legal………………………………………………………….. 4

CAPÍTULO II. LA EVALUACIÓN…………………………………………………………….. 6 ARTÍCULO 1: ¿Qué es evaluar? …………………………………………………………….. 6 ARTÍCULO 2: propósitos institucionales de la evaluación…………………………………. 6 ARTÍCULO 3: características de la evaluación……………………………………………… 7 ARTÍCULO 4: funciones de la evaluación…………………………………………………… 9 ARTICULO 5: criterios de evaluación………………………………………………………… 10 ARTÍCULO 6: escala de valoración…………………………………………………………… 12 ARTÍCULO 7: porcentajes de áreas obligatorias y asignaturas…………………………… 13 ARTÍCULO 8: criterios de valoración del desempeño comportamental………………….. 14 CAPITULO III PROMOCIÓN ESCOLAR……………………………………………………. 16 ARTÍCULO 1: tipos de promoción escolar…………………………………………………… 16 1.1 Promoción directa………………………………………………………………………….. 16 1.2 Promoción de estudiantes (PIAR) ……………………………………………………….. 18 1.3 Promoción anticipada……………………………………………………………………… 18 ARTÍCULO 2: estrategias de mejoramiento académico…………………………………… 19 2.1. Comisiones de evaluación y promoción………………………………………………… 19 2.2. Actividades de apoyo……………………………………………………………………... 24 2.2.1 Estructura de las actividades de apoyo……………………………………………….. 24 CAPITULO IV LA NO PROMOCIÓN ESCOLAR…………………………………………… 25 ARTÍCULO 1: criterios de no promoción…………………………………………………….. 25 Pasos para la ejecución del Plan de Apoyo 25 CAPÍTULO V ESTÍMULOS PARA LAS ESTUDIANTES…………………………………. 26 ARTÍCULO 1: criterios para otorgar estímulos a las estudiantes…………………………. 27 CAPÍTULO VI: ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN DE PROCESO ACADÉMICO INICIADO……………………………………………………………………………………… 29 ARTÍCULO 1: traslado de estudiantes………………………………………………………. 29 ARTÍCULO 2: validación de estudios………………………………………………………… 29 ARTÍCULO 3: comisiones de evaluación y promoción…………………………………….. 31 ARTÍCULO 4: registro escolar………………………………………………………………… 32 ARTÍCULO 5: constancias de desempeño………………………………………………….. 32 ARTÍCULO 6: informes valorativos…………………………………………………………… 32 ARTÍCULO 7: procedimientos de cambios y mecanismos de reclamaciones del SIEE… 33 CONTROL DE CAMBIOS…………………………………………………………………… 35

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REGLAMENTACIÓN Y DEFINICIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES EN LOS NIVELES DE EDUCACIÓN

PREESCOLAR, BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y EDUCACIÓN MEDIA.

CAPÍTULO I.

Introducción.

El Colegio San Juan Bosco asume el compromiso que tiene como Comunidad Educativa frente a la aplicación del Decreto 1290 de abril de 2009, el cual propone la autonomía institucional para actualizar y adoptar su propio Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes después de varios años de su implementación. Igualmente tiene en cuenta la normatividad y directrices vigentes posteriores al decreto. De acuerdo con lo anterior, es por eso que la aplicación de la normatividad no se centra únicamente en el saber, sino en el ser y en el saber hacer, clarifica y precisa qué se evalúa, cómo se evalúa, cuándo se evalúa, a quién se evalúa y asume como paradigma la evaluación por competencias con el fin de posibilitar un eficaz desempeño en el quehacer cotidiano, teniendo claridad que el enfoque pedagógico del colegio está basado en la Enseñanza para la Comprensión. La comunidad educativa del Colegio San Juan Bosco, concibe la evaluación como un proceso inherente a la formación, de carácter permanente, sistémico e investigativo, por medio del cual se obtienen elementos que permiten emitir juicios de valor sobre procesos de formación y desempeño de los estudiantes, así como también sobre los procesos propios de las áreas de gestión institucional. Desde esta concepción la evaluación va más allá de la cuantificación, tiene un interés participativo y crítico, involucra a todos los miembros de la comunidad educativa, en cuanto propicia las relaciones horizontales y favorece los espacios de participación. La evaluación concebida de esta manera, parte del supuesto del carácter inacabado de cada individuo, de su continuo desarrollo y mejoramiento, no solo en el ámbito académico, sino también en su aspecto físico, social, afectivo y ético, lo que determina, tanto una valoración final como un proceso sobre el cual se reflexiona constantemente, se construye y deconstruye en aras de la formación del ser y su mejoramiento continuo. Lo anterior va de acuerdo con las facultades conferidas en el decreto 1290 del 16 de abril de 2009, emanado por el Ministerio de Educación Nacional, que fue incluido en el Decreto 1075 de 2015, donde se reúnen los decretos y leyes ministeriales sobre normatividad en educación. Igualmente se tiene en cuenta la circular

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201860000200 del 29 de octubre de 2018, emitida por la Secretaria de Educación de Medellín en la cual se brindan “las orientaciones y aclaraciones para la evaluación, promoción y permanencia de los estudiantes según el decreto 1290 de 2009”. Artículo 1: ámbito de aplicación. El SIEE tiene como ámbito de aplicación en el Colegio San Juan Bosco, el proceso evaluativo de los estudiantes de Transición, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media. Se precisa que hace parte del Proyecto Educativo Institucional (Dto. 1290, art. 4º). Tanto en la concepción de evaluación como en los planteamientos de la filosofía institucional, se coincide en que todo acto formativo y educativo es susceptible de ser evaluado. En lo que corresponde al currículo formal se tienen en cuenta los siguientes elementos:

- Los Estándares Básicos de Competencias, los Lineamientos Curriculares de las diferentes áreas, los Derechos Básicos de Aprendizaje, la Matriz de Referencia de las Áreas Básicas, la circular 201860000200 del 29 de octubre de 2018, emitida por Secretaría de Educación de Medellín.

- Los logros e indicadores de logros, enunciados en las mallas curriculares.

- El Índice Sintético de Calidad Educativa y los resultados de las pruebas estandarizadas del Estado (Saber 3º, 5º, 9º, 11º y Saber pro).

- Todo acto o desarrollo metodológico intencional que haga parte de la cultura

institucional, la planeación general y de área que tenga como propósito la formación y el desarrollo integral de los estudiantes.

Artículo 2: Objeto del documento.

Este documento revisado y modificado en el 2018 actualiza el SIEE anterior construido por la Comunidad Educativa en el año 2017, que fue aplicado a partir del mismo año y reglamentó la evaluación del aprendizaje y la promoción de los estudiantes.

Artículo 3: Fundamentación legal.

- Decreto 2247 de 1997 por el cual se establecen las normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar y se dictan otras disposiciones.

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- Lineamientos curriculares de Preescolar.

- El decreto 1290 de 2009 reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica primaria, básica secundaria y media.

Se expide con base a las facultades constitucionales, legales conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política para “Ejercer potestad reglamentaria, mediante la expedición de los decretos, resoluciones y órdenes necesarios para la cumplida ejecución de las leyes”. - En concordancia con el Artículo 6 del Decreto 1290 de 2009:

“Promoción escolar. Cada establecimiento educativo determinará los criterios de promoción escolar de acuerdo con el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes. Así mismo, el establecimiento educativo definirá el porcentaje de asistencia que incida en la promoción del estudiante. Cuando un establecimiento educativo determine que un estudiante no puede ser promovido al grado siguiente, debe garantizarle en todos los casos, el cupo para que continúe con su proceso formativo”

- Lo señalado por el artículo 79 de la Ley 115 sobre el plan de estudios, entendiendo éste como el “esquema estructurado de las áreas obligatorias y fundamentales y de áreas optativas con sus respectivas asignaturas, que forman parte del currículo de los establecimientos educativos”.

- Las que aparecen en el literal d) del numeral 2 del artículo 148 de la Ley 115 para “fijar los criterios para evaluar el rendimiento escolar de los educandos y para su promoción a niveles superiores”.

- La Ley 715 de 2001 en los numeral 5.5 sobre la facultad de “establecer las

normas técnicas curriculares y pedagógicas para los niveles de preescolar, básica y media, sin perjuicio de la autonomía de las instituciones educativas y de la especificidad de tipo regional”.

- El decreto 2247 de 1997 que reglamenta el servicio educativo del Preescolar, la

Ley 1098 de la infancia y adolescencia; la Ley 1014 del 2006 sobre emprendimiento, la Ley 1324 de 2009 sobre presentación de pruebas y la Directiva Ministerial Nº 29 del 16 de noviembre del 2010.

- El Decreto 1075 de 2017 donde se compila la normatividad de educación en

Colombia. - Decreto de Inclusión 1421 del 29 de agosto de 2017. - Nuevos Estándares para la Educación Religiosa Escolar de la Conferencia

Episcopal de Colombia aprobados en julio de 2017.

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- La circular 201860000200 del 29 de octubre de 2018 presentada por Secretaría de Educación de Medellín en la que se dan las orientaciones y aclaraciones para la evaluación, promoción y permanencia de los estudiantes según el decreto 1290 de 2009 y la normatividad vigente.

CAPÍTULO II. LA EVALUACIÓN.

Artículo 1: ¿Qué es evaluar?

Evaluar es un proceso continuo y permanente que permite verificar, constatar y medir el alcance de metas propuestas, para luego aplicar acciones de mejoramiento. Es obtener información o juicios de valor referentes a las habilidades y competencias adquiridas, como también de las debilidades y dificultades en ese proceso de aprendizaje, de fortalecimiento de las diversas esferas de desarrollo humano para determinar su promoción, para estimular o facilitar adquisición de conocimientos en los estudiantes. Implica los procesos de autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación.

Artículo 2: propósitos institucionales de la evaluación.

En el marco de la reglamentación de la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes en los niveles de Educación Preescolar, Básica y Media, estos son los propósitos de la evaluación en la Institución:

Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo, estilos de aprendizaje para valorar sus avances.

Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.

Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas y adecuaciones curriculares para acompañar de forma personalizada, las Necesidades Educativas Especiales (NEE) o talentos excepcionales en su proceso formativo. Éstos son aquellos que tienen dificultades cognitivas o patologías que requieran la adecuación metodológica y/o curricular para su proceso.

Determinar la promoción de estudiantes desde el desarrollo de competencias.

Aportar información para el ajuste e implementación de planes de mejoramiento del desempeño académico de los estudiantes.

Enfocar la evaluación hacia la confrontación del estudiante con el conocimiento, mediante la metodología propuesta por el enfoque Enseñanza para la comprensión.

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Como las competencias no son observables por sí mismas, se deben inferir a través de desempeños o acciones específicas; de ahí que el concepto de desempeño tenga que ver directamente con la aplicación en contexto de los aprendizajes asimilados. La escala de medición del desempeño se aplica en forma cuantitativa, integrada con las descripciones y devoluciones cualitativas en las cuales se evidencian los alcances en el proceso formativo. Artículo 3: características de la evaluación. El proceso evaluativo tiene en cuenta todas las dimensiones del ser humano e incorpora prácticas de educabilidad y enseñabilidad que se centran en la formación de la persona y el desarrollo de sus dimensiones. Desde esta concepción, el énfasis está puesto en el proceso más que en el resultado, induciendo a una reflexión pedagógica sobre lo actitudinal, lo procedimental y lo cognitivo. En este caso la evaluación se asume desde una postura crítica, ya que incide en la calidad de los procesos de aprendizaje y en la formación de la persona. Para el Colegio San Juan Bosco la evaluación es:

Participativa: Abarca la autoevaluación, la coevaluación y la heteroevaluación permitiendo espacios de diálogo concertado, propositivo y asertivo. La responsabilidad compartida en este proceso permite la concertación de intereses, propuestas, metas, logros y estrategias, al igual que garantiza mayores y mejores procesos de acompañamiento en la formación de los estudiantes.

Integral: La evaluación entendida como un ejercicio integral implica concebirla como un proceso que centra su mirada sobre el ser y el hacer cotidiano para revisar la acción, reflexionar sobre sus alcances y si es el caso, realizar los ajustes pertinentes. De esta manera se evalúan los actores, los escenarios, y los contenidos, la forma como estos se articulan, se desarrollan y logran transformar las realidades institucional, local, regional y nacional donde su influencia, contribuye de esta manera a que la educación se convierta en una posibilidad de aprendizaje y mejoramiento continuo.

Esta perspectiva evaluativa, en términos prácticos, se constituye en un ejercicio cotidiano de retroalimentación que posibilita una mirada longitudinal de los procesos de enseñanza y aprendizaje, de esta manera generan la reflexión para la toma de decisiones que permitan dar respuesta la diversidad de los actores.

Es integradora porque facilita a través del diálogo entre la familia-estudiante-docente-directivos, una reflexión y análisis necesarios que complementan la información evaluativa recolectada en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

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Continua: La evaluación adquiere un carácter continuo porque se realiza durante todo el proceso, lo que requiere actividades diagnósticas, formativas y sumativas, con el ánimo de promover la identificación de habilidades, actitudes, valores y la superación de dificultades en torno al desarrollo del pensamiento más que a la memorización de conceptos.

Formativa: Ésta característica se refiere al hecho de que la evaluación involucra y afecta a todos los sujetos que participan en ella, además estos, se conciben como seres en permanente construcción y desarrollo, capaces de ser libres, autónomos, responsables, críticos en sus realizaciones, valoraciones, conocimientos y su participación lo que les permite avanzar en su realización personal.

Sistemática: La evaluación en la institución se concibe como un proceso sistemático, es decir, que se programa y desarrolla con base en una estructura organizada que integra todos los elementos y procesos de la enseñanza y del aprendizaje.

Investigativa: Tiene como objeto comparar los resultados con las metas que se propuso lograr, con el fin de tomar decisiones subsiguientes para la mejora continua del estudiante.

Cualitativa: Esta se refiere a un trabajo reflexivo y de tipo cualitativo trascendiendo los criterios cuantitativos y de simple medición. Implica por lo tanto un cambio radical en la práctica evaluativa centrando el interés en los procesos de humanización y por lo tanto en la construcción de subjetividad. Integra también en ella la escala valorativa cuantitativa.

3.1 Tipos de evaluación de acuerdo con su función. 3.1.1 Diagnóstica Implica un proceso de reflexión e indagación orientada a identificar características del estudiante y de su proceso de aprendizaje, puede ser desarrollada antes, durante y al finalizar el proceso, con el fin de adecuar la actividad del docente en cuanto a métodos, técnicas, actividades, nivel de exigencia y flexibilizaciones curriculares. La evaluación diagnóstica otorga la posibilidad de realizar pronósticos que permiten una actuación preventiva y facilitan la realización de juicios de valor sobre el desempeño de los estudiantes. 3.1.2 Formativa. Es transversal a todo el proceso y hace referencia al seguimiento integral de los estudiantes en cuanto a los aprendizajes que contribuyen al desarrollo de las

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aptitudes y actitudes necesarias para la construcción de su proyecto de vida. Este tipo de evaluación da lugar a la retroalimentación permanente que le hace el docente al estudiante sobre su proceso de aprendizaje y crecimiento personal.

3.1.3 Sumativa. Se realiza durante el desarrollo del período escolar y comprende los aspectos cognitivos, actitudinales y expresivos, no debe reducirse a la suma o promedio de notas únicamente, sino a la identificación de competencias, logros, destrezas, integración de estructuras mentales, desarrollo del pensamiento, actitudes y valores. Además, este ejercicio no sería un solo acto de identificación, sino que en tal caso la evaluación implica un ejercicio de acompañamiento permanente a los estudiantes durante la construcción de sus aprendizajes.

Artículo 4: Funciones de la evaluación.

Identificar las características personales, intereses, estilos y ritmos de aprendizaje de los estudiantes para valorar avances y niveles de desempeño.

Proporcionar información para la toma de decisiones, la reorientación de los procesos de enseñanza y la realización de estrategias que favorezcan a todos los estudiantes y, particularmente, a aquellos con necesidades educativas especiales, a su vez que permita la participación de aquellos por su condición de discapacidad, capacidades o talentos excepcionales.

Brindar periódicamente actividades de apoyo que fortalezcan los procesos de aprendizaje de los estudiantes.

Obtener información para definir procesos de remisión para evaluaciones especializadas de aquellos estudiantes que por sus características cognitivas y conductuales lo requieren; igualmente para determinar la formulación de planes de apoyo o flexibilización de logros para los estudiantes que así lo necesiten.

Determinar la promoción de los estudiantes.

Suministrar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.

Obtener información que contribuya al mejoramiento de la práctica docente, mediante el análisis y la identificación de fortalezas y dificultades para la toma de decisiones que permitan consolidar o reorientar su acción pedagógica.

Artículo 5: criterios de evaluación.

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DEFINICIÓN: Los criterios responden a las preguntas: ¿Qué evaluar? ¿A quién evaluar? ¿Cómo evaluar? ¿Cuándo evaluar? Esto es lo que garantiza el profesionalismo, la rigurosidad y el compromiso del docente y lo que éste espera que su estudiante maneje, el saber y el saber hacer al finalizar un proceso de enseñanza-aprendizaje. Se tendrá en cuenta en el proceso de la evaluación de los estudiantes, los siguientes criterios: Según el decreto 1290 de 2009 y los lineamientos curriculares: - Los Estándares Nacionales Básicos, Competencias en Lenguaje, Matemáticas,

Ciencias Sociales, Ciencias Naturales y Competencias Ciudadanas, diseñados por el Ministerio de Educación Nacional para todo el país y los Lineamientos Curriculares de las otras áreas fundamentales.

- Las competencias básicas de saber, saber hacer, ser y saber convivir, las que han sido homologadas y definidas de acuerdo con la Propuesta Educativa Salesiana. Se entienden como el alcance del logro o acercamiento al mismo:

SER: Proceso donde se manifiesta: actitudes, hábitos, vivencias, habilidades en torno al conocimiento adquirido en valores humanos. CONVIVIR: Postura respetuosa hacia la diferencia, capaz de interactuar y de participar. CONOCER: Proceso de adquisición de conocimientos básicos en las diferentes áreas fundamentales. Se hace explícita cuando el estudiante adquiere el dominio de un conocimiento o aprendizaje, se apropia de él, lo explica, interpreta su significado y lo aplica en diferentes situaciones. (Competencia interpretativa). HACER: Proceso de verificación de aplicabilidad de conocimientos básicos para la resolución de problemas en las diferentes esferas de desarrollo (competencias). Este proceso requiere del manejo de dos o más conceptos: leyes, fórmulas, teorías, etc. El trabajo del estudiante consiste en transferir, construir y aplicar a otras situaciones una síntesis elaborada sobre el conocimiento adquirido. (Competencia argumentativa). TRASCENDER: Proceso de proyección creativa hacia la construcción de estrategias propias de aprendizaje (metacognición). - Las competencias para cada área o asignatura, entendidas como señales que

describen el nivel de aprendizaje alcanzado por el estudiante con respecto a su

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desempeño. Estos indicadores irán en los informes escritos para entregar a los acudientes.

- Todo proceso evaluativo realizado a los estudiantes debe ser registrado en una planilla de control de seguimiento académico y debe haber mínimo 4 registros para aquellas áreas con dos o más horas semanales y mínimo 3 registros para aquellas áreas que tengan solo una hora semanal.

- Los registros para el proceso evaluativo de los estudiantes en todas las áreas y asignaturas se darán en dos escalas: Una numérica de 1.0 a 5.0 y la otra con letras que corresponden a la escala nacional (Desempeño Superior, Alto, Básico y Bajo).

La evaluación de los estudiantes se dará durante 40 semanas divididas en 4 períodos de 10 a 9 semanas cada uno y con el mismo valor del 25%. Los resultados se compilan y evidencian a través de tres dimensiones: Cognitiva: La competencia cognitiva se ocupa de la capacidad de procesar, articular y de utilizar la información de una manera significativa: interactúan conocimiento, comprensión y desarrollo del pensamiento. Tendrá en la planilla de notas un valor del 70%. En todos los periodos se realizará la evaluación externa que está constituida según las competencias y niveles exigidos por el Icfes y Secretaría de Educación de Medellín. Su ubicación corresponde a esta dimensión y tiene un valor del 10%. La evaluación externa aplica para las asignaturas básicas: matemáticas, lengua castellana, inglés, ciencias naturales, ciencias sociales. Las demás asignaturas evalúan el proceso de manera autónoma, pues no se destinarán espacios adicionales para ello.

Expresiva: La competencia psicomotora o expresiva implica habilidades manipulantes, expresivas y destrezas físicas en interacción con el conocimiento adquirido y construido. Es la capacidad de aplicar y dar cuenta de los conocimientos asimilados. Tendrá en la planilla de notas un valor del 20%. En este campo caben los talleres, exposiciones, participación en clase, entre otros.

Afectiva: La competencia afectiva se refiere a las actitudes y sensaciones que resultan del proceso de aprendizaje: sentimientos, intereses, actitudes, perspectivas. Tendrá en la planilla de notas un valor del 10%, resultado de la autoevaluación con el 5% y el 5% de la coevaluación como parte del proceso formativo. La autoevaluación se realiza en el ámbito personal e institucional. Al finalizar cada periodo académico el estudiante tiene la oportunidad de mirarse frente a su proceso en cada una de las áreas. Sus criterios básicos son estos:

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1. Cumplo a tiempo con mis responsabilidades (actividades, talleres, consultas, exposiciones, tareas, entre otras).

2. Pongo empeño por hacer bien y completamente mis tareas y actividades. 3. Me esfuerzo por realizar por mí misma mis tareas o espero a copiarlas de mis

compañeros o de la Internet. 4. Traigo a clase los materiales solicitados por el docente. 5. Mi actitud en clase es… ¿Requiero mejorarla? ¿Cómo? 6. Participo activamente en las clases y soy respetuoso(a) con los aportes de mis

compañeros. 7. Comprendo y aplico los conocimientos adquiridos. 8. Asisto puntualmente a clase. 9. Aprovecho el tiempo disponible a favor de mi formación. 10. Respeto la presencia del docente y su tiempo. 11. Tengo dedicación, entusiasmo y deseo de dar lo mejor. 12. ¿Empleo el tiempo de la clase en las actividades propias de la misma y no de

otras materias?

ARTÍCULO 6: Escala de valoración.

La Escala de evaluación valora los niveles de las competencias alcanzados por el estudiante. Los puntajes de la escala institucional de rendimiento oscilan entre 1.0 y 5.0, que se equiparan a la escala nacional. Un puntaje más alto significa que el estudiante tiene mejor capacidad de desempeño en los indicadores propuestos. Este juicio sobre los desempeños igual o inferior a 3.4 sugiere oportunamente la implementación de actividades y planes de apoyo, si es el caso.

Desempeño Superior entre: 4.8 - 5.0 Desempeño Alto entre: 4.0 - 4.7 Desempeño Básico entre: 3.5 - 3.9 Desempeño Bajo entre: 1.0 – 3.4

La denominación desempeño Superior se entiende como el alcance de todos los indicadores propuestos en un área o asignatura como un desempeño óptimo. El estudiante supera el indicador y tiene habilidades, destrezas, métodos, conceptualizaciones y saberes que le permiten desarrollar un alto grado de autonomía. También se extiende a la asimilación, sentido de pertenencia e identificación plena con la filosofía del colegio, además de propender a una mejor actitud en la convivencia escolar.

La denominación desempeño Alto se entiende como el alcance de todos los logros propuestos en un área o asignatura. El estudiante alcanza los logros propuestos con un alto nivel de competencia, pero con cierta dificultad en el proceso. También

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se extiende a la asimilación de las normas para tener una mejor actitud en la convivencia escolar.

La denominación desempeño Básico se entiende como la superación y el alcance del logro de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional. También se extiende a la asimilación parcial de las normas para tener una mejor actitud en la convivencia escolar con presencia de algunas faltas leves no siempre reiterativas.

El desempeño Bajo se entiende como la no superación de los desempeños necesarios en relación con las áreas y asignaturas, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional. Se puede dar el caso de estudiantes que no alcanzaron los logros propuestos académicamente y muestran falencias que no les permiten seguir avanzando significativamente. En la convivencia es la falta de una actitud positiva frente a la norma, hay relativismo y reincidencia en faltas leves o de tipo I, II y III.

Al estudiante que haya obtenido Desempeño Bajo en dos o más asignaturas, la Comisión de Evaluación y Promoción, le hará en el primer llamado un Compromiso Académico que seguirá vigente hasta la finalización del año escolar, durante el mismo, se hará seguimiento desde coordinación académica para ir superando las dificultades. De continuar con el mismo resultado, se le entregará carta de recomendación de cambio de colegio.

Este compromiso se almacena en el archivo inactivo para tener acompañamiento en el historial del estudiante hasta el momento de su graduación. ARTÍCULO 7: Porcentajes de áreas obligatorias y asignaturas.

Las áreas con sus asignaturas que se evalúan en el currículo son: Ciencias Naturales y Educación ambiental 100% Ciencias Naturales de 1° a 5° 100% Biología (60%), Química (20%) y Física (20%) de 6º a 9º 100% Biología (30%), Química (30%), Física (40%) de 10º y 11º 100%

Ciencias Sociales (Historia, geografía, Const. Política y democracia) 1°a 9° 100% Ciencias económicas y políticas de 10° y 11° 100% Educación Artística y Cultural 100% Danza (30%), Dibujo (70%) de 1º a 5° 100% Dibujo (100%) de 6° a 11° 100%

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Educación Ética y en valores humanos 1° a 11° 100% Educación Física, Recreación y Deportes 1° a 11° 100% Educación Religiosa 1° a 11° 100% Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros. 1° a 11° 100% L. Castellana y comprensión lectora (50%), Idioma Ext. Inglés (50%) 100% Matemáticas 1° a 11° 100% Tecnología e Informática. (Ley 115 de 1994, art. 23) 1° a 11° 100% Tecnología e informática (100%) de 1° a 11° 100% Filosofía 9°, 10º y 11º 100%

En transición las áreas son evaluadas cualitativamente y están compuestas por las siguientes dimensiones:

Dimensión comunicativa.

Dimensión cognitiva.

Dimensión corporal.

Dimensión estética.

Dimensión ética.

Dimensión socio - afectiva.

Dimensión Actitudinal y Valorativa ARTÍCULO 8: Criterios de valoración del desempeño comportamental. El desempeño comportamental se evalúa de forma descriptiva y tiene que ver con las actitudes del estudiante en la convivencia escolar. El estudiante que haya presentado tres observaciones de faltas en la ficha de acompañamiento o tengan más de 3 retardos a la llegada al colegio se le abrirá un Compromiso de Convivencia. Quien lo tenga por tres períodos durante el año lectivo no se le renovará el cupo para el año siguiente. El informe comportamental de cada período se dará con esta valoración descriptiva: Desempeño superior:

Es constante en el cumplimiento de las normas establecidas.

Valora y responde a la formación recibida.

Maneja excelentes relaciones con todos los miembros de la comunidad educativa.

Colabora y busca el bien común.

Presenta oportunamente las excusas cuando ha faltado al Colegio.

Desarrolla y participa con gusto y sentido de pertenencia de actividades curriculares y extracurriculares.

Comparte sus saberes con sencillez con los compañeros que lo solicitan.

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Participa, colabora y contribuye desde lo que es al bien común.

Porta los uniformes adecuadamente según lo establece el Manual de convivencia del colegio.

Desempeño Alto.

Valora la formación recibida.

Tiene sentido de pertenencia con todo lo concerniente al Colegio.

Maneja buenas relaciones con todas las personas.

Justifica generalmente sus faltas de asistencia.

Tiene dos faltas leves. Desempeño Básico.

Presenta conductas reincidentes de faltas leves, iguales o diferentes, con o sin anotación escrita.

Presenta tres anotaciones escritas en la ficha de seguimiento por faltas leves iguales o diferentes.

Es poco constante en su adecuado comportamiento.

Algunas veces porta los uniformes inadecuadamente. Desempeño Bajo.

Incumple frecuentemente con sus obligaciones de comportamiento

Incurrió en faltas graves y/o gravísimas y/o tiene tres o más amonestaciones escritas en la ficha de acompañamiento. Pueden ser de tipo I, II y III.

Tiene más de 3 retardos a la llegada del colegio.

Es irreverente ante los llamados de atención.

Su uniforme no cumple con los criterios de porte que estableció el Colegio.

Incumple con las normas establecidas en el Manual de convivencia.

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CAPITULO III PROMOCIÓN ESCOLAR.

La promoción o no del estudiante de los niveles de Básica y Media se hará con base en la valoración final de todas las áreas, tal cual lo estipula la ley 115 y el decreto 1290, art. 5. La promoción se establece de acuerdo con el avance y desarrollo de los niveles de desempeño Básico, Alto o Superior entre las dimensiones afectivas, cognitivas y expresivas propuestas en cada una de las áreas del plan de estudios y permite definir si el estudiante está en condiciones de continuar o no con éxito su proceso de formación en el grado inmediatamente superior.

La Comisión de Evaluación y Promoción, analizará todos los casos de los estudiantes con buenos desempeños académicos, talentos excepcionales, estudiantes que se encuentran en el Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR), entre otros, a fin de recomendar actividades especiales de motivación o promoción anticipada dado el caso. Igualmente autorizará la validación de estudios para quien lo solicite, según lo estipulado en este mismo documento. (Ver Capítulo VI, Artículo 2)

Se define la promoción de un estudiante cuando ha cubierto adecuadamente una fase de formación y demostrado que reúne las competencias necesarias para que continúe al grado siguiente, de acuerdo con los criterios establecidos en el presente acuerdo.

ARTÍCULO 1: Tipos de promoción escolar.

1.1 Promoción directa: A continuación, se especifican los criterios necesarios para la promoción escolar en todos los grados escolares: a. Los estudiantes tienen que haber asistido a un mínimo del 80% de las

asignaturas durante el año. En todos los grados y en cada una de las asignaturas se cuenta la intensidad horaria como criterio de aprobación. (No se aprueba el año con un 20% de inasistencia injustificada, lo cual corresponde a 40 días hábiles).

b. Haber aprobado con básico, alto o superior todas las asignaturas del año en curso, después de haber presentado actividades y planes de apoyo si es el caso.

c. Los estudiantes que presentan necesidades educativas y/o la participación por su condición de discapacidad, serán promovidos con la obtención de los logros mínimos establecidos en la respectiva flexibilización curricular de cada una de las áreas, es decir, no ganan ni pierden el año automáticamente; si ellos

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alcanzan los logros que se les plantea y para los cuales se les brindan los apoyos adecuados, deben ser promovidos; si por el contrario, y a pesar de recibir todo el apoyo, no los alcanzan, no hay promoción. Sin embargo, es muy importante que no se perpetúe la no promoción del estudiante, menos cuando esto va generando cada vez más desfases entre su edad y la edad de sus compañeros, lo cual no le permitirá un adecuado espacio de socialización acorde a su ciclo de vida.

d. Para los estudiantes del grado undécimo es requisito haber prestado el Servicio

Social del Estudiantado (Decreto 891 de marzo 8 de 1986), actividad que debe realizar únicamente en el grado décimo (80 horas); los estudiantes que terminan la Educación Media obtendrán el título de Bachiller Académico cuando hayan terminado el año lectivo con desempeños Básicos, Altos o Superiores en todas las áreas obligatorias, tener al día los certificados de estudio o constancias de desempeño desde el grado 5º hasta el grado 11º y estar a paz y salvo con el Colegio en todos sus aspectos y/o dependencias.

Además, deben aceptar desde la matrícula los criterios institucionales definidos para el acto de graduación que son:

El colegio no se responsabiliza ni gestiona excursiones ni fiestas de graduación.

El acto de graduación lo organiza el Colegio en un ambiente de austeridad y de fiesta, acorde con los principios de nuestro sistema educativo salesiano. No es de carácter obligatorio para la institución.

Los estudiantes asisten al acto de graduación de uniforme de gala (portado según la normatividad establecida) y con la misma sencillez y decoro de siempre.

Los estudiantes del grado undécimo, que al momento de cierre de año no alcancen las competencias básicas y tengan desempeño bajo, después de presentar plan de apoyo no serán promovidos.

Los casos en que los estudiantes se pueden graduar por ventanilla son: cuando por situación económica no puedan cancelar en el año lectivo las deudas que se tengan con la institución. Cuando por motivos de salud hay un impedimento válido para asistir al acto de graduación. Cuando por parte del estudiante haya un incumplimiento reiterativo de las normas establecidas en el manual de convivencia.

1.2 Promoción de estudiantes (Pertenecientes al Plan Individual de Ajustes Razonables – PIAR):

Los estudiantes que hayan sido diagnosticados por personal especializado de la salud, en la que dictaminen que sus posibilidades de aprendizaje son limitadas, o

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quienes tengan alguna discapacidad cognitiva, tendrán derecho a las adaptaciones metodológicas y/o curriculares pertinentes a través del plan individual de ajustes razonables PIAR según el Decreto 1421 del 29 de agosto del 2017. Serán tratados con una adecuada evaluación realizada por los docentes para aspirar a su promoción en común apoyo con sus familiares y acudientes.

El Consejo Académico y la Comisión de Evaluación y Promoción de dicho grado, se reunirán para evaluar integralmente al estudiante en sus aspectos cognitivos, sociales y personales desde los desempeños que está en condiciones de alcanzar. (Ver proyecto de inclusión PIAR).

1.3 Promoción anticipada:

Se presenta de dos formas:

1.3.1. El estudiante que se encuentre cursando los grados de Transición a 10°, podrá ser promovido al grado siguiente si ha obtenido en el primer periodo una valoración de 4.8 (cuatro con ocho) o más en cada una de las asignaturas establecidas en el plan de estudios del grado que cursa. Es decir, quien obtenga desempeño superior, según las equivalencias con la Escala Nacional, puede aspirar a ser promovido al siguiente grado. No debe tener compromiso de convivencia. 1.3.2. Aquel estudiante que no fue promovido al finalizar el año anterior y en el primer período del año siguiente obtiene desempeños superiores en todas las asignaturas. Lo solicita en previo consenso con los docentes, padres de familia y/o acudiente. Debe hacer una prueba general del grado para ser promovido e igualmente ponerse al día con respecto a lo visto en el primer periodo del grado al que ha sido promovido. El procedimiento para dicha promoción es el siguiente:

Solicitud escrita dirigida al Consejo Académico, realizada por el acompañante de grupo, padres o representantes legales del estudiante, antes de finalizar el primer periodo.

Aprobación de la solicitud por parte del Consejo Académico.

Resolución rectoral de promoción al grado siguiente que legaliza la promoción y viabiliza su registro en el SIMAT. Queda constancia en acta del Consejo Directivo.

Matrícula en el nuevo grado.

Nivelación del grado al que el estudiante fue promovido y seguimiento. Una vez promovido, el estudiante permanecerá en el grado siguiente al que aspiró.

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PARÁGRAFO 1. Al estudiante aspirante se le entregará un plan de evaluación con los contenidos y competencias a evaluar de cada asignatura, con su cronograma respectivo. Es el estudiante quien se preocupará de nivelar los contenidos en consenso con su familia o con los docentes. La promoción anticipada se hará sólo una vez en el proceso académico del estudiante. PARÁGRAFO 2. EXCEPCIÓN DE PROMOCIÓN ANTICIPADA. Se exceptúan de promoción anticipada los estudiantes que estén cursando el grado 11º ya que este grado debe cursarse completo. ARTÍCULO 2: Estrategias de mejoramiento académico. El Colegio ofrecerá un plan de mejoramiento como apoyo al proceso académico que garantice la superación de las dificultades que presentó el estudiante y que el docente (es) de la asignatura le entregará oportunamente quedando constancia de ello en coordinación académica. Estos planes de mejoramiento en el Colegio San Juan Bosco, son las actividades de apoyo que se realizarán después de haber finalizado el periodo lectivo. Se organizarán diferentes horarios desde la coordinación académica durante las dos primeras semanas del periodo siguiente, a excepción del cuarto periodo que, por la premura del tiempo y clausura del año escolar, se llevará a cabo en horarios especiales. Su registro se realizará en las planillas valorativas que serán almacenadas en coordinación académica. Los docentes garantizarán a los estudiantes la asesoría y el acompañamiento continuo cuando los estudiantes lo requieran para la superación de sus debilidades. Se cuenta con diferentes instancias encargadas de acompañar y evaluar el proceso: 2.1. Comisiones de Evaluación y Promoción. Es un espacio propicio para acompañar y proponer estrategias de seguimiento, evaluar los procesos académicos y pedagógicos de los estudiantes. Así mismo, se analizan los casos de convivencia que se presentan al interior de cada grupo y se proponen las estrategias de intervención pertinentes. 2.1.1. Miembros.

Rectora

Coordinadoras

Acompañante de grupo

Representante de los padres de familia del grado (que no sea docente en el colegio)

Orientadora escolar.

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2.1.2. Funciones.

Orientar y animar el proceso de evaluación académica y de convivencia.

Analizar los casos de desempeño bajo y establecer estrategias de mejoramiento.

Analizar los casos que se sugieren de promoción anticipada.

Analizar el reporte de cada estudiante por grado al finalizar cada periodo académico.

Verificar y constatar hasta dónde se han obtenido los logros propuestos para el grado al finalizar cada periodo académico.

Recopilar datos e informaciones respecto al contexto en el que se desarrolla el grupo de estudiantes.

Interpretar la información sobre el grupo de estudiantes, concretar un diagnóstico y buscar estrategias de mejoramiento continuo.

Mantener al día el libro de actas de reuniones de la Comisión de Evaluación.

Dar a conocer al Consejo Académico cuando lo requiera, cada una de las actas de evaluación y promoción, con todos los soportes y evidencias que sustenten las decisiones tomadas con respecto al desempeño académico de cada estudiante.

Remitir al Comité Escolar de Convivencia los estudiantes que, de acuerdo con las situaciones de comportamiento, requieran la aplicación de protocolos de intervención.

Analizar los casos de repitencia en la pérdida del año escolar y determinar si el estudiante continúa con cupo en el Colegio o no.

2.1.3. Algunas acciones periódicas en los planes de mejoramiento ejecutadas por los docentes.

Identificar las dificultades y destrezas de los estudiantes para adecuar el diseño curricular a la realidad institucional, a los estilos de aprendizaje y a cada una de las necesidades educativas especiales que puedan presentar los estudiantes.

Designar estudiantes que tengan desempeños superiores para ayudar a los que tengan dificultades en la obtención de algunos logros.

Realizar las actividades de apoyo a los aprendizajes en los momentos establecidos institucionalmente.

Propiciar el contacto con los padres de familia como agentes responsables en el proceso formativo de sus hijos.

Analizar las pruebas externas de evaluación para realizar planes de mejoramiento que ayuden en el proceso de enseñanza-aprendizaje, a superar las falencias y a fortalecer los desempeños.

Establecer flexibilizaciones curriculares para los estudiantes que presentan necesidades educativas especiales, que pueden ser corroboradas con el respectivo diagnóstico (Proyecto PIAR)

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Todas estas acciones tendrán un carácter formativo y se realizarán de una manera permanente y sistemática atendiendo a las características y principios que el colegio le ha otorgado al proceso evaluativo.

2.1.4. Servicio de Apoyo Pedagógico. El Colegio se encuentra en el proceso de mejorar su Servicio de Apoyo Pedagógico, para responder de manera más adecuada a los requerimientos de la educación inclusiva según el decreto 1421 del 29 de agosto de 2017 y a un servicio de calidad, que propende por el mejoramiento constante de todos sus estudiantes.

No obstante, mientras se van haciendo los debidos procesos de fortalecimiento en la inclusión y realización de las adaptaciones metodológicas y/o curriculares desde el Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR), en el cual, los docentes reciben por parte de la Orientadora Escolar y de las familias, las recomendaciones pertinentes a través de los diagnósticos que los estudiantes traen, después de haberse realizado los estudios necesarios, además de las asesorías con la orientadora escolar y aquellas que, desde las directivas en convenio con instituciones especializadas, tiene el colegio, las cuales se ofrecen como ayuda a estos procesos. En este cometido se buscan las capacitaciones para docentes, padres de familia y estudiantes a fin de mejorar los procesos de aprendizaje en diversos contextos.

De la misma manera, desde el Servicio de Apoyo Pedagógico además de orientar y acompañar al docente en el diseño y la implementación de la flexibilización curricular, se generan desde el PIAR acciones para apoyar a los estudiantes que presentan necesidades educativas especiales, con el fin de que ellos y su familia se empoderen a partir del conocimiento de sus características, perfil cognitivo y de los apoyos que requieran para aprender y avanzar en su proceso formativo.

Es importante señalar que las acciones que se realizan con dichos estudiantes y con talentos excepcionales desde el Servicio de Apoyo Pedagógico externo, deben ser orientadas en espacios extracurriculares, de manera que no afecten la participación del estudiante en las actividades académicas. 2.1.4.1 Etapa de identificación. En el caso de los estudiantes que ingresan al colegio y tienen un proceso de evaluación con especialistas o un diagnóstico determinado, es necesario que se entregue junto con la demás papelería de la matrícula, los reportes médicos que se tienen y certifican las condiciones y necesidades de apoyo del estudiante. Cuando el estudiante ingresa sin diagnóstico y presenta alguna dificultad o se observa un desempeño académico y/o convivencial diferente a los demás estudiantes que no corresponde con su edad cronológica, proceso madurativo y que

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además interfiere en su desempeño personal y en ocasiones en el de los demás compañeros de clase; el docente de nivel, grado y/o área procede a emplear varias estrategias en el manejo y la motivación de este. Después de haberlo realizado sin éxito, debe hablar con los padres de familia para buscar si en el ámbito familiar puede encontrar alguna causa. De lo contrario, se hace necesario remitirlo a la Orientación escolar que brinda el Colegio, para que en ella se evalúe si es necesario acudir a algún Servicio de Apoyo Pedagógico externo. 2.1.4.2. Etapa de valoración y diagnóstico. El profesional de Apoyo Pedagógico externo realiza una evaluación neurológica y pedagógica en la cual se analizan los aspectos relacionados con el aprendizaje, habilidades y necesidades de apoyo, inclusive de tipo emocional, y desde allí, de ser necesario, se solicita una valoración preferiblemente mediante una Evaluación Neuropsicológica, que arroja un diagnóstico, así como recomendaciones para el trabajo en el aula y en el hogar. Posterior a la evaluación pedagógica inicial, la orientadora escolar determina si el estudiante efectivamente requiere adaptaciones metodológicas o curriculares, sistematiza la información suministrada por la familia y a su vez, hace devolución pertinente y prudente a los docentes a fin de orientarlos de cerca en la ejecución de los ajustes necesarios a nivel pedagógico para continuar en su proceso de aprendizaje. Los docentes deberán realizar dichas acciones de adaptación y enviarán el soporte realizado en el formato PIAR suministrado para ello. Estarán en continua comunicación con orientación escolar, coordinación académica y los padres del estudiante a fin de acompañar su proceso académico. 2.1.4.3 Proceso de flexibilización curricular. La flexibilización curricular es una estrategia que transforma las prácticas educativas, a partir de la modificación de currículos comunes; lo que implica la transformación de indicadores o supresión en logros o indicadores de logro (Acosta, 2010). Cuando un currículo es flexible, comprende la diversidad de los escolares, sus intereses, necesidades, estilos cognitivos y ritmos de aprendizaje, orientándose a potencializar sus propias habilidades (Duk & Loren, 2010). Por lo tanto, implica para los docentes y familiares comprender cuáles son las competencias curriculares de los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales y de acuerdo con esto determinar qué estrategia es la más pertinente. Las acciones de flexibilización curricular pueden ser (según el diagnóstico):

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Flexibilización de contenidos o ajustes en los indicadores de logro de los objetivos, según nivel de conceptualización del estudiante, ciclo vital y significatividad del contenido con relación al proyecto de vida.

Implementar estrategias didácticas relacionadas con los estilos de aprendizaje de los estudiantes NEE con el fin de apoyarlos para que accedan a la comprensión de los conceptos.

Implementar las estrategias concretas que brindan los profesionales en el diagnóstico entregado.

Presentar ejercicios con menor nivel de complejidad y en menor cantidad.

Flexibilizar el horario de clase para brindar más tiempo en la realización de las actividades dentro y fuera del aula.

Modificar las metodologías de evaluación.

Flexibilizar las actividades de apoyo para facilitar el alcance de los logros básicos.

Las acciones de flexibilización o adaptación curricular a contenidos y objetivos, deben guardar coherencia con las asignaturas académicas, las temáticas particulares de cada uno y el proyecto de vida del estudiante en cuestión, es decir, los estudiantes con dificultades para aprender y/o participar, deben estar en el aula de clases durante la jornada escolar, realizando actividades de la asignatura según su nivel de conceptualización.

2.1.4.4. Procedimiento para la definición de la flexibilización curricular. Los criterios para determinar si un estudiante requiere de un proceso de flexibilización curricular son:

Contar con una evaluación neuropsicológica que determine su condición de discapacidad y que esta condición esté generando barreras significativas para acceder y participar en los procesos de aprendizaje.

Los estudiantes que a pesar de no presentar una evaluación neuropsicológica se encuentran en condición de extra-edad.

En el caso de los estudiantes que se encuentran en la caracterización del SIMAT como psicosociales, donde se incluyen a todos y cada uno de los estudiantes que presentan TDAH o algún trastorno conductual y/o emocional, se diseña un plan de apoyo que oriente la parte conductual y que brinde orientación al docente en términos metodológicos, pero en muchos de estos casos se debe evaluar de forma responsable, pues esta condición no implica necesariamente una barrera cognitiva.

Al finalizar el periodo se evalúa la efectividad de la flexibilización y se generan acciones de mejoramiento pertinente. 2 .2. Actividades de apoyo

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Son las que se realizan a los estudiantes después de finalizar el período y al cerrar el sistema de notas obtienen desempeño Bajo en alguna(s) asignatura(s). 2.2.1 Estructura de las actividades de apoyo. Se ejecutarán así: a. Desde coordinación académica se abrirán los espacios durante las dos primeras

semanas del periodo siguiente, a excepción del cuarto periodo, en el cual, los estudiantes tendrán una jornada especial para poder hacer dichas actividades. Estas se ejecutarán en la penúltima semana, antes de que los estudiantes inicien sus vacaciones de final de año.

b. El docente dará previamente los temas de estudio vistos para que el estudiante los retome a fin de recordar lo tratado en clase.

c. Se abrirá una sesión para resolver dudas e inquietudes por parte de los estudiantes.

d. El docente realiza la evaluación, cuya nota máxima es 3.5. Esta será la nota definitiva de la asignatura, dado el caso de haber aprobado satisfactoriamente la actividad de apoyo.

e. La inasistencia a la actividad de apoyo o fraude en el proceso tendrá como nota 1.0; esta nota será promediada con la nota final del proceso académico del período. En el caso de que la actividad de apoyo no se apruebe, se promedia la nota de la actividad con la nota final del proceso académico en el período.

f. Los resultados obtenidos serán llevados en la planilla destinada para las actividades de apoyo, acompañados de la firma del estudiante al recibirlos.

g. El docente entrega los resultados a los estudiantes. Debe quedar con copia de los que no fueron aprobados o de aquellos que considere importantes para tener de evidencia según el caso. En la mitad de cada periodo se llevará a cabo el informe parcial académico y convivencial que se dará a conocer a través del formato destinado, el cual permitirá al estudiante, padres de familia y/o acudiente conocer los desempeños que van bajos en cada una de las áreas hasta la fecha, debido a dificultades académicas o actitudinales. Se deja evidencia escrita de este proceso y se firma para constancia de la entrega de la información.

CAPÍTULO IV LA NO PROMOCIÓN ESCOLAR.

ARTÍCULO 1: Criterios de no promoción. Se considera en el Colegio que un estudiante no fue promovido al grado siguiente cuando:

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Obtuvo desempeño bajo, menor a 3.5 en 3 o más asignaturas, lo cual lleva automáticamente a la reprobación del año escolar. No tiene derecho a presentar plan de apoyo.

El estudiante que en el informe final del proceso de evaluación hubiera quedado con una calificación de 3.4 o menor, que equivale a desempeño bajo en 1 o 2 asignaturas, antes de cerrar el proceso deberá acogerse al plan de apoyo programado por el colegio al finalizar el año. La realización del plan de apoyo será la última oportunidad que tiene el estudiante de alcanzar los logros básicos para pasar al siguiente grado. Es requisito haberlo aprobado en todas las asignaturas que tiene pendientes por aprobar. Su máxima nota será de 3.5 y a su vez será la nota definitiva para el año.

La inasistencia injustificada o fraude en las actividades concernientes al plan de apoyo tendrán como nota definitiva 1.0. El estudiante que se presente con excusa justificada, deberá acercarse a la coordinadora académica para una nueva organización y ejecución de su plan.

Pasos para la ejecución del plan de apoyo:

Explicación del docente (Se valora la actitud e interés del estudiante) 10%

Elaboración del taller 15%

Sustentación del taller y aclaración de dudas 25%

Evaluación 50% (En caso de que el estudiante no cumpla con alguno de los pasos anteriores pierde el derecho al plan de apoyo).

Nota: Los estudiantes tendrán la posibilidad de repetir el año escolar en el colegio, permaneciendo con el cupo dependiendo de su historial académico y comportamental, acorde a la filosofía institucional. Sin embargo, queda a criterio de la Comisión de Evaluación y Promoción el análisis y las decisiones necesarias frente a estudiantes que pierden 2 o más veces un año escolar. Si es necesario, se remite la decisión o el proceso al Consejo Directivo.

Para las inasistencias debido a permisos por eventos deportivos o de viaje se tendrá en cuenta el siguiente proceso:

Se pide el permiso con 15 días de antelación a la rectora, con copia a Coordinación Académica y Coordinación de Convivencia. Anexar las evidencias de los eventos o viajes.

El permiso debe contener la aclaración de que la familia y el estudiante se hacen responsables de ponerse al día en el proceso académico. Si es posible, se deben entregar los trabajos pendientes antes del viaje o del evento. De lo contrario, es el estudiante quien, al día siguiente de su regreso, busca al

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docente para ponerse al día. El plazo máximo de entrega de sus trabajos son 3 días calendario. Si se pasa de este plazo asignado, tendrá como nota 1.0 así haya tenido su excusa justificada.

Después de dialogar si el permiso es otorgado, la coordinadora académica avisa a los docentes para que estén enterados de los estudiantes que tienen la posibilidad de presentar sus trabajos.

Parágrafo1: Para otorgar el permiso de ausencia, se observará el proceso académico y comportamental. Parágrafo 2: Si la familia y el estudiante optan por irse sin los permisos, asumen la negación de la posibilidad de ponerse al día académicamente y sus consecuencias. Parágrafo 3: El estudiante que ha salido del colegio con compromiso académico y/o comportamental reprobando el año según la escala valorativa definida por el colegio y después de un tiempo vuelve a reintegrarse, no tiene la posibilidad de matricularse en el curso que “desee”. Debe inscribirse al grado que faltó por aprobar al irse.

CAPÍTULO V.

ESTÍMULOS PARA LOS ESTUDIANTES.

El Colegio San Juan Bosco considera parte esencial de la educación, reconocer las actitudes positivas y el constante esfuerzo de los estudiantes brindándoles la oportunidad de:

Ser felicitado(a) de manera verbal o escrita por un docente, acompañante de grupo y/o un directivo, según sea la actitud ejemplar para la Comunidad Educativa.

Representar al Colegio en eventos deportivos, culturales, académicos, religiosos y sociales.

Ser representante del grupo.

Formar parte de los diferentes comités de aula (asistencia, decoración, aseo, entre otros).

Ser monitor(a) de alguna asignatura.

Exhibir sus trabajos meritorios y darlos a conocer por los medios de comunicación del colegio.

Recibir trofeos, condecoraciones, premios y menciones especiales. Por ocupar el primer puesto, les será otorgado un diploma por parte del colegio, al final del año escolar en la clausura. Además de un incentivo económico entregado a través de un bono, el cual será determinado y aprobado por el Comité Administrativo, para ser abonado a la matrícula del año siguiente.

ARTÍCULO 1: Criterios para otorgar estímulos a los estudiantes Los estímulos son refuerzos positivos que fortalecen y benefician la convivencia social, son constructivos y formativos debido a que se exalta positivamente el

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esfuerzo de quienes se empeñaron por alcanzar sus logros. En el Colegio San Juan Bosco, se tienen los siguientes estímulos:

Cuadro de honor y académico: Se reconocerán públicamente aquellos estudiantes que hayan obtenido el mejor promedio académico del grupo y que a su vez, sea un excelente ser humano por sus valores, sentido de pertenencia y plena identificación con la filosofía del Colegio. Son postulados por el acompañante y elegidos por la Comisión de evaluación y promoción.

Medallas de valores: Los estudiantes que serán estimulados son elegidos por el acompañante de grupo, en previa consulta a los docentes y a sus compañeros, teniendo en cuenta los valores institucionales y su proceso integral del año en curso. Como estímulo anual se otorga a los estudiantes que se hayan distinguido durante todo el año, la medalla de los siguientes valores:

- Sentido de pertenencia - Honestidad - Respeto - Solidaridad - Amabilidad - Alegría - Piedad - Estudio

Nota: No se estimulará aquel estudiante que haya incurrido en fraude o en algún acto deshonesto de cualquier índole.

Izada de bandera: Se concede, como distinción, a los estudiantes que vivencien los valores promovidos por el colegio, que sobresalgan en las actividades socio-culturales, deportivas y científicas, así como por alcanzar los logros propuestos en el Plan de Estudios. Será escogido por el acompañante de grupo y/o el docente del área responsable del acto cívico. Puede contar con la opinión de los estudiantes.

Matrícula y menciones de honor: Los estudiantes son elegidos por el acompañante de grupo con la aprobación de todos los docentes y confirmados por el Consejo Académico, teniendo en cuenta los valores institucionales y la respuesta integral del año en curso.

Representar al Colegio en eventos especiales: Irán los estudiantes que no tengan inconvenientes a nivel académico, que sean responsables para ponerse al día en lo que se haya realizado en clases y que además se identifiquen plenamente con la filosofía institucional, aportando positivamente con su ser como persona.

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Felicitaciones escritas en la ficha de acompañamiento y en los boletines informativos: Cualquier docente o directivo, puede hacer reconocimiento público o personal a los estudiantes que se caractericen por sus aportes positivos, espíritu de superación, docilidad frente a las insinuaciones formativas, cambios en su comportamiento y rendimiento académico. Se estimulará a los estudiantes por su esfuerzo en dar lo mejor de sí. Se motivará a los compañeros a reconocer lo positivo en quien se estimula.

Estímulos grupales cada vez que las circunstancias lo ameriten.

Divulgación de estímulos en la página web del colegio y en diversos medios de comunicación.

Ser condecorado con la banda mariana, quienes se destaquen por su amor e imitación de los valores de la Virgen María.

Mejor Bachiller: Se otorga un reconocimiento al estudiante que se haya distinguido por su excelencia académica, al final del año escolar en la ceremonia de graduación. También se reconocerá al Mejor Bachiller de la Promoción en esta misma ceremonia.

Reconocimiento por su trayectoria institucional: Es otorgado a los estudiantes bachilleres que han cursado los tres niveles (Preescolar, básica y Media), sin interrupción en la institución, al final del año escolar en la ceremonia de graduación.

Mejor ICFES: En la ceremonia de graduación se dará a conocer el mejor resultado de la Prueba de Estado y se entregará una Mención por parte del colegio.

PARÁGRAFO 1: Para los estudiantes de 10° y 11° que cometan cualquier tipo de acto deshonesto, no se mencionarán en el acto de graduación ni recibirán estímulo alguno.

CAPÍTULO VI ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN DE PROCESO ACADÉMICO INICIADO

ARTÍCULO 1: Traslado de estudiantes. Cuando un padre de familia solicite el traslado de su hijo para otro colegio sin haber culminado el calendario académico, se le entregarán los períodos evaluados hasta la fecha.

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Los estudiantes que lleguen nuevos a la Institución, antes de iniciar el año escolar, deben presentarse para realizar las nivelaciones e inducciones necesarias cuando el Colegio estipule las fechas. Se le solicitarán también los documentos requeridos para un estudiante nuevo: paz y salvo del colegio anterior, evaluaciones de desempeños hasta la fecha, registro civil, tarjeta de identidad, seguro de accidentes o EPS. Si procede del exterior debe traer las evaluaciones apostilladas por el consulado de origen. La responsable del procedimiento de matrículas avalará la documentación y con base a ello la Rectora autorizará su matrícula. El Colegio considera como causas justificadas para estos traslados las siguientes: - Desplazamiento - Traslado de la familia - Amenaza de muerte - Situación económica - Otra circunstancia grave que afecte la vida del estudiante o de la familia. ARTÍCULO 2: Validación de estudios. El Colegio San Juan Bosco está autorizado por la Secretaría de Educación Municipal para practicar el procedimiento de validación de estudios en la Educación Básica y el Grado Décimo de la educación Media, según Decreto 2832 del 16 de agosto del 2005 por tener las competencias para efectuar validaciones y mediante la circular Nº 071 del 10 de junio del 2009. La validación de estudios pretende facilitar, con exigencia académica, la promoción del estudiante en el campo académico, personal y social. Aplica a los casos en que el estudiante pueda demostrar que ha logrado los conocimientos, habilidades y destrezas en cada una de las áreas obligatorias y fundamentales establecidas para los grados de la educación básica y media académica, a excepción del grado 11º que lo realiza el ICFES. La Rectora autoriza, mediante Resolución, las pruebas de validación, una vez solicitada por el acudiente o padre de familia o las autoridades educativas. La Rectora procede a delegar el proceso de validación a la Comisión de Evaluación del respectivo grado para realizar la validación solicitada. Una vez culminado el proceso, la misma comisión define la promoción y entrega los resultados mediante acta debidamente firmada por quienes intervinieron en ella a la secretaría del plantel, para asentarla en el libro de Validaciones con las firmas respectivas de la Rectora y Secretaria Académica.

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La validación será autorizada y se procederá conforme a la ley para atender, de manera exclusiva, a personas que se encuentren en las siguientes situaciones académicas (Decreto 2832 del 2005, artículo 2):

Haber cursado uno o varios grados sin el correspondiente registro en el libro de calificaciones.

Haber cursado o estar cursando un grado por error administrativo sin haber aprobado el grado anterior.

Haber cursado estudios en un establecimiento educativo que haya desaparecido o cuyos archivos se hayan perdido.

Haber estudiado en un establecimiento educativo sancionado por la Secretaría de Educación por no cumplir con los requisitos legales de funcionamiento.

Haber realizado estudios en otro país y no haber cursado uno o varios grados anteriores, o los certificados de estudios no se encuentren debidamente legalizados.

No haber cursado uno o varios grados de cualquiera de los ciclos o niveles de la educación básica o media, excepto el que conduce al grado de bachiller.

Cuando, por motivos familiares o personales (precaria salud física, traslado laboral de los padres a otra nación, amenazas, etc.) deba anticipar la finalización de un grado, el caso será analizado con las debidas instancias a nivel institucional: Coordinadora Académica, docentes responsables de las asignaturas, docente acompañante grupal, Consejo Académico y en última instancia el Consejo Directivo cerrará el análisis del caso y determinará si el estudiante puede validar el último período, siempre y cuando demuestre haber alcanzado los logros necesarios básicos para continuar al grado siguiente.

Tipos de pruebas en la validación.

Para comprobar que el estudiante ha logrado los conocimientos, habilidades y destrezas en las áreas fundamentales y obligatorias de cada grado y de acuerdo con la autonomía legal para este caso, la institución podrá optar por realizar:

Una única prueba escrita que comprenda las áreas obligatorias y fundamentales de cada grado, basada en el sondeo de las competencias, tipo prueba Saber.

Exposiciones ante los docentes de cada área. Presentación de trabajos de cada área con su debida sustentación.

a. Informe de Evaluación. Para efectos de evaluaciones de desempeño, las pruebas se evaluarán con la misma escala utilizada para todos los estudiantes, descrita en este documento.

Se aprueba la respectiva validación cuando se ha obtenido un resultado de desempeño Básico, Alto o Superior. La Secretaria académica informará al

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estudiante el resultado de su prueba de validación dentro de los cinco (5) días hábiles después de ser practicada.

b. Expedición de certificados y Registro Escolar. El resultado aprobatorio del estudiante se consignará en el registro libro de Validaciones, que equivale en estos casos al libro de Registro Escolar. Éste servirá de base para expedir constancias de desempeño.

c. Validaciones por grado y su frecuencia. En un año calendario el estudiante podrá presentar validaciones para varios grados, pero no procederá que en una sola prueba valide varios grados.

d. Fechas para validar. Para practicar las pruebas de validación el colegio determina como fechas institucionales las que coincidan con las semanas de desarrollo institucional en el calendario anual. Se considerarán los casos extraordinarios, vez por vez, que ameriten otra fecha. La validación se hará grado por grado, no coincidiendo en un mismo día dos o más grados.

e. Frecuencia de validación para el usuario. La no aprobación de la prueba de validación no es impedimento para que el interesado pueda optar de nuevo por este mecanismo de promoción, en el mismo establecimiento o en otro autorizado.

ARTÍCULO 3: Comisiones de evaluación y promoción.

Es responsabilidad del colegio conformar las Comisiones de Evaluación y Promoción. Es la Rectora quien la convocará y presidirá con el fin de definir la promoción de los estudiantes y proponer acciones preventivas, correctivas o de mejora para aquellos con dificultades pedagógicas, de aprendizaje o comportamiento.

A esta comisión, el acompañante de grupo lleva como insumo el informe descriptivo, en el cual aborda generalidades importantes a nivel académico y de convivencia e igualmente los estudiantes que requieren remisión a alguna dependencia. Cada comisión de final de año será la encargada de determinar cuáles estudiantes deberán continuar en el Colegio para repetir un grado determinado según el estudio de su caso. ARTÍCULO 4: Registro escolar.

El colegio llevará un registro actualizado de los estudiantes que contendrá, además de los datos de identificación personal, el informe de valoración por grados y el estado de desempeño, que incluya las novedades académicas y las actitudes de convivencia que surjan.

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El registro tiene la valoración de las tres competencias: cognitiva con un valor del 70%, expresiva con una valoración del 20% y afectiva con una valoración del 10%.

ARTÍCULO 5: Constancias de desempeño.

El colegio expedirá constancias de desempeño de cada grado cursado en las que se consignarán los resultados de los informes periódicos y si el estudiante ha sido promovido al grado siguiente.

ARTÍCULO 6: Informes valorativos.

La estructura de los informes de los estudiantes será clara, comprensible y dará la información integral del avance en la formación compuesto por:

Desempeños descriptivos.

Valoración cuantitativa y cualitativa en cada una de las áreas y/o asignaturas equivalentes en la escala nacional y en la escala valorativa del presente SIEE.

Desempeño comportamental.

Se entregarán a los padres de familia o acudientes cuatro informes escritos durante el año y cada uno equivalente al 25% de la nota final. Se entrega un quinto informe que determina si el estudiante es o no promovido al grado siguiente. Los informes de cada período se entregarán con la modalidad que se acuerde para cada periodo ya sea tipo entrevista, a nivel general o al finalizar el año en asamblea de padres.

El boletín expresa la siguiente información del estudiante: nombres y apellidos, grado, jornada, nivel y código. Muestra también la intensidad horaria de cada área, el desempeño por periodo teniendo en cuenta la escala de valoración institucional, el promedio acumulado para el año, las horas no asistidas por periodo, los 10 mejores desempeños académicos en el grupo (si el estudiante está en ellos) y un espacio para apuntes por parte del acompañante de grupo si necesita ampliar algo. Dicho boletín se entrega al padre de familia o acudiente después de la finalización de cada periodo académico. Para el grado transición, el boletín será entregado desde los desempeños en las diferentes dimensiones estipuladas por el Ministerio de Educación Nacional.

ARTÍCULO 7: Procedimientos de cambios y mecanismos de reclamaciones del SIEE.

El Colegio San Juan Bosco, estableció el Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes de los niveles Básica y Media por la comunidad educativa y aprobado por el Consejo Directivo mediante Acuerdo N° 001 del 29 de enero del 2010.

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Luego en el 2011 con el Acuerdo N° 004 del 7 de septiembre se aclara el concepto de Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales, el concepto de aceleración, de adaptación curricular se incluyó el concepto de Promoción anticipada, ordenada por el Decreto 1290 de Abril 16 del 2009, artículo 7º y la directiva Ministerial 29 del 16 de Noviembre del 2010 para el caso de estudiantes que reprobaron un año escolar y que pueden ser promovidos al finalizar el primer período del nuevo año lectivo una vez haya superado sus debilidades en las áreas. También se precisaron las políticas institucionales con relación a la promoción anticipada.

Se agregó al SIEE previamente al debido proceso algunas estrategias antes de iniciarlo como: la mediación, la conciliación, la concertación amigable y el tercero vinculante para hacer más efectivo el proceso formativo. Se agrega en el capítulo de Criterios de graduación el haber cursado 50 horas Constitucionales en Ciencias económicas y políticas.

En el Colegio San Juan Bosco es importante la participación de los estudiantes, los padres de familia, acudientes y/o sus representantes legales, en el proceso evaluativo como se contempla en uno de los objetivos institucionales: “Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y/o acudientes y el estudiante con el fin de presentar los informes periódicos de evaluación, las actividades de apoyo para la superación de las debilidades y acordar compromisos por parte de todos los involucrados”.

Por otra parte, dentro de los deberes de los padres de familia está conocer criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar. Así mismo, en el caso de los estudiantes con necesidades especiales para el aprendizaje y la participación, que requieran de flexibilización curricular, los padres de familia deberán conocer éstas para su respectivo acompañamiento y seguimiento, sabiendo que el colegio aún está en proceso de tener una adecuada y más sólida preparación al respecto.

Se reconocen institucionalmente como mecanismos de participación de los padres de familia en los procesos evaluativos:

Las comisiones de evaluación y promoción donde participa por cada grupo un representante de padres de familia.

La asamblea general y consejo de padres de familia.

Participación del representante de padres de familia al Consejo Directivo.

a. Instancias. Para la reclamación de padres de familia y estudiantes sobre evaluación se debe seguir el conducto regular en su orden, primero con el docente del área, de no ser

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posible una aclaración, se debe continuar con las instancias correspondientes como se describe:

1. Docente del área. 2. Acompañante de grupo. 3. Coordinadora académica. 4. Rectora. 5. Comisión de Evaluación y Promoción. 6. Consejo Académico. 7. Consejo Directivo.

b. Procedimientos - Solicitud verbal o escrita ante la instancia que corresponda. - El estudiante, padre de familia y/o acudiente deberá pedir cita con la instancia

correspondiente o hacer llegar por escrito su reclamación. - La instancia responsable deberá remitirse a los registros que evidencien el

seguimiento del estudiante, corroborar la situación demandada y proceder según corresponda, comunicarse con la parte afectada dando respuesta de manera clara y respetuosa.

- En caso de que la instancia no resuelva la situación, el estudiante y/o padre de familia puede acudir a los mecanismos de participación institucional y recursos que establece la ley para efectos de reclamos, quejas y peticiones:

Derecho de petición: El derecho de petición es un derecho que la Constitución Nacional, en su Artículo 23, ha concedido a los ciudadanos para que estos puedan presentar peticiones a las autoridades, para que se les suministre información sobre situaciones de interés general y/o particular.

Recurso de reposición: La reposición es un recurso que se ejercita con el fin de refutar actos de carácter particular contrarios a lo esperado por el interesado.

Derecho de apelación: Es una herramienta que permite revocar una decisión que afecte o agrave intereses personales.

Acción de tutela: Es el mecanismo creado en el artículo 86 de la Constitución Política de 1991, mediante el cual toda persona puede reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando estos resultan vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad o de los particulares en los casos establecidos en la ley.

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CONTROL DE CAMBIOS

FECHA DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO

AÑO MES DÍA

2011 09 07 Con el Acuerdo del Consejo Directivo Nº 004 del 7 de septiembre del 2011, se ajustó el SIEE del Colegio San Juan Bosco en los capítulos de Criterios de promoción el concepto, la normatividad y las políticas institucionales.

2012 10 03

Con el Acuerdo N° 003 del 3 de octubre del 2012 se reajustó el SIEE en los capítulos de la promoción escolar, los planes de mejoramiento y estructura de las actividades de apoyo, las estudiantes con necesidades educativas especiales, estrategias de nivelación, validación de estudios y los criterios para los compromisos académico y de convivencia.

2014 03 05

El Acuerdo N° 004 del 05 de marzo del 2014 ajusta el SIEE en el aparte Estructura de las actividades de apoyo para la promoción escolar, en el sentido de que la evaluación acumulativa del segundo y del cuarto período no modifique las notas del primero y del tercer período, puesto que ya se han aplicado planes de apoyo, actividades de auto recuperación, plan madrina y otras en cada período.

2015 03 13

En el acta del Consejo Académico, N° 4 del 20 de febrero de 2015 se define nueva escala valorativa que aplica a partir del primer periodo del mismo año CAPITULO II LA EVALUACION ARTICULO 8. ESCALA DE VALORACIÓN Desempeño Superior entre: 4.8 - 5.0 Desempeño Alto entre: 4.0 - 4.7 Desempeño Básico entre: 3.5 - 3.9 Desempeño Bajo entre: 1.0 – 3.4

2016

04

06

CAPITULO I INTRODUCCIÓN Se realizan cambios en la redacción CAPITULO II LA EVALUACIÓN ARTICULO 7. PORCENTAJES DE ÁREAS OBLIGATORIAS Y ASIGNATURAS Se ajustan los porcentajes a la luz de la resignificación de la propuesta pedagógica En Comisión ad hoc del 15 de marzo de 2016 nombrada por el Consejo Académico se ajustan los porcentajes de las áreas teniendo en cuenta las áreas compuestas con asignaturas nuevas definidas a partir de la resignificación. ARTICULO 8. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE DESEMPEÑOS COMPORTAMENTALES ARTICULO 9. CRITERIOS SALESIANOS DE LA EVALUACIÓN CAPITULO III PROMOCIÓN ESCOLAR Consejo Académico Acta N° 2 del 29 de marzo de 2016 ARTICULO 2. PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (NEE) Y NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO (NEA). Se unifican los criterios sobre el manejo académico de las estudiantes NEE y NEA CAPITULO IV NO PROMOCIÓN ESCOLAR Consejo Académico Acta N°2 del 29 de marzo punto 7 sobre el criterio de no promoción escolar ARTÍCULO 1. CRITERIOS DE NO PROMOCIÓN ESCOLAR Se unifican los criterios de la no promoción escolar, las estudiantes no son promovidas con dos áreas o más en desempeño bajo al finalizar el año escolar.

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2016 11 24

Consejo Académico Acta N° del 23 de noviembre

Se integra emprendimiento al área de tecnología ya que se tenían como áreas separadas. En primaria emprendimiento continúa siendo un tema de tecnología.

2017 01 20

Acta N° 1 del 20 de enero de 2017 Se determina 3.5 como nota máxima en una actividad o plan de apoyo, ya que se tenía en un rango de 3.5 a 3.9 y se considera que no es justo con las estudiantes que respondieron por su proceso durante el periodo o durante el año. Exoneración de la prueba final o de la acumulativa del período cuando los resultados de las pruebas externas aplicadas (Internacionales o Nacionales) obtiene Desempeño Superior (6.5) en el grado 11 o que de 1° a 11° durante todo el año haya obtenido resultados superiores en su proceso de los periodos superior o igual a 4.8 será eximida de la evaluación semestral. De 1º a 11º.

2018 12 26

Revisión y ajustes al SIEE por parte de la coordinadora académica en consonancia y común acuerdo con el consejo académico ampliado. Tales ajustes se llevaron a cabo en la semana institucional del 7 de octubre de 2018, y los días 26 y 27 de noviembre del mismo año. De este consejo es emanado el presente documento.

2019 10 30

Se precisa el cambio de vocabulario según el género teniendo presente el mixto progresivo para el año 2020. Se ajustan los requerimientos solicitados por Secretaría de Educación municipal para el mixto progresivo.