código de policía

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Código de Policía Colombiano

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Page 1: Código de policía

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NUEVO CODIGO DE POLICÍA DE BOGOTÁ Manual para pensar en los demás

Introducción

Después de mucho camellarle Bogotá finalmente logró reformar el Código de Policía.

Esta es una norma que afecta profundamente la vida de la ciudad, la cual está hecha de

infraestructura, de cosas que se dejan atrapar fácilmente en fotografías, pero también

está formada por el comportamiento de las personas y por la manera en que éstas se

relacionan entre sí. Me refiero a la ciudad que cumple las normas, es decir, al respeto

que tiene un ciudadano por otro cuando le cede el paso o cuando espera a que cambie el

semáforo para cruzar. Se podría decir que el Código de Policía es la aplicación de la

Ley y de la Constitución a las actividades propias del día a día: regula los ámbitos

cotidianos del vecindario, del espacio público, de la movilidad, de la plaza de mercado,

de la seguridad, de la solidaridad con los niños y con personas con limitaciones. Dicho

de otro modo, el Código recoge y actualiza lo que al ciudadano común y corriente le

ordenan muy diversas leyes. En términos generales, se trata de una herramienta de gran

utilidad para los municipios porque facilita la interpretación y la aplicación de la ley de

acuerdo a sus necesidades específicas, poniendo al alcance de la ciudadanía una lectura

de las normas que sea más afín a la cotidianidad y a los problemas de la ciudad.

Por el Acuerdo 68 de 2002 con el Concejo, Bogotá fue declarada como territorio de paz

y todos los 20 de enero como día de la vida y dignidad humanas. Por una bellísima

casualidad, la promulgación del Código de Policía tuvo lugar el 20 de enero de 2002,

constituyéndose en algo así como un primer mojón para comenzar a delimitar el

territorio de paz. A este respecto una pequeña digresión: la palabra ‘país’ proviene del

latín ‘pagus’ que significaba mucho tiempo atrás ‘mojón’, ‘palo’ o ‘roca’, algo que sirve

para marcar límites, para diferenciar lo que es nuestro de lo que les pertenece a los

vecinos. La relación de vecindad aparece alrededor de los mojones; más allá de éstos

está lo extraño. En este sentido el lenguaje tiene una memoria que a veces olvidamos: la

misma raíz de ‘país’ es la raíz de ‘paz’, de ‘pacto’. Poner este primer mojón del

territorio de paz será una manera de ejecutar y de cumplir con ese Acuerdo del Concejo

y será también una manera de reconocer que la ciudad se caracteriza por una relación

muy impersonal, donde el pluralismo radical (la libertad de pensar distinto, de tener

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religiones, ideologías o perspectivas políticas distintas) es posible porque existen

derechos y deberes claramente delimitados, más allá de los cuales cada uno tiene una

vida libre. Cuánta más cercanía física haya, decía Max Weber, habrá más distancia

moral. Esto quiere decir que en lo moral podemos ser muy distintos, pero para ello

muchos temas tienen que ser estrictamente reglados y aplicar a todas las personas. Las

reglas impersonales permiten evitar los abusos de unos ciudadanos contra otros y son la

base de la convivencia en la gran ciudad.

Una nueva etapa de Cultura Ciudadana

En noviembre de 1994, durante el proceso de empalme con la Administración de Jaime

Castro, se llevó al Concejo de Bogotá por primera vez el modelo de Cultura Ciudadana.

En esa primera solicitud de recursos para implementar el programa se habló del

mejoramiento de contextos urbanos siguiendo una idea muy sencilla: es más fácil

introducir reglas nuevas en espacios nuevos. Los que investigan el comportamiento

humano, estudian los repertorios de conductas según su asociación con ciertos ámbitos:

dicho en otras palabras, con andenes embellecidos y protegidos y con un sistema de

transporte moderno y funcional, es más fácil promover nuevos comportamientos.

Entonces lo acumulado durante la última década en mejoramiento de infraestructura

física, construcción de parques y bibliotecas, etc., constituye la base para una nueva

etapa de transformación del comportamiento. En una ciudad más amable y generosa es

posible pedirle a la gente comportamientos más amables y generosos. Cuando se

escribió el anterior código no existían las ciclorrutas ni Transmilenio; disponer de

normas sobre el uso de esta nueva infraestructura es algo que podemos y debemos hacer

en el nuevo Código de Policía.

Además de los avances en construcción de infraestructura, durante los últimos diez años

Bogotá ha tenido una importante transformación en términos del comportamiento

ciudadano. Gracias a lo anterior ha aumentado considerablemente el cumplimiento

voluntario de la ley y la comprensión de los derechos y deberes ciudadanos. En este

sentido el Código pretende reunir y consolidar los principales logros que ha tenido

Bogotá en materia de cultura ciudadana y cultura democrática, y en la construcción de

convivencia. En pocas palabras, la sociedad ya está preparada para reconocer y afianzar

sus logros pedagógicos y de comportamiento ciudadano en un nuevo código de policía.

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Autorregulación y mutua regulación

En este nuevo Código las sanciones jurídicas y policivas son vistas como el último

remedio, cuando no funcionan otros mecanismos como la voz de la conciencia y la

regulación social. El cumplimiento de las normas debe partir de la propia convicción y

no del temor al castigo. Esa es la base, ese es el piso, ese es el mojón del territorio de

paz. De este modo, el Código favorece la autorregulación personal que se da cuando

cada cual sigue la norma por coherencia con sus principios (y al no hacerlo siente

culpa), y promueve la mutua regulación cultural que se produce cuando los ciudadanos,

mediante su reconocimiento o su censura, impulsan pacíficamente el cumplimiento de

normas por parte de los demás (generando vergüenza en el incumplido). Este último es

un instrumento de suma importancia para corregir amablemente el comportamiento

ciudadano, con el que uno le puede decir al vecino, “la basura no se pone así, la basura

no se riega por ahí”. Pedagógicamente no sólo importa el cumplimiento, importa

también –y mucho– las razones por las que las personas cumplen. En la medida en que

las cuentas con la ley, las cuentas con la conciencia y las cuentas con la comunidad se

complementan, fluye más fácilmente la convivencia. En este sentido el nuevo Código

establece con especial énfasis sanciones pedagógicas e instrumentos para la formación

ciudadana, con el propósito de activar todos los mecanismos que promueven el

cumplimiento de los deberes ciudadanos. En resumen, lo que queremos es educar a la

gente para que no sea necesario sancionarla.

Corresponsabilidad

El Código de Policía es un código de ciudadanía, por eso lleva el subtítulo “Normas de

Convivencia Ciudadana”. ‘Policía’ proviene de la palabra griega ‘politeia’ que

significaba precisamente ‘ciudadanía’. Posteriormente se utilizó en un sentido más

restringido para designar a la administración civil y eso derivó hacia la acepción

moderna de orden público. Existe pues una relación estrecha entre ciudadanía,

administración y policía. Lo anterior, sumado a la gran diversidad moral, filosófica y

religiosa de una ciudad, es lo que se articula en este código para la convivencia

ciudadana. Es necesario tener en cuenta que el cumplimiento del Código depende tanto

de la acción de las autoridades como de la adhesión de la ciudadanía: el grado de

cumplimiento de las normas y el logro mismo de los objetivos de la ciudad es tarea

conjunta de ciudadanía y autoridades. Dicho de otra manera, la convivencia es un

compromiso compartido, es un compromiso de corresponsabilidad.

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Solidaridad

Buscamos también que el Código fortalezca las relaciones entre los diversos actores de

la ciudad. Ustedes verán artículos que tienen que ver con el comportamiento solidario,

con el manejo de las situaciones de emergencia, con el apoyo al menor de edad. Todos

estos son desarrollos de la idea de que existen ciertos deberes ciudadanos entre

desconocidos. El Código está basado en la capacidad de adherir a los derechos del otro,

valorar incluso sus intenciones y proyectos con un gran respeto. Hay gente que piensa

que los únicos deberes son con la familia y eso no es cierto, los deberes ciudadanos van

mucho más lejos. Por ejemplo, los comportamientos que favorecen la seguridad de los

peatones y los conductores (art. 90 y siguientes) comienzan por aprender a cruzar las

calzadas por los lugares adecuados (puentes peatonales, cebras, etc.). Para los

conductores uno de los comportamientos favorables es “no salpicar a los peatones al

pasar por los charcos” y “no parar a curiosear en los accidentes”. Al transporte público

se le prohíbe, entre otras cosas, desvarar el vehículo mediante inyección manual de

combustible.

El fundamento siempre es el mismo: pensar en los otros, es decir, respeto y solidaridad.

Por ejemplo, el deber tributario genera en el fondo un sistema de solidaridad transversal,

donde las personas que tienen mayor capacidad económica les ayudan a los menos

favorecidos y lo hacen de una manera que no está sesgada por ningún criterio

ideológico, filosófico o familiar. El que paga impuestos no tiene control sobre a quién le

serán destinados esos recursos. Al hablar de los temas que trata el Código de Policía se

pueden identificar los dilemas morales que suelen entrar en juego en la decisión de

cumplir o no la correspondiente norma. Por ejemplo en el tema de tranquilidad la

pregunta “¿qué volumen prefieres?” invoca la coexistencia de dos posibles

destinatarios: quien organiza la fiesta y quien intenta dormir en la casa de al lado.

Aprender a pensar en el otro, aún en su ausencia, o de antemano: este es el reto

solidario. Todo el Código está escrito en clave de solidaridad. Hay solidaridad cuando

nos cuidamos todos: cualquier ciudadano debe buscar la manera de ayudar al ciudadano

accidentado y cualquier servicio de urgencias tiene la obligación, so pena de sanción, de

brindarle atención inicial incondicional.

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Deberes y derechos ciudadanos

Una manera de ver el Código de Policía es como una puerta de entrada al Estado de

Derecho. Se hizo una correspondencia cuidadosa entre derechos y deberes ciudadanos,

y se intentó mostrar la interrelación de ambos, es decir, el hecho de que el cumplimiento

de los deberes es fundamental para garantizar la validez de los derechos. Esto tiene que

ver, de nuevo, con la idea de corresponsabilidad, en el sentido en que el Estado no

puede garantizar plenamente los derechos sin el acompañamiento y el apoyo de la

ciudadanía. En el tema de seguridad, por ejemplo, el deber de colaborar con las

autoridades es fundamental para prevenir actos violentos y criminales y, por tanto, para

fortalecer el derecho a la seguridad y a la convivencia pacífica. Se trata de reconocer

que los objetivos trazados por la sociedad sólo pueden ser alcanzados mediante la

acción eficiente de las autoridades estatales y un comportamiento ciudadano acorde a

los deberes. Dicho de otro modo, el cumplimiento de deberes es una manera de

cuidarnos los unos a los otros.

El Código promueve una opción por la civilidad que se expresa en que por educación o

por formación moral las personas pueden respetar ciertos límites de manera voluntaria,

es decir, sin depender de la acción correctiva. Uno puede encontrarse con gente que

respeta la mayoría de las normas del Código sin haberlo leído nunca, porque le aplica a

sus relaciones de vecindad cierto sentido común y un alto sentido ético y de respeto por

los demás. Se trata del respeto por los derechos ajenos y de la autoimposición de límites

para no abusar de los propios. Más que de la Policía, la sanción debería venir de la

propia persona y de los demás ciudadanos. La Policía es como un complemento de la

conciencia y del control social: “Si tu conciencia no se pronunció a tiempo la Policía

interviene.” El ideal sería que esa intervención sólo se diera cuando es estrictamente

necesaria para enderezar los comportamientos. En este contexto también opera la

censura social, que puede ser expresada con la pregunta “¿qué nos pasa?”, que además

de facilitar la mutua ayuda para ser más consistentes también puede despertar la

conciencia cuando ésta empieza a adormecerse. Las 1.500 estrellas pintadas en las calles

de Bogotá, en los lugares donde peatones murieron cruzando una vía sin utilizar puentes

o cebras, recuerdan las consecuencias –en este caso muy dolorosas– de tomar atajos.

Estas estrellas tienen un signo de interrogación en el centro con el cual se invita a la

reflexión sobre los costos que pagamos cuando se adormece la conciencia e

incumplimos las normas.

Page 6: Código de policía

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Mínimos legales y máximos éticos

En el Código se hace una distinción entre deberes y comportamientos que favorecen la

convivencia. Estos últimos son considerados como mínimos éticos y legales, es decir,

como lo mínimo que cualquier ciudadano debe hacer, y su incumplimiento da lugar a

medidas correctivas acompañadas de sanciones pedagógicas como la asistencia a

programas educativos o trabajo en obras de interés público. Los deberes generales, por

otro lado, son máximos éticos, son el fundamento para la construcción de convivencia y

constituyen las bases para la solidaridad. La exposición de los deberes tiene una

finalidad pedagógica y su cumplimiento depende de la conciencia de cada cual. Son

deberes generales, por ejemplo, auxiliar a víctimas y colaborar con las autoridades en

situaciones de emergencia (art. 8). En este caso se le pide al ciudadano que ayude, y

siempre que se tenga la oportunidad se le aclara cómo hacerlo, es decir, “no suba de

cualquier manera al herido al carro porque puede agravar su estado”. Son deberes para

fortalecer la solidaridad mediante los cuales se le dice al ciudadano “no pase derecho,

no se desentienda”, pero cómo decide la persona actuar sigue siendo un problema de la

ética individual. Si el ciudadano pasa derecho, no hay sanción, pero lo que sí hay es un

incumplimiento de un deber moral. En cambio, sobre el mismo tema, cualquier hospital

de la ciudad tiene la obligación –como comportamiento favorable a la solidaridad– de

recibir al herido que necesita atención de urgencias (art.29). Si un hospital no atiende a

un herido, sí hay sanción. Entonces en cada capítulo del Código se incluyen ambos

elementos: un listado de deberes generales y un listado de comportamientos que

favorecen la convivencia. Sólo el incumplimiento de estos últimos constituye

contravención y da lugar a medidas correctivas.

Razones y motivaciones para cumplir la ley: la lógica de la acción colectiva

Un dispositivo elemental –aunque limitado en su alcance– para hacer cumplir las

normas es diseñarlas de la mejor manera posible y aplicar un sistema de castigos

eficiente. Pero al mirar la relación entre norma jurídica y norma social se descubre que

muchas normas son obedecidas por razones diferentes al castigo.

El cumplimiento de normas es parecido a los procesos de acción colectiva. Bogotá tiene

desde 2001 un proceso de acción colectiva bellísimo con la tributación voluntaria:

63.000 ciudadanos –el 3% de los contribuyentes– han decidido contribuir

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voluntariamente con un 10% sobre los impuestos distritales. Pero, ¿cuáles son las

motivaciones y las razones para cumplir normas o para contribuir en una acción

colectiva?

Altruismo: las ciencias sociales nos enseñan que algunos ciudadanos lo hacen por altruismo. Hay

personas que colaboran en una iniciativa desinteresadamente o que cumplen una norma

aun si nadie más la cumple; hay personas que siempre llegan a tiempo, aun si ninguno

de los demás lo hace, y que llevan la tarea bien hecha aun si otros no lo hacen. Estas

personas pueden comportarse así por altruismo, simplemente porque quieren hacerle el

bien al otro.

Utilitarismo: mucha gente sigue las normas porque comprende que el beneficio inmediato al hacerlo

es mayor que el costo que esto implica. Las filas se organizan relativamente rápido

porque todos comprendemos que es la manera más ordenada y eficiente de establecer

turnos. Hoy en día casi no hay que vigilar el Pico y Placa para transporte público porque

los propios transportadores regulan su comportamiento y se regulan mutuamente. Ellos

comprenden que es mejor trabajar por turnos y entonces consideran que es un foul

irrespetar la norma: aquel que se le mete a uno en el turno sin tocarle es un

aprovechado, un colinchado, que se beneficia al no restringir sus horas de trabajo

mientras la mayoría sí lo está haciendo. En este caso existe un mecanismo de regulación

social muy claro.

Equidad: Existen otros casos en donde sucede algo diferente. Se trata de la gente que dice, “yo

cumplo la norma si todos la cumplen”. Este tipo de cumplimiento –que algunos llaman

de honestidad o de justicia– varía de persona a persona. Hay quienes dicen, “si la mitad

de la gente cumple la norma yo también lo hago”, otros esperan a que el 90% cumpla y

otros dicen “qué vergüenza, si ya 10% de la gente cumple la norma, entonces yo

también la voy a cumplir”.

Deber: Otras personas cumplen por un razonamiento muy interesante: “me gustaría una

sociedad en donde todo el mundo se comportara de esta manera, y aunque por mi propia

cuenta no puedo transformar la sociedad, sí está en mis manos cumplir la norma (algo

así como poner mi granito de arena)”. Eso es lo que algunos autores llaman el kantiano

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cotidiano, el cual diría, “es deseable una sociedad en la cual nadie anduviera armado y

por lo tanto yo no voy a portar armas”.

En resumen, las razones para hacer acciones colectivas y para cumplir normas son un

poco diversas y lo destacable de las sociedades desarrolladas es que las diferentes

motivaciones se van alineando y a la larga deja de importar la razón específica por la

cual la persona decidió cumplir la norma. En un proceso de estos lo importante es

promover el cumplimiento o la colaboración desde los diferentes puntos de vista,

activando los diversos mecanismos que llevan al individuo a participar.

Avances en cumplimiento y cooperación: “la legalidad paga”

El resultado final de una acción colectiva es la obtención de enormes beneficios

derivados de que todo el mundo cumpla o de que todo el mundo aporte. Sin embargo,

en el camino de la construcción de un proceso de este tipo siempre hay vivos,

colinchados. La estructura de la acción colectiva es la misma que la de la tributación: “a

todos nos conviene que los bogotanos tributemos generosamente, porque eso repercute

claramente en el nivel de vida de todos”. Pero en términos del actor económico, de

aquél que únicamente busca maximizar la ganancia individual, lo más conveniente es

que todos los demás paguen y él chupe rueda, obteniendo los beneficios colectivos sin

ningún costo. Esa parecería ser la mejor jugada, pero si todo el mundo sigue ese

razonamiento y nadie paga, al final tenemos una deplorable situación colectiva.

Con las normas sucede algo similar: lo óptimo para el sujeto egoísta y oportunista es

que todos los demás cumplan y él no. Hoy en día comprendemos mejor la lógica de la

acción colectiva y comprendemos la relación entre esta lógica y la del cumplimiento de

normas. Estamos en una ciudad que aprendió a ahorrar agua y que está aprendiendo a

respetar la vida. A este respecto hemos dado un salto significativo en el cumplimiento

de ciertas normas específicas. Si hace diez años me hubieran dicho que más de la mitad

de los conductores en Bogotá cumpliríamos con la norma de usar el cinturón de

seguridad, porque entendemos su beneficio, y que incluso nos produciría incomodidad

subirnos a un carro sin amarrarnos, les confieso que yo me hubiera reído. Hace diez

años yo hubiera dicho “de aquí a que los bogotanos utilicemos el cinturón de seguridad,

o dejemos de armar nudos ciegos en los cruces, o respetemos la cebra, va a pasar mucho

tiempo...”. En la ciudad ya hay ejemplos claros de que podemos comprender las

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bondades de la acción colectiva y del respeto universal a las normas. Por eso creo que

con el Código tenemos una buena oportunidad para movilizar una nueva filosofía en

relación con las reglas y de aprovechar algunos de los avances de la ciudad en este

sentido.

A pesar de que en muchos auditorios me he encontrado con la idea pesimista de que los

demás obedecen la ley por temor al castigo, sigo creyendo que mucha gente en la ciudad

obedece la ley porque la entiende. El Código establece, por ejemplo, que no se deben

lavar los carros con jabón en sitios donde el agua fluya al sistema de alcantarillado

pluvial o de aguas naturales (art.59). ¿Por qué no? Muchos de nosotros lo hemos hecho

y además sin tener la más mínima idea de que estábamos haciendo algo indebido. Hasta

hace un tiempo esa agua jabonosa llegaba por el sistema de agua lluvia a los mismos

caños y salía al río Bogotá. Hoy en día en ya casi la mitad de la ciudad el agua lluvia es

recogida, separada y conducida a humedales. Entonces quien lave el carro sin tener esto

en cuenta puede estar contaminando un humedal, en el cual, por lo demás, la ciudad ha

invertido muchos recursos.

Otro caso interesantísimo de respeto a las reglas es Transmilenio. Allí se tiene una

nueva infraestructura y una nueva tecnología, pero también se ha desarrollado un

proceso educativo que acompaña la implementación del sistema. La movilidad urbana

no hubiera mejorado con Transmilenio como lo ha hecho, sin educación, sin los

procesos de acompañamiento, sin la labor del guardia cívico o del policía bachiller.

Entonces ahí ha habido un proceso integral, donde uno ve la productividad de la ciudad

aumentando gracias a la disciplina de la gente. Aprender a cumplir normas por

convicción no sólo nos hace mejores ciudadanos sino que nos hace también más

eficientes y productivos. La experiencia de Bogotá en la última década ha mostrado,

entre otras cosas, que la legalidad paga en el largo plazo. El hecho de que un policía no

tenga que vigilar constantemente el comportamiento del ciudadano es similar a que en

el trabajo no sea necesario tener un capataz o un jefe inmediato dedicado a verificar que

el empleado hizo el trabajo que debía hacer y con la eficiencia esperada. Si la sociedad

puede confiarle a uno como ciudadano que asuma sus responsabilidades, habrá sin duda

mejores condiciones para la convivencia ciudadana y para la productividad.

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Bogotá: ejemplo de convivencia y pedagogía

Así como la gente hoy en día admira Transmilenio, uno puede imaginarse que en el

futuro cercano y bajo el nuevo Código de Policía, Bogotá sea visitada, admirada y

observada internacionalmente por la manera en que reformuló la relación de la gente

con sus derechos más básicos. El nuevo Código tiene como principal objetivo promover

la convivencia en la ciudad y renovar el papel que juegan las autoridades en su

construcción, fortaleciendo facultades como la “orden de policía” y otros correctivos en

donde lo primordial no es sancionar sino enseñar y corregir el comportamiento. Se trata

entonces de un intento por situarnos en la frontera entre la pedagogía y el derecho. Sería

una maravilla que esto se materializara y seguramente veremos que el esfuerzo que se

ha hecho en Cultura Ciudadana en los últimos siete años servirá como un calentamiento

para implementar el Código de Policía con mayor madurez, cariño y generosidad por

parte de la propia ciudadanía. No sobra recalcar que así como es importante poder

visualizar orgullos materiales, de infraestructura, etc., también es muy importante que el

mejoramiento de la educación se traduzca en un modelo de convivencia. Con lo anterior

se envía además una señal muy clara a una sociedad que puede caer en algún momento

en la tentación de creer que sólo a punta de garrote, sólo represivamente, se puede

gobernar e implantar el orden en Colombia. Pretender que la gente obedezca las normas

sólo a través de castigos representa costos demasiado altos para la sociedad, es como

aumentar el costo a la desobediencia, en vez de mirar cómo se movilizan estos

mecanismos de interés, de altruismo o de racionamiento inductivo para aprovechar de la

mejor manera las diferentes motivaciones y regulaciones que llevan a las personas a

cumplir y a cooperar.

Transformación de la ley en costumbre

Hay varias ciudades en el mundo que han desarrollado a fondo la filosofía de cero

tolerancia a las transgresiones. Esto significa no dejar pasar ni siquiera las faltas

pequeñas. Se podría decir que en parte estamos adoptando esa teoría, pero no en su

versión represiva. Nuestra prioridad no es conformar una base de datos para ir

constituyéndole una especie de prontuario al muchacho que fue encontrando bebiendo

cerveza en el espacio público. Lo que creemos es que si la norma adoptada es “no

consumir alcohol en espacio público” (art.27) es bueno que los muchachos entiendan

desde temprano que es mejor cumplirla. Se trata de interiorizar la norma. En contraste

con modelos empleados en otras sociedades y haciendo una especie de caricatura

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simplificada, el Código está más cerca del camino que han seguido países europeos que

del camino norteamericano. El modelo norteamericano está fundamentalmente centrado

en el castigo.

Parte del esfuerzo de la pedagogía es transformar en rutina o en costumbre aquellas

actividades que al principio nos cuestan mucho trabajo realizar. Tomar correctamente el

lápiz, por ejemplo, es difícil al comienzo. Durante años yo lo tomaba incorrectamente e

incluso me justificaba pensando, “bueno, si escribo bien qué importa si pongo mal el

dedo; sólo después viendo el callo comencé a darme cuenta que hay mejores maneras de

usar el lápiz”. Existe un proceso por el cual lo que era una imposición externa se puede

convertir en algo natural y espontáneo, con la ayuda de quienes ya aprendieron la

lección y la interiorizaron. El respeto a los derechos de los demás también se puede ir

volviendo algo natural y espontáneo a través de este camino, convirtiendo a las normas

en algo rutinario e incorporándolas al diario vivir.

La Ley: una construcción colectiva

Para que la sociedad se fije ciertos límites y establezca una serie de normas que

considera razonables es muy importante contar con mecanismos participativos tal y

como los que se implementaron para la elaboración del nuevo Código de Policía de

Bogotá. Legislar es bastante similar a diseñar edificaciones, en donde en vez de

simplemente domesticar parcialmente un entorno, se establecen los lineamientos y guías

para transformarlo o recrearlo según nuestras necesidades y objetivos comunes. Cuando

el ser humano vivía en la caverna se ocupaba básicamente de domar la naturaleza y

aprovecharla, pero hoy en día tenemos la oportunidad de construir nuestro entorno.

Gran parte de las sociedades modernas son sociedades construidas; la equidad de género

duró mucho tiempo en construcción; la promulgación de los derechos de los niños es

una construcción más reciente; el reconocimiento de derechos plenos de las minorías

étnicas también lo es. Entonces habitamos en un mundo donde las reglas son en parte

construidas.

El nuevo Código de Policía es un producto colectivo como ninguno de los que he visto

aprobar en el Concejo de Bogotá. No hay un solo Acuerdo del Concejo que haya sido el

resultado de tantas discusiones, deliberaciones y consultas a organizaciones ciudadanas.

Participaron en la primera etapa, antes de que el proyecto llegara al Concejo, 86

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organizaciones no gubernamentales, 56 gremiales y sindicales, 122 colegios públicos y

privados, 15 universidades, 50 miembros de la Policía Nacional y las 42 entidades

distritales. Durante el debate con el Concejo hubo decenas de organizaciones que

intervinieron, pidieron la palabra y estuvieron atentas a la discusión. Se consultaron en

total 917 entidades y asociaciones y la ciudadanía tuvo el documento a su disposición

en los sitios de Internet de la Alcaldía Mayor y la Veeduría Distrital.

La importancia de las normas pequeñas

Con respecto a la necesidad de corregir las faltas menores existen dos perspectivas. Por

un lado, se puede sostener que mientras no reduzcamos a 5.000 o 4.000 los asesinatos

en el país, y a 500 o 400 en la ciudad (actualmente tienen lugar cerca de 2.000

homicidios en Bogotá), no nos debemos ocupar de los fouls pequeños. Por otra parte, y

teniendo en cuenta estudios sobre cómo obedecen y porqué obedecen las personas, se

puede destacar la importancia que tiene la corrección y el cumplimiento de la norma

pequeña en la construcción de convivencia. En alguna oportunidad un concejal se quedó

mirándome porque yo no lo escuchaba, y ejerció de esa manera una presión moral o

social para que yo volviera a concentrarme en lo que él estaba diciendo. Eso puso en

evidencia mecanismos de control social sobre pequeñas faltas –como no escuchar al

otro– que aunque no atentan contra la vida siguen siendo fouls. Obviamente el Código

de Policía no llega hasta el punto de establecer un castigo para quien no escucha, lo que

quiero decir con esto es que en ese mundo de pequeñas reglas se aprenden cosas que son

importantes para la obediencia de otras reglas fundamentales. Dicho de otro modo, una

sociedad débil en el terreno del Código de Policía puede ser una sociedad donde

florezcan más fácilmente trasgresiones graves como aquellas previstas y castigadas en

el Código Penal. Empleando una metáfora, la obsolescencia del Código de Policía en

los hábitos de la ciudad pondría a las autoridades de policía en la situación de un árbitro

sin tarjeta amarilla o sin la posibilidad de pitar los fouls leves. En la literatura

internacional sobre seguridad es claro que el buen manejo de los fouls pequeños sirve

para prevenir y limitar la aparición de fouls grandes. Las riñas, por ejemplo, que

eventualmente pueden llevar a homicidios, nacen de pequeños problemas de

convivencia. Estos son los problemas que pretende enfrentar el Código de Policía.

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Principios del nuevo Código de Policía

El texto del Código busca ser consecuente con los siguientes principios:

• El valor de la vida y dignidad humanas.

• El respeto a los derechos de los niños y las niñas: se trata de una innovación para

ajustarse a lo establecido en la Constitución. La tesis constitucional sobre la

prevalencia de los derechos de los niños no estaba en el Código anterior y conviene

introducirlo e implementarlo a través del nuevo.

• La libertad y la autorregulación. Aunque la libertad se puede leer desde la

perspectiva de los derechos, también se puede comprender desde el punto de vista

de la autorregulación, es decir, “entre más me autorregulo más libre puedo ser,

porque la sociedad tendrá menor necesidad de someterme a la presión de las

sanciones”. La ampliación de la autorregulación y de la mutua regulación gracias a

la cual la gente se comporta bien –por su propia iniciativa o por control social– es

una ampliación de la libertad.

• La igualdad de todos ante la ley.

• El respeto mutuo dentro del respeto por la diversidad: hemos encontrado que

jóvenes con mayor respeto a la diversidad tienen menor probabilidad de sufrir o de

infligir violencia, tanto como para llegar a acuerdos como para resolver problemas.

• La primacía del interés general sobre el interés particular.

• El sentido de pertenencia a la ciudad: si todo esto funciona bien debería producirse

en el país una emulación en la expedición de códigos de policía para lograr niveles

muy detallados de convivencia y de respeto a la ciudad.

• La solidaridad y la confianza: estos son fundamentos para la convivencia y la

seguridad ciudadana.

• La solución de conflictos mediante el diálogo y la conciliación.

• La responsabilidad de todos en la conservación del ambiente, el espacio público y

el patrimonio cultural.

• El fortalecimiento de los estilos de vida saludable. Con lo anterior damos un paso

adelante en lo que son las políticas mundiales de salud pública. Cada vez más los

organismos de salud pública consideran que son los municipios, por su cercanía a la

gente, los que pueden impulsar estilos de vida saludable.

• La vocación de servicio de las autoridades de policía. Esto debe reflejarse en la

aplicación de sanciones –tanto en la parte más represiva como en la parte

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preventiva– a través de la “orden de policía” que es la manera de corregir el

comportamiento ciudadano a través de una orden directa que imparte la autoridad

de policía y que el ciudadano debe obedecer de inmediato.

Innovaciones y otras actuaciones

La tarjeta de compromiso de convivencia ciudadana (Libro IV, Título III) es una de las

principales innovaciones que trae el nuevo Código. Se trata de una tarjeta con la que la

gente puede resolver sus diferencias mediante acuerdos. De este modo, se promueve la

resolución pacífica de conflictos a través de la firma de un compromiso en donde las

personas involucradas se van con su tarjeta, comprometiéndose a ciertas cosas. Esta

tarjeta es parte de la tendencia reciente en Bogotá de promover los mecanismos de

conciliación a través de mecanismos como las comisarías de familia, los centros de

conciliación y mediación, y con los jueces de paz a partir del año 2003. La tarjeta de

compromiso hace parte de un esfuerzo que se ha realizado en la ciudad para generar

alternativas a la cárcel y a la idea de que la gente sólo entiende por las malas. El famoso

dicho de “la letra sólo entra con sangre” no es sólo un problema del sistema educativo,

lo es también para el Estado y la forma en que éste promueve el cumplimiento de la ley.

Dentro del Libro IV, y como se mencionó anteriormente, también se establece la

innovación de los estímulos a los comportamientos que favorecen la convivencia

ciudadana (Título II). Se trata del reconocimiento y estímulo por parte de las

autoridades distritales a comportamiento ejemplares dentro de la construcción de cultura

ciudadana y en el fortalecimiento de la solidaridad. Normalmente un Código es un

catálogo de deberes, obligaciones, reglas y sanciones. Aquí cabe la posibilidad, al

menos en ciertos casos, de generar estímulos y hacer reconocimientos a los buenos

ciudadanos, es decir, de activar procesos de reconocimiento social desde la ley.

Con el Código también se ha aumentado la discrecionalidad de la autoridad de policía

en sus decisiones para imponer medidas correctivas. En varias de las faltas actuales ya

existía un rango de sanciones, pero con el nuevo Código se ha ampliado. Otra

innovación es que la multa siempre se acompaña de alguna medida de carácter

pedagógico. También se ha previsto una sanción más fuerte para los actos contra la

convivencia que afectan a menores de edad. Por otra parte, se ha introducido un nuevo

elemento que de acuerdo a la capacidad económica del sancionado permite conmutar

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ciertas multas por trabajos en una obra de interés público. La otra innovación es que se

creará un registro con fines estadísticos y también para trabajar sobre el tema de la

reincidencia. Se trata de una especie de base de datos que simplemente permite

reconocer reincidentes y que permite también hacerle un seguimiento estadístico a las

infracciones, para evitar algo con lo que frecuentemente se encuentran las autoridades

de policía en la ciudad: por ejemplo, llevan a cabo el cerramiento de un establecimiento

para encontrarlo abierto al día siguiente, sin que esto represente mayores sanciones para

el propietario. En el nuevo Código de Policía se establece con toda claridad (art.173)

que en casos como el anterior la reincidencia puede conducir al cierre definitivo del

establecimiento comercial. Por otra parte, de acuerdo con el Código de Policía no se

exigen indemnizaciones por las contravenciones. De este modo, no se genera el circuito

jurídico para enfrentar situaciones que no lo requieren. Se trata de justicia eficiente,

acompañada de la invitación a reparar los daños ocasionados. Es decir, si alguien

rompió una ventana, el policía tan sólo se acerca para advertir, “señor, usted debe pagar

la ventana que rompió”, y se asegura que lo haga.

Finalmente, se incluye un principio de justicia reparativa: el hecho de que alguien

cumpla una medida correctiva o pague una multa no lo exonera de la obligación de

reparar al lesionado el daño causado.

Conclusión

El Código en su conjunto es un reductor de la cultura del atajo en sus expresiones más

cotidianas. Este manual de convivencia busca, mediante un esfuerzo pedagógico,

corregir aquellos comportamientos en los que las personas le dan prioridad a la

obtención rápida de resultados por encima de la obediencia a normas. La cultura del

atajo es esa costumbre de perseguir metas u objetivos por el camino fácil. Cuando un

alcalde local pone en las plazas de mercado de su localidad, como lo recomienda el

Código, una balanza para facilitar el control de pesos y medidas, realiza una acción

concreta contra el atajismo. Cuando la ciudad, con ayuda del Fondo Vial Nacional,

marca estrellas en cada lugar donde en los últimos cinco años un peatón ha encontrado

la muerte al ser atropellado, indica claramente las consecuencias de lo que literalmente

es coger por un atajo. No comprar y no vender en espacio público son también maneras,

complementarias entre sí, de luchar contra la cultura del atajo. Al estudiar este tema con

detenimiento se destaca lo siguiente: la venta en el espacio público no es una solución a

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los problemas de desempleo, al contrario, ocasiona perdidas en el comercio formal, el

cual por lo demás sí paga impuestos y la seguridad social de sus empleados. Es

necesario encontrar soluciones a problemas como el del desempleo dentro del marco de

la legalidad y en un respeto por lo público. Enfrentar la costumbre de tomar por el

camino más corto sin importar las consecuencias –comenzando por los

comportamientos más cotidianos– puede ser muy importante para luchar contra otros

atajos más graves como la violencia o la corrupción.

La atención oportuna de fouls pequeños es un instrumento muy importante de

construcción de seguridad y es fundamental para promover un respeto general a las

normas más fuertes de convivencia. O sea, una sociedad que hace respetar su Código de

Policía probablemente es una sociedad que le queda más fácil respetar su Código Penal.

Esa es la apuesta. Esto hace que sea muy valiosa la autonomía que tenemos como

ciudad para regular los comportamientos de la ciudadanía.

Una ciudad que a lo largo de la última década ha mejorado visiblemente en su

comportamiento y que luego avanzó fuertemente en sus coberturas sociales y en la

construcción de su infraestructura, es una ciudad que puede permitirse hacer el esfuerzo

de mejoramiento de la convivencia general que implica la reforma del Código de

Policía. Obviamente la información sobre éste y su apropiación por parte de las

autoridades de policía y de la ciudadanía es lo que lo hace a operativo. No se trata

entonces simplemente de expedir un código sino de emprender un proceso educativo en

el que prima la presunción de que cada persona puede comportarse correctamente

valiéndose de sus propias fuerzas y siguiendo su libre albedrío. Sabemos que no

siempre es así y por eso existe un Estado y un sistema de justicia, pero creemos que la

autorregulación, la corresponsabilidad y la solidaridad son elementos indispensables de

convivencia. Llevar el optimismo pedagógico a las reglas pequeñas de la vida cotidiana,

con el respaldo de la capacidad estatal de sancionar los fouls cuando sea necesario, nos

ayuda mucho a superar la complejidad del conflicto en que vivimos como sociedad.