código de bioética

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TOMA DE MUESTRAS BIOLÓGICAS -Atender pacientes. - Tratar al paciente bajo el código de bioética para el personal de salud. Profesora: María de Jesús Jiménez Bustamante Especialidad Análisis Clínicos 2° B Equipo BAHENA CASTILLO YOLIPZY BONFIL GONZALEZ MARIELA YOSELIN LIVERA RAMÍREZ YAREMI ZELTZIN RODRÍGUEZ MUÑOZ XIOMARA YOCELIN ROSALES MORAN BETZY FERNANDA

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Toma de muestras biolgicas

Toma de muestras biolgicas

-Atender pacientes.- Tratar al paciente bajo el cdigo de biotica para el personal de salud.Profesora: Mara de Jess Jimnez Bustamante Especialidad Anlisis Clnicos 2 BEquipoBAHENA CASTILLO YOLIPZYBONFIL GONZALEZ MARIELA YOSELIN LIVERA RAMREZ YAREMI ZELTZIN RODRGUEZ MUOZ XIOMARA YOCELINROSALES MORAN BETZY FERNANDA

Atender al pacienteBienvenida al paciente en recepcin:-Conserve el orden y organizacin del lugar de trabajo.Solicitar al paciente que se identifique.Consulte al paciente el motivo de su presencia.-Cuando le resulte complejo lo que el paciente solicita, evidencie su disposicin a apoyarlo e intente resolver sus dudas o problemas.

Subproceso: Asignacin de citasRequerimientos crticos:

1.- Documento de Identificacin2.- Prxima cita con el mdico.3.- Solicitud o pedido de examen con formato adecuado y llenado correctamente.

Pasos en la atencin: 1.- Solicitar el documento de identificacin, acto mdico y petitorio de examen.2.- Ingresar datos del paciente al sistema.

3.- Indicaciones para los exmenes.Para exmenes simples:-Entregar indicaciones escritas.-Explicar, oralmente, las indicaciones del papel. Para exmenes especiales:-Solicitar a un tcnico que explique las indicaciones.-Entregar los insumos clnicos necesarios para la realizacin de exmenes y recoleccin de muestras.

4.-Entregar cita para realizar la toma de muestra y preguntar al paciente si le quedo clara la informacin entregada.

Subproceso: Recepcin de muestrasRequerimientos crticos:

Documento Nacional de Identificacin Solicitud y cita de examen.Lista de pacientes que realizan examen de laboratorioInsumo clnicos necesarios para realizacin de examen de laboratorio.

Pasos en la atencin: -Proceder a llamar al paciente para que ingrese al cubculo de toma de muestra.-Verificar que los datos de muestra coincidan con la informacin que consta en la solicitud de examen.-Realizar toma de muestra al paciente.4.- Durante la extraccin de la muestra:

-Si el paciente presenta dificultades o molestias en el transcurso de la toma de muestra, detenerse y preguntar cual es la molestia especfica. Esperar unos minutos y continuar.

-Si el paciente no presenta molestias, proceder el examen.

5.- Entregar indicaciones acerca de cundo y dnde estarn los resultados de los exmenes de laboratorio.

Subproceso: Recepcin de muestrasRequerimientos crticos:1.- Documento Nacional de Identificacin.Pasos en la atencin.1.-Identificar al paciente con su documento nacional de identificacin.

2.-Verificar datos de la muestra si coinciden con la informacin del paciente.

3.-Recepcionar muestras entregadas por el paciente.

4.-Entregar indicacin de cundo y dnde estarn los resultados de los exmenes del laboratorio.

Despedida del paciente1.-Asegurar que el paciente haya quedado conforme con el servicio prestado.

2.- Agradecer la disposicin y expresar un saludo de despedida.Cdigo de biotica para el personal de salud

IntroduccinLa biotica representa hoy un movimiento universal de responsabilidad y por su concepcin de tica global, es de la incumbencia de todos los seres humanos.

Para los mdicos y personal que complementa el equipo de salud es, adems, un sistema de reflexin moral en todos los acontecimientos de la vida.

El cdigo de biotica representa una gua de conducta en el ejercicio profesional, con el fin de resolver diferencias en la prestacin de los servicios a los enfermos y a sus familiares.

Capitulo IPRINCIPIOS BSICOSToda persona tiene, en principio, derecho a la proteccin de su salud. Los habitantes de la Republica Mexicana y los mexicanos que habiten en el extranjero deben gozar de este mismo derecho.

Las acciones de atencin a la salud proporcionadas deben ser aplicadas en beneficio de la poblacin en un marco cientfico y humanitario.

El personal debe atender a todos los que demanden sus servicios sin distincin, respetando derechos y dignidad.

El personal tiene el compromiso de salvaguardar el prestigio de las profesiones que participen en la atencin medica.

Es necesario afirmar que el respeto a la dignidad humana se basa en el principio fundamental de que los seres humanos poseen igual valor.

Capitulo II Conducta biotica en la prestacin de servicios a la saludLa poblacin sana o enferma merece recibir del personal que presta atencin a la salud lo mejor de sus conocimientos y destrezas en su beneficio.

El personal de salud tiene la obligacin de participar en el mbito de su competencia en actividades que contribuyan al beneficio de la salud.

La actitud del equipo de salud debe mantener e incrementar la confianza de los individuos a su cargo.

Las instituciones de salud, conforme a sus posibilidades, debern asignar a cada medico u otros prestadores de servicio el numero adecuado de personas, de acuerdo con la complejidad de su atencin de salud.

Con base en las polticas de la institucin y en casos urgentes, si el paciente es incapaz de tomar una decisin para su diagnostico y en ausencia de su representante legal, el personal de salud podr aplicar las medidas que consideren pertinentes y sean profesionalmente aceptadas.

Es deber de los mdicos y de las instituciones realizar el seguimiento de los pacientes durante una enfermedad crnica y no abandonarlos

El prestador de servicios de salud tiene la responsabilidad de sus enfermos que debe estar dispuesto a atender. Tratara de resolver cualquier diferencia o falta de afinidad con algn paciente, reconocindole su autonoma y presetndole alternativas en su tratamiento y , solo cuando lo amerite por no contar con los medios adecuados, lo derivara a otro colega para su atencin

Captulo IIIEL ENFERMO COMO CENTRO DE INTERS DE LA BIOTICA

Biotica: Es la rama de la tica que se ocupa de promulgar los principios que observa la conducta de una persona en el campo mdico.

Los enfermos son personas que padecen trastornos que alteran su estado fsico, emocional y social, lo que los hace particularmente vulnerables, por lo que deben recibir un trato de consideracin, amabilidad y respeto

El paciente, o su representante legal, debe ser informado por el mdico tratante, con sentido humano, sobre su enfermedad, las alternativas para su tratamiento, las probables complicaciones y cmo evitarlas.

La informacin que pudiera producir inquietud o dao psicolgico al paciente debe proporcionrsele con la prudencia debida y en el momento oportuno.

La informacin de la enfermedad de un paciente debe guardarse con confidencialidad.

La responsabilidad del manejo confidencial de los expedientes clnicos, escritos o guardados en registros electrnicos, recae en todas aquellas personas que tienen acceso a esa informacin. Todo paciente tiene derecho a que se le respete su privacidad cuando proporciona informacin al prestador de servicios, cuando se comunica con sus familiares o cuando su pudor as lo exige. El paciente estar informado de los nombres y cargos del personal de salud que lo trata.

El paciente, en cualquier momento, puede expresar por escrito su voluntad anticipada para evitar que si sus condiciones no le permiten tomar decisiones o expresarlas, se le apliquen medidas extraordinarias por su alta complejidad o desproporcionadas en relacin con los resultados esperados.

Captulo IVPOTESTADES BIOTICAS DEL PERSONAL DE SALUD

El personal de salud debe realizar, en coordinacin con las autoridades competentes, las medidas preventivas pertinentes que sean estrictamente necesarias para el bien de la poblacin y adicionales a la normatividad establecida.Las instituciones de salud, de acuerdo con su nivel de atencin, debern proporcionar con oportunidad, en calidad y cantidad suficientes, el equipo, instrumental, materiales de consumo y medicamentos que requiere el personal para proporcionar la adecuada atencin.

Los prestadores de servicios de salud, deben actualizar y certificar sus conocimientos y destrezas para otorgar a sus pacientes la mejor atencin posible.

Es responsabilidad de los directivos y docentes de las instituciones acadmicas que preparan profesionales y tcnicos en las ramas del cuidado de la salud, que la capacitacin sea del ms alto nivel, con el apoyo de las instituciones de salud.

Los miembros del equipo de salud tienen derecho a percibir una remuneracin adecuada por su trabajo, en relacin con su capacidad profesional y el nmero de horas que laboran en la institucin, o segn el acuerdo previo que hayan tenido con un paciente privado. Remuneracin: Pago por el esfuerzo.

El personal de salud puede expresar a las autoridades directivas y administrativas de la institucin, con toda libertad y respeto, las ideas que considere pueden beneficiar a la institucin y a los pacientes.

El personal de salud deber contar con las instalaciones, equipos, instrumentos y materiales para el desempeo de sus actividades, con las adecuadas medidas de higiene, proteccin y seguridad.

El personal de salud podr no aceptar aplicar medidas diagnsticas y teraputicas que a su juicio pongan en riesgo la vida o la funcin de los pacientes.

Captulo V:RESPONSABILIDADES DE LOS INDIVIDUOS SANOS Y DE LOS PACIENTES

La poblacin debe informarse del cuidado de la salud y procurar desarrollar actitudes y conductas sin riesgo para su salud y la de la comunidad.

Los pacientes o representantes legales tienen la responsabilidad de informar con veracidad al personal de salud, as como de manifestar las dudas y preocupaciones relacionadas con su enfermedad.

El consentimiento vlidamente informado del paciente es la ms slida expresin de su autonoma, por lo que deben plantearse las alternativas de atencin para la toma de sus decisiones. El consentimiento informado establece su autodeterminacin para aceptar o rechazar mtodos de diagnstico, tratamiento y cuidados generales, excepto cuando un rechazo suponga riesgos de salud pblica.El paciente tiene derecho a que se respete su decisin de aceptar o no cualquier procedimiento de diagnstico o tratamiento. Este precepto debe aplicarse a los nios, ancianos, o pacientes con trastornos mentales leves, si su estado de madurez y lucidez es apropiado para tomar la decisin correspondiente. Su aceptacin en estos casos debe ser ratificada por los padres, tutores o responsables.

El paciente, despus de haber recibido la informacin detallada y aceptar las prescripciones mdicas, est comprometido a cumplirlas con precisin. Tiene el deber de informar al personal que lo atiende cuando por cualquier motivo ha dejado de cumplir las indicaciones.

El enfermo que sabe que tiene una enfermedad contagiosa adquiere, al saberlo, la obligacin de evitar por todos los medios que otras personas enfermen por su contacto con l.La persona que se sabe portadora de informacin gentica adversa susceptible de transmitirse a su descendencia adquiere el compromiso de seguir el consejo gentico que se le proporcione, segn el caso, y asume completamente la responsabilidad de sus actos.Captulo VIRELACIONES INTERPERSONALES DEL EQUIPO DE SALUD

La capacidad de los miembros del equipo de salud, su colaboracin, armona y disposicin de cooperar con los dems en beneficio de los pacientes y de la comunidad, constituyen las bases de la conducta biotica y el sustento de la calidad de los servicios de salud.

Es deber del equipo de salud transmitir sus conocimientos a sus colegas, alumnos, pacientes y a la sociedad en general. La enseanza y la informacin sobre los medios para proteger la salud han de ser consideradas como algunas de las obligaciones ms relevantes de los prestadores de salud.

Las dicotomas o dividendos econmicos entre el personal de salud por la derivacin de pacientes a otros mdicos, laboratorios y gabinetes, o por la prescripcin de tratamientos son actos inaceptables, contrarios a la dignidad y a la tica de los profesionales y tcnicos de la salud, y al bienestar del paciente.El personal de salud puede sealar las fallas o desacuerdos que a su juicio se presenten con otros profesionales y tcnicos, siempre con respeto, procurando no daar el prestigio de algn colega o colaborador al hacerlo.CAPITULO VII:BIOTICA EN LA INVESTIGACIN EN LA SALUD

El beneficio que los pacientes y la comunidad obtienen de las actividades mdicas se basa en el progreso de las ciencias de la salud que se fundamenta en la investigacin. Participar en las investigaciones es una obligacin moral del personal, fuente de su propio desarrollo

Las investigaciones bsicas, clnicas u operacionales en las que interviene el equipo de salud deben apegarse a la legislacin sanitaria y ser aprobadas por los Comits creados ex-profeso en las instituciones donde laboran, previo anlisis de los protocolos diseados por los participantes en el estudio.

Los investigadores recabarn el consentimiento informado por escrito de las personas sujetas a investigacin o en su caso, de sus apoderados o tutores. El consentimiento se obtendr con la clara descripcin del estudio, de sus riesgos, beneficios y el planteamiento del derecho del paciente a retirarse de la investigacin cuando as lo desee, sin que ello afecte en modo alguno su ulterior atencin mdica.

Las investigaciones promovidas por la industria farmacutica u otros productores de insumos para la salud deben sujetarse estrictamente a las normas de cualquier investigacin en humanos y asegurar a las personas involucradas el mximo beneficio durante la investigacin, cumpliendo adems con la normatividad y justificando su realizacin.Particular cuidado se tendr en no emplear en una investigacin como grupo de estudio o grupo testigo a personas que estn dispuestas a aceptar su colaboracin slo por su condicin de subordinados o cautivos, o por el ofrecimiento de incentivos econmicos.

Los animales de experimentacin se emplearn slo cuando resulten indispensables y no haya pruebas alternativas confiables. En todo caso, se cumplirn las normas de proteccin y respeto para evitar sufrimiento innecesario.

CAPITULO VIII :TEMAS BIOTICOS ESPECFICOS

La donacin de rganos y tejidos para trasplantes debe ser promovida por el personal de salud y por la poblacin en general.

La interrupcin de un embarazo no es jams un acto deseable. La ley ha establecido cules pueden ser los casos en que no est penalizado, entre los que se encuentran los que ponen en riesgo la vida o la salud de la mujer gestante, que justificaran esta intervencin, sin que se pueda obligar a participar al personal que manifieste cualquier objecin.

Es ticamente adecuado utilizar los avances de la ciencia para ayudar a las parejas infrtiles a tener hijos mediante procedimientos de reproduccin asistida que tengan alto grado de seguridad para la salud de la madre y practicados por personas expertas en instalaciones que cuenten con los equipos y dems medios necesarios.

La investigacin gentica para conocer los fenmenos biolgicos de la herencia y que pueden favorecer la reproduccin humana para la aplicacin con fines teraputicos debe preservar en sus mtodos la dignidad y los derechos humanos.

Al paciente terminal se le aplicarn los procedimientos ms actuales de la medicina paliativa para aliviar en lo posible sus sufrimientos fsicos y psicolgicos, aunque esto pudiera acortar su vida sin que ello implique provocar su muerte.

El personal de salud ejercer la influencia moral que tiene ante la sociedad y ante las autoridades para promover las medidas de preservacin de los sistemas ecolgicos, la limpieza del agua, de los alimentos y de los factores que protejan la salud humana y la biodiversidad.