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COAM V. 02-CTE FICHAS DE AUTO CHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN OBRA NUEVA Y REHABILITACIÓN Legislación y normativa relacionada con el contenido y visado de proyectos de edificación VERSIÓN 29 MARZO 2007

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COAM V. 02-CTE

FICHAS DE AUTO CHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN

OBRA NUEVA Y REHABILITACIÓN

Legislación y normativa relacionada con el contenido y visado de proyectos de edificación

VERSIÓN 29 MARZO 2007

PRESENTACIÓN

El visado de los proyectos de edificación y, en general, de los trabajos profesionales de los arquitectos, forma parte de la obligación, legalmente establecida como condición para el ejercicio de su profesión, de: “presentar a visado colegial todos los documentos profesionales que autorice con su firma.”1

Como contrapartida, los Colegios Oficiales de Arquitectos tienen la obligación de: “visar los trabajos profesionales de los colegiados,... de conformidad con lo que disponga, en su caso, la normativa vigente.”2

Dada esa doble obligación, del arquitecto y de los Colegios, la normativa legal establece que “el visado tiene por objeto: a) acreditar la identidad del arquitecto y su habilitación actual para el trabajo de que se trate; b) comprobar la integridad formal de la documentación en que deba plasmarse el trabajo con arreglo a la normativa de obligado cumplimiento...; c) efectuar las demás constataciones que le encomienden la leyes y disposiciones de carácter general.”3

El alcance y contenido de lo se ha denominado integridad formal de los trabajos (que contengan aquello que cada trabajo debe contener) y la lista y definición de las verificaciones especificas que el COAM debe realizar han ido evolucionando a medida que se iban aprobando, leyes, decretos y normas de muy diversa índole tendentes a asegurar la idoneidad técnica, profesional y/o constructiva de la edificación, sus instalaciones o sus condiciones de uso Lo mismo ocurre, en distinta medida, para otros tipos de trabajos profesionales. Como resultado la redacción de los proyectos de edificación y demás trabajos profesionales y su visado se enfrentan a un conjunto de requisitos, amplio, diverso y no sistematizado, que el arquitecto está obligado a cumplir y el Colegio a constatar

Para facilitar y ordenar ambas tareas, y como guía-ayuda para los colegiados, el COAM ha elaborado las que se han denominado fichas de auto chequeo, o de control, que listan ordenadamente todo lo que los proyectos, en sus distintas fases, y otros trabajos deben contener según la legislación vigente que le sea de aplicación.

El presente documento complementa las fichas de auto chequeo, señalando de forma específica la legislación y normativa a nivel estatal y autonómico a la que da cumplimiento cada uno de sus epígrafes. Se inicia con consideraciones de carácter general referidas a las obligaciones de colegiación, visado y control propias de todos los trabajos profesionales de los arquitectos y del Colegio. Continúa indicando el texto legal o normativo que justifica cada epígrafe de las fichas de autochequeo, adoptando pare ello la misma estructura y secuencia con que se desarrollan en las fichas correspondientes.

Madrid Marzo 2007

1. RD 327/2002, de 5 de abril, Estatutos de los Colegios Oficiales de Arquitectos y su Consejo Superior. Artículo 27. Deberes

2. Ley 19/1997, de 11 de julio, Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid.

3.RD 327/2002, de 5 de abril, Estatutos De los Colegios Oficiales de Arquitectos y su Consejo Superior. Artículo 31. Visado

FICHAS DE AUTOCHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Pagina ii

ÍNDICE

PRESENTACIÓN...........................................................................................................................................i ÍNDICE...................................................................................................................................................... ii SOBRE EL VISADO DE LOS TRABAJOS PROFESIONALES DE LOS ARQUITECTOS .................................................1

1.1 Obligación de estar colegiado ......................................................................................................1 1.2 Obligación de visar todos los trabajos profesionales .......................................................................1 1.3 Obligación de visar los proyectos de obras de edificación para licencia de obras.................................2 1.4 Obligación para el COAM de visar los trabajos profesionales de los Arquitectos ..................................2 1.5 Objeto y condiciones del visado colegial........................................................................................2 1.6 Sobre las fichas de auto chequeo .................................................................................................3

FICHAS DE AUTO CHEQUEO DE EDIFICACIÓN................................................................................................4 APLICACIÓN............................................................................................................................................4 1 MEMORIA......................................................................................................................................4

1.1 MD-Agentes e Información previa ................................................................................................4 1.2 MD-Descripción y justificación de las soluciones adoptadas .............................................................6 1.3 MC-Sustentación del edificio........................................................................................................7 1.4 MC-Sistema envolvente, compartimentación y acabados.................................................................8 1.5 MC-Instalaciones con indicación de datos partida, objetivos y bases de cálculo ..................................9 1.6 CN-Normativa (las fichas y su justificación pueden figurar en anexos) ............................................11 1.7 Seguridad y salud ....................................................................................................................13 1.8 Firma .....................................................................................................................................13 1.9 Anejos a la memoria ................................................................................................................14

2 PLIEGO DE CONDICIONES.............................................................................................................15 3 PRESUPUESTO.............................................................................................................................16 4 CROQUIS O PLANOS.....................................................................................................................17

4.1 Planos de arquitectura ..............................................................................................................17 4.2 Planos de Estructura ................................................................................................................19 4.3 Planos de instalaciones (esquemas y dimensionado) ....................................................................19

5 DOCUMENTOS ANEXOS ................................................................................................................20

FICHAS DE AUTOCHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Pagina 1

SOBRE EL VISADO DE LOS TRABAJOS PROFESIONALES DE LOS ARQUITECTOS

La obligación de visar los proyectos de edificación y el alcance del visado figura tanto en numerosas disposiciones de carácter general como en otras muchas disposiciones de carácter sectorial o especializado. Para evitar ser redundante y prolijo se recogen solo las principales de las primeras.

1.1 Obligación de estar colegiado

- RD de 27 de Diciembre de 1929-“Gaceta del 28”.

Artículo primero. Será condición obligatoria para el ejercicio de la profesión de Arquitecto en España, a partir del 1º de Mayo de 1930, además de la posesión del correspondiente Título académico, el hallarse incorporado a un Colegio de Arquitectos y pagar la contribución correspondiente.

- Ley estatal 02/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales; con las siguientes modificaciones: Ley estatal 74/1978, de 26 de diciembre, de Colegios Profesionales; Ley estatal 7/1997, de 14 de abril, de Medidas Liberalizadoras; R D 327/2002, de 5 de abril, Estatutos de los Colegios Oficiales de Arquitectos y su Consejo Superior; y, R D Ley 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados y Servicios.

Artículo 3.2.- Es requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones colegiadas hallarse incorporado al Colegio correspondiente. Cuando una profesión se organice por Colegios Territoriales, bastará la incorporación a uno solo de ellos, que será el del domicilio profesional único o principal, para ejercer en todo el territorio del Estado...

- Ley autonómica 19/1997, de 11 de julio, Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid. Modificado por Ley 26/1998, de 28 de diciembre de Medidas Fiscales y Administrativas.

Artículo 3: 1 Es requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones colegiadas hallarse incorporado al Colegio correspondiente... Artículo 14: Para la consecución de estos fines, los Colegios Profesionales ejercerán las funciones encomendadas en la legislación básica del Estado y entre otras, las siguientes: Visar los trabajos profesionales de los colegiados, cuando así se establezca expresamente en los Estatutos, de conformidad con lo que disponga, en su caso, la normativa vigente. El visado no comprenderá los honorarios ni las demás condiciones contractuales cuya determinación se deja al libre acuerdo de las partes.

- Ley estatal 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación

Artículo 10. El proyectista. 1. El proyectista es el agente que, por encargo del promotor y con sujeción a la normativa técnica y urbanística correspondiente, redacta el proyecto... 2. Son obligaciones del proyectista: a. Estar en posesión de la titulación académica habilitante de arquitecto,... y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión...

1.2 Obligación de visar todos los trabajos profesionales

- Orden del Ministerio de Instrucción Pública de 11 de marzo de 1936 (“Gaceta” del 21): Reglamento orgánico número 4, del COAM, aplicable a la Actuación Profesional y a su Control. aprobado en las Juntas Generales celebradas los días 27, 28, 30 de Mayo y 1 y 3 de Junio de 1932.

Artículo 6. Los Colegiales vendrán obligados a presentar a la Comisión de Control de la provincia en que radique el Trabajo objeto de su actuación, para su visado, y con anterioridad a su entrega al Cliente, los Documentos que constituyan, en cada caso, un Proyecto o Trabajo profesional cualquiera... En cada caso se acompañará una relación autorizada con su firma, en la que se haga constar el número y clase de los documentos presentados.

- Ley estatal 02/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales.

- Modificaciones:- Ley estatal 74/1978, de 26 de diciembre, de Colegios Profesionales; Ley estatal 7/1997, de 14 de abril, de Medidas Liberalizadoras; R D Ley 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios

Artículo 5. Corresponde a los Colegios Profesionales el ejercicio de las siguientes funciones, en su ámbito territorial:... Q. Visar los trabajos profesionales de los colegiados, cuando así se establezca expresamente en los Estatutos generales. El visado no comprenderá los honorarios ni las demás condiciones contractuales cuya determinación se deja al libre acuerdo de las partes.

- RD 327/2002, de 5 de abril, Estatutos de los Colegios Oficiales de Arquitectos y su Consejo Superior.

Artículo 27. Deberes... E) Presentar a visado colegial todos los documentos profesionales que autorice con su firma.

Artículo 31. 1. Son objeto del visado colegial los trabajos profesionales que se reflejen documentalmente y estén autorizados con la firma del arquitecto. No están sujetos a visado los trabajos que realicen como contenido de su relación de servicio los adscritos a las administraciones públicas bajo régimen funcionarial o laboral.

- Resolución de 16 de julio de 2002, Estatutos del COAM

Artículo 11. Deberes de los colegiados. .... 6. Someter a visado y registro del Colegio, salvo en los casos que determine la Ley la documentación correspondiente a los trabajos profesionales que radiquen en el ámbito territorial del COAM o hayan de surtir efectos administrativos o judiciales en el mismo, en la forma que se establezca reglamentariamente.

FICHAS DE AUTOCHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Pagina 2

1.3 Obligación de visar los proyectos de obras de edificación para licencia de obras

- D 462/1971, de 11 de marzo de 1971, sobre redacción de proyectos y dirección de obras de edificación

Artículo 2. Los Colegios profesionales o, en su caso, las Oficinas de supervisión de proyectos, de acuerdo con lo establecido en los Artículo s 73 y siguientes del Reglamento General de Contratación del Estado vendrán obligados a comprobar que han sido cumplidas las prescripciones establecidas en el Artículo anterior. La inobservancia de las mismas determinará la denegación del visado o, en su caso, de la preceptiva autorización o informe de los proyectos.

- RD 1081/1989, de 28 de agosto, Reconocimiento de certificados, diplomas y otros títulos... Profesión de arquitecto. Modificado por: RD 314/1996, de 23 de febrero; RD 905/2001, de 27 de julio.

Artículo 13.3. Los proyectos de obra de edificación estarán sometidos con carácter previo al otorgamiento de la licencia de obras correspondiente, a un trámite de verificación mediante el visado colegial, o de supervisión administrativa cuando proceda, sobre su adecuación a las especificaciones de diseño y normativa sobre la edificación y seguridad de obligado cumplimiento en España.

- Ley autonómica 2/1999, de 17 de marzo, de Medidas para la Calidad de la Edificación de la Comunidad de Madrid

Artículo 5. Proyecto. 1. Las obras de construcción del edificio deberán definirse en el correspondiente proyecto redactado por facultativo competente, visado por el Colegio al que pertenezca o supervisado por las oficinas técnicas competentes

La obligación se recoge, también y con carácter particular, en diversa normativa sectorial o especializada; por ejemplo:

- RD 3148/1978, de 10 de noviembre, desarrollo del R D Ley 31/1978, de 31 de octubre, Política de Vivienda

Artículo. 17 Solicitud de calificación definitiva. ... La solicitud de calificación definitiva de viviendas de protección oficial deberá ir acompañada de los siguientes documentos: … b) Proyecto de ejecución final, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos.

1.4 Obligación para el COAM de visar los trabajos profesionales de los Arquitectos

- Ley autonómica 19/1997, de 11 de julio, Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid. Modificaciones: Ley 26/1998, de 28 de diciembre de Medidas Fiscales y Administrativas.

Artículo 14: Para la consecución de estos fines, los Colegios Profesionales ejercerán las funciones... siguientes: … i. Visar los trabajos profesionales de los colegiados, cuando así se establezca expresamente en los Estatutos, de conformidad con lo que disponga, en su caso, la normativa vigente. El visado no comprenderá los honorarios ni las demás condiciones contractuales cuya determinación se deja al libre acuerdo de las partes.

- RD 327/2002, de 5 de abril, Estatutos De los Colegios Oficiales de Arquitectos y su Consejo Superior.

Artículo 7. … E) Visar los trabajos profesionales de los arquitectos con el alcance dispuesto por las normas estatutarias, las corporativas y las leyes. El visado en ningún caso comprenderá los honorarios, ni las demás condiciones contractuales de prestación de los servicios profesionales convenidos por los arquitectos con sus clientes.

- Resolución de 16 de julio de 2002, Estatutos del COAM

Artículo 5. Funciones. … 12. Visar, respetando la libertad de contratación entre las partes, los trabajos de profesionales que actúen en el ámbito territorial del COAM. El visado de los documentos, estudios, planes, programas, proyectos, certificaciones, actas, instrucciones, dictámenes, informes, y demás trabajos profesionales, tendrá por objeto: a) acreditar la identidad del arquitecto y su habilitación legal para el trabajo de que se trate, y la asunción de la autoría responsable mediante el reconocimiento de su firma e intervención; b) Acreditar la suficiencia y corrección formales de la documentación integrante del trabajo, en especial, el cumplimiento de la normativa de aplicación, tanto general como colegial, sobre composición documental y grado de especificación en correspondencia con el objeto del encargo profesional recibido; c) Efectuar las constataciones que al visado encomienden las disposiciones legales o reglamentarias vigentes.

En el caso de viviendas de protección oficial

- D 2114/1968, de 24 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del Texto Refundido de Viviendas de Protección oficial aprobado por decretos 2131/1963, de 24 de julio y 3964/1964, de 3 de diciembre.

Sección 2ª: Calificación provisional… Artículo 79… solicitar calificación provisional… acompañada de los siguientes documentos: f) Proyecto completo visado por el Colegio Oficial de Arquitectos.

1.5 Objeto y condiciones del visado colegial

- RD 327/2002, de 5 de abril, Estatutos De los Colegios Oficiales de Arquitectos y su Consejo Superior.

Artículo 31. Visado: 1. Son objeto del visado colegial los trabajos profesionales que se reflejen documentalmente y estén autorizados con la firma del arquitecto. No están sujetos a visado los trabajos que realicen como contenido de su relación de servicio los adscritos a las administraciones públicas bajo régimen funcionarial o laboral.

2. El visado tiene por objeto: A) Acreditar la identidad del arquitecto y su habilitación actual para el

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trabajo de que se trate; B) Comprobar la integridad formal de la documentación en que deba plasmarse el trabajo con arreglo a la normativa de obligado cumplimiento ...; C) Efectuar las demás constataciones que le encomienden la leyes y disposiciones de carácter general.

3. Los Estatutos particulares y Reglamentos detallarán los procedimientos a que ha de sujetarse el visado. En todo caso, el plazo para resolver no excederá de 20 días hábiles a contar desde la presentación del trabajo, salvo suspensiones acordadas para subsanar deficiencias, las cuales no podrán exceder del plazo total de un mes. Cuando la resolución fuere denegatoria habrá de ser motivada y notificada en debida forma.

1.6 Sobre las fichas de auto chequeo

Denominadas formalmente fichas de autocontrol, o fichas control, en la normativa. La posibilidad de implantarlas e incluso utilizarlas como mecanismo con incidencia directa sobre el proceso de visado fue acordada en Asamblea general de Juntas de Gobierno.

- Acuerdo Asamblea General de Juntas de Gobierno, de 27 de noviembre de 1998. Normativa común sobre regulación del visado colegial.

Artículo 6. Siempre que los Estatutos particulares de los Colegios lo prevean, podrán utilizarse procedimientos de autocontrol para el visado... A este efecto, el arquitecto autor del trabajo declarará bajo su personal responsabilidad ante el Colegio el efectivo y adecuado cumplimiento de los referidos aspectos mediante la formalización de fichas-control previamente establecidas. El visado se concederá previa la comprobación por los servicios colegiales de la correcta cumplimentación de las fichas, sin perjuicio de las verificaciones que procedan en cuanto a correspondencia entre lo declarado y la documentación técnica presentada.

FICHAS DE AUTOCHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Pagina 4

FICHAS DE AUTO CHEQUEO DE EDIFICACIÓN

Debido a las numerosas veces en que algunas referencias normativas aparecen en el texto, y para evitar repeticiones, se utilizan, en éste y en los siguientes apartados, las expresiones abreviadas:

- D: por D

- RD: por R D

- RD Trabajos de los Arquitectos: por RD 2512/1977 de 17 de junio de Tarifas de Honorarios de Arquitectos parcialmente derogado por Ley estatal 7/1997 de 14 de abril de Medidas Liberalizadoras.

- Estatutos CSCAE: por RD 327/2002, de 5 de Abril, Estatutos de los Colegios Profesionales y su Consejo Superior

- Estatutos COAM: por Resolución de 16 de julio de 2002, Estatutos del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid.

- RD CTE: por RD 314/2006, de 17 de Marzo, Código Técnico de la Edificación

APLICACIÓN

Las fichas de autochequeo, o control, de edificación son aplicables a las fases de Estudios Previos, Anteproyecto, Proyecto Básico y/o Proyecto de Ejecución de todo proyecto de obra de nueva planta, así como a proyectos de obras parciales tales como: ampliación, rehabilitación, reforma, conservación, reparación, adecuación... incluyendo en estos casos las obras de demolición parcial que fuesen necesarias para su ejecución.

La definición de estos trabajos esta recogida en:

- RD Trabajos de los Arquitectos

1.8.2. Obras de Ampliación, Reforma y Reparación. Cuando las obras no sean de nueva planta, incluyendo entre ellas las de Ampliación, Reforma y Reparación, y exijan un proyecto detallado en las condiciones adecuadas al caso,...

Se comentan separadamente las justificaciones normativas para cada epígrafe incluido como documentación necesaria.

1 MEMORIA

Índice paginado y páginas numeradas o firma de arquitecto/s en todas las hojas

La acreditación, mediante firma, de un documento requiere que no puedan ser suprimidas o sustituidas partes del mismo, por lo que, en ausencia de índice paginado, no sería suficiente limitarse a firmar la última hoja.

MD: Memoria Descriptiva MC: Memoria Constructiva CN: Cumplimiento CTE y Normativa de aplicación

- RD CTE, Parte I, Anejo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

1.1 MD-Agentes e Información previa

Autor del encargo (personal o representante de empresa, expresando apoderamiento,NIF)

- Estatutos COAM

Artículo 11. Deberes de los colegiados.- Comunicar al COAM tanto el hecho de haber recibido un encargo profesional como el de su conclusión o desistimiento, declarando los datos necesarios para la identificación del promotor, localización del trabajo y clasificación del mismo...

- RD CTE, Parte I, Anejo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

1. Memoria descriptiva: 1.1 Agentes. Promotor....

Arquitecto/s autor/es del proyecto

- RD Trabajos de los Arquitectos

0.14.1. En la comunicación del encargo se detallarán el alcance del trabajo, constitución del equipo, modo de intervención y grado de participación de cada uno de los componentes, reparto de honorarios según convenio y demás circunstancias.

0,14.2. El Arquitecto puede formar parte de un equipo técnico-facultativo, interviniendo como: 1. Director de Equipo... 2. Coordinador... 3. Colaborador... 4. Asesor...

- RD CTE, Parte I, Anejo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

1. Memoria descriptiva: 1.1 Agentes. ... Proyectistas, otros técnicos.

Objeto del proyecto y nivel de trabajo encargado (fase/s o misión completa)

- RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas

FICHAS DE AUTOCHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Pagina 5

Artículo 127. Contenido de la memoria..... 2. Igualmente, en dicha memoria figurará la manifestación expresa y justificada de que el proyecto comprende una obra completa o fraccionada, según el caso, en el sentido permitido o exigido respectivamente por los Artículo s 68.3 de la Ley y 125 de este Reglamento. De estar comprendido el proyecto en un anteproyecto aprobado, se hará constar esta circunstancia.

Condicionantes de partida y antecedentes: estudios previos, propios, ajenos (o inexistencia de antecedentes)

Por la secuencia de fases; y adicionalmente:

- RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Artículo 127. Contenido de la memoria... Se indicarán en ella los antecedentes y situaciones previas de las obras...

- RD CTE Parte I, Anejo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

1.2 Información previa. Antecedentes y condicionantes de partida...

- Texto Refundido de Normativa de Visado 2007

...en la documentación escrita, debe indicarse el nombre del arquitecto o arquitectos autores de las fases anteriormente realizadas, sobre las que se fundamenta el trabajo encargado.

Emplazamiento: dirección o identificación de solar

- Estatutos COAM

Artículo 11. Deberes de los colegiados. … Comunicar al COAM... localización del trabajo...

- RD CTE Parte I, Anejo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

1.2 Información previa....datos del emplazamiento...

Datos del entorno físico y del solar: forma, superficie, orientación y/o datos del edificio existente (si rehabilitación, reforma, restauración, ampliación)

- RD Trabajos de los Arquitectos

1.4.1. Estudio previo. Incluye la recogida y sistematización de la información precisa...

- RD CTE Parte I, Anexo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

1.2 Información previa. ...entorno físico... Datos del edificio en caso de rehabilitación, reforma o ampliación. Informes realizados.

Planeamiento urbanístico de aplicación

- RD 2187/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Artículo 46. Los Colegios profesionales que tuvieran encomendado el visado de los proyectos técnicos precisos para la obtención de licencias denegarán dicho visado a los que contuvieran alguna infracción grave y manifiesta de Normas relativas a parcelaciones, uso de suelo, altura, volumen y situación de las edificaciones y ocupación permitida de la superficie de las parcelas.

Artículo 47. 1. Con anterioridad a la solicitud de la licencia ante la Administración municipal, los colegiados presentarán en el Colegio respectivo los proyectos técnicos, con declaración formulada bajo su responsabilidad sobre las circunstancias y normativas urbanísticas de aplicación, pudiendo acompañar la cédula urbanística del terreno o del edificio proyectado, o certificado expedido en forma por el Ayuntamiento, en el que se haga constar las circunstancias urbanísticas de la finca, o cualquier acuerdo o acto administrativo notificado o publicado, que autorice la edificación o uso del suelo, adoptado por la Administración urbanística.

Artículo 48. Presentado el proyecto técnico ante el Colegio profesional, se estimará que dicho Colegio entiende que no existe alguna de las infracciones urbanísticas a que se refiere el Artículo anterior, si no se produce decisión expresa en plazo de veinte días desde la entrada del proyecto en el Colegio.

Artículo 49. 1. La denegación del visado por razones urbanísticas no impedirá al particular interesado presentar el proyecto ante la Administración municipal o el órgano urbanístico competente para otorgar la licencia, alegando cuando estime procedente para justificar la inexistencia de la infracción que sirvió de base para la denegación del visado y solicitando, a la vez, la licencia.

2. En el supuesto previsto en el número anterior, los Colegios profesionales vendrán obligados, a petición del interesado, a entregar los ejemplares del proyecto sometido a visado, haciendo constar las razones urbanísticas que hubieran motivado su denegación.

- Ley autonómica 9/2001, de 17 de Julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid

Artículo 152. Contenido y alcance de la intervención municipal... a) Se circunscribe estrictamente a la comprobación de....la conformidad o no de lo proyectado o pretendido con la ordenación urbanística vigente de pertinente obligación.

Artículo 154. Intervención de actos precisados de proyecto técnico de obras de edificación... 1. b) Declaración del técnico o los técnicos autores sobre su conformidad a la ordenación urbanística aplicable.

FICHAS DE AUTOCHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Pagina 6

- RD CTE Parte I, Anexo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

1.2 Información previa. ...normativa urbanística, otras normativas, en su caso.

1.2 MD-Descripción y justificación de las soluciones adoptadas

Características generales; aspectos funcionales, formales, constructivos y económicos

- D 3410/75, de 25 de noviembre, Reglamento General de Contratación del Estado

Artículo 61. 1º. Una Memoria en la que se expondrán las necesidades a satisfacer, los factores sociales, técnicos, económicos y administrativos que se tienen en cuenta para plantear el problema a resolver y la justificación de la solución que se propone desde los puntos de vista técnico y económico...

- RD Trabajos de los Arquitectos

Artículo 1.4.2. Anteproyecto. Es la fase del trabajo en la que se exponen los aspectos fundamentales de las características generales de la obra: funcionales, formales, constructivas y económicas, al objeto de proporcionar una primera imagen global de la misma y establecer un avance de presupuesto.

En el caso de proyectos para las administraciones públicas:

- RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Artículo 127. Contenido de la memoria. 1. Serán factores a considerar en la memoria los económicos, sociales, administrativos y estéticos, así como las justificaciones de la solución adoptada en sus aspectos técnico funcional y económico y de las características de todas las unidades de obra proyectadas...

Descripción general del edificio y de las características generales de la obra; uso principal

- RD Trabajos de los Arquitectos

Artículo 1.4.3. Proyecto básico. Es la fase del trabajo en la que se definen de modo preciso las características generales de la obra mediante la adopción y justificación de soluciones concretas...

Artículo 1.5 Documentación de las fases...Proyectó básico. Memoria descriptiva de las características generales de la obra y justificativas de las soluciones concretas que satisfagan...

- RD CTE Parte I, Anexo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

1.3 Descripción del proyecto. Descripción general del edificio...uso característico del edificio, y otros usos previstos. Relación con el entorno.

En el caso de vivienda protegida:

- Ordenanzas Provisionales de Viviendas de Protección oficial aprobadas por la Orden ministerial de 29 de Mayo de 1969, modificadas por la orden ministerial de 4 de Mayo de 1970 y ampliadas por la Orden Ministerial. Normas de diseño

Ordenanza 2ª. Proyecto de viviendas. 1. Memoria descriptiva...

Programa de necesidades

- RD Trabajos de los Arquitectos

Artículo 1.4. Fases del Trabajo. En toda obra de arquitectura se pueden distinguir... las siguientes fases del trabajo de edificación, cada una de las cuales comprende a las anteriores.

Artículo 1.4.1. Estudio previo. Constituye la fase preliminar en la que se expresan las ideas que desarrollan el encargo... Incluye la recogida y sistematización de la información precisa, el planteamiento del programa técnico de necesidades...

- RD CTE Parte I, Anexo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

1.3 Descripción del proyecto... programa de necesidades...

En el caso de vivienda protegida:

- Ordenanzas Provisionales de Viviendas de Protección oficial aprobadas por la Orden ministerial de 29 de Mayo de 1969, modificadas por la orden ministerial de 4 de Mayo de 1970 y ampliadas por la Orden Ministerial. Normas de diseño

Ordenanza 2ª. Proyecto de viviendas. 1. Memoria descriptiva...programa de necesidades...

Descripción geométrica, superficies útiles y construidas por usos, volumen, acceso y evacuación

La necesidad de reflejar superficies construidas por uso además de su justificación técnica, como parte de la requerida descripción de las características de la obra, es necesaria para en cálculo de las Cuotas Variables de Tramitación de Expedientes.

Adicionalmente:

- RD 1093/1997 Aprueba las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística.

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Artículo 45. Inscripción de obras nuevas. Los edificios o mejoras de los mismos que por accesión se incorporan a la finca, cuando se ejecuten conforme a la ordenación urbanística aplicable, serán inscribibles en el Registro de la Propiedad en virtud de los títulos previstos por la legislación hipotecaria. A tal efecto, deberá constar en los mismos, al menos, el número de plantas, la superficie de parcela ocupada, el total de los metros cuadrados edificados, y, si en el proyecto aprobado se especifica, el número de viviendas, apartamentos, estudios, despachos, oficinas o cualquier otro elemento que sea susceptible de aprovechamiento independiente

- RD CTE Parte I, Anejo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

1.3 Descripción del proyecto. .... Descripción de la geometría del edificio, volumen, superficies útiles y construidas, accesos y evacuación. ...

Los proyectos para viviendas en distintos regímenes de protección u otras actividades o propósitos específicos puede ser necesario incluir otros y/o más tipos de mediciones de superficies; por ejemplo:

- Viviendas de Protección oficial: Ordenanzas Provisionales aprobadas por la Orden ministerial de 29 de Mayo de 1969, modificadas por la orden ministerial de 4 de Mayo de 1970 y ampliadas por la Orden Ministerial de 16 de Mayo de 1974, y modificaciones introducidas por la Orden Ministerial de 21 de Febrero de 1981

Ordenanza 2ª Proyectos de viviendas... 10. Estudio económico que abarcará los siguientes puntos: ... superficies edificada y útil...

Descripción parámetros técnicos, compartimentación, envolvente, acabados

- RD CTE Parte I, Anejo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

1.3 Descripción del proyecto.- ... Descripción general de los parámetros que determinan las previsiones técnicas a considerar en el proyecto respecto al sistema estructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal), el sistema de compartimentación, el sistema envolvente, el sistema de acabados, el sistema de acondicionamiento ambiental y el de servicios.

Prestaciones del edificio por requisitos básicos CTE y superiores pactados con promotor

- RD CTE Parte I, Anejo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

1.4 Prestaciones del edificio.- Por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE. Se indicarán en particular las acordadas entre promotor y proyectista que superen los umbrales establecidos en el CTE....

1.3 MC-Sustentación del edificio

Características geotécnicas del terreno

- D 462/1971, de 11 de marzo de 1971, sobre redacción de proyectos y dirección de obras de edificación.

Artículo 1. En los proyectos de obras de edificación de cualquier tipo se hará constar expresamente: a) En la Memoria y en el pliego de prescripciones técnicas particulares... 2. Una exposición detallada de las características del terreno.....

- Ley autonómica 2/1999, de 17 de marzo, Medidas para la calidad de la edificación de la Comunidad de Madrid.

Artículo 4. Estudio geotécnico. 1. Previamente a la construcción de un edificio de nueva planta, deberán conocerse las características geotécnicas del terreno en donde vaya a ubicarse, para lo cual se harán los estudios pertinentes, que se incorporarán al proyecto en justificación de las soluciones que en el mismo se han adoptado. 2. Estos mismos estudios serán necesarios para las obras de reforma y rehabilitación que afecten a la cimentación o modifiquen, significativamente, los empujes que la estructura deba transmitir al terreno.

- RD CTE Parte I Anejo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

2.1 Sustentación del edificio.- Justificación de las características del suelo y parámetros a considerar para el cálculo de la parte del sistema estructural correspondiente a la cimentación.

Descripción del sistema estructural y su cimentación

- D 462/1971 aprobado por decretos 2131/1963, de 24 de julio y 3964/1964, de 3 de diciembre. 71, de 11 de marzo de 1971, sobre redacción de proyectos y dirección de obras de edificación.

Artículo 1. En los proyectos de obras de edificación de cualquier tipo se hará constar expresamente:

A) En la Memoria y en el pliego de prescripciones técnicas particulares. 2..... y de las hipótesis en que se basa el cálculo de la cimentación de los edificios... A estos efectos, el Técnico encargado de la redacción del proyecto podrá exigir previamente, cuando lo considere necesario, un estudio del suelo y subsuelo que, formulado por el Técnico competente, deberá ser aportado por el propietario o promotor. 3. Las bases detalladas del cálculo de la estructura que se acompañarán como Anejo a la Memoria.

- RD 2661/1998, de 11 de Diciembre, por el que se aprueba la Instrucción De Hormigón Estructural EHE

4.1. Generalidades ... Todo Proyecto comprenderá:

FICHAS DE AUTOCHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Pagina 8

Una Memoria en la que se describa el objeto de las obras que recogerá los antecedentes y situación previa a las mismas, las necesidades a satisfacer y la justificación de la solución adoptada, detallándose los factores de todo orden a tener en cuenta.

- RD 642/2002, de 5 de julio, por el que se aprueba la "Instrucción para el proyecto y la ejecución de forjados unidireccionales de hormigón estructural realizados con elementos prefabricados (EFHE)”

Art.3º. Documentos de proyecto y ejecución. Los distintos documentos que en su conjunto constituyan un anteproyecto, estudio o proyecto de ejecución de cualquier clase deberán estar definidos de tal forma que otro facultativo competente distinto del autor de aquellos, los pueda interpretar y pueda dirigir la obra con arreglo a los mismos.

- RD CTE Parte I, Anejo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

2.2 Sistema estructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal).- Se establecerán los datos y las hipótesis de partida, el programa de necesidades...

Acciones adoptadas en el cálculo

- D 195/1963, de 17 de enero, por la que se aprueba la Norma M.V. 101/1962, sobre «Acciones en la Edificación».

Artículo 2. La Norma M.V. 101/1962 será de obligatoria observancia en todos los proyectos de edificaciones públicas o privadas, de fecha posterior a la de 1 de abril de 1963.

- RD 1370/1988, de 11 de noviembre, por el que se modifica parcialmente la Norma MV-101/1988 “Acciones en la edificación”, aprobada por D 195/1963, de 17 de enero, y se cambia su denominación a Norma Básica de la Edificación NBE-AE/88, “Acciones en la Edificación”.

- Norma MV 101-1962. (Norma Básica de la Edificación NBE-AE/88) Acciones en la Edificación

Capitulo Primero: Generalidades.... 1.2. Aplicación de la norma en los proyectos...En la Memoria del proyecto figurará un apartado con el título «Acciones adoptadas en el cálculo», en el que detallará todos los valores que ha aplicado en el cálculo de cada uno de sus elementos resistentes y de su cimentación, reseñando explícitamente que se ajustan a lo prescrito en la norma, o, en su caso justificando por qué se apartan... Los Colegios profesionales... comprobarán que en su Memoria figura el apartado antes indicado...Descripción del sistema estructural

Método de cálculo

- RD 2661/1998, de 11 de Diciembre, por el que se aprueba la Instrucción De Hormigón Estructural EHE

4.2.2 Anejo de Cálculo.- En la Memoria de todos los Proyectos deberá figurar un Anejo de Cálculo, en donde se justifique razonadamente, con arreglo a las normas prescritas en esta Instrucción, el cumplimiento de las condiciones que se exigen a la estructura en su conjunto...

4.2.3. Cálculos con ordenador.- 4.2.3.1. Utilización de programas. Cuando se efectúen cálculos con ayuda de ordenador, el Anejo de Cálculo se complementará con apartados específicos que contengan las diferentes etapas resueltas con programas distintos, debiendo dichos apartados constituir unidades completas y ordenadas.

- RD CTE Parte I Anejo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

2.2 Sistema estructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal).- Se establecerán...., las bases de cálculo y procedimientos o métodos empleados para todo el sistema estructural, así como las características de los materiales que intervienen.

1.4 MC-Sistema envolvente, compartimentación y acabados

Descripción

- RD CTE Parte I, Anejo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

2.3 Sistema envolvente.- Definición constructiva de los distintos subsistemas de la envolvente del edificio, con descripción de su comportamiento frente a las acciones a las que está sometido (peso propio, viento, sismo, etc.), frente al fuego, seguridad de uso, evacuación de agua y comportamiento frente a la humedad, aislamiento acústico y sus bases de cálculo.

El Aislamiento térmico de dichos subsistemas, la demanda energética máxima prevista del edificio para condiciones de verano e invierno y su eficiencia energética en función del rendimiento energético de las instalaciones proyectado según el apartado 2.6.2.

2.4 Sistema de compartimentación.- Definición de los elementos de compartimentación con especificación de su comportamiento ante el fuego y su aislamiento acústico y otras características que sean exigibles, en su caso.

2.5 Sistemas de acabados. Se indicarán las características y prescripciones de los acabados de los paramentos a fin de cumplir los requisitos de funcionalidad, seguridad y habitabilidad.

Memoria de calidades

Procesos constructivos

- Ley autonómica 2/1999, de 17 de marzo, Medidas para la calidad de la edificación de la Comunidad de Madrid

FICHAS DE AUTOCHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Pagina 9

Artículo 5. Proyecto... 5. El proyecto definirá las calidades de los materiales y procesos constructivos y las medidas, que para conseguirlas, deba tomar la dirección facultativa en el curso de la obra y al término de la misma. También establecerá las instrucciones sobre uso, conservación y mantenimiento del edificio una vez terminado y las normas de actuación en caso de siniestro o en situaciones de emergencia que puedan producirse durante su uso.

- Comisión de Control COAM

Acuerdo 95/1999. 1. A partir de la entrada en vigor de la nueva Ley 2/1999 de Medidas para la Calidad de la Edificación... en todos los proyectos de ejecución que se presenten a visado se deberá incluir en su memoria lo siguiente: Definición de calidades de los materiales y procesos constructivos y...

1.5 MC-Instalaciones con indicación de datos partida, objetivos y bases de cálculo

La necesidad de recoger en la/s memoria/s del proyecto de ejecución la descripción y justificación de las decisiones y soluciones adoptadas respecto de las distintas instalaciones, se estableció, con carácter genérico para todas ellas, en:

- RD Trabajos de los Arquitectos

Artículo 1.5 Documentación de las fases... Proyectos de ejecución:... Memoria de oficios

Adicionalmente, y con carácter igualmente general, está reflejada en:

- Ley autonómica 2/1999, de 17 de marzo, Medidas para la calidad de la edificación de la Comunidad de Madrid

Artículo 5. Proyecto. 2. El proyecto definirá con precisión las obras e instalaciones, de manera que, en su caso, un facultativo distinto de su autor pueda dirigir su ejecución.

- RD CTE Parte I Anejo I. Contenido del Proyecto I. Memoria

2.6 Sistemas de acondicionamiento e instalaciones.- Se indicarán los datos de partida, los objetivos a cumplir, las prestaciones y las bases de cálculo para cada uno de los subsistemas siguientes:

1. Protección contra incendios, anti-intrusión, pararrayos, electricidad, alumbrado, ascensores, transporte, fontanería, evacuación de residuos líquidos y sólidos, ventilación, telecomunicaciones, etc.

2. Instalaciones térmicas del edificio proyectado y su rendimiento energético, suministro de combustibles, ahorro de energía e incorporación de energía solar térmica o fotovoltaica y otras energías renovables.

Además de la mencionada necesidad general, aplicable a todas las instalaciones, hay distintas normativas sectoriales que inciden sobre la inclusión de sus correspondientes memorias en los proyectos e incluyen sus propias condicionantes. En ocasiones, dicha normativa sectorial va aun más lejos y requiere el correspondiente proyecto específico, que podrá, o no, ser redactado por el mismo técnico autor del proyecto e ejecución.

- Ley autonómica 02/1999, de 17 de marzo, Medidas para la calidad de la edificación de la Comunidad de Madrid

Artículo 5... 4. Se considerará que forman parte del proyecto y de su presupuesto los documentos que definan y valoren las instalaciones o partes de obra; aunque materialmente hubiesen sido redactados por otros facultativos distintos del autor del proyecto. Se exceptúa el caso de que dichas instalaciones o partes de obra hubiesen sido objeto de un presupuesto no incluido en el del proyecto.

Cuando el técnico autor del proyecto específico de instalación es distinto del arquitecto autor del proyecto, éste asume la condición de coordinador, debiendo reflejarlo en la memoria. En relación con éste y los demás extremos, los siguientes epígrafes indican la normativa aplicable par cada tipo de instalación.

- Ley estatal 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación

Artículo 4. Proyecto. 2. Cuando el proyecto se desarrolle o complete mediante proyectos parciales u otros documentos técnicos sobre tecnologías específicas o instalaciones del edificio, se mantendrá entre todos ellos la necesaria coordinación sin que se produzca una duplicidad en la documentación ni en los honorarios a percibir por los autores de los distintos trabajos indicados.

Prevención y protección contra incendios

- RD 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales".

Capítulo II. Régimen de implantación, construcción y puesta en servicio. Artículo 4. Proyectos de construcción e implantación.... será redactado y firmado por un técnico titulado competente y visado por su colegio oficial correspondiente... Se podrá sustituir el proyecto por una memoria técnica firmada por un técnico titulado competente, en los siguientes casos: a) establecimientos industriales de riesgo intrínseco bajo y superficie útil inferior a 250 m2; b) actividades industriales, talleres artesanales y similares con carga de fuego igual o inferior a 10 Mcal/m2 (42 MJ/m2) y superficie útil igual o inferior a 60 m2; c) reformas que, según lo recogido en la disposición transitoria única, no requieren la aplicación de este reglamento.

- RD CTE Parte I Artículo 11. Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI)

- RD CTE Parte II Documento Básico: Seguridad en caso de incendio. DB-SI

FICHAS DE AUTOCHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Pagina 10

Saneamiento, evacuación de aguas, residuos sólidos y líquidos

- Orden del Ministerio de Instrucción Pública de 11 de marzo de 1936: Reglamento orgánico número 4, del COAM, aplicable a la Actuación Profesional y a su Control...

Artículo 10.... En los proyectos de edificios. Primero. En la Memoria:...red general de desagües subterráneos...

- RD CTE Parte I Artículo 13. Exigencias básicas de salubridad (HS) «Higiene, salud y protección del medio ambiente»... 13.2 Exigencia básica HS 2: Recogida y evacuación de residuos...13.3 Exigencia básica HS 5: Evacuación de aguas...

- RD CTE Parte II Documento Básico: Salubridad. DB-HS

Fontanería

- RD Trabajos de los Arquitectos

Artículo 1.5 Documentación de las fases... Proyectos de ejecución:... Memoria de oficios

- Orden de 9 de diciembre de 1975 por la que se aprueban las "Normas Básicas para las instalaciones interiores de suministro de agua".

Artículo 1. Se aprueban las Normas básicas para las instalaciones interiores de suministro de agua, que serán de obligada aplicación en todas las nuevas instalaciones...

- Orden 2106/1994, de 11 de noviembre, de la Consejería de Economía de la Comunidad de Madrid, por la que se establecen las normas sobre documentación, tramitación y prescripciones técnicas de las instalaciones interiores de suministro de agua.

Anejo 1. (Establece los tipos de instalaciones interiores de suministro de agua, que necesitan proyecto específico)

- Orden 1307/2002, de 3 de abril, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se establecen normas complementarias sobre tramitación de expedientes de instalaciones interiores de suministro de agua.

Artículo 1. Para la puesta en servicio de las instalaciones interiores de suministro de agua y su registro... se presentará...: Proyecto de instalación... suscrito por técnico competente y visado por su Colegio Oficial.

Artículo 2. (Amplia la definición de tipos de instalaciones interiores de suministro de agua, que necesitan proyecto específico)

Electricidad y alumbrado

- RD 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

Disposición final tercera. Entrada en vigor. El Reglamento electrotécnico para baja tensión... entrará en vigor, con carácter obligatorio, para todas las instalaciones contempladas en su ámbito de aplicación...

- Instrucción técnica complementaria ITC-BT-04 del Reglamento electrotécnico para baja tensión

Documentación de las instalaciones. Las instalaciones en el ámbito de aplicación del presente Reglamento deben ejecutarse sobre la base de una documentación técnica que, en función de su importancia, deberá adoptar una de las siguientes modalidades... Proyecto. Cuando se precise proyecto... éste deberá ser redactado y firmado por técnico titulado competente... El proyecto de instalación se desarrollará, bien como parte del proyecto general del edificio, bien en forma de uno o varios proyectos específicos. En la memoria del proyecto se expresarán especialmente...

Demanda y Eficiencia energética; instalaciones térmicas, energía solar y/o fotovoltaica

- RD 1751/1998, de 31 de Julio, Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE) y sus instrucciones técnicas complementarias (ITE).

Artículo 1: Objeto y ámbito de aplicación. 3. Este reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias se aplicarán a las instalaciones térmicas no industriales de los edificios de nueva planta o en las reformas de los existentes, en los términos que se indican en el mismo...

Capítulo tercero. Proyecto de las instalaciones... Artículo 5. Proyectos de edificación de nueva planta. Todo proyecto de ejecución de un edificio de nueva planta, en el que se prevean algunas instalaciones objeto de este reglamento, debe incluir lo indicado en la correspondiente instrucción técnica, así como fijar las dimensiones y características de los locales destinados a alojar los equipos que requiera la instalación. En la Memoria de dicho proyecto debe hacerse constar expresamente el cumplimiento de este reglamento.

Artículo 6. Visado de proyectos. Para extender visado de un proyecto, los colegios profesionales comprobarán que en su Memoria figure lo indicado en el Artículo anterior...

- RD CTE Parte I Artículo 15. Exigencias básicas de ahorro de energía (HE)

- RD CTE Parte II Documento Básico: Ahorro de Energía. DB-HE

- RD 47/2007, DE 19 DE Enero, Procedimiento básico para la Certificación de Eficiencia Energética de Edificios de Nueva Construcción

FICHAS DE AUTOCHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Pagina 11

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

1. Este Procedimiento básico es de aplicación en: a) edificios de nueva construcción. b) modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes, con una superficie útil superior a 1.000 m2 donde se renueve más del 25 por cien del total de sus cerramientos.

Artículo 6. Certificado de eficiencia energética del proyecto.

1. El certificado de eficiencia energética de un proyecto de edificación supone la conformidad de la información contenida en este certificado con la calificación de eficiencia energética obtenida y con el proyecto de ejecución del edificio.

2. El certificado de eficiencia energética del proyecto será suscrito por el proyectista del edificio o del proyecto parcial de sus instalaciones térmicas, y quedará incorporada al proyecto de ejecución.

Memorias de otras instalaciones, si procede

- Comprobar la existencia de normativa específica, en función del tipo de instalación.

1.6 CN-Normativa (las fichas y su justificación pueden figurar en anexos)

Mención expresa de la obligación de cumplimiento de la normativa aplicable

- Texto recomendado a incluir en la Memoria:

"De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 1 A). Uno, del D 462/1971, de 11 de marzo, en la redacción del presente proyecto se han observado las normas vigentes aplicables sobre construcción".

- D 462/1971, de 11 de marzo de 1971, sobre redacción de proyectos y dirección de obras de edificación.

Artículo 1. En los proyectos de obras de edificación de cualquier tipo se hará constar expresamente: A) En la memoria y en el pliego de prescripciones técnicas particulares. 1. La observancia de las normas de Presidencia del Gobierno y normas del Ministerio de la Vivienda sobre la construcción actualmente vigentes y aquellas que en lo sucesivo se promulguen...

Listado de normas, decretos y reglamentos de aplicación

- Texto recomendado a incluir en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares:

"De acuerdo con el Artículo 1 A). Uno, del D 462/1971, de 11 de marzo, en la ejecución de las obras deberán observarse las normas vigentes aplicables sobre construcción. A tal fin se incluye la siguiente relación no exhaustiva de la normativa técnica aplicable" (seguido de la relación de normativa, disponible en Web COAM)

- D 462/1971, de 11 de marzo de 1971, sobre redacción de proyectos y dirección de obras de edificación.

Artículo 1. En los proyectos de obras de edificación de cualquier tipo se hará constar expresamente: A) En la Memoria y en el pliego de prescripciones técnicas particulares. 1. La observancia de las normas de la Presidencia del Gobierno y normas del Ministerio de la Vivienda sobre la construcción actualmente vigentes y aquellas que en lo sucesivo se promulguen...

Artículo 2. Los Colegios Profesionales... vendrán obligados a comprobar que han sido cumplidas las prescripciones establecidas en el artículo anterior. La inobservancia de las mismas determinará la negación del visado...

- D 3565/1972, de 23 de diciembre, Normas Tecnológicas de la Edificación.

Artículo Séptimo. Las normas tecnológicas de la edificación son de aplicación en todas las edificaciones, tanto públicas como privadas,... que podrán, no obstante, adoptar soluciones distintas a las contenidas en las normas tecnológicas... En todo caso, al justificar la idoneidad de sus soluciones,..., bastará citar su referencia, cuando se utilicen las normas tecnológicas de la edificación.

Artículo Octavo. Las Corporaciones profesionales competentes o, en su caso, las Oficinas Supervisoras de Proyectos de la Administración comprobarán que en las Memorias Técnicas se da cumplimiento al Artículo anterior...

- Ley estatal 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación

Artículo 4. Proyecto. 1. El proyecto es el conjunto de documentos mediante los cuales se definen y determinan las exigencias técnicas de las obras contempladas en el Artículo 2. El proyecto habrá de justificar técnicamente las soluciones propuestas de acuerdo con las especificaciones requeridas por la normativa técnica aplicable.

Disposición final segunda. Autorización al Gobierno para la aprobación de un Código Técnico de la Edificación.....Hasta su aprobación, para satisfacer estos requisitos básicos se aplicarán las normas básicas de la edificación-NBE...Asimismo, se aplicará el resto de la reglamentación técnica de obligado cumplimiento que regule alguno de los requisitos básicos establecidos en el Artículo 3.

Cumplimiento Seguridad de utilización DB-SU

- RD CTE Parte I Artículo 12.- Exigencias básicas de seguridad de utilización (SU)

- RD CTE Parte II Documento Básico: Seguridad de Utilización. DB-SU.

FICHAS DE AUTOCHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Pagina 12

Cumplimiento de condiciones de prevención y protección contra incendios DB-SI

- RD CTE Parte I Artículo 11.- Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI)

- RD CTE Parte II Documento Básico: Seguridad de en caso de incendio. DB-SI.

Cumplimiento de seguridad estructural DB-SE

- RD CTE Parte I Artículo 10.- Exigencias básicas de seguridad estructural (SE)

- RD CTE Parte II Documento Básico: Seguridad Estructural. DB-SE.

Cumplimiento EHE, EFEHE y norma sismorresistente NCSR-02 (o comprobación de no aplicación)

- RD 997/2002, de 27 de septiembre, Norma de construcción sismorresistente NCSR-02

Artículo 1.3.1 Cumplimiento de la Norma en la fase de proyecto. En la memoria de todo proyecto de obras, se incluirá preceptivamente un apartado de "Acciones sísmicas", que será requisito necesario para el visado del proyecto por parte del colegio profesional correspondiente, así como para la expedición de la licencia municipal y demás autorizaciones y trámites por parte de las distintas Administraciones Públicas. Cuando de acuerdo con el Artículo 1.2.3, sea de aplicación esta Norma, figurarán en el apartado de Acciones Sísmicas los valores, hipótesis y conclusiones adoptadas en relación con dichas acciones y su incidencia en el proyecto, cálculo y disposición de los elementos estructurales, constructivos y funcionales de la obra. Además en los planos se harán constar los niveles de ductilidad para los que ha sido calculada la obra.

- RD 2661/1998, de 11 de Diciembre, por el que se aprueba la Instrucción De Hormigón Estructural EHE

- RD 642/2002, de 5 de julio, por el que se aprueba la "Instrucción para el proyecto y la ejecución de forjados unidireccionales de hormigón estructural realizados con elementos prefabricados (EFHE)”

Cumplimiento de salubridad DB-HS

- RD CTE Parte I Artículo 13.- Exigencias básicas de salubridad (HS) “Higiene, salud y protección del Medio Ambiente”.

- RD CTE Parte II Documento Básico: Salubridad. DB-HS.

Cumplimiento de ahorro de energía DB-HE y ficha justificativa

- RD CTE Parte I Artículo 15.- Exigencias básicas de ahorro de energía (HE)

- RD CTE Parte II Documento Básico: Ahorro DE Energía. DB-HE.

Cumplimiento condiciones acústicas NBE CA-88 y ficha justificativa

- RD 1909/1981, de 24 de Julio, por el que se aprueba la Norma Básica de la Edificación NBE-CA-81 sobre Condiciones Acústicas en los edificios y modificaciones posteriores.

Artículo 2. La Norma Básica de la Edificación NBE CA-81 será de obligatoria observancia en todos los proyectos de edificaciones públicas o privadas.

Artículo 3. Quedan responsabilizados del cumplimiento de esta norma, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, los profesionales que redacten proyectos de ejecución de edificios, las Entidades o instituciones que intervengan en el visado...

- RD 2115/1982, de 12 de Agosto, por el que se modifica la Norma Básica de la Edificación NBE CA-81, sobre Condiciones Acústicas de los edificios

Artículo único. La Norma Básica de la Edificación NBE CA-81, sobre condiciones acústicas de los edificios que fue aprobada por el decreto 1909/81, de 24 de Julio, queda modificada en los términos que figuran como Anexo al presente R D. Con estas modificaciones esta norma se denominará abreviadamente NBE CA-82

- Orden de 29 de Septiembre de 1988 por la que se aclaran y corrigen diversos aspectos de la Norma Básica de la Edificación NBE CA-81, sobre “Condiciones Acústicas de los Edificios”.

Artículo único. En la Norma Básica de la Edificación NBE CA-82 “Condiciones Acústicas de los Edificios” que fue aprobada por el decreto 1909/81, de 24 de Julio, Y modificada por R D 2115/1982, de 12 de Agosto, se introducen las modificaciones que figuran como anexo a la presente Orden, pasando a denominarse NBE-CA-88“Condiciones Acústicas de los Edificios”

- Norma básica de la edificación NBE CA-82 “Condiciones Acústicas de los Edificios”

Artículo 19. Cumplimiento de la Norma en el Proyecto. En la Memoria del Proyecto Básico del edificio se aludirá al cumplimiento de la presente norma. En la Memoria Técnica del Proyecto de ejecución deberán expresarse los valores relativos al cumplimiento de lo establecido en esta norma y los cálculos justificativos pertinentes, debiendo cumplimentarse para ello la Ficha Justificativa,.... En el Pliego de Condiciones se indicarán las características y las condiciones de ejecución de los elementos constructivos e instalaciones del edificio que afecten a su aislamiento acústico.

Artículo 20. Cumplimiento de la Norma por las entidades supervisoras de Proyectos. Para extender visado formal de un Proyecto de edificación, los Colegios Profesionales comprobarán, dentro de la esfera de su competencia que contienen los valores y justificaciones que a dichos documentos exige el Artículo 19º de esta Norma.

Cumplimiento de condiciones de accesibilidad y barreras arquitectónicas, Ley autonómica 8/1993 CAM

FICHAS DE AUTOCHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Pagina 13

- Ley autonómica 8/1993, de 22 de Junio, de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas.

Artículo 38. Visado de los proyectos técnicos.

Los colegios profesionales que tengan atribuida competencia en el visado de los proyectos técnicos necesarios para la obtención de licencias, denegarán los visados si los proyectos comportaran alguna infracción sobre Supresión de Barreras contenidas en esta Ley.

- Consejo para la promoción de la Accesibilidad y supresión de Barreras Arquitectónicas, aprobado 11/10/1996, Dirección General de Arquitectura de la Comunidad de Madrid

Procedimiento unificado de verificación de cumplimiento de la Normativa de accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas (para edificios y urbanizaciones) en el ámbito de la Comunidad de Madrid.... Método normalizado de visado, supervisión e informe técnico para licencia... Tareas del proyectista... Disponga de la documentación necesaria: cuestionarios de autocontrol y representación normalizada. Utilice la representación normalizada en los planos. Completar el cuestionario de autocontrol (control previo y control final de proyecto). Señale la fecha de autocontrol, firme todos los documentos. Inclúyalos en el capítulo destinado a accesibilidad como parte de la Memoria Justificativa del proyecto.

Cumplimiento de otra Normativa Básica aplicable, en su caso

En función de la naturaleza del proyecto y/o de sus condiciones constructivas. Por ser solución constructiva habitual, se destaca la relativa a cubiertas con materiales bituminosos NBE-QB.90

- RD 1572/1990, de 30 de noviembre. Norma Básica NBE-QB.90: Cubiertas con materiales bituminosos. Actualización: Orden del 5-7-96 del Ministerio de Fomento

Capítulo 1. Generalidades. 1...2.... aplicable a los proyectos, a los materiales impermeabilizantes y a la ejecución de las obras tanto de construcción de edificios de nueva planta, como de ampliación o de reforma de edificios construidos. También debe aplicarse a las operaciones de mantenimiento y de conservación de los edificios.

1.2.1... Los autores de los proyectos deben aplicar esta norma...; no obstante, podrán adoptar materiales, productos, sistemas o procedimientos distintos de los que se contemplan en la norma, siempre que se cumplan los requisitos esenciales establecidos en ella; las soluciones adoptadas deben justificarse técnica y documentalmente en el proyecto de ejecución.

1.7 Seguridad y salud

Determinación del tipo de estudio de seguridad y salud

- RD 1627/1997, de 24 de Octubre, Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción

Artículo 4. Obligatoriedad del estudio de seguridad y salud o del estudio básico de seguridad y salud en las obras.

El promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio de seguridad y salud en los proyectos de obras en que se den alguno de los supuestos siguientes: ... presupuesto de ejecución por contrata... igual o superior a 75 millones de pesetas (450.759,08 €). ... duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente... suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra,... superior a 500. Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.

En los proyectos de obras no incluidos en ninguno de los supuestos previstos en el apartado anterior, el promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un estudio básico de seguridad y salud.

1.8 Firma

Firma de arquitecto/s en la memoria

- Estatutos CSCAE

Artículo 31. Visado.- Son objeto del visado colegial los trabajos profesionales que se reflejen documentalmente y estén autorizados con la firma del arquitecto.

- Estatutos COAM

Artículo 5 Funciones. 12. a) Acreditar la identidad del arquitecto o arquitectos.... y la asunción de la autoría responsable mediante el reconocimiento de su firma e intervención.

- RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Artículo 128. Aspectos contractuales de la memoria.

La memoria tendrá carácter contractual en todo lo referente ala descripción de los materiales básicos o elementales que forman parte de las unidades de obra.

(Recomendada la firma de cliente)

- Código Civil.

FICHAS DE AUTOCHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Pagina 14

Artículo 1254. El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio

Artículo 1261. No hay contrato sino cuando concurren los requisitos siguientes: 1) consentimiento de los contratantes; 2) objeto cierto que sea materia del contrato. 3) causa de la obligación que se establezca.

El carácter contractual de la firma en la memoria está especialmente definido en el caso de proyectos para las administraciones públicas

- RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. (BOE 26/10/2001)

Artículo 128. Aspectos contractuales de la memoria. La memoria tendrá carácter contractual en todo lo referente a la descripción de los materiales básicos o elementales que forman parte de las unidades de obra.

- Ley 13/2003, de 23 mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas (BOE 24 -05- 2003).

Artículo 228. Anteproyecto de construcción y explotación de la obra.

1.9 Anejos a la memoria

Certificado de viabilidad geométrica, por replanteo previo (firmado por arquitecto/s)

- Ley autonómica 02/1999, de 17 de marzo, Medidas para la calidad de la edificación de la Comunidad de Madrid

Artículo 7. Replanteo de proyecto y visado. 1. No se visará ningún proyecto si antes su autor no ha expedido una certificación en la que conste la viabilidad geométrica del mismo, acreditada mediante su previo replanteo sobre el terreno en que haya de ejecutarse la obra que él defina. Este certificado se añadirá al apartado correspondiente de la memoria justificativa del proyecto. 2. Sin la certificación a la que se refiere el apartado anterior tampoco podrá otorgarse la licencia de obras que las normas urbanísticas requieran.

Instrucciones sobre uso, conservación y mantenimiento del edificio

Normas de actuación en caso de siniestro o situaciones de emergencia

- Ley autonómica 02/1999, de 17 de marzo, Medidas para la calidad de la edificación de la Comunidad de Madrid

Artículo 5... El proyecto... establecerá las instrucciones sobre uso, conservación y mantenimiento del edificio una vez terminado y las normas de actuación en caso de siniestro o en situaciones de emergencia que pudieran producirse durante su uso.

- Ley estatal 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación

Artículo 7 Documentación de la obra ejecutada.-.... así como la relativa a las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones, de conformidad con la normativa que le sea de aplicación.

- RD CTE Parte I Artículo 6. Condiciones del proyecto. 6.1 Generalidades 2....Esta definición incluirá, al menos, la siguiente información: ....d) Las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado... Artículo 8. Condiciones del edificio 8.1 Condiciones de la obra ejecutada. 3. Contendrá, asimismo, las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado...

Plan de control de calidad

- RD CTE Parte I,

Artículo 6. Condiciones del Proyecto. ... 6.2 Control del proyecto. En control de proyecto tiene por objeto verificar el cumplimiento del CTE y demás normativa aplicable y comprobar su grado de definición, la calidad del mismo y...

Artículo 7. Condiciones en la ejecución de las obras. 7.1 Generalidades 2. .... la documentación del control de calidad realizado a lo largo de la obra. En el anejo II se detalla, con carácter indicativo, el contenido de la documentación del seguimiento de la obra. 3. Cuando en el desarrollo de las obras intervengan diversos técnicos para dirigir las obras de proyectos parciales, lo harán bajo la coordinación del director de obra. 4. Durante la construcción de las obras el director de obra y el director de la ejecución de la obra realizarán, según sus respectivas competencias, los controles siguientes: a) Control de recepción en obra de los productos, equipos y sistemas que se suministren a las obras de acuerdo con el artículo 7.2. b) Control de ejecución de la obra de acuerdo con el artículo 7.3; y c) Control de la obra terminada de acuerdo con el artículo 7.4. ...

Anejo II. Documentación del seguimiento de la obra... II.2 Documentación del control de la obra 1. El control de calidad de las obras realizado incluirá el control de recepción de productos, los controles de la ejecución y de la obra terminada. ....

Anejos de cálculo recomendados

Cimentación y estructura

Protección contra incendios

Certificación eficiencia energética

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2 PLIEGO DE CONDICIONES

Pliego de condiciones generales, facultativas y económicas

Pliego de condiciones técnicas particulares

- RD Trabajos de los Arquitectos

Artículo 1.5. Proyecto de ejecución... Pliego de condiciones técnicas, generales y particulares...

- RD CTE Parte I Anejo I III. Pliego de condiciones

Pliego de cláusulas administrativas. Disposiciones generales. Disposiciones facultativas. Disposiciones económicas. Pliego de condiciones técnicas particulares.

Las referencias a los pliegos de condiciones técnicas generales y/o particulares abundan en la legislación o normativa relativa a los proyectos para obra pública:

- D 3410/1975, de 25 de noviembre, Reglamento General de Contratación del Estado. Artículo 66...el pliego de prescripciones técnicas particulares...

- RD legislativo 2/2000, de 16 de Junio, Ley de Contratos del Estado de las Administraciones públicas, Artículo 124 c) El pliego de prescripciones técnicas particulares...

- RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. (BOE 26/10/2001)

Ordenanza 2ª. Proyecto de viviendas. 4. Pliego de condiciones

- Ley 13/2003, de 23 mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas.

Artículo 230. Pliegos de cláusulas administrativas particulares. 1. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares de los contratos de concesión de obras públicas deberán hacer referencia, al menos, a los siguientes aspectos y a aquéllos que se contienen en el Artículo 232.1 de esta Ley: a) Definición del objeto del contrato, con referencia al anteproyecto o proyecto de que se trate y mención expresa de los documentos de éste que revistan carácter contractual. En su caso determinación de la zona complementaria de explotación comercial.

En el caso de viviendas protegidas:

- D 2114/1968, de 24 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del Texto Refundido de Viviendas de Protección oficial aprobado por decretos 2131/1963, de 24 de julio y 3964/1964, de 3 de diciembre.

Artículo 79 f)…El proyecto constará de… 4. Pliego de condiciones - Ordenanzas Provisionales de Viviendas de Protección oficial aprobadas por la Orden ministerial de 29 de

Mayo de 1969, modificadas por la orden ministerial de 4 de Mayo de 1970 y ampliadas por la Orden Ministerial. Normas de diseño

Ordenanza 2ª. Proyecto de viviendas. 4. Pliego de condiciones

También está presente en distintas normativas técnicas:

- RD 2661/1998, de 11 de Diciembre, por el que se aprueba la Instrucción De Hormigón Estructural EHE , Artículo 4.4 Pliego de Prescripciones Técnicas particulares

- Orden de 27 de Julio de 1988 por la que se aprueba el Pliego general de condiciones para la recepción de ladrillos cerámicos en las obras de construcción RL - 88.

- Orden de 4 de julio de 1990 por la que se aprueba el "pliego de prescripciones técnicas generales para la recepción de bloques de hormigón en las obras de construcción (RB-90).

Prescripciones sobre materiales, ejecución por unidades de obra y verificaciones en el edificio terminado

- RD CTE Parte I, Anejo I Contenido del Proyecto III. Pliego de condiciones

Prescripciones sobre los materiales. Características técnicas mínimas que deben reunir los productos, equipos y sistemas que se incorporen a las obras, así como sus condiciones de suministro, recepción y conservación, almacenamiento y manipulación, las garantías de calidad y el control de recepción que deba realizarse incluyendo el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y rechazo, y las acciones a adoptar y los criterios de uso, conservación y mantenimiento. Estas especificaciones se pueden hacer por referencia a pliegos generales que sean de aplicación, Documentos Reconocidos u otros que sean válidas a juicio del proyectista. Prescripciones en cuanto a la ejecución por unidades de obra. Características técnicas de cada unidad de obra indicando su proceso de ejecución, normas de aplicación, condiciones previas que han de cumplirse antes de su realización, tolerancias admisibles, condiciones de terminación, conservación y mantenimiento, control de ejecución, ensayos y pruebas, garantías de calidad, criterios de aceptación y rechazo, criterios de medición y valoración de unidades, etc. Se precisarán las medidas para asegurar la compatibilidad entre los diferentes productos, elementos y sistemas constructivos. Prescripciones sobre verificaciones en el edificio terminado. Se indicarán las verificaciones y pruebas de servicio que deban realizarse para comprobar las prestaciones finales del edificio.

Firma de arquitecto/s en pliego de condiciones (recomendada la del cliente)

- Estatutos COAM

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Artículo 5 Funciones. 12. a) Acreditar la identidad del arquitecto o arquitectos.... y la asunción de la autoría responsable mediante el reconocimiento de su firma e intervención.

3 PRESUPUESTO

Avance de presupuesto, firmado por arquitecto/s (recomendada la del cliente)

- RD Trabajos de los Arquitectos

Artículo 15. Anteproyecto... Avance de presupuesto con estimación global, por superficie construida u otro método que se considere idóneo

Valoración estimativa por capítulos, firmada por arquitecto/s (recomendada la del cliente)

- RD Trabajos de los Arquitectos

Artículo 15 Proyecto básico... Presupuesto con estimación global de cada capitulo, oficio o tecnología

- RD CTE Parte I V. Presupuesto. Presupuesto aproximado.

Valoración aproximada de la ejecución material de la obra proyectada por capítulos.

Estado de mediciones

- RD Trabajos de los Arquitectos

Artículo 15. Proyecto de ejecución...Estado de mediciones

- RD CTE Parte I IV. Mediciones.- Desarrollo por partidas, agrupadas en capítulos, conteniendo todas las descripciones técnicas necesarias para su descripción y valoración.

Presupuesto, cuadro de precios agrupados por capítulos incluso control de calidad

Resumen de presupuesto de ejecución material por capítulos y de obra

- RD Trabajos de los Arquitectos

Artículo 15. Proyecto de ejecución... Presupuesto obtenido por aplicación de precios unitarios de obra

- RD CTE Parte I V. Presupuesto. Presupuesto detallado.

Cuadro de precios agrupados por capítulos. Resumen por capítulos, con expresión del valor final de ejecución y contrata. Incluirá el presupuesto del control de calidad. Presupuesto del Estudio de Seguridad y Salud

Las referencias a los presupuestos también se expresan, con distintas condiciones en lo relativo a obra pública y en su aplicación a las Haciendas Locales:

- D 3410/75, de 25 de noviembre, Reglamento General de Contratación del Estado

Artículo 61. Un presupuesto formado por un estado de mediciones de elementos compuestos, especificando claramente el contenido de cada uno de ellos; un cuadro de los precios adoptados para los diferentes elementos compuestos y el correspondiente resumen o presupuesto general que comprenda todos los gastos, incluso de expropiaciones a realizar por la Administración.

Artículo 67. El cálculo de los precios de las distintas unidades de obra...

Artículo .68. Se denominará presupuesto de ejecución material...

- RD Legislativo 2/2000, de 16 de junio, Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Artículo 124 d)... 1. Los proyectos de obras deberán comprender, al menos:.....d) Un presupuesto, integrado o no por varios parciales, con expresión de los precios unitarios y de los descompuestos, en su caso, estado de mediciones y los detalles precisos para su valoración.

- RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Artículo 122.3. Un presupuesto formado por un estado de mediciones de elementos compuestos, especificando claramente el contenido de cada uno de ellos; un cuadro de los precios adoptados para los diferentes elementos compuestos y el correspondiente resumen o presupuesto general que comprenda todos los gastos

- Ley estatal 13/2003, de 23 mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas.

Artículo .228 Anteproyecto de construcción y explotación de la obra... deberá contener como mínimo... c) Un presupuesto que comprenda los gastos de ejecución de la obra, incluido el coste de las expropiaciones que hubiese que llevar a cabo, partiendo de las correspondientes mediciones aproximadas y valoraciones.

- Ley estatal 38/1988, de 28 de diciembre, De Haciendas locales

Artículo 104.1: “Cuando se conceda la licencia preceptiva se practicará una liquidación provisional, determinándose la base imponible en función del presupuesto presentado por los interesados, siempre que el mismo hubiera sido visado por el Colegio oficial correspondiente; en otro caso, la base imponible será determinada por los técnicos municipales de acuerdo con el coste estimado del proyecto.”

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En el caso de viviendas protegidas

- D 2114/1968, de 24 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del Texto Refundido de Viviendas de Protección oficial aprobado por decretos 2131/1963, de 24 de julio y 3964/1964, de 3 de diciembre.

Artículo 79 f)… El proyecto constará de… 5. Presupuesto de ejecución material…. 6. Presupuesto general…

- Ordenanzas Provisionales de Viviendas de Protección oficial aprobadas por la Orden ministerial de 29 de Mayo de 1969, modificadas por la orden ministerial de 4 de Mayo de 1970 y ampliadas por la Orden Ministerial. Normas de diseño.

Hoja resumen de presupuesto, firmada por arquitecto/s

- Estatutos COAM

Artículo 5 Funciones. 12. a) Acreditar la identidad del arquitecto o arquitectos.... y la asunción de la autoría responsable mediante el reconocimiento de su firma e intervención.

(Recomendada firma la de cliente)

- Código Civil.

Artículo 1254. El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.

Artículo 1261. No hay contrato sino cuando concurren los requisitos siguientes: 1) consentimiento de los contratantes; 2) objeto cierto que sea materia del contrato. 3) causa de la obligación que se establezca.

4 CROQUIS O PLANOS

Firma del arquitecto en todos los planos

- Estatutos CSCAE

Artículo 31. Visado.- Son objeto del visado colegial los trabajos profesionales que se reflejen documentalmente y estén autorizados con la firma del arquitecto.

- Estatutos COAM

Artículo 5 Funciones. 12. a) Acreditar la identidad del arquitecto o arquitectos.... y la asunción de la autoría responsable mediante el reconocimiento de su firma e intervención.

Artículo 27. Deberes de los colegiados... e) presentar a visado colegial todos los documentos profesionales que autorice con su firma.

(Recomendada firma la de cliente)

- Código Civil.

Artículo .1254. El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio

Artículo 1261. No hay contrato sino cuando concurren los requisitos siguientes: 1) consentimiento de los contratantes; 2) objeto cierto que sea materia del contrato. 3) causa de la obligación que se establezca

4.1 Planos de arquitectura

El conjunto de planos requeridos está implícito en R D 2512/1977 de 17 de junio de Tarifas de Honorarios de Arquitectos al hablar de Planos, en general, unido a la definición del alcance y razón de ser del contenido de cada fase. Su pormenor, se deriva de otra diversa legislación y normativa.

Plano de situación, con norte geográfico

- RD CTE Parte I Anejo I Contenido del Proyecto II. Planos

Plano de situación referido a planeamiento vigente, con referencias a puntos localizables y con indicación de norte geográfico.

- D 3410/1975, de 25 de noviembre, Reglamento General de Contratación del Estado

Artículo 61. 2. Los planos de situación generales y de conjunto...

Croquis o esquemas descriptivos

- RD Trabajos de los Arquitectos

1.5 Estudios previos. Croquis o dibujos a escala o sin ella

Plano de emplazamiento de edificio con linderos, alineaciones y demás condicionantes

- RD CTE Parte I Anejo I Contenido del Proyecto II. Planos

Plano de emplazamiento. Justificación urbanística, alineaciones, retranqueos, etc.

Plano de Urbanización: red viaria, acometidas

FICHAS DE AUTOCHEQUEO Y CONTROL DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN Pagina 18

- RD CTE Parte I Anejo I Contenido del Proyecto II. Planos

Plano de Urbanización. Red viaria, acometidas, etc

Planos del estado actual, en caso de rehabilitación, reforma, restauración, ampliación

- Orden del Ministerio de Instrucción Pública de 11 de marzo de 1936: Reglamento orgánico número 4, del COAM, aplicable a la Actuación Profesional y a su Control.

Artículo 10. Obras de Reforma. Reconocimiento del estado del edificio presentando los Documentos...

- RD Trabajos de los Arquitectos

1.8.2 Obras de ampliación, reforma y reparación... levantamiento de planos de este tipo de trabajos...

Plantas generales de distribución

Alzados de cada fachada

Secciones

- RD Trabajos de los Arquitectos

1.5 Anteproyecto... Planos de plantas, alzados y secciones a escala, sin acotar

1.5 Proyecto básico... Planos generales, a escala y acotados, de plantas, alzados y secciones

- RD CTE Parte I Anejo I Contenido del Proyecto II. Planos

Plantas generales. Acotadas, con indicación de escala y de usos, reflejando los elementos fijos y los de mobiliario cuando sea preciso para la comprobación de la funcionalidad de los espacios.

Alzados y secciones. Acotados, con indicación de escala y cotas de altura de plantas, gruesos de forjado, alturas totales, para comprobar el cumplimiento de los requisitos urbanísticos y funcionales.

Para la obra pública:

- D 3410/1975, de 25 de noviembre, Reglamento General de Contratación del Estado

Artículo .65. Los planos deberán ser lo suficientemente descriptivos para que puedan deducirse de ellos las mediciones que sirvan de base para las valoraciones pertinentes. Habrán de servir para la exacta realización de la obra...

- Ley estatal 13/2003, de 23 mayo , reguladora del contrato de concesión de obras públicas ( BOE 24 -05- 2003 )

Artículo 228. 2. b) Los planos de situación generales y de conjunto necesarios para la definición de la obra

- RD Legislativo 2/2000, de 16 de junio, Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Artículo 124. b)... los que delimiten la ocupación de terrenos y la restitución de servidumbres y demás derechos reales, en su caso, y servicios afectados por su ejecución.

- RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. (BOE 26/10/2001)

Artículo 122. Contenido de los anteproyectos 2. Los planos... Artículo 129. Contenido de los planos

Mayores precisiones para viviendas en régimen de protección:

- D 2114/1968, de 24 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del Texto Refundido de Viviendas de Protección oficial aprobado por decretos 2131/1963, de 24 de julio y 3964/1964, de 3 de diciembre.

Artículo 79 f) 2. Plano de situación a escala mínima 1:1000… 3. Planos de conjunto y detalle necesarios y suficientes para que la obra quede perfectamente definida para su realización.

- Ordenanzas Provisionales de Viviendas de Protección oficial aprobadas por la Orden ministerial de 29 de Mayo de 1969, modificadas por la orden ministerial de 4 de Mayo de 1970 y ampliadas por la Orden Ministerial de 16 de Mayo de 1974, y modificaciones introducidas por la Orden Ministerial de 21 de Febrero de 1981

Ordenanza 2ª. Proyecto de viviendas. 3. Planos de todas las plantas... con la indicación de la colocación de muebles y sentido de giro de las puertas en cada tipo de viviendas que comprenda el proyecto.

Planta de cubiertas, pendientes, recogida de aguas, ventilación, con instalaciones específica

- RD CTE Parte I Anejo I Contenido del Proyecto II. Planos

Planos de cubiertas con pendientes, puntos de recogidas de aguas, etc.

Detalles constructivos

- RD Trabajos de los Arquitectos

1.5 Proyecto de ejecución... Planos de detalle

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- RD CTE Parte I Anejo I Contenido del Proyecto II. Planos

Planos de definición constructiva. Documentación gráfica de detalles constructivos.

Mayores precisiones para viviendas en régimen de protección:

- Ordenanzas Provisionales de Viviendas de Protección oficial aprobadas por la Orden ministerial de 29 de Mayo de 1969, modificadas por la orden ministerial de 4 de Mayo de 1970 y ampliadas por la Orden Ministerial

Ordenanza 2ª. Proyecto de viviendas. 3...así como los planos de detalle necesarios para la completa definición de estas obras, a escala 1:20

Memoria gráfica de carpintería y elementos singulares

- RD CTE Parte I Anejo I Contenido del Proyecto II. Planos

Memorias gráficas. Indicación de soluciones concretas y elementos singulares: carpintería, cerrajería, etc.

4.2 Planos de Estructura

Planos de cimentación y estructura

- RD Trabajos de los Arquitectos

1.5 Proyecto de ejecución... Planos de cimentación y estructura

- D 462/1971, de 11 de marzo de 1971, sobre redacción de proyectos y dirección de obras de edificación.

Artículo 1.- En los proyectos de obras de edificación de cualquier tipo se hará constar expresamente... b) En la documentación grafica y planos: las referencias necesarias para la completa definición y conocimiento de la estructura y de las instalaciones de los edificios.

- RD CTE Parte I Anejo I Contenido del Proyecto II. Planos

Planos de estructura. Descripción gráfica y dimensional de todo el sistema estructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal). En los relativos a la cimentación se incluirá, además, su relación con el entorno inmediato y el conjunto de la obra.

Referencias sectoriales específicas en diversa normativa técnica

- RD 2661/1998, de 11 de Diciembre, por el que se aprueba la Instrucción De Hormigón Estructural EHE

- RD 1829/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba la Norma Básica de la Edificación NBE-EA-9. “Estructuras de acero en edificación".

- RD 1723/1990, de 20 de diciembre, por el que s aprueba la Norma Básica de la Edificación NBE FL-90“Muros Resistentes de Fábrica de Ladrillo”

- RD 642/2002, de 5 de julio, por el que se aprueba la "Instrucción para el proyecto y la ejecución de forjados unidireccionales de hormigón estructural realizados con elementos prefabricados (EFHE)”

4.3 Planos de instalaciones (esquemas y dimensionado)

Con carácter general, para todas las instalaciones, su obligatoriedad se deriva de:

- RD Trabajos de los Arquitectos

Artículo 15. Proyecto de ejecución. ... esquemas y dimensionamiento de instalaciones

- D 462/1971, de 11 de marzo de 1971, sobre redacción de proyectos y dirección de obras de edificación.

Artículo 1.- En los proyectos de obras de edificación de cualquier tipo se hará constar expresamente... b) En la documentación grafica y planos: las referencias necesarias para la completa definición y conocimiento de... las instalaciones de los edificios.

- RD CTE Parte I Anejo I Contenido del Proyecto II. Planos

Planos de instalaciones. Descripción gráfica y dimensional de las redes de cada instalación, plantas, secciones y detalles.

Saneamiento

- Orden del Ministerio de Instrucción Pública de 11 de marzo de 1936: Reglamento orgánico número 4, del COAM, aplicable a la Actuación Profesional y a su Control...

Artículo 10.... En los proyectos de edificios. Primero. En la Memoria:...d) Plano de la red general de desagües subterráneos, con los diámetros pendientes y registros.

Fontanería

- Orden de 9 de diciembre de 1975 por la que se aprueban las "Normas Básicas para las instalaciones interiores de suministro de agua".

Artículo 1. Se aprueban las Normas básicas para las instalaciones interiores de suministro de agua, que serán de obligada aplicación en todas las nuevas instalaciones...

- Orden 2106/1994, de 11 de noviembre, de la Consejería de Economía de la Comunidad de Madrid, por la

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que se establecen las normas sobre documentación, tramitación y prescripciones técnicas de las instalaciones interiores de suministro de agua.

Anejo 1. (Establece los tipos de instalaciones interiores de suministro de agua, que necesitan proyecto específico)

- Orden 1307/2002, de 3 de abril, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se establecen normas complementarias sobre tramitación de expedientes de instalaciones interiores de suministro de agua.

Artículo 1. Para la puesta en servicio de las instalaciones interiores de suministro de agua y su registro... se presentará...: Proyecto de instalación... suscrito por técnico competente y visado por su Colegio Oficial.

Artículo 2. (Amplia la definición de tipos de instalaciones interiores de suministro de agua, que necesitan proyecto específico)

Electricidad

- RD 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, cuyo artículo 18 desarrolla la: Instrucción técnica complementaria ITC-BT-04 del Reglamento electrotécnico para baja tensión: Documentación y puesta en servicio de las instalaciones

2. Documentación de las instalaciones

Las instalaciones en el ámbito de aplicación del presente Reglamento deben ejecutarse sobre la base de una documentación técnica que, en función de su importancia, deberá adoptar una de las siguientes modalidades:...

… Los planos serán los suficientes en número y detalle, tanto para dar una idea clara de las disposiciones que pretenden adoptarse en las instalaciones, como para que la Empresa instaladora que ejecute la instalación disponga de todos los datos necesarios para la realización de la misma.

Plano de prevención de incendios, condiciones de seguridad

Condiciones de seguridad que deben quedar reflejadas en os planos

- D 31/2003, de 13 de Marzo, Reglamento de Prevención de incendios de la Comunidad de Madrid

Artículo 4. Documentación. Condiciones de seguridad que deben quedar reflejadas en los planos:

Instalaciones térmicas, demanda y eficiencia energética, instalación de energía solar

- RD 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) y sus instrucciones técnicas complementarias (ITE)

Artículo 5. Proyectos de edificación de nueva planta. Todo proyecto de ejecución de un edificio de nueva planta, en el que se prevean algunas de las instalaciones objeto de este reglamento, debe incluir lo indicado en la correspondiente Instrucción técnica, así como fijar las dimensiones y características de los locales destinados a alojar los equipos que requiera la instalación. En la Memoria de dicho proyecto debe hacerse constar expresamente el cumplimiento de este reglamento.

Artículo 6. Visado de proyectos. Para extender visado de un proyecto, los colegios profesionales comprobarán que en su Memoria figure lo indicado en el Artículo anterior. Los organismos que, preceptivamente, extiendan visado técnico sobre proyectos comprobarán, además, que lo reseñado en dicho Artículo se ajusta a este reglamento.

Otras instalaciones, si procede

Como parte de la obligación general de documentar gráficamente las instalaciones del edificio, y sujeción a la normativa especializada de aplicación en función de la naturaleza de la instalación

5 DOCUMENTOS ANEXOS

Declaración relativa a proyectos parciales (y autores) coordinados en el proyecto presentado

- Ley estatal 38/1999, de 5 de noviembre, Ordenación de la edificación

Artículo 2. Ámbito de aplicación....3. Se consideran comprendidos en la edificación sus instalaciones fijas y el equipamiento propio, así como los elementos de urbanización que permanezcan adscritos al edificio.

Artículo 4. Proyecto... 2. Cuando el proyecto se desarrolle o complete mediante proyectos parciales u otros documentos técnicos sobre tecnologías específicas o instalaciones del edificio, se mantendrá entre todos ellos la necesaria coordinación sin que se produzca una duplicidad en la documentación ni en los honorarios a percibir por los autores de los distintos trabajos indicados.

- Acuerdo de Junta de Gobierno de 19 Julio 2004. Proyectos parciales

- RD CTE Parte I Artículo 6. Condiciones de proyecto 3.b).... El proyecto de ejecución incluirá los proyectos parciales u otros documentos técnicos... los cuales se integrarán en el proyecto como documentos diferenciados bajo la coordinación del proyectista.

Comunicación, en su caso, de licencia otorgada a básico con visado urbanístico negativo

- RD 2187/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística para el

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desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Artículo 50. 1. La Administración municipal otorgará o denegará la licencia a la vista de cuantos datos e informes obren en el expediente administrativo, y contra su resolución no cabrá otro recurso que el jurisdiccional, previo al de reposición.

2. La resolución por la que se otorgue o deniegue la licencia de construcción se notificará, en todo caso, al Colegio profesional que hubiere intervenido en el trámite del visado del proyecto correspondiente.

Estudio geotécnico o carta de compromiso

- Ley autonómica 02/1999, de 17 de marzo, Medidas para la calidad de la edificación de la Comunidad de Madrid

Artículo 4. Estudio geotécnico. 1. Previamente a la construcción de un edificio de nueva planta, deberán conocerse las características geotécnicas del terreno en donde vaya a ubicarse, para lo cual se harán los estudios pertinentes, que se incorporarán al proyecto en justificación de las soluciones que en el mismo se han adoptado. 2. Estos mismos estudios serán necesarios para las obras de reforma y rehabilitación que afecten a la cimentación o modifiquen, significativamente, los empujes que la estructura deba transmitir al terreno.

Otras referencias específicas en la normativa tecnológica:

- RD 2661/1998, de 11 de Diciembre, por el que se aprueba la Instrucción De Hormigón Estructural EHE

4.1. Generalidades... Todo Proyecto comprenderá:... Un estudio geotécnico de los terrenos sobre los que la obra se va a ejecutar, salvo cuando resulte incompatible con la naturaleza de la obra.

- RD CTE Parte I Anejo I Anejos a la memoria: Información geotécnica ...

La no aportación de estudio geotécnico en el momento de presentar a visado un proyecto de ejecución puede subsanarse mediante carta del arquitecto asumiendo el compromiso de posterior presentación, con anterioridad al inicio de las obras.

Estudio (o estudio básico) de seguridad y salud

- RD 1627/1997, D de 24 de octubre, por el que se establecen Disposiciones Mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras de Construcción.

Artículo 3... 1. En las obras... cuando en la elaboración del proyecto de obra intervengan varios proyectistas, el promotor designará un coordinador en materia de seguridad y de salud durante la elaboración del proyecto de obra. 2. El estudio contendrá, como mínimo, los siguientes documentos:.. a) Memoria descriptiva... b) Pliego de condiciones particulares... c) Planos... d) Mediciones... e) Presupuesto.

Artículo 17... 1. La inclusión en el proyecto de ejecución de obra del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico será requisito necesario para el visado de aquél por el Colegio profesional correspondiente...

- RD Legislativo 2/2000, de 16 de junio, Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Artículo 124 h) El estudio de seguridad y salud o, en su caso, el estudio básico de seguridad y salud, en los términos previstos en las normas de seguridad y salud en las obras.

- RD CTE Parte I Anejo I Anejos a la memoria: ... Estudio de Seguridad y Salud, o estudio básico, en su caso.

En el caso de proyectos para las administraciones públicas:

- RD 1098/2001 de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas

Artículo 136 Funciones de las oficinas o unidades de supervisión de proyectos. d) Verificar que el proyecto contiene el estudio de seguridad y salud o, en su caso, el estudio básico de seguridad y salud.

Proyecto de Infraestructuras Comunes de Telecomunicación

- RD 401/2003, de 4 de abril, Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios. Deroga y sustituye al RD 279/1999, de 22 de febrero.

Artículo 8. Proyecto técnico.1. Con objeto de garantizar que las redes de telecomunicaciones en el interior de los edificios cumplan con las normas técnicas establecidas en este reglamento, aquéllas deberán contar con el correspondiente proyecto técnico, firmado por un ingeniero de telecomunicación o un ingeniero técnico de telecomunicación de la especialidad correspondiente que, en su caso, actuará en coordinación con el autor del proyecto de edificación...

Solicitud libro de órdenes

- D 2114/1968, de 24 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del Texto Refundido de Viviendas de Protección Oficial aprobado por decretos 2131/1963, de 24 de julio y 3964/1964, de 3 de diciembre.

Art. 95. En las obras d construcción de Viviendas de Protección Oficial deberá existir:…un libro

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debidamente foliado, sellado y diligenciado…

El libro de órdenes y visitas deberá acompañarse por el promotor a la solicitud de la calificación definitiva…

- Orden de 9 de junio de 1971, del Ministerio de la Vivienda. Normas sobre el Libro de órdenes y asistencias. Modificación: Orden de 17 de julio de 1971

Artículo 2. El Libro de Órdenes y Asistencia será facilitado y diligenciado por el Colegio Oficial de Arquitectos que haya extendido el visado del proyecto técnico correspondiente, cuando el Arquitecto Director de la obra comunique su comienzo.

Estudio de Impacto Ambiental, en su caso

- Ley 2/2002, de 19 de Junio, Ley de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid

Artículo 28. Estudio de Impacto Ambiental

- RD CTE Parte I Anejo I Anejos a la memoria ... Estudio de impacto ambiental

Plan de Gestión de residuos

- ORDEN 2690/2006, de 28 de Julio, por el que se regula la gestión de residuos de construcción y demolición de la Comunidad de Madrid

Artículo 3. Régimen de control previo de la producción de residuos de construcción y demolición.

3.1 Obras sometidas a licencia municipal. … A) Junto con la solicitud de licencia de obras e incorporado al proyecto técnico de las mismas, se presentará un Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición...