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CLXXXIV. INFORME FINAL DE AUDITORÍA, DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2015

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CLXXXIV. INFORME FINAL DE AUDITORÍA,

DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2015

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1

DEPENDENCIA

OFICIALÍA MAYOR

AUDITORÍA FINANCIERA

Compras Consolidadas Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”

Auditoría ASCM/22/15

FUNDAMENTO LEGAL

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, fracción II,

sexto, séptimo, octavo y noveno párrafos, en relación con el 74, fracción VI, de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto

de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal; 1; 2, fracciones XIII y XXI, inciso a); 3; 8, fracciones I, II,

IV, VI, VII, VIII, IX y XIX; 9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22;

24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36, primer párrafo; y 37, fracción II, de la Ley de

Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones

V y VII; y 30 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México; y de

acuerdo con el Programa General de Auditoría Aprobado.

ANTECEDENTES

En el ejercicio de 2015, la Oficialía Mayor (OM) reportó un presupuesto ejercido de

1,317,675.0 miles de pesos, monto que representó un decremento en 8.2% (117,554.4 miles

de pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014.

Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo 2000

“Materiales y Suministros” fue de 19,473.5 miles de pesos, que representó el 1.5% del

total erogado por la dependencia y presentó un incremento de 35.4% (5,094.8 miles

de pesos) en relación con el presupuesto ejercido en el año anterior (14,378.7 miles de

pesos) y de 9.6% (1,698.5 miles de pesos) respecto del original autorizado en dicho

capítulo (17,775.0 miles de pesos).

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En la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015, apartado “ECG Análisis de Egresos

por Capítulo de Gasto”, la OM, en relación con el capítulo 2000 “Materiales y Suministros”

informó que “la variación se debe a que durante el ejercicio fue necesario dotar de más

recursos la adquisición de papelería, tóner y alimentos para CENDIS”.

OBJETIVO

El objetivo de la auditoría consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Oficialía

Mayor en el capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, se haya registrado, aprobado,

modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad

y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La selección de la presente auditoría se basó en los criterios generales “Importancia

Relativa” y “Exposición al Riesgo”, establecidos en el Manual de Selección de Auditorías

de la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM). En el primero, se consideró el

capítulo 2000 “Materiales y Suministros” debido a que en 2015 el presupuesto ejercido

(19,473.5 miles de pesos) presentó un incremento de 9.6% (1,698.5 miles de pesos)

respecto al presupuesto original (17,775.0 miles de pesos) y una variación de 35.4%

(5,094.8 miles de pesos) respecto del presupuesto ejercido en 2014 (14,378.7 miles de

pesos); y el segundo, por estar propensos a ineficiencias e incumplimientos de objetivos

y metas físicas y financieras.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos realizados en la fase

de planeación y del estudio y evaluación del sistema de control interno.

La auditoría se llevó a cabo en las Direcciones Generales de Administración y de Recursos

Materiales y Servicios Generales, ambas adscritas a la OM. La primera, por ser la unidad

administrativa encargada de administrar los recursos humanos, materiales y financieros;

de registrar las operaciones financieras; y de conservar la documentación justificativa

y comprobatoria del gasto, de acuerdo con las políticas, lineamientos, criterios y normas

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establecidos por la OM y por la Secretaría de Finanzas (SEFIN). La segunda, por ser el

área encargada de programar y realizar las compras consolidadas del Gobierno de la

Ciudad de México con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros” (excepto lo relativo

a la difusión y publicidad de programas gubernamentales), así como del pago centralizado

de la compra consolidada de papel bond para el ejercicio de 2015, conforme a los

Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios

de uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la

Centralización de Pagos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de mayo

de 2011, vigentes en 2015.

Para los trabajos de auditoría, se realizaron los siguientes procedimientos:

Evaluación del Control Interno

1. Se verificó que la OM haya contado con suficientes mecanismos de control para prevenir

y minimizar los riesgos que pudieran afectar la eficiencia y eficacia de las operaciones, la

obtención de información confiable y oportuna, el cumplimiento de la normatividad

aplicable al capítulo 2000 “Materiales y Suministros” y el logro de sus objetivos.

2. Se analizaron los antecedentes de la OM en las auditorías practicadas por la ASCM

con motivo de la revisión de las Cuentas Públicas de 2013 y 2014 en relación con el

capítulo 2000 “Materiales y Suministros”.

3. Se constató que la OM haya contado con la autorización de su estructura orgánica

vigente en 2015 y la existencia de áreas específicas responsables de llevar a cabo las

operaciones sujetas de revisión.

4. Se analizó el manual administrativo de la OM vigente en 2015, a fin de verificar si el

apartado de organización concuerda con la estructura orgánica aprobada y dictaminada;

y si, junto con los procedimientos aplicables al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”,

fueron autorizados por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA).

5. Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control a servidores

públicos de las Direcciones Generales de Administración y de Recursos Materiales

y Servicios Generales; relacionados con las actividades de registro, aprobación,

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modificación, compromiso, devengado, ejercicio del presupuesto y pago de operaciones

realizadas por la OM con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros” y de las

compras consolidadas de dicho capítulo.

Asimismo, mediante los cuestionarios se verificó que los procedimientos y la normatividad

relacionados con las operaciones de las compras consolidadas registradas con cargo al

capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, se hayan difundido entre el personal encargado

de su aplicación, que se encontraran actualizados y autorizados, y que las actividades

se hayan realizado de conformidad con dichos procedimientos.

6. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó si los mecanismos establecidos

hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias

a que estuvieron sujetas las operaciones revisadas.

Registro Contable y Presupuestal del Gasto

1. Se verificó que los registros contables y presupuestales del capítulo 2000 “Materiales y

Suministros” reflejaran la evolución del ejercicio presupuestal, así como cada uno de los

momentos contables de gasto (aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido

y pagado) y que coincidieran con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de

México de 2015.

2. Se constató que la OM haya elaborado Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC),

Documentos Múltiples (DM) y afectaciones programático-presupuestales con la intervención

del personal autorizado para el registro de las operaciones con cargo al capítulo 2000

“Materiales y Suministros” y que las registrara en la partida de gasto que le correspondiera

de acuerdo con su naturaleza y con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito

Federal vigente en 2015.

3. Se verificó que la OM no haya efectuado pagos de adeudos de ejercicios anteriores

con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros” y que éstos se hayan registrado

y reportado a la SEFIN en el ejercicio en que se devengaron.

4. Se verificó que las cifras de los informes y auxiliares coincidieran con lo reportado

en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.

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Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal y su Reglamento; del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de mayo de 2012;

y del Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, todos vigentes en 2015.

Gasto aprobado

1. Se verificó que la OM hubiese tramitado oportunamente ante la SEFIN la aprobación

de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y su Programa Operativo Anual (POA),

conforme a la normatividad aplicable.

2. Se analizaron el calendario presupuestal y el Analítico de Claves correspondientes

al ejercicio fiscal de 2015, a fin de verificar si el techo presupuestal reportado por la

dependencia se ajustó al autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

(ALDF) y al reportado por la SEFIN.

3. Se verificó que existiera congruencia entre los elementos que se consideraron para

determinar las metas físicas y financieras originales aprobadas en el Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015 publicado

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014 y las operaciones de

la OM; y que la dependencia haya contado con las autorizaciones de su presupuesto,

así como que las cifras correspondieran con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad

de México de 2015.

4. Se constató que el proceso de programación, presupuestación, integración (módulos de

integración por resultados y financiera), se haya ajustado al Manual de Programación-

Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2015,

a la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y a su Reglamento,

vigentes en 2015; y que la OM tuviera la documentación soporte del citado proceso.

Lo anterior, en cumplimiento del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal 2015 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de

diciembre de 2014; de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y de su

Reglamento; y del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación

del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2015, todos vigentes en 2015.

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Gasto modificado

1. Se analizaron 60 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el presupuesto

asignado al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”.

2. Se verificó que las modificaciones al presupuesto original asignado al capítulo 2000

“Materiales y Suministros” realizadas mediante afectaciones programático-presupuestales

se hayan sujetado al Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio

Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 4 diciembre de 2012 y a la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal, vigentes en 2015.

3. Se constató que las afectaciones programático-presupuestarias contaran con las

justificaciones correspondientes y que las cifras reportadas por la OM coincidieran con

lo reflejado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.

4. Se constató que la OM tuviera identificadas las causas por las cuales modificó el

presupuesto original del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”; que las modificaciones

realizadas al citado capítulo se encontraran autorizadas; y que dichas causas

reflejaran un proceso de programación o de planeación.

5. Se verificó que las cifras reportadas por la OM en informes y auxiliares coincidieran

con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

y su Reglamento; de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento;

del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; del Manual de

Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública

del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 diciembre de 2012;

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 28 de mayo de 2014 (Circular Uno de 2014)

y 18 de septiembre de 2015 (Circular Uno de 2015), todos vigentes en 2015.

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Se efectuaron pruebas de detalle para comprobar si los procedimientos y la normatividad

que regulan los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado con cargo al capítulo

2000 “Materiales y Suministros” y a las compras consolidadas de dicho capítulo.

Gasto comprometido

Se aplicaron durante el período auditado; particularmente, las pruebas consistieron

en lo siguiente:

1. Se analizaron los reportes mensuales sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes

de transferencias federales que fueron ejercidos con cargo al capítulo 2000 “Materiales

y Suministros”, a fin de conocer el presupuesto comprometido por la OM en el

ejercicio fiscal de 2015 y verificar que los recursos correspondieran a obligaciones de

pago respaldadas con documentos legales.

2. Se verificó que la compra consolidada de papel bond para el ejercicio 2015

seleccionada en la muestra de auditoría y a la cual se adhirió la OM, estuviera prevista

en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

(PAAAPS) de la OM autorizado; que se encontrara soportada con requisiciones de

compras y de servicios debidamente justificadas y firmadas por el personal que tuvo

atribuciones para autorizarlas; y que se contara con suficiencia presupuestal.

3. Se verificó que la OM haya conservado evidencia documental de la adhesión de los

entes del Gobierno de la Ciudad de México a la compra consolidada de papel bond

que realizó la OM para el ejercicio fiscal de 2015; que la citada compra consolidada

haya contado con suficiencia presupuestal previa a la adquisición de los bienes;

que se tuviera la autorización del titular de la dependencia para llevar a cabo la citada

compra consolidada mediante algún procedimiento distinto al de licitación o porque

se hayan excedido los montos de actuación y, en los casos procedentes, con la

aprobación del Comité de Autorizaciones de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios de la Administración Pública del Distrito Federal; que previamente a los

procesos de contratación se hayan realizado los estudios de precios de mercado.

4. Se revisó que los procedimientos de adquisición (licitación pública nacional o internacional,

invitación restringida a cuando menos tres proveedores o adjudicación directa) seleccionados

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como muestra se hubieran ajustado a la normatividad y a los montos de actuación

autorizados en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal 2015 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014;

que los expedientes de dichos procedimientos contaran con la documentación que

evidenciara las diferentes etapas del proceso de adquisición de los bienes y el cumplimiento

de los requisitos por parte de los proveedores; y que los citados expedientes tuvieran,

debidamente integrada la documentación legal y administrativa de los participantes

y de los proveedores adjudicados.

5. Se verificó que la compra consolidada de papel bond para el ejercicio 2015, haya

contado con los formatos de adhesión correspondientes; que se hubiera formalizado

mediante contratos en los plazos establecidos y que éstos reunieran los requisitos

mínimos que señalan la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento,

ambos vigentes en 2015; y en su caso, que se hayan realizado los convenios

modificatorios; que los proveedores con los que la OM formalizó los contratos no se

encontraran inhabilitados por la Contraloría General (CGCDMX) o por la Secretaría de

la Función Pública (SFP), que estuvieran al corriente en sus obligaciones fiscales

y que hayan presentado las garantías correspondientes por los montos establecidos, y en

su caso, los endosos correspondientes.

6. Se constató que los egresos seleccionados en la muestra de la compra consolidada de

papel bond para el ejercicio 2015 se hayan comprometido, de acuerdo con la normatividad

y ordenamientos aplicables.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

y su Reglamento; de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal;

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 28 de mayo de 2014 (Circular Uno de 2014)

y 18 de septiembre de 2015 (Circular Uno de 2015); el Manual de Reglas y Procedimientos

para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 diciembre de 2012; de los Lineamientos Generales

para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado

en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos,

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publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de mayo de 2011; de los contratos

revisados; y del manual administrativo en su apartado de organización de la Oficialía Mayor,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 17 de julio de 2013 y 27 de agosto

de 2015 (incluye el apartado de procedimientos), todos vigentes en 2015.

Gasto devengado

1. Se verificó que los entes del Gobierno de la Ciudad de México que se adhirieron a la

compra consolidada de papel bond para el ejercicio 2015, hayan recibido los bienes

adquiridos oportunamente y que correspondieran con las especificaciones establecidas

en los contratos respectivos.

2. Se verificó que se contara con controles o evidencia documental de la recepción

de los bienes adquiridos a satisfacción de la OM.

3. Se constató que se hayan recibido los bienes contratados seleccionados como muestra,

que se haya dado cumplimiento a los contratos y, en su caso, a los respectivos convenios

modificatorios.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

y su Reglamento; de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; de la

Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades

Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 28 de mayo de 2014 (Circular Uno de 2014)

y 18 de septiembre de 2015 (Circular Uno de 2015); de los contratos revisados; y del

manual administrativo de la Oficialía Mayor en su apartado de organización, publicado en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 17 de julio de 2013 y 27 de agosto de 2015

(incluye el apartado de procedimientos), todos vigentes en 2015.

Gasto ejercido

1. Se constató que los expedientes de las operaciones revisadas se encontraran debidamente

integrados; que se haya conservado la documentación justificativa y comprobatoria de

los pagos realizados.

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2. Se verificó que los proveedores a los que se les adjudicaron las compras consolidadas

seleccionadas en la muestra hayan entregado comprobantes de pago (facturas)

a nombre del Gobierno del Distrito Federal (en el caso de las dependencias, órganos

político-administrativos u órgano desconcentrados).

3. Se constató que las facturas cumplieran los requisitos fiscales establecidos en el

Código Fiscal de la Federación vigente en 2015; que los pagos se hayan efectuado

por servicios que cumplieran con las especificaciones establecidas en los contratos.

4. Se verificó que los pagos realizados hayan sido por la adquisición de los bienes que

cumplieron las condiciones pactadas en los contratos; en su caso, que se hayan

aplicado correctamente las penas convencionales o sanciones a los proveedores por

incumplimiento de las condiciones pactadas en los contratos revisados, y que, en su

caso, se hayan hecho efectivas las garantías correspondientes; que se hayan elaborado

y tramitado las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) de operaciones ajenas por

el importe de las sanciones aplicadas y los impuestos retenidos.

5. Se constató que las CLC de las operaciones revisadas se hayan expedido con los

requisitos, en las condiciones y oportunidad correspondiente.

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal y su Reglamento; de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para

las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito,

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 28 de mayo de 2014 (Circular Uno

de 2014) y 18 de septiembre de 2015 (Circular Uno de 2015); del Manual de Reglas

y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito

Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 diciembre de 2012; de los

contratos revisados; y del Manual Administrativo de la Oficialía Mayor del Gobierno de la

Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 17 de julio

de 2013 y 27 de agosto de 2015 (incluye el apartado de procedimientos), todos vigentes en 2015.

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Gasto pagado

1. Se confirmaron operaciones con dos proveedores con los cuales la OM formalizó los

contratos revisados y con seis entes del Gobierno de la Ciudad de México que se

adhirieron a la compra consolidada (seleccionados como muestra de auditoría) para

verificar los procesos de contratación, facturación y pago; y que los pagos correspondieran

con los bienes adquiridos, por las cantidades establecidas, que se hayan cumplido las

condiciones pactadas en los contratos y, en su caso, se hayan aplicado los descuentos

por sanciones o penas convencionales correspondientes y que los citados pagos se

hubiesen realizado vía electrónica o cheque con las autorizaciones correspondientes.

2. Se verificó que la documentación proporcionada por los proveedores correspondiera

con la entregada por la OM y por los entes del Gobierno de la Ciudad de México que

se adhirieron a la compra consolidada en revisión.

3. Se verificó que la OM haya registrado y comunicado a la SEFIN el reporte del pasivo

circulante 2015 con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”.

Los procedimientos analíticos sustantivos se efectuaron para verificar si las operaciones

relacionadas con la compra consolidada capítulo 2000 “Materiales y Suministros” produjeron

los resultados deseados, si se presentaron desviaciones o deficiencias, o si existieron

oportunidades de mejora. Los procedimientos consistieron en integrar por partidas de gasto

el presupuesto ejercido por la OM con cargo a dicho capítulo; en constatar que los

registros contables y presupuestales correspondieran a los establecidos en la Normatividad

Contable de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2015; y que las cifras

presupuestarias reportadas por el sujeto fiscalizado a la SEFIN coincidieran con las

asentadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.

Asimismo, se identificaron y analizaron los tipos de afectaciones y movimientos que

modificaron el presupuesto original del capítulo 2000 “Materiales y Suministros” de la OM, que

se encontraran debidamente registradas y soportadas con la documentación correspondiente

(afectaciones presupuestarias y programáticas y justificación).

Se verificó que la OM y los entes del Gobierno de la Ciudad de México que se adhirieron

a las compras consolidadas seleccionadas en la muestra conservaran la documentación

original, justificativa y comprobatoria de los pagos realizados.

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Además, se constató que la OM contara con expedientes debidamente integrados con la

documentación legal y administrativa de los proveedores a los que fueron adjudicados los

contratos consolidados para la adquisición de papel bond correspondientes al ejercicio

fiscal de 2015; y se realizó la confirmación de operaciones con citados los proveedores.

La muestra de auditoría se determinó a partir del total de los contratos de las compras

consolidadas que la OM informó que realizó en el ejercicio fiscal 2015 con cargo al capítulo

2000 “Materiales y Suministros” y por las que comprometió, mediante contratos consolidados

con sus respectivos convenios modificatorios, un total de 2,431,586.4 miles de pesos;

y derivado de los trabajos realizados en la fase de planeación de la auditoría, así como del

estudio y evaluación del sistema de control interno en el cual se estableció que la OM no tuvo

controles para determinar el número de Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) o número de

transferencias electrónicas o cheques de los entes del Gobierno de la Ciudad de México

que se adhirieron a las compras consolidadas realizadas en el ejercicio fiscal de 2015, por

lo que se estableció revisar 72,579.9 miles de pesos que correspondieron a la compra

consolidada de papel bond 2015 con cargo a la partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos

Menores de Oficina”, lo que representó el 83.0% del total contratado (87,459.0 miles de pesos)

y el 3.0% del universo de los contratos consolidados del citado capítulo.

La compra consolidada seleccionada fue la adquisición de papel bond correspondiente

al ejercicio fiscal 2015, de acuerdo con lo siguiente:

(Miles de pesos y por cientos)

Partida

Universo de contratos consolidados Muestra

Concepto Número Importe Número Importe contratado

Porcentaje de compra

consolidada

Porcentaje del total de compras

consolidadas

2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”

Suministros de papel bond

14 87,459.0 14 72,579.9 83.0 3.0

Otras cinco partidas Combustible; llantas, cámaras y corbatas; vestuarios para operativos; prendas de seguridad; impermeables y botas; y calzado para operativos. 230 2,344,127.4 0 0 0 0

Total de compras consolidadas capítulo 2000 “Materiales y Suministros”

244 2,431,586.4 14 72,579.9 83.0 3.0

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La selección de las compras consolidadas por revisar se realizó considerando los siguientes

criterios:

1. Se integraron las compras consolidadas del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”

de 2015 que la OM realizó y se seleccionó la cuarta compra consolidada más representativa

de las ocho que realizó la dependencia en 2015.

2. Se identificaron las partidas en las que se registraron los contratos de las compras

consolidadas del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”.

Las operaciones seleccionadas en la muestra de auditoría correspondieron a una

adjudicación directa y una licitación pública nacional consolidada que realizó la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales, área adscrita a la OM.

3. La muestra seleccionada se determinó considerando la metodología indicada en el

Manual del Proceso General de Fiscalización, así como en el Boletín 6020 “El Muestreo

en la Auditoría” de la Guía de Auditoría emitida por la Comisión de Normas de

Auditoría y Aseguramiento del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, y las Normas

Internacionales de Auditoría (NIA) 530 “Muestreo de Auditoría” conjuntamente con las

Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI) 1530 “Muestreo

de Auditoría” emitidas por el Comité de Normas Profesionales de la Organización

Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI).

El alcance de la revisión a nivel de partida de gasto se señala a continuación:

Capítulo 2000 “Materiales y Suministros”

Partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”

Se revisó el 83.0% (72,579.9 miles de pesos) de la compra consolidada de papel bond

para el ejercicio 2015 del monto contratado con cargo a la partida 2111 “Materiales, Útiles

y Equipos Menores de Oficina”, por un total de 87,459.0 miles de pesos de la compra

consolidada papel bond para el ejercicio 2015, los cuales derivaron de los procesos de

adjudicación directa núm. AD/DGRMSG/01/15 y la licitación pública nacional consolidada

núm. OM-DGRMSG-001-15.

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RESULTADOS

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

A fin de identificar las unidades administrativas de la OM que estuvieron encargadas del

control y registro (aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado)

de las erogaciones con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros” de dicha

dependencia y de las compras consolidadas que realizó del citado capítulo y los pagos

con cargo a los presupuestos de los entes del Sector Central de la Ciudad de México que

se adhirieron a ellas; y para conocer sus funciones, objetivos y actividades, se analizaron

el dictamen de estructura orgánica y los manuales administrativos (apartados de organización

y procedimientos) de la dependencia, vigentes en 2015.

Asimismo, se aplicaron cuestionarios de control interno utilizando la metodología COSO

(Committee of Sponsoring Organizations of the Treadway Commission) a servidores públicos

de la OM relacionados con el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo,

ejercicio y pago derivado de las compras consolidadas con cargo al capítulo 2000 “Materiales

y Suministros”. Además, se elaboró una matriz de control y un mapa de riesgos con los

que se identificaron los riesgos de las operaciones revisadas y los objetivos específicos

de control. Al respecto, se determinó lo siguiente:

Estructura Orgánica

1. En el ejercicio fiscal de 2015 la OM contó con el dictamen de estructura orgánica

núm. 4/2014, el cual fue autorizado por la CGMA y que comunicó mediante el oficio núm.

OM/080BIS/2014 del 20 de marzo de 2014, el cual entró en vigor a partir del 16 de marzo

de 2014 y estuvo vigente del 16 de marzo de 2014 al 31 de diciembre de 2015.

En dicho dictamen, se establecieron tres Coordinaciones Generales (de Apoyo

Administrativo; de Modernización Administrativa; y de Comunicación Social); además se

reestructuró la OM con cinco Direcciones Generales (de Administración; de Administración

y Desarrollo de Personal; de Recursos Materiales y Servicios Generales; de Patrimonio

Inmobiliario; y de Gobernabilidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones).

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2. Los trabajos de auditoría se realizaron en las Direcciones Generales de Administración

y de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM. La primera, por ser la unidad

administrativa encargada de administrar los recursos humanos, materiales y financieros,

de registrar las operaciones financieras y de conservar la documentación justificativa

y comprobatoria del gasto conforme a las políticas, lineamientos, criterios y normas

establecidos por la OM y por la SEFIN relacionadas con los recursos con cargo al

capítulo 2000 “Materiales y Suministros”; y la segunda, por ser el área responsable de

efectuar los procesos de adquisición de las compras consolidadas del capítulo 2000

“Materiales y Suministros” y de elaborar las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)

de los pagos que derivaron de los entes del Sector Central del Gobierno de la Ciudad de

México, o en su caso, de solicitar el pago correspondiente conforme a lo establecido

en los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de

Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito

Federal, así como para la Centralización de Pagos, publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 13 de mayo de 2011, vigentes en 2015.

Manual Administrativo

1. En 2015, la OM contó con dos manuales administrativos (apartado de organización),

como se detalla a continuación:

a) Con el oficio núm. CG/CGMA/0723/2013 del 22 de abril de 2013, la CGMA notificó

el registro del manual administrativo (apartado de organización) núm. MA-104-9/09,

elaborado con base en el dictamen de estructura orgánica núm. 9/2009, el cual

fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de julio de 2013.

Dicho manual estuvo vigente del 17 de julio de 2013 al 26 de agosto de 2015

y su difusión entre las áreas y el personal responsable se realizó mediante

los oficios núms. OM/CGAA/DEATT/071/2013, OM/CGAA/DEATT/073/2013

y OM/CGAA/DEATT/074/2013 todos del 23 de julio de 2013; y OM/DGA/2984/2013

del 30 de julio de 2013.

b) Mediante el oficio núm. OM/CGMA/1427/2015 del 30 de julio de 2015 con sello de

notificación del 5 de agosto de 2015, la CGMA registró el manual administrativo de la

OM (apartados de organización y de procedimientos) núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014,

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elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 4/2014, el cual estuvo

vigente del 27 de agosto al 31 de diciembre de 2015; y fue publicado en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 27 de agosto de 2015.

Se determinó que la CGMA notificó el citado manual a la OM el 5 de agosto de 2015

y ésta lo publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de agosto de 2015 (dicha

publicación debió ser el 26 de agosto de 2015), es decir, un día después del plazo

establecido.

En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, el sujeto fiscalizado

no presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por haber publicado el manual administrativo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,

un día hábil posterior al plazo establecido, la OM incumplió el lineamiento trigésimo

octavo de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos

y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014,

vigente en 2015, que establece:

“Los titulares de los Órganos de la Administración y de los Órganos Administrativos,

que hayan obtenido el registro de sus Manuales, deberán gestionar su publicación

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes

a la notificación del Registro respectivo.”

La difusión interna del manual en mención, se realizó con los oficios núms.

OM/DGRMSG/1444/2015 del 27 de agosto de 2015, OM/DGRMSG/DA/737/2015

del 1o. de septiembre de 2015, DGRMSG/DSG/1649/2015 del 2 de septiembre de 2015

y OM/0556/2015 del 3 de septiembre de 2015; así como con las notas informativas

núms. DCOF/001/2016 y DRL/0002/2016 del 8 de enero de 2016; DDP/005/2016,

DAP/005/2016 y DCPN/029/2016 del 11 de enero de 2016; y DGADP/000054/2016

del 14 de enero de 2016 y que se encuentran incorporados en archivos electrónicos

en la página de transparencia de la OM.

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2. En relación con el manual administrativo (apartado de procedimientos) vigente 2015,

se determinó lo siguiente:

a) Con los oficios núms. CG/CGMA/DDO/0127/11 del 13 de enero de 2011

y CG/CGMA/DEDDEO/3273/2011 del 13 de julio de 2011, la CGMA notificó el registro

de 35 procedimientos administrativos al manual administrativo de la Dirección General

de Administración de la OM núm. MA-12007-9/09, elaborados conforme al dictamen de

estructura orgánica núm. 9/2009; los listados de los procedimientos fueron publicados

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 29 de marzo y 11 de agosto de 2011

y estuvieron vigentes a partir de la fecha de su publicación y hasta el 26 de agosto

de 2015 y fueron difundidos entre el personal encargado de su aplicación con los oficios

núms. OM/DGA/191/2011 del 2 de febrero de 2011 y OM/DGA/1589 del 29 de julio

de 2011.

Del citado manual, se identificaron cuatro procedimientos que se relacionaron con

la autorización, aprobación, control, supervisión y segregación de actividades de

las operaciones del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”.

b) Mediante el oficio núm. CGMA/2079/06 del 9 de agosto de 2006, la CGMA notificó

el registro de 68 procedimientos administrativos en el manual administrativo

de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

núm. MA-12003-0505, elaborados conforme al dictamen de estructura orgánica

núm. 05/2005, de los cuales 9 procedimientos se relacionaron con la autorización,

aprobación, control, supervisión y segregación de actividades de las operaciones

de las compras consolidadas del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”.

Al respecto, la OM proporcionó su manual administrativo (apartado de organización

y procedimientos) núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014, el cual fue publicado en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de agosto de 2015 (señalado en el numeral 3,

inciso b) del presente resultado), por lo que el sujeto fiscalizado demostró que ha

actualizado sus procedimientos, los ha publicado y difundido entre el personal

encargado de su aplicación; por lo tanto no se emite observación alguna.

c) El manual administrativo de la OM núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014 incluyó

113 procedimientos, de los cuales 54 corresponden a la Dirección General

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de Administración y 59 a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales, 25 de ellos se relacionaron con la autorización, aprobación, control,

supervisión y segregación de actividades de las operaciones del capítulo 2000

“Materiales y Suministros”, como se muestra a continuación:

Área Número

de procedimientos

Dirección General de Administración 9

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales 16

Total 25

Según el cuadro anterior, el manual administrativo de la OM contó con procedimientos

relacionados con la operación del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, los cuales

se clasificaron conforme a los momentos contables de gasto como se detalla

a continuación:

Momento contable

Número de procedimientos

Total Dirección General de Administración

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

Aprobado 2 3 5

Modificado 1 2 3

Comprometido 1 2 3

Devengado 1 3 4

Ejercido 3 1 4

Pagado 1 5 6

Total 9 16 25

En el análisis de los 25 procedimientos, se constató que contaron con los elementos

de control interno: ambiente de control, evaluación de riesgos, actividades de control,

información y comunicación, así como actividades de supervisión.

d) La OM es la unidad administrativa de la Administración Pública del Gobierno de la

Ciudad de México, responsable de efectuar los procedimientos de adquisición

consolidada de bienes de uso generalizado que requieran las dependencias,

delegaciones, órganos desconcentrados, entidades y, en su caso, órganos autónomos,

que se adhieran a tales procedimientos; así como de efectuar, en su caso, el pago

centralizado derivado de dichas contrataciones, por lo que se analizaron los

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procedimientos específicos que regulan estas operaciones y se determinó que

10 estuvieron vigentes en 2015 y se determinó su clasificación atendiendo el

momento contable como parte de los elementos del control interno como se muestra

a continuación:

● Comprometido: “Proceso de Elaboración de Fichas y Anexos Técnicos

de las Partidas Consolidadas por la Dirección de Seguimiento Sectorial y

Telecomunicaciones”; “Proceso General de Adhesión Consolidada de la

Dirección de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones”; “Elaboración de

Contratos o Convenios Consolidados Derivados de la Adquisición, Arrendamiento

de Bienes o Servicios”; “Sondeo de Mercado para las Contrataciones

Consolidadas”; “Adquisición Consolidada a través de Licitación Pública”;

“Adquisición Consolidada a través de Invitación Restringida a cuando menos

Tres Proveedores”; y “Adquisición Consolidada a través de Adjudicación Directa”.

● Devengado: “Administración de los Contratos y/o Convenios Consolidados de

la Dirección de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones”; “Coordinación

de la Entrega-recepción de Bienes en los Almacenes de las Unidades

Administrativas Adheridas a Contratos Consolidados” y “Administración de los

Contratos y/o Convenios Consolidados”.

En el análisis de los 10 procedimientos relacionados anteriormente, se observó que

para las compras consolidadas la OM cuenta con los elementos de control interno:

ambiente de control, evaluación de riesgos, actividades de control, información

y comunicación, así como actividades de supervisión, parcialmente cubiertos, por lo

que su manual administrativo, en su apartado de procedimientos, debe ser actualizado.

3. El manual administrativo (apartados de organización y de procedimientos) de la OM

núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014 no estuvo actualizado, de acuerdo con lo siguiente:

a) El apartado de organización de la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la OM no establece la función o atribución para que la

Dirección de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones y la Subdirección de

Seguimiento Sectorial autorizaran CLC de las compras consolidadas del capítulo

2000 “Materiales y Suministros”; y para que la Subdirección de Telecomunicaciones

y Fotocopiado elaborara CLC de dichas compras consolidadas.

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En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, el sujeto fiscalizado

no acreditó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por no contar con el manual administrativo actualizado que estableciera la función

o atribución para que la Dirección de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones y la

Subdirección de Seguimiento Sectorial autorizaran CLC de las compras consolidadas

del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”; y para que la Subdirección de

Telecomunicaciones y Fotocopiado elaborara CLC de dichas compras consolidadas,

la OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos

Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación

de la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015, que establece:

“Los Órganos de la Administración y los Órganos Administrativos deberán

actualizar sus Manuales cuando se presenten los supuestos siguientes: […]

”III. Inclusión, actualización o eliminación de procedimientos derivados de la dinámica

organizacional.”

b) La Dirección General de Administración de la OM no acreditó procedimientos para

la realización de licitaciones públicas, invitaciones restringidas a cuando menos

tres proveedores, adjudicaciones directas; elaboración del PAAAPS y sus

modificaciones; elaboración y trámite de requisiciones de compra o servicio;

registro de entrada y salida de los bienes en el almacén; y adhesión a las

compras consolidadas del Gobierno de la Ciudad de México.

En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, el sujeto fiscalizado

no presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por no contar con los procedimientos para la realización de licitaciones públicas,

invitaciones restringidas a cuando menos tres proveedores, adjudicaciones

directas; elaboración del PAAAPS y sus modificaciones; elaboración y trámite de

requisiciones de compra o servicio; registro de entrada y salida de los bienes en

el almacén; y adhesión a las compras consolidadas del Gobierno de la Ciudad

de México, la OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los

Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos

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de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.

c) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM no

acreditó que el citado manual administrativo estableciera documento alguno relativo

al control, ejercicio, pago, operación, informes de las compras consolidadas

que realizó y de los pagos que efectuó y periodicidad en su emisión, con cargo

a los presupuestos de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a las

compras consolidadas, así como de la salvaguarda de la información y documentación

que se generó en las compras consolidadas.

En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, el sujeto fiscalizado

no acreditó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por no establecer los documentos relativos al control, ejercicio, pago, operación,

informes de las compras consolidadas que realizó y de los pagos que efectuó

y periodicidad en su emisión, con cargo a los presupuestos de los entes del Sector

Central del Gobierno de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras

consolidadas del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, así como de la salvaguarda de

la información y documentación generada en dichas compras consolidadas, la OM

incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos Generales

para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la

Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.

d) En relación con el ambiente de control, las actividades de control, la administración

de riesgos, la información, comunicación y supervisión, se evaluó el sistema de

control interno de la OM con base en los componentes del control interno del modelo

COSO y se realizó lo siguiente:

● Con los oficios núms. OM/DGRMSG/1981/2016 del 6 de septiembre de 2016

y OM/DGA/3339/2016 del 7 de septiembre de 2016, las Direcciones

Generales de Recursos Materiales y Servicios Generales y de Administración

de la OM proporcionaron la respuesta al cuestionario para evaluar el ambiente

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de control, los riesgos, las actividades de control, de información, de comunicación

y de supervisión; al analizar las respuestas, se determinó que en el ejercicio

fiscal de 2015, las unidades administrativas que se encargaron de realizar las

operaciones del capítulo 2000 “Materiales y Suministros” y de las compras

consolidadas de dicho capítulo tuvieron asignada autoridad, responsabilidad

y actividades las cuales se encontraron definidas en documentos autorizados

como son el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal vigente en 2015 y su manual administrativo (apartados de organización

y de procedimientos) vigente en 2015.

● Con objeto de evaluar la probabilidad de ocurrencia de los riesgos

identificados y el grado de impacto que pudieran afectar el ejercicio de los

recursos con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros” y de las

compras consolidadas de dicho capítulo, se elaboró un mapa de riesgos con

base en las observaciones emitidas en auditorías anteriores realizadas por la

Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM) a dicho capítulo. De su

evaluación, se determinó que la mayoría de los riesgos identificados fueron

estratégicos, es decir, requieren para su atención de acciones de las áreas

internas de la OM por la probabilidad de ocurrencia y por la necesidad

de implementar controles relacionados con la actualización de manuales

administrativos; establecimiento de funciones para la realización de los trabajos

relacionados con el capítulo 2000 “Materiales y Suministros”; deficiencias

de control en la presentación de informes en los plazos que establece la

normatividad aplicable; control en las garantías de cumplimiento de los contratos

y la verificación de que los proveedores se encuentren al corriente en sus

obligaciones fiscales al formalizar contratos con la dependencia.

● En el análisis de los procedimientos administrativos de las Direcciones

Generales de Administración y de Recursos Materiales y Servicios Generales

de la OM, se determinó que en el ejercicio fiscal de 2015, dichos procedimientos

establecieron la elaboración de informes que se relacionaron con el control

de las operaciones de los recursos con cargo al capítulo 2000 “Materiales

y Suministros” y su comunicación entre las áreas encargadas de recibir,

analizar y revisar dichos informes.

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Por lo anterior, con base en el resultado del estudio y evaluación del control interno, se

determinó que la OM tuvo un grado de madurez inicial al contar con elementos de control que

se encontraron definidos y autorizados y que permitieron la realización de sus actividades

sustantivas; se constató que las áreas estuvieron estructuradas de acuerdo con el dictamen

de estructura orgánica de la OM vigente en 2015; sin embargo, del 1o. de enero al 26 de

agosto de 2015, dichas áreas trabajaron con funciones y procedimientos que no estuvieron

actualizados conforme el citado dictamen de estructura orgánica que promoviera

y garantizara el cumplimiento de la normatividad vigente en 2015 y que mitigara los riesgos de

registro y control de las operaciones del capítulo 2000 “Materiales y Suministros” y de las

compras consolidadas de dicho capítulo. Asimismo, la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales OM no acreditó que su manual administrativo

estableciera los documentos relativos al control, ejercicio, pago, operación, informes de

las compras consolidadas que realizó y de los pagos que efectuó y periodicidad de su

emisión, del control de los pagos que efectuó con cargo a los presupuestos de los entes

del Sector Central del Gobierno de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras

consolidadas, así como de la salvaguarda de la información y documentación generada

en las citadas compras consolidadas.

Además, la OM publicó su manual administrativo núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014 en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal, un día hábil después del plazo establecido en los

Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de

Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, vigentes en 2015. Asimismo, se

constató que el citado manual no estuvo actualizado, ya que presentó las siguientes

deficiencias de control:

La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, en el apartado

de organización, no acreditó que haya establecido la función o atribución para que la

Dirección de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones y la Subdirección de Seguimiento

Sectorial autorizaran las CLC de las compras consolidadas del capítulo 2000 “Materiales

y Suministros”; ni para que la Subdirección de Telecomunicaciones y Fotocopiado

elaborara CLC de dichas compras consolidadas.

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La Dirección General de Administración no acreditó tener procedimientos administrativos

autorizados para la realización de licitaciones públicas, invitaciones restringidas a cuando

menos tres proveedores, adjudicaciones directas; elaboración del PAAAPS y sus modificaciones;

elaboración y trámite de requisiciones de compra o servicio; registro de entrada y salida

de los bienes en el almacén; y adhesión a las compras consolidadas del Gobierno de

la Ciudad de México.

En la revisión de la Cuenta Pública 2013, en el informe de la Auditoría con clave

AFLA/117/13, practicada a la OM, resultado número 1, recomendación AFLA-117-13-03-OM,

se considera el mecanismo para prevenir la falta de procedimientos administrativos para

la realización de licitaciones públicas, invitaciones restringidas a cuando menos tres

proveedores, adjudicaciones directas; elaboración del PAAAPS y sus modificaciones;

elaboración y trámite de requisiciones de compra o servicio; registro de entrada y salida

de los bienes en el almacén; y adhesión a las compras consolidadas, por lo que se dará

tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

En la revisión de la Cuenta Pública 2014, el informe de la auditoría ASCM/21/14

practicada a la OM, resultado núm. 1, recomendación ASCM-21-14-1-OM, se considera

el mecanismo para que asegure que la dependencia establezca funciones o atribuciones

para que la Dirección de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones y la Subdirección

de Seguimiento Sectorial autorizaran las CLC de las compras consolidadas del capítulo

2000 “Materiales y Suministros”; y para que la Subdirección de Telecomunicaciones

y Fotocopiado elaborara las CLC de las compras consolidadas con cargo a la partida

2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”, por lo que se dará tratamiento a dicha

circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

En el informe de la auditoría ASCM/21/15 practicada a la OM, resultado núm. 1, recomendación

ASCM-21-15-1-OM, se sugiere que implemente un mecanismo de control para que sus

manuales administrativos sean publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en

el plazo que establecen los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales

Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito

Federal, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento

de la recomendación citada.

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Asimismo, en el informe de la auditoría ASCM/21/15 practicada a la OM, resultado núm. 1,

recomendación ASCM-21-15-4-OM, se sugiere que implemente un mecanismo de control

que aseguren la elaboración, entrega en tiempo y forma, y resguardo de toda la documentación,

informes y reportes relativos a las operaciones de compras consolidadas en las que

participe como Unidad Administrativa Consolidadora, de conformidad con los Lineamientos

Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la

Administración Pública del Distrito Federal y Lineamientos Generales para Consolidar

en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de

Pagos, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento

de la recomendación citada.

Armonización Contable

2. Resultado

Se verificó si la OM, en cuanto al ejercicio de su presupuesto como unidad ejecutora del

gasto con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, cumplió lo establecido en la

Ley General de Contabilidad Gubernamental y en las normas emitidas por el Consejo

Nacional de Armonización Contable (CONAC), según lo establecido en los artículos 121

y 123 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigentes en 2015.

Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. El 31 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley

General de Contabilidad Gubernamental, con vigencia a partir del 1o. de enero de 2009

y vigente en 2015, con objeto de establecer los criterios generales que regirían la

contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes

públicos, y lograr su adecuada armonización, de conformidad con el artículo 4, fracción I,

de dicha Ley, vigente en 2015, que establece:

“Armonización: la revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables

vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones

jurídicas que las rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones, de la

información que deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las

características y contenido de los principales informes de rendición de cuentas.”

Page 28: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

26

En este punto en particular, a la OM no le aplicó la norma citada, ya que no emitió

información contable y financiera, debido a que ésta se concentra en la SEFIN, según

lo establecido en los artículos 122 y 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente en 2015.

Se verificó el cumplimiento de las conciliaciones programático-presupuestales de

conformidad con lo establecido en el artículo 123 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.

2. Con el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/DC/261/2016 del 29 de julio de 2016, la

Dirección de Contabilidad de la Dirección General de Contabilidad, Normatividad

y Cuenta Pública de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN proporcionó las

cuentas de mayor afectación y los registros de las operaciones que fueron afectadas

en la situación financiera en la Ciudad de México durante 2015, por un importe de

19,473.5 miles de pesos y que la OM ejerció con cargo al capítulo 2000 “Materiales y

Suministros” correspondiente a las etapas del presupuesto aprobado, modificado,

comprometido, devengado y ejercido. Dicha información correspondió únicamente a la

OM y no a los entes del Gobierno de la Ciudad de México que se adhirieron a las

compras consolidadas en el ejercicio fiscal de 2015.

3. Con el oficio núm. OM/DGA/3713/2016 del 6 de octubre de 2016, la Dirección General

de Administración de la OM respondió el cuestionario de contabilidad aplicado por esta

entidad de fiscalización para evaluar el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad

Gubernamental vigente en 2015. De acuerdo con dicha respuesta y con la información

proporcionada por la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública

de la SEFIN, la OM (por medio de la SEFIN) ha dado cumplimiento a las disposiciones

de la Ley General de Contabilidad Gubernamental que se refieren a la instauración de

medidas para cumplir los requerimientos y obligaciones relacionadas con la armonización

contable, como son la emisión de información contable y presupuestaria sobre la base

de clasificaciones administrativas, económicas y programáticas; la emisión del Informe de

Cuenta Pública 2015, mediante consultas realizadas a la SEFIN; y el uso del sistema

informático implementado por dicha dependencia.

4. La OM reportó en los Estados Analíticos de Egresos Presupuestarios de la Cuenta

Pública de la Ciudad de México de 2015, los montos ejercidos por partida en las

compras consolidadas; sin embargo, ésta no incluye un apartado específico donde

se detalle ese tipo de adquisiciones.

Page 29: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

27

Por lo anterior, se concluye que la OM, por conducto de la SEFIN, sin considerar el presupuesto

de los entes del Gobierno de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras

consolidadas que dicha dependencia efectuó con cargo al citado capítulo, realizó el registro

contable de las etapas del presupuesto aprobado, modificado, comprometido, devengado

y ejercido de la OM por 19,473.5 miles de pesos con cargo al capítulo 2000 “Materiales y

Suministros”, mediante la elaboración de las cuentas de mayor afectación y los registros de las

operaciones de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los artículos

121 y 123 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente, vigentes en 2015.

Asimismo, se constató que en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015 no se

incluye un apartado donde se detallen las compras consolidadas.

Recomendación ASCM-22-15-1-OM

Es conveniente que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México implemente mecanismos de

control y coordinación para que en la Cuenta Pública de la Ciudad de México se informe sobre

los montos ejercidos por capítulo de gasto y entes adheridos a las compras consolidadas en

las que haya participado como unidad administrativa consolidadora.

Registro Contable y Presupuestal

3. Resultado

A fin de verificar que el registro presupuestal de los momentos contables del gasto

aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de la OM con cargo

al capítulo 2000 “Materiales y Suministros” (sin considerar el presupuesto de los Entes del

Gobierno de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas que dicha

dependencia realizó con cargo al citado capítulo), se haya realizado de acuerdo con lo

establecido en el artículo 121 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal, mediante los oficios núms. ACF-A/16/0639 del 4 de julio de 2016

y ACF-A/16/0788 del 31 de agosto de 2016 y ACF-A/DCA/17/006 del 2 de febrero de 2017,

se solicitaron los registros presupuestales correspondientes. Al respecto, se analizó

la información proporcionada por la Dirección de Contabilidad de la Dirección

General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN con el oficio

núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/DC/261/2016 del 29 de julio de 2016 y se determinó lo siguiente:

Page 30: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

28

1. Mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/DC/261/2016 del 29 de julio de 2016,

la Dirección de Contabilidad de la Dirección General de Contabilidad, Normatividad

y Cuenta Pública de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN proporcionó las

cuentas de mayor afectación y los registros de las operaciones que fueron afectadas

en la situación financiera en el Gobierno de la Ciudad de México durante 2015, por un

importe de 19,473.5 miles de pesos con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”,

recursos que fueron ejercidos por la dependencia.

2. Los registros presupuestales de los momentos contables del gasto del capítulo 2000

“Materiales y Suministros” de la OM fueron los siguientes:

(Miles de pesos)

Cuenta Importe

Variación Debe Haber

Registro presupuestal del momento del gasto aprobado

8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 17,775.0

8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 17,775.0

Total 17,775.0 17,775.0

Registro presupuestal del momento del gasto modificado

8211000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 17,775.0

8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 1,698.5

Total 19,473.5

Registro presupuestal del momento del gasto comprometido

8241000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 19,473.5

8251000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 19,473.5

Total 19,473.5 19,473.5

Registro presupuestal del momento del gasto devengado

8251000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 19,473.5

8261000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 19,473.5

Total 19,473.5 19,473.5

Registro presupuestal del momento del gasto ejercido

8261000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 19,473.5

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 19,445.6

Total 19,473.5 19,473.5

Registro presupuestal del momento del gasto pagado

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 19,473.5 19,473.5

8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 19,445.6 (19,445.6)

Total 19,473.5 19,473.5 27.9

Registro contable

5121121111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina Gasto Corriente” 19,473.5

2112100001 “Proveedores Nacionales” 19,473.5

Total 19,473.5 19,473.5

Page 31: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

29

Como se observa en el cuadro anterior, el registro del momento contable del gasto

pagado del capítulo 2000 “Materiales y Suministros” fue menor en 27.9 miles de

pesos, que el gasto ejercido por la OM, lo que denota deficiencias de control, ya que

la dependencia no verificó los registros presupuestales.

Al respecto, mediante nota informativa del 7 de febrero de 2017, la Dirección de Recursos

Financieros de la Dirección General de Administración de la OM informó a la ASCM que

“la diferencia que existe entre el momento ejercido y el momento pagado se debe a que

existen CLC que aplican otros capítulos de gasto, además de que en los casos de cargos

centralizados existen sanciones aplicadas mismas que reducen el registro del gasto

pagado”; sin embargo, no acreditó documentalmente su dicho, lo que evidencia que la OM

no verificó que el importe del registro del momento contable del gasto pagado correspondiera

al monto erogado de sus recursos con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”.

En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, el sujeto fiscalizado no

presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por no verificar que el importe del registro del momento contable del gasto pagado

correspondiera al monto erogado de sus recursos con cargo al capítulo 2000

“Materiales y Suministros, la OM incumplió los artículos 126 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal y el 121 de su Reglamento, vigentes en 2015.

El artículo 126 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente

en 2015 establece:

“Será responsabilidad de las Unidades Responsables de Gasto la confiabilidad de las

cifras consignadas en la contabilidad.”

El artículo 121 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2015 establece lo siguiente:

“El registro presupuestal de las operaciones será responsabilidad de las Unidades

Responsables del Gasto y se efectuará en las cuentas que para tal efecto designe la

Secretaría, las cuales reflejarán, entre otros, los siguientes momentos contables: ingreso

estimado, modificado, devengado y recaudado, así como presupuesto aprobado, modificado,

comprometido, devengado, ejercido y pagado, en términos de la normatividad aplicable.”

Page 32: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

30

3. La SEFIN realizó los registros presupuestales de los momentos contables de los

gastos: aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de la OM con

cargo a su presupuesto del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, de conformidad

con lo establecido en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de mayo

de 2012 y vigente en 2015 y conforme a las normas emitidas por el CONAC aplicable

en el ejercicio 2015. Dichos registros reflejaron la evolución presupuestal del capítulo,

se identificaron pagos de adeudos de ejercicios anteriores y se constató que el

registro de las operaciones seleccionadas se realizó conforme a su naturaleza y de

acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2015,

sin considerar el presupuesto de los entes del Gobierno de la Ciudad de México que

se adhirieron a las compras consolidadas que la OM realizó con cargo al citado capítulo.

4. El registro presupuestal de los momentos contables del gasto aprobado, modificado,

comprometido, devengado y ejercido del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”

correspondió a lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015;

y respecto al gasto pagado, presentó una diferencia de 27.9 miles de pesos como se

señaló en el numeral 2 del presente resultado.

5. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM elaboró

las CLC, documentos múltiples y afectaciones programático-presupuestales relacionadas

a los recursos con cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros” de los entes del

Sector Central del Gobierno de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras

consolidadas en dicho capítulo. Los mencionados documentos fueron elaborados

por el personal autorizado mediante los oficios núms. OM/DGRMSG/0012/2015

y OM/DGRMSG/0013/2015 del 6 de enero de 2015; OM/DGRMSG/0024/2015 del

8 de enero de 2015; OM/DGRMSG/1097/2015 y OM/DGRMSG/1098/2015 del 3 de julio

de 2015; OM/DGRMSG/1128/2015 y OM/DGRMSG/1129/2015 del 8 de julio de 2015;

y OM/DGRMSG/1186/2015 del 17 de julio de 2015.

Por lo anterior, se concluye que el registro del momento contable del gasto pagado del

capítulo 2000 “Materiales y Suministros” fue menor en 27.9 miles de pesos en relación

con el gasto ejercido en dicho capítulo y lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad

de México de 2015.

Page 33: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

31

En la revisión de la Cuenta Pública 2014, en el Informe Final de Auditoría con clave

ASCM/22/14, practicada a la OM, resultado número 3, recomendación ASCM-22-14-2-OM,

se prevé la necesidad de emitir el mecanismo de control para prevenir que el registro

presupuestal de las operaciones correspondientes al momento contable del gasto pagado

que emite la Secretaría de Finanzas corresponda al monto erogado por la dependencia,

por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte de seguimiento de la

recomendación citada.

4. Resultado

Se verificó que la OM hubiera enviado a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN las

conciliaciones programático-presupuestales de su presupuesto con cargo al capítulo 2000

“Materiales y Suministros” correspondiente al ejercicio fiscal de 2015 en cuanto a su

presupuesto ejercido como unidad ejecutora del gasto con cargo al capítulo mencionado,

para la integración de la Cuenta Pública de la Ciudad de México, sin considerar lo relativo

al presupuesto de los entes del Gobierno de la Ciudad de México que se adhirieron a las

compras consolidadas que la OM realizó con cargo a dicho capítulo. Al respecto, mediante

el oficio núm. OM/DGA/2861/2016 del 1o. de agosto de 2016, la OM proporcionó las

conciliaciones en comento. En su análisis, se determinó lo siguiente:

1. La OM presentó las conciliaciones programático-presupuestales de los meses de

enero, marzo a octubre y de diciembre a la SEFIN dentro del plazo establecido no así

las correspondientes a los meses de febrero y noviembre, como se detalla a continuación:

Mes Oficio Fecha

de recepción en la SEFIN

Fecha límite según normatividad

Días hábiles de desfase Número Fecha

Febrero OM/DGA/1083/2015 13/III/15 23/III/15 13/III/15 5

Noviembre OM/DGA/4721/2015 4/XII/15 29/XII/15 14/XII/15 10

Como se observa en el cuadro anterior, la dependencia remitió a la SEFIN las conciliaciones

programático-presupuestales de febrero y noviembre de 2015 con desfases de cinco y diez

días hábiles, respectivamente.

En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, el sujeto fiscalizado no

acreditó información ni documentación que modificara la presente observación.

Page 34: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

32

Por no presentar a la SEFIN las conciliaciones programático-presupuestales de

febrero y noviembre de 2015 dentro del plazo establecido, la OM incumplió el artículo

136, fracción I, inciso a), de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2015, que establece:

“Las Dependencias […] deberán proporcionar a la Secretaría la siguiente información:

”I. Mensualmente, dentro de los primeros diez días del mes siguiente.

”a) Conciliación del ejercicio presupuestal.”

2. La OM presentó las conciliaciones programático-presupuestales de cierre del ejercicio

y éstas estuvieron de conformidad con lo reportado en la Cuenta Pública 2015.

Por lo anterior, se concluye que la OM remitió a la SEFIN las conciliaciones programático-

presupuestales de febrero y noviembre de 2015, con desfases de cinco a 10 días hábiles.

En el informe de la auditoría ASCM/21/15, practicada a la OM, resultado núm. 4,

recomendación ASCM-21-15-5-OM, se sugiere que se implementen mecanismos de

control a efecto de que las conciliaciones programático-presupuestales sean remitidas a la

SEFIN dentro del término que dispone la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento

de la recomendación citada.

Gasto Aprobado

5. Resultado

Con objeto de verificar que la previsión de gasto para la OM con cargo al Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014, se haya asignado conforme

a la normatividad aplicable, se analizaron el techo presupuestal reportado en el Analítico

de Claves, el Programa Operativo Anual (POA), el calendario presupuestal y el

Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado con cargo al capítulo 2000

“Materiales y Suministros”, todos correspondientes al ejercicio fiscal de 2015, sin

considerar los presupuestos de los entes del Gobierno de la Ciudad de México que se

Page 35: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

33

adhirieron a las compras consolidadas que realizó la OM con cargo a dicho capítulo.

Como resultado, se determinó lo siguiente:

1. Con el oficio núm. SFDF/SE/4337/2014 del 5 de noviembre de 2014, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó a la OM que el techo presupuestal para la

elaboración de su Anteproyecto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2015 sería de

1,067,701.2 miles de pesos y señaló que “deberá de apegarse estrictamente al Techo

Presupuestal comunicado, y destinar los recursos en primer término a cubrir conceptos

estrictamente indispensables para su operación, tales como Servicios Personales

(nómina) y Servicios Básicos (agua, energía, teléfono, combustibles, vigilancia, entre

otros)”. Asimismo, estableció que el plazo para la entrega del anteproyecto sería el 20 de

noviembre de 2014. Lo descrito en el numeral no incluyó compras consolidadas.

2. Mediante el oficio núm. OM/0447/2014 del 20 de noviembre de 2014, con sello de recibido

de la misma fecha, la OM remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN los

reportes para la integración por resultados y la integración financiera del Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos de la OM 2015, generados en el Sistema de Planeación de

Recursos Gubernamentales (GRP-SAP) en el plazo establecido (20 de noviembre de 2014),

en cumplimiento del oficio núm. SFDF/SE/4337/2014 del 5 de noviembre de 2014.

3. Mediante los oficios núms. OM/DGA/3884/2014, OM/DGA/3885/2014, OM/DGA/3886/2014,

OM/DGA/3887/2014, OM/DGA/3888/2014 y OM/DGA/3889/2014, todos del 15 de septiembre

de 2014, la Dirección General de Administración de la OM solicitó a las áreas que

integraron la OM, las metas físicas calendarizadas a nivel mensual y trimestral de las

actividades institucionales, así como la descripción de las principales acciones a desarrollar

para cada actividad; la vinculación de las actividades institucionales con las líneas de

acción del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal y la descripción de las

actividades específicas a desarrollar; la estimación de los recursos con su justificación

correspondiente para las adquisiciones, arrendamientos y prestaciones de servicios;

y el llenado del Marco de Política Pública previo a la integración del Anteproyecto

de Presupuesto 2015 de la dependencia.

En respuesta, mediante los oficios núms. OM/CGAA/323/2014 del 23 de septiembre

de 2014; OM/CGAA/325/2014 y OM/DGGTIC/569/2014, ambos del 25 de septiembre de 2014;

Page 36: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

34

OM/CGCS/0466/2014 del 22 de octubre de 2014, OM/CGAA/0383/2014 del 29 de octubre

de 2014 y CGDF/CGMA/DEIEDGUEI/100/2014 del 31 de octubre de 2014;

OM/CGCS/489/2014 del 6 de noviembre de 2014, DGADP/004178/2014 del

11 de noviembre de 2014 y DGAD/004308/2014 del 21 de noviembre de 2014, las áreas

que integraron la OM remitieron la evidencia documental en la que se establecieron las

metas físicas con el calendario a nivel mensual y trimestral de las actividades

institucionales, así como la descripción de las principales acciones a desarrollar para cada

actividad, las cuales sirvieron de soporte para que la Dirección General de Administración

realizara la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de la OM 2015

en cumplimiento de los artículos 11; 24, fracciones I y II; y 26, tercer párrafo, de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.

Asimismo, se identificó que existió congruencia entre los elementos que se consideraron

para determinar las metas físicas y financieras originales aprobadas en el Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014 y las operaciones

realizadas por la OM en 2015.

4. Con el oficio núm. SFDF/SE/0039/2015 del 5 de enero de 2015, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN remitió a la OM el Analítico de Claves y el Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014. Asimismo, la SEFIN

le comunicó a la OM que el techo aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal (ALDF) para el ejercicio de 2015 sería de 1,067,701.2 miles de pesos, el cual

correspondió a gasto corriente y que al capítulo 2000 “Materiales y Suministros” se le

asignó un importe de 17,775.0 miles de pesos, el cual correspondió al presupuesto

aprobado y reportado por la OM en el apartado “ECG Análisis de Egresos por Capítulo

de Gasto” de la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.

5. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0455/2015 del 28 de enero de 2015, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó a la OM el calendario presupuestal y el POA

correspondientes al techo presupuestal definitivo para el ejercicio fiscal de 2015, por

un total de 1,067,701.2 miles de pesos, en el cual se determinó un importe de

17,775.0 miles de pesos para el capítulo 2000 “Materiales y Suministros”.

Page 37: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

35

6. En el Analítico de Claves se asignaron recursos a 26 partidas del capítulo 2000

“Materiales y Suministros”, por un monto de 17,775.0 miles de pesos, cantidad que

correspondió al presupuesto aprobado en dicho capítulo, lo cual se constató en el

Informe de Cuenta Pública de la OM del ejercicio fiscal de 2015.

Por lo expuesto, se concluye que la OM programó recursos como unidad ejecutora del

gasto con cargo al 2000 “Materiales y Suministros”, por 17,775.0 miles de pesos,

importe que coincidió con el presupuesto aprobado reportado en el apartado “ECG

Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” de la Cuenta Pública de la Ciudad de

México de 2015. Asimismo, el proceso de programación, presupuestación, integración

(módulos de integración por resultados y de integración financiera) se ajustaron a la

normatividad vigente en 2015.

En el informe de la auditoría ASCM/21/15, practicada a la OM, resultado núm. 5,

recomendación ASCM-21-15-6-OM, se sugiere que se implementen mecanismos control

y coordinación que aseguren como parte de un procedimiento administrativo, que la

documentación respecto de los importes de la suficiencia presupuestal, de los montos

aprobados por ejercer, y el número de entes adheridos a cada una de las compras

consolidadas, se encuentre debidamente soportada de conformidad con los Lineamientos

Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la

Administración Pública del Distrito Federal, por lo que se dará tratamiento a dicha

circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

Gasto Modificado

6. Resultado

A fin de verificar que en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015, la OM haya

reportado en el capítulo 2000 “Materiales y Suministros” un presupuesto aprobado, por un

importe de 17,775.0 miles de pesos (sin considerar el presupuesto modificado de los

entes del Gobierno de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas

que la OM realizó con cargo al citado capítulo), se analizaron las afectaciones

programático-presupuestales de dicho capítulo y su documentación soporte. Al respecto,

se determinó lo siguiente:

Page 38: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

36

Al presupuesto aprobado del capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, por un importe de

17,775.0 miles de pesos, la OM le realizó las siguientes adecuaciones presupuestarias:

43 adiciones compensadas, por un monto de 375.7 miles de pesos; 10 adiciones líquidas, por

un importe de 6,316.4 miles de pesos; 576 ampliaciones compensadas, por un monto de

25,119.8 miles de pesos; 509 reducciones compensadas, por un monto de 25,691.6 miles

de pesos; y 123 reducciones líquidas, por un importe de 4,421.8 miles de pesos. En consecuencia,

el presupuesto aprobado se incrementó en 1,698.5 miles de pesos para quedar en un presupuesto

modificado de 19,473.5 miles de pesos, como se detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Movimiento presupuestal Importe

Parcial Subtotal Total

Presupuesto aprobado

17,775.0

Adiciones compensadas (43) 375.7

Adiciones líquidas (10) 6,316.4

Ampliaciones compensadas (576) 25,119.8

Subtotal

31,811.9

Reducciones compensadas (509) (25,691.6)

Reducciones líquidas (123) (4,421.8)

Subtotal (1,261)

(30,113.4) 1,698.5

Presupuesto modificado 19,473.5

Presupuesto ejercido 19,473.5

Diferencia

0.0

Dichos movimientos derivaron de 60 afectaciones programático-presupuestarias del

capítulo 2000 “Materiales y Suministros” que realizó la OM por medio del sistema electrónico

de la SEFIN, en cumplimiento del artículo 78 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del

Distrito Federal vigente en 2015, y que fueron autorizadas por conducto de la Dirección

General de Egresos “B” y la Dirección de Análisis Sectorial “F” de la Subsecretaría de

Egresos de la SEFIN, en cumplimiento de los artículos 68, fracción V; y 71, fracción VI,

del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2015;

y de la Sección Tercera “Adecuaciones Presupuestarias”, numeral 72, último párrafo,

Apartado A “Adecuaciones Presupuestarias Compensadas”, numeral 79; y Apartado B

“Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”, numeral 83, del Manual de Reglas y Procedimientos

para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012, vigente en 2015.

Page 39: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

37

Asimismo, se verificó que las afectaciones programáticas-presupuestales del capítulo

2000 “Materiales y Suministros” fueron elaboradas, justificadas, autorizadas y tramitadas

por los servidores públicos facultados para ello; y que, de acuerdo con lo señalado en el

apartado “Justificación” de las 60 afectaciones revisadas, éstas contribuyeron al logro

de las metas programadas por la OM, en cumplimiento del artículo 78 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015. Entre las principales

justificaciones por las que se modificó el presupuesto asignado al capítulo 2000

“Materiales y Suministros” de la OM, se señalan las siguientes:

(Miles de pesos)

Tipo de adecuación presupuestaria Importe Concepto

Adiciones compensadas 375.7 Para cubrir compromisos del ejercicio 2014, en atención al oficio núm. OM/DGA/DRMSG/0785/2015 de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM, reportados en el pasivo de dicho ejercicio y utilizados para comprar llantas, cámaras y corbatas; mediante la adhesión a la compra consolidada correspondiente.

Adiciones líquidas 6,316.4 Para la adquisición de materiales impresos, de materiales eléctricos, refacciones para el mantenimiento de los sanitarios en el edificio de la dependencia, compra de vestuario y artículos deportivos para los trabajadores sindicalizados, adquisición de box lunch que se otorgó a los trabajadores en apoyo en las fiestas decembrinas.

Ampliaciones compensadas 25,119.8 Para adecuar el calendario presupuestal a las necesidades de la OM y adquirir material eléctrico y electrónico para los sistemas de cómputo y papelería; y para el pago del fondo revolvente de la OM.

Reducciones compensadas (25,691.6) Para adecuar el calendario presupuestal a las necesidades de la dependencia y para el pago del fondo revolvente de la OM.

Reducciones líquidas (4,421.8) Para el cierre del ejercicio presupuestal de 2015, en cumplimiento del artículo 71 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2015 y del numeral II “Adecuaciones Programático-Presupuestales”, del oficio circular de cierre núm. SFDF/SE/3944/2015 del 21 de octubre de 2015, emitido por la SEFIN.

Mediante nota informativa del 1o. de agosto de 2016, la Dirección de Recursos Financieros

de la Dirección General de Administración de la OM informó que las principales causas de las

variaciones en el ejercicio del gasto del capítulo 2000 “Materiales y Suministros” se debieron

principalmente a lo siguiente:

“… incorporación de la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA)

y de la Dirección General de Gobernabilidad y Tecnologías de la Información y

Comunicaciones (DGTIC) a la OM toda vez que aumentó el consumo de los bienes (papel

bond, tóner y material eléctrico) […]

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38

”El incremento a la partida 2151 [´Material impreso e información digital´] se realizó con la

finalidad de cumplir con la metas de la Coordinación General de Comunicación Social,

toda vez que fue necesario la adquisición de material impreso (pago de revistas) para la

síntesis informativa que genera la Jefatura de Gobierno y otras Secretarías de Gobierno

de la Ciudad de México…”

Asimismo, se determinó que la OM incrementó el presupuesto aprobado (17,775.0 miles

de pesos) del capítulo 2000 “Materiales y Suministros” por un importe de 1,698.5 miles de

pesos, para obtener un presupuesto modificado de 19,473.5 miles de pesos, el cual no

refleja un proceso de planeación eficiente, principalmente en la adquisición de material

impreso relacionado con los medios de comunicación.

En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, el sujeto fiscalizado

no presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por no contar con un proceso de planeación eficiente, principalmente en la adquisición

de material impreso relacionado con los medios de comunicación la OM incumplió los

artículos 77 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 37, fracción IV,

de su Reglamento vigentes en 2015, que establecen:

“Artículo 77.- Las adecuaciones presupuestarias, se realizarán siempre que permitan un

mejor cumplimiento de los objetivos y metas de las vertientes de gasto a cargo de las

Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, mismas que tomarán

en cuenta:

”I. El resultado de la evaluación que realicen respecto del cumplimiento de los objetivos

y metas que lleven a cabo mensualmente, y

”II. Las situaciones coyunturales, contingentes y extraordinarias que incidan en el desarrollo

de las funciones.”

El artículo 37 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente en su fracción IV

establece:

Page 41: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

39

“Artículo 37.- En la elaboración de sus respectivos calendarios presupuestarios,

las dependencias […] deberán estar a lo siguiente: […]

”IV. Se procurará una presupuestación eficiente que reduzca las solicitudes de Adecuaciones

Presupuestarias.”

En el capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, la OM programó originalmente recursos en

26 partidas, por un monto de 17,775.0 miles de pesos, y se ajustó al techo presupuestal

aprobado para dicho capítulo (17,775.0 miles de pesos). Asimismo, mediante afectaciones

programático-presupuestales, conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el

ejercicio presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal publicado en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal del 4 de diciembre de 2012, vigente en 2015, la OM

incrementó su presupuesto, por un importe de 1,698.5 miles de pesos, con lo cual su

presupuesto modificado ascendió a 19,473.5 miles de pesos, y qué ejerció en su totalidad.

Dichas cantidades correspondieron a los presupuestos autorizado, modificado, comprometido,

devengado, ejercido y pagado del citado capítulo.

Por lo expuesto, se concluye que las adecuaciones presupuestarias realizadas al

presupuesto aprobado del capítulo 2000 “Materiales y Suministros” contaron con las

justificaciones correspondientes (oficios de solicitud de adecuaciones presupuestarias,

circulares de cierre de ejercicio, entre otros documentos); que los incrementos realizados

no reflejaron un proceso de programación eficiente. Además, se constató que las cifras

del presupuesto modificado del citado capítulo por un importe de 19,473.5 miles de pesos,

coinciden con las reportadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.

En el informe de la auditoría ASCM/21/15 practicada a la Oficialía Mayor, resultado núm.

6, recomendación ASCM-21-15-7-OM, se sugiere la implementación de un mecanismo de

control a efecto de que se realice una planeación adecuada, así como una programación

eficiente de los recursos, y evite incrementos de los presupuestos aprobados, de conformidad

al Manual de Programación-Presupuestación para la formulación del Anteproyecto de

Presupuesto de Egresos y el Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del

seguimiento de la recomendación citada.

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40

7. Resultado

Se analizaron el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios

(PAAAPS) de la OM correspondiente al ejercicio fiscal de 2015 y sus modificaciones,

proporcionados mediante el oficio núm. OM/DGA/2872/2016 del 2 de agosto de 2016, el

primero de los cuales no considera los requerimientos de los entes del Gobierno de la

Ciudad de México que se adhirieron durante el ejercicio a las compras consolidadas con

cargo al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”). Al respecto, se observó lo siguiente:

1. Con el oficio núm. OM/DGA/0200/2015 del 20 de enero de 2015, la Dirección General

de Administración de la OM remitió el PAAAPS 2015 a la Dirección General de

Política Presupuestal de la SEFIN, con copia al titular de la OM, en cumplimiento

de los artículos 19, primer párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

y 14 de su Reglamento, ambos vigentes en 2015.

2. Mediante el oficio núm. DGPP/0262/2015 del 23 de enero de 2015, la Dirección

General de Política Presupuestal de la SEFIN comunicó a la Dirección General de

Administración de la OM la validación presupuestal del PAAAPS de 2015, por un importe

de 340,233.7 miles de pesos, del cual al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”

le correspondió un monto de 17,775.0 miles de pesos.

3. La OM publicó su PAAAPS 2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

30 de enero de 2015; sin embargo, el monto publicado fue por 340,223.7 miles de pesos,

es decir, 10.0 miles de pesos menos que lo autorizado por la SEFIN (340,233.7 miles

de pesos), por lo que no atendió a la validación presupuestal solicitada a la SEFIN.

En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, el sujeto fiscalizado

no presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por no verificar que el monto del PAAAPS publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 30 de enero de 2015 correspondiera al monto autorizado por la SEFIN, la

OM incumplió el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente

en 2015, que indica:

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41

“Las dependencias […] enviarán a la Secretaría con copia a la Oficialía, su Programa

Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, para su validación

presupuestal con apego al Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

del Ejercicio Fiscal correspondiente.”

4. Con el oficio núm. OM/DGA/0307/2015 del 27 de enero de 2015, la Dirección General

de Administración de la OM envió el PAAAPS 2015 de las operaciones con cargo a su

presupuesto asignado a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la OM, en cumplimiento del numeral 4.2.1, segundo párrafo, de la

Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno 2014), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo

de 2014, vigente en 2015.

5. La Dirección General de Administración de la OM, en la primera sesión ordinaria del

Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la OM

celebrada el 13 de febrero de 2015, presentó los montos de actuación de la dependencia

para el ejercicio fiscal de 2015 y el PAAAPS 2015.

6. Los Informes del trimestres del PAAAPS de 2015 fueron presentados a la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM en los plazos que

estableció la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del

Distrito Federal (Circular Uno 2014), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 28 de mayo de 2014 (para el primer y segundo trimestre) y el 18 de septiembre

(para el tercer y cuarto trimestre).

La información de las modificaciones trimestrales del PAAAPS de 2015 incluyó las

contrataciones de servicios seleccionadas en la muestra de auditoría respecto

a las compras consolidadas del capítulo 2000 “Materiales y Suministros” en las que la

OM se adhirió para el ejercicio de los recursos asignados a dicho capítulo.

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42

7. Los informes de enero a diciembre de 2015 de las operaciones realizadas por la OM

con fundamento en los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigente en 2015 fueron presentados a la SEFIN, con copia a la Contraloría

Interna en la OM y al titular de OM, en los plazos establecidos en el artículo 53 de la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015.

8. Mediante los oficios núms. OM/DGA/2726/2015 del 10 de julio de 2015 y OM/DGA/83/2016

del 8 de enero de 2016, la Dirección General de Administración de la OM envió al

Secretario Ejecutivo del Comité de Autorizaciones de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios de la Administración Pública del Distrito Federal los

informes semestrales de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios

del sujeto fiscalizado del ejercicio de 2015, a fin de que fueran analizados por dicho

Comité, en cumplimiento del artículo 21, fracciones IX y XII, de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2015.

Por lo anterior, se concluye que la Dirección General de Administración de la OM no

verificó que el monto del PAAAPS 2015 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 30 de enero de 2015 correspondiera al monto autorizado por la SEFIN la OM.

En el informe de la auditoría ASCM/21/15 practicada a la Oficialía Mayor, resultado núm. 7,

recomendación ASCM-21-15-8-OM, se sugiere la implementación de un mecanismo de

control para asegurar que el monto del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios corresponda al autorizado por la Secretaría de Finanzas, en

cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, por lo que se dará

tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

Recomendación ASCM-22-15-2-OM

Es conveniente que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México implemente mecanismos

de control y coordinación para generar una proyección anual de las compras consolidadas

que se realizarán durante el ejercicio que corresponda.

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43

Gasto Comprometido

8. Resultado

En 2015, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

realizó compras consolidadas por las que, mediante contratos consolidados y convenios

modificatorios consolidados, comprometió 2,431,586.4 miles de pesos con cargo al capítulo

2000 “Materiales y Suministros”. Al respecto, se seleccionó para su revisión la compra

consolidada de papel bond con cargo a la partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores

de Oficina”, por un monto de 72,579.9 miles de pesos, que representó el 83.0% del total

contratado (87,459.0 miles de pesos) y el 3.0% del total de las compras consolidadas con

cargo a dicho capítulo, por un importe 2,431,586.4 miles de pesos.

La cantidad que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la

OM comprometió en los contratos consolidados y en los convenios modificatorios

consolidados de la compra consolidada de papel bond 2015, se detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Número de contrato consolidado

Proveedor Adquisición Importe contratado

(IVA incluido)

DAT-05-2015 Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V. Papel bond 26,983.7

DAT-05-2015-C1 Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V. Papel bond 321.3

Subtotal

27,305.0

DAT-07-2015 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 34,973.0

DAT-07-2015-C1 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 6,500.2

DAT-07-2015-C2 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 684.1

DAT-07-2015-C3 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 998.0

DAT-07-2015-C4 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 345.7

DAT-07-2015-C5 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 5,587.3

DAT-07-2015-C6 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 338.2

DAT-07-2015-C7 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 221.3

DAT-07-2015-C8 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 559.5

DAT-07-2015-C9 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 5.4

DAT-07-2015-C10 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 999.9

DAT-07-2015-C11 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 8,941.4

Subtotal

60,154.0

Total

87,459.0

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La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM realizó

la compra consolidada de papel bond correspondiente al ejercicio fiscal 2015, mediante la

adjudicación directa núm. AD/DGRMSG/01/15 y la licitación pública nacional consolidada

núm. OM-DGRMSG-001-15, con cargo a la partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos

Menores de Oficina” y por las que comprometió 27,305.0 miles de pesos (IVA incluido)

y 60,154.0 miles de pesos (IVA incluido), respectivamente.

Mediante la adjudicación directa núm. AD/DGRMSG/01/15, la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la OM realizó la compra consolidada previa de papel

bond 2015 y de la cual derivó el contrato administrativo consolidado núm. DAT-05-2015 y

el convenio modificatorio consolidado núm. DAT-05-2015-C1, por importes de 26,983.7 miles

de pesos (IVA incluido) y 321.3 miles de pesos (IVA incluido), que dan un total de

27,305.0 miles de pesos (IVA incluido), de los cuales 25,313.1 miles de pesos (IVA

incluido) corresponden a la muestra de auditoría. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. Se realizó con fundamento en lo dispuesto en los artículos 134, párrafo tercero, de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 23; 27, inciso c); 28; 52; 54;

fracción II Bis y antepenúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal, vigentes en 2015.

2. Se adhirieron 38 entes del Gobierno de la Ciudad de México a la compra consolidada

previa de papel bond mediante el Formato Único para la Contratación Consolidada de

la partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”, con los cuales la

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM obtuvo

suficiencia presupuestal, por un monto de 41,383.0 miles de pesos, para realizar

dicha compra consolidada. En análisis de dichos formatos, se determinó lo siguiente:

a) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

proporcionó los formatos de adhesión de la Secretaría del Medio Ambiente y del

Heroico Cuerpo de Bomberos, los cuales se adhirieron a la compra consolidada

de papel bond en el convenio modificatorio consolidado núm. DAT-05-2015-C1, por

un monto de 310.9 miles de pesos (IVA incluido) y 10.4 miles de pesos (IVA incluido),

respectivamente.

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45

b) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

recibió 38 formatos de adhesión con las siguientes deficiencias en su requisitado:

36 formatos no señalaron el correo electrónico de los Directores Generales

de Administración o de los servidores públicos que fueron designados como

responsables de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a dicha

compra; un formato no contó con el sello de no existencias en el almacén y seis

formatos no señalaron el nombre, cargo y firma del responsable del almacén.

En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, el sujeto fiscalizado

no presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por recibir los formatos de adhesión con las citadas deficiencias en su requisitado

la OM incumplió el numeral 17, inciso d), de los Lineamientos Generales para

Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso

Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para

la Centralización de Pagos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

13 de mayo de 2011, vigente en 2015, que establece:

“Las DGA de las UAS enviarán a la UAC correspondiente, en medio impreso,

electrónico y/o magnético (CD), para cada uno de los bienes y servicios indicados

en el Lineamiento 7, los siguientes documentos: […]

”d) Los formatos de adhesión, se presentarán debidamente requisitados y firmados

incluyendo el correo electrónico del DGA o del servidor público que designe como

responsable; además, las adhesiones deberán contener el sello con la leyenda

de ‘no existencia’ con el nombre, cargo y firma del responsable del almacén de

la UAS…”

3. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/5002/2014 del 8 de diciembre de 2014, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN autorizó a la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la OM un presupuesto previo de 4,796,172.9 miles de pesos,

de los cuales 64,863.5 miles de pesos correspondieron a la partida 2111 “Materiales,

Útiles y Equipos Menores de Oficina” para contraer compromisos de contratación

consolidada para el ejercicio fiscal de 2015.

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4. Con relación al estudio de precios de mercado previo a la adjudicación directa

núm. AD/DGRMSG/01/15, se determinó lo siguiente:

a) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

proporcionó el formato de Justificación para la Adquisición de Papel Bond blanco

tamaños carta, oficio, doble carta y legal, que requieren las Unidades Administrativas

de la Administración Pública del Distrito Federal adheridas, para suministrarse en

una única entrega, durante el período del 16 al 27 de febrero de 2015, mediante

del procedimiento de Adjudicación Directa, con el cual acreditó que se elaboró el

estudio de mercado indexando la inflación al precio obtenido en el ejercicio

inmediato anterior, de conformidad con el numeral 4.8.1, fracción I, de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades

Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal

(Circular Uno 2014), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo

de 2014, vigente en 2015.

b) Mediante las cotizaciones del 9 de enero y 12 de febrero de 2015, expedidas por

el proveedor Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V., se constató que los precios

que presentó correspondieron a los adjudicados por la Dirección de Adquisiciones

de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

en el fallo de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-003-14

relacionada con la adquisición de papel bond para el ejercicio fiscal de 2014,

y que el proveedor mantuvo los mismos precios, por lo que dicha Dirección

General realizó la adjudicación directa consolidada núm. AD/DGRMSG/01/15

para la adquisición consolidada previa de papel bond del ejercicio fiscal de 2015,

con fundamento en el artículo 54, fracción II Bis y antepenúltimo párrafo de la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015.

5. Mediante el formato de autorización con fecha de elaboración del 28 de enero de 2015,

el titular de la OM autorizó la adquisición de papel bond, en cumplimiento del artículo 54,

antepenúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015.

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6. La Dirección de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones de la Dirección General

de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM fue el área que requirió la

adquisición de papel bond por el período del 16 al 27 de febrero de 2015, mediante

la adjudicación directa y realizó la justificación correspondiente en cumplimiento del

artículo 54, antepenúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

vigente en 2015.

7. En la primera sesión ordinaria celebrada el 28 de enero de 2015, el Comité de

Autorizaciones de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la

Administración Pública del Distrito Federal autorizó el caso núm. C-01/ORD-01/2015

relativo a la adquisición de papel bond mediante adjudicación directa consolidada al

amparo del artículo 54, fracción II Bis, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal, vigente en 2015, en cumplimiento del artículo 21, fracción VI, del citado

ordenamiento legal.

8. El 16 de febrero de 2015, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales y la Dirección de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones de la OM

suscribieron el contrato administrativo consolidado núm. DAT-05-2015 para la adquisición

de papel bond tamaños carta (434,852 millares), oficio (122,793 millares), doble carta

(623 millares) y legal (1,000 millares), con el representante legal de la empresa

Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V., por un monto de 26,983.7 miles de pesos (IVA

incluido); con soporte en la autorización de la SEFIN para comprometer anticipadamente

recursos de 2015 (64,863.5 miles de pesos).

En el análisis del citado contrato y de su documentación soporte, se determinó

lo siguiente:

a) La declaración I.7 del contrato administrativo consolidado núm. DAT-05-2015,

señala que “al momento de la celebración del presente instrumento cuenta con la

debida suficiencia presupuestal para cumplir con las obligaciones que se deriven

del presente instrumento jurídico, el cual afecta la partida presupuestal 2111

‘Materiales, Útiles y Equipos menores de Oficina´, conforme a lo establecido por

la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal”. Sin embargo, en dicha declaración

Page 50: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

48

no se estableció la autorización específica de la suficiencia presupuestal, asimismo,

en el convenio modificatorio consolidado núm. DAT-05-2015-C1, no se estipuló

que para la celebración del mismo se contara con suficiencia presupuestal.

En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales no acreditó información

ni documentación que modificara la presente observación.

Por no especificar la suficiencia presupuestal en el citado contrato, la OM incumplió

el artículo 56, fracción III, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigente en 2015, que establece:

“Los contratos que celebren las Dependencias, Órganos Desconcentrados,

Delegaciones o Entidades, contendrán como mínimo lo siguiente:

”III. La autorización específica de suficiencia presupuestal para cubrir el compromiso

derivado del contrato, así como la partida a afectar.”

b) El proveedor Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V., presentó la póliza de fianza

expedida por Primero Fianzas, S.A. de C.V., a nombre de la SEFIN del 16 de febrero

de 2015, por un monto de 3,489.3 miles de pesos, para garantizar el cumplimiento de

sus obligaciones derivadas del contrato administrativo consolidado núm. DAT-05-2015.

La fianza correspondió al 15.0% del monto del contrato sin considerar impuestos,

en cumplimiento de la cláusula décima segunda, “Garantía de Cumplimiento” del

citado contrato y del artículo 73 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal,

vigente en 2015.

c) La OM no acreditó documentalmente que el proveedor Servicios Papeleros

Vela, S.A. de C.V., se encontrara al corriente de sus obligaciones fiscales al

momento de suscribir el contrato administrativo consolidado núm. DAT-05-2015

del 16 de febrero de 2015 para la adquisición de papel bond, por lo que no debió

formalizar el mismo por un importe de 26,983.7 miles de pesos (IVA incluido).

Page 51: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

49

Sin embargo, en la declaración II.9 el proveedor, por conducto de su representante,

declaró bajo protesta de decir verdad lo siguiente:

“II.9 Se encuentra al corriente en el pago de sus Impuestos, Derechos

y Aprovechamientos referidos en el Código Fiscal del Distrito Federal.”

Lo anterior confirma que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la OM no verificó que el proveedor Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V.,

se encontrara al corriente de sus obligaciones fiscales al formalizar el contrato

administrativo consolidado núm. DAT-05-2015 del 16 de febrero de 2015.

Mediante los escritos del 10 de febrero de 2015 con sello de recibido en la misma

fecha, el representante legal del proveedor Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V.,

solicitó a la Administración Tributaria de Ferrería de la SEFIN las cartas de no

adeudos de los Impuestos sobre Nóminas y sobre Tenencia a los que estaba

obligado, documentación que confirma que la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la OM debió verificar que dicho proveedor se

encontrara al corriente de los citados impuestos, antes del formalizar el contrato

administrativo consolidado núm. DAT-05-2015.

En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM no acreditó

información ni documentación que modificara la presente observación.

Por no verificar que el proveedor Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V., se encontrara

al corriente de sus obligaciones fiscales y formalizar el contrato administrativo

consolidado núm. DAT-05-2015 del 16 de febrero de 2015 para la adquisición de papel

bond, por un monto de 26,983.7 miles de pesos (IVA incluido), la OM incumplió

los artículos 51, último párrafo; 54, fracción IV de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal, así como el numeral 4.7.4 de la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados

y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2014),

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, vigentes

en 2015, que establecen:

Page 52: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

50

“Artículo 51.- Las Dependencias […] al contraer compromisos deberán observar,

además de las disposiciones legales aplicables, lo siguiente: […]

”Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades en

ningún caso contratarán obra pública, adquisiciones, arrendamientos o servicios,

ni otorgarán las figuras a que se refiere la Ley del Régimen Patrimonial y del

Servicio Público, con personas físicas o morales que no se encuentren al corriente

en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales tanto las de carácter local como

las derivadas de los ingresos federales coordinados con base en el Convenio

de colaboración administrativa en materia fiscal celebrado con el Gobierno Federal…”

“Artículo 54.- Para que los pedidos, contratos y convenios tengan el carácter

de documentos justificantes deberán sujetarse a lo siguiente: […]

”IV. Cumplir con lo establecido en el artículo 51 de esta Ley.”

“4.7.4. En los contratos respectivos además de las señaladas en el artículo 56

del Reglamento de la LADF, deberán insertarse las siguientes declaraciones: […]

”II. La afirmación que el proveedor tiene su domicilio fiscal en México, Distrito

Federal, se encuentra al corriente de su declaración de impuestos,

aprovechamientos y productos referidos en el CFDF, además de que el proveedor

deberá presentar constancia de adeudos expedida por la SF o la autoridad

competente que corresponda, de las contribuciones siguientes: impuesto predial,

impuesto sobre la adquisición de inmuebles, impuesto sobre nóminas, impuesto

sobre tenencia o uso de vehículos, impuesto sobre la adquisición de vehículos

automotores usados, impuesto por la prestación de servicios de hospedaje

y derechos por el suministro de agua, según le resulten aplicables.”

9. El 24 de febrero de 2015, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales y la Dirección de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones de la

OM suscribieron con el representante legal del proveedor Servicios Papeleros

Vela, S.A. de C.V., el primer convenio modificatorio al contrato administrativo consolidado

Page 53: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

51

núm. DAT-05-2015-C1 para la adquisición de papel bond, mediante el cual se

modificaron las cantidades a adquirir de los tamaños de papel bond señalados en el contrato

administrativo consolidado núm. DAT-05-2015 para quedar en carta (190,466 millares),

oficio (55,023.5 millares), doble carta (231 millares) y legal (600 millares), por un monto

de 321.3 miles de pesos (IVA incluido).

Al respecto, el proveedor Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V., presentó la póliza de

fianza expedida por Primero Fianzas, S.A. de C.V., a nombre de la SEFIN del 24 de febrero

de 2015, por un monto de 41.5 miles de pesos, para garantizar el cumplimiento de sus

obligaciones derivadas del citado convenio modificatorio. Dicha fianza correspondió al

15.0% del monto del contrato sin considerar impuestos, en cumplimiento del artículo 73

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2015.

10. La OM no acreditó evidencia documental de algún mecanismo implementado para

corroborar que los proveedores adjudicados no se encontraran inhabilitados al momento

de celebrar los contratos, por lo que, mediante los oficios núms. ACF-A/17/0240 del

9 de marzo de 2017 y ACF-A/17/0241 del 10 de marzo de 2017, la ASCM solicitó a la

CGCDMX y a la SFP que informaran si la empresa Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V.,

se encontraba inhabilitada para celebrar contratos con el Gobierno de la Ciudad

de México.

En respuesta, con los oficios núms. CGCDMX/DGL/0141/2017 del 10 de marzo de 2017 y

DGCSCP/312/DGAS/109/2017 del 13 de marzo de 2017, la CGCDMX y la SFP,

respectivamente, informaron que no encontraron registros de que la citada empresa

estuviera inhabilitada en 2015.

Por lo anterior, se concluye que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la OM recibió formatos de adhesión con deficiencias en su requisitado como

son: falta de los correos electrónicos de los Directores Generales de Administración o de

los servidores públicos designados como responsables, falta de sello de no existencias

en el almacén el no señalamiento del nombre, cargo y firma del responsable del almacén; en

el contrato administrativo consolidado núm. DAT-05-2015 y en el convenio modificatorio

consolidado núm. DAT-05-2015-C1 no se estableció la autorización específica de la

Page 54: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

52

suficiencia presupuestal; además, la OM no acreditó que haya verificado que el proveedor

Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V., se encontrara al corriente de sus obligaciones fiscales

por lo que no debió formalizar el contrato administrativo consolidado núm. DAT-05-2015.

En el informe de la auditoría ASCM/21/15 practicada a la OM, resultado núm. 8,

recomendación ASCM-21-15-9-OM, se sugiere la implementación de un mecanismo de

control para garantizar que los contratos consolidados y convenios modificatorios que

celebre especifiquen la suficiencia presupuestal correspondiente, de conformidad con el

Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, por lo que se dará

tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

En la revisión de la Cuenta Pública 2014, el informe de la auditoría ASCM/21/14

practicada a la OM, resultado núm. 10, recomendación ASCM-21-14-3-OM, se considera

la necesidad de establecer un mecanismo de control para garantizar que antes de

formalizar los contratos consolidados, se verifique que los proveedores se encuentren al

corriente en el pago de sus obligaciones fiscales, por lo que se dará tratamiento a dicha

circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

Recomendación ASCM-22-15-3-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México establezca mecanismos de

control para asegurar que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales verifique que los formatos de adhesión para las compras consolidadas

contengan todos los datos que señalan los Lineamientos Generales para Consolidar

la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la

Administración Pública en el Distrito Federal, así como la Centralización de Pagos.

9. Resultado

Se revisó la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-001-15 para la

adquisición de papel bond para el ejercicio fiscal de 2015, realizada por la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM y en la que se licitaron

cuatro partidas. Al respecto, se determinó lo siguiente:

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53

1. Se adhirieron 80 entes del Gobierno de la Ciudad de México a la compra consolidada

de papel bond para el ejercicio fiscal de 2015, mediante 98 Formatos Únicos para la

Contratación Consolidada de la partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores

de Oficina”. Del análisis a dichos formatos se determinó lo siguiente:

a) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

obtuvo suficiencia presupuestal, por un monto de 116,774.4 miles de pesos, para

realizar la compra consolidada de papel bond para el ejercicio fiscal de 2015.

b) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

recibió 80 formatos de adhesión con las siguientes deficiencias en su requisitado:

uno no contó con el sello de no existencias en el almacén y otro formato no

señaló el nombre, cargo y firma del responsable del almacén.

En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, el sujeto fiscalizado

no acreditó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por recibir los formatos de adhesión con las citadas deficiencias en su requisitado,

la OM incumplió el numeral 17, inciso d), de los Lineamientos Generales para

Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso

Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para

la Centralización de Pagos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 13 de mayo de 2011, vigente en 2015.

2. La Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la OM autorizó el estudio de mercado para la compra consolidada

de papel bond para el ejercicio fiscal 2015 de fecha 16 de febrero de 2015, previo al

proceso de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-001-15, en

cumplimiento del numeral 4.8.1, de la Normatividad en materia de Administración de

Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas

de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2014), publicada en la Gaceta Oficial del

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Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, vigente en 2015. Al respecto, se determinó

lo siguiente:

Mediante los oficios núms. OM/DGRMSG/DA/107/2015 al OM/DGRMSG/DA/115/2015

todos del 9 de febrero de 2015 y OM/DGRMSG/DA/127/2015 del 11 de febrero de 2015,

la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la OM invitó a 10 empresas a cotizar para realizar el estudio

de mercado para la compra consolidada de papel bond para el ejercicio fiscal de 2015. Al

respecto, únicamente ocho empresas presentaron su cotización; sin embargo, la OM

en los citados oficios no señaló el plazo en que debieron presentar las cotizaciones.

En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, el sujeto fiscalizado

no presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por no señalar el plazo en que debieron presentarse las cotizaciones para realizar el

estudio de mercado para la compra consolidada de papel bond en el ejercicio 2015,

la OM incumplió el numeral 4.8.1, fracción II, de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2014),

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, vigente en 2015,

que establece:

“En cumplimiento del artículo 51 de la LADF, el estudio de precios de mercado podrá

realizarse de dos maneras: […]

”II.- Con un estudio de precios de mercado mediante solicitud escrita o vía correo

electrónico a cuando menos dos personas físicas o morales cuya actividad u objeto

social se encuentre relacionada con el arrendamiento, la fabricación, comercialización

de bienes o prestación de servicios que se requieran, para que presenten una

cotización estableciendo período para su recepción…”

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55

3. El 10 de marzo de 2015, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la OM publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la convocatoria

núm. 001, mediante la cual invitó a los interesados a participar en la licitación pública

nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-001-15 para la adquisición de papel bond

para el ejercicio fiscal 2015, en cumplimiento de los artículos 32 y 43 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015. Al respecto se determinó

lo siguiente:

a) La citada convocatoria núm. 001 reunió los requisitos que estableció el artículo 32

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015; sin embargo,

no precisó que se convocaba a todos los interesados a fin de conseguir los

mejores precios y condiciones de entrega por parte de los proveedores.

En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, el sujeto fiscalizado

no acreditó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por no precisar en la convocatoria núm. 001 para la adquisición de papel bond,

que se convocaba a todos los interesados a fin de conseguir los mejores precios y

condiciones de entrega por parte de los proveedores, la OM incumplió el numeral

4.3.1, fracción IV de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2014), publicada en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, vigente en 2015, que establece:

“Adicionalmente a lo dispuesto en el artículo 32 de la LADF, para la elaboración

de convocatorias a licitación pública, se considerará lo siguiente: […]

”IV. Precisar que se convoca a todos los interesados, con la finalidad de conseguir

mejores precios y condiciones de entrega por parte de los proveedores.”

b) Mediante el oficio núm. OM/CGAA/DEATT/118/2015 del 6 de marzo de 2015,

la Dirección Ejecutiva de Apoyo Técnico y Tecnológico de la OM informó a la

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56

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM que a

partir del 5 de marzo de 2015, se publicó en la página de internet de la dependencia,

en el apartado de Licitaciones Públicas consolidadas 2015, las bases de la licitación

pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-001-15 para la adquisición de

papel bond para el ejercicio fiscal de 2015 y le envió la impresión de las pantallas

de la OM en las que se aprecia la citada publicación, en cumplimiento del numeral

4.3.2 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno 2014), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 28 de mayo de 2014, vigente en 2015.

4. Las bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-001-15

para la adquisición de papel bond correspondiente al ejercicio fiscal de 2015 reunieron

los requisitos establecidos en los artículos 33 de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal y 37 de su Reglamento, vigentes en 2015, así como lo establecido

en los numerales 4.4.1, 4.4.2, 4.4.4, 4.4.5 y 4.4.6 de la Normatividad en materia de

Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y

Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2014), publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, vigente en 2015.

5. Mediante fichas de depósito del 10 y 11 de marzo de 2015, se constató que seis

empresas compraron las bases de la licitación pública nacional consolidada

núm. OM-DGRMSG-001-15 para la adquisición de papel bond correspondiente al

ejercicio fiscal de 2015 en los plazos establecidos en la convocatoria núm. 001 y en

cumplimiento del numeral 7.1 de las citadas bases.

6. El 13 de marzo de 2015 se realizó el acto de la junta de aclaración de bases, a la que

asistieron cinco participantes y la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General

de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM realizó ocho precisiones a las

bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-001-15.

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57

Al respecto, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la

OM entregó copia del acta de la junta de aclaración de bases a todos los participantes

que adquirieron las bases de la licitación.

7. El 20 de marzo de 2015, la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM presidió el acto de presentación

y apertura de propuestas en el cual los seis participantes presentaron sus propuestas,

de las cuales tres fueron desechas debido a que no cumplieron con todos los

requisitos establecidos en las bases de la licitación pública nacional consolidada

núm. OM-DGRMSG-001-15 y las propuestas de los licitantes Grupo Papelero

Gutiérrez, S.A. de C.V., Papelería Lozano Hermanos, S.A. de C.V., y Servicios

Papeleros Vela, S.A. de C.V., fueron aceptadas para su análisis cualitativo. Asimismo,

se constató que los seis licitantes entregaron la garantía de sostenimiento correspondiente

al 5.0% de su propuesta.

El 27 de marzo de 2015, la Subdirección de Telecomunicaciones y Fotocopiado y la

Jefatura de Unidad Departamental de Radiocomunicaciones y Fotocopiado, ambas

de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM,

emitieron la Cédula de Revisión Técnica mediante la cual establecieron que los

participantes Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V., Papelería Lozano Hermanos,

S.A. de C.V., y Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V., cumplieron con los requisitos

establecidos en las citadas bases.

8. Mediante el acta de fallo del 31 de marzo de 2015, la Dirección de Adquisiciones y las

Subdirecciones de Telecomunicaciones y Fotocopiado y de Compras Consolidadas

determinaron declarar desierta la licitación señalando que de acuerdo con los

resultados de los informes técnicos de la Cámara Nacional de las Industrias de la

Celulosa y el Papel, las muestras que presentaron los participantes Grupo Papelero

Gutiérrez, S.A. de C.V., Papelería Lozano Hermanos, S.A. de C.V., y Servicios

Papeleros Vela, S.A. de C.V., rebasaron los límites máximos establecidos en el anexo

uno “Especificaciones Técnicas” de las bases de la licitación pública nacional

consolidada núm. OM-DGRMSG-001-15, en cumplimiento del artículo 51 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015 y del numeral 12.1 “Licitación

desierta”, apartado 12, “Declaración desierta de la licitación o de alguna de sus partidas”

de las citadas bases.

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58

En los actos de junta de aclaración de bases, de presentación y apertura de

propuestas y de fallo de la citada licitación, asistió un representante de la Contraloría

Interna en la OM en cumplimiento del artículo 43 de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal vigente en 2015. Asimismo, asistieron los titulares de las Direcciones

Generales de Administración y en su caso representantes, designados mediante

oficio, de los servidores públicos (nivel mínimo Jefe de Unidad Departamental) de la

Unidades Administrativas Solicitantes, con facultades expresas para la toma de

decisiones y que formen parte del grupo de trabajo revisor de bases, en cumplimiento

de los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de

Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito

Federal, así como para la Centralización de Pagos.

Por lo anterior, se concluye que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la OM recibió los formatos de adhesión a la compra consolidada de papel

bond para el ejercicio fiscal de 2015 con deficiencias de control en el requisitado del sello

de no existencias en el almacén y en el nombre, cargo y firma del responsable del

almacén; en las invitaciones a cotizar para la elaboración del estudio de mercado de la

citada compra consolidada no señaló el plazo en que se debieron presentar las cotizaciones;

la convocatoria núm. 001 no precisó que se convocaba a todos los interesados a fin de

conseguir los mejores precios y condiciones de entrega por parte de los proveedores.

En la revisión de la Cuenta Pública 2014, en el Informe Final de Auditoría con clave

ASCM/23/14, practicada a la OM, resultado número 10, recomendación ASCM-23-14-8-OM,

se prevé la implantación de un mecanismo de control para garantizar que las convocatorias

de la licitaciones públicas consolidadas contengan los requisitos que establece la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal, (Circular Uno), por lo que se dará

tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.

En el resultado núm. 8, recomendación ASCM-22-15-1-OM del presente informe, se

consideran los mecanismos de control para prevenir que los formatos de adhesión para

las compras consolidadas carezcan de todos los datos que señalan los Lineamientos

Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso

Page 61: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

59

Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así como la Centralización

de Pagos, por lo que no se emite nuevamente recomendación al respecto.

Recomendación ASCM-22-15-4-OM

Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México establezca mecanismos de

control para asegurar que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales verifique que en los oficios de invitación a cotizar se señale el plazo en que se

deban presentar las cotizaciones para elaborar el estudio de mercado, de conformidad

con la Circular Uno, Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal vigente.

10. Resultado

Se revisó la segunda convocatoria núm. 001 de la licitación pública nacional consolidada

núm. OM-DGRMSG-001-15 con acta de fallo del 15 de abril de 2015, realizada por

la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM para la

adquisición de papel bond para el ejercicio fiscal de 2015 y se revisaron los siguientes

contratos administrativos consolidados derivados de dicha licitación:

(Miles de pesos)

Número de contrato consolidado

Proveedor Adquisición Importe

(IVA incluido)

DAT-07-2015 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 34,973.0

DAT-07-2015-C1 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 6,500.2

DAT-07-2015-C2 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 684.1

DAT-07-2015-C3 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 998.0

DAT-07-2015-C4 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 345.7

DAT-07-2015-C5 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 5,587.3

DAT-07-2015-C6 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 338.2

DAT-07-2015-C7 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 221.3

DAT-07-2015-C8 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 559.5

DAT-07-2015-C9 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 5.4

DAT-07-2015-C10 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 999.9

DAT-07-2015-C11 Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V. Papel bond 8,941.4

Total

60,154.0

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De dicha revisión, se determinó lo siguiente:

1. El 6 de abril de 2015, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la OM publicó la segunda convocatoria núm. 001 en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal, mediante la cual invitó a los interesados a participar en la

licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-001-15 para la adquisición

de papel bond para el ejercicio fiscal 2015, en cumplimiento de los artículos 32 y 43 de la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015. Al respecto se obtuvo

lo siguiente:

a) La segunda convocatoria núm. 001 reunió los requisitos que estableció el artículo 32

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015. Sin embargo,

no señaló que se convocaba a todos los interesados a fin de conseguir los

mejores precios y condiciones de entrega por parte de los proveedores.

En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, el sujeto fiscalizado

no presentó información ni documentación que modificara la presente observación.

Por no precisar en la convocatoria núm. 001 para la adquisición de papel bond,

que se convocaba a todos los interesados a fin de conseguir los mejores precios y

condiciones de entrega por parte de los proveedores, la OM incumplió el numeral

4.3.1, fracción IV de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2014), publicada en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, vigente en 2015.

b) Mediante el oficio núm. OM/CGAA/DEATT/538/2015 del 3 de julio de 2015,

la Dirección Ejecutiva de Apoyo Técnico y Tecnológico de la OM informó a la

Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales y

Servicios Generales de la OM que a partir del 1o. de abril de 2015 se publicó en

la página de internet de la OM, en el apartado de Licitaciones Públicas

consolidadas 2015, las bases de la segunda convocatoria de la licitación pública

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nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-001-15 y le remitió la impresión de las

pantallas de la OM en las que se relacionó la citada publicación, en cumplimiento

del numeral 4.3.2 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2014), publicada en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, vigente en 2015.

2. Las bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-001-15

correspondientes a la segunda convocatoria núm. 001 para la adquisición de papel

bond para el ejercicio fiscal de 2015 reunieron los requisitos establecidos en los

artículos 33 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 37 de su Reglamento,

vigentes en 2015, así como lo establecido en los numerales 4.4.1, 4.4.2, 4.4.4, 4.4.5

y 4.4.6 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las

Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico

Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del

Distrito Federal (Circular Uno 2014), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 28 de mayo de 2014, vigente en 2015.

3. Las bases de la segunda convocatoria de la licitación pública nacional consolidada

núm. OM-DGRMSG-001-15 fueron adquiridas por seis participantes.

4. El 9 de abril de 2015, la Dirección de Adquisiciones, las Subdirecciones de

Telecomunicaciones y Fotocopiado y de Radiocomunicación y Fotocopia, así como la

Jefatura de Unidad Departamental de Radiocomunicación y Fotocopiado; todas adscritas

a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM,

realizaron el acto de la junta de aclaración de bases de la segunda convocatoria de la

licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-001-15. Al respecto se

determinó lo siguiente:

a) La Dirección de Adquisiciones realizó dos precisiones a las citadas bases

y contestó los cuestionamientos que realizaron los participantes Papelería

Hermanos Lozano, S.A. de C.V., y Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V.

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b) La Dirección de Adquisiciones y la Subdirección de Compras Consolidadas,

ambas de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de

la OM, entregó copia del acto de la junta de aclaración de bases a los seis

participantes que adquirieron las bases de la licitación.

5. El 10 de abril de 2015, la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM presidió el acto de presentación

y apertura de las propuestas en cumplimiento del numeral 8.2 “Primera Etapa: Acto de

Presentación y Apertura de la Propuesta” de las bases de la segunda convocatoria

de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-001-15. En dicho acto,

los seis participantes (Abastecedor de Bienes de Consumo, S.A. de C.V.; Servicios

Papeleros Vela, S.A. de C.V.; Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V.; Sanipap

de México, S.A. de C.V.; Papelería Lozano Hermanos, S.A. de C.V.; y Delman

Internacional, S.A. de C.V.) presentaron sus propuestas y garantizaron el sostenimiento de

sus propuestas económicas mediante pólizas de fianza, en cumplimiento del numeral 4.1

“Garantía de Formalidad de la Propuesta” de las citadas bases.

6. Con el oficio núm. OM/DGRMSG/DSST/647/2015 del 15 de abril de 2015, la Dirección

de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones de la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la OM remitió a la Dirección de Adquisiciones de

la citada Dirección General, la cédula de revisión técnica del 15 de abril de 2015,

elaborada por la Dirección de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones, la

Subdirección de Telecomunicaciones y Fotocopiado y la Jefatura de Unidad Departamental

de Radiocomunicaciones y Fotocopiado, mediante la cual manifestaron que los

participantes Abastecedor de Bienes de Consumo, S.A. de C.V., y Sanipap de

México, S.A. de C.V., no cumplieron los niveles requeridos en las especificaciones

técnicas para papel bond tamaño carta y oficio; y el licitante Servicios Papeleros

Vela, S.A. de C.V., no cumplió con los niveles requeridos para el papel bond tamaño

doble carta y legal.

7. La Dirección de Adquisiciones y la Subdirección de Compras Consolidadas de la

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM emitieron

el 14 de abril de 2015 el dictamen del análisis cualitativo a la documentación legal

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y administrativa que presentaron los participantes de la licitación en revisión y se

constató que dicho dictamen presentó el análisis detallado de la documentación legal

y administrativa, así como, los requisitos que no cumplieron los licitantes Sanipap de

México, S.A. de C.V., y Papelería Lozano Hermanos, S.A. de C.V., lo que derivó en el

desechamiento de sus propuestas.

8. Mediante el acta de fallo del 15 de abril de 2015, la Dirección de Adquisiciones, las

Subdirecciones de Telecomunicaciones y Fotocopiado y de Compras Consolidadas,

así como la Jefatura de Unidad Departamental de Radiocomunicación y Fotocopiado,

todos adscritos a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

de la OM, determinaron que el participante Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V.,

reunió los requisitos legales y administrativos y cumplió los requerimientos solicitados

para la propuesta técnica y económica otorgando las mejores condiciones de precio,

calidad, oportunidad y circunstancias pertinentes, por lo que le adjudicaron el contrato

consolidado para la adquisición de papel bond tamaños carta y oficio para el ejercicio

fiscal 2015, en cumplimiento del numeral 8.4 “Presentación de Precios más Bajos”, de

las bases de la segunda convocatoria de la licitación pública nacional consolidada

núm. OM-DGRMSG-001-15. Asimismo, declararon desiertas las partidas de papel

bond tamaños doble carta y legal.

En los actos de junta de aclaración de bases, de presentación y apertura de

propuestas y de fallo de la citada licitación, asistió un representante de la Contraloría

Interna en la OM en cumplimiento del artículo 43 de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal vigente en 2015. Asimismo, asistieron los titulares de las Direcciones

Generales de Administración y en su caso representantes, designados mediante

oficio, de los servidores públicos (nivel mínimo Jefe de Unidad Departamental) de la

Unidades Administrativas Solicitantes, con facultades expresas para la toma de

decisiones y que formen parte del grupo de trabajo revisor de bases, en cumplimiento

de los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de

Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito

Federal, así como para la Centralización de Pagos.

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9. El expediente de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-001-15

relativa a la adquisición de papel bond para el ejercicio fiscal de 2015, se integró con

la documentación derivada del proceso: Formatos Únicos para la Contratación

Consolidada con cargo a la partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de

Oficina”, convocatoria; bases; comprobantes de la venta de bases; actas de la junta

de aclaración de bases, de presentación y apertura de propuestas; informe técnico de

las muestras; documentación legal y ofertas técnicas y económicas de los participantes;

fianzas de sostenimiento de las propuestas. La documentación fue foliada y rubricada

por los servidores públicos encargados de realizar el procedimiento.

10. El 8 de mayo de 2015, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales y la Dirección de Seguimiento Sectorial, ambas adscritas a la OM, formalizaron

el contrato administrativo consolidado núm. DAT-07-2015 con el representante legal

de Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V., por un importe de 34,973.0 miles de

pesos (IVA incluido), por la adquisición de papel bond, en cumplimiento del numeral

10 “Contrato” de las bases de la segunda convocatoria de la licitación pública nacional

consolidada núm. OM-DGRMSG-001-15 y del artículo 59 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2015.

En la compra consolidada de papel bond para el ejercicio fiscal de 2015,

originalmente la OM formalizó el citado contrato, por un monto de 34,973.0 miles de

pesos (IVA incluido), y realizó once convenios modificatorios, por 25,181.0 miles

de pesos, que incrementaron la compra consolidada a 60,154.0 miles de pesos.

A continuación se detallan las principales causas por las que la OM suscribió los

citados convenios modificatorios:

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(Miles de pesos)

Número de convenio modificatorio

Causas de los incrementos Importe

(IVA incluido)

DAT-07-2015-C1 Solicitudes de adhesión de la Contraloría General, de las Delegaciones Miguel Hidalgo y Milpa Alta, del Instituto de la Juventud, del Sistema de Transporte Colectivo, de la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, del Fideicomiso Museo de Arte Popular Mexicano y del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal.

Asimismo, existieron errores en los registros federales de contribuyentes de diversos entes del Gobierno de la Ciudad de México, por lo que fue necesario realizar las modificaciones correspondientes. 6,500.2

DAT-07-2015-C2 Solicitud de adhesión de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, de la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal y de la Secretaría del Medio Ambiente. 684.1

DAT-07-2015-C3 Solicitud de incremento en el número de millares de papel bond a adquirir por parte de la Secretaría de Salud. 998.0

DAT-07-2015-C4 Requerimiento de incremento en el número de millares de papel bond a adquirir por parte la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, de la Delegación Iztapalapa y de la Jefatura de Gobierno. 345.7

DAT-07-2015-C5 Solicitud de incremento en el número de millares de papel bond a adquirir por parte de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, del Fideicomiso de Recuperación Crediticia del Distrito Federal (FIDERE III), del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, y del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de la Ciudad de México. 5,587.3

DAT-07-2015-C6 Requerimiento de ampliación de monto de la Secretaría de Gobierno. 338.2

DAT-07-2015-C7 Requerimiento de la Policía Auxiliar del Distrito Federal y de la Secretaría de Obras y Servicios. 221.3

DAT-07-2015-C8 Solicitud de incremento en el número de millares de papel bond a adquirir por parte de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal. 559.5

DAT-07-2015-C9 Solicitud de adhesión a la compra consolidada del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal. 5.4

DAT-07-2015-C10 Solicitud de incremento en el número de millares de papel bond a adquirir por parte de la Secretaria de Medio Ambiente. 999.9

DAT-07-2015-C11 Requerimiento de incremento en el número de millares de papel bond a adquirir por parte de la Delegación Iztacalco, Delegación Gustavo a. Madero, Delegación Venustiano Carranza, la Secretaría de Movilidad, Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. 8,941.4

Total 25,181.0

11. En la revisión a los contratos administrativos y convenios modificatorios consolidados

núms. DAT-07-2015, DAT-07-2015-C1, DAT-07-2015-C2, DAT-07-2015-C3, DAT-07-2015-C4,

DAT-07-2015-C5, DAT-07-2015-C6, DAT-07-2015-C7, DAT-07-2015-C8, DAT-07-2015-C9,

DAT-07-2015-C10 y DAT-07-2015-C11 que la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales y la Dirección de Seguimiento Sectorial y

Telecomunicaciones de la OM formalizaron con el apoderado legal de Grupo Papelero

Gutiérrez, S.A. de C.V., relativos a la compra consolidada de papel bond del ejercicio

fiscal de 2015, se determinó lo siguiente:

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a) La declaración I.6 del contrato administrativo consolidado núm. DAT-07-2015,

señala que “en términos del artículo 28 de la Ley de Adquisiciones del Distrito

Federal al momento de la celebración del presente instrumento cuenta con la

debida suficiencia presupuestal para cumplir con las obligaciones que se deriven

del presente instrumento jurídico, el cual afecta la partida presupuestal 2111

‘Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina’, conforme a lo establecido por la

Secretaría de Finanzas del Distrito Federal”. Sin embargo, en dicha declaración

no se estableció la autorización específica de la suficiencia presupuestal;

además, en los convenios modificatorios consolidados núms. DAT-07-2015-C1,

DAT-07-2015-C2, DAT-07-2015-C3, DAT-07-2015-C4, DAT-07-2015-C5, DAT-07-2015-C6,

DAT-07-2015-C7, DAT-07-2015-C8, DAT-07-2015-C9, DAT-07-2015-C10 y

DAT-07-2015-C11 tampoco se señaló la suficiencia presupuestal.

En la reunión de confronta, celebrada el 15 de mayo de 2017, la Dirección

General de Recursos Materiales y Servicios Generales no acreditó información

ni documentación que modificara la presente observación.

Por no especificar la suficiencia presupuestal en el citado contrato, la OM

incumplió el artículo 56, fracción III, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal vigente en 2015.

b) El proveedor Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V., presentó la póliza de fianza

y los endosos correspondientes en los plazos establecidos y por el 15.0% del

monto de lo contratado, sin considerar impuestos, por un total de 4,522.4 miles de

pesos, a nombre de la SEFIN, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones

a su cargo del contrato administrativo consolidado abierto núm. DAT-07-2015 y los

convenios modificatorios consolidados núms. D DAT-07-2015-C1, DAT-07-2015-C2,

DAT-07-2015-C3, DAT-07-2015-C4, DAT-07-2015-C5, DAT-07-2015-C6, DAT-07-2015-C7,

DAT-07-2015-C8, DAT-07-2015-C9, DAT-07-2015-C10 y DAT-07-2015-C11, en

cumplimiento del artículo 73, fracción III, de la Ley de Adquisiciones para el

Distrito Federal vigente en 2015 y de las cláusulas décima tercera “Garantía de

Cumplimiento” del citado contrato y la cláusula segunda para los citados convenios

modificatorios; el monto de las garantías correspondió al determinado por la ASCM.

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c) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

constató que el proveedor Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V., se encontrara

al corriente de sus obligaciones fiscales de los Impuestos Predial, sobre nóminas;

y sobre Tenencia o Uso de vehículos, así como, los derechos por suministro de

agua a que estaba obligado el proveedor, de conformidad con las constancias

de no adeudos presentadas por el proveedor.

12. Mediante los oficios núms. ACF-A/17/0240 del 9 de marzo de 2017 y ACF-A/17/0241

del 10 de marzo de 2017, la ASCM solicitó a la CGCDMX y a la SFP que informaran

si la empresa Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V., se encontraba inhabilitada para

celebrar contratos con el Gobierno del Distrito Federal.

En respuesta, con los oficios núms. CGCDMX/DGL/0141/2017 del 10 de marzo de

2017 y DGCSCP/312/DGAS/109/2017 del 13 de marzo de 2017, la CGCDMX y la

SFP, respectivamente, informaron que no encontraron registros de que la citada

empresa estuviera inhabilitada en 2015. Sin embargo, la OM no acreditó evidencia

documental de algún mecanismo implementado para corroborar que los proveedores

adjudicados no se encontraran inhabilitados.

De lo expuesto, se concluye que en el proceso de la segunda convocatoria núm. 001 de la

licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-001-15 la OM no señaló que se

convocaba a todos los interesados a fin de conseguir los mejores precios y condiciones de

entrega por parte de los proveedores. Asimismo, en el contrato consolidado núm. DAT-07-2015

y en los convenios consolidados núm. DAT-07-2015-C1, DAT-07-2015-C2, DAT-07-2015-C3,

DAT-07-2015-C4, DAT-07-2015-C5, DAT-07-2015-C6, DAT-07-2015-C7, DAT-07-2015-C8,

DAT-07-2015-C9, DAT-07-2015-C10 y DAT-07-2015-C11 no estableció la autorización

específica de la suficiencia presupuestal; y no acreditó evidencia documental de algún

mecanismo implementado para corroborar que los proveedores adjudicados no se

encontraran inhabilitados.

En la revisión de la Cuenta Pública 2014, el informe de la auditoría ASCM/23/14,

practicada a la OM, resultado núm. 10, recomendación ASCM-23-14-8-OM, se considera

la necesidad de establecer un mecanismo de control para garantizar que las convocatorias

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de las licitaciones públicas consolidadas contengan los requisitos que establece la Circular

Uno, Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos

Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, por lo que

se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación

citada.

En el informe de la auditoría ASCM/21/15 practicada a la OM, resultado núm. 8,

recomendación ASCM-21-15-9-OM, se sugiere la implementación de un mecanismo de

control, a efecto de que se garantice que los contratos consolidados y convenios

modificatorios que celebre la dependencia, especifiquen la suficiencia presupuestal

correspondiente, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del

seguimiento de la recomendación citada.

Gasto Devengado

11. Resultado

Para verificar si la OM reconoció las obligaciones de pago en favor del proveedor

Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V., por la adquisición consolidada previa de papel

bond en 2015, se revisó la documentación que soporta el cumplimiento del contrato

administrativo consolidado núm. DAT-05-2015 y su convenio modificatorio consolidado

núm. DAT-05-2015-C1, formalizados con el proveedor Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V.,

por un total de 27,305.0 miles de pesos (IVA incluido). Se emitieron los oficios

núms. ACF-A/17/0275, ACF-A/17/0276, ACF-A/17/0277, ACF-A/17/0278, ACF-A/17/0279,

y ACF-A/17/0280 todos del 15 de marzo de 2017 para la confirmación de operaciones con

seis entes del Gobierno de la Ciudad de México que se adhirieron a dicha compra

consolidada; los entes seleccionados para realizar las confirmaciones fueron en razón de

los dos entes que ejercieron el monto más representativo, los dos entes medios y los dos

entes de menor ejercicio de recursos con cargo a la partida 2111 “Materiales, Útiles

y Equipos Menores de Oficina”. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. Con los oficios de respuesta de la confirmación de operaciones de los seis entes del

Gobierno de la Ciudad de México, se conoció que se elaboraron las actas de entrega-

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recepción del papel bond y proporcionaron copia de dichas actas, las cuales

correspondieron con la documentación facilitada por la OM y que fueron emitidas

por la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales de la OM, lo anterior en cumplimiento de la cláusula cuarta

“Lugar y Condiciones de la Entrega de los Bienes”, quinto párrafo, del contrato

administrativo consolidado núm. DAT-05-2015, debido a de que el contrato fue suscrito el

16 de febrero de 2015.

2. Mediante 25 actas circunstanciadas de recepción de bienes consolidados 2015 de fechas

del 16 al 27 de febrero de 2015, el proveedor Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V.,

entregó el papel bond en los almacenes de los 25 entes del Gobierno de la Ciudad de

México revisados, es decir, el papel se entregó en el período de entrega establecido,

en cumplimiento del anexo dos, apartado “Calendario de entregas”, del contrato

administrativo consolidado núm. DAT-05-2015 y se constató que dichas actas

contaron con el sello del almacén del ente que los recibió o la firma del servidor

público responsable de su recepción.

3. El proveedor Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V., entregó el papel bond a los

25 entes del Gobierno de la Ciudad de México, en los plazos establecidos en la cláusula

cuarta “Lugar y Condiciones de la Entrega de los Bienes”, quinto párrafo, del contrato

administrativo consolidado núm. DAT-05-2015, por lo que no fue acreedor a alguna

pena convencional.

4. El proveedor Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V., mediante las 25 citadas actas de

entrega-recepción, entregó el papel bond de la siguiente forma: 176,798 millares

tamaño carta, 54,452.5 millares tamaño oficio, 231 millares tamaño doble carta y 600

millares tamaño legal, en cumplimiento de los Anexos Uno y Dos del contrato

administrativo consolidado núm. DAT-05-2015.

5. Mediante la confirmación de operaciones con los seis entes del Gobierno de la Ciudad

de México que se adhirieron a la compra consolidada previa de papel bond de 2015,

se constató que dichos entes contaron con documentación soporte (actas de entrega-

recepción) del destino de la compra, en cumplimiento del anexo dos, apartado

Page 72: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

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“Lugares de Entrega de los Bienes”, del contrato administrativo consolidado

núm. DAT-05-2015.

Por lo anterior, se concluye que la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM emitió las actas circunstanciadas

de recepción de bienes consolidados 2015 para documentar la entrega del papel bond por

parte del proveedor Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V., a los Entes del Gobierno de la

Ciudad de México que se adhirieron a la compra consolidada previa de papel bond 2015 y

que establecieron el destino final de la entrega. Por lo anterior, no se emite observación

alguna al presente resultado.

12. Resultado

Se revisó la documentación que soporta el cumplimiento del contrato administrativo

consolidado núm. DAT-07-2015 y sus convenios modificatorios consolidados

núms. DAT-07-2015-C1, DAT-07-2015-C2, DAT-07-2015-C3, DAT-07-2015-C4, DAT-07-2015-C5,

DAT-07-2015-C6, DAT-07-2015-C7, DAT-07-2015-C8, DAT-07-2015-C9, DAT-07-2015-C10

y DAT-07-2015-C11, formalizados con el proveedor Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V., y

se emitieron los oficios núms. ACF-A/17/0275, ACF-A/17/0276, ACF-A/17/0277,

ACF-A/17/0278, ACF-A/17/0279, y ACF-A/17/0280 todos del 15 de marzo de 2017 para

confirmar operaciones con seis entes del Gobierno de la Ciudad de México que se

adhirieron a dicha compra consolidada de papel bond; los entes seleccionados para

realizar las confirmaciones fueron en razón de los dos entes que ejercieron el monto más

representativo, los dos entes medios y los dos entes de menor ejercicio de recursos con

cargo a la partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”. Al respecto, se

determinó lo siguiente:

1. El papel bond fue entregado por el proveedor Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V.,

a los 51 entes del Gobierno de la Ciudad de México, mediante 275 actas

circunstanciadas de recepción de bienes consolidados 2015, las cuales fueron

emitidas por la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales de la OM en cumplimiento de la cláusula cuarta,

“Lugar y Condiciones de la Entrega de los Bienes”, quinto párrafo, del contrato

administrativo consolidado núm. DAT-07-2015, las entregas del papel se efectuaron

Page 73: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

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en los almacenes de las Unidades Administrativas Solicitantes en los últimos 10 días

de los meses de junio y septiembre del ejercicio fiscal en cumplimiento del lineamiento

42 de los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de

Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito

Federal, así como para la Centralización de Pagos.

2. Mediante las 275 actas, el proveedor Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V., realizó

la entrega en los plazos establecidos en el contrato administrativo consolidado

núm. DAT-07-2015, en cumplimiento del anexo dos, apartado “Calendario de

entregas” del contrato, lo cual se constató mediante la fecha de recepción del sello del

almacén del ente del Gobierno de la Ciudad de México que los recibió y la firma

del servidor público responsable de dicha recepción.

3. El proveedor Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V., entregó el papel bond a los 51

entes del Gobierno de la Ciudad de México, en los plazos establecidos en la cláusula

cuarta, “Lugar y Condiciones de la Entrega de los Bienes”, quinto párrafo, del contrato

administrativo consolidado núm. DAT-07-2015 por lo que no fue acreedor a alguna

pena convencional.

4. El proveedor Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V., entregó el papel bond de la

siguiente forma: 344,026 millares tamaño carta y 93,156 millares tamaño oficio; en

cumplimiento de los Anexos Uno y Dos del contrato administrativo consolidado

núm. DAT-07-2015, así como de los once convenios modificatorios núms. DAT-07-2015-C1,

DAT-07-2015-C2, DAT-07-2015-C3, DAT-07-2015-C4, DAT-07-2015-C5, DAT-07-2015-C6,

DAT-07-2015-C7, DAT-07-2015-C8, DAT-07-2015-C9, DAT-07-2015-C10 y DAT-07-2015-C11.

5. Mediante la confirmación de operaciones con los seis Entes del Gobierno de la

Ciudad de México que se adhirieron a la compra consolidada previa de papel bond

de 2015, se constató que dichos entes contaron con documentación soporte (actas de

entrega-recepción) del destino de la compra, en cumplimiento del anexo dos,

apartado “Lugares de Entrega de los Bienes” del contrato administrativo consolidado

núm. DAT-07-2015.

Page 74: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

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Por lo anterior, se concluye que la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de

Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM emitió las actas de entrega-

recepción de papel bond 2015 para documentar la entrega por parte del proveedor Grupo

Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V., a los entes del Gobierno de la Ciudad de México que se

adhirieron a la compra consolidada papel bond 2015. Por lo anterior, no se emite

observación alguna al presente resultado.

Gasto Ejercido

13. Resultado

Se verificó que la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM haya

emitido las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) de los entes del Sector Central del

Gobierno de la Ciudad de México debidamente elaboradas, revisadas y aprobadas por los

servidores públicos facultados para ello y que estuvieran soportadas con la documentación

comprobatoria del gasto. Se revisaron 178 CLC, por un importe de 72,579.9 miles de

pesos (IVA incluido), con cargo a la partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores

de Oficina”. Al respecto, se determinó lo siguiente:

1. La Dirección General de Recursos Materiales de la OM emitió 40 CLC, por un monto

de 25,313.1 miles de pesos (IVA incluido), que se encontraron soportadas por

50 facturas emitidas por el proveedor Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V., para el

pago centralizado del contrato administrativo consolidado núm. DAT-05-2015, por

26,983.7 miles de pesos (IVA incluido) y su convenio modificatorio consolidado

núm. DAT-05-2015-C1, por 321.3 miles de pesos (IVA incluido), por un total de

27,305.0 miles de pesos (IVA incluido) de conformidad con el lineamiento 8 de los

Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes

o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito Federal, así

como para la Centralización de Pagos.

2. La Dirección General de Recursos Materiales de la OM realizó 138 CLC por un monto

de 47,266.8 miles de pesos (IVA incluido), que se encontraron soportadas por 140 facturas

emitidas por el proveedor Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V., para el pago del

Page 75: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

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contrato administrativo consolidado núm. DAT-07-2015, por 34,973.0 miles de pesos,

(IVA incluido) y sus convenios modificatorios consolidados núms. DAT-07-2015-C1,

por 6,500.2 miles de pesos (IVA incluido), DAT-07-2015-C2, por 684.1 miles de pesos

(IVA incluido), DAT-07-2015-C3, por 998.0 miles de pesos (IVA incluido),

DAT-07-2015-C4, por 345.7 miles de pesos (IVA incluido), DAT-07-2015-C5, por

5,587.3 miles de pesos (IVA incluido), DAT-07-2015-C6, por 338.2 miles de pesos,

(IVA incluido), DAT-07-2015-C7, por 221.3 miles de pesos (IVA incluido), DAT-07-2015-C8,

por 559.5 miles de pesos (IVA incluido), DAT-07-2015-C9, por 5.4 miles de pesos

(IVA incluido), DAT-07-2015-C10, por 999.9 miles de pesos (IVA incluido), y

DAT-07-2015-C11, por 8,941.4 miles de pesos (IVA incluido), por un total de 60,154.0 miles

de pesos (IVA incluido).

3. Las CLC que emitió la OM fueron elaboradas por la Subdirección de

Telecomunicaciones y Fotocopiado y estuvieron autorizadas por la Subdirección

de Seguimiento Sectorial, ambas de la Dirección General de Recursos Materiales y

Servicios Generales de la OM, servidores públicos facultados para ello en el ejercicio

fiscal de 2015.

4. Todas las facturas que emitió el proveedor Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V.,

con base en las cuales se efectuaron los pagos del contrato administrativo consolidado

núm. DAT-05-2015, por un monto de 26,983.7 miles de pesos (IVA incluido),

y su convenio modificatorio consolidado núm. DAT-05-2015-C1, por un importe de

321.3 miles de pesos (IVA incluido), fueron expedidas a nombre del Gobierno del

Distrito Federal y reunieron los requisitos fiscales y administrativos establecidos en los

artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y del Capítulo III “Registro de

Operaciones Presupuestarias”, Sección Primera “Cuenta por Liquidar Certificada”, del

Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la

Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 4 de diciembre de 2012 y vigente en 2015.

Las facturas que emitió el proveedor Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V., con las

que se pagaron el contrato administrativo consolidado núm. DAT-07-2015, por un

monto de 34,973.0 miles de pesos (IVA incluido), y sus convenios modificatorios

Page 76: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

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consolidados núms. DAT-07-2015-C1 al DAT-07-2015-C11, por un total de 25,181.0 miles

de pesos (IVA incluido), fueron expedidas a nombre del Gobierno del Distrito Federal

y reunieron los requisitos fiscales y administrativos establecidos en los artículos 29 y

29-A del Código Fiscal de la Federación y del Capítulo III “Registro de Operaciones

Presupuestarias”, Sección Primera “Cuenta por Liquidar Certificada”, del Manual de

Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración

Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

4 de diciembre de 2012 y vigente en 2015.

5. Los pagos centralizados de los contratos revisados se registraron en la partida de

gasto 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”, conforme al Clasificador

por Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente en 2015, en cumplimiento del

artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente

en 2015.

6. En la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), se verificó la

emisión de los comprobantes fiscales respecto de los compromisos centralizados y se

constató que fue aprobada la impresión de las facturas que presentaron los

proveedores Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V., por un importe de 25,313.1 miles

de pesos (IVA incluido), y Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V., por un monto de

47,266.8 miles de pesos (IVA incluido); en lo referente a la documentación

comprobatoria de la OM y entes del Gobierno de la Ciudad de México, no fueron

considerados en la muestra de auditoría.

Por lo anterior, se concluye que en la compra consolidada de papel bond del ejercicio

2015, se ejercieron recursos, por un monto de 72,579.9 miles de pesos (IVA incluido), con

cargo a la partida 2111 “Materiales, Útiles y Equipos Menores de Oficina”, mediante la

expedición de 178 CLC, las cuales tuvieron la documentación justificativa y comprobatoria

correspondiente, por lo que para dichas contrataciones, la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales realizó el cargo de manera centralizada, afectando los

presupuestos de las dependencias, órganos desconcentrados y delegaciones en cumplimiento

del lineamiento 8 de los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o

Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública

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del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos; los pagos se registraron de

acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente en 2015; y la

impresión de las facturas fue aprobada por el SAT. Por lo expuesto, no se hace alguna

observación al presente resultado.

Gasto Pagado

14. Resultado

Se verificó que los pagos realizados a los proveedores Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V.; y

Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V., hubieran sido para cancelar total o parcialmente

las obligaciones a cargo de los entes del Gobierno de la Ciudad de México que se

adhirieron a la compra consolidada de papel bond de 2015, correspondiente a los contratos

consolidados núms. DAT-05-2015, DAT-05-2015-C1, DAT-07-2015, DAT-07-2015-C1,

DAT-07-2015-C2, DAT-07-2015-C3, DAT-07-2015-C4, DAT-07-2015-C5, DAT-07-2015-C6,

DAT-07-2015-C7, DAT-07-2015-C8, DAT-07-2015-C9, DAT-07-2015-C10 y DAT-07-2015-C11.

Con los oficio núms. ACF-A/17/0249 y ACF-A/17/0254 ambos del 9 de marzo de 2017, se

solicitó a los representantes legales de los proveedores Servicios Papeleros Vela, S.A. de

C.V.; y Grupo Papelero Gutiérrez, S.A. de C.V.; que indicaran la forma en que se pagó la

adquisición de papel bond del ejercicio 2015 y el monto de los pagos por el período del

1o. de enero al 31 de diciembre de 2015. Al respecto, en la respuesta que presentaron los

proveedores se conoció lo siguiente:

1. Mediante el escrito del 22 de marzo de 2017, el proveedor Servicios Papeleros

Vela, S.A: de C.V., proporcionó información relativa a los contratos consolidados y sus

convenios modificatorios consolidados celebrados con la OM, facturas, notas de

remisión, actas de entrega-recepción, fechas de pago. Luego de analizar la

información proporcionada, se determinó que coincide con la entregada por la OM

y que los pagos centralizados que realizó fueron para cancelar los contratos

administrativos consolidados núms. DAT-05-2015 y DAT-05-2015-C1 de conformidad

con el lineamiento 8 de los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición

o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración

Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos.

Page 78: CLXXXIV. I F A R C P DEL G D F Ede pesos) respecto de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014. Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo

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2. Con el escrito del 17 de marzo de 2017, el proveedor Grupo Papelero Gutiérrez,

S.A. de C.V., proporcionó información relativa a los contratos consolidados

y sus convenios modificatorios consolidados celebrados con la OM, facturas, notas de

remisión, actas de entrega-recepción, relación de las fechas de pago. Después

de analizar la información proporcionada, se determinó que coincide con la entregada

por la OM y que los pagos centralizados que realizó fueron para cancelar los contratos

administrativos consolidados núms. DAT-07-2015, DAT-07-2015-C1, DAT-07-2015-C2,

DAT-07-2015-C3, DAT-07-2015-C4, DAT-07-2015-C5, DAT-07-2015-C6, DAT-07-2015-C7,

DAT-07-2015-C8, DAT-07-2015-C9, DAT-07-2015-C10 y DAT-07-2015-C11 de conformidad

con el lineamiento 8 de los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o

Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración

Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos.

Por lo anterior, se concluye que la OM pagó los contratos núms. DAT-05-2015, DAT-05-2015-C1,

DAT-07-2015, DAT-07-2015-C1, DAT-07-2015-C2, DAT-07-2015-C3, DAT-07-2015-C4,

DAT-07-2015-C5, DAT-07-2015-C6, DAT-07-2015-C7, DAT-07-2015-C8, DAT-07-2015-C9,

DAT-07-2015-C10 y DAT-07-2015-C11, de manera centralizada, afectando los presupuestos

de las dependencias, órganos desconcentrados y delegaciones, en cumplimiento del

lineamiento 8 de los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento

de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública del Distrito

Federal, así como para la Centralización de Pagos y que la información proporcionada

por los proveedores Servicios Papeleros Vela, S.A. de C.V., y Grupo Papelero Gutiérrez,

S.A. de C.V., coincide con la entregada por la dependencia. Por lo expuesto, no se hace

alguna observación al presente resultado.

15. Resultado

Se verificó que la OM hubiese reportado a la SEFIN en tiempo y forma su informe

de pasivo circulante del ejercicio de 2014 pagado en 2015 y el de 2015 pagado en 2016,

sin considerar el presupuesto de los entes del Gobierno de la Ciudad de México que se

adhirieron a las compras consolidadas, por lo que con el oficio núm. ACF-A/16/0639/2016

del 4 de julio de 2016, se solicitó a la dependencia que indicara el monto y características

de su pasivo circulante con cargo a las partidas de los capítulos 2000 “Materiales

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y Suministros” y que proporcionara los oficios mediante los cuales remitió dicha

información a la SEFIN. Al respecto, mediante los oficios núms. OM/DGA/2861/2016

y OM/DGA/2872/2016 del 1 y 2 de agosto de 2016, respectivamente, la Dirección General

de Administración de la OM proporcionó la siguiente documentación:

1. Oficio núm. OM/DGA/0082/2016 del 8 de enero de 2016, con sello de recibido en la

Subsecretaría de Egresos de la SEFIN en la misma fecha, con el cual la Dirección

General de Administración de la OM remitió a la Subsecretaría de Egresos de la

SEFIN, en forma impresa y en medio magnético, los formatos del Reporte de Pasivo

Circulante (RPC) relativos al monto y características de su pasivo circulante del

ejercicio fiscal de 2015, en el plazo establecido en el artículo 60 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015 y en la circular

núm. SFDF/SE/3944/2015 del 21 de octubre de 2015.

2. En los formatos del Reporte de Pasivo Circulante de 2015, se identificaron 67

registros, por un monto de 8,197.2 miles de pesos, con cargo al capítulo 2000

“Materiales y Suministros”.

3. Oficio núm. OM/DGA/0153/2015 del 15 de enero de 2015, con sello de recibido en

la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN del 9 de febrero de 2015, con el cual la

Dirección General de Administración de la OM remitió a dicha Subsecretaría, los

formatos del Reporte de Pasivo Circulante (RPC) del ejercicio fiscal de 2014, con 19

días hábiles posteriores a la fecha límite (15 de enero de 2015).

Al respecto, la Dirección General de Administración de la OM, mediante el oficio

núm. OM/DGA/6064/2015 del 18 de diciembre de 2015, solicitó a la Dirección de

Recursos Materiales y Servicios Generales que considerara las medidas que

aseguraran la presentación de los reportes de compromiso del pasivo circulante

dentro de los plazos que establece la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal. Asimismo, el sujeto fiscalizado remitió el oficio núm. OM/DGA/0082/2016 del

8 de enero de 2016, recibido en la SEFIN en la misma fecha, con el cual la citada

Dirección General envió los reportes mencionados en el plazo establecido en dicha

ley; por lo cual no se emite observación alguna.

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4. En el análisis de los reportes mensuales de los recursos comprometidos sobre los

recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales, correspondientes

al ejercicio de 2015, en los cuales se registraron los recursos comprometidos del

capítulo 2000 “Materiales y Suministros”; se determinó que la OM remitió a la SEFIN

los reportes de enero a diciembre de 2015 en los plazos establecidos en el artículo

56, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal

vigente en 2015.

Se concluye que la OM reportó a la SEFIN el pasivo circulante del ejercicio de 2014

fuera del plazo establecido, sin embargo, ha establecido mecanismos de control que le

han permitido entregar el pasivo circulante del ejercicio fiscal de 2015 en los plazos

establecidos.