clase fiscal marco

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DERECHO FINANCIERO Conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad financiera del Estado en sus tres momentos: 1)establecimiento de tributos y obtención de diversas clases de recursos, 2) gestión o manejo de sus bienes patrimoniales y en la erogación de recursos para los gastos públicos, 3) así como las relaciones jurídicas que en el ejercicio de dicha actividad se establecen entre los diversos órganos del Estado o entre dichos órganos y los particulares, ya sean deudores o acreedores del Estado. ANTECEDENTES A finales del siglo XVIII, las asambleas en Francia decidieron intervenir en el consentimiento de los impuestos, así como dictar normas para el desarrollo de la actividad financiera del Estado. En México se inició el estudio para la modificación del sistema presupuestario desde 1954, año en que el Subsecretario de Hacienda, Rafael Mancera, expuso las nuevas ideas en torno al presupuesto como instrumento de ajuste de la economía general y como mecanismo de redistribución del ingreso. DEFINICIÓN Normas jurídicas relativas a la preparación, aprobación, ejecución y control de los presupuestos de ingresos y egresos y a las normas sobre la rendición de cuentas y sobre responsabilidad de los funcionarios públicos por el mal manejo de esos recursos.

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Page 1: Clase Fiscal Marco

DERECHO FINANCIERO

Conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad financiera del Estado en sus tres momentos:

1)establecimiento de tributos y obtención de diversas clases de recursos,

2) gestión o manejo de sus bienes patrimoniales y en la erogación de recursos para los gastos públicos,

3) así como las relaciones jurídicas que en el ejercicio de dicha actividad se establecen entre los diversos órganos del Estado o entre dichos órganos y los particulares, ya sean deudores o acreedores del Estado.

ANTECEDENTES

A finales del siglo XVIII, las asambleas en Francia decidieron intervenir en el consentimiento de los impuestos, así como dictar normas para el desarrollo de la actividad financiera del Estado.

En México se inició el estudio para la modificación del sistema presupuestario desde 1954, año en que el Subsecretario de Hacienda, Rafael Mancera, expuso las nuevas ideas en torno al presupuesto como instrumento de ajuste de la economía general y como mecanismo de redistribución del ingreso.

DEFINICIÓN

Normas jurídicas relativas a la preparación, aprobación, ejecución y control de los presupuestos de ingresos y egresos y a las normas sobre la rendición de cuentas y sobre responsabilidad de los funcionarios públicos por el mal manejo de esos recursos.

FUNDAMENTO LEGAL

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

VII. Para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el Presupuesto.

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Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:

IV. Aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, modificación del Proyecto enviado por el Ejecutivo Federal, una vez aprobadas las contribuciones que, a su juicio, deben decretarse para cubrirlo. Asimismo, podrá autorizar en dicho Presupuesto las erogaciones plurianuales para aquellos proyectos de inversión en infraestructura que se determinen conforme a lo dispuesto en la ley reglamentaria; las erogaciones correspondientes deberán incluirse en los subsecuentes Presupuestos de Egresos.

 Artículo 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste

sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. La competitividad se entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo.

Párrafo reformado DOF 28-06-1999, 05-06-2013

 El Estado velará por la estabilidad de las finanzas públicas y del sistema financiero para

coadyuvar a generar condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo. El Plan Nacional de Desarrollo y los planes estatales y municipales deberán observar dicho principio.

Párrafo adicionado DOF 26-05-2015

 El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará

al cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución.

 Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el

sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación.

 El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan

en el artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control sobre los organismos y empresas productivas del Estado que en su caso se establezcan. Tratándose de la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, y del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, así como de la exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos, la Nación llevará a cabo dichas actividades en términos de lo dispuesto por los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de esta Constitución. En las actividades citadas la ley establecerá las normas relativas a la administración, organización, funcionamiento, procedimientos de contratación y demás actos jurídicos que celebren las empresas productivas del Estado, así como el régimen de remuneraciones de su personal, para garantizar su eficacia, eficiencia, honestidad, productividad, transparencia y rendición de cuentas, con base en las mejores prácticas, y determinará las demás actividades que podrán realizar.

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CICLO PRESUPUESTAL:

El proceso presupuestario es un sistema de reglas y procedimientos que rigen la toma de decisiones en materia presupuestaria.1 Dicho proceso tiene como primer objetivo integrar el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), documento jurídico y financiero que establece las erogaciones que realizará el gobierno federal entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de cada año2 . El proceso presupuestario puede dividirse en cuatro etapas3 :

1. Planeación y formulación del presupuesto

2. Revisión y aprobación

3. Ejecución del gasto público

4. Control y auditoría del gasto

CICLO PRESUPUESTARIO

El ciclo presupuestario es el proceso mediante el cual podemos dar seguimiento a los ingresos recibidos por el Gobierno Federal.

ETAPA DE PLANEACIÒN:

Se define cuantos ingresos podrá captar el Gobierno Federal y de donde provendrán los recursos.

ETAPA DE PROGRAMACIÒN:

Documento detallado que establece qué. quién , dónde y cómo serán gastados e invertidos los ingresos.

ETAPA DE EVALUACIÒN Y CONTROL:

Una vez que los recursos económicos son entregados es necesario llevar la contabilidad gubernamental para verificar que se cumplan todos los objetivos y metas programadas.

También se evalúan los resultados obtenidos.

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Entre los principales documentos normativos que inciden de manera directa en el presupuesto público federal se encuentran la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley de Planeación

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPyRH) Esta Ley entró en vigor en abril de 2006, en sustitución de la anterior Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. Contiene la normatividad a que se halla sujeta la elaboración, ejercicio y registro del presupuesto federal. En ella se definen las atribuciones y funciones de los responsables de la operación de la política fiscal; se fijan los límites y alcances de la operación de las finanzas públicas y se establece la autonomía presupuestaria, definiendo los principios y reglas a que deben sujetarse las funciones de ingreso y gasto del sector público, y los requisitos que deben satisfacerse para su cumplimiento.

Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria Corresponde al ordenamiento legal mediante el cual se hace operativa la LFPyRH, en materia de programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, contabilidad, control y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales.

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Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Establece las bases organizacionales de la Administración Pública Federal y las atribuciones de cada Secretaría de Estado y los Departamentos Administrativos.

Ley de Planeación Define las normas y principios básicos conforme a los cuales se lleva a cabo la Planeación Nacional del Desarrollo y encauza las actividades de la Administración Pública Federal. Así mismo, contiene las bases para que el Ejecutivo Federal coordine sus actividades de planeación con las entidades federativas, conforme a la legislación aplicable.