civea_16marzo2011

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 CIVEA 16 MARZO 2011. En reunión del Grupo de Interpretación de CIVEA mantenida el día 16 de marzo de 2011 se trató la contestación a los siguientes expedientes: 1.- PERMISO PARA FAMILIARES POR HOSPITALIZACION POR PARTO NATURAL.- Se solicita aclaración a la Civea sobre el alcance del permiso retribuido recogido en el artículo 47.c y d del I II Convenio Unico para el personal laboral de la AGE, y en concreto, la consideración de la hospitalización por parto natural como contingencia amparada por dicho permiso. Contestación: El artículo 47 del III CU, en sus puntos c. y d. recoge el derecho a disfrutar de un permiso en caso de muerte, accidente o enfermedad graves u hospitaliza- ción del cónyuge o pareja de hecho acreditada o de un familiar. Del tenor literal de dicho artículo se desprende que ha quedado incorporada la hospitalización como circunstancia amparada por dicho permiso, sin que se establezca limita- ción alguna en función de la causa o duración de l misma. 2.- EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR AGRUPACION FAMILIAR.- Se solicita información relativa a la petición de excedencia voluntaria por agru- pación familiar. Contestación: No parece que exista ningún impedimento para desempeñar puesto como fun- cionario interino mientras se esté en situación de excedencia voluntaria por agrupación familiar, al no contener la normativa aplicable previsión alguna que impida esta circunstancia. Esta regulación es idéntica a la del personal laboral del III CU. 3.- SERVICIOS PREVIOS CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO MILITAR.- Se solicita a la CIVEA una interpretación del artículo 73.1 del III CU que permita computar el tiempo de prestación personal obligatoria de servicio militar, obliga- torio o voluntario, como servicios prestados a efectos de antigüedad. Contestación: Se mantiene el criterio adoptado mediante Acuerdo de CIVEA de fecha 15 de marzo de 2007 por el que solo es posible reconocer el tiempo de cumplimiento del servicio militar en lo que exceda, en el momento de su realización, de la prestación personal obligatoria. 4.- JORNADA CONTRATO TEMPORAL 6 MESES.- Se solicita a la CIVEA interpretación del artículo 37 del III CU relativa al cómpu- to de la jornada general de trabajo en los supuestos de contrataciones temporales. Contestación: La duración máxima de la jornada general de trabajo establecida de promedio en cómputo anual en el artículo 37 IIICU habrá de calcularse de manera pro- porcional al periodo de duración de la contratación temporal cuando esta sea inferior a un año.

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CIVEA 16 MARZO 2011.

En reunión del Grupo de Interpretación de CIVEA mantenida el día 16 demarzo de 2011 se trató la contestación a los siguientes expedientes:

1.- PERMISO PARA FAMILIARES POR HOSPITALIZACION POR PARTONATURAL.-Se solicita aclaración a la Civea sobre el alcance del permiso retribuidorecogido en el artículo 47.c y d del III Convenio Unico para el personal laboralde la AGE, y en concreto, la consideración de la hospitalización por partonatural como contingencia amparada por dicho permiso.Contestación:El artículo 47 del III CU, en sus puntos c. y d. recoge el derecho a disfrutar deun permiso en caso de muerte, accidente o enfermedad graves u hospitaliza-ción del cónyuge o pareja de hecho acreditada o de un familiar. Del tenor literalde dicho artículo se desprende que ha quedado incorporada la hospitalizacióncomo circunstancia amparada por dicho permiso, sin que se establezca limita-ción alguna en función de la causa o duración de l misma.

2.- EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR AGRUPACION FAMILIAR.-Se solicita información relativa a la petición de excedencia voluntaria por agru-pación familiar.Contestación:

No parece que exista ningún impedimento para desempeñar puesto como fun-cionario interino mientras se esté en situación de excedencia voluntaria por

agrupación familiar, al no contener la normativa aplicable previsión alguna queimpida esta circunstancia. Esta regulación es idéntica a la del personal laboraldel III CU.

3.- SERVICIOS PREVIOS CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO MILITAR.-Se solicita a la CIVEA una interpretación del artículo 73.1 del III CU que permitacomputar el tiempo de prestación personal obligatoria de servicio militar, obliga-torio o voluntario, como servicios prestados a efectos de antigüedad.Contestación:

Se mantiene el criterio adoptado mediante Acuerdo de CIVEA de fecha 15 demarzo de 2007 por el que solo es posible reconocer el tiempo de cumplimiento

del servicio militar en lo que exceda, en el momento de su realización, de laprestación personal obligatoria.

4.- JORNADA CONTRATO TEMPORAL 6 MESES.-Se solicita a la CIVEA interpretación del artículo 37 del III CU relativa al cómpu-to de la jornada general de trabajo en los supuestos de contratacionestemporales.Contestación:

La duración máxima de la jornada general de trabajo establecida de promedioen cómputo anual en el artículo 37 IIICU habrá de calcularse de manera pro-porcional al periodo de duración de la contratación temporal cuando esta sea

inferior a un año.

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5.- MOVILIDAD ART.24 III CU. DEFINICION DE CENTRO DE TRABAJO.-Se solicita el criterio de la CIVEA sobre la interpretación del artículo 24 del IIICU, y en concreto, la consideración de centro de trabajo como “unidad produc-tiva con organización específica”Contestación:

El artículo 24 III CU recoge un supuesto de movilidad sin cambio de funcionesque traspasa los límites del centro de trabajo, dentro del ámbito de la misma lo-calidad o municipio, siempre por necesidades del servicio y con la obligación deinformar de la misma a los representantes de los trabajadores. A sensu contra-rio se deduce que la movilidad que no traspase los límites del centro de trabajono precisa la obligación de información citada. En atención a lo anterior, y a finde precisar lo que pueda entenderse por “centro de trabajo” el III CU reproducela definición que establece la Ley del Estatuto de los Trabajadores en su artícu-lo 1.5 al considerar que se entiende “éste como la unidad productiva con orga-nización específica”, lo que permite diferenciar el concepto de “centro detrabajo” del “lugar de trabajo”. Por último, no se desprende del tenor literal del

mencionado art. 24 el carácter temporal o definitivo de este tipo de movilidad,por lo que cabrán ambas posibilidades en razón de la resolución que se acuer-de.

6.- PERMISOS. INTERPRETACION ART 47. CONCEPTO “DISTINTALOCALIDAD”.-Se solicita a la CIVEA el criterio a aplicar en la duración de permisos previstosen los artículos 47 c y 47 d del III CU (muerte, enfermedad, accidente u hospi-talización) cuando se produce en localidad distinta.Contestación:

El grupo de Interpretación dependiente de la CIVEA acuerda comunicar que nocabe ninguna interpretación distinta de la literalidad contenida en el artículoreferido.

7.- PERMISOS PARA ACOMPAÑAR AL MEDICO A FAMILIARES DESCEN-DIENTES Y ASCENDENTES. EQUIPARACION DE LA TUTELA A PADRES AEFECTOS DE PERMISOS.Contestación: Queda pendiente.

8.- RECLAMACION DEL COMPLEMENTO SINGULAR DE PUESTO “A/ IDIOMAS”.-

Se solicita a CIVEA la reclamación del citado complemento para una trabajado-ra del Instituto Oceanográfico de Vigo por el uso continuado de lengua extranje-ra.Contestación:

Debe haber propuesta de la Subcomisión de su ámbito solicitando elcomplemento, por lo que se devuelve la petición a la Subcomisióncorrespondiente.

9.- INTERPRETACION REQUISITO FORMATIVO EN TRABAJOS DESUPERIOR CATEGORIA.-Se solicita a CIVEA una consulta en el sentido que se expone a continuación, a

fin de resolver la cuestión planteada por algunos centros a la hora de encomen-

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dar trabajos de superior categoría en lo que se refiere a la atribución de traba- jos que requieren una formación específica.

Contestación: No cabe más interpretación que la literalidad del III CU

10.- ASIGNACION FUNCIONES A CATEGORIA PROFESIONAL.-Dado que la Subcomisión Delegada del Ministerio de Asuntos Exteriores emitióun informe desfavorable respecto a que la tarea de cerrado de sobres no erapropia de un Ayudante de Gestión y Servicios Comunes, solicita informe decuál es la categoría profesional dentro del III CU en cuyos puestos de trabajopueden desempeñarse simultáneamente funciones de cerrado de sobres y re-parto de documentación.Contestación:

La administración elaborará la contestación y la enviará a la SubcomisiónDelegada.

11.- INTERPRETACION ART 42 III CU. PRESTACION IT (IncapacidadTemporal) A COMPLEMENTAR A 100%.-En aquellos supuestos de IT en los que el trabajador no tenga cubierto elperíodo de cadencia de los 180 días de cotización ¿procede abonar la totalidaddel salario con cargo a la administración?Contestación: La Administración mandará una propuesta de contestación

12.- EXPOSICION DE SITUACION DISCRIMINATORIA ANTE LA COMISIONDE IGUALDAD.-Un trabajador del ministerio de Defensa expone determinados hechos y circuís-tancias que considera discriminatorias en el ejercicio de sus funciones y en larelación con su entorno laboral.Contestación:

El grupo de Interpretación acuerda dar traslado del mismo a esa Subdireccióngeneral, a fin de que se proceda a su valoración por los Servicios de Preven-ción y Salud Laboral, por entender esta Comisión que podría ser un ámbitomás adecuado para tratar el asunto de referencia.

13.- CRITERIOS SOBRE LA PUBLICACION DE LOS ACUERDOS DE CIVEA.-El Comité de Empresa de Albacete del Ministerio de Defensa solicita que sepubliquen en los centros de Trabajo de la citada provincia los acuerdos adopta-

dos por la CIVEA y las Subcomisiones Delegadas.Contestación: Se elaborará una propuesta de contestación.

14.- COMPLEMENTO DE DISPONIBILIDAD HORARIA B2.-El Ministerio de Medio Ambiente solicita aclaración a la Civea de la correctaaplicación del plus de disponibilidad horaria B2.Contestación:

Debería haberse resuelto en la Subcomisión Delegada correspondiente yaque la contestación que podría dar la CIVEA es extemporánea ya que estecomplemento se solicitó para la temporada de verano.

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15.-CONTRATACION DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL ART. 36.2.-Se solicita que se fijen los criterios que orienten a la utilización de los diferentessistemas, de conformidad con el III CU y al resto de la legislación vigente.Contestación: Se estudiará la contestación.

16.-INTERPRETACION FUNCIONES AUXILIAR DE ENFERMERIA .-Se solicita al Grupo de Interpretación de la CIVEA, se pronuncie sobre si entrelas funciones a desarrollar por los trabajadores contratados como antiguosauxiliares de Enfermería, están incluidas las de dispensar al público productosfarmacéuticos, con el consiguiente cobro y devolución.Contestación: Se remitirá a la Subcomisión Delegada.

17.-DENUNCIA VULNERACION DERECHO A REPRESENTACIONSINDICAL.-Se pone en conocimiento de la CIVEA la vulneración del derecho a represen-tación sindical de un representante de los trabajadores al negarle la entrada en

la Delegación del Ministerio de Defensa en la provincia de Badajoz por ir vesti-do inadecuadamente en contra de una norma interna de restricción a determi-nados despachos de la primera planta del edificio en cuestión.Contestación: Se remitirá a la Subcomisión Delegada Ministerio de Defensa.

18.- INFORMACION SOBRE RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS PREVIOSEN EL ICO (Instituto de Crédito Oficial).-Se traslada el acuerdo de la Subcomisión Delegada de la Administración deSeguridad Social de solicitar el criterio de la CIVEA sobre el reconocimientode servicios previos en el ICO.Contestación: El Grupo de Interpretación dependiente de la CIVEA ha acordado comunicarleque los servicios prestados en el Banco de Crédito Local de España, S.A. noson computables a efectos de antigüedad en el ámbito del III CU de fecha de15 de marzo de 2007 y el acuerdo de Interpretación del artículo 73.1 del III CUrelativo al reconocimiento de Servicios Prestados de 17 de enero de 2008, dela CIVEA.

19.- TRASLADO A LA COMISION DE IGUALDAD DE RECLAMACIONCAMBIO GRUPO PROFESIONAL DEL 4 AL 3.-Se solicita por parte de trabajadores del MARM el cambio de encuadramiento

del gp4 al gp3.Contestación: Se enviará a la Subcomisión Delegada del ministerio de Medio Ambiente paraque tengan en cuenta los criterios que se establecen en el art. 19 del III CU.