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2 ÁREA: CIUDADANÍA Profesor: Manuel Chavesta Guzmán I BIMESTRE

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2 ÁREA: CIUDADANÍA

Profesor: Manuel Chavesta Guzmán

I BIMESTRE

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UNIDAD 1: “VALOR DE LA EDUCACIÓN CÍVICA Y ROL DE LA PERSONA HUMANA”

SITUACIÓN SIGNIFICATIVA: En la actualidad los adolescentes y ciudadanos en general tienen que asumir los compromisos y la práctica de los valores que la humanidad ha creado y consagrado como producto de su historia: respeto y aprecio por la dignidad humana, en este sentido el ser humano tiene que respetar las normas y asumir responsabilidades: planteamos: ¿Por qué los ciudadanos no respetan las normas de convivencia? ¿A quiénes consideras buenos Ciudadanos? SESIÓN 1: “EL RESPETO A LAS NORMAS” ¿QUÉ ES LA EDUCACIÓN CÍVICA?... Es la disciplina que nos transmite valores éticos, cívicos, patrióticos y nacionalistas dentro del contexto histórico-social orientado a la formación integral del ciudadano, para una mejor convivencia en la familia, la escuela y la comunidad. Es decir es un pilar para la formación de la conciencia cívica y patriótica racional. EL HOMBRE COMO SER POLÍTICO SOCIAL: El hombre ser social por naturaleza es un Zoom Politikon como decía Aristóteles. Por tanto la sociabilidad y la politicidad le han sido impuestas como un hecho ineludible. No puede vivir fuera del estado , ni fuera de la sociedad, pero es un ser libre que puede forjar en la sociedad una forma de vida cada vez menos imperfecta. El hombre es un ser esencialmente sociable que no vive aislado sino formando grupos. Al vivir el sociedad su libertad se encuentra limitada por el respeto de la libertad de los demás, surgiendo así la necesidad de establecer normas que aseguran a cada persona el ejercicio de tales facultades. Estas relaciones entre los hombres han dado origen a las normas.

NORMAS: Son reglas de conducta que regulan las relaciones sociales de las personas en una sociedad. Estas normas surgen de las relaciones sociales o por parte del estado. CLASES DE NORMAS: 1. NORMA SOCIAL: Son las que el mismo

hombre al relacionarse con sus semejantes las va originando. El hombre las puede asimilar o no, porque no son de carácter obligatorio. Su incumplimiento implica solamente una sanción sentimental, es decir de remordimiento por no haber cumplido la norma. Estas sirven de inspiración a las normas jurídicas, entre estas normas tenemos: a. Norma Moral: Es la que el individuo

acepta sin coacción, es decir voluntariamente. Tiene una sanción moral en la conciencia o en la comunidad.

b. Norma Religiosa: Son las que se encuentran basadas en la fe, cuya sanción a su incumplimiento es de índole subjetiva.

c. Reglas de Urbanidad: Son aquellas basadas en sentimientos de grupos sociales, su incumplimiento genera la crítica, el ridículo.

2. NORMA JURÍDICA: Son prescripciones que emanan de un órgano estatal competente que tiene como finalidad regularlas conductas sociales. El incumplimiento a este mandato jurídico es una sanción, que la hacen respetar los organismos estatales. La norma jurídica expresa la voluntad del estado.

Características: a. Se origina en el estado b. Tiene fuerza coercitiva y coactiva. c. Su incumplimiento genera una sanción

material. d. Es bilateral porque establece deberes y

derechos. Es decir genera atribuciones y

USO

COSTUMBRE

NORMA

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obligaciones. e. Temporalidad porque tiene vigencia

durante un tiempo y en un determinado espacio.

f. Están ordenados en jerarquías, presentan niveles y pueden ser modificados o derogados por una norma de un nivel superior.

g. Su vigencia se establece con su publicación en el diario oficial “El Peruano” y rige en el ámbito nacional.

VOCABULARIO: 1. Subjetivo:

adj. Del sujeto considerado en oposición al mundo externo, o relativo a él. De nuestro modo de pensar o sentir, y no del objeto en sí mismo: mi opinión es totalmente subjetiva y los demás no tienen por qué compartirla.

2. Ineludible: Que se puede escapar de una responsabilidad.

3. Coacción: Es el empleo de la fuerza del estado en defensa del cumplimiento del conjunto de leyes.

4. Coerción: Es la presión que subjetiva que obliga a obrar de acuerdo al sistema jurídico vigente por temer a la coacción.

5. Derechos: Facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro favor: no tiene derecho a paro.

6. Deberes: Responsabilidad que debe cumplirse obligatoriamente.

RESPONDEMOS: 1.- Cuál es el aporte de la Educación Cívica para la Ciudadanía? 2.- ¿Por qué el hombre es considerado un ser social por naturaleza? 3.- ¿Qué diferencias encuentras entre las normas sociales y las normas jurídicas? 4.- En el siguiente cuadro completa sobre las características de los tipos de normas jurídicas: NORMAS

CARACTERÍSTICAS

5. Qué opinas de la Ciudadanía que no acata las normas sobre el estado de emergencia nacional decretado por el gobierno por la pandemia mundial. 6.- ¿Qué relación y diferencias encuentras entre Deberes y Derechos? 7. Ilustra el tema.

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LA PERSONA HUMANA ANALIZAMOS LAS PREGUNTAS: 1.- Por qué a la persona humana se le considera como el fin supremo de la sociedad y el estado? 2.- ¿Qué relación y diferencia encuentras entre Persona y Sociedad? CONCEPTO Es el ser individual, animado, racional que desde su nacimiento, cumple su desarrollo biológico y espiritual hasta que le sobreviene la muerte. Es decir una persona es cuerpo y espíritu. PERSONA Y SOCIEDAD Para que la persona pueda cumplir su fin de sobrevivencia, debe de asociarse, surgiendo así la familia o conjunto de padres e hijos unidos consanguíneamente. Las familias a su vez, se unen para formar la sociedad. SOCIEDAD Es el conjunto a agrupación de personas que se reúnen para cumplir ciertos fines en un periodo determinado. Y tiene las siguientes características: 1. Número de personas: Toda agrupación

social incluye a muchas de ellas. Por eso la familia que es una agrupación de personas es la Célula Fundamental de toda sociedad.

2. Fines y Objetivos: No basta una agrupación de personas para constituir una sociedad. Lo fundamental es que conjuntamente deban cumplir con alguna finalidad común. Ejemplo: El progreso nacional.

3. Permanencia: Todas las personas que integran la sociedad permanecen vinculadas y unidas durante un periodo de tiempo, hasta la realización de sus planes y objetivos. Esta permanencia puede prolongarse si aparecen nuevos fines.

4. Libertad: El sentimiento de libertad que los distingue, ya que se conforma con personas que acuden libremente a integrarla.

LA PERSONA HUMANA: FIN SUPREMO DE LA SOCIEDAD Y EL ESTADO Las personas al unirse forman la familia, estás al relacionarse constituyen una sociedad, que al asentarse en un territorio determinan la formación de un estado. Cada uno de estos grupos tienen mecanismos y reglamentos que regulan las acciones dentro de ellas, y sus relaciones con los demás organismos sociales. Es por eso que la persona humana es la razón de ser y existir de la sociedad. En la constitución de 1993 en su Art. 1 establece: ”La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado”

ACTIVIDADES DE EXTENSIÓN: 1.- COMENTA EL PRIMER ARTÍCULO DE NUESTRA CONSTITUCIÓN POLÍTICA: ”La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado” -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 2.- ¿Cuáles serían tus fines y objetivos como estudiante y como parte de la sociedad? 3.- Ilustra según tu criterio el tema tratado

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SESIÓN 2 : “ANALIZANDO LOS DERECHOS DE LA PERSONA” PLANTEAMOS PREGUNTAS:: 1.- A quienes se llaman sujetos de derechos? 2. Qué diferencia hay entre persona natural y persona jurídica?SUJETO DE DERECHO Es aquel centro de imputación de derechos y obligaciones. Se considera cuatro tipos de sujetos de derecho: 1. EL CONCEBIDO: Es el ser humano antes de

nacer que pese a que depende de la madre está individualizado frente al ordenamiento jurídico. La atribución de los derechos patrimoniales está condicionado a que nazca vivo.

2. LA PERSONA NATURAL: Se inicia con el nacimiento y concluye con la muerte, y en caso ausencia puede finalizar por declaración de muerte presunta. La Persona Natural presenta cualidades los cuales se llaman “Atributos”. Estos son: A). El Estado: Es la situación que ocupa

una persona dentro de un grupo o sociedad. Esta determinado e influenciado por acontecimientos y factores diversos como la edad, sexo, el matrimonio, el divorcio, adopción.

B). La Capacidad: Es la idoneidad para ser objeto de derecho. Es la aptitud que tiene que cumplir la persona para el goce o ejercicio de sus derechos civiles. Existen dos clases: • De goce: Es la aptitud de ser dueño

a titular de un derecho. La tienen todos y surge con el nacimiento y sólo concluye con la muerte.

• De ejercicio: Es la aptitud que la ley reconoce a la persona para ejercitar por sí misma sus derechos civiles. Es la libertad de obrar y se adquiere a los dieciocho años de edad. (Art. 42 Código Civil)

Incapacidad Jurídica: Es la falta de aptitud jurídica para ejercer derechos y contraer obligaciones. (Art. 43 y Art. 44 Código Civil). Existen dos tipos:

a. Absoluta: Es una incapacidad plena y general. Las personas que se encuentran comprendidas en este grupo no pueden ejercer por si mismas derecho alguno de los cuales sean titulares. Estas son: 1. Los menores de 16 años 2. Los que se encuentran privados

de discernimiento. 3. Los sordomudos, ciego mudos,

ciego sordos que no pueden expresar su voluntad de manera indubitable

b. Relativa: Es la incapacidad de las personas que se han perdido o están privadas parcialmente de su capacidad para el ejercicio civil. Se encuentran limitados para ejercer determinados derechos, pero si pueden ejercer otros. (Art. 44 Código Civil). Existen 8 casos: 1. Los mayores de 16 años y

menores de 18 años. 2. Los retardados mentales 3. Los que adolecen de deterioro

mental que les impide expresar su libre voluntad. (Senectud).

4. Los pródigos 5. Los que incurren en mala gestión 6. Los ebrios habituales 7. Los toxicómanos 8. Los sentenciados a pena

privativa de la libertad.

C). El Nombre: Atributo que sirve para identificarnos y diferenciarnos de otras personas. Comprende dos elementos:

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1. Nombre Patronímico: Es el apellido que proviene del padre y de la madre. Estos son hereditarios

2. El nombre de pila: Es decir el prenombre. El nombre esta protegido por la ley nadie que no sea titular del nombre puede ejercitar ese derecho que es personal e intransferible.

B). El Domicilio: Se Es el lugar donde permanentemente vive una persona o una familia. Es la sede legal de la persona. La desaparición: Consiste en que una persona no se encuentra en su domicilio y no se tiene noticias de su paradero. Para que se declare su ausencia es necesario que pasen 2 años desde que se tuvo la última noticia. Declaración de muerte presunta: Se presume que una persona ha muerto y consecuentemente procede su declaración de muerte presunta según el Art. 63 Código Civil, en los siguientes casos: 1. Cuando han transcurrido 10 años

desde las últimas noticias del desaparecido ó 5 años si la persona tuviera más de 80 años de edad.

2. Cuando han transcurrido 2 años, si la desaparición se produjo en circunstancias consecutivas de peligro de muerte.

3. Cuando exista certeza de muerte, sin que el cadáver se haya encontrado o reconocido.

Fin de la persona: Es el hecho biológico por el cual deja de funcionar las funciones vitales del organismo de la persona.

3. PERSONA JURÍDICA Es un ente abstracto creado por el derecho para explicar la reunión de dos o más personas naturales a través de instituciones para alcanzar determinados fines. Las personas jurídicas de acuerdo al Código Civil son: A. De derecho privado sin fines de lucro

1. La Asociación: Es una organización estable de personas naturales o jurídicas, o de ambas que a través de una actividad común persiguen un fin no lucrativo. La Asociación debe de contar con un patrimonio y el asociado tiene que contribuir con una cotización

2. La Fundación: Es una organización no lucrativa, instituida mediante la afectación de uno o más bienes para la realización de objetivos de carácter religioso, asistencial, cultural o social. Se constituye mediante escritura pública por una o varias personas naturales o jurídicas indistintamente o por testamento. Los beneficiados forman parte de la administración.

3. El Comité: Es una organización de personas naturales o jurídicas o de ambas, dedicada a la recaudación pública de aportes destinados a una finalidad altruista. Deben de tener un acta de constitución y un estatuto para que se pueda inscribir en los registros, teniendo una legalización notarial, y especificando el fin altruista por el cual se crea.

4. Las Comunidades Campesinas y Nativas: Son organizaciones tradicionales estables de interés público constituidas por personas naturales y cuyos fines se orientan en el mejor aprovechamiento de su

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patrimonio, beneficiando en forma equitativa a los comuneros, promoviendo el desarrollo integral. La formación legal requiere la inscripción en el registro respectivo para su reconocimiento oficial.

B. De derecho privado con fines de lucro: 1. Sociedades Mercantiles: Surgen de

la voluntad de dos o más personas para realizar actividades económicas con fines de lucro. Tenemos por ejemplo a las sociedades colectivas, anónimas, etc.

C. Personas Jurídicas de derecho Público: Son instituciones o empresas creadas mediante ley.

4. LAS ORGANIZACIONES DE PERSONAS NO INSCRITAS Son las personas que se unen buscando un fin valioso, pero que no han formalizado su situación en el registro correspondiente.

DESARROLLAMOS: 1.- Por qué son importantes las personas jurídicas de derecho público? ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ 2.- ¿Qué atribución debe de cumplir para que el concebido tenga derechos patrimoniales? ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ 3.- Ilustra el tema

4.- Investiga y describe sobre la SUNARP y que tipo de persona es. ¿Por qué? ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SESIÓN 3: “RELACIÓN ENTRE DERECHOS Y DEBERES”

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La convivencia en nuestro entorno está regulada por normas jurídicas, las cuales dan a las personas la facultad de hacer o exigir una determinada conducta. Es decir el Derecho siempre estará ligado con el Deber. Planteamos: ¿Por qué se denominan derechos fundamentales? TIPOS DE DERECHO 1. DERECHO OBJETIVO: La norma Jurídica

que establece derechos y deberes.

2. DERECHO SUBJETIVO: Es la facultad de hacer o exigir algo que la norma reconoce a favor de un sujeto.

CLASIFICACION DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS Según la constitución política se clasifican en tres grandes grupos: 1. DERECHOS FUNDAMENTALES: Son los

derechos que se ejercen individualmente. Son derechos superiores y anteriores al estado. Sirven para la convivencia social. Ejemplo: Derecho a la vida, a la Integridad Física, a la libertad, etc.

2. DERECHOS SOCIALES Y ECONOMICOS: Agrupa a los derechos que se ejercen en forme colectiva frente al estado y a determinados grupos sociales para que se nos proporcione adecuados servicios públicos.

3. DERECHO POLÍTICO Son los derechos que nos permiten participar en forma directa o indirecta en el gobierno del estado y en la toma de decisiones al respecto de dicho gobierno. Para ejercer este derecho es necesario tener localidad de ciudadano y estar registrado en el registro electoral.

DEBERES Es el conjunto de obligaciones que tiene que cumplir o acatar. Se encuentran prescritas en las normas jurídicas del estado. Su incumplimiento origina una sanción.

LOS DERECHOS DE LA PERSONA (CONSTITUCIÓN DE 1993) La Constitución Política en su Artículo 2 señala los siguientes derechos: • Derecho a la vida • A la identidad • A la Integridad moral, psíquica y física • A la Igualdad ante la ley • A la libertad de conciencia y de religión • A la libertad de información, opinión,

expresión y difusión del pensamiento. • Derecho al secreto de las informaciones que

afecten la intimidad personal o familiar. • Derecho a la libertad de creación intelectual,

artística, técnica y científica. • A la inviolabilidad del domicilio. • Derecho al secreto y a la inviolabilidad de

sus comunicaciones y documentos privados • A elegir un lugar de residencia, a transitar

por el territorio nacional, salir y entrar en él. • A reunirse pacíficamente sin armas • A la libertad y seguridad personal, etc. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS La Asamblea General de las Naciones Unidas promulgó esta declaración de 30 artículos, el 10 de Diciembre de 1948, suscrito por todos los países participantes integrantes de esta organización mundial. 1. CARACTERÍSTICAS DE LOS DDHH:

A). Son inherentes al ser humano, que el hombre ya nace con derecho.

B). Son generales, es decir para todos sin ningún tipo de discriminación.

C). Son irrenunciables, es decir que una persona no puede renunciar a sus derechos así esta lo deseé.

D). Son inalienables, es decir no se pueden ceder los derechos

E). Varían según el grado de desarrollo de un sociedad

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2. CLASIFICACION DE LOS DDHH: A). Derechos de Primera Generación:

Son relacionados al ser individual, es decir es de carácter personal. Derechos de la persona: • A la vida e integridad física • Igualdad ante la ley • A la libertad y seguridad personal • A la propiedad y herencia • A la libertad de conciencia, etc.

Derechos Políticos: • A elegir y ser elegido • A formar partidos políticos • Al asilo político • A la ciudadanía

B). Derechos de Segunda Generación:

Surgen a principios del Siglo XX. Derechos Económicos: • Al trabajo. • A las 8 horas. • A remuneraciones equitativas y

justas. • A la sindicación • A la huelga

Derechos Sociales: • A la seguridad social • A la salud • A las pensiones

Derechos Culturales: • A la educación • A la educación gratuita primaria y

secundaria C). Derechos de Tercera Generación:

Sirven para complementar los derechos anteriores, para mejorar la convivencia social y generar un mejor desarrollo. • A la armonía y la paz • A la protección del medio ambiente • A beneficiarse del patrimonio común

de la humanidad • A la solidaridad

ACTIVIDADES DE EXTENSIÓN 1.- Completa el cuadro colocando ejemplos sobre los derechos de segunda generación diferentes a los que están en tu guía: DERECHOS

EJEMPLOS

ECONÓMICOS

SOCIALES

CULTURALES

2.- Los candidatos a ocupar la Presidencia de la República del Perú proponen muchas obras, sin embargo los ciudadanos no están seguros porque candidato elegir, pero tienen que cumplir con sus derechos y deberes. ¿Por qué razones crees que los Peruanos están indecisos para elegir al nuevo Jefe de Estado el 11 de Abril? 3.- A tu criterio que derechos han sido restringidos como consecuencia del Estado de Emergencia Sanitaria decretado por el Gobierno Peruano. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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UNIDAD 2: “DERECHOS DE LA MUJER” SITUACIÓN SIGNIFICATIVA: A lo largo del Incanato y la historia de la humanidad la mujer ha sido objeto de discriminación y postergación dentro de las actividades cotidianas, habiéndoselas considerando el sexo débil. Con él tiempo la mujer ha demostrado que está en condiciones para realizar todo tipo de trabajo, desempeñar cualquier rama laboral, manual o intelectual. Incluso puede desempeñar los cargos mejor qué el hombre en la actualidad. La declaración de los Derechos Humanos recoge y materializa esta situación concediendo a la mujer derechos igualitarios que al varón. Para ello se han realizado reuniones y convenciones donde se han discutido y fundamentado sus derechos. Frente a estas situaciones planteamos las siguientes preguntas: ¿Cómo ha logrado salir adelante la mujer a pesar de diversas adversidades? ¿Qué tareas cumple actualmente? ¿Conoces algunas mujeres luchadoras que se sacrificaron por nuestra patria? SESIÓN 1: “PROTECCIÓN DE LA MUJER” 1.- Por qué tanta violencia contra la mujer? 2.- Qué debe hacer el gobierno para ayudar a las mujeres de condiciones económicas ínfimas? 1. CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE

CONCESIONES DE LOS DERECHOS POLÍTICOS Y CIVILES DE LA MUJER. Fue aprobada en 1948 en la Novena Conferencia Interamericana de Bogotá. Básicamente ellas establecen: A). Que el derecho de ser elegido(a) para un

cargo público Nacional, no debe de ser restringido por razones de sexo, y se hace extensiva al voto.

B). Conceder y otorgar a la mujer los mismos derechos civiles de los que goza el hombre.

2. CONVENIO SOBRE IGUALDAD DE REMUNERACIÓN Que fue acordada en la XXXIV Conferencia General de la OIT en 1951 en Ginebra. Señala que la remuneración entre los hombres y mujeres que efectúan trabajo de

igual naturaleza deben de tener igual principio de remuneración.

3. CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER Aprobada en la Asamblea General de la ONU en 1979. Considerándose los siguientes fundamentos: A). La discriminación contra la mujer vulnera

y atenta contra su dignidad humana, dificultando su participación en todas las áreas en condiciones de igualdad contra el hombre.

B). Es necesario propiciar la participación den la mujer en todos los campos de la esfera social, ya que de esta manera colaborará en la paz, progreso y desarrollo.

C). Es imprescindible cambiar el papel de la mujer en la familia y buscar la plena igualdad de derechos con el hombre.

Estas convenciones por ser internacionales deben de ser tenidos en cuenta por los estados, integrándolas en sus Cartas Políticas. Los estados deben: • Eliminar toda forma de prejuicios que

consideran inferior a la mujer • Garantía del goce pleno de los Derechos

Humanos • Reconocer a la mujer con iguales derechos

ante la ley • Conceder a las mujeres igualdad de

oportunidades para acceder a la educación, la ciencia y la cultura.

• Conceder a las mujeres las mismas oportunidades de trabajo

• Adoptar medidas a fin de dar protección a ala mujer en el embarazo y proteger la maternidad.

• Eliminar toda forma de explotación de la mujer.

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• Otorgarle los mismos derechos y deberes sobre los hijos y sobre los bienes matrimoniales.

• Adoptar medidas a fin de garantizar la participación de la mujer en la vida política.

NOTA: El 10 de diciembre de 1948 la ONU dio La Declaración de los derechos del Hombre, que luego fue cambiado el 5 de Febrero de 1952 por La Declaración de los Derechos Humanos para indicar que ellos alcanzaban también a la mujer. En 1967 se promulgo específicamente La Declaración de los Derechos de la Mujer y en nuestra constitución fue incorporado en 1979 y posteriormente en 1993. En el Perú la mujer goza de los siguientes derechos especiales: • Ser protegida durante el embarazo en su

condición de madre trabajadora. • Gozar de licencia por maternidad,

debidamente remunerada, antes y después del embarazo.

• Contraer matrimonio con el cónyuge libremente elegido ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS:

1.- Redacta un caso de tu localidad donde se haya atentado contra la integridad de la mujer? ¿Por qué razones se produjo? 2.- ¿Qué opinas actualmente de la labor de la mujer en nuestra patria? 3.- Si fueras Presidente del Perú, ¿qué medidas tomarías frente a los agresores por violencia familiar en contra de la mujer?

4.- Observa el siguiente video y redacta tu comentario al respecto: https://youtu.be/RZyK1ScwiMo

AQUÍ TU COMENTARIO

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DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

CONCEPTO Niño es la persona humana que aún no ha alcanzado la edad adulta y cuyo período de vida está comprendido entre el nacimiento y la adolescencia. En consecuencia sus facultades físicas y mentales se encuentran en pleno desarrollo y en proceso de alcanzar la formación de su personalidad. Por esta situación, no puede valerse por sí mismo necesitando el apoyo familiar que debe brindarle un hogar adecuado, así como de medidas de protección a cargo de la sociedad y del Estado. Bajo este concepto, pues, el niño tiene derecho a ser protegido, tanto material como espiritualmente. No debe caer en abandono ni falsas orientaciones; su inmadurez le hace susceptible a coger el camino más fácil que puede perderlo. La familia (padre, madre, hermanos), debe estar atenta en el comportamiento y actitud de este ser en formación integral de su personalidad. El Estado y la sociedad están en la obligación de otorgarle las oportunidades y medios a fin de que pueda realizarse. DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO Precisamente, buscando otorgar esta protección al niño, a fin de que no se vuelvan a repetir experiencias pasadas, de abandono, enfermedad y mortandad de la niñez, el 20 de noviembre de 1959, la XIV Asamblea General de las Naciones Unidas dio la Resolución NQ 1386 que Proclama la Declaración de los Derechos del Niño, creando conciencia internacional acerca de la importancia que tiene el proteger al niño y propender a su sólida formación espiritual y física como futuro ciudadano de la humanidad . 1. CONTENIDO:

La Declaración Universal de los Derechos del Niño consta de diez principios, a través de los cuales se señala:

A). La Declaración tiene un alcance sin

excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole. Es decir, es general, considerando al niño en cuanto a niño, como ser evolutivo y en formación dentro del contexto social humano. Sean nacidos dentro o fuera del matrimonio.

B). El derecho del niño a gozar de una protección especial y disponer de oportunidades y servicios a fin de que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente.

C). Al derecho que tiene el niño a un nombre y a su nacionalidad, desde su nacimiento.

D). Al derecho de gozar de los beneficios de la seguridad social. A crecer y desarrollarse en buena salud, para lo cual tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

E). El niño física o mentalmente impedido tiene el derecho a recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especial que requiere su caso particular.

F). El derecho al amor y comprensión que debe otorgársele, creciendo al amparo y bajo responsabilidad de sus padres, dentro de un ambiente de afecto y de seguridad moral y material. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.

G). El derecho que tiene el niño a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Esta educación favorecerá su cultura general y le permitirá, en igualdad de condiciones y oportunidades, desarrollar

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sus aptitudes y su juicio individual para llegar a ser un miembro útil a la sociedad.

H). El niño, en todas las circunstancias, debe figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.

I). El niño tiene derecho a ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No debe permitírsele trabajar antes de una edad mínima adecuada ni que desarrolle ocupación alguna que pueda perjudicar su salud.

J). El niño tiene derecho a ser protegido contra toda práctica de discriminación racial, religiosa o de cualquiera otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, paz y fraternidad universal.

LEGISLACION SOBRE LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO A raíz de la Declaración Universal de los Derechos del Niño, las Naciones Unidas, mediante la Comisión de Derechos Humanos, elaboró la Convención sobre los Derechos del Niño, la que fue aprobada el 20 de noviembre de 1989 y por la cual los países miembros se comprometen a efectivizar estos derechos a través de medidas legislativas que, como en el caso peruano, las disposiciones de esta Convención, fueron aprobadas por Resolución Legislativa 25275 del 4 de agosto de 1990. Junto a este dispositivo, en nuestro país, existen otros instrumentos legales que protegen a la niñez. Ellos son: 1. La Constitución Política. 2. El Código civil. 3. El Código de Menores. 4. Carta de los Derechos de la familia Peruana

del Primer Congreso Panamericana del Niño de 1942.

A nivel mundial se tiene: 1. Declaración de Ginebra de 1923. 2. Declaración de los Derechos del Niño – 1959 3. Declaración Universal de los Derechos

Humanos.

4. Los Derechos del Niño Americano dada por la OEA.

5. Fondo Internacional de Socorro a la Infancia de las Naciones Unidas (UNICEF).

RESPONDE:

1.- ¿Cuál es la situación actual de los niños en el Perú? 2.- ¿Qué instituciones protegen a los derechos de los niños en el mundo? 3.- Observa el video y redacta tu opinión: https://youtu.be/fnH-eqAO1NY

AQUÍ TÚ OPINIÓN

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SESIÓN 2:”DERECHOS Y DEBERES POLÍTICOS DEL CIUDADANO” Respondemos: ¿Por qué los derechos y deberes políticos del ciudadano son fundamentales? Los derechos políticos son las facultades y prerrogativas que tienen los ciudadanos de poder participar o intervenir, de manera libre, en el ejercicio y el desarrollo de la vida política nacional. Esta participación puede hacerse individual o colectivamente mediante los partidos políticos organizados. EL CIUDADANO Al respecto el artículo 30° de la Constitución establece: “Son ciudadanos los peruanos mayores de 18 años. Para el ejercicio de la Ciudadanía se requiere la inscripción electoral”. DERECHOS POLÍTICOS DEL CIUDADANO

• Su participación en los asuntos públicos mediante referéndum.

• A tener iniciativa legislativa. • A remoción y revocación de

autoridades. • A demandar la rendición de cuentas. • A ser elegidos y elegir a sus

representantes. • Derecho a voto.

SUSPENSIÓN DEL EJERCICIO DE CIUDADANÍA.

Así como la Constitución señala derechos, también determina la suspensión del ejercicio de la Ciudadanía (Art. 33°) DEBERES POLÍTICOS DEL CIUDADANO

• Honrar a la patria y defender los intereses de la nación.

• Respetar el mandato Constitucional y el orden jurídico.

• Contribuir al bienestar general mediante el trabajo.

• Deber de tributar • Deber de sufragar • Vivir pacíficamente respetando los

derechos de los demás.

COMPLETAR LOS ESPACIOS EN BLANCO

Completa los espacios correspondientes con respecto a la Constitución Política:

1. Los artículos _____y ______de la Constitución Política del Perú mencionan los requisitos para ser ciudadanos. 2. Dos ejemplos de derechos políticos de los ciudadanos son: __________________y ___________________ 3. Dos ejemplos de deberes políticos de los ciudadanos son: __________________y ___________________

Según el artículo 31° de nuestra Constitución Política ¿Cómo es el voto de los ciudadanos? ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

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ACTIVIDAD DE EXTENSIÓN

I. Lee y analiza el artículo 34 de la Constitución Política y responde:

1. Los miembros de las fuerzas armadas y policía nacional: Ø ¿Pueden votar?

____________________________________________________________

Ø ¿Pueden postular a cargos públicos? ____________________________________________________________

Ø ¿Pueden participar en partidos políticos? ____________________________________________________________

Ø ¿En qué situación las fuerzas armadas y Policía Nacional pueden votar, postular a cargos públicos y participar en partidos políticos? __________________________________________________________________________________________

II. Vocabulario: • Comicios:

_____________________________________________________________________________________________

• Prerrogativas: _____________________________________________________________________________________________

• Acreditar: _____________________________________________________________________________________________

• Transgredir: _____________________________________________________________________________________________

• Revocar: _____________________________________________________________________________________________

SESIÓN 3: “ÓRGANOS CONSTITUCIONALES AUTÓNOMOS” PLANTEAMOS: ¿Por qué se llaman órganos Constitucionales autónomos? CONCEPTO: Son órganos señalados en la Constitución Política que comparten atribuciones con los tres poderes del Estado. Están reguladas por sus propias leyes orgánicas de nuestro país.

ÓRGANOS ELECTORALES 1.- Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE Organismo encargado de ejecutar los procesos electorales reportando los resultados al Jurado Nacional de Elecciones. 2.-Jurado Nacional de Elecciones - JNE Es el máximo órgano electoral y fiscalizador de la legalidad de los procesos electorales y del ejercicio del sufragio Nacional de Elecciones JNE. 3.-Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC Organismo encargado de mantener actualizado el padrón ciudadano y electoral Nacional de Identificación y Estado Civil RENIEC Organismos autónomos que incluye nacimientos, matrimonios, divorcios y defunciones. También emite el documento único de identidad DNI.

ÓRGANOS ECONÓMICOS 4.- Superintendencia de banca y seguros

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Ejerce por su parte el control de las entidades bancarias, aseguradoras y otras análogas que gestionen depósitos del público. Está dirigida por el superintendente de Banca y Seguros de Perú, de cuya designación es responsable el Gobierno por un periodo de cinco años, aunque éste requiera la ratificación del Congreso de la nación. 5.-Contraloría General de la República Órgano de control público cuyo fin es supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado General de la República por parte de las diversas entidades públicas. 6..-Banco Central de Reserva del Perú – BCR Es el conductor de la política monetaria Central de Reserva del Perú BCR cuya misión principal es preservar la estabilidad monetaria, que incluye estabilidad de precios, controlar la inflación, regular la cantidad de dinero, administrar las reservas internacionales y emitir billetes y monedas.

ÓRGANOS JUDICIALES 7.- Defensoría del Pueblo Es el organismo encargado de defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad en su conjunto. 8.- Tribunal Constitucional del Perú Es el órgano supremo de control de la Constitución y, como tal, es autónomo e independiente de los demás órganos o Poderes del Estado; sólo está sometido a la Constitución, a su Ley Orgánica y a su Reglamento. 9.- Consejo Nacional de la Magistratura

Su misión es de seleccionar, nombrar y ratificar a jueces y fiscales que sean independientes, éticos e idóneos. 10.-Ministerio Público Es el representante de la sociedad en los procesos judiciales. Es autónomo y lo preside el Fiscal de la Nación, elegido por la junta de fiscales supremos.

ACTIVIDAD DE EXTENSIÓN

Escribe el nombre de cada órgano autónomo del Perú, según corresponda:

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______________________________ BIBLIOGRAFÍA: >MINEDU: FCC. Editorial Santillana. Lima >Constitución Política del Perú. Lima >MINEDU: D. P. C. Editorial Santillana. Lima. >Recursos de Internet >https://youtu.be/eMGarsqalfk PROF: Manuel Chavesta Guzmán.

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