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UNIDAD EDUCATIVA KASAMA
Tema
LA IGUALDAD Y LA DIVERSIDAD
Samuel Monar
2º BGU A
Educación para la Ciudadanía
Año lectivo 2103 – 2014
Santo Domingo, 21 de Marzo de 2014
Introducción
Igualdad
Es un derecho inherente el cual tienen todos los seres humanos a ser
reconocidos como iguales ante la ley y de disfrutar de todos los demás derechos
otorgados de manera incondicional, es decir, sin ser discriminado por motivos de
nacionalidad, raza, creencias, orientación sexual o ideologías.
La igualdad es la ausencia de total discriminación entre los seres humanos, en lo
que respecta a sus derechos. Pero consideramos que no basta con esto, sino que
es un tema mucho más amplio, y que abarca tantos factores, que puede, en
muchos casos, llegar a determinar nuestras vidas.
Diversidad
El término diversidad es aquel que indica, como poder marcar o hablar de la
variedad y alguna diferencia que pueden presentar algunas cosas entre sí,
aunque también nos es útil a la hora de querer señalar la abundancia de cosas
distintas que conviven en un contexto en particular.
La diversidad en sentido fuerte son uno de los desafíos de las sociedades
actuales y que tomarlo en serio refuerza la legitimidad jurídica y política de
nuestras comunidades.
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Cuerpo del documento
La IgualdadLa igualdad hace referencia al derecho de la igualdad el cual se dio en la
revolución francesa en el año 1789, la cual fue un conflicto social y político, con
diversos periodos de violencia, que convulsionó Francia y, por extensión de sus
implicaciones, a otras naciones de Europa que enfrentaban a partidarios y
opositores del sistema conocido como el Antiguo Régimen. Se inició con la
autoproclamación del Tercer Estado como Asamblea Nacional en 1789 y finalizó
con el golpe de estado de Napoleón Bonaparte en 1799.
La igualdad ante la ley
El principio de igualdad ante la ley es el que establece que todos los seres
humanos son iguales ante la ley, sin que existan privilegios ni títulos nobiliarios.
Es un principio esencial de la democracia. El principio de igualdad ante la ley no
tiene ninguna referencia de acuerdo a los derechos legales de dominación como
la esclavitud, la servidumbre o el colonialismo.
El principio de igualdad ante la ley se diferencia de otros conceptos, derechos y
principios emparentados, como la igualdad de oportunidades y la igualdad social.
La igualdad ante la ley, es el conjunto de deberes, derechos y garantías del
ordenamiento jurídico. El contenido de las leyes sea igual para todos, o desigual
si así corresponde, sobre la fase o en función de la justicia.
La igualdad tiene varias definiciones respecto a la constitución de cada país,
como por ejemplo:
En España, Artículo 14 de la Constitución:
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación
alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquiera otra
condición o circunstancia personal o social.
En Ecuador, está regulado en el art. 11 de la Constitución:
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Art. 11.- EI ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios:
(...) 2. Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos,
deberes y oportunidades.
Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad,
sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión,
ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición
migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad,
diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o
permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el
reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de
discriminación.
El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real
en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de
desigualdad.
(...)
La igualdad
Según el diccionario María Moliner, la igualdad es una cualidad de igual. «
Equidad ». Circunstancia de ser tratadas de la misma manera las personas de
todas las categorías sociales.
Equidad
El término equidad (del latín aequitas, de aequus, "igual"; del griego "͗επιεικεία",
virtud de la justicia del caso en concreto) puede definirse, según el Diccionario de
la lengua española, como:
Cualidad que mueve a dar a cada uno lo que merece
Justicia, imparcialidad en un trato o un reparto
La "bondadosa templanza habitual"; a la propensión a dejarse guiar por el deber o
por la conciencia, más que por la justicia o por la ley escrita;1
La justicia natural, opuesta a la ley escrita
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Una moderación en el precio de las cosas o en las condiciones
Una "disposición del ánimo que mueve a dar a cada uno lo que merece.2 Este
ideal está íntimamente enlazado con el precepto exclusivamente jurídico de
Ulpiano en sus "TriaPraecepta Iuris" (tres principios del derecho), el
suumcuiquetribuere (dar a cada uno lo suyo).
El término de igualdad también da referencia al igualitarismo como una raíz suya
esto dice que:
El igualitarismo es una doctrina política que sostiene que todas las personas
deben ser tratadas como iguales y que tienen los mismos derechos —u
oportunidades o resultados— políticos, económicos, sociales y civiles.1
Generalmente, se aplica a la igualdad que se celebra en virtud de la ley y la
sociedad en su conjunto. Difiere el alcance o el ámbito de esta igualdad
dependiendo del punto de vista a ser tratado, por lo que es un concepto
controvertido.
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La DiversidadEn referencia a los seres humanos, la diversidad es un concepto que se refiere a
la cualidad de ser diferente pero en ningún caso, inferior o superior. Así, la
diversidad hace alusión a la amplia gama de diferencias visibles y no visibles que
caracterizan a los hombres y a las mujeres. Algunas de estas cualidades incluyen
la edad, la raza, el color, la nacionalidad, el origen étnico o nacional, el sexo, la
minusvalía, la orientación sexual, el estado matrimonial o parental, la religión, la
creencia política o la clase socioeconómica.
La diversidad funcional
Diversidad funcional podría entenderse, alternativamente, como un fenómeno,
hecho o característica presente en la sociedad que, por definición, afectaría a
todos sus miembros por igual. Es decir, dado que en la sociedad existen personas
con capacidades o funcionalidades diversas o diferentes entre sí, afirmaríamos
que en la sociedad existe o se produce diversidad funcional. Desde este punto de
vista no tendría sentido hablar de "personas con diversidad funcional" pues todas
las personas somos igualmente diversas o diferentes unas de otras (del mismo
modo que no tiene sentido hablar de "personas con diversidad sexual", "personas
con diversidad cultural" o "personas con diversidad generacional"). Para quienes
sostienen esta perspectiva, entonces, "diversidad funcional" no sería un término
alternativo a "discapacidad" sino un término para referirse al hecho de que entre
los miembros de la sociedad cada uno tiene unas determinadas capacidades, lo
cual genera una diversidad que debe ser gestionada de modo que no se
produzcan exclusiones o discriminaciones.
En la diversidad entran muchos campos como podría ser la diversidad cultural,
religiosa o ideológica:
Diversidad cultural
La diversidad cultural contiene otros conceptos como por ejemplo, el patrimonio
de la humanidad, la creatividad o el desarrollo. Así pues, la definición que la
GDIAC ha adoptado se refiere a los 11 principios de la Declaración Universal de
la UNESCO sobre la diversidad cultural:
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Art.1. La diversidad cultural, patrimonio común de la humanidad
Art.2. De la diversidad cultural al pluralismo cultural
Art.3. La diversidad cultural, factor de desarrollo
Art.4. Los derechos humanos, garantes de la diversidad cultural
Art.5. Los derechos culturales, marco propicio de la diversidad cultural
Art.6. Hacia una diversidad cultural accesible a todos
Art.7. El patrimonio cultural, fuente de la creatividad
Art.8. Los bienes y servicios culturales, mercancías distintas de las demás
Art.9. Las políticas culturales, catalizadoras de la creatividad
Art.10. Reforzar las capacidades de creación y de difusión a escala mundial
Art.11. Establecer relaciones de asociación entre el sector público, el sector
privado y la sociedad civil
Diversidad Religiosa
La mayoría de los habitantes de nuestro planeta creen en alguna religión para
poder encontrar las respuestas a preguntas sobre la vida, como de donde
vinimos, cual es nuestra misión en la Tierra y para donde vamos después de la
muerte.
Las tres religiones principales son: Judaísmo, Islamismo y el Cristianismo. Los
tres son monoteístas, creen en un solo dios. En el judaísmo, su dios se llama
Yahvé, en el islamismo Alá y en el cristianismo Dios. Ambos el judaísmo y en el
cristianismo creen en el mismo dios pero le tienen nombres diferentes y los judíos
no creen en Jesús. El dios de estas tres religiones es misericordioso y justo.
Estas tres religiones tienen su propio libro sagrado. El judaísmo tiene La Torá, el
islamismo el Corán y el cristianismo la Biblia. Una peculiaridad es que La Torá es
la parte del Antiguo Testamento del libro sagrado del cristianismo, La Biblia. Los
libros sagrados establecen las reglas y leyes que se deben seguir en cada
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religión. Además aparecen las historias sobre los principios de la religión. Si las
religiones no tuvieran libros sagrados, no sabrían de la pasada historia ni de los
principios de lo que creen.
En pocas palabras la diversidad religiosa expresa la aceptación de diferentes
corrientes religiosas, tales como la católica, protestante, judía, musulmana, etc.
Entre las diferentes corrientes religiosas existe un vínculo, un diálogo frecuente
entre ellas, intercambiando opiniones respecto a los distintos problemas que
afectan a sus fieles en todo el mundo.
Diversidad Ideológica
Una ideología puede variar dependiendo de cada persona esto quiere decir que
cada uno tiene sus maneras y puntos de vista, esta variedad es imprescindible en
la política la cual es una ley orgánica de los partidos políticos.
Una ideología es el conjunto de ideas sobre la realidad, sistema general o
sistemas existentes en la práctica de la sociedad respecto a lo económico, lo
social, lo científico-tecnológico, lo político, lo cultural, lo moral, lo religioso, etc. y
que pretenden la conservación del sistema (ideologías conservadoras), su
transformación (que puede ser radical y súbita, revolucionaria, o paulatina –
ideologías reformistas–), o la restauración de un sistema previamente existente
(ideologías reaccionarias).
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Conclusión
En conclusión la igualdad en el punto de vista de la ley es un derecho el cual
tenemos desde tiempos inmemorables pero solamente se dio a la luz después de
la primera república en Francia y fue extendiéndose y así ahora conocemos el
significado de esa palabra, que quiere decir que todos somos iguales sin
excepción alguna ya que todos tenemos los mismos derechos, las mismas
oportunidades y el mismo trato.
La igualdad está pensada para que todo el mundo sea igual ante la ley ya que ella
mismo lo menciona en sus artículos y nosotros sin condición alguna de nuestro
color de piel, sexo, orientación sexual, religión o ideología podamos ser
marginados socialmente.
La diversidad es un concepto en el cual abarca todo tipo de personalidades,
personas, ideas o culturas sin discriminación alguna, esto desde el punto de vista
de la ley es un derecho que todas las personas debemos respetar ya que se
menciona en la declaración de los derechos humanos escrita por la organización
de naciones unidas aunque algunos países no lo respeten ya que no pertenecen
a la uno todos tenemos esos derechos sin importar a que cultura, país o región
pertenezcamos ya que es un derecho que por el hecho de nacer se nos otorga así
como la vida y la igualdad ante la ley.
La diversidad puede varias dependiendo de en qué tema se tome, si hablamos de
una diversidad política, es un pensamiento de diferentes partidos políticos y esto
también se tiene que respetar.
Si hablamos de una diversidad religiosa nos referimos al tipo de creencia que
tiene así como puede ser ateo, cristiano, judío o hasta incluso budista. Pero al
referirnos al tema de color o raza es una manera diferente de diversidad, ya que
eso no tiene nada que ver ya que todos somos humanos. La diversidad se da por
los pensamientos de las personas y esto debe ser respetado ya que todos
tenemos derecho na ser escuchados.
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Recomendaciones
Yo pienso que la ley sobre estos dos puntos está en lo cierto ya que todos
tenemos los mismos derechos, todos somos iguales ante la ley el momento de
nacer o hasta incluso antes de ello ya que en ciertos casos la gente suele abortar
sin pensar en él bebe que está creciendo ya que él también tiene derechos, el
igual y tiene derecho a la vida.
Pienso que todas las personas deberíamos de todos los países deberíamos hacer
un esfuerzo por formar parte de la declaración universal de los derechos
humanos así como cada país en el que existe machismo, derecho al aborto,
explotación infantil y otro número de ilegalidades.
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Igualdad - Wikipedia, la enciclopedia libre
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