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CIUDAD DE ALTA GRACIA PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD BOLETÍN OFICIAL Nº 228 CREADO POR ORDENANZA Nº 96 DE FECHA 31 DE MAYO DE 1926 JULIO - AGOSTO - SEPTIEMBRE/2.016 PUBLICACIÓN MUNICIPAL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Decretos SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Resoluciones DIRECCIÓN DE INGRESOS PÚBLICOS Resoluciones HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE Ordenanzas - Resoluciones - Decretos

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CIUDAD DE ALTA GRACIA

PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD

BOLETÍN OFICIAL Nº 228

CREADO POR ORDENANZA Nº 96 DE FECHA 31 DE MAYO DE 1926

JULIO - AGOSTO - SEPTIEMBRE/2.016 PUBLICACIÓN MUNICIPAL

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

Decretos

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Resoluciones

DIRECCIÓN DE INGRESOS PÚBLICOS

Resoluciones

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Ordenanzas - Resoluciones - Decretos

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BOLETÍN OFICIAL AUTORIDADES DEL ESTADO MUNICIPAL

Y ÓRGANOS DE CONTROL

CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL

TERCERA PARTE

JUZGADO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE FALTAS

Jueza Municipal de Faltas Ab. y Esc. Sra. Graciela Pérez Contreras

Secretaria

Ab. Lucía Ellese

TRIBUNAL DE CUENTAS Presidente

Dr. Hugo Fernando Mina

Vocales Sr. Oscar Hugo Maccari

Ab. Marisa Gladys Carrillo

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

INTENDENTE MUNICIPAL Ab. Facundo Torres Lima

VICEINTENDENTE MUNICIPAL

Lic. Juan Manuel Saieg

ASESORÍA LETRADA As. Letrado: Ab. Daniel Eduardo Villar

OFICIALÍA MAYOR

Of. Mayor: Ab. María Eugenia Amiune

SECRETARÍAS

Secretaría de Economía y Finanzas Secretario: Cr. Edgard René Pérez

Secretaría de Gobierno y Coordinación

Secretario: Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada

Secretaría de Infraestructura Secretario: Ing. Héctor Juan Bupo

Secretaría de Salud Pública

Secretario: Dr. Martín Nicolás Cugno

Secretaría de Desarrollo Social Secretario: Sr. Diego Matías Barrientos

Secretaría General y de Ambiente

Secretario: Lic. Gustavo Luis Caranta

Secretaría de Servicios Públicos Secretario: Sr. Osvaldo Ledesma

Secretaría de Gestión Administrativa

Secretaria: Ab. María Cristina Yolanda Roca

Dirección de Recursos Humanos Director: Ab. Ricardo José María González

Dirección de Ingresos Públicos

Director: Cr. Carlos Francisco Mariano Di Leo

Dirección de Deportes Director: Sr. Keith Andrew Bevan

Dirección de Turismo

Sra. Beatriz Isabel Chiacchio

Dirección de Cultura Directora: Lic. María Adelina Coda

Dirección de Educación

Director:

Dirección de Logísticas y Técnicas Director: Sr. Marcos Osvaldo Ledesma

Dirección de Recursos Hídricos y Energía Director: Sr. Guillermo Horacio Vilchez

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE Lic. Juan Manuel Saieg

PRESIDENTE PROVISORIO

VICEPRESIDENTE 1º

VICEPRESIDENTE 2º

UNIÓN POR CÓRDOBA EN ALTA GRACIA Presidente

Ab. Marcos Torres Lima

CONCEJALES Ab. Oscar Roberto Urreta

Téc. Franco Mariano Agazzi Sr. Julio Gabriel Medina

Ab. Daniela Valentina Ferrari

UNIÓN CÍVICA RADICAL Presidente

Lic. Germán Aníbal Rodríguez

CONCEJALES Téc. Leandro Esteban Morer

Od. Roberto J. Brunengo Lic. María Inés Carignani

SECRETARÍA LEGISLATIVA

Secretario: Sr. Javier Almada

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DEPARTAMENTO EJECUTIVO DECRETOS MES DE JULIO DE 2.016

cada lote o unidad locativa…a) sin apertura de calles y hasta 3 lotes $600, b) sin apertura de calles y hasta 25 lotes $700, c) Loteos $1.000. Es decir se estable-ce que los derechos de oficina bajo análisis se pagan por estudios y por planos y documentos, verificación de cálculos e inspección al momento de solicitarse el servicio por parte del contribuyente. O sea, al mo-mento de presentación de planos (ver planos anterio-res a fs.2, de Abril/2014)….1) Entonces, desde la presentación de los planos, corresponde calcular los intereses que se devengan por el mero transcurso del tiempo. Que como se viene afirmando, la Sociedad Tres Gracias, no ha cumplimentado con toda la docu-mentación exigida, en virtud de que ha presentado el Estudio Hídrico para el tratamiento de los excedentes de los efluentes pluviales, pero el mismo no se en-cuentra visado por la Secretaría de Recursos Hídricos de la Provincia, como tampoco ha cumplimentado con la presentación de la intervención de Vialidad Provin-cial. Que conforme lo informado por la Dirección de Ingresos Públicos, la empresa de mención no mantie-ne deudas de Tasas Personal y Tasa por Serv. de Inspección e Higiene con este Municipio. Que no obstante lo opinado en los puntos anteriores, es cierto que las Ordenanzas Tarifarias de los años transcurri-dos de 2014 a la fecha, han modificado su redacción incorporando el concepto de visación de planos en el año 2016, con vigencia posterior al Dictamen Nº 136/15 de esta Asesoría. Concluyendo, dicha Aseso-ría en que se debe dictar un decreto ampliatorio del decreto N° 1952/15 fijando la fecha de determinación del Acto en el año 2014 cuando aconteció la presen-tación de los planos para su visado. Por ello y a los fines de a los fines de evitar cuestionamientos que podrían afectar derechos subjetivos del administrado, es aconsejable dictar un nuevo decreto fijando la fecha de determinación antes propuesta, pero Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante a los fines de evitar la existencia de una eventual quita tributaria; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: FIJASE como fecha de determinación del Acto, el momento de la presentación de planos ( Abril de 2014), desde el cual corresponde calcular los intereses devengados conforme legislación vigente hasta la fecha de efectivo pago.- Art. 2°: ELEVESE el presente decreto Ad Referén-dum del Honorable Concejo Deliberante.- Art. 3º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dese al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 572/16 - 06/07/16 VISTO: El Expediente Nº 204/I/16; y CONSIDERAN-DO Que a través del referido instrumento administrativo Secretaría de Economía y Finanzas solicita la aproba-ción de la rendición de cuentas efectuada en el Expe-diente por la organización del evento gastronómico

“Peperina” 2016; Que dicho evento fue organizado mediante Ordenan-za Nº 10.140; Que a fs. 8 a 37 se adjuntan los recibos de los ingre-sos obtenidos por el alquiler de los stands; Que a fs. 67 se realizó un cuadro con el detalle ingre-sos venta de stand como Anexo I; Que a fs. 68 se realizó un cuadro con el detalle de las erogaciones realizadas durante por el evento como Anexo II; Que a fs. 154 se detallan los otros gastos que fueron realizados sin seguir el procedimiento habitual y que obran como Anexo IV; Que a fs. 149 se detallan los compromisos y órdenes de pago como Anexo III; Que a fs. 155 Secretaría de Economía y Finanzas solicita el dictado del Decreto que apruebe las eroga-ciones efectuadas y todo lo actuado durante el even-to; Que a fs. 157 vta. la Secretaría de Gestión Adminis-trativa comparte criterio con Secretaría de Economía y Finanzas; Que a fs. 158 el Departamento Ejecutivo informa y adjunta que se ha recibido un importe de Pesos Cuatrocientos mil ($400.000) en carácter de auspicio del Banco Provincia de Córdoba, correspondiendo Pesos doscientos mil ($200.000) al Festival Gastronó-mico Peperina 2016; Que a fs. 161 la Secretaria de Economía y Finanzas modifica el informe obrante a fs. 155/157 conforme a lo informado por el Departamento Ejecutivo y nueva-mente sugiera el dictado del Decreto que apruebe las erogaciones efectuadas y todo lo actuado durante el evento; Que a fs. 162 vta. la Secretaría de Gestión Adminis-trativa comparte criterio con Secretaría de Economía y Finanzas; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: APRUÉBENSE las erogaciones efectuadas y todo lo actuado en el marco del evento gastronómico “Peperina” 2016.- Art. 2°: ABÓNENSE las facturas que forman parte del Anexo N° IV del presente expediente administrati-vo, y ellas son las siguientes : Factura N° 0002-00000071 de la firma Seguí María Concepción, CUIT N°: 27117470429, por la suma de Pesos Cuarenta y Ocho Mil seiscientos con setenta centavos ($48.600,70), Factura N° 0002-00000072 de la firma Seguí María Concepción, CUIT N°: 27117470429, por la suma de Pesos Catorce Mil doscientos ($14.200,0), y Factura N°| 0001-00000011, de la firma ZUIN, María Victoria, CUIT N° 27-34627399-8, por la suma de Pesos dieciséis mil cuarenta ($16.040) .- Art. 2º: IMPÚTENSE las erogaciones precedentes a la partida Presupuestaria correspondiente.-

Decreto Nº 569/16 - 01/07/16 Compensación de Partidas del Presupuesto corres-pondiente al mes de julio de 2.016.- TEXTO COMPLETO A FS. 9.- Decreto Nº 570/16 - 06/07/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.197.- TEXTO COMPLETO PUBLICADO EN BOLETÍN OFICIAL Nº 227.- Decreto Nº 571/16 - 06/07/16 VISTO: El Expte. 648/14 y el decreto N° 1952/15 del Departamento Ejecutivo; y CONSIDERANDO Que mediante el Decreto N° 1952/15 se determinó en su artículo 1° que la firma Bybest S.A y TRES GRACIAS S.A. debe abonar la Tasa correspondiente al pago de los derechos por estudio de planos y documentos, aplicando la Ordenanza N° 9669- Tari-faria/2014, conforme lo especificado en el Punto 5) del Dictamen N° 136/2015 de Asesoría Letrada, cuyos valores serán actualizados desde la fecha del acto administrativo que determine efectivamente la norma a aplicar al caso planteado; Que a fs. 368 la Dirección de Ingresos Públicos lo envía al Área Obras Privadas para que proceda a liquidar la contribución mencionada y sirva detallar la fecha del devengamiento de la contribución según lo indica el Decreto 1952/15 para actualizar con los intereses resarcitorios correspondientes; Que a fs. 369 el Área de Obras Privadas adjunta liquidación provisoria antes solicitada; Que a fs. 371 la Dirección de Ingresos Públicos solicita que Asesoría Letrada mediante dictamen aclare sobre qué debe interpretarse por el acto admi-nistrativo inicial mencionado en el Dictamen N° 136/15, ya que el Área de Obras Privadas ha realiza-do una liquidación provisoria que se adjunta a fs. 369, ello a los fines de determinar correctamente el valor actual de los derechos de oficina-estudio de planos; Que a fs. 373 Asesoría Letrada emite Dictamen N° 058/2016 y dice que:”…Que conforme lo informado por el Área de Obras Privadas, el Loteo Tres Gracias S.A. ha cumplimentado con la presentación del Estu-dio Hídrico para el tratamiento de los excedentes de los efluentes pluviales, pero el mismo no se encuen-tra visado por la Secretaría de Recursos Hídricos de la Provincia. Respecto a otros requisitos exigidos por las Ordenanzas vigentes y vinculadas al proyecto; se presentaron en tiempo y forma los Certificados de Factibilidad de prestación de servicios de infraestruc-tura extendidos por los organismos competentes. Se encuentra también presentado el Estudio de Impacto Ambiental según lo establecido en Ordenanza N°7942/07.Se encuentran aprobados los proyectos de Red de Agua, Red de Cloaca, Red Vial y Plan de Forestación, como así también la firma ha presentado las garantías por las obras de infraestructura. En cambio, no ha cumplimentado con la presentación de la intervención de Vialidad Provincial. Que a los fines de establecer el acto administrativo que determine efectivamente la norma a aplicar al caso planteado, el mismo surge claramente del art. 32 primer párrafo de la Ordenanza Nº 9669 (Tarifaria 2014) en el Título de las Contribuciones que inciden sobre la Construcción de Obras, en el Art.32-ESTUDIO DE PLANOS- se fijan los derechos de estudio de Planos y documen-tos, verificación de cálculos e inspección… 6) Por toda tarea de Loteo, mensura, subdivisión bajo cual-quier régimen y unión, de acuerdo con las zonas establecidas en la ordenanza N° 8547, abonarán por

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mes de junio de 2.016, correspondientes al Programa de Merenderos Municipales.- Decreto Nº 587/16 - 14/07/16 Dispone pago de Becas de capacitación laboral del mes de junio de 2.016, correspondientes al Programa de Protección Permanente de Asistencia a la Niñez y Familia.- Decreto Nº 588/16 - 14/07/16 Dispone pago de Becas de capacitación laboral del mes de junio de 2.016, correspondientes al Programa de Protección Permanente al Anciano.- Decreto Nº 589/16 - 14/07/16 Dispone compensar resarcimiento por daños sufridos en vehículo por tributos adeudados.-

Decreto Nº 590/16 - 14/07/16 Pago de ayuda económica a la Comisión de Handball de nuestra Ciudad para la compra afrontar el gasto de colectivo hacia la Ciudad de Villa María para disputar el partido revancha en la instancia de semifinales del Torneo de la Federación Cordobesa de Handball.- Decreto Nº 591/16 - 14/07/16 Pago de ayuda económica al Club San Martín de nuestra Ciudad para la compra de materiales para el acondicionamiento del club.- Decreto Nº 592/16 - 14/07/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 593/16 - 14/07/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 594/16 - 14/07/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 595/16 - 14/07/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 596/16 - 14/07/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 597/16 - 14/07/16 Dispone pago en concepto de resarcimiento por daños sufridos en vehículo.- Decreto Nº 598/16 - 14/07/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 599/16 - 14/07/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 600/16 - 14/07/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 601/16 - 14/07/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 602/16 - 14/07/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 603/16 - 14/07/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 604/16 - 14/07/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 605/16 - 14/07/16

Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 606/16 - 14/07/16 Dispone levantamiento de embargo ordenado me-diante Decreto Nº 1.359/12.- Decreto Nº 607/16 - 14/07/16 Ratifica Locación de Inmueble.- Decreto Nº 608/16 - 14/07/16 Ratifica Convenio Área Protegida (Dispensarios).- Decreto Nº 609/16 - 14/07/16 Ratifica Contrato.- Decreto Nº 610/16 - 14/07/16 Ratifica Addenda a Contrato de Locación.- Decreto Nº 611/16 - 14/07/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 612/16 - 14/07/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 613/16 - 14/07/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 614/16 - 14/07/16 Ratifica Convenio Área Protegida (Clubes).- Decreto Nº 615/16 - 14/07/16 Ratifica Convenio Área Protegida (Escuelas).- Decreto Nº 616/16 - 14/07/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 617/16 - 14/07/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.235.- TEXTO COMPLETO PUBLICADO EN BOLETÍN OFICIAL Nº 227.- Decreto Nº 618/16 - 14/07/16 Acepta renuncia del Secretario de Servicios Públicos de la Municipalidad de Alta Gracia.- Decreto Nº 619/16 - 14/07/16 Acepta renuncia del Director de Recursos Humanos de la Municipalidad de Alta Gracia.- Decreto Nº 620/16 - 14/07/16 Acepta renuncia del Secretario General y de Ambien-te de la Municipalidad de Alta Gracia.- Decreto Nº 621/16 - 18/07/16 Designa como Secretario General y de Recursos Humanos de la Municipalidad de Alta Gracia al Dr. GONZÁLEZ Ricardo José María.- Decreto Nº 622/16 - 18/07/16 Designa como Director General de Ambiente y Desa-rrollo Sostenible de la Municipalidad de Alta Gracia al Lic. CARANTA Gustavo Luis.- Decreto Nº 623/16 - 18/07/16 Designa como Secretario de Servicios Públicos de la Municipalidad de Alta Gracia al Sr. POLETTA Iván.- Decreto Nº 624/16 - 18/07/16 VISTO: La Procuración Fiscal municipal; y CONSIDE-RANDO Que con el objeto de eficientizar la gestión de cobran-za a través del departamento de Procuración Munici-pal, se hace necesario readecuar el funcionamiento del mismo;

Art. 3º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art. 4º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 5º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 573/16 - 06/07/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 574/16 - 06/07/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 575/16 - 06/07/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 576/16 - 06/07/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 577/16 - 06/07/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 578/16 - 06/07/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 579/16 - 06/07/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 580/16 - 06/07/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 581/16 - 06/07/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 582/16 - 06/07/16 Rescinde Contrato Administrativo y Ratifica nuevo Contrato Administrativo.- Decreto Nº 583/16 - 14/07/16 Ratifica Convenio de Uso.- Decreto Nº 584/16 - 14/07/16 Otorga ayuda económica a la Parroquia Nuestra Señora de Fátima para cubrir gastos de contratación de sonido y alquiler de sillas para la celebración de las confirmaciones de ocho comunidades; Dispone pago, previa presentación de Factura, a la firma “OVIEDO EQUIPAMIENTO”; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “ECOS - SONIDO E ILUMINACIÓN”, de LOU-SARARIAN Pablo Eduardo.- Decreto Nº 585/16 - 14/07/16 Autoriza la demolición a realizarse en el inmueble ubicado en calle España Nº 126, Nomenclatura Ca-tastral 01-01-069-003.- Decreto Nº 586/16 - 14/07/16 Dispone pago de Becas de capacitación laboral del

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cargo de la Secretaría de Economía y Finanzas Municipal a través de la Dirección de Ingresos Públi-cos o Juzgado Administrativo de Faltas según corres-ponda, respecto de la gestión de cobro de los tribu-tos, tasas municipales impagos, las multas por infrac-ción a las leyes impositivas y las impuestas por los organismos o reparticiones de la Municipalidad de Alta Gracia, sus recargos por mora, intereses y acce-sorios, se efectuará el pase de dicha cartera de morosos a la Procuración Fiscal de la ciudad de Alta Gracia.- Art. 4°: Pautas de Organización. El sistema de cobro extrajudicial y judicial de los tributos municipa-les impagos, se efectuará bajo las siguientes pautas: a. La Secretaría de Economía Municipal a través de la Dirección de Ingresos Públicos o el organismo que lo reemplace, y los demás organismos y reparticiones pertinentes enviarán a la procuración de la ciudad de Alta Gracia, la liquidación de deuda para juicio expe-dida conforme los requisitos establecidos por el artículo 5º de la Ley Provincial N° 9024. b. Título Hábil. A tales efectos se considerará título hábil y suficiente para acreditar la deuda tributaria a los fines de su ejecución, la liquidación de deuda para juicio expedida por los funcionarios habilitados, que deberá consignar fecha, lugar de emisión, nombre del deudor, domicilio, identificación del bien, hecho impo-nible, monto, rubros, períodos reclamados con sus respectivos vencimientos y firma del funcionario, con aclaración del cargo que desempeña. A todos los efectos se considerará que la gestión de cobro se inicia con la entrega por parte de los organismos responsables de los títulos de deuda a la procuración fiscal de la ciudad de Alta Gracia; c. La gestión de cobro de los títulos de deuda por vía extrajudicial o judicial se efectuará con la intervención de los Procuradores Fiscales, designados por el poder ejecutivo, quienes no tendrán ninguna relación de dependencia con la Municipalidad de Alta Gracia. d. El sistema de cobro lo desarrollará la procuración fiscal de la ciudad de Alta gracia, con la participación del Secretario de Economía o la dependencia que lo reemplace en todo lo referido a la gestión administra-tiva. Art 5º: SERÁN deberes del Departamento Procura-ción: a) Recibir los títulos emitidos por la Dirección de Ingresos Públicos. b) Realizar la entrega efectiva de los títulos de deuda a los procuradores según indicación de la Secretaría de Economía con por lo menos tres meses de antici-pación a la prescripción de la deuda que se pretende reclamar para facilitar las gestiones extrajudiciales a encarar por los procuradores. c) Implementar los sistemas de seguimiento informáti-cos d) Recibir y visar las planillas de iniciación de accio-nes judiciales que entreguen los procuradores corres-pondientes a los aportes a realizar a la Caja de Jubi-laciones y Pensiones de abogados y procuradores. e) Efectuar un informe mensual al Departamento Ejecutivo del estado de los juicios en el servicio de procuración.- f) Actualizar la información del sistema informático en las causas de su competencia.- g) Realizar el seguimiento de causas por sistema e in situ de los juicios.- h) Ejercer el control de las tareas de los procuradores y poner en conocimiento de las autoridades los even-tuales incumplimientos. i) Todo acto necesario para lograr el recupero del crédito, ya sea obteniendo sentencia condenatoria, como toda diligencia procesal para su ejecución. Con excepción de peticionar subastas de bienes registra-

bles, para lo que deberá requerirse autorización de este Departamento Ejecutivo.- Art. 6º: Son funciones de los PROCURADORES MUNICIPALES a) Procurar las causas que les sean confiadas, asu-miendo el carácter de profesionalmente responsables por cada una de ellas, desde su inicio hasta su culmi-nación. b) Establecer mecanismos de pago conforme a las ordenanzas vigentes en la materia pudiendo otorgar a los contribuyentes planes de pago sobre la deuda efectivamente reclamada por cada procurador, en forma independiente del resto del estado de cuenta del contribuyente. Producir todas las acciones necesarias para la de-fensa de los derechos del municipio en las causas que se le hayan asignado actuando con diligencia y conforme a las disposiciones del Código Civil y de Procedimientos correspondientes. c) Diligenciar las medidas cautelares que correspon-dan sin autorización previa para ello. d) Actualizar la información del sistema informático en las causas de su competencia. e) Concurrir a las Oficinas de la Procuración Munici-pal una vez por semana fijando día y horario para atender a los contribuyentes cuyas cuentas les hayan sido asignadas al cobro. Art. 7º: PROHIBICIONES: Queda expresamente prohibido a los procuradores: a) Litigar en contra de la Municipalidad de Alta Gracia salvo cuando actúen por derecho propio. b)Percibir directamente de los contribuyentes suma de dinero por cualquier concepto. c) Cobrar honorarios a la Municipalidad de Alta Gra-cia en ningún caso. d) Sustituir en otro profesional el poder otorgado por la Municipalidad de Alta Gracia. e) Percibir directamente del contribuyente sumas de dinero debiendo canalizar el cobro a través de la Caja Municipal. f) Ejecutar sentencias por cobro de honorarios profe-sionales a cargo del demandado cuando la Municipa-lidad de acuerdo a un previo estudio socioeconómico haya desautorizado la subasta de los bienes embar-gados. Art 8°: Renuncia - Revocación - Muerte. En caso de renuncia o revocación de mandato, los procurado-res fiscales están obligados a rendir cuentas de su gestión por ante la Secretaria de Economía y Finan-zas. En caso de renuncia, los procuradores dentro de los treinta días de presentada la misma deberán producir un informe general de situación y un informe particular, sobre el estado de cada trámite. Una vez aceptada y notificada la aceptación de la renuncia, corresponde al procurador renunciante poner a dispo-sición de la Secretaria de Economía y Finanzas los expedientes judiciales, o en su caso indicar los juzga-dos en que se encuentren. Hasta la notificación de la aceptación de la renuncia los procuradores que hubieran renunciado continuarán ejerciendo la repre-sentación de la Municipalidad en todas las causas encomendadas, y serán responsables de los perjui-cios ocasionados y pasibles de las sanciones estable-cidas por los incumplimientos en que incurrieren. En caso de revocación de mandato, y una vez dispuesto y notificado que sea el mismo al procurador, comen-zará a correr el plazo de treinta días para el cumpli-miento de la obligación de rendir cuentas de confor-midad a las pautas precedentemente establecidas. En caso de muerte, corresponde a los sucesores comunicar éste evento a la Secretaria de Economía y Finanzas. En todos los supuestos, una vez cumplidas las exigencias mencionadas, la Secretaría de Econo-mía y Finanzas readjudicará los juicios en trámite al resto de los procuradores fiscales, de acuerdo a las

Que mediante Decreto Nº 0479/12 se creó el órgano administrativo denominado Departamento de Procu-ración 2012; Que luego de un tiempo de funcionamiento y no habiéndose obtenido los resultados esperados, se hace necesario reformular un sistema de procuración que elimine las falencias, o al menos tienda a ello; Que se hace necesario simplificar la organización y volver a cada procurador la posibilidad de percibir sus honorarios en función de sus propias gestiones y en base a las causas que le sean asignadas, así como también facilitar el cobro de la deuda que se le haya encomendado por encima de las demás gestiones.- Que es necesario encarar un cambio, eficiente en relación a la actividad de procuración en el ámbito de este Municipio.- Que tal modificación debe ser orientada a los fines de incrementar la recaudación fiscal, y con ello reducir la morosidad en el pago de los mismos, con el objetivo de garantizar la igualdad entre los vecinos en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.- Que resulta imperioso profundizar y acelerar el proce-so de eliminación de los desequilibrios estructurales que atentan directamente contra las posibilidades de estabilidad y desarrollo de la economía municipal, con los consiguientes efectos negativos en el campo social. Que asimismo se ha advertido la necesidad de orga-nizar y compatibilizar la labor de la procuración fiscal para imprimir mayor celeridad y lograr mejor eficien-cia en los procedimientos de gestión de cobro de los tributos impagos, y un mejor aprovechamiento de los recursos humanos.- Que asimismo, la necesidad de agilizar su cobro y evitar prescripciones liberatorias de los morosos, torna conveniente efectuar pautas de organización de la gestión de cobro extrajudicial y judicial de los títulos de la deuda, la designación de los procuradores fiscales a cargo del recupero de la mora.- Que a los fines descriptos resulta necesario modificar el régimen vigente para la cobranza extrajudicial y judicial de los tributos impagos, en los términos que se expresan en el presente instrumento legal y que en definitiva sustituye a toda norma similar dictada con anterioridad Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: CONFORMASE el órgano administrativo denominado Departamento Procuración 2.016 que funcionará dentro de la órbita de la Secretaría de Economía y Finanzas. Art. 2°: ESTABLÉZCASE como función del Departa-mento Procuración 2.016 la de realizar las acciones extrajudiciales y judiciales tendientes al recupero de créditos fiscales, para lo cual tendrá amplias faculta-des de intimación, interpelación, interposición de demandas, prosecución de acciones deducidas hasta su culminación; con relación a créditos que a la fecha no hayan sido motivo de inicio de acciones judiciales, o que habiendo sido iniciados se resuelva oportuna-mente su reasignación. Art.3°: Gestión de Cobro. Agotada la gestión a

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Art.15°: Acciones de la Dirección de Ingresos Públicos. La participación de la Dirección Ingresos Públicos importará el cumplimiento de las siguientes acciones: 1) emitir las liquidaciones de pago de la deuda tributaria en gestión judicial, incluidos tanto capital, intereses, gastos causídicos y honorarios de los Procuradores, en los formularios aprobados, los cuales deberán ser abonados en las entidades autori-zadas y depositados en las cuentas que el Organismo establezca al efecto; 2) otorgar a solicitud de los contribuyentes, los planes de pago en cuotas con las facilidades y condiciones que establezcan los respec-tivos regímenes; 3) realizar todas las tareas adminis-trativas inherentes o derivadas de la gestión judicial, como el tratamiento de reclamos, descargos y notifi-cación a los procuradores de las novedades en los títulos que le fueron adjudicados. Lo establecido en este artículo se podrá aplicar también con los demás organismos y reparticiones que envíen cuentas a la procuración fiscal de la ciudad de Alta Gracia para la gestión de cobro. Art.16º: Honorarios de Procuradores integrantes del Departamento de Procuración 2016, se establece el siguiente procedimiento: 1. Los servicios de procuración deberán ser solventa-dos exclusivamente con los honorarios devengados y percibidos y en proporción directa al crédito municipal efectivamente percibido e ingresado por caja munici-pal; todo conforme a condiciones de liberación total de la Municipalidad que se hará constar en los contra-tos de locación de servicios profesionales, percibien-do cada procurador en virtud de su propia gestión y dependiendo de los créditos asignados a cada uno, un monto de hasta el 10% del monto de la deuda reclamada para el caso de gestión extrajudicial, un 15% en caso de gestión judicial y hasta el momento de la liquidación siendo a partir de ahí el cobro según los honorarios regulados judicialmente. 2. Los honorarios que se perciban en función a las gestiones de créditos iniciados con anterioridad a la fecha del presente decreto se regirán y reasignarán en concordancia con el Decreto N° 479/12 y sus modificatorias. Art.17º: Serán normas básicas de funcionamiento, y su omisión o contravención será considerado falta grave: a) Las liquidaciones de deudas serán confeccionadas y entregas en la Municipalidad.- b) Estará prohibido a los procuradores atender direc-tamente a los demandados en lugar distinto que no sea en el ámbito de las oficinas públicas de la Munici-palidad.- c) Estará expresamente prohibido a los Procuradores patrocinar judicialmente y/o extrajudicialmente a quienes resultaren demandados municipales en causas que le hayan sido asignadas. En caso de producirse estas circunstancia deberá comunicarlo de modo fehaciente en el término de tres días al secreta-rio de economía.- d) Los procuradores deberán apartarse, de manera fundada, de entender en las causas en que la rela-ción con el demandado se encuentre comprendida en las causales de recusación que establece el Códi-go de Procedimiento Civil de la Provincia de Córdoba para los Jueces, excepto la causal de enemistad manifiesta. Art. 18º: APRUÉBASE el contrato tipo que se deno-mina Anexo A para ser suscripto por los letrados que integren el equipo del Departamento de Procuración 2.016.- Art.19º: Los Procuradores Municipales designados con anterioridad al presente decreto, continuaran en sus funciones bajo el presente reglamento.-

Art. 20º: IMPÚTESE la presente erogación a la parti-da Presupuestaria correspondiente.- Art. 21º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art. 22º: TÓMESE conocimiento por las respectivas oficinas municipales a sus efectos.- Art. 23º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publí-quese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gra-cia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Anexo A: Contratos Tipo de Servicios Profesionales

MODELO CONTRATO DE PROCURADOR MUNICIPAL

-DEPARTAMENTO PROCURACIÓN 2016- CONTRATO DE PROCURACIÓN JUDICIAL

Entre la Municipalidad de Alta Gracia, con domicilio en Av. Belgrano Nº 15 de la ciudad de Alta Gracia, representada por su Intendente Dr. Facundo Torres Lima, por una parte y adelante LA MUNICIPALIDAD, y por la otra el Dr. ................. DNI Nº ........... , Aboga-do, Matrícula PROFESIONAL Nº........ , con domicilio en calle........ .. de la Ciudad de …......., Provincia de Córdoba, en adelante LA/ EL PROFESIONAL por la otra, se conviene celebrar el presente contrato de Procuración, en el marco del Decreto N° ................ del año 2016; el que regirá por las Cláusulas que se indican a continuación: PRIMERA: OBJETO: LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de la/el PROFESIONAL, a los efectos de desempeñarse como PROCURADOR MUNICIPAL, debiendo cumplir las siguientes tareas profesionales: (1)Procurar las causas que les sean confiadas, asu-miendo el carácter de profesionalmente responsables por cada una de ellas, desde su inicio hasta su culmi-nación.- (2)Producir la prueba en caso de excepciones, o etapas probatorias de Segunda o ulterior Instancia.- (3)Diligenciar las medidas cautelares. (4)Actualizar la información del sistema informático en las causas de su competencia.- A los efectos de llevar a cabo la gestión encomenda-da se obliga a concurrir cuantas veces sea necesario o le sea requerido por LA MUNICIPALIDAD o funcio-narios habilitados. SEGUNDA: GESTIÓN JUDICIAL CONTRATADA: 2.1. TAREAS QUE COMPRENDE: Todo lo explicita-do en la cláusula primera del Contrato y en caso de duda, la/el PROFESIONAL deberá ejercer la repre-sentación y defensa de los intereses del que le sean indicados por LA MUNICIPALIDAD y todas las tareas especificadas en el Poder Especial otorgado por LA MUNICIPALIDAD. 2.2. Quedan bien entendido que no existe entre la/el PROFESIONAL, relación de dependencia laboral, ya que se contrata exclusivamente la gestión de cobro judicial a resultado. TERCERA: RESPONSABILIDAD: La/el PROFESIO-NAL es el responsable primario y principal por la gestión que al mismo se le encomienda, y asume el compromiso de responder ante la MUNICIPALIDAD por todos los daños y perjuicios que pudieran derivar-se como consecuencia de la actividad o gestión que como efecto del presente realicen los distintos profe-sionales o personas a las que se otorgue mandato, o de las personas de que sirve a los fines de los servi-cios contratados. Las tareas profesionales,conforme el sistema instau-rado, son de carácter personal, por lo tanto toda delegación de actividades que haga en terceras personas es por su cuenta y riesgo.-

pautas que considere pertinentes, quienes estarán obligados a aceptar las causas que por ésta vía le sean adjudicadas, y a continuarlas en el estado en que se encuentren. Art. 9°: Subasta. Los Procuradores Fiscales deberán requerir autorización expresa a la Secretaría de Economía y Finanzas, para subastar bienes inmue-bles y muebles registrables afectados a la ejecución judicial de que se trate, en cada juicio donde hayan intervenido como representantes de la Municipalidad de la ciudad de Alta Gracia Art 10°: Gastos de Remate. Los gastos de remate deberán ser autorizados expresamente por el Secre-tario de Economía y Finanzas de la municipalidad y todo exceso sobre dicha autorización será a cargo del Procurador Fiscal. Art. 11°: Confidencialidad e Indemnidad. Los Procuradores Fiscales están obligados a conservar la confidencialidad e indemnidad de toda información que obtenga de parte de la administración pública en el cumplimiento de sus funciones y obligaciones, por cuya queda absolutamente prohibida su difusión o revelación, bajo la forma o modo que sea, como así también la utilización para un uso distinto al que se le ha encomendado específicamente. La violación a la obligación prevista en este artículo genera responsa-bilidad y el Procurador deberá asumir el pago de las indemnizaciones o resarcimientos que correspondan a favor de la Municipalidad. Art.12°: Infracciones - Sanciones. Todo incumpli-miento de las obligaciones establecidas por el pre-sente instrumento legal en que incurran los procura-dores fiscales en el desempeño de sus funciones, o que importen violación de las instrucciones, resolucio-nes o decretos que en su consecuencia se dicten, será causal suficiente para disponer la aplicación de las sanciones de conformidad con los siguientes criterios y pautas. Las sanciones aplicables podrán consistir en: a) La suspensión del procurador para participar en las adjudicaciones de títulos de deuda, con carácter total o parcial, y por el término que la secretaria de economía determine. b) La revocación del mandato, que será dispuesta por el poder ejecuti-vo municipal. En todos los casos, en la determinación de las sanciones aplicables se tendrán en cuenta los antecedentes del procurador, la gravedad de las infracciones cometidas y la reiteración de las mismas.-

Art. 13°: A partir de la sanción del presente decreto se establece que los procuradores fiscales, que formen parte del nuevo departamento de procuración suscribirán un nuevo contrato de procuración, para el caso de aquellos que ya formen parte del cuerpo de procuradores y continúen dentro del nuevo esquema podrán utilizar el mandato ya otorgado oportunamen-te y para aquellos abogados que no cuenten dicha representación se les otorgaran representación sufi-ciente. Se establece que solo podrán ser pasible de entrega de certificados o títulos de deuda, aquellos procuradores que pertenezcan a la procuración esta-blecida a partir de la sanción del presente decreto.- Art. 14º: Corresponde a las secretarias administrati-vas: a) Realizar toda labor administrativa propia de la Procuración Municipal. b) Actualizar la información en el sistema informático, salvo toda aquella gestión que debe efectuar el pro-curador fiscal, a los fines de actualizar estado proce-sal de causas que se le encomendaren. c) Informar a los contribuyentes el procurador que atiende su causa comunicando los días que atiende en el Municipio.

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dados en las causas que le fueran asignadas en otro recinto que no sea el de la Municipalidad, o en la Sede del Tribunal interviniente, debiendo concurrir por lo menos una vez por semana a las oficinas municipales asignadas a tal fin. OCTAVA: HONORARIOS: Se conviene expresamen-te que LA MUNICIPALIDAD no se hará cargo de suma alguna que en concepto de honorarios pudiera devengarse en favor de la/el PROFESIONAL apode-rado y/o del personal del que el mismo se sirvan en ninguna circunstancia, aún frente a la existencia de condena en costas, fuera de los valores, importes y pautas de determinación y pago establecidos en el presente acuerdo, debiendo todos los casos eventual-mente no contemplados resolverse por aplicación analógica de la figura que guarde mayor semejanza. Quedando establecido que los honorarios a favor del Profesional serán los que resulten de lo establecido en el ARTÍCULO 16 del presente decreto. A continuación se establecen las pautas básicas, en porcentajes sobre el crédito demandado, con más sus intereses a la fecha de determinación de los mismos, y a los fines de ser aportados al fondo común: 1. Tareas extrajudiciales previas a la presentación de demanda, diez por ciento (10%).- 2. Desde la interposición de la demanda y mientras no se haya dictado sentencia, quince por ciento (15%) 3. Dictada la sentencia de Primera Instancia, el impor-te regulado judicialmente con el carácter de definiti-vos, caso contrario se calculará un adicional del veinte por ciento (20% tomando como base los intere-ses devengados por el título ejecutado).- 4. Trabajos de ejecución de sentencia, importe regu-lado por dicho trámite. De efectuarse convenio antes que esto suceda, un cincuenta por ciento adicional (50%) sobre el monto regulado por los trabajos de Primera Instancia.- 5. Trabajos de Segunda Instancia, importe regulado por dicho trámite. De efectuarse convenio antes que esto suceda, un cincuenta por ciento adicional (50%) sobre el monto regulado por los trabajos de Primera Instancia.- 6. ACUERDO HOMOLOGADO JUDICIALMENTE O EXTRAJUDICIALES O PLANES ESPECIALES DE PAGO, MORATORIAS: Los honorarios de la/el PRO-FESIONAL serán incluidos en el acuerdo que se celebre con el demandado, los que serán percibidos en igual forma, modo y plazo que se estipulen en el acuerdo de pago; no pudiendo la cuota mensual correspondiente a honorarios ser menor al equivalen-te a un jus de conformidad a la ley de provincial vigente y las normas que en su consecuencia se dicten.- 7. El profesional presta conformidad para que la Municipalidad establezca porcentajes inferiores a los habituales en planes de pago que otorgue a los demandados. Dichos porcentajes tendrán prevalencia sobre los importes regulados judicialmente, sujeto a condición de cumplimiento del plan de pago por parte del demandado.- 8. El profesional presta conformidad para que la Municipalidad disponga los créditos emergentes de planes de pagos relacionados en el párrafo anterior, o que concesione o ceda la cobranza administrativa de los mismos, sujeto a condición que se le abonen sus honorarios y accesorios que correspondieran confor-me al cronograma de pago establecido en dicho plan.- 9. Asimismo la/el PROFESIONAL declara expresa-mente en virtud del presente que renuncia voluntaria y libremente, a cobrar a LA MUNICIPALIDAD el importe que resulte de la totalidad de los honorarios que se regulen a su favor en las causas judiciales objeto del presente contrato, como asimismo para el hipotético caso que la jurisprudencia de los Tribuna-les de la Provincia declaren la irrenunciabilidad de honorarios profesionales de abogados, por este acto

libre y voluntariamente, dado dicho supuesto, cede la/el PROFESIONAL en forma irrevocable a favor de LA MUNICIPALIDAD los honorarios que se devengaren por las causas judiciales que procure conforme el presente contrato.- NOVENA: Los aportes previsionales y colegiales devengados por el ejercicio de los servicios que aquí se contratan, como el adelanto de todo gasto que integra el rubro costas, será adelantado por la Munici-palidad, con el consiguiente derecho a recupero de los mismos.- DÉCIMA: INFORMACIÓN: La/el PROFESIONAL asume formalmente el compro-miso de verificar los reportes que emita el Sistema Informático de Gestión cada 30 (treinta) días el estado general de cada uno de los juicios en que haya tomado intervención.- En cualquier caso o tiempo en que le sea requerido por las autoridades de la MUNICIPALIDAD y/o cual-quier organismo de control autorizado por LA MUNI-CIPALIDAD, deberá informar el estado y avance de las gestiones a su cargo. Cualquier otra información que sea de interés en el recupero de la deuda. El incumplimiento de esta obligación podrá ser considerado como falta grave que justifique la resolución contractual y legítima causa de suspensión de pagos de honorarios percibi-dos por el Municipio y de propiedad del Profesional hasta tanto regularice dicha prestación.-Asimismo, LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el presente si se comprobare la falta de veracidad en la información suministrada por la/el PROFESIONAL. La falta de información veraz y actualizada en un término de tres meses calendarios, faculta a la Muni-cipalidad a designar un nuevo procurador en la cau-sa, con pérdida del total de honorarios del Profesional en dicha causa, sin perjuicio de la responsabilidad profesional emergente.- DECIMO PRIMERA: COMUNICACIÓN: La comunica-ción entre la/el PROFESIONAL y la MUNICIPALIDAD se realizará a través del DEPARTAMENTO DE PRO-CURACIÓN en la persona del Secretario de Econo-mía y Finanzas, comprometiéndose los profesionales a cumplir puntualmente las directivas e indicaciones que se le impartan o efectúen. DECIMO SEGUNDA: EFECTOS DEL CONTRATO: Las disposiciones de este contrato se aplicarán sobre todo juicio de ejecución de tributos en que en nombre de la Municipalidad actúe a partir de la firma.- DECIMO TERCERA: RESCISIÓN: Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente contrato, dando aviso a la otra con 30 (treinta) días de anticipación, durante los cuales el PROFESIONAL apoderado asume el compromiso de continuar con la atención de la totalidad de los juicios, o hasta que el mandante designe procurador a cargo, lo que suceda primero.- La rescisión en tales condiciones no dará derecho a ninguna de las partes a reclamar indemnización de ninguna índole, basado en ejercicio de la ruptura contractual ni podrá el letrado solicitar regulación judicial de sus honorarios para cobrarlos a ninguna de las partes.- DECIMOCUARTA: CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO - COMPETENCIA: Para todos los efectos del presen-te contrato, las partes constituyen domicilio en los lugares indicados anteriormente. Las partes se some-ten a los tribunales ordinarios de la ciudad de Alta Gracia con exclusión del fuero federal y todo otro de excepción que pudiere corresponderle. En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejempla-res de un mismo tenor y a un solo efecto, uno para el Departamento Ejecutivo, otro para Secretaría de Gobierno y otro para el Profesional; en la ciudad de Alta Gracia, a los …....... días del mes de del año dos mil dieciséis. Decreto Nº 625/16 - 18/07/16 Ratifica Contrato de Locación de Materiales y Mano

La/el PROFESIONAL asume todas las obligaciones laborales y previsionales que en su carácter de em-pleador emanen de las disposiciones legales y/o convencionales vigentes o que rijan en el futuro. CUARTA: EXCLUSIVIDAD: Queda entendido que el presente contrato no implica exclusividad para ningu-na de las partes y por tanto será facultativo para LA MUNICIPALIDAD asignar a otros profesionales la atención de causas en la misma jurisdicción, respon-diendo a sus exclusivos criterios de especialización o necesidades operativas de distribución de trabajo por razones cuantitativas o de volumen de juicio, e inclu-so sin invocar causa ninguna. Asimismo la/el PROFESIONAL no estará obligado a atender exclusivamente a LA MUNICIPALIDAD, incluso podrá atender a otra/s personas jurídicas o empresas que no sean contraparte de LA MUNICIPA-LIDAD o exista conflicto de intereses con las misma. QUINTA: PODER: La MUNICIPALIDAD, de no haber-lo hecho, otorgará poder suficiente para ejercer sus funciones a favor de la/el PROFESIONAL, el que no podrá ser sustituido total o parcialmente, sin la expre-sa autorización de LA MUNICIPALIDAD.- Las disposiciones referentes al mandato, contenidas en el Código Civil, el Código de Procedimientos Civil y Comercial, y las leyes especiales que contemplan la actividad profesional, vigentes en la jurisdicción que le toca actuar al PROFESIONAL apoderado serán de aplicación supletoria para determinar los derechos y obligaciones de mandante y mandatario, en todo aquello y en tanto y en cuanto no se encuentre pre-visto o modificado en el presente contrato o al decreto marco de celebración de este contrato. SEXTA: 6.1. MODALIDAD DE LA TAREA: La/el PROFESIO-NAL deberá iniciar, continuar o perseguir la tramita-ción de todas aquellas causas que le sean asignadas o le toquen por jurisdicción o zona de competencia, hasta su total finiquito y en todas las instancias, sin desechar o desistir ninguna de ellas sin motivos fundados, debidamente comunicados con antelación a la MUNICIPALIDAD que en su caso otorgará autori-zación previa, sin la cual no podrá ser desistida ni desechada ninguna instancia. En todos aquellos casos en que resulte de real con-veniencia a los intereses de LA MUNICIPALIDAD, podrá efectuar acuerdos de pago conforme a los modos establecidos y permitidos por Ordenanza. La/el PROFESIONAL podrá elevar consultas, y solici-tar las instrucciones que considere necesarias a la Secretaría de Economía y Finanzas.- 6.2. OBLIGACIONES DE LA/EL PROFESIONAL: 6.2.1. Iniciar de inmediato la gestión extrajudicial de cobro, o la demanda en caso que así se resuelva por resolución general y/o particular, y dar cumplimiento a toda actividad impulsora del proceso, debiendo todas las constancias del proceso permanecer en sede del Departamento Procuración.- 6.2.2. Resguardar el privilegio de los créditos y medi-das cautelares solicitadas, velando por la reinscrip-ción de los mismos. 6.2.3. Solicitar instrucciones a la Secretaría, con tiempo suficiente, para concurrir a las subastas judi-ciales. Actos al que deberá concurrir acompañado de un Funcionario Municipal.- 6.2.4. Acatar las disposiciones del Departamento Procuración, cumpliendo con los instructivos que le remitiera para el desarrollo de sus tareas. 6.2.5. Cargar toda la información generada por su gestión y/o participación en el Sistema Informático de Gestión de Procuración que existiere, para lo cual contará con una clave propia que deberá administrar bajo su exclusiva responsabilidad.- SÉPTIMA: INFRAESTRUCTURA: Para la atención de los juicios que se le encomiendan al/el PROFESIO-NAL el Departamento Procuración proveerá todas las instalaciones en el ámbito Municipal, estando expre-samente vedado al Profesional atender a los deman-

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Pago de ayuda económica para la realización de la séptima edición del TORNEO CENTRO DE LA RE-PÚBLICA de fisicoculturismo, fitnes y body fitnes.- Decreto Nº 645/16 - 28/07/16 Pago de ayuda económica al SINDICATO DE TRA-BAJADORES MUNICIPALES DE ALTA GRACIA (SITRAMAG) para que los hijos de afiliados asistan a una función del Circo Luxor.- Decreto Nº 646/16 - 28/07/16 Visto: El Expediente Nº 258/I/16 y el Decreto N° 536/16 de fecha 22 de Junio de 2016.; y CONSIDE-RANDO Que a través del mismo y mediante Memorándum Nº 103/16 la Secretaría de Infraestructura solicita la aprobación de pliegos y bases de condiciones y autorización correspondiente para el llamado a licita-ción pública, para la obra “Restauración Cine Teatro Monumental Sierras”, y que comprende: Pliego de condiciones legales, particulares y Complementarias, Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Obras Públicas, Pliego de Especifica-ciones Técnicas, Piezas Graficas de Relevamiento y Proyecto Que mediante Ordenanza N° 10.183 el Honorable Concejo Deliberantes de nuestra ciudad, aprobó el pliego de condiciones legales, particulares y comple-mentarias; Pliego de bases y condiciones generales para la contratación de obras públicas, Pliego de especificaciones técnicas, computo, y presupuesto, para la ejecución de la obra “Restauración Cine Teatro Monumental Sierras” y se autorizó el llamado a licitación pública nacional para la contratación de la mano de obra, materiales y equipos necesarios, para la ejecución de la obra: “Restauración Cine Teatro Monumental Sierras, todo conforme a pliegos de bases y condiciones, que se aprueban mediante la presente Ordenanza; Que mediante Decreto Nº 536/13 se realizó el corres-pondiente llamado a Litación Publica Nacional; Que mediante Memorándum N° 198/2016, la Secre-taria de Infraestructura , informa que mediante nota de fecha 20 de Julio de 2016 presentada por la Em-presa COVA CONSTRUCCIONES S.A, requiriendo una prórroga de la fecha de apertura de sobres, de la Licitación de referencia, para disponer de tiempo necesario para el desarrollo del Proyecto, Computo y Presupuesto de la obra, es por ello que la Secretaria de Infraestructura sugiere por tal motivo prorrogar el Acto de Apertura de Sobres, teniendo en cuenta que si bien los proyectos se encuentran debidamente elaborados en los pliegos licitatorios, dada la comple-jidad de la obra, sería conveniente otorgar la amplia-ción sugerida; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: PRORRÓGASE el llamado a Licitacion Publi-ca Nacional, convocado mediante Decreto Nº 536/16 de fecha 22 de Junio de 2.01, para el día 30 de Agos-to de 2.016, a las 11:00 hs., en la oficina de la Secre-taría de Infraestructura de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Pte. Perón Nº 1.997 – Terminal de Ómnibus de la Ciudad de Alta Gracia, para la contratación de la Mano de Obra, Materiales y Equi-pos necesarios para la ejecución de la obra “RESTAURACIÓN CINE TEATRO MONUMENTAL SIERRAS”, según las especificaciones que se men-cionan en el detalle que como Anexo en formato

digital en soporte CD (Pliegos de Bases y Condicio-nes y Planos) se adjunta y forma parte del presente Decreto.- Art. 2º: ESTABLÉCESE que a partir del primer día de publicación y hasta el día 22 de Agosto del corriente año, se podrá adquirir el Pliego de Condiciones en Tesorería de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Av. Belgrano Nº 15, 1º piso, de esta ciudad, en días hábiles administrativos y en el horario de 7:30 a 13:00 horas.- Art. 3º: ESTABLÉCESE que las propuestas podrán presentarse en días hábiles, de 7:30 a 13:30 horas en la oficina de la Secretaría de Infraestructura de la Municipalidad de Ata Gracia y se recibirán hasta las 09:00 horas del día 30 de Agosto de 2.016.- Art. 4º: ESTABLÉCESE que el día 30 de Agosto de 2.016, a las 11:00 hs., se procederá a realizar el acto de apertura de las ofertas en la oficina de la Secreta-ría de Infraestructura de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Pte. Perón Nº 1.997 – Terminal de Ómnibus, de la ciudad de Alta Gracia.- Art. 5°: RECONOZCASE la adquisición de pliegos efectuados con anterioridad al presente decreto, debiendo notificarse a los adquirentes correspondien-tes.- Art. 6º: PUBLICÍTESE el presente llamado a Licita-ción Publica Nacional durante un (2) día en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y publicitado du-rante dos (2) días en el diario o semanario de mayor circulación de la zona, o en los medios locales de comunicación.- Art. 7º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Infraestructura.- Art. 8º: TÓMESE conocimiento por las respectivas oficinas municipales a sus efectos.- Art. 9º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dese al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Ing. Héctor Juan Bupo - Secretario de Infraestructura.- Decreto Nº 647/16 - 29/07/16 Otorga ayuda económica al Instituto Paulina Domín-guez de nuestra Ciudad para cubrir gastos de trans-porte a la Ciudad de Córdoba para participar en el festival “DESAFIARTE”; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “SERVICIOS ESPECIALES FRANCISCO GA-RAY - VIAJES Y TURISMO”, de GARAY Francisco E., C.U.I.T.: 20-34840772-5.- Decreto Nº 648/16 - 29/07/16 Ratifica Convenio de Adhesión Provincia - Municipios al Régimen del Boleto Educativo Gratuito de la Pro-vincia de Córdoba.- Decreto Nº 649/16 - 29/07/16 Ratifica Contrato de Mantenimiento.- Decreto Nº 650/16 - 29/07/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.219.- TEXTO COMPLETO PUBLICADO EN BOLETÍN OFICIAL Nº 227.- Decreto Nº 651/16 - 29/07/16 Dispone el pago de Bonificaciones Especiales a agentes municipales.-

de Obra.- Decreto Nº 626/16 - 18/07/16 Ratifica Addenda a Contrato de Beca.- Decreto Nº 627/16 - 18/07/16 Rescinde Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 628/16 - 18/07/16 Rescinde Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 629/16 - 18/07/16 Acepta Renuncia; Da de baja a agente municipal.- Decreto Nº 630/16 - 19/07/16 Pago de ayuda económica a deportista de nuestra Ciudad para cubrir gastos de participación en BMX en las Olimpíadas de Río 2.016.- Decreto Nº 631/16 - 19/07/16 Ratifica Convenio de Cooperación y Asistencia Mutua e Integral en Materia Recaudatoria.- Decreto Nº 632/16 - 20/07/16 Pago de ayuda económica a la Filial Alta Gracia del Club Atlético Belgrano para cubrir gastos de un viaje a la Ciudad de Córdoba para participar de una cena a beneficio en el complejo FERIAR.- Decreto Nº 633/16 - 20/07/16 Autoriza pago de Bonificación por Jubilación a em-pleado municipal.- Decreto Nº 634/16 - 22/07/16 Pago de ayuda económica a vecino afectado por temporal de noviembre de 2.015.- Decreto Nº 635/16 - 22/07/16 Pago de ayuda económica a deportista de nuestra Ciudad para cubrir gastos de participación en los entrenamientos oficiales de Moto GP, que se desarro-llarán en la Ciudad de Termas de Río Hondo.- Decreto Nº 636/16 - 25/07/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 637/16 - 25/07/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 638/16 - 26/07/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 639/16 - 27/07/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 640/16 - 27/07/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 641/16 - 27/07/16 Pago de ayuda económica al equipo de handball municipal para cubrir gastos de inscripción al Torneo Nacional C, categoría menores masculino, que se desarrollarán en la Provincia de San Juan.- Decreto Nº 642/16 - 27/07/16 Pago de ayuda económica a la Escuela Julio Roberto Barrientos de nuestra Ciudad para abonar el transpor-te que trajo a los músicos de la Banda de Música y Guerra de la Fuerza Aérea Córdoba, que asistieron a los festejos del 9 de julio.- Decreto Nº 643/16 - 27/07/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 644/16 - 27/07/16

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Decreto Nº 569/16 - 01/07/16 (Texto completo)

VISTO: La Ordenanza Nº 10137, Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2016; y

CONSIDERANDO

Que es menester adecuar la marcha del presupuesto vigente a las necesidades actuales de la administración municipal a los fines de optimizar su desarrollo; Que la Ordenanza Nº 10137 establece, en el artículo 5, autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suprimir compensar, ampliar y redistribuir las partidas presu-puestarias que así lo requieran; Atento a ello, y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA

DECRETA

ART.1º: PROCÉDASE por Secretaría de Economía y Finanzas, a efectuar la compensación de partidas del presupuesto vigente, correspondiente al mes contable Julio 2016

PRESUPUESTO DE GASTOS PARTIDAS A INCREMENTAR PRES.VIG. INCREMENTO PRES.RECT.

01.1.1.01.01.01 AUTORIDADES SUPERIORES 1.163.000,00 500.000,00 1.663.000,00 01.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 520.000,00 20.000,00 540.000,00 01.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 500.000,00 100.000,00 600.000,00 01.1.1.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD 15.000,00 10.000,00 25.000,00 01.1.1.03.03.12 CONSERVACIONES Y REPARACIONES 25.000,00 100.000,00 125.000,00 01.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ. ANT. 1.532.000,00 5.000,00 1.537.000,00 01.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 36.000,00 20.000,00 56.000,00 01.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 163.000,00 30.000,00 193.000,00 01.2.1.01.01.06 DEUDA DE BIENES DE CAPITAL EJ. ANT. 23.100,00 1.000,00 24.100,00 02.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 2.000,00 2.000,00 4.000,00 02.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 3.500,00 2.000,00 5.500,00 02.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 216.000,00 17.000,00 233.000,00 02.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 2.001,00 10.000,00 12.001,00 03.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 8.000,00 8.000,00 16.000,00 03.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 408.600,00 120.000,00 528.600,00 03.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ. ANT. 242.000,00 1.000,00 243.000,00 04.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 181.000,00 20.000,00 201.000,00 04.1.1.03.03.07 ALQUILERES VARIOS 60.000,00 20.000,00 80.000,00 04.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICO DE AJ. ANT. 230.000,00 100,00 230.100,00 04.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 129.600,00 10.000,00 139.600,00 05.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 20.000,00 20.000,00 40.000,00 05.1.1.03.03.06 COMISONES Y SEGURO EN GRAL 1,00 1.000,00 1.001,00 05.1.1.03.03.07 ALQUILERES VARIOS 70.000,00 60.000,00 130.000,00 05.1.1.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD 1,00 10.000,00 10.001,00 05.1.1.03.03.11 GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN 30.000,00 100.000,00 130.000,00 05.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 950.000,00 100.000,00 1.050.000,00 05.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 692.200,00 500.000,00 1.192.200,00 05.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE AJ. ANT. 318.000,00 2.000,00 320.000,00 05.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 123.840,00 50.000,00 173.840,00 06.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 20.000,00 20.000,00 40.000,00 06.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 10.000,00 10.000,00 20.000,00 06.1.1.03.03.07 ALQUILERES VARIOS 80.000,00 15.000,00 95.000,00 06.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 300.000,00 100.000,00 400.000,00 06.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 877.664,00 10.000,00 887.664,00 07.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 551.520,00 10.000,00 561.520,00 09.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 280.000,00 260.000,00 540.000,00 09.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 394.000,00 80.000,00 474.000,00 09.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE AJ. ANT. 222.000,00 6.000,00 228.000,00 09.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 316.800,00 30.000,00 346.800,00 10.1.1.03.03.02 PASAJES FLETES ACARREOS Y ALMACENAJES 10.000,00 1.000,00 11.000,00 10.1.1.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD 10.000,00 10.000,00 20.000,00 10.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 959.040,00 370.000,00 1.329.040,00 10.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ. ANT. 627.000,00 2.000,00 629.000,00 11.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ. ANT. 919.000,00 10.000,00 929.000,00 11.1.3.02.02.39 PROGRAMA MUNICIPAL DE SALUD ANIMAL 412.500,00 100.000,00 512.500,00 11.2.1.01.01.13 PROGRAMA SUMAR 100.000,00 2.000,00 102.000,00 13.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 450.800,00 240.000,00 690.800,00 13.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 166.000,00 38.000,00 204.000,00

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13.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 453.600,00 115.000,00 568.600,00 13.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE AJ. ANT. 299.700,00 1.000,00 300.700,00 13.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 1,00 33.000,00 33.001,00 14.1.1.02.02.01 COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES 140.000,00 100.000,00 240.000,00 14.1.1.02.02.02 ADQUISICIÓN DE REPUESTOS EN GENERAL 40.000,00 20.000,00 60.000,00 14.1.1.02.02.03 ÚTILES, LIBROS IMP. Y PAPELERÍA 35.000,00 20.000,00 55.000,00 14.1.1.02.02.04 ELEMENTOS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN 5.000,00 3.000,00 8.000,00 14.1.1.02.02.07 ADQ. DE MATERIALES DE COSNTRUCIÓN 10.000,00 5.000,00 15.000,00 14.1.1.02.02.08 ADQUISISCIÓN DE PRODUCTOS QUIM. Y FARM. 20.001,00 20.000,00 40.001,00 14.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 95.000,00 50.000,00 145.000,00 14.1.1.03.03.04 COMUNICACIONES TELEG´RAFICAS Y POSTALES 1,00 1.000,00 1.001,00 14.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 110.000,00 100.000,00 210.000,00 14.1.1.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD 30.000,00 10.000,00 40.000,00 14.1.1.03.03.12 CONSEVACIONES Y REPRACIONES 35.000,00 15.000,00 50.000,00 14.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 385.160,00 140.000,00 525.160,00 14.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ. ANT. 172.000,00 1.000,00 173.000,00 15.1.1.03.03.06 COMISIONES Y SEGUROS EN GRAL. 240.000,00 20.000,00 260.000,00 15.1.1.03.03.07 ALQULERES VARIOS 1.400.000,00 500.000,00 1.900.000,00 15.1.1.03.03.14 ALUMBRADO PÚBLICO 5.200.000,00 500.000,00 5.700.000,00 15.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 102.240,00 28.000,00 130.240,00 16.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 45.000,00 20.000,00 65.000,00 16.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 1,00 3.000,00 3.001,00 17.1.1.03.03.01 ELECTRICIDAD GAS Y AGUS CTE EN DEP. MUNIC. 21.000,00 10.000,00 31.000,00 17.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFONICAS 11.000,00 5.000,00 16.000,00 17.1.1.03.03.06 COMISIONES Y SEGUROS EN GRAL. 1,00 1.000,00 1.001,00 17.1.1.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD 1,00 10.000,00 10.001,00 17.1.1.03.03.11 GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN 20.000,00 10.000,00 30.000,00 17.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 404.001,00 60.000,00 464.001,00 17.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 50.001,00 70.000,00 120.001,00 17.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 50.000,00 5.000,00 55.000,00 18.1.1.03.03.19 LOCACION DE SERVICIOS 30.001,00 36.000,00 66.001,00 19.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ. ANT. 16.800,00 1.000,00 17.800,00 19.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 43.200,00 12.300,00 55.500,00 19.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 4.001,00 1.000,00 5.001,00 20.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 2.500,00 2.500,00 5.000,00 20.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO EJ. ANT. 8.800,00 1.000,00 9.800,00

TOTAL PARTIDAS A INCREMENTAR 5.082.900,00

PARTIDAS A DISMINUIR PRES.VIG. DISMINUCIÓN PRES.RECT.

01.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 1.232.000,00 500.000,00 732.000,00 01.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 101.000,00 100.000,00 1.000,00 01.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 2.134.296,00 357.000,00 1.777.296,00 02.1.1.01.01.11 DEUDA DE PERSONAL EJ. ANT. 124.000,00 13.000,00 111.000,00 02.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 25.000,00 1.000,00 24.000,00 02.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO EJ. ANT. 160.000,00 17.000,00 143.000,00 03.1.1.03.03.39 COMISIÓN FDO PERMANENTE DE PREST. 1.300.000,00 129.000,00 1.171.000,00 04.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 577.600,00 50.100,00 527.500,00 05.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 7.024.900,00 500.000,00 6.524.900,00 05.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 1.246.210,00 343.000,00 903.210,00 06.1.1.01.01.01 AUTORIDADES SUPERIORES 533.000,00 485.000,00 48.000,00 06.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 555.552,00 155.000,00 400.552,00 07.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 264.960,00 10.000,00 254.960,00 10.1.1.01.01.02 PERSONAL DE GABINETE 70.000,00 69.000,00 1.000,00 10.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 15.465.000,00 290.000,00 15.175.000,00 10.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 3.481.000,00 400.000,00 3.081.000,00 11.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 4.287.000,00 112.000,00 4.175.000,00 15.1.1.01.01.02 PERSONAL DE GABINETE 970.001,00 250.000,00 720.001,00 15.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 30.887.000,00 798.000,00 30.089.000,00 16.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 1.807.000,00 450.000,00 1.357.000,00 18.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 1.805.000,00 36.000,00 1.769.000,00 19.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 50.000,00 14.300,00 35.700,00 20.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 39.001,00 3.500,00 35.501,00

TOTAL PARTIDAS A DISMINUIR 5.082.900,00

ART.2º: CON la presente compensanción, el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente es de $ 473.127.016(Pesos: Cuatrocientos setenta y tres millones ciento veintisiete mil dieciseis) ART.3º: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas ART.4º: TÓMESE conocimiento por las respectivas oficinas municipales, a sus efectos.

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Art. 1º: LLÁMASE a Concurso Público de Precios Nº 01/16 para el día 24 de agosto de 2.016, a las 10:00 hs., en la oficina de la Secretaría de Infraestructura de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Pte. Perón Nº 1.997 – Terminal de Ómnibus, con el objeto de la contratación de la provisión de materiales, equipos y mano de obra necesarios para la ejecución de Carpeta Asfáltica en las calles Concejal Barbeito de Bº Pellegrini, Uruguay y Agustín Aguirre de Bº Cámara, Matheu y Ecuador de Bº Parque Casino de la Ciudad de Alta Gracia, según las especificaciones que se mencionan en el detalle que como Anexo I se adjunta y forma parte del presente.- Art. 2º: ESTABLÉCESE que a partir del primer día de publicación y hasta el día 23 de agosto de 2.016, se podrá adquirir el Pliego de Condiciones en Tesorería de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Av. Belgrano Nº 15, 1º piso de esta Ciudad, en días hábiles administrativos y en el horario de 7:30 a 13:00 horas.- Art. 3º: ESTABLÉCESE que las propuestas podrán presentarse en días hábiles, de 7:30 a 13:30 horas en la oficina de la Secretaría de Infraestructura de la Municipalidad de Alta Gracia y se recibirán hasta las 09:00 horas del día 24 de agosto de 2.016.- Art. 4º: ESTABLÉCESE que el día 24 de agosto de 2.016, a las 10:00 hs., se procederá a realizar el acto de apertura de las ofertas en la oficina de la Secreta-ría de Infraestructura de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Pte. Perón Nº 1.997 – Terminal de Ómnibus, de la Ciudad de Alta Gracia.- Art. 5º: PUBLICÍTESE el presente llamado a Concur-so Público de Precios durante un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y publicitado du-rante dos (2) días en el diario o semanario de mayor circulación de la zona, o en los medios locales de comunicación.- Art. 6º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Infraestructura.- Art. 7º: TÓMESE conocimiento por las respectivas oficinas municipales a sus efectos.- Art. 8º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dese al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Ing. Héctor Juan Bupo - Secretario de Infraestructura.- POR RAZONES DE ESPACIO NO SE PUBLICA EL ANEXO I (PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES). EL MISMO PUEDE SER CONSULTADO EN OFICIA-LÍA MAYOR. Decreto Nº 663/16 - 01/08/16 Visto: El Expediente Nº 449/I/16; y CONSIDERANDO Que a través del mismo y mediante Memorándum Nº 185/16 la Secretaría de Infraestructura solicita el llamado a Concurso Público de Precios para la con-tratación de la provisión de materiales, equipos y mano de obra necesarios para la ejecución de Carpe-ta Asfáltica en las calles Falucho de Bº Caferatta, Ituzaingo de Bº Don Bosco, Cangallo de Bº Liniers,

Divino Niño Jesús, Oviedo Zalaya y Profesor Miguel Golocovsky de Bº Parque San Juan de la ciudad de Alta Gracia; Que a fs. 3 a 22 se adjuntan Pliego General de Con-diciones, modelo de Cartel de Obra, modelo de Certi-ficado de Porcentaje de Ejecución, Cómputo y Presu-puesto Oficial, Pliego de Especificaciones Técnicas y Planos, para el correspondiente llamado a Concurso Público de Precios requerido; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: LLÁMASE a Concurso Público de Precios Nº 02/16 para el día 24 de agosto de 2.016, a las 11:00 hs., en la oficina de la Secretaría de Infraestructura de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Pte. Perón Nº 1.997 – Terminal de Ómnibus, con el objeto de la contratación de la provisión de materiales, equipos y mano de obra necesarios para la ejecución de Carpeta Asfáltica en las calles Falucho de Bº Caferatta, Ituzaingo de Bº Don Bosco, Cangallo de Bº Liniers, Divino Niño Jesús, Oviedo Zalaya y Profesor Miguel Golocovsky de Bº Parque San Juan de la ciudad de Alta Gracia, según las especificaciones que se mencionan en el detalle que como Anexo I se adjunta y forma parte del presente.- Art. 2º: ESTABLÉCESE que a partir del primer día de publicación y hasta el día 23 de agosto de 2.016, se podrá adquirir el Pliego de Condiciones en Tesorería de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Av. Belgrano Nº 15, 1º piso de esta Ciudad, en días hábiles administrativos y en el horario de 7:30 a 13:00 horas.- Art. 3º: ESTABLÉCESE que las propuestas podrán presentarse en días hábiles, de 7:30 a 13:30 horas en la oficina de la Secretaría de Infraestructura de la Municipalidad de Alta Gracia y se recibirán hasta las 10:00 horas del día 24 de agosto de 2.016.- Art. 4º: ESTABLÉCESE que el día 24 de agosto de 2.016, a las 11:00 hs., se procederá a realizar el acto de apertura de las ofertas en la oficina de la Secreta-ría de Infraestructura de la Municipalidad de Alta Gracia, sita en calle Pte. Perón Nº 1.997 – Terminal de Ómnibus, de la Ciudad de Alta Gracia.- Art. 5º: PUBLICÍTESE el presente llamado a Concur-so Público de Precios durante un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y publicitado du-rante dos (2) días en el diario o semanario de mayor circulación de la zona, o en los medios locales de comunicación.- Art. 6º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Infraestructura.- Art. 7º: TÓMESE conocimiento por las respectivas oficinas municipales a sus efectos.- Art. 8º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dese al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Ing. Héctor Juan Bupo - Secretario de

Decreto Nº 652/16 - 01/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 653/16 - 01/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 654/16 - 01/08/16 Pago de ayuda económica para la realización de la primera convención de arte fantástico de la Provincia de Córdoba llamada “COMIC CÓRDOBA”.- Decreto Nº 655/16 - 01/08/16 Pago de ayuda económica a deportista de nuestra Ciudad para cubrir gastos de participación la prueba “IRON MAN TO.3”, que se desarrollará en la Ciudad de Río de Janeiro - Brasil.- Decreto Nº 656/16 - 01/08/16 Pago de ayuda económica a boxeador de nuestra Ciudad para cubrir gastos de un viaje a la Ciudad de Santa Fe para participar en una pelea.- Decreto Nº 657/16 - 01/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 658/16 - 01/08/16 Pago de ayuda económica para solventar gastos de la realización del “TORNEO INTEGRACIÓN CARCE-GLIA TEAM ALTA GRACIA” de Jiu Jitsu.- Decreto Nº 659/16 - 01/08/16 Pago de ayuda económica a deportista de nuestra Ciudad para cubrir gastos de las competencias que desarrollará el corriente año.- Decreto Nº 660/16 - 01/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 661/16 - 01/08/16 Autoriza la compra de un (1) equipo de sonido (micrófono, cable, consola y radio grabador), para ser donado a la escuela San Martín; Dispone pago a la firma “MEGA MUSIC S.A.”, C.U.I.T.: 30-70835554-9, según Factura B Nº 0003-00012955.- Decreto Nº 662/16 - 01/08/16 Visto: El Expediente Nº 448/I/16; y CONSIDERANDO Que a través del mismo y mediante Memorándum Nº 184/16 la Secretaría de Infraestructura solicita el llamado a Concurso Público de Precios para la con-tratación de la provisión de materiales, equipos y mano de obra necesarios para la ejecución de Carpe-ta Asfáltica en las calles Concejal Barbeito de Bº Pellegrini, Uruguay y Agustín Aguirre de Bº Cámara, Matheu y Ecuador de Bº Parque Casino de la Ciudad de Alta Gracia; Que a fs. 3 a 23 se adjuntan Pliego General de Con-diciones, modelo de Cartel de Obra, modelo de Certi-ficado de Porcentaje de Ejecución, Cómputo y Presu-puesto Oficial, Pliego de Especificaciones Técnicas y Planos, para el correspondiente llamado a Concurso Público de Precios requerido; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA

ART.5º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese. Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Cr. Edgard René Pérez - Secretario de Economía y Finanzas.-

DECRETOS MES DE AGOSTO DE 2.016

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Decreto Nº 680/16 - 05/08/16 Acepta renuncia por jubilación; Da de baja a agente municipal.- Decreto Nº 681/16 - 05/08/16 Acepta renuncia por jubilación; Da de baja a agente municipal.- Decreto Nº 682/16 - 05/08/16 Acepta renuncia por jubilación; Da de baja a agente municipal.- Decreto Nº 683/16 - 05/08/16 Acepta depósito hecho por el Banco de la Provincia de Córdoba efectuado en concepto de auspicio publi-citario de dicha entidad en el evento “PEPERINA” realizado en el año 2.016; Ordena confección de la correspondiente Orden de Pago para el evento “PEPERINA”.- Decreto Nº 684/16 - 05/08/16 Acepta depósito hecho por el Banco de la Provincia de Córdoba efectuado en concepto de auspicio publi-citario de dicha entidad en el evento “XXIX ENCUEN-TRO ANUAL DE COLECTIVIDADES”; Ordena confección de la correspondiente Orden de Pago para la comisión organizadora del “XXIX EN-CUENTRO ANUAL DE COLECTIVIDADES”.- Decreto Nº 685/16 - 08/08/16 Ratifica Acuerdo de Voluntades.- Decreto Nº 686/16 - 08/08/16 Acepta renuncia por jubilación; Da de baja a agente municipal.- Decreto Nº 687/16 - 08/08/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 688/16 - 08/08/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.241.- TEXTO COMPLETO PUBLICADO EN BOLETÍN OFICIAL Nº 227.- Decreto Nº 689/16 - 08/08/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.244.- TEXTO COMPLETO PUBLICADO EN BOLETÍN OFICIAL Nº 227.- Decreto Nº 690/16 - 08/08/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.259.- TEXTO COMPLETO PUBLICADO EN BOLETÍN OFICIAL Nº 227.- Decreto Nº 691/16 - 08/08/16 Declara de Legítimo Abono importe adeudado a la firma “HERENCIA”, de FLORES Graciela del Carmen, C.U.I.T.: 27-12812389-5, por almuerzo brindado a turistas extranjeros enviados por la Agencia Córdoba Cultura; Dispone pago a la firma “HERENCIA”, de FLORES Graciela del Carmen, C.U.I.T.: 27-12812389-5, según Ticket Nº 00004028.- Decreto Nº 692/16 - 08/08/16 Declara de Legítimo Abono importe adeudado a la firma “MARCELO J. GUARDABASSI S.R.L.”, C.U.I.T.: 30-71277760-1, por la provisión de insumos para la Pileta Olímpica y el mantenimiento de la misma;

Dispone pago a la firma “MARCELO J. GUARDA-BASSI S.R.L.”, C.U.I.T.: 30-71277760-1, según Fac-tura Nº 0003-00000075.- Decreto Nº 693/16 - 08/08/16 Declara de Legítimo Abono importe adeudado a la firma “OVIEDO EQUIPAMIENTOS”, de OVIEDO Miguel Ángel, C.U.I.T.: 20-06442247-3, por alquileres varios para distintos eventos; Dispone pago a la firma “OVIEDO EQUIPAMIEN-TOS”, de OVIEDO Miguel Ángel, C.U.I.T.: 20-06442247-3, según Facturas Nº 0001-00000905, 0001-00000909, 0001-00000934, 0001-00000989, 0001-00001007, 0001-00001008, 0001-00001011, 0001-00001009, 0001-00001103, 0001-00001137 y 0001-00001101.- Decreto Nº 694/16 - 08/08/16 Pago de ayuda económica al Club Platense de nues-tra Ciudad para la realización del techo del SUM del club.- Decreto Nº 695/16 - 08/08/16 Pago de ayuda económica al Instituto de Enseñanza Privado El Obraje de nuestra Ciudad para solventar gastos de la realización de un locro a beneficio de la construcción del edificio propio.- Decreto Nº 696/16 - 08/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 697/16 - 08/08/16 Otorga ayuda económica a la Agrupación Gaucha Padre Buteler de nuestra Ciudad para solventar gastos del sonido e iluminación del “33° FOGÓN GAUCHO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA”; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “ECOS - SONIDO E ILUMINACIÓN”, de LOU-SARARIAN Pablo Eduardo, C.U.I.T.: 20-3484772-5.- Decreto Nº 698/16 - 09/08/16 Pago de ayuda económica al Instituto de Enseñanza Privado El Obraje de nuestra Ciudad para solventar gastos de la realización de la “NOCHE DORADA” a beneficio de la construcción del edificio propio.- Decreto Nº 699/16 - 09/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 700/16 - 09/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 701/16 - 09/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 702/16 - 09/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 703/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 704/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 705/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 706/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 707/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.-

Infraestructura.- POR RAZONES DE ESPACIO NO SE PUBLICA EL ANEXO I (PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES). EL MISMO PUEDE SER CONSULTADO EN OFICIA-LÍA MAYOR. Decreto Nº 664/16 - 03/08/16 Pago de ayuda económica para solventar gastos de la realización de un evento de boxeo.- Decreto Nº 665/16 - 03/08/16 Pago de ayuda económica a miembros del grupo “POR LA INCLUSIÓN PLENA” de nuestra Ciudad para cubrir gastos de organización de una charla.- Decreto Nº 666/16 - 03/08/16 Dispone pago a la firma “PONS DANIEL ÁNGEL”, C.U.I.T.: 20-12560770-6, según Factura Nº 0002-00000030.- Decreto Nº 667/16 - 03/08/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 668/16 - 03/08/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 669/16 - 03/08/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 670/16 - 03/08/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 671/16 - 03/08/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 672/16 - 03/08/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 673/16 - 04/08/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.231.- TEXTO COMPLETO PUBLICADO EN BOLETÍN OFICIAL Nº 227.- Decreto Nº 674/16 - 04/08/16 Autoriza la compra de un (1) TV LED de 49 pulgadas, para ser donado a la escuela IPEM Nº 97 Indepen-dencia; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “MEROLI HOGAR S.A.”.- Decreto Nº 675/16 - 04/08/16 Dispone pago a la firma “AGROSERV S.A.”, C.U.I.T.: 30-70824471-2, según Factura Nº 0002-00000006.- Decreto Nº 676/16 - 04/08/16 Dispone pago a la firma “GRUPO DIMED S.R.L.”, C.U.I.T.: 30-71262750-2, según Facturas Nº 0001-00000765, 0001-00000764, 0001-00000763 y 0001-00000762.- Decreto Nº 677/16 - 04/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 678/16 - 05/08/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.247.- TEXTO COMPLETO PUBLICADO EN BOLETÍN OFICIAL Nº 227.- Decreto Nº 679/16 - 05/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.-

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Que el Sobre Nº 3, no ha cumplimentado con los requisitos formales del Pliego General de Condicio-nes, teniendo identificación en el sobre al momento de la presentación, siendo esta causa de exclusión automática; Que a fs. 90 el área Compras y Suministros reco-mienda la adjudicación a la firma PROVINCIA SEGU-ROS, de MOLINA Esteban Nicolás; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: RATIFÍCASE en todos sus términos el Acta de Apertura de Sobres del Concurso Privado de Precios Nº 05/16, rubricada en la Oficina de la Secre-taría de Economía y Finanzas de la Municipalidad de Alta Gracia, con fecha 31 de mayo de 2.016.- Art. 2º: ADJUDÍCASE el Concurso Privado de Pre-cios Nº 05/16, para la contratación del servicio de cobertura por responsabilidad civil de la flota automo-tor de la Municipalidad de Alta Gracia, a la firma PROVINCIA SEGUROS, de MOLINA Esteban Nico-lás, por la suma de Pesos CIENTO SESENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DOCE ($163.812,00).- Art. 3º: IMPÚTESE la presente erogación a la partida Presupuestaria correspondiente.- Art. 4º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas.- Art. 5º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 6º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Cr. Edgard René Pérez - Secretario de Economía y Finanzas.- Decreto Nº 722/16 - 10/08/16 Dispone pago a la firma “MORYDI”, de DI MOTTA Ángel René, C.U.I.T.: 20-06445790-0, según Factura Nº 0004-00031454.- Decreto Nº 723/16 - 10/08/16 Dispone pago a la firma “MORYDI”, de DI MOTTA Ángel René, C.U.I.T.: 20-06445790-0, según Factu-ras Nº 0004-00031453 y 0004-00031456.- Decreto Nº 724/16 - 10/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 725/16 - 11/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 726/16 - 11/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 727/16 - 11/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 728/16 - 11/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 729/16 - 11/08/16 Ratifica Contrato de Beca.-

Decreto Nº 730/16 - 11/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 731/16 - 11/08/16 Ratifica Convenio.- Decreto Nº 732/16 - 11/08/16 Declara de Legítimo Abono importe adeudado a empleado contratado por trabajos prestados una vez concluido su contrato durante los meses de julio y agosto de 2.015; Dispone pago.- Decreto Nº 733/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 734/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 735/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 736/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 737/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 738/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 739/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 740/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 741/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 742/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 743/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 744/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 745/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 746/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 747/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 748/16 - 16/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 749/16 - 16/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 750/16 - 16/08/16 Dispone pago de Becas de capacitación laboral del mes de julio de 2.016, correspondientes al Programa de Protección Permanente de Asistencia a la Niñez y Familia.- Decreto Nº 751/16 - 16/08/16 Dispone pago de Becas de capacitación laboral del mes de julio de 2.016, correspondientes al Programa de Protección Permanente al Anciano.- Decreto Nº 752/16 - 16/08/16 Dispone pago de Becas de capacitación laboral del

Decreto Nº 708/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 709/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 710/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 711/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 712/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 713/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 714/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 715/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 716/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 717/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 718/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 719/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato de Alquiler de Equipos.- Decreto Nº 720/16 - 10/08/16 Ratifica Contrato de Alquiler de Equipos.- Decreto Nº 721/16 - 10/08/16 VISTO: El Expediente 336/I/16; y CONSIDERANDO Que a través del mismo la Secretaría de Economía y Finanzas llamó a Concurso Privado de Precios Nº 05/16 para el día 31 de mayo de 2.016, para la con-tratación del servicio de cobertura por responsabilidad civil de la flota automotor de la Municipalidad de Alta Gracia; Que a fs. 3 a 11 se adjunta Pliego General de Condi-ciones; Que de conformidad al Art. 11 del Pliego General de Condiciones, el día 31 de mayo de 2.016, en la Ofici-na de la Secretaría de Economía y Finanzas, se realizó la apertura de sobres; Que el Sobre Nº 1, presentado por la firma PRUDEN-CIA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS, de ZABALA Rubén, ha cumplimentado con todos los requisitos formales del Pliego General de Condicio-nes, siendo su oferta: Pesos CIENTO NOVENTA Y TRES MIL CUARENTA Y TRES ($193.043,00); Que el Sobre Nº 2, presentado por la firma PROVIN-CIA SEGUROS, de MOLINA Esteban Nicolás, ha cumplimentado con todos los requisitos formales del Pliego General de Condiciones, siendo su oferta: Pesos CIENTO SESENTA Y TRES MIL OCHOCIEN-TOS DOCE ($163.812,00);

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Decreto Nº 774/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 775/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 776/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 777/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 778/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 779/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 780/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 781/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 782/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 783/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 784/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 785/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 786/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 787/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 788/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 789/16 - 18/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 790/16 - 18/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 791/16 - 18/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 792/16 - 18/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 793/16 - 18/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 794/16 - 18/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 795/16 - 18/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 796/16 - 18/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 797/16 - 18/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 798/16 - 18/08/16

Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 799/16 - 18/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 800/16 - 18/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 801/16 - 18/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 802/16 - 18/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 803/16 - 18/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 804/16 - 18/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 805/16 - 18/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 806/16 - 18/08/16 Ratifica Addenda a Contrato de Locación de Equipa-miento.- Decreto Nº 807/16 - 19/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 808/16 - 19/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios Profesio-nales.- Decreto Nº 809/16 - 19/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 810/16 - 19/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 811/16 - 19/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 812/16 - 19/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 813/16 - 19/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 814/16 - 19/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 815/16 - 19/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 816/16 - 19/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 817/16 - 19/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 818/16 - 19/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 819/16 - 19/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 820/16 - 19/08/16

mes de julio de 2.016, correspondientes al Programa de Merenderos Municipales.- Decreto Nº 753/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios Profesio-nales.- Decreto Nº 754/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 755/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 756/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 757/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 758/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 759/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 760/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 761/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 762/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 763/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 764/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 765/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 766/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 767/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 768/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 769/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 770/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 771/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 772/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 773/16 - 17/08/16 Ratifica Contrato de Beca.-

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Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: DESÍGNENSE como miembros de la Comi-sión de Preadjudicación del Concurso Público de Precios Nº 01/16 a las personas que se mencionan a continuación: Ing. BUPO Héctor Juan – Secretario de Infraestruc-tura. Dra. ROCA María Cristina – Secretaria de Gestión Administrativa. Art. 2º: EL presente Decreto será refrendado por a el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art. 3º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 4º: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 827/16 - 22/08/16 Visto: El Expediente Nº 449/I/16; y CONSIDERANDO Que mediante el mismo la Municipalidad de Alta Gracia llama a Concurso Público de Precios Nº 02/16, para la contratación de la provisión de materiales, equipos y mano de obra necesarios para la ejecución de Carpeta Asfáltica en las calles Falucho de Bº Caferatta, Ituzaingo de Bº Don Bosco, Cangallo de Bº Liniers, Divino Niño Jesús, Oviedo Zalaya y Profesor Miguel Golocovsky de Bº Parque San Juan de la ciudad de Alta Gracia; Que resulta necesario designar la Comisión de Preadjudicación para el mismo; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: DESÍGNENSE como miembros de la Comi-sión de Preadjudicación del Concurso Público de Precios Nº 02/16 a las personas que se mencionan a continuación: Ing. BUPO Héctor Juan – Secretario de Infraestruc-tura. Dra. ROCA María Cristina – Secretaria de Gestión Administrativa. Art. 2º: EL presente Decreto será refrendado por a el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art. 3º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 4º: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 828/16 - 22/08/16 Ratifica Convenio General de Pasantías.-

Decreto Nº 829/16 - 22/08/16 VISTO: El Expediente Nº 488/I/16; y CONSIDERAN-DO Que a través del mismo Secretaría General y de Recursos Humanos solicita a Asesoría Letrada que informe sobre la posibilidad de utilizar vehículos que se encuentren en condiciones de ser afectados a remate público, a fin de ser destinados a diferentes sectores operativos de la Municipalidad de Alta Gra-cia; Que a fs. 4 a 56 se adjunta la documentación de los vehículos en cuestión (baja correspondiente y CU-DAP nuevo), habiendo sido técnica y correctamente verificadas a través de la Dirección del Registro Propiedad del Automotor; Que a fs. 57 se adjunta el listado de los motovehícu-los a utilizar: 1. Moto, Marca: Honda, Color Gris, Dominio: S/D, Planilla de Verificación Técnica N°00224, CUDAP: NOTA-S04:0037326/2016 2. Moto, Marca: Brava, Color Negro, Dominio: S/D, Planilla de Verificación Técnica N°00187, CUDAP: NOTA-S04:0034220/2016 3. Moto, Marca Honda, Color Bordo, Dominio: S/D, Planilla de Verificación Técnica N°00219, CU-DAP:NOTA-S04:0037195/2016 4. Moto, Marca: Zanella, Color Rojo, Dominio: 106EJI, Planilla de Verificación Técnica N°00228, CU-DAP:NOTA-S04:0037609/2016 5. Moto, Marca Guerrero, Color Rojo, Dominio: S/D, Planilla de Verificación Técnica N°00214, CU-DAP:NOTA-S04:0037170/2016 6. Moto, Marca Honda, Color Roja y Blanca, Dominio: 209BVM, Planilla de Verificación Técnica N°00193, CUDAP:NOTA-S04:0038325/2016 7. Moto, Marca Cerro, Color Negro, Domi-nio :831CXD, Planilla de Verificación Técnica N°00185, CUDAP:NOTA-S04:0034297/2016 8. Moto, Marca Imsa, Color Rojo, Dominio 689DFP, Planilla de Verificación Técnica N°00196, CUDAP : NOTA-S04:0037649/2016 9. Moto, Marca Honda, Color Negro, Dominio: S/D, Planilla de Verificación Técnica N°0225, CUDAP: NOTA-S04:0037328/2016 10. Moto, Marca Appia, Color Nero/Roja, Dominio: 323HAA, Planilla de Verificación Técnica N°00195, CUDAP: NOTAS04:0037147/2016; Que a fs. 58 Asesoría Letrada emite Dictamen Nº 79/16, en el cual, luego de analizar el caso planteado dictamina: “…Que las mismas se encuentran deposi-tadas en dependencias municipales, y es voluntad de esta Gestión Administrativa llevar a cabo un remate público de las mismas a los fines de recuperar el espacio físico que actualmente ocupan, y de posibili-tar que algunos interesados en mecánica o con otros fines las adquieran en una subasta próxima, siendo beneficioso tanto para el Municipio como para el adquirente. Que asimismo, y hasta tanto se realice el remate, la Administración Municipal puede tener la disposición de las motos, en virtud de que las mismas cuentan con la Baja correspondiente y el CUDAP nuevo, habiendo sido técnica y correctamente verifi-cadas a través de la Dirección Nacional del Registro Propiedad del Automotor. Cabe considerar que el derecho denomina a éstos bienes como cosas mue-bles, y otorga la propiedad a favor de quiénes reúnan dos requisitos: posesión y buena fe. Además, la cosa no debe ser ni robada ni perdida. Que conforme el (Art.ex 2412) ahora ARTÍCULO 1895, Adquisición legal de derechos reales sobre muebles por subad-quirente. “La posesión de buena fe del subadquirente de cosas muebles no registrables que no sean hurta-das o perdidas es suficiente para adquirir los dere-

Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 821/16 - 19/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 822/16 - 19/08/16 Ratifica Addenda a Contrato de Locación.- Decreto Nº 823/16 - 19/08/16 Autoriza el uso de tarjetas de crédito otorgadas por Banco Macro S.A. para gastos de viajes de funciona-rios municipales.- Decreto Nº 824/16 - 22/08/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.260.- TEXTO COMPLETO A FS. 32.- Decreto Nº 825/16 - 22/08/16 Visto: El Expediente Nº 258/I/16; y CONSIDERANDO Que mediante el mismo la Municipalidad de Alta Gracia llama a Licitación Pública Nacional Nº 01/16, para la contratación de la Mano de Obra, Materiales y Equipos necesarios para la ejecución de la obra “RESTAURACIÓN CINE TEATRO MONUMENTAL SIERRAS” de la Ciudad de Alta Gracia; Que resulta necesario designar la Comisión de Preadjudicación para el mismo; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: DESÍGNENSE como miembros de la Comi-sión de Preadjudicación de la Licitación Pública Nacional Nº 01/16 a las personas que se mencionan a continuación: Ing. BUPO Héctor Juan – Secretario de Infraestruc-tura. Dr. VILLAR Daniel Eduardo – Asesor Letrado. Dra. ROCA María Cristina – Secretaria de Gestión Administrativa. Cr. PÉREZ Edgar René – Secretario de Economía y Finanzas. Art. 2º: EL presente Decreto será refrendado por a el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art. 3º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 4º: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 826/16 - 22/08/16 Visto: El Expediente Nº 448/I/16; y CONSIDERANDO Que mediante el mismo la Municipalidad de Alta Gracia llama a Concurso Público de Precios Nº 01/16, para la contratación de la provisión de materiales, equipos y mano de obra necesarios para la ejecución de Carpeta Asfáltica en las calles Concejal Barbeito de Bº Pellegrini, Uruguay y Agustín Aguirre de Bº Cámara, Matheu y Ecuador de Bº Parque Casino de la Ciudad de Alta Gracia; Que resulta necesario designar la Comisión de Preadjudicación para el mismo;

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Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 832/16 - 24/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 833/16 - 24/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios de Limpie-za y Mantenimiento - Ex Parque Sierras Hotel.- Decreto Nº 834/16 - 24/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 835/16 - 24/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 836/16 - 24/08/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 837/16 - 24/08/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 838/16 - 24/08/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 839/16 - 24/08/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 840/16 - 24/08/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 841/16 - 26/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 842/16 - 26/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 843/16 - 26/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 844/16 - 26/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 845/16 - 26/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 846/16 - 26/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 847/16 - 26/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 848/16 - 26/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 849/16 - 26/08/16 Autoriza la apertura de una cuenta para iniciar gestio-nes para la operatoria de emisión de bonos y/o títulos públicos por parte de la Municipalidad.- Decreto Nº 850/16 - 26/08/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.269.- TEXTO COMPLETO A FS. 35.- Decreto Nº 851/16 - 26/08/16 Rechaza Recurso de Reconsideración interpuesto por empleado municipal en contra de descuentos realiza-dos en concepto de Impuesto a las Ganancias y Ajustes Impuesto a las Ganancias.-

Decreto Nº 852/16 - 26/08/16 Pago de ayuda económica a miembros del “CAMINO DE LA PRODUCCIÓN SERRANA DE PARAVA-CHASCA” para cubrir gastos de traslado, flete para transportar mercadería y alojamientos para participar de la feria gastronómica “Caminos & Sabores 2.016” el el predio La Rural en la Ciudad de Buenos Aires.- Decreto Nº 853/16 - 26/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 854/16 - 26/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 855/16 - 26/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 856/16 - 26/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 857/16 - 26/08/16 Otorga ayuda económica a la Agrupación Gaucha Padre Buteler de nuestra Ciudad para cubrir gastos de sonido que demandó la realización del “2° FO-GÓN GAUCHO INFANTIL DE PADRE BUTELER”; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “ECOS - SONIDO E ILUMINACIÓN”, de LOU-SARARIAN Pablo Eduardo, C.U.I.T.: 20-3484772-5.- Decreto Nº 858/16 - 26/08/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.270.- TEXTO COMPLETO A FS. 36.- Decreto Nº 859/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 860/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 861/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 862/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 863/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 864/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 865/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 866/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 867/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 868/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 869/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 870/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 871/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 872/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.-

chos reales principales excepto que el verdadero propietario pruebe que la adquisición fue gratuita. Respecto de las cosas muebles registrables no existe buena fe sin inscripción a favor de quien la invoca. Tampoco existe buena fe aunque haya inscripción a favor de quien la invoca, si el respectivo régimen especial prevé la existencia de elementos identificato-rios de la cosa registrable y éstos no son coinciden-tes.” Que asimismo, la Municipalidad de Alta Gracia ha llevado a cabo varios remates con éxito de moto-vehículos que se encontraban secuestrados y deposi-tados en sus dependencias, los que fueron autoriza-dos a través de Ordenanza N°9500, promulgada por Decreto N° 606/13, Modificatoria N°9734 y promulga-da por Decreto N°672/14. Por ello, el Municipio podrá disponer de las 10 motos, porque en definitiva, se trata de bienes muebles no registrables, en virtud de que se han cumplido los plazos exigidos por ley en posesión del Municipio, no son cosas ni hurtadas ni perdidas, no cuentan con identificación legible de número de chasis, no cuentan con patente, y no existen reclamos de recuperación por parte de los infractores/poseedores desde el momento del se-cuestro de cada moto hasta la fecha. Es decir, éstos bienes muebles, que se describen en el Anexo que se agrega a continuación, han sido secuestrados de sus respectivos poseedores, por diferentes infracciones a las normas de tránsito, y sus dueños, han dejado transcurrir en exceso el paso del tiempo sin presentar la documentación correspondiente (titularidad de dominio del motovehículo, etc.), manifestando un ostensible desinterés por la cosa. Las motos están bajo la custodia y disposición del Municipio, y por lo tanto éste puede darles el destino y utilización que crea más conveniente en miras del desarrollo de la actividad estatal, por ello y por todo lo hasta aquí expuesto, esta Asesoría entiende que puede enton-ces la Municipalidad disponer de ellas, en virtud del Art.1895 del CC. y Com. de la Nación, siempre diri-giéndose a satisfacer las necesidades de la comuni-dad con eficacia, eficiencia, economicidad y oportuni-dad, persiguiendo como objetivo el bien común y la atención de las necesidades propias de la Administra-ción Estatal Local. El Municipio podrá darles un uso restrictivo hasta tanto se lleve a cabo la subasta pública, debiendo contratarse un seguro sobre el motovehículo y el agente que la conduzca…”; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: PÓNGANSE a disposición para ser utilizados por los diferentes sectores operativos de la Municipa-lidad de Alta Gracia los motovehículos mencionados en el listado ut supra transcripto.- Art. 2º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art. 3º: TÓMESE conocimiento por las respectivas oficinas municipales a sus efectos.- Art. 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 830/16 - 23/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 831/16 - 23/08/16

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Decreto Nº 899/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 900/16 - 29/08/16 Ratifica Addenda a Contrato de Locación.- Decreto Nº 901/16 - 29/08/16 Ratifica Addenda a Contrato de Beca.- Decreto Nº 902/16 - 29/08/16 Acepta Renuncia; Rescinde Contrato Administrativo.- Decreto Nº 903/16 - 31/08/16 Pago de ayuda económica a la Academia Folclórica Espíritu Santo de nuestra Ciudad para cubrir gastos de participación en el Festival Folclórico Anual que se desarrollará en la Ciudad de Alejandro Roca.- Decreto Nº 904/16 - 31/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 905/16 - 31/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 906/16 - 31/08/16 Pago de ayuda económica a la Fundación ADMA de nuestra Ciudad para cubrir gastos de funcionamiento de la misma.- Decreto Nº 907/16 - 31/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 908/16 - 31/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 909/16 - 31/08/16 Pago de ayuda económica a deportista de nuestra Ciudad para cubrir gastos de participación en el “XIII TORNEO PANAMERICANO DE TAEKWON-DO I.T.F.”, que se desarrollará en la Ciudad de Buenos Aires.- Decreto Nº 910/16 - 31/08/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 911/16 - 31/08/16 Otorga ayuda económica a escritor de nuestra Ciudad para solventar gastos editoriales del libro “GRUTA DE LOURDES DE ALTA GRACIA - 100 AÑOS DE GRA-CIA”; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “EDICIONES DEL BOULEVARD”, C.U.I.T.: 30-69297744-7.- Decreto Nº 912/16 - 31/08/16 Otorga ayuda económica a CRECER - CENTRO DE INTEGRACIÓN DEL DISCAPACITADO de nuestra Ciudad para cubrir gastos de transporte a la Ciudad de Córdoba para participar de la “XIV EDICIÓN DEL FESTIVAL DESAFIARTE”; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “SERVICIOS ESPECIALES FRANCISCO GA-RAY - VIAJES Y TURISMO”, de GARAY Francisco E., C.U.I.T.: 20-34840772-5.- Decreto Nº 913/16 - 31/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 914/16 - 31/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 915/16 - 31/08/16

Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 916/16 - 31/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 917/16 - 31/08/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 918/16 - 31/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 919/16 - 31/08/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 920/16 - 31/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 921/16 - 31/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 922/16 - 31/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 923/16 - 31/08/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios Profesio-nales.- Decreto Nº 924/16 - 31/08/16 Compensación de Partidas del Presupuesto corres-pondiente al mes de agosto de 2.016.- TEXTO COMPLETO A FS. 18.- Decreto Nº 925/16 - 31/08/16 VISTO: La nota elevada por el Director Ejecutivo XXX Encuentro Anual de Colectividades, la Ordenanza N° 10.270 y el Decreto Promulgatorio N° 858/16 de fecha 26 de Agosto de 2016 ; y CONSIDERANDO Que de conformidad a la Ordenanza Nº 10.270, promulgada mediante Decreto Nº 858/16 de fecha 26 de Agosto de 2016 y en virtud de la celebración del Trigésimo ENCUENTRO ANUAL DE COLECTIVIDA-DES a celebrarse en el año 2017 se establece en su artículo 1° la conformación de una Comisión Ejecuti-va Especial Organizadora del “XXX Encuentro Anual de Colectividades” a celebrarse en los meses de Enero y Febrero de 2017, la que estará integrada de la siguiente manera: DIRECTOR EJECUTIVO SECRETARIO LEGAL SECRETARIO ADMINISTRATIVO SECRETARIO TECNICO TESORERO PRO-TESORERO COORDINADOR GENERAL; Que se designa como Director Ejecutivo de la nueva comisión Ejecutiva Especial Organizadora del XXX Encuentro Anual de Colectividades al Presidente de la Comisión del XXIX Encuentro Anual de Colectivida-des; Que se faculta al Director Ejecutivo a conformar la Comisión Ejecutiva Especial Organizadora del XXX Encuentro Anual de Colectividades, debiendo notificar los nombramientos al Departamento Ejecutivo quien los reconocerá mediante Decreto Ad-Referéndum, de Honorable Concejo Deliberante Que se debe reconocer la composición definitiva de la Comisión Ejecutiva de conformidad con la normati-va vigente; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal

Decreto Nº 873/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 874/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 875/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 876/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 877/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 878/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 879/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 880/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 881/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 882/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 883/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 884/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 885/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 886/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 887/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 888/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 889/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 890/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 891/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 892/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 893/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 894/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 895/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 896/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 897/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 898/16 - 29/08/16 Ratifica Contrato Administrativo.-

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Art. 2º: ELÉVESE el presente Decreto ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 2º de la Ordenanza Nº 3.267, quedando de ésta manera constituida la Comi-sión del “XXX ENCUENTRO ANUAL DE COLECTIVI-DADES”.- Art. 3º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.-

TESORERO DELFINO, Abel Adrián 32.504.498

PRO TESORERO QUINTEROS, Lucas 27.296.233 COORDINADOR

GRAL. CONTERNO,Eduardo 17.475.403

SECRETARIO TECNICO MURUA, Claudio 26.496.491

Art. 4º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales, a sus efectos.- Art. 5º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 926/16 - 31/08/16 Dispone el pago de Bonificaciones Especiales a agentes municipales.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art.1º: RECONOZCASE la Comisión Ejecutiva Orga-nizadora del “XXX ENCUENTRO ANUAL DE COLEC-TIVIDADES”, la cual está integrada de la siguiente manera:

DIRECTOR EJECUTIVO RISSO, Luis 17.780.645

SECRETARIA LEGAL VILLACE, María Victoria 28.698.886

SECRETARIA ADMINISTRATIVA OLARIAGA, Judith Viviana 17.530.544

Decreto Nº 924/16 - 31/08/16 (Texto completo)

VISTO: La Ordenanza Nº 10137, Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2016; y

CONSIDERANDO

Que es menester adecuar la marcha del presupuesto vigente a las necesidades actuales de la administración municipal a los fines de optimizar su desarrollo; Que la Ordenanza Nº 10137 establece, en el artículo 5, autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suprimir compensar, ampliar y redistribuir las partidas presupues-tarias que así lo requieran; Atento a ello, y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA

DECRETA

ART.1º: PROCÉDASE por Secretaría de Economía y Finanzas, a efectuar la compensación de partidas del presupuesto vigente, correspondiente al mes contable Agos-to 2016

PRESUPUESTO DE GASTOS PARTIDAS A INCREMENTAR PRES.VIG. INCREMENTO PRES.RECT.

01.1.1.01.01.01 AUTORIDADES SUPERIORES 16.630.000,00 460.000,00 17.090.000,00 01.1.1.03.03.10 ESTUDIOS, INVESTIGACIONES Y ASIST. TECNICA 320.000,00 80.000,00 400.000,00 01.1.3.02.02.18 BONIFICACIÓN POR JUBILACIÓN 1.015.000,00 400.000,00 1.415.000,00 01.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 193.000,00 11.000,00 204.000,00 02.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 410.000,00 238.000,00 648.000,00 02.11.02.02.03 UTILES LIBROS IMP. Y PAPELERÍA 12.000,00 30.000,00 42.000,00 02.2.1.01.01.06 DEUDA DE BIENES DE CAPITAL EJ. ANT. 2.150,00 300,00 2.450,00 03.1.1.03.03.06 COMISIONES Y SEGUROS EN GRAL 500.000,00 300.000,00 800.000,00 03.2.2.01.01.04 FONDO FIDUCIARIO 4.600.000,00 1.000.000,00 5.600.000,00 04.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 4.801.000,00 95.000,00 4.896.000,00 04.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 489.000,00 180.000,00 669.000,00 04.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTIAS 139.600,00 50.000,00 189.600,00 04.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 200.000,00 20.000,00 220.000,00 05.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 45.000,00 10.000,00 55.000,00 05.1.1.03.03.07 ALQUILERES VARIOS 130.000,00 20.000,00 150.000,00 05.1.1.03.03.16 HOMENAJES Y CORTESÍA 40.000,00 150.000,00 190.000,00 05.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 1.050.000,00 100.000,00 1.150.000,00 05.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 1.192.200,00 41.000,00 1.233.200,00 05.1.3.02.02.16 ATENCIÓN A LOS CENTROS VECINALES 7.000,00 1.000,00 8.000,00 05.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 104.000,00 90.000,00 194.000,00 06.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 157.000,00 6.000,00 163.000,00 06.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 114.000,00 6.000,00 120.000,00 07.1.1.03.03.12 CONSERVACIONES Y REPARACIONES 4.000,00 2.000,00 6.000,00 07.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTIAS 561.250,00 50.000,00 611.250,00 08.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 3.044.000,00 550.000,00 3.594.000,00 08.1.1.02.02.03 UTILES LIBROS IMP. Y PAPELERÍA 10.000,00 2.000,00 12.000,00 08.1.1.02.02.04 ELEMENTOS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN 6.000,00 2.000,00 8.000,00 08.1.1.03.03.12 CONSERVACIONES Y REPARACIONES 1,00 2.000,00 2.001,00 09.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CUNSUMO 114.000,00 50.000,00 164.000,00 09.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 10.000,00 2.000,00 12.000,00 09.1.1.03.03.11 GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN 26.000,00 50.000,00 76.000,00 10.1.1.02.02.06 ADQUISICIÓN DE CAMARAS Y CUBIERTAS 120.000,00 80.000,00 200.000,00 10.1.1.02.02.15 DEMARCACIÓN VIAL 50.000,00 100.000,00 150.000,00 10.1.1.03.03.03 COMUNIACIONES TELEFÓNICAS 20.000,00 10.000,00 30.000,00

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11.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 2.085.000,00 110.000,00 2.195.000,00 11.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 693.000,00 165.000,00 858.000,00 11.1.1.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD 2.000,00 4.000,00 6.000,00 11.1.3.02.02.39 PROGRAMA MUNICIPAL DE SALUD ANIMAL ( CBA. SOL.) 512.500,00 100.000,00 612.500,00 12.1.1.01.01.01 AUTORIDADES SUPERIORES 487.500,00 41.000,00 528.500,00 12.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 107.001,00 600.000,00 707.001,00 12.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 1,00 61.000,00 61.001,00 13.1.1.03.03.16 HOMENAJES Y CORTESÍA 48.000,00 20.000,00 68.000,00 13.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ. ANT 300.700,00 14.000,00 314.700,00 13.1.3.02.02.03 SUBVENCIONES Y SUBSIDIOS 1.100.000,00 125.000,00 1.225.000,00 13.1.3.02.02.05 FONDO CCDI 538.000,00 1.000,00 539.000,00 14.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 26.518.000,00 1.750.000,00 28.268.000,00 14.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 3.485.000,00 465.000,00 3.950.000,00 14.1.1.02.02.06 ADQUISICIÓN DE CAMARAS Y CUBIERTAS 20.000,00 20.000,00 40.000,00 14.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 145.000,00 50.000,00 195.000,00 14.1.1.03.03.03 COMUNICIONES TELEFÓNICAS 17.000,00 10.000,00 27.000,00 14.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 166.000,00 700.000,00 866.000,00 15.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 30.089.000,00 190.000,00 30.279.000,00 15.1.1.02.02.06 ADQUISICIÓN DE CÁMARAS Y CUBIERTAS 400.000,00 100.000,00 500.000,00 15.1.1.03.03.06 COMISINES Y SEGUROS EN GRAL. 260.000,00 40.000,00 300.000,00 15.1.1.03.03.14 ALUMBRADO PÚBLICO 5.700.000,00 820.000,00 6.520.000,00 16.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 65.000,00 40.000,00 105.000,00 16.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 3.001,00 40.000,00 43.001,00 17.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 3.101.000,00 110.000,00 3.211.000,00 17.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 136.000,00 4.000,00 140.000,00 19.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 505.000,00 465.000,00 970.000,00 19.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 100.001,00 145.000,00 245.001,00 19.1.1.01.01.06 ASISTENCIA SOCIAL 3.200,00 3.000,00 6.200,00 20.1.1.02.02.03 UÚTILES,LIBROS IMP. Y PAPELERÍA 5.000,00 1.000,00 6.000,00 23.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 1,00 3.800.000,00 3.800.001,00 23.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 1,00 660.000,00 660.001,00

TOTAL PARTIDAS A INCREMENTAR 14.842.300,00

PARTIDAS A DISMINUIR PRES.VIG. DISMINUCIÓN PRES.RECT. 01.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 1.799.000,00 500.000,00 1.299.000,00 01.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 732.000,00 300.000,00 432.000,00 01.1.1.03.03.19 LOCACION DE SERVICIOS 1.777.296,00 600.000,00 1.177.296,00 01.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ.ANT. 1.537.000,00 80.000,00 1.457.000,00 02.1.1.01.01.01 AUTORIDADES SUPERIORES 820.000,00 40.000,00 780.000,00 02.1.1.01.01.02 PERSONAL DE GABINETE 579.000,00 30.000,00 549.000,00 02.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 50.000,00 30.300,00 19.700,00 03.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 1.310.540,00 400.000,00 910.540,00 03.1.1.03.03.39 COMISIÓN FDO. PERM. DE PRÉSTAMO 1.171.000,00 400.000,00 771.000,00 04.1.1.01.01.01 AUTORIDADES SUPERIORES 595.000,00 50.000,00 545.000,00 04.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 430.000,00 270.000,00 160.000,00 05.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 6.524.900,00 200.000,00 6.324.900,00 06.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 4.531.000,00 300.000,00 4.231.000,00 06.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 400.552,00 200.000,00 200.552,00 07.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 1.106.000,00 300.000,00 806.000,00 07.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 400.000,00 100.000,00 300.000,00 07.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 1.770.000,00 300.000,00 1.470.000,00 07.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 50.000,00 24.000,00 26.000,00 08.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 1.008.000,00 200.000,00 808.000,00 08.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 386.000,00 100.000,00 286.000,00 08.1.1.03.03.32 LOCACION DE SERVICIOS 812.160,00 300.000,00 512.160,00 08.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ.ANT. 128.000,00 1.000,00 127.000,00 08.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 50.000,00 45.000,00 5.000,00 09.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 3.456.000,00 200.000,00 3.256.000,00 09.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 50.000,00 40.000,00 10.000,00 10.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 15.175.000,00 800.000,00 14.375.000,00 10.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 5.257.000,00 300.000,00 4.957.000,00 10.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 3.081.000,00 400.000,00 2.681.000,00 10.2.1.01.01.03 MEDIOS DE TRANSPORTE 1.600.000,00 700.000,00 900.000,00 11.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 9.162.000,00 450.000,00 8.712.000,00 11.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 341.000,00 4.000,00 337.000,00 11.1.3.02.02.38 PROGRAMA YO DECIDO (CORDOBA SOLIDARIA) 525.000,00 100.000,00 425.000,00 13.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 373.000,00 30.000,00 343.000,00 13.1.3.02.02.07 AYUDA A CARENCIADOS 700.000,00 125.000,00 575.000,00 13.1.3.02.02.10 PROGRAMA DE PROT. PERM.AL ANCIANO 220.000,00 1.000,00 219.000,00

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Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 941/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 942/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 943/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 944/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 945/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 946/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 947/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 948/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 949/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 950/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 951/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 952/16 - 01/09/16 Ordena la apertura de una Cuente Corriente en el Banco de la Provincia de Córdoba sucursal Alta Gracia a los fines de manejar los ingresos y egresos de la cuenta “FEDEREALIZACIÓN PAICOR” Decreto Nº 953/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 954/16 - 02/09/16

Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 955/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 956/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 957/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 958/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 959/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 960/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 961/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 962/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 963/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 964/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 965/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 966/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 967/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 968/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 969/16 - 02/09/16

Decreto Nº 927/16 - 01/09/16 Compensación de Partidas del Presupuesto corres-pondiente al mes de septiembre de 2.016.- TEXTO COMPLETO A FS. 27.- Decreto Nº 928/16 - 01/09/16 Pago de ayuda económica a la “Filial Belgrano en Alta Gracia” para la realización de un viaje a la Ciu-dad de Córdoba para que niños de dicha filial conoz-can a los jugadores.- Decreto Nº 929/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 930/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 931/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 932/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 933/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 934/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 935/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 936/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 937/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 938/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 939/16 - 01/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 940/16 - 01/09/16

DECRETOS MES DE SEPTIEMBRE DE 2.016

13.2.1.01.01.06 DEUDA DE BIENES DE CAPITAL EJ. ANT. 11.000,00 4.000,00 7.000,00 14.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 832.000,00 100.000,00 732.000,00 15.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 13.135.000,00 1.800.000,00 11.335.000,00 15.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 17.841.000,00 1.500.000,00 16.341.000,00 15.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ.ANT. 2.634.000,00 685.000,00 1.949.000,00 16.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE 4.184.000,00 1.300.000,00 2.884.000,00 16.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 1.184.000,00 800.000,00 384.000,00 16.1.1.02.02.16 UNIFORMES Y EQUIPOS DEL PERSONAL 250.000,00 40.000,00 210.000,00 16.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 50.000,00 40.000,00 10.000,00 17.1.1.01.01.01 AUTORIDADES SUPERIORES 1.409.000,00 100.000,00 1.309.000,00 17.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO 592.000,00 200.000,00 392.000,00 19.1.1.01.01.01 AUTORIDADES SUPERIORES 7.719.000,00 200.000,00 7.519.000,00 19.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 35.700,00 3.000,00 32.700,00 20.1.1.01.01.01 AUTORIDADES SUPERIORES 2.452.000,00 150.000,00 2.302.000,00

TOTAL PARTIDAS A DISMINUIR 14.842.300,00

ART.2º: CON la presente compensanción, el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente es de $ 487.127.016(Pesos: Cuatrocientos ochenta y siete millones ciento veintisiete mil dieciseis) ART.3º: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas ART.4º: TÓMESE conocimiento por las respectivas oficinas municipales, a sus efectos. ART.5º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese. Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Cr. Edgard René Pérez - Secretario de Economía y Finanzas.-

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Autoriza pago de Bonificación por Jubilación a em-pleado municipal.- Decreto Nº 990/16 - 05/09/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 991/16 - 05/09/16 Ratifica Contrato de Locación de Servicios.- Decreto Nº 992/16 - 05/09/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 993/16 - 05/09/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 994/16 - 05/09/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 995/16 - 05/09/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 996/16 - 06/09/16 VISTO: El Expediente 448/I/16; y CONSIDERANDO Que mediante Decreto Nº 662/16 de fecha 1 de Agosto de 2.016 se dispuso el Llamado a Concurso Público de Precios para el día 24 de Agosto de 2.016, para la provisión de materiales, equipos y mano de obra necesarios para ejecución de carpeta asfáltica en sectores varios de la ciudad de Alta Gracia; Que de conformidad a lo estipulado en el Art. 1º del Decreto Nº 663/16, y el Art. 11 del Pliego de Condi-ciones y actos administrativos dictados al efecto, el día 24 de Agosto de 2.016, a las 10:00 hs, en la Oficina de la Secretaría de Infraestructura, se realizó la apertura de sobres en presencia de la Comisión de Preadjudicación; Que el Sobre Nº 1, presentado por la firma AFEMA S.A., C.U.I.T.: 30-59875257-1, ha cumplimentado con todos los requisitos formales del Pliego General de condiciones, siendo su oferta: Pesos CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREIN-TA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 00/100 ($ 4.233.646,00) IVA INCLUÍDO; Que el Sobre Nº 2, presentado por la firma CAVICOR S.A., C.U.I.T.: 30-71492613-2, ha cumplimentado con todos los requisitos formales del Pliego General de condiciones, siendo su oferta: Pesos TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUA-RENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CIECINUEVE CON 97/100 ($ 3.442.819,97) IVA INCLUÍDO; Que el Sobre Nº 3, presentado por la firma BETTER CONSULTORA., C.U.I.T.: 30-71161361-3, ha cumpli-mentado con todos los requisitos formales del Pliego General de condiciones, siendo su oferta: Pesos CUATRO MILLONES NOVECIENTOS VEINTI-NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 77/100 ($ 4.929.894,77) IVA INCLUÍDO; Que el Sobre Nº 4, presentado por la firma CONS-TRUCTORA DEL CENTRO S.A, C.U.I.T.: 30-70103601-4, ha cumplimentado con todos los requisi-tos formales del Pliego General de condiciones, siendo su oferta: Pesos TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO DOCE CON 20/100 ($ 3.672.112,20) IVA INCLUÍDO;

Que el Sobre Nº 5, presentado por la firma SAN IGNACIO DE LOYOLA S.A., C.U.I.T.: 30-71031962-2, ha cumplimentado con todos los requisitos formales del Pliego General de condiciones, siendo su oferta: Pesos TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUEN-TA MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON 00/100 ($ 3.950.222,00) IVA INCLUÍDO; Que mediante acta de fecha 5 de Septiembre de 2.016 la Comisión de Preadjudicación, luego de analizar la conveniencia de la oferta en los aspectos económicos, financieros y técnicos, sugiere la adjudi-cación en primer lugar a la firma CONSTRUCTORA DEL CENTRO S.A.., C.U.I.T.: 30-70103601-4, en segundo lugar a la empresa SAN IGNACIO DE LO-YOLA S.A., C.U.I.T.: 30-71031962-2; en tercer lugar a la empresa AFEMA S.A., C.U.I.T.: 30-59875257-1, y en cuarto lugar a la empresa BETTER CONSULTO-RA., C.U.I.T.: 30-71161361-3; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: RATIFÍCASE en todos sus términos el Acta de Apertura de Sobres del Concurso Público de Precios Nº 01/16, rubricada en la Oficina de la Secre-taría de Infraestructura de la Municipalidad de Alta Gracia, con fecha 24 de Agosto de 2.016.- Art. 2º: ADJUDÍCASE el Concurso Público de Pre-cios para la provisión de materiales, equipos y mano de obra necesarios para ejecución de carpeta asfálti-ca en barrios Pellegrini, Cámara y Parque Casino de la ciudad de Alta Gracia, a la firma CONSTRUCTO-RA DEL CENTRO S.A.., C.U.I.T.: 30-70103601-4, .- Art. 3º: NOTIFÍQUESE que en relación al Art. 8º del Pliego de Condiciones anexo al Decreto Nº 662/16, Garantía de Cumplimiento de Contrato, la misma deberá constituirse, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de comunicación de la adjudicación.- Art. 4º: IMPÚTESE la presente erogación a la partida Presupuestaria correspondiente.- Art. 5º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Infraestructura.- Art. 6º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 7º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Ing. Héctor Juan Bupo - Secretario de Infraestructura.- Decreto Nº 997/16 - 06/09/16 VISTO: El Expediente 449/I/16; y CONSIDERANDO Que mediante Decreto Nº 663/16 de fecha 1 de Agosto de 2.016 se dispuso el Llamado a Concurso Público de Precios para el día 24 de Agosto de 2.016, para la provisión de materiales, equipos y mano de obra necesarios para ejecución de carpeta asfáltica en sectores varios de la ciudad de Alta Gracia; Que de conformidad a lo estipulado en el Art. 1º del Decreto Nº 663/16, y el Art. 11 del Pliego de Condi-ciones y actos administrativos dictados al efecto, el día 24 de Agosto de 2.016, a las 11:00 hs, en la

Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 970/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 971/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 972/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 973/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 974/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 975/16 - 02/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 976/16 - 02/09/16 Ratifica Convenio de Suministro de Medicamentos.- Decreto Nº 977/16 - 02/09/16 Dispone pago de Becas de capacitación laboral del mes de agosto de 2.016, correspondientes al Progra-ma de Protección Permanente de Asistencia a la Niñez y Familia.- Decreto Nº 978/16 - 02/09/16 Dispone pago de Becas de capacitación laboral del mes de agosto de 2.016, correspondientes al Progra-ma de Protección Permanente al Anciano.- Decreto Nº 979/16 - 02/09/16 Dispone pago de Becas de capacitación laboral del mes de agosto de 2.016, correspondientes al Progra-ma de Merenderos Municipales.- Decreto Nº 980/16 - 02/09/16 Afecta vehículo dominio CBB 377 a la Secretaría de Desarrollo Social y Autoriza la carga de combustible del mismo.- Decreto Nº 981/16 - 02/09/16 Rechaza solicitud realizada por contribuyente de nuestra Ciudad por no corresponder.- Decreto Nº 982/16 - 02/09/16 Autoriza pago de Bonificación por Jubilación a em-pleado municipal.- Decreto Nº 983/16 - 02/09/16 Declara de Interés Municipal al “DÉCIMO ENCUEN-TRO NACIONAL DE CANDOMBES”, que se realizará del 07 al 10 de octubre.- Decreto Nº 984/16 - 02/09/16 Declara de Interés Municipal al “GRUPO DE CUMBIA RETRO CHINAJAS TIMBALEROS”.- Decreto Nº 985/16 - 02/09/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleada municipal.- Decreto Nº 986/16 - 02/09/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 987/16 - 02/09/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 988/16 - 02/09/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 989/16 - 05/09/16

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asfáltica sectores varios de la ciudad de Alta Gracia, a la firma CONSTRUCTORA DEL CENTRO S.A.., C.U.I.T.: 30-70103601-4, .- Art. 3º: NOTIFÍQUESE que en relación al Art. 8º del Pliego de Condiciones anexo al Decreto Nº 663/16, Garantía de Cumplimiento de Contrato, la misma deberá constituirse, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de comunicación de la adjudicación.- Art. 4º: IMPÚTESE la presente erogación a la partida Presupuestaria correspondiente.- Art. 5º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Infraestructura.- Art. 6º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 7º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Ing. Héctor Juan Bupo - Secretario de Infraestructura.- Decreto Nº 998/16 - 06/09/16 Dispone pago a la firma “CASA VISSANI”, de VISSA-NI Leonardo Darío, C.U.I.T.: 20-18496610-8, según Factura C Nº 0002-00000009.- Decreto Nº 999/16 - 06/09/16 Dispone pago a la firma “CASA VISSANI”, de VISSA-NI Leonardo Darío, C.U.I.T.: 20-18496610-8, según Factura C Nº 0002-00000010.- Decreto Nº 1.000/16 - 06/09/16 Declara de Interés Municipal al primer encuentro de dibujo y pintura titulado “LÍNEAS DEL BICENTENA-RIO” para el nivel primario y el primer encuentro literario titulado “LETRAS DEL BICENTENARIO” para el nivel secundario, destinados a escuelas primarias e instituciones de nivel secundario de nuestra Ciudad.- Decreto Nº 1.001/16 - 06/09/16 VISTO: El Expediente Nº 1243/16; y CONSIDERAN-DO Que en el mismo, mediante Memorándum Nº 464/2016, Secretaria de Gobierno y Coordinación, solicita el reconocimiento de las nuevas autoridades de Barrio Valle Buena Esperanza, electas el día 07 de Agosto de 2.016; Que a fs. 12/13 se adjunta Acta de Acuerdo; Que a fs. 14 obra Acta de Apertura de Comicios; Que a fs. 15 consta Acta de Cierre de Comicios; Que a fs. 18/31 consta fotocopia de Documento Nacional de Identidad de las personas electas para cubrirlos; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: RECONÓZCANSE las autoridades que conformarán la nueva Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas del Centro Vecinal de Barrio Valle Buena Esperanza, electas en el acto efectuado el día 07 de Agosto de 2.016, y que en virtud de los considerandos expuestos ut-supra a continuación se

detallan: COMISION DIRECTIVA

VOCALES TITULARES

VOCALES SUPLENTES

COMISION REVISORA DE CUENTAS

COMISION REVISORA DE CUENTAS SUPLENTES

Art. 2º: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art. 3º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 1.002/16 - 06/09/16 Autoriza pago de Bonificación por Jubilación a em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.003/16 - 08/09/16 Pago de ayuda económica al equipo de fútbol que representa a nuestra Ciudad en el campeonato de Fútbol Infantil de Canal 12 de la Ciudad de Córdoba.- Decreto Nº 1.004/16 - 08/09/16 Pago de ayuda económica a patinadoras de nuestra Ciudad para cubrir gastos de participación en un torneo de la Liga de Patín Artístico, que se desarrolla-rá en la localidad de San Marcos Sierras.- Decreto Nº 1.005/16 - 08/09/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.006/16 - 08/09/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.007/16 - 08/09/16 VISTO: La Ordenanza Nº 10.137 y su modificatoria Ordenanza N° 10.250; y CONSIDERANDO Que la citada Ordenanza, que aprueba el Presupues-to para el año 2.016, establece la creación de Fondos Fijos para la atención de pagos que por sus caracte-rísticas, modalidad o urgencia no puedan esperar el

CARGO APELLIDO Y NOMBRE DOMICILIO D.N.I.

PRESIDENTE CASTELLANOS, Héctor Enrique. Cno. Valle Buena Esperanza S/N

7.972.206

SECRETARIO LOPEZ, Sergio Ariel. Valle Chico 22.096.958

TESORERO BASTIDES, Nidia Antonia. Com. Amatreya 4.845.174

PRIMERO GONZALEZ, Gustavo Roberto. Cno. Valle Buena Esperanza

20.216.294

SEGUNDO REARTES, Elva Rosa. Valle Chico 5.004.226

TERCERO MAESTRE CORENA, Jaime Fernando. Com. Amatreya 94.934.615

PRIMERO MUÑOZ, Gerardo Laureano. Cno. Valle Buena Esperanza

33.411.088

SEGUNDO QUINTANA, Griselda Beatriz. Valle Chico 20.575.807

TERCERO PALLERO, Pablo. Cno. Valle Buena Esperanza

20.575.920

PRIMERO MUÑOZ, Marta Mariela del Valle. Cno. Valle Buena Esperanza

22.096.611

SEGUNDO JUAREZ, Laura Beatriz. Valle Chico 12.482.336

TERCERO ORTIZ, Patricia Irene. Valle 33.270.723

PRIMERO PAZ, Ary Maximiliano. Com. Amatreya 30.064.647

SEGUNDO CALEDO JAEN, Amparo. Com. Amatreya 95.124.881

Oficina de la Secretaría de Infraestructura, se realizó la apertura de sobres en presencia de la Comisión de Preadjudicación; Que el Sobre Nº 1, presentado por la firma AFEMA S.A., C.U.I.T.: 30-59875257-1, ha cumplimentado con todos los requisitos formales del Pliego General de condiciones, siendo su oferta: Pesos CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEIN-TINUEVE MIL SETECIENTOS DOCE CON 00/100 ($ 4.829.712,00) IVA INCLUÍDO; Que el Sobre Nº 2, presentado por la firma CAVICOR S.A., C.U.I.T.: 30-71492613-2, ha cumplimentado con todos los requisitos formales del Pliego General de condiciones, siendo su oferta: Pesos TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTI-SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES CON 52/100 ($ 3.927.543,52) IVA INCLUÍDO; Que el Sobre Nº 3, presentado por la firma BETTER CONSULTORA., C.U.I.T.: 30-71161361-3, ha cumpli-mentado con todos los requisitos formales del Pliego General de condiciones, siendo su oferta: Pesos CINCO MILLONES SEISCIENTOS VEINTI-TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 44/100 ($ 5.623.987,44) IVA INCLUÍDO; Que el Sobre Nº 4, presentado por la firma CONS-TRUCTORA DEL CENTRO S.A, C.U.I.T.: 30-70103601-4, y verificado el cumplimiento de los requisitos formales del art. 16 del Pliego General de Condiciones, no presenta inciso n) Plan de Trabajos, siendo su oferta: Pesos CUATRO MILLONES CIENTO OCHETA Y UEVE MIL CIENTO DIECIOCHO CON 40/100 ($ 4.189.118,40) IVA INCLUÍDO; Que el Sobre Nº 5, presentado por la firma SAN IGNACIO DE LOYOLA S.A., C.U.I.T.: 30-71031962-2, ha cumplimentado con todos los requisitos formales del Pliego General de condiciones, siendo su oferta: Pesos CUATRO MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 4.506.384,00) IVA INCLUÍDO; Que mediante acta de fecha 5 de Septiembre de 2.016 la Comisión de Preadjudicación, luego de analizar la conveniencia de la oferta en los aspectos económicos, financieros y técnicos, sugiere la adjudi-cación en primer lugar a la firma CONSTRUCTORA DEL CENTRO S.A.., C.U.I.T.: 30-70103601-4, en segundo lugar a la empresa SAN IGNACIO DE LO-YOLA S.A., C.U.I.T.: 30-71031962-2; en tercer lugar a la empresa AFEMA S.A., C.U.I.T.: 30-59875257-1, y en cuarto lugar a la empresa BETTER CONSULTO-RA., C.U.I.T.: 30-71161361-3; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: RATIFÍCASE en todos sus términos el Acta de Apertura de Sobres del Concurso Público de Precios, rubricada en la Oficina de la Secretaría de Infraestructura de la Municipalidad de Alta Gracia, con fecha 24 de Agosto de 2.016.- Art. 2º: ADJUDÍCASE el Concurso Público de Pre-cios Nº 02/16 para la provisión de materiales, equipos y mano de obra necesarios para ejecución de carpeta

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Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 228 - Página 23 de 45

Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 1.009/16 - 08/09/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 1.010/16 - 08/09/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 1.011/16 - 08/09/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 1.012/16 - 08/09/16 Ratifica Addenda a Contrato de Beca.- Decreto Nº 1.013/16 - 08/09/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.257.- TEXTO COMPLETO PUBLICADO EN BOLETÍN OFICIAL Nº 227.- Decreto Nº 1.014/16 - 08/09/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.261.- TEXTO COMPLETO A FS. 34.- Decreto Nº 1.015/16 - 08/09/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.262.- TEXTO COMPLETO A FS. 34.- Decreto Nº 1.016/16 - 09/09/16 Pago de ayuda económica a la coordinadora de la “48° FERIA DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA DE ALTA GRACIA ” para la organización de dicho even-to.- Decreto Nº 1.017/16 - 09/09/16 Otorga ayuda económica a editor de nuestra Ciudad para solventar gastos de auspicio del libro “REY DE LOS CAMINOS: ERNESTO CHE GUEVARA ANTES DE SER EL CHE”; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “CENTRAL EDITORA”, C.U.I.T.: 20-17530445-3.- Decreto Nº 1.018/16 - 09/09/16 Otorga ayuda económica a la Asociación de Bombe-ros Voluntarios de Alta Gracia para solventar gastos de la celebración de su día; Dispone pago a la firma “MORYDI CASA Y COSAS”, de GRUPO DI MOTTA & CIA S.C., C.U.I.T.: 30-71423251-3, según Tique Factura B Nº 0001-00030021.- Decreto Nº 1.019/16 - 09/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.020/16 - 09/09/16 Ratifica Boleto de Compraventa.- Decreto Nº 1.021/16 - 09/09/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 1.022/16 - 09/09/16 Ratifica Contrato de Prestación de Servicios.- Decreto Nº 1.023/16 - 09/09/16 Autoriza pago de Bonificación por Jubilación a em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.024/16 - 09/09/16 Declara de Legítimo Abono importe adeudado a la firma “FARMACIA SASTRE”, de CORREDERA Ma-riana Herminia, C.U.I.T.: 27-27046004-1, por compras realizadas por la Secretaría de Salud Pública;

Dispone pago a la firma “FARMACIA SASTRE”, de CORREDERA Mariana Herminia, C.U.I.T.: 27-27046004-1, según Facturas Nº 0002-00001578, 0002-00001581, 0002-00001579, 0002-00001580, 0002-00001567 y 0002-00001568.- Decreto Nº 1.025/16 - 09/09/16 Declara de Legítimo Abono importe adeudado a la firma “GLADYS EDITH QUINTERO VILLARRUEL”, C.U.I.T.: 27-17003866-0, por la impresión de licencias de conducir una vez vencido su contrato; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “GLADYS EDITH QUINTERO VILLARRUEL”, C.U.I.T.: 27-17003866-0.- Decreto Nº 1.026/16 - 09/09/16 Autoriza la transferencia de la Licencia de Remis Nº 04, otorgada a la Sra. RODRÍGUEZ Renee Mabel, a favor de la Sra. GIAMPIETRO Cris Celeste, de con-formidad al Art. 22 inc. a) de la Ordenanza Nº 8.708 y modificatorias.- Decreto Nº 1.027/16 - 09/09/16 Autoriza la transferencia de la Licencia de Remis Nº 14, otorgada al Sr. LUGARISARISTI Jorge Rubén, a favor de la Sra. BENIGNO Marta Irene, de conformi-dad al Art. 22 inc. b) de la Ordenanza Nº 8.708 y modificatorias.- Decreto Nº 1.028/16 - 12/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.029/16 - 12/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.030/16 - 12/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.031/16 - 12/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.032/16 - 12/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.033/16 - 12/09/16 Ratifica Convenio de Permiso de Uso.- Decreto Nº 1.034/16 - 12/09/16 Ratifica Ampliación Contrato por Materiales, Equipos y Mano de Obra del contrato ratificado mediante Decreto N° 1019/15.- Decreto Nº 1.035/16 - 12/09/16 Otorga ayuda económica a la Comisión Ejecutiva del Centenario de Santuario Nuestra Señora de Lourdes de nuestra Ciudad para cubrir gastos de sonido y equipamiento para el desarrollo de dicho evento; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “ECOS - SONIDO E ILUMINACIÓN”, de LOU-SARARIAN Pablo Eduardo, C.U.I.T.: 20-3484772-5; Dispone pago, previa presentación de Factura, a la firma “OVIEDO EQUIPAMIENTO”; Decreto Nº 1.036/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.037/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.038/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.039/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.-

trámite administrativo normal; Que Secretaría de Economía y Finanzas, mediante Memorándum Nº 108/16 solicita la creación de los siguientes Fondos Fijos:

Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere La Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: CRÉANSE los siguientes Fondos Fijos a partir del día 24 de agosto de 2.016:

Art. 2º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas.- Art. 3º: TÓMESE conocimiento por las respectivas oficinas municipales a sus efectos.- Art. 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Cr. Edgard René Pérez - Secretario de Economía y Finanzas.- Decreto Nº 1.008/16 - 08/09/16

PARA ÁREA RESPONSABLE D.N.I. MONTO

SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Cr. PÉREZ EDGAR RENE 10.945.320

$10.000,00 SIN LÍMITES POR

OPERACIÓN SECRETARÍA DE INFRAES-TRUCTURA

Ing. BUPO HÉCTOR JUAN 10.499.498 $70.000,00

SECRETARÍA GENERAL Y DE RECURSOS HUMANOS

Ab. GONZÁLEZ RICARDO JOSÉ MARÍA

24.780.743 $5.000,00

SIN LÍMITES POR OPERACIÓN

SECRETARÍA DE GOBIERNO Y COORDINA-CIÓN

Téc. CAMINADA MAXIMILIANO RODOLFO

23.683.683 $20.000,00

SIN LÍMITES POR OPERACIÓN

SECRETARÍA DE DESARRO-LLO SOCIAL – FONDO FIJO ESPECIAL

Sr. BARRIENTOS GRAMAJO DIEGO MATIAS

25.929.513 $5.000,00

SIN LÍMITES POR OPERACIÓN

SECRETARÍA DE DESARRO-LLO SOCIAL

Sr. BARRIENTOS GRAMAJO DIEGO MATIAS

25.929.513 $5.000,00

SIN LÍMITES POR OPERACIÓN

ÁREAS DEPENDIENTES EN FORMA DIRECTA DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

Sr. LEDESMA DANIEL 32.572.400

$10.000,00 SIN LÍMITES POR

OPERACIÓN

SECRETARÍA DE SALUD

Dr. CUGNO MARTIN NICOLAS 26.350.279

$10.000,00 SIN LÍMITES POR

OPERACIÓN HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Lic. SAIEG JUAN MANUEL FRANCISCO

20.216.342 $5.000,00

SIN LÍMITES POR OPERACIÓN

SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS

Sr. POLETTA IVAN 25.929.790

$30.000,00 SIN LÍMITES POR

OPERACIÓN DIRECCION GENERAL DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Lic. CARANTA GUSTAVO 12.744. 887

$5.000,00 SIN LÍMITES POR

OPERACIÓN

PARA ÁREA RESPONSABLE D.N.I. MONTO

SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Cr. PÉREZ EDGAR RENE 10.945.320

$10.000,00 SIN LÍMITES POR

OPERACIÓN SECRETARÍA DE INFRAES-TRUCTURA

Ing. BUPO HÉCTOR JUAN 10.499.498 $70.000,00

SECRETARÍA GENERAL Y DE RECURSOS HUMANOS

Ab. GONZÁLEZ RICARDO JOSÉ MARÍA

24.780.743 $5.000,00

SIN LÍMITES POR OPERACIÓN

SECRETARÍA DE GOBIERNO Y COORDINA-CIÓN

Téc. CAMINADA MAXIMILIANO RODOLFO

23.683.683 $20.000,00

SIN LÍMITES POR OPERACIÓN

SECRETARÍA DE DESARRO-LLO SOCIAL – FONDO FIJO ESPECIAL

Sr. BARRIENTOS GRAMAJO DIEGO MATIAS

25.929.513 $5.000,00

SIN LÍMITES POR OPERACIÓN

SECRETARÍA DE DESARRO-LLO SOCIAL

Sr. BARRIENTOS GRAMAJO DIEGO MATIAS

25.929.513 $5.000,00

SIN LÍMITES POR OPERACIÓN

ÁREAS DEPENDIENTES EN FORMA DIRECTA DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

Sr. LEDESMA DANIEL 32.572.400

$10.000,00 SIN LÍMITES POR

OPERACIÓN

SECRETARÍA DE SALUD

Dr. CUGNO MARTIN NICOLAS 26.350.279

$10.000,00 SIN LÍMITES POR

OPERACIÓN HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Lic. SAIEG JUAN MANUEL FRANCISCO

20.216.342 $5.000,00

SIN LÍMITES POR OPERACIÓN

SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS

Sr. POLETTA IVAN 25.929.790

$30.000,00 SIN LÍMITES POR

OPERACIÓN DIRECCION GENERAL DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Lic. CARANTA GUSTAVO 12.744. 887

$5.000,00 SIN LÍMITES POR

OPERACIÓN

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Decreto Nº 1.066/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.067/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.068/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.069/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.070/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.071/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.072/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.073/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.074/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.075/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.076/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.077/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.078/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.079/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.080/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.081/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.082/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.083/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.084/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.085/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.086/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.087/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.088/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.089/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.090/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.091/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.-

Decreto Nº 1.092/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.093/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.094/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.095/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.096/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.097/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.098/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.099/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.100/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.101/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.102/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.103/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.104/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.105/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.106/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.107/16 - 14/09/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.108/16 - 14/09/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.109/16 - 14/09/16 Pago de ayuda económica al grupo de folklore “LA CLAVE” de nuestra Ciudad para cubrir gastos de una peña para recaudar fondos para la producción del tercer material discográfico del grupo.- Decreto Nº 1.110/16 - 14/09/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.111/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.112/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.113/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.114/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.115/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.116/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.-

Decreto Nº 1.040/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.041/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.042/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.043/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.044/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.045/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.046/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.047/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.048/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.049/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.050/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.051/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.052/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.053/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.054/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.055/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.056/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.057/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.058/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.059/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.060/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.061/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.062/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.063/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.064/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.065/16 - 13/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.-

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Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “COLORCOPY - CENTRO DE IMPRESIÓN Y DISEÑO”.- Decreto Nº 1.141/16 - 19/09/16 Dispone pago a la Escribana Edith Beatriz MAZZUC-CO BARTHE DE LIOTTA, según Facturas B Nº 0002-00000153, 0002-00000154 y 0002-00000155.- Decreto Nº 1.142/16 - 19/09/16 Ratifica Contrato de Locación de Mano de Obra, Equipos y Materiales.- Decreto Nº 1.143/16 - 19/09/16 VISTO: El Expediente Nº 553/I/16; y CONSIDERAN-DO Que en el mismo, mediante Memorándum Nº 502/2016, Secretaria de Gobierno y Coordinación, solicita el reconocimiento de las nuevas autoridades de Barrio Primero de Mayo, electas el día 28 de Agosto de 2.016; Que a fs. 04/16 consta fotocopia de Documento Nacional de Identidad de las personas electas para cubrirlos; Que a fs. 20/21 se adjunta Acta de Acuerdo; Que a fs. 23 obra Acta de Apertura de Comicios; Que a fs. 24 consta Acta de Cierre de Comicios; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: RECONÓZCANSE las autoridades que conformarán la nueva Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas del Centro Vecinal de Barrio Primero de Mayo, electas en el acto efectuado el día 28 de Agosto de 2.016, y que en virtud de los consi-derandos expuestos ut-supra a continuación se deta-llan: COMISION DIRECTIVA

VOCALES TITULARES

VOCALES SUPLENTES

COMISION REVISORA DE CUENTAS

COMISION REVISORA DE CUENTAS SUPLENTES

CARGO APELLIDO Y NOMBRE DOMICILIO D.N.I.

PRESIDENTE BATISTA, Rubén Francisco. Zabala Ortiz S/N 29.967.722

SECRETARIO ARIZA, Norma Beatriz. Zabala Ortiz S/N Casa 22 23.142.019

TESORERO YAPURA, Yohana del Valle. Zabala Ortiz N° 49 36.119.617

PRIMERO HERRERA, Carolina Mabel Zabala Ortiz esq. Av. Del Virrey N° 43

28.186.885

SEGUNDO VORGAS, Jaqueline Lourdes. Zabala Ortiz esq. Aguirre Cámara

22.772.968

TERCERO MANDINA, Mariela Bibiana. Zavala Ortiz N° 25 26.676.392

PRIMERO GOMEZ, Claudio Darío. Zabala Ortiz y Av. Del Virrey S/N

31.087.218

SEGUNDO MARTINEZ, María Viviana. Publica N° 45 22.220.013

TERCERO FUNES, José Luis. Zabala Ortiz N° 129 17.115.197

PRIMERO ZALAZAR, Marcela Alejandra. Zabala Ortiz N° 1300 20.084.135

SEGUNDO HEREDIA, Inés Soledad. Zabala Ortiz N° 26 36.433.308

TERCERO CORTES, Eduardo Domingo. Zabala Ortiz N° 9 34.575.541

Art. 2º: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art. 3º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 1.144/16 - 20/09/16 Ratifica Contrato Administrativo de Ejecución de Servicios.- Decreto Nº 1.145/16 - 20/09/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 1.146/16 - 20/09/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 1.147/16 - 20/09/16 Ratifica Addenda a Contrato de Locación.- Decreto Nº 1.148/16 - 20/09/16 Ratifica Addenda a Contrato de Beca.- Decreto Nº 1.149/16 - 20/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.150/16 - 20/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.151/16 - 20/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.152/16 - 20/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.153/16 - 20/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.154/16 - 20/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.155/16 - 20/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.156/16 - 20/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.157/16 - 20/09/16 Rectifica el Art. 2º del Decreto Nº 693/16.- Decreto Nº 1.158/16 - 20/09/16 Visto: El Memorándum Nº 116/16, producido por Secretaría de Economía y Finanzas; y CONSIDE-RANDO Que mediante el referido Memorándum y en virtud del Acuerdo Federal celebrado entre el Municipio y el Gobierno de la Provincia de Córdoba, mediante el cual se manifiesta el compromiso conjunto de asumir el mantenimiento de móviles y edificios policiales, se solicita la creación de un Fondo Fijo, denominado FONDO PARA LA DESCENTRALIZACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE MÓVILES Y EDIFICIOS POLI-CIALES DEL INTERIOR DE LA PROVINCIA – FO-MEEP, por la suma de Pesos TREINTA MIL ($30.000,00), sin límite de operación; Que para una mayor celeridad a la hora de sufragar

PRIMERO SANTUCHO, Brenda de los Ángeles. Publica S/N 39.305.105

SEGUNDO BASUALDO LUDUEÑA, Grecia Yamile. Publica S/N 37.439.084

Decreto Nº 1.117/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.118/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.119/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.120/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.121/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.122/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.123/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.124/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.125/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.126/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.127/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.128/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.129/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.130/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.131/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.132/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.133/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.134/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.135/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.136/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.137/16 - 14/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.138/16 - 15/09/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.139/16 - 15/09/16 Ratifica Acuerdo Transaccional.- Decreto Nº 1.140/16 - 19/09/16 Otorga ayuda económica a la Parroquia Nuestra Señora de La Merced para cubrir gastos relativos a los festejos patronales de nuestra Ciudad; Dispone pago, previa presentación de factura, a la firma “ECOS - SONIDO E ILUMINACIÓN”, de LOU-SARARIAN Pablo Eduardo;

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Que mediante memorándum N° 423/16 de la Secre-taria de Gobierno y Coordinación y la Dirección de Cultura, solicitan la designación como Colaborador Permanente del Museo del Che del Sr. Ariel Vidosa, DNI: 6.398.549; Que el Sr. Ariel Vidosa, fue uno de los amigos del Sr. Ernesto Che Guevara en su infancia en la ciudad de Alta Gracia; Que participó de actividades tales como la Mesa redonda de amigos de la infancia del Che, estuvo presente durante las visitas de los Sres. Presidentes de Cuba Fidel Castro y de Venezuela Hugo Chávez, ayudó y colaboró con el montaje Museológico, dio testimonio fiel de la amistad con el Che, entre otras cosas; Que el 21 de Septiembre del corriente año el Sr. Ariel Vidosa cumple noventa años, y es por el ello que la Dirección de Cultura a través de la Secretaria de Gobierno y Coordinación, quiere entregarle esta designación como obsequio; Que este Departamento Ejecutivo considerada una buena oportunidad para entregar esta designación como obsequio en oportunidad de su cumpleaños Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: DESIGANSE al Sr. VIDOSA, ARIEL, DNI: 6.398.54, en el cargo de Colaborador Permanente del Museo del Che, cargo que ejercerá Ad Honorem.- Art. 2º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art. 3º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 1.172/16 - 22/09/16 Declara “Visitante Ilustre” al Sr. BAYER Osvaldo Jorge.- Decreto Nº 1.173/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.174/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.175/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.176/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.177/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.178/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.179/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.180/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.-

Decreto Nº 1.181/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.182/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.183/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.184/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.185/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.186/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.187/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.188/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.189/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.190/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.191/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.192/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.193/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.194/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.195/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.196/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.197/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.198/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.199/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.200/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.201/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.202/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.203/16 - 22/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.204/16 - 22/09/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.205/16 - 22/09/16 Traba embargo sobre los haberes que percibe em-pleado municipal.- Decreto Nº 1.206/16 - 22/09/16

los gastos ocasionados, se hace necesario contar con dicho fondo fijo especial para tal fin que no quedará comprendido en las limitaciones de las Ordenanzas N° 10.250 por tratarse de fondos provinciales; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: CRÉASE un Fondo Fijo denominado FONDO PARA LA DESCENTRALIZACIÓN DEL MANTENI-MIENTO DE MÓVILES Y EDIFICIOS POLICIALES DEL INTERIOR DE LA PROVINCIA – FOMEEP, por la suma de Pesos TREINTA MIL ($30.000,00), sin límite de operación, de conformidad a los consideran-dos vertidos ut supra.- Art. 2º: DESÍGNESE responsable del manejo y rendición de cuentas del Fondo creado en el Art. 1º del presente al Cr. PÉREZ Edgar René, D.N.I.: 10.945.320.- Art. 3º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art. 4º: TÓMESE conocimiento por las respectivas oficinas municipales a sus efectos.- Art. 5º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 1.159/16 - 21/09/16 Ratifica Contrato de Beca.- Decreto Nº 1.160/16 - 21/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.161/16 - 21/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.162/16 - 21/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.163/16 - 21/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.164/16 - 21/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.165/16 - 21/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.166/16 - 21/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.167/16 - 21/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.168/16 - 21/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.169/16 - 21/09/16 Ratifica Contrato Administrativo.- Decreto Nº 1.170/16 - 21/09/16 Ratifica Convenio Para Tratamiento y Disposición Final de Residuos Domiciliarios.- Decreto Nº 1.171/16 - 22/09/16 VISTO: Expediente N° 507/I/2016; y CONSIDERAN-DO

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COMISION REVISORA DE CUENTAS SUPLENTES

Art. 2º: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.- Art. 3º: TÓMESE conocimiento por las respectivas Oficinas Municipales a sus efectos.- Art. 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese.- Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Sr. Maximiliano Rodolfo Caminada - Secretario de Gobierno y Coordinación.- Decreto Nº 1.209/16 - 22/09/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.210/16 - 22/09/16 Pago de ayuda económica a la Liga de Fútbol Infantil de nuestra Ciudad para realizar un viaje a la Ciudad de Villa General Belgrano.- Decreto Nº 1.211/16 - 22/09/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.212/16 - 22/09/16 Pago de ayuda económica a la Academia Folclórica Tradiciones Serranas de nuestra Ciudad para cubrir gastos de participación en un evento organizado por el ballet “Córdoba Baila Así”.- Decreto Nº 1.213/16 - 22/09/16 Dispone pago a la firma “CASA VISSANI”, de VISSA-NI Leonardo Darío, C.U.I.T.: 20-18496610-8, según Factura C Nº 0002-00000015.- Decreto Nº 1.214/16 - 22/09/16 Dispone pago a la firma “CASA VISSANI”, de VISSA-NI Leonardo Darío, C.U.I.T.: 20-18496610-8, según Factura C Nº 0002-00000014.- Decreto Nº 1.215/16 - 22/09/16 Dispone pago a la firma “CASA VISSANI”, de VISSA-NI Leonardo Darío, C.U.I.T.: 20-18496610-8, según Factura C Nº 0002-00000013.- Decreto Nº 1.216/16 - 22/09/16 Dispone pago a la firma “CASA VISSANI”, de VISSA-NI Leonardo Darío, C.U.I.T.: 20-18496610-8, según Factura C Nº 0002-00000012.-

PRIMERO MURUA, Zulma Alicia. Urquiza N° 529 16.840.271

SEGUNDO PEREYRA, Alejandra Paola. 24 de Septiembre N° 553 27.645.213

TERCERO LUNA, Carlos Alberto Arzobispo Castellanos N° 664 7.843.356

PRIMERO GODOY, Ángel Luis Castellanos N° 497 12.482.199

SEGUNDO MONTTI, Graciela Irma 24 de Septiembre N° 598 4.485.286

Decreto Nº 1.217/16 - 22/09/16 Dispone pago a la firma “CASA VISSANI”, de VISSA-NI Leonardo Darío, C.U.I.T.: 20-18496610-8, según Factura C Nº 0002-00000011.- Decreto Nº 1.218/16 - 22/09/16 Dispone pago a la firma “CASA VISSANI”, de VISSA-NI Leonardo Darío, C.U.I.T.: 20-18496610-8, según Factura C Nº 0002-00000016.- Decreto Nº 1.219/16 - 23/09/16 Promulga la Ordenanza Nº 10.317.- TEXTO COMPLETO A FS. 43.- Decreto Nº 1.220/16 - 27/09/16 Pago de ayuda económica al Centro Vecinal de Bº General Bustos de nuestra Ciudad para la realización de un evento deportivo y social.- Decreto Nº 1.221/16 - 28/09/16 Autoriza participación de colaboradores en el stand de la Ciudad de Alta Gracia en la Feria Internacional de Turismo 2.016, que se desarrollará en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Autoriza el pago de viáticos que genere dicha partici-pación.- Decreto Nº 1.222/16 - 28/09/16 Declara de Interés Público y Pago Obligatorio, según Ordenanzas vigentes, la obra de pavimentación de las calles Lepri entre López Agrellos y Concejal Lucio Rossi y Saavedra entre 25 de Mayo y Reinaldo Luppi.- Decreto Nº 1.223/16 - 28/09/16 Ratifica Contrato de Locación de Mano de Obra y Materiales.- Decreto Nº 1.224/16 - 28/09/16 Ratifica Contrato de Locación de Mano de Obra, Equipos y Materiales.- Decreto Nº 1.225/16 - 28/09/16 Ratifica Contrato Por Materiales, Equipos y de Mano de Obra.- Decreto Nº 1.226/16 - 28/09/16 Ratifica Contrato de Rescisión.- Decreto Nº 1.227/16 - 29/09/16 Declara de Interés Municipal a la “XXXIX EXPOSI-CIÓN DE HORTICULTURA Y ARTE FLORAL”, que se realizará el día 02 de octubre de 2.016.- Decreto Nº 1.228/16 - 29/09/16 Pago de ayuda económica a carenciados.- Decreto Nº 1.229/16 - 30/09/16 Dispone el pago de Bonificaciones Especiales a agentes municipales.-

Autoriza la demolición parcial a realizarse en el in-mueble ubicado en calle Belgrano Nº 356, Nomencla-tura Catastral 01-01-083-021.- Decreto Nº 1.207/16 - 22/09/16 Rectifica el Art. 2º del Decreto Nº 674/16.- Decreto Nº 1.208/16 - 22/09/16 VISTO: El Expediente Nº 568/I/16; y CONSIDERAN-DO Que en el mismo, mediante Memorándum Nº 540/2016, Secretaria de Gobierno y Coordinación, solicita el reconocimiento de las nuevas autoridades de Barrio Sur, electas el día 11 de Septiembre de 2.016; Que a fs. 04/17 consta fotocopia de Documento Nacional de Identidad de las personas electas para cubrirlos; Que a fs. 20/21 se adjunta Acta de Acuerdo; Que a fs. 25 obra Acta de Apertura de Comicios; Que a fs. 26 consta Acta de Cierre de Comicios; Atento a ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica Municipal EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art. 1º: RECONÓZCANSE las autoridades que conformarán la nueva Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas del Centro Vecinal de Barrio Sur, electas en el acto efectuado el día 11 de Sep-tiembre de 2.016, y que en virtud de los consideran-dos expuestos ut-supra a continuación se detallan: COMISION DIRECTIVA

VOCALES TITULARES

VOCALES SUPLENTES

COMISION REVISORA DE CUENTAS

CARGO APELLIDO Y NOMBRE DOMICILIO D.N.I.

PRESIDENTE MIANI, Silvia Beatriz. Concejal Alonso N° 375 17.490.794

SECRETARIO BENEGAS, Federico. Mariano Moreno N° 453 34.575.465

TESORERO BENGOLEA, Daniela Verónica. Concejal Alonso N° 430 29.189.490

PRIMERO PALACIOS, Elizabeth Cristina Margarita. R. Luppi N° 790 21.580.460

SEGUNDO ASUA, Jonathan Ariel. España N° 605 34.254.858

TERCERO BARRERA, Dora Fernanda Concejal Alonso N° 430 23.536.827

PRIMERO POMPOLO, Emilse Ayelen. Concejal Alonso N° 360 38.109.221

SEGUNDO HEREDIA, Claudia Rosanna. Liniers N° 470 21.062.095

TERCERO SAIEG. Rubén. Concejal Alonso N° 313 6.430.643

Decreto Nº 927/16 - 01/09/16 (Texto completo)

VISTO: La Ordenanza Nº 10137, Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2016; y

CONSIDERANDO

Que es menester adecuar la marcha del presupuesto vigente a las necesidades actuales de la administración municipal a los fines de optimizar su desarrollo;

Que la Ordenanza Nº 10137 establece, en el artículo 5, autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suprimir compensar, ampliar y redistribuir las partidas presu-puestarias que así lo requieran; Atento a ello, y en uso de las atribuciones que le confiere la Carta Orgánica,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA

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DECRETA

ART.1º: PROCÉDASE por Secretaría de Economía y Finanzas, a efectuar la compensación de partidas del presupuesto vigente, correspondiente al mes contable Sep-tiembre 2016

PRESUPUESTO DE GASTOS PARTIDAS A INCREMENTAR PRES.VIG. INCREMENTO PRES.RECT.

01.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 60.000,00 15.000,00 75.000,00 01.1.1.03.03.01 ELEC. GAS Y AGUA CTE EN DEP. MUNICIPALES 125.000,00 30.000,00 155.000,00 01.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 56.000,00 12.000,00 68.000,00 01.3.02.02.44 EROGACIONES VARIAS DEFENSA CILVIL 200.000,00 20.000,00 220.000,00 01.2.1.01.01.03 MEDIOS DE TRANSPORTE 1,00 250.000,00 250.001,00 02.1.1.02.02.16 UNIFORMES Y EQUIPOS DEL PERSONAL 3.500,00 1.000,00 4.500,00 02.1.1.03.03.19 LOCACION DE SERVICIOS 233.000,00 10.000,00 243.000,00 03.1.1.01.01.06 ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL 5.500,00 3.000,00 8.500,00 03.2.2.01.01.02 CREDITO GAU 11.000,00 6.000,00 17.000,00 04.1.1.02.02.05 ADQ. DE MATERIALES DE CONSERVACIÓN 2.000,00 10.000,00 12.000,00 05.1.1.02.02.01 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 1,00 1.000,00 1.001,00 05.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 55.000,00 30.000,00 85.000,00 05.1.1.03.03.07 ALQUILERES VARIOS 150.000,00 3.000,00 153.000,00 05.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 1.150.000,00 400.000,00 1.550.000,00 05.1.3.02.02.16 ATENCION A LOS CENTRO VECINALES 8.000,00 2.000,00 10.000,00 05.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 194.000,00 10.000,00 204.000,00 07.1.1.01.01.06 ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL 3.100,00 3.000,00 6.100,00 08.1.1.02.02.16 UNIFORMES YE QUIPOS DEL PERSONAL 30.000,00 3.000,00 33.000,00 08.1.1.03.03.12 CONSERVACIONES Y REPARACIONES 2.001,00 1.000,00 3.001,00 09.1.1.02.02.04 ELEMENTOS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN 15.000,00 5.000,00 20.000,00 09.1.1.02.02.16 UNIFORMES Y EQUIPOS DEL PERSONAL 25.000,00 4.000,00 29.000,00 09.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 12.000,00 6.000,00 18.000,00 09.1.1.03.03.07 ALQUILERES VARIOS 10.000,00 10.000,00 20.000,00 09.1.1.03.03.16 HOMENAJES Y CORTESÍA 50.000,00 4.000,00 54.000,00 09.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS 346.800,00 30.000,00 376.800,00 09.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 10.000,00 7.000,00 17.000,00 10.1.1.02.02.05 ADQ. DE MATERIALES DE CONSERVACIÓN 40.000,00 20.000,00 60.000,00 10.1.1.03.03.04 COMUNICACIONES TELEGRÁFICAS Y POSTALES 1,00 1.000,00 1.001,00 10.1.1.03.03.07 ALQUILERES VARIOS 100.000,00 250.000,00 350.000,00 10.1.1.03.03.16 HOMENAJES Y CORTESÍA 1,00 2.000,00 2.001,00 10.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 500.000,00 200.000,00 700.000,00 10.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 50.000,00 35.000,00 85.000,00 11.1.1.03.03.11 GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN 20.000,00 3.000,00 23.000,00 11.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 900.000,00 80.000,00 980.000,00 12.1.1.01.01.06 ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL 501,00 2.000,00 2.501,00 13.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 15.000,00 8.000,00 23.000,00 13.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 17.000,00 35.000,00 52.000,00 14.1.1.03.03.16 HOMENAJES Y CORTESÍA 4.001,00 5.000,00 9.001,00 14.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS 217.500,00 100.000,00 317.500,00 14.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA 50.000,00 15.000,00 65.000,00 15.1.1.02.02.04 ELEMENTOS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN 30.000,00 3.000,00 33.000,00 15.1.1.03.03.06 COMISIONES Y SEGUROS EN GRAL 300.000,00 3.000,00 303.000,00 16.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 105.000,00 30.000,00 135.000,00 17.1.1.02.02.16 UNIFORMES Y EQUIPOS DEL PERSONAL 15.000,00 10.000,00 25.000,00 17.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS 16.000,00 4.000,00 20.000,00 17.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL 10.000,00 18.000,00 28.000,00 18.1.1.03.03.17 OTROS DE SERVICIOS 10.000,00 30.000,00 40.000,00 19.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 10.000,00 4.000,00 14.000,00 19.1.1.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD 1.001,00 3.000,00 4.001,00 23.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO 1,00 200.000,00 200.001,00 23.1.1.01.01.06 ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL 1,00 10.000,00 10.001,00 23.1.1.02.02.02 ADQ. DE REPUESTOS EN GRAL 2.000,00 10.000,00 12.000,00 23.1.1.02.02.05 ADQ. DE MAT. P/CONSERVACIÓN 3.000,00 30.000,00 33.000,00 23.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO 5.000,00 10.000,00 15.000,00 23.1.1.02.02.16 UNIFORMES Y EQUIPOS DEL PERSONAL 2.000,00 100.000,00 102.000,00 23.1.1.03.03.12 CONSERVACIONES Y REPARACIONES 1.000,00 2.000,00 3.000,00 23.1.1.03.03.16 HOMENAJES Y CORTESÍA 1,00 2.000,00 2.001,00

TOTAL PARTIDAS A INCREMENTAR 2.101.000,00

PARTIDAS A DISMINUIR PRES.VIG. DISMINUCIÓN PRES.RECT.

01.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 1.177.296,00 100.000,00 1.077.296,00 07.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 254.960,00 100.000,00 154.960,00

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Visto: El Expediente Nº 481/I/16, iniciado por Oficialía Mayor – Convenio firma Verdol S.A.; y CONSIDE-RANDO Que en el marco de políticas públicas tendientes a satisfacer las necesidades habitacionales de la ciu-dad, se suscribe acuerdo entre el Sr. Intendente Municipal Dr. Facundo Torres y el Sr. Enzo Idañez en nombre y en representación de VERDOL S.A.; Que mediante Decreto Nº 0685/16 se ratifica el Acuerdo de Voluntades suscripto entre la Municipali-dad de Alta Gracia y la firma VERDOL S.A. el cual es elevado ad-referéndum del Honorable Concejo Deli-berante; Que evaluado el Expediente por la Comisión de Legislación General emite despacho favorable apro-bado por unanimidad, en sesión ordinaria del día 17 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: REFRENDAR el Decreto Nº 0685/16 del De-partamento Ejecutivo, de fecha 08 de agosto 2016 elevado Ad Referéndum de este Concejo que ratifica el Acuerdo de Voluntades suscripto entre la Municipa-lidad de Alta Gracia y la firma VERDOL S.A. cual es elevado ad-referéndum del Honorable Concejo Deli-berante; Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 13/16 Visto: Que el jueves 25 de agosto se conoció la sentencia para los represores juzgados en la mega-causa de La Perla y el Campo de la Ribera en los Tribunales Federales de Córdoba; y CONSIDERAN-DO Que se trató de un proceso que involucró crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dicta-

dura cívico-militar, régimen que instaló terror como política de Estado avasallando los derechos constitu-cionales y universales en la Argentina entre 1976 y 1983; Que la dictadura montó una estructura clandestina para la represión del Pueblo e impuso un régimen de violencia organizada con persecuciones, tortura sistematizada, desaparición forzada de personas y robo de bebé; Que trabajadores, intelectuales, jóvenes, estudiantes, artistas, militantes políticos y sociales sufrieron la persecución del Estado mediante “grupos de tareas”, centros clandestinos de detención, tortura y extermi-nio de personas, como así también de manipulación y ocultamiento de toda información al respecto; Que frente a las atrocidades y el abuso de poder, no nos quedamos callados: Argentina buscó juzgar y condenar a sus propios represores; Que una vez recuperada la democracia, se inició un proceso contra la junta de comandantes, impulso que se renovó y profundizó años más tarde, cuando se procedió a juzgar a todos los genocidas con las estructuras legales establecidas en la constitución y sin la intervención de ningún organismo internacio-nal.; Que por llevar adelante los juicios por los delitos de lesa humanidad, nuestro país es, hoy, ejemplo en el mundo; Que destacamos la actitud de las víctimas y los organismos que las representan, quienes utilizaron los mecanismos de la Justicia, de la democracia, dejando de lado cualquier actitud de venganza o justicia por mano propia y engrandeciendo aún más al Pueblo argentino ante sus victimarios; Que la mega-causa “La Perla – Campo de la Ribera” fue uno de esos procesos, con un total de 21 expe-dientes reunidos, involucró 716 víctimas de secues-tros, torturas y fusilamientos.; Que 279 siguen desaparecidas y sólo fueron recupe-rados e identificados los cuerpos de 71 personas, involucrando, además, 13 detenidos políticos muertos en sesiones de torturas y la sustracción de un bebé;

RESOLUCIÓN Nº 11/16 Visto: El Expediente Nº 699/I/15, iniciado por Oficialía Mayor –Boleto Educativo Gratuito Rural de la Provin-cia de Córdoba; y CONSIDERANDO Que mediante la Ley Provincial Nº 10031 se crea el Régimen de Provisión del Boleto Educativo Gratuito para ser utilizado en el transporte de pasajeros urba-nos, suburbanos e interurbanos de jurisdicción provin-cial y mediante la Resolución Nº 078/14 y sus modifi-catorias se hace necesaria la suscripción por parte de Municipios, Comunas y Comunidades Regionales de convenios de adhesión al citado Régimen para garantizar la efectiva aplicación del mismo; Que mediante Decreto Nº 0648/16 se ratifica el Con-venio de Adhesión Provincia-Municipios al Régimen del Boleto Educativo Gratuito de la Provincia de Córdoba suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Secretaría de Transporte de la Provincia de Córdoba el cual es elevado ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante; Que evaluado el Expediente por la Comisión de Legislación General emite despacho favorable apro-bado por unanimidad, en sesión ordinaria del día 17 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: REFRENDAR el Decreto Nº 0648/16 del De-partamento Ejecutivo, de fecha 29 de julio 2016 elevado Ad Referéndum de este Concejo que ratifica el Convenio de Adhesión Provincia-Municipios al Régimen del Boleto Educativo Gratuito de la Provin-cia de Córdoba suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Secretaría de Transporte de la Pro-vincia de Córdoba. Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 12/16

07.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ. ANT. 1.251.000,00 95.000,00 1.156.000,00 08.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ. ANT. 127.000,00 11.000,00 116.000,00 10.2.1.01.01.03 MEDIOS DE TRANSPORTE 900.000,00 736.000,00 164.000,00 10.2.1.02.01.01 OBRAS VARIAS 11.170.000,00 259.000,00 10.911.000,00 11.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 4.175.000,00 100.000,00 4.075.000,00 15.1.1.01.01.11 DEUDA DE PERSONAL EJ. ANT. 3.945.000,00 200.000,00 3.745.000,00 15.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS 1.041.567,00 300.000,00 741.567,00 15.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ. ANT. 1.949.000,00 200.000,00 1.749.000,00

TOTAL PARTIDAS A DISMINUIR 2.101.000,00

ART.2º: CON la presente compensanción, el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente es de $ 487.127.016(Pesos: Cuatrocientos ochenta y siete millones ciento veintisiete mil dieciseis) ART.3º: EL presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Finanzas ART.4º: TÓMESE conocimiento por las respectivas oficinas municipales, a sus efectos. ART.5º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, dése al Registro Municipal y archívese. Firmado: Ab. Facundo Torres Lima - Intendente Municipal - Cr. Edgard René Pérez - Secretario de Economía y Finanzas.-

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

RESOLUCIONES

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a la Srta. Guillermina Achával Rodríguez - luego Sra. de Goyena – y Sra. Delfina Bunge de Gálvez y Sra. Ata González, a levantar en este privilegiado rincón de Alta Gracia, una réplica de la milagrosa Gruta de los Pirineos, Francia; Que al no existir un criterio uniforme, se eligió por sorteo entre los tres propuestos, el lugar de su empla-zamiento; Que se efectuaron colectas y se recibieron buenas donaciones, especialmente de la distinguida colonia porteña que frecuentaba la entonces de Alta Gracia; Que Inaugurada el 10 de septiembre de 1916, siendo padrinos el Gobernador de Córdoba, Dr. Eufrasio S. Loza y el Intendente de Alta Gracia Dr. Lucas V. Córdoba, fue puesta en manos de la Orden de los PP. Carmelitas Descalzos a través del R.P. Fray Camilo Larrazábal de la Inmaculada Concepción – de venerable memoria – Orden que desde entonces mantiene bajo su celosa custodia; Que los PP. Carmelitas han cumplido una labor muy ponderable en el acrecentamiento de la devoción a la Inmaculada y en el mejoramiento del Santuario- al que constantemente se acercan nutridos contingentes de fieles de todo el País. Que evaluado el Proyecto de Resolución por la totali-dad de los concejales, se resuelve por unanimidad aprobarlo en Sesión Ordinaria del día 31 de agosto de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: DECLÁRESE de Interés Cultural Municipal el “Centenario de la Fundación de La Gruta en devoción de la Virgen de Lourdes en la ciudad de Alta Gracia”. Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINTA Y UNO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 15/16 Visto: Que la fundación PROVOCAR ARTE realizara la primer convención de emprendedores de tecnolo-gía aplicada 2016 los días 16 y 17 de Septiembre en las instalaciones de Solares Espacio Cultural; y CON-SIDERANDO Que agregan un valor al desarrollo educativo y tecno-lógico de la ciudad poniendo en marcha un programa de inclusión donde emprendedores, empresas e instituciones académica expondrán al mundo sus avances en tecnología aplicada; Que en la misma disertaran: AGUSTIN LOS DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA DE LA NACION; IRE-NE PRESTI PRESIDENTE DE LA CAMARA DE IMPRESIONES 3D; VICTOR DIRIEZO, Y JOSE DUPERI DEL INTI; SANTIAGO FERNANDEZ DE LA UNIDAD DE DESARROLLO E INVESTIGACIONES EN BIO MODELOS DEL HOSPITAL DE NIÑOS DE CORODBA, LUCIANO LUCELO DE SOLVIN; GUS-TAVO SIERRA DE TECNOTECA VILLA MARIA; MARCOS CARLE, DE IMPRESIONES 3D ALTA GRACIA, Y QUE LOS EXPOSITORES SERAN: CORDOBA TECHNOLOGY CLUSTER, CONAE, GEON, TRIDEO, PRINTALOT, FUNCION AGORA, UTN, INSTITUTO MANUEL DE FALLA Y VIRTUAL POINT.

Que evaluado la nota por la Comisión de Turismo, Cultura y Deporte, emite despacho favorable, aproba-do por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 14 de septiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: DECLÁRESE de Interés Municipal a “la primer convención de emprendedores de tecnología aplicada 2016 a realizarse los días 16 y 17 de Septiembre a cargo de la fundación PROVOCAR ARTE”.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 16/16 Visto: Que el Encuentro de Rugby, el 5 noviembre de 2016 denominado “V ENCUENTRO CHUPETE SAN-CHEZ”; y CONSIDERANDO Que el Alta Gracia Rugby Club organiza el V Encuen-tro denominado CHUPETE SANCHEZ; Que del mismo participaran jóvenes de 14 años procedentes de todo el país; Que se aguarda la presencia de 600 niños de 14 años que vienen de clubes pertenecientes a las provincias de, Córdoba, Santa Fe, Mendoza, San Luis, San Juan, Santiago Del Estero, Salta, La Rioja y Buenos Aires, Que el mencionado encuentro se denomina “CHUPETE SANCHEZ”, por ser uno de los fundado-res del Alta Gracia Rugby Club Surgido en el aero-club; Que este tipo de actividades deben ser reconocidas por el Estado Municipal y todos los vecinos de Alta Gracia. Que evaluado la nota por la Comisión de Turismo, Cultura y Deporte, emite despacho favorable, aproba-do por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 14 de septiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: DECLÁRESE de Interés Municipal al “V EN-CUENTRO CHUPETE SANCHEZ”, que se llevara a cabo el próximo día 5 de noviembre de 2016 en el predio de Alta Gracia Rugby Club (ARG.)”.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- RESOLUCIÓN N° 016/16: DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 17/16 Visto: Que la fundación PROVOCAR ARTE realizara la exposición de ARTE CONTEMPORANEO 2016 los días 3, 4, 5, 6,7 y 8 de Octubre en las instalaciones de Solares Espacio Cultural; Y CONSIDERANDO

Que iniciado el 4 de diciembre de 2012, el juicio que implicó a 43 imputados por delitos de lesa humanidad entre quienes se encuentran Luciano B. Menéndez, Ernesto G. Barreiro, Héctor P. Vergez y Carlos A. Yanicelli, finalmente tuvo su sentencia; Que 581 testigos declararon en la causa a lo largo de los últimos 3 años y 8 meses, y más de 10.000 perso-nas esperaron su veredicto histórico el jueves pasado en las puertas del juzgado; Que se trató del juicio más grande de la historia de Córdoba y tuvo como resultado 28 condenas a cade-na perpetua, 10 penas de entre 2 y 14 años de prisión por delitos de privación ilegítima de la libertad, priva-ción agravada, tormentos agravados, tormentos seguidos de muerte, robo calificado, secuestro, viola-ción agravada, homicidio calificado y sustracción de un menor. 5 imputados fueron absueltos; Que la sociedad de Alta Gracia, como todo el territo-rio nacional, sufrió de las políticas represivas del gobierno cívico-militar y, por eso, estuvo directamente involucrada en el histórico juicio y sentencia que culminó el jueves; Que en aquellos años, vecinos de la ciudad fueron víctimas del terrorismo de estado, como los hermanos D’ambra y Hugo Pavón que fueron secuestrados y desaparecidos y otros, como Juan Torres, Pedro Gaetán y la familia D’ambra, viven hoy entre nosotros y fueron convocados y participaron como testigos en el juicio histórico que se llevó a cabo en la provincia, que es ejemplo en el país y en el mundo. Que evaluado el Proyecto de Resolución por la totali-dad de los concejales, se resuelve por unanimidad aprobarlo en Sesión Ordinaria del día 31 de agosto de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: DECLARAR de Interés Municipal la Sentencia emanada de los Tribunales Federales de Córdoba el pasado 25 de Agosto, en la mega-causa “La Perla – Campo de la Ribera”. Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- RESOLUCIÓN N° 013/16: DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINTA Y UNO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 14/16 Visto: El próximo centenario de la fundación de la Gruta; y CONSIDERANDO Que esta réplica de la milagrosa Gruta de los Piri-neos, en Francia, fue inaugurada el 10 de septiembre de 1916; Que al cumplirse este año el primer centenario de su fundación se ha preparado un cronograma de actos en honor a la Santísima Virgen de Lourdes; Que resulta oportuno acompañar la intensa actividad que la Comisión Ejecutiva del Centenario está llevan-do adelante y manifestar el acompañamiento de la ciudad; Que la devoción a la Virgen de Lourdes y el cumpli-miento de una promesa por favores recibidos, movió

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RESOLUCIÓN Nº 18/16 Visto: Que los próximos días 22,24 y 26 de noviem-bre “Teatro Integrado” a cargo de la fundación PRO-VOCAR ARTE en las instalaciones de Espacio Cultu-ral; y CONSIDERANDO Que es un proyecto artístico que propone INTEGRAR por 5to año consecutivo a todas las instituciones abocadas a la educación especial de la ciudad de Alta Gracia: Taller protegido Municipal, Escuela Paulina Domínguez, Crecer, Sisame y Fundación Espacio, bajo la dirección y coordinación general de Paola Piantanida de Fundación Provocar Arte. Que estas instituciones se integran entre ellas y con otras dedicadas a la educación común, nivel primario y nivel medio, revalorizando el espíritu Inclusivo y Utilizando la “escena teatral” como un medio para ofrecer un modo alternativo de comunicación, de expresión y de creación involucrando todos los recur-sos expresivos posibles: la voz, el cuerpo, la gestuali-dad, etc. Que de este modo se logra que los pilares esenciales de las experiencias artísticas fortalezcan e influyan positivamente en la mejor calidad de vida de los protagonistas. Que las instituciones de educación común aporta a la puesta teatral otros lenguajes artísticos como la fotografía, los medios audiovisuales y artesanías. Que evaluada la nota por la Comisión de Turismo, Cultura y Deporte, emite despacho favorable, aproba-do por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 14 de septiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: DECLÁRESE de Interés Municipal “la 5ta Edición Productiva Alta Gracia 2016 a cargo de la fundación PROVOCAR ARTE”.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 19/16 Visto: El Decreto N° 0925/16 elevado por el Departa-mento Ejecutivo Constitución de la Comisión Ejecuti-va Especial Organizadora del “XXX Encuentro Anual de Colectividades”; y CONSIDERANDO Que de conformidad a la Ordenanza N° 10.270, promulgada mediante Decreto N° 858/16 de Fecha 26 de Agosto de 2016, se reconoce la Comisión Ejecutiva Especial Organizadora del “XXX Encuentro Anual de Colectividades”; Que el mencionado Decreto ha sido elevado Ad – Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 2° de la Orde-nanza N° 3.267, quedando constituida la Comisión. Que evaluado el Decreto elevado por el Departamen-to Ejecutivo, emite despacho, aprobado por mayoría en Sesión Ordinaria del día 14 de septiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE

Art.1: RATIFICAR en todos sus términos el Decreto N° 0925/16 de Fecha 31 de Agosto de 2016, por medio del cual se reconoce la Comisión Ejecutiva Especial Organizadora del “XXX Encuentro Anual de Colectividades”. Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 20/16 Visto: El Expediente Nº 481/I/16, iniciado por Oficialía Mayor – Convenio firma Verdol SA; y CONSIDERAN-DO Que en el marco de políticas públicas tendientes a satisfacer las necesidades habitacionales de la ciu-dad, se suscribe acuerdo entre el Sr. Intendente Municipal Dr. Facundo Torres y el Sr. Enzo Idañez en nombre y en representación de VERDOL S.A.; Que mediante Decreto Nº 1020/16 se ratifica el Bole-to de Compraventa suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la firma VERDOL S.A. cual es eleva-do ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberan-te; Que evaluado el expediente por la Comisión de Legislación General emite despacho favorable, apro-bado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 28 de septiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: refrendar el Decreto Nº 1020/16 del Departa-mento Ejecutivo, de fecha 09 de septiembre 2016 elevado Ad Referéndum de este Concejo que ratifica el Boleto de Compraventa suscripto entre la Munici-palidad de Alta Gracia y la firma VERDOL S.A. cual es elevado ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIO-CHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 21/16 Visto: El expediente 558/I/16, presentado por la Sra. Mirian Elsa Salgado; y CONSIDERANDO Que la Sra. Miriam Elsa Salgado, Locutora y Profeso-ra de Folclore, integrante del programa “Canto y Pueblo” en Radio Alta Gracia 103.3, durante 11 años y desde hace 4 años es locutora en “Todas Las Voces” en Radio Sierras, Que tiene una amplia trayectoria en el ámbito gaucho, folclórico y en la cultura de nuestras tradiciones, recorriendo festivales, animando diversas peñas, fiestas y encuentros, Que realiza charlas sobre nuestro folclore y que es una ferviente comunicadora a través de la radio haciendo conocer nuestra ciudad de Alta Gracia en todos los puntos del país Que evaluado el expediente por la Comisión de

Que la Fundación Provocar Arte cuenta con el aval institucional de UNESCO para la realización de la muestra en todo el país. Que la muestra está integrada por 30 grande maes-tros nacionales y 20 artista provinciales exponiendo obras provinciales. Que estarán presentes entre otros: ALONZO, CAS-TAGNINO, QUINQUELA MARTIN, SOLDI, LE PARC, MINUGIN, BENGURIA, PIERRI, URRUCHUA, FOR-TE INIESTA, MINGUI RAOTA. Que las técnicas representadas son, dibujo, pintura, escultura, instalación, fotografía, grabado, video arte. Que se realizaran 6 visitas guiadas por día con 40 personas por turno, de una duración de 45 min, destinados a alumnos de nivel primario, secundario, y terciario, con entrada libre y gratuita. Que es una feria de arte que revaloriza el sentido y origen de feria como un evento social y cultural, un espacio de intercambio y un punto de encuentro transitando hacia la realidad artística actual desde la multiplicidad de miradas. Que centra su atención en la estimulación y construc-ción de pensamiento y en la articulación con los distintos niveles del contexto educativo: primario, secundario y terciario a través de un guion curatorial. Que desde su aspecto itinerante tiene como objetivos primordiales el acercamiento del arte contemporáneo al público de distintos contextos y estratos sociales y a la promoción de la cultura desde la multiplicidad de lenguajes dentro de las artes visuales como el dibujo, la pintura, la fotografía, la escultura, el grabado, el arte digital, el diseño de autor, el arte urbano, el video arte y la instalación. Que otro espacio de la feria estará destinado princi-palmente a la producción de artistas entre maestros y artistas emergentes de las provincias que participan de esta experiencia entre los cuales se encuentran grandes premios nacionales y otros artistas con reconocimientos nacional e internacional, como por ejemplo JULIA ROMANO,PABLO CURUCHET, RODRIGO PRICE, PABLO SOLO DIAZ, HUGO LAFRANCONI, GISELA ZONTENLLA BELAMENDIA, DOLORES MORON, LEONARDO MEZZETTI, NICO-LAS PAUTAZZO, ETC. Que las instituciones de educación común aporta a la puesta teatral otros lenguajes artísticos como la fotografía, los medios audiovisuales y artesanías. Que evaluado la nota por la Comisión de Turismo, Cultura y Deporte, emite despacho favorable, aproba-do por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 14 de septiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: DECLÁRESE de Interés Municipal a “la exposi-ción de ARTE CONTEMPORANEO 2016 a realizarse los días 3, 4, 5, 6,7 y 8 de Octubre a cargo de la fundación PROVOCAR ARTE”.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-

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cancha de 18 hoyos; Que mediante Decreto N° 1904/15 del Ejecutivo Municipal se determinaron condiciones de uso del espacio estableciéndose horario, limitándose su uso exclusivo a lugar de descanso y refrigerio de los jugadores y fijando la obligación, por parte del Alta Gracia Golf Club, de parquizar el lugar, iluminarlo, poner juegos para niños, mantenerlo y garantizar el acceso libre a todo público; Que teniendo en cuenta que el predio “El Ceibo” es un espacio público, se hace necesario definir concre-tamente la utilización a realizar por el Alta Gracia Golf Club sin que esto impida o restrinja el uso amplio por parte de los vecinos de la ciudad;. Que evaluado el expediente por la Comisión de Legislación General emite despacho favorable, apro-bado en general por unanimidad y en particular por mayoría en Sesión Ordinaria del día 28 de septiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: REFRENDAR el Decreto Nº 1033/16 del Departamento Ejecutivo, de fecha 12 de septiembre de 2016 elevado Ad Referéndum de este Concejo que ratifica el Convenio de Permiso de Uso suscripto entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Asociación Deportiva Alta Gracia Golf Club.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIO-CHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 23/16 Visto: La reunión conjunta entre la Comisión de Asuntos Ambientales y Salud, Departamento Ejecuti-

vo y diversas asociaciones proteccionistas de anima-les y profesionales veterinarios; y CONSIDERANDO Que en dicha reunión se abordaron aspectos relativos a la aplicación de la Ordenanza 8549; Que se hace necesario implementar algunas modifi-caciones para mejorar y efectivizar las acciones llevadas adelante por el programa de salud animal; Que evaluado el Proyecto de Resolución por la Comi-sión Asuntos Ambientales y Salud emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordi-naria del día 28 de septiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: RECOMENDAR al Departamento Ejecutivo que al momento de la caducidad del Convenio refren-dado entre el Municipio y A.D.M.A y la formulación de uno nuevo, sean incorporadas las asociaciones proteccionistas que deseen participar en el desarrollo del programa Salud Animal. Art.2: SOLICITAR al Órgano de aplicación de la presente Ordenanza que al momento de la esteriliza-ción permanente sean identificados de manera dife-renciada aquello animales incluidos en la categoría “c” del artículo 9 de la Ordenanza 8549. Art.3: FACULTAR al Órgano de aplicación a ser el responsable de la incorporación de los animales incluidos en la categoría “c” del artículo 9 de la Orde-nanza 8549, en el proceso de esterilización perma-nente.- Art.4: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIO-CHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-

Cultura, Turismo y Deporte se resuelve por unanimi-dad aprobar lo peticionado, en Sesión Ordinaria del día 28 de septiembre de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA RESUELVE Art.1: DECLÁRESE de Interés Cultural el programa “Todas las voces”, emitido por radio sierras, los sába-dos por la mañana, siendo su locutora la Sra. Miriam Elsa Salgado.- Art.2: PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al libro de Resoluciones y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIO-CHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.- RESOLUCIÓN Nº 2216 Visto: El Expediente Nº 572/I/07, iniciado por el Departamento Ejecutivo – Comodato Predio “El Ceibo”; y CONSIDERANDO Que el Departamento Ejecutivo suscribió un convenio por el uso del Predio “El Ceibo” que mediante Resolu-ción N° 042/05 del Honorable Concejo Deliberante había solicitado al Ejecutivo Municipal que realice todas las gestiones necesarias tendientes al otorga-miento en comodato del predio solicitado por nota por Alta Gracia Golf Club y con el fin exclusivo de posibili-tar la comunicación ante la posibilidad de la amplia-ción de la cancha de golf a 18 hoyos; Que mediante Decreto N° 1267/07 se ratifica el contrato de comodato suscripto en cumplimiento de lo dispuesto por el Honorable Concejo Deliberante en Resolución N° 042/05 del 27 de Octubre de 2005; Que el convenio suscripto con el Alta Gracia Golf Club es para utilizar el espacio en calidad de présta-mo, precario y gratuito y a los fines de la mencionada comunicación para posibilitar la construcción de la

Don Bosco, calle Falucho en B° Cafferata, calle Concejal Barbeito en B° Pellegrini y calle Matheu en B° Parque Casino; Que la Carta Orgánica Municipal establece en su artículo 93 el mecanismo de doble lectura para el tratamiento de este tipo de Ordenanzas; Que se le dio ingreso en primera lectura, por lo que corresponde convocar a Audiencia Pública a las personas o instituciones interesadas en su discusión, todo de acuerdo a lo dispuesto en la Carta Orgánica Municipal. EL VICEINTENDENTE PRESIDENTE DEL HONO-RABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA DECRETA Art.1: CONVOCAR a Audiencia Pública para el día lunes 1 de Agosto de 2016, a la hora 18:30, en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante,

Belgrano 15 – Planta Baja - a fin de tratar el siguiente tema: Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal – Ref.: Plan de Pavimentación, Obra Carpeta Asfáltica en Barrio Parque San Juan. Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo - Ref.: Plan Pavimentación, Carpeta Asfálti-ca en calle Cangallo de B° Liniers, calle Uruguay y Agustín Aguirre en B° Cafferata, calle Concejal Bar-beito en B° Pellegrini y calle Matheu en B° Parque Casino. Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo – Ref.: Modificación de Presupuesto Gene-ral de Recursos y Gastos- Ord. N° 10137. Art.2: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Decretos y archívese.-

DECRETO Nº 07/16 - 27/07/16 Visto: Los Proyectos de ordenanzas elevados por el Departamento Ejecutivo Municipal; y CONSIDERAN-DO Que ingresaron en sesión ordinaria del día 13 de julio del corriente año los siguientes proyectos de orde-nanzas; Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo – Ref.: Modificación de Presupuesto Gene-ral de Recursos y Gastos- Ord. N° 10137; Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, Ref.: Plan de Pavimentación, Obra Carpeta Asfáltica en Barrio Parque San Juan; Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo - Ref.: Plan Pavimentación, Carpeta Asfálti-ca en calle Cangallo de B° Liniers, calle Uruguay y Agustín Aguirre en B° Cámara, calle Ituzaingo en B°

DECRETOS

ORDENANZAS -Ordenanza Nº10.137; y CONSIDERANDO

Que se ha firmado el Acuerdo Federal de la Provincia con los Municipios que promueve el fortalecimiento

ORDENANZA Nº 10.260 Visto: El Presupuesto General de Recursos y Gastos

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21.1.1.02.02.06 ADQ. DE CAMAARS Y CUBIERTAS NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.02.02.07

ADQ. DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.02.02.08

ADQ. DE PRODUCTOS QUIM. Y FARMAC. NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.02.02.09

RACIONAMINETO ALIMENTO Y CAFETERÍA NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.02.02.11

DEUDAS DE CONSUMO DE EJRC. ANT. NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.02.02.16

UNIFORMES Y EQUIPOS DEL PERSONAL NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03 SERVICIOS NUEVA 20.00 20.00 21.1.1.03.03 SERVICIOS NUEVA 20.00 20.00

21.1.1.03.03.03

ELECT. GAS Y AGUA CTE. EN DEP. MUNICIP. NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.02

PASAJES,FLETES ACARREOS Y ALMAC. NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.04

COMUNICACONES TELEGRAFICAS Y POST. NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.06

COMISIONES Y SEGUROS EN GENERAL NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.07 ALQULERES VARIOS NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.08

GASTOS JUDICIALES,MULTAS E IDEMN. NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.10

ESTUDIOS INVESTIGACIONES Y ASIST. TEC. NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.11

GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.12

CONSERVACIONES Y REPARACIO-NES NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.13

SERVICIOS PÚBLICOS EJECUTA-DOS P/TER. NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.15

PREMIOS,ADHESIONES Y OTROS SIMILARES NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.16 HOMENAJES Y CORTESÍA NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.18 CURSOS DE CAPACITACIÓN NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.28

DEUDAS DE CONSUMO DE EJRC. ANT. NUEVA 1.00 1.00

21.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS NUEVA 1.00 1.00

21.2 EROGACIONES DE CAPITAL NUEVA 5.00 5.00

21.2.1 INVERSIONES FISICAS NUEVA 5.00 5.00

21.2.01.01 BIENES DE CAPITAL NUEVA 1.00 1.00

21.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA NUEVA 1.00 1.00

21.2.1.01.01.03 MEDIOS DE TRANSPORTE NUEVA 1.00 1.00

21.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL NUEVA 1.00 1.00

21.2.1.01.01.06

DEUDA DE BIENES DE CAPITAL EJ. ANT. NUEVA 1.00 1.00

22 DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS NUEVA 44.00 44.00

22.1. EROGACIONES CORRIENTES NUEVA 39.00 39.00

22.1.1. FUNCIONAMINETO NUEVA 39.00 39.00

22.1.1.1.01 PERSONAL NUEVA 7.00 7.00

22.1.1.01.01.01 PERSONAL NUEVA 7.00 7.00

22.1.1.01.01.01 AUTORIDADES SUPERIORES NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.01.01.02 PERSONAL DE GABINETE NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.01.01.06

ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.01.01.11 DEUDA DE PERSONAL EJ. ANT. NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.02 BIENES DE CONSUMO NUEVA 12.00 12.00

22.1.1.02.02 BIENES DE CONSUMO NUEVA 12.00 12.00

22.1.1.02.02.01 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.02.02.02 ADQ. DE REPUESTOS EN GRAL. NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.02.02.03 ÚTILES, LIBROS IMP. Y PAPELERÍA NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.02.02.04

ELEMENTOS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.02.02.05 ADQ. DE MAT.P/CONSERVACIÓN NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.02.02.06 ADQ. DE CAMAARS Y CUBIERTAS NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.02.02.07

ADQ. DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.02.02.08

ADQ. DE PRODUCTOS QUIM. Y FARMAC. NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.02.02.09

RACIONAMINETO ALIMENTO Y CAFETERÍA NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.02.02.11

DEUDAS DE CONSUMO DE EJRC. ANT. NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.02.02.16

UNIFORMES Y EQUIPOS DEL PERSONAL NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03 SERVICIOS NUEVA 20.00 20.00

22.1.1.03.03 SERVICIOS NUEVA 20.00 20.00

22.1.1.03.03.03

ELECT. GAS Y AGUA CTE. EN DEP. MUNICIP. NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.02

PASAJES,FLETES ACARREOS Y ALMAC. NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.04

COMUNICACONES TELEGRAFICAS Y POST. NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.06

COMISIONES Y SEGUROS EN GENERAL NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.07 ALQULERES VARIOS NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.08

GASTOS JUDICIALES,MULTAS E IDEMN. NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.10

ESTUDIOS INVESTIGACIONES Y ASIST. TEC. NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.11

GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.12

CONSERVACIONES Y REPARACIO-NES NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.13

SERVICIOS PÚBLICOS EJECUTA-DOS P/TER. NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.15

PREMIOS,ADHESIONES Y OTROS SIMILARES NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.16 HOMENAJES Y CORTESÍA NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.18 CURSOS DE CAPACITACIÓN NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.28

DEUDAS DE CONSUMO DE EJRC. ANT. NUEVA 1.00 1.00

22.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS NUEVA 1.00 1.00

22.2 EROGACIONES DE CAPITAL NUEVA 5.00 5.00

22.2.1 INVERSIONES FISICAS NUEVA 5.00 5.00

22.2.01.01 BIENES DE CAPITAL NUEVA 1.00 1.00

22.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA NUEVA 1.00 1.00

22.2.1.01.01.03 MEDIOS DE TRANSPORTE NUEVA 1.00 1.00

22.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL NUEVA 1.00 1.00

22.2.1.01.01.06

DEUDA DE BIENES DE CAPITAL EJ. ANT. NUEVA 1.00 1.00

23 DIRECCIÓN GENERAL DE AMBIENTE NUEVA

502,025.00 502,025.00

23.1. EROGACIONES CORRIENTES NUEVA 492,022.0

0 492,022.00

23.1.1. FUNCIONAMINETO NUEVA 492,022.0

0 492,022.00

23.1.1.1.01 PERSONAL NUEVA

320,006.00 320,006.00

23.1.1.01.01.01 PERSONAL NUEVA

320,006.00 320,006.00

23.1.1.01.01.01 AUTORIDADES SUPERIORES NUEVA

320,000.00 320,000.00

23.1.1.01.01.02 PERSONAL DE GABINETE NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.01.01.06 ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.01.01.11 DEUDA DE PERSONAL EJ. ANT. NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.02 BIENES DE CONSUMO NUEVA 27,004.00 27,004.00

23.1.1.02.02 BIENES DE CONSUMO NUEVA 27,004.00 27,004.00

23.1.1.02.02.01 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES NUEVA 2,000.00 2,000.00

23.1.1.02.02.02 ADQ. DE REPUESTOS EN GRAL. NUEVA 2,000.00 2,000.00

23.1.1.02.02.03 ÚTILES, LIBROS IMP. Y PAPELERÍA NUEVA 5,000.00 5,000.00

23.1.1.02.02.04

ELEMENTOS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN NUEVA 3,000.00 3,000.00

23.1.1.02.02.05 ADQ. DE MAT.P/CONSERVACIÓN NUEVA 3,000.00 3,000.00

23.1.1.02.02.06 ADQ. DE CAMAARS Y CUBIERTAS NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.02.02.07

ADQ. DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NUEVA 1.00 1.00

del federalismo y el empoderamiento de los gobiernos locales; Que es necesario adaptar el Presupuesto General de Gastos a la Ordenanza al nuevo Organigrama Munici-pal, Que atento a lo expuesto es menester realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes; Que evaluado el Proyecto elevado por el Departa-mento Ejecutivo emite despacho por mayoría, apro-bado en General y en Particular por mayoría en sesión ordenaría del día 10 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: DISPONESE modificar el Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Alta Gracia

Art.2°: DISPONESE crear las Siguientes Partidas Presupuestarias

PRESUPUESTO DE GASTOS

PARTIDAS VIGENTES PARTIDAS RECTIFICADAS

14- SECRETARIA GENERAL Y DE AMBIENTE 14-SECRETARIA GENERAL Y DE RECURSOS HUMANOS

PRESUPUESTO DE RECURSOS

PARTIDAS A CREAR PRES. VIG.

INCREMEN-TO

PRES. RECT.

1.2.2.02.13

PROGRAMA DE ASIST. INTEGRAL DE CÓRDOBA NUEVA

6,000,000.00

6,000,000.

00

1.2.2.02.14 FONDO DE SEGURIDAD NUEVA

1,000,000.00

1,000,000.

00

2.1.2.01.04

FONDO DE DESARROLLO URBANO NUEVA 7,000,000.00

7,000,000.

00

TOTAL PARTIDAS A CREAR 14,000,000.

00

PARTI-DAS A CREAR

PRES. VIG.

INCRE-MENTO

PRES. RECT.

01.2.1.01.01.15 FONDO DE SEGURIDAD

NUE-VA

1,000,000.00

1,000,000.00

10.2.1.02.01.21

FONDO DE DESARROLLO URBANO

NUE-VA

7,000,000.00

7,000,000.00

13.1.3.02.02.46

PROGRAMA DE ASIST. INTEGRAL DE CÓRDOBA

NUE-VA

6,000,000.00

6,000,000.00

21 SECRETARIA DE INNOVACIÓN TECNOLOGICA

NUE-VA 44.00 44.00

21.1. EROGACIONES CORRIENTES NUE-VA 39.00 39.00

21.1.1. FUNCIONAMINETO NUE-VA 39.00 39.00

21.1.1.1.01 PERSONAL

NUE-VA 7.00 7.00

21.1.1.01.01.01 PERSONAL

NUE-VA 7.00 7.00

21.1.1.01.01.01 AUTORIDADES SUPERIORES

NUE-VA 1.00 1.00

21.1.1.01.01.02 PERSONAL DE GABINETE

NUE-VA 1.00 1.00

21.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE

NUE-VA 1.00 1.00

21.1.1.01.01.04 PERSONAL CONTRATADO

NUE-VA 1.00 1.00

21.1.1.01.01.05 PERSONAL JORNALIZADO

NUE-VA 1.00 1.00

21.1.1.01.01.06

ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL

NUE-VA 1.00 1.00

21.1.1.01.01.11 DEUDA DE PERSONAL EJ. ANT.

NUE-VA 1.00 1.00

21.1.1.02 BIENES DE CONSUMO

NUE-VA 12.00 12.00

21.1.1.02.02 BIENES DE CONSUMO

NUE-VA 12.00 12.00

21.1.1.02.02.01 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

NUE-VA 1.00 1.00

21.1.1.02.02.02 ADQ. DE REPUESTOS EN GRAL.

NUE-VA 1.00 1.00

21.1.1.02.02.03

ÚTILES, LIBROS IMP. Y PAPELERÍA

NUE-VA 1.00 1.00

21.1.1.02.02.04

ELEMENTOS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN

NUE-VA 1.00 1.00

21.1.1.02.02.05 ADQ. DE MAT.P/CONSERVACIÓN

NUE-VA 1.00 1.00

Page 34: CIUDAD DE ALTA GRACIA · ría en que se debe dictar un decreto ampliatorio del decreto N° 1952/15 fijando la fecha de determinación del Acto en el año 2014 cuando aconteció la

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 228 - Página 34 de 45

rias, para su utilización en la atención de pagos cuya característica, modalidad o urgencia no permite aguardar la respectiva visación previa del compromi-so de gastos y que correspondan a:a) una necesidad imprevista, b) que su uso o consumo sea de consumo inmediato; c) que no exista fraccionamiento en la compra; d) que se trate de contratación cuya natura-leza no sea continua o periódica, sino del tipo even-tual dada la urgencia a atender; e) que corresponda a gastos de viajes de funcionarios dentro del territorio nacional; f) que fuere ocasionado por visita de carác-ter oficial o protocolario; g) para ayudas económicas debidamente fundamentadas, con el informe socio-económico correspondiente, para atender únicamente necesidades imperiosas que comprometan la vida o la seguridad de las personas y h) para los gastos de menor cuantía que deban abonarse al contado, con el objeto de solucionar problemas momentáneos del servicio a adquirir elementos de escaso valor cuya necesidad se presenta imprevistamente. El monto total correspondiente a los Fondos Fijos que se creen, no podrán superar en conjunto la suma de PESOS CIENTO OCHENTA MIL (180.000.-) Art.5°: CON la siguiente rectificación que lleva el Nº 1 el Presupuesto de Gastos Vigente y el Cálculo de Recursos es de Pesos Cuatrocientos Ochenta y Siete Millones Ciento Veintisiete Mil Dieciséis ( $ 487.127.016,00). Art.6°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS. ORDENANZA Nº 10.261 Visto: La Ordenanza Nº 10244; y CONSIDERANDO Que es de sumo interés para el Municipio, continuar con el Plan de Pavimentación, que se viene llevando adelante; Que se encuentran pendiente de ejecución con adhe-siones de frentistas, carpeta asfáltica de Barrio Par-que San Juan. Que evaluado el Proyecto de Ordenanza por la comi-sión de hacienda emite despacho favorable, aproba-do en general y particular por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 10 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: APRUÉBASE el Proyecto de Obra Carpeta Asfáltica en Barrio Parque San Juan, que se incorpo-ra como ANEXO 1 de esta Ordenanza.- Art.2°: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione t tome del FONDO DE DESARROLLO URBANO, un préstamo de hasta Tres Millones Cuatrocientos Mil con 00/100 ($ 3.400.000,00) con destino a la ejecución del proyecto que se aprueba por el Articulo 1 Art.3°: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo para que , en pago del crédito, ceda al FONDO DE DESA-RROLLO URBANO, de la coparticipación que men-sualmente corresponda al Municipio en los impues-tos provinciales, hasta la suma de Pesos Ochenta y Cinco Mil con 00/100 ($85.000,00) mensuales, duran-te el termino máximo de 30 (Treinta) meses.-

Art.4°: EL Departamento Ejecutivo deberá notificar formalmente a la Provincia de la cesión de la coparti-cipación, anoticiándola de que, en mérito a tal cesión, deberá mensualmente pagarse la suma cedida direc-tamente al Fondo Permanente.- Art.5°: FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo para que garantice la existencia y cobrabilidad del crédito tomado, con los recursos del Municipio provenientes de otras fuentes que no sean la coparticipación en los impuestos provinciales.- Art.6°: EL Departamento Ejecutivo informará al Concejo Deliberante y al MINISTERIO DE GO-BIERNO DE CÓRDOBA, SECRETARÍA DE ASUN-TOS MUNICIPALES E INSTITUCIONALES – FONDO DE DESARROLLO URBANO, antes del día diez de cada mes, el estado de ejecución del proyecto apro-bado en el artículo 1° y al mismo tiempo y ante los mismos organismos, rendirá cuenta documentadas de la utilización de los fondos tomados.- Art.7°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS. ORDENANZA Nº 10.262 Visto: La Ordenanza Nº 10244; y CONSIDERANDO Que es de sumo interés para el Municipio, continuar con el Plan de Pavimentación, que se viene llevando adelante; Que se encuentran pendiente de ejecución con adhe-siones de frentistas, carpeta asfáltica en Calle Canga-llo de Barrio Liniers, calles Uruguay y Agustín Aguirre en B° Cámara, Calle Ituzaingo en B° Don Bosco, Calle Falucho en B° Cafferata, Calle Concejal Barbei-to en B° Pellegrini y en Calle Matheu en B° Parque Casino; Que evaluado el Proyecto de Ordenanza por la comi-sión de hacienda emite despacho favorable, aproba-do en general y particular por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 10 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: APRUÉBASE el Proyecto de Obra Carpeta Asfáltica en Sectores Varios, que se incorpora como ANEXO 1 de esta Ordenanza.- Art.2°: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione t tome del FONDO DE DESARROLLO URBANO, un préstamo de hasta Tres Millones Quinientos Mil con 00/100 ($ 3.500.000,00) con destino a la ejecución del proyecto que se aprue-ba por el Articulo 1 Art.3°: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo para que , en pago del crédito, ceda al FONDO DE DESA-RROLLO URBANO, de la coparticipación que men-sualmente corresponda al Municipio en los impues-tos provinciales, hasta la suma de Pesos Ochenta y Siete Mil Quinientos con 00/100 ($87.500,00) men-suales, durante el termino máximo de 30 (Treinta) meses.- Art.4°: EL Departamento Ejecutivo deberá notificar formalmente a la Provincia de la cesión de la coparti-cipación, anoticiándola de que, en mérito a tal cesión,

Art.3°: DISPONESE modificar las siguientes Partidas Presupuestarias

RESUMEN

Art.4°: MODIFICASE el Art. 13 que quedará redacta-do de la siguiente manera: EL Departamento Ejecuti-vo podrá autorizar la creación de Fondos Fijos o Cajas Chicas, de conformidad al régimen establecido por la Ordenanza Nº 2780 art. 6º, y sus modificato-

23.1.1.02.02.08

ADQ. DE PRODUCTOS QUIM. Y FARMAC. NUEVA 5,000.00 5,000.00

23.1.1.02.02.09

RACIONAMINETO ALIMENTO Y CAFETERÍA NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.02.02.10 OTROS BIENES DE CONSUMO NUEVA 5,000.00 5,000.00 23.1.1.02.02.11

DEUDAS DE CONSUMO DE EJRC. ANT. NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.02.02.16

UNIFORMES Y EQUIPOS DEL PERSONAL NUEVA 2,000.00 2,000.00

23.1.1.03 SERVICIOS NUEVA 145,012.0

0 145,012.00 23.1.1.03.03 SERVICIOS NUEVA

145,012.00 145,012.00

23.1.1.03.03.03

ELECT. GAS Y AGUA CTE. EN DEP. MUNICIP. NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.03.03.02

PASAJES,FLETES ACARREOS Y ALMAC. NUEVA 1,000.00 1,000.00

23.1.1.03.03.03 COMUNICACIONES TELEFÓNICAS NUEVA 1.00 1.00 23.1.1.03.03.04

COMUNICACONES TELEGRAFICAS Y POST. NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.03.03.05 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA NUEVA 10,000.00 10,000.00 23.1.1.03.03.06

COMISIONES Y SEGUROS EN GENERAL NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.03.03.07 ALQULERES VARIOS NUEVA 10,000.00 10,000.00 23.1.1.03.03.08

GASTOS JUDICIALES,MULTAS E IDEMN. NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.03.03.09 VIATICOS Y MOVILIDAD NUEVA 10,000.00 10,000.00 23.1.1.03.03.10

ESTUDIOS INVESTIGACIONES Y ASIST. TEC. NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.03.03.11

GASTOS DE IMPRENTA Y REPRODUCCIÓN NUEVA 3,000.00 3,000.00

23.1.1.03.03.12

CONSERVACIONES Y REPARACIO-NES NUEVA 1,000.00 1,000.00

23.1.1.03.03.13

SERVICIOS PÚBLICOS EJECUTA-DOS P/TER. NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.03.03.15

PREMIOS,ADHESIONES Y OTROS SIMILARES NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.03.03.16 HOMENAJES Y CORTESÍA NUEVA 1.00 1.00 23.1.1.03.03.17 OTROS SERVICIOS NUEVA 10,000.00 10,000.00 23.1.1.03.03.18 CURSOS DE CAPACITACIÓN NUEVA 1.00 1.00 23.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS NUEVA

100,000.00 100,000.00

23.1.1.03.03.28

DEUDAS DE CONSUMO DE EJRC. ANT. NUEVA 1.00 1.00

23.1.1.03.03.32 BECAS Y PASANTÍAS NUEVA 1.00 1.00

23.2 EROGACIONES DE CAPITAL NUEVA 10,003.00 10,003.00

23.2.1 INVERSIONES FISICAS NUEVA 10,003.00 10,003.00 23.2.01.01 BIENES DE CAPITAL NUEVA 10,003.00 10,003.00 23.2.1.01.01.02 MUEBLES Y EQUIPOS DE OFICINA NUEVA 10,000.00 10,000.00 23.2.1.01.01.03 MEDIOS DE TRANSPORTE NUEVA 1.00 1.00 23.2.1.01.01.05 OTROS BIENES DE CAPITAL NUEVA 1.00 1.00 23.2.1.01.01.06

DEUDA DE BIENES DE CAPITAL EJ. ANT. NUEVA 1.00 1.00

TOTAL PARTIDAS A CREAR 14,502,113.00

PARTIDAS A INCREMENTAR PRES. VIG.

INCRE-MENTO

PRES. RECT.

14.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE

25,418,000.00

1,100,000.00

26,518,000.00

19.1.1.03.03.16 HOMENAJES Y CORTESIA

4,000.00 30,000.00 34,000.00

19.1.1.03.03.17 OTROS DE SERVICIOS

18,000.00 30,000.00 48,000.00

19.1.1.03.03.18 CURSOS DE CAPACITACIÓN 1.00 55,000.00 55,001.00

TOTAL PARTIDAS A INCREMENTAR 1,215,000

.00

PARTIDAS A DISMINUIR PRES. VIG.

DISMINU-CION

PRES. RECT.

15.1.1.03.03.19 LOCACIÓN DE SERVICIOS

1,543,680.00

502,113.00

1,041,567.00

15.1.1.03.03.28 DEUDA POR SERVICIO DE EJ. ANT.

2,749,000.00

115,000.00

2,634,000.00

17.1.1.01.01.03 PERSONAL PERMANENTE

4,201,000.00

1,100,000.00

3,101,000.00

TOTAL PARTIDAS A DISMINUIR 1,717,113

.00

TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS ............................... $ 473,127,016.00

TOTAL PARTIDAS A CREAR …………………………………… $ 14,000,000.00

PRESUPUESTO DE INGRESOS RECTIFICADO .................................. $ 487,127,016.00

TOTAL PRESUPUESTO DE EGRESOS ....................................... $ 473,127,016.00

TOTAL PARTIDAS A CREAR ………………… $ 14,502,113.00

TOTAL PARTIDAS A INCREMENTAR …………………….. 1,215,000.00

TOTAL PARTIDAS A DISMINUIR ………………………….. 1,717,113.00

PRESUPUESTO DE EGRESOS RECTIFICADO ……. $ 487,127,016.00

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ORDENANZA Nº 10.265 Visto: El Expediente N° 1132/02 – iniciado por la Sra. Ferreyra Rosa Alejandrina – Eximición Tasas Servi-cios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR un 100% a la titular de la Cuenta N° 0007491 de la Tasa por Servicios a la Propiedad la deuda que mantiene con el municipio respecto al año 2016. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS. ORDENANZA Nº 10.266 Visto: El Expediente N° 1946/12 – iniciado por la Sra. Bustos María de las Mercedes – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR un 100% a la titular de la Cuenta N° 00019323 de la Tasa por Servicios a la Propiedad de la deuda que mantiene con el municipio hasta agosto del 2016, comprometiéndose a pagar el resto.- Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS. ORDENANZA Nº 10.267 Visto: El Expediente N° 1878/09 – Olmedo Silvana – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSI-DERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENAN-ZA Art.1°: EXIMIR el 100 % a la titular de la cuenta N° 00014820 Tasa por Servicios la Propiedad la deuda que mantiene con el Municipio y hasta finalizar el año 2016.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS. ORDENANZA Nº 10.268 Visto: El Expediente N° 1309/16 – Olariaga Vicente José – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y

CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR el 100 % al titular de la cuenta N°00010994 Tasa por Servicios la Propiedad la deuda que mantiene con el Municipio y hasta finalizar el año 2016. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS. ORDENANZA Nº 10.269 Visto: El Acuerdo Salarial arribado entre el Estado Municipal y el Sindicato de Trabajadores Municipales de Alta Gracia (SITRAMAG); y CONSIDERANDO Que en el marco de negociaciones con el Sindicato de Trabajadores Municipales para completar la parita-ria correspondiente al año 2016, se ha arribado a un acuerdo respecto de un incremento salarial a recibir por los empleados municipales; Que ambas partes en un marco de diálogo y respeto mutuo han tenido en miras disminuir el impacto eco-nómico que la inflación provoca en el ingreso econó-mico de los trabajadores; Que el porcentaje de incremento acordado es del veinte por ciento (20%) a aplicar en dos tramos que se harán efectivos de la siguiente forma: diez por ciento (10%) a partir del mes de agosto y diez por ciento (10%) a partir del mes de octubre de 2016; Que evaluado el Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo por la Comisión de Legis-lación General se emite despacho por mayoría, apro-bado en general por unanimidad y en particular por mayoría en Sesión Ordinaria del día 10 de agosto de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: OTORGASE un incremento salarial a partir del mes de agosto de 2016 del diez por ciento (10%), a todo el personal municipal de planta permanente y contratados en sus dos modalidades, jornalizados y mensualizados. Será aplicado al sueldo básico de la categoría Nº 1 respetando el coeficiente de la escala salarial establecida en el Anexo I de la Ordenanza Nº 3519 y sus modificatorias (Escalafón Municipal). Art.2: OTORGASE un incremento salarial a partir del mes de octubre de 2016 del diez por ciento (10%), a todo el personal municipal de planta permanente y contratados en sus dos modalidades, jornalizados y mensualizados. Será aplicado al sueldo básico de la categoría Nº 1, respetando el coeficiente de la escala salarial establecida en el Anexo I de la Ordenanza Nº 3519 y sus modificatorias (Escalafón Municipal). Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia,

deberá mensualmente pagarse la suma cedida direc-tamente al Fondo Permanente.- Art.5°: FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo para que garantice la existencia y cobrabilidad del crédito tomado, con los recursos del Municipio provenientes de otras fuentes que no sean la coparticipación en los impuestos provinciales.- Art.6°: EL Departamento Ejecutivo informará al Concejo Deliberante y al MINISTERIO DE GO-BIERNO DE CÓRDOBA, SECRETARÍA DE ASUN-TOS MUNICIPALES E INSTITUCIONALES – FONDO DE DESARROLLO URBANO, antes del día diez de cada mes, el estado de ejecución del proyecto apro-bado en el artículo 1° y al mismo tiempo y ante los mismos organismos, rendirá cuenta documentadas de la utilización de los fondos tomados.- Art.7°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS. ORDENANZA Nº 10.263 Visto: El Expediente N° 153/16 – Linares Ester Ra-mona – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR el 100% a la titular de la Cuenta N° 00012340 Tasa por Servicios a la Propiedad respecto de la deuda que mantiene con el Municipio hasta finalizar el año 2016.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS. ORDENANZA Nº 10.264 Visto: El Expediente N° 976/16 – iniciado por la Sra. Nieto Delia Mercedes – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR un 50% el valor de la cuota actual a la titular de la Cuenta N° 00017511 de la Tasa por Servicios a la Propiedad.- Art.2°: EXIMIR Cinco cuotas de la deuda que mantie-ne con el municipio en concepto de Tasa de Servicio a la propiedad, a partir del año 2016 por cada cuota que el titular de la cuenta abone.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS.

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cional con motivo de la Trigésima Edición del Encuen-tro Anual de Colectividades, rigiendo en todos los demás aspectos las Ordenanzas vigentes. La misma es aprobada en General y en Particular por mayoría en Sesión Ordinaria del día 10 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: CONFORMESE una Comisión Ejecutiva Especial Organizadora del XXX Encuentro Anual de Colectividades, la que estará integrada de la siguiente manera: Director Ejecutivo Secretario Legal Secretario Administrativo Secretario Técnico Tesorero Pro - Tesorero Coordinador General Art.2: DESIGNASE, por parte del Honorable Concejo Deliberante veedores conforme a lo establecido en el art. 10 de la Ordenanza Nº 7810. Art.3°: LA Comisión Ejecutiva Especial Organizadora del XXX Encuentro Anual de Colectividades tendrá como Presidente Honorario, al igual que todas las comisiones municipales, y en virtud de ser el titular del Departamento Ejecutivo, al Señor Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Alta Gracia, quien tendrá a su cargo únicamente llevar adelante todos los actos protocolares que hubiere, con motivo de la Trigésima Edición Art.4°: DESIGNASE como Director Ejecutivo de la nueva Comisión Ejecutiva Especial Organizadora del XXX Encuentro Anual de Colectividades al Presidente de la Comisión del XXIX Encuentro Anual de Colecti-vidades.- Art.5°: FACULTESE al Director Ejecutivo a confor-mar la Comisión Ejecutiva Especial Organizadora del XXX Encuentro Anual de Colectividades, debiendo notificar los nombramientos al Departamento Ejecuti-vo quien los reconocerá mediante Decreto ad-referendum, de Honorable Concejo Deliberante”. Art.6°: PARA la organización de todas aquellas actividades y acciones tendientes a festejar los treinta años del Encuentro de Colectividades, se conforma una Comisión Asesora Especial, integrada por aque-llos Ex Presidentes que así lo decidan, representan-tes de Instituciones Intermedias, Concejales, Tribunos de Cuentas funcionarios municipales, y vecinos en general, que serán convocados con este fin por el Director Ejecutivo y que funcionará desde el 1º de septiembre de 2016 y hasta el inicio del Trigésimo Encuentro Anual de Colectividades.- Art.7°: ESTABLÉZCASE que las Secretarias y Direcciones del Departamento Ejecutivo Municipal están a disposición de la Comisión Ejecutiva Especial Organizadora del XXX Encuentro Anual de Colectivi-dades, para todas las actividades que sean necesa-rias para cumplir con su cometido. Art.8°: LA Comisión Asesora Especial del XXX Encuentro Anual de Colectividades estará representa-da por un integrante que será designado por uno de sus pares. La misma tendrá como lugar de funciona-miento orgánico la sede del predio de Colectividades o bien el espacio físico que se considere más conve-niente.- Art.9°: La presente Ordenanza es de carácter pun-tual y excepcional con motivo de la Trigésima Edición

del Encuentro Anual de Colectividades, rigiendo en todos los demás aspectos las Ordenanzas vigentes. Art.10°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publí-quese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gra-cia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS. ORDENANZA Nº 10.271 Visto: El Expediente N° 175/11 iniciado por el Sr. Rossi Marcelo Adrián – Solicita donación de Lote; y CONSIDERANDO Que mediante Dictamen N° 65/16, producido por Asesoría Letrada a fs. 24 y 25, se recomienda hacer lugar a la donación solicitada del Lote 6 de la Mz. Of. 43 – Desig. Cat. 03-01-316-013 de Barrio Parque San Juan; Que evaluado el expediente por la Comisión de Legislación General emite despacho favorable, apro-bado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 10 de agosto de 2016.- EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a otorgar en donación el Lote 6 de la Mz. Of. 43 – Desig. Cat. 03-01-316-013 de Barrio Parque San Juan a nombre de Agostina Luz Rossi Morillo D.N.I. N° 50.263.986 menor de edad y que sea intransferi-ble. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS. ORDENANZA Nº 10.272 Visto: El Expediente Nº 698/12 iniciado por COSAG Ltda solicitando actualización de tarifa; y CONSIDE-RANDO Que mediante Ordenanza Nº 10133 obrante a fs. 71 y 72 se le otorgó la última actualización con fecha 02 de Diciembre del año 2015; Que mediante Nota de fecha 01 de Julio de 2016 obrante a fs. 80, COSAG Ltda solicita la actualiza-ción de la tarifa de acuerdo al análisis de los costos de los ítems que participan en la estructura de costos y porcentaje de incidencia para el Servicio de Agua Potable y Cloacas; Que el estudio surge del comportamiento de los costos de los distintos insumos que utiliza la Coope-rativa para la prestación de los servicios en el período Noviembre 2015 a Mayo 2016 (7 meses); Que del resultado del análisis de los costos realiza-dos conforme a la planilla obrante a fs. 81 del expe-diente de referencia, da que los costos para proveer el Servicio de Agua Potable y Cloacas han aumenta-do un cuarenta y dos con 05/100 por ciento (42,05 %) a Mayo de 2016; Que COSAG Ltda no cuenta con ningún otro ingreso económico ni ningún tipo de subsidio (nacionales y/o

incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS. ORDENANZA Nº 10.270 Visto: Las Ordenanzas Nº 2016 y Nº 7810; y CONSI-DERANDO Que con motivo del Encuentro Anual de Colectivida-des que se realiza en nuestra ciudad durante la temporada estival de cada año y que es de importan-cia por repercusiones en lo turístico, cultural, econó-mico y de crecimiento para la ciudad de Alta Gracia, se pone de manifiesto la necesidad de destacar la Trigésima Edición del Encuentro; Que se tiene presente la eficacia y responsabilidad con que la Comisión Ejecutiva emprende año tras año la organización de los festejos concernientes al En-cuentro de Colectividades; Que habiendo adquirido el Encuentro cada año mayor importancia, se hace necesario dotar a ésta Trigési-ma edición que se realizará tentativamente desde el día 04 de febrero al 11 de Febrero de 2017, de una institucionalización mayor acorde a la trayectoria y envergadura; promoviendo una actitud participativa de todos los Estamentos Municipales en la Organiza-ción de la misma; Que el Encuentro Anual de Colectividades es el evento más importante de la ciudad y el más convo-cante de la Provincia de Córdoba (Fuente Agencia Córdoba Turismo); donde confluyen muchos visitan-tes y habitantes locales, y los beneficios alcanzados se trasladan a la ciudad en sí, y por ende a los veci-nos, todo reflejado en un estudio de mercado y en-cuestas de participación ciudadana que se realizaron durante el Encuentro por personal afectado a trabajar en el mismo, que brindaron información para seguir mejorando y poniendo nuestra fiesta y nuestra queri-da ciudad en lo más alto de los festivales nacionales; Que esta Gestión tiene la firme convicción y voluntad de que esta Edición trascienda más fronteras y sea una fiesta inolvidable en el espíritu y corazón de todos los vecinos de la ciudad, por lo cual se conside-ra necesario otorgarle mayor difusión y jerarquía, con la necesidad de una organización que le otorgue consolidación, seguridad, categoría, y prestigio; Que evaluado el Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo por la Comisión de Legis-lación General, esta emite despacho por mayoría Aprobando en General el Proyecto de Ordenanza y en particular con la siguiente modificación: Art. 1 Quedara redactado de la siguiente manera: “Director Ejecutivo – Secretario Legal – Secretario Administra-tivo – Secretario Técnico – Tesorero – Pro Teso-rero – Coordinador General”. Art. 5 Quedará redacta-do de la siguiente manera: “FACULTESE al Director Ejecutivo a conformar la Comisión Ejecutiva Especial Organizadora del XXX Encuentro Anual de Colectivi-dades, debiendo notificar los nombramientos al De-partamento Ejecutivo quien los reconocerá mediante Decreto ad-referendum, de Honorable Concejo Deli-berante”. Art.8 Quedará redactado de la siguiente manera: “La Comisión Asesora del XXX Encuentro Anual de Colectividades estará representada por un integrante que será designado por uno de sus pares. La misma tendrá como lugar de funcionamiento orgánico la sede del predio de Colectividades o bien el espacio físico que se considere más conveniente. Art. 9 Quedará redactado de la siguiente forma: “La presente Ordenanza es de carácter puntual y excep-

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Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N° 000011037 de la Tasa por Servicios a la Propiedad respecto de la deuda que al día de la fecha mantiene con el Municipio y hasta el mes de agosto de 2016 inclusive. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.275 Visto: El Expediente N° 1268/16 – iniciado por la Sra. Caleo Irma Francisca – Eximición de Tasas por Servi-cios a la Propiedad y Obra de Pavimento; y CONSI-DERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N° 000028247 de la Tasa por Servicios a la Propiedad respecto de la deuda que al día de la fecha mantiene con el Municipio y hasta finalizar el año 2016. Art.2°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a otorgar un plan de pagos sobre el monto a valores históricos de la Tasa por Obra de Pavimento de Pesos Seiscientos mensuales ($600) correspondiente al inmueble Cuenta N° 03378. Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.276 Visto: El Expediente N° 269/I/05 – iniciado por el Honorable Concejo Deliberante – Nota del Sr. Turletti Nelson- Eximición Impuestos; y CONSIDERANDO Que atento que la obligación de pago no es exigible, ya que no se ha realizado el pago de ninguna de las cuotas y que la obra de pavimento nunca fue realiza-da; Que evaluado el expediente 269/I./05 por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 17 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR al Sr. Turletti Nelson, D.N.I. N° 10.652.202 del pago de Obra de Pavimento no reali-zadas correspondiente a las Cuentas N° 1884 y N° 2140. Art.2°: DETERMINAR que al momento de realizarse la Obra de Pavimento deberá exigirse el pago al titular del inmueble actual. Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.277 Visto: El Expediente N°1658/15, y CONSIDERANDO Que foja N°3 se solicitan la votación y aprobación del plano de mensura y subdivisión; Que a fs.31, el Secretario de Obras Publicas conside-ra factible la mensura, futura unión y/o subdivisión propuesta sin el cumplimiento de las Ordenanzas Nº 9893 y 9257, en lo que se refiere a las obras de infraestructura, que girado el expediente al Sr. Inten-dente este compartiendo el criterio lo eleva a este Concejo para su tratamiento. Que evaluado el expediente por la Comisión de Obras y Servicios Públicos emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 17 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: APROBAR la mensura, futura unión y/o subdivisión sin el cumplimiento de las Ordenanzas Nº 9893 y 9257, en lo que se refiere a las obras de infraestructura. Art.2°: QUE la excepción otorgada es exclusivamen-te para esta subdivisión y que en caso de realizar una nueva subdivisión sobre estas fracciones deberá cumplimentar con la excepción otorgada para este caso. Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.278 Visto: Que el 5 de Junio de 2016 la Fabrica “La texto Fabril S.A cumplió 70 años de actividad ininterrumpi-da en nuestra Ciudad, siendo pionera en la produc-ción de materiales textiles; y CONSIDERANDO Que se encuentra radicada en nuestra ciudad desde el año 1946. Que su historia comienza cuando a instancias de Don Nasim Amiune dueño de la Tienda San Juan, en la cual vendían entre otras cosas una cinta llamada FALLETINA, que procedía de Inglaterra, Nasim junto a sus dos hijos obtuvieron el material y la capacita-ción en Buenos Aires; Que es una empresa familiar que se dedica a la fabricación de cintas elásticas para la industria de la indumentaria (ropa interior femenina, masculina, vendas elásticas medico quirúrgicas, deportivas y lycra recubierta para diferentes usos), siendo la empresa más importante en estos rubros en el INTE-RIOR del país. Que los hilados que usan en general son varios tipos de nylon y un porcentaje de algodón, como también lycra y goma, algunos de estos hilados son de origen nacional y otros importados; Que la gran mayoría de los clientes son confeccionis-

provinciales) que no sea la tarifa que cobra por sus servicios; Que la Secretaría de Servicios Públicos, a los efectos de resguardar para que se mantenga una adecuada prestación del servicio y asegurar la salubridad de la población, aconsejan otorgar un incremento tarifario bimestral y acumulativo del Dieciocho por ciento (18,00 %) a partir de la facturación cuyos vencimien-tos operan en Agosto, Octubre y Diciembre de 2016, a los fines de garantizar la prestación de los servicios a Diciembre de 2016; Que evaluado el Proyecto de Ordenanza – Expedien-te 698/12 por la comisión de Obras y Servicios Públi-cos emite despacho por mayoría, aprobado en gene-ral y particular en Sesión Ordinaria del día 10 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: OTORGAR un incremento de tarifa acumulati-vo y bimensual del dieciocho por ciento (18,00 %) a partir de la facturación cuyos vencimientos operan en los meses de Agosto, Octubre y Diciembre de 2016, para el Servicio de Conducción , Tratamiento y Distri-bución de Agua Potable y Recolección y Tratamiento de los Efluentes Cloacales de la Ciudad de Alta Gracia Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS. ORDENANZA Nº 10.273 Visto: El Expediente N° 330/16 – iniciado por Godoy Mauro del Valle – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR el 100 % al titular de la cuenta N°0005294 Tasa por Servicios la Propiedad la deuda que mantiene con el Municipio y hasta finalizar el año 2016. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.274 Visto: El Expediente N° 951/16 – iniciado por la Sra. Cabrera Marisa Andrea – Eximición de Tasas por Servicios a la Propiedad - Posesión; y CONSIDE-RANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

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Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- ORDENANZA Nº 10.280 Visto: El Expediente N° 215/11 – Iniciado por la Sra. Susana Mabel Lucero - Eximir Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N°0006374 de Tasa por Servicio a la Propiedad de la deuda que mantiene con el Municipio hasta finalizar el año 2016. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUA-TRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.281 Visto: El Expediente N° 1401/16 – iniciado por la Sra. Fittipaldi Stella Maris - Eximición Tasas por Automo-tor; y CONSIDERANDO Que solicita la eximición de la deuda de patente; Que evaluado el expediente por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 24 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular del Dominio BAO 641 a nombre del Sr. Fittipaldi Omar Marcelo datos que obran a fs. 5 del presente expediente de la deuda de automotor que mantiene con este Municipio hasta finalizar el año 2016 Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUA-TRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.282 Visto: El Expediente N° 962/16 – Iniciado por la Sra. Teresa Noemí Atencio - Eximir Tasas por Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N°00026228 de Tasa por Servicio a la Propiedad de la deuda que mantiene con el Municipio hasta el mes de agosto de 2016 inclusive, comprometiéndose a pagar a partir del mes de Septiembre del cte.

Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUA-TRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.283 Visto: El Expediente N° 1199/15 –Castañeda Iván Esteban- Previa; y CONSIDERANDO Que la Secretaria de Infraestructura sugiere dar curso favorable al pedido de Excepción de la Subdivisión del Lote con Nomenclatura Catastral 01-01-337-018 en dos fracciones de acuerdo al Plano de Mensura y Subdivisión que obra en Foja N° 15,bajo las siguien-tes condiciones: Apertura de calles San Benito Abad y Avenida N°1, para lograr accesibilidad a la Parcelas resultantes. Realizar las obras de Infraestructuras de provisión de Energía Eléctrica y Alumbrado Público para las Par-celas resultantes, conforme lo establece el Art. 1 de la Ordenanza N°9893. Que según lo informado por la Secretaria de Infraes-tructura las parcelas resultantes de la subdivisión propuesta mantienen la medida de frente del lote original y que si bien no cumplen con las dimensiones mínimas establecidas por el art. 220 de la Ordenanza 8547, no altera la Imagen Urbana ya existente; Que evaluado el expediente por la Comisión de Obras y Servicios Públicos emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 24 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR a los propietarios, Castañeda Iván Esteban, Salassa Juan Manuel y Tissot Santiago Ezequiel a realizar la subdivisión del lote ubicado en calle San Benito Abad de Zona Residencial Parque la Gruta, sin en cumplimiento de lo establecido en el Art. 220 de la Ordenanza 8547 y conforme a plano obran-te a foja N°15, bajo las siguientes condiciones: a) Realizar la apertura de calles San Benito y Avenida N°1, para lograr accesibilidad a la Parcelas resultan-tes. b) Realizar las obras de Infraestructura de Provisión de Energía Eléctrica y Alumbrado Público para las Parcelas resultantes, conforme lo establece el Art.1 de la Ordenanza 9893. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUA-TRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.284 Visto: El Expediente N° 1200/15 – Tissot Santiago Ezequiel- Previa; y CONSIDERANDO

tas de ropa interior de dama en capital federal y Prov. de Bs. As. Que cuentan con un grupo de 4 personas en Bs. As. Que se dedican exclusivamente a ventas. Que es la segunda fuente de empleo en nuestra comunidad, la misma cuenta con un plantel de 48 empleados y que en un momento determinado de la historia tuvo 68 empleados y exporto al Paraguay. Que cuenta con tecnología moderna y equipamientos para garantizar la calidad de los productos. Que a través de los años se fueron actualizando, contando hoy con un plantel de maquinaria, incluyen-do un sistema de pinturería en continuo. Que toda la maquinaria, es de origen foráneo, de ITALIA, SUIZA, Y SUIZO BRASILERO. Que evaluado el Proyecto de Ordenanza elevado por la totalidad de los concejales, queda aprobado en general por unanimidad y en particular por unanimi-dad en Sesión en Sesión Ordinaria del día 17 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: DECLARESE de Interés Municipal el 70 aniversario de actividad ininterrumpida de la fábrica “La texto Fabril S.A” radicada en nuestra Ciudad, pionera en materiales textiles.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.279 Visto: La Nota iniciada por el Presidente del XXIX Encuentro Anual de Colectividades, Sr. Luís Risso; y CONSIDERANDO Que solicita la eximición de la Tasa por Servicios a la Propiedad de las Cuentas Nº 00032322, Nº00032323 y Nº00030747; Que se trata de un predio puesto a disposición todos los años en calidad de préstamo precario gratuito (comodato) para desarrollar el Encuentro Anual de Colectividades, colaborando, de esta manera, a la realización de un evento de especial importancia para nuestra Ciudad; Que evaluada la nota por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 24 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a las Cuentas Nº 00032322, Nº00032323 y Nº00030747 de la deuda por Tasa por Servicio a la Propiedad que al día de la fecha mantie-ne con el Municipio. Art.2°: PEDIR al Departamento Ejecutivo que interce-da ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los gastos y honorarios generados por la gestión judicial.-

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original y que si bien no cumplen con las dimensiones mínimas establecidas por el art. 220 de la Ordenanza 8547, no altera la Imagen Urbana ya existente; Que evaluado el expediente por la Comisión de Obras y Servicios Públicos emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 24 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR a los propietarios, Salassa Juan Manuel, Tissot Santiago Ezequiel y Castañeda Iván Esteban a realizar la subdivisión del lote ubicado en calle San Benito Abad de Zona Residencial Parque la Gruta, sin en cumplimiento de lo establecido en el Art. 220 de la Ordenanza 8547 y conforme a plano obran-te a foja N°15, bajo las siguientes condiciones: a) Realizar la apertura de calles San Benito y Avenida N°1, para lograr accesibilidad a la Parcelas resultan-tes. b) Realizar las obras de Infraestructura de Provisión de Energía Eléctrica y Alumbrado Público para las Parcelas resultantes, conforme lo establece el Art.1 de la Ordenanza 9893. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUA-TRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.286 Visto: La carencia de un dispositivo legal que regula la instalación y funcionamiento de la actividad comer-cial referente a las Ferias de artículos usados en la ciudad; y CONSIDERANDO Que el desarrollo de esta actividad se torna a diario más complejo presentando grandes niveles de creci-miento en diferentes puntos de la ciudad, siendo menester legislar sobre la misma a los fines de tener en cuenta no solo a las presentes, sino también entendiendo que en un futuro estas ferias puedan incrementarse; Que resulta necesario actualizar el contenido de las mismas, normar sobre nuevos formatos propios de la actividad comercial, regular la actividad comercial desarrollada en la vía pública, asegurar a los consu-midores el origen de la mercadería que se comerciali-za en espacios públicos, asegurar a los habitantes y turistas de la ciudad la preservación de los espacios públicos para el desarrollo de sus actividades, prote-ger al comercio local de la competencia desleal fruto de actividades no habilitadas, asegurar que la activi-dad comercial en la vía pública se desarrolle en condiciones de higiene y seguridad, y que exista un ámbito de sana competencia entre las distintas activi-dades comerciales que se desarrollan en la ciudad. Que evaluado el Proyecto de Ordenanza presentado por el bloque de U.P.C por la Comisión de Legislación General emite despacho favorable, aprobado en particular y general por unanimidad en Sesión Ordina-ria del día 24 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: REGÚLANSE mediante la presente ordenan-

za distinta tipos de feria, a saber: MUESTRAS PÚBLICAS: agrupamiento de stands o puestos destinados a difundir actividades vinculadas con el arte, la ciencia, el conocimiento, tareas profe-sionales donde puedan exhibirse productos y/o servi-cios, quedando explícitamente prohibida la venta de los mismos. FERIAS COMERCIALES: conjunto de puestos o stands móviles, constituidos bajo organización muni-cipal o privada y con carácter de excepcional y transi-toria en oportunidad de festividades nacionales, provinciales o municipales, fiestas religiosas, patrona-les, festivales artísticos, culturales y en todas aquellas oportunidades en las que a criterio del Poder Ejecuti-vo Municipal se conmemoren fiestas arraigadas en las costumbres y sentimientos de nuestra sociedad. Podrán participar: Comerciantes locales inscriptos y con habilitación comercial, y comerciantes y fabrican-tes foráneos, con sus correspondientes habilitaciones comerciales en origen FERIAS AMERICANAS: eventos organizados por personas en sus propios domicilios particulares o por entidades sin fines de lucro en espacios públicos de dominio municipal, exclusivamente con participación de los vecinos de la localidad, para comercializar artículos usados no seriados, ni repetidos ni de pro-ducción comercial, tales como indumentaria, artículos de decoración, libros, revistas etc. FERIAS COMERCIALES INTERNAS: conjunto de locales internos, stands o puestos al aire libre no identificados individualmente, no registrados catas-tralmente, destinados a la venta de mercaderías al por mayor o menor de cualquier rubro, instalados dentro de un predio particular y explotados por una persona o grupo de personas propietarias del espacio y luego subalquilado a los participantes. Art.2: TODA persona física que quiera instalar una feria tipo Americana, venta de usado, en la vía públi-ca o en espacios de dominio municipal o privado debe estar previamente autorizada de forma expresa por el municipio a través de la autoridad de aplica-ción, siendo esta actividad de carácter excepcional. Art.3°: PARA la solicitud del permiso de autorización para feria, el feriante deberá presentar, fotocopia de DNI, nota tipo con sus datos personales indicando tipo de feria, lugar y horarios en que la misma se desarrollara. Art.4°: SE autoriza en la feria la venta o canje de ropa usada, libros, revistas y artículos muebles usa-dos accesorios, quedando terminantemente prohibida la venta artículos y mercadería en condición nueva y comidas que expendan comercios habilitados en locales como así también del tipo casero, siendo su venta causal de clausura y secuestro por parte de la autoridad de aplicación. Art.5°: LA autoridad de aplicación será la única autorizada a cobrar la instalación de los puestos según lo regule la Ordenanza Tarifaria Municipal vigente. Se prohíbe el cobro de la instalación, o uso del suelo, a toda persona particular y/o institución con o sin fines de lucro. Art.6°: LAS actividades contempladas en el art. 1º serán exclusivamente para residentes del Valle de Paravachasca con una antigüedad comprobable como habitante de un año la fecha de realización de la feria, quedando prohibida la instalación de Ferias Comerciales Internas. Art.7°: OBLIGACIONES DE LOS FERIANTES: a) La higiene del predio y el mantenimiento de la limpieza b) Proveer baños químicos para los visitantes c) El comportamiento ético de los participantes con

Que la Secretaria de Infraestructura sugiere dar curso favorable al pedido de Excepción de la Subdivisión del Lote con Nomenclatura Catastral 01-01-337-019 en dos fracciones de acuerdo al Plano de Mensura y Subdivisión que obra en Foja N° 15,bajo las siguien-tes condiciones: Apertura de calles San Benito Abad y Avenida N°1, para lograr accesibilidad a la Parcelas resultantes. Realizar las obras de Infraestructuras de provisión de Energía Eléctrica y Alumbrado Público para las Par-celas resultantes, conforme lo establece el Art. 1 de la Ordenanza N°9893. Que según lo informado por la Secretaría de Infraes-tructura las parcelas resultantes de la subdivisión propuesta mantienen la medida de frente del lote original y que si bien no cumplen con las dimensiones mínimas establecidas por el art. 220 de la Ordenanza 8547, no altera la Imagen Urbana ya existente; Que evaluado el expediente por la Comisión de Obras y Servicios Públicos emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 24 de agosto de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR a los propietarios, Tissot Santia-go Ezequiel, Castañeda Iván Esteban y Salassa Juan Manuel a realizar la subdivisión del lote ubicado en calle San Benito Abad de Zona Residencial Parque la Gruta, sin en cumplimiento de lo establecido en el Art. 220 de la Ordenanza 8547 y conforme a plano obran-te a foja N°15, bajo las siguientes condiciones: a) Realizar la apertura de calles San Benito y Avenida N°1, para lograr accesibilidad a la Parcelas resultan-tes. b) Realizar las obras de Infraestructura de Provisión de Energía Eléctrica y Alumbrado Público para las Parcelas resultantes, conforme lo establece el Art.1 de la Ordenanza 9893. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUA-TRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.285 Visto: El Expediente N° 1198/15 – Salassa Juan Manuel - Previa; y CONSIDERANDO Que la Secretaria de Infraestructura sugiere dar curso favorable al pedido de Excepción de la Subdivisión del Lote con Nomenclatura Catastral 01-01-337-010 en dos fracciones de acuerdo al Plano de Mensura y Subdivisión que obra en Foja N° 15,bajo las siguien-tes condiciones: Apertura de calles San Benito Abad y Avenida N°1, para lograr accesibilidad a la Parcelas resultantes. Realizar las obras de Infraestructuras de provisión de Energía Eléctrica y Alumbrado Público para las Par-celas resultantes, conforme lo establece el Art. 1 de la Ordenanza N°9893. Que según lo informado por la Secretaría de Infraes-tructura las parcelas resultantes de la subdivisión propuesta mantienen la medida de frente del lote

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respectivamente hasta cancelar el total de la deuda. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINA Y UNO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.288 Visto: El Expediente N° 757/16 – iniciado por la Sra. Griffa Analía Andrea – Eximición Tasa de Pavimento; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: POSIBILITAR a la titular de la Cuenta N° 03260, tasa por obra de pavimento a pagar cuotas de $300 (pesos trescientos) sin interés, respectivamente hasta cancelar el total de la deuda. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINA Y UNO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.289 Visto: El Expediente Nº 1215/15 iniciado por la Sra. Missana María Inés; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta Nº 00001149 de la Tasa por Servicio a la Propiedad de diez cuotas por cada una abonada en término a partir de la pro-mulgación de la presente Ordenanza. La falta de pago de dos cuotas consecutivas o tres alternadas hará caducar el presente beneficio.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINA Y UNO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.290 Visto: El Expediente Nº 1226/16 iniciado por la Sra. Reta Verónica Alejandra; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta Nº 00025864 de la Tasa por Servicio a la Propiedad de diez cuotas por cada una abonada en término a partir de la pro-mulgación de la presente Ordenanza. La falta de pago de dos cuotas consecutivas o tres alternadas hará caducar el presente beneficio.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-

BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINA Y UNO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.291 Visto: El Expediente N° 1568/16 – iniciado por la Sra. Ioselli Nilda María – Eximición Tasas Servicios a Cementerios; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: CONDONASE la deuda que por Tasa de Administración y Mantenimiento de los Cementerios mantiene con el Municipio hasta diciembre 2016 de la Cuenta N°000231. Art.2°: AUTORIZASE sin cargo, la exhumación, reducción y traslado de los restos contenidos en la Cuenta N° 000231 – Parcela N° 200- A – 0002143 al Cementerio Parque Municipal. 3) Solicitase al Sr. Intendente, interceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto el o los juicios iniciados y honorarios generados, exceptuando gas-tos y derechos de ley a tales fines.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINA Y UNO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.292 Visto: El Expediente N° 477/05 – iniciado por la Sra. Díaz José María – Eximición Tasas Administración y Mantenimiento de los Cementerios; y CONSIDERAN-DO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: CONDONASE la deuda que por Tasa de Administración y Mantenimiento de los Cementerios mantiene con el Municipio hasta diciembre 2016 de las Cuentas N°B01081; 001240 y 002324.- Art.2°: AUTORIZASE sin cargo la exhumación, reducción y traslado de las Identificaciones N° 1081 y 1240 de los restos mortales a la Identificación N° 2324. 3) Solicitase al Sr. Intendente, interceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto el o los juicios iniciados y honorarios generados, exceptuando gastos y derechos de ley a tales fines.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINA Y UNO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.293 Visto: El Expediente N° 1774/04 – iniciado por el Sr. Peralta Humberto – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR al titular de la Cuenta N° 00010164

respeto hacia los visitantes d) El control de los espectáculos públicos que se realicen en el predio y su adecuación a la Ordenanza de espectáculos públicos. e) El control de los productos que se comercialicen y el cumplimiento de las condiciones bajo las cuales fue admitido el feriante. f) La prestación de un servicio de área protegida de emergencias médicas. g) No comercializar sus productos en la vía publica en forma individual. Art.8°: EL Poder Ejecutivo Municipal, a través de la Autoridad de Aplicación, podrá inspeccionar el predio a fin de: a) Verificar condiciones de higiene y seguridad. b) Verificar calidad de productos y su adecuación a lo establecido en la presente c) Verificar faltas a la ética y a la conducta pública d) Decomisar mercadería que no se ajuste a lo decla-rado por la Organización de la Feria al momento de la solicitud de habilitación. Art.9°: El Poder Ejecutivo Municipal no se responsa-biliza por pérdida, deterioro o destrucción de produc-tos, siendo cada feriante responsable de sus produc-tos, elementos y pertenencias personales. Art.10°: EL organizador deberá solicitar con no menos de quince (15) días de anticipación el permiso para funcionar detallando período de funcionamiento, la temática de la muestra, el predio de instalación, los productos a difundir y la nómina de participantes. El Poder Ejecutivo Municipal, a través de la autoridad de aplicación, otorgará la factibilidad de la feria a solicitud de los organizadores debiendo los mismos expresar claramente en su pedido todos los aspectos mencionados en esta Ordenanza y su explícito cum-plimiento. Art.11°: Cualquier violación a lo establecido en la presente Ordenanza facultara a la autoridad de apli-cación a través de sus inspectores, a la clausura y secuestro de los puestos y mercaderías instalados. Art.12°: Sera la autoridad de aplicación la encargada de determinar la cantidad de puestos autorizados siendo su incumplimiento causal de clausura por parte de la misma. Art.13°: Se establece como autoridad de aplicación para la presente Ordenanza a la Secretaria General y de Ambiente de la Municipalidad de Alta Gracia o aquella que la suplante en el futuro. Art.14°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publí-quese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gra-cia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUA-TRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.287 Visto: El Expediente N° 2669/14 – iniciado por la Sra. Astor Graciela – Eximición Tasa de Pavimento; y CONSIDERANDO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: POSIBILITAR a la titular de la Cuenta N° 00010393 de Tasa por Obra de Pavimento a pagar cuotas de $100 (pesos cien) mensuales sin interés,

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balística para la carrera de Criminología del ISCET. Que también se realizan torneos promocionales de arma corta cal.22 promocionados por la Armería Cóndor de nuestra ciudad, y de carabina CO2 5,5mmm a 10 metros. Esta última actividad cuenta con el apoyo de la firma Menaldi Armas Neumáticas. Estas actividades se llevan a cabo todos los años, llegando a congregar entre 50 y 100 tiradores en cada oportunidad. Que el Tiro Federal de Alta Gracia realiza una labor constante para insertar el tiro deportivo en la comuni-dad, habiendo logrado en 2015 la participación de dos tiradores juveniles en un torneo a mira abierta en el Tiro Federal de Córdoba, logrando un meritorio tercer puesto, dada la condición de principiantes de los dos jóvenes tiradores. Que en este mismo orden, en 2016, tres tiradores del Tiro Federal de Alta Gracia fueron nominados a los Premios Campeones de la Estancia otorgados por la Municipalidad de Alta Gracia, junto a otras figuras locales destacadas en diversas disciplinas deportivas. Que también en 2016, representantes de la institución han tenido destacada participación en torneos de Pistola Grueso Calibre y FBI organizados por el Tiro Federal de Córdoba, y, más recientemente en el mes de a Agosto, cinco de nuestros alumnos de la Escue-la de Tiro fueron invitados a participar en el Torneo Nacional de Miras Abiertas en el Tiro Federal de Salta organizado por la Federación Argentina de Tiro, logrando colocarse entre los diez primeros puestos con excelentes puntajes. Meritoria actuación para niños y jóvenes de Alta Gracia que, por primera vez, se vieron expuestos a la experiencia de competir con tiradores experimentados a nivel nacional. Que la entidad mantiene relaciones institucionales abiertas con la Fuerza Aérea Argentina a través de la participación de cadetes de la Escuela de Aviación Militar y de aspirantes de la Escuela de Suboficiales de Aeronáutica en las actividades de tiro deportivo con carabina mira abierta. Que la Institución también mantiene efectiva relación con los integrantes locales de la Policía de la Provin-cia, quienes tienen acceso a las instalaciones con descuentos especiales en derechos de tiro e inscrip-ciones a cursos y torneos. En este sentido, durante este año, los cadetes de la Escuela de Policía realiza-ron parte de su entrenamiento en nuestras instalacio-nes y con la colaboración profesional de nuestros Instructores matriculados. Que el Tiro Federal de Alta Gracia lleva a cabo todas sus actividades de tiro deportivo en la pedana habili-tada por el RENAR para arma corta en un predio rural serrano ubicado en las lindes del barrio Tiro Federal de Alta Gracia, al cual le dio su nombre. Este ha sido y sigue siendo el emplazamiento histórico de la Insti-tución. Cabe destacar que nuestro Tiro Federal es el único en su tipo en los Valles de Paravachasca y Calamuchita, convirtiéndolo en un lugar de atracción natural de práctica deportiva para otras poblaciones de la zona, con lo cual se acrecienta el atractivo de nuestra ciudad. Prueba de ello es la presencia en nuestros torneos de tiradores de localidades como Cosquín, Carlos Paz, Marcos Juarez, San Francisco, y de la misma ciudad de Córdoba. Que esta breve reseña pretende subrayar las caracte-rísticas sobresalientes de esta honrosa entidad de tiro. Y, al igual que otros lugares históricos de Alta Gracia, merece la atención y el cuidado de sus ciuda-danos y la contención Municipal.

Que este año, la Institución cumple 110 años de existencia (1906-2016) promoviendo una actividad deportiva que es única en la zona. Que evaluado el Proyecto de Ordenanza por la Comi-sión de Cultura, turismo y deporte emite despacho favorable, aprobado por unanimidad en Sesión Ordi-naria del día 07 de septiembre de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: DECLÁRESE de INTERÉS SOCIAL, HISTÓ-RICO, Y DEPORTIVO MUNICIPAL al Tiro Federal de Alta Gracia en su “110 Aniversario” de su creación.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.295 Visto: El Expediente Nº 1338/16 iniciado por la Sra. Martínez Gladys Liliana; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR la titular de la Cuenta Nº 00002800 de la Tasa por Servicio a la Propiedad de cinco cuotas adeudadas por cada una abonada en término a partir de la promulgación de la presente Ordenanza y hasta finalizar el año 2016. La falta de pago de dos cuotas consecutivas o tres alternadas hará caducar el pre-sente beneficio. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.296 Visto: El Expediente Nº 705/02 iniciado por el Sr. Mora Daniel Alberto; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR Eximir al titular de la Cuenta Nº 000013312 de la Tasa por Servicio a la Propiedad de la deuda que mantiene con el municipio y hasta finalizar el año 2016.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.297 Visto: La nota presentada por el Dr. Raúl Fernando Gil, Director Médico del Sanatorio Alta Gracia S.R.L., de fecha 01 de Junio de 2016; y CONSIDERANDO

de la Tasa por Servicios a la Propiedad de la deuda que mantiene con el Municipio y hasta el año 2016.- Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINA Y UNO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.294 Visto: La nota presentada por los representantes del Club Náutico Cazadores Pescadores y Tiro de Alta Gracia, específicamente por la Sub Comisión de Tiro solicitando que se declare a la institución de Interés Histórico, Deportivo y Municipal, y; CONSIDERANDO Que el Estado Municipal de la Ciudad de Alta Gracia no puede quedar ajeno a la necesidad de interactuar con las distintas instituciones y trabajar en conjunto por temas de interés general en pos del bienestar social y de una mejor calidad de vida; Que el Tiro Federal de Alta Gracia data del año 1906, siendo uno de los Tiros Federales más antiguos del país. En el año 1991 se fusionó con el Club Náutico de Cazadores y Pescadores, figurando con el nombre de Club Náutico de Cazadores, Pescadores y Tiro Alta Gracia en Inspección de Personas Jurídicas. Por distintas razones, con el paso del tiempo, su vitalidad fue decayendo, pero por sus instalaciones pasaron muchas generaciones de argentinos, no pocos de los cuales dieron nombres ilustres a la historia deportiva de la ciudad del Tajamar, ciudad ésta que se ha esforzado por devolver a la gente sus lugares y edifi-cios poblados de historia local y argentina: la Estancia Jesuítica, el Museo Manuel de Falla, el Museo Du-bois, la casa Museo Ernesto “Che” Guevara, entre otros, que han resaltado el carácter cívico y cultural de esta localidad serrana del Valle de Paravachasca. Que después de largos períodos de inactividad o de actividad esporádica, en septiembre del 2014 se habilita definitivamente una pedana para tiro con arma corta a 25 metros que cuenta con ocho líneas de tiro. En esta misma fecha se crea una Subcomi-sión de Tiro, encargada de gestionar todas las activi-dades de tiro deportivo, conformada por ciudadanos de Alta Gracia que, de manera voluntaria y estricta-mente ad honorem, dan nuevo impulso a esta venera-ble institución de nuestra querida ciudad, promocio-nándola en la comunidad de Alta Gracia, ciudad de Córdoba y poblaciones vecinas. Que así, en 2015 se inicia una Escuela de Tiro con rifles de aire y neumáticos para niños y jóvenes. A partir de 2016, por primera vez desde su fundación en 1906, la Institución forma parte de la Federación Cordobesa de Tiro y dos de sus miembros forman parte de la Comisión Directiva de dicha Federación. Adicionalmente, tres de los miembros de nuestra Sub Comisión de Tiro realizaron los cursos de instrucción, rindieron los exámenes, y se matricularon como Instructores ITB de Tiro con Armas Cortas y Largas certificados por el RENAR, los cuales dictan cursos de iniciación con armas de fuego y de tiro deportivo con rifles de aire y neumáticos. Asimismo, examinan a futuros legítimos usuarios de armas de fuego y certifican las idoneidades correspondientes. Que el Tiro Federal de Alta Gracia cuenta con un calendario de actividades que incluyen torneos socia-les de pistola grueso calibre y de carabina mira abier-ta a 10 metros. Además, se dictan cursos de inicia-ción al tiro con arma corta, primeros auxilios, navega-ción terrestre nocturna, y supervivencia, y cursos de

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N° 9707. C) ANTICIPO: no se establece. D) INTERES DE FINANCIACION: no se aplica interés de financiamiento. E) DEUDA A INCLUIR EN EL PLAN: deuda vencida a la fecha de vigencia de esta ordenanza, incluyendo capital más los intereses resarcitorios correspondien-tes desde la fecha de vencimiento del tributo hasta el último día del mes de presentación. Art.3°: Previo a la suscripción del plan de pagos especial, la Secretaría de Economía y Finanzas deberá compensar los saldos adeudados al Sanatorio Alta Gracia S.R.L., por los servicios prestados en los términos del Decreto N° 1154/13, y actualizados conforme a modelo y método de cálculo ejemplificado en la planilla que como ANEXO I forman parte de la presente. Dicha compensación se efectuará con el siguiente orden de prelación hasta agotar el saldo a) Deuda vencida del plan de pago por Tasa por Servicio de Inspección General e Higiene, talonario N° 01007285. b) Deuda vencida por Tasa por Servicio a la Propie-dad, Cuenta N° 3395, comenzando desde el período más remoto en adelante. c) Deuda vencida por Tasa por Servicio de Inspección General e Higiene, Legajo N° 2127, comenzando desde el período más remoto en adelante. Art.4°: EL contribuyente deberá cancelar con antici-pación al perfeccionamiento del plan los gastos y tasas judiciales generados por las acciones legales y judiciales y/o extrajudiciales entabladas por el Depar-tamento de Procuración municipal. Los honorarios profesionales correspondientes a los Procuradores serán incorporados en las cuotas del plan de pagos resultante Art.5°: GARANTIAS, El contribuyente afianzará las cuotas del plan de pago resultante mediante la entre-ga de cheques de pago diferidos emitidos a la orden del municipio bajo el siguiente esquema. - En la fecha de suscripción del plan: 12 cheques diferidos cada 30 días por el valor de cada una de las 12 primeras cuotas y 1 cheque a 365 días por el saldo equivalente a las próximas 24 cuotas. - Acreditadas las primeras 12 cuotas, se reemplazará el cheque emitido a 365 días en 12 cheques diferidos cada 30 días, más uno diferido en 365 días por el importe equivalente a las próximas 12 cuotas. - Acreditados los 12 cheques mencionados ut supra, se sustituirá el cheque emitido a 365 días en 12 cheques diferidos cada 30 días por el importe equiva-lente a las próximas y últimas 12 cuotas. El contribuyente podrá optar por abonar el valor de cada cuota en efectivo, restituyéndole por parte de la Tesorería municipal el valor que corresponda en garantía. Para ello deberá notificar de esta situación en forma fehaciente a dicha área con anterioridad al día de vencimiento de la cuota. Art.6°: CADUCIDAD: La falta de pago de cualquiera de las cuotas desde su vencimiento, hará incurrir al contribuyente en mora produciéndose la caducidad automática del plan de pago, sin necesidad de empla-zamiento o notificación alguna. Sin perjuicio de lo antes expresado, por la falta de pago de las Tasas, Servicios y contribuciones por las cuales sea sujeto pasivo el contribuyente, con venci-miento posterior a la fecha de adhesión y mientras tenga vigencia el plan otorgado, se podrá declarar la caducidad de este. En el supuesto de caducidad del plan por falta de

pago, los importe abonados, detraídos los intereses de financiación, serán aplicados al pago a cuenta de los períodos vencidos incluidos originalmente, comen-zando por el más antiguo, hasta la concurrencia. Determinada la caducidad del plan se iniciarán o continuarán sin más trámite las gestiones judiciales, según el estado al momento de la presente norma, para el cobro de la deuda total impaga. Art.7°: DISPÓNGASE que para todo lo que no se oponga a lo establecido en esta ordenanza regirá lo dispuesto por la Ordenanza Nº 9.707 y sus modifica-torias Art.8°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.298 Visto: El Expediente N° 1730/16 – iniciado por la Sra. Moraez Yamila Anahí – Eximición Tasas Servicios a la Propiedad; y CONSIDERANDO... EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: EXIMIR a la titular de la Cuenta N° 00011010 de la Tasa por Servicios a la Propiedad respecto de la deuda que mantiene con el Municipio y por el año 2016. Art.2°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo inter-ceda ante el o los procuradores actuantes a fin de dejar sin efecto los juicios iniciados y los honorarios generados.- Art.3°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.299 Visto: El Expediente N° 285/16 –García Faustino- Previa; y CONSIDERANDO Que la Secretaria de Infraestructura sugiere dar curso favorable al pedido de Excepción- Código Urbanístico al Sr. García Faustino.- Que a Foja N° 9, obra informe del Área de Planea-miento y Control Urbano. Que a Foja N° 10 Y N° 11 obra solicitud de Excep-ción al Art. N° 230 inc. 4 en cuanto al FOS máximo (permitido: 60% proyectado: 83%) y al Retiro de Fondo (exigido: 3.00 mts proyectado: no posee). Que evaluado el expediente por la Comisión de Obras y Servicios Públicos, emite despacho favora-ble, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 14 de septiembre de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: APROBAR lo sugerido por el Secretario de

Que en la mencionada nota, el Dr. Raúl F. Gil mani-fiesta que: En el transcurso del año 2015 se produjo un cambio de autoridades en el Nosocomio que representa, poniéndose en evidencia las serias dificultades eco-nómicas y financieras que atraviesa el Sanatorio. Que dejando de manifiesto la entera voluntad de esa administración de satisfacer cada uno de los pasivos que se contrajeron, se informa que se encuentra abonando Planes de 180 y 120 cuotas con Obras Sociales y prestadores médicos y AFIP de años 2008 y 2013 y, que con fecha 29/05/2015 y 30/11/2015, se realizó una refinanciación por la suma de Pesos Dos millones cuatrocientos cincuenta y dos mil veinte con 98/100 y la suma de Pesos Ocho millones quinientos cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y uno con 33/1400, respectivamente, con la AFIP, ambas finan-ciadas en 120 cuotas iguales y consecutivas. Que si bien su administración tenía conocimiento de una deuda tributaria cierta para con el municipio, también lo era el hecho de tener un crédito de $ 345.677,00.- por facturación emitida en los términos del convenio ratificado por Decreto N° 1154/13 del Departamento Ejecutivo municipal pendiente de acreditación. Cabe aclarar que ese importe es a valores históricos de facturación. Que por lo expuesto anteriormente, se suponía que los saldos acreedores y deudores eran semejantes hasta el momento de entablar distintas reuniones con funcionarios de la Secretaría de Economía, donde se les informó que la deuda ascendía a la suma de $ 2.127.791,07.- al día 19/05/2016 globalizando Tasa de Comercio y Tasa por servicio a la Propiedad. Que solicita la posibilidad de acogerse a una excep-ción en el plan de financiación, conforme a las norma-tivas vigentes, sin intereses de financiación, de mane-ra que la carga a afrontar permita seguir con el giro normal de las actividades operativas, sin tener que tomar medidas extremas como ajustes de personal o resentir el servicio que con orgullo se presta a los vecinos de nuestra querida ciudad. Que habiendo revisado su posición financiera, consi-dera prudente establecer un plan de 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con el compromi-so de mantener el pago de las tasas que se vayan devengando al día (tasa de comercio y tasa a la propiedad). Que ofrece, como garantía de las cuotas a generarse, cheques de pago diferido emitidos a la orden del municipio. Que evaluado el expediente por la Comisión de Hacienda emite despacho favorable, aprobado en general y en particular por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 14 de septiembre de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORÍCESE al SANATORIO ALTA GRA-CIA S.R.L., CUIT: 30-54604722-5, a suscribir un plan de facilidad de pagos especial para la Tasa por Servi-cio de Inspección General e Higiene, Legajo N° 2127 y para la Tasa por Servicio a la Propiedad, Cuenta N° 3395, en los términos de la presente ordenanza. Art.2°: MODALIDAD: A) CUOTAS: hasta 36 cuotas iguales y consecutivas. B) VENCIMIENTO: las cuotas tendrán los mismos vencimientos que los establecidos para la ordenanza

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deberán ser exclusivamente fiestas infantiles y fami-liares. Art.3°: LA habilitación correspondiente, queda sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos por la Autoridad de Aplicación. Art.4°: EL incumplimiento de las condiciones esta-blecidas en el Art. 2, hará caducar de pleno derecho la autorización otorgada en el Art. 1°. Art.5°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.317 Visto: La necesidad de declarar visitante ilustre al Sr. Ariel Vidosa, por su reconocida amistad con Ernesto “Che” Guevara; y CONSIDERANDO Que el Sr. Ariel Vidosa el 21 de septiembre cumple 90 años de edad, y que es en la actualidad uno de los pocos amigos que viven del mítico revolucionario Ernesto “Che” Guevara. Que Ariel Vidosa aún vive en Mayú Sumaj donde se radicó tras arribar con su familia para trabajar en las minas de mica de la zona. Hijo de un anarquista aragonés que llegó al país y se trasladó primero a Alta Gracia con su oficio de minero y luego se afincó en el sur de Punilla. Que su historia vale la pena ser escuchada, reprodu-cida y dejada en algún lugar para que las futuras generaciones entiendan que Ernesto “Che” Guevara, no fue un ser llegado del más allá o un intelectual de escritorio advenido a la lucha popular, sino también fue un niño de baldío, de casas en los árboles, de notas irregulares y de sueños frustrados, que jugó, lloró peleó como cualquiera de su edad pero con una salvedad: no como cualquiera del sector oligárquico del que provenía, porque el “Che” prefería los amigos de los sectores más humildes; y por eso fue amigo y compinche de Ariel Vidosa, quienes integraron la “barra de los pobres”, la cual era liderada por Vidosa. Que los amigos de Ernestito o “Tete”, como lo llama-ban los más íntimos, eran hijos de mineros, de peo-nes, de mozos. Eran niños que no acudían a menudo a la escuela por falta de ropa y porque tenían que salir a vender peperina, alfajores, frutas, huevos o tenían que salir a lustrar botas en la estación del ferrocarril, en las paradas, o en aquellos lugares que visitaban turistas. Que en ese contingente de niños amigos de Ernesti-to, se encontraban los hijos del minero anarquista, español, don José María Vidosa, quienes vivían atrás de la casa de los Guevara. Detrás de un cañaveral. Allí, se conocieron Ariel y Dante “Tiqui” Vidosa con Ernestito, y juntos empezaron a ir a la escuela. La amistad creció entre los tres de una manera que casi vivían juntos. Jugaban, comían, estudiaban y salían de aventuras. Que su amistad fue tan fuerte que su habitual concu-rrencia a la casa de los “Guevara – Lynch” lo habían transformado como un integrante más de la familia.

Que el entonces Ernestito iba a cultivar la sensibilidad social a través de sus amistades y del interés que despertó en él el seguimiento de la Guerra Civil Española a través de la emisora radial de José María Vidosa como también de las opiniones de este último, ese minero español, anarquista, heredero de El Manifiesto de los Aragoneses a la Nación Española donde se luchaba por un enlace ferroviario entre Aragón y Francia a través de los Pirineos Centrales, y que recaló en Alta Gracia después de liderar una huelga en Los Pirineos mientras se construía el túnel de El Canfranc. Que en el año 1944, cuando Ernesto tenía 16 años, la familia Guevara – Lynch, migran a la ciudad de Cór-doba, donde Ariel y Ernesto pierden contacto, que-dando su amistad grabada para siempre, tal es así que cuando Ernesto vivía uno de los momentos más penetrantes de su vida, envía a su amigo de la infan-cia, Ariel, un diario íntimo en el que contaba lo que vivía día a día. Que en el año 2006, los comandantes Fidel Castro y Hugo Chávez en su visita a Córdoba durante la Cum-bre Iberoamericana, visitaron en nuestra ciudad el Museo del “Che” y que mantuvieron exclusivamente una entrevista con Ariel Vidosa, a fin de conocer cómo vivió el “Che” su infancia. Que Ariel Vidosa y su hermano Dante, fueron recono-cidos por ser protagonistas de una página de la biografía del líder revolucionario que sacudió al mun-do como uno de los artífices de la revolución cubana. Que fueron muchos los momentos vividos entre Ernesto y Ariel Vidosa, anécdotas inolvidables y tan enriquecedoras en la historia del “Che” que han sido utilizadas por grandes historiadores a fin de completar la historia de alegórico Ernesto “Che” Guevara. Que la ciudad de Alta Gracia fue uno de los escena-rios más importantes en la vida de Ernesto Guevara Lynch de la Serna, quien después sería el emblemáti-co “Che”. Que evaluado el Proyecto de Ordenanza presentado por el bloque de U.P.C. por el total de los concejales, queda aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 21 de septiembre de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: DECLÁRESE visitante ilustre al Sr. Ariel Vidosa, por su reconocida amistad con Ernesto “Che” Guevara, a sus 90 años de edad, uno de los pocos amigos que viven del mítico revolucionario Ernesto “Che” Guevara, en su etapa de la infancia y adoles-cencia, que aún sigue enriqueciendo con sus anécdo-tas y recuerdos la historia del “Che”. Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUNO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.

Infraestructura. Otorgar: EXCEPCIÓN –CODIGO Urbanístico al Sr. García Faustino. Excepción a la Ordenanza 8547 Art. N° 230 inc. 4, FOS: 83%, Retiro de Fondo: no posee (sin retiro de fondo). Art.2°: PROTOCOLICESE, Comuníquese, Publíque-se en el Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia, incorpórese al Libro de Ordenanzas y Archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORA-BLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. ORDENANZA Nº 10.300 Visto: El Expediente N° 2583/15- Iniciado por Iriarte Mario Omar - Habilitación Comercial Por Vía de Excepción; y CONSIDERANDO Que el Dictamen N°076/2016 de Asesoría Letrada entiende que los poseedores deberían cumplimentar con los requisitos indispensables a los fines de otor-garles la aprobación previa de los planos. Que a foja 3 obra copia del plano a nombre del Sr. Mario Omar Iriarte, como poseedor del inmueble del terreno Designación Catastral N° 01-01-240-028, y a foja 4 obra listado de vecinos del sector que prestan conformidad al funcionamiento del emprendimiento. Que a foja 8 obra informe del Área de Control Urbano conjuntamente con el Área de Planeamiento en donde se manifiestan que el uso solicitado se en-cuentra tipificado dentro de los denominados Servi-cios Recreativos con actividades incomoda de peque-ña escala (hasta la 200 m2 de superficie cubierta); Que en este caso la superficie total, es de 179,35 m2 por lo cual se encuentra dentro de esta categoría; Que el Art.192 de la Ordenanza N°8547 no contem-pla dicho uso dentro de los Dominantes. Que por todo lo expresado anteriormente se informa que el uso del Suelo solicitado, es un USO NO PER-MITIDO. Que evaluado el expediente por la Comisión de Obras y Servicios Públicos, emite despacho favora-ble, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 14 de septiembre de 2016. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Art.1°: AUTORIZAR al Sr. Mario Iriarte D.N.I. 14.734.063, el USO DEL SUELO, sin reconocer ningún tipo de derechos sobre el dominio y/o propie-dad para la instalación de un Centro de Ocio Infantil destinado al festejo de cumpleaños, ubicado en calle Emma Ceballos y Prudencio Bustos N° 8547, sin el cumplimiento del Art. 192 de la Ordenanza N° 8547 (párrafos referidos a Usos del Suelo-Usos Comple-mentarios – Uso Servicios y Usos Condicionados – Uso Servicios. Art.2°: ESTABLÉZCASE que la autorización queda supeditada a dar cumplimiento a las siguientes condi-ciones: a) el horario de funcionamiento del salón no podrá exceder el horario de las 0 hs.; b) Queda absolutamente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en el lugar; c) los eventos a realizarse

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA

RESOLUCIONES

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ria 2016, establece la aplicación de las Tasas vigen-tes para Honorarios Profesionales, para el cálculo de las Contribuciones para la Aprobación de Planos de Construcciones, Registros de Obras y Modificaciones Parcelarias. RESUELVE: 1) Aplicar a partir del 05 de Noviembre de 2016, los nuevos valores, establecidos en el Acta Acuerdo N° 8, conforme Anexo II del Acta Acuerdo N° 8 y que forma parte de la presente Resolución. 2) Para previas presentadas hasta el día 04 de Noviem-bre de 2016, se podrán abonar las Tasas correspon-

dientes a las Contribuciones para la Aprobación de Planos de Construcciones, Registros de Obras y Modificaciones Parcelarias, con los valores vigentes al 04 de Noviembre de 2016, hasta el 30 de Diciem-bre de 2016. Alta Gracia 07 de Octubre de 2016 Firmado: Ing. Héctor Juan Bupo - Secretario de Infra-estructura.-

RESOLUCIÓN Nº 19/16 VISTO: El Decreto 1328 / 2016, del Gobierno de la Provincia de Córdoba, Y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 1328 / 2016, del Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba, se aprueba el Acta Acuerdo N° 8, firmada por los Presidentes de los Colegios Profesionales de la Construcción, acordán-dose nuevas Tasas para la regulación de los Honora-rios Profesionales. Que el Art. N° 30 de la Ordenanza N° 10.138, Tarifa-

ECONOMÍA Y FINANZAS. ARTICULO Nº 3: PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUE-SE, PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHÍVESE. Alta Gracia 12 de Octubre de 2016 Firmado: Cr. Edgard René Pérez - Secretario de Economía y Finanzas.- RESOLUCIÓN Nº 582/16 VISTO: la Ley Nº 10.059 y CONSIDERANDO Las funciones y facultades del Director de Ingresos Públicos. Que el Artículo Nº 22 inciso a) establece que es una función del Organismo Fiscal establecer y modificar su organización interna y reglamentar el funciona-miento de sus oficinas sin alterar la estructura básica aprobada previamente por el Departamento Ejecutivo. Que el Artículo Nº 21 establece que el Organismo Fiscal está a cargo de un Director General o funciona-rio de jerarquía, el cual tendrá las funciones, atribu-ciones y deberes establecidos por este Código y demás ordenanzas fiscales. El Director General o el funcionario de jerarquía representa legalmente al Organismo Fiscal en todos los actos que requieran su intervención. Que el Decreto Nº 1944/2015 instituye la designación del Contador Carlos Di Leo como Director de Ingre-sos Públicos de la Municipalidad de Alta Gracia. Que para llevar adelante el proceso de determinación de oficio de los tributos establecido en el Capítulo II “Determinaciones” del Título VII “Determinación de la obligación tributaria”, es necesario contar con perso-nal idóneo para las fiscalizaciones que se susciten. Que la agente Bel Natalia Emilze, DNI 32.106.171, tiene con esta Municipalidad un contrato incluido en el expediente 487/I/2016, por el cual presta servicios en la Dirección de Ingresos Públicos. Que en el respectivo contrato se especifica que las tareas a desarrollar por la agente mencionada son aquellas específicas a la Policía Fiscal, como fiscali-zación de contribuyentes, seguimiento de deudas tributarias, cruce de información brindada por otros organismos de recaudación, etc. Por ello y en uso de las facultades conferidas; EL DIRECTOR DE INGRESOS PÚBLICOS RE-SUELVE

ARTÍCULO Nº 1: DESÍGNASE como inspectora de la Dirección de Ingresos Públicos, PARA LLEVAR ADELANTE LOS PROCESOS DE DETERMINACIÓN DE OFICIO Y DEMÁS TAREAS DE DETERMINA-CIÓN, VERIFICACIÓN Y/O FISCALIZACIÓN QUE SURJAN DE LAS ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA FISCAL, a la Srta. BEL NATALIA EMILZE DNI 32.106.171 a partir de la fecha de la presente resolu-ción. ARTICULO N° 2: LA PRESENTE RESOLUCIÓN SERÁ REFRENDADA POR EL SECRETARIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS. ARTICULO Nº 3: PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUE-SE, PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHÍVESE. Alta Gracia 12 de Octubre de 2016 Firmado: Cr. Edgard René Pérez - Secretario de Economía y Finanzas.- RESOLUCIÓN Nº 583/16 VISTO: la Ley Nº 10.059 y CONSIDERANDO Las funciones y facultades del Director de Ingresos Públicos. Que el Artículo Nº 22 inciso a) establece que es una función del Organismo Fiscal establecer y modificar su organización interna y reglamentar el funciona-miento de sus oficinas sin alterar la estructura básica aprobada previamente por el Departamento Ejecutivo. Que el Artículo Nº 21 establece que el Organismo Fiscal está a cargo de un Director General o funciona-rio de jerarquía, el cual tendrá las funciones, atribu-ciones y deberes establecidos por este Código y demás ordenanzas fiscales. El Director General o el funcionario de jerarquía representa legalmente al Organismo Fiscal en todos los actos que requieran su intervención. Que el Decreto Nº 1944/2015 instituye la designación del Contador Carlos Di Leo como Director de Ingre-sos Públicos de la Municipalidad de Alta Gracia. Que para llevar adelante el proceso de determinación de oficio de los tributos establecido en el Capítulo II “Determinaciones” del Título VII “Determinación de la obligación tributaria”, es necesario contar con perso-nal idóneo para las fiscalizaciones que se susciten. Que la agente Ortega Cintia Mariela DNI 30.502.778 tiene con esta Municipalidad un contrato por el cual presta servicios en la Dirección de Ingresos Públicos, incluido en el expediente 538/I/2015.

RESOLUCIÓN Nº 581/16 VISTO: la Ley Nº 10.059 y CONSIDERANDO Las funciones y facultades del Director de Ingresos Públicos. Que el Artículo Nº 22 inciso a) establece que es una función del Organismo Fiscal establecer y modificar su organización interna y reglamentar el funciona-miento de sus oficinas sin alterar la estructura básica aprobada previamente por el Departamento Ejecutivo. Que el Artículo Nº 21 establece que el Organismo Fiscal está a cargo de un Director General o funciona-rio de jerarquía, el cual tendrá las funciones, atribu-ciones y deberes establecidos por este Código y demás ordenanzas fiscales. El Director General o el funcionario de jerarquía representa legalmente al Organismo Fiscal en todos los actos que requieran su intervención. Que el Decreto Nº 1944/2015 instituye la designación del Contador Carlos Di Leo como Director de Ingre-sos Públicos de la Municipalidad de Alta Gracia. Que para llevar adelante el proceso de determinación de oficio de los tributos establecido en el Capítulo II “Determinaciones” del Título VII “Determinación de la obligación tributaria”, es necesario contar con perso-nal idóneo para las fiscalizaciones que se susciten. Que la agente Montamat María Emilia, DNI 38.884.240, tiene con esta Municipalidad un contrato incluido en el expediente 579/I/2016, por el cual presta servicios en la Dirección de Ingresos Públicos. Que en el respectivo contrato se especifica que las tareas a desarrollar por la agente mencionada son aquellas específicas a la Policía Fiscal, como fiscali-zación de contribuyentes, seguimiento de deudas tributarias, cruce de información brindada por otros organismos de recaudación, etc. Por ello y en uso de las facultades conferidas; EL DIRECTOR DE INGRESOS PÚBLICOS RE-SUELVE ARTÍCULO Nº 1: DESÍGNASE como inspectora de la Dirección de Ingresos Públicos, PARA LLEVAR ADELANTE LOS PROCESOS DE DETERMINACIÓN DE OFICIO Y DEMÁS TAREAS DE DETERMINA-CIÓN, VERIFICACIÓN Y/O FISCALIZACIÓN QUE SURJAN DE LAS ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA FISCAL, a la Srta. MONTAMAT MARÍA EMILIA DNI 38.884.240 a partir de la fecha de la presente resolu-ción. ARTICULO N° 2: LA PRESENTE RESOLUCIÓN SERÁ REFRENDADA POR EL SECRETARIO DE

DIRECCIÓN DE INGRESOS PÚBLICOS

RESOLUCIONES

Page 45: CIUDAD DE ALTA GRACIA · ría en que se debe dictar un decreto ampliatorio del decreto N° 1952/15 fijando la fecha de determinación del Acto en el año 2014 cuando aconteció la

Boletín Oficial de la Ciudad de Alta Gracia - Nº 228 - Página 45 de 45

Staff: Realizado en Oficialía Mayor

Dirección Técnica: Ab. María Eugenia Amiune - Oficial Mayor Edición y Diseño: Lautaro Bustamante Urriza

Se encuentra a disposición de la población en OFICIALÍA MAYOR, SECRETARÍAS Y DIRECCIONES MUNICIPALES, que de ellas dependan, los actos administrativos y legislativos correspondientes a las mismas. Asimismo, se encuentran a disposición de los interesados, en Oficialía Mayor, Belgrano Nº 15, la versión completa de dichos actos, los que por razones de espacio, se publican en forma sintetizada, como así también ediciones anteriores y actual del Boletín Oficial. Desde el mes de Enero de 2007, para mayor comodidad, puede consultar la versión electrónica en la página Web oficial de la ciudad de Alta Gracia:

http://www.altagracia.gov.ar/boletín_oficial.asp

Fecha de Emisión 24 de octubre de 2.016

ARTÍCULO Nº 1: DESÍGNASE como inspectora de la Dirección de Ingresos Públicos, PARA LLEVAR ADELANTE LOS PROCESOS DE DETERMINACIÓN DE OFICIO Y DEMÁS TAREAS DE DETERMINA-CIÓN, VERIFICACIÓN Y/O FISCALIZACIÓN QUE SURJAN DE LAS ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA FISCAL, a la Srta. Ortega Cintia Mariela DNI 30.502.778 a partir de la fecha de la presente resolu-ción. ARTICULO N° 2: LA PRESENTE RESOLUCIÓN SERÁ REFRENDADA POR EL SECRETARIO DE

ECONOMÍA Y FINANZAS. ARTICULO Nº 3: PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUE-SE, PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA, DÉSE AL REGISTRO MUNICIPAL Y ARCHÍVESE. Alta Gracia 12 de Octubre de 2016 Firmado: Cr. Edgard René Pérez - Secretario de Economía y Finanzas.-

Que en los respectivos contratos se especifica que las tareas a desarrollar por las agentes mencionadas son aquellas específicas a la Policía Fiscal, como fiscalización de contribuyentes, seguimiento de deu-das tributarias, cruce de información brindada por otros organismos de recaudación, etc. Por ello y en uso de las facultades conferidas; EL DIRECTOR DE INGRESOS PÚBLICOS RE-SUELVE