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- NIC 12 Impuesto a las ganancias
- NIC 32 – NIIF 9 - NIC 39 – NIIF 7
Instrumentos Financieros
Simples
- NIC 19 Beneficios a empleados
CICLO INTRODUCTORIO
Módulo VII
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 1
NIC 12 IMPUESTO A LAS GANANCIAS
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
NIC 12 e interpretaciones 1. NIC 12
1. Objetivo 2. Alcance 3. Definiciones 4. Base Fiscal 5. Reconocimiento de pasivos y activos por
impuestos corrientes 6. Reconocimiento de pasivos y activos por
impuestos diferidos - Diferencias temporarias imponibles - Diferencias temporarias deducibles
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 3
NIC 12 – Impuesto a las Ganancias NIC 12 e interpretaciones 1. NIC 12 7. Pérdidas y créditos fiscales no utilizados 8. Reconsideración de activos por impuestos diferidos no reconocidos 9. Inversiones en subsidiarias, sucursales y asociadas, y participaciones en negocios conjuntos 10. Medición 11. Reconocimiento de impuestos corrientes y diferidos 12. Presentación 13. Información a revelar
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
NIC 12 e interpretaciones 2. IFRIC 7
1. Ajuste por inflación de los activos y pasivos diferidos 2. Determinación del cargo a impuesto a las ganancias
3. SIC 25 1. Cambios en la situación fiscal del ente o sus
accionistas (no se analizará en este ciclo introductorio)
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Objetivo El objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable del impuesto a las ganancias. El principal problema al contabilizar el impuesto a las ganancias es cómo tratar las consecuencias actuales y futuras de: (a) la recuperación (liquidación) en el futuro del importe en libros de los activos (pasivos) que se han reconocido en el estado de situación financiera de la entidad; y (b) las transacciones y otros sucesos del período corriente que han sido objeto de reconocimiento en los estados financieros.
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Objetivo • Tras el reconocimiento, por parte de la entidad que
informa, de cualquier activo o pasivo, está inherente la expectativa de que recuperará el primero o liquidará el segundo, por los valores en libros que figuran en las correspondientes partidas.
• Cuando sea probable que la recuperación o liquidación de los valores contabilizados vaya a dar lugar a pagos fiscales futuros mayores (menores) de los que se tendrían si tal recuperación o liquidación no tuviera consecuencias fiscales, la presente Norma exige que la entidad reconozca un pasivo (activo) por el impuesto diferido, con algunas excepciones muy limitadas.
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Activo Es el importe que será deducible de los beneficios económicos que, para efectos fiscales, obtenga la empresa en el futuro, cuando recupere el valor en libros del activo en cuestión. Si tales beneficios económicos no tributan, la base fiscal será igual a su valor en libros
Pasivo Es igual a su valor en libros menos cualquier importe que, eventualmente, sea deducible fiscalmente respecto de tal partida en períodos futuros. En ingresos anticipados la base fiscal es su importe en libros menos cualquier eventual importe que no resulte imponible en ejercicios futuros
Base fiscal de activos o pasivos
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Algunas partidas tienen base fiscal aunque no figuren reconocidas como A ni P en el balance
Ejemplo: costos de investigación y desarrollo contabilizados como un gasto en el periodo en que se incurren, que no son gastos deducibles para la determinación de los resultados fiscales hasta un periodo posterior.
Base fiscal de activos o pasivos
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias Ejercicio
Activo
Rubro intereses a cobrar = 100. Fiscalmente se pagará el impuesto cuando se cobren
Valor fiscal = ?
Préstamo otorgado por el ente = 100. Al cobrarse produce efectos fiscales
Valor fiscal = ?
Pasivo
Gastos devengados contra proveedores = 100. El gasto será deducible fiscalmente cuando se pague
Valor fiscal = ?
Gastos devengados contra proveedores = 100. El gasto ya se dedujo
Valor fiscal = ? Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 10
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias Base fiscal que no resulte obvia
• Cuando la base fiscal de un activo o un pasivo no resulte obvia inmediatamente, es útil considerar el principio fundamental sobre el que se basa esta Norma
• El ente debe, con excepciones limitadas, reconocer un pasivo (activo) por impuestos diferidos, siempre que la recuperación o el pago del importe en libros de un activo o pasivo vaya a producir pagos fiscales mayores (menores) que los que resultarían si tales recuperaciones o pagos no tuvieran consecuencias fiscales
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Reconocimiento de pasivos y activos por
impuestos corrientes
El impuesto corriente, correspondiente al periodo presente y a los anteriores, debe ser reconocido como un pasivo en la medida en que no haya sido liquidado.
Si la cantidad ya pagada, que corresponda al periodo presente y a los anteriores, excede el importe a pagar por esos períodos, el exceso debe ser reconocido como un activo.
El importe a cobrar que corresponda a una pérdida fiscal, si ésta puede ser retrotraída para recuperar las cuotas corrientes satisfechas en periodos anteriores, debe ser reconocido como un activo.
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Reconocimiento de pasivos y activos por impuestos diferidos
Diferencias temporarias imponibles Se reconocerá un pasivo de naturaleza fiscal por causa de cualquier diferencia temporaria imponible, a menos que la diferencia haya surgido por:
(a) el reconocimiento inicial de una plusvalía; o
(b) el reconocimiento inicial de un activo o pasivo en una transacción que:
(i) no es una combinación de negocios; y
(ii) en el momento en que fue realizada no afectó ni a la ganancia contable ni a la ganancia (pérdida) fiscal.
Sin embargo, debe ser reconocido un pasivo diferido de carácter fiscal, por diferencias temporarias imponibles asociadas con inversiones en entidades subsidiarias, sucursales y asociadas, o con participaciones en acuerdos conjuntos.
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• Casos en los que se genera una diferencia temporaria imponible:
1) cuando el importe en libros de un activo exceda su base fiscal 2) cuando gastos o ingresos se registran contablemente en un período y fiscalmente se computan en otro (diferencias temporales) 3) En una combinación de negocios los activos identificables adquiridos y los pasivos asumidos se reconocen a valor razonable, pero se miden con otro criterio a efectos fiscales 4) cuando se revalúan los activos, pero no se realiza dicho ajuste a efectos fiscales 5) cuando surge una plusvalía en una combinación de negocios 6) cuando la base fiscal de un activo o un pasivo, a la fecha de su reconocimiento inicial difiere de su importe en libros 7) cuando el importe en libros de inversiones en subsidiarias, sucursales y asociadas, o el de la participación en acuerdos conjuntos, difiere de la base fiscal de estas partidas.
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Diferencias temporarias deducibles Se reconocerá un activo por impuestos diferidos, por causa de todas las diferencias temporarias deducibles, en la medida en que resulte probable que la entidad disponga de ganancias fiscales futuras contra las que cargar esas diferencias temporarias deducibles, salvo que el activo por impuestos diferidos aparezca por causa del reconocimiento inicial de un activo o pasivo en una transacción que:
(a) no es una combinación de negocios; y
(b) en el momento en que fue realizada no afectó ni a la ganancia contable ni a la ganancia (pérdida) fiscal.
No obstante, debe reconocerse un activo por impuestos diferidos, de acuerdo con lo establecido en el párrafo 44, para las diferencias temporarias deducibles asociadas con inversiones en entidades subsidiarias, sucursales y asociadas, así como con participaciones en acuerdos conjuntos.
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• Ejemplos: a) costos por beneficios por retiro (son deducibles contablemente pero fiscalmente se reconocen cuando se pagan) b) Costos de investigación que se tratan como
gasto del período pero fiscalmente se reconocen en períodos posteriores
c) En una combinación de negocios los activos identificables adquiridos y los pasivos asumidos se reconocen a valor razonable, pero se miden con otro criterio a efectos fiscales
d) cuando se revalúan los activos, pero no se realiza dicho ajuste a efectos fiscales
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La entidad reconocerá activos fiscales por impuestos diferidos, sólo si es probable que disponga de esos beneficios fiscales futuros contra los que cargar las deducciones por diferencias temporarias. Será probable que se disponga de ganancias fiscales, contra los que cargar las deducciones por diferencias temporarias, siempre que existan diferencias temporarias imponibles en cuantía suficiente, relacionadas con la misma autoridad fiscal y referidas a la misma entidad fiscal, cuya reversión se espere: (a) en el mismo periodo en el que se prevea que reviertan las diferencias temporarias deducibles; o (b) en periodos en los que una pérdida fiscal, surgida por un activo por impuestos diferidos, pueda ser compensada con ganancias anteriores o posteriores. En tales circunstancias, se reconocerá un AID en el que aparezcan las diferencias temporarias deducibles.
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Cuando el importe de las diferencias temporarias imponibles sea insuficiente, sólo se reconocerán Activos por impuestos diferidos:
1) cuando sea probable que se generen ganancias fiscales en el mismo período que se reviertan las diferencias temporarias deducibles; o
2) cuando la entidad tenga la posibilidad de aprovechar oportunidades de planificación fiscal para crear ganancias fiscales en los períodos oportunos.
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Reconsideración de activos por impuestos
diferidos no reconocidos
Al final del periodo sobre el que se informa, una
entidad evaluará nuevamente los activos por
impuestos diferidos no reconocidos. En ese
momento la entidad procederá a registrar un
activo de esta naturaleza, anteriormente no
reconocido, siempre que sea probable que las
futuras ganancias fiscales permitan la
recuperación del activo por impuestos diferidos.
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Diferencias temporarias generadas por el Activo
• Adquisición de negocio - El costo de la compra se distribuye entre el valor razonable de los activos. Y este ajuste no tiene efectos fiscales
• Medición de activos a valor razonable. No siendo este criterio el usado a fines fiscales.
• La medición a VPP en inversiones puede no ser la usada a fines fiscales (puede ser temporaria o afectar la tasa efectiva)
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Diferencias temporarias generados por el Activo
• Amortización PP&E: diferente criterio de amortización, de vida útil, deducción total en el año compra (regímenes de promoción), bienes en desuso, opción en la venta y reemplazo
• Tratamiento del leasing (diferencias entre ley y NIC 17)
• Gastos de organización
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Diferencias temporarias generados por el Activo
• Ventas a plazo
• Incobrables
• Resultados de las obras en curso
• Costos financieros activados
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Diferencias temporarias generadas por el Pasivo - Ejemplos
• Beneficios por retiros a empleados - La empresa contabiliza el pasivo y fiscalmente es deducible cuando se produce el pago
• Provisión para despidos (diferencia entre NIC 19 y ley)
• Honorarios directores a pagar
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Las diferencias permanentes no generan impuestos diferidos, sino que deben incidir en la medición del impuesto corriente del período correspondiente.
Sirven para conciliar el impuesto cargado a resultado con el resultante de aplicar la alícuota del impuesto al resultado contable. (Se determina la tasa efectiva del impuesto).
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Ex Diferencias permanentes o definitivas – Afectan la tasa efectiva
• No existen en el método del pasivo basado en el balance.
• Esto se observa por la forma de determinar la base fiscal de los activos y pasivos
• Sólo se utilizan si es necesario preparar la nota conciliatoria (que no es obligatoria en todas las normas)
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Tasa efectiva
Es la medición que se busca contabilizar, como cargo de impuesto a las ganancias.
Surge de la relación entre el Impuesto a las ganancias y el Resultado antes del impuesto.
Permite proyectar el “cash flow” disponible para el accionista.
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Elementos fiscales que cambian la tasa efectiva de IG – Ejemplos en Argentina
• Reembolsos exportación (exento hasta parte del 2003)
• Donaciones no admitidas • Exenciones de leyes especiales • Deducciones no admitidas (impuesto inmobiliario
de inmuebles baldíos, remuneraciones a directores del extranjero, gastos de automóviles, retribuciones por explotación de marcas de sujetos del exterior)
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Elementos fiscales que cambian la tasa efectiva de IG – Ejemplos en Argentina
• Honorarios de directores que superan el tope • Multas, costas causídicas e intereses punitorios • Alquileres e intereses presuntos • Desgravaciones y subvenciones • Gastos no admitidos
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• Conciliación entre tasa efectiva y nominal impositiva
Ejemplo:
.Resultado contable antes de impto: $100.000
.Alícuota impuesto a las ganancias: 35,00%
.Gastos no deducibles:
Donaciones $5.000
Honorarios que superan tope $10.000
monto tasa impuesto
Resultado contable 100000 35% 35000
Dif. Permanentes
Donaciones no admitidas 5000
Honorarios no deducibles 10000
Resultado impositivo 115000 35% 40250
tasa efectiva 40250 40,25%
100000 Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 29
Medición Los pasivos (activos) corrientes de tipo fiscal, ya procedan del periodo presente o de períodos anteriores, deben ser medidos por las cantidades que se espere pagar (recuperar) de la autoridad fiscal, utilizando la normativa y tasas impositivas que se hayan aprobado, o cuyo proceso de aprobación esté prácticamente terminado, al final del periodo sobre el que se informa. Los activos y pasivos por impuestos diferidos deben medirse empleando las tasas fiscales que se espera sean de aplicación en el período en el que el activo se realice o el pasivo se cancele, basándose en las tasas (y leyes fiscales) que al final del periodo sobre el que se informa hayan sido aprobadas o prácticamente terminado el proceso de aprobación. Los activos y pasivos por impuestos diferidos no deben ser descontados
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La medición de los pasivos por impuestos diferidos y los activos por impuestos diferidos reflejará las consecuencias fiscales que se derivarían de la forma en que la entidad espera, al final del periodo sobre el que se informa, recuperar o liquidar el importe en libros de
sus activos y pasivos.
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Ejemplo A
Una partida de propiedades, planta y equipo tiene un
importe en libros de 100 y una base fiscal de 60. Si el
activo se vendiese, sería de aplicación a las ganancias una
tasa del 20%, pero si se obtienen del mismo otro tipo de
ingresos, la tasa aplicable es del 30%.
La entidad reconocerá un pasivo por impuestos diferidos
de 8 (el 20% de 40) si prevé vender el elemento sin usarlo,
y un impuesto diferido de 12 (el 30% de 40) si prevé
conservar el elemento y recuperar su valor mediante el
uso.
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ACTIVOS NO DEPRECIABLES MEDIDOS A VALOR RAZONABLE
Si un pasivo por impuestos diferidos o un activo por impuestos diferidos surge de un activo no depreciable medido utilizando el modelo de revaluación de la NIC 16, la medición del pasivo por impuestos diferidos o del activo por impuestos diferidos reflejará las consecuencias fiscales de la recuperación del importe en libros del activo no depreciable mediante la venta, independientemente de la base de medición del importe en libros de ese activo. Por lo tanto, si la norma fiscal especificara un tipo fiscal aplicable al importe tributable derivado de la venta de un activo, que fuese diferente del tipo fiscal aplicable al importe gravable que se derivaría del uso del activo, se aplicará el primer tipo en la medición del activo o pasivo por impuestos diferidos asociado con el activo no depreciable.
Este mismo criterio se aplica para propiedades de inversión medidas a valor razonable según NIC 40.
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Método del Pasivo (basado en el Balance) – Esquema simple inicial
1. Determinar valor contable de Activos y pasivos
2. Determinar el valor fiscal de Activos y pasivos
3. Determinar las diferencias
4. Estas son siempre temporarias porque en algún momento desaparecerán los Activos y pasivos y por lo tanto desaparecerán esas diferencias
5. Corresponde analizar el efecto financiero futuro (en las DDJJ impositivas futuras)
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Método del Pasivo (basado en el Balance)
Diferencias temporarias gravables (cuando su
reversión aumentará el impuesto determinado)
Pasivo por Impuesto Diferido
Diferencias temporarias deducibles (cuando su reversión reducirá el
impuesto determinado)
Activo por Impuesto Diferido
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Conciliación entre la tasa efectiva y la tasa nominal
Este es un concepto básico del método de registración ya que permite:
a) Determinar que no hay errores en el cálculo (cuando toda la diferencia está explicada)
b) Ayudar a la empresa a tomar decisiones estratégicas que le permitan bajar la tasa efectiva de impuesto
c) Proyectar el “cash flow” para el accionista, en función de las condiciones esperadas (las que pueden modificar la tasa efectiva)
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
A y P por Impuestos Diferidos – Medición – Tasa a utilizar
Alícuota impositiva a considerar La que se espera esté vigente al momento de la reversión de las diferencias temporarias
Concepto NIIF Con las tasas que se hayan aprobado o cuyo proceso de aprobación esté prácticamente terminado al final del período
Concepto US GAAP y NC Argentinas
Esté sancionada a la fecha del ejercicio
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Procedimiento Diferencias entre
PRIMER PASO
Mediciones contables Activos y Pasivos
Mediciones fiscales Activos y Pasivos
Las ex diferencias permanentes no se determinan Las diferencias temporarias se multiplican por la tasa fiscal que
corresponde a cada diferencia
Se reconocen activos o pasivos por impuestos diferidos
Las ex diferencias permanentes son una partida de conciliación entre el impuesto cargado a resultados y el que surja de aplicar al resultado contable la tasa
impositiva (tasa efectiva) Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 38
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Activos y pasivos por Impuestos diferidos
Son las diferencias temporarias entre
Mediciones contables
Activos y Pasivos
Mediciones fiscales Activos y Pasivo
Multiplicándolas por la tasa impositiva se reconocen activos o pasivos por impuesto diferidos
Excepto Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 39
NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Activos y pasivos por Impuestos diferidos
Excepto cuando tales diferencias provengan de
• Una plusvalía que no es deducible impositiva-mente
• el reconocimiento inicial de un activo o pasivo en una transacción:
– que no es una combinación de negocios y
– a la fecha de la transacción no afecta ni el resultado contable ni el impositivo
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Método del Pasivo (basado en el balance) Esquema Práctico
Activo Contable
Pasivo Fiscal
Pasivo Contable
Activo Fiscal
Pasivo Contable
Activo Contable
Activo Fiscal
Pasivo Fiscal
Activo por
Impuesto Diferido
Pasivo por
Impuesto Diferido
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Cargo a resultados por impuesto a las ganancias
• Se imputará a resultados: •Los impuestos determinados para el período •Las variaciones de saldos de impuestos diferidos que no hayan sido causados por combinaciones de negocios o por una transacción que se reconoce en ORI o en el PN
Impuesto a las Ganancias a Provisión Imp. Gcias.
XX XX
Activo por Imp. Diferido Impuesto a las Ganancias a Pasivo por Imp. Diferido
XX XX XX
Por el impuesto determinado Variaciones de saldos de AID y PID
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Test de Recuperabilidad AID El importe en libros de un AID debe someterse a
revisión al final de cada período. La entidad debe reducir el saldo del AID en la medida
que estime probable que no dispondrá de suficiente ganancia fiscal en el futuro para imputar dicho activo.
Podrá revertirse en la medida que existan expectativas
de ganancias fiscales futuras suficientes.
Registración contable: Impuesto a las Ganancias a Activo por Impuesto Diferido o Previsión para desvalorización AID
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 43
NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Imputación del impuesto a las ganancias
– Al estado de resultados
– A Ajuste Resultados Ejercicios Anteriores (Resultados no asignados) (por error o cambio de políticas contables aplicables retroactivamente)
– A otros resultados integrales (si la partida que genera el AID o el PID se encuentra incluida en esta sección. Por ej. revaluación de PP&E, diferencias de cambio por conversión NIC 21)
– Directamente en patrimonio (instrumentos financieros compuestos en la porción correspondiente al patrimonio)
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Distribución del estado de resultados en el Impuesto a las Ganancias
– Resultados de operaciones que continúan
– Resultados por descontinuación
• por operaciones
• por disposición de activos y cancelación de pasivos
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 45
NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Quebrantos (Pérdidas) impositivos y créditos fiscales no usados
• De existir darán lugar a reconocer Activo por impuesto diferido si se pueden compensar con ganancias fiscales posteriores, sólo si es probable la disponibilidad de ganancias fiscales futuras
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Evaluación de la posibilidad de ganancias fiscales futuras
• Que las causas de los quebrantos estén identificadas y de repetición improbable
• Que la probabilidad de ganancias fiscales sean anteriores que la prescripción de los quebrantos o créditos fiscales
• Si tiene PID que contribuyan a poder utilizar los quebrantos o créditos fiscales
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 47
NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Evaluación de la posibilidad de ganancias fiscales futuras
• Que el ente pueda realizar una planificación fiscal para incrementar las ganancias fiscales futuras: – Difiriendo el uso de deducciones que sean
posibles – Vendiendo y arrendando con opción a compra
activos revaluados
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Quebrantos (pérdidas) impositivos Tratamiento Se reconoce en el ejercicio
AID, contra I. Ganancias. No es partida conciliatoria
No se reconoce y en otro ejercicio si AID contra I. Ganancias
Es partida conciliatoria cuando se desvaloriza
Se reconoce y luego se desvaloriza Disminuye AID contra I. Ganancias. Es partida conciliatoria cuando se
desvaloriza
Se reconoce en combinación de negocios
Afecta plusvalía – llave de negocio
Se reconoce después de la combinación de negocios
Corrige la plusvalía Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 49
NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
La inflación y su efecto en el método
efectos
Genera diferencias temporarias
NIC 12 (actual)
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias
Explicación práctica PP&E con ajuste por inflación contable y no impositivo
Datos: Se adquiere el 1.4.01 a $ 1.000. No se amortiza año de compra.
Coef. al cierre = 2 No se admite el ajuste por inflación impositivo El 1.1.03 comienza el período de estabilidad (no hay ajuste
contable) Se amortiza por 2 años. No hay valor residual. La empresa genera ingresos netos por 1.500 en el 2003 y 2004. Analice la situación al 31.12.02, 31.12.03 y 31.12.04
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 51
NIC 12 – Impuesto a las Ganancias V. Costo V.Reexpr. V.Fiscal Diferencia
Al 31/12/02
PP&E 1000 2000 1000 1000
Al 31/12/03
Ing. Netos 1500 1500
Amort. PP&E -1000 -500
Valor PP&E 1000 500 500
Resultado 500 1000
Imp. Gcias. 175 350
Al 31/12/04
Ing. Netos 1500 1500
Amort. PP&E -1000 -500
Valor PP&E 0 0 0
Resultado 500 1000
Imp. Gcias. 175 350 Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 52
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NIC 12 – Impuesto a las Ganancias Diferencia temporaria
Al 31.12.02: D H
IG 350
PID 350
Al 31.12.03
PID 175
IG 175
P.Fiscal 350
Al 31.12.04
PID 175
IG 175
P.Fiscal 350
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Impuestos diferidos que surgen de una combinación de negocios En una combinación de negocios pueden surgir diferencias temporarias.
De acuerdo con la NIIF 3, una entidad reconocerá cualquier activo resultante por impuestos diferidos (en la medida en que cumplan los criterios de reconocimiento) o cualquier pasivo resultante por impuestos diferidos como activos y pasivos identificables en la fecha de adquisición.
Por consiguiente, esos activos y pasivos por impuestos diferidos afectan al importe de la plusvalía o a la ganancia por una compra en condiciones muy ventajosas que reconozca la entidad.
Sin embargo, una entidad no reconocerá los pasivos por impuestos diferidos que surjan del reconocimiento inicial de la plusvalía.
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Compensación
Una entidad compensará los activos por impuestos y los pasivos por impuestos si, y sólo si, la entidad:
(a) tenga el derecho, exigible legalmente, de compensar los importes reconocidos; y
(b) tenga la intención de liquidar por el importe neto, o de realizar el activo y liquidar el pasivo simultáneamente.
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REVELACIÓN
• Los componentes principales del gasto (ingreso) por el impuesto a las ganancias, se revelarán por separado en los estados financieros (gasto corriente, impuesto diferido relacionado con nacimiento y reversión de diferencias temporarias, beneficios de carácter fiscal, impuestos diferidos relacionados con cambios en tasas fiscales, relacionado con cambios en políticas contables y errores, etc.)
• El importe agregado de los impuestos corrientes y diferidos, relacionados con las partidas cargadas o acreditadas directamente a patrimonio
• El importe del ingreso por impuestos relativo a cada componente del otro resultado integral
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• Una explicación de la relación entre el gasto (ingreso) por el impuesto y la ganancia contable, en una de las siguientes formas o en ambas a la vez:
a) Una conciliación numérica entre el gasto (ingreso) por el impuesto y el resultado de multiplicar la ganancia contable por la tasa o tasas impositivas aplicables, especificando la manera de computar dichas tasas, o
b) Una conciliación numérica entre la tasa promedio efectiva y la tasa impositiva aplicable, especificando la manera de computar dichas tasas
• Una explicación de los cambios habidos en la tasa o tasas impositivas aplicables, en comparación con las del período anterior
• El importe (y fecha de validez, si la tuvieran), de las diferencias temporarias deducibles, pérdidas o créditos fiscales no utilizados para los cuales no se hayan reconocido AID
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• La cantidad total de diferencias temporarias relacionadas con inversiones en subsidiarias, sucursales y asociadas, o con participaciones en acuerdos conjuntos que no han sido reconocidas como PID
• Con respecto a cada tipo de diferencia temporaria, y con respecto a cada tipo de pérdidas o créditos fiscales no utilizados:
a) el importe de los AID y PID reconocidos en el ESF para cada período presentado b) el importe de los gastos o ingresos por impuestos diferidos reconocidos en el ER (si no resulta evidente al considerar los cambios en el ESF) • Con respecto a las operaciones discontinuadas, el gasto por
impuesto relativo a: a) la ganancia o pérdida derivada de la discontinuación; y b) la ganancia o pérdida del período por las actividades ordinarias de la operación discontinuada, junto con los importes correspondientes para c/u de los períodos anteriores presentados
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• El importe de las consecuencias en el impuesto a las ganancias de los dividendos para los accionistas de la entidad propuestos o declarados que no fueron reconocidos como pasivos en el ESF
• Si una combinación de negocios en la que la entidad es la adquirente produce un cambio en el importe reconocido de su AID anterior a la adquisición, el importe de ese cambio
• Si los beneficios por impuestos diferidos adquiridos en una combinación de negocios no están reconocidos en la fecha de adquisición pero sí posteriormente, una descripción del cambio
• El importe del AID y las evidencias cuando la realización del mismo depende de ganancias futuras superiores de las ganancias surgidas por reversión de diferencias temporarias imponibles actuales; y la entidad ha experimentado una pérdida en el período actual o en el precedente
• En el caso que el impuesto a las ganancias se grave a tasas distintas en función de la distribución de ganancias como dividendos a los accionistas, se deberá revelar la naturaleza de las consecuencias potenciales que se podrían producir en el impuesto a las ganancias, si se pagaran dividendos a los accionistas.
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 59
• Análisis de caso: Molinos Río de la Plata SA ejercicio económico finalizado el 31/12/2012.
Fuente: www.bolsar.com
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NIC 32 – NIIF 9 - NIC 39 – NIIF 7
Instrumentos Financieros Simples
61 Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri
Instrumentos financieros simples
IFRS
Esquema Normativo
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IAS 32 – Presentación IAS 39 – Reconocimiento y Medición
IFRS 7 - Revelación
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri
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INSTRUMENTOS FINANCIEROS SIMPLES
NIC 32
Instrumentos financieros: Presentación
63 Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri
NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Objetivos El objetivo de esta Norma es: a) Establecer los principios para presentar instrumentos
financieros como deudas o patrimonio neto y para compensar activos financieros y pasivos financieros
b) Enfoca la presentación desde la perspectiva del emisor de los instrumentos financieros
c) Los principios de la NIA 32 complementan los principios de reconocimiento y medición de instrumentos financieros establecidos por la NIIF 9 Instrumentos Financieros y la información a revelar de la NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar.
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NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
65
Se aplicará por Todas las entidades y a todos los tipos de instrumentos
financieros No se aplica a Participaciones que se contabilicen de acuerdo con la NIIF 10,
NIC 27, 28 y 31 (excepto cuando se aplique NIIF 9 o los derivados relacionados, que sí la aplica)
Derechos y obligaciones empleadores NIC 19 Contratos de seguros NIIF 4 Instrumentos financieros contratos y obligaciones derivados de
transacciones con pagos basados en acciones NIIF 2
NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
66
Se aplicará a:
Contratos de compra venta de partidas no financieras que se liquiden por su importe neto, en efectivo o en otro instrumentos financieros o mediante intercambios de instrumentos financieros como si dichos contratos fuesen instrumentos financieros excepto los contratos que se celebraron y se mantienen con el objetivo de recibir o entregar una partida no financiera de acuerdo con las compras, ventas o necesidades de uso esperada por el ente
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NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Definiciones
Instrumento Financiero: contrato que da lugar simultáneamente a
– un activo financiero en un ente y
– un pasivo financiero o un instrumento de patrimonio en otro
NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
68
Definiciones
Activo Financiero: es cualquier activo que sea:
Efectivo
Un instrumento de patrimonio de otra empresa
Un derecho contractual a recibir dinero u otro activo financiero
Un derecho contractual a intercambiar activos financieros o pasivos financieros con otra empresa, en condiciones que sean potencialmente favorables para la entidad
Un contrato que puede o debe ser cancelado con instrumentos de patrimonio propio de la entidad
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NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Definiciones
Pasivo Financiero:
• una obligación contractual de:
– entregar dinero u otro activo financiero a otro ente
– intercambiar activos financieros o pasivos financieros con otro ente, bajo condiciones potencialmente desfavorables para la entidad
• Un contrato que será o podrá ser liquidado con un instrumento patrimonio de la propia entidad
NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Ejemplos a) Cuentas por cobrar o por pagar comerciales b) Pagarés por cobrar y por pagar c) Préstamos por cobrar y por pagar d) Obligaciones o bonos por cobrar y por pagar No son activos financieros y pasivos financieros los que
no tienen origen contractual: ejemplo: • impuesto a las ganancias – surgen por un
requerimiento legal • Obligaciones implícitas de la NIC 37
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NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Definiciones
Instrumento de patrimonio:
Cualquier contrato que ponga de manifiesto una participación residual en los activos netos de un ente, una vez deducido todos sus pasivos
NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Instrumentos financieros incluidos
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NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Distinción entre Pasivo y Patrimonio Neto
NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Distinción entre Pasivo y Patrimonio Neto
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NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
75
Distinción entre Pasivo y Patrimonio Neto
Debe atenderse a la esencia económica del acuerdo contractual y no su forma legal y con las definiciones de pasivo financiero, de activo financiero y de instrumento de patrimonio. En ocasiones no coinciden, por ejemplo:
a) Acción preferida: será pasivo financiero si el emisor está obligado a reembolsarla por una cantidad fija o determinable, en una fecha futura cierta o determinable, o si concede al tenedor el derecho de requerir al emisor su reembolso
b) Un instrumento financiero que dé al tenedor derecho a devolverlo al emisor a cambio de efectivo o activos financieros (IF con opción de reventa) es un pasivo financiero.
NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
76
Distinción entre Pasivo y Patrimonio Neto
Si el ente no tiene un derecho incondicional de evitar la entrega de efectivo u AF con el objetivo de liquidar una obligación contractual, será un:
PF Socios de cooperativas
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CASO 1 Un banco paga por anticipado a una entidad un préstamo a cinco años. El banco también le brinda a la entidad una facilidad de sobregiro por una cierta cantidad de años.
CASO 2 Una entidad tiene una obligación presente respecto del impuesto a las ganancias adeudado del año anterior
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CASO 3
Durante cada uno de los últimos veinte años, una entidad de catering ha pagado 50.000 u.m. para cubrir los costos del carnaval de la villa en que opera la entidad. La entidad goza de un gran reconocimiento por ser la patrocinadora principal del evento anual y en sus anuncios comerciales se hace referencia a su condición de patrocinador principal del carnaval de la villa. Los pobladores ahora esperan que la entidad pague 50.000 u.m. para cubrir los costos del carnaval de este año.
CASO 4 Una entidad recibe una multa por infringir tres requisitos legales diferentes: (i) demora en el pago del impuesto a las
ganancias; (ii) publicación tardía de las cuentas de la
empresa y (iii) afirmaciones falsas en los anuncios
comerciales de los Productos.
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CASO 5 Al final del periodo sobre el que se informa, una entidad posee un activo por el pago anticipado en concepto de tres meses de arrendamiento de las instalaciones para sus oficinas.
CASO 6 Una entidad vende la mercadería a los clientes y ofrece una garantía de un año para reparar o reemplazar cualquier producto defectuoso.
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CASO 7 Una entidad mantiene una obligación negociable (un instrumento de deuda a corto plazo no garantizado) emitida por una entidad importante.
Caso 8 Una entidad mantiene bonos emitidos por una empresa importante. Un bono es un título de deuda, por el que el emisor le adeuda a los tenedores una deuda y, según las condiciones del bono, queda obligado a cubrir el interés (el cupón) y reembolsar el principal en una fecha futura, denominada vencimiento. Es un contrato formal que insta a reembolsar el dinero que se tomó prestado con intereses, en intervalos fijos.
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CASO 9 La entidad A posee acciones preferentes en la entidad B. Las acciones preferentes le otorgan el derecho a la entidad A de obtener dividendos, pero no el derecho de voto.
NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Intereses, dividendos, pérdidas y ganancias
Estos conceptos, correspondientes a un pasivo financiero deben ser clasificados en el resultado del ejercicio como gastos o ingresos
Si corresponden a un Ingreso de Capital deben imputarse directamente al P. Neto, netos del impuesto a las ganancias relacionado
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NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Instrumentos Financieros Compuestos
• El emisor de un no derivado debe evaluar las condiciones de emisión para determinar si contiene componentes de pasivo y de patrimonio.
• Dichos componentes deben clasificarse por separado de acuerdo con las definiciones de cada uno de ellos
• Se asignará al Instrumento de Patrimonio el importe residual después de medir el importe del pasivo. Si hubiera un IFD (ejemplo opción de compra) implícito en el IFC pero distinto del Instrumento de Patrimonio se incluirá en el componente Pasivo
NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Ejercicio Instrumentos Financieros
Compuestos
Lectura y desarrollo Caso 1
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NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Medición de los componentes de un IF Compuesto
Se emiten 2.000 Obligaciones Convertibles pagaderos al final del 3er año y se emiten a la par con un VN de 1.000 por título (total 2.000.000).
El interés se paga al final de cada año (6% anual). Cada bono es convertible al momento del vencimiento en 250 acciones.
La tasa de interés vigente para deudas similares (sin conversión) es del 9% anual.
El precio de mercado de las acciones es 3. Los dividendos esperados en cada año son 0.14 por acción. La tasa
de interés libre de riesgo para 3 años es 5% anual. Mida el componente del capital por valoración residual.
NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Solución – Medición de componentes IFC
1. Valor residual del componente de capital
a. Valor actual del principal (2.000.000) =
b. Valor actual de los intereses (120.000)=
c. Total del componente pasivo =
d. Total de fondos obtenidos por emisión de ON =
e. Valor del capital por diferencia =
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NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Solución – Medición de componentes IFC
1. Valor residual del componente de capital
a. Valor actual del principal (2.000.000) = 1.544.367
b. Valor actual de los intereses (120.000)= 303.755
c. Total del componente pasivo = 1.848.122
d. Total de fondos obtenidos por la emisión de ON = 2.000.000
e. Valor del capital por diferencia = 151.878
NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Acciones propias en cartera
Si se readquiere I Patrimonio propio, el importe de “acciones propias en cartera” se deducirá del patrimonio.
No se reconocerá ningún resultado en el ejercicio por la compra, venta, emisión o amortización de los instrumentos de Patrimonio propio del ente. La contraprestación pagada o recibida se reconocerá directamente en el patrimonio.
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NIC 32 – Inst. financieros: Presentación
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Compensación de Activos Financieros y Pasivos Financieros
Se compensarán cuando el ente:
a. Tenga en el momento actual, el derecho, exigible legalmente, de compensar los importes; y
b. Tenga la intención de liquidar el importe neto o de realizar el activo y cancelar el pasivo simultáneamente.
NIIF 9 Instrumentos
financieros
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Vigencia y razón de su revisión Vigencia = 1.1.2015 (permite aplicación anticipada) Razón de la revisión de la NIC 39 a) Basarse en principios fundados y fuera menos compleja. b) Trabajo conjunto IASB / FASB. c) Seguir la Recomendación G 20 y las de otros organismos internacionales.
Enfoque para sustituir la NIC 39 Reemplazar la NIC 39 en su totalidad. División en tres fases: Fase 1: Clasificación y medición de los activos financieros y pasivos financieros: se cumplió el 11/09 con los capítulos de la NIIF 9 sobre «Clasificación y medición de activos financieros» y en 10/10 añadiendo a la NIIF 9 los requerimientos relacionados con la clasificación y medición de los pasivos financieros. Falta: Fase 2: Metodología del deterioro de valor Fase 3: Contabilidad de coberturas
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• Además con posterioridad a octubre de 2010 los requerimientos de la NIC 39 de baja en cuentas de activos y pasivos financieros se mantuvieron sin cambios en la NIIF 9.
Objetivo: Establecer los principios para la información financiera sobre activos financieros y pasivos financieros de forma que presente información útil y relevante para los usuarios de los estados financieros para la evaluación de los importes, calendario e incertidumbre de los flujos de efectivo futuros de la entidad.
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Alcance: Una entidad aplicará esta NIIF a todas las partidas dentro del alcance de la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición.
Reconocimiento inicial: Una entidad reconocerá un activo financiero o un pasivo financiero en su estado de situación financiera cuando, y solo cuando, se convierta en parte de las clausulas contractuales del instrumento.
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Baja en cuentas de activos financieros
Una entidad dará de baja en cuentas un activo financiero cuando, y solo cuando:
a) expiren los derechos contractuales sobre los flujos de efectivo del activo financiero; o
b) Se transfiera el activo financiero, y la transferencia cumpla con los requisitos para la baja en cuentas.
Requisitos para la baja en cuentas
Una entidad habrá transferido un activo financiero si y solo si:
a) ha transferido los derechos contractuales a recibir los flujos de efectivo de un activo financiero; o
b) Retiene los derechos contractuales a recibir los flujos de efectivo de activo financiero, pero asume la obligación contractual de pagarlos a una o mas perceptores dentro de un acuerdo que cumpla las condiciones establecidas.
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Baja en cuentas de activos financieros Cuando una entidad retenga los derechos contractuales a recibir los
flujos de efectivo de un activo financiero (el activo original) pero asuma la obligación contractual de pagarlos a uno o mas entidades (los perceptores posibles) tratará la operación como si fuera una transferencia de activos financieros si y solo si se cumplen las tres condiciones siguientes:
a) La entidad no está obligada a pagar ningún importe a los
perceptores posible, a menos que cobre importes equivalentes del activo original.
b) La entidad tiene prohibido la venta o la pignoración del activo
original excepto como garantía a los perceptores posibles. c) La entidad tiene una obligación de remitir sin retraso significativo los
flujos de efectivo.
Baja en cuentas de activos financieros
Cuando una entidad transfiera un activo financiero evaluará en que medida retiene los riegos y las recompensas inherentes a su propiedad :
a) si la entidad transfiere de forma sustancial los riesgo y recompensas inherentes a la propiedad del activo financiero lo dará de baja en cuentas.
b) si la entidad retiene de forma sustancial los riesgos y recompensas inherentes a la propiedad de un activo financiero continuará reconociéndolo.
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Baja en cuentas de activos financieros
Implicación continuada en activos transferidos
Si la entidad no transfiere ni retiene de forma sustancial todos los riesgos y recompensas inherentes a la propiedad del activo financiero, determinará si ha retenido el control sobre el activo financiero.
i) si la entidad no ha retenido el control, dará de baja el activo financiero.
ii) si la entidad ha retenido el control, continuará reconociendo el activo financiero en al medida de su implicación continuada en el activo financiero.
Baja en cuentas de activos financieros Implicación continuada en activos transferidos La medida de la implicación continuada de la entidad en el
activo transferido es la media en que esta expuesta a cambios de valor del activo transferido.
Por ejemplo: Cuando la implicación continuada de la entidad tome la forma
de garantía del activo transferido, la cuantía de la implicación continuada de la entidad será el menor entre:
el importe del activo y el importe máximo de la contraprestación recibida que se
podría requerir devolver a la entidad ( el importe de la garantía).
Como consecuencia reconocerá también un pasivo asociado . El activo transferido que se continua reconociendo no podrá
ser compensado con el pasivo asociado.
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Baja en cuentas de activos financieros El que la entidad haya retenido o no el control del
activo transferido, dependerá de la capacidad del receptor de la transferencia para venderlo.
Si el receptor de la transferencia tiene la capacidad práctica de venderlo en su integridad a una tercera parte no relacionada, y si es capaz de ejercerla unilateralmente y sin necesidad de imponer restricciones adicionales sobre la transferencia, la entidad no ha retenido el control.
Baja en cuentas de activos financieros
Si una entidad transfiere un activo financiero, en una transferencia que cumple los requisitos para la baja en cuentas en su integridad, y retine el derecho de administración del activo financiero a cambio de una comisión, reconocerá un activo o un pasivo por tal contrato de servicio de administración del activo financiero.
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Baja en cuentas de activos financieros
Al dar de baja en cuentas un activo financiero en su integridad, la diferentica entre:
a) el importe en libros (medido a la fecha de la baja en cuentas) y
b) la contraprestación recibida ) incluyendo los nuevos activos obtenidos menos los nuevos pasivos asumidos) :
Se reconocerá en el resultado del periodo.
Baja en cuentas de activos financieros
Una entidad eliminará de su estado de situación financiera un pasivo financiero (o una parte del mismo) cuando, y solo cuando, se haya extinguido esto es, cuando la obligación especificada en el correspondiente contrato haya sido pagada o cancelada, o haya expirado.
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Baja en cuentas de pasivos financieros
• Una permuta entre un prestamista y un prestatario de instrumentos de deuda con condiciones sustancialmente diferentes, se contabilizará como una cancelación del pasivo financiero original, reconociéndose un nuevo pasivo financiero.
• Lo mismo ante una modificación sustancia de las condiciones actuales de un pasivo financiero existente o de una parte del mismo.
Baja en cuentas de pasivos financieros
La diferencia entre le importe en libros de un pasivo financiero (o de una parte del mismo) que ha sido cancelado o transferido a un tercero y la contraprestación pagada, incluyendo cualquier activo transferido diferente del efectivo o pasivo asumido, se reconocerá en el resultado del periodo.
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Clasificación de activos financieros
• Una entidad clasificará los activos financieros según se midan posteriormente a:
– costo amortizado o al
– valor razonable
sobre la base del:
• (a) modelo de negocio de la entidad para gestionar los activos financieros y
• (b) de las características de los flujos de efectivo contractuales del activo financiero.
Un activo financiero deberá medirse al costo amortizado si se cumplen las dos condiciones siguientes:
(a) El activo se mantiene dentro de un modelo de negocio cuyo objetivo es mantener los activos para obtener los flujos de efectivo contractuales.
(b) Las condiciones contractuales del activo
financiero dan lugar, en fechas especificadas, a flujos de efectivo que son únicamente pagos del principal e intereses sobre el importe del principal pendiente.
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• Un activo financiero deberá medirse al valor razonable, a menos que se mida al costo amortizado.
• A efectos de lo establecido en la norma
el interés es la contraprestación por el valor temporal del dinero y por el riesgo de crédito asociado con el importe del principal pendiente durante un periodo de tiempo concreto.
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Opción de designar un activo financiero al valor razonable con cambios en resultados
Una entidad puede, en el reconocimiento inicial, designar un activo financiero de forma irrevocable como medido al valor razonable con cambios en resultados si haciéndolo elimina o reduce significativamente una incoherencia de medición o reconocimiento (algunas veces denominada “asimetría contable”) que surgiría en otro caso de la medición de los activos o pasivos o del reconocimiento de las ganancias y pérdidas de los mismos sobre bases diferentes.
Clasificación de pasivos financieros Una entidad clasificará todos los pasivos financieros como medidos posteriormente al costo amortizado utilizando el método de interés efectivo, excepto por:
(a) Los pasivos financieros que se contabilicen al valor razonable con cambios en resultados. Estos pasivos, incluyendo los derivados que sean pasivos, se medirán con posterioridad al valor razonable.
(b) Los pasivos financieros que surjan por una
transferencia de activos financieros que no cumpla con los requisitos para su baja en cuentas o que se contabilicen utilizando el enfoque de la implicación continuada.
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Clasificación de pasivos financieros
(c) Los contratos de garantía financiera, tal como se definen en el Apéndice A.
Después del reconocimiento inicial, un emisor de dichos
contratos los medirá posteriormente [salvo que sea de aplicación el párrafo 4.2.1(a) o (b)] por el mayor de: – (i) el importe determinado de acuerdo con la NIC 37
Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes y
- (ii) el importe inicialmente reconocido (véase el párrafo 5.1.1) menos, cuando proceda, la amortización acumulada reconocida de acuerdo
con la NIC 18 Ingresos de actividades ordinarias.
Clasificación de pasivos financieros
(d) Compromisos de concesión de un préstamo a una tasa de interés inferior a la de mercado. Después del reconocimiento inicial, un emisor de dichos contratos los medirá [a menos que sea de aplicación el párrafo 4.2.1(a)] por el mayor de:
– (i) el importe determinado de acuerdo con la NIC 37 y
– (ii) el importe inicialmente reconocido (véase el párrafo 5.1.1) menos, cuando proceda, la amortización acumulada reconocida de acuerdo con la NIC 18.
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Opción de designar un pasivo financiero al valor razonable con cambios en resultados
Una entidad puede, en el reconocimiento inicial, designar de forma irrevocable un pasivo financiero como medido a valor razonable con cambios en resultados cuando lo permita la norma, o cuando hacerlo así dé lugar a información más relevante, porque:
(a) con ello se elimine o reduzca significativamente alguna incoherencia en la medición o en el reconocimiento (a veces denominada “asimetría contable”) que de otra forma surgiría al utilizar diferentes criterios para medir activos y pasivos, o para reconocer ganancias y pérdidas en los mismos sobre bases diferentes; o
Opción de designar un pasivo financiero al valor razonable con cambios en resultados
(b) un grupo de pasivos financieros o de activos financieros y pasivos financieros, se gestione y su rendimiento se evalúe según la base del valor razonable, de acuerdo con una estrategia de inversión o de gestión del riesgo documentada, y se proporcione internamente información sobre ese grupo, sobre la base del personal clave de la gerencia de la entidad (según se define en la NIC 24 Información a Revelar sobre Partes Relacionadas) como por ejemplo el consejo de administración y el director general de la entidad.
• La NIIF 7 requiere que la entidad proporcione información a revelar sobre pasivos financieros que haya designado como a valor razonable con cambios en resultados.
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Reclasificación
• Cuando, y solo cuando, una entidad cambie su modelo de negocio para la gestión de los activos financieros, reclasificará todos los activos financieros afectados.
• Una entidad no reclasificará pasivo financiero alguno.
Medición inicial
• En el reconocimiento inicial, una entidad medirá un activo financiero o pasivo financiero, por su valor razonable más o menos, en el caso de un activo financiero o un pasivo financiero que no se contabilice al valor razonable con cambios en resultados, los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la adquisición o emisión del activo financiero o pasivo financiero.
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Medición inicial
Sin embargo, si el valor razonable del activo financiero o pasivo financiero en el reconocimiento inicial difiere del precio de transacción, una entidad aplicará lo siguiente (el párrafo B5.1.2A.)
La mejor evidencia del valor razonable de un instrumento financiero, en el momento del reconocimiento inicial, es normalmente el precio de la transacción (es decir, el valor razonable de la contraprestación pagada o recibida, véase también la NIIF 13).
Medición inicial
Si una entidad determina que el valor razonable en el momento del reconocimiento inicial difiere del precio de la transacción , la entidad contabilizará ese instrumento en esa fecha de la forma siguiente:
a) si ese valor razonable se manifiesta por un precio cotizado en un mercado activo para un activo o utiliza solo datos de mercados observables. Una entidad reconocerá la diferencia entre el valor razonable en el momento del reconocimiento inicial y el precio de transacción como una ganancia o pérdida.
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Inversiones en instrumentos de patrimonio y contratos sobre dichas inversiones
Todas las inversiones en instrumentos de patrimonio y contratos relacionados con esos instrumentos deben medirse al valor razonable.
Sin embargo en circunstancias concretas el costo puede ser una estimación adecuada del valor razonable (ej.: cuando la información disponible es insuficiente)
Inversiones en instrumentos de patrimonio y contratos sobre dichas inversiones
Una entidad puede realizar en su reconocimiento inicial una elección irrevocable para presentar en otro resultado integral los cambios posteriores en el valor razonable de una inversión en un instrumento
de patrimonio que no sea mantenida para negociar.
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INSTRUMENTOS FINANCIEROS SIMPLES
NIC 39
Instrumentos financieros:
Reconocimiento y medición
129
NIC 39 – IF – Reconocimiento y Medición
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Objetivo:
Eliminado
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Alcance
Esta norma se aplicara a todas las entidades ya todos los tipos de instrumentos financieros, excepto a:
a) participaciones en subsidiarias, asociadas o negocios conjuntos
NIC 39 – IF – Definiciones relativas al reconocimiento y medición
132
Costo amortizado de un activo financiero o de un pasivo financiero
Medida inicial del AF o PF Menos
Reembolsos del principal más o menos
la amortización acumulada —calculada con el método de la tasa de interés efectiva— de cualquier diferencia entre el importe inicial y el valor de reembolso en el vencimiento,
menos cualquier deterioro del valor o incobrabilidad
Para los AF el V Razonable es más apropiado que el costo
amortizado
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NIC 39 – IF – Reconocimiento y Medición
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Método de la tasa de interés efectiva
Es la tasa que iguala exactamente los flujos de efectivo por cobrar o por pagar estimados a lo largo de la vida esperada del instrumento financiero con el importe neto en libros del activo o pasivo financiero.
Debe estimarse los flujos considerando todas las condiciones contractuales del IF pero no las pérdidas crediticias futuras.
NIC 39 – IF – Reconocimiento y Medición
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Costo Amortizado
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NIC 39 – IF – Reconocimiento y Medición
135
OBTENCION DEL COSTO AMORTIZADO
Método de la tasa de
interés efectiva
Lectura y desarrollo
caso 1
OBTENCION DEL COSTO AMORTIZADO
Caso 1 Se trata de una inversión en un préstamo realizado a un tercero independiente, en las siguientes condiciones: •Valor del préstamo: $1.000 • Plazo de devolución: 360 días •Tasa pactada: 18.8% total directa •Pago 12 cuotas iguales Determine la TIR involucrada en esta operación.
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NIC 39 – IF – Reconocimiento y Medición
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REFINANCIACION DE PASIVO FINANCIERO
Lectura y desarrollo caso 2
REFINANCIACION DE PASIVO FINANCIERO
CASO 2 Se trata de una deuda, cuya amortización final debía producirse dentro de 60 días. El valor nominal del titulo (valor a pagar en el momento de la amortización final), asciende a $ 1.000. Los componentes financieros no devengados (para obtener el valor contable del titulo) ascienden a $ 20. Acordamos con nuestros acreedores, el reemplazo de los mismos, por otro titulo con las características siguientes:
• Amortización total: al final de los próximos 4 años • Renta: fija a razón del 6% anual, pagadero al final de cada año
La tasa del pasivo original asciende al 14% efectivo anual
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NIC 39 – IF – Reconocimiento y Medición
139
DETERIORO DEL VALOR E INCOBRABILIDAD DE ACTIVOS FINANCIEROS MEDIDOS AL COSTO AMORTIZADO
Debe evaluarse al final de cada período sobre el que se informa si existe evidencia objetiva de
que un activo (o un grupo de AF) medidos a costo amortizado está desvalorizado como consecuencia de :
o un evento (o conjunto de eventos) que impacten los Flujos Futuros de Fondos
o Puede ser estimado en forma confiable o Pérdidas esperadas como resultado de eventos
futuros (no importa cuan probable sean) no deben reconocerse
NIC 39 – IF – Reconocimiento y medición
DETERIORO DEL VALOR E INCOBRABILIDAD DE ACTIVOS FINANCIEROS MEDIDOS AL COSTO AMORTIZADO
Cuando exista evidencia objetiva de que se ha incurrido en una pérdida por
deterioro del valor en activos financieros medidos al costo amortizado, el importe de la pérdida se medirá como la diferencia entre el importe en libros del activo y el valor presente de los flujos de efectivo futuros estimados (excluyendo las pérdidas crediticias futuras en las que no se haya incurrido), descontados con la tasa de interés efectiva original del activo financiero (la del reconocimiento inicial).
El importe en libros del activo se reducirá directamente o mediante una
cuenta correctora. El importe de la perdida se reconocerá en el resultado del periodo.
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NIC 39 – IF – Reconocimiento y Medición
141
DETERIOR DEL VALOR E INCOBRABILIDAD DE ACTIVOS FINANCIEROS MEDIDOS AL
COSTO AMORTIZADO: o Períodos posteriores:
Si disminuye la desvalorización debido a hechos ocurridos luego de la
desvalorización Debe reversarse la desvalorización sin superar el valor que hubieran tenido sin
desvalorización
• COBERTURAS
• CONTABILIDA DE COBERTURAS
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IFRS 7 Revelación de información
sobre instrumentos financieros
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar- Razones para emitir la NIIF:
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En los últimos años, las técnicas usadas por las entidades para medir y gestionar la exposición a los riesgos que surgen de los instrumentos financieros han evolucionado y nuevos conceptos y enfoques para la gestión del riesgo han ido ganando aceptación. Además, muchas iniciativas de los sectores público y privado han propuesto mejoras al marco de la información a revelar sobre los riesgos que surgen de los instrumentos financieros.
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar- Razones para emitir la NIIF
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Razones para emitir la NIIF El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) cree que los usuarios de los estados financieros necesitan información sobre la exposición de la entidad a los riesgos y sobre la forma en que se los gestionan. Dicha información puede influir en la evaluación del usuario sobre la situación financiera y el rendimiento financiero de la entidad o sobre el importe, el calendario y la incertidumbre de sus flujos de efectivo futuros. Una mayor transparencia con respecto a dichos riesgos permite que los usuarios hagan juicios más informados sobre el riesgo y el rendimiento
IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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OBJETIVO El objetivo de esta NIIF es requerir a las entidades que,
en sus estados financieros, revelen información que permita a los usuarios evaluar:
(a) la relevancia de los instrumentos financieros en la situación financiera y en el rendimiento de la entidad; y
(b) la naturaleza y alcance de los riesgos procedentes de los instrumentos financieros a los que la entidad se haya expuesto durante el periodo y lo esté al final del periodo sobre el que se informa, así como la forma de gestionar dichos riesgos.
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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OBJETIVO cont.
Los principios contenidos en esta NIIF complementan a los de reconocimiento, medición y presentación de los activos financieros y los pasivos financieros de la NIC 32 Instrumentos Financieros: Presentación y de la NIIF 9 Instrumentos Financieros
IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Alcance Esta NIIF se aplicará por todas las entidades, a todo tipo de instrumentos
financieros, excepto a:
(a) aquellas participaciones en subsidiarias, asociadas o negocios conjuntos, que se contabilicen de acuerdo con la NIIF 10 Estados Financieros Consolidados, NIC 27 Estados Financieros Separados, NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos. No obstante en algunos casos sí, como así también a los instrumentos derivados.
(b) Los derechos y obligaciones de los empleadores (NIC 19 Beneficios a los Empleados).
d) Los contratos de seguro, según se definen en la NIIF 4 Contratos de Seguro.
e) Los instrumentos financieros, contratos y obligaciones que surja de transacción con pagos basados en acciones (NIIF 2)
(f) Instrumentos que requieran ser clasificados como instrumentos de patrimonio
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Esta NIIF se aplicará tanto a los instrumentos financieros que se reconozcan contablemente como a los que no se reconozcan. Los instrumentos financieros Reconocidos comprenden activos financieros y pasivos financieros que estén dentro del alcance de la NIIF 9. Los instrumentos financieros no reconocidos comprenden algunos instrumentos financieros que, aunque están fuera del alcance de la NIIF 9, entran dentro del alcance de esta NIIF (como algunos compromisos de préstamo).
• Esta NIIF se aplicará a los contratos de compra o venta de una partida no financiera que esté dentro del alcance de la NIIF9.
Clases de instrumentos financieros y nivel de
información
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Cuando esta NIIF requiera que la información se suministre por clases de instrumentos financieros, una entidad los agrupará en clases que sean apropiadas según la naturaleza de la información a revelar y que tengan en cuenta las características de dichos instrumentos financieros.
Una entidad suministrará información suficiente para permitir la conciliación con las partidas presentadas en las partidas del estado de situación financiera.
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Relevancia de los instrumentos financieros en el Estado de situación financiera
Una entidad suministrará información que permita que los usuarios de sus estados financieros evalúen la relevancia de los instrumentos financieros en su situación financiera y en su rendimiento.
IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
152
Relevancia de los instrumentos financieros
Estado de situación financiera
Se revelará ya sea en el estado de situación financiera o en las notas:
• (a) Activos financieros medidos al valor razonable con cambios en resultados, mostrando por separado:
(i) los designados como tales en el momento de su reconocimiento inicial, y
(ii) los medidos obligatoriamente al valor razonable de acuerdo con la NIIF 9.
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Relevancia de los instrumentos financieros
Estado de situación financiera
Se revelará ya sea en el estado de situación financiera o en las notas cont.
(e) Pasivos financieros al valor razonable con cambios en resultados, mostrando por separado: (i) los designados como tales en el momento de su reconocimiento inicial, y (ii) los que cumplan la definición de mantenidos para negociar de la NIIF 9.
(f) activos financieros medidos al costo amortizado.
(g) pasivos financieros medidos al costo amortizado.
(h) activos financieros medidos al valor razonable con cambios en otro resultado integral.
IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
154
Activos financieros o pasivos financieros al valor razonable con cambios en resultados:
Si la entidad ha designado como medido al valor razonable un activo financiero (o grupo de activos financieros) que en otro caso sería medido al costo amortizado, revelará:
• (a) El máximo nivel de exposición al riesgo de crédito al final del periodo sobre el que se informa.
• (b) El importe por el que se mitiga dicho máximo nivel de exposición al riesgo de crédito mediante el uso de derivados de crédito o instrumentos similares.
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Activos financieros o pasivos financieros al valor razonable con cambios en resultados:
(c) El importe de la variación, durante el período y la acumulada, del valor razonable del activo financiero (o del grupo de activos financieros) que sea atribuible a las variaciones en el riesgo de crédito del activo financiero, determinado como:
(i) el importe de la variación del valor razonable que no sea atribuible a cambios en las condiciones de mercado que dan lugar a riesgo de mercado; o
(ii) el importe que resulte de la aplicación de un método alternativo, si la entidad cree que de esta forma representa más fielmente la variación del valor razonable que sea atribuible a cambios en el riesgo de crédito del activo.
IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a
revelar
156
Activos financieros o pasivos financieros al valor razonable con cambios en resultados:
Los cambios en las condiciones de mercado que ocasionan riesgo de mercado incluyen las variaciones en una tasa de interés (de referencia) observada, en el precio de una materia prima cotizada, en una tasa de cambio de moneda extranjera o en un índice de precios o tasas.
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Activos financieros o pasivos financieros al valor razonable con cambios en resultados:
Si la entidad ha designado un pasivo financiero como a valor razonable con cambios en resultados y se requiere que presente los efectos de cambios en ese riesgo de crédito del pasivo en
otro resultado integral revelará:
(a) El importe del cambio, de forma acumulada en el valor razonable del pasivo financiero que es atribuible a cambios en el riesgo de crédito de ese pasivo
(b) Las razones para utilizar esta presentación alternativa.
Activos financieros o pasivos financieros al valor razonable con cambios en resultados:
Si una entidad ha designado un pasivo financiero como a valor razonable con cambios en resultados (NIIF 9) y se requiere que presente todos los cambios en el valor razonable de ese pasivo (incluyendo los efectos de cambios en el riesgo de crédito del pasivo) en el resultado del periodo, revelará:
(a) El importe del cambio, durante el periodo y de forma acumulada, en el valor razonable del pasivo financiero que es atribuible a cambios en el riesgo de crédito de ese pasivo; y
(b) la diferencia entre el importe en libros del pasivo financiero y el importe que la entidad estaría obligada contractualmente a pagar al tenedor de la obligación, en el momento del vencimiento.
IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Activos financieros medidos al valor razonable con cambios en resultados:
Si la entidad ha designado instrumentos de patrimonio a medir a valor razonable con cambios en resultados y se requiere que presente los efectos de cambios en ese riesgo de crédito del pasivo en otro resultado integral revelará:
(a) Qué inversiones en instrumentos de patrimonio se han designado a medir a valor razonable con cambios en otro resultado integra.
(b) Las razones para utilizar esta presentación alternativa.
IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
Activos financieros o pasivos financieros al valor razonable con cambios en resultados:
(c) El valor razonable de cada una de estas inversiones al final del periodo sobre el que se informa.
(d) Los dividendos reconocidos durante el periodo, mostrando por separado los relacionados con inversiones dadas de baja en cuentas durante el periodo sobre el que se informa y las relacionadas con inversiones mantenidas al final del periodo sobre el que se informa.
(e) Cualquier transferencia de ganancias o pérdidas acumuladas dentro del patrimonio durante el periodo incluyendo la razón para estas transferencias.
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Reclasificación
Una entidad revelará si, en los periodos sobre los que se informa actual o anteriores, se ha reclasificado cualquier activo financiero.
Para cada uno de estos sucesos, una entidad revelará:
La fecha de reclasificación.
Una explicación detallada del cambio en el modelo de negocio y una descripción cualitativa de su efecto sobre los estados financieros de la entidad.
El importe reclasificado a cada una de esas categorías o fuera de éstas.
IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
162
Reclasificación
Para cada periodo, sobre el que se informa, siguiente a la reclasificación hasta la baja en cuentas, una entidad revelará para los activos reclasificados de forma que se midan al costo amortizado:
(a) La tasa de interés efectiva determinada en la fecha de la reclasificación; y
(b) el ingreso o gasto por intereses reconocido.
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Reclasificación
Si una entidad ha reclasificado los activos financieros de forma que se miden al costo amortizado desde su último periodo anual sobre el que se informa, revelará:
(a) el valor razonable de los activos financieros al final del periodo sobre el que se informa; y
(b) la ganancia o pérdida del valor razonable que tendría que haber sido reconocido en el resultado del periodo durante el periodo sobre el que se informa si los
activos financieros no se hubieran reclasificado.
IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Estado de resultado integral Partidas de ingresos, gastos, ganancias o perdidas
Una entidad revelará las siguientes partidas de ingresos, gastos, ganancias o
pérdidas, ya sea en el estado del resultado integral o en las notas: (a) Ganancias o pérdidas netas por: (i) activos financieros o pasivos financieros medidos al valor razonable
con cambios en resultados, mostrando de forma separada las correspondientes a los activos financieros o pasivos financieros designados como tales en el reconocimiento inicial, y las de los activos financieros o pasivos financieros que se hayan medido obligatoriamente al valor razonable de acuerdo con la NIIF 9 (por ejemplo pasivos financieros que cumplen la definición de mantenidos para negociar de la NIIF 9). Para activos financieros designados como a valor razonable con cambios en resultados, una entidad mostrará por separado el importe de ganancias o pérdidas reconocidas en otro resultado integral y el importe reconocido en el resultado del periodo.
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Estado de resultado integral Partidas de ingresos, gastos, ganancias o perdidas
(v) pasivos financieros medidos al costo amortizado. (vi) activos financieros medidos al costo amortizado. (vii) activos financieros medidos al valor razonable con cambios en
otro resultado integral.
(b) Importes totales de los ingresos y de los gastos por intereses (calculados utilizando el método de la tasa de interés efectiva) producidos por los activos financieros que se miden al costo amortizado o los pasivos financieros que no se midan al valor razonable con cambios en resultados.
IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Estado de resultado integral Partidas de ingresos, gastos, ganancias o perdidas
(c) Ingresos y gastos por comisiones (distintos de los importes incluidos al determinar la tasa de interés efectiva) que surjan de:
(i) activos financieros medidos al costo amortizado o pasivos financieros
que no se midan al valor razonable con cambios en resultados; y (ii) actividades fiduciarias o de administración que supongan la tenencia
o inversión de activos por cuenta de individuos, fideicomisos, planes de prestaciones por retiro u otras instituciones;
(d) ingresos por intereses sobre activos financieros deteriorados,
devengados (e) el importe de las pérdidas por deterioro para cada clase de activo
financiero.
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Otra información a revelar:
Políticas contables
Contabilidad de cobertura
Valor razonable
IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
168
Naturaleza y alcance de los riesgos que surgen de los instrumentos financieros
Naturaleza y alcance de los riesgos que surgen de los instrumentos financieros. Una entidad revelará información que permita que los usuarios de sus estados financieros evalúen la naturaleza y el alcance de los riesgos que surgen de los instrumentos financieros a los que la entidad esté expuesta al final del periodo sobre el que se informa.
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Naturaleza y alcance de los riesgos que surgen de los instrumentos financieros
Información cualitativa
Información cuantitativa
Riesgo de crédito
Riesgo de liquidez
Riesgo de mercado
IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Naturaleza y alcance de los riesgos que surgen de los instrumentos financieros
Información cualitativa
• Para cada tipo de riesgo que surja de los instrumentos financieros, una entidad revelará:
• (a) las exposiciones al riesgo y la forma en que éstas surgen
• (b) sus objetivos, políticas y procesos para la gestión del riesgo, así como los métodos utilizados para medirlo; y
• (c) cualesquiera cambios habidos en (a) o (b) desde el período precedente
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
171
Naturaleza y alcance de los riesgos que surgen de los instrumentos financieros
Información cuantitativa
Una entidad revelará para cada tipo de riesgo:
Datos cuantitativos resumidos acerca de su exposición al riesgo al final de periodo sobre el que se informa.
Estará basada en la información que se suministre al personal clave de la dirección de la entidad.
IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
172
Naturaleza y alcance de los riesgos que surgen de los instrumentos financieros
Riesgo de crédito
Una entidad informará para cada clase de instrumento financiero:
El importe que mejor represente su máximo nivel de exposición al riesgo de crédito al final del periodo sobre el que se informa
La descripciones las garantías colaterales tomadas para asegurar el cobro y de otras mejoras para reducir el riesgo de crédito y sus efectos financieros
Información acerca de la calidad crediticia de los activos financieros que no estén en mora ni deteriorados en su valor.
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Naturaleza y alcance de los riesgos que surgen de los instrumentos financieros
Riesgo de liquidez
Una entidad revelará: Un análisis de vencimientos para pasivos financieros no derivados (incluyendo contratos de garantía financiera emitidos) que muestre los vencimientos contractuales remanentes. Un análisis de vencimientos para pasivos financieros derivados. El análisis de vencimientos incluirá los vencimientos contractuales remanentes para aquellos pasivos financieros derivados en los que dichos vencimientos contractuales sean esenciales para comprender el calendario de los flujos de efectivo (véase el párrafo B11B). Una descripción de cómo gestiona el riesgo de liquidez inherente en (a) y (b).
IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
174
Naturaleza y alcance de los riesgos que surgen de los instrumentos financieros
Riesgo de mercado
Análisis de sensibilidad
Una entidad en principio revelará:
(a) un análisis de sensibilidad para cada tipo de riesgo de mercado al que la entidad esté expuesta al final del periodo sobre el que se informa, mostrando cómo podría verse afectado el resultado del período y el patrimonio debido a cambios en la variable relevante de riesgo, que sean razonablemente posibles en dicha fecha;
(b) los métodos e hipótesis utilizados al elaborar el análisis de sensibilidad; y
(c) los cambios habidos desde el período anterior en los métodos e hipótesis utilizados, así como las razones de tales cambios.
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IFRS 7 – Instrumentos financieros: Información a revelar
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Naturaleza y alcance de los riesgos que surgen de los instrumentos financieros Riesgo de mercado
Salvo que una entidad cumpla lo establecido en el párrafo 41, revelará: (a) un análisis de sensibilidad para cada tipo de riesgo de mercado al que
la entidad esté expuesta al final del periodo sobre el que se informa, mostrando cómo podría verse afectado el resultado del período y el patrimonio debido a cambios en la variable relevante de riesgo, que sean razonablemente posibles en dicha fecha;
(b) los métodos e hipótesis utilizados al elaborar el análisis de sensibilidad; y
(c) los cambios habidos desde el período anterior en los métodos e hipótesis utilizados, así como las razones de tales cambios.
Salvo que la entidad elaborase un análisis de sensibilidad, tal como el del valor en riesgo, que reflejase las interdependencias entre las variables de riesgo (por ejemplo, entre las tasas de interés y de cambio) y lo utilizase para gestionar riesgos financieros, podrá utilizar ese análisis de sensibilidad en lugar del especificado en el párrafo anterior.
IFRS 7 – IF Revelación
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“Defaults” e incumplimientos
• Para Préstamos a Pagar reconocidos a la fecha de cierre, debe revelarse:
– Detalle de los incumplimientos durante el período tanto de capital como de intereses
– Importe en libros de los préstamos por pagar que estén en “default” a la fecha de cierre
– Si el incumplimiento ha sido corregido o los términos del préstamo renegociado antes de la fecha de publicación de los Estados
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IFRS 7 – IF Revelación
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“Defaults” e incumplimientos
• Si durante el período hubo otros incumplimientos de términos contractuales debe revelarse la misma información si el acreedor tenía derecho a un pago anticipado a los vencimientos originales a menos que el incumplimiento hubiera sido resuelto hasta la fecha de publicación de los Estados
• Análisis de caso: Molinos Río de la Plata SA ejercicio finalizado el 31/12/12.
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NIC 19 – Beneficios a empleados
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 179
NIC 19 – Beneficios a empleados
Objetivos Se obliga a las empresas a reconocer:
– un pasivo cuando el empleado ha prestado los servicios a cambio del derecho de recibir pagos en el futuro; y
– un gasto cuando la empresa ha consumido el beneficio económico procedente del servicio prestado por el empleado a cambio de los beneficios en cuestión
Alcance: Tratamiento contable y la información a revelar sobre las retribuciones a los empleados (excepto NIIF 2). Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 180
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NIC 19 – Beneficios a empleados
Categorías de beneficios a empleados • Retribuciones a corto plazo: sueldos, salarios y
contribuciones sociales, permisos remunerados varios y por enfermedad, participación en ganancias e incentivos y retribuciones no monetarias (asistencia médica, disfrute de casas, coches y la disposición de bienes o servicios gratuitos) que se esperan liquidar totalmente antes de los 12 meses siguientes del período anual en que los empleados prestaron el servicio.
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 181
NIC 19 – Beneficios a empleados
Categorías de beneficios a empleados • Beneficios post-empleo
Beneficios por retiro: pensiones y pagos únicos
por retiro Otros beneficios post-empleo: seguros de vida y
atención médica para los retirados
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 182
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NIC 19 – Beneficios a empleados
Categorías de beneficios a empleados • Otros beneficios a empleados a largo plazo para
los empleados: permisos remunerados después de largos periodos de servicio como vacaciones o años sabáticos, premios de antigüedad u otros beneficios por largo tiempo de servicio, los beneficios por incapacidad permanente.
• Beneficios por terminación (antes del contrato de la fecha normal de retiro)
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 183
NIC 19 – Beneficios a empleados
Tratamiento contable – Beneficios a CP
Debe reconocer las retribuciones a corto plazo a los empleados cuando el trabajador haya prestado el servicio que le da derecho a tales retribuciones:
– como un pasivo: deduciendo cualquier pago
– como un gasto (excepto que sea activable como costo de un bien)
Los valores son nominales (sin descontar)
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 184
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NIC 19 – Beneficios a empleados
Beneficios a corto plazo a empleados por ausencias retribuidas
Acumulativas: en el caso de ausencias retribuidas cuyos derechos
se van acumulando , a medida que los empleados prestan el servicio que incrementan su derecho a ausencias retribuidas en el futuro
Registración del costo esperado de las ausencias
retribuidas acumuladas, dado por los importes adicionales que espera pagar, a medida que los empleados prestan los servicios que les permiten disfrutar de futuros permisos retributivos.
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 185
NIC 19 – Beneficios a empleados
Beneficios a corto plazo a empleados
No acumulativas:
No se trasladan al futuro: caducan si no son utilizados enteramente durante el ejercicio corriente y no dan derecho a los empleados a cobrar el importe de los mismos en caso de abandonar la empresa
Registración cuando tales ausencias retribuidas se hayan producido efectivamente.
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 186
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NIC 19 – Beneficios a empleados Ejemplo con beneficios acumulativos:
Una entidad tiene 100 empleados, cada uno de los cuales tiene derecho a ausentarse cinco días laborables al año por enfermedad. Los derechos correspondientes no utilizados pueden ser trasladados y disfrutados durante el año siguiente. Las sucesivas ausencias son deducidas, en primer lugar, de los derechos del año corriente, y luego se aplican los derechos no utilizados en el año anterior (una base LIFO). A 31 de diciembre del año 20X1, el promedio de derechos no utilizados por los empleados es de dos días por trabajador. La entidad espera, a partir de la experiencia acumulada, que se espera continuará en el futuro, que 92 empleados harán uso de no más de cinco días de ausencia retribuida por enfermedad corta en el periodo 20X2, mientras que los restantes ocho empleados se tomarán un promedio de seis días y medio cada uno.
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 187
NIC 19 – Beneficios a empleados
• SOLUCIÓN:
La entidad espera pagar una cantidad adicional equivalente a 12 días de ausencia retribuida por enfermedad corta, como resultado de los derechos no utilizados que tiene acumulados a 31 de diciembre del año 20X1 (un día y medio por cada uno de los ocho empleados). Por tanto, la entidad reconocerá un pasivo igual a 12 días de ausencia retribuida por enfermedad corta.
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 188
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NIC 19 – Beneficios a empleados Participación en ganancias y planes de incentivos Debe reconocer el costo esperado de la
participación en ganancias o de los planes de incentivos cuando:
• tiene una obligación presente, legal o implícita, de hacer tales pagos como consecuencia de sucesos ocurridos en el pasado; y
• puede realizar una estimación fiable del valor de tal obligación.
Existe una obligación presente cuando, y sólo cuando, la empresa no tiene otra alternativa realista que hacer frente a los pagos correspondientes
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 189
NIC 19 – Beneficios a empleados Estimación fiable del valor de la obligación
Se podrá realizar si:
• los términos formales de los planes contengan una fórmula para determinar el importe del beneficio; o
• la entidad determine los importes a pagar antes de que los estados financieros sean autorizados para su emisión; o
• la experiencia pasada suministre evidencia clara sobre el importe de la obligación implícita
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 190
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• Las obligaciones relacionadas con los planes de participación en ganancias e incentivos son consecuencia de los servicios prestados por los empleados, no de transacciones con los propietarios de la entidad. Por tanto, una entidad reconocerá el costo de planes de participación en ganancias e incentivos, como un gasto y no como una distribución de la ganancia.
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 191
NIC 19 – Beneficios a empleados
Ejemplo de participación en ganancias:
Un plan de participación en las ganancias requiere que una entidad pague una porción específica de sus ganancias netas del período a los empleados que hayan prestado sus servicios durante el año.
Si ningún empleado abandona la entidad durante el año, el total de pagos por participación en las ganancias ascenderá al 3% de las ganancias. La entidad estima que la rotación del personal reducirá los pagos al 2,5% de las ganancias.
La entidad reconocerá un pasivo y un gasto por el 2,5% de las ganancias
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 192
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NIC 19 – Beneficios a empleados Beneficios post-empleo: son acuerdos por los cuales
una entidad proporciona beneficios posteriores al período de empleo.
Pueden ser:
Beneficios por retiros (ej. pensiones)
Otros beneficios (ej. seguros de vida, atención médica, etc.)
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 193
NIC 19 – Beneficios a empleados Beneficios post-empleo Se pueden clasificar como (de acuerdo a su esencia
económica): a) planes de aportaciones definidas y b) planes de beneficios definidos Planes de aportaciones definidas: El ente hace aportaciones de carácter predeterminado a
un ente separado (un fondo) y no tiene obligación legal ni implícita de realizar aportaciones adicionales, en el caso de que el fondo no tenga suficientes activos para atender los beneficios a los empleados que se relacionan con los servicios que han prestado en el ejercicio corriente y en los anteriores (el riesgo actuarial y el riesgo de inversión son asumidos, en sustancia, por el empleado).
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 194
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• Reconocimiento y medición:
Reconocerá simultáneamente como:
Un pasivo después de deducir cualquier importe ya satisfecho; y
Un gasto ( a menos que sea activable como costo de un activo).
No se descontarán, a menos que no se esperen liquidar totalmente después de 12 meses tras el período anual.
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 195
NIC 19 – Beneficios a empleados Beneficios post-empleo Planes de beneficios definidos: Son planes post-empleo diferentes de los planes de
aportaciones definidas. Tanto el riesgo actuarial (que los beneficios tengan un
costo mayor al esperado) como el riesgo de inversión son asumidos, esencialmente, por la propia entidad.
Su contabilización es compleja ya que se necesitan suposiciones actuariales para medir las obligaciones contraídas y el gasto de cada período, y además puede obtenerse ganancias o pérdidas actuariales. También las obligaciones se miden por su valor descontado (no se desarrollará en este ciclo introductorio)
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 196
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NIC 19 – Beneficios a empleados Otros Beneficios a largo plazo Se incluyen: Ausencias remuneradas a LP (vacaciones
especiales tras largos años de vida activa o años sabáticos)
• Premios de antigüedad u otros por largo tiempo de servicio
• Beneficios por invalidez permanente • Participación en ganancias e incentivos a pagar
después de los 12 meses del cierre • Retribuciones diferidas
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 197
NIC 19 – Beneficios a empleados Prestaciones a largo plazo – Registración medición
Su medición no está sujeta, normalmente, al mismo grado de incertidumbre que los beneficios post-empleo.
Sus cambios, raramente introducen un monto significativo de costo del servicio pasado.
Por ello, se requiere un método simplificado para registrarlo.
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 198
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NIC 19 – Beneficios a empleados Prestaciones a largo plazo – Diferencias con post
empleo
Las ganancias y pérdidas actuariales se reconocen inmediatamente (sin posibilidad de “banda fluctuación”)
Todo el costo de servicio pasado se reconoce en forma inmediata
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 199
NIC 19 – Beneficios a empleados Prestaciones a largo plazo – Medición
Pueden no estar cubiertos con un fondo específico, o pueden estarlo parcial o totalmente
Debe reconocerse el pasivo (mediante cálculos actuariales) y el valor corriente del activo afectado a esos planes
Debe atribuir los resultados al servicio activo del empleado
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 200
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101
NIC 19 – Beneficios a empleados Prestaciones a largo plazo – Medición Pasivo y activo
Pasivos legales e implícitos (que se deriven de prácticas habituales del ente)
a) Determinar el VAFF del pasivo, menos
b) el V Razonable de los activos del plan (si hubiera)
Usa el método de la unidad de crédito proyectado para medir el VAFF del pasivo y el costo por los servicios prestados en el período actual
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 201
NIC 19 – Beneficios a empleados Ejemplo ilustrativo del método de unidades proyectadas
La entidad debe pagar, al finalizar el periodo de contrato de sus trabajadores, un beneficio consistente en una suma única de dinero, igual a un 1 por ciento del salario final por cada año de servicio. El salario del año 1 es de 10.000 u.m. y se supone que aumentará a razón del 7 por ciento anual compuesto. La tasa de descuento utilizada es el 10 por ciento anual. La tabla siguiente muestra cómo se conforma la obligación por un empleado que se espera que abandone la entidad al final del año 5, suponiendo que no se produzcan cambios en las suposiciones actuariales. Por razones de simplicidad, este ejemplo ignora el ajuste adicional que sería necesario para reflejar la probabilidad de que el empleado puede abandonar la entidad en una fecha anterior o posterior.
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 202
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AÑO 1 2 3 4 5
Beneficios atribuidos a:
años anteriores 0 131 262 393 524
período corriente (1% sal fin) 131 131 131 131 131
total período corriente y anteriores 131 262 393 524 655
Importe inicial de la oblig 0 89 196 324 476
interés 10% 0 9 20 33 48
costo de los servicios período corriente 89 98 108 119 131
importe final de la obligación 89 196 324 476 655
SOLUCIÓN
Cras. Ana María Giorla y María Diva Ferreri 203
NIC 19 – Beneficios a empleados Prestaciones a largo plazo – Medición
Gastos e ingresos atribuibles al resultado del período
a) El costo del servicio del período corriente
b) El costo por intereses
c) El rendimiento esperado de los activos del plan y de cualquier derecho de reembolso
d) Las ganancias y pérdidas actuariales (total e inmediatamente)
e) El costo del servicio pasado (total e inmediatamente)
f) El efecto de cualquier reducción o liquidación
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NIC 19 – Beneficios a empleados Beneficios por terminación del contrato En las indemnizaciones por cese, el suceso que da
lugar a la obligación de pago es la conclusión del contrato.
Debe reconocer las retribuciones derivadas de la rescisión del contrato cuando ha adquirido el compromiso de:
• rescindir el contrato laboral antes de las fechas normales de retiro;
• pagar beneficios por cese por una oferta hecha a los empleados para conseguir la rescisión voluntaria de sus contratos
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NIC 19 – Beneficios a empleados Beneficios por terminación del contrato La empresa que ha contraído el compromiso de
rescisión cuando cuenta con un plan formal y detallado propuesto a los trabajadores, sin posibilidad de retirarlo, incluirá:
a) ubicación, función y número aproximado de empleados cuyos servicios se van a dar por terminados
b) Los beneficios por terminación por cada clase de empleo o función
c) El momento en el que será implantado el plan
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Reconocimiento:
Una entidad reconocerá un pasivo y un gasto por beneficios por terminación en la primera de las siguientes fechas:
a) cuando la entidad ya no pueda retirar la oferta de esos beneficios; y
b) el momento en que la entidad reconozca los costos por una reestructuración (NIC 37) e involucre el pago de los beneficios por terminación
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Medición
• Una entidad medirá los beneficios por terminación en el reconocimiento inicial y medirá y reconocerá cambios posteriores, de acuerdo con la naturaleza del beneficio.
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NIC 19 – Beneficios a empleados Beneficios por terminación del contrato Si las indemnizaciones se fueran a pagar después
de 12 meses de la fecha del balance, debe procederse a descontar su valor.
En la rescisión voluntaria de los contratos por parte de los empleados, la valoración de las indemnizaciones por cese debe basarse en el número esperado de empleados que se acogerán.
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• Análisis de caso: Molinos Río de la Plata SA ejercicio finalizado el 31/12/12.
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