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CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGIA SOCIAL L'ii Cli:SM CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 1 de febrero de 2015 31 de enero de 2017 SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL

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CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGIA SOCIAL

L'ii Cli:SM

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO

1 de febrero de 2015 31 de enero de 2017

SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS

SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL

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Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social

CIESAS

Agustín Escobar Lmapí Director General

María Isabel Campos Uocnaga Direc/ora Académica

Ma. Locra Aracel i Mcndoza fernándcz Directora de Vinrnlació11

Fabián Eli Garcia Becc1Til Director de Admi1Jistmción

Sindicato Único de Trabajadores del Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social

SUTCIESAS

Ricardo Mejía Delgado Secretario General

Juan Pctronilo Ramírcz Celestino Secretario de Trabajo y C01r/Tictos

Elvira RamírezJuárcz Secretaria de Organización y Actas

José López González Secre/ario de Relaciones. Cultura y Solidaridad

Valentina Garza Martínez Secretario de Asunlos Académicos

El isa Teresa Barra Reyes Secrelaria de Finanzas

Contrato Colectivo de Trabajo que celebran el Centro de Investigaciones y Estudios Supc1io­res en Antropología Social, Organismo Público Descentralizado, con personalidad jurídica y patiimonio propio, con domicilio en Calle .Juárez número 87, Colonia Tla lpan, Delegación Tlalpan, Código Postal 14000, México, Distri­to Federal, y el Sindicato Único de Trabajado­res del Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social, organismo legalmente registrado ante la SecretaJÍa del Tra­bajo y Previsión Social con domicilio en Calle Juárez número 87, Colonia Tlalpan, Delegación Tlalpan, Código Postal l 4000, México, Distri­to Federal.

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ÍNDICE

CAPÍTULO l. DlSPOSICIONES GENERALES

Cláusula l. Objeto y ámbito de aplicación ....................................................... 11 Cláusula 2. Definiciones ................................................... ................................ 1 1 Cláusula 3. Vigencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 Cláusula 4. Titularidad ........................................................... , .......... ............... 12 Cláusula 5. Representantes .................................................... , ................ , ........ 12 Cláusula 6. lnafcctabilidad de la relación de trabajo ......................................... 13

CAPÍTULO II. DELJNGRESO Y LA PERMANENCIA

Cláusula 7. Naturaleza de la relación de trabajo ................. ....... ....................... 14 Cláusula 8. Personal de confianza y de base .................................................... 14 Cláusula 9. La relación de trabajo en el CIESAS puede ser: ............................. 14 Cláusula I O. Derecho de antigüedad ................................................ ................... 14 Cláusula 11. Requisitos para el ingreso del personal .......................................... 15 Cláusula 12. Clasificación de los trabajadores .................................................... 15 Cláusula 13. Vacantes .................................................................................... ..... 15 Cláusula 14. Derechos de preferencia de los trabajadores en vacantes y

nuevo ingreso . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 Cláusula 15. Derechos de los trabajadores extranjeros ....................................... 16 Cláusula 16. Derechos de los trabajadores contratados por terceros ................. 16 Cláusula 17. Contrato individual de trabajo ......................... ...... ........................ 16 Cláusula 18. Suspensión, terminación y rescisión .......... , .. ................... ... ........... 16 Cláusula 19. Investigación administrativa .......................................................... 16 Cláusula 20. Contratos por servicios profesionales ........................................... 16

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t, C01'TR/\TO COLC.(TIVO DE TRABAJO 20 15-2017 ÍNDICE 7

CAPÍTULO W. CON DlCJONES DE TRABAJO Cláusula 55. Gratificat: ión por antigüedad ......................................................... 25

Cláusula 21. Duración de la Jornada de Trabajo ................................................. 17 Cláusula 22. Duración de la jornada y lugar de trabajo del

personal académico ................. ...................................... ................. 17 Cláusula 23. Días de descanso obligatorio .......................................... .. .............. 1 7 Cláusula 2-t Días económicos ............ .. ............................. , ............................... 18 Cláusula 25. Periodo vacacional ..................... .......... .......................................... 18 Cláusula 26. Incrementos salariales .................................................................... 18 Cláusula 27. Áreas para consumo de a limentos .................... ............................. J 8

Cláusula 28. Servicio médico .................................... ....................... .. .. ............... 18 Cláusula 29. Prestaciones del ISSSTE ............................................................... 19 Cláusula 30. Prima vacacional ............................................................................ 19 C láusula J 1. Prima de antigüedad ............. , .............................................. , .. ....... 19

Cláusula 56. Ayuda para transporte ...... ............................................................ 26

Cláusula 57. Becas C IESAS .............................................................................. 26

Cláusula 58. Apoyo por concluir estudios fo1males ....... .................................. 26

Cláusula 59. Jmprcsión de tesis .... .................................. ........... ........................ 27

Cláusula 60. Seguro para automóviles ........ ............................................... ....... 27

Cláusula 61. Accidente de ira bajo ............................................. ....................... 27

Cláusula 62. Ropa y uni forme de trabajo ... .............................. ....................... 28

Cláusula 63. Estímulo al personal administrativo .............................................. 28

Cláusula 64. Estímulo a l personal de apoyo ...................................................... 28

Cláusula 65. Pago por estímulo por cursos de capacitación ...................... ... ... .. 28 Cláusula 66. Apoyo para adquirir equipo de cómputo ..................................... 28

Cláusula 67. Del programa de capacitación ....................................................... 29

Cláusula 32. Seguro colectivo ele retiro ........... ................................................... 19 Cláusula 33. Seguro de vida ....................... .............................. .......................... 19 CAPÍTULO IV LICENCIAS Y PERMISOS Cláusula 34. Prima dominical ...................................... ........................ .............. 20

Cláusula 35. Pago por defunción del trabajador ................................................. 20

Cláusula 36. Pago por ajuste de calcndatio ...... .. .......... , .. ......... ..................... ..... 20

Cláusula 37. Aguinaldo ........................................... ............................ ............... 20

Cláusula 38. Pago de días de coincidencia ............................. .... ......................... 20

Cláusula 68. Licencias ..................................................................... ............ .. ..... 30

Cláusula 69. Licencia de maternidad ............ ..................................................... 30

Cláusula 70. Permiso por defunción de familiar ..................... ......... .................. 31

Cláusula 39. Pago de días económicos no clisfrntados .......... ............................. 21 Cláusula 40. Despensa ............................................................ ......................... 2 1 CAPÍTULO Y. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PAKfES Cláusula 41. Servicio de guardería ......... ... ......................................................... 21

Cláusula 42. Ayuda para actividades sociales, culturales y deportivas ............. 21

Cláusula 43. Material didáctico ............................ ............................................. 22

Cláusula 44. Gratificación porjubilación ........................................................... 22

Cláusula 45. Estímulo por puntualidad y as istencia ...................... .. .................. 22

Cláusula 46. Seguro de gas to~ médicos mayores .......................... ..................... 22

Cláusula 47. Ayuda para úti les escolares .................... ..... .................................. 23

Cláusula 48. Ayuda para compra de libros .................. .............. ........................ 23 Cláusula 49. Aparatos ortopédicos, audit ivos. si llas de ruedas y

Cláusula 71. Obligaciones de los trabajadores: ............. ..................................... 32

Cláusula 72. Derechos de los trabajadores ............ ............................................. 33

Cláusula 73. Efectos del cambio de fu ncionarios ............................................... 33

Cláusula 74. Son derechos de los trabajadores: .................................................. 33

Cláusula 75. l nca¡Jacidad por accidente o enfen11edad parcial o permanente .... 35

Cláusula 76. Derechos de los trabajadores académicos: ......... ............................ 35

Cláusula 77. Explicación de descuentos sobre impuestos ..... ....... ..................... 36

Cláusula 78. Derecho a la información ....... ........................................................ 36 prótesis incluyendo las dentales ..................................... .. ... ......... 23

Cláusula 50. Campaiia de vacunación de temporada ..................... ...... .. ... ....... .. 24

Cláusula 51. Grat ificación por renuncia ............................................................. 24

Cláusula 52. Anteojos o lentes de contacto ........... , ........................ .. .. .. .. ......... .. 24

Cláusula 53. Canasti Ita de maternidad ........................................... ................... 24

C láusula 54. Ayuda por defunción de fam iliares ........ ...... ................................. 25

Cláusula 79. Evaluac ión del trabajador académico, de la trayectoria y la apelación ........................................................ ........................ 36

Cláusula 80. Libertad de catedra e investigación ................................................ 36 Cláusula 81. Derecho de igualdad ....................................... ........................... ... 3 7

Cláusula 82. Igualdad de oportunidades para el personal académico ........... ...... 3 7

Cláusula 83. Medios de apoyo al trabajo de invest igación y archivo ................ 37

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H CON'I RATO CO LECTIVO DE TRABAJO 2015-2017

Clúusula 84. Participación en eventos ............................................................... 37 Cl:h1~ula 85. Difusón de la investigación ........................................................... 37 Clausula 86. Financiamiento para la investigación .............................. ............... 38 Ckiusula 87. Derechos de autor ......................................................................... 38 Cláusula 88. Año sabático ................................................................................. 38 Cláusula 89. Respaldos de infomiación .................................... ....... .................. 38

CAPÍTULO Vl. APOYOS A LA ORGANIZACIÓN SINDICAL Y DERECHOS COLECTIVOS

Cláusula 90. Asambleas Sindicales ..... ............................ .......................... ......... 39 Cláusula 91. Facilidades para la actividad sindical .......................... ................... 39 Cláusula 92. Sobre el uso de instalaciones ........................................................ 39 Cláusula 93. Red de Internet ................................................................. ............. 39 Cláusula 94. Caja de ahorro ................................................................ ............... 39 Cláusula 95. Cuotas sindicales .................. .............................................. ........... 40 Cláusula 96. Apoyo en infraestructura ..................................................... ......... 40 Cláusula 97. Apoyo para eventos de fonnación s indical ................................... 40 Cláusula 98. Publicación del Contrato Colectivo ............................................... 40

CAPÍTULO VTI. COMISIONES MIXTAS

Cláusula 99. Comisiones mixtas ........................................................................ 41 Cláusula I OO. Tipos de comisiones mixtas .......................................................... 41 Cláusula 101. Comisióll Mixta de Admisión y Escalafón (CMAE) .................... 41 Cláusula 102. De los exámenes en la Comisión Mixta de Admisión y Esca lafón 41 Cláusula 103. Reglamento de Admisión y Escalafón ........................................... 42 Cláusula l 04. Derecho de inconformarse a las resoluciones de la

Comisión Mixta ele Admisión y Escalafón .................................... 42 Cláusula 105. Comisión Mixta ele Capacitación, Adiestramiento

y Productividad ... ............................................................... ........... 42 Cláusula 106. Comisión Mixta de Higiene y Seguridad ....................................... 42 Cláusula 107. Condiciones de seguridad en el trabajo .......................................... 42 Cláusula 108. Mecanismos para prevenir riesgos ................................................ 43 Cláusula 109. Fondo de retiro complementario ................................................... 43

Í}IDICE 1)

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Transitorio primero ............ .......... ............................... ....................................... . 4-1 Transitorio Segundo ............... ................. .................. ........................................... 4-1 Transitorio Tercero ............ ... ....................................... ....................................... 44 Transitorio Cuarto ............................... ....... ............................ ...................... ....... ..¡..¡

Transitorio Quinto ................... ........... ................. ................................................ 4.5 Transitorio Sexto .............. ................................ ................. .................................. 4.5 Transitorio Séptimo ................. ........... .............. .................. ................................. 4.5 Transitorio Octavo .......... ................. , .. ..... .............. .............. .... .......................... 4.5 Transitorio Noveno .............................................................. ................. .............. 46 Transitorio Décimo ....... .... ....... ... , .............................................. .......................... 46 Transitorio Décimo Primero .... ................. ....................................... .................... 46 Transitorici Décimo Segundo ...... ... .................................... ................. ... .. ............ 46 Transitorio Décimo Tercero ...................... ................... .. ... ................................... 47 Transitorio Décimo Cuarto ................................................ .................... .............. -17 Transitorio Décimo Quinto ...... ............................................... ... ......................... 47 Transitorio Décimo Sexto ........... , .......... ................. ........... , .. ........... , ................... 47 Transitorio Décimo Séptimo ...... .... .......... ................................ ........................ , .. 4X Transitorio Décimo Octavo ............................... , .............. .......... , ............. , .......... 4X

ANEXOS

ANEXO ! .TA BULADOR DE SALARIOS DE 2015 DEL CENTRO DE INVF.S TIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL ..... l'I

ANEXO !.TABULADOR DE SALARIOS DE 20 15 DEL CENTRO DE fNVLS TIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL .. ll ANEXO 2.NOTAS AL TABULADOR ......... .. .................................................... , . S 1

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CAPÍTULO! DISPOSICIONES GENERALES

Cláusula l. Objeto y ámbito de aplicación

El objeto de este Contrato Colectivo es regular las relaciones laborales entre el Cll':SAS y sus trabajadores. Tendrá aplicación en todo el territorio de la

República Mexicana.

Cláusula 2. Definiciones

Para la correcta interpretación y aplicación de este Contralo Colectivo de

Trabajo, se entiende por:

l) CIESAS. Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Anlropolo­gia Social con domicilio en Juárcz 87, Tlalpan, D.F. (sede del despacho

del Director General del CIESAS). 2) SUTCIESAS. Sindicato Único de Trabajadores del CIESAS con domicilio en

Juárez 87. Tlalpan, D.F. 3) LEY. La Ley Federa l del Trabajo. 4) COMISIONES MIXTAS: Comisión Mixta de Admisión y Escalafón; Comi­

sión Mixta de Capacitación. Adiestramiento y Productividad y Comisión Mixta de Hig iene y Seguridad. Las prescritas por la ley y las que integran las partes con carácter transitorio o permanente integradas por igual

número de representantes del ClbSAS y del Sind icato. 5) CONTRATO. Contrato Colectivo de Trabajo. 6) TRABAJADOR. Trabajador es la persona física que presta al CJESAS un

trabajo personal subordinado. 7) RELACIÓN DE TRABAJADORES. Lista de trabajadores al servicio del

CTESAS. 8) TABULADOR. Relación impersonal de categorías y niveles de salario,

que forma parte del presente Contrato Colectivo de Trabajo. 9) SALARIO. Retribución que debe pagar el CIESAS al trabajador por su

trabajo.

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12 CONTRATO COLECTIVO DFTR/\13AJ02015-2017

10) SALARIO INTEGRADO. Es aquél que se integra con los pagos hechos en efectivo por cuora diaria. gratificaciones, percepciones, primas, comisio­nes, compensaciones, vales, prestaciones en especie. y cualq uier o tra cantidad o prestación que se entregue a l trabajador por su trabajo.

11 ) LAS PARTES. El CIESAS y e l SUTCIESAS.

12) ADSCRIPCIÓN. Dependencia o sede donde presta sus servicios e l traba­jador.

Cláusula 3. Vigencia

El presente Contra to Colectivo será revisado cada dos años en su conteni­do integral y cada año por lo que se refiere al salario. Se establece por tiempo indeterminado y será de aplicación obligatoria para ambas partes. Lo no previsto en este Contrato se normará por los acuerdos. por escrito, que las partes celebren.

Chi usula 4. Titularidad

El CIESAS reconoce al SUTCIESAS como el representante de todos los traba­jadores, obligándose a tratar con él todos los asuntos laborales o derivados de la relación labora l sin menoscabo que los trabajadores que en lo indivi­dual. si así lo determ inan, puedan tratar su caso. El CIESAS se obliga a no intervenir en ninguna c ircunstancia en la organización interna del Sindicato. El CIFSAS reconoce que el SUTCIF:SAS tiene la titularidad y la administración de este Contrato y como consecuencia la exclusividad en la contratación de las plazas admin istrativas, excluyendo las consideradas como de confianza. En la aplicación de la presente c láusula se dará prioridad en la promoción escalafonaria a los trabajadores sindicalizados en los ténninos que marca el a rtícu lo 154 de la LFT. Reflejándose esta preferencia en los reglamentos que resu lten aplicables. El CIESAS se obliga a tratar con los represe111antes del SUTCIESAS todos los conflictos laborales que su1jan entre e l CIESAS y los trabajadores.

C láusula S. Representantes

Son representantes por pa11e del CIESAS su Director General. el Director de Administración. el Director Académico, el Director de Vinculación, los Di­

rectores Regiona les, y aquellos funcionarios designados por la Institución para representarla ante el Sindicato. Por parle del SUTCIESAS serán represen­tantes los integrantes del Comité Ejecutivo, los delegados sindicales, los

CAPÍTULO l. DISPOSICIONES GENERALES 13

miembros de las comisiones mixtas y los asesores que sean designados por

la propia organización sindical.

Cláusula 6. Jnafectabilidad de la relación de trabajo

La naturaleza de la relación de trabajo no dependerá de la forma de pago.

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( J\Prl lJI O 11 DEL INGRl·SO Y LA Pl~RMJ\NFNCIJ\

Cláusula 7. Naturaleza de la relación de trabajo

En atención al tipo de funciones desempeñadas, los trabajadores se clasifi­can en dos grupos: de confianza y de base.

Cláusula 8. Personal de confianza y de base

a) Personal de confianza. Son funciones de confianza las de dirección, ins­pección, vigi lancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, así como las que se relacionen con trabajos personales del Director General del CIESAS. En el caso del CJESAS serán considerados como puestos de con ~ranza los siguientes: Director General, Directores de Área, Subdirectores de Arca, Coordinadores de Área y Jefes de Departamento.

b) Personal de base. Se considerará como personal de base aquellos traba­jadores académicos y admin istrativos que no estén incluidos en el lista­do señalado en el inciso anterior.

C láusula 9. La relación de trabajo en el CLESAS puede ser:

La duración de la relación de trabajo en el CJESAS puede ser:

1) Por tiempo indeterminado, cuando las funciones que se realicen sean de carácter permanente.

2) Por tiempo detenninado, cuando así lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar, o bien cuando tenga por objeto sustituir temporalmente a otro trabajador, o en los demás casos señalados por la Ley.

3) Por obra determinada, cuando así lo exija la naturaleza del trabajo a desa­rrollar.

Cláusula 10. Derecho de antigüedad

Se considera antigüedad de un trabajador, a partir de la fecha de inicio de la relació11 de trabajo con el CIESAS. En el caso de personas que con anteriori-

dad huy,111 h.:111d11 1,1 111 t1¡111 1h I 1111!1,1!11 l'Clll cJ 1 11 SI\', C\C ttClllJW SCl ,1 ~·on•

s1dc1mlo ro11111 pa1t~ de 11 ,111t1pu,d,1d en 1én11111os de ley.

Cl{rnsula 11. RcquisilO) 1>ara el ingreso del personal

l) Tener 16 años de edad como mínimo. 2) En el caso de los trabajadores administrat ivos cumplir con los procedi­

mientos acordados en este Contrato Colectivo asi como en el reglamento

de la Comisión Mixta de Admisión y Escalafón. 3) En el caso de los trabajadores académicos, cumplir con lo establecido en

el Estatuto de Personal Académico.

Cláusula 12. Clasificación de los trabajadores

Los trabajadores de base se clasi!ican en Académicos y AdminisLrativos. Los puestos, categorías y niveles de los trabajadores son los establecidos en el tabulador de salarios que forma parte integrante del presente Contrato

Colectivo de Trabajo.

Cláusula 13. Vacantes

Cuando se genere una vacante de carácter administrativo, independiente­mente de su duración, e l CIESAS solicitará por escrito al Sindicato que pre­sente candidato dentro de los cinco días hábiles s iguientes a la solicitud, los

candidatos serán presentados a la Comisión Mixta de Admisión y Escalafón (CMAE), la que confirmará cumpla con los requisitos establecidos en el re­

glamento. En caso de que el Sindicato no proponga candidatos en ese pla~o, el CIESAS podrá proponer a los mismos. Cualquier trabajador de nuevo in­

greso debe obtener el dictamen positivo de la CMAE. En caso de . vacantes temporales menores de seis meses el plazo para proponer candidatos se

reducirá a tres días hábiles.

Cláusula 14. Derechos de preferencia de los trabajadores en vacantes Y nuevo ingreso

Los trabajadores del CIESAS tendrán prioridad para ocupar nuevas _plaza: Y vacantes. La Comisión Mixta de Admisión y Escalafón (CMAE) venficara el cumplimiento de los requisitos por pa11e de los candidatos a ocupar plazas

de carácter administrativo. En el caso de los académicos se sujetará a lo

establecido en el Estatuto del Personal Académico.

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ló CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2015-2017

C láusula 15. Derechos de los trabajadores extranjeros

Los trabajadores extranjeros tendrán, para los efectos de este Contrato. los

mismos derechos que los nac ionales, de acue rdo con los térmi nos de s u estam:ia lega l en e l país.

Cl:íusula 16. Derechos de los trabajadores contratados por terceros

El CIESAS y el SUTCIESAS vigilarán que las compañías que presten los servi­

c ios de limpieza y vigi lancia cumplan con sus trabajadores las garantías de

Ley, para lo cua l se incluirá en los Contratos que se celebre con aque llas e l compromiso correspondiente.

Cláusula J 7. Contrato individual de trabajo

Los Contratos indiv idua les de trabajo que se establezcan con e l persona l

de l CIESAS se aj ustarán a este CCT, y la Institución entregará una copia del mismo al trabajador y a l Sindicato.

Cláusula 18. S uspensión, terminación y rescisión

La s uspensión, terminación y rescisión de la relación labora l se sujetará a lo señalado en e l presente CCT y la LFT.

Cláusula 19. Investigación administrativa

En caso de que la Ins tituc ión pretenda despedir a un tra baj ador deberá

desahogar un procedimiento de investigación administrativa con la partic i­

pación del Sindicato, en e l que ambas partes exhjbirán s us razones y prue­

bas buscando la conc iliación. El citato rio al trabajado r deberá ser por escrito

con una antic ipación mínima de tres días hábiles, expresando los hechos

que se le imputan, las partes podrán celebrar tantas reuniones como sean

necesarias a fin de resolver e l asunto, respetando en todo momento e l ténn i­

no prcscriptivo para aplicación de sanciones que establece la ley federal de l trabajo.

Cláusula 20. Contratos por serv icios profesionales

L-0s Contratos por servicios profosiona les sólo se realizarán cuando se ajus­

ten a la nanrra leza de las actividades a realizar.

CAPÍTULO III CONDICIONES DE TRABAJO

Cláusula 21. Duración de la Jornada de Trabajo

Para el caso de los trabajadores administrati vos será de siete horas diarias,

preferentemente de las 8:00 a.m. a las 3:00 p.m., con media hora para tomar a limentos. s umando así 35 horas de !une~ a viernes. Lo anterior sin menos­

cabo de que las partes puedan e!>tablccer horarios d i fcrentes de acuerdo

con la:; neces idades de la Insti tuc ión. Las horas extra se apegarán a la Ley

Federal del Trabajo.

Cláusula 22. Duración de la jornada y lugar de trabajo del personal académico

Dada la naturaleza del trabajo de investigación, el horario y lugar de trabajo

de l personal académico se sujetará a las exigencias de los proyectos de

inves tigación en los que labore, esiablcciéndolo en los propios planes y

programas.

Cláusula 23. Oías de descanso obligatorio

Son días de descanso obligatorio:

Primero de enero,

Primer lunes de febrero, Tercer lunes de marzo,

Lunes a viernes de Semana Santa.

Primero, 5 y 15 de mayo,

16 de septiembre, 2 de noviembre y tercer lunes de noviembre.

El primero de diciembre de cada seis años, cuando corresponda el cambio de

titular del Poder Ejecutivo Federal y 25 de diciembre.

Los trabajadores tendrán derecho a faltar el día de su cumpleaños y cinco

días más acordados entre C'lcSAS y el sind icato, que deberán incluirse en el

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lk L01'1R\f0COII( íl\Olll IR/\B\.Jll:'0 15-2017

laléndano pactado bilaternlmcnte en el me:-. de agosto de cada ai\o. Las parte:- p0drú11 hacer Ja-, ade1:uaciones 111.:ccsa11as a la as1gna1:ión de dí,1s :-.cñalados en csta clául'>ula

Clá usula 24. Días económico~

Los trabajadmes tendrún derecho a doce días anualel:> ck permiso c1m goce de salario. 1 ,tos permisos no pueden acumularse para el aiio ..,,guientc. 111

dl'fiutarse en los d1m, anterl()1e-. o postcnores .1 periodos ,acac,on:lles L 1 trabapdor deberá dar av iso con la anticipación prn,1ble. por cualqmc1 medio.

Cláu~ula 25. Periodo, acacional

Lo~ trabajadores del ULS\S tendrán derccho u l!07ar tk 20 días hábiles ck ,·acac1ones al año Ln el caso de trahapdorcs que por incapacidad médica expedida por el ISS5 l I · o por un médico .iutori¡¡1do, en virtud del scguro de gastos méd icos mayores que tenga contratada la lnst11uc1ón, no puedan d1s frutar su" , acac1one,, pod1 ,111 disfrutarlas en fechas postcriorcs toman­do en cuenta las necesidades de los servicios y previo acuerdo con su jdc inmediato.

Cláusula 26. 1 ncremeutos sa lariales

Lo~ 1ncremcntm, salariales anuales scrún cfect1n,,. a partir del prnnero de lebrero de cada año.

Cláusula 27. Áreas para comumo de alimento,

El C II SAS mantendrá los espacios fo,1cos adecuados para consumo de ali­mentos en cada centro de trabaJo, dotúndolos con el mobiliario necesario.

Cláusu la 28. Servicio médico

La Unidad C'IFSAS del DF tendrá acceso a servicios médicos en un consulto­rio. que penn1tan la atención mmediata de cualquier aec1dcnte que sufran lo~ trabajadores durante el ejercicio de sus labore<;, a'1Í como contar con las mc­dici nas y útiles necesarios para los primeros auxilios que se requieran. En el caso de las l nidades Rcgionalc-., el ClfSAS se compromete a mantener un bot iquín de primeros auxilios con los mcdicamen tos y útiles necesarios; las partes designarán a la pcn,ona responsable de mantener y administrar el botiquín

C.'\1'11 l I O 111 COND ICIONI S DE 1 R'\ ll \JO

Cláusula 29. Prestaciones del ISSSTE

El ( 11 \ \S habra de ollecer la inlormacion mdispe11'able. dar el aptiyc, \ l 1

facilidades administrall\as. asi como los pcnnisos con carácter olici,il q11

,;ean neeesanos para que el trabaJador n.:.tlicc los tramites per,;onak'i p:11 1 obtener los sen 1c10s } la, prc,.tationes que otorga el f<;SSTI .

Cláwiula 30. Prima\ acacional

Los trabajadores del CII ~I\S ttcnen dcrechu a una prima vacacional w11s1, tcnte tn el óO"" del <,alano tabul,1r ~·1 rrl·,pond1ente a 43 dta, 1 sta prest. c1011

sera cubierta ,,n dcducc1on alt•una, en dcb exh1b1c1one, en la quincl·n., previa a cada penodo vacaciom1I

Clám,ula 31. Prima de :1ntigiied:1d

1-1 (_ entro otorL?arú a ,u, trabaj 1dores el 2° n del salario tabular , 1gente acu11111l.1ble hasta 20 ano, de sen 1e10 pagadero a partir del 5° año y el 2.5",, del 21 al 25 ario, mantcn1cndo,1. a partir de é~tc último el mismo facto, porcentual acumulado hasta la _1ub1laciún del trabapdor.

Cláusula 32. Seguro colectivo de retiro

Para las traba1adoras l'Oll 28 ,111os de sen, 1c10 y .10 a11os en d caso de tra­bajadores. que causen bap del1n1t1va. el trabajador tramitara un pago por úrnca ,e~ de h:1sta S25 000.00 1,e111ticmco mil pcMb 00 100 \1.:S. ). ante la Aseguradora contratada poi el ( 11 ·SAS de conformidad con la normutividad aplicable.

Cláusula 33. Seguro de vida

De acuerdo con lo publicado en el Diano 0/ictal d, la Federucum el 11 de enero de 199.1, se establecen nuevas condicione:. para el asegura1111cnto de los servidores públicos al scnicio Cl\il de las Dt:pcndencias del Poder Eje­cutivo f'ederal Los con, cmos que para tal efecto se celebran ante la \segu­radora contratada por el Clf:SI\S, comemplarán la cobertura ele rie~gos de fallecimiento o de incapae1dad total } pcmianente de los trabajadores. la suma a\egurada para e.ida trab.i,1ador asegurado. en caso de fallecimiento o de incapacidad total y permanente será igual a la cantidad equivalente a 40

,eccs el salario mensual que pen.iba al momento del sinie,tro. 1:.1 11nporte de

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'º lOI\ 1 RATO COLECTl\'0 DF TRABAJO 2015-2017

la prima mensual a pagar por el Cll~SAS por cada trabajador asegurado será la canti<lau equivalente al l. 7% del salario mensua l del trabajador.

Cláusula 34. Prima dominical

Los trabajadores administrativos que laboren el día domingo recibirán un ~alario triple según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, además de un 50% sobre el sa lario 1abular de un día ordinario de trabajo.

Cláusula 35. Pago por defunción del trabajador

En caso del fallecimiento de un trabajador del CIES/\S, la Inst itución otorgara un pago Único de la siguiente manera:

6 meses a menos de I O años de servicio 1 O ai'los a menos de 20 ai'ios :20 años en adelante

8 meses de salario

10 mesesdesalario 12 meses de salario

El pago de esta prestación se hará al beneficiario o a los beneficiarios del trabajador registrados en el seguro de vida institucional. El CIESAS realizará el pago una vez que los interesados le hayan entregado el certificado médi­co de defunción; debiendo presentar a la brevedad el acta de defunción.

Cláusula 36. Pago por aj uste ele calendario

A I personal que labore todo el año, se le cubrirán 5 días de salario tabular vigente y 6 días en los años bisiestos. El pago se hará en una sola exhibición en el mes de diciembre ele cada año.

Cláusula 37.Aguinaldo

Los trabajadores con 6 meses de servicio ininterrumpido en adelante recibi­rán 40 días de salario, si n deducción alguna. Los trabajadores que tengan de 3 meses a menos de 6 meses, recibirán 20 días de salario. Con menos de 3 meses de servicio, recibirán la parte proporcional correspondiente, sin que pueda rebasar los 20 días de sa lario.

Cláusula 38. Pago de días de coincidencia

Cuando los días de descanso obl igatorio coincidan con sábados o domin-

CAPITULO 111. CO'IDIC!ONE:, DE TRABr\JO 21

gos, el CIESAS cubrirá a sus trabajadores, el impor1e de un día más de sueldo tabular, siempre y cuando no excedan de 3 días al año.

Cláusula 39. Pago de días económicos no disfrutados

A los trabajadores que sean sujetos al control de asistencia y que no hagan uso de los 12 días económicos a que tienen derecho en el año, se les cubrirá el rmportc de los salarios correspondientes a los días no disfrutados. El pago se hará en el mes de enero del año siguiente.

Cláusula 40. Despensa

El CIESAS otorgará $834.00 (ochocientos treinta y cuatro pesos 00/100 M.N.)

mensuales por concepto de ayuda de dc:,pensa a los trabajadores que laboren tiempo completo y al personal que labore tiempo parcial se le pagará la parte proporcional correspondiente. Cada at'io y en el mes de diciembre. El C'IESAS

cubrirá como mínimo un importe de $9,700.00 (nueve mil setecientos pesos 00/ 100 M.N.) en vales de despensa a los Trabajadores Administrativos, Técnicos Asociados, Técnicos Auxiliare:,; y Asistente~ de Investigación .

El monto se actualizará anualmente de conformidad con el convenio que acuerden el C IESAS y el Sind icato. considerando los lineamientos que para tal efecto emitan las autoridades competentes.

Cláusula 41. Servicio de guardería

Cuando no exista cupo en los centros de desarrollo infantil que den servicio al ClESAS, éste otorgará la cantidad de $960.00 (novecientos sesenta pesos 00/ 100 M.N.) mensuales a las madres trabajadoras que laboren tiempo com­pleto y en forma proporcional a quien labore tiempo parcial, sin exceder de dos hijos entre 45 días de nacido y hasta 6 años de edad. En el caso de los trabajadores (hombres) éstos deberán demostrar que tienen la custodia le­gal del (los) hijo(s). Para acceder a esta prestación, los interesados deberán cubrir ante el CIESAS los requisitos correspondientes.

Cláusula 42. Ayuda para actividades sociales, culturales y deportivas

El Cl ESAS otorgará al SUTCIESAS la cantidad de $288.234.61 ( dos cientos ochenta y ocho mi l doscientos treinta y cuatro pesos 61/100 M.N.) al año para la realización de eventos culturales y deportivos.

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2' l ON rRAIO COLfCTIVO DE TRABAJO 2015-2017

C'láusula 43. Material didáctico

1:1 C !ESAS otorgará a los trabajadores académicos las cuotas mensuales esta­blecidas por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público por concepto de material didáctico y según tabla autorizada por ella.

Cláusula 44. Gratificación por jubilación

Los trabajadores tendrán derecho a un pago un1co. en los casos en que hayan causado baja por jubilación ante el JSSSTE. Este pago consistirá en: de 5 a menos de JO años de antigüedad en el CIESAS, se otorgarán 20 días de salario tabular por cada año trabajado: de 10 a menos de 20 a11os de antigüe­dad, 25 días de salario tabular por cada a110 trabajado: y de 20 años en adelante, 30 días de salario tabu lar por cada afio trabajado. Para acceder a esta prestación, los interesados deberán cubrir ante el CTESAS los requisitos correspondientes.

Cláusula 45. Estímulo por puntualidad y asistencia

Los Trabajadores Administrativos, tienen derecho a un estímu lo mensual por puntualidad y asistencia. consistente en 4 días de salario tabular y 2 días para Técnicos Asociados, Técnicos Auxiliares y Asistentes d..: Investiga­ción. Para tener derc..:ho a esta prestación. e l trabajador, durante el periodo correspondiente, deberá de registrar su asistencia, no t.lebe tener faltas 111 retardos injustificados o licencias sin goce de sueldo: cumpliendo con c l reglamento vigente.

Esta cantidad no podrá exceder de 48 días al aiio para trabajadores admi1w, trativos y 24 para técnicos asociados, técnicos auxiliares y asistentes 1k investigación y se pagará en la primera quincena del siguiente mes.

Cláusula 46. Seguro de gastos médicos mayores

El CJESAS otorgará a los trabajadores académicos y administrativos un S1

gmo de Gastos Médicos Mayores con una suma asegurada de 175 sala1111 mínimos generales mensuales. La suma asegurada se podrá incremental \ l.1 diferencia en el costo de la prima correrá a cargo del trabajador.

El procedimiento de selección de la compaiiia y condiciones de la pnht i

estarán a disposición del Sindicato.

(' API I UI.O 111. C'ONDICION~.S DI· TRA.BAJO

Así mismo, los trabajadores podrán incorporar a sus depend ientes ccomi micos a la póliza. El costo de la prima correrá a cargo del trabajador.

En el caso de trabajadores que causen baja por concepto de jubilación podrán ser incorporados a la póliza cubriendo e llos el costo de la prima.

Cláus ula 47. Ayuda para útiles escolares

Los trabajadores tendrán derecho a un pago anua l de $2,160.00 (dos mil ciento sesenta pesos 00/ 100 M.~.) por concep10 de ayuda para la compra de útiles escolares de cada uno de sus hijos entre 3 y 25 años que estén cursan­do nivel preescolar (kíndcr o jardín de 111ños), prnnaria, secundaria. prepara­toria, profes ional o equi\'alentc. fata prestación no podrá exceder de tres hijos por trabajador y se cubrirá en el mes de agosto. Para acceder a esta prestación, los interesados debcnín de cntrcga1, al CIESAS. una constancia emitida por la im,titución educativa en la que se seña le la inscripción del

alumno al ciclo escolar vigt.:ntc.

Cláusula 48. Ayuda paJ·a compra de libro~

El CIESAS olorgará en e l me:, de julio de cada a110. la cantidad de $3, 100.00 (tres míl cien pesos 00/ 100 M.N.) al personal académico que labore tiempo comple­to. l::s1a prestación se hará extensiva a l persona l administrativo que compruc be estar cursando estudios de educación med ia superior. superior y posgrado.

Al resto del personal administ rativo se le pagará $1,100.00 (mil cien pesos 00/M.I\.) cada afio en e l mes de julio. Al personal que labore tiempo parcial se

Je pagará proporcionalmente.

Cláusula 49. Aparatos ortopédicos, auditivos, s illas de ruedas y prótesis incluyendo las dentales

Cuando exista la prescripción médica del JSSSTE. e l CIESAS cubrirá a todos sus trabajadores e l costo total der ivado de la adqu isición de estos apara1os. Esta prestación se hará extensiva al cónyuge e hijos. En e l caso del personal que sea soltero sin hijos. se hará extensivo a sus padres cuando sean sus dependien­

tes económ icos.

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CONTRA ro COLECTIVO DE TRABAJO 2015-2017

Cláusula 50. Campaña de vacunación de temporada

El CIESAS gestionará ante las Instituciones de Sa lud Pública. la organización de campaiias de Vacunación para sus trabajadores.

Cláusula 51. Gratificación por renuncia

Los trabajadores que renuncien al CIESAS tendrán derecho a una gratifica­ción que consistirá en: de 5 a menos de I O años de antigüedad, 20 días de salario tabular por año; de l O a menos de 20 años de antigüedad, 25 días de salario tabular por afio y de 20 aiios en adelante, 30 días de salario tabular por año.

Cláusula 52. Anteojos o lentes de contacto

El CIESAS otorgará a sus trabajadores la cantidad de hasta $4,500.00 (cuatro mil quinientos pesos 00/ 100 M.N) del valor de la factura correspondiente. y

una vez al año. para la adquisición de lentes. En caso de que los médicos especialistas prescriban como indispensable el uso de lentes de contacto, el CIESAS pagará el l 00% del importe de dichos lentes. En casos especiales el Centro cubrirá el costo total de la factura que se presente por la adquisición de los lentes, especificando por separado el costo de los cristales y del armazón, previas razones médicas. Esta prestación se hará extensiva para el cónyuge e hijos.

En el caso del personal que sea soltero, sin hijos, se hará extensiva a sus padres. cuando compruebe que son sus dependientes económicos_

Para tener acceso a esta prestación, la prescripción médica co1Tespondicnte deberá ser expedida por el IMSS, el ISSSTE, SSA, Cruz Roja, Centros Públicos de Salud Estatales o del D.F.. Centros Médicos de Especialidades Públicos o los correspondientes asociados a la red del seguro de gastos médicos ma­yores. Las Partes podrán acordar modalidades específicas para acceder a esta prestación para los trabajadores que laboren en las Unidades del CIESAS en los Estados de la República

Cláusula 53. Canastilla de maternidad

El CIESAS otorgará la cantidad de $1,720.00 (mil setecientos veinte pesos 00/ 100 M.N.), a la madre trabajadora previa presentación de la licencia por gra-

CAPÍTULO 111. CONDICIONES DE TRABAJO 25

videz expedida por el ISSSTE. Esta prestación se hará extensiva a las madres

por adopción de menores de hasta seis meses de edad que comprueben con documentos oficiales tal situación.

Cláusula 54. Ayuda por defunción de familiares

En caso de muerte del cónyuge e hijos, padres o hermanos del trabajador, el crnSAS cubrirá al trabajador la cantidad para hacer frente a los gastos del sepelio en forma inmediata y a partir del conocimiento o comunicación del deceso. Dicho gasto estará sujeto a comprobación. Para este propósito el ClESAS otorgará al lrabajador la suma equivalente a la tarifa más alta que ofrecen los velatorios del ISSSTE. El ClESAS adicionalmente cubrirá al traba­jador la cantidad de $10,000.00 (die1: mil pesos 00/100 M.N.). El trabajador tiene la obligación de comprobar ante el CIESAS con la documentación fiscal que ampare el gasto funerario, así como el acta de defunción; de no hacerlo, deberá reintegrar al CJESAS la cantidad recibida por este concepto no com­probada.

Cláusula 55. Gratificación por antigüedad

El CIESAS otorgará un estímu lo económico, reconocimiento y medalla, a los trabajadores a partir de que cumplan I O años de servicio en la Institución y a partir de 20 años de servicio se les otorgarán días a disfrutar conforme a la siguiente tabla:

Años de servicío 10 15 20

25

28

30

35

Días a disfrutar o o 5

5

5

LO

LO

Estímulo 20 días de salario tabular 30 días de salario tabular 40 días de salario tabular 50 días de salario tabular. reconocimiento y medalla "Gonzalo Aguirre Beltrán"

55 días de salario tabular 60 días de salario tabular, reconocimiento y medalla "Ángel Palenn"

70 días de salario tabular, reconocimiento y medalla "Guillermo Bonfil Batalla"

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2(1 CONTRATO COLl~C1'1VO DE TRABAJO 2015-2017

Años de servicio Oías a disfrutar

40 15

Estímulo

80 días de salario tabular, reconocimiento y medalla conmemorativa

Cláusula 56. Ayuda para transporte

El CIP.SAS otorgará una ayuda económica mensual para transporte al perso­nal administrativo, técnicos asociados y asistentes de investigación de acuer­do a la siguiente tabla:

Nivel

5 a 9 10 a 12

Ayuda $ 2,160.00

$ 2,100.00

1 3 a 15 $ 2,040.00

ASISTENTES DE INVESTIGACIÓN $ 1,080.00

TÉCNICOS ASOCIADOS $ 1,020.00

Cláusula 57. Becas CIESAS

El CIESAS otorgará la cantidad de $960.00 (novecientos sesenta pesos 00/ 100 M.N.) mensuales por concepto de beca, a los hijos que dependan econó­micamente del trabajador, hasta por un hijo, y que se encuentren cursando nivel preescolar (kínder o jardín de niños), primaria, secundaria, bachillerato o profesional y que tengan un promedio mínimo de 9.0 o su equivalente, presentando una constancia de inscripción, boleta de calificaciones o equi­valente del ciclo escolar anterior. Pagadero a partir de agosto y hasta con­cluir el año escolar. Se otorgará una beca adicional acordada con el sindica­to para niños con capacidades diferentes presentando el diagnóstico médi­co y la constancia de inscripción.

Cláusula 58. Apoyo por concluir estudios formales

El trabajador administrativo que haya concluido sus estudios de licenciatu­ra o postgrado en alguna institución con reconocimiento de validez oficial, tendrá derecho a obtener un penniso para ausentarse de sus labores por 1 O días hábiles con goce de salario con el fin de realizar los trámites encamina­dos a obtener el grado, debiendo a su regreso comprobar haber realizado dichos trámites.

CAPÍTULO lll. CONDICIONES DE TRABAJO 27

Adicionalmente, el CIESAS otorgará un estímulo económico de conformidad con la siguiente tabla:

Educación primaria y secundaria I O días de salario tabular Educación media superior J 2 días de salario tabular (bachillera to, carreras técnicas) Educación superior (licenciatura o equivalente) Posgrado

15 días de salario tabular

20 días de salario tabular

Para acceder a esta prestación, los interesados deberán cubrir ante el CIESAS

los requisitos correspondientes.

Cláusula 59. Impresión de tesis

El CIESAS otorgará a los trabajadores académicos y administrativos el pago por $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N.) para apoyarles en los gastos que les genere la impresión de su tesis de licenciatura o postgrado. El pago se hará de la siguien~e manera: el 50% a la presentación del documento que acredite su aceptación por escuela o facultad correspondiente y remisión o factura correspondiente y el 50% restante después de haberse realizado el examen profesional.

Cláusula 60. Seguro para automóviles

El CIESAS celebrará un convenio con una empresa que ofrezca a los trabajado­res segu ros para automóviles, procurando obtener las mejores condiciones. Para el pago de dichos seguros, el CIESAS podrá hacer los descuentos corres­pondientes via nómina en los ténnínos y montos que se lleguen a pactar.

Cláusula 61. Accidente de trabajo

Cuando un trabajador del CIESAS sufra un accidente de trabajo al ir manejan do un vehículo en el cumplimiento de sus labores, el CIESAS asumirá las responsabilidades, incluyendo la gestión jurídica y pago de fianzas, salvo que el trabajador se encontrara en estado de embriaguez o bajo la iolluenc,,1 de enervantes o drogas. En caso de que el accidente ocurra en el momi.:11111 que el trabajador se dirige de su casa al trabajo y viceversa, se considc, a, , riesgo de trabajo.

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2X CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2015-2017

Cláusula 62. Ropa y uniforme de trabajo

El CIESAS se compromete a proporcionar, en el mes de junio de cada año, a los trabajadores de servicios (limpieza, mantenimiento, mensajería y chofe­res) dos juegos anuales de ropa para el desempeño de sus labores cotidia­nas. Asimismo a proporcionar al personal administrativo, técnicos asocia­dos, técnicos auxiliares y asistentes de investigación, incluyendo a secreta­rias, recepcionistas, bibliotecarios y personal de informática; un juego anual de uniforme para el desempeño de sus actividades. El Sindicato e Jnstitu­ción serán los encargados de instrumentar el seguimiento y las prioridades en el cumplimiento de esta prestación, de conformidad con los lineamientos que se emitan al respecto por parte de la Comisión Mixta de H igiene y Seguridad.

Cláusula 63. Estimulo al personal administrativo

Los trabajadores administrativos del CIESAS recibirán un estímulo de pro­ductividad anual confom1e a los lineamientos que para ello convengan las partes, dicho estímulo deberá de ser pagado en el mes de septiembre de cada año.

Cláusula 64. Estímulo al personal de apoyo

Los Técnicos Asociados. Técnicos Auxiliares y Asistentes de Investiga­ción del CIESAS recibirán un estímulo de productividad anual conforme a los lineamientos que para ello acuerden las partes, dicho estímulo deberá de ser pagado en el mes de septiembre de cada año.

Cláusula 65. Pago por estímulo por cursos de capacitación

Al personal que reciba o imparta cursos de capacitación con una duración mínima de 20 horas y esté encaminado a mejorar el desempeño de sus labo­res, recibirá un estimulo equivalente a 3 días de salario tabular, así como el reconocimiento correspondiente.

Cláusula 66. Apoyo para adquirir equipo de cómputo

El CIESAS celebrará un convenio con una empresa que ofrezca a los trabaja­dores equipos de cómputo, procurando obtener las mejores condiciones.

CAPÍTULO 111. CONDICIONES DE TRABAJO 29

Para el pago de dichos equipos, el CIESAS podrá hacer los descuentos co-11 cspondientes vía nómina en los té11ninos y montos que se lleguen a pactar.

Cláusula 67. Del programa de capacitación

1 1 CIESAS y el Sindicato se comprometen a diseñar e implementar un progra­ma de capacitación de confom1idad con la normatividad aplicable al caso.

La capacitación y el adiestramiento tienen por objeto:

T. Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabaja­dor en su actividad; así como proporcionarle información sobre la apli­cación de nueva tecnología en ella;

Il. preparar al Lrabajador para ocupar una vacante o puesto de nueva crea-ción;

III. prevenir riesgos de trabajo: IV incrementar la productividad; y V en general, mejorar las aptitudes del trabajador.

La Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad, esta­blecerá las modal idades, horarios y lugares en los que la capacitación y adiestramiento ha de impartirse. Los Planes y Programas acordados deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Referirse a periodos no mayores de cuatro a11os. 2. Comprender todos los puestos y niveles existentes en el CIESAS. En el

caso de los trabajadores académicos, los planes y programas se adecuarán a las modalidades específicas de su actividad.

3. Precisar las etapas durante las cuales se impartirá la capacitación y el adiestramiento al total de los trabajadores del ClESAS.

4. Señalar el proceso de selección a través del cual se establecerá el orden en que serán capacitados los trabajadores de m1 mismo puesto o catego­ría.

La capacitación y adiestramiento a las que se refiere esta cláusula, deberán impartirse al trabajador durante las horas de la jornada de trabajo, salvo que, atendiendo a la naturaleza de los servicios, se convenga que podrán impartirse de otra manera.

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CAPÍTULO IV LICENCIAS Y PERMISOS

Cláusula 68. Licencias

Los trabajadores tendrán derecho a que se les conceda licencia con goce total o sin goce de sueldo. aparte de las contempladas en la ley y en el

presente Contrato Colectivo de Trabajo en los siguientes casos:

a) Licencias con goce ele sueldo. a. l A dos miembros del SUTCIESAS con goce de sueldo y prestaciones. a.2 Para realizar estudios, estancias académicas o programas de desarro­

llo profesional. conforme a los requisitos que señale el ó rgano acadé­

mico correspondiente.

b) Licencias sin goce de sueldo b. l Para ocupar puestos de elección popular. durante el tiempo qut: dure

el cargo. b.2 Cuando el trabajador sea nombrado en alguna institución distinta al

CIES/\S para ocupar un puesto temporalmente. Las modalidades de

este permiso, serán acordadas con la intervención del S indicato. b.3 Para ocupar puestos de confianza dentro del CIESAS. b.4 Por motivos de orden personal. En este caso, la licencia se otorgará

en función de la antigüedad del trabajador, de conformidad con los

siguientes criterios:

Antigüedad

De un año De I a 5 años A partir del año 6

Cláusula 69. Licencia de maternidad

Duración de la licencia Hasta por 30 días Hasta por 90 días Hasta por 180 días

Las trabajadoras dis frutarán de tres meses de licencia con goce de salario y prestaciones en caso de parto. la distribución se llevará a cabo según con-

C'i\PÍTULO IV. LIC'ENC'IAS Y PERl\11SOS 31

venga a la trabajadora. Estos permisos podrán ampliarse de conformidad con las constancias que al efecto expida el ISSSTE u otras instancias médicas autorizadas por el CIESAS.

Cláusula 70. Permiso por defunción de familiar

En Cébo de muerte del cónyuge, hijos, padres o hermanos del trabajador, és1c tendrá derecho a tres días de permiso para ausentarse de sus labores con goce de sueldo si el suceso ocurre dentro ele la entidad federativa donde labora y cuatro días si ocurre fuera de ésta. En esto:, casos el trabaja­dor dcbcní informar por el medio a su disposición del suceso (teléfono. fax. Interne!. telegrama. aviso por terceros. etc.) y comprobar debidamente a su regreso las ra¿oncs de su ausencia.

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CAPÍTULO V DERECHOS Y OBUGACIONES DE LAS PARTES

Cláusula 71. Obligaciones de los traba,jadores:

l. Desempeñar sus labores con la intensidad. cuidado y esmero apropia­

dos. sujetándose a los planes y programas instiLUciona les sin menos­cabo de sus derechos. Por lo que se refiere a las funciones administra­

ti vas éstas se realizarán conforme a las d isposiciones del Catálogo de Puestos y de acuerdo con los planes y programas establecidos.

2. Responder del manejo apropiado de bienes muebles e inmuebles, má­quinas, documentos, libros, revistas, correspondencia, valores y efec­

tos que se confíen al trabajador para el desarrollo de sus tareas de

investigación, docencia, administración o servicio técnico.

3. Evitar la ejecución de actos que pongan en peligro su seguridad y la de

sus compañeros. 4. Informar al órgano o auloridad respectiva del avance de las actividades

realizadas, en el caso de los académicos será de conformidad con los

proyectos de investigación y programas docentes aprobados. 5. Informar al órgano o autoridad respectiva del avance de actividades

encomendadas denlTO del plazo que se fíjó para tal efecto.

6. Promover la superación académica y adm ini strativa de s us compai'ie­

ros. 7. Dar crédito a l CIESAS en sus escritos, conferencias y ponencias cuando

se refieren a temas y contenidos propios de las investigaciones y tareas

desarrolladas en el CIESAS. 8. El personal que realice tareas de investigación, deberá presentar un

programa anual de trabajo de acuerdo con los planes y proyectos vi­

gentes en el CIESAS. 9. Entregar al CIESAS los materiales generados en el transcurso de la in­

vestigación, teniendo el trabajador un acceso prioritario al mismo.

10. Las demás que señalen las disposiciones j urídicas aplicables.

CAPÍTULO V. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PAIUl!S 33

Cláusula 72. Derechos de los trabajadores

Los derechos de los trabajadores del CTESAS no serán inferiores a los esta­

blecidos en la Consti tución Política de los Estados Unidos Mexicanos. en la

Ley y en el presente Contrato.

Cláusula 73. Efectos del cambio de funcionarios

El cambio ch: funcionarios en el CIESAS no afectará los derechos de los

trabajadores.

Cláusula 74. Son derechos de los trabajadores:

l . Desempeñar las funciones propias de su pueslo. En los casos en que

por necesidades especiales del CIESAS se requiera el desempeño de funciones distintas, será previamente acordado con el trabajador.

2. Los trabajadores del CIESAS tendrán la posibilidad y e l derecho a esco­

ger el banco de s u preferencia para el manejo de la cuenta del depósito

de su nómina: así como transferirla de acuerdo a su conveniencia como

titular de dicha cuenta. Esta focullad se o torgará de acuerdo a la dispo­

sición denominada "ponabilidad de la nómina'' publicada en el Diario

Oficia l de la Federación con fecha del 31 de octubre de 2008, para ello el

trabajador deberá tramitar en la ventanilla de servicios al cliente de la

lnstit11ción F inanciera que provee el servicio de dispersión de nómina

alCIESAS. J Recibir los viát icos y gastos de transportación correspondientes. Di­

chos pagos se harán de conformidad con la tari fa respectiva.

4. Conservar s u horario y lugar de adscripción donde presta sus servi­

c ios. En caso de modificar cualquiera de éstos, se hará con la justifica­

c ión co1Tespondiente y en su caso de común acuerdo entre el ClESAS y

e l trabajador. Su modificación podrá ser solic itada por e l trabajador.

5. En caso de que por reorganización del CIESAS desaparezca un departa­

mento o área de trabajo, e l trabajador tendrá derecho a que se le reubique

en un puesto afin a l que venía desempeñando.

6. Se respeten en todos sus términos el laudo füme emitido por la Junta

Federal de Conciliación y Arbitraje.

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14 tONTRAI O COLECrJ\'O DE TRABAJO ~015-1017

7. Ocupar el puesto que desempeñaba en su misma unidad de adscrip­ción. al reintegrarse al servicio después de haber disfrutado de una licencia en los términos de la Ley y de este Contrato Colectivo.

8. Gozar de los derechos y prestaciones del régimen de Seguridad Social de los Trabajadores al Servicio del Estado (ISSSTE).

9. En caso de incapacidad parcial permanente, recibir un trabajo adecua­do a sus capacidades fisicas sin menoscabo del salario que venía per­cibiendo. Lo anterior no generará bcneftcios escalafonarios a favor de terceros.

10. Recibir constancias que acrediten su participación en planes, proyec­tos y programas.

11. Los trabajadores administrativos que realicen estudios, podrán diispo­

ner de una hora diaria de la jornada de trabajo para dedicarla al estud io de cualquier nivel educativo con reconocimiento ofi ci.11 , cuando el ho­rario escolar lo requiera, previa acreditación de su inscripción y única­mente durante lo1s periodos lectivos.

12. Recibir un 40% de descuento en las publicaciones del CIESAS, siempre que e l costo de producción, no exceda a l precio de venta.

13. Los integrantes del Consejo Gent:ral de Delegados del Sindicato ten­drán derecho a des tinar, para el cumplimiento de su función s indica l, una hora de su jornada de trabajo cada quince días. Este tiempo se considera rá laborado.

14. Obtener la información laboral necesaria para la defensa de sus intere­ses.

15. Recibir constancia de pago por los conceptos de percepciones y d..:s­cuentos.

16. Ser incluido en los program as de capacitación, así como proporcionarle e l equipo, contar con el material y los recursos humanos necesarios para llevar a cabo su realización. El programa se acordará entre e l CIESAS y el Sindicato. Para el caso de la participación de los trabajadores en congresos. simposium, etc., el CIESAS cubriní los gastos de transporta­c ión, hospedaje y alimentación.

17. Contar con las facilidades y recursos que se requiera para la operación de las Comisiones Mixtas que establezcan el CIESAS y el Sindicato.

18. Que el titular proporcione abogados y que se pague la fianza. para que

obtengan libertad cauciona!, cuando sean procesados por actos ejecu­tados en cumplim iento de su deber. Tan pronto como lo solicite el interesado, ya sea di rectamente o por conducto de los representantes sindicales. el jefe correspondiente expedirá una constancia de que el

CAPITULO V Dl.:RECHOS Y OBUGACIONES DE LAS PARTES 15

trabajador se cncomraba en e l desempeño de sus labores en el momen­to en que ocurrieron los hechos que originaron el procedimiento legal.

19. Contar con apoyo para la realización de ac tividades deportivas y pro­po rc io nar los uniformes y equipo confo rme a la di sponibi l idad presupuesta!. por conducto del Sindicato.

20. Obtener facilidades para rt:al izar los trámites prcjubilalorios. 21. Las demás selialadas por el presente Contrato Colectivo y Ja Ley.

Cláusula 75. Incapacidad por accidente o enfermedad parcial o permanente

En el caso de que el trabajador quede incapacitado con motivo de un acci­dente o cnfcnnedad de carácter general. e l CIESAS cubrirá su salario, por cierto tiempo. conforme a l acuerdo que convenga con el Sindicato y el traba­jador. dependiendo de las características del caso. En el supuesto de incapa­cidad parcial penm111cntc, debidamente dictaminada, se le asignará un traba­jo de acuerdo con sus capacidades físicas y s in menoscabo del salario que venía pcrc i biendo.

Cláusula 76. Derechos de los trabajadores académicos:

l. Obtener dictamen cal ificado por e l Com ité académico con-espondientc de los trabajos que presentan en e l CIESAS para su publicación. En caso de que el CJESAS no esté en posibilidad económica para publicar los resultados de una investigación dictaminada favorablemente dentro de los seis meses s iguientes a su presentación. e l autor queda en libertad de publicarlo por su cuenta dando e l c rédito correspondiente a la Institu­ción. Previo a cua lquier compromiso de publicación exte rna. el trabaja­dor estará obligado a informarlo a la Institución.

2. Los trabajadores tienen derecho a que se les entreguen ejemplares de la obra en las que hayan participado, de conformidad con lo establecido por el Comité Edi torial.

3. Obtener el crédito correspondiente cuando se utilice e l material genera­do por e l trabajador.

4. Recibir crédito a la panicipación que haya tenido en un proyecto técnico o de inves tigación, sea éste individual o colectivo.

5. En e l caso de los trabaj adores extranjeros, tendrán derecho a que se les entregue la documentación que le sea requerida por las autoridades com­petentes para la reali¿ación de sus trámites migratorios.

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ló ('ONTRJ\10 COLrC:Tl\'O Ul I RABAJO 2015 Wl 7

6. Las demás seiialadas por el presente Contrato Colecti\'O de Trabajo y la

Ley.

Cláusula 77. Explicación de descuentos sobre impuestos

El CJESAS se obliga a proporcionar infom1ación por escrito a los trabajadorc~ que lo requieran de las normas seguidas para efectuar la retención de im­puestos de Ley y para que obtengan información cabal del es1ado del Siste­

ma de Ahorro para el Retiro (SAR).

Cláusula 78. Derecho a la infonnaci(,n

Las partes reconocen que el principio de transparencia constituye un factor fundamental para el desempeño institucional y laboral. por lo que el CIESAS proporcionará la información que el S111dicato y los trabajadores en forma individual le solici ten, con temas relacionados con el Contrato Colecti, o (incluyendo catálogo de puestos, escalafones, plazas, tabulador y plantilla de trabajadores). Toda solicitud tendrá que ser a tendida en un lapso pru­

dente .

Cláusula 79. Evaluación del trabajador académico, de la trayectoria y la a¡>elación

Los frutos del trabajo y el desempeño de los trabajadores académicos, serán evaluados por instrumentos y proccdimiencos de índole académica, estable­cidos en el Estatuto del Personal Académico del CJESAS. Las instancias que realicen tales evaluaciones informarán a los interesados sobre el resultado de su trabajo, respecto de los cuales podrá11 inconformarse en tém1inos de

lo establecido en el Estatuto del Personal Académico.

Cláusula 80. Libertad de cátedra e investigación

El personal académico tendrá derecho a rcalinr su trabajo de acuerdo con los principios de libertad de cátedra e investigación, así como de contar con las cond iciones necesarias y adecuadas para rea lizar dicho trabajo y expo­

ner libremente el resultado de 'iU\ investigaciones.

C \PITL LO V D[RECIIO'i Y OBLl(,.\CJO,LS DE 1 \S PARII S 17

Cláusula 81. Derecho de igualdad

En la aplicación de las condiciones de trabajo, no podrán establecerse dile rencias por motivo de origen étnico o nacional, el género, la edad, las capa eidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la relig1on, las opiniones, las preferencias, e l estado civil o cualquiera otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los dcre chos y libertades de las personas.

Cláusula 82. Igualdad de oportunidades para el personal académico

Todos los trabajadores académicos, independientemente de su categoría y nivel, tendrán derecho a participar. organizar o coordinar actividades aca­démicas, de conformidad con los programas de trabajo aprobados por el CIESAS.

Cláusula 83. Medios de apoyo al trabajo de investigación y archivo

El C IESAS pondrá a disposición del personal académico las instalaciones, espacios adecuados, útiles, instrumentos, equipo de cómputo debidamente actualizado y materiales de trabajo que sean indispensables para la ejecu­ción de sus labores académicas.

Cláusula 84. Participación en eventos

Con el fin de fortalecer sus actividades, los trabajadores académicos tendrán derecho a participar en eventos en los que expongan los resultados de sus investigaciones. Estas actividades deberán estar relacionadas con los pro­yectos autorizados en el CIESAS.

Cláusula 85. Difusión de la investigación

El CIESAS se compromete a difundir por lodos los medios a su alcance los resultados de la investigación de sus trabajadores académicos, respetando en todo caso los procedimientos existentes en la Tns tit11ción.

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38 CONTRATO COLECTIVO DI-' TRABAJO 20 15-2017

Cláusula 86. Financiamiento para la investigación

El CIF.SAS apoyará a los investigadores en los trámites ante otras institucio­nes nacionales y extranjeras para obtener financiamiento para la rcali,ación

de proyectos de investigación o docencia.

Cláusula 87. Derechos de autor

El CIESAS respetará los derechos de autor de sus trabajadores. Los trabaja­dores tienen derecho a percibir regalías por concepto de derecho de autor por trabajos realizados al servicio de la Institución conforme a la Ley aplica­

ble.

Cláusula 88. Año sabático

Los investigadores tienen derecho a gozar de un año sabático por cada seis años de servicios ininterrumpidos en el CIESAS. contados a partir de su ingreso a la ins titución. El procedimiento pnrn ejercer el derecho al año sabático se regirá por lo establecido en el reglamento de a110 sabático del

ClESAS.

Cláusula 89. Respaldos de información

La Institución apoyará al personal académico con la tecnología necesaria, a fin de que se proteja y respalde adecuadamente la información generada por

sus inves tigadores.

CAPÍTULO VI APOYOSALAORGANIZACIÓN SINDICAL

Y DERECI IOS COLECTIVOS

Cl{1usula 90. Asambleas Sindicales

1:.1 trabajador tendrá derecho a m,1stir anualmente a cuatro asambleas ordin,1 rias y cuatro extraordinarias en e l transcurso del horario de trabajo, conside rando dicho tiempo como laborado.

Clúusula 91. Facilidades para la actividad sindical

l · I CICSAS dará las factltdades a los afiliados al SUTCll·.SAS para participar en acti\idacle¡, sindicales, siempre y cuando se notifique por escrito con 3 d1as hábiles de anticipación y no se urccten las labores de la Ins titución.

Cláusula 92. Sobre el uso de instalaciones

El Sindicato podrá hacer uso de las instalaciones del CIESAS para llevar ,1 cabo reuniones. asambleas y sesiones de 111formac1ón o capacitación, s111

que éstas interfieran con las actividades académicas programadas anticipa <lamente por la Institución. La solicitud de las salas o auditorios se han\ a través de los mecanismos señalados por la Dirección General del C' IESAS

Crnusula 93. Red de Internet

El Sindicato podrá hacer uso de la red de Internet de que dispone el CJLS, s y tendrá la posibilidad de establecer una página electrónica propia. 1::.1 CIESA s apoyará al Sindicato con asesoría técnica o pemütirá que personas autori1 ,1

das por el Sindicato desarrollen e~te tipo de asesoría en las modalidades \ horarios que se acuerden. ·

Cláusula 94. Caja de ahorro

Las partes continuarán la operación de l,t caja de ahorro con base en el convenio establecido y el reglamento emitido al respecto.

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40 CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2015·2017

Cláusula 95. Cuotas sindicales

El SUTCIESAS conviene con e l C!ESAS en realizar los descuentos vía nómina y quincenalmente de las cuotas sindicales ordinarias o extraordinarias, cu­

briendo su importe al Secretario de Finanzas del Sindicato durante los tres días s iguientes a la quincena o mensualidad en que se haya practicado e l

descuento.

Cláusula 96. Apoyo en infraestructura

El CJESAS se compromete a proporcionar un espacio en la sede de la Ciudad de México para que e l Sindicato pueda desarrolla r sus labores; asim ismo, proporcionará los apoyos materiales que puedan facil itar dicha labor en e l D.F. y en las diferentes Unidades Regionales Foráneas, en estas últimas quedará sujeto a disponibilidad de espacio; los apoyos materiales incluirán

mobiliario y papelería.

Cláusula 97. Apoyo para eventos de formación sindical

El CIESAS otorgará al SUTCIESAS un apoyo presupuesta! para actividades de fonnación sindical de $120,000.00 (ciento veinte mil pesos 00/100 M.N.) a

mediados de cada año.

Cláusula 98. Publicación del Contrato Colectivo

El CIESAS se compromete a imprimiJ el presente Contrato en tamaño media carta, cada dos años, entregando un total de 500 ejemplares al Sindicato para distribuir al total de trabajadores administrativos y académicos del

CLESAS.

CAPÍTULO VII COMISIONES MIXTAS

Cláusula 99. Comisiones mixtas

Las comisiones mixtas son órganos paritarios establecidos en el pres.:1fü Contrato e integrados por igual número de representantes del ClESAS y dl·I

S indicato.

Cláusula 1 OO. Tit>OS de comisiones mixtas

Para e l cumpl im iento de las disposiciones contractua les correspondie111~,

se integran las siguientes comisiones mixtas:

l. Comisión Mixta de Admisión y Escalafón; 11. Comisión Mixta de Capacitación, Ad iestram iento y Productividad,

III . Comisión Mixta de Higiene y Seguridad.

Chíusula 101. Comisión Mixta de Admisión y Escalafón (CMAE)

La Comisión Mixta de Admisión y Escalafón tiene por objetivo aplic¡1r IP, criterios de admisión y escalafón conten idos en el reglamento respectirn } por medio de los cuales se regulan el ingreso, ascenso y las pcrn1Ulas díl lo,

trabajadores administrativos del CIESAS.

Cláusula 102. De los exámenes en la Comisión Mixta de Admisión y Escalafón

En los exámenes que se practiquen en la Comisión Mixta de Admis1on v Esca lafón exigirá que se observen cri te rios objetivos y adecuados a l<1 pl,11.1 respectiva. Por ningún motivo se permitirán discriminaciones n, de Sl:\11

edad, estatura, complexión u otros, para la idoneidad de la plaza. El S ind1r,1

to podrá presentar por conducto de sus órganos de representación ant~· l., Comisión Mixta de Admisión y Escalafón su inconformidad ante lo, tl·q111

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42 CONTRATO COLECTIVO DE TR/\FJAJO 2015-2017

sitos señalados por la Institución para cubrir el puesto. En caso de contro­

versia las partes llegarán a un acuerdo.

Cláusula 103. Reglamento de Admisión y Escalafón

El Reglamento de Admisión y Escalafón deberá considerar que los puestos de nueva creación, así como las vacantes administrativas por tiempo inde­te1minado, se incorporarán de inmediato al escalafón respectivo. La promo­ción escalafonaria se realizará conforme a lo señalado en el presente Contra­

to Colectivo y el reglamento respectivo.

Cláusula 104. Derecho de inconformarse a las resoluciones de la Comisión Mixta de Admisión y Escalafón

Los trabajadores que se consideren afectados por alguna resolución de la Comisión Mixta de Admisión y Escalafón podrán iuconfomrnrse por escrito ante la propia Comisión, en los términos y condiciones que señale el regla­

mento respectivo.

Cláusula 1 OS. Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad

La Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad tiene corno objetivo aplicar las disposiciones contenidas en el Contrato Colectivo y el reglamento de la Comisión, incluyendo los planes y programas de capa­citación y adiestramiento de los trabajadores del CLESAS, en todos sus pues­

tos y categorías.

Cláusula l 06. Comisión Mixta de Higiene y Seguridad

Tiene como objetivo aplicar las normas en materia de higiene, seguridad y protección civil establecidas en el Contrato en esta materia, conforme a las

reglas que se establecen en el reglamento respectivo.

Cláusula 107. Condiciones de seguridad en el trabajo

La Comisión Mixta de Seguridad e Higiene elaborará y difundirá un manual de procedimientos para el caso de accidente de trabajo y los respectivos

CAPÍTULO VII. COMIS IONES MIXTAS 1)

programas internos de protección civil, en donde se especifiquen lns 1111:d1

das para atender a los trabajadores en caso de emergencia médica o í<1 lu:1

ciones de riesgo.

Cláusula 108. Mecanismos para prevenir riesgos

El CIESAS mantendrá en todos sus centros de trabajo, los servicios de higtt· ne y prevención de riesgos a que esté obligada, con base en los acuc, dn, que en la materia adopte la Com isión Mixta de Seguridad e Higiene y l., legislación aplicable al caso.

Cláusula 109. Fondo de retfro complementario

El CIESAS aportará un porcentaje de los recursos autogenerados por co,1 cepto de la administración de proyectos con financiamiento externo (OVI R

HEAD o su equivalente) de cada ejercicio, para iniciar la constitución de 1111

Fondo que sea una fuente de financiamiento de un sistema de retiro complc mcntario al del ISSSTE para los Profesores Jnvestigadores del Centro. blos recursos son adicionales a aquellos que obtenga la institución en su ges tión ante las autoridades presupuestales para otorgar esta prestación con forme al transitorio octavo.

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DISPOSICIONES TRANSITORI AS

Transitorio primero

Las partes cstún conformes en que el inicio de periodo de vigencia del presente Contrato será a partir de su firma, independientemente del depósi­to ante la autoridad competente, en e l entendido de que será re, i~ado anual­mente en la parte sala1ial y cada dos años en su 111tegridad temendo efecto retroactivo al primero de febrero de cada año. La fecha que se tomará como base para rea li1ar estas revisiones será el l 5 de marzo de cada ai\o.

Transitorio cgundo

El presente Contrato Colecti vo será revisado en su parte salarial, tomando como como base la fecha del 15 de marzo de 2016, y en su integralidad, mcluyendo clausulado y salarios, con fecha del 15 de marzo de 2017, confor­me a lo acordado en el artículo transitorio primero.

Las revisiones tendrán electos retroactÍ\ os al l O de febrero de cada año en confom11dad con la cláusula anterior.

Transitorio Tercero

Fn un lapso de 90 días contados a pantr del inicio del periodo de vigencia del presente Comrato, las partes iniciarán la operación de las Comisione~ Mixtas previstas en el mismo. Dichas comisiones elaborarán o actualizarán, en su caso, su propio reglamento; en tanto no se aprueben tales reglamen­tos. las partes decidirán de común acuerdo los asuntos inherentes a la,

comisiones mixtas.

Transitorio Cuarto

Las partes se comprometen a poner en funcionamiento en un plazo de 90 día!-.. contados a partir de la firma y depósito del presente Contrato Colccti-

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

vo. una comisión bilateral encargada de elaborar un Proyecto de !-.1,lrn1.1 1

Profcsionalización del Personal Administrativo, el cual tendrá como 1""1"

si to promover el desarrollo profesional y el mejoramiento de las co11d11 111111 laborales del personal administrativo.

La Comisión señalada en el párrafo anterior procederá a la actuali1al 11111 d catálogo de puestos del persona l administrativo incluyendo funt1n111· 1 requ isitos tanto para el nuevo ingreso como para la promoción esculalc111.,11 para tal fin se esiablccerán los tiempos y fom1as para llevarlo a cahu

Una vez terminado el proyecto, la Institución hará las gestiones 111:cl·,,111 que permitan obtener los recursos para que dicho plan pueda e1111 ,11 funcionamiento. En la realización de los trabajos de esta comisión la, p,1111

aportarán los documentos y cstudjos que consideren conducente!-.

'Transitorio Quinto

Dentro de los 120 días siguientes a la finna del presente Contrato (olcl·t1,, las partes analizarán conjuntamente la posibilidad de establecer un I nnd1 de Ahorro, atendiendo a las características específicas del CIESAS.

Transitorio Sexto

Las partes, dentro de los 30 días siguientes a la firma del presente ('01111 .,11 Colectivo de Trabajo. acordarán los formatos de contratación i11d1\ 11111 , ajustándose estos a las Ley y al presente CCT.

Transitorio Séplimo

El CIESAS hará dentro de los cuatro meses siguientes al inicio de pcnod11 d, prescnle Contrato Colectivo de Trabajo, las gestiones ante Jnbursa rn11 1

objeto de obtener un seguro adicional de vida potcncializado, cuyo 1,.1hloi

será cubierto por el trabajador y descontado por la Institución vía nú111111.1

Transitorio Octavo

El CIESAS realizará las gestiones necesarias para implementar un s,,11.: 111,1 d retiro complementario al del ISSSTE. mediante aportaciones de los t1,1h.q.11l,1 res y de la Institución. Para este efecto, el CIESAS cubrirá el CO!-.tn dl 111 estudios necesarios, incluyendo actuarialcs, que deberán rea linr,c d t 111, 11

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CONTRATO COLECTIVO DF TRABAJO 2015-201 7

de los dos meses siguientes a la firma del presente Contrato Colectivo pro­cediendo a entregarlos a l Sindicato. El CIESAS informará a l Sindicato de los avances de las gestiones realizadas para los efectos del párrafo anterior.

Transitorio Noveno

El ClESAS, se compromete a real izar las gestiones encaminadas a la retabulación y renivelación de los trabajadores administrativos ante las autoridades co­

rrespondientes; estas gestiones se realizarán dentro de los cuatro meses siguientes a la firma del presente Contrato Colectivo.

Transitorio Décimo

El C IESAS continuará realizando las gestiones para regu larizar la situación de las personas que habiendo s ido contratadas bajo el régimen de prestac ión de servicios profesionales (honorarios), vengan realizando una actividad de carácter laboral. Esta gestión se llevará a cabo dentro de los tres meses

siguientes a la firma del presente Contrato Colectivo.

Tomando en cuenta que a dicho persona l se le ha afiliado a l ISSSTE, de conformidad con la Ley en esta Materia, la Institución hará las gestiones

necesarias para avanzar en este proceso.

Transitorio Décimo primero

Las partes procederán a la actualización del catálogo de puestos del perso­nal adm inistrati vo incluyendo funciones y requisitos tanto para e l nuevo

ingreso como para la promoción escalafonaria, para tal fin se establecerán los tiempos y formas para llevarlo a cabo, dentro de los 30 días siguientes al inicio de periodo de vigencia del presente Contrato Colectivo de Trabajo.

Transitorio Décimo Segundo

El CIESAS se compromete a aportar los recursos económicos durante el año 2015, con e l objeto de dar inicio al Programa de Capacitación Anual elabora­do r,or la Comisión Mixta de Capacitación. Adiestramiento y Productividad.

DISPOSIC'JONES TRANSITORIAS 11

Transitorio Décimo Tercero

Las panes se comprometen a realizar las gestiones necesarias ante las /\uio ridadcs correspondientes para elevar hasta el nivel J 9 las categoría:-. dd persona l administrativo.

Transitorio Décimo Cuarto

Las partes se comprometen a poner en funcionamiento en un pla7o de <JO días a partir de la firma del presente Contrato Colectivo, una Comisión Blla !eral encargada de elaborar un lineamiento que incluya funciones y rcquis

1

tos para el nuevo ingreso y promoción de los Asistentes de Investigación > Técnicos Aux il iares.

Transitorio Décimo Quinto

El ~ !_ESAS gest ionará ante las instancias correspondien tes que la prima de a n11guedad que menciona el Contrato Colectivo de Trabajo en su cláusula 3 1 se pueda mantener con el mismo factor porcentual acumulado a pat1ir del 25º . año laborado y has ta la jubilación del trabajador. Dichos h·abajos se realr,zaran postenor a la lirma del Contrato Colectivo de Trabajo y se infor ­mara al SUTCIESAS de las gestiones correspondientes.

Transitorio Décimo Sexto

El CIESAS Y e l SUTCIESAS se comprometen a elaborar en forma conjunta u,1

Programa General de Actualización y Adecuación de la Estructura de Perso­nal del CIESAS. para someterlo al anál isis y, en su caso, aprobación por parte de las autoridades competentes.

Entre los puntos que en forma enunciativa, más no limitativa incluirá dicho Programa se encuentran:

Propuesta de transformación ele contratos de honorarios asimilados a salarios en plazas presupuestalcs para trabajadores de base, conforme a las necesidades de personal que tenga e l CIESAS.

Propuesta de reubicación de plazas de técnicos académicos y/o admin,~ tralivos, según sus funciones y necesidades del CIESAS.

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48 CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2015-2017

Propuesta de Retabulación y Renivelación de trabajadores administrati­

vos.

Las Partes acuerdan iniciar los trabajos correspondientes en un p lazo no mayor a 90 días naturales contados a partir de la fecha de firma de la revisión

de Contrato Colectivo de Trabajo.

Transitorio Décimo Séptimo

El CIESAS y el SUTCIESAS fonnarán una Comisión Mixta con dos represen­tantes del sindicato y dos representantes de la institución para definir los criterios del s istema de retiro complementario al del ISSSTE mediante aporta­

ciones de los trabajadores y de la institución.

Transitorio Décimo Octavo

Para la contratación bajo la modalidad de honorarios, el CIESAS tomará en cuenta la propuesta del SUTCIESAS para la contratación bajo esta modalidad, s iempre y cuando el postulante cumpla con el perfil requerido. Quedan ex­c luidas las propuestas descritas en este término y las contrataciones de

personal que realice actividades de confianza.

ANEXOS

ANEXO 1. TABULADOR DE SALARIOS DE 2015 DEL CENTRO DE JNVESTIGACIONES Y ESTUDIOS

SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL

Personal Administrativo

49

Sueldos l salarios eara 2015

Nivel Categoría Zona 11 Zona III

18 Auditor $ 15,494.87 $ 16,601.74

15 Especialista de Proyectos Técnicos $ 13,306.3 1 $ 14,256.85

15 Jefe de Servicios Especializados $ 13,306.3 1 $ 14,256.85

14 Secretaria de Dirección $ 12,6 12. 14 $13,512.91

13 Coordinador de Técnicos $ 11,950.74 $12,804. 19

13 Coord inador de Técn icos en Auditoria $ 11,950.74 $12,804. 19

11 Jefe de Técnicos S 10,665.78 $ 11,427.66

10 Técnico Administrativo Especializado $ 10,057.30 $ 10,775.66

9 Técnico Superior $9,468.6 1 $10,145.08

8 Secretaria Ejecutiva Bilingüe $8,903.1 1 $9,539.0 1

8 Chofer Auxi liar de Dirección $8,903.1 1 $9,539.01

7 Técnico Especializado $8,357.88 $8,954.71

6 Técnico Especial izado en Servicio de $ 7,830.42 S 8,389.68

Mantenimiento

6 Secretaria Ejecutiva $7,830.42 $8,389.68

5 Coordinador de Servicios Generales S 7,322.24 $7,845.54

5 Chofer especializado $ 7.322.24 $ 7,845.54

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50 CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2015-20 17

ANEXO l. TABULADOR DE SALARIOS DE2015 DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS

SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL

Personal Académico

Sueldos y salarios para 2015

Nivel Categoría Zona ll Zona 111

ITE Prof. lnv. Titular "E'" Nota 2 Nota 2

!TO Prof. lnv. Titular "D"' Nota 2 Nota 2

JTC Prof. lnv. Ing. Tccnol. Titular "C"' $32,829.22 $ 35,J 73 .88

1TB Prof. lnv. Jng. Tccnol. Titular "B" $3 1,479.76 $ 33,728.22

!TA Prof. lnv. lng. Tecnol. Ticular "A" $30, 130.75 $32,282.78

IAC Prof. lnv. lng. Tccnol. Asociado '"C" $ 27,432.57 $29,39 1.90

lAB Prof. lnv. lng. Tecnol. Asociado '"B" $ 24.284.54 $26,019.22

lAA Prof. lnv. lng. Tecnol. Asociado '"A" $ 23.205.43 $ 24.862.90

TTC Técn ico titular "C" $22,215.79 $23,802.66

TTB Técnico titular "8" $ 2 L,226.07 $22,742.21

TTA Técnico titular "A" S 19,922.20 $ 21,345.42

TAC Técnico Asociado "C'' S 15,024.89 $ 16, 14 1.62

T/\B Técnico Asociado ''B" $ 13,379.2 1 $ 14,373.99

TAA Técnico Asociado "A'" $ 12,074.23 $ 12,970.85

TAUC Técn icoAuxiliar"C" $9,637.76 $ t0,352.82

TAUB Técn icoAuxiliar"B'' $7,712.46 $8,283.32

TAUA TécnicoAuxi liar"A" $7,228.5 1 $ 7,764.69

AIC Asistente de Investigación ··e· $1 1,222.91 $ 12,056.92

AIB Asistente de Investigación "B" $ 9,454.82 $ 10, 156.38

AIA Asistente de Investigación "A" $8.295.10 $8,911.38

Al\E>-OS

ANEX02.NOTASALTABULADOR

1. En los sueldos asignados a todas estas categorías, existe una variación en e l monto. en función de la Zona Económica.

2. Las categorías y niveles de Profesores Investigadores Titulares D y I·.

están suj etas a que se cuente con la suliciencia presupuesta! corres­pondiente.

3. Las denominaciones de los niveles y categorías del Personal Académi

co del cmSAS, tienen la siguiente correspondencia con las denomina

cienes autorizadas por la SHCP. por lo cual las partes firmantes del

presente Contrato Colectivo de Trabajo, aceptan que no se trata ck categorías y niveles diferentes.

Denominación EPA CJESAS Con-esponde a la denominación de la SHCP

Profesor Investigador Asociado A Prof. Inv. lng. Tecnol. Asociado A

Profesor Investigador Asociado B Prof. lnv. lng. Tccnol. Asociado B

Profesor Investigador Asociado C Prof. lnv. lng. Tecnol. Asociado C

Profesor Investigador Titular A Prof. lnv. lng. Tecnol. Titular A

Pro fesor Investigador Titular B Prof. lnv. lng. Tecnol. Tiiular B

Profesor Investigador Titular C Prof. lnv. lng. Tecnol. Tiiular C

Técnico Académico Asociado A Técnico Asociado A

TécnicoAcadémicoAsociado B TécnicoAsociado B

Técnico Académico Asociado C Técnico Asociado C

Técnico Académico Titular A Técnico Titular A

Técnico Académico Titular B Técnico Titular B

Técnico Académico Titular C Técnico Titular C

Page 27: CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGIA SOCIAL … · 2016. 12. 1. · Cláusula 2. Definiciones Para la correcta interpretación y aplicación de este Contralo

Quinta ed ición del Contrato Colectivo de Trabajo del Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social. Se terminó de imprimir en el mes de julio de 20 15 El ti raje consta de 500 ejemplares.